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Grupo Funcional Desarrollo Económico 1 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego Auditoría Forense: 11-0-08100-12-0316 DE-007 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera para verificar que el presupuesto asignado al proyecto, se ejerció, registró y comprobó conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativa aplicable. Alcance Miles de Pesos Universo Seleccionado 1,363,498.0 Muestra Auditada 363,919.2 Representatividad de la Muestra 26.7 % Del universo de los recursos asignados al proyecto por 1,363,498.0 miles de pesos, se revisaron 363,919.2 miles de pesos que representan el 26.7%, los cuales fueron ejercidos a través de las instancias ejecutoras: Fideicomiso de Riesgo Compartido, Financiera Rural, Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura y las Delegaciones de la SAGARPA en los Estados. Antecedentes Como consecuencia de las denuncias de hechos presentadas en el ejercicio 2010 de la Cuenta Pública, se determinó llevar a cabo la revisión. Resultados 1. Para el ejercicio 2011, se destinaron a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) recursos para la operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, por 1,900,000.0 miles de pesos, de los cuales se tuvieron reducciones por 450,000.0 miles de pesos, para quedar una disponibilidad final de 1,450,000.0 miles de pesos, y se designó como Unidad Responsable del Proyecto a la Dirección General de Vinculación y Desarrollo Tecnológico dependiente de la Subsecretaría de Agricultura.

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

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Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego

Auditoría Forense: 11-0-08100-12-0316

DE-007

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera para verificar que el presupuesto asignado al proyecto, se ejerció, registró y comprobó conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativa aplicable.

Alcance

Miles de Pesos Universo Seleccionado 1,363,498.0 Muestra Auditada 363,919.2 Representatividad de la Muestra 26.7 %

Del universo de los recursos asignados al proyecto por 1,363,498.0 miles de pesos, se revisaron 363,919.2 miles de pesos que representan el 26.7%, los cuales fueron ejercidos a través de las instancias ejecutoras: Fideicomiso de Riesgo Compartido, Financiera Rural, Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura y las Delegaciones de la SAGARPA en los Estados.

Antecedentes

Como consecuencia de las denuncias de hechos presentadas en el ejercicio 2010 de la Cuenta Pública, se determinó llevar a cabo la revisión.

Resultados

1. Para el ejercicio 2011, se destinaron a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) recursos para la operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, por 1,900,000.0 miles de pesos, de los cuales se tuvieron reducciones por 450,000.0 miles de pesos, para quedar una disponibilidad final de 1,450,000.0 miles de pesos, y se designó como Unidad Responsable del Proyecto a la Dirección General de Vinculación y Desarrollo Tecnológico dependiente de la Subsecretaría de Agricultura.

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Para operar el Proyecto utilizó como instancias ejecutoras al Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO), Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FIRA-FEFA), Financiera Rural y las Delegaciones Estatales de la SAGARPA, a las cuales se asignaron recursos, como sigue:

RECURSOS DEL SUBSIDIO DE TECNIFICACIÓN DE RIEGO

ASIGNADOS A LAS INSTANCIAS EJECUTORAS

(Miles de pesos)

Instancia Ejecutora Importe

FIRCO 641,850.00

FIRA-FEFA 400,000.00

Financiera Rural 200,000.00

Delegaciones Federales 168,150.00

Reasignación de recursos a CFE (Mantos acuíferos)

40,000.00

Total 1,450,000.00

FUENTE: Convenios de Colaboración suscritos entre SAGARPA y las instancias ejecutoras.

De los recursos asignados al Proyecto, por 1,450,000.0 miles de pesos, la SAGARPA ejerció 1,403,498.6 miles de pesos, de los cuales correspondieron 1,363,498.6 miles de pesos a Tecnificación de Riego y 40,000.0 miles de pesos como reasignación de recursos a la Comisión Federal de Electricidad, y la diferencia por 46,501.4 miles de pesos la reintegró a la Tesorería de la Federación, de los cuales 43,008.1 miles de pesos corresponde a subsidios y 3,493.3 miles de pesos a gastos de operación.

Por lo anterior, se dejaron de aplicar 43,008.1 miles de pesos destinados a subsidios del Proyecto, de los cuales 15,912.5 miles correspondieron al FIRCO por proyectos autorizados en 2010; 17.6 miles de pesos a las Delegaciones Federales, y 27,078.0 miles de pesos a FIRA-FEFA.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-01-001

2. La SAGARPA, para la operación del proyecto, suscribió tres convenios de colaboración con las instancias ejecutoras siguientes:

• Con Financiera Rural, el 31 de mayo de 2011, mediante el cual asignó 196,000.0 miles de pesos para subsidios y 4,000.0 miles de pesos para gastos de operación, con una meta de 11,923 hectáreas por tecnificar.

• Con FIRCO, el 27 de junio de 2011, mediante el cual asignó 634,844.6 miles de pesos para subsidios y 7,005.4 miles de pesos para gastos de operación, con una meta de 11,000 hectáreas por tecnificar.

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• Con FIRA-FEFA, el 28 de junio de 2011, mediante el cual asignó 392,000.0 miles de pesos para subsidios y 8,000.0 miles de pesos para gastos de operación, con una meta de 26,827 hectáreas por tecnificar.

A la fecha de la auditoría no se exhibió el finiquito de los convenios de colaboración suscritos con dichas instancias ejecutoras.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó un informe con cifras definitivas del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011 y las actas para la terminación de los convenios de colaboración suscritos con FIRA-FEFA, Financiera Rural y FIRCO, del 7 de mayo, 15 de mayo y 12 de noviembre de 2012; sin embargo, fueron suscritas 6 meses después de la conclusión del Proyecto.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-01-002

3. El FIRCO, como instancia ejecutora de SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011, ejerció 619,333.6 miles de pesos, de los cuales se constató que se aplicaron recursos por 264,437.8 miles de pesos a solicitudes de apoyo presentadas en el 2011 y 354,895.8 miles de pesos correspondieron a solicitudes recibidas y dictaminadas durante el ejercicio de 2010.

Con el análisis de una muestra de 40 expedientes técnicos por 60,387.0 miles de pesos de las solicitudes dictaminadas en el ejercicio 2010, se constató que no cuentan con el escrito libre para ratificar su atención en el año 2011, ni con la revalidación de los proyectos; además, la construcción de los sistemas de riego se realizó o se inició durante el ejercicio 2010, según consta en los expedientes técnicos respectivos.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó documentación de las diversas gestiones realizadas por el FIRCO ante la SAGARPA para el pago de los apoyos correspondientes al ejercicio 2010 como pasivos, y que las solicitudes dictaminadas en 2010, no debían cumplir con los lineamientos del Proyecto del ejercicio 2011; sin embargo, las argumentaciones son improcedentes ya que los proyectos fueron pagados con recursos del ejercicio 2011, por lo que la observación persiste.

Véase acción(es): 11-9-08I6L-12-0316-08-001 11-9-08114-12-0316-08-001

4. Con el análisis de la documentación proporcionada por la SAGARPA, relativa a los apoyos del Proyecto por las instancias ejecutoras, se constató que se autorizaron recursos a 34 organizaciones beneficiarias del subsidio, de las cuales 29, por 153,678.4 miles de pesos, presentan irregularidades en su autorización como sigue: en un caso no cuenta con carta de autorización; 2 fueron autorizados por el Gerente del FIRCO en el Estado de Jalisco sin contar con la autorización del Titular de la Unidad Responsable; 6 no cuentan con carta de autorización del Titular de la Unidad Responsable, ni opinión favorable que señale los criterios para su autorización; 11 casos cuentan con la autorización del Titular de la Unidad Responsable, sin embargo, no tienen la opinión favorable que señale los criterios para su

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autorización; y en 9 fueron autorizados por el Subdirector de Infraestructura y Equipo Agrícola de la Unidad Responsable y el Gerente de Planeación del FIRCO, sin contar con la autorización del Titular de la Unidad Responsable.

AUTORIZACIONES DE RECURSOS QUE PRESENTAN IRREGULARIDADES, APOYADAS POR LA SAGARPA A TRAVÉS DE LAS INSTANCIAS EJECUTORAS: FIRCO, FINANCIERA RURAL, FEFA Y LAS DELEGACIONES DE LA SAGARPA EN LOS

ESTADOS DEL PROYECTO ESTRATÉGICO DE TÉCNIFICACION DE RIEGO

(Miles de pesos)

Instancia Ejecutora

Nombre de la empresa Importe Irregularidad

Financiera Rural Enerall, S.A.P.I. de C.V. 25,125.0 Sin carta de autorización. FIRCO Asociación de Cañeros del Ingenio Tamazula CNPP-

CNOP, A.C. 10,046.7 Autorizados por el Gerente

de FIRCO en el Estado de Jalisco. FIRCO Productores de Caña de Azúcar de Tala Jalisco, A.C. 3,935.8

Financiera Rural Asociación de Cañeros del Ingenio Tamazula CNPP CNOP, A.C.

28,167.5 Sin carta de autorización y opinión favorable.

Financiera Rural Interagro de las Huastecas, S.A. de C.V. 12,185.3 Financiera Rural Unión Local de Productores de Caña de Azúcar CNC del

Ingenio Tamazula, A.C. 9,785.4

Financiera Rural Unión Local de Productores de Caña de Azúcar del Ingenio José María Morelos, A.C.

6,209.0

Financiera Rural Unión de Crédito del Sur de Jalisco, S.A. de C.V. 2,437.2 Financiera Rural Consejo Estatal Citrícola, A.C. 1,869.0

Delegaciones de la SAGARPA

ITLC Agrícola Central, S.A. de C.V. 3,000.0 Sin opinión favorable.

Delegaciones de la SAGARPA

Lemus Arias Productores, S.P.R. de R.L. 1,182.6

FIRA-FEFA Visión Integral del Sur de Sinaloa, S.A. de C.V. 4,465.6 FIRA-FEFA Agrícola Técnica Campeche, S.A. de C.V. 2,573.5

FIRCO TFO 1 Jiménez, S.P.R. de R.L. de C.V. 6,000.0 Sin opinión favorable. FIRCO Hacienda La Gloria, S.A. de C.V. 2,800.0 FIRCO Agropecuaria Santa Genoveva, S.A.P.I. de C.V. 2,450.0 FIRCO Plusagro, S.A. de C.V. 2,000.0 FIRCO Barrera González y Hermanos, S.P.R de R.L. de C.V. 1,724.8 FIRCO Inagro Jiménez, S.A. de C.V. 1,600.0 FIRCO Riego de La Junta, S.C. de R.L. de C.V. 1,111.5 FIRCO Grupo Porcícola Mexicano, S.A. de C.V. 3,737.5 Autorizados por el

Subdirector de Infraestructura y Equipo

Agrícola de la Unidad Responsable y el Gerente de

Planeación de FIRCO, sin autorización de la Unidad

Responsable.

FIRCO El Yibel, S.P.R. de R.L. de C.V. 3,000.0

FIRCO Unión Local de Productores de Caña de Azúcar del Ingenio José María Morelos, A.C.

2,573.0

FIRCO Inagro Jiménez, S.A. de C.V. 2,227.7

FIRCO Plusagro, S.A. de C.V. 2,000.0

FIRCO Fomento Agroindustrial Del Mayab, S.P.R. de R.L. de C.V.

1,998.7

FIRCO Asociación de Cañeros del Ingenio de Bellavista, A.C. 1,178.6

FIRCO TFO 1 Jiménez, S.P.R. de R.L. de C.V. 6,285.8

FIRCO Persona física. 2,008.2

Total 153,678.4

FUENTE: Expedientes Técnicos y Administrativos proporcionados por la SAGARPA.

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Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó la carta de autorización de Enerall, S.A.P.I. de C.V., suscrita por el Titular de la Unidad Responsable y de la Asociación de Cañeros del Ingenio Tamazula CNPP-CNOP, A.C., y de Productores de Caña de Azúcar de Tala Jalisco, A.C., autorizados por el Subdirector de Infraestructura y Equipo Agrícola de la Unidad Responsable y el Gerente de Planeación de FIRCO; cartas de autorización de la Asociación de Cañeros del Ingenio Tamazula, CNPP-CNOP, A.C., Interagro de las Huastecas, S.A. de C.V., Unión Local de Productores de Caña de Azúcar del Ingenio José María Morelos, A.C., Unión de Crédito del Sur de Jalisco, S.A. de C.V., y Consejo Estatal Citrícola, A.C.; sin embargo, no están suscritas por el Titular de la Unidad Responsable; además, no presentaron la opinión favorable que señale los criterios para autorización por parte de la Unidad Responsable, por lo que la observación persiste.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-01-003 11-1-06HAN-12-0316-01-001 11-3-06HDA-12-0316-01-001 11-3-08I6L-12-0316-01-001 11-9-06HAN-12-0316-08-001 11-9-06HDA-12-0316-08-001 11-9-08I6L-12-0316-08-002 11-9-08114-12-0316-08-002

5. Con el análisis de la documentación proporcionada por la SAGARPA, relativas a los apoyos ejecutados por el FIRCO, FIRA-FEFA y las Delegaciones Federales, como instancias ejecutoras del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, se constató que se autorizaron recursos a 10 organizaciones y personas físicas beneficiarias, por 12,014.5 miles de pesos, las cuales recibieron 2 apoyos que sumados rebasan la cantidad de 4,014.5 miles de pesos, los montos máximos establecidos en los Lineamientos específicos de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011, como sigue:

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ORGANIZACIONES Y PERSONAS FÍSICAS QUE RECIBIERON 2 APOYOS

QUE SUMADOS REBASAN LOS MONTOS MÁXIMOS AUTORIZADOS

QUE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN DE

TECNIFICACIÓN DE RIEGO 2011

(Miles de pesos)

Instancia Ejecutora Nombre de la empresa Importe Total Monto máximo

Pago en exceso

FIRCO Persona física. 375.0 1,125.0 750.0 375.0 FIRCO 750.0 FIRCO Grupo de Trabajo no. 2 Ejido

Fernández 605.2 1,479.1 1,000.0 479.1

FIRCO 873.9 FIRCO Persona física. 705.4 1,410.8 750.0 660.8

Financiera Rural 705.4 FIRCO Persona física. 750.0 1,125.0 750.0 375.0 FIRCO 375.0

Delegaciones Persona física. 435.2 804.0 750.0 54.0 FIRA-FEFA 368.8

Delegaciones Persona física. 650.0 1,280.0 750.0 530.0 FIRCO 630.0 FIRCO Persona física. 360.0 864.0 750.0 114.0 FIRCO 504.0 FIRCO Persona física. 700.0 980.0 750.0 230.0 FIRCO 280.0 FIRCO San José de La Colonia, S.P.R. de

R.L. de C.V. 559.6 1,446.6 1,000.0 446.6

FIRA-FEFA 887.0 FIRA-FEFA Persona física. 750.0 1,500.0 750.0 750.0

FIRCO 750.0

Total 12,014.5 12,014.5 8,000.0 4,014.5

FUENTE: Listado de Beneficiarios del Proyecto Estratégico de Tecnificación del Riego 2011 proporcionado por SAGARPA.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA remitió oficio mediante el cual las instancias ejecutoras argumentan que no se rebasaron los montos máximos autorizados, ya que unos apoyos corresponden al ejercicio 2010 y otros a 2011 lo cual es improcedente, ya que ambos apoyos fueron pagados con recursos del ejercicio fiscal 2011. En el caso de la persona física a la que se le otorgaron 804.0 miles de pesos, se informó que la delegación de la SAGARPA en Aguascalientes se encargará de gestionar con el beneficiario para que reintegre el monto de 54.0 miles de pesos que exceden el límite de 750.0 miles de pesos.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-001 11-9-06HAN-12-0316-08-002 11-9-06HDA-12-0316-08-002 11-9-08I6L-12-0316-08-003 11-9-08114-12-0316-08-003

6. El FIRCO, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio RT-CAMP-10-002331-27, apoyó con 1,998.7 miles de pesos, a la empresa Fomento Agroindustrial del Mayab, S.P.R. de R.L. de C.V., para un sistema de riego de avance frontal en 149 hectáreas, del cual se constató que la solicitud es

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de fecha 27 de julio de 2010 y no cuenta con el escrito libre para ratificar su atención en 2011, y para la comprobación de los recursos la empresa presentó la factura 0133, de fecha 27 de diciembre de 2010, expedida por el proveedor con nombre comercial Ingeniería de Riego en favor del beneficiario por 3,997.3 miles de pesos.

Asimismo, en el acta finiquito del convenio de concertación, suscrito el 8 de abril de 2011, por el Gerente de FIRCO en el Estado de Campeche y el apoderado legal de la empresa beneficiaria, se constó la entrega de la copia de la citada factura 0133 como documentación comprobatoria de los recursos y cuyo original será resguardado por la empresa.

En visita de seguimiento realizada al proveedor informó que en sus registros contables la factura número 0133 se encuentra cancelada, toda vez que se emitió únicamente para presentarla al FIRCO como requisito para bajar los recursos del Proyecto, y proporcionó copia de las facturas núms. 131, 144, 149, y 150, expedidas a favor de Fomento Agroindustrial del Mayab, S.P.R. de R.L. de C.V., que suman 3,200.0 miles de pesos, así como los estados de cuenta bancarios en donde se reflejan dichos movimientos por el pago del sistema de riego.

Por otra parte, en visita de seguimiento realizada a la empresa apoyada, se constató la existencia del sistema de riego de avance frontal y presentó como documentación comprobatoria las facturas originales núms. 131, 144, 149 y 150 por 3,200.0 miles de pesos, por lo que no comprobó 797.3 miles de pesos del total del proyecto, de los cuales corresponden proporcionalmente 398.7 miles de pesos a los recursos del Proyecto.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados de observaciones finales, la SAGARPA remitió oficio mediante el cual, el FIRCO solicitó a la empresa apoyada aclarar las irregularidades en la comprobación de la aplicación de los recursos.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-002 11-9-08I6L-12-0316-08-004 11-9-08114-12-0316-08-004

7. Financiera Rural, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio 117004711, apoyó con 1,000.0 miles de pesos, a la empresa Agroparque El Taray, S.A. de C.V., para un sistema de riego en 12 hectáreas, del cual se constató que la solicitud no contiene las firmas autógrafas del solicitante y el Coordinador de la Agencia de Financiera Rural en Cd. Guzmán, Jalisco, y para la comprobación de los recursos la empresa presentó la factura A00051188, de fecha 16 de enero de 2012, expedida por el proveedor Netafim México, S.A. de C.V., en favor del beneficiario por 2,400.4 miles de pesos.

Asimismo, en el expediente no se localizó el dictamen técnico y la carta de autorización de la instancia ejecutora ni la evidencia de las aportaciones o pagos realizados por el beneficiario por 1,400.0 miles de pesos; además, se observó que la cotización del sistema de riego está firmada por un empleado de Netafim México, S.A. de C.V., quien también es secretario de una de las empresas accionistas de Agroparque El Taray, S.A. de C.V., y que, de conformidad con la cédula de supervisión suscrita por personal de la Financiera Rural y el beneficiario, el sistema de riego se concluyó el 16 de enero de 2012.

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Por otra parte, en el acta de entrega-recepción del 19 de enero de 2012, suscrita por el coordinador de la agencia de Financiera Rural en Cd. Guzmán, Jalisco, y el representante legal del beneficiario, se señala que la inversión fue realizada en su totalidad de conformidad con los montos y conceptos autorizados y que los equipos y sistemas de riego se encuentran instalados y en funcionamiento, y que en el expediente se cuenta con fotocopia de la factura A00051188, que contiene la leyenda de certificación de que es copia de la factura original que se tuvo a la vista, lo cual se ratifica en el acta finiquito de fecha 30 de enero de 2012, que suscribieron las mismas personas.

En visita de seguimiento realizada al proveedor, manifestó que la citada factura núm. A00051188, por 2,400.4 miles de pesos, no la reconoce, y proporcionó copia de la emitida por su sistema contable, la cual difiere de la que presentó la beneficiaria, por lo que se presume que la exhibida para la comprobación de los recursos, se encuentra alterada.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-003 11-0-17100-12-0316-09-001 11-9-06HAN-12-0316-08-003 11-9-08114-12-0316-08-005

8. El FIRCO, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con los folios núms. RT-MICH-10-000219, RT-MICH-10-000221 y RT-MICH-10-000222, apoyó con 140.0 miles de pesos, 392.0 miles de pesos y 560.0 miles de pesos, respectivamente, a tres beneficiarios, de los cuales se constató que las solicitudes no contienen firmas autógrafas de éstos, fueron presentadas en el ejercicio 2010 y no cuentan con el escrito libre para ratificar su atención en 2011.

Los apoyos a los beneficiarios se autorizaron para la construcción de sistemas de riego por aspersión fija con cañones; sin embargo, se conoció que en la vigésima quinta reunión operativa del Fideicomiso del Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Colima (FOFAE) 2ª etapa del 26 de noviembre de 2010, con el acuerdo AF025-PRMDR-99-06/10-0664/10 se autorizó la liberación de recursos para apoyar en el marco del Programa de Rehabilitación y Modernización de los Distritos de Riego 2010, el proyecto presurización de la línea principal de conducción para implementar un sistema de riego tecnificado mediante cañón fijo a dichos beneficiarios.

Asimismo, en los expedientes técnicos proporcionados por SAGARPA, no se localizaron los documentos que comprueben la aplicación de los recursos ni tampoco las transferencias a los beneficiarios ni la evidencia de su aportación; además, se observó que de conformidad con las cédulas de verificación y supervisión los trabajos fueron realizados del 30 de agosto de 2010 al 8 de abril de 2011.

De la misma forma, por los apellidos de los beneficiarios, se presume que son familiares del Titular de la Unidad Responsable de operar el Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA remitió copia de las transferencias a los beneficiarios e informó que las solicitudes no se firmaron ya que fueron presentadas vía electrónica y que por tratarse de apoyos 2010

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no se requiere de la ratificación. En cuanto a los recursos proporcionado por el Estado de Colima, argumentó que fue para conceptos diferentes; sin presentar evidencia alguna al respecto; asimismo, remitió copia simple de las facturas 106A, 109A y 111A del 20 de diciembre de 2011, expedidas por el proveedor con nombre comercial Riegotec, por 841.7 miles de pesos, 284.8 miles de pesos y 1,159.8 miles de pesos, respectivamente, sin exhibir la evidencia de su pago.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-004 11-9-08I6L-12-0316-08-005 11-9-08114-12-0316-08-006

9. El FIRA-FEFA, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio FIVR07001 autorizó recursos por 660.0 miles de pesos, para un sistema de riego por micro aspersión en 33 hectáreas para cultivo de papa, ubicado en el estado de Veracruz, a un servidor público con el cargo de Director General de Zonas Tropicales dependiente de la Subsecretaría de Alimentación y Competitividad de SAGARPA.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA informó que la solicitud presentada se acompañó de la documentación completa y correcta, y cubrió con los lineamientos del programa, por lo que el proyecto resultó elegible, además se realizó visita de seguimiento constatándose la instalación del sistema de riego y su comprobación con las facturas correspondientes.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-005 11-9-06HDA-12-0316-08-003 11-9-08114-12-0316-08-007

10. Financiera Rural, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio 1-4SYQFT (1-4WDRT1) apoyó con 25,125.0 miles de pesos a la empresa Enerall, S.A.P.I. de C.V., para un sistema de riego por aspersión fija y cañón viajero en 1,675 hectáreas, y con el análisis de la documentación comprobatoria y justificativa contenida en el expediente técnico, visitas realizadas al proyecto y al proveedor de los servicios, se constató que:

• La solicitud consigna como fecha el 13 de abril de 2011, que es anterior a la publicación de los lineamientos para la operación del programa y la apertura de ventanillas y no contiene la firma autógrafa del representante legal de la empresa ni el sello y firma de recepción de la Financiera Rural; además, 9 de las cotizaciones de sistema de riego con cañón viajero y uno por aspersión fija presentadas por el proveedor no contienen fecha de elaboración.

• Con el acta de reunión de trabajo del grupo integrado por el Subsecretario de Agricultura, el Director de Vinculación y Desarrollo Tecnológico, el Delegado Estatal de la SAGARPA en Yucatán, así como el Gerente de Fomento a Productores y Empresas Rurales de Financiera Rural, del 9 de septiembre de 2011, se emitió la opinión favorable del proyecto para el sistema de riego por aspersión fija y cañón viajero por un total de 70,350.0 miles de pesos, integrado por 25,125.0 del subsidio, 29,650.0 del crédito y

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15,575.0 de la aportación del solicitante. Cabe señalar que el expediente técnico carece de la carta de autorización.

• En el expediente técnico se localizaron 8 facturas expedidas por el proveedor Supe, S.A. de C.V., a nombre del beneficiario por 34,009.2 miles de pesos, sin embargo, en la visita física realizada al proyecto, la empresa presentó las 8 facturas citadas y 6 más por 13,918.1 miles de pesos, para un total de 47,927.3 miles de pesos. La diferencia por 22,422.7 miles de pesos no se presentó la documentación comprobatoria.

• De las 14 facturas por 47,927.3 miles de pesos, presentadas por la empresa beneficiaria para la comprobación de los recursos, se observó en la visita realizada al proveedor que una se pagó al 50.0% y 4 se encuentran pendientes de pago por un total de 11,045.0 miles de pesos.

• Como resultado de la visita de seguimiento realizada al proyecto, se constató que se tienen únicamente tecnificadas 899 hectáreas, de las cuales 75 no forman parte de dicho proyecto, por lo que no se han tecnificado 851 hectáreas, que representan un monto proporcional del subsidio de 12,763.5 miles de pesos; además, se observó que se encuentran en una situación no apta para tecnificar, toda vez que la mayor parte de las hectáreas, se encuentran con monte y piedras.

• Con la información proporcionada por la empresa Enerall, S.A.P.I de C.V., se constató la adquisición de 63 cañones viajeros y un lote de 14 cañones twin; sin embargo, el proveedor manifestó que se le entregaron 70 cañones viajeros, ya que se adicionaron 7 que no estaban considerados en el proyecto original para sustituir el sistema de aspersión fija, lo que implicó una modificación al proyecto que no se notificó a la Financiera Rural ni a la SAGARPA, además, de que sólo se tienen en operación 14 de los 20 pozos establecidos en el proyecto.

• De conformidad con la cédula de supervisión que suscribieron el promotor central de la agencia corporativa de crédito de la Financiera Rural y el beneficiario el 5 de marzo de 2012, se hizo constar que la cantidad y especificaciones de los materiales se realizó conforme al proyecto, y se estableció en el mes de abril del 2012 como fecha de entrega del sistema de riego; y en el acta de entrega-recepción del apoyo del 19 de abril de 2012, suscrito por el titular de la agencia corporativa de crédito de Financiera Rural y el representante legal de la empresa beneficiaria, se hizo constar que la inversión se realizó conforme a los montos y conceptos autorizados, y los sistemas de riego fijo y semifijo adquiridos con los recursos del apoyo se encuentran instalados y en funcionamiento, no obstante que se constató que sólo se tienen tecnificadas 851 hectáreas de las 1675 hectáreas propuestas.

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Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó la carta de autorización de fecha 27 de septiembre de 2011, firmada por el Titular de la Unidad Responsable del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-006 11-0-17100-12-0316-09-002 11-9-06HAN-12-0316-08-004 11-9-08114-12-0316-08-008

11. El FIRA-FEFA, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con fecha 24 de octubre de 2011, y con el folio 1-4RI011, autorizó recursos por 1,000.0 miles de pesos, a la empresa Hortícola del Desierto, S.C. de R.L., para la construcción de un sistema de riego por aspersión (pivote central) en 60 hectáreas, con una inversión total de 2,231.4 miles de pesos

Con el análisis de la documentación que obra en el expediente proporcionado por la SAGARPA, se constató que la empresa no presentó la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos, ni presentó evidencia del pago a los prestadores de servicios; además, en el acta de verificación de campo y entrega–recepción que suscribieron el despacho verificador, el agente de FIRA en Caborca, Sonora, el representante legal del beneficiario y el proveedor del sistema de riego el 26 de marzo de 2012, se hizo constar la entrega del sistema de riego a entera satisfacción del comprador y la operación se realizó a través de las facturas núms. PROY/000705 y PROY/000713 del supuesto proveedor Aquafim, S.A. de C.V., por 815.0 miles de pesos y 105.6 miles de dólares, respectivamente; las cuales no fueron localizadas en el expediente; ni tampoco la documentación relativa a la cédula fiscal y de domicilio de la empresa, la identificación del representante legal, la transferencia de recursos al beneficiario y la evidencia de su aportación al proyecto.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-007 11-9-06HDA-12-0316-08-004 11-9-08114-12-0316-08-009

12. El FIRA-FEFA, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio FIGN06032 (1-4WXOBH), apoyó con 1,000.0 miles de pesos, a la empresa Agrícola la Minita, S.P.R. de R.L., para la construcción de un sistema de riego por goteo en 54.12 hectáreas, con un costo integral del proyecto de 2,225.6 miles de pesos, del cual se constató lo siguiente:

• La escritura pública número 5,262 mediante la cual se protocoliza ante el notario público número 27 del Estado de Guanajuato el contrato de arrendamiento del predio de 123 hectáreas conocido como El Ramillete, lugar en donde se ubica el proyecto, consigna como fecha 24 de marzo de 2011, que es posterior a la del 9 de marzo de 2011 de la factura que se menciona en el acta de verificación de campo y entrega–recepción.

• No se localizó en el expediente la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos por 2,225.6 miles de pesos, que integra el monto total del proyecto, ni la evidencia de la transferencia de recursos al beneficiario y de la aportación de éste al

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proyecto; además, el título de concesión de la CONAGUA 08GUA119480/12AMGE00, se encuentra vencido, toda vez que consigna como fecha el 4 de octubre de 2000.

• El crédito otorgado por el FIRA por 200.1 miles de pesos es menor que el establecido en la carta de autorización por 980.5 miles de pesos, además de que se obtuvo el 7 de septiembre de 2011, fecha posterior a la expedición de la carta de autorización del 12 de julio de 2011.

• De conformidad con el acta de verificación de campo y entrega–recepción, que suscribieron el verificador, el Agente de FIRA en Celaya, Guanajuato, el Representante Legal del beneficiario y el proveedor del sistema de riego el 12 de marzo de 2012, se hizo constar la entrega del sistema de riego a entera satisfacción del comprador y que la operación se realizó con la factura 158 por 235,927.38 dólares, equivalentes a 2,901.9 miles de pesos, con un tipo de cambio de 12.30 pesos por dólar.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó copia de la documentación que aclara la fecha del contrato de arrendamiento, transferencia de recursos al beneficiario, permiso vigente de CONAGUA y aclaraciones sobre la diferencia y fecha del crédito para el desarrollo del proyecto. Asimismo, presentó copia simple de la factura número 158 por 235,927.38 dólares, equivalentes a 2,901.9 miles de pesos; expedida por el proveedor Sistemas Avanzados de Irrigación, S.A. de C.V.; sin embargo, no se presentó la documentación que evidencie el pago al proveedor.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-03-001

13. El FIRA-FEFA, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio FIYC08003 (1-4W4277), apoyó con 1,497.2 miles de pesos, a la empresa Grupo Ganadero Garys, S.P.R. de R.L. de C.V, para la construcción de un sistema de riego por pivote central en 100 hectáreas, con un costo integral del proyecto de 2,994.5 miles de pesos, del cual se constató lo siguiente:

• La solicitud presentada consigna como fecha el 20 de abril de 2011, que es anterior a la publicación de los lineamientos para la operación del programa y la apertura de ventanillas.

• No se localizó en el expediente la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos por 806.7 miles de pesos para integrar el costo total del proyecto, de los cuales corresponden proporcionalmente 403.4 miles de pesos a los recursos del Proyecto, toda vez que sólo se presentaron facturas por 2,187.8 miles de pesos; tampoco se exhibió la evidencia de la transferencia de recursos al beneficiario y de la aportación de éste al proyecto; ni el título de concesión de la CONAGUA, independientemente de que se presentó la solicitud de servicios en el mes de abril de 2004; además, se carece del acta de verificación de campo y entrega-recepción; sólo se tiene el reporte de verificación del apoyo del 9 de marzo de 2012, en el cual se hizo constar que se han instalado los pivotes y está en proceso su conexión a la línea eléctrica.

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• El crédito otorgado por el FIRA del 6 de diciembre de 2011 y la opinión favorable del SAT sobre el artículo 32-D del 6 de enero de 2012, son posteriores a la expedición de la carta de autorización del 18 de agosto de 2011.

En visita de seguimiento realizada al proveedor Supe, S.A. de C.V., proporcionó copia fiscal de las facturas CFDI 24, del 25 de octubre de 2011, CFDI 79 del 26 de enero de 2012 y CFDI 155 del 14 de mayo de 2012, por 690.0 miles de pesos, 1,200.0 miles de pesos y 297.8 miles de pesos, las cuales suman 2,187.8 miles de pesos.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó copia del oficio número 311.0157 del 28 de enero de 2011, a través del cual se solicitó al FIRA abrir la ventanilla a partir del 2 de febrero de 2011, transferencia de recursos al beneficiario, permiso de la CONAGUA y aclaraciones sobre las fechas de la opinión favorable del SAT y el crédito para el desarrollo del proyecto. Respecto de la documentación comprobatoria faltante presentó copia simple de la factura CFDI 168 por 807.3 miles de pesos de fecha 31 de mayo de 2012, expedida por Supe, S.A. de C.V.; sin embargo, no se presentó evidencia de su pago, además de que en la visita de seguimiento al proveedor, no fue exhibida y en consecuencia no se encuentra registrada en su contabilidad, por lo que persiste la observación.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-008 11-9-06HDA-12-0316-08-005 11-9-08114-12-0316-08-010

14. Financiera Rural, como instancia ejecutora de SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio 518083511 apoyó con 1,000.0 miles de pesos, a la empresa Sávila de México, S. de P.R. de R.L. de C.V., para la construcción de un sistema de riego por goteo en 50 hectáreas, con un costo integral del proyecto por 2,057.0 miles de pesos, del cual se constató lo siguiente:

• No se localizó en el expediente la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos por 2,057.0 miles de pesos que integra el costo total del proyecto, así como la documentación que evidencie su pago al proveedor ni el dictamen técnico y la carta de autorización de la instancia ejecutora, tampoco la opinión favorable del SAT sobre el artículo 32-D, así como la transferencia de recursos al beneficiario y evidencia de su aportación.

• De conformidad con el acta de entrega–recepción, que suscribieron el apoderado legal de la empresa y el representante de la Financiera Rural de la Agencia Pánuco, Veracruz, el 27 de abril de 2012, se hizo constar que la aplicación de los recursos aportados está soportada con los recibos fiscales correspondientes y fueron entregados a la Agencia Pánuco, Veracruz, los cuales fueron cotejados e integrados al expediente, sin mencionar las facturas que sustenta la aplicación de los recursos. En dicha acta se hace referencia de una cédula de supervisión del 25 de abril de 2012, en donde se manifestó que la inversión fue efectivamente realizada de conformidad con los montos y conceptos autorizados y que el proyecto se encuentra en proceso de instalación, sin que en el expediente se localizara dicha cédula de supervisión.

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Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó copia del dictamen técnico y la carta de autorización de la instancia ejecutora, así como la opinión favorable del SAT. Respecto de la documentación comprobatoria faltante, presentó copia simple de la factura 28 del 19 de abril del 2012 por 2,057.0 miles de pesos, expedida por Grupo Teknum, S.A. de C.V., así como recibos simples de pago, pero no se proporcionó evidencia de su pago al proveedor y de la transferencia de recursos al beneficiario.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-03-002

15. La Delegación Federal de la SAGARPA en el Estado de Campeche, como instancia ejecutora del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio CC11025113 apoyó con 7,400.0 miles de pesos, a una persona física para un sistema de riego de pivote central y avance frontal en 493.3 hectáreas, con un costo integral del proyecto por 9,485.3 miles de pesos, del cual se constató lo siguiente:

• La solicitud se encuentra suscrita por el beneficiario, y a pesar de que se benefició a 2 personas más, legalmente no reúne la figura de persona moral.

• Se localizó en el expediente la factura F 59 del 29 de diciembre del 2011 por 7,000.0 miles de pesos, expedida por el proveedor Tecnoriegos del Trópico, S.A. de C.V., a favor del beneficiario, por lo que están pendientes de comprobar 2,485.3 miles de pesos, para integrar el monto total del proyecto.

• En el reporte de visita de supervisión de campo suscrita el 9 de febrero de 2012 por el responsable del Proyecto en la Delegación Federal del Estado de Campeche, se determinó que 3 de los 4 sistemas de riego se encuentran instalados casi en su totalidad; sin embargo, en el acta de entrega-recepción del 16 de noviembre de 2011, se hizo constar que se entregaron los sistemas de riego.

En visita de seguimiento al proyecto, se constató la existencia de los cuatro sistemas de riego de pivote central y avance frontal, y la memoria fotográfica proporcionada evidencia que fueron construidos del 1 de octubre al 21 de noviembre de 2011; además proporcionó la factura F 117 por 399.6 miles de pesos, del 18 de septiembre del 2012; sobre la diferencia por 2,085.7 miles de pesos no se proporcionó documentación comprobatoria pero se comprobó que corresponde al anticipo otorgado al proveedor, y presentó un recibo y una ficha de depósito del 10 de noviembre de 2011 por 2,085.3 miles de pesos.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-01-004

16. El FIRA-FEFA, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio 1-4UETRR, apoyó con 1,000.0 miles de pesos, a la empresa Rancho el Pilar, S.A. de C.V., para la construcción de un sistema de riego por goteo en 54.34 hectáreas, con un costo integral del proyecto por 3,337.8 miles de pesos, del cual se constató lo siguiente:

• El expediente técnico carece de la cédula fiscal de la sociedad, comprobante de domicilio, identificación del representante legal, transferencia de recursos al

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beneficiario, evidencia de su aportación y reporte de verificación del apoyo; además, no contiene la documentación comprobatoria que compruebe la aplicación de los recursos por 3,337.8 miles de pesos, que integra el monto total del proyecto, así como la documentación que evidencie el pago al proveedor.

• En el acta de verificación de campo y entrega–recepción, que suscribieron el verificador de la Universidad Autónoma de Chapingo, el agente del FIRA en Celaya, Guanajuato, el representante legal del beneficiario y el proveedor del sistema de riego, el 23 de febrero de 2012, se hizo constar la entrega del sistema de riego a entera satisfacción del comprador y que la operación se realizó a través de las facturas núms. 247 y 742, por 1,114.5 y 2,223.3 miles de pesos, respectivamente.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó copia de la cédula fiscal, comprobante de domicilio, identificación del representante legal y transferencia de recursos al beneficiario. Respecto de la documentación comprobatoria de la aplicación del recurso, se presentó copia simple de las facturas 742, por 2,223.2 miles de pesos y 247 por 95.3 miles de dólares, equivalentes a 1,114.5, con un tipo de cambio de 11.69 pesos; sin embargo, los comprobantes de pago al proveedor no evidencian que fueron realizados por la empresa apoyada.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-03-003

17. El FIRCO, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio RT-NL-11-001208, apoyó con 2,800.0 miles de pesos, a la empresa Hacienda La Gloria, S.A. de C.V., para la construcción de un sistema de riego por goteo en 140.00 hectáreas, con un costo integral del proyecto por 9,496.2 miles de pesos, del cual se constató lo siguiente:

• El expediente técnico carece de identificación del representante legal, transferencia de recursos al beneficiario, evidencia de su aportación y reporte de verificación del apoyo, no obstante que se cuenta con el acta de entrega–recepción que suscribieron el gerente estatal del FIRCO en Nuevo León y el representante legal del beneficiario, el 13 de octubre de 2011, en donde se hizo constar la entrega-recepción de los recursos autorizados para la realización de acciones referentes a la adquisición e instalación del sistema de riego por goteo.

• Se presentó copia de las facturas números 1195 y 1197, por 228.4 miles de dólares, equivalentes a 3,121.8 miles de pesos, con un tipo de cambio de 13.6677 pesos y 2,414.1 miles de pesos, respectivamente, expedidas por el proveedor VMV Riegos, S.A de C.V., que suman 5,535.9 miles de pesos, las cuales no comprueban el costo total del proyecto autorizado por 9,496.2 miles de pesos, por lo que no comprobó 3,960.3 miles de pesos, de los cuales 1,167.5 miles de pesos corresponden a la parte proporcional de los recursos del Proyecto; además, no se presentaron los estados de cuenta correspondientes que sustenten el pago al proveedor.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó identificación del representante legal, evidencia de su aportación al proyecto y reporte de verificación. Respecto de la documentación comprobatoria de la

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aplicación del recurso, informó que por error en el SURI se capturó un importe del costo total del proyecto por 9,496.2 miles de pesos, ya que el proyecto en realidad fue por 5,155.2 miles de pesos, aclaración que no es procedente ya que tanto la solicitud como la carta de autorización consideran 9,496.2 miles de pesos como costo total del proyecto.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-009 11-9-08I6L-12-0316-08-006 11-9-08114-12-0316-08-011

18. El FIRA-FEFA, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio 1-4S61BVOK apoyó con 1,000.0 miles de pesos, a la empresa Granos y Agroquímicos Hernández, S.A. de C.V., para la construcción de un sistema de riego por goteo en 51.30 hectáreas, del cual se constató lo siguiente:

• El expediente técnico carece de la cédula fiscal de la sociedad, comprobante de domicilio, identificación del representante legal y la transferencia de recursos al beneficiario y evidencia de su aportación; además, no contiene la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos por 2,254.9 miles de pesos que integra el costo total del proyecto, así como la documentación que evidencie el pago al proveedor.

• En el reporte de verificación del apoyo suscritos por el promotor y el agente de FIRA en Ocotlán, Jalisco, se hizo constar que el proyecto de instalación del sistema de riego por goteo con capacidad para 51.3 hectáreas tiene un 80.0% de avance y que la inversión total del equipo se encuentra comprobada con la factura 1725 por 1,000.0 miles de pesos expedida por Irriga, S.A. de C.V., y diversos comprobantes sin que exista el reporte de una visita de supervisión subsecuente en donde conste su conclusión.

• Con el acta de verificación de campo y entrega–recepción, del 15 de febrero de 2012, suscritos por el verificador de la Universidad Autónoma de Chapingo, el agente de FIRA en Ocotlán, Jalisco, el representante legal del beneficiario y el proveedor, se hizo constar la entrega del sistema de riego a entera satisfacción del comprador y que la operación se realizó con las facturas núms. 1725, 1752, 1738, 1800, 1801 y 1806, por 1,000.0 miles de pesos, 200.0 miles de pesos, 300.0 miles de pesos, 250.0 miles de pesos, 500.0 miles de pesos y 4.9 miles de pesos, respectivamente.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó copia de la cédula fiscal, comprobante de domicilio, identificación del representante legal y transferencia de recursos al beneficiario, evidencia de su aportación, reporte de verificación de campo y el acta de entrega-recepción. Respecto de la comprobación de la aplicación del recurso se presentaron copia simple de 6 facturas por 2,254.9 miles de pesos; sin embargo, no se presentó los estados de cuenta bancarios que evidencie los pagos al proveedor.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-03-004

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19. El FIRA-FEFA como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio número 1-4UIZ7HOK apoyó con 1,000.0 miles de pesos a la empresa Agro Jofomac, S.P.R. de R.L., para la construcción de un sistema de riego por goteo en 53.15 hectáreas, del cual se constató lo siguiente:

• El expediente técnico carece de la cédula fiscal de la sociedad, comprobante de domicilio, identificación del representante legal y la transferencia de recursos al beneficiario y evidencia de su aportación; además, no contiene la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos por 2,166.4 miles de pesos que integra el costo total del proyecto, así como la documentación que evidencie su pago al proveedor.

• En el reporte de verificación que suscribieron el Promotor y el Agente de FIRA en Ocotlán, Jalisco, se hizo constar que el proyecto de instalación del sistema de riego por goteo con capacidad para 53.15 hectáreas tiene un 80.0% de avance y que no se ha obtenido el crédito, sin que exista el reporte de una visita de supervisión subsecuente en donde conste su conclusión.

• De conformidad con el acta de verificación de campo y entrega–recepción, que suscribieron el verificador de la Universidad Autónoma de Chapingo, el Agente de FIRA en Ocotlán, Jalisco, el representante legal del beneficiario y el proveedor, se hizo constar la entrega del sistema de riego a entera satisfacción del comprador y la operación se realizó con las facturas núms. 97, 98 y 154 por 933.1 miles de pesos, 233.3 miles de pesos y 1,000.0 miles de pesos, respectivamente.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó copia de la cédula fiscal, comprobante de domicilio, identificación del representante legal y transferencia de recursos al beneficiario, evidencia de su aportación, reporte de verificación de campo, el acta de entrega-recepción, así como el informe de seguimiento. Respecto de la comprobación de la aplicación del recurso se presentó copia simple de 3 facturas del proveedor con nombre comercial Riegos del Valle por 2,166.4 miles de pesos; sin embargo, la comprobación del pago al proveedor son ilegibles.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-03-005

20. El FIRCO, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio RT-CAMP-10-002567, apoyó con 991.7 miles de pesos, a la empresa Proveedora Agrícola el Maizal, S.P.R. de R.L., para un sistema de riego por pivote central de avance frontal en 72 hectáreas, del cual se constató que la solicitud es de fecha 19 de julio de 2010 y no se cuenta con el escrito libre para ratificar su atención en 2011, y para la comprobación de los recursos la empresa presentó la factura número 3430, del 18 de diciembre de 2010, expedida por el proveedor Supe, S.A. de C.V., en favor del beneficiario por 1,988.0 miles de pesos.

En visita de seguimiento al proveedor del sistema de riego, proporcionó copia de la factura 3429, que expidió a la empresa Proveedora Agrícola el Maizal, S.P.R. de R.L., por 1,988.0 miles de pesos, así como de los estados de cuenta donde se refleja su pago, y señaló que la

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factura número 3430 se encuentra sin utilizar de la cual proporcionó copia, en donde se observó que efectivamente se encuentra en blanco, por lo que se presume que la factura presentada por la beneficiaria para la comprobación de los recursos es apócrifa.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados de observaciones finales, la SAGARPA remitió oficio mediante el cual, el FIRCO argumenta que por tratarse de un apoyo del ejercicio 2010, no son aplicables los lineamiento de operación para 2011, asimismo que con la factura presentada por la empresa apoyada y su verificación en el SAT se dio cumplimiento a sus atribuciones y obligaciones, sin embargo se solicitará a la empresa beneficiaria la aclaración correspondiente.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-010 11-0-17100-12-0316-09-003 11-9-08I6L-12-0316-08-007 11-9-08114-12-0316-08-012

21. El FIRCO, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio RTE-CAMP-10-002762-23 apoyó con 3,000.0 miles de pesos a la empresa El Yibel, S.P.R. de R.L. de C.V., para la construcción de un sistema de riego por pivote central en 360 hectáreas y a través del FIRA-FEFA, también como instancia ejecutora del Proyecto, con el folio 52228 (1-4UHBAT), apoyó con 2,797.3 miles de pesos, a la empresa El Tentemozo, S.P.R. de R.L. de C.V., para la construcción de un sistema de riego por pivote central en 200 hectáreas.

Con el análisis de la documentación que obra en los expedientes técnicos de las empresas proporcionados por la SAGARPA, se comprobó que según las actas constitutivas de las sociedades, ambas empresas están constituidas por los mismos 4 socios, por lo que para ser beneficiario con recursos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego del año 2011, solicitaron los apoyos a dos instancias ejecutoras, con la finalidad de que en dichas solicitudes no se reflejara que están rebasados los montos máximos establecidos en los Lineamientos específicos de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011, que en forma individual le corresponde a cada beneficiario final, independientemente de que la sociedad El Yibel, S.P.R. de R.L., presentó su solicitud al FIRCO, el 29 de julio de 2010, sin contar con el escrito libre para ratificar su atención en 2011, y además se constató que el sistema de riego fue construido en el año 2010, por lo que no cumplió con los criterios de elegibilidad establecidos en dichos Lineamientos; sin embargo, se encuentra pagado con recursos del Proyecto del año 2011.

Por lo que respecta a la sociedad El Tentemozo, S.P.R. de R.L. de C.V., presentó su solicitud al FIRA el 22 de marzo de 2011, por lo que también se le otorgaron recursos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego del año 2011

Por lo anterior, se determina que los beneficiarios finales recibieron 2 apoyos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, en un mismo ejercicio.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados de observaciones finales, la SAGARPA informó que en virtud de que el proyecto del FIRCO corresponde al ejercicio 2010 y cumplió con la normatividad, no se encuentra en el supuesto de duplicidad de pago para

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el ejercicio 2011. Además el FIRCO señala que los proyectos se encuentran ubicados en diferentes Estados y fueron atendidos por distintas instancias ejecutoras y ellos no tenían conocimiento del apoyo otorgado por el FIRA-FEFA.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-011 11-9-06HDA-12-0316-08-006 11-9-08I6L-12-0316-08-008 11-9-08114-12-0316-08-013

22. El FIRA-FEFA, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio número 1-52K1PD, apoyó con 9,000.0 miles de pesos, a la empresa El Chilib, S.P.R. de R.L. de C.V., para la construcción de un sistema de riego con 13 pivotes central lateral móvil en 605 hectáreas, del cual se constató en visita de seguimiento al proyecto la existencia de 12 pivotes central, de los 13 considerados en el proyecto autorizado, por lo que uno de los pivotes centrales con un costo de 1,499.5 miles de pesos no fue instalado, de los cuales corresponde proporcionalmente a los recursos del Proyecto la cantidad de 743.8 miles de pesos.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-06-012 11-9-06HDA-12-0316-08-007 11-9-08114-12-0316-08-014

23. Financiera Rural, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio 1-4UZVDN apoyó, con 28,167.5 miles de pesos, a la Asociación de Cañeros del Ingenio Tamazula CNPP-CNOP, A.C., para la instalación de sistemas de riego en 1,460 hectáreas en favor de 79 asociados, del cual se constató lo siguiente:

• El expediente técnico no contiene la carta de autorización del proyecto ni el Padrón de Abastecedores sancionado y aprobado por el Comité de Producción y Calidad Cañera entregado al Registro Nacional Agropecuario, donde conste que los beneficiaros son miembros de la asociación; además, se observó que las cotizaciones presentadas son de la empresa Netafim México, S.A. de C.V.; sin embargo, en la visita de seguimiento a la Asociación, se presentaron cotizaciones elaboradas por una persona física, con nombre comercial Riego y Conducciones Agrícolas San Isidro; ambas cotizaciones no detallan el costo por componente de cada uno de los sistemas de riego.

• Las facturas para la comprobación de los recursos fueron expedidas en 2011 y 2012 por una persona física con nombre comercial Riego y Conducciones Agrícolas San Isidro; sin embargo, las actas de entrega-recepción de los sistemas de riego están suscritas por la empresa Netafim México, S.A. de C.V., y los beneficiarios de la Asociación.

Asimismo, con el folio 1-4WGUWH se apoyó con 9,785.4 miles de pesos, a la Unión Local de Productores de Caña de Azúcar CNC del Ingenio Tamazula, A.C., para la instalación de sistemas de riego en 536 hectáreas en favor de 28 asociados, del cual se constató lo siguiente:

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• El expediente técnico no contiene el Padrón de Productores del Ingenio Tamazula, A.C., donde conste que los beneficiaros son miembros de la Asociación; asimismo, carece del dictamen técnico, la carta de autorización, la transferencia de recursos a uno de los 2 proveedores por 794.0 miles de pesos, así como evidencia del pago correspondiente a la aportación y crédito del productor por 10,643.8. Cabe señalar que en la visita realizada a la unión, se entregó copia del estado de cuenta donde consta que Financiera Rural transfirió a Rex Irrigación de Jalisco, S.A. de C.V., los 794.0 miles de pesos.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó de la Asociación: copia de la carta de autorización de fecha 30 de septiembre de 2011; sin embargo, no está suscrita por el Titular de la Unidad Responsable del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego. Por lo que respecta a las cotizaciones y facturas no se proporcionó información que aclare su situación. Asimismo, se presentaron recibos de pago de crédito de tecnificación de riego, pero no se presentó evidencia de la aportación del beneficiario al proyecto.

De la Unión, la SAGARPA presentó copia de la cédula fiscal, comprobante de domicilio, identificación del representante legal, transferencia de recursos al beneficiario y evidencia de su aportación al proyecto; el acta de verificación de campo y entrega-recepción corregida con el monto del apoyo recibido. Respecto de la comprobación de la aplicación del recurso, presentó 9 facturas con la evidencia de su pago al proveedor.

En cuanto al Padrón de Productores, la Asociación y la Unión señalan que no es necesario ser miembro de la asociación y que no necesariamente deben estar integrados al Padrón de Productores el cual se actualiza cada 2 años.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-01-005

24. Financiera Rural, como instancia ejecutora de SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio 518099611 (1-4TZDOV) apoyó con 12,185.3 miles de pesos, a la empresa Interagro de las Huastecas, S.A. de C.V., para un sistema de riego por goteo, pivote central y multicompuertas en 681.57 hectáreas, del cual se constató lo siguiente:

• El expediente técnico no contiene la copia del poder notarial del representante legal de la empresa, la opinión favorable del SAT sobre el artículo 32-D, el dictamen técnico de la instancia ejecutora y la carta de autorización de la Unidad Responsable, ni la evidencia de la aportación y pago realizado por los 35 beneficiarios en favor de Grupo Teknum, S.A. de C.V., proveedor de los sistemas de riego.

• De conformidad con las cédulas de supervisión y las facturas presentadas por la empresa para la comprobación de los recursos, el apoyo se tramitó para 35 socios; sin embargo, no presentó las fichas técnicas del proyecto, la documentación que acredita la propiedad o posesión de los inmuebles donde se instalaron los sistemas de riego, las concesiones de la CONAGUA así como las actas de entrega–recepción.

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• En las 35 cédulas de supervisión que suscribieron el beneficiario y personal de Financiera Rural, en el mes de abril de 2012, se hizo constar que se tenía previsto terminar los sistemas de riego en febrero de 2012 y que por las condiciones climáticas, el suministro de materiales y retraso en el crédito no se pudieron concluir, sin que exista reporte de visita de supervisión subsecuente en donde conste su conclusión y cumplimiento.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó copia de la opinión favorable del SAT, transferencia de recursos al beneficiario, dictamen y resolución de la solicitud y notificación de autorización; sin embargo, no se presentó la evidencia de la aportación de la empresa al proyecto y el pago de los 35 beneficiarios en favor del proveedor Grupo Teknum, S.A. de C.V., fichas técnicas del proyecto, documentación que acredita la propiedad o posesión de los inmuebles donde se instalaron los sistemas de riego, las concesiones de la CONAGUA, así como las actas de entrega–recepción.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-03-006

25. El FIRA-FEFA, como instancia ejecutora de la SAGARPA del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con el folio 1-4UDKYFOK apoyó con 1,000.0 miles de pesos, a la empresa MEVI Aguacates de Calidad, S.A. de C.V., para la construcción de un sistema de riego por goteo en 132.43 hectáreas, del cual se constató lo siguiente:

• El expediente técnico carece de la transferencia de recursos al beneficiario y de la aportación de éste al proyecto, y la solicitud del apoyo consigna como fecha 25 de marzo de 2011, que es anterior a la publicación de los lineamientos para la operación del programa y la apertura de ventanillas; además, no presenta información sobre el crédito por 811.1 miles de pesos, establecido en la carta de autorización de fecha 12 de septiembre de 2011.

• La factura 5412 por la cantidad de 4,055.6 miles de pesos, que la empresa presentó para la comprobación de los recursos, consigna como fecha de expedición el 14 de enero de 2011, y no obstante que es anterior a la solicitud de apoyo, no se presentaron las fichas de depósito y/o transferencias bancarias que evidencien el pago al proveedor. Asimismo, la cotización del sistema de riego se presentó en fotocopia y es del 25 de marzo de 2011; sin embargo, el plano del proyecto es del 17 de agosto de 2010 y la ficha técnica del ejercicio 2010.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA presentó copia de la transferencia de recursos al beneficiario, su aportación al proyecto, pagos realizados y evidencia de la obtención del crédito. De la solicitud recibida con anterioridad a la apertura de la ventanilla, adjunta copia del oficio 311.0157 de fecha 28 de enero de 2011, mediante el cual el Titular de la Unidad Responsable del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, instruye a recibir las solicitudes a partir del 2 de febrero de 2011. Respecto del pago de la factura 5412, no se presentaron las fichas de depósito, transferencias bancarias o estados de cuenta que evidencien su pago.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-03-007

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26. En el análisis de los registros de apoyos proporcionados por SAGARPA, se identificó que las Delegaciones Federales autorizaron 162 apoyos por 61,086.2 miles de pesos, a personas físicas o morales con opinión no favorable del SAT sobre el cumplimiento del Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, de los cuales se seleccionaron 20 apoyos por 16,223.8 miles de pesos, para que el SAT informara sobre la situación fiscal de cada uno, y en su respuesta confirmó que 18 beneficiarios no se encuentran al corriente en sus obligaciones fiscales. Asimismo, se identificó que recibieron 39 solicitudes antes de la apertura de ventanillas y 3 con posterioridad a su cierre.

De la misma forma, también el FIRA-FEFA recibió 39 solicitudes antes de la apertura de ventanillas y 3 con posterioridad a su cierre.

Respecto de las solicitudes posteriores recibidas por las instancias ejecutoras, no se contó con la autorización de la Unidad Responsable del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados de observaciones finales, la SAGARPA remitió 13 opiniones positivas del cumplimiento de obligaciones fiscales emitidas por el SAT, de las cuales 6 son de 2011, 6 de 2012 y 1 de 2013. Además proporcionó como justificación el oficio de orientación emitido por el SAT, sobre la Regla 12.1.14 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución de Miscelánea Fiscal para 2011, publicada el 9 de diciembre de 2011, en el cual señala que la excepción aplica para subsidios o estímulos menores a 10.0 miles de pesos y aplica a partir del 10 de diciembre de 2011; sin embargo, no es aplicable para los proyectos observados de tecnificación de riego, ya que rebasan dicho monto.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-01-006 11-9-06HDA-12-0316-08-008 11-9-08114-12-0316-08-015

27. Con el análisis a los Lineamientos específicos de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011, se detectaron las siguientes debilidades de control:

1) CRITERIOS DE ELIGIBILIDAD. Al no limitar que un mismo beneficiario reciba apoyos en varios ejercicios, se propicia la concentración de subsidios en favor de las personas físicas y morales que tienen mayores extensiones de tierra o mayor poder económico para su adquisición.

2) REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD. Al otorgar subsidios a las personas físicas o morales que acreditan la posesión con contratos de arrendamiento, comodato, usufructo y aparcería no se les beneficia realmente, ya que los beneficiaros son los dueños de las parcelas o predios donde quedan instalados los sistemas de riego.

3) CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS. Al establecer que las solicitudes que contemplen la tecnificación en zonas compactas o que compartan componentes en los sistemas de riego serán autorizadas por la Unidad Responsable, pudiendo designar montos de apoyo superiores a los establecidos, a criterio y bajo su estricta responsabilidad, sin que

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se señale un límite máximo de los subsidios por otorgar, se propicia la discrecionalidad y la concentración de recursos en unos cuantos beneficiarios.

4) PROCEDIMIENTO. Al no establecer que invariablemente se debe firmar un convenio de concertación para la entrega de los subsidios, se carece de un instrumento que señale las obligaciones a cargo del beneficiario del apoyo y las acciones legales que procederán en caso de incumplimiento. Asimismo, al no incluir formatos para la supervisión y el acta de entrega-recepción se propicia que las instancias ejecutoras no realicen de manera homogénea esta actividad.

5) No se establece la abstención de otorgar los subsidios a las personas que se ubiquen en los supuestos previstos en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la SAGARPA informa que en cuanto a las debilidades detectadas en los Lineamientos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, se propondrá en los nuevos Lineamientos Específicos de Operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2013, la inclusión de:

• Que los beneficiarios del Proyecto estratégico no reciban apoyos si en los dos periodos anteriores han tenido beneficios.

• El objetivo del programa busca el incremento de la productividad de la superficie de riego y no necesariamente el beneficio a determinado producto.

• Se propondrá un límite máximo de apoyo para otorgar en los proyectos especiales.

• Se propondrá la inclusión para firma de convenio de concertación con beneficiarios así como la de un formato homogéneo para el acta de entrega-recepción con los diferentes agentes ejecutores.

• Se propondrá la inclusión en forma explícita del requisito de solicitar el cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

Véase acción(es): 11-0-08100-12-0316-01-007

Acciones

Recomendaciones

11-0-08100-12-0316-01-001.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación establezca mecanismos de control para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, en lo relativo a la asignación, ejercicio y comprobación de los recursos ministrados a las instancias ejecutoras, en beneficio de la población objetivo del Proyecto. [Resultado 1]

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11-0-08100-12-0316-01-002.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación establezca mecanismos de control para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, en lo relativo al establecimiento de plazos para la realización de las actas finiquitos de los convenios de colaboración celebrados con las instancias ejecutoras. [Resultado 2]

11-0-08100-12-0316-01-003.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación establezca los mecanismos de control y supervisión para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego con la finalidad de que se integre en los expedientes toda la documentación relativa a la solicitud, dictaminación, ejecución y seguimiento de los Apoyos. [Resultado 4]

11-0-08100-12-0316-01-004.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación establezca los mecanismos de control para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, en lo relativo a la comprobación de la aplicación de recursos por parte de los beneficiarios con la documentación fiscal correspondiente. [Resultado 15]

11-0-08100-12-0316-01-005.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación establezca los mecanismos de control para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, en lo relativo a la integración de los expedientes técnicos con la documentación correspondiente a la dictaminación, seguimiento y comprobación de la aplicación de los recursos. [Resultado 23]

11-0-08100-12-0316-01-006.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación establezca los mecanismos de control para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, en lo relativo a la recepción de solicitudes dentro de los plazos establecidos por los Lineamientos específicos de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego y la obligatoriedad de los beneficiarios de estar al corriente en sus obligaciones fiscales. [Resultado 26]

11-0-08100-12-0316-01-007.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación establezca los mecanismos de control para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, en lo relativo a los criterios y requisitos de elegibilidad, características de los apoyos, procedimientos y cumplimiento de obligaciones fiscales de los beneficiarios y su incorporación a los lineamientos de operación del Proyecto. [Resultado 27]

11-1-06HAN-12-0316-01-001.- Para que Financiera Rural establezca los mecanismos de control y supervisión para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego con la finalidad de que se integre en los expedientes toda la documentación relativa a la solicitud, dictaminación, ejecución y seguimiento de los Apoyos. [Resultado 4]

11-3-06HDA-12-0316-01-001.- Para que el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, establezca los mecanismos de control y supervisión para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego con la finalidad de

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que se integren en los expedientes toda la documentación relativa a la solicitud, dictaminación, ejecución y seguimiento de los Apoyos. [Resultado 4]

11-3-08I6L-12-0316-01-001.- Para que el Fideicomiso de Riesgo Compartido establezca los mecanismos de control y supervisión para fortalecer el proceso de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego con la finalidad de que se integre en los expedientes toda la documentación relativa a la solicitud, dictaminación, ejecución y seguimiento de los Apoyos. [Resultado 4]

Solicitudes de Aclaración

11-0-08100-12-0316-03-001.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación aclare y proporcione la documentación que evidencie el pago al proveedor Sistemas Avanzados de Irrigación, S.A. de C.V., por 2,225.6 miles de pesos para comprobar el apoyo otorgado al beneficiario por 1,000.0 miles de pesos para un sistema de riego por goteo. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 12]

11-0-08100-12-0316-03-002.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación aclare y proporcione la documentación que evidencie el pago al proveedor Grupo Teknum, S.A. de C.V., por 2,057.0 miles de pesos para comprobar el apoyo al beneficiario por 1,000.0 miles de pesos para un sistema de riego por goteo, así como la transferencia de recursos al beneficiario y evidencia de su aportación. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 14]

11-0-08100-12-0316-03-003.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación aclare y proporcione la documentación que evidencie los pagos realizados al proveedor por 3,337.8 miles de pesos, para comprobar el apoyo al beneficiario por 1,000.0 miles de pesos para la construcción de un sistema de riego por goteo. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 16]

11-0-08100-12-0316-03-004.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación aclare y proporcione los estados de cuenta bancarios en los que se identifiquen los pagos realizados al proveedor Irriga, S.A. de C.V., por 2,254.9 miles de pesos para comprobar el apoyo al beneficiario por 1,000.0 miles de pesos para un sistema de riego por goteo. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 18]

11-0-08100-12-0316-03-005.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación aclare y proporcione copia certificada de las facturas por 2,166.4 miles de pesos y comprobantes legibles en los que se identifique su pago al proveedor para comprobar el apoyo otorgado por 1,000.0 miles de pesos para la

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construcción de un sistema de riego por goteo. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 19]

11-0-08100-12-0316-03-006.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación aclare y proporcione evidencia de la aportación de la empresa al proyecto y el pago de 12,185.3 miles de pesos de los 35 beneficiarios en favor del proveedor Grupo Teknum, S.A. de C.V., fichas técnicas del proyecto, documentación que acredita la propiedad o posesión de los inmuebles donde se instalaron los sistemas de riego, las concesiones de la CONAGUA, así como las actas de entrega-recepción. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente, procederá en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 24]

11-0-08100-12-0316-03-007.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación aclare y proporcione fichas de depósito, transferencias bancarias y estados de cuenta de los pagos realizados al proveedor del sistema de riego para comprobar el apoyo al beneficiario por 1,000.0 miles de pesos. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 25]

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

11-9-06HAN-12-0316-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en la Financiera Rural, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron apoyos sin contar con la carta de autorización y opinión favorable. [Resultado 4]

11-9-06HAN-12-0316-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en la Financiera Rural, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron apoyos hasta en dos ocasiones a organizaciones y personas físicas, que rebasaron los montos que establecieron los Lineamientos específicos del Proyecto correspondiente al ejercicio 2011. [Resultado 5]

11-9-06HAN-12-0316-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en la Financiera Rural, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta comprobación de los recursos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego. [Resultado 7]

11-9-06HAN-12-0316-08-004.- Ante el Órgano Interno de Control en la Financiera Rural, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico, autorizaron apoyo del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego y realizaron el acta de entrega-

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recepción, no obstante que 851 hectáreas, que representan el 50.8 % del total del proyecto autorizado, no se han tecnificado. [Resultado 10]

11-9-06HDA-12-0316-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron apoyos sin contar con la carta de autorización y opinión favorable de las instancias correspondientes. [Resultado 4]

11-9-06HDA-12-0316-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron apoyos hasta en dos ocasiones a organizaciones y personas físicas, que rebasaron los montos que establecieron los Lineamientos específicos del Proyecto correspondiente al ejercicio 2011. [Resultado 5]

11-9-06HDA-12-0316-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron apoyo a un servidor público con el cargo de Director General de Zonas Tropicales dependiente de la Subsecretaría de Alimentación y Competitividad de la SAGARPA. [Resultado 9]

11-9-06HDA-12-0316-08-004.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta comprobación del recurso y no solicitaron el reintegro a la empresa Hortícola del Desierto, S.C. de R.L. [Resultado 11]

11-9-06HDA-12-0316-08-005.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta aplicación de los recursos y no solicitaron su reintegro a la empresa Grupo Ganadero Garys, S.P.R. de R.L. de C.V. [Resultado 13]

11-9-06HDA-12-0316-08-006.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y autorizaron dos apoyos a los mismos beneficiarios con recursos del mismo ejercicio fiscal. [Resultado 21]

11-9-06HDA-12-0316-08-007.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de

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los servidores públicos que en su gestión no solicitaron el reintegro de los recursos otorgados a la empresa El Chilib, S.P.R. de R.L. de C.V., correspondientes a un sistema de riego por pivote central que no fue instalado. [Resultado 22]

11-9-06HDA-12-0316-08-008.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión recibieron solicitudes fuera de los plazos establecidos por los lineamientos de operación del Proyecto. [Resultado 26]

11-9-08I6L-12-0316-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron solicitudes de apoyo recibidas y dictaminadas en el ejercicio 2010 y que fueron pagadas con recursos del 2011 por 354,895.8 miles de pesos, sin contar con el escrito libre para ratificar su atención en el año 2011, ni la revalidación de los proyectos. [Resultado 3]

11-9-08I6L-12-0316-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron apoyos que debían ser autorizados por el Titular de la Unidad Responsable y/o sin opinión favorable. [Resultado 4]

11-9-08I6L-12-0316-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron apoyos hasta en dos ocasiones a organizaciones y personas físicas, que rebasaron los montos que establecieron los Lineamientos específicos del Proyecto correspondiente al ejercicio 2011. [Resultado 5]

11-9-08I6L-12-0316-08-004.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y autorizaron una factura cancelada para comprobar los recursos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011, así como la falta de comprobación de recursos por 398.7 miles de pesos. [Resultado 6]

11-9-08I6L-12-0316-08-005.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y autorizaron apoyos para sistemas de riego que fueron construidos en 2010 a presuntos familiares del Titular de la Unidad Responsable de operar el Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, sin presentar la documentación que evidencie el pago de los servicios al proveedor. [Resultado 8]

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11-9-08I6L-12-0316-08-006.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y no solicitaron el reintegro de los recursos otorgados a la empresa Hacienda La Gloria, S.A. de C.V. [Resultado 17]

11-9-08I6L-12-0316-08-007.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y aceptaron como documentación comprobatoria una factura que se presume es apócrifa. [Resultado 20]

11-9-08I6L-12-0316-08-008.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y autorizaron dos apoyos a los mismos beneficiarios con recursos del mismo ejercicio fiscal. [Resultado 21]

11-9-08114-12-0316-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron solicitudes de apoyo recibidas y dictaminadas en el ejercicio 2010 y que fueron pagadas con recursos del 2011 por 354,895.8 miles de pesos, sin contar con el escrito libre para ratificar su atención en el año 2011, ni la revalidación de los proyectos. [Resultado 3]

11-9-08114-12-0316-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron que los apoyos contaran con la opinión favorable y la autorización del Titular de la Unidad Responsable. [Resultado 4]

11-9-08114-12-0316-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron apoyos hasta en dos ocasiones a organizaciones y personas físicas, que rebasaron los montos que establecieron los Lineamientos específicos del Proyecto correspondiente al ejercicio 2011. [Resultado 5]

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Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-001

11-9-08114-12-0316-08-004.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y autorizaron una factura cancelada para comprobar los recursos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011, así como la falta de comprobación de recursos por 398.7 miles de pesos. [Resultado 6]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-002

11-9-08114-12-0316-08-005.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta comprobación de los recursos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego. [Resultado 7]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-003

11-9-08114-12-0316-08-006.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y autorizaron apoyos para sistemas de riego que fueron construidos en 2010 a presuntos familiares del Titular de la Unidad Responsable de operar Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, sin presentar documentación que evidencie el pago de los servicios al proveedor. [Resultado 8]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-004

11-9-08114-12-0316-08-007.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no

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supervisaron y vigilaron la correcta ejecución y aplicación de los apoyos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, ya que autorizaron un apoyo a un servidor público con el cargo de Director General de Zonas Tropicales dependiente de la Subsecretaría de Alimentación y Competitividad de la SAGARPA. [Resultado 9]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-005

11-9-08114-12-0316-08-008.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico, autorizaron apoyo del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego y realizaron el acta de entrega-recepción, no obstante que 851 hectáreas, que representan el 50.8 % del total del proyecto autorizado, no se han tecnificado. [Resultado 10]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-006

11-9-08114-12-0316-08-009.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta comprobación del recurso y no solicitaron el reintegro a la empresa Hortícola del Desierto, S.C. de R.L. [Resultado 11]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-007

11-9-08114-12-0316-08-010.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta aplicación de los recursos y no solicitaron su reintegro a la empresa Grupo Ganadero Garys, S.P.R. de R.L. de C.V. [Resultado 13]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-008

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11-9-08114-12-0316-08-011.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y no solicitaron el reintegro de los recursos otorgados a la empresa Hacienda La Gloria, S.A. de C.V. [Resultado 17]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-009

11-9-08114-12-0316-08-012.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y aceptaron como documentación comprobatoria una factura que se presume es apócrifa. [Resultado 20]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-010

11-9-08114-12-0316-08-013.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no supervisaron la correcta integración del expediente técnico y autorizaron dos apoyos a los mismos beneficiarios con recursos del mismo ejercicio fiscal. [Resultado 21]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-011

11-9-08114-12-0316-08-014.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no solicitaron el reintegro de los recursos otorgados a la empresa El Chilib, S.P.R. de R.L. de C.V., correspondientes a un sistema de riego por pivote central que no fue instalado. [Resultado 22]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-08100-12-0316-06-012

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11-9-08114-12-0316-08-015.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron apoyos a beneficiarios que no se encontraban al corriente en sus obligaciones fiscales y que recibieron solicitudes fuera de los plazos establecidos por los lineamientos de operación del Proyecto. [Resultado 26]

Pliegos de Observaciones

11-0-08100-12-0316-06-001.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 4,014,468.00 pesos (cuatro millones catorce mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.), por la autorización de solicitudes de apoyo a organizaciones y personas físicas que rebasaron los montos que se establecieron en los Lineamientos específicos y que fueron pagadas con recursos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011. [Resultado 5]

11-0-08100-12-0316-06-002.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 398,670.00 pesos (trescientos noventa y ocho mil seiscientos setenta pesos 00/100 M.N.), por la falta de comprobación de recursos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011. [Resultado 6]

11-0-08100-12-0316-06-003.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,000,000.00 pesos (un millón de pesos 00/100 M.N.), por la autorización de la comprobación de recursos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, con una factura presumiblemente alterada. [Resultado 7]

11-0-08100-12-0316-06-004.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,092,000.00 pesos (un millón noventa y dos mil pesos 00/100 M.N.), por la autorización de apoyos para sistemas de riego que fueron construidos en 2010 a presuntos familiares del Titular de la Unidad Responsable de operar el Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, sin presentar la documentación que evidencie el pago de los servicios al proveedor. [Resultado 8]

11-0-08100-12-0316-06-005.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 660,000.00 pesos (seiscientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.), por la autorización del apoyo a través del Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, como instancia ejecutora, a un servidor público con el cargo de Director General de Zonas Tropicales dependiente de la Subsecretaría de Alimentación y Competitividad de SAGARPA. [Resultado 9]

11-0-08100-12-0316-06-006.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 12,763,500.00 pesos (doce millones setecientos sesenta y tres mil quinientos pesos 00/100 M.N.), por la falta de tecnificación de 851 hectáreas que representan el 50.8 % de las 1,675 hectáreas que integran el proyecto autorizado. [Resultado 10]

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11-0-08100-12-0316-06-007.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,000,000.00 pesos (un millón de pesos 00/100 M.N.), por la falta de documentación comprobatoria que sustente la aplicación de los recursos federales asignados a la empresa Hortícola del Desierto, S.C. de R.L. [Resultado 11]

11-0-08100-12-0316-06-008.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 403,375.00 pesos (cuatrocientos tres mil trescientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.), que corresponde proporcionalmente a los recursos del Proyecto por el faltante de documentación comprobatoria que sustente la aplicación de los recursos federales asignados a la empresa Grupo Ganadero Garys, S.P.R. de R.L. de C.V. [Resultado 13]

11-0-08100-12-0316-06-009.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,167,498.16 pesos (un millón ciento sesenta y siete mil cuatrocientos noventa y ocho pesos 16/100 M.N.), que corresponde a la parte proporcional de los recursos del proyecto, por la falta de documentación comprobatoria y justificativa que sustente la aplicación de los recursos federales otorgados a la empresa Hacienda La Gloria, S.A. de C.V. [Resultado 17]

11-0-08100-12-0316-06-010.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 991,700.00 pesos (novecientos noventa y un mil setecientos pesos 00/100 M.N.), por la presentación de una factura que se presume es apócrifa para comprobar la aplicación de los recursos federales otorgados a la empresa Proveedora Agrícola el Maizal, S.P.R. de R.L. [Resultado 20]

11-0-08100-12-0316-06-011.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 5,797,300.00 pesos (cinco millones setecientos noventa y siete mil trescientos pesos 00/100 M.N.), por la duplicidad de recursos entregados a los beneficiarios del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011, uno de los cuales fue construido en el ejercicio 2010. [Resultado 21]

11-0-08100-12-0316-06-012.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 743,750.00 pesos (setecientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta pesos 00/100 M.N.), por la falta de instalación de un sistema de riego por pivote central de los recursos federales asignados a la empresa El Chilib, S.P.R. de R.L. de C.V. [Resultado 22]

Denuncias de Hechos

11-0-17100-12-0316-09-001.- La Auditoría Superior de la Federación presentará denuncia de hechos por las irregularidades detectadas. [Resultado 7]

11-0-17100-12-0316-09-002.- La Auditoría Superior de la Federación presentará denuncia de hechos por las irregularidades detectadas. [Resultado 10]

11-0-17100-12-0316-09-003.- La Auditoría Superior de la Federación presentará denuncia de hechos por las irregularidades detectadas. [Resultado 20]

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Recuperaciones Probables y Montos por Aclarar

Se determinaron recuperaciones probables por 30,032.4 miles de pesos. Adicionalmente, existen 18,185.3 miles de pesos por aclarar.

Consecuencias Sociales

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, al haber apoyado a organizaciones que desviaron los recursos; a otras que no son población objetivo, así como otorgar montos mayores a los establecidos en los Lineamientos, dejó de atender acciones sociales básicas e inversiones, en zonas que por su importancia en la producción de alimentos y el equilibrio de mantos acuíferos requieran incrementar el uso eficiente del agua y de la productividad, en beneficio de la población objetivo de los Programas de la SAGARPA que se encuentran en condiciones de rezago social.

Lo anterior es consecuencia de la falta de supervisión y seguimiento en la ejecución de los recursos otorgados a través del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego por parte de la Unidad Responsable de la SAGARPA y de las instancias ejecutoras FIRA-FEFA, FIRCO, Financiera Rural y Delegaciones Federales de la propia SAGARPA, que permitió la práctica de no integrar la totalidad de la documentación que se requiere para los apoyos; comprobar la aplicación de los recursos con documentación irregular, y facturas presuntamente apócrifas y alteradas; además, se constató en las visitas físicas la inexistencia de algunos de los proyectos, lo que impacta negativamente en el desarrollo oportuno de los mismos.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 27 observación(es) la(s) cual(es) generó(aron): 10 Recomendación(es), 7 Solicitud(es) de Aclaración, 35 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 12 Pliego(s) de Observaciones y 3 Denuncia(s) de Hechos.

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios, atendiendo a la revisión de la información y la documentación que prueban los hechos de las investigaciones efectuadas y conforme los ordenamientos legales, las disposiciones normativas aplicables a la naturaleza de las operaciones revisadas, existe una base razonable para sustentar la siguiente opinión respecto de la muestra revisada.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: se dejaron de aplicar recursos por 43,008.1 miles de pesos, en detrimento de la población objetivo del proyecto; se pagaron 354,895.8 miles de pesos con recursos del año fiscal 2011, para diversos proyectos que fueron dictaminados en el ejercicio 2010 que no cumplen con los criterios de elegibilidad; se apoyó con 25,125.0 miles

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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de pesos a una empresa de los cuales no aplicó recursos por 12,763.5 miles de pesos; además, se detectaron facturas presumiblemente apócrifas por 1,991.7 miles de pesos. Lo anterior, en términos generales, se debe a la falta de supervisión y seguimiento en la ejecución de los recursos otorgados para el Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de las instancias ejecutoras.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Determinar el monto de los recursos asignados y ejercidos del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego, por las instancias ejecutoras, y verificar que los recursos no ejercidos se reintegraron en tiempo y forma a la TESOFE.

2. Analizar los convenios de colaboración, anexos técnicos y adendums suscritos entre SAGARPA y las instancias ejecutoras.

3. Verificar que los expedientes técnicos y administrativos de los proyectos apoyados cuentan con la documentación que sustenta la autorización, ejercicio y seguimiento de los recursos autorizados.

4. Determinar una muestra de proyectos apoyados y verificar en campo si los recursos se aplicaron a los fines para los cuales fueron autorizados.

5. Realizar visitas domiciliarias y por correo a los proveedores de servicios y otras instancias para constatar la autenticidad en el pago, así como la adquisición y entrega de los bienes y la prestación de los servicios.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Presupuesto de Egresos de la Federación: Art. 38 Párrafos primero y segundo Frac. I Párrafo tercero.

2. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Art. 74 y 75 frac. I, II, III, IV, VI, VII y VIII.

3. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Art. 66 Frac. I, II y III.

4. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos específicos de operación del Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011, Art. 3, Art. 5 Frac. I, Art. 6 Frac. II, Art. 7

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

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párrafos penúltimo y último, Art. 9 Frac. I Párrafo primero incisos b) Frac. II inciso b) Frac. III Incisos c) y e) y Art. 11, publicado en el DOF el 2 de mayo de 2011;

Convenio de Colaboración con la Financiera Rural, Cláusula quinta numerales 1.13 y 2.6;

Convenio de Colaboración con el Fondo Especial para Financiamiento Agropecuario, Cláusula quinta numerales 1.8, 1.9, 1.12 y 2.6;

Convenio de Colaboración con el Fideicomiso de Riesgo Compartido, Cláusula quinta numeral I Inc. l) y numeral II Inc. g);

Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Art. 82 y 83;

Código Fiscal de la Federación, Art. 32-D, párrafos último, penúltimo y antepenúltimo;

Convenio de Concertación del "Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2010", entre el Fideicomiso de Riesgo Compartido y la organización denominada Fomento Agroindustrial del Mayab, S.P.R. de R.L. de C.V., Cláusulas quinta, octava numerales 8, 9 y 12, y novena Inciso a), d) y e), de fecha 31 de agosto de 2010;

Convenio de Concertación del "Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2010", entre el Fideicomiso de Riesgo Compartido y la organización denominada Proveedora Agrícola El Maizal, S.P.R. de R.L., Cláusulas primera, segunda, tercera, quinta, octava numerales 7, 8, 9 y 12, y novena Inciso a), d) y e), de fecha 30 de agosto de 2010;

Convenio de Concertación del "Proyecto Estratégico de Tecnificación de Riego 2011", entre la Financiera Rural y la organización denominada Agroparque El Taray, S.A. de C.V., Cláusulas primera, segunda, tercera, octava, numerales 3, 12, 13, 14 y 18, y novena Inciso g) de fecha 30 de septiembre de 2011.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

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Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.