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BOJA núm. 62 Página núm. 8.240 Sevilla, 27 de mayo 2000 22 de mayo de 2000, se convoca a los señores Consejeros Generales, miembros del Consejo de Administración y de la Comisión de Control, a la sesión ordinaria de la Asamblea General, que se celebrará en el domicilio de la Entidad, sito en Málaga, Avenida de Andalucía, 10 y 12, el día 24 de junio de 2000, a las 12,00 horas, en primera convocatoria, y a las 13,00 horas del mismo día, en segunda convocatoria, para tratar y decidir sobre el siguiente ORDEN DEL DIA 1. Informe del Sr. Presidente. 2. Informe de la Comisión de Control. 3. Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anua- les (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria) y del informe de gestión, tanto de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), como de su Grupo Consolidado, y de la propuesta de aplicación de resultados de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Uni- caja), todo ello correspondiente al ejercicio económico de 1999, así como de la gestión de su Consejo de Administración durante el mismo período. 4. Examen y aprobación, en su caso, del informe de ges- tión de la obra social y liquidación del presupuesto corres- pondiente al ejercicio de 1999, así como de su presupuesto para el ejercicio de 2000, autorización al Consejo para redis- tribuir partidas del mismo y, si procediere, creación y/o diso- lución de obras sociales. 5. Autorización al Consejo de Administración para acordar la emisión de obligaciones subordinadas. 6. Modificación de los vigentes Estatutos y Reglamento de procedimiento electoral de la Entidad para adaptarlos a las disposiciones de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía. 7. Ruegos y preguntas. 8. Aprobación del acta de la sesión o designación de interventores para tal fin. Se advierte a los Sres. Consejeros Generales que, desde el día 9 de junio del presente año y hasta la fecha de cele- bración de la Asamblea, tienen derecho a examinar en la Sede Central de la Entidad (Dirección de Secretaría Institucional), el texto íntegro de la modificación estatutaria y reglamentaria (Continúa en el fascículo 2 de 2) FRANQUEO CONCERTADO núm. 41/63 BOLETIN OFICIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA Apartado Oficial Sucursal núm. 11. 41014 SEVILLA Papel ecológico propuesta, así como el informe emitido por el Consejo de Admi- nistración sobre la misma, y de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos. Igualmente, estará a su dis- posición, en el mismo lugar y con la antelación referida, la documentación correspondiente a los demás asuntos incluidos en el orden del día. Málaga, 22 de mayo de 2000.- El Presidente del Consejo de Administración, Braulio Medel Cámara. SDAD. COOP. AND. FABRICA DE HIELO SANTA MARIA ANUNCIO. (PP. 1221/2000). La Sociedad Cooperativa Andaluza Fábrica de Hielo «San- ta María», con domicilio en El Puerto de Santa María (Cádiz), acordó en Asamblea General Extraordinaria, celebrada el día 25 de marzo de 2000, la disolución de la Cooperativa en base a lo establecido en el artículo 110.b) de la Ley 2/1999, de Sociedades Cooperativas Andaluzas. Manuel Alejo Mulero, liquidador. El Puerto de Santa María, 3 de mayo de 2000.- El Secre- tario, Enrique Morro Rodríguez; El Presidente, José A. Mon- tesinos Calvario; El Interventor de Cuenta, Manuel Ortega López; El Liquidador, Manuel Alejo Mulero. SDAD. COOP. AND. CONSTRUCCIONES ALPUJARRA ANUNCIO. (PP. 1222/2000). En cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 110 y ss. de la Ley 2/1999, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, se hace público que la Asamblea General Extraordinaria de la cooperativa Construcciones Alpujarra, Sdad. Coop. And., celebrada el 31 de marzo de 2000, adopta el acuerdo de disolución de la misma al amparo del art. 110.c) de la men- cionada Ley y el nombramiento del socio liquidador. Laroles, 3 de abril de 2000.- El socio liquidador, José Gómez López, NIF: 74.711.125-H.

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BOJA núm. 62Página núm. 8.240 Sevilla, 27 de mayo 2000

22 de mayo de 2000, se convoca a los señores ConsejerosGenerales, miembros del Consejo de Administración y de laComisión de Control, a la sesión ordinaria de la AsambleaGeneral, que se celebrará en el domicilio de la Entidad, sitoen Málaga, Avenida de Andalucía, 10 y 12, el día 24 dejunio de 2000, a las 12,00 horas, en primera convocatoria,y a las 13,00 horas del mismo día, en segunda convocatoria,para tratar y decidir sobre el siguiente

ORDEN DEL DIA

1. Informe del Sr. Presidente.2. Informe de la Comisión de Control.3. Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anua-

les (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria) ydel informe de gestión, tanto de Montes de Piedad y Cajade Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera(Unicaja), como de su Grupo Consolidado, y de la propuestade aplicación de resultados de Montes de Piedad y Caja deAhorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Uni-caja), todo ello correspondiente al ejercicio económico de1999, así como de la gestión de su Consejo de Administracióndurante el mismo período.

4. Examen y aprobación, en su caso, del informe de ges-tión de la obra social y liquidación del presupuesto corres-pondiente al ejercicio de 1999, así como de su presupuestopara el ejercicio de 2000, autorización al Consejo para redis-tribuir partidas del mismo y, si procediere, creación y/o diso-lución de obras sociales.

5. Autorización al Consejo de Administración para acordarla emisión de obligaciones subordinadas.

6. Modificación de los vigentes Estatutos y Reglamentode procedimiento electoral de la Entidad para adaptarlos alas disposiciones de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre,de Cajas de Ahorros de Andalucía.

7. Ruegos y preguntas.8. Aprobación del acta de la sesión o designación de

interventores para tal fin.

Se advierte a los Sres. Consejeros Generales que, desdeel día 9 de junio del presente año y hasta la fecha de cele-bración de la Asamblea, tienen derecho a examinar en la SedeCentral de la Entidad (Dirección de Secretaría Institucional),el texto íntegro de la modificación estatutaria y reglamentaria

(Continúa en el fascículo 2 de 2)

FRANQUEO CONCERTADO núm. 41/63

BOLETIN OFICIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIAApartado Oficial Sucursal núm. 11. 41014 SEVILLA

Papel ecológico

propuesta, así como el informe emitido por el Consejo de Admi-nistración sobre la misma, y de pedir la entrega o el envíogratuito de dichos documentos. Igualmente, estará a su dis-posición, en el mismo lugar y con la antelación referida, ladocumentación correspondiente a los demás asuntos incluidosen el orden del día.

Málaga, 22 de mayo de 2000.- El Presidente del Consejode Administración, Braulio Medel Cámara.

SDAD. COOP. AND. FABRICA DE HIELO SANTAMARIA

ANUNCIO. (PP. 1221/2000).

La Sociedad Cooperativa Andaluza Fábrica de Hielo «San-ta María», con domicilio en El Puerto de Santa María (Cádiz),acordó en Asamblea General Extraordinaria, celebrada el día25 de marzo de 2000, la disolución de la Cooperativa enbase a lo establecido en el artículo 110.b) de la Ley 2/1999,de Sociedades Cooperativas Andaluzas. Manuel Alejo Mulero,liquidador.

El Puerto de Santa María, 3 de mayo de 2000.- El Secre-tario, Enrique Morro Rodríguez; El Presidente, José A. Mon-tesinos Calvario; El Interventor de Cuenta, Manuel OrtegaLópez; El Liquidador, Manuel Alejo Mulero.

SDAD. COOP. AND. CONSTRUCCIONES ALPUJARRA

ANUNCIO. (PP. 1222/2000).

En cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 110 y ss.de la Ley 2/1999, de Sociedades Cooperativas Andaluzas,se hace público que la Asamblea General Extraordinaria dela cooperativa Construcciones Alpujarra, Sdad. Coop. And.,celebrada el 31 de marzo de 2000, adopta el acuerdo dedisolución de la misma al amparo del art. 110.c) de la men-cionada Ley y el nombramiento del socio liquidador.

Laroles, 3 de abril de 2000.- El socio liquidador, JoséGómez López, NIF: 74.711.125-H.

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SUMARIO

Sábado, 27 de mayo de 2000 Año XXII Número 62 (2 de 2)Edita: Servicio de Publicaciones y BOJA Teléfono: 95 503 48 00*CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA Fax: 95 503 48 05Secretaría General Técnica. Depósito Legal: SE 410 - 1979Dirección: Apartado Oficial Sucursal núm. 11. Bellavista. ISSN: 0212 - 580341014 SEVILLA Formato: UNE A4Talleres: Servicio de Publicaciones y BOJA

(Continuación del fascículo 1 de 2)

Número formado por dos fascículos

1. Disposiciones generalesPAGINA

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA

Resolución de 17 de mayo de 2000, de la Direc-ción General de Gestión de Recursos Humanos,por la que se establece el procedimiento parala adjudicación de destinos provisionales a losMaestros, Profesores de Enseñanza Secundaria,Profesores Técnicos de Formación Profesional yProfesores y Maestros de Taller de Enseñanzasde Régimen Especial, para el curso académico2000-2001. 8.242

3. Otras disposicionesCONSEJERIA DE SALUD

Resolución de 9 de mayo de 2000, del ServicioAndaluz de Salud, por la que se aprueban los Plie-gos Tipo de Cláusulas Administrativas Particularespara la contratación de arrendamiento de bienesmuebles con y sin opción de compra, medianteprocedimiento abierto, modalidad concurso. 8.289

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BOJA núm. 62Página núm. 8.242 Sevilla, 27 de mayo 2000

1. Disposiciones generales

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA

RESOLUCION de 17 de mayo de 2000, de laDirección General de Gestión de Recursos Humanos,por la que se establece el procedimiento para la adju-dicación de destinos provisionales a los Maestros, Pro-fesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicosde Formación Profesional y Profesores y Maestros deTaller de Enseñanzas de Régimen Especial, para elcurso académico 2000-2001.

La Resolución de esta Dirección General de 17 de marzode 1999 (BOJA de 3 de abril) estableció el procedimientopara la adjudicación de destinos provisionales a los distintoscolectivos docentes pendientes de colocación, «al objeto deprestar con la mayor eficacia el servicio educativo y cubrircon eficiencia las necesidades existentes en los distintos cen-tros públicos de Andalucía», una vez diseñada para cada cursoacadémico la planificación escolar.

La experiencia obtenida tras su aplicación durante el cursoescolar 1999-00 aconseja introducir modificaciones en dichoprocedimiento, aun manteniendo la finalidad y los criteriosestablecidos en la referida Resolución.

La existencia de una normativa específica para determi-nados procedimientos de provisión de puestos de trabajo acon-seja su toma en consideración, por analogía, para el presenteprocedimiento; en particular, la Ley 30/1984, de 2 de agosto;la Orden de 21 de abril de 1987; el R.D. 365/1995, de19 de marzo; el R.D. 1635/1995, de 6 de octubre; el Decre-to 154/1996, de 30 de abril; el R.D. 777/1998, de 30 deabril, y el R.D. 2112/1998, de 2 de octubre; todo ello, res-petando los acuerdos adoptados en el seno de la Mesa Sectorialde Educación.

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que le confiereel Decreto 158/1996, de 7 de mayo, esta Dirección Generalde Gestión de Recursos Humanos ha resuelto publicar lasiguiente Resolución sobre adjudicación de destinos provisio-nales para el personal docente perteneciente o asimilado alos Cuerpos de Maestros, de Profesores de Enseñanza Secun-daria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Pro-fesores y Maestros de Taller de Enseñanzas de Régimen Espe-cial, para el curso escolar 2000-01, que se ajustará a lassiguientes Bases.

I. BASES ESPECIFICAS PARA EL CUERPO DE MAESTROS

Primera. Participantes.Están obligados a participar:

1. Maestros en situación de sobredotación, supresión ydesplazados por falta de horario.

2. Maestros con adscripción en el extranjero, una vezfinalizada la misma.

3. Maestros reingresados sin reserva de puestos detrabajo.

4. Maestros Provisionales que nunca han obtenido destinodefinitivo.

5. Maestros a los que se les ha concedido Comisión deServicios.

6. Maestros en Prácticas.7. Opositores que superen el concurso-oposición para el

ingreso en el Cuerpo de Maestros año 2000.8. Maestros Interinos.

Segunda. Solicitudes, plazos y lugares de presentación.1. Solicitudes.1.1. Los participantes deberán cumplimentar la instancia

normalizada que facilitará a los interesados la Administracióno, en su caso y por triplicado ejemplar, la que figura en elAnexo correspondiente de esta Resolución, de acuerdo conlas instrucciones que a la misma se acompañan.

1.2. La petición a localidad o provincia incluye todos losCentros de las mismas.

1.3. La adjudicación a Centro concreto se realizará segúnel código numérico de los mismos, ordenados de menor amayor.

1.4. Cualquier dato omitido o consignado erróneamentepor el participante no podrá ser invocado por éste a efectosde futuras reclamaciones.

Los códigos de los puestos que se consignen serán deter-minantes. Cuando los códigos resulten ilegibles, estén incom-pletos o no se coloquen los datos en la casilla correspondiente,se considerarán no incluidos en la petición, perdiendo los par-ticipantes todo derecho a su reclamación.

2. Plazos de presentación de solicitudes.2.1. Los participantes comprendidos en los epígrafes 1,

2, 3, 4, 5 y 6 de la Base Primera, desde el día 20 al 30de junio, ambos inclusive.

2.2. Los Maestros interinos, en los quince días naturalessiguientes a la publicación de la presente Resolución.

2.3. Los participantes incluidos en el epígrafe 7, en loscinco días naturales siguientes a la publicación de las listasde aspirantes seleccionados por las distintas Comisiones deSelección.

3. Lugar de presentación de solicitudes.Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en la

Delegación Provincial correspondiente a la provincia dondeprestan servicios los participantes, o en los lugares y formaque determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27de noviembre) y el artículo 51 de la Ley 6/1983, de 21 dejulio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autó-noma de Andalucía (BOJA del 29). Asimismo, podrá utilizarseel procedimiento previsto en el artículo 19 del Decreto204/1995, de 29 de agosto (BOJA de 26 de octubre), porel que se establecen medidas organizativas para los serviciosadministrativos de atención al ciudadano.

Tercera. Prioridad en la adjudicación de destino.La prioridad en la adjudicación de destino vendrá dada

según el orden en que van relacionados los participantes enla Base Primera de la presente Resolución, de acuerdo conlos criterios establecidos para cada colectivo en la correspon-diente base.

Cuarta. Maestros en situación de sobredotación, supresióny desplazados por falta de horario.

1. Petición de destino (Anexo I).1.1. Los Maestros incluidos en el epígrafe 1 de la Base

Primera podrán solicitar puestos de trabajo en cualquier Centroy/o localidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, conel requisito de habilitación. También podrán realizar peticionesa Provincias.

1.2. Aquellos Maestros que durante el curso escolar1999-00 desempeñaron un puesto de trabajo por capacitaciónpodrán seguir desempeñándolo en su localidad de destino.A tales efectos, deberán consignarlo en la instancia.

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1.3. Tendrán prioridad los Maestros de la localidad dedestino sobre los Maestros procedentes de otras localidades.

En su caso, la Administración respetará el ámbito geo-gráfico de localidad de los Maestros afectados.

2. Criterios para la adjudicación de destinos.2.1. Mayor antigüedad en el Centro en el que se encuentra

en sobredotación, supresión o desde el que fue desplazado.2.2. Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario

del Cuerpo de Maestros.2.3. Año más antiguo de ingreso en el Cuerpo de Maestros.2.4. Menor número de lista en la promoción de ingreso

en el Cuerpo de Maestros.

Quinta. Maestros provisionales.1. Petición de destinos (Anexo II).Los Maestros incluidos en los epígrafes 2, 3 y 4 de la

Base Primera de esta Resolución deberán solicitar puestosde trabajo en cualquier Centro y/o localidad de la ComunidadAutónoma de Andalucía, con el requisito de habilitación. Tam-bién deberán indicar en el apartado correspondiente de la ins-tancia, por orden de preferencia, las ocho provincias de Anda-lucía, salvo los Maestros del epígrafe 2, que sólo deberánconsignar una provincia. De no hacerlo así, podrán ser des-tinados a cualquier Centro de la Comunidad Autónoma.

2. Criterios para la adjudicación de destinos.2.1. Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario

del Cuerpo de Maestros.2.2. Año más antiguo de ingreso en el Cuerpo de Maestros.2.3. Menor número de lista en la promoción de ingreso

en el Cuerpo de Maestros.

Sexta. Comisiones de Servicios.1. Petición de destinos (Anexo II).Los Maestros incluidos en el epígrafe 5 de la Base Primera

de esta Resolución deberán solicitar Centros de las localidadeso provincia solicitadas en el Anexo que acompañaba a susolicitud de Comisión de Servicios.

2. Ordenación para la adjudicación de destino.2.1. Cargos electos de Corporaciones Locales.2.2. Motivos de salud.2.3. Funcionarios consortes de cargos de libre designación

en la Administración Pública (Disposición Adicional Primerade la Orden de 21 de abril de 1987).

3. Criterios para la adjudicación de destinos.La adjudicación de destino en cada uno de los grupos

se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes criterios:

3.1. Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionariodel Cuerpo de Maestros.

3.2. Año más antiguo de ingreso en el Cuerpo de Maestros.3.3. Menor número de lista en la promoción de ingreso

en el Cuerpo de Maestros.

Séptima. Maestros en prácticas y opositores seleccio-nados.

1. Petición de destinos (Anexo II).1.1. Los integrantes de los colectivos incluidos en los

epígrafes 6 y 7 de la Base Primera de esta Resolución deberánsolicitar puestos de trabajo en cualquier Centro y/o localidadde la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el requisitode habilitación. También deberán indicar en el apartado corres-pondiente de la instancia, por orden de preferencia, las ochoprovincias de Andalucía. De no hacerlo así, podrán ser des-tinados a cualquier Centro de la Comunidad Autónoma.

1.2. Los opositores seleccionados deberán consignar enprimer lugar la especialidad por la que han superado el con-curso-oposición. De no hacerlo así, se incluirá de oficio.

2. Criterios para la adjudicación de destino de los Maestrosen prácticas.

2.1. Año más antiguo de la convocatoria del concur-so-oposición.

2.2. Menor número de orden en la lista de aprobadosde dicho concurso-oposición.

3. Criterios para la adjudicación de destino de los opo-sitores seleccionados.

Menor número de orden obtenido en la lista de los opo-sitores que superen el concurso-oposición para ingreso en elCuerpo de Maestros del presente año 2000.

Octava. Maestros interinos.1. Determinación de los Maestros afectados.Maestros integrantes de las bolsas de interinos con tiempo

de servicio reconocido a 30 de junio de 2000.

2. Petición de destino (Anexo III).2.1. Los Maestros interinos deberán especificar inexcu-

sablemente el código numérico y la denominación de la bolsaa la que actualmente pertenecen, con indicación, en el casodel código 7, de la letra correspondiente.

2.2. También podrán consignar en la instancia la deno-minación y el código numérico de otra bolsa, para lo quedeberán acreditar documentalmente que reúnen alguno de lossiguientes requisitos:

2.2.1. Bolsas de Educación Infantil, Primaria y PrimerCiclo de la ESO.

a) Los establecidos en el Anexo I de la Orden de 28de abril de 1998 (BOJA de 28 de mayo).

b) Haber superado, al menos, un ejercicio en los procesosselectivos convocados por cualquier Administración Educativaen la especialidad que corresponda.

c) Haber participado en una convocatoria específica yhaber prestado servicios en la especialidad correspondiente.

d) Haber obtenido reconocimiento de la especialidad poraplicación de la Resolución de 16 de mayo de 1995, de estaDirección General.

2.2.2. Bolsa de Educación de Adultos.a) Haber prestado servicios docentes en Centros públicos

de Educación de Adultos durante, al menos, 6 meses.b) Estar en posesión del Curso de Especialización de Adul-

tos, de 300 horas, expedido por un Centro universitario.

2.3. Asimismo, deberán consignar en la instancia, pororden de preferencia, cien códigos de centros y/o localidades,así como las ocho provincias de Andalucía, también por ordende preferencia, para la obtención de vacantes en el procesoinformatizado. De no consignarlas, podrán ser destinados acualquier Centro de la Comunidad Autónoma.

2.4. Los Maestros afectados podrán obtener puestos detrabajo en cualquier centro y/o localidad de la ComunidadAutónoma de Andalucía, de acuerdo con la tabla de equi-valencias y el procedimiento siguientes:

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A tales efectos, el proceso informatizado recorrerá las peti-ciones de los interesados, hasta encontrar vacante, de acuerdocon el siguiente procedimiento:

a) Centros, localidades y primera y segunda provinciassolicitadas, por la primera de las prioridades del cuadroanterior.

b) Centros, localidades y primera y segunda provinciassolicitadas, por la segunda de las prioridades del mencionadocuadro.

c) De no haber encontrado vacante en las referidas explo-raciones, el proceso recorrerá, por la primera de las prioridadesdel cuadro de referencia, las provincias andaluzas restantes,por el orden consignado por los participantes.

d) De ser necesario, recorrerá, por la segunda de las prio-ridades, dichas provincias restantes, por el referido orden.

e) Por último, en el supuesto de haber consignado enla solicitud otra bolsa para la que reúna alguno de los requisitosestablecidos en el punto 2.2 de este apartado, el procesorecorrerá, hasta encontrar vacante, los Centros y localidadessolicitados por los participantes y las ocho provincias de Anda-lucía, por el orden en que figuren en la instancia.

2.5. Asimismo, deberán consignar una sola provincia parasustituciones.

3. Criterios para la adjudicación de destino.

Mayor tiempo de servicios en años, meses y días. Encaso de empate, se resolverá teniendo en cuenta la puntuacióntotal obtenida en las pruebas del concurso-oposición del añoen curso, y, en caso de persistir el empate, la mayor puntuaciónen la nota media del expediente académico, que los parti-cipantes deberán acreditar documentalmente mediante laaportación de certificación expedida por la autoridad acadé-mica correspondiente, salvo que la hubiera presentado correc-tamente con anterioridad.

4. Exclusiones.

4.1. Serán motivos de exclusión de la bolsa de trabajolos siguientes:

a) La renuncia voluntaria del interesado a la participaciónen el proceso de colocación.

b) La no participación en los concursos-oposición quese convoquen.

c) La no aceptación de la oferta de trabajo docente quele haga la Consejería de Educación y Ciencia, atendiendo asu titulación y/o bolsa de trabajo.

4.2. La Mesa Sectorial de Educación establecerá un catá-logo de las causas de fuerza mayor por las que la no aceptaciónde la oferta de trabajo no suponga la exclusión de la bolsa.

Novena. Puestos objeto de adjudicación.

Todos los puestos de trabajo cuyo funcionamiento estéprevisto para el curso académico 2000-2001 y no hayan sidoocupados con carácter definitivo se adjudicarán a los colectivosexpresados, para los Centros y localidades que se relacionanen el Anexo VIII de la Orden de 28 de enero de 2000 (BOJAde 5 de febrero), de la Consejería de Educación y Ciencia,por la que se convoca procedimiento de provisión de vacantesentre funcionarios docentes pertenecientes al Cuerpo de Maes-tros, con las supresiones y adiciones que se relacionan enel Anexo V, así como para los Centros que se relacionan enlos Anexos VI y VII de la presente Resolución y para la espe-cialidades y provincias del Anexo IV.

II. BASES ESPECIFICAS PARA LOS PROFESORES DE ENSE-ÑANZA SECUNDARIA, PROFESORES TECNICOS DE FORMA-CION PROFESIONAL Y PROFESORES Y MAESTROS DETALLER DE ENSEÑANZAS DE REGIMEN ESPECIAL

Décima. Participantes.Están obligados a participar:

1. Profesores y Maestros de Taller en situación de supre-sión y desplazados de sus Centros de destino por falta dehorario.

2. Profesores y Maestros de Taller reingresados, desdecualquier situación, sin reserva del puesto de trabajo.

3. Profesores y Maestros de Taller provisionales que nuncahan obtenido destino definitivo.

4. Profesores y Maestros de Taller que han obtenido Comi-sión de Servicios.

5. Profesores en fase de prácticas.6. Profesores que superen el concurso-oposición para el

ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundariaen el presente año 2000.

7. Profesores y Maestros de Taller Interinos.8.a) Opositores que superen una o dos pruebas en el

concurso-oposición del año 2000.b) Aspirantes seleccionados para interinidades en las con-

vocatorias de la Consejería de Educación y Ciencia integrantesde las listas para sustituciones durante el curso 1999/2000,con excepción de los integrantes de las listas de las espe-cialidades para las que se ha convocado concurso-oposiciónen el presente año 2000, que pierden su vigencia, salvo queaccedan a un puesto de trabajo antes del 30 de junio delcitado año.

Undécima. Solicitudes de participación, plazos y lugaresde presentación.

1. Solicitudes.1.1. Los participantes deberán cumplimentar solicitud que

será facilitada por la Administración, según el modelo quefigura en el Anexo correspondiente y conforme a las instruc-ciones que en el mismo se especifican.

1.2. La petición a localidad o provincia incluye todos losCentros de las mismas y la adjudicación se realizará segúnel código numérico de los mismos, ordenados de menor amayor.

1.3. Cualquier dato omitido o consignado erróneamentepor el participante no podrá ser invocado por éste a efectosde futuras reclamaciones.

Los códigos de los puestos que se consignen serán deter-minantes. Cuando los códigos resulten ilegibles, estén incom-pletos o no se coloquen los datos en la casilla correspondiente,se considerarán no incluidos en la petición, perdiendo los par-ticipantes todo derecho a su reclamación.

2. Plazo de presentación de solicitudes.2.1. Los colectivos de los epígrafes 1, 2, 3, 4 y 5, del

1 al 10 de julio de 2000, ambos inclusive.2.2. Los colectivos de los epígrafes 7 y 8.b), en los quince

días naturales siguientes a la publicación de la presente Reso-lución. El personal del colectivo 8.b) que acceda a puestosde trabajo con posterioridad a la finalización del plazo de pre-sentación de solicitudes presentará nueva solicitud de destino,según Anexo IX, del día 1 al 10 de julio de 2000.

2.3. Los colectivos de los epígrafes 6 y 8.a), en los plazosestablecidos en las bases 14.1 y 10.2 de la Orden de 3 demarzo de 2000 (BOJA del 18), respectivamente.

3. Lugar de presentación de solicitudes.Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en la

Delegación Provincial correspondiente a la provincia dondeprestan servicios los participantes o están incluidos en laslistas para interinidades, sin perjuicio de lo establecido enel artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

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Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, y en el artículo 51 de laLey 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administraciónde la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA del 29). Asi-mismo, podrá utilizarse el procedimiento previsto en el ar-tículo 19 del Decreto 204/1995, de 25 de agosto (BOJA de26 de octubre), por el que se establecen medidas organizativaspara los servicios administrativos de atención al ciudadano.

Duodécima. Prioridad en la adjudicación de destino.La prioridad en la adjudicación de destino vendrá dada

según el orden en el que van relacionados los participantesen la Base Décima de esta Resolución.

Los destinos se adjudicarán en función del orden de peti-ciones y, para cada petición, según el orden de especialidadessolicitadas conforme a los criterios establecidos en la corres-pondiente Base.

Decimotercera. Profesores y Maestros de Taller suprimidosy desplazados.

1. Petición de destino (Anexo VIII).1.1. El profesorado afectado deberá solicitar puestos de

trabajo en cualquier Centro de su localidad de destino paraimpartir materias de las especialidades de las que sea titularo, voluntariamente, para las que reúnan los requisitos de titu-lación establecidos en las Disposiciones Transitorias Segunda,Tercera y Quinta del R.D. 1635/95, de 6 de octubre (BOEdel 10) y en la Disposición Transitoria Tercera del R.D. 777/98,de 30 de abril (BOE del 8 de mayo).

1.2. Asimismo, podrá solicitar puestos de trabajo en cual-quier Centro y/o localidad de la Comunidad Autónoma quepertenezca al ámbito de gestión de la Consejería de Educacióny Ciencia de la Junta de Andalucía, con los requisitos esta-blecidos en el apartado anterior.

2. Criterios para la adjudicación de destinos y prioridades.Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario de

carrera del Cuerpo correspondiente o de los integrados en elmismo, según Disposición Adicional Décima de la Ley Orgánica1/1990. En caso de que se produzcan empates, se resolveránaplicando sucesivamente los siguientes criterios: Mayor anti-güedad ininterrumpida como funcionario definitivo en la plaza;año más antiguo de ingreso en el Cuerpo o Cuerpos integradosen éste; estar en posesión de la condición de catedrático ymayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo através del que se ingresó en el Cuerpo, teniendo prioridadlos ingresados por el turno de acceso a Cuerpo de Grupo supe-rior sobre los ingresados por el turno libre o minusvalía dela misma promoción.

Tendrán preferencia para ocupar puestos de trabajo losProfesores y Maestros de Taller de la localidad de destinosobre los procedentes de otras localidades y prioridad los titu-lares de la especialidad sobre los que reúnan los requisitosde titulación.

En su caso, la Administración respetará el ámbito geo-gráfico de la localidad.

Decimocuarta. Profesores y Maestros de Taller provi-sionales.

1. Petición de destinos (Anexo VIII).Los Profesores y Maestros de Taller de los colectivos 2

y 3 de la Base Décima de esta Resolución deberán solicitarpuestos de trabajo en cualquier Centro y/o localidad de laComunidad Autónoma de Andalucía para impartir materiasde las especialidades de las que sean titulares o, volunta-riamente, para las que reúnan los requisitos de titulación esta-blecidos en las Disposiciones Transitorias Segunda, Terceray Quinta del R.D. 1635/95, de 6 de octubre (BOE del 10)y en la Disposición Transitoria Tercera del R.D. 777/98, de30 de abril (BOE del 8 de mayo). También deberán solicitar,en el apartado correspondiente de la instancia, por orden depreferencia, las ocho provincias de Andalucía, salvo los rela-

cionados en el epígrafe 2, que sólo deberán consignar unaprovincia. De no hacerlo así, podrán ser destinados a cualquierCentro de la Comunidad Autónoma.

2. Criterios para la adjudicación de destinos y prioridad.Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario de

carrera en el Cuerpo correspondiente. En caso de empate,se resolverá aplicando sucesivamente los siguientes criterios:Año más antiguo de ingreso o acceso en el Cuerpo y mayorpuntuación obtenida en el procedimiento selectivo, teniendoprioridad los ingresados por el turno de acceso a Cuerpo deGrupo superior sobre los ingresados por el turno libre o reservade minusvalía.

Decimoquinta. Comisiones de Servicios.1. Petición de destinos (Anexo VIII).Los Profesores y Maestros de Taller incluidos en el epí-

grafe 4 de la Base Décima de esta Resolución deberán con-signar Centros de las localidades o provincia solicitadas enel Anexo que acompañaba a su instancia de Comisión deServicios.

2. Ordenación para la adjudicación de destino.2.1. Cargos electos de Corporaciones Locales.2.2. Motivos de salud.2.3. Funcionarios consortes de cargos de libre designación

en la Administración Pública (Disposición Adicional Primerade la Orden de 21 de abril de 1987).

3. Criterios para la adjudicación de destinos.La adjudicación de destinos en cada uno de los grupos

se llevará a cabo en función del mayor tiempo de serviciosefectivos como funcionario del Cuerpo correspondiente o delos integrados en el mismo. En caso de empate, se resolveráaplicando sucesivamente los siguientes criterios: Año más anti-guo de ingreso en el Cuerpo o Cuerpos integrados en éste;estar en posesión de la condición de catedrático y mayor pun-tuación obtenida en el procedimiento selectivo a través delque se ingresó en el Cuerpo, teniendo prioridad los ingresadospor el turno de acceso a Cuerpo de Grupo superior sobre losingresados por el turno libre o minusvalía de la mismapromoción.

Decimosexta. Profesores en prácticas y opositores selec-cionados.

1. Petición de destino (Anexo VIII).Los Profesores de los epígrafes 5 y 6 de la Base Décima

de esta Resolución deberán solicitar puestos de trabajo encualquier Centro y/o localidad de la Comunidad Autónomade Andalucía, correspondientes a su especialidad. Asimismo,deberán solicitar las ocho provincias de forma priorizada. Deno hacerlo así, podrán ser destinados a cualquier Centro dela Comunidad Autónoma.

Quienes no presenten instancias serán destinados deoficio.

2. Criterios para la adjudicación de destinos.2.1. Año más antiguo de promoción.2.2. Mayor puntuación obtenida en el procedimiento

selectivo, teniendo prioridad los que accedan por el turno delmismo grupo y nivel de complemento de destino sobre losque accedan a Cuerpo de grupo superior y éstos sobre losingresados por el turno libre o reserva de minusvalía.

Decimoséptima. Profesores y Maestros de Taller interinos.1. Determinación del personal afectado.Integrantes de las Bolsas de trabajo con tiempo de servicio

reconocido a 30 de junio de 2000.

2. Petición de destinos (Anexo IX).2.1. Los Profesores y Maestros de Taller interinos deberán

solicitar puestos de trabajo en cualquier Centro y/o localidad

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de la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondientesa la Bolsa de la especialidad del Cuerpo al que estén asimiladosy deberán consignar inexcusablemente las ocho provincias dela Comunidad Autónoma de Andalucía por orden de preferenciapara la obtención de vacantes. De no consignarlas, podránser destinados a cualquier Centro de la Comunidad Autónoma.

Los integrantes de las bolsas de las especialidades rela-cionadas en el Anexo XV de la presente Resolución deberánsolicitar por la bolsa de la especialidad del Cuerpo al queestén asimilados y, además, podrán solicitar por las espe-cialidades relacionadas en el Anexo XVI, siempre que reúnanlos requisitos que en el citado Anexo se establecen para cadaespecialidad, exclusivamente para la colocación informatizada.

A efectos de sustituciones deberán consignar una pro-vincia y, voluntariamente, las provincias que deseen, única-mente en la bolsa de la especialidad del Cuerpo al que esténasimilados. Quienes consignen más de una provincia se enten-derá que aceptan el primer puesto de trabajo que se le oferteen cualquiera de ellas.

2.2. Quienes superen alguna de las pruebas en el con-curso-oposición del 2000 convocado por esta Consejería, enotro cuerpo y/o especialidad distintos de su bolsa, podrán soli-citar, en el plazo establecido para este colectivo en la con-vocatoria del citado concurso-oposición, su participación, ade-más, por dichos cuerpo y/o especialidad. Para ello deberácumplimentar el Anexo XI.

3. Criterios para la adjudicación de destinos.Mayor tiempo de servicios en años, meses y días. En

caso de empate, se resolverá teniendo en cuenta la puntuacióntotal obtenida en las pruebas de oposición o, en su caso,la mayor puntuación en la nota media del expediente aca-démico, que los participantes deberán acreditar documental-mente mediante la aportación de certificación expedida porla autoridad académica correspondiente, salvo que la hubierapresentado correctamente con anterioridad.

4. Exclusiones.4.1. Serán motivos de exclusión de la bolsa de trabajo

los siguientes:

a) La renuncia voluntaria del interesado a la participaciónen el proceso de colocación.

b) La no participación en los concursos-oposición quese convoquen.

c) La no aceptación de la oferta de trabajo docente quele haga la Consejería de Educación y Ciencia, atendiendo asu titulación y/o bolsa de trabajo.

4.2. La Mesa Sectorial de Educación establecerá un catá-logo de las causas de fuerza mayor por las que la no aceptaciónde la oferta de trabajo no suponga la exclusión de la bolsa.

Decimoctava. Aspirantes a interinidades.1. Petición de destinos (Anexo X).Los aspirantes a interinidades deberán solicitar las ocho

provincias de Andalucía, por orden de preferencia, para vacan-tes, y provincia o provincias para sustituciones. De no hacerloasí, serán excluidos de la lista correspondiente. Quienes con-signen más de una provincia para sustituciones se entenderáque aceptan el primer puesto de trabajo que se les oferteen cualquiera de ellas.

2. Criterios para la adjudicación de destinos.2.1. Los opositores que superen dos o una de las pruebas

del procedimiento selectivo de ingreso a la función públicadocente del presente año 2000 se ordenarán según la sumatotal de la puntuación obtenida.

2.2. Los aspirantes seleccionados para interinidades delas bolsas prorrogadas para el curso 2000-2001 por esta Reso-lución, según el orden en que figuran en las listas definitivascorrespondientes.

Decimonovena. Puestos objeto de adjudicación.Todos los puestos de trabajo cuyo funcionamiento esté

previsto para el curso académico 2000-2001 y no hayan sidoocupados por otros procedimientos de provisión de vacantesse adjudicarán a los colectivos expresados, para los Centrosy localidades que se relacionan en los Anexos I, II, III y IV,y para las especialidades de los Anexos V, VI, VII, IX, X yXI, de la Orden de 31 de enero de 2000 (BOJA de 10 defebrero) de la Consejería de Educación y Ciencia, por la quese convoca procedimiento de provisión de vacantes, con lassupresiones y adiciones que se relacionan en el Anexo XII,para las especialidades del Anexo XIII y para las ResidenciasEscolares de Enseñanza Secundaria del Anexo XIV (códigode cuerpo: 591; código de especialidad: 092) de la presenteResolución.

III. BASES COMUNES PARA TODOS LOS COLECTIVOS

Vigésima. Publicación de listas de solicitantes interinospor tiempo de servicios.

Esta Dirección General de Gestión de Recursos Humanospublicará, con carácter previo a la adjudicación provisionalde destinos, Resolución de las listas de solicitantes interinos,ordenados por tiempo de servicios, cuerpos y especialidades,y concederá un plazo de siete días naturales para las oportunasreclamaciones, a partir de su exposición en los Tablones deAnuncios de las Delegaciones Provinciales.

Una vez resueltas dichas reclamaciones, se publicaránlas listas definitivas.

Vigésima primera. Publicación de vacantes, adjudicaciónde destinos y efectos.

1. Mediante Resoluciones de la Dirección General de Ges-tión de Recursos Humanos se ordenará la publicación de lascorrespondientes vacantes, se adjudicarán provisionalmentelos destinos concediéndose un plazo de cinco días naturalesa partir de su exposición en los Tablones de Anuncios delas Delegaciones Provinciales para reclamaciones y, por último,se elevarán a definitivas las listas con los destinos adjudicados.Con la publicación de lo dispuesto en las referidas Resolu-ciones, en la forma que establezcan las mismas, se entenderánnotificados a todos los efectos los participantes afectados.

2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendránefectos económicos y administrativos de 1 de septiembre de2000 (Maestros) y de 15 de septiembre de 2000 (Profesoresy Maestros de Taller).

Vigésima segunda. Derogatoria.Queda sin efecto la Resolución de la Dirección General

de Gestión de Recursos Humanos de 17 de marzo de 1999(BOJA del 3 de abril).

Vigésima tercera. Recurso procedente.Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía admi-

nistrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partirde su publicación, recurso contencioso-administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, con-forme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso dereposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguienteal de su publicación, ante esta Dirección General, de con-formidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Sevilla, 17 de mayo de 2000.- La Directora General,Clotilde Sancho Villanova.

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3. Otras disposiciones

CONSEJERIA DE SALUD

RESOLUCION de 9 de mayo de 2000, del ServicioAndaluz de Salud, por la que se aprueban los PliegosTipo de Cláusulas Administrativas Particulares para lacontratación de arrendamiento de bienes muebles cony sin opción de compra, mediante procedimiento abier-to, modalidad concurso.

Como consecuencia de las modificaciones introducidasen la Ley 13/95, de 18 de mayo, de Contratos de las Admi-nistraciones Públicas, y en las disposiciones complementariassobre contratación administrativa, por la Ley 53/99, de 28de diciembre, se hace necesario la adaptación de los PliegosTipo que, para diversos procedimientos de contratación, tieneaprobados el Servicio Andaluz de Salud.

Por la Dirección General de Gestión Económica se haprocedido a la actualización del Pliego Tipo existente en materiade Arrendamiento de Bienes Mueble sin Opción de Compra,y a la realización del Pliego Tipo de Arrendamiento de BienesMuebles con Opción a Compra, mediante procedimiento abier-to, modalidad concurso, que habrán de regir los contratossuscritos por el Servicio Andaluz de Salud, aprovechando estaoportunidad para adaptarlos a la estructura formal acordadacon el resto de las Administraciones Públicas Sanitarias delEstado y las Organizaciones del Sector Empresarial.

Por lo expuesto, previo informe de la Subdirección deAsuntos Jurídicos, en aplicación de lo previsto en el artícu-lo 50.3 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratosde las Administraciones Públicas, y en el ejercicio de las com-petencias atribuidas por el artículo 12 de la citada Ley, enrelación con el artículo 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio,de Salud de Andalucía, y conforme a lo previsto en el artícu-lo 11 del Decreto 317/1996, de 2 de julio, por el que seestablece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería deSalud y del Servicio Andaluz de Salud,

R E S U E L V O

Primero. Aprobar el Pliego Tipo de Cláusulas Adminis-trativas Particulares para la contratación de Arrendamiento de

Bienes Muebles con Opción de Compra, mediante procedi-miento abierto, modalidad concurso, que figura como Anexo Ide la presente Resolución.

Segundo. Aprobar el Pliego Tipo de Cláusulas Adminis-trativas Particulares para la contratación de Arrendamiento deBienes Muebles sin Opción de Compra, mediante procedi-miento abierto, modalidad concurso, que figura como Anexo IIde la presente Resolución.

Tercero. Por todos los Centros del Servicio Andaluz deSalud y Unidades Administrativas Centrales o Periféricas seutilizarán, obligatoriamente, los Pliegos Tipo de CláusulasAdministrativas Particulares de Arrendamiento de Bienes Mue-bles con y sin Opción de Compra, mediante procedimientoabierto, modalidad concurso, que se aprueban por esta Geren-cia como procedimiento común en los procesos de las con-trataciones que se citan.

Para la utilización de dichos Pliegos se mantendrá inal-terado el contenido normativo del mismo, adaptándose el Cua-dro Resumen y sus Anexos a las características particularesde cada contratación.

Excepcionalmente, se podrán utilizar Pliegos distintosespecíficos para procedimientos determinados, adaptando suestructura formal a la establecida y con el informe favorableexpreso de la Asesoría Jurídica que corresponda. Dichos Plie-gos deberán ser aprobados por la Dirección General de GestiónEconómica, con carácter previo a su utilización.

Cuarto. Dejar sin efecto la Resolución de 2 de septiembrede 1996, del Servicio Andaluz de Salud, publicada en el BOJAnúm. 110, de 24 de septiembre de 1996, por la que seaprueba el Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particu-lares para la contratación de Arrendamiento de Bienes Mueblessin Opción de Compra, mediante procedimiento abierto, moda-lidad concurso.

Quinto. La presente Resolución entrará en vigor el díasiguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 9 de mayo de 2000.- La Directora Gerente,Carmen Martínez Aguayo.

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