SALUD OCUPACIONAL
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Derechos y Deberesen Salud Ocupacional
y RiesgosProfesionales
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LEY 100 DE 1993SISTEMA DE SEGURIDAD
SOCIAL INTEGRAL
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SISTEMA DESEGURIDAD
SOCIAL INTEGRAL
SISTEMA GENERALDE SEGURIDAD
SOCIAL EN SALUD
SISTEMAGENERAL DEPENSIONES
SISTEMA GENERALDE RIESGOS
PROFESIONALES
E.G.M.
E.P.S
PRIVADAS IPS SEGUROSOCIAL
AFILIADOESCOGE
COTIZACION12%
TRABAJADOR4% EMPLEADOR8%
I.V.M.
A.F.P
PRIVADAS A.F.P. SEGUROS
SOCIAL
AFILIADOESCOGE
COTIZACION15%
TRABAJADOR25% (3,375%) EMPLEADOR75% (10,125)
AT.E.P.
ARP
PRIVADA IPSEPSARP
SEGUROSOCIAL
EMPLEDORESCOGE
CLASEDE
RIESGO
EMPLEADOR
0,522%6.960%
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Clases de Riesgo
Se establecen como la clasificación que el gobiernonacional ha dado a los riesgos de acuerdo con laactividad principal que desarrolla la empresa, se tieneen cuenta cinco clases de riesgo así:
CLASE RIESGO EJEMPLO
CLASE I
CLASE II
CLASE III
CLASE IV
CLASE V
RIESGO MÍNIMO
RIESGO BAJO
RIESGO MEDIO
RIESGO ALTO
RIESGO MÁXIMO
OFICINA VENTAS
HOSPITALESTRANSPORTEMINERIA
Fuente: Art 26 - Decreto Ley 1295 de 1994 – Ministerio de la Protección Social
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• Prevenir, proteger y atender a los trabajadores de losefectos de los ATEP, CON OCASION O COMOCONSECUENCIA DEL TRABAJO que desarrollan.
Objetivo
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• Promover y prevención tendientes a mejorar lascondiciones de trabajo y salud
• Fijar prestaciones asistenciales y económicasderivadas de ATEP
• Fortalecer actividades tendientes a establecer el origendel ATEP
Objetivos Específicos
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• Ente rector: El Estado• Aparecen las ARP privadas•
Obligatoriedad de afiliaciónpara trabajadoresdependientes y pago de lacotización a cargo delempleador
• Selección libre y voluntariade ARP por parte delempleador
• Trabajadores con derecho derecibir prestacionesasistenciales y económicas
derivadas de ATEP• Cobertura del Sistema desde
el siguiente día calendario ala afiliación
• Solo se podrá contratar conuna ARP
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Artículo 9. Accidente de Trabajo Es accidente de trabajo todo sucesorepentino que sobrevenga por causa
o con ocasión del trabajo, y queproduzca en el trabajador una lesiónorgánica, una perturbación funcional,una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo
aquel que se produce durante laejecución de órdenes del empleador,o durante la ejecución de una laborbajo su autoridad, aún fuera del lugary horas de trabajo.
Accidente deTrabajo
Fuente: Decreto Ley 1295 de 1994 –
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Ejemplo:Camilo llevaba la correspondencia de su oficina al bancoen la moto de la empresa. En la calle un automóvil noobedece la señal de pare y lo atropella.
Camilo sufre diferentes lesiones.
Accidente deTrabajo
Y ahora analicemos . . .
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•Durante la Ejecución de actividades diferentesa las contratadas y que no contribuyan con larazón social de la empresa.
•Fuera de la empresa, durante permisos
remunerados o no.
Excepciones de Accidente de Trabajo
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Ejemplo:
Anita en horas de almuerzo decide ir alsupermercado a comprar un esmalte deuñas. Al salir de éste, se resbala en unacáscara de banano cayèndo sobre su ladoderecho y ocasionándose una fractura decubito y radio en su antebrazo derecho.
Excepciones de Accidente de Trabajo
Y ahora analicemos . . .
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Artículo 11. Enfermedad profesional
Se considera enfermedad profesional
todo estado patológico permanente otemporal que sobrevenga comoconsecuencia obligada y directa de laclase de trabajo que desempeña eltrabajador, o del medio en que se ha visto
obligado a trabajar, y que haya sidodeterminada como enfermedadprofesional por el Gobierno Nacional(Decreto 1832/94).
EnfermedadProfesional
Fuente: Decreto Ley 1295 de 1994 –
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1. Artículo 21. Obligaciones del empleador:
El empleador será responsable:
a. Del pago de la totalidad de la cotizaciónb. Trasladar el monto de las cotizaciones ala ARP
c. Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y
de los ambientes de trabajo.d. Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del PSO.e. Notificar a la ARP, los ATEP.
Obligaciones delempleador
Fuente: Decreto Ley 1295 de 1994 –
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Artículo 21. Obligaciones del empleador
g. Facilitar la capacitación de los trabajadores a su cargo en materia de saludocupacional, y
h. Informar a la entidad administradora de riesgos profesionales a la que estáafiliado, las novedades laborales de sus trabajadores, incluido el nivel de
ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros.
Parágrafo. Son además obligaciones del empleador las contenidas en lasnormas de salud ocupacional y que no sean contrarias a este decreto.
Obligaciones delempleador
Fuente: Decreto Ley 1295 de 1994 –
Ministerio de la Protección Social
f. Registrar ante el Ministerio de la Protección Social el COPASO o el vigíaocupacional correspondiente.
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Artículo 22.
a. Procurar el cuidado integralde su salud.
b. Suministrar información clara,
veraz y completa sobre suestado de salud.
Deberes delTrabajador
c. Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídaspor los empleadores en este decreto.
d. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los PSO de laempresa.
Fuente: Decreto Ley 1295 de 1994 –
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Artículo 22.
e. Participar en la prevención de los riesgosprofesionales (RP) a través del COPASO o vigía
ocupacional.
Deberes delTrabajador
Los pensionados por invalidez por RP, deberán:
f. Mantener actualizada la información sobre su domicilio, teléfono y demás datosque sirvan para efectuar las visitas de reconocimiento.
g. Informar a la entidad ARP correspondiente, del momento en el cualdesaparezca o se modifique la causa por la cual se otorgó la pensión
Fuente: Decreto Ley 1295 de 1994 –
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• Asesoría básica para el diseñodel PSO.
• Capacitación básica Brigadas.• Capacitación vigía y COPASO• Fomentos de estilos de vida saludables.
Responsabilidades de la ARP
Prevención y Promoción
•Campañas de prevención y
educación en ATEP.
• Asesoria Técnica.
• Evaluación PSO
• Vigilancia y control.
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Prestaciones
Artículo 34.
Todo afiliado al Sistema General de Riesgos
Profesionales que, en los términos delpresente decreto, sufra un ATEP, o comoconsecuencia de ellos se incapacite, se
invalide
o muera, tendrá derecho a que este Sistemale preste los servicios asistenciales y lereconozca las prestaciones económicas.
Fuente: Decreto Ley 1295 de 1994 –
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PrestacionesAsistenciales
Origen Profesional No genera costos para el trabajador• Asistencia médica• Quirúrgica
• Hospitalización• Medicamentos• No limites.• Rehabilitación física y profesional•
Prótesis(Elemento externo que remplaza una extremidad o parte del cuerpo)
• Ortesis(Elemento externo adaptado a un segmento corporal)
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1. Incapacidad Temporal
• Cuando el trabajador se encuentraimposibilitado temporalmente para
trabajar, tiene derecho a unsubsidio equivalente al 100% delsalario base de cotización.
•
El derecho se adquiere desde eldía siguiente de la ocurrencia delaccidente de trabajo o diagnósticode la enfermedad profesional ypodrá percibirse durante 180 días
prorrogables 180 días más.
PrestacionesEconómicas
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2. Incapacidad Permanente Parcial Es una indemnización (un pago
único) que compensa el daño
sufrido por un Accidente deTrabajo o una EnfermedadProfesional, determinándoleuna pérdida definitiva de la
capacidad laboral calificadaentre el 5% e inferior al 50%.Su monto variará entre 1 y 24salarios base de liquidación.
PrestacionesEconómicas
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3. Pensión de Invalidez Es un pago mensual que se
adquiere por haber perdido
el 50% o más de lacapacidad laboral, comoconsecuencia de unAccidente de Trabajo o
Enfermedad Profesional.
PrestacionesEconómicas
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4. Pensión de Sobrevivientes Los sobrevivientes beneficiarios de lapensión podrán ser:• En forma vitalicia, el cónyuge o la
compañera o compañero permanentesuperviviente.• Los hijos menores de 18 años; los hijos
mayores de 18 años y hasta los 25años, incapacitados para trabajar por
razón de sus estudios y si dependeneconómicamente del causante almomento de su muerte; y los hijosinválidos si dependeráneconómicamente del causante,mientras subsistan las condiciones deinvalidez.
•A falta de cónyuge, compañero ócompañera permanente e hijos conderecho, serán beneficiarios los
padres.•A falta de cónyuge, compañero ócompañera permanente, padres ehijos con derecho, seránbeneficiarios los hermanosinválidos.
PrestacionesEconómicas
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5. Auxilio Funerario
Es un pago único que se hace a la
persona que demuestre habersufragado los gastos de entierrode un afiliado o pensionadocorrespondiente al último salariobase de liquidación o la últimamesada Pensional recibida, sinque sea inferior a 5 ni superior a10 salarios mínimos regalesmensuales vigentes.
PrestacionesEconómicas
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Requisitos en Salud Ocupacional para lasEmpresas Colombianas
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Comité Paritario de Salud OcupacionalResolución 2013/86 - Decreto Ley 1295/94
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Quiénes losconforman?
Empleador Trabajadores
10-49 trabajadores 1 por cada parte50-499 trabajadores 2 por cada parte
500-999 trabajadores 3 por cada parte1.000 o más trabajadores 4 por cada parte
Menos de 10 trabajadores Vigía Ocupacional
Empresa
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Funciones delComité
• Colaboración investigación ATEP• Colaboración inspecciones periódicas• Análisis de sugerencias• Proponer y participar en actividades de
S.O.
• Comunicación gerencia y empleados• Solicitar informes accidentalidad
• Promocionar y divulgar P.S.O• Vigilar cumplimiento del P.S.O.•
Coordinar medidas de saludlugares de trabajo• Colaborar entes gubernamentales• Estudiar sugerencias de los
trabajadores
• Elegir Secretario
Elección de Comité
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Elección de ComitéParitario de Salud
Ocupacional
Representante
de la Empresa
Patrono
Representante delos Trabajadores
Eleccióndemocrática
Trabajadores
COPASO
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Comité Paritario deSalud Ocupacional
Actividades del Comité: Vigencia por dos años. Reuniones mínimo una
vez al mes. Conrespectiva acta.
Actividades del COPASO,mínimo 4 horas a la
semana.
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Registro delComité Paritario
Ante el Ministerio de laProteccion Social
Formato de inscripción delComité en original y copia
Original y copia del acta deescrutinio
Original y copia del acta deconstitución, firmado por
los integrantes Carta dirigida al Ministerio
de la Protección Social,solicitando la inscripción.
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REGLAMENTODE HIGIENE YSEGURIDAD
INDUSTRIAL
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Código Sustantivo del TrabajoArt. 349 y 350
Los patronos que tengan a su servicio 10 o mástrabajadores permanentes deben elaborar elreglamento especial de higiene y seguridad
Publicarlo en lugar visible para conocimiento de todos
los trabajadores
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Programa de SaludOcupacional
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• Es la planeación, organización,ejecución y evaluación de lasactividades de promoción,prevención e intervención sobre lascondiciones de trabajo.
• Para mejorar la salud individual y
colectiva de los trabajadores ensus ocupaciones e incrementar laproductividad empresarial.
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• Exclusivos y propios de laempresa
• En conjunto con otras empresas• Contratados con una entidad que
preste tales servicios, reconocidapor el Ministerio de salud paradichos fines.
•
Contenido en un documentofirmado por el representante legalde la empresa
• Destinar recursos humanos,financieros y físicos.
Actividades de
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Actividades deSalud Ocupacional
Res. 1016/89
Subprograma de Medicina preventiva y del trabajo
Subprograma de Higiene industrial y Seguridad Industrial
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ARTÍCULO 10.
Los subprogramas de MedicinaPreventiva y del Trabajo, tienen
como finalidad principal lapromoción, prevención y control dela salud del trabajador,protegiéndolo de los factores deriesgo ocupacionales; ubicándoloen un sitio de trabajo acorde consus condiciones psicofisiológicas ymanteniéndolo en aptitud deproducción de trabajo.
Subprograma de MedicinaPreventiva y del Trabajo
Fuente: Resolución 1016/89
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ARTÍCULO 10.
Las principales actividades de los subprogramas de Medicina Preventiva ydel Trabajo, entre otras, son::
1. Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión,ubicación según aptitudes periódicos ocupacionales, cambios deocupación, reingreso al trabajo, retiro y otras situaciones que alteren opuedan traducirse en riesgos para la salud de los trabajadores.2. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica, conjuntamente con
el subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, que incluirán comomínimo:a. Accidentes de Trabajob. Enfermedades profesionalesc. Panorama de Riesgos.
Subprograma de MedicinaPreventiva y del Trabajo
Fuente: Resolución 1016/89
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ARTÍCULO 11.
El subprograma de Higiene y
seguridad Industrial, tiene comoobjeto la identificación,reconocimiento, evaluación ycontrol de los factoresambientales que se originen en
los lugares de trabajo y quepuedan afectar la salud de los
trabajadores.
Subprograma de Higieney Seguridad Industrial
Fuente: Resolución 1016/89
S
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ARTÍCULO 11. Las principales actividades del subprograma deHigiene y Seguridad Industrial, entre otras, son:
1. Elaborar un panorama de riesgos para obtener información sobre estosen los sitios de trabajo de la empresa, que permita la localización y
evaluación de los mismos, así como el conocimiento de la exposición aque están sometidos los trabajadores afectados por ellos.
2. Identificar los agentes de riesgo físicos, químicos, biológicos,psicosociales, ergonómicos, mecánicos, eléctricos, locativos y otrosagentes contaminantes, mediante inspecciones periódicas a las áreas,
frentes de trabajo y equipos en general.
3. Evaluar con la ayuda de técnicas de medición cualitativas, la magnitud delos riesgos, para determinar su real peligrosidad.
Subprograma de Higieney Seguridad Industrial
Fuente: Resolución 1016/89
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DERECHOS Y DEBERES EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES
Empleador
Derechos Deberes
A orientación por parte de las administradoras de riesgosprofesionales sobre la prevención y evaluación de los riesgos,recibiendo recomendaciones que controlen o eliminen el factorde riesgo. A recibir por parte de las ARP asesoría para los programas demedicina laboral, seguridad e higiene industrial y saludocupacional sin ninguna discriminación, preferencia de númerode trabajadores o cotización de la empresa.
El pago total de la cotización de los trabajadores a su servicio. Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad ARP correspondiente,dentro de los plazos indicados. Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores. Destinar recursos técnicos, humanos y financieros para la ejecución delprograma de salud ocupacional de la empresa. Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Programa de SaludOcupacional. Notificar a la ARP los Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesionaldentro de los días de su ocurrencia. Facilitar la capacitación en Salud Ocupacional a los trabajadores. Facilitar la elección del COPASO y VIGIA, y registrarlo ante el Ministeriode la Protección Social. Informar a la ARP las novedades de personal. Informar a los trabajadores y a las EPS donde están afiliados sustrabajadores, la ARP escogida por el empleador.
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Trabajador Derechos Deberes
El trabajador que sufra un accidente de trabajo o se lediagnostique una enfermedad profesional tiene derecho a lacobertura por parte de la ARP en el 100% de las siguientesprestaciones económicas y asistenciales. Atención inicial de urgencias en cualquier IPS en el evento deAccidente de Trabajo. Atención médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéuticaprestada por la IPS donde esta afiliado. Servicio de hospitalización, odontología, diagnóstico,tratamiento y suministro de medicamentos. Rehabilitación física y profesional. Elaboración y reparación de prótesis y ortesis. Gastos de traslado en condiciones normales y necesarios parala prestación de los anteriores servicios. Subsidio por incapacidad temporal. Indemnización por incapacidad permanente parcial. Pensión de invalidez. Pensión de sobreviviente por la muerte del afiliado opensionado. Auxilio funerario a quien sufraga gastos del entierro de unafiliado o pensionado. A ser reincorporado y/o reubicado una vez terminados susprocesos de recuperación y/o rehabilitación.
Procurar el cuidado integral de su salud. Suministrar información sobre el estado de su salud. Cumplir normas, reglamentos e instrucciones de salud ocupacional. Participar en prevención de riesgos a través del COPASO y/o VIGIAOCUPACIONAL. Los pensionados por invalidez por riesgos profesionales deberáninformar y mantener actualizada su información.
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Administradora de Riegos Profesionales Derechos Deberes
Contratar o conformar equipos de prevención de riesgos
profesionales.
Contratación de personas naturales o jurídicas debidamentelicenciadas por las Secretarias de Salud Locales, para laprestación de servicios de salud ocupacional a terceros. Adquirir, fabricar o arrendar los equipos y materiales para elcontrol de factores de riesgo en la fuente y en el mediolaboral.
Aceptar a todos los afiliados que soliciten vinculación a la ARP. Asesoría básica para las empresas en cuanto al diseño del Programade Salud Ocupacional. Capacitación básica para Brigadistas de Emergencia. Capacitación al VIGIA y/o COPASO de las empresas afiliadas. Fomentos de estilos de vida y trabajo saludables. Campañas de educación, prevención y educación en ATEP: Asesoría Técnica. Evaluación de Programas de Salud Ocupacional. Vigilancia y control a sus empresas afiliadas.