Revista sobre medios

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3. La mediática La reserva periodística: un derecho jurídico y un deber ético SECRETO PROFESIONAL El derecho de los periodistas a reservar la fuente de información tiene su fundamento en la Constitu- ción Nacional. Sin embargo, en ciertas circunstan- cias se plantea el interrogante sobre el alcance y los límites del secreto. Opinan abogados constitucio- nalistas y prestigiosas periodistas. Con frecuencia, la posibilidad de obtener información de manera lícita por los hombres de prensa está condicionada a no divulgar la fuente de esa información. La actividad perio- dística, junto a otras profesiones como la abogacía, la medici- na y la psicología gozan del derecho jurídico a preservar la fuente de información, de acuerdo al 157 del Código Penal y el artículo 43 de la Constitución Nacional. Si bien la norma faculta su ejercicio, ¿existen límites en el desarrollo del secreto profesional? Parece lógica la postura de quienes consideran que el secreto de la fuente de información debe ser absoluto porque alegan que esta la única manera de poder profundizar en las investi- gaciones resguardando la confidencialidad de los informan- tes. “Si tuviera que decir la forma en que me enteré de todas las cosas dejaría mal parado a todas las fuentes que me han dado la posibilidad de hacer cosas más o menos interesante. Perdería credibilidad”, cuenta Ricardo Monner Sans, abogado constitucionalista. El secreto profesional ayuda a obtener y difundir información que interesa a la sociedad ya que, tanto en el ámbito privado como en el gubernamental, se generan datos y noticias que son revelados bajo la condición expresa de preservarse la reserva de la fuente del informante. “Nuestra organización reposa en la soberanía del pueblo. Si el pueblo no se puede enterar por el temor que pueda tener el periodis- ta a revelar su fuente, resulta ser que el pueblo soberano queda desinformado”, concluye el jurista. Asimismo, la óptica de Monner Sans no es compartida por todos sus colegas de leyes ya que, por ejemplo, el abogado constitucionalista Félix Lon considera que en la Constitución Nacional no existen los derechos absolutos, ya que hasta el tema del secreto profesional tiene su excepción. “El artículo 14 sobre los derechos civiles dice que todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme con la ley que reglamente su ejercicio. De modo que un derecho absoluto es una cuestión antisocial”, cita el abogado. De esta manera, Lon considera que el secreto profesional encuentra ciertas barreras y límites cuando existe de por medio una causa judicial. “Si es imprescindible conocer la fuente en un crimen, considero en ese caso que el secreto profesional debe quedar de lado”, opina el constitucionalista. Existen ocasiones en las que la justicia respeta el secreto profesional, como el que cuenta a La Mediática la periodista del diario Clarín, Liliana Caruso, quien afirma que tras anun- ciar la desaparición de los tres jóvenes del triple crimen de General Rodríguez (Sebastián Forza, Damián Ferrón y Lepoldo Bina), nadie la interrogó acerca de la procedencia de su información. No es la misma situación la que le tocó vivir a Christian Sanz, director ejecutivo de Tribuna de Periodistas. El periodista le contó a La Mediática su caso particular en el que en 2004 él y un grupo de periodistas descubrieron que la caída desde un balcón y posterior muerte de Lourdes Di Natale, secretaria de varios funcionarios del menemismo, había sido un asesinato. "Teníamos algunas fuentes de información importantes que nos dieron los detalles de cómo fue asesinada y me tocó a mí declarar ante un fiscal, Donoso Castex, quien me amenazaba con meterme preso si no revelaba mis fuentes". Ante esta presión, Sanz se amparó en el artículo 43 de la Constitución Nacional por lo que el fiscal tuvo que desistir. A pesar de esto, el periodista recuerda el momento como un hecho desagradable ya que cuenta que "la presión fue fuerte y este hombre se fue enojando cada vez más". La ética es otro factor importante en esta cuestión, que encuentra justificativos a favor o no de la defensa del secreto profesional separándose un poco de lo estrictamente legal. Eduardo Van der Kooy, Secretario de la Redacción y columnista político del diario Clarín, le contó a La Mediática que el secreto profesional es por sobre todas las cosas un compromiso moral con aquél que brinda la información. “Es un deber ético, una relación de ida y vuelta entre el periodista y la fuente. Ese compromiso del periodista con su fuente debe ser inviolable. Ante ningún hecho, el periodista debe olvidar su fuente de información. No somos los periodistas quienes nos encargamos de dilucidar las cuestiones de justicia”, sentencia el periodista. En la misma línea de la ética, José Ángel Di Mauro, codirector del Semanario Parlamentario y secretario de la redacción de Diario Popular, sostiene que el periodista debe preservar su fuente. Se trata de un compromiso que el periodista tiene para con quien le brinda una determinada información. “Un caso resonante de los últimos tiempos sobre la violación del secreto profesional fue el de las coimas en el Senado. En esa oportunidad, una periodista de La Nación tuvo una charla con uno de los senadores implicados. Días después de la publicación de la nota, la periodista revelo la fuente. Me parece una barbaridad que el periodista de a conocer la fuente de información”, ejemplifica el periodista. Un caso significativo es el que cita José Di mauro, secretario de redacción de Diario Popular, en el que la periodista del diario La Nación, María Fernanda Villosio, reveló el nombre de una fuente off the record de la que había obtenido datos clave en la causa de las coimas en el Senado durante la gestión de Fernando De La Rúa. Rompiendo el acuerdo de no revelar la procedencia de la informa- ción que Villosio había establecido con su fuente, la periodista declaró ante la justicia que su informante era el senador de Salta Emilio Cantarero, lo que "hizo avanzar la causa", según cuenta José Di Mauro. Lo cierto es que el secreto profesional es una de las bases funda- cionales en el ejercicio de la libertad de expresión. Así lo entiende Liliana Caruso, periodista del diario Clarín, especializada en temas policiales, quien define al secreto profesional como una herra- mienta que tiene el periodista para su trabajo, y por lo tanto, no debe ser violentada: “nosotros los periodistas debemos basarnos en el derecho que emana de la Constitución a no revelar las fuentes de información. Es un derecho y una obligación de los que hacemos investigaciones a guardar la fuente”.

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Reserva periodística, colegiación obligatoria y pauta oficial en la República Argentina

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3. La mediática

La reserva periodística: un derecho jurídico y un deber ético

SECRETO PROFESIONAL

El derecho de los periodistas a reservar la fuente de información tiene su fundamento en la Constitu-ción Nacional. Sin embargo, en ciertas circunstan-cias se plantea el interrogante sobre el alcance y los límites del secreto. Opinan abogados constitucio-nalistas y prestigiosas periodistas.

Con frecuencia, la posibilidad de obtener información de manera lícita por los hombres de prensa está condicionada a no divulgar la fuente de esa información. La actividad perio-dística, junto a otras profesiones como la abogacía, la medici-na y la psicología gozan del derecho jurídico a preservar la fuente de información, de acuerdo al 157 del Código Penal y el artículo 43 de la Constitución Nacional. Si bien la norma faculta su ejercicio, ¿existen límites en el desarrollo del secreto profesional?Parece lógica la postura de quienes consideran que el secreto de la fuente de información debe ser absoluto porque alegan que esta la única manera de poder profundizar en las investi-gaciones resguardando la con�dencialidad de los informan-tes. “Si tuviera que decir la forma en que me enteré de todas las cosas dejaría mal parado a todas las fuentes que me han dado la posibilidad de hacer cosas más o menos interesante. Perdería credibilidad”, cuenta Ricardo Monner Sans, abogado constitucionalista. El secreto profesional ayuda a obtener y difundir información que interesa a la sociedad ya que, tanto en el ámbito privado como en el gubernamental, se generan datos y noticias que son revelados bajo la condición expresa de preservarse la reserva de la fuente del informante. “Nuestra organización reposa en la soberanía del pueblo. Si el pueblo no se puede enterar por el temor que pueda tener el periodis-ta a revelar su fuente, resulta ser que el pueblo soberano queda desinformado”, concluye el jurista. Asimismo, la óptica de Monner Sans no es compartida por todos sus colegas de leyes ya que, por ejemplo, el abogado constitucionalista Félix Lon considera que en la Constitución Nacional no existen los derechos absolutos, ya que hasta el tema del secreto profesional tiene su excepción. “El artículo 14 sobre los derechos civiles dice que todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme con la ley que reglamente su ejercicio. De modo que un derecho absoluto es una cuestión antisocial”, cita el abogado. De esta manera, Lon considera que el secreto profesional encuentra ciertas barreras y límites cuando existe de por medio una causa judicial. “Si es imprescindible conocer la fuente en un crimen, considero en ese caso que el secreto profesional debe quedar de lado”, opina el constitucionalista. Existen ocasiones en las que la justicia respeta el secreto profesional, como el que cuenta a La Mediática la periodista del diario Clarín, Liliana Caruso, quien a�rma que tras anun-ciar la desaparición de los tres jóvenes del triple crimen de General Rodríguez (Sebastián Forza, Damián Ferrón y Lepoldo Bina), nadie la interrogó acerca de la procedencia de su información. No es la misma situación la que le tocó vivir a Christian Sanz, director ejecutivo de Tribuna de Periodistas.

El periodista le contó a La Mediática su caso particular en el que en 2004 él y un grupo de periodistas descubrieron que la caída desde un balcón y posterior muerte de Lourdes Di Natale, secretaria de varios funcionarios del menemismo, había sido un asesinato. "Teníamos algunas fuentes de información importantes que nos dieron los detalles de cómo fue asesinada y me tocó a mí declarar ante un �scal, Donoso Castex, quien me amenazaba con meterme preso si no revelaba mis fuentes". Ante esta presión, Sanz se amparó en el artículo 43 de la Constitución Nacional por lo que el �scal tuvo que desistir. A pesar de esto, el periodista recuerda el momento como un hecho desagradable ya que cuenta que "la presión fue fuerte y este hombre se fue enojando cada vez más".La ética es otro factor importante en esta cuestión, que encuentra justi�cativos a favor o no de la defensa del secreto profesional separándose un poco de lo estrictamente legal. Eduardo Van der Kooy, Secretario de la Redacción y columnista político del diario Clarín, le contó a La Mediática que el secreto profesional es por sobre todas las cosas un compromiso moral con aquél que brinda la información. “Es un deber ético, una relación de ida y vuelta entre el periodista y la fuente. Ese compromiso del periodista con su fuente debe ser inviolable. Ante ningún hecho, el periodista debe olvidar su fuente de información. No somos los periodistas quienes nos encargamos de dilucidar las cuestiones de justicia”, sentencia el periodista. En la misma línea de la ética, José Ángel Di Mauro, codirector del Semanario Parlamentario y secretario de la redacción de Diario Popular, sostiene que el periodista debe preservar su fuente. Se trata de un compromiso que el periodista tiene para con quien le brinda una determinada información. “Un caso resonante de los últimos tiempos sobre la violación del secreto profesional fue el de las coimas en el Senado. En esa oportunidad, una periodista de La Nación tuvo una charla con uno de los senadores implicados. Días después de la publicación de la nota, la periodista revelo la fuente. Me parece una barbaridad que el periodista de a conocer la fuente de información”, ejempli�ca el periodista. Un caso signi�cativo es el que cita José Di mauro, secretario de redacción de Diario Popular, en el que la periodista del diario La Nación, María Fernanda Villosio, reveló el nombre de una fuente o� the record de la que había obtenido datos clave en la causa de las coimas en el Senado durante la gestión de Fernando De La Rúa. Rompiendo el acuerdo de no revelar la procedencia de la informa-ción que Villosio había establecido con su fuente, la periodista declaró ante la justicia que su informante era el senador de Salta Emilio Cantarero, lo que "hizo avanzar la causa", según cuenta José Di Mauro.Lo cierto es que el secreto profesional es una de las bases funda-cionales en el ejercicio de la libertad de expresión. Así lo entiende Liliana Caruso, periodista del diario Clarín, especializada en temas policiales, quien de�ne al secreto profesional como una herra-mienta que tiene el periodista para su trabajo, y por lo tanto, no debe ser violentada: “nosotros los periodistas debemos basarnos en el derecho que emana de la Constitución a no revelar las fuentes de información. Es un derecho y una obligación de los que hacemos investigaciones a guardar la fuente”.

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“El periodista verdadero no necesariamente debe tener un título universitario”

COLEGIACIÓN OBLIGATORIA

La frase del presidente de ADEPA, Gustavo Vittori resume una realidad cada vez más frecuente: a pesar de que en la Argentina la ley no exige un título habilitante para ejercer el periodismo, cada vez son más los estudiantes que ingresan a las carreras de comunicación en las distintas universidades del país para seguir esta carrera. Una mirada sobre la conveniencia de este fenómeno en crecimiento.

Está claro que no hay impedimentos legales para aquel que quiera publicar sus ideas en un medio de comunica-ción, pero ¿es necesario seguir una carrera universitaria en comunicaciones para dedicarse profesionalmente al periodismo?Varios argumentos pueden encontrar quienes crean que una formación terciaria o universitaria es necesaria para desarrollarse como periodista profesional. La actual competencia que existe entre los periodistas con un título o�cial y aquellos que quieren dedicarse al periodismo por vocación sin contar con su diploma es un factor clave a la hora de optar por esta carrera. Según el abogado constitucionalista Daniel Sabsay, "la colegia-ción es distinta a la necesidad de un título universitario". Desde su punto de vista, "colegiación es el medio por el cual aquellos que ejercen una profesión se inscriben en un registro público para garantizar la calidad y el buen trabajo ingresando en un código de ética. En cuanto a la formación académica, creo que es fundamental y el periodista la necesita porque con la gran competencia que hay hoy en día, si no se la tiene no hay base para poder desarrollarse".Dentro del Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) también hay un debate interno sobre esta cuestión, de acuerdo a lo que le reveló a La Mediática su Director Ejecutivo, Andrés D’Alessandro. “La falta de colegiación obliga a los periodistas a seguir lineamientos profesio-nales que suplan esa carencia de colegiación”, opina Dalessandro. Por otro lado, el abogado opina que el periodismo pasa por una etapa donde la práctica tiene preponderancia en desmedro de la base teórica del periodismo cuando dice que “está planteada la discu-sión entre la práctica y la teoría, las cuales deberían ser complementarias”. Asimismo, el Director Ejecutivo de FOPEA resalta “la inspiración que le dan al alumno deter-minados maestros del periodismo” ya que en muchas ocasiones “te inspira mucho más ese maestro desde el ejercicio mismo y no tanto desde la teoría”. Siguiendo esta línea de pensamiento en la que la calidad del perio-dista y de sus estudios deben valer más que un mero título obtenido sin inspiración, D’Alessandro termina con su conclusión sobre el tema: “escupir periodistas con títulos no es lo ideal”.

D’AlessandroD’Alessandro

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De la vereda de enfrente, también existen diversos argu-mentos para sostener la idea de que no es necesario el paso por la universidad para ejercer el periodismo, algo que se puede comprobar con casos especí�cos como el del reconocido periodista Jorge Lanata que, sin pasar por la carrera de Comunicación Social de ninguna universidad, se inició en el periodismo redactando infor-mativos en Radio Nacional y llegó a obtener ocho premios Martín Fierro por su labor periodística y el premio otorgado por el Taller Escuela Agencia (TEA) como uno de los diez periodistas de la década en 1997.

Otro reconocido periodista que opina sobre esta situa-ción es Jorge Enrique Oviedo, miembro de la Academia Nacional de Periodismo, en relación al estatuto del periodista –menciona que el periodista profesional tiene que tener en cuenta la actividad y no la titulación- consideró que “la tenencia de título es relativa teniendo en cuenta que hay periodistas hechos a pulmón que son muy buenos y otros que, en cambio, son egresados y tienen título pero no tienen afecto por la profesión”.

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5. La mediática

COLEGIACIÓN OBLIGATORIA

En cuanto a la preparación de los terciarios y universitarios, opinó que “muchos de los colegiados lo son producto de la expectativa que se ha creado con el periodismo”. Desde su punto de vista, la profesión “se ha distorsionado mucho” puesto a que “se ha pensado en los estrellatos y en la televisión dejando de lado el verdadero y buen sentido del perio-dismo y cayendo en la teatralización de las informaciones”. Los errores, sin embargo, lo comenten tanto perio-distas con título como los que están en ejercicio de sus funciones sin diploma.En una charla exclusiva con La Mediática Gustavo Vittori, Presiden-te de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), también opina que “el periodista verdadero no necesariamente debe tener un título obtenido en la Universidad; si lo tiene mejor, pero no es una condición para ser perio-dista”. Según Vittori, son otros los requisitos que se deben tener para desarrollarse exitosamente en esta profesión: “para ser periodista hay que tener una gran curiosidad, hay que tener un gusto enorme por la lectura, por la investigación y por la re�exión; y eso no sale necesaria-mente de una sala universitaria”. De todas maneras el Presidente de ADEPA le hace una concesión a la universidad cuando reconoce que “los elementos técnicos que brinda la universidad ayudan y mucho”.

Un caso relevante se vivió en la Provincia de Salta el pasado mes de abril cuando el Sindicato de Prensa rechazó la iniciativa del proyecto de ley presentado por la periodista y diputada salteña Mónica Petrocelli, para la creación de una “Ley Orgáni-ca del Colegio de Periodistas de Salta”. A través de sesenta artículos, el proyecto en cuestión proponía entre otras cosas la colegiación obligatoria y que el nuevo organis-mo �scalice el ejercicio de la profe-sión. Además, consideraba que los periodistas debían ser graduados, pagar cuotas extraordinarias, tener una residencia mínima de diez años en ejercicio de la profesión para estar colegiados, y contribuir al progreso social y al desarrollo integral de la provincia. El Sindicato de Prensa rechazó dicha iniciativa dado que se estaría inhabilitando en Salta el libre ejercicio del periodismo y atentando al mismo tiempo contra la libertad de expresión.Habiendo llegado a este punto de la cuestión, perfectamente podríamos volver a la pregunta inicial sobre si es necesario o no contar con un título universitario para ejercer el periodis-mo profesionalmente y todavía no habría una respuesta certera que eche por tierra todas las objeciones surgidas del lado contrario. En lo que sí parece haber consenso es en la conclusión que obtiene Jorge Enrique Oviedo desde la Academia Nacional de Periodismo: “la colegia-ción obligatoria es relativa. Hay periodistas hechos a pulmón que son muy buenos. Hay otros que son egresados, que tienen un título y no tienen mucho afecto por la profe-sión”.

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6. La mediática

Arbitrariedad en la distribución de la publicidad

PAUTA OFICIAL

Durante el 2009, un año electoral clave para el kirchnerismo, el Gobierno duplicó el gasto en publicidad: pasó de usar 395 millones de pesos en 2008 a 829 el año pasado. Sin embargo, ese número se agiganta cuando se le suma los 600 millones de pesos del contrato de las trasmisiones de los partidos del Ciclo Fútbol para Todos, que pasaron a �nanciarse exclusivamente con propaganda o�cial.

Patricia Walsh, diputada de Nueva Izquierda, pregona el debate de una ley que ponga �n al manejo arbitrario del gobierno que atenta contra los pequeños medios de comu-nicación. “El tema de asignar mayor cantidad de presupues-to a determinados medios en desmedro de otros implica una cuestión vinculada con el ejercicio de la falta de traspa-rencia; la preocupación es qué pasa con aquellos medios que son más vulnerables y que se encuentran con un pano-rama que está teñido de lo que, en principio, se re�eja como un manejo arbitrario”. Pero desde el sector o�cialista respon-den que “la oposición de alguna u otra manera es vocera de los grupos multimedios, fundamentalmente de Clarín, que necesariamente se sienten perjudicados porque pierden pauta o�cial con estas nuevas reglas de juego”.Desde la provincia de Río Negro llega una propuesta que intenta ponerle �n a este tema ya que el Tribunal de Contra-lor de esta provincia sugirió al Ejecutivo municipal estable-cer mecanismos para “transparentar” la publicidad o�cial ante la polémica por medidas discrecionales de pauta ejecu-tadas en la gestión anterior. El director de Comunicación Institucional, Juan Carlos Jalil, con�rmó que la comuna impulsará un proyecto “para transparentar la pauta o�cial y la relación entre los medios de comunicación y el Estado”. En este sentido, se pedirían a los medios de comunicación declaraciones juradas referidas a la tirada y alcance en la comunidad para el caso de la prensa grá�ca, cantidad de oyentes para las radios, e ingresos en los sitios web, con el objetivo de distribuir la pauta o�cial de acuerdo al alcance que cada medio tenga en la provincia del sur.

El arbitrario manejo de la publicidad o�cial ha alarmado la atención de los legisladores y remembrado la necesidad de un proyecto normativo que delimite el control de la pauta. Pero, ¿por qué no fue incluido en la Ley de Medios sanciona-da el pasado mes de octubre de 2009? ¿Contra qué atenta una arbitraria distribución de la pauta o�cial?Desde algunos sectores de la oposición, como la Coalición Cívica, alegan que la nueva ley de servicios de comunicación audiovisual no establece normativas para una correcta distribución de la pauta o�cial. “No habla de publicidad o�cial, lo que estamos diciendo es que no hay legislación sobre ella. En realidad, lo que dice es que se da igualdad de trato y se reserva espacio de espectro radioeléctrico para los pequeños medios de comunicación, los comunitarios y algunos otros tipos no comerciales; pero no dice nada sobre la pauta o�cial”, sostuvo Fernando Sánchez, jefe del bloque político. Por otra parte, hay quienes consideran primordial y urgente la sanción de un proyecto de ley totalmente nuevo sobre el tema para ser tratado por las dos cámaras del Congreso Nacional. “La ausencia de una normativa permite la distribu-ción discrecional. El tema de la distribución de la pauta no es tan relevante cuando hablamos de los grandes medios, dado que la pauta no implicaría grandes aportes. Sí lo hace sobre medios medianos y más pequeños que son suscepti-bles de presión”, declaró Pablo Secchi, director de institucio-nes políticas y de gobierno de Poder Ciudadano. Según Secchi, el proyecto de ley a presentar debería explicar de qué se trata la publicidad o�cial, cómo se distribuye el dinero y saber qué porcentaje del presupuesto se debe destinar. “Creo que son tres puntos fundamentales, sumados a la federalización y búsqueda de llegar a diferentes públicos”, sentenció.Asimismo, de la vereda de enfrente podemos encontrar opiniones que de�enden la postura de que no es necesario elaborar una nueva ley o agregar el tema de la pauta o�cial a la nueva ley de medios ya que los actuales mecanismos de control son necesarios para solucionar las irregularidades. Daniel Gallo, ex diputado y actual candidato a gobernador de Tierra del Fuego, sostiene que “no pasa por una nueva legislación; con la vigente hay controles y cualquiera que se sienta perjudicado o encuentre algún vicio puede acudir a los mecanismos de control”, además aclaró que “es la misma legislación que estaba durante la Alianza, comprendiendo que es la misma que estaba durante otros gobiernos”. A su vez, cree que “la política de fondo no está siendo criticada, la oposición sólo está criticando situaciones gestuales y, por supuesto, trata de enmascarar, en el marco de la corrupción, a toda la gestión”.

La oposición plantea la necesidad de un proyecto de ley que ponga �n al manejo arbitrario de la pauta o�cial.