RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS A LOS …fondoadaptacion.gov.co/download/RTA OBSERVACIONES...

13
RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES DEFINITIVOS CONVOCATORIA ABIERTA No. 013 de 2013 16 DE MAYO DE 2013

Transcript of RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS A LOS …fondoadaptacion.gov.co/download/RTA OBSERVACIONES...

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES DEFINITIVOS

CONVOCATORIA ABIERTA No. 013 de 2013

16 DE MAYO DE 2013

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 2 de 13

El Fondo Adaptación procede a responder las observaciones presentadas a los Términos y Condiciones Contractuales Definitivos - TCCD de la Convocatoria del asunto. Para el efecto, se transcribe a continuación la observación y luego se desarrolla la correspondiente respuesta:

SOLETANCHE BACHI / ING. MARIA CECILIA MAYA / COORDINADORA DE LICITACIONES / [email protected] / [email protected]

Observación 1: De conformidad al numeral iv. Modo de acreditar la Capacidad Financiera: “La información financiera se verificará con los documentos aportados por el proponente al momento de realizar su inscripción en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación (RPFA). El Fondo verificará el cumplimiento de la capacidad financiera de los proponentes mediante la consulta, revisión y estudio de los documentos aportados por aquellos para inscribirse en el RPFA y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos anteriormente.” Solicitamos aclarar en los términos y condiciones para contratar definitivos, que la capacidad financiera se verificará con base en los estados financieros a 31 de diciembre de 2012, los cuales debieron ser aportados anteriormente por cada proponente al fondo de adaptación para su correspondiente inscripción o renovación del registro (RPFA). Respuesta: De acuerdo con la solicitud de aclaración del interesado, el Fondo mantiene lo establecido en los TCCD, numeral 3.4.2.4 – Modo de acreditar la Capacidad Financiera, según el cual:

“Los indicadores se calcularán con base en la información registrada por los proponentes en el Registro de Proveedores del FONDO (RPFA). Para ello, los proponentes deberán registrar en el RPFA: sus Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2012 para los proponentes colombianos y con corte al periodo fiscal inmediatamente anterior al vigente para los proponentes internacionales”.

Para mayor claridad, se remite al proponente al aviso publicado por el FONDO en tal sentido en su página web, el cual reza:

“Se aclara a todos los proponentes e interesados en los procesos de contratación del Fondo Adaptación, que para efectos de las validaciones de requisitos habilitantes de carácter financiero, únicamente se considerarán los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2011 que se encuentren registrados en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación para todos los procesos de convocatoria abierta cuya fecha de cierre sea anterior al día 1ero de mayo de 2013. Posterior a esta fecha, únicamente se considerarán, para efectos de habilitación de requisitos financieros, los Estados Financieros de los proponentes con corte a 31 de diciembre de 2012 para los proponentes colombianos y con corte al periodo fiscal inmediatamente anterior al vigente para los proponentes internacionales”.

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 3 de 13

Es muy importante que todos los inscritos verifiquen que han actualizado la información financiera en el RPFA, toda vez que sino la han actualizado, su inscripción estará inactiva y en términos prácticos no podrá participar en el proceso. Observación 2: En el formato 3 “EXPERIENCIA ESPECÍFICA HABILITANTE DEL PROPONENTE”, y en el formato 4 “EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL A LA HABILITANTE DEL PROPONENTE”, solicitamos nos aclaren si en las columnas “VALOR EN PESOS (Año de Terminación)” y “VALOR EN SMMLV (Año de Terminación)”, se debe indicar el valor total ejecutado del contrato, o si el valor debe ir afectado por el % de participación de la columna “% PARTICIPACIÓN EN EL CONTRATO”.

Respuesta: De acuerdo con lo establecido en los TCCD, en el numeral 3.4.3.4 Modo de acreditar la capacitad técnica, Formato 3 – Experiencia Específica Habilitante del Proponente y en el numeral 4.1 - Experiencia específica adicional a la habilitante del proponente – 600 puntos, Formato 4 - Experiencia específica adicional a la habilitante del proponente, el Fondo constatará la información reportada en dichos formatos, columnas “VALOR EN PESOS (Año de Terminación)” y “VALOR EN SMMLV (Año de Terminación)”, según el valor equivalente al porcentaje de participación que se diligencie en la columna “% PARTICIPACIÓN EN EL CONTRATO”, de cada contrato que esté acreditando la experiencia específica del proponente. No obstante, el Fondo ajustará mediante la Adenda 2, el FORMATO 3 - EXPERIENCIA ESPECÍFICA HABILITANTE DEL PROPONENTE y el FORMATO 4 – EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL A LA HABILITANTE DEL PROPONENTE. Observación 3: El valor del Presupuesto Oficial contenido en el numeral 1.3 “Presupuesto estimado” de los términos y condiciones para contratar definitivos: “El presupuesto estimado del Fondo para la presente convocatoria abierta, es hasta la suma de SIETE MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TRES PESOS ($7.172.242.703,oo) M/cte., incluidos AIU, IVA y todos los demás impuestos, tasas, contribuciones y costos directos e indirectos”, valor que no coincide con el presupuesto oficial contenido en el Anexo 5 “ Cantidades de Obra y Presupuesto Oficial Total”. Por esta razón solicitamos se realice la corrección del anexo 5. Respuesta: Teniendo en cuenta que la observación es procedente, el Fondo ajustará mediante la Adenda 2, el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL, donde se aclara el valor oficial de la convocatoria, estimado en $7.172.242.703, incluidos AIU, IVA y todos los demás impuestos, tasas y contribuciones y costos directos e indirectos del proyecto, de manera consistente con el valor oficial establecido en los TCCD. Así mismo, en dicha adenda se ajustará el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA y el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL, precisando el ítem y/o actividades de la etapa de Pre-construcción, referentes a la revisión

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 4 de 13

de los estudios y diseños y verificación y/o actualización del informe de gestión de riesgos del proyecto y asesoría y acompañamiento en la etapa de Construcción, precisión que no afecta el presupuesto oficial de la presente convocatoria.

CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. / CARLOS JAVIER FUQUENE / CALLE 98 No.21-50 PISO 5, Centro Empresarial Calle 98 / PBX 7461414 / www.conciviles.com / [email protected] / [email protected]

Observación 4: En el pliego de condiciones en el numeral a. “Etapa de Preconstrucción” se lee lo siguiente:

Respuesta a): La apreciación del interesado es correcta, no obstante y de acuerdo con lo establecido en los TCCD, numeral 1.2.1 Etapa de Pre-construcción, gestión del riesgo para la rehabilitación y/o reconstrucción de infraestructura del sector, el Contratista debe realizar la verificación del informe de gestión de riesgos, y en caso de requerirse, debe realizar los ajustes y/o actualizaciones del informe, con sus propuestas y/o recomendaciones correspondientes, sin que el alcance consista en realizar los ajustes a los diseños existentes y/o actualización de los mismos. Ahora bien, si como consecuencia de la verificación del informe de gestión de riesgos, es necesario realizar ajustes a los diseños y/o actualización de los mismos, la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE PEREIRA S.A. ESP, en calidad de diseñador del proyecto, es la encargada

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 5 de 13

de realizar dichas actividades, las cuales serán aprobadas por la Interventoría de las obras, previo al inicio de la etapa de Construcción.

Respuesta b): La observación del interesado es correcta teniendo en cuenta que todos los soportes de estudios, diseños, planos necesarios para la construcción y documentos complementarios, serán suministrados en calidad de préstamo al oferente seleccionado para consulta y/o sacar copia de los documentos físicos que reposan en el archivo del Fondo. Igualmente, el Fondo precisa que en la página Web de la Entidad, están publicados los Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 con los cuales se evidencia que el proyecto objeto de la presente convocatoria está debidamente aprobado, tanto por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, como por el Fondo Adaptación, por lo cual dichos documentos, hacen parte integral y oficial de la convocatoria y del contrato que se suscriba con el oferente seleccionado.

Respuesta c): El Fondo se permite precisar que la responsabilidad del contratista, según lo establecido en los TCCD, numeral 1.2.1 etapa de pre-construcción, gestión del riesgo para la rehabilitación y/o reconstrucción de infraestructura del sector, se refiere a que éste, debe realizar la verificación del informe de gestión de riesgos y no hace referencia a que tenga que realizar ajustes y/o actualizaciones de diseño, toda vez que en caso de requerirse, estos estarán a cargo de la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE PEREIRA S.A. ESP, en calidad de diseñadora de los mismos. Ver respuesta a) de la observación 4.

Respuesta d): De acuerdo con lo establecido en los TCCD, numeral 1.2.1 Etapa de Pre-construcción - Gestión del riesgo para la rehabilitación y/o reconstrucción de infraestructura del sector, las actividades de verificación, ajuste y/o actualización del informe de gestión del riesgo del

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 6 de 13

proyecto son responsabilidad del Contratista, no obstante y en aras de precisar el alcance de dicho numeral, el Fondo mediante Adenda, ajustará el texto de la siguiente manera: “1.2.1. Etapa de Pre-construcción

Gestión del riesgo para la rehabilitación y/o reconstrucción de infraestructura del sector

De acuerdo con el resultado de los estudios y diseños aprobados por el FONDO ADAPTACIÓN y con base en el documento de Gestión del Riesgo elaborado por la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE PEREIRA S.A. ESP, que hace parte integral de este proceso de contratación, antes de la iniciación de las obras y como parte de sus actividades y obligaciones en la etapa preliminar del proyecto (etapa de Pre-construcción), el Contratista debe realizar: la verificación, ajuste y/o actualización del alcance del informe de gestión del riesgo del proyecto, en lo referente a las alternativas de intervención con la solución técnica y económica más favorable, lo cual debe ser consistente con la problemática identificada, el tipo de amenaza, grado de vulnerabilidad y el alcance diseñado y desarrollado según los estudios y diseños presentados.

El resultado de la verificación, ajuste y/o actualización del informe de Gestión del Riesgo del proyecto, con sus propuestas y/o recomendaciones correspondientes debe ser entregado a la Interventoría por lo menos 15 días calendario antes de terminar la Etapa de Pre-construcción, para que la Interventoría pueda revisar y avalar dicho informe y, en caso de ser necesario, para que la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE PEREIRA S.A. en calidad de diseñador, pueda complementar o actualizar la información de los estudios y diseños, antes de iniciar la etapa de Construcción, sin que esto afecte el cronograma y el plazo establecido para la ejecución de las obras.

Las actividades descritas anteriormente serán realizadas por el equipo de trabajo mínimo requerido en los TCCD de la presente convocatoria y tendrán un valor global de $26.680.000 incluido IVA, valor que está relacionado en el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL. En todo caso, el precio unitario propuesto como ítem global para estas actividades, no debe ser mayor al 110%, ni menor al 90% del respectivo precio unitario oficial, so pena del rechazo de la propuesta.

Cumplido lo anterior y previa autorización de la Interventoría, se podrá iniciar la ejecución de las obras objeto de la presente convocatoria (etapa de construcción), de manera efectiva y consistente con el objeto del FONDO en lo referente a la rehabilitación, reconstrucción y/o implementación de obras de mitigación y prevención de infraestructura afectada por el fenómeno de La Niña 2010-2011.

Si como resultado de la verificación, ajuste y/o actualización del informe de Gestión del Riesgo del proyecto y con el concepto y aprobación del informe por parte de la interventoría, se requiere de un mayor alcance o especificación técnica de las obras proyectadas en los diseños iniciales, no se iniciará la ejecución de las obras hasta que por parte de la interventoría se realice el respectivo análisis y balance de mayores y menores cantidades de obra con la aprobación de los respectivos APU’s que se modifiquen, adicionen o apliquen.

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 7 de 13

Surtido el concepto de la interventoría, este informe será sometido a consideración de la supervisión que delegue el FONDO ADAPTACIÓN, para su revisión, concepto y/o aprobación, en lo referente al ajuste contractual que se requiera según el caso por modificación del alcance y/o especificaciones técnicas de las obras.

Si como resultado de las actividades de la Etapa de Pre-construcción, no se pueden iniciar las obras inmediatamente, esto no representará costos adicionales a los ofertados en la Propuesta Económica.” Finalmente, conforme a su solicitud, el Formato 8 A será modificado mediante Adenda No. 2. Observación 5: En el pliego de condiciones, en el numeral v. Visita de los Sitios se lee lo siguiente: “No se programa visita obligatoria a los sitios de intervención de la presente convocatoria, no obstante, el proponente por su cuenta y con el fin de estructurar su propuesta, “(…)

Respuesta: El Fondo mantiene lo establecido en los TCCD, numeral 2.5 - Visita de los Sitios y no se programará visita obligatoria al sitio de las obras. Con respecto al procedimiento constructivo al interior del canal Nuevo Libaré, en el Anexo 1, documento de Especificaciones Técnicas Generales Nuevo Libaré 2013, en el numeral 4 del título “Reparaciones de fallas internas de la estructura del canal, tratamiento y manejo de aguas”, se pueden encontrar las Alternativas del manejo de aguas con lo cual se podrá garantizar durante el tiempo de ejecución de las obras, el abastecimiento de agua para los municipios de Dosquebradas y Pereira. Observación 6: En los términos y condiciones contractuales en el literal b. Etapa de Construcción se lee: “El valor de las obras adicionales se pagará el precio ofrecido por el CONTRATISTA y sin ajustes, sujeto al límite del presupuesto. El valor de estas obras complementarias está sujeto al límite del presupuesto elaborado y a la aprobación del precio por parte del FONDO y la interventoría.”

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 8 de 13

Respuesta: El significado de los conceptos de obra adicional y obra complementaria, es el mismo de acuerdo con lo establecido la CLÁUSULA SÉPTIMA - CANTIDADES DE OBRA de la MINUTA DE CONTRATO de los TCCD. No obstante lo anterior y en aras de dar claridad en lo referente a las Cantidades de Obra del contrato que se derive de la presente convocatoria, el Fondo mediante la Adenda 2, eliminará en el numeral 4.3 – Propuesta Económica 300 puntos, el párrafo que dice: “El valor de las obras adicionales se pagará al precio ofrecido por el CONTRATISTA y sin ajustes, sujeto al límite del presupuesto. El valor de estas obras complementarias está sujeto al límite del presupuesto elaborado y a la aprobación del precio por parte del FONDO y la interventoría”. Observación 7: En los términos y condiciones contractuales en el numeral 3.3.5 Validez de las propuestas, se lee: “La propuesta deberá tener una validez mínima de dos (2) meses contados a partir de la fecha establecida en el cronograma para el vencimiento del plazo de presentación de las propuestas. En caso de no expresar en la propuesta el término de validez de la misma, se entenderá como tal el término de vigencia de la garantía de seriedad de la propuestas.”

Respuesta: El Fondo ratifica que la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta es de ciento veinte días (120). Observación 8: En los términos de referencia en el numeral 3.4.2.4 Modo de acreditar la Capacidad Financiera, se lee lo siguiente: “Los indicadores se calcularán con base en la información registrada por los proponentes en el Registro de Proveedores del FONDO (RPFA). Para ello, los proponentes deberán registrar en el RPFA: sus Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2012 para los proponentes colombianos y con corte al período fiscal inmediatamente anterior al vigente para los proponentes internacionales.”

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 9 de 13

Respuesta: Ver respuesta a observación No.1. Observación 9: En los términos y condiciones contractuales en su aparte MINUTA DE CONTRATO, CLÁUSULA SEGUNDA. – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:, se lee: “Efectuar las reparaciones que sean necesarias a las áreas intervenidas, como consecuencia de los defectos de estabilidad y de las áreas contiguas que presenten deterioro, durante un período de un (1) año contado a partir de la entrega de las obras.”.

Respuesta: El Fondo acepta la observación formulada por el interesado, en razón a que el Decreto 734 de 2012, prevé que la garantía de cumplimiento, ampara a la Entidad de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, de forma tal que la obligación a la que hace referencia la observación será eliminada del contrato resultante del proceso de selección. Observación 10: Se solicita, se anexe la información y documentos de los Términos y Condiciones Contractuales Definitivos, el ANEXO 1 – ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES APLICABLES – PEREIRA, ó en su defecto se confirme si estos documentos son los mismos que se aportan por parte del FONDO ADAPTACIÓN, para la etapa de pre pliegos, del proceso de la referencia. Respuesta: Teniendo en cuenta que el ANEXO 1 - ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES APLICABLES – PEREIRA que se encuentra publicado en la página Web de la Entidad, no sufrió modificación alguna entre lo publicado en el Borrador de Términos y Condiciones y los TCCD, el Fondo aclara que el contenido de dicho Anexo es el mismo y corresponde a la información técnica base para que el oferente presente su propuesta económica. No obstante lo anterior, el FONDO mediante la Adenda 2 ajustará el documento ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES NUEVO LIBARÉ 2013 de dicho ANEXO 1. Observación 11: En el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA se observa que los ítems que se describen a continuación NO tienen unidad de medida:

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 10 de 13

Respuesta: Teniendo en cuenta que la observación del interesado es procedente, el Fondo precisa que el ítem 4.1 – Acero de refuerzo Fy=420 Mpa, relacionado en el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA y en el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL de la presente convocatoria, es el kilogramo (kg), por lo cual el Fondo ajustará mediante la Adenda 2, el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA y el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL. Observación 12: En el documento de las especificaciones técnicas se describe que las unidades de medida para el pago de los tipos de filtros son ml y en el formato 8 A de cantidades se presentan de la siguiente manera:

Respuesta: Teniendo en cuenta que la observación del interesado es procedente, el Fondo aclara que la unidad de medida ítem 5.2 “Filtro Tipo Francés con tubería de drenaje de f=100 mm”, es el metro cúbico (m3), acorde con la unidad de medida indicada en el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA y en el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL. No obstante, en el documento de ESPECIFICACIONES TÉCNCIAS GENERALES NUEVO LIBARÉ 2013 publicado con en el ANEXO 1 de la presente convocatoria, se presenta una imprecisión en dicha unidad de medida, por lo cual el Fondo ajustará mediante la Adenda 2 el mencionado documento de ESPECIFICACIONES TÉCNCIAS GENERALES NUEVO LIBARÉ 2013. Así mismo, el Fondo aclara que la unidad de medida ítem 5.31 “Espaldón filtrante con Geodrén h=1m Y f=65 mm”, es el metro lineal (ml), en razón a que se presenta una imprecisión en dicha unidad de medida del mencionado ítem relacionado en el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA y en el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL publicados en la página Web de la Entidad, por lo cual el Fondo ajustará mediante la Adenda 2 el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA y el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL. Observación 13: En el documento de las especificaciones técnicas publicada en etapa de prepliegos en la especificación 5.7 Gavión con Malla triple torsión C13 ojo 9x9, del FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA.

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 11 de 13

Respuesta: Teniendo en cuenta que la observación del interesado es procedente, el Fondo aclara que la unidad de medida ítem 5.7 “Gavión con malla triple torsión C13 ojo 9x9”, es el metro cúbico (m3), acorde con la unidad de medida indicada en el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA y en el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL. No obstante, en el documento de ESPECIFICACIONES TÉCNCIAS GENERALES NUEVO LIBARÉ 2013 publicado con en el ANEXO 1 de la presente convocatoria, se presenta una imprecisión en dicha unidad de medida, por lo cual el Fondo ajustará mediante la Adenda 2 el mencionado documento de ESPECIFICACIONES TÉCNCIAS GENERALES NUEVO LIBARÉ 2013. Observación 14: En el documento de las especificaciones técnicas se describe que la especificación 5.12 Canal de aguas lluvias de rápidas con deflectores, tiene unidad de medida en ml, que difiere de la que aparecen en el ítem 5.12 del FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA, que está en m3.

Respuesta: Teniendo en cuenta que la observación del interesado es procedente, el Fondo aclara que la unidad de medida del ítem 5.12 “Canal de aguas lluvias de rápidas con deflectores Incluye malla electrosoldada 5 mm”, es el metro cúbico (m3), acorde con la unidad de medida indicada en el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA y en el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL. No obstante, en el documento de ESPECIFICACIONES TÉCNCIAS GENERALES NUEVO LIBARÉ 2013 publicado con en el ANEXO 1 de la presente convocatoria, se presenta una imprecisión en dicha unidad de medida, por lo cual el Fondo ajustará mediante la Adenda 2 el mencionado documento de ESPECIFICACIONES TÉCNCIAS GENERALES NUEVO LIBARÉ 2013. Observación 15: En el documento de las especificaciones técnicas se describe que la especificación 5.15 zanja colectora trapezoidal en concreto 21 Mpa + enrocado, tiene unidad de medida en ml, que difiere de la que aparecen en el ítem 5.15 del FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA, que está en m3.

Respuesta: Teniendo en cuenta que la observación del interesado es procedente, el Fondo aclara que la unidad de medida del ítem 5.15 “Zanja colectora trapezoidal en concreto 21 MPa +

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 12 de 13

enrocado”, es el metro cúbico (m3), acorde con la unidad de medida indicada en el FORMATO 8 A – CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA y en el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL. No obstante, en el documento de ESPECIFICACIONES TÉCNCIAS GENERALES NUEVO LIBARÉ 2013 publicado con en el ANEXO 1 de la presente convocatoria, se presenta una imprecisión en dicha unidad de medida, por lo cual el Fondo ajustará mediante la Adenda 2 el mencionado documento de ESPECIFICACIONES TÉCNCIAS GENERALES NUEVO LIBARÉ 2013. Observación 16: Para efectos de un mejor estudio de los pliegos de condiciones y las especificaciones técnicas del proyecto, solicitamos sea aplazado el cierre mínimo en 15 días, lo anterior con la finalidad de entregar una propuesta competitiva donde se vea beneficiada la entidad. Respuesta: Mediante Adenda No. 1 la fecha de cierre de la presente Convocatoria Abierta fue reprogramada para el 27 de mayo de 2013 a las 10:00 a.m.

PROMACO INGENIERÍA S.A.S / LINA BUSTAMANTE G. / Directora Administrativa, prespuestos y Licitaciones / Cra. 58 No. 44 A – 21 / Bogotá, D.C. / [email protected]

Observación 17: Solicitamos formalmente, que la experiencia específica solicitada pueda ser aportada por uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, en ánimo de darle pluralidad al proceso. Es la naturaleza de estas figuras asociativas, “unir esfuerzos para suplir las falencias que el otro integrante pueda presentar”. Respuesta: De acuerdo con las condiciones establecidas en los TCCD, numeral 3.4.3.4 Modo de acreditar la capacidad técnica, Certificaciones o fotocopias de los documentos contractuales que demuestren la experiencia (numeral 3.4.3.2), la entidad se ratifica en las condiciones exigidas, en razón al alcance, características y magnitud que tiene este proyecto, en el cual se requiere que cada uno de los integrantes de un consorcio o unión temporal cuente con un nivel de experiencia acorde a las necesidades del proyecto.

MIVITIERRA CONSTRUCCIONES / M. Carmenza López B. / Tel. 3205218 ext. 105 / [email protected]

Observación 18: 3.4.3.4 Modo de acreditar la capacidad técnica …. Certificaciones o fotocopias de los documentos contractuales que demuestren la experiencia (numeral 3.4.3.2). Para acreditar el cumplimiento de este requisito, los proponentes incluirán en el sobre n° 1 de sus propuestas el Formato 3, “Experiencia Específica Habilitante del Proponente‖, en el cual deben relacionar los contratos que EL FONDO debe tener en cuenta para verificar su experiencia.

Documento de Respuesta Observaciones a TCCD Convocatoria Abierta 013-2013

Página 13 de 13

El Fondo constatará la información reportada en el Formato 3 con los documentos aportados por los proponentes o por sus integrantes para inscribirse en el RPFA; por lo tanto, es responsabilidad de los participantes asegurarse de que su inscripción en el citado Registro incluya la información y datos necesarios para demostrar la experiencia que pretenden hacer valer, tales como, el objeto de los contratos, las fechas de su celebración, inicio y vencimiento o terminación del plazo correspondiente, el nombre del contratista, el valor total ejecutado o facturado del contrato, el porcentaje de participación del proponente en la ejecución del correspondiente contrato, etc.

Para la acreditación de la experiencia, las certificaciones aportadas deben indicar de manera clara el tipo de infraestructura construida. De no aparecer explícitas las características técnicas y cantidad de obra ejecutada, se deben adjuntar a las mismas, la correspondiente Acta de Recibo Final de Obra o Acta de liquidación en donde se evidencien las cantidades de obra, valor, diámetros y demás requisitos técnicos solicitados en la presente convocatoria.

Para el caso de proponentes plurales, cada participante de la forma asociativa deberá aportar al menos un contrato para certificar la experiencia específica. (subrayado y negrilla propio).

SOLICITUD.

Solicitamos a la entidad no requerir que cada participante de la forma asociativa certifique la experiencia específica, ya que, la esencia tal como es la filosofía e intención de la normatividad de contratación de nuestro país, se consolide una verdadera sumatoria de capacidades individuales y se conviertan en fortaleza de los proponentes plurales, conforme lo expresa la ley 80 de 1998 en su Artículo 7 y la normativa civil y comercial que autoriza de manera genérica a los particulares para unirse en consorcios y uniones temporales o para constituir patrimonios con el fin de desplegar su libertad y autonomía económicas, sin que por ello medie el factor de participación que es un asunto de forma más que de fondo, ya que la finalidad de asociarse buscan en su principio un APALANCAMIENTO para la consecución de un fin único.

Respuesta: Ver respuesta a observación No.17.