RESOLUCION LICENCIAS SUPLENTES

4
 CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCAQÓN PROVINCIA DEL NEUQUéN RESOLUCIÓN NO  2  1  D 1 EXPEDIENTE NO3511-11482/07. NEUQUÉN,  30  M O V 2 0 0 7 VISTO: La Resolución Ministerial  N O  100/07 emitida con fecha 07 de noviembre de 2007;  y CONSIDERANDO: Que es necesario reglamentar la aplicación del régimen de licencias,justificaciones y franquicias adoptado por la mencionada Resolución; Que es necesari o emitir la norma legal correspondi ente; Por ello; El CONSEJO DE ED UCACIÓ N DE LA PROVINCIA DEL NE UQUÉN RESUELVE 10 ) ESTABL ECER para el usufructuo de las licencias,justificaciones y franquicias previstas por Decreto 1429/73, en concordancia con el Estatuto del Docente Ley 14.473, para los dÓCentesinterinos y suplentes de todos los niveles y modalidades de enseñanza del sistema educativo provincial, los siguientes requisitos: a.  Docentes Interinos:  acreditar cuatro (4) meses de antigüedad en el sistema educativo provincial. b, Doc ent es Suplen tes :  acreditar cuatro (4) meses continuos de antigüedad en el mismo car go y/u horas cátedra. 20 ) DETERMINAR  que los docentes que siendo titulares o interinos del sistema educativo provinci al, se desempeñen interinamente o cubriendo suplenciasen car gos de mayor jerarquía, mantendr án el mismo régimen de licencias,  ju stific ac ion es y fra nq uic ia s q ue ad qu irieron en el ca rg o ba se . 30 ) ESTABL ECER que por la Dir ección General de Despacho se realizarán las comunicacionesde práctica. REGISTRAR,  dar conocimiento a todas las áreas del Consejo Provincial de Educacióny  GIRAR  a la Dirección Generalde Despachoa los fines indicados en el Artículo  30).  Cumplido, ARCHI\I~~' ALEJANDRA BOSSlt DIRECTORA GRAL DE DESPl'CHO . . E "'.  z

Transcript of RESOLUCION LICENCIAS SUPLENTES

CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCAQN PROVINCIA DEL NEUQUN

RESOLUCIN NO 1D 1 EXPEDIENTE NO3511-11482/07.

2

NEUQUN, VISTO:

30 MOV 2007

La Resolucin Ministerial NO 100/07 emitida con fecha 07 de noviembre de 2007; yCONSIDERANDO:

Que es necesario reglamentar la aplicacin del rgimen de licencias,justificaciones y franquicias adoptado por la mencionada Resolucin; Que es necesario emitir la norma legal correspondiente; Por ello;El CONSEJO DE EDUCACIN DE LA PROVINCIA DEL NEUQUN RESUELVE 10) ESTABLECER para el usufructuo de las licencias,justificaciones y franquicias

previstas por Decreto 1429/73, en concordancia con el Estatuto del Docente Ley 14.473, para los dCentesinterinos y suplentes de todos los niveles y modalidades de enseanza del sistema educativo provincial, los siguientes requisitos: a. Docentes Interinos: acreditar cuatro (4) meses de antigedad en el sistema educativo provincial. b, Docentes Suplentes: acreditar cuatro (4) meses continuos de antigedad en el mismo cargo y/u horas ctedra.20) DETERMINAR que los docentes que siendo titulares o interinos del sistema

educativo provincial, se desempeen interinamente o cubriendo suplencias en cargos de mayor jerarqua, mantendrn el mismo rgimen de licencias, justificaciones y franquicias que adquirieron en el cargo base.30) ESTABLECER que por la Direccin General de Despacho se realizarn las

comunicaciones de prctica.REGISTRAR, dar conocimiento a todas las reas del Consejo Provincial de Educaciny GIRAR a la Direccin General de Despacho a los fines indicados en el Artculo 30). Cumplido, ARCHI\I~~'z

..E"'.

ALEJANDRA BOSSltDIRECTORA GRAL DE DESPl'CHO Conaei0 PlOvlOcial da Ed~

EL! ROaSVOCAl DE NIVEL INIC1Al. y PR!MARIO~~ProAnci.e! da Educacin

&Ei.'/I-, VILLAGRANVOCAL DE NIVEL " ~Ef)IO y SUPERIOR ~.\m~(lJQ Provincial de Educacin

~ek'"".1 . --,-

Provincia del Neuqun Ministerio de Gobierno, Educacin y Justicia

RESOLUCIN N0 NEUQUN,

1tJ~ O 1 O O /07.-

o 7 NO\! 2007

VISTO:El Estatuto del Docente - Ley 14473, Decreto 1429/73 y la gran cantidad de licencias excepcionales solicitadas; y

.t-:',:);L:~~:'~: -,'-"'