Requisitos par Constituir una Compañía Anónima.
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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POILITICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO MERCANTIL
Alumna: Carmen Julia Asuaje
Sección: SAIA J
Profesora: Zorcioret Nieto.
Barquisimeto, Mayo 2017
Se concibe a la sociedad como
una unión de personas que
contribuyen a la constitución de
un fondo patrimonial y
colaboran en el ejercicio de una
actividad con el fin de obtener
unas ganancias.
COMPAÑÍA
ANONIMA
Los socios no están obligados sino por el
monto de su acción: los socios o accionistas
limitan su responsabilidad a la suma a la que
hayan invertido en la sociedad.
Vida continuada: es independiente de sus
propietarios. Su duración se fija en el acta
constitutiva. La muerte de algunos de los
socios no la afecta.
Las acciones pueden diferenciarse entre sí
por su distinto valor nominal; y se pueden
transmitir mediante venta de las mismas.
Las obligaciones sociales están
garantizadas por un capital
determinado: interesan lo capitales más
que las personas de los socios, estos
pueden no conocerse entre sí ni los
terceros que contratan con la sociedad,
de allí su denominación de "anónima".
En el documento constitutivo, en los
estatutos o por decisión de la asamblea
general de accionistas, se designarán uno o
más comisarios, socios o no, para que
informen a la asamblea del siguiente año
sobre la situación de la sociedad, sobre el
balance y sobre las cuentas que ha de
presentar la administración, teniéndose que
la deliberación sobre la aprobación del
balance y las cuentas será nula, si no ha
sido precedida del Informe de los
comisarios.
El capital se integra con los aportes de los
accionistas y se representa en acciones
nominativas o al portador. El código de
Comercio exige el pago del 20% mínimo del
capital social suscrito comprobable en
depósito de dinero efectivo en una cuenta a
nombre de la entidad y/o en inventarios y
activos fijos que superen dicho valor. Las
acciones son distribuidas en proporción al
aporte de cada socio, es decir, la cantidad
de acciones de cada uno de los socios
dependerá del monto del capital aportado
en dinero o del costo del material aportado
de tratarse de capital pagado en bienes. Y
se dejará constancia en el documento
constitutivo del monto suscrito y pagado por
cada socio, el valor de cada acción y lo que
representa la totalidad de lo aportado en
Bolívares.
Las Compañías Anónimas son administradas
generalmente por una Junta Directiva. Los
Directivos o administradores no tienen que
ser accionistas (pueden serlo).La Cantidad
de Directores o Administradores es definida
por los interesados, hay que decidir cuántos
miembros tendrá y quiénes serán, depende
de lo que los accionistas decidan. Tienen
que definir si los administradores tienen
facultades individuales o conjuntas (es decir,
si cualquier administrador puede obligar a la
empresa, o se necesita la firma conjunta de
dos administradores.) Asimismo, puede en
una misma empresa haber administradores
con amplias facultades y administradores
con facultades conjuntas.
El tiempo de duración de una
empresa, lo establecen los
accionistas y dejan constancia
en el documento constitutivo.
4. Cálculo del monto a pagar por la
inscripción y pago al fisco nacional.
Requisitos para Constituirla
1. Escoger el nombre que tendrá la compañía, debe contar
con un nombre que no haya sido usado por otra persona,.
ya que de ser así, deberá volver a pagar para verificar la
disponibilidad de otro nombre.
2. Hacer la Reserva de Nombre en el Registro Mercantil. Si
el nombre escogido esta libre, el Registro te entrega una
planilla que se pagara en los bancos autorizados para ello y
se concederá un plazo de tres (03) días hábiles para el
pago, de lo contrario el nombre quedará liberado y se
deberá empezar todo el proceso desde el principio.
3. Presentar el documento constitutivo y sus estatutos
redactado y visado por un abogado, donde se especificarán
los socios, el capital a suscribir (en dinero o inventario), el
domicilio y denominación de la sociedad, el monto del
capital (suscrito y pagado), fecha de inicio de la compañía y
su duración, la actividad comercial que efectuarán, la
administración y normas. Este documento debe ser
revisado hasta su aprobación definitiva. De requerir
modificaciones se harán las respectivas notificaciones. Si el
capital se suscribirá en dinero en efectivo debe presentarse
los documentos de apertura parcial de la cuenta bancaria
que refleje ese monto, y si se suscribe en inventario, se
deberá acompañar el balance acompañando los equipos o
materiales y sus costos, esto deberá estar elaborado por un
Contador Público Colegiado.
5. Pago por derechos de registro y firma del
mismo.
Una vez realizados los pagos
correspondientes y el Registro apruebe el
documento constitutivo, asignarán una
fecha para la firma y entrega del mismo,
para el cual deberán comparecer todos los
socios.
6. Publicación del registro mercantil:
ultimo paso, consiste en publicar en un
periódico mercantil la razón social que se
acaba de registrar.