Renuncia

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Contenido: Inicio A B C D E F G H I J K L M N Ñ O P Q R S T U V W X Y Z Ver También: Admisión de Hechos Terminación del Contrato de Trabajo por Mutuo Consentimiento Competencia, Renuncia a la Excepción Normativa Legislación Ley 16-92 del 29 de mayo de 1992, que crea el Código de Trabajo de la República Dominicana [1] Jurisprudencia A la Rescisión de un Contrato La CODETEL desconectó el teléfono, lo cual operó una rescisión del contrato de servicio. Posteriormente, el abonado acudió a pagar las mensualidades atrasadas. La Corte de Apelación sostuvo que la aceptación de este pago implicaba conformidad para dejar sin efecto la rescisión. Pero la rescisión del contrato no liberaba al abonado de pagar la deuda resultante del servicio, de forma que la aceptación del pago no significa renuncia a los efectos de la rescisión. [2] Al Salario La renuncia de un trabajador a una parte de su sueldo convenido es violatoria del Principio IV y nula. [3] A Irregularidades Procesales Ver También: Casación, Medios, Insuficiencia de los Si una parte no hace reservas acerca de la información testimonial, da implícitamente su aprobación a cualquier irregularidad procesal. [4] La Corte a qua rechazó el pedimento de informativo del apelado sin dar motivos y acto seguido le ofreció la palabra para que formulara sus conclusiones al fondo, lo que hizo sin formular reserva. Su actitud sólo puede ser interpretada como una aquiescencia implícita a la sentencia que rechazó la medida de instrucción solicitada. [5] [6] [7] No se considera renunciado el pedimento el vencimiento del plazo para apelar como causa de inadmisibilidad, aun cuando se propone después de celebrado el informativo y concluido al fondo. [8] Al Trabajo o al Pago de Prestaciones Ver También: Abandono de Trabajo Desahucio, Ejercido por el Trabajador El hecho de declarar el trabajador que si no le ofrecen tales o cuales mejoras en su situación, él se retira del trabajo, no puede interpretarse como una renuncia a su empleo. [9] La carta suscrita por el trabajador ante notario, en que renuncia a su trabajo, tiene el mismo efecto que una disolución por mutuo consentimiento de las partes. Artículo 64 Código Trabajo. [10]

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Ver También: Admisión de Hechos Terminación del Contrato de Trabajo por Mutuo ConsentimientoCompetencia, Renuncia a la Excepción

NormativaLegislación

Ley 16-92 del 29 de mayo de 1992, que crea el Código de Trabajo de la República Dominicana[1]●

JurisprudenciaA la Rescisión de un Contrato

La CODETEL desconectó el teléfono, lo cual operó una rescisión del contrato de servicio.Posteriormente, el abonado acudió a pagar las mensualidades atrasadas. La Corte de Apelaciónsostuvo que la aceptación de este pago implicaba conformidad para dejar sin efecto la rescisión.Pero la rescisión del contrato no liberaba al abonado de pagar la deuda resultante del servicio, deforma que la aceptación del pago no significa renuncia a los efectos de la rescisión.[2]

Al Salario

La renuncia de un trabajador a una parte de su sueldo convenido es violatoria del Principio IV y nula.[3]

A Irregularidades Procesales

Ver También: Casación, Medios, Insuficiencia de los

Si una parte no hace reservas acerca de la información testimonial, da implícitamente su aprobacióna cualquier irregularidad procesal.[4]

La Corte a qua rechazó el pedimento de informativo del apelado sin dar motivos y acto seguido leofreció la palabra para que formulara sus conclusiones al fondo, lo que hizo sin formular reserva. Suactitud sólo puede ser interpretada como una aquiescencia implícita a la sentencia que rechazó lamedida de instrucción solicitada.[5] [6] [7]

No se considera renunciado el pedimento el vencimiento del plazo para apelar como causa deinadmisibilidad, aun cuando se propone después de celebrado el informativo y concluido al fondo.[8]

Al Trabajo o al Pago de Prestaciones

Ver También: Abandono de Trabajo Desahucio, Ejercido por el Trabajador

El hecho de declarar el trabajador que si no le ofrecen tales o cuales mejoras en su situación, él seretira del trabajo, no puede interpretarse como una renuncia a su empleo.[9]

La carta suscrita por el trabajador ante notario, en que renuncia a su trabajo, tiene el mismo efectoque una disolución por mutuo consentimiento de las partes. Artículo 64 Código Trabajo.[10]

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El trabajador puede renunciar a su empleo mediante simple carta, en cuyo caso no es aplicable elArtículo 64 Código Trabajo sobre terminación por mutuo consentimiento.[11]

El documento en que el trabajador renuncia a sus reclamaciones, reconoce que ha sido untrabajador móvil y otorga recibo por RD$100 como “donación generosa” de la compañía, no debe serdescartado sobre la base de que las reglas del Principio IV son de orden público, si bien noconstituye una prueba completa de lo que alega la compañía.[12] [13] [14] [15] [16] [17] [18]

El razonamiento de la Cámara a qua, de que la renuncia por simple carta del trabajador, aceptadapor el patrono, equivale a un mutuo desistimiento, sin que se haya llenado el requisito del Artículo64 Código Trabajo de formalizarlo ante notario o ante el Departamento de Trabajo, es de tal modoconfuso e incoherente que no permite a la Suprema Corte de Justicia establecer si se ha hecho unaaplicación correcta de la ley.[19]

El trabajador, al ser cancelado después de 25 años al servicio de la empresa, estampó su huelladigital sobre un documento y recibió una donación de RD$150.00. El principio fundamental de lairrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores hace que carezca de interés toda especulaciónsobre la forma como se escrituró el acto.[20]

Al recibo de ciertos valores de la empresa, aunque implique renunciar a algún derecho, esperfectamente válido, pues se hizo cuando ya no se encontraba bajo la hegemonía del patrono, quees lo que prohíbe el Principio IV del Código Trabajo.[21]

El patrono tenía un recibo por RD$84.00, que decía que el trabajador no tiene ninguna reclamación.Ante esa situación pudo el Juez apreciar que había habido una dimisión voluntaria.[22] [23]

La renuncia del trabajador a su empleo, pura y simplemente, implica una renuncia a los derechosreconocidos por la Ley y una renuncia de este tipo es nula. Una simple carta de renuncia no puedeser aceptada como prueba de dimisión. La renuncia al empleo y la dimisión no son categoríasjurídicas idénticas o equivalentes. La dimisión es la resolución del contrato de trabajo por voluntadunilateral del trabajador, que puede ser o no justificada.[24] [25]

El 8 de abril la profesora renunció a la tanda matutina, pero declaró que continuaría impartiendoclases de tarde. El 13 de abril, la escuela responde no aceptar su renuncia parcial y declaraprescindir de sus servicios. El Juez a quo declaró que, al no responder de inmediato a la renuncia, laescuela dio su asentimiento tácito a la misma, por lo que se hizo responsable del despido. Se casaesta sentencia, porque la ley no da plazo para responder a este tipo de renuncia.[26]

El Principio V del Código Trabajo prohíbe la renuncia a los derechos de los trabajadores en el ámbitocontractual, no después de finalizado el contrato; por tanto, es válido todo recibo firmado por eltrabajador, incluso cuando hubiere alguna diferencia a favor de éste, siempre que no se consignarainconformidad por ese pago y se formulen reservas de reclamar esos derechos.[27] [28] [29] [30]

La ausencia de prueba del despido, unida a las cartas de renuncia de los trabajadores, lleva a laconclusión de que la ruptura de los contratos de trabajo fue una iniciativa unilateral de lostrabajadores.[31]

El solo hecho de que una carta firmada por un trabajador haya sido redactada por su empleador noresta veracidad al contenido de la misma, debiendo el tribunal verificar si la firma se hizo bajopresión o libremente, para determinar si las circunstancias implican un despido encubierto.B.J.1049.290 Los trabajadores pueden renunciar a sus derechos después de concluido el contrato detrabajo y hasta tanto sus derechos, en caso de litigio, no sean reconocidos por una sentencia con

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autoridad irrevocable de la cosa juzgada.[32] [33]

El hecho de que un empleador, al negar la existencia del despido, alegue que el trabajador renuncióa sus labores, no exime a éste de probar la causa de la terminación del trabajo. Esta exención seproduce cuando el empleador admite el hecho del despido o alega justa causa, lo que no ocurre en laespecie.[34] [35]

Interpretando la prueba testimonial aportada, la Corte de Trabajo pudo apreciar que el trabajadorfirmó la carta de renuncia a requerimiento de la empresa, para lo cual aplicó el principio del imperiode la realidad de los hechos frente a los documentos.[36]

La existencia de una carta de renuncia al trabajo no crea una presunción de despido. Debeestablecerse que la voluntad del empleador fue la determinante de la conclusión de la relaciónlaboral.[37]

Al evaluar la carta de dimisión de la trabajadora, el Tribunal a quo estimó inaplicables lasdisposiciones del IV Principio Fundamental del Código Trabajo, estimando que la validez a larenuncia a los derechos de todo trabajador está sujeta a que surgiera de la voluntad libérrima deéste.[38]

Es válida la renuncia unilateral de los derechos del trabajador fuera del ámbito contractual, siempreque el documento donde consta esté firmado libre y voluntariamente por el trabajador.[39]

No es necesario que el documento de renuncia del trabajador sea firmado por el patrono.[40]

A la Participación en los Beneficios de la Empresa

Es inadmisible por falta de interés la reclamación del trabajador a una participación en las utilidadesde la empresa, ya que el trabajador otorgó un recibo de descargo cuando ya no se encontraba bajo lahegemonía de la empresa.[41]

A los derechos laborales

Ver también: Abandono del Trabajo Desahucio, Ejercido por el Trabajador Desistimiento, Dedemanda en pago de prestaciones Recibo de descargoTerminación del contrato de trabajo por mutuo consentimiento Trabajo, contrato de, Nuevo contratoTransacción El V Principio Fundamental no impide la renuncia de los derechos del trabajador una vez terminadoel contrato de trabajo. No. 24, Ter., 17 Sept. 1997, B.J. 1042; No. 20, Ter., Feb. 1998, B.J. 1047.

Los trabajadores pueden renunciar válidamente a sus derechos desde la terminación del contratohasta que los mismos hayan sido reconocidos de manera irrevocable por los tribunales. ( Art. 669C.Tr.). No. 48, Ter., Jun. 1999, B.J. 1063.

El trabajador desahuciado puede renunciar al preaviso, perdiendo con ello el derecho a los salarioscorrespondientes a ese período, pero no al auxilio de cesantía. No. 57, Ter., Jun. 1999, B.J. 1063.

El V Principio Fundamental del Código de Trabajo limita la nulidad de la renuncia de derechos hechapor el trabajador a que la misma sea hecha durante el período de vigencia del contrato de trabajo;una vez disuelto el contrato de trabajo, el art. 669 impide la renuncia de derechos desde el momento

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en que los mismos han sido reconocidos por una sentencia irrevocable, pero antes de la sentenciaadquirir este carácter, la renuncia y transacción siempre son posibles. No. 6, Ter., Feb. 2000, B.J.1071; No. 28, Ter., Oct. 1999, B.J. 1067; No. 03, Pl., Abr. 2000, B. J. 1073.

A pesar de la existencia de una carta donde un trabajador manifiesta su voluntad de poner términoal contrato, el tribunal puede apreciar que la causa real de la terminación fue un despido, siendonecesario que se indiquen los hechos que le permitieron llegar a esa conclusión. No. 9, Ter., Ago.2000, B.J. 1077.

Contraria a la Realidad del Trabajo

La carta de renuncia del trabajador no conlleva la terminación del contrato cuando éste permanecelaborando. No. 14, Ter., 12 Sept. 1997, B.J. 1042.

La existencia de una carta de renuncia no constituye una prueba irrebatible de que el contratoterminó por esa causa, cuando posteriormente el empleador comunica una carta de despido, lo queevidencia su voluntad de poner término al contrato. No. 7, Ter., Ene. 2009, B.J. 1178.

Forma de la renuncia a los derechos laborales

El solo hecho de que una carta firmada por el trabajador haya sido redactada por su empleador noresta veracidad al contenido de la misma, debiendo el tribunal verificar si la firma se hizo bajopresión o libremente. No. 16, Ter., Abr. 1998, B.J. 1049.

No es necesario que el documento que recoge la renuncia de derechos esté firmado por elempleador, siendo suficiente que el trabajador lo haya firmado de manera libre y voluntaria.No. 7,Ter., May. 1999, B.J. 1062.

Aunque los trabajadores soliciten la revocación de la sentencia en todas sus partes, la cualconsignaba sumas por participación en los beneficios, no puede reconocerse dicha declaración comorenuncia de derechos, al haber solicitado en sus conclusiones acoger todos los pedimentos delescrito de demanda, entre los que estaban tales beneficios. No. 32, Ter., Feb. 2010, B.J. 1191.

Mujer embarazada

El principio del contrato-realidad permite a la Corte declarar ineficaces las declaraciones derenuncia de las trabajadoras embarazadas, y determinar que el empleador realizó desahucios nulos,sin importar que las mismas estén contenidas en un acto auténtico. No. 48, Ter., Jul. 1998, B.J. 1052.

Las medidas que tienden a dar protección a la mujer embarazada son de orden público y como tal nopueden ser objeto de renuncia voluntaria de la trabajadora, pues esas medidas van dirigidas aproteger la maternidad y no a consagrar beneficios adicionales en provecho de la trabajadora comotal, sino por su condición de futura o reciente madre.No. 48, Ter., Jul. 1998, B.J. 1052.

Como el desahucio de la trabajadora embarazada se considera nulo, el contrato se mantiene vigente,impidiendo la renuncia.No. 42, Ter., Ago. 2007, B.J. 1161.

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DoctrinaARIAS B., Héctor. Expulsión y renuncia de los miembros del sindicato. En: Derecho y Política, 6:●

133-150. Santo Domingo: agosto de 1982.

Referencia↑ República Dominicana [Leyes] Ley 16-92 del 29 de mayo de 1992, que crea el Código de1.Trabajo de la República Dominicana. Publicado en la Gaceta Oficial 9836↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 908. Año 982º2.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 775. Año 1051º3.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 713. Año 614º4.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 787. Año 978º5.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 825. Año 1523º6.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 887. Año 2599º7.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1042. Año 275º8.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 728. Año 2169º9.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 735. Año 280º10.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 754. Año 2841º11.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 768. Año 2940º12.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 768. Año 2948º13.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 768. Año 5954º14.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 768. Año 2961º15.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 768. Año 2968º16.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 768. Año 2975º17.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 768. Año 2981º18.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 780. Año 2336º19.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 831. Año 319º20.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 872. Año 1929º21.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 894. Año 1131º22.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 919. Año 1084º23.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 976. Año 310º24.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 991. Año 527º25.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 996. Año 1000º26.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1042. Año 282º27.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1047. Año28.391º,426º,458º↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1062. Año29.562º,1042º↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1065. Año30.644º,750º↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1044. Año 153º31.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1055. Año 608º32.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1056. Año 464º33.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1057. Año 576º34.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1063. Año 795º35.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1057. Año 627º36.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1057. Año 704º37.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1060. Año 940º38.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1062. Año39.

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1042º↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1065. Año 750º40.↑ Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Boletín Judicial No. 1044. Año 226º41.

BibliográficaHEADRICK, William C. Compendio Jurídico Dominicano: Jurisprudencia de la Suprema●

Corte de Justicia durante el período 1970-1998 e índice de la legislación vigente en laRepública Dominicana. 2 ed. Santo Domingo: Editora Taller, 2000. 503p

MOYA P., Frank; FLORÉN R., Marisol. Bibliografía del Derecho Dominicano 1844-1998. Santo●

Domingo: Amigo del Hogar, 1999. 327p.

--Escuela Nacional de la Judicatura/Carmen R. Roa Gerónimo 15:57 8 Oct 2012

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