Regulación, agencias reguladoras e innovación de la...

67
1 Regulación, Agencias Reguladoras e Innovación de la Gestión Pública en América Latina Carlos Stark Introducción Este estudio se inscribe en el proyecto del CLAD “Modernización de la Administración Pública en América Latina y el Caribe”, cuyo objetivo central consiste en “colaborar en la identificación de los cambios que deben ser introducidos en el contenido y manera de llevar a cabo reformas en los sistemas de gestión, a efectos de mejorar el funcionamiento del núcleo estratégico del Estado”. Para ello se propone determinar: a. El carácter de los cambios introducidos en los sistemas de gestión de las agencias reguladoras, asociadas a los nuevos roles del Estado. b. La manera como se ha gestionado la introducción de dichos cambios, con el objeto de extraer conclusiones respecto de los avances y retrocesos, así como las áreas críticas. c. Los factores vinculados a sistemas y procesos de gestión que pueden incidir en una mejora significativa del desempeño institucional en el núcleo estratégico del Estado y, en particular, en las agencias reguladoras. El tema de la regulación es consustancial al de la reforma del Estado. De hecho, las reformas de los últimos años han estado asociadas a una reducción del rol del Estado como productor directo, una transferencia de protagonismo al sector privado y un fortalecimiento del rol regulador del Estado en el marco de las nuevas realidades vinculadas al progreso tecnológico y la globalización. Esta regulación no es la misma de los sesenta o setenta. No se orienta a reemplazar el mercado cuando éste falla, sino a apoyarlo, profundizarlo, complementarlo y, en no pocas ocasiones, crearlo, contribuyendo así a reducir los costos de transacción derivados de la información asimétrica e insuficiente, asociada, por lo general, a los sistemas de gestión burocrático-centralizados. Implica, además, desarrollar la institucionalidad y las organizaciones capaces de cumplir efectivamente con la tarea señalada, en algunos casos creándolas y en otros modificando las existentes para adecuarlas al nuevo escenario. En efecto, una vez superada la polarización entre visiones estatistas y liberales, los gobiernos de la región se han visto enfrentados al desafío de “reconstruir” el Estado (Bresser, 1998). Esta reconstrucción supone, entre otras cosas, desarrollar la capacidad estatal de regulación tanto en su misión como en sus sistemas de gestión. Las rutas específicas son tan diversas como los países, siendo difícil diseñar una receta de validez general, no obstante la lógica tentación de la simplificación, siempre presente en los medios académicos y profesionales. Sin embargo, la experiencia internacional y de la región en las últimas décadas permite identificar, en materia de regulación, algunos patrones de comportamiento común que se enuncian a continuación (Stark, 1997): = Las situaciones asociadas a los procesos reguladores son de un dinamismo tal que no pueden ser recogidas en un cuerpo teórico-conceptual de carácter general. No existe, por lo tanto, una teoría de la regulación, sino un conjunto de prácticas reguladoras cuya evaluación permite extraer lecciones y tomar decisiones. = Es pertinente y conveniente realizar una lectura institucional de los procesos reguladores. La institucionalidad, como síntesis de reglas y organizaciones 1 , no es un dato sino una variable clave que puede determinar el éxito o fracaso de un sistema o de una agencia reguladora. = La regulación no afecta sólo al sector privado, también puede incluir a las empresas públicas en la medida que su gestión responda a reglas afines al mercado en que se desenvuelven. 1 Véase North (1990).

Transcript of Regulación, agencias reguladoras e innovación de la...

Page 1: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

1

Regulación, Agencias Reguladoras e Innovación de la Gestión Pública en América Latina

Carlos Stark

Introducción Este estudio se inscribe en el proyecto del CLAD “Modernización de la Administración Pública

en América Latina y el Caribe”, cuyo objetivo central consiste en “colaborar en la identificación de los cambios que deben ser introducidos en el contenido y manera de llevar a cabo reformas en los sistemas de gestión, a efectos de mejorar el funcionamiento del núcleo estratégico del Estado”. Para ello se propone determinar:

a. El carácter de los cambios introducidos en los sistemas de gestión de las agencias reguladoras, asociadas a los nuevos roles del Estado.

b. La manera como se ha gestionado la introducción de dichos cambios, con el objeto de extraer conclusiones respecto de los avances y retrocesos, así como las áreas críticas.

c. Los factores vinculados a sistemas y procesos de gestión que pueden incidir en una mejora significativa del desempeño institucional en el núcleo estratégico del Estado y, en particular, en las agencias reguladoras.

El tema de la regulación es consustancial al de la reforma del Estado. De hecho, las reformas de los últimos años han estado asociadas a una reducción del rol del Estado como productor directo, una transferencia de protagonismo al sector privado y un fortalecimiento del rol regulador del Estado en el marco de las nuevas realidades vinculadas al progreso tecnológico y la globalización. Esta regulación no es la misma de los sesenta o setenta. No se orienta a reemplazar el mercado cuando éste falla, sino a apoyarlo, profundizarlo, complementarlo y, en no pocas ocasiones, crearlo, contribuyendo así a reducir los costos de transacción derivados de la información asimétrica e insuficiente, asociada, por lo general, a los sistemas de gestión burocrático-centralizados.

Implica, además, desarrollar la institucionalidad y las organizaciones capaces de cumplir efectivamente con la tarea señalada, en algunos casos creándolas y en otros modificando las existentes para adecuarlas al nuevo escenario. En efecto, una vez superada la polarización entre visiones estatistas y liberales, los gobiernos de la región se han visto enfrentados al desafío de “reconstruir” el Estado (Bresser, 1998). Esta reconstrucción supone, entre otras cosas, desarrollar la capacidad estatal de regulación tanto en su misión como en sus sistemas de gestión.

Las rutas específicas son tan diversas como los países, siendo difícil diseñar una receta de validez general, no obstante la lógica tentación de la simplificación, siempre presente en los medios académicos y profesionales. Sin embargo, la experiencia internacional y de la región en las últimas décadas permite identificar, en materia de regulación, algunos patrones de comportamiento común que se enuncian a continuación (Stark, 1997):

• = Las situaciones asociadas a los procesos reguladores son de un dinamismo tal que no pueden ser recogidas en un cuerpo teórico-conceptual de carácter general. No existe, por lo tanto, una teoría de la regulación, sino un conjunto de prácticas reguladoras cuya evaluación permite extraer lecciones y tomar decisiones.

• = Es pertinente y conveniente realizar una lectura institucional de los procesos reguladores. La institucionalidad, como síntesis de reglas y organizaciones1, no es un dato sino una variable clave que puede determinar el éxito o fracaso de un sistema o de una agencia reguladora.

• = La regulación no afecta sólo al sector privado, también puede incluir a las empresas públicas en la medida que su gestión responda a reglas afines al mercado en que se desenvuelven.

1 Véase North (1990).

Page 2: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

2

• = La regulación no se dirige únicamente a los “monopolios naturales”, sino que puede considerar el establecimiento y supervisión de reglas de juego para otros sectores, asumiendo que las imperfecciones de los mercados no derivan sólo de factores económicos sino también de los denominados costos de transacción, vinculados a la institucionalidad asociable en muchas ocasiones a “fallas del gobierno”.

Con base en un modelo de relación instituciones/organizaciones sustentado en el enfoque neoinstitucionalista2, se postula que:

a) América Latina ha realizado intensos cambios en las reglas formales (leyes, reglamentos, etc.), pero no ha adecuado las organizaciones al mismo ritmo;

b) el rezago organizacional no es uniforme a todos los países y expresa un mecanismo inercial de resistencia al cambio que, en el fondo, refleja que las nuevas reglas (formales) no recogen un consenso suficiente, y/o no han sido debidamente difundidas y asimiladas por los sectores relevantes de la población;

c) los organismos reguladores constituyen la “punta de lanza” del proceso de cambio porque responden a una nueva realidad asociada a la privatización de servicios públicos (en su gestión y/o en su propiedad);

d) las características organizacionales de estos organismos (agencias, comisiones u otros) tienden a expresar, por lo tanto, las fortalezas y debilidades del proceso de cambio.

Para comprender la génesis y características de las agencias reguladoras latinoamericanas, así como sus estructuras, procesos y sistemas de control, es necesario insertarlas en el contexto de la transformación institucional del Estado, dos de cuyos elementos clave son la regulación y la innovación. El primero, como componente fundamental de las nuevas funciones estatales: menos injerencia en la actividad productiva y más supervisión y promoción de los mercados, la competitividad y el bienestar social. El segundo, para garantizar que la gestión pública responda efectivamente al desafío anterior en el marco de la dinámica acelerada de globalización y cambio tecnológico. Existe una estrecha interacción entre ambos, cuya comprensión es crucial para los nuevos procesos reguladores (OECD, 1997).

Para el desarrollo de los aspectos señalados se plantean cuatro capítulos. El primero propone elementos de carácter conceptual para delimitar la naturaleza del cambio institucional y organizacional en el marco de los procesos de modernización del Estado. Los temas clave se refieren a la conformación del Estado “regulador” y a la innovación de la función pública como mecanismo básico de mejoramiento gerencial. Junto a estos temas se identifican algunas estrategias de acción utilizadas en los procesos de reforma. Por último, se plantean algunos aspectos conceptuales para delimitar el tema de la regulación en una perspectiva institucional e identificar las bases de los nuevos modelos de regulación.

El segundo capítulo focaliza el análisis en temas asociados al desarrollo institucional de la regulación en tres sectores (financiero, infraestructura y social) con base en los análisis realizados para diversos países. Interesa, en particular, detectar patrones de cambio institucional que puedan ser generalizados a diversos países de la región, sus resultados y problemas. Ello permitirá tipificar las reglas de juego en las cuales se desenvuelven las organizaciones reguladoras.

El tercero remite al análisis de estructuras y procesos reguladores, identificando las características de las organizaciones reguladoras emergentes, es decir, asociadas al proceso de cambio institucional del Estado. A partir de la experiencia internacional, se revisan varios casos regionales con base –no exclusiva- en diversos trabajos desarrollados por ILPES y CLAD.

2 Desarrollado, entre otros, por Coase (1937), Williamson (1975), (1985), North (1990), y aplicado más recientemente al tema de la reforma de la gestión pública por Prats (1998a) y Stark (1997).

Page 3: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

3

Por último, se extraen algunas conclusiones y se proponen recomendaciones a ser consideradas para el mejoramiento del desempeño institucional del núcleo estratégico del Estado y, en particular, las agencias reguladoras.

En una perspectiva amplia, el estudio considera tres áreas: financiera, infraestructura y social. Sin embargo, por razones prácticas asociadas a la disponibilidad de información, el análisis prioriza los sectores incluidos en el área de infraestructura (telecomunicaciones, gas, electricidad y agua) con referencias específicas a las otras áreas. Por tanto, debe entenderse que tanto el análisis como sus recomendaciones, salvo indicaciones explícitas, aplican fundamentalmente al área infraestructura, y más específicamente, a los sectores indicados.

Al respecto, caben dos observaciones: a) el vasto universo de la regulación financiera amerita un tratamiento mucho más profundo que el que pueda derivarse de la evaluación de una sola observación, en este caso el trabajo referido a Bolivia (Nogales, 2000), y b) la regulación social constituye sin lugar a dudas el principal desafío de la agenda de transformaciones del Estado para la presente década, pero aún quedan por resolver importantes cuestiones previas, como la generalización de la combinación propiedad pública/gestión privada, cuyo eje de relación es, precisamente, la regulación.

Así, la base del análisis está constituida por tres estudios realizados para el CLAD: telecomunicaciones en Venezuela (Umérez, 2000), salud en Colombia (Jaramillo, 2000), y el antes citado para la banca en Bolivia. Además, se consideran las experiencias de agua, electricidad, telecomunicaciones y gas en Chile y Venezuela, así como la experiencia del gas en Colombia y Perú, y telecomunicaciones en Bolivia (Stark, 2000a, 2000b, 2000c; Melo, 1997; Corrales, 1996; Rudnick, 1997; Tabja, 1999).

I. Desarrollo institucional, gestión pública y regulación

En este capítulo se plantean algunos aspectos de la transformación reciente del Estado en América Latina con el objeto de establecer el rol de las instituciones y las organizaciones públicas en el proceso de cambio, con énfasis en el mejoramiento de la gestión pública y la regulación. Como primer punto, se propone el marco conceptual del análisis, inspirado en el enfoque “neoinstitucionalista”. El segundo punto identifica algunos patrones de cambio institucional en el desarrollo latinoamericano, tratando de indagar el por qué y el cómo de los mismos. El último identifica aspectos críticos de la nueva gestión reguladora en el marco de la tendencia a construir un Estado “regulador”.

1. Naturaleza del cambio institucional

Aunque coloquialmente el término “institución” se usa como sinónimo de “organización”, en este estudio se asume la distinción hecha por la llamada “nueva economía institucional”3. Según este enfoque, las instituciones constituyen las normas formales (leyes, reglamentos, ordenanzas) e informales (convenios, hábitos y códigos de conducta), así como los mecanismos para asegurar su cumplimiento, conformando el sistema de incentivos que guía el comportamiento de individuos y organizaciones. Las organizaciones son grupos de individuos que actúan colectivamente para lograr objetivos comunes en el marco institucional vigente.

Haciendo una analogía deportiva, las instituciones son las reglas del juego y las organizaciones son los equipos. El análisis económico distingue dos tipos de instituciones: mercados y jerarquías. En el primer caso, alude a las normas y los mecanismos de fiscalización que determinan el escenario para la realización de transacciones entre los diversos agentes. Las jerarquías son normas para las transacciones basadas en una relación contractual, normalmente entre organizaciones o al interior de una de ellas.

3 Ver North (1990) y, para una aplicación al desarrollo latinoamericano, Burki y Perry (1998).

Page 4: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

4

Un concepto fundamental es el costo de transacción4, que corresponde a los costos asociados a la realización de las transacciones en mercados y jerarquías o, dicho de otra forma, los costos de obtener y manejar la información, de diseñar, supervisar y hacer cumplir los contratos, de resolver posibles disputas y de poner al alcance de los agentes los bienes y servicios que se transan en los mercados.

En efecto, una parte importante de la sociedad no produce directamente sino que se dedica a generar las condiciones para que la producción sea más eficiente: banca, administración pública, seguros, abogados, etc. En un estudio realizado por Wallis y North (1986) se estimó que los costos de transacción representaron más del 40% de los costos totales del PIB de los Estados Unidos durante 1970. Las economías con problemas institucionales, organizacionales y/o tecnológicos presentan costos de transacción más elevados y, por lo tanto, son menos competitivas y generan menos bienestar para sus integrantes. Los países en vías de desarrollo son un ejemplo de tal situación.

La tecnología, aplicada a la operación de instituciones y organizaciones, puede influir fuertemente en los costos de transacción posibilitando, además, cambios institucionales y organizacionales. Por ejemplo, la revolución en las telecomunicaciones ha contribuido a reducir radicalmente los costos originados en la obtención, transferencia y evaluación de la información, facilitando la introducción de la competencia en una industria tradicionalmente considerada como monopólica. Sin embargo, la experiencia indica que la tecnología no es mayormente efectiva si no involucra cambios institucionales y organizacionales.

Para nuestros fines, un conjunto de reglas económicas y sociales que dan forma a una determinada estructura de mercados y jerarquías puede ser entendido como un modelo de desarrollo. Análogamente, el desarrollo institucional puede entenderse como la transición desde un conjunto de reglas a otro más eficiente que reduce costos de transacción y responde mejor a las aspiraciones de la sociedad en su conjunto.

Las organizaciones son las empresas, públicas y privadas, los partidos políticos, los ministerios, etc., todas ellas operando bajo incentivos diferentes –institucionalidad- según su ámbito de acción. Podríamos tipificarlas en tres áreas: políticas, económicas y sociales. Las organizaciones se estructuran y operan de acuerdo a los objetivos, principios e incentivos derivados del marco institucional en el cual se originan. Así pues, el desarrollo organizacional puede ser entendido como la transición hacia organizaciones más eficientes y eficaces para cumplir las reglas institucionales hegemónicas.

Para que las naciones progresen sostenidamente, es necesario que las instituciones provean normas claras, ampliamente conocidas, coherentes, aplicables a todos, predecibles, creíbles y aceptadas por la mayoría (Burki y Perry, 1998), pero también que las organizaciones sean coherentes con el marco institucional, eficientes y eficaces en el logro de sus objetivos. El modelo de desarrollo debe ser capaz de generar un círculo virtuoso entre el sistema político, el sistema judicial y la economía, de manera que los cambios, sean estos tecnológicos y/o del entorno internacional, se asuman y asimilen con creatividad y efectividad, contribuyendo a profundizar el bienestar de la mayoría de la población.

En la práctica, el progreso no es un estado estacionario, sino dinámico y casi siempre inestable. Esa misma dinámica engendra cambios e inestabilidad que pueden provenir de distintas fuentes, por ejemplo de los avances tecnológicos que posibilitan reducir costos de transacción permitiendo hacer más cosas, hacerlas mejor o hacerlas distintas. Si los cambios son muy radicales, las instituciones son sometidas a fuertes tensiones pudiendo sufrir transformaciones parciales o totales. Un ejemplo de cambio institucional (y organizacional) radical es el que sobrevino en el bloque soviético luego del derrumbe del sistema comunista.

4 La productividad de una economía depende de los costos, que pueden ser agrupados en dos categorías: a) el costo de producción, asociado a la tecnología, los insumos y los factores productivos; y b) el costo de transacción, asociado a las instituciones, las organizaciones y la tecnología.

Page 5: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

5

De acuerdo con el análisis precedente, la relación entre instituciones y organizaciones públicas en el proceso de desarrollo es compleja y bidireccional. Pueden modificarse las reglas de juego, pero ello no garantiza automáticamente la adecuación de las organizaciones públicas, cuyo cambio es normalmente más lento5. Recíprocamente, el desarrollo organizacional (motivado, por ejemplo, por la incorporación de nuevas tecnologías) puede requerir cambios en las reglas para producir una baja efectiva de los costos de transacción. En otras palabras, desarrollo institucional y desarrollo organizacional son dos términos de una misma ecuación.

Cuando la naturaleza y magnitud de los cambios implica transitar hacia un nuevo modelo de desarrollo, lo normal es que se dé una etapa de transformaciones y conflictos, mientras la sociedad acuerda nuevas reglas del juego y se estructuran las organizaciones para jugarlo. Esto es, precisamente, lo que ha venido aconteciendo en América Latina desde hace más de dos décadas: el agotamiento del modelo de desarrollo hacia adentro y la transición hacia otro más compatible con la dinámica de la globalización y el desarrollo explosivo de la tecnología.

El papel del Estado y de las instituciones que se desprende del modelo de desarrollo hacia adentro es diferente del que impone el modelo de economía abierta que actualmente emerge en la mayoría de los países. En el primer caso, el énfasis está en el control y en la absorción de actividades que no realiza adecuadamente el sector privado, respondiendo a reglas de protección del mercado interno. La propia dinámica del modelo conlleva a que el sector público se transforme en el gran empleador nacional, con la consiguiente expansión de sus costos y la frecuente degradación de la calidad de los servicios prestados. Las organizaciones públicas asociadas a este esquema responden a las características del modelo burocrático-centralizado.

En el segundo, el protagonismo corresponde al sector privado y el Estado cumple el papel de garantizar la estabilidad de las reglas y apoyar el desarrollo de mercados nacionales y externos minimizando costos de transacción. Las organizaciones públicas requeridas –cuyo paradigma aún está en desarrollo- son más pequeñas en tamaño, más descentralizadas y orientadas a lograr resultados. Para consolidar este nuevo modelo de manera que se traduzca en mayor bienestar colectivo no se trata sólo de mantener las políticas macroeconómicas correctas y los correspondientes equilibrios financieros; es preciso también avanzar en el desarrollo de instituciones y organizaciones cuya interacción redunde en una optimización de la relación costos de transacción-costos de producción-competitividad.

Como se verá en el punto siguiente, el proceso de transición –aún en marcha- no ha sido nada fácil, aunque los resultados hasta el momento son importantes, principalmente en el campo económico.

2. Desarrollo institucional y organizaciones públicas en América Latina

El mejoramiento de la institucionalidad y las organizaciones públicas ha adquirido importancia creciente en la agenda mundial de las últimas dos décadas, la que es mayor en los países desarrollados. Los Estados Unidos están “reinventando el gobierno” (Osborne y Gaebler, 1994). Los europeos hablan de una “nueva gerencia pública” (OECD, 1997). En ambos casos se busca contar con instituciones y organizaciones públicas más flexibles, orientadas al usuario y más acordes a los requerimientos de una sociedad global basada en la información y el conocimiento.

Para América Latina, la problemática es más compleja: no se trata sólo de mejorar lo existente, sino de desarrollar una institucionalidad pública cualitativamente distinta a la forjada en el marco del modelo de desarrollo vigente desde mediados de siglo. Más que un perfeccionamiento de las reglas del juego se requiere un cambio en el juego mismo (Prats, 1998a). Ello implica renovar los sistemas de incentivo social y nuevos roles públicos: más estrategia y menos burocracia, más orientación al usuario,

5 No es éste el caso de las organizaciones privadas (empresas, sindicatos, partidos políticos, organizaciones de vecinos, etc.), cuya acción muchas veces presiona el cambio institucional.

Page 6: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

6

más gobierno y menos intervención, más excelencia profesional y menos injerencia política en la gerencia pública.

En la práctica, el problema es de considerable complejidad. Por una parte, el modelo de desarrollo hacia adentro generó instituciones y organizaciones públicas cuyo fuerte arraigo constituye uno de sus méritos, pero tienden a dificultar el cambio. Por otra, el modelo nunca llegó a funcionar adecuadamente y, en particular, las organizaciones rara vez operaron eficientemente, lo que tiende a facilitar el cambio pero a la vez introduce factores de resistencia e informalidad muchas veces desconocidos o ignorados por los reformadores.

Otra manera de visualizar la complejidad se expresa en la falta de consenso respecto de la naturaleza y envergadura tanto del problema como de los cambios requeridos, muchos de los cuales han sido inducidos por situaciones de crisis y no por una visión estratégica del futuro. Así, al considerar los detonantes del proceso de reforma del Estado, en América Latina se ha dado una variada gama de situaciones, combinando factores exógenos y endógenos:

• = El proceso de globalización asociado al desarrollo de nuevas tecnologías de la información que obliga a los países a redefinir sus estrategias de competitividad y, al mismo tiempo, hace factible concebir procesos económicos, sociales y políticos a escala mundial.

• = La inoperancia del modelo de desarrollo hacia adentro que consume divisas pero no las produce, generando crisis externas y obligando a los países a redefinir sus estrategias comerciales y de protección.

• = La crisis fiscal y financiera del Estado, originada por una combinación de factores asociados a la dinámica de los mercados financieros globalizados y el sobredimensionamiento e ineficiencia de la actividad pública. Induce la privatización y reestructuración de organismos y empresas públicas, así como la realización de reformas tributarias y presupuestarias.

• = Crisis de la modalidad de intervención estatal basada en el Estado productor, asociada a los procesos de privatización y externalización de servicios. Establece la necesidad de fortalecer los procesos de regulación y fiscalización para garantizar accesibilidad, calidad y precio de los servicios.

• = Agotamiento del modelo organizacional burocrático administrativo basado en normativas complejas, centralizadas, jerárquicas y politizadas. El modelo al que se aspira es más flexible, descentralizado y orientado a resultados desde la perspectiva de los usuarios.

Entre los aspectos señalados, el principal detonante de la reforma del Estado fue la crisis externa y fiscal de los ochenta que sintetizó las diversas situaciones y puso de manifiesto problemas estructurales asociados al sobredimensionamiento e incapacidad del sector público para responder al desafío planteado por el drástico cambio en el contexto financiero internacional. En líneas generales, los cambios realizados pueden clasificarse en dos “generaciones” de reformas6:

• = Las reformas de primera generación (Banco Mundial, 1993b) se orientaron a la estabilización macroeconómica, la desregulación, la reducción del tamaño de la administración pública, la reforma tributaria, la privatización y la descentralización. El común denominador de casi todas estas reformas es su clara intención de “reducir grasa” a nivel del sector público. Hacia fines de los noventa sus resultados eran interesantes en la esfera macroeconómica y de inserción internacional pero dejaban bastante que desear en cuanto a la volatilidad de los equilibrios y la situación social.

• = Con tiempos e intensidad diversas, las reformas de segunda generación se han encargado de “generar músculo”, profundizando las anteriores y desarrollando mecanismos de gestión y control para optimizar resultados no sólo en el ámbito de la consolidación de los equilibrios macroeconómicos sino fundamentalmente en la perspectiva del mejoramiento sustantivo y estable de la competitividad y el

6 Estas “generaciones” se definen a partir de la intensidad relativa de las reformas y no a partir de una secuencia temporal estricta.

Page 7: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

7

bienestar colectivo. Estas reformas están generalmente focalizadas en el mejoramiento de la gestión pública, el desarrollo de los sistemas de regulación y la modernización de servicios sociales como educación, salud y jubilaciones. Aunque es prematuro realizar una evaluación global de este proceso de reformas, es posible adelantar algunos elementos a partir de las experiencias disponibles.

En tal sentido, la citada ausencia de visión colectiva unívoca lleva a la persistencia de visiones parciales que oscilan entre los que asumen que liberalizando mercados el problema está resuelto, y los que añoran más intervención y control por parte del Estado. A menudo, los cambios responden más a la necesidad del momento y por tanto no alcanzan la profundidad, cobertura y visión que ameritan los desafíos planteados. El aparato público funciona mejor pero sigue jugando el mismo juego tradicional y muchas veces se posterga la solución de los problemas. A modo de ilustración, cabe enunciar algunas situaciones, por desgracia, bastante frecuentes:

• = Sectores críticos para el bienestar colectivo como la salud y la educación aún se debaten entre la estatización y la privatización, realizando cambios de carácter limitado en una u otra dirección pero sin resolver sustantivamente los principales problemas que aquejan a los usuarios.

• = Organismos estatales creados por y para la protección del mercado interno coexisten con otros orientados a promover los mercados externos y la inversión extranjera, persistiendo las penurias presupuestarias y los problemas de recursos humanos ya clásicos del gobierno.

• = Se mantienen burocracias públicas innecesarias en aras de una supuesta justicia social basada en focalizar el rol de las agencias estatales en absorber el empleo que la economía no es capaz de crear.

• = Los mecanismos de regulación creados para las empresas privatizadas aún no han respondido cabalmente al desafío de la profundización de los mercados y la eficiencia en la asignación de los recursos.

• = La liberalización de sectores como el transporte y el comercio internacional no ha sido acompañada de una modificación acorde de la misión y la estructura organizacional de los organismos reguladores y de control.

• = Las políticas macroeconómicas y sectoriales rara vez enfatizan la problemática de su viabilidad institucional (y mucho menos, organizacional) considerando las instituciones como un dato pasivo.

Todos los problemas enunciados tienen relación con el desarrollo de instituciones y organizaciones compatibles con las nuevas realidades. En este contexto, la historia enseña que muchos programas de cambio han fracasado no por estar mal definidos, ni siquiera mal ejecutados, sino porque no eran viables en el marco institucional vigente y tampoco plantearon una estrategia para cambiarlo. Así, no es de extrañar que muchas políticas económicas y sociales queden enredadas en la intrincada maraña del aparato público y luego su fracaso se atribuya a la ineficiencia o mala fe de las autoridades de turno.

Ciertamente, aunque buena parte de los problemas es atribuible a errores de personas, no es posible atribuir la totalidad de los acontecimientos a esta línea causal, a riesgo de considerar “la estupidez como teoría de la historia”. El problema de fondo es que la economía es demasiado compleja para hacerla depender enteramente de la macroeconomía ya que ésta divide el mundo en variables endógenas y exógenas, quedando las instituciones entre estás últimas. En la práctica, los procesos sociales conforman sistemas de alta complejidad y una dinámica casi nunca transparente que excede normalmente las pretensiones explicativas y curativas de la política macroeconómica convencional.

El problema central del desarrollo latinoamericano, desde nuestra óptica, es la disparidad entre el cambio institucional y el cambio organizacional. La mayoría de los países ha realizado importantes cambios en las reglas de juego (particularmente las formales), pero no ha logrado cambiar al mismo ritmo las organizaciones. Ello, a su vez, dificulta la consolidación y profundización del cambio institucional generando problemas que muchas veces son atribuidos a errores de los gobernantes.

Page 8: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

8

En el ámbito institucional es particularmente relevante la relación entre el cambio de reglas formales y la permanencia de reglas informales que siguen proporcionando los principales sistemas de incentivo para agentes y organizaciones. La informalidad es parte de la historia latinoamericana y debe ser considerada al diseñar marcos legislativos y reglamentarios de manera que estos sean efectivos en el cambio de los patrones de incentivo. De no ser así, las nuevas reglas formales serán muy posiblemente abandonadas o evadidas por los centros de decisión.

Muchos países han realizado cambios globales y específicos en sus leyes, incluso a nivel constitucional, pero en contados casos estas reformas han logrado los resultados esperados y escritos en los textos legales. Nuestra proposición es que ello obedece en fuerte medida a dos factores: i) no se otorga suficiente prioridad al desarrollo organizacional requerido por los cambios, y ii) inexistencia o inoperancia de sistemas de incentivo inherentes a las nuevas reglas que superen efectivamente a los proporcionados por las reglas informales. Por cierto, un buen indicador de la debilidad institucional de los países es la superabundancia y extensión de leyes y reglamentos, normalmente acompañada de serios problemas de gestión.

El desafío de la “segunda generación” de reformas es aún más difícil que la primera pues involucra como eje central la adecuación entre desarrollo institucional y desarrollo organizacional. De los tres componentes básicos mencionados, consideraremos el mejoramiento de la gestión pública y el fortalecimiento de los sistemas de regulación. En el primer caso, implica el desarrollo organizacional del sector público para contar con mecanismos gerenciales y de control que respondan efectivamente a las realidades tecnológicas y del “negocio” público contemporáneo. En el segundo, implica consolidar el nuevo rol regulador del Estado asociado a la privatización y a la introducción de criterios gerenciales que incorporan gestión privada y propiedad pública, así como servicios públicos que deben responder a criterios de eficiencia y eficacia comparables con los estándares internacionales.

El hilo conductor para el tratamiento de ambos aspectos es la incorporación de la innovación como criterio central para el desarrollo organizacional e institucional. En efecto, la velocidad del cambio tecnológico, económico y social impone a las instituciones y organizaciones públicas la difícil tarea de mantenerse permanentemente actualizadas, a riesgo de quedar obsoletas. De allí que el concepto clave para concretar el proceso modernizador en un ambiente globalizado sea el de innovación, entendida ésta como la detección, desarrollo y aplicación sistemática de nuevos conceptos, procesos y estructuras organizacionales al mejoramiento del desempeño.

3. Desarrollo organizacional: innovación en la gestión pública

Contrariamente a lo que pudiera suponerse, la innovación puede y debe ser inherente a la operación de las organizaciones de servicio público. Ello implica que éstas “deberán aprender a innovar y deberán aprender a manejarse como empresas innovadoras”7. La innovación supone preparar a la gerencia para enfrentar los problemas del futuro en un mundo que cambia día a día.

El fenómeno innovador de la gestión pública presenta un patrón común a escala mundial, aunque con diferencias de naturaleza, profundidad y características de acuerdo a las regiones y regímenes sociales considerados. Las naciones que transitan desde sistemas socialistas hacia economías de mercado presentan desafíos más radicales y globales, comenzando por la construcción misma de mercados y/o instituciones previamente inexistentes.

En regiones donde la transformación no implicó cambio de sistema, como América Latina, el proceso es menos radical y más focalizado, aunque no necesariamente menos difícil. Una de las principales dificultades, paradójicamente, está en la menor drasticidad del cambio ya que se conserva buena parte de las tradiciones organizacionales, siendo muchas de ellas incompatibles con la

7 Drucker (1992).

Page 9: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

9

innovación. Por otra parte, en la medida que el cambio sociopolítico es también menos radical, los gobiernos enfrentan con frecuencia situaciones de poder compartido en el marco de sistemas políticos defectuosos, con tradiciones muy arraigadas y normalmente refractarias a la innovación.

En la “sociedad del conocimiento” (Banco Mundial, 1999) el cambio ya no es una dimensión temporal que conduce a situaciones de estabilidad, sino una práctica inherente a la sociedad, la economía, las empresas y el gobierno. Aún no han madurado las nuevas realidades cuando otras ya pugnan por sustituirlas.

Así, la coherencia entre desarrollo institucional y desarrollo organizacional es, por definición, una expresión dinámica y los países deben aprender a convivir con situaciones de perpetua y veloz transformación. En este contexto, los conceptos de innovación y gestión se hacen prácticamente sinónimos y hablar de gestión de la innovación es una redundancia sólo pertinente para clarificar su contenido.

La innovación de la gestión pública implica no sólo modernizar la gerencia, sino capacitarla para enfrentar situaciones en permanente cambio que pueden requerir desde una revisión de los programas y proyectos hasta una redefinición integral de la misión institucional, con las consecuencias del caso. Para ello, las organizaciones públicas deberán aprender a funcionar en ambientes cambiantes y a visualizar el cambio como una oportunidad y no como una amenaza. En otras palabras, no sólo deberán aprender a gerenciar el presente sino principalmente el futuro.8

Lo anterior hace referencia a un proceso de gestión integral, cuya característica es la combinación simultánea de tres ámbitos de trabajo: gestión estratégica, gestión de la rutina, y gestión del cambio.

El desafío de los tiempos actuales, cuya característica es la velocidad de los cambios y la incertidumbre respecto de los escenarios futuros, impone un proceso de gestión multifacético, donde los líderes deben permanentemente pensar y reaccionar en términos estratégicos, con el fin de asegurar una estabilidad de rutinas para la organización y, simultáneamente, asegurarse de llevar a cabo las transformaciones necesarias para la adaptación al medio. Es decir, deben “conducir usando varias marchas a la vez”.

3.1. Problemas frecuentes en organizaciones públicas y su carácter “holístico”

Un concepto central de la cibernética, y de los mecanismos autorregulados, es el de ciclos de retroalimentación. En determinadas circunstancias, un elemento alimenta a otro elemento del mismo signo, el cual alimenta a otro, y así sucesivamente en una espiral ascendente. En inglés, este sería un “feedback loop”. Para un lego en la materia, es fácil verlo cuando en un auditorio, el micrófono y el parlante entran en resonancia, alimentándose el uno al otro, produciendo un sonido muy agudo. Este es un ejemplo de alejamiento del equilibrio por retroalimentación positiva, con resultados bastantes desagradables.

¿Qué intentamos decir con estos conceptos? ¿Qué relación tiene con la realidad de la administración pública? El mensaje es claro: mientras no entendamos globalmente el conjunto de problemas que aquejan a una institución, la totalidad de sus componentes, las interacciones de su entorno, y los mecanismos de interacción entre los diversos problemas, será muy difícil intentar soluciones efectivas a sus problemas.

Estos elementos que se retroalimentan unos con otros pueden ser positivos (un círculo virtuoso) o negativos (un circulo vicioso, como el que condujo a ese micrófono a producir aquel ruido). Un organismo puede deteriorarse, a veces irreversiblemente, aunque todas sus moléculas y células estén en perfecto estado. Una institución también, aunque sus recursos humanos y sus departamentos estén bien. En ambos casos, basta con que se produzcan algunas retroalimentaciones negativas que lleven al

8 Al respecto, es interesante el planteamiento de Hamel y Prahalad (1998).

Page 10: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

10

sistema lejos del equilibrio, hasta niveles inmanejables. Para el directivo de una institución, es crucial la comprensión, a veces sutil e intuitiva, de estos

mecanismos de retroalimentación, y de los balances y equilibrios que es preciso mantener. Para un gerente de empresa privada, su “sintonía fina” de balances y equilibrios entre precios de venta, inversiones, endeudamiento, gastos de marketing, capacidad instalada, oferta y demanda, constituye la clave de su supervivencia: cualquier desbalance se expresa en el flujo de caja, el balance a fin de año… y su permanencia en el cargo.

La descripción integral de las retroalimentaciones negativas de más frecuente ocurrencia en los servicios públicos se expone en los siguientes puntos:

• = Confusión en la definición de su misión, servicios y usuarios. Es frecuente observar que, a pesar de tener sus funciones definidas por ley, hay instituciones que expresan muy poca claridad acerca de qué servicios prestan, a quién se los prestan, y por qué existen. Como podrá imaginarse, es difícil pedirle a los remeros de una embarcación que remen con fuerza y al unísono, si no tienen muy claro para dónde va esta embarcación.

• = Carencia de indicadores de desempeño y control de gestión. Los ministros de hacienda son siempre los “malos de la película”, que dicen NO a cualquier petición presupuestal. Pero pongámonos por un momento de su lado. ¿Bajo qué criterios pueden decidir ellos si darle más o menos dinero a las escuelas, hospitales, la ciencia, el fomento campesino, o el desarrollo deportivo, si no se han definido indicadores de desempeño, numéricos y objetivos, acerca de la eficiencia y eficacia de los servicios públicos que deben financiar? Y lo que es aún peor: ¿cómo motivar y conducir al personal de una institución si no está claro cuándo esa institución lo está haciendo bien o mal? Parafraseando nuevamente a Peter Drucker: “los organismos sin fines de lucro no tienen balance a fin de año...y precisamente porque no lo tienen, sus necesidades de buena gestión (con base en indicadores de desempeño) son doblemente necesarias”.

• = Restricciones burocráticas y normativas. Hemos construido en América Latina un sistema de controles a los servicios públicos que Kafka no soñó. Su propósito era doblemente claro: evitar el gasto dispendioso, y evitar la corrupción y robo. La presuposición de base es que todos son culpables hasta que se demuestre lo contrario, y que todo directivo de un servicio público, al no tener indicadores de desempeño, tratará de gastar lo más posible. El problema es que los controles son tantos, tan variados y numerosos que a) la posibilidad de robo y corrupción, en medio de la confusión, aumenta en lugar de disminuir, b) los procesos de servicio al usuario son engorrosos y la prestación del servicio toma tiempos larguísimos, c) los directivos de estos servicios están atados de manos para mejorar la gestión, y d) no está claro quién toma las decisiones (los directivos, sus controladores, o sus financiadores).

• = Baja calidad o efectividad del servicio. En último término, este es el principio y el fin, el eje de una institución pública. Prestarle servicios (de regulación o de fomento) a alguien: a los que pagan impuestos, a las mujeres, a los estudiantes, a las comunas o municipios más pobres, a los pequeños empresarios, etc., etc. Este es el resumidero final del círculo vicioso, pues la calidad de servicio se ve afectada por todos los elementos de este círculo. El problema estriba en que, más allá de las frías cifras y estadísticas, detrás de esta baja calidad o efectividad en los servicios de salud, de justicia, educación o regulación, se esconde una enorme dimensión de sufrimiento humano y/o deterioro económico.

• = Financiador descontento. Volvamos a nuestro Ministro de Hacienda, aquel que carece de indicadores de desempeño para un servicio público. ¿Cómo se forma un juicio sobre el presupuesto de la institución? Probablemente, ya que el servicio es de baja calidad, le llegan los rumores de desprestigio, es decir, artículos de prensa o los chismes acerca del deterioro del servicio de dicha institución. Con lo cual se le reducen aún más los deseos de dar recursos, lo cual refuerza las restricciones presupuestarias, lo cual lleva a los bajos sueldos, lo cual lleva a una baja moral y clima interno. A su vez, la baja moral laboral se ve reforzada por la confusión en la misión y visión

Page 11: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

11

institucional, y por la percepción de estar en una institución con bajo prestigio y mala calidad de servicio. Otro ingrediente frecuente en el mal clima interno es la desconfianza y antagonismo entre los viejos funcionarios que han visto pasar muchas generaciones de directivos, y esta nueva generación de directivos que intenta hacer los cambios. La frase más frecuentemente escuchada en los pasillos es: "quédate tranquilo y no hagas nada, que aquí no va a pasar nada ...como siempre".

La realidad de las organizaciones públicas, como siempre, desafía los modelos y teorías, y es más compleja y diversificada que este simple esquema. Hay organismos públicos y/o sin fines de lucro que son un modelo de eficacia, y los hay que sólo exhiben partes del círculo vicioso. Sin embargo, éste ha probado ser un buen punto de partida para los análisis institucionales, y ha contado con la entusiasta aceptación de un importante número de funcionarios públicos.

3.2. Las organizaciones innovadoras

Para concretar la organización “objetivo”, existen once elementos básicos que permiten ir desenredando la madeja de problemas recién expuesta. Estos elementos proporcionan, al mismo tiempo, una panorámica de los factores críticos que deben ser abordados en cualquier organismo público, incluyendo las agencias reguladoras.

a) Claridad de la misión institucional. La misión es la expresión de la razón de ser de una organización. Refleja las motivaciones o ideales de quienes la fundaron, el propósito por el cual existe. Una organización empresarial también requiere de un fin específico, y la búsqueda de la retribución al capital que la formó constituye el eje principal que guía las decisiones. Si esta empresa define una misión particular, ésta viene a ser una especificación de su fin más general. En el caso de una organización sin fines de lucro, cumplir su misión es lo único que podrá legitimarla ante sus usuarios, su personal y sus financiadores. Por tanto, la claridad con la cual se formule y se transmita interna y externamente es el elemento central en el re-equilibrio de una organización.

b) Visión clara sobre el futuro, los usuarios principales y los servicios. El otorgamiento de un servicio a la comunidad es parte integrante de la misión de las instituciones públicas. La especificación o la focalización respecto a quién se le presta el servicio es crucial a la hora de buscar mejorar sus grados de eficiencia, pues así se concentran los esfuerzos en hacer bien las cosas según lo espera el usuario principal. Por otra parte, redefinir claramente los servicios que se le prestan permite concentrarse en lo esencial. Esta visión debe proyectarse hacia el futuro de una manera nítida y comprensible para sus usuarios y su personal. Resulta muy difícil pedirle a los empleados de una organización que se motiven, si no tienen claro en qué dirección va su organización.

c) Metas explícitas y verificables a través de indicadores. No se puede mejorar sin medir. Parafraseando a Peter Drucker, precisamente porque no tienen balance financiero o “bottom line”, las instituciones sin fines de lucro requieren metas claras e indicadores que guíen su desempeño. Una organización empresarial siempre sabe si lo hace bien o mal: sus ventas a fin de mes lo atestiguan. En cambio, una organización pública no tiene mecanismos intrínsecos que se lo señalen. El establecimiento de metas con sus indicadores de cumplimiento dan una herramienta de gestión poderosa para orientar y controlar la gestión cotidiana y así mejorar sus servicios.

d) Liderazgo de los directivos superiores. Una de las particularidades frecuentes de la administración pública es la inamovilidad funcionaria. Esto hace que el liderazgo superior sea uno de los elementos cruciales del buen funcionamiento de la organización, más aún que en el caso de las empresas privadas. En efecto, en la cultura actual “las autoridades cambian, los funcionarios se quedan”, con lo cual las inercias de funcionamiento son mucho más difíciles de romper al intentar modernizaciones. El liderazgo de sus directivos superiores es imprescindible para generar la mística necesaria como para que las personas “se atrevan” a emprender cambios en sus comportamientos y rutinas de trabajo.

Page 12: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

12

e) Recursos humanos motivados. En consonancia con lo anterior, las personas son el alma de una organización y si ellas no están entusiasmadas con su trabajo, no tienen una visión de futuro, ni están motivadas hacia el logro de los objetivos organizacionales, uno de los pilares estará fallando. La participación es, en el sector público, uno de los anhelos más sentidos, tanto por las connotaciones de logro personal que tiene, como por la importancia social que se le atribuye a la participación y por la efectividad que tiene recibir aportes de quienes están en contacto diario con las dificultades de operación del sistema.

f) Claridad organizacional. En última instancia, sea a nivel individual o grupal, las organizaciones deben especificar una distribución de tareas y funciones para cada uno. Asimismo, requieren establecer mecanismos de coordinación y de control adecuados para el cumplimiento de su misión. En el paradigma organizacional anterior, esto se expresaba en los manuales de funciones, y hasta hoy, es una reivindicación de quienes se sienten agobiados por la falta de definiciones precisas de “lo que hay que hacer”. Actualmente, la visión de procesos organizacionales se ha ido imponiendo por sobre la división estrecha de funciones individuales, realzando la importancia de los roles de cada uno dentro de la organización, desde el punto de vista de agregarle valor al servicio que reciben los usuarios.

g) Procesos de trabajo ordenados y eficientes. El trabajo de una organización se descompone en innumerables procesos. Si focalizamos la atención en el usuario principal, el proceso que lleva a la producción del servicio que éste requiere será el principal. Muchas veces está escondido detrás de un conjunto de tareas que se han ido configurando según las personas que las desarrollaban o según instrucciones de alguien por motivos que probablemente ya no lo justifican... Es necesario revisarlos, ya que muchas operaciones, revisiones o controles podrán suprimirse para mejorar la eficiencia.

h) Información pertinente, confiable y oportuna. Parece obvio explicar la importancia de la información en estos días, y sin embargo, aún encontramos muchas instituciones públicas que no han percibido su importancia. Esto no equivale a la existencia de computadores, sino que alude a sistemas de información útiles al control de la gestión y a la toma de decisiones. Así como las metas y sus indicadores son uno de los elementos básicos del sistema, la información periódica - fidedigna, oportuna y priorizada - sobre la operación cotidiana va permitiendo definir acciones y corregir los rumbos.

i) Medios de trabajo. Aquí aludimos a sistemas informáticos de comunicación e información como un medio poderoso de ayuda al trabajo de las instituciones públicas. En particular, se observa que muchas veces son las personas la “memoria” de las instituciones. Si alguien falla, muchas operaciones se paralizan.

j) Un sistema presupuestario adecuado. En última instancia, el presupuesto de una institución define su quehacer, y también su que-no-hacer. Contar con un sistema ágil y flexible de asignación y ejecución presupuestal pasa entonces a constituirse en un elemento clave de la gestión, especialmente cuando el “pequeño vicio” de los funcionarios de los ministerios de hacienda de América Latina es controlar el ritmo del gasto público por la vía de poner cortapisas burocráticas al ejercicio presupuestal. Este es obviamente un buen propósito, ... y la peor de las soluciones. Los presupuestos deben estar ligados a prioridades estratégicas e indicadores de desempeño, no a “lo que te dimos el año pasado, y si no te lo gastaste te lo quito este año”.

k) Marco legal y normativo. El conjunto de reglas jurídicas que rigen las fronteras de las instituciones públicas es otro de los pilares clave de las organizaciones públicas y sin fines de lucro. En el derecho público, sólo se puede hacer lo que está señalado por la ley, en contraste con las instituciones privadas que no pueden hacer sólo lo que está prohibido por la ley. Muchas legislaciones y normativas específicas de las organizaciones públicas están obsoletas y las otras urgencias sociales hacen que llevar esos cambios al parlamento sea lento y engorroso. Sin embargo, dentro de los límites de esas

Page 13: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

13

normativas, existe aún bastante espacio para actuar en favor de la eficiencia y la productividad.

4. Estrategias para el cambio institucional y organizacional De acuerdo a las circunstancias específicas de cada reforma, los diversos países han seguido

estrategias diferentes que es pertinente mencionar y que deben ser consideradas al momento de emprender un proceso de cambio institucional y organizacional. Se plantean, en tal sentido, diversos criterios y sus correspondientes opciones de acción:

Estratégico: “limpia y lenta” vs. “sucia y rápida”. El primer enfoque plantea cambios incrementales de carácter gradual y basados en instrumentos legales; normalmente requiere un importante control de la situación por parte de los reformadores; el segundo, cuando se requieren cambios rápidos, profundos y operativos que a menudo pasan por encima de la legislación vigente. Otra manera de denominar estos enfoques es a partir de los conceptos de gradualismo o shock, respectivamente. Normalmente, las reformas de primera generación tienden a ser realizadas por el segundo método y, una vez se consideran suficientemente consolidadas, se continúa con el primero.

Operacional: institucionalizado vs. enclave. En este caso, ambas opciones pueden ser complementarias. La primera se refiere a la capacitación masiva del personal y al desarrollo de los sistemas a partir de las estructuras regulares de las organizaciones. La reforma se realiza creando acuerdos sucesivos que arrancan desde la base organizacional. En el segundo, se crea una unidad provisional, de alto nivel profesional, diferente a la organización, con el objetivo de gerenciar los cambios de manera más eficiente y eficaz. Una variante de los proyectos de enclave es el denominado “núcleo eficiente”, similar al anterior a excepción de que su misión es generalizar las mejoras al resto de la organización y, por tanto, debe estar dentro de ella. Los proyectos de enclave normalmente ignoran la organización o la eluden. Esta segunda opción y su variante está ligada normalmente a la cúpula organizacional u otras superiores, de donde proviene su mandato.

Procedimiento: técnica del “ping-pong”. La reforma de procesos y organizaciones complejas requiere muchas veces avanzar por aproximaciones sucesivas. Para ello, una forma de operar es lograr esferas de consenso cada vez más amplio, comenzando por la cúpula organizacional y abarcando progresivamente el resto de los niveles organizacionales hasta lograr la masa crítica suficiente para que el cambio prospere. Ésta puede ser considerada una estrategia de trabajo mediante la cual un “núcleo eficiente” simultáneamente genera y propaga las reformas en la organización. Opera comenzando por generar acuerdos básicos a nivel de un grupo clave, normalmente de dirección. Estos acuerdos son ampliados a un segundo nivel jerárquico, cuyos aportes y proposiciones son nuevamente discutidos en el grupo clave. De allí bajan a un tercer nivel jerárquico, donde se repite el procedimiento. El propósito es que la organización vaya diseñando e implementado los cambios de manera endógena; que sean sus cambios y no propuestas externas.

Focalización: políticas vs. organizaciones. El enfoque de políticas pone énfasis en los cambios de reglas de juego y de los procesos de decisión asociados, modificando las organizaciones sólo en aquellos ámbitos más vinculados a dichos procesos. El enfoque organizacional plantea el cambio a nivel de la estructura organizacional en su conjunto. El primero es más “rápido y sucio”, el segundo es “limpio y lento”. En general, este último se usa para procesos de ajuste ya avanzados, mientras el anterior es más útil en el inicio, cuando no hay mucho tiempo disponible y la legitimidad de los cambios aún es resistida. En el cuadro 1 siguiente se esquematizan ambos enfoques.

Cuadro 1

Enfoques para la reforma institucional Área Enfoque Organizacional Enfoque de Políticas

Unidad de análisis Organización (Ministerio, ...) Política Focalización Estructuras, funciones y procesos de la Procesos de política que cruzan

Page 14: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

14

organización diferentes instituciones Tiempos de maduración Largo plazo Corto y mediano plazo Cobertura Global Parcial Contexto institucional Estable, estructuras burocráticas Inestable, alto margen para el

componente político El énfasis en uno u otro enfoque depende de las circunstancias específicas de cada realidad. Lo

importante es tener claridad en las implicaciones respectivas. En ocasiones, la ausencia o insuficiencia en la redefinición de los procesos de política en términos de sus reales requerimientos institucionales hace inocuo el más lúcido planteamiento conceptual. A veces la tarea de reestructurar organizaciones (globalmente) queda trunca pues no están claros (o no hay consenso respecto de...) los objetivos y procesos para los cuales se requiere su rediseño.

Desde nuestra perspectiva, la política reguladora es un caso bastante explícito de un proceso altamente intensivo en requerimientos institucionales, ya que incorpora al sector judicial, ministerios e, incluso, al sector privado. En tal sentido, no basta con entender la lógica de funcionamiento de las respectivas agencias reguladoras, sino que es preciso considerarlas en función de los procesos de los cuales forman parte. 9 Se intentará proponer criterios para entender los temas reguladores como procesos que no están radicados en una u otra organización en particular, sino que normalmente cruzan diversas organizaciones estatales (y privadas), dependiendo del tipo de política que se considere.

5. El Estado y la regulación

La reforma del Estado y, en particular, la privatización, la externalización y la mayor autonomía de numerosos servicios antes manejados centralizadamente, ha puesto en el tapete de actualidad el tema de la regulación. Al principio se vinculó casi exclusivamente a procesos de liberalización financiera y privatización de servicios como telecomunicaciones, electricidad y agua. Posteriormente, el avance de las reformas ha ido poniendo cada vez más en evidencia la necesidad de generalizar el rol regulador del Estado a otros muchos ámbitos del quehacer económico y social, abarcando servicios tales como salud, medio ambiente, educación y justicia.

El Estado Regulador implica la hegemonía de la regulación como forma de gobierno. Ello implica que el gobierno abandona su carácter de productor y se concentra en un rol de generador y garante de las reglas de juego que la sociedad ha acordado como régimen de convivencia. El término regulador debe utilizarse como oposición al de productor, siempre y cuando la regulación no constituya simplemente una modalidad diferente para perpetuar el control estatal en la economía.

5.1. Aspectos conceptuales

El término regulación alude a un conjunto de prácticas y reglamentaciones mediante las cuales el gobierno modifica u orienta la conducta y/o la estructura de una industria o servicio público o privado con el objeto de: a) minimizar costos de transacción asociados a factores institucionales, y b) perfeccionar la eficiencia y la equidad de los mercados de acuerdo con el interés social. Aunque en la práctica puede considerarse como un sistema de incentivos (Vickers y Yarrow, 1989), la regulación

9 Las organizaciones realizan funciones y, en tal sentido, tradicionalmente se las evalúa a partir de un organigrama que agrupa las funciones. Sin embargo, más recientemente esta visión está tendiendo a privilegiar los procesos que realizan las organizaciones más que las estructuras que los sustentan. Análogamente al caso anterior, las empresas están compuestas por diversos procesos que cruzan a varias dependencias. Algunos son más estratégicos, otros son administrativos y otros de apoyo. Esta es la base de técnicas de modernización y reforma de empresas, como mejoramiento continuo y reingeniería de procesos. Esto, aplicado a los problemas regulativos, puede constituir una vía importante tanto a nivel de diagnóstico como del diseño y mejoramiento de los sistemas regulativos.

Page 15: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

15

difiere de las políticas de subsidio y/o tributación que afectan indirectamente la conducta de los agentes económicos.

En una primera aproximación, el motivo más reconocido para regular obedece a la percepción de que los mercados, la producción estatal y/o las políticas globales no resuelven adecuadamente determinados problemas económicos y/o sociales. Entre las imperfecciones del mercado, cabe destacar las más significativas:

• = Monopolio y oligopolio. El precio de mercado es superior a los costos marginales originando una producción por debajo del óptimo.

• = Externalidades. Actividades que producen distorsiones para las cuales no existe un precio adecuado.

• = Información deficiente y asimétrica sobre los efectos de productos y/o mercados. Fallos debido a una valoración errónea de los riesgos, efectos y daños de ciertos productos.

• = Prioridades sociales diferentes a la eficiencia productiva. La sociedad sacrifica objetivos de eficiencia económica para lograr objetivos de equidad social (p. ej. bienes “meritorios”).

De acuerdo a su ámbito de acción es posible identificar tres tipos de regulación (OECD, 1997): económica, social y administrativa. La regulación económica o de mercado supone el uso de la autoridad gubernamental para influir sobre los precios, la producción y las condiciones de los mercados. La regulación social implica el uso de la autoridad gubernamental para establecer normas y directrices orientadas a garantizar el acceso de toda la población a ciertos bienes y servicios, como la educación y la salud. La regulación administrativa alude a la acción del gobierno en materia de papeleo y formalidades administrativas orientadas al suministro de información para el control de la acción de los ciudadanos.10

Al introducir el concepto de costo de transacción en la definición misma de la regulación, se está indicando que así como existen fallos del mercado también pueden darse fallos del gobierno, a menudo inducidos por la propia regulación. Una regulación eficiente no puede significar un aumento de los costos de transacción que exceda los derivados de las imperfecciones del mercado. En todo caso, el Estado interviene cuando el mercado produce pérdidas de eficiencia social mayores que la pérdida originada por esta intervención, siendo esta última la suma del costo directo de regular más el costo indirecto por aumento de los costos de transacción en la economía.

La regulación asociada al modelo de economía abierta de las últimas décadas difiere de la vinculada al modelo de desarrollo hacia adentro, la que se orientaba más a controlar y restringir antes que a promover la actuación del sector privado y de los mercados. Por eso, previo al desarrollo de nuevos marcos reguladores, es fundamental llevar a cabo un proceso de desregulación que elimine las regulaciones anteriores (reforma de “primera generación”), expresadas, entre otras, en controles previos, permisos discrecionales, trámites engorrosos, barreras a la entrada y restricciones a la inversión.

La desregulación no es un proceso fácil. Organizaciones, mercados y agentes económicos que se han adaptado durante años a ciertas reglas de juego y muchas veces obtienen beneficios (privados) de la situación, no ven siempre con buenos ojos la aparición de una batería de reformas que amenaza sus intereses creados. La resistencia puede provenir de las propias empresas privadas, de empresas estatales, de agencias reguladoras asociadas al modelo anterior, o de grupos de presión asociados.

Por otra parte, no es suficiente desregular para que los mercados funcionen adecuadamente. Los mercados eficientes requieren reglas de juego que orienten la conducta de los agentes y organizaciones

10 Este estudio abarca principalmente las regulaciones económicas y, en menor medida, las sociales, refiriéndose a sectores tales como agua, banca, energía eléctrica, gas, telecomunicaciones y transporte. A estos sectores, clásicamente “regulados”, se agrega el de la salud en el ámbito de la regulación social.

Page 16: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

16

que hagan posible su desarrollo. Así, luego de desregular es preciso conformar un marco regulador basado en principios de eficiencia y equidad, compatible con el interés social.

El principio de la eficiencia alude a la regulación de monopolios naturales y las imperfecciones del mercado, asociadas a costos de transacción elevados cuya reducción requiere innovaciones institucionales, organizacionales y tecnológicas. Los costos de transacción están asociados a reglas y organizaciones que generan externalidades tales como el flujo de información asimétrico e insuficiente, la relación agente-principal, trámites engorrosos e inútiles, controles burocráticos, etc. Una externalidad especial son los bienes públicos, cuyo uso apropiado debe a menudo ser objeto de regulación.

El principio de la equidad está asociado a los denominados bienes “meritorios” como la educación y la salud. En este caso, las regulaciones deben garantizar no sólo el acceso a los servicios sino también la calidad de los mismos, sean estos suministrados privada o públicamente. El nuevo modelo de gestión emergente en estos sectores privilegia la gestión autónoma y la descentralización organizacional las que, al margen de su régimen de propiedad, deben ser objeto de algún tipo de regulación. La expresión de este fenómeno es el desarrollo de los denominados “cuasimercados” (CEPAL, 2000a, 2000b).

Un problema crítico a ser afrontado en el diseño de un sistema de regulación eficiente es la relación agente-principal asociada a dos factores críticos: la divergencia de intereses y la asimetría de información. Dos grupos de funcionarios públicos están involucrados en las actividades de regulación: los políticos y los burócratas. Así, el “ciclo regulador” está formado por los usuarios, las empresas (formadas por principales y ejecutivos) y los funcionarios públicos ya citados. En consecuencia, se presentan varios problemas de agente-principal: usuarios y sus representantes electos (políticos), entre estos y los administradores públicos de las agencias reguladoras, entre los administradores públicos y los ejecutivos de las empresas reguladas, entre estos últimos y los directorios de las empresas. Esto se puede ilustrar de la siguiente forma:

usuarios (votantes) gobierno (políticos) gobierno (regulador) empresa (directorio gerencia). Dada la divergencia de intereses y los problemas de información, esta combinación de factores

tiene una altísima probabilidad de generar estímulos contrarios a la eficiencia del sistema, resultando una cadena de efectos donde usualmente el eslabón más débil es el de los usuarios que, paradójicamente, constituyen supuestamente la razón de ser del sistema. Como se verá en el capítulo III, buena parte de los problemas de misión e inserción de las agencias reguladoras en el aparato público y su relación con los regulados están asociadas a estos factores.

La nueva regulación abarca diversos ámbitos. En un plano general, abarca la prevención de prácticas anti-competencia y fortalecimiento de la misma; la protección de los intereses de los consumidores; las fusiones y reestructuraciones; la entrada y salida de los mercados. En un plano más específico, incluye los mercados laborales, el mercado de la tierra, el medio ambiente y los monopolios naturales (telecomunicaciones, electricidad, agua, ferrocarriles, transporte aéreo, etc.).

5.2. Modelos de regulación

La institucionalidad reguladora puede ser concebida en dos planos complementarios, de acuerdo al rol desempeñado por las diversas organizaciones públicas:

• = El de las funciones normativas, es decir, las que se refieren a la discusión y decisiones en torno a la definición del bien común, del deber ser, y de los grandes valores y objetivos sociales y los modos de alcanzarlos y mantenerlos en vigencia. Estas abarcan el ámbito de la definición de políticas, normas e instrumentos de intervención pública. Normalmente son organismos generales del poder legislativo y/o agencias ministeriales.

Page 17: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

17

• = Las que se relacionan con la administración e implementación de los instrumentos de intervención pública, y con la fiscalización del cumplimiento de la normativa por parte de las diversas entidades públicas y/o privadas. Estas abarcan las agencias reguladoras y/o fiscalizadoras (como la Contraloría) y el poder judicial.

Esta distinción es importante ya que la legitimidad de la intervención requiere que los grados y formas que ésta toma sean definidos por entidades o agentes que tengan la autoridad social para hacerlo, dentro del sistema político vigente. Por ello, deben distinguirse las instituciones que claramente tienen la autoridad de definir políticas y tomar decisiones que modifican las reglas del juego, de aquellas que sólo tienen la autoridad delegada de ejecutar políticas preestablecidas y hacer cumplir las reglas del juego vigentes. La falla en distinguir nítidamente entre estas dos funciones puede conducir a discrecionalidad excesiva, potencial arbitrariedad y pérdida de legitimidad social de las organizaciones públicas.

De acuerdo a su ámbito de acción, las reglas y organizaciones reguladoras pueden ser concebidas en una perspectiva general, aplicable a diversos sectores y situaciones, o específica, afectando sectores y/o situaciones determinadas. El énfasis relativo en uno u otro aspecto permite configurar distintos modelos de regulación.

Las reglas • = La legislación general antitrust o pro-competencia alude a un conjunto de leyes y reglamentos

que se aplican a la mayoría de las actividades económicas y son diseñadas para prevenir conductas no competitivas. Dada la amplitud de su campo de aplicación, estas reglas tienden a ser de carácter más bien general, dejando un amplio espacio para la discrecionalidad de las autoridades reguladoras. Es posible identificar tres tipos de leyes antitrust: las que previenen la realización de acuerdos anti-competencia entre operadores, las que previenen contra las conductas monopólicas de operadores dominantes y las que reglamentan las fusiones y adquisiciones que puedan ejercer un impacto negativo sobre la competencia.

• = En adición a las leyes generales, muchos países definen una legislación específica para cada sector. Estas leyes son más específicas y detalladas, dejando menos discrecionalidad en manos de las autoridades reguladoras que en el caso anterior.

Las organizaciones • = En el ámbito de las organizaciones encargadas de interpretar, aplicar y hacer cumplir las

reglas descritas anteriormente, existen organizaciones pro-competencia/antimonopolio y agencias reguladoras. Las primeras tienen normalmente la misión de promover la competencia y controlar situaciones de monopolio en todos o en la mayoría de los sectores de la economía. Dada la diversidad de empresas situadas en la esfera de competencia de los organismos, su autoridad se ejerce caso por caso, a medida que se presentan situaciones que los ameritan. Entre sus responsabilidades pueden estar comprendidas: a) la iniciación de investigaciones ante conductas potencialmente monopólicas, b) la fiscalización de tales conductas, y c) la realización de juicios e imposición de sanciones.

• = Las segundas, agencias reguladoras, tienen competencias específicas a nivel de un sector específico, aunque en algunos casos también pueden tener jurisdicción sobre varios sectores, normalmente afines (por ejemplo, electricidad y gas, infraestructura…). A diferencia de las organizaciones antimonopolio, las agencias reguladoras tienen un mandato específico y operan sobre bases permanentes ejerciendo sus funciones sobre un universo explícito y predeterminado de empresas.

De acuerdo al predominio relativo de una u otra combinación reglas/organizaciones reguladoras, es posible tipificar dos modelos de regulación: la regulación por agencia y la regulación de proceso. En el primer caso, predominan las reglas específicas y las agencias reguladoras. En el segundo, la legislación general antimonopolio y los correspondientes organismos antimonopolio.

En un plano general, que puede presentar variantes a nivel de sectores específicos, los principales

Page 18: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

18

exponentes del primer tipo de arreglo son Inglaterra y Estados Unidos; en tanto el segundo está representado por Nueva Zelanda, que estructuró su sistema regulador a partir de la legislación antitrust, y Francia, este último especialmente en telecomunicaciones y agua (Corrales, 1998). Australia es un caso combinado que, por cierto, es lo más frecuente en los países latinoamericanos.

En el modelo de agencia, su eficiencia está ligada fuertemente a la de la agencia reguladora, derivada, entre otros aspectos, de la claridad de su misión y su mandato, la naturaleza de su inserción institucional, su organización interna, la calidad de sus sistemas de información y control, su independencia financiera y operacional. El principal problema potencial en este modelo es la posibilidad de captura del regulador por el regulado en el marco de la relación agente-principal con asimetrías de información, previamente mencionada.

En el modelo de procesos, existe una gran cantidad de contratos entre los agentes privados y entre estos y los organismos públicos, constituyendo sistemas de incentivos que deben ser coherentes tanto individual como colectivamente, además de que los mecanismos para estimular y fiscalizar el cumplimiento deben estar altamente desarrollados. Por ejemplo, un sistema judicial débil no sería compatible con este tipo de arreglo regulador. Por otra parte, también se requiere que existan empresas y mercados en cantidad y profundidad suficiente –respectivamente- como para que puedan operar los concursos y fluya la información (Corrales, 1998). II. Regulación y desarrollo institucional en América Latina

En este capítulo se presentan algunos rasgos del cambio en la institucionalidad reguladora sobre la base de los siguientes puntos: una visión de conjunto, una tipificación del ciclo económico y el rol regulador del Estado a nivel de sectores, y una evaluación del desarrollo institucional sectorial a partir de los modelos de regulación aplicados.

1. Países e institucionalidad reguladora: visión de conjunto

Después de dos décadas de cambios estructurales, la de los ochenta focalizada en estabilización y ajuste estructural y la de los noventa en el desarrollo institucional, las economías latinoamericanas han logrado avances significativos en el plano económico pero aún mantienen una brecha importante en el terreno social. Ello, desde nuestra perspectiva, guarda estrecha relación con las dificultades inherentes a la reforma institucional del Estado y, en particular, con el atraso relativo de las organizaciones públicas en relación con las nuevas reglas de juego formales definidas por la mayoría de los países.

Cuadro 2

Ranking regulador en América Latina (2000)* Argentina Brasil Chile Colombia México Perú Venezuela Autonomía 2,00 3,50 3,50 2,25 2,00 2,50 1,00 Credibilidad 2,00 3,20 4,00 2,89 2,20 3,00 1,00 Transparencia 2,00 3,50 3,50 3,00 2,00 3,25 1,00 Eficiencia 2,00 2,15 3,00 2,46 2,30 3,25 1,00 Promedio** 2,00 3,31 3,55 2,55 2,07 2,83 1,00

(*) 1 = el más bajo; 4 = el más alto. (**) Ponderaciones: autonomía, 50%; credibilidad, 20%; transparencia, 20%; eficiencia, 10%. Fuente: The Economist Intelligence Unit Limited.

Una de las reformas fundamentales es la regulación, asociada a los procesos de externalización y

privatización de servicios y empresas públicas. En los noventa, el valor de las privatizaciones, según la

Page 19: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

19

CEPAL, fue superior a los 150.000 millones de dólares11. Sin embargo, los sistemas de regulación aún deben ser mejorados, a juzgar por los resultados de una encuesta realizada por la revista The Economist entre inversionistas internacionales, que se presenta en el cuadro 2 para varios países latinoamericanos.

Aun entendiendo el carácter circunstancial y subjetivo de estos indicadores, llama la atención la distancia entre los dos países mejor evaluados (Chile y Brasil) con los de peor ubicación en el ranking, Colombia, Argentina y Venezuela, en particular este último país que aparece con el puntaje mínimo en la escala utilizada.

En un comienzo, los cambios en materia reguladora estuvieron asociados principalmente a la eliminación de restricciones y controles vinculados al modelo proteccionista. Posteriormente, la propia dinámica del proceso de liberalización fue marcando la necesidad de desarrollar nuevos mecanismos de regulación e incorporar progresivamente otros sectores a la regulación para garantizar la operación de los nuevos escenarios de economía de mercado. La liberalización permitió “reducir grasa” pero no generó automáticamente “músculo”, de manera que la acción estatal vuelve a ser prioritaria para fortalecer la institucionalidad del nuevo modelo de desarrollo.

Un buen ejemplo es la temprana liberalización (finales de los setenta), crisis y posterior regulación (inicio de los ochenta) del sector financiero en Chile, caso pionero que luego ha tenido numerosas “réplicas” en el resto de la región, las más recientes en Venezuela y Ecuador. En los sectores privatizados de infraestructura (telecomunicaciones, energía, transporte), la evolución de la regulación no fue tan crítica como en el sector financiero ya que se trataba de sectores clásicamente identificados como monopolios naturales y que siempre fueron objeto de alguna regulación. En los últimos años, mientras se consolidan los sistemas de regulación en los sectores financiero e infraestructura (en ningún caso exentos de conflicto), han aparecido nuevas necesidades de regulación en sectores que antes no eran considerados, como el medio ambiente, la salud, la educación, la seguridad social e incluso algunos ámbitos de la administración de justicia.

En general, las nuevas realidades de tecnología y mercado marcaron una pauta cualitativamente distinta para el desarrollo de la nueva regulación. Funcionarios públicos y empresas privadas han debido aprender a convivir con realidades diferentes a las anteriores; los unos, entendiendo que su rol ya no es controlar y restringir sino facilitar y promover; los otros, asumiendo riesgos y desafíos de productividad y competencia. Por ejemplo, las nuevas estructuras tecnológicas y económicas ya no ameritan una regulación basada únicamente en la fijación de precios y tarifas; otros aspectos, como la protección de los usuarios, la prevención de prácticas anti-competencia y los efectos ambientales, son ahora temas obligados de la agenda de los reguladores y, por tanto, de los regulados.

Esta vez la capacidad de innovación de los países ha sido puesta a prueba. En efecto, la nueva regulación no es la misma de los países desarrollados en los sesenta o setenta (Economic Report of the President, 1989), y ellos mismos están inmersos en procesos de aprendizaje y desarrollo de nuevos mecanismos y modelos de regulación que, aunque posiblemente más avanzados, aún no se han consolidado completamente. Así, las referencias a los casos de Nueva Zelanda, Inglaterra, EE.UU. y Francia son útiles pero no resuelven el problema. Más aún, en el ámbito de sectores como telecomunicaciones, electricidad y seguridad social, la experiencia chilena ha ido a veces más rápido que la de los países citados. Más recientemente, la regulación en salud plantea el desafío de la innovación con muy pocos referentes efectivamente exitosos y abundantes casos fallidos.

De acuerdo con lo planteado en este estudio, la interacción entre desarrollo institucional (reglas de juego más eficientes para la asignación de recursos y el bienestar social) y desarrollo organizacional (vinculado a la innovación de la gestión pública) es clave para entender la diversidad de situaciones de los países de la región. Todos ellos han hecho algún tipo de cambio en los dos ámbitos

11 CEPAL (2000a): Estudio Económico de América Latina y el Caribe, 1999-2000.

Page 20: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

20

señalados, con patrones comunes pero también con variaciones en su profundidad, avance y características, reflejando las realidades nacionales.

La figura 1 ilustra tentativamente algunas situaciones. Partiendo de dos ejes formados por Reglas y Organizaciones, se definen cuatro cuadrantes de acuerdo al desarrollo relativo expresado en cada eje. Se considera básicamente la situación en materia de institucionalidad y organizaciones en el ámbito de la regulación, aunque, como es de esperar, ésta difícilmente puede ser demasiado diferente a la del resto de la sociedad.

Page 21: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

21

Figura 1 Reglas vs. organizaciones reguladoras en América Latina

mo se puede observar, la tendencia es a que los países s

Como se puede observar, la tendencia es que tres países se ubican en el entorno del cuadrante I,

dos países están definitivamente en el cuadrante II, uno se ubica en el cuadrante III y cuatro están en situaciones diversas pero en el umbral del cuadrante IV12.

En Chile, el grado de desarrollo institucional al inicio de los cambios era mayor que en el resto de los países de la muestra. Desde la perspectiva de las reglas, el cambio de las políticas macroeconómicas, la desregulación y la nueva legislación fueron radicales, rápidos y permanentes; las reformas organizacionales comenzaron bastante antes que el resto de la región. Las características autoritarias del régimen político permitieron desarrollar una estrategia “rápida y sucia” hasta finales de los ochenta y mantener el rumbo estratégico pese a las dificultades. Luego de muchos años de eliminación de “grasa”, el advenimiento de la democracia en los noventa introdujo una estrategia

12 Conviene tener presente que no se está evaluando el grado de desarrollo institucional en general, sino la adaptación entre el desarrollo institucional y el cambio organizacional en el plano de la regulación.

II : Reglas más desarrolladas que organizaciones IIII : Ni reglas ni organizaciones suficientemente desarrolladas IIIIII: Organizaciones más desarrolladas que reglas IIVV: Reglas y organizaciones bastante desarrolladas

OOrrggaanniizzaacciioonneess

RReeggllaass

México

Chile

Bolivia Argentina

Brasil

Perú

Colombia Ecuador

II

IIII IIIIII

IIVV

Venezuela

Page 22: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

22

“gradual y limpia” orientada a desarrollar “músculo” en un ambiente de consenso respecto al nuevo modelo de desarrollo. En esta segunda etapa, los problemas de regulación han estado permanentemente en sitio importante de la agenda de gobierno, ya que la maduración de sectores como telecomunicaciones, electricidad, agua, gas y medio ambiente ha planteado situaciones no previstas inicialmente y en permanente evolución. En este contexto, cabe destacar que uno de los principales factores de resistencia al cambio radica en el alto grado relativo de desarrollo organizacional, ya que es difícil reorientar la misión de organismos públicos cuya eficiencia en la misión anterior era motivo de orgullo.

En Perú, el desarrollo institucional fue clave para el delineamiento de las políticas sectoriales y de regulación. El cambio en las reglas de juego, mucho más reciente que en el caso chileno, ha sido “rápido y sucio” y precedido de una situación de caos económico e institucional.13 La velocidad del cambio no hizo posible la adecuación de las organizaciones tradicionales, como si fue posible en Chile, creándose nuevos organismos con base en la estrategia del “núcleo eficiente”. La conformación del sistema regulador respondió a estas condicionantes. En efecto, el gobierno, luego de evaluar varias experiencias de éxito y fracaso, optó por crear estructuras reguladoras nuevas (legal y organizacionalmente) para garantizar un proceso de regulación diferente a los patrones tradicionales de operación del aparato público. Esto se traduce en un conjunto de organizaciones reguladoras profesionales, modernas y eficientes. La principal amenaza del sistema regulador proviene de la situación general del país que gatilló algunos cambios en materia de reglas de juego de la regulación. Por ejemplo, al establecer el libre nombramiento y remoción presidencial de los reguladores se limita la profesionalización del sistema, que antes establecía un nombramiento por tiempo determinado, concurso y aprobación por parte del poder legislativo.

En Bolivia, los últimos quince años han sido de intensos cambios en reglas y organizaciones. A diferencia de Chile, estos cambios se han realizado en su totalidad en un marco democrático, lo que no fue obstáculo para su profundidad. Desde la perspectiva estratégica, la situación fue similar a la de Perú ya que se crearon nuevas reglas y nuevas organizaciones en lugar de adaptar las existentes. Para ello se siguieron diversas estrategias, desde la creación de “núcleos eficientes” y estrategias de “shock” hasta realización de cambios más graduales gerenciados desde la propia administración pública. El sistema regulador adoptado es diferente al de los demás países y está compuesto por tres subsistemas: financiero, real (infraestructura), y ambiente y recursos naturales. Esta estructura es independiente, con rango de ministerio y “constituye un paralelo funcional a las dependencias ministeriales de la administración central” (Nogales, 2000). En general, la regulación ha estado estrechamente vinculada al proceso de incorporación de capital privado a la propiedad y gestión de actividades antes reservadas al gobierno (“capitalización”). El grado de adecuación reglas/organizaciones reguladoras es bastante aceptable, lo que está seguramente asociado a la alta y estable tasa de inversión extranjera de los últimos años. No obstante, se requieren tasas de inversión todavía más elevadas para resolver problemas económicos y sociales que aún persisten y que tienden a opacar la significación de los avances logrados en éstas y muchas otras materias.

En los casos de Brasil, Argentina y México, la envergadura de las economías y su consecuente

13Por ejemplo, en telecomunicaciones, “el tiempo de espera para obtener una línea telefónica a comienzos de los 90 era de 9,8 años (2,5 veces mayor que el de Venezuela, y casi 11 veces mayor que el de Chile por esa misma época). Aunque se carece de cifras confiables de ese tiempo, la calidad de servicio estaba claramente muy deteriorada. Las empresas no tenían recursos para mantenimiento, ya que había un permanente retraso de las tarifas telefónicas, en un ambiente de altísima inflación. La estructura de las tarifas, por lo demás, no obedecía a ningún criterio de costos, sino que eran orientadas por decisiones de naturaleza eminentemente política. Como en otros países, el desequilibrio de los ingresos era extremo: el servicio internacional generaba un alto porcentaje de los ingresos totales, lo que determinaba que alrededor de un 5 % de los usuarios generaba casi un 30 % del total de ingresos” (Melo, 1997).

Page 23: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

23

complejidad institucional y organizacional genera un rezago relativo en estas últimas que no logran avanzar al ritmo del cambio en las reglas. La adecuación organizacional es lenta y compleja, no obstante que en varios casos se han realizado audaces procesos de reingeniería, como en el caso argentino. Ello ha estado vinculado al mayor grado de avance relativo de algunos sectores, como el gas en Argentina y el petróleo en México. En el primero de los casos citados, el alto nivel de madurez de la industria privada del gas tiene como contraparte un sistema regulador bastante flexible y desarrollado, lo que puede ser extendido a todo el sector energético. Las legislaciones han sido bastante específicas en materia de regulación en los tres países, siguiendo patrones similares a los del resto de la región.

Colombia es el único país en el que las organizaciones reguladoras avanzan más rápido que las reglas, posiblemente por lo “frondoso” de la legislación tanto general como específica. Ante la complejidad y a veces retraso en la aprobación de leyes generales, los reguladores operan con base en numerosos decretos e instructivos que tienden a complicar el cuadro regulativo en un marco de discrecionalidad de facto del regulador. En los últimos años se ha tratado de reglamentar mejor los sistemas de regulación para dar garantías y estabilidad de reglas a los privados, pero aún queda mucho por avanzar. En el caso colombiano, la interrogante es si el grado de desarrollo de los mercados no amerita más bien un relajamiento de la regulación y hasta dónde las agencias reguladoras se han transformado en factores de control estatal y no de promoción de los mercados.

Ecuador y Venezuela son los países más rezagados en cuanto a la adecuación reglas/organizaciones reguladoras, aunque con algunas diferencias. En Ecuador, la legislación económica general y específica fue aprobada en el curso de la década de los noventa y es bastante clara, aunque algo “frondosa”. El problema ha estado en la puesta en práctica de la legislación pues se carece de las organizaciones adecuadas, en un ambiente de conflicto político e inter-regional permanente que ha puesto la corrupción como principal factor “gerencial”. Esto es crítico en el ámbito de la privatización y la regulación, donde no se ha logrado conformar un esquema satisfactorio, lo que se reflejó, hacia fines del noventa, en los sucesivos fracasos en el intento por privatizar la empresa de telecomunicaciones. En el ámbito financiero, los problemas de regulación tuvieron mucho que ver con la reciente crisis bancaria del país. A inicios del 2000, un conjunto de audaces medidas, entre las cuales destacan la dolarización y la privatización, parecen marcar una ruta más promisoria, liderada en el campo regulador por el fortalecimiento del organismo de supervisión bancaria. Se requerirán procesos análogos en el ámbito de los servicios en proceso de privatización.

Venezuela es un país pionero en el planteamiento de la necesidad de reformar el Estado. Sin embargo, también es el que menos resultados ha obtenido. Después de diversas comisiones de “reforma”, la gestión pública adolece de problemas institucionales y organizacionales que, en muchos casos, en lugar de mejorar han empeorado, si se mide desde la perspectiva de los servicios a la población. La regulación, al igual que en los otros países, asociada a la privatización se ha desarrollado sólo en el sector telecomunicaciones y con muchas dificultades derivadas de la debilidad y precariedad jurídica del ente regulador (Umérez, 2000). En el resto de los sectores, la institucionalidad y las organizaciones reguladoras son bastante dispersas y normalmente dependientes del gobierno central. A mediados de los noventa, una grave crisis financiera puso en evidencia las deficiencias del sistema de regulación de la banca y de las finanzas en general, por lo que se aprobaron nuevas leyes y esquemas organizacionales para la banca y el mercado de capitales. Más recientemente, se aprobaron varias leyes que intentan resolver problemas de regulación en sectores como gas, electricidad, telecomunicaciones, concesiones viales; y se discuten cambios en el ámbito de la salud y la seguridad social. Sin embargo, mientras no existan organizaciones reguladoras modernas, profesionales y efectivamente independientes, el cambio en las reglas de juego formales será insuficiente, por bien orientado e intencionado que sea.

La visión de conjunto planteada proporciona un panorama global pero deja de lado aspectos

Page 24: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

24

específicos de los sectores, que pueden ser útiles para comparar la evolución de los sistemas de regulación y/o explicar las razones de la adopción de uno u otro modelo de regulación. En el punto siguiente se propone una tipificación del ciclo económico de los sectores considerados, en el entendido de que no sólo hay diferencias entre sectores, sino al interior de cada sector según la etapa del ciclo en que se ubique.

2. Los sectores: regulación y ciclo de la industria

Como se ha dicho, la regulación es un componente fundamental de las nuevas funciones del Estado, abarcando múltiples actividades y asumiendo diversas formas. Para efectos de este estudio, las referencias a sectores abarcan los siguientes: servicios financieros (principalmente banca), servicios de infraestructura (telecomunicaciones, electricidad, gas y agua) y servicios sociales (básicamente salud).

El rol regulador del gobierno puede ser abordado a partir de la tipificación del ciclo de vida de las industrias consideradas en el estudio, dividido en cuatro fases: emergente, crecimiento, madurez y competencia. A medida que los mercados y la industria evolucionan, el negocio cambia y también la modalidad de intervención estatal.

En la fase emergente, la situación se caracteriza por mercados poco desarrollados, escasos inversionistas, limitada infraestructura y altos riesgos. El ambiente regulador es incierto y a menudo la industria está dominada por monopolios, casi siempre de propiedad estatal, que son los únicos dispuestos a asumir los riesgos. En esta fase es posible incluir sectores como la salud, en la medida que no exista un mercado desarrollado de servicios, sino una necesidad social cubierta por el Estado. En muchos países en vías de desarrollo esta era la situación de sectores como agua, telecomunicaciones, electricidad e incluso, banca, hasta los setenta y aun los ochenta.

A medida que la industria se desarrolla, pasa a la fase de crecimiento, que implica un mayor desarrollo de los mercados y la infraestructura, las regulaciones comienzan a clarificarse y nuevos inversionistas privados comienzan a participar principalmente en procesos de privatización incipientes. Las oportunidades de inversión se diversifican y los proyectos tienden a ser más rentables. El Estado reduce su condición de inversionista/productor y se concentra en ejercer un rol regulador, a veces sobre empresas públicas operando en los mercados. En los ochenta y los noventa, la mayoría de las industrias mencionadas en el párrafo precedente –exceptuadas la salud y el agua- se encontraban en esta situación en América Latina.

En la fase de madurez, la competencia se intensifica y las oportunidades de inversión son más complejas y difíciles. La privatización se hace extensiva y se desarrollan otras figuras de gestión privada como las concesiones. Los inversionistas de la fase anterior se han consolidado y, por tanto, se dificulta la aparición de nuevos proyectos. El Estado ya no invierte ni produce, sino que sólo regula. Esta fase corresponde a economías de países desarrollados y en algunas industrias específicas en países en vías de desarrollo, como es el caso del gas natural en Argentina y Chile.

Por último, en la fase de competencia, el grado de madurez del mercado es tal que permite su segmentación, los participantes clave ya están consolidados y la innovación de productos y procesos es la fuente principal de ventaja competitiva. Normalmente, el crecimiento es más lento y estable y la fuerte competencia hace bajar los márgenes de beneficio (la ganancia deriva más bien del volumen de las operaciones). El gobierno reduce las regulaciones manteniendo sólo aquellas relativas al ambiente y la protección del consumidor. Típicamente, mercados de economías más desarrolladas y dentro de éstas, países como Estados Unidos, Gran Bretaña y Nueva Zelanda. Queda exceptuado una vez más el caso de la salud.

Page 25: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

25

Figura 2 El ciclo de la industria

En las primeras fases, el gobierno es inversionista, productor y regulador, dado el propósito de estimular el desarrollo de la industria tanto estratégica como operacionalmente. A medida que el mercado se desarrolla (y se generalizan la información y la transparencia), el gobierno puede ir dejando actuar más al mercado. Las metas reguladoras del gobierno se desplazan del control de la conducta de las empresas (por ejemplo, fijación de tarifas) a objetivos más estratégicos como la ampliación de cobertura y el mejoramiento de la calidad de los servicios.

En su calidad de inversionista, el gobierno también ajusta su rol a medida que la industria evoluciona. Al principio, debe actuar como inversionista y productor directo. Posteriormente, puede limitar su intervención directa a una de las fases de la cadena productiva, actuar como accionista, sin intervenir en la gestión, o retirarse por completo, quedando sólo en el rol regulador.

En la medida que los mercados maduren y el gobierno no cambie su modalidad de intervención los costos de transacción, y también los de producción, se hacen insostenibles porque la combinación de regulación y empresas estatales resulta altamente ineficiente en relación con las necesidades y posibilidades del mercado. En algunos casos, como telecomunicaciones, la posibilidad de pasar a una fase de mayor madurez está asociada fuertemente a los desarrollos tecnológicos del sector que hacen posible introducir competencia donde antes no se podía. En otros, como la salud, la naturaleza misma del producto (bien “meritorio”) hace mucho más difícil la transición hacia fases de mayor competencia.

3. Modelo de regulación, institucionalidad y ciclo de la industria

Como se planteó anteriormente, el rol regulador del gobierno cambia de acuerdo a la fase del ciclo de cada industria. Aunque está claro que en América Latina la mayoría de las industrias se ubican en las fases I y II, existe una considerable variedad de situaciones según el sector/país que se considere, incluyendo la posibilidad de que el sector amerite algún determinado tipo de intervención y la política gubernamental haya adoptado otra. El rol de la innovación, en un sentido amplio (tecnológica, procesos, productos), es clave para explicar la situación de cada industria (sector) operando como factor acelerador o freno del cambio.

El sector de agua potable y saneamiento se ubica en el entorno de la fase I en casi todos los

Electricidad

Agua

Salud

Telecom

Fase I: Mercado pequeño o inexistente, pocos competidores, infraestructura limitada, regulación incipiente y mayor riesgo para las inversiones.

Fase II: Rápido desarrollo de la industria, aumenta el número de participantes, mejora la regulación y la infraestructura.

Fase III: Industria madura, crecimiento más lento, desregulación, privatización y segmentación del mercado. Fase IV: Mercado competitivo, márgenes en declinación, alta eficiencia.

Madurez

I

II

III IV

Inversionista y regulador

Declina rol inversionista

Prevalece mercado

Banca

Gas

Escala

Page 26: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

26

países. Si bien ha experimentado cambios en los sistemas de gestión y propiedad, lo cual afecta la modalidad reguladora, no hay factores tecnológicos que hayan influido decisivamente ni en la estructura de la industria ni en el contenido de la regulación. Por el contrario, las rigideces tecnológicas, que implican grandes volúmenes de inversión fija, han constituido factores de retraso de procesos de incorporación del capital privado y de nuevas modalidades reguladoras.

Sin embargo, países como Perú, Colombia y Argentina han desarrollado de manera importante agencias reguladoras como paso previo al proceso privatizador, el que se ha dado de manera más importante en el último. En otros casos, Venezuela y Ecuador, el sistema de regulación prácticamente es inexistente, no obstante que se han llevado a cabo procesos de desconcentración y descentralización organizacional acompañados en algunos casos por externalización de algunos servicios, tales como la función comercial, el mantenimiento y las cobranzas. El caso de Chile es digno de destacar. Este país ha privatizado ya cuatro empresas de agua, previo desarrollo de un sector integrado por varias operadoras estatales pero operando con criterios de gestión similares a las empresas privadas. Como resultado de la privatización se han recibido más de 1.500 millones de dólares, con participación activa del capital extranjero. Sin embargo, el órgano regulador ha ido quedando progresivamente rezagado, planteando una interrogante respecto a la dinámica del sector en el largo plazo. Esto lo ubica en la fase II pero con problemas de eficiencia en la regulación.

El sector bancario presenta un alto aunque variado grado de desarrollo relativo en todos los países, principalmente como resultado de la globalización de los flujos financieros. La variedad alude a que los servicios financieros prestados por la banca no están igualmente diversificados en todos los países, en consonancia con las realidades económicas. En general, la banca de países como Argentina, Brasil, México y Chile puede ser ubicada en la tercera fase de desarrollo. Otros, como los de Venezuela y Ecuador, recién están emergiendo de profundas crisis financieras lo que induciría a ubicarlos en fases anteriores.

La particularidad de la regulación bancaria es que, a medida que se diversifica el sector, cambia en su modalidad y naturaleza pero mantiene o intensifica su fuerza. La tendencia del mercado financiero es a que la competencia se produzca entre grandes organizaciones prestadoras de gran variedad de servicios, con barreras a la entrada por razones del volumen de inversión requerida y de la rentabilidad de los nuevos proyectos en un mercado ya consolidado. La calidad del organismo regulador y su fundamento legislativo son fundamentales para que el sector opere adecuadamente, aun en la fase de madurez. Para ello es preciso lograr una combinación de libertad para prestar todos los servicios posibles con una regulación orientada a evitar conductas monopólicas y/o ineficiencias que amenacen el patrimonio de los usuarios.

Los sectores electricidad y gas están estrechamente vinculados. Buena parte de la dinámica potencial del sector eléctrico depende de la posibilidad de abastecimiento de gas para plantas de “ciclo combinado”. Si bien el sector eléctrico es más antiguo y de mayores dimensiones relativas, la problemática de desarrollo del mercado es similar para ambos sectores: depende de la posibilidad de generar líneas de transmisión (gasoductos, en el caso del gas) e interconexión eficientes. En las últimas décadas, la separación de las diversas actividades permitió segmentar también los mercados, cuyo grado de competencia dependerá de la estabilidad y seguridad del abastecimiento de productos. La perspectiva de largo plazo es hacia una integración regional que permita diversificar y estabilizar la oferta. Los casos Argentina/Chile y Bolivia/Brasil muestran la pauta de dicho proceso.

El desarrollo de las agencias reguladoras responde al desarrollo de la industria. El mercado más maduro en el ámbito del gas es el de Argentina y el organismo regulador ha respondido a esta realidad, ya que regula de manera indirecta para garantizar la operación de un mercado bastante activo. Algo similar sucede en el caso chileno y, en menor escala, en Brasil. El resto de los países se ubica en las primeras fases del ciclo, con organismos reguladores con mayores exigencias de misión.

Page 27: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

27

En el ámbito eléctrico, la tecnología ha influido en términos de mayor eficiencia de los procesos de generación, transmisión y distribución, pero no en la transformación de la estructura de la industria. De hecho, ésta permanece inalterable aunque con mayor participación del sector privado.

En el sector telecomunicaciones, la dinámica del cambio ha significado la dislocación progresiva de casi todos los elementos que hasta hace poco constituyeron la base para considerar el sector como de carácter monopólico. Se ha modificado la estructura de la industria y del negocio. La digitalización creciente de las redes comunicacionales implica la posibilidad de ofrecer una amplia gama de servicios con bajos costos unitarios. Este fenómeno ha sido más evidente en Chile, donde la liberalización del mercado de las comunicaciones de larga distancia ha significado la entrada de unas ocho empresas con una baja de las tarifas promedio. La introducción de servicios integrados de telefonía, televisión y redes informáticas está abriendo una nueva brecha en los esquema monopólicos tradicionales. El mercado chileno se ubica claramente en el umbral de la madurez, aunque la velocidad del cambio hace que dicha situación pueda alterarse de manera permanente, manteniendo al mercado en la fase II en lo referente a elevados niveles de rentabilidad y nuevas oportunidades de inversión.

A nivel de la regulación, predomina el modelo de agencia; ellas han debido extremar esfuerzos para adaptarse al ritmo del cambio de los mercados y, en varios casos, mantienen regulaciones obsoletas e innecesarias mientras no están prestando atención a otras realidades como las derivadas, por ejemplo, del auge del “internet” para comercio electrónico.

En consecuencia, el cambio tecnológico acelerado no se traduce en menores necesidades reguladoras, sino en un cambio de sentido de las mismas, orientando actividades de regulación hacia temas asociados a la interconexión de redes, acceso de nuevos competidores, posibles economías de ámbito, contenidos comunicacionales y privacidad, posibles colusiones, calidad del servicio y protección de usuarios. La regulación se hace más fuerte pero cambia en contenido y forma.

Por último, el sector salud presenta características muy especiales tanto por su naturaleza como por la dinámica de su evolución. Desde la perspectiva de desarrollo del mercado, el sector debe ser ubicado en la fase I, ya que la figura de los “cuasimercados” aún no alcanza un nivel de diversificación tal como para realizar otro tipo de análisis. En general, la regulación como tal no existe, siendo sustituida por la propiedad y gestión estatal y, a lo sumo, por organismos estatales encargados de garantizar la calidad de los medicamentos desde la perspectiva de los usuarios.

El único país donde se ha alcanzado cierta diversificación es en Colombia, mediante subsidios a la demanda, transferencia de hospitales a la gestión privada y desarrollo de mecanismos de supervisión a partir de una superintendencia de salud. Las posibilidades del desarrollo de un verdadero mercado de servicios de salud depende de la efectiva separación de la gestión y la propiedad, de manera que quede claramente establecida la responsabilidad estatal por tratarse de un bien “meritorio” pero, al mismo tiempo, la posibilidad de que la gestión pueda ser privada en todos sus ámbitos. La gran sensibilidad del tema permite pensar que este será un proceso lento y difícil.

En general, el modelo de regulación adoptado en América Latina es mixto, combinando el de agencia con una presencia importante de organismos antimonopolio y su correspondiente legislación, con cierta independencia de la fase del ciclo de la industria. La combinación de ambos esquemas refleja en buena medida la complejidad de la situación y su transición hacia instituciones más decantadas y maduras. Un aspecto a reiterar es la necesidad de adecuar la regulación a la fase del ciclo, particularmente en sectores muy dinámicos como telecomunicaciones o incipientes como el del gas.

III. Regulación y desarrollo organizacional en América Latina

En el marco del modelo institucional de regulación predominante en cada país o sector, las características y la evolución de las agencias reguladoras responden a las peculiaridades de los procesos de innovación de la gestión pública y, en una perspectiva más general, de la conformación de las

Page 28: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

28

estructuras institucionales y económicas. Para fines expositivos se diferencian estructuras y procesos. Entre los factores que inciden en la conformación de las organizaciones cabe destacar los

siguientes, asociados a los marcos institucionales planteados en el capítulo anterior: • = Las políticas macroeconómicas de corto y mediano plazo, su claridad de objetivos e

instrumentos, y el consenso sociopolítico que las sustenta, constituyen un soporte fundamental para las organizaciones reguladoras. La presión sobre ellas será mucho mayor en la medida que las políticas sean inadecuadas o complejas, y, al contrario, una política estable y compartida debiera facilitar la estructuración del aparato regulador en la medida que proporciona señales claras y estables.

• = La tradición y consolidación de las instituciones también condiciona el tipo de estructura reguladora, aunque este factor rara vez es considerado de manera explícita al momento de diseñar dichas estructuras. Lo concreto es que muchas soluciones a los problemas reguladores se ven obstaculizadas, no por problemas de objetivos o concepción de la política, sino por la inercia e inadecuación de las estructuras organizativas. Desde otro ángulo, estructuras organizativas adecuadas a la realidad nacional y realmente capacitadas para cumplir las funciones exigidas tienden a facilitar, aunque no constituyen la única condición, la gestión de la política reguladora (BID, 1997).

• = Otro elemento condicionante es la naturaleza y el grado de desarrollo del sector o actividad, que determinan el tipo de intervención requerida, y por tanto, las organizaciones y procesos. Un sector más consolidado requerirá en general menos intervención reguladora que uno que recién inicia su desarrollo. Hay sectores cuya evolución es más rápida y otros cuya naturaleza misma equivale permanecer en fases iniciales del ciclo, como es el caso del sector salud y, en menor medida, del agua potable.

• = El factor tecnológico es fundamental en la posibilidad de que un determinado sector o actividad pueda avanzar a las fases de madurez del ciclo. El caso más emblemático es el de las telecomunicaciones que gracias al avance tecnológico han alcanzado niveles de competencia y maduración que han incidido en las características de la regulación requerida. Este factor, bajo modalidades e intensidad diversas, está presente en todos los sectores revisados.

Se consideran los siguientes aspectos, entendiendo que interesa el ángulo institucional y no el contenido mismo de la regulación (no se discute si uno u otro método regulador es mejor o peor sino cómo se inserta institucionalmente):

• = Objetivos de los entes reguladores, en términos de su "misión". • = Inserción del ente regulador en el aparato gubernamental. • = Mecanismos de financiamiento de la (o las) agencia(s) reguladora(s). • = Principales temas que constituyen la agenda del regulador y cómo se conforma ésta. • = Cómo se toman y cómo se implementan las decisiones en materia de regulación.

1. Agencias reguladoras

Aunque en la región predomina el modelo mixto basado en agencia reguladora más organismos generales antimonopolio y legislaciones específicas y globales, existen considerables variaciones de un sector/país a otro en cuanto a la existencia de una o varias agencias con responsabilidades reguladoras. Ello conduce a considerar como un aspecto relevante el grado de concentración o fragmentación de las responsabilidades reguladoras, que puede obedecer simplemente a una división de funciones para mejorar los resultados o constituir un síntoma de que el sistema no está debidamente conformado. El cuadro 3 anexo presenta una visión global de las agencias reguladoras y organismos afines en varios sectores y países latinoamericanos.

En la banca, la tendencia es a concentrar las principales funciones reguladoras en un organismo, normalmente denominado Superintendencia de Bancos, aunque los temas asociados a comportamientos monopólicos los maneja la respectiva organización antimonopolio como parte de sus funciones de

Page 29: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

29

protección de la competencia. Las agencias reguladoras del sector financiero han evolucionado en la medida que la liberalización financiera ha hecho necesario fortalecer los mecanismos de supervisión y control del sector. En Bolivia, la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (SBEF) fue creada en 1985 con la misión de establecer un sistema expedito para liquidar bancos privados que efectuaban operaciones ilícitas y la de los bancos estatales de fomento. Posteriormente, en 1993, se concentró más bien en asegurar la salud del sistema de intermediación financiera (Nogales, 2000). Otros organismos, como el Banco Central y el Ministerio de Finanzas, cumplen funciones de diseño estratégico y de políticas.14 En Chile, la Superintendencia fue fortalecida luego de la gran crisis financiera de 1982 y actualmente es el organismo básico del sistema de regulación del sector financiero.

En el sector agua tiende a predominar la fragmentación, fundamentalmente por temas complejos asociados con la asignación de derechos de agua, salud y medio ambiente. Esto es válido para todos los países de la muestra considerada e incluso en el caso venezolano las funciones reguladoras están tan fragmentadas que se hace imposible identificar una agencia reguladora. Esto, salvo que la coordinación entre organismos y el diseño del sistema sea muy acabado, genera importantes problemas de gestión reguladora.

La fragmentación tiende a ser menor en el caso de electricidad, gas y telecomunicaciones. En este último caso las exigencias técnicas para el órgano regulador hacen difícil la dispersión de funciones y atractiva la concentración de funciones, a veces excesivamente. En todos los países citados, la agencia reguladora de telecomunicaciones concentra la mayor parte de las funciones reguladoras, salvo las que tienen relación con conductas monopólicas que normalmente son responsabilidad de los organismos generales encargados del tema (Fiscalía Económica en Chile, Procompetencia en Venezuela, INDECOPI en Perú, etc.). En los otros dos sectores sucede algo similar, aunque el nivel de especialización es algo menor. En todos los casos, estas agencias reguladoras están combinadas con organismos antimonopolio cuya misión se orienta a cuestiones más generales.

Cuadro 3

Agencias reguladoras en América Latina Sector País Organismos reguladores Fragmentación

Banca Bolivia Superintendencia de Bancos, Banco Central, Ministerio de Hacienda. Baja Chile Superintendencia de Bancos, Banco Central, Ministerio de Hacienda. Baja Venezuela Superintendencia de Bancos, Banco Central, Ministerio de Finanzas. Baja Agua Chile Superintendencia de Servicios Sanitarios, Servicio de Salud Ambiental, Ministerio

de Economía, Dirección General de Aguas. Media

Perú Superintendencia de Servicios Sanitarios (SUNASS), Ministerio de la Presidencia, Municipios.

Media

Venezuela No hay regulador como tal. HIDROVEN, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Salud, Ministerio de Producción y Comercio.

Alta

Electricidad Chile Ministerio de Economía, Comisión Nacional de Energía (CNE), Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Media

Perú Ministerio de Energía y Minas, Consejo Nacional de Energía (CNE), Comisión de Tarifas Eléctricas (CTE), Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG), Instituto de Defensa de la Libre Competencia y la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI).

Media

Venezuela Ministerio de Energía y Minas, Comisión Nacional Reguladora de Electricidad (CEE), Fundación para el Desarrollo del Sector Eléctrico (FUNDELEC).

Media

Gas Argentina Ente Argentino del Gas (ENARGAS), Ministerio de Energía. Baja Chile Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), Comisión Nacional de

Energía. Baja

Colombia Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), Ministerio de Minas y Energía.

Baja

Perú OSINERG, CTE, Ministerio de Energía, INDECOPI. Baja

14 En los modelos anteriores, el Banco Central se encargaba de fijar las tasas de interés y el Ministerio de Hacienda a menudo determinaba las denominadas “carteras cautivas” para sectores preferenciales.

Page 30: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

30

Venezuela Ente Nacional del Gas (ENAGAS), Ministerio de Energía y Minas. Baja Telecom. Chile SUBTEL, Ministerio de Economía. Baja Bolivia Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE), Superintendencia Sectorial de

Telecomunicaciones. Baja

Perú OSIPTEL, MTC. Baja Venezuela CONATEL, Ministerio de Infraestructura. Baja Salud Chile Superintendencia de ISAPRES, Ministerio de Salud. Baja Colombia Superintendencia Nacional de Salud, Ministerio de Salud, Consejo Nacional de

Seguridad Social en Salud. Baja

Fuente: Leyes y organismos de los respectivos países. Las agencias reguladoras del sector salud tienen un menor grado de desarrollo debido

principalmente a que el proceso de participación privada y descentralización de gestión es incipiente en la mayoría de los países. En Chile, el desarrollo de un seguro privado de salud requirió la formación de la correspondiente agencia reguladora, la que controla principalmente aspectos financieros y gerenciales de las operadoras de salud privadas. En Colombia, desde 1993, la Superintendencia (creada en 1975) se ha encargado de la regulación de las Entidades Promotoras de Salud y las Administradoras del Régimen Subsidiado de Salud.

En general, la tendencia apunta a contar con un organismo regulador en torno al cual se articula un sistema de regulación que incluye organismos diferentes para temas específicos, como la fiscalización, y para temas más generales, como las conductas monopólicas y la protección de usuarios. La existencia de estabilidad y cierto grado de desarrollo institucional facilita la conformación del sistema a partir de las mismas organizaciones preexistentes, pero puede complicar la gestión en la medida que la nueva misión sea radicalmente diferente a la anterior. En países menos desarrollados institucionalmente, la tendencia es a concentrar las funciones reguladoras ya que la fragmentación introduce desorden y desestabiliza el sistema. En todo caso, un mayor grado inicial de concentración puede ser recomendable. A medida que el sistema se desarrolla se pueden ir descentralizando funciones para una mayor eficiencia operativa.

2. Elementos de Misión

La misión de los entes reguladores se puede definir a partir de tres interrogantes: ¿Por qué regular? ¿Qué regular? ¿Cómo regular? 2.1. ¿ Por qué regular?

El énfasis de la misión reguladora puede variar de país a país y sector a sector de acuerdo a cada situación específica: predominio de monopolios de propiedad estatal, monopolios con propiedad y gestión compartida entre el sector público y privado, monopolios de propiedad estatal pero gestión privada, mercados competitivos en manos privadas. Según cada caso o categoría, los objetivos de la regulación son distintos y con ellos el contenido, los métodos e instrumentos utilizados. En el recuadro 1 anexo se resumen los elementos de misión más frecuentes.

El cuadro 4 muestra el peso relativo de los diversos elementos de misión en los sistemas reguladores de cada país, incorporando como referencia algunos casos pertinentes de países desarrollados. Para resaltar los elementos de la misión no se explicitan los sectores.

En ninguno de los países se percibe una particular preocupación por dos aspectos que constituyen elementos clave de la actual estrategia de desarrollo: la protección de los usuarios y el estímulo a la innovación tecnológica.

Recuadro 1

¿Por qué regular?

• = Garantizar el acceso al servicio (universalidad) de todas las áreas geográficas y los sectores sociales. Este tema está presente prácticamente en todos los países latinoamericanos. En otros, como EE.UU. e Inglaterra, se considera la

Page 31: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

31

fijación de tarifas base para garantizar el acceso de sectores de menores recursos. En el primer caso, lo importante es el acceso al servicio, es decir, se privilegia la oferta. En el segundo, lo más importante es que el servicio tenga un precio apropiado de acuerdo a objetivos sociales; es decir, se privilegia la demanda. En el segundo caso, el criterio subyacente es que la cobertura de oferta ya ha sido alcanzada.

• = Proteger los intereses de los usuarios y responder a sus consultas y reclamos. • = Supervisar las operaciones de monopolio público u otros operadores. En casos de monopolios o mercados poco

competitivos, el regulador debe supervisar la operación y la acción comercial de las empresas. Por ejemplo, mediante regulación de precios consistentes con la atracción de inversiones al sector y con la calidad deseada del servicio.

• = Garantizar las condiciones técnicas para una operación efectiva del servicio. Esto es más importante a medida que los procesos de privatización y apertura introducen mayor competitividad en los mercados. Por ejemplo, en el caso telecomunicaciones se especifican las condiciones técnicas y económicas para interconexión entre redes competidoras.

• = Estímulo a la innovación. El regulador debe crear el ambiente para el crecimiento y desarrollo del servicio. Por ejemplo, los celulares y las comunicaciones vía satélite en los casos de EE.UU., Inglaterra, México y Francia.

• = Modificación de la estructura de la industria. Por ejemplo, facilitando la entrada de nuevas empresas para fortalecer la competencia.

• = Garantizar reglas similares para todos los competidores. En procesos de fortalecimiento de la competencia, es preciso lograr un adecuado balance entre el estímulo a nuevas empresas y la equidad para todos los participantes, de manera que no se discrimine a los ya existentes.

• = Gerenciar los recursos comunes de manera efectiva y eficiente para todos. Por ejemplo, derechos de agua, espectro, líneas de transmisión, gasoductos, etc.

En el primer caso, el tema no se considera materia de regulación directa, sino como parte de

legislaciones específicas cuando ellas existen. El enfoque de la regulación apunta en la dirección de la supervisión de los operadores y del ordenamiento de los cambios en la estructura industrial. La relación con los usuarios está centrada en la cobertura del servicio, hecho particularmente relevante en el caso peruano y en la legislación venezolana. Es decir, el énfasis se coloca más en la cantidad que en la calidad, vista esta última como el grado de satisfacción promedio de los usuarios. Es, en definitiva, un enfoque regulador orientado a consolidar la oferta de los servicios en general.

Al comparar con los países desarrollados, se puede apreciar que en éstos la preocupación por la protección de los usuarios es más notoria. Al menos en parte, esto deriva de que los países desarrollados normalmente han resuelto el problema de cobertura y focalizan su atención en temas como el mejoramiento de los servicios y la innovación. Un caso extremo es el sector telecomunicaciones en Estados Unidos, donde buena parte del sistema regulador se articula desde la perspectiva del consumidor; es decir, con una clara orientación a la demanda.

El tema de la innovación aparece como requisito del cambio en la estructura industrial y de la necesidad de nuevas inversiones que ello involucra en todos los países considerados en los cuadros 3 y 4. Sin embargo, su tratamiento es distinto al caso del Reino Unido, por ejemplo, donde el sistema de regulación de tarifas y estímulos en telecomunicaciones, electricidad, gas y agua se orienta directamente a sostener y fortalecer el proceso innovador, como parte de las actividades ordinarias y regulares de las empresas operadoras.

Cuadro 4

Relevancia de los elementos de misión en diversos países Países

Garantizar Acceso al Servicio

Protección a los Usuarios

Cambio Estructura Industrial

Garantizar Reglas Generales e Iguales

Supervisión de Operadores

Estímulo a la Innovación

Garantizar Condiciones Técnicas de Operación

Bolivia *** * ** ** *** * *** Colombia *** ** ** * *** * *** Chile *** ** ** ** *** * *** Ecuador *** * ** * *** * *** Perú *** * ** ** *** * *** Venezuela *** * * * *** * *

Page 32: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

32

Francia ** ** * * *** ** *** N. Zelanda ** ** * *** * * ** Inglaterra *** ** *** ** *** *** *** EE.UU. *** *** *** *** *** *** ***

Fuente: Stark (1997), (2000a), (2000b), (2000c); Jaramillo (2000); Nogales (2000); Umérez (2000). Nomenclatura:

*** : Mucha importancia en la misión. ** : Importancia media en la misión. * : Escasa importancia en la misión.

En el sector telecomunicaciones, la alta tasa de innovación es un ingrediente activo del propio

proceso de cambio en las condiciones de competencia, propiedad y regulación del sector. Constituye, en un sentido amplio, la condición de entrada y permanencia en el mercado para cualquiera de las empresas consideradas. En tal sentido, un estímulo a la innovación tecnológica vía regulación sería redundante o, cuando menos, innecesario. En líneas generales, Perú, Colombia, Bolivia y Chile están mucho más preocupados por los problemas de interconexión y operación técnica del sistema que por la innovación propiamente tal, en todos los sectores de infraestructura estudiados.

En el caso de Venezuela, el carácter relativamente precario del sistema regulador lo convierte en un sistema de regulación de emergencias; principalmente en los períodos de cambio de tarifas. La legislación aprobada en los últimos años otorga mayor preponderancia a los mismos temas de los demás países, pero aún no ha entrado en operaciones. En telecomunicaciones, el término del monopolio de la telefonía básica pondrá en el tapete regulador el tema de las interconexiones. 2.2. ¿Qué se debe regular?

Esta pregunta alude a las funciones y atribuciones de las agencias reguladoras. Los principales aspectos considerados se listan en el recuadro 2. El énfasis en uno u otro aspecto dependerá de cada situación particular.

En mercados más competitivos y con muchos operadores, los reguladores tienen fuertes razones para involucrarse en temas tales como la interconexión de redes. Ello implica a menudo control de los precios y otras materias técnicas y operacionales. Cuando existen monopolios, se hace importante la regulación de los precios a los usuarios finales, pero el tema de las interconexiones no es de importancia, como también la supervisión detallada de aspectos técnicos es menos necesaria. En ámbitos donde aún se mantiene la propiedad estatal como elemento importante, la regulación cumple funciones de supervisión de operadores y está menos centrada en las relaciones entre éstos.

A veces, una agencia reguladora puede decidir no aplicar alguno de los elementos pese a tener el mandato legal. Ello ocurre, por lo general, porque se asume que la acción de las fuerzas del mercado hace innecesario aplicar dicho instrumental regulador (caso control de precios en mercados competitivos). Por ejemplo, en telecomunicaciones, la Federal Communications Commission (FCC) de Estados Unidos no fija los precios de larga distancia; en N. Zelanda no se controlan regularmente los precios a usuarios finales pero se limitan los incrementos de acuerdo con ciertos arreglos institucionales de tipo global.

Recuadro 2 ¿Qué se debe regular?

• = Autorizar a los operadores (licencias de operación). • = Establecer estándares técnicos y operacionales para los operadores y sus operaciones. • = Fijar estándares de calidad y monitorear la calidad del servicio. • = Regulación de precios. • = Establecer requisitos de publicación de estados financieros e informes públicos por los operadores. • = Determinar requisitos técnicos, financieros y administrativos de interconexión de redes, líneas de transmisión o

gasoductos.

Page 33: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

33

• = Aprobación de planes operativos y estratégicos. En todos los sectores, a medida que las estructuras de mercado se tornan más competitivas y

desarrolladas, las funciones de las agencias se vinculan más estrechamente a temas tales como la interconexión, la distribución de espacios y áreas de influencia y, finalmente, la supervisión de la calidad de los servicios. Así, en los sectores basados en redes se hace más notoria la necesidad de regular temas asociados con las interconexiones. En Chile, es cada vez más relevante el tema de los derechos de agua y aún es crucial el tema de las interconexiones en telecomunicaciones, electricidad y gas. Al igual que en otros países, en Bolivia, la regulación bancaria se ha ido sesgando cada vez más a proteger la calidad de los servicios, reflejando el mayor desarrollo del sector (ver figura 2).

El elemento común a todos los sistemas es la responsabilidad por la fijación de tarifas. Ello, sin embargo, puede variar de acuerdo a la situación de cada país o sector. En el caso venezolano, el tema tarifario es una materia que casi siempre termina siendo decidida a nivel del poder ejecutivo; los órganos reguladores cumplen un papel de apoyo técnico y asesor, pero sin capacidad directa de decisión. En Chile, la fijación de tarifas se realiza en varias instancias, incluyendo la posibilidad de que los estudios técnicos de base sean realizados por cuenta de los propios regulados. La industria de gas es un caso interesante pues los dos países de mayor desarrollo del mercado (Argentina y Chile) no fijan las tarifas sino que sólo las monitorean. En Chile, incluso no existe una agencia reguladora en sentido estricto sino que la supervisión es ejercida por la Comisión Nacional de Energía, la Comisión Nacional del Medio Ambiente y la Fiscalía Nacional Económica, que se preocupan respectivamente por las condiciones generales del sector, la interacción con el medio ambiente y la estructura de la industria.

En general, en los sectores de electricidad, gas y agua, el impacto ambiental es uno de los puntos considerados, aunque no está claro que exista un sistema de estímulos y sanciones realmente efectivo. La función más generalizada es dictar normas técnicas para la operación de las empresas y sobre la calidad de los servicios, esto último de especial relevancia en el sector agua. Sin embargo, pese a que existen tanto preocupación como legislación, ambos aspectos no se traducen automáticamente en una mayor operatividad del sistema, el cual está mediatizado por otros factores como las ya citadas orientaciones de política, la inserción y estructura institucional de los reguladores y el poder relativo de los regulados.

En tal sentido, la información del cuadro 5 permite extraer algunas conclusiones interesantes: i) a mayor estabilidad y desarrollo institucional, más simple es la asignación de funciones; no es casualidad que las asignaciones más “frondosas” sean las de Venezuela y Colombia, así como la de Chile en el caso del agua (sector que ha tenido problemas con el marco regulador); ii) en muchos casos se atribuye al ente regulador la potestad de otorgar licencias y concesiones que luego supervisa, convirtiéndose en juez y parte; iii) otro ámbito de confusión es la asignación de funciones en materia de protección de la competencia y antimonopolio, existiendo otros organismos cuyo mandato es específicamente el mismo; iv) el sector bancario es el más consolidado en materia reguladora, aunque, como es de esperar, no es el más sencillo de manejar; v) en algunos casos, como Perú, la legislación establecía una clara separación de funciones pero en el último año la legislación concentró labores de regulación y fiscalización en un solo organismo (OSINERG)15, coincidiendo con un período de inestabilidad política del país.

La “frondosidad” de funciones no sólo refleja menos madurez del sistema y, posiblemente, del sector, sino que dificulta la gestión reguladora pues, en general, los organismos serán más grandes y menos especializados para poder manejar funciones múltiples, muchas de las cuales son de mera rutina.

15 OSINERG: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, creado en 1996 como fiscalizador de los sectores electricidad e hidrocarburos (ver cuadro 3).

Page 34: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

34

Cuadro 5 Funciones de las agencias reguladoras

Sector País Funciones Banca Bolivia

Liquidación de bancos en problemas (intensiva hasta 1993, decreciente desde entonces). Control de entidades con base en capitales mínimos proporcionales a los activos de riesgo. Seguimiento y evaluación de colocaciones, créditos relacionados y riesgos.

Agua Chile Fijación de tarifas del servicio (MINECOM). Administrar legislación de los recursos hídricos. Otorgamiento de derechos de agua y de concesiones de servicios sanitarios (MOP). Establecer y supervisar cumplimiento de normas de calidad del agua potable y aguas servidas (MINSAL). Estudio, proposición y control de cumplimiento de normas técnicas sobre diseño, construcción y explotación de los servicios sanitarios. Cálculo y control de tarifas. Aplicación del régimen de concesiones. Control de residuos industriales sólidos. Aplicación de sanciones. Asesoría jurídica para interpretación de las normas (SSS).

Perú Proponer políticas y normas relativas a la prestación de los servicios de saneamiento. Venezuela No hay funciones reguladoras específicas. Electricidad Chile Fijar tarifas y fomentar desarrollo (MINECOM).

Otorgar concesiones, aplicar tarifas, control de calidad y propuestas legislativas (Sec. Fiscalización). Asesoría al gobierno en planificación estratégica (CNE).

Perú Velar por cumplimiento de concesiones (CNE). Fijación de tarifas (CTE).

Venezuela Proteger los derechos e intereses de los usuarios del servicio eléctrico. Promover la eficiencia, confiabilidad y seguridad en la prestación del servicio, y el uso eficiente y seguro de la electricidad. Velar que toda demanda de electricidad sea atendida. Garantizar el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los agentes del servicio eléctrico, otorgados por la Ley. Promover la competencia en la generación y en la comercialización de electricidad. Garantizar el libre acceso de terceros a los sistemas de transmisión y distribución.

Gas Argentina Control de calidad y tendencias monopólicas. Supervisión de precios.

Chile Control de calidad y de tendencias monopólicas. Supervisión de precios.

Colombia Promover la competencia y controlar monopolios. Proponer tarifas. Evaluar gestión de empresas de servicio público. Fijar normas de calidad. Resolver conflictos. Liquidación de empresas.

Perú Fijar tarifas. Seguimiento de la operación de la industria. Asesoría a las empresas y el gobierno.

Venezuela Promover y supervisar el desarrollo del transporte, distribución, almacenamiento y comercialización de gas. Evitar conductas monopólicas, discriminatorias y/o no competitivas. Determinar condiciones de calificación para el otorgamiento de permisos de transporte, distribución, almacenamiento y comercialización. Promover la industrialización del gas. Promover el desarrollo de un mercado secundario. Proponer tarifas justas de transporte y distribución, procurando el menor costo posible para el consumidor y una garantía de calidad. Velar por el libre acceso a los sistemas de transporte, almacenamiento y distribución de gas. Promover el uso eficiente y la aplicación de las mejores prácticas en la industria del gas, en su utilización como combustible o materia prima. Velar por los derechos y deberes de los sujetos de la industria del gas. Velar por el cumplimiento de las leyes nacionales y normas aplicables a la industria del gas. Asesorar a los diferentes sujetos de la industria del gas. Instruir expedientes a los infractores.

Page 35: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

35

Telecom. Chile Proponer política sectorial (SUBTEL), otorgar concesiones y licencias, administrar espectro radioeléctrico, tarifación, representación internacional, supervisión y control, y penalidades. Proponer política sectorial y penalidades (MINECOM). Intervención parcial en la tarifación (Com. Antimon.), supervisión y control, penalidades.

Bolivia Hacer cumplir leyes y normas. Promover competencia y eficiencia. Otorgar, modificar, renovar y caducar concesiones y licencias. Aprobar y publicar precios y tarifas. Procesar denuncias y reclamos. Aplicar sanciones. Proponer normas.

Perú Promover el desarrollo y la modernización de las telecomunicaciones mediante el crecimiento de la inversión privada. Fomentar y preservar la libre y leal competencia entre las empresas, cumpliendo los principios de no discriminación, equidad y neutralidad. Velar por la protección de los derechos de los usuarios. Promover la calidad y eficiencia de los servicios prestados a los usuarios. Velar por el establecimiento de un sistema de tarifas compatible con la competencia.

Venezuela Otorgar, revocar y suspender las habilitaciones administrativas y concesiones, salvo cuando ello corresponda al Ministro de Infraestructura. Inspeccionar y fiscalizar la instalación, operación y prestación de servicios. Homologar y certificar equipos de telecomunicaciones. Aprobar las Condiciones Generales de los contratos de servicios . Abrir, de oficio o a instancia de parte, sustanciar y decidir los procedimientos administrativos relativos a presuntas infracciones a la ley y los reglamentos, así como aplicar las sanciones previstas en la Ley e imponer los correctivos a que haya lugar. Dictar medidas preventivas, de oficio o a instancia de los interesados, en el curso de los procedimientos administrativos que se sigan ante ella, cuando así lo requiera el caso concreto. Evaluar y proponer la aprobación de las tarifas para los diferentes servicios. Vigilar, evaluar y divulgar el comportamiento de las variables del mercado. Coadyuvar en el fomento y la protección de la libre competencia en el sector. Actuar como árbitro en la solución de conflictos que se susciten entre los operadores.

Salud Colombia Inspección, vigilancia y control del cumplimiento de las normas por parte de organismos públicos y privados. Inspección, control y vigilancia de la Salud Pública.

Fuente: Stark (1997), (2000), (2000a), (2000b), (2000c); Jaramillo (2000); Nogales (2000); Umérez (2000); Melo (1997); Corrales (1996); Rudnick (1997). 2.3. ¿Cómo regular?

Aun si los objetivos son similares, el "estilo" de regulación puede variar de país a país. La opciones pueden ser vistas en términos de una combinación de los siguientes elementos:

• = Ejercicio permanente (rutinario) de control o acción sólo por excepción. • = Control directo o indirecto de la acción y resultados de los operadores. • = Criterios y procedimientos para control de tarifas y precios. Diversas combinaciones son posibles, por lo general asociadas al tipo de modelo dominante:

agencia, procesos o mixto. En Inglaterra no se controla rutinariamente los cargos por interconexión (telecomunicaciones y electricidad) a nuevos operadores, pero es posible hacerlo si éstos no llegan a acuerdo en sus negociaciones directas. En EE.UU., el mismo enfoque "por excepción" se aplica al mercado de celulares, pero se controla la telefonía regular.

A veces la regulación evoluciona de enfoques más directos a otros más indirectos. Por ejemplo, en Estados Unidos de Norteamérica la regulación de precios de los operadores ha evolucionado de un escrutinio de costos y planes de inversión, basado en la tasa de beneficio, a otro indirecto desarrollado en el enfoque de topes de precios (price-cap).

La regulación que se apoya en mecanismos indirectos y de excepción se conoce como regulación suave (light regulation). Sin embargo, no se verifica un movimiento general en dicha dirección; a veces se pueden dar cambios de orientación de acuerdo con circunstancias específicas. En otras palabras, no

Page 36: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

36

hay un enfoque de validez general. Los planteamientos anteriores configuran una manera de hacer las cosas, en términos de la

naturaleza, frecuencia y tipo de intervención. En los países analizados, se puede decir que el estilo está aún en proceso de conformación. Ello implica que se ha podido apreciar una mezcla de elementos que combina parte de las formas de intervención previas a la privatización, con las que se desprenden de los marcos reguladores ligados a dichos procesos.

Las diferencias pueden ser tipificadas de manera sucinta. Los nuevos esquemas tienden a privilegiar los controles por excepción y más indirectos; los antiguos remitían a controles rutinarios y directos. Las características específicas de la mezcla depende del sector y país de que se trate.

En este sentido, el grado de avance de la competencia y la tecnología son vitales. Por ejemplo, en telecomunicaciones, la regulación puede operar cada vez de manera más indirecta y menos rutinaria, en la medida en que la competencia y el desafío tecnológico ejercen un autocontrol progresivo sobre las actividades de las empresas.

En sectores como el agua, donde aún predomina la propiedad estatal y la oferta tiene una estructura más rígida, la regulación no ha internalizado totalmente los nuevos requisitos. Que lo haga dependerá de qué tanto se introduzca (en caso de ser posible) la competencia en el sector a nivel de la gestión, aun en el caso de mantenerse la propiedad pública. En todo caso, parecería que la naturaleza del sector impone ciertas restricciones que inducen una mayor recurrencia a los estilos tradicionales de regulación.

Por otra parte, el nivel de desarrollo de la institucionalidad y las reformas en los países introducen un sesgo marcado hacia uno u otro estilo. No es casualidad que donde se observa un mayor predominio del estilo tradicional sea en Venezuela. Es de esperar que a medida que sectores y países vayan consolidando sus modelos de desarrollo global y sectorial, el estilo de regulación tienda a ser progresivamente por excepción e indirecto, con las excepciones que cada caso amerite.

Chile y Argentina no controlan el precio del gas pero monitorean el mercado para prevenir desviaciones atípicas. Sin embargo, en general, la regulación latinoamericana tiende a ser aún directa y rutinaria, con tendencia a sofisticar los mecanismos de fijación tarifaria pero manteniendo funciones que sobrecargan la administración de la regulación de tareas repetitivas y burocráticas. Esto tiende a ser menor en países con instituciones y organizaciones más “nuevas” y radicalmente distintas, como Perú y Bolivia, presentándose con mayor frecuencia en los casos como Venezuela, en que no se aprecia una ruptura sustantiva con los mecanismos de regulación tradicional.

3. Inserción en el aparato público

Este punto alude a la forma en que la institucionalidad reguladora (agencia, comité o unidad funcional que toma decisiones en materias reguladoras) se inserta en la maquinaria gubernamental. Los distintos arreglos institucionales que definen la modalidad de inserción institucional de la agencia reguladora buscan dar respuesta a ciertas cuestiones básicas (Martin, 1998). La primera es el tema de la legitimidad que ampara sus decisiones. La segunda se refiere a un dilema actualmente en boga en diversos espacios de la política pública: discrecionalidad versus sujeción a reglas preestablecidas. La tercera cuestión corresponde al tema de la posible captura de la agencia reguladora, tanto por parte de las autoridades políticas como por los propios regulados. Esto puede ser visualizado desde tres perspectivas complementarias:

• = a partir del grado de independencia o autonomía que ostenta la agencia reguladora respecto de los principales poderes públicos y de los regulados,

• = considerando la fuente y mecanismo de financiamiento del ente regulador y, • = la distribución de responsabilidades entre el regulador y otras organizaciones

gubernamentales y/o privadas.

Page 37: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

37

3.1. El grado de independencia

La independencia o autonomía relativa del órgano regulador puede ser vista en tres dimensiones: i) autonomía respecto de los operadores, sean estos privados o públicos; ii) autonomía en relación con otros sectores (diferentes, pero vinculados a los operadores) con intereses relacionados (partidos, cámaras industriales, empresas, etc.); iii) de los ministerios y otras entidades afines en la toma de decisiones.

La experiencia internacional permite plantear al menos cinco opciones organizativas de la regulación, según el grado de autonomía de la agencia reguladora. En el cuadro 6 se presentan estas alternativas y se señalan las principales ventajas y desventajas de cada una de ellas.

La primera opción, agencia incorporada al ministerio del sector, es la más tradicional. En el ámbito de las telecomunicaciones, los ejemplos de este esquema son los aplicados en Francia, Japón y Alemania; en los casos de Francia y Alemania, los operadores estatales también reportan al mismo ministerio. En América Latina, cabe destacar el caso chileno, donde la agencia reguladora de telecomunicaciones (SUBTEL) es una subsecretaría del ministerio del sector, lo que no obsta para que el grado de autonomía sea muy superior al de otras agencias formalmente más independientes. La conclusión puede ser que la independencia no depende sólo ni principalmente de la figura jurídica adoptada, sino del contexto institucional, de las atribuciones efectivas del organismo, la calificación del personal y los recursos disponibles.

El caso de agencia semi-autónoma corresponde a una instancia reguladora con poderes delegados, pero con algunas decisiones sujetas a la revisión de comisiones o ministerios. A nivel internacional, este arreglo corresponde al órgano regulador de las telecomunicaciones en Canadá y a la OFTEL, su equivalente en el Reino Unido. Este parece ser el caso más frecuente en América Latina dado el nivel intermedio de desarrollo de los sistemas reguladores.

El más conocido ejemplo de una agencia reguladora totalmente autónoma corresponde a la FCC, Federal Communications Commission, de los Estados Unidos de Norteamérica. En América Latina, lo más cercano a este concepto son las Superintendencias de Bancos de Chile y Bolivia. En este último país se definieron tres subsistemas de regulación (finanzas, infraestructura y ambiente) con rango de ministerio, financiamiento propio y personal designado por período definido (Nogales, 2000). Ello confiere un alto grado de autonomía formal a los organismos.

Cuadro 6

Ventajas y desventajas de diversos arreglos institucionales de regulación Opción Organizacional Ventajas Desventajas

1. Agencia reguladora incorporada al ministerio del sector, pero separada de los operadores.

• = Bajo costo. • = Mayor coherencia con políticas macro y

sectoriales.

• = Menos objetividad. • = Riesgo de conflicto de intereses.

2. Agencia semi-autónoma. • = Consistencia y estabilidad de políticas en el tiempo.

• = Menos riesgo de conflicto de intereses. • = Independencia de lobbistas.

• = Alto costo.

3. Agencia reguladora totalmente autónoma.

• = Las mismas. • = Las mismas.

4. Unidad reguladora incluida dentro del operador

• = Simple y barato. • = Escasa objetividad.

5. Ausencia de agencia reguladora propiamente tal.

• = Favorece resolución autónoma de problemas.

• = Bajo costo.

• = Retraso en resolución de problemas. • = Incertidumbre inhibe entrada de

competidores Fuente: Stark (1997).

En algunos países con estructuras institucionales más débiles se ha optado por integrar la agencia

Page 38: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

38

reguladora dentro de la estructura organizativa del operador. Esta solución es claramente subóptima, pero responde a las posibilidades de algunos países: como ejemplos cabe citar a India y Kenya, entre otros países en desarrollo.

Por último, el caso de Nueva Zelanda es el más conocido de ausencia de una agencia reguladora propiamente dicha, con las funciones dispersas en organismos de carácter más general. Así, la Commerce Commission y el poder judicial intervienen en los casos de violación de las leyes de la competencia por parte de los operadores. En el ámbito de las telecomunicaciones, el Ministry of Consumer Affairs es el encargado de velar por la calidad de los servicios, y los precios y tarifas se fijan en el marco de los acuerdos generales.

En los países evaluados, la independencia del regulador es relativa. Ninguna agencia reguladora es autónoma al estilo inglés o norteamericano. Sin embargo, existen diferencias destacables de país a país e incluso entre los sectores.

La mayor independencia relativa se aprecia en Perú y Bolivia. En Chile, si bien una agencia está incorporada dentro del ministerio, la lógica institucional permite un grado importante de autonomía, lo que no es igual en el caso del agua y tampoco en el caso eléctrico, pese a que este sector cuenta con una comisión reguladora interministerial.

En Venezuela, la nueva legislación recientemente aprobada establece márgenes mayores de autonomía para las agencias reguladoras de telecomunicaciones, electricidad y gas, pero aún siguen estando fuertemente vinculadas a los ministerios respectivos, bien a través del financiamiento o mediante requisitos de aprobación de los presupuestos y otras normas operativas de los organismos. En el caso de las concesiones viales, la regulación venezolana estableció un sistema basado en las leyes generales que afectan el tema, dejando la regulación a potestad de las relaciones contractuales entre contratistas y contratantes que pueden ir desde el gobierno central hasta los municipios. Algo similar ocurre en Chile, pero la parte contratante es únicamente el Ministerio de Obras Públicas.

Como se dijo anteriormente, el modelo regulador latinoamericano es combinado, es decir incluye agencias reguladoras y organismos pro-competencia con legislaciones detalladas y generales. Ello da una importancia especial al tema de la inserción y la independencia del regulador. En tal sentido, la principal conclusión es que la independencia efectiva del regulador no está ligada tanto a su inserción formal (legal) como a su capacidad gerencial específica, incluyendo personal, financiamiento, mecanismos de evaluación y control del gobierno y estabilidad institucional. Es decir, depende más de su capacidad de gestión, aunque también es preciso reconocer que ésta no es independiente por completo del tipo de inserción formal.

3.2. Financiamiento de las agencias reguladoras

Más allá de su inserción formal en el aparato público, buena parte de la independencia efectiva del regulador está asociada a su financiamiento. Ambos aspectos están, por otra parte, bastante vinculados. Normalmente, cuanto más autónoma del gobierno es la agencia, también lo es la fuente de financiamiento.

En efecto, una agencia reguladora ubicada dentro de un ministerio se financia por lo general con fondos presupuestarios, salvo disposiciones específicas en sentido contrario. Ello establece, con mucha frecuencia, límites al volumen y la utilización de los recursos, redundando en remuneraciones poco competitivas, equipamiento deficiente y mayores posibilidades de “captura” del regulador. El menor costo puede traducirse, así, en un sacrificio considerable de la efectividad.

El extremo opuesto, de absoluta autonomía del regulador, implica también la independencia en materia financiera a través de la contribución mandatoria de los mismos operadores. En este caso, la calidad y efectividad tienden a verse incrementadas, aunque la posibilidad de “captura” no desaparece por completo. En países menos desarrollados, la autonomía total parece ser una aspiración más que una

Page 39: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

39

realidad, debido principalmente a la fragilidad del aparato político-institucional. Los sistemas de financiamiento mixto (presupuesto + contribución de los operadores) son los más

frecuentes, reflejando las preferencias y posibilidades de la gran mayoría de los países. Otras formas de financiamiento, aunque menos frecuentes, se basan en el cobro por los servicios prestados, básicamente a los operadores.

En este caso, las opciones varían desde un financiamiento presupuestario, con serio daño a las posibilidades de gestión (Venezuela), hasta el caso peruano, donde los regulados aportan el financiamiento (cuadro 7).

En las telecomunicaciones de Venezuela el financiamiento es presupuestario, pese a que el decreto de creación de CONATEL establece un mecanismo similar al peruano. Ello debido a que la unidad del tesoro y la debilidad legal del decreto en cuestión obligan a ingresar los recursos a la Tesorería, sin que haya legalidad para acreditar los ingresos al organismo regulador, salvo la asignación presupuestaria. Como resultado, éstos se han ido acumulando en las arcas fiscales y CONATEL es financiada con los mismos criterios del resto del ministerio, pasando a depender de los vaivenes de la política presupuestaria.

Cuadro 7

Fuentes de financiamiento del regulador Sectores / Países Chile Perú Bolivia Colombia Venezuela

Agua Presupuesto Operadores Operadores Presupuesto Presupuesto Banca Operadores Operadores Operadores Operadores Operadores Gas Presupuesto Operadores Presupuesto Mixto Presupuesto Electricidad Presupuesto Operadores Operadores Operadores Mixto Telecom. Mixto Operadores Operadores Operadores Mixto Salud Operadores NA NA Presupuesto NA

Fuente: Stark (1997), (2000a), (2000b), (2000c); Jaramillo (2000); Nogales (2000); Umérez (2000); Melo (1997); Corrales (1996); Rudnick (1997).

En Perú, el tema del financiamiento ha sido substantivamente resuelto, permitiendo avizorar un fortalecimiento del papel de los reguladores en todos los sectores estudiados. En efecto, el financiamiento ha sido establecido por la vía de aportes legales de los operadores. En los casos de telecomunicaciones y agua, los más desarrollados hasta el momento, ello ha permitido mejorar la condiciones de operación del regulador, principalmente en lo relativo a sueldos y salarios del personal. En Bolivia y Colombia también predomina el financiamiento proveniente de los operadores.

En Chile predomina el financiamiento vía presupuesto. Esta ha sido considerada una causal importante de los problemas del sistema regulador, aunque la situación presupuestaria más holgada que en los otros países y la estabilidad institucional del personal, neutraliza parcialmente la gravedad del hecho. Sin embargo, los datos indican que el personal de los organismos reguladores posee regímenes salariales que en nada se parecen a los imperantes en las empresas reguladas. Esto no sólo debilita la posición del regulador, sino que introduce previsibles posibilidades de captura.

3.3. Relación con otras organizaciones públicas

Las relaciones clave se establecen con el ministerio del ramo o su equivalente; con los operadores, sean éstos públicos o privados; con la agencia responsable de las políticas pro-competencia y/o antimonopolio (cuando ésta existe); con el sistema judicial. Del mismo modo, se establecen relaciones importantes con los ministerios de finanzas y economía y el poder legislativo. En lo que sigue se plantean algunos aspectos de la delimitación de responsabilidades y derechos recíprocos de las agencias reguladoras respecto de cada uno de estos organismos.

i) Con los operadores

Page 40: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

40

El carácter y estilo de la regulación está muy asociado a la propiedad estatal de los operadores. Una de las hipótesis de trabajo del proyecto propuso la necesidad de regulación aun en los casos de monopolios estatales. Ello implica, por otra parte, la conveniencia de separar las funciones reguladoras de las de operación (más genéricamente esto deriva de la separación entre propiedad y gestión). En Francia y Alemania, la propiedad estatal es combinada con la separación de las funciones de regulación, facilitando y ganando en objetividad el control operacional y estratégico. Esto permite, además, incorporar operadores privados sin mayores problemas en materia de subjetividad y conflicto de intereses.

En países de menor desarrollo relativo, como México y Argentina, la privatización de operadores en telecomunicaciones y electricidad requirió un fortalecimiento radical de las funciones reguladoras, las cuales no habían sido ejercidas apropiadamente en el marco de la propiedad estatal. Es más, muchos de los problemas asociados a los procesos privatizadores en esos países parecen estar vinculados a carencias en materia reguladora.

ii) Con los organismos ministeriales Cuando el órgano regulador es una agencia semi-autónoma (como en Inglaterra), la relación entre

el regulador y el ministerio es bastante compleja. En los casos de mayor autonomía (EE.UU.), el ministerio se limita a emitir opiniones y/o asesorar al regulador en materias pertinentes. Sin embargo, ello no es particularmente diferente de la opinión o asesoría que pudiera suministrar cualquier otro agente interesado.

iii) Con el poder judicial En varios países, el poder judicial tiene una importante participación en los asuntos reguladores,

bien sea a través de fallos jurídicos ante problemas específicos (Nueva Zelanda y EE.UU.) o estableciendo cuestiones jurisdiccionales entre diferentes instancias reguladoras (casos de EE.UU. y Canadá, donde existen instancias reguladoras a nivel de estados y provincias).

Otro importante rol del poder judicial es garantizar el cumplimiento de las leyes de pro-competencia y antimonopolio. Esto ha sido muy importante en EE.UU. y Nueva Zelanda. En EE.UU., las cortes distritales establecieron diversos mecanismos de control al dividirse las empresas regionales originadas por la división de la AT&T (“Baby Bells”). Incluso en esquemas de gran autonomía del regulador (FCC en EE.UU.), el poder judicial permite armonizar decisiones entre diversas ramas del gobierno a través de decisiones de índole judicial.

iv) Con los órganos pro-competencia y antimonopolio El rol de las agencias encargadas de promover la competencia en materias reguladoras ha sido

importante, aunque muchas veces sus atribuciones no son utilizadas sino que su sola existencia contribuye a mejorar la efectividad de las agencias reguladoras. En Inglaterra, la combinación de la OFTEL con la MMC (Monopolies and Mergers Commission) fue importante para la efectividad de la primera. Por ejemplo, a través de la acción combinada de ambos organismos, la OFTEL pudo hacer más rigurosa la fijación de precios para la BT Company, con base en el sistema “price-cap”.

Es posible, incluso, que la excesiva recurrencia a decisiones judiciales desemboque en procesos complejos y largos. En particular, cuando el estímulo a la competencia y la privatización aún no se reflejan en los marcos jurídicos, sino que operan por vías de excepción o de hecho. En estos casos, el instrumento judicial puede favorecer la dilación, e incluso, el retroceso y cuestionamiento de los procesos mismos. Ello ha ocurrido en Chile, donde los procesos judiciales en materia de telecomunicaciones han retrasado la solución de importantes problemas reguladores.

v) Con los ministerios de finanzas y economía Estos organismos pueden contribuir decisivamente al desarrollo de cuerpos legislativos y

políticas para el desarrollo de las estructuras de mercado. En México e Inglaterra fueron fundamentales para la estrategia de privatización. En Japón, el MITI fue factor clave para la privatización del principal

Page 41: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

41

operador en telecomunicaciones. De otra parte, la privatización implica a menudo un fortalecimiento de las corrientes de comercio tanto internas como internacionales, planteando nuevos desafíos en el ámbito de las políticas comerciales que deben reflejar los nuevos esquemas y ser compatibles con los marcos reguladores emergentes.

vi) Con el poder legislativo El poder legislativo contribuye al diseño de las reglas de juego para las industrias y los agentes

reguladores. A menudo es necesaria la ratificación del poder legislativo para las grandes decisiones en materias de privatización y regulación. Ello incluye la compatibilización de las legislaciones entre los diversos países de manera que no se obstaculice el proceso de globalización por divergencias de tipo legal específicas de cada país y susceptibles de ser armonizadas.

Los órganos legislativos son también un importante foro para la discusión de los temas asociados a la regulación y privatización. Ellos permiten poner en evidencia las posiciones, las diferencias y las perspectivas de los procesos. Sin embargo, en no pocas ocasiones, estos mismos foros han conducido a dilaciones y cuestionamientos que han introducido costos y desconfianza en los procesos de privatización y regulación. En particular, si no están suficiente y debidamente delimitadas las esferas de influencia y responsabilidad de los poderes públicos, ello puede significar la parálisis de los procesos aludidos por influencia del foro legislativo.

En Venezuela, durante años el problema central fue la relación con el poder legislativo, cuyo poder se refleja en la tardanza y arbitrariedad para aprobar las leyes. De hecho, al ser disuelto el Congreso Bicameral como resultado de la nueva Constitución, se aprobaron varias leyes que habían estado trabadas durante años. El caso más representativo es la Ley de Telecomunicaciones, discutida por más de diez años y aprobada recién en el 2000. Hasta ese momento el órgano regulador CONATEL había estado regido por decreto, con la consiguiente precariedad jurídica. Por otra parte, los operadores públicos no son objeto de regulación, a diferencia de los otros países. Esto indica una situación diferencial, poco homogénea y de menor transparencia no sólo en la regulación, sino también en la operación económica de los sectores en lo relativo al estímulo a la eficiencia en la asignación y el uso de los recursos.

En Perú, el regulador tiene mayor poder relativo para tomar decisiones pero aún no están del todo establecidas las relaciones con los respectivos ministerios sectoriales; esto se refleja en el hecho de que, tanto en agua como en telecomunicaciones, los órganos reguladores están adscritos al Ministerio de la Presidencia.

En Chile, los aspectos clave son las relaciones con los operadores y con el poder judicial. Dichas relaciones no son fáciles y muy a menudo retardan el proceso de toma de decisiones, perjudicando no sólo a operadores y gobierno, sino también a los usuarios de los servicios. Más recientemente, algunos proyectos de infraestructura han encontrado problemas para su aprobación por problemas ambientales defendidos por las propias comunidades afectadas. En el caso de las crisis del agua y la electricidad se dieron evidentes fallas en la supervisión por parte de los reguladores, las cuales fueron evidentes cuando un problema de sequía puso en el tapete público el atraso de inversiones que debieron haber sido efectuadas por los operadores.

En Bolivia, la inserción institucional del sistema regulador es bastante transparente pues se trata de tres subsistemas autónomos de los cuales dependen las superintendencias sectoriales. El término usado para designar la autonomía de los organismos reguladores es el de “autarquía”. Los tres subsistemas son el SIRESE (Infraestructura), el SIREFI (Sector Financiero) y el SIRENARE (Recursos Naturales y Ambiente). Cada uno de estos subsistemas está adscrito al ministerio del ramo pero principalmente para fines de coordinación interinstitucional y estatal (Nogales, 2000). Con el poder legislativo, la relación remite a la proposición de candidatos al cargo de Superintendente, aprobación del presupuesto anual y convocatoria para participar en las comisiones fiscalizadoras del Congreso. Con

Page 42: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

42

el poder judicial, la relación se da cuando exista acusación contra el Superintendente o procesos ordinarios y administrativos llevados adelante por el organismo.

4. Las agencias reguladoras: dinámica de los procesos16

Hasta ahora se han analizado las distintas opciones y condicionantes que inciden en el diseño de la estructura reguladora. Corresponde examinar a continuación algunos elementos que hacen a su dinámica. Vale destacar desde un inicio que estos comentarios serán más sucintos y preliminares, dado que la experiencia acumulada en la región es todavía escasa. Precisamente, uno de los problemas comunes a todos los sistemas reguladores latinoamericanos es la escasa estructuración de los procesos “de negocio” que vinculan las decisiones de los reguladores con los operadores, los usuarios de los servicios, las otras autoridades y el resto de la estructura organizacional del sector.

Es posible, sin embargo, plantear algunos tópicos que van adquiriendo importancia creciente. El primer aspecto a considerar es cómo se genera la agenda del regulador; posteriormente, a través de qué mecanismos se da cuenta pública de sus temas y de su resolución; y por último, los procedimientos utilizados en el proceso de toma de decisiones.

4.1. La agenda del regulador

El primer paso es evaluar los mecanismos a través de los cuales se establecen e informan al público las prioridades (la “agenda”) en materia de regulación. Se plantean ocho fuentes no excluyentes entre sí, pero claramente diferenciables en el proceso de gestación de las agendas (temas a considerar) de los reguladores: poder legislativo, iniciativas de los propios reguladores, revisiones periódicas, iniciativas del ejecutivo, acuerdos internacionales, iniciativas de grupos de interés, comités asesores y poder judicial (ver cuadro 8).

i) Poder legislativo La legislación para establecer los marcos reguladores y los organismos reguladores no sólo

establece reglas y objetivos generales; muchas veces introduce también temas más específicos como los precios y los mecanismos para su cálculo y fijación por parte del regulador. Algunos instrumentos legislativos establecen procedimientos acotados en el tiempo o referidos a materias y circunstancias específicas.

Lo deseable, según la experiencia, es que la legislación establezca reglas y criterios globales, dejando a los órganos reguladores la selección de los medios para alcanzar los objetivos y resolver problemas específicos. Demasiada especificidad por la vía legal puede impedir a los reguladores una rápida adaptación a cambios tecnológicos y/o de mercado que difícilmente los legisladores pueden prever a priori. Ello es particularmente relevante en el ámbito comunicacional, pero también en otros sectores.

El punto precedente puede remitir a una vieja discusión de política económica: reglas vs. discrecionalidad. Al respecto, conviene considerar el grado de desarrollo institucional y político de cada país. En presencia de instituciones y organizaciones públicas débiles, es posible que sea preferible hacer reposar la mayoría de las cuestiones reguladoras en el ámbito de la ley. De esta manera se evitan situaciones indeseadas, derivadas de la debilidad de las organizaciones reguladoras y de los encargados de su gestión (p. ej. arbitrariedades por desconocimiento, “captura” del regulador, perjuicios a los usuarios por tarifas deficientes, etc.). No es lo mejor, pero es un “second best” ante instituciones débiles y cuyo fortalecimiento puede tomar tiempo. Esta es una importante diferencia entre los procesos

16 En este punto, un análisis más exhaustivo requeriría un trabajo de campo que no ha sido realizado sino parcialmente para los países latinoamericanos que se señalan. Los ejemplos internacionales, salvo indicación en contrario, se refieren al sector telecomunicaciones y, en algunos casos, electricidad y agua.

Page 43: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

43

reguladores de los países más desarrollados y los menos desarrollados. ii) Iniciativas de los reguladores Prácticamente todos los órganos reguladores tienen la potestad de iniciar acciones o proponer

iniciativas que consideren importantes. Sin embargo, el grado de énfasis otorgado a estas iniciativas internas en relación con las provenientes de fuera del organismo puede variar de país a país. Generalmente, los reguladores ejercen el derecho de agregar ítems a la agenda, pero lo más relevante es cuando tienen además el poder para removerlos. En estas ocasiones, ellos pueden -de hecho- determinar la agenda de regulación.

iii) Revisiones periódicas En algunos países, el regulador es requerido por la ley para realizar cada cierto tiempo una

revisión de los precios de los operadores, del cumplimiento de objetivos y metas acordados, del mejoramiento del servicio, entre otras materias. También es posible, alternativamente, que el propio regulador incorpore dichas revisiones a su agenda como compromiso de gestión. Como ejemplo, están los casos de México y España en el ámbito de las telecomunicaciones.

iv) Iniciativas del poder ejecutivo Cuando la legislación lo permite, las instrucciones del ejecutivo constituyen un elemento mayor

en la conformación de la agenda y del proceso regulador en su conjunto. Esto no es posible cuando las agencias reguladoras son “autónomas” o “semi-autónomas”, como en Australia, Argentina, Canadá, Inglaterra y Estados Unidos. En estos casos, los ministros no pueden dar órdenes, pudiendo no obstante ejercer una importante influencia en las decisiones como resultado de su peso político.

v) Acuerdos internacionales El regulador puede tener la misión de implementar políticas definidas en el marco de acuerdos

internacionales de carácter bilateral o multilateral (caso Comunidad Económica Europea). Esto es cada vez más frecuente e importante en el marco de los procesos de globalización y apertura que predominan actualmente a nivel mundial.

vi) Iniciativas de grupos de interés Estos grupos pueden estar representados por los mismos operadores, los usuarios, el sector

empresarial y/o otras agencias gubernamentales. Las iniciativas pueden ser de índole y naturaleza diversa: solicitud de licencias para iniciar o ampliar operaciones, permisos de interconexión, proposiciones para resolución de conflictos, etc. La modalidad y eficacia con que el regulador incorpore estos temas en la agenda reguladora dependerá de distintos factores, entre los cuales cabe mencionar la estructura organizacional (grado de autonomía del regulador) de la regulación, la existencia de canales regulares para consideración de las iniciativas, y la fortaleza de las instituciones reguladoras en general.

vii) Comités asesores Muchas agencias de regulación son asesoradas por comités formados por académicos, expertos y

empresarios. En países como Japón y Alemania, estos comités juegan un rol importante en la identificación de los temas de la agenda reguladora.

Cuadro 8

Principales fuentes de la agenda del regulador País Legislación Poder

ejecutivo Iniciativas externas

Iniciativa del regulador

Revisiones periódicas

Otros

Bolivia (B) Sí Sí Sí Chile (T,E,A) Sí Sí A veces A veces A veces Colombia (E,G) Sí Sí Sí Sí Perú (E,G) No. Excepto

leyes generales. Sí No Sí No

Venezuela (T,E,A)

No Sí Empresas Sí No

Page 44: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

44

Francia (T, A) No. Excepto leyes generales y directrices de

la CEE.

Sí No es frecuente, excepto para

solicitar licencias.

Sí No Directrices de la CEE, Comités Asesores.

Alemania (T) No. Excepto leyes generales y directrices de

la CEE.

Sí No es frecuente, excepto para

solicitar licencias.

Sí No Directrices de la CEE, Comités Asesores.

México (T) Sí. Regulación de tarifas.

Sí Sí Sí

Inglaterra (T,E,A) No. Excepto leyes generales y directrices de

la CEE.

No No siempre, excepto solicitudes

de licencias y de interconexión.

Sí Sí Directrices de la CEE, Comités Asesores.

EE.UU. (T) Sí, pero esporádica.

No Sí Sí Sí, a discreción del regulador.

Decisiones judiciales antimonopolio

Fuente: Stark (1997), (2000a), (2000b), (2000c); Melo (1997); Corrales (1996); Rudnick (1997); Tabja (1999); Tyler and Bednarczyk (1993). A: agua; B: banca; E: electricidad; G: gas; T: telecomunicaciones.

viii) Poder judicial Las decisiones judiciales pueden inducir a los reguladores a considerar temas específicos e

incluso influir en las decisiones a ser adoptadas. Por ejemplo, en Estados Unidos la FCC incorporó la decisión judicial (ante el fraccionamiento de la AT&T) de establecer la regla “equal access” mediante la cual los usuarios de una red local pueden acceder a cualquier carrier para las llamadas de larga distancia.

Uno de los requisitos fundamentales en el tratamiento de la agenda es la transparencia del procedimiento y de la información que de él se deriva. En América Latina, el proceso de generación y tratamiento de la agenda no está tan estructurado tal cual se observa en países como Canadá, Estados Unidos y Reino Unido, según se aprecia en el cuadro 8.

Las iniciativas de regulación en los países desarrollados provienen de varias de las fuentes arriba descritas. En cambio, en los países latinoamericanos analizados, la agenda responde más frecuentemente a iniciativas del poder ejecutivo y, rara vez, a iniciativas de origen externo.

En todos los países, el poder legislativo establece criterios generales, pero las leyes y reglamentos son poco específicos en cuanto a los procedimientos a seguir; tampoco incluyen indicaciones orientadas a proporcionar mandatoriamente información a los agentes involucrados. La participación de la comunidad en los procesos reguladores es escasa y, frecuentemente, la opinión pública es informada sólo a través de los medios de comunicación formales ya que no existe requerimiento alguno de solicitud de opinión por parte del regulador.

Como consecuencia, los temas de regulación pierden transparencia, son escasamente sometidos a control por parte de la sociedad y, en definitiva, terminan siendo privativos de los iniciados (técnicos y/o empresarios) y sólo socializados cuando los problemas trascienden el ámbito estrictamente regulador.

En Venezuela, la agenda del regulador es casi absolutamente definida por los vaivenes de la coyuntura económica y, en no pocas ocasiones, por los intereses de los propios regulados. El público es completamente ajeno a dicha agenda, salvo en las consecuencias sobre los servicios.

En líneas generales, la agenda es controlada principalmente por las propias agencias reguladoras, las cuales, a su vez, se nutren del medio político y económico. En muy escasa medida se consideran los intereses de los usuarios en un sentido orgánico y formal dentro del proceso regulador. En muy contadas ocasiones la agenda se ha originado en problemas de los usuarios (por ej., caso de las comunidades indígenas chilenas y las empresas eléctricas).

Page 45: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

45

4.2. Mecanismos de información y comunicación Aparte de las maneras en que se conforma la agenda de la agencia reguladora, interesa destacar

cómo se da cuenta pública de la misma, así como de las decisiones adoptadas al respecto. Este tema adquiere especial relevancia en el contexto de la demanda por transparencia que impera actualmente sobre la gestión pública, tanto a nivel internacional como regional.

Las agencias reguladoras utilizan diferentes procedimientos y canales para dar a conocer los temas de la agenda y las decisiones en materias reguladoras. Entre ellos, se destacarán los que se resumen en el recuadro 3.

Page 46: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

46

Recuadro 3

Procedimientos de difusión de la agenda i) Publicaciones oficiales. Incluye publicación de noticias en el diario oficial u otro que cumpla similar función (p.ej. Journal Officiel en Francia y Federal Record en EE.UU.). Se informa usualmente de los principales temas a ser considerados, los plazos de implementación, principales puntos de regulación y se establece el plazo para comentarios del público, cuando esto corresponde. ii) Documentos de consulta. En algunos casos, el regulador publica documentos más extensos y explicativos del tema considerado. Se pueden incluir metodología de cálculo de precios, criterios analíticos y otros aspectos que faciliten el proceso regulador e incorporen a los regulados mediante información más transparente. También se pueden solicitar comentarios y opiniones a los interesados. iii) Notificación a través de comités asesores. Donde se utilizan estos comités, su participación es importante en la comunicación de los principales temas a ser discutidos o incorporados a la agenda de los regulados. iv) Publicaciones de los operadores a nivel general o específico. Cuando los operadores retienen un poder monopólico importante, pueden tener la obligación legal de dar a conocer decisiones y propuestas e incluso de recibir opiniones de los afectados. En estos casos, los operadores comparten -de hecho- funciones reguladoras. En otros casos, los operadores están obligados a publicar las propuestas hechas al regulador, como en el caso de España (el operador publica su solicitud de cambio de tarifas).

La experiencia internacional revela una amplia gama de instrumentos a disposición de las

agencias reguladoras que les permiten enriquecer su propio análisis y dar cuenta pública de los temas relevantes. Estos instrumentos pueden ser agrupados de la siguiente manera: los procedimientos de consulta con respuesta voluntaria; los forzados por la autoridad de la agencia reguladora; y los contratados por ésta.

El primero se materializa, normalmente, mediante documentos públicos que permiten especificar el problema, identificar variantes u opciones de solución y exponer la opinión de la agencia reguladora. A través de este mecanismo se suele solicitar, a distintos sectores interesados, respuestas a interrogantes específicos, como así también agregar que brinden información o fundamentación de sus opiniones. Estos documentos de consulta - usualmente de cierta extensión y que presentan un tratamiento detallado de los temas en discusión - favorecen la transparencia del proceso y estimulan un debate fundamentado y participativo de las partes involucradas. Si bien su elaboración demanda tiempo, personal calificado y recursos, en diversas experiencias existe consenso de que los resultados obtenidos justifican la inversión realizada. Las respuestas solicitadas pueden revestir un carácter público o confidencial. En el primer caso, se ofrecen mayores garantías de que el proceso intenta ser sistemático, transparente y equitativo. La principal ventaja de las respuestas confidenciales es la posibilidad de recibir planteamientos más francos, con mayor detalle y basados en información más relevante y sincera. Luego de una primera ronda de consulta y comentarios, la agencia reguladora puede ofrecer una nueva oportunidad para que los participantes del proceso emitan opiniones en una segunda ronda de comentarios. Ello permite profundizar la discusión en torno de algunos puntos críticos, pero también supone demoras que agregan complejidad e incrementan los costos, tanto para la agencia reguladora como para los regulados. En síntesis, existe un cierto arbitraje entre la obtención del máximo de los beneficios de un proceso de consulta y los lapsos requeridos para emitir las consiguientes políticas y directrices.

Algunas agencias reguladoras, por ejemplo en Canadá, utilizan también las audiencias públicas, para recabar opiniones verbales de los sectores interesados. Este segundo procedimiento agrega a las

Page 47: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

47

consideraciones previas, la posibilidad de una interacción más directa entre las partes involucradas, pero, en contrapartida, las opiniones verbales suelen ser menos detalladas y profundas que las emitidas por escrito.

Aparte de los procedimientos de consulta sobre una base voluntaria, cabe destacar que, en varias situaciones, la agencia reguladora debe realizar su propia evaluación y pronunciarse sobre materias específicas. Para ello, requiere disponer de información fidedigna acerca de aspectos económicos y financieros, técnicos y de gestión de las empresas operadoras que regula. Generalmente es difícil que las empresas reguladas suministren esa información voluntariamente, sobre todo aquella que puede afectar temas críticos como son precios y tarifas, inversiones e interconexiones de redes, entre otras; incluso es posible que aun teniendo la disposición de hacerlo, no emitan la información adecuada o pertinente.

Por ese motivo, la autoridad reguladora debe forzar, sobre la base de las atribuciones que la legislación le confiere, la obtención de información crítica de parte de las empresas operadoras. En tales casos se requiere definir procedimientos muy claros en relación con la información solicitada; cabe destacar entre ellos: el fundamento legal de la obligación de suministrar información fidedigna; el tipo, la frecuencia y la compatibilidad de definiciones y registros contables entre el regulador y el regulado; y las condiciones de uso y de difusión de la información entregada por las empresas.

Por otra parte, es también habitual que, en ocasiones, la agencia reguladora deba adoptar decisiones que requieren de un análisis previo realizado por expertos de alta calificación; por ejemplo, es común que para la fijación de precios y tarifas se requiera formular y calibrar modelos económico-financieros complejos. Cuando la agencia no cuenta en su personal de planta con tales expertos, usualmente contrata dichos trabajos con consultores externos. En ambos casos se requiere adoptar previsiones de tipo presupuestario, ya sea para mantener una planta de personal especializado o bien para contratarlos temporeramente.

En los países latinoamericanos evaluados se utiliza fundamentalmente la figura de las publicaciones oficiales y los documentos de consulta. En los casos de Colombia, Chile, Perú y Bolivia, de manera sistemática y frecuente.

4.3. Procedimientos e instrumentos para la toma de decisiones

Una vez establecidos los elementos centrales para la conformación de la agenda del regulador, corresponde identificar el enfoque y los instrumentos asociados al proceso de gestación, adopción y supervisión de las decisiones en materias de regulación. Como primer punto, se propone una tipificación de la metodología identificando los enfoques extremos, en el entendido de que los casos concretos se ubican en algún punto intermedio; luego se considera el instrumental utilizado para las decisiones; finalmente se discuten algunos aspectos de la supervisión del cumplimiento de las decisiones reguladoras.

Existen dos enfoques extremos para la toma de decisiones, de acuerdo al grado de discrecionalidad del regulador: el enfoque “discrecional” y el enfoque “reglamentario”.

En el enfoque “discrecional” la consideración de los temas críticos es relativamente informal y el regulador tiene amplia discrecionalidad para el manejo y obtención de la información, el tiempo de respuesta y las alternativas de solución de los problemas. Puede revelar las razones de una decisión pero no está obligado a ello. El proceso depende substantivamente del regulador.

Este puede ser un enfoque de la regulación de bajos costos y bastante efectividad, ya que el regulador no está sujeto a ordenanzas y reglamentos engorrosos. Sin embargo, existe una tendencia cierta a perder transparencia en el proceso de toma de decisiones. Las partes interesadas tienen escasas posibilidades de claridad respecto a las razones de una u otra decisión. Ello puede conducir a una percepción generalizada de riesgo e incertidumbre a nivel de la industria y los usuarios en torno a temas

Page 48: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

48

relevantes del marco regulador. A su vez, esto puede inhibir las intenciones de ingreso al mercado para inversionistas y nuevos operadores.

Como se planteó previamente, el grado de discrecionalidad permisible para el proceso de regulación está vinculado directa o indirectamente al nivel de desarrollo institucional del país, incluyendo por tal las reglas de juego políticas y económicas, las organizaciones reguladoras y el entorno organizacional público y privado. A mayor desarrollo institucional, más posibilidades de que un enfoque “discrecional” (no extremo, en caso alguno) pueda operar adecuadamente.

En el enfoque “reglamentario” el regulador debe seguir un set de procedimientos y reglas conocidas por todos los participantes. Las reglas garantizan que todos los interesados puedan expresar sus opiniones según ciertas normas preestablecidas. Las decisiones deben ser anunciadas públicamente, por escrito y adecuadamente fundamentadas.

La ventaja principal de este enfoque es su transparencia para todos, siempre y cuando esté concebido bajo criterios de equidad y justicia. Los problemas principales del enfoque son: complejidad (en especial para desarrollarlo), involucra gran volumen de trabajo para reguladores y regulados, altos costos. Todo ello podría generar una gran lentitud del proceso.

Nuevamente, la efectividad de la regulación dependerá en gran medida del desarrollo institucional. Si éste es tal que permite articular un set de procedimientos simples, inteligibles y operativos, las mencionadas desventajas pueden transformarse en ventajas.

Como se dijo, en la realidad los países desarrollados presentan combinaciones de ambos enfoques. Siempre se requiere algo de discrecionalidad para agilizar los procesos, pero también es necesario contar con un mínimo de reglas que orienten a regulados y reguladores, reduciendo riesgos e incertidumbre para ambos. Inglaterra y Francia son ejemplos de sistemas bastante discrecionales pero que han ido incorporando reglamentaciones a medida que el tema de la regulación ha ido cobrando relevancia (usualmente, en el marco de la privatización de la propiedad y/o la gestión).

En América Latina opera un mecanismo intermedio pero con una marcada tendencia a reglamentar los procesos de toma de decisiones, incluso en exceso. Existe, en efecto, una confusión que asume reglamentación y cantidad de normas como sinónimos. El resultado es un cuerpo de leyes sumamente detallado que tiende a tratar de reglamentar todo y termina reglamentando muy poco. En este aspecto, el caso colombiano es notoriamente abundante en normativas, ordenanzas, instructivos, etc. Nuevamente, los países que mayor claridad presentan en materia de enfoque decisorio son Perú y Bolivia. En el caso chileno, la estabilidad institucional permite que funcione de manera más o menos apropiada un enfoque que tiende también a ser abundante en detalles pero, evidentemente, la situación podría ser mejorada simplificando los reglamentos.

Instrumentos para la toma de decisiones Partiendo de la base de un enfoque intermedio en cuanto a discrecionalidad del proceso decisorio,

la búsqueda de mayor transparencia y eficacia implica la utilización de herramientas metodológicas de diversa índole para el análisis de las materias reguladoras. El cuadro 9 presenta una síntesis de instrumentos, elaborada a partir de entrevistas en los países e información referencial.

i) Documentos de consulta pública Como se señaló en el punto anterior, estos documentos permiten especificar el problema, analizar

y proponer soluciones e introducir la opinión del regulador. En ellos se puede solicitar a los interesados que respondan a preguntas específicas, así como también información específica y/o fundamentación analítica de sus opiniones.

Si bien la elaboración de documentos de esta naturaleza requiere tiempo, personal calificado y recursos, en los países donde han sido utilizados existe consenso en que dicha inversión está plenamente justificada con base en sus resultados.

ii) Opiniones públicas formales

Page 49: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

49

Cuando el regulador solicita la opinión de los participantes en el proceso regulador, lo usual es que las respuestas sean por escrito. Los documentos pueden ser de consulta pública o confidenciales, como en algunos casos en Inglaterra y Estados Unidos.

El carácter público tiene incuestionables ventajas. Constituye una obvia evidencia de que el proceso intenta ser equitativo, sistemático y transparente, estimulando un debate abierto y con información a la disposición de todos. Como aspecto negativo, aunque es menos costoso que otras alternativas que poseen las mismas ventajas (audiencias públicas), de todas formas sus costos son elevados y existe la posibilidad de demoras importantes en las decisiones.

En el caso de opiniones confidenciales, las principales ventajas descansan en la posibilidad de planteamientos más francos, detallados y con información más relevante y sincera. Por otra parte, la confidencialidad puede generar una imagen de menor apertura y equidad, salvo que sea esporádica y cuidadosamente manejada.

iii) Audiencias públicas En países donde predomina el enfoque “reglamentario”, los reguladores hacen uso de audiencias

públicas que permiten recabar opiniones verbales de los participantes. En Canadá, por ejemplo, la agencia reguladora del sector telecomunicaciones recibió más de 530 comentarios en 12 semanas de audiencias públicas a nivel nacional y dos años de audiencias regionales, con motivo de la solicitud para expandir las actividades de larga distancia de uno de los principales carriers del país.

Las ventajas de este procedimiento son las mismas del anterior: equidad, sistematicidad, transparencia de la información y mayor participación. Este último aspecto, en particular, es uno de los puntos más fuertes. Sin embargo, también existen problemas derivados de los altos costos y eventuales demoras en las decisiones. Por otra parte, las opiniones verbales pueden ser menos detalladas y profundas que las emitidas por escrito.

iv) Análisis de operadores y solicitantes La experiencia indica que muchos participantes del proceso regulador se ven estimulados por su

propio interés en suministrar información y análisis para su revisión por parte del regulador. En estos casos, el deseo de ganar credibilidad ante el regulador puede ser mayor que los posibles sesgos informativos o “selectividad” analítica. Esto es corroborado por la experiencia de países como Canadá y Estados Unidos, y más recientemente, Francia e Inglaterra.

Los argumentos favorables a este procedimiento son varios: moviliza información y recursos de análisis que no están a disposición del regulador, estimula la creatividad y la aparición de nuevos elementos en el análisis de los problemas, contribuye de manera real a la equidad y la transparencia (siendo también percibida así). Por otra parte, la agencia reguladora debe contar con personal en la calidad y cantidad requeridos para evaluar en profundidad y con sentido crítico los materiales recibidos. Ello, sin duda, puede elevar los costos.

Tanto en esta modalidad de consulta como en las anteriores, el tiempo de respuesta es fundamental para obtener evaluaciones más acabadas y sustantivas. Si el plazo para recibir comentarios es, por ejemplo, de 30 días, muy posiblemente se recibirán principalmente tomas de posición en la mayoría de los temas. Para un análisis de mayor profundidad se requieren plazos más largos, del orden de hasta tres meses. Plazos muy cortos pueden, además, favorecer a aquellos participantes cuyos recursos y experticia les permita reaccionar más rápidamente.

En síntesis, existe una contradicción objetiva entre la obtención del máximo de los beneficios de los procesos de consulta y los lapsos de tiempo requeridos por el regulador y los demás interesados para realizar la evaluación de los problemas y emitir las consiguientes políticas y directrices.

v) Réplicas formales a propuestas Luego de la primera ronda de consultas y comentarios, el regulador puede dar una nueva

oportunidad para que los participantes puedan emitir sus puntos de vista en una segunda ronda de

Page 50: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

50

comentarios. Ello permite profundizar algunos temas críticos pero también supone una demora que agrega complejidad e incrementa los costos tanto para el regulador como para los regulados.

vi) Recaudo de información vía autoridad del regulador Cuando el regulador debe formular su propia evaluación de manera independiente, la

disponibilidad de información financiera, técnica y gerencial es fundamental. Si no son obligados por vía legal, es difícil que los operadores suministren voluntariamente la información requerida, máxime tratándose de materias como fijación de precios en condiciones de monopolio natural. Incluso en caso de hacerlo, nada garantiza que la información sea la adecuada y pertinente (caso de informes financieros y/o resultados operacionales).

En estas situaciones, el regulador debe establecer reglas muy claras en relación con los requisitos de información, incluyendo aspectos tales como:

• = grado de autoridad legal requerida para que la información proveniente de los operadores esté disponible;

• = tipo de información requerida de manera rutinaria y sus implicaciones para los sistemas de registro y contabilidad del operador;

• = forma en que debe ser presentada la información; • = condiciones de uso y difusión de la información por parte del regulador. vii) Análisis de staff y/o expertos contratados Decisiones particularmente importantes requieren de un análisis realizado por expertos de muy

altas calificaciones en la materia. Si estos no forman parte del staff del regulador, deben ser contratados en el mercado. Ello requiere de recursos, bien sea para mantener un staff del nivel requerido o para contratarlo externamente. Por ejemplo, es común que se requiera la formulación de complejos modelos financieros y económicos para resolver materias asociadas a la fijación de precios. Para ello es primordial tomar las precauciones de tipo organizacional y presupuestario.

Cuadro 9

Instrumentos para las decisiones reguladoras País

Documentos de consulta

Audiencia pública

Opiniones públicas formales

Análisis y opiniones de los interesados

Comité asesor

Recaudo de información vía autoridad

Análisis de Staff

Réplicas formales a propuestas

Bolivia (B) Sí No No Sí Sí Sí

Chile (T,E,A)

Sí No No Sí Sí Sí Sí

Colombia (E, G)

Sí Sí No Sí Sí Sí

Perú (E,G,T)

Sí No No Sí Sí Sí

Venezuela (E,T)

Sí No No Sí Sí Sí

Francia (E, A, T)

Sí No Sí Sí Sí Sí Sí Sí, reuniones informales

Alemania (T)

Sí Sí No No Sí Sí No

México (T) No No No No Sí, Comité Consul-tivo

Sí No

España (T)

No No No No Sí No No

Inglaterra (T,E,A)

Sí No Sí Sí A veces Sí Sí No

Page 51: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

51

EE.UU. (T) Sí Por excepción

Sí Sí A veces Sí Sí Sí

Fuente: Stark (1997), (2000a), (2000b), (2000c); Melo (1997); Corrales (1996); Rudnick (1997); Tabja (1999); Tyler and Bednarczyk (1993); Nogales (2000); Umérez (2000). A: agua; B: banca; E: electricidad; G: gas; T: telecomunicaciones.

Principales temas del proceso decisorio

Entre la variedad de temas vinculados con el proceso de toma de decisiones reguladoras, cabe destacar cuatro que concitan creciente atención en los países incluidos en el presente trabajo. Ellos son los modelos adoptados para la fijación de precios y tarifas; los procedimientos para otorgar licencias y concesiones; los mecanismos de apelación frente a las decisiones del regulador; y, finalmente, los instrumentos de supervisión del cumplimiento.

a) Modelos para la fijación de precios y tarifas Aunque las agencias reguladoras tratan de mantener precios razonables y justos con el fin de

proteger a los consumidores, las utilidades de las empresas operadoras deben ser suficientes y no estar expuestas a riesgos políticos ni incertidumbres.17 El instrumento de regulación utilizado tradicionalmente para armonizar esos objetivos ha sido el sistema de determinación de precios en función del costo más cantidad convenida, o regulación basada en la tasa de beneficio. Este procedimiento garantiza que los rendimientos financieros percibidos por las empresas operadoras permitan cubrir sus gastos de explotación y mantenimiento, amortización e impuestos y, además, asegura una rentabilidad negociada de las inversiones programadas.

En los últimos años este instrumento ha sido objeto de numerosas críticas, sobre todo porque los costos están cubiertos y la rentabilidad garantizada, independientemente de la eficiencia en la provisión del servicio. La respuesta ha sido la elaboración de instrumentos basados en sistemas de incentivos, mediante los cuales los precios no dependen íntegramente de los gastos incurridos. Este tipo de instrumentos reguladores busca motivar a las empresas operadoras a utilizar su mayor conocimiento de las condiciones de explotación para bajar los costos e introducir nuevos servicios. La modalidad más difundida de estos nuevos instrumentos es el método de los topes de precios (price cap).

El enfoque de topes de precios se está difundiendo ampliamente en distintos países y, de manera gradual, en sectores diferentes a las telecomunicaciones, donde se originó. El Reino Unido ha sido el país pionero en este camino, aplicando el método en varios sectores; en otros países, por ejemplo en los Estados Unidos de Norteamérica, el método se ha aplicado, sobre todo, en el sector telecomunicaciones y más recientemente en el sector eléctrico. Sin embargo, existen indicios preliminares de que quizás la diferencia entre regulación mediante topes de precios y a través de la tasa de beneficio no es tan grande como se creía inicialmente. Los topes de precios casi nunca existen en estado puro. La mayoría de las agencias reguladoras sienten la necesidad constante de evaluar la tasa de rentabilidad, y por lo tanto, fijan los topes de acuerdo con las estimaciones de los rendimientos, lo que vuelve a suponer mayores necesidades de información para una regulación eficaz.

Otra manera de incentivar a una empresa operadora a mejorar su rendimiento es comparándola con empresas similares, reales o ficticias. Varios países utilizan esta forma de competencia comparativa (yardstick competition). En Francia, los contratos de la compañía local de abastecimiento de agua dependen, a menudo, de la calidad de los servicios y de sus costos de producción en relación con los de otras empresas del rubro. La agencia reguladora del mismo sector en el Reino Unido recurre explícitamente a las comparaciones de precios. En Chile se utiliza una variante importante de esta forma de competencia comparativa: para fijar los precios se toma como modelo una hipotética empresa eficiente, en vez de empresas reales. Así, las tendencias internacionales de los costos y precios se usan

17 Decock (1996).

Page 52: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

52

para estimar el desempeño que debería tener una empresa eficiente y los precios se establecen de acuerdo con esa estimación. Aunque la competencia comparativa está limitada por la necesidad de información suficientemente aquilatada y comparable, este obstáculo lo están eliminando, en parte, las crecientes posibilidades de comparación internacional. Los instrumentos actualmente en uso en los países de la muestra se presentan en el cuadro 10.

En el caso de las telecomunicaciones en Chile, aunque las tarifas son en principio libres, la Comisión Antimonopolios decreta, cada cinco años, qué servicios se prestan en condiciones de competencia insuficiente, para que se fijen sus tarifas máximas. Las tarifas, que deben basarse en los costos incrementales de largo plazo de una empresa hipotética eficiente, pueden ser distintas para diferentes empresas y regiones geográficas, e incluyen un indicador de costos para ajustes a lo largo del quinquenio. Actualmente sólo están fijadas las tarifas locales, incluyendo el acceso a los servicios de larga distancia, y se han eliminado prácticamente todos los subsidios cruzados entre servicios.

En Perú, el régimen tarifario está estipulado detalladamente en la concesión de la empresa dominante y sigue el sistema de topes de precios. La agencia reguladora se limita a formalizar periódicamente el rebalanceo previsto de tarifas entre servicios y el ajuste de costos.

En Venezuela, al igual que en Perú, la concesión del operador dominante incluye el régimen tarifario que se le aplica, que también es de topes de precios. En la práctica, sin embargo, el gobierno, presionado por la crisis económica y la inflación, ha tratado de contener el ajuste periódico retrasando la aprobación previa de los ajustes trimestrales, afectando seriamente a la empresa operadora.

En el sector eléctrico, el elemento común de los sistemas reguladores de los tres países es la responsabilidad por la fijación tarifaria para clientes menores finales, aun cuando sean abastecidos por una cadena donde coexisten actividades competitivas y monopólicas. En Chile, la fijación de tarifas es dirigida por la Comisión Nacional de Energía y con participación de los propios regulados, revisando estudios a nivel de generación/transmisión y desarrollando estudios propios para la distribución; en distribución se utiliza el método de empresa modelo eficiente. En Perú, la fijación tarifaria descansa en la Comisión de Tarifas Eléctricas, con una mayor independencia de los regulados. En el caso de Venezuela, el tema tarifario es una materia que casi siempre termina siendo decidida en los niveles superiores del Poder Ejecutivo, aunque nominalmente se regula mediante la tasa de beneficio.

En el sector de obras sanitarias, el tema tarifario es más complejo y variado. En Chile, la Superintendencia determina las fórmulas de tarifación a partir de la simulación de una empresa modelo para la gestión y ejecución de los planes de expansión. En tal sentido, el mecanismo incorpora elementos para la definición de tarifas que propenden a una mejora en la eficiencia operativa de las empresas.

Por su parte, el enfoque utilizado en Perú, si bien privilegia la regulación de tarifas, incorpora como funciones de la Superintendencia otros aspectos tales como asistencia técnica a las operadoras y control de su desempeño. Los instrumentos de tarifación son de difícil aplicación dada la precariedad operativa de las empresas. Por ello, el enfoque plantea un mecanismo de regulación gradual. Así, se ha diseñado un esquema de ajuste de las tarifas por etapas, estimándose una duración de cinco años hasta alcanzar su fijación con base en los costos marginales del servicio, tal y como lo establece la ley.

En el caso venezolano, no se han diseñado ni implantado los mecanismos de regulación. Sin embargo, las distintas esferas del gobierno (nacional y local) tienen importante injerencia vía aportes presupuestarios y definición de tarifas, aunque éstas no están sistematizadas en función de objetivos de eficiencia sectorial.

Cuadro 10

Visión de instrumentos de tarifación por país/sector Sector / País Bolivia Chile Colombia Perú Venezuela

Page 53: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

53

Agua

NA Yardstick/ empresa eficiente

Tope de precios Tasa de beneficio Difuso

Electricidad

NA Empresa eficiente Tope de precios Empresa eficiente Tasa de beneficio

Gas

Contratos / Empresa eficiente

Libres Tope de precios Tasa beneficio

Topes de precios Topes de precios

Telecom.

Tope de precios Libres/empresa eficiente

Tope de precios Topes de precios Topes de precios

Fuente: Stark (1997), (2000a), (2000b), (2000c); Melo (1997); Corrales (1996); Rudnick (1997); Tabja (1999); Umérez (2000). b) Elementos del proceso de otorgamiento de licencias y/o concesiones Los planteamientos precedentes abarcaron temas reguladores de carácter general. Existe, sin

embargo, un caso particular cuya relevancia hace pertinente su tratamiento por separado: el otorgamiento de licencias y concesiones. En los países considerados se detectaron seis modalidades.

i) Caso por caso. En países con tradición de mayor discrecionalidad en el manejo de concesiones, su otorgamiento es responsabilidad de altos funcionarios gubernamentales. No se requiere un proceso formal ni justificación de las decisiones. Este procedimiento es rápido y de bajo costo pero susceptible de críticas en cuanto a su transparencia y equidad.

ii) Concursos (“Beauty Contest”)18. Un proceso formal para evaluar ofertas diferentes consiste en evaluar las propuestas de los solicitantes de acuerdo a ciertos criterios y ponderaciones preestablecidas. Una ventaja inmediata de este sistema es que favorece la presentación de ofertas mejor preparadas, suministrando al regulador más y mejor información. Estimula, además, la incorporación de elementos innovadores y precios competitivos al servicio objeto de concurso. Si es definido correctamente, el proceso es muy transparente y equitativo. Sin embargo, puede ser costoso y lento para el regulador y los oferentes.

iii) Concursos por audiencia pública. Es esencialmente similar al anterior sistema pero basado en una audiencia pública donde cada oferente presenta su propuesta y la defiende verbalmente. Este sistema ha sido extensamente utilizado en los Estados Unidos, demostrando ser altamente consumidor de tiempo.

iv) Sorteos. Para evitar los retrasos y costos de los sistemas anteriores, algunos reguladores han recurrido a los sorteos. Para evitar selecciones equivocadas como resultado del azar, se establecen bases de precalificación, cuyo umbral mínimo puede ser alto o bajo a criterio del regulador. El método ha sido utilizado en Estados Unidos para las concesiones de telefonía celular.

El sorteo es un sistema rápido y barato. Sin embargo, subsiste un grado considerable de arbitrariedad en el otorgamiento de concesiones que no es obviado por la precalificación. En efecto, si las concesiones son transferibles con facilidad, se estimula la aparición de concursantes cuyo interés es de corto plazo: obtener la concesión y desprenderse rápidamente de ella para realizar una ganancia con la transacción a un operador más comprometido con la prestación del servicio. Aunque el proceso puede no ser ineficiente en términos económicos u operacionales, se produce una ganancia especulativa simplemente como resultado del procedimiento para otorgamiento de la concesión.

v) Subastas. La licencia o concesión puede ser otorgada al ganador de una subasta entre participantes previamente sometidos a un proceso de precalificación sobre la base de ciertas normas de servicio, compromiso, precios, etc. El procedimiento ha sido utilizado en Nueva Zelanda y Estados Unidos, demostrando ser rápidas, relativamente baratas y bastante rentables para el fisco. Además, el proceso de subasta tiende a asignar la licencia a la empresa que maximiza el valor económico, tanto para sí como para la economía en su conjunto. Sin embargo, el proceso no siempre garantiza que otros criterios de interés público (como la variable ambiental y el apoyo a sectores de menores recursos)

18 Literalmente significa “Concurso de Belleza”.

Page 54: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

54

estén incluidos en la selección de los ganadores. vi) Sistemas mixtos. Intenta combinar los beneficios de diferentes sistemas. El regulador puede

realizar una precalificación por concurso y luego realizar un sorteo para seleccionar los ganadores. De hecho, la tendencia es a que este procedimiento se utilice cada vez con más frecuencia, a medida que los países hayan ensayado los métodos anteriores o puedan evaluar la experiencia de otros.

El método seguido para adjudicar concesiones u otorgar licencias para la explotación de un servicio contribuye, de manera importante, a determinar los incentivos para las empresas privadas. El objetivo es ofrecer una rentabilidad financiera atractiva para los inversionistas, al tiempo que se salvaguarda el interés público.

En general, existe en los países una orientación hacia el otorgamiento no discrecional de licencias y concesiones. Cuando existe limitación en su número, tienden a asignarlas mediante una licitación entre los solicitantes que cumplan determinadas condiciones técnicas. En Chile, se adjudican por concurso de méritos técnicos (beauty contest) y por licitación sólo en caso de empate. En Perú, también es obligatorio un concurso público y el criterio de asignación debe incluirse en el respectivo llamado.

El diseño de las concesiones más relevantes, es decir de las empresas de servicios básicos, es notablemente distinto en Chile respecto de Perú y Venezuela. En el caso de Chile, las concesiones son relativamente simples y no hay exigencias previas de expansión, objetivos de desarrollo o de calidad de las prestaciones; la expansión del servicio será determinada por el mercado, aunque si se presta en condiciones monopólicas tendrá regulados sus precios. Por el contrario, en Perú y Venezuela la estrategia es garantizar la exclusividad del mercado por un período limitado, a cambio de que la empresa cumpla determinadas metas de expansión, introduzca mejoras en la calidad del servicio y otras variables. Estas condiciones son consignadas detalladamente en el propio contrato de concesión.

Cuadro 11

Otorgamiento de licencias y concesiones País/Sector Agua Electricidad Telecomunicaciones Chile Licitación Licitación Concurso Beauty Contest Perú Negociación municipio/ operador Licitación Negociación Venezuela No hay. Se intentó licitación No hay Negociación

Fuente: Stark (1997), (2000a), (2000b), (2000c); Melo (1997); Corrales (1996); Rudnick (1997); Tabja (1999). c) Mecanismos de apelación a las decisiones reguladoras La posibilidad de apelar las decisiones introduce un factor contra posibles abusos y constituye una

garantía de la legitimidad del proceso. El ámbito del derecho de apelación depende por lo general del marco legislativo general y de las legislaciones específicas del sector considerado. Se pueden identificar dos opciones según el grado de dificultad para que una apelación pueda ser considerada:

• = Derecho limitado de apelación. En algunos países es muy difícil fundamentar legalmente la apelación contra la decisión del regulador, por ejemplo el caso inglés19. Se asume que el sistema regulador responde a los más altos niveles de excelencia en la administración pública y que, por tanto, sus decisiones son de gran confiabilidad. En otros países es más difícil sostener esta argumentación sin un alto margen de error.

• = Derecho extensivo de apelación. En el otro extremo, los mecanismos de apelación son de fácil acceso y el poder judicial está facultado para considerar la mayoría de los casos, como en Estados Unidos. Las decisiones de los reguladores deben incorporar la posibilidad cierta de apelación por parte de los regulados u otros afectados en cada uno de los pasos del proceso regulador. 19 Una decisión sólo puede ser cuestionada si un “hombre razonable no puede adoptar la decisión que el regulador ha tomado”(!). Sólo en circunstancias extremas puede prosperar una apelación.

Page 55: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

55

Dependiendo de la legislación de cada país y del marco regulador correspondiente, es posible identificar dos modalidades como base de la apelación:

• = Contenido de la decisión. Según esta modalidad, la corte puede considerar apelaciones concernientes a los aspectos sustantivos de la decisión del regulador y emitir los fallos correspondientes.

• = Proceso de la decisión. Según esta modalidad, la apelación concierne al proceso mediante el cual se llegó a la decisión, mas no a ésta en sus aspectos sustantivos. En estos casos, se entiende que el proceso debe responder a ciertas reglas de procedimiento preestablecidas por vía legal. Se presume que la decisión es correcta si se cumplieron todos los pasos y procedimientos establecidos. En Estados Unidos, las bases de apelación se concentran principalmente en el proceso ya que la corte delega las materias sustantivas al órgano regulador (FCC, en el caso telecomunicaciones).

Un buen diseño institucional incluye mecanismos de apelación a las decisiones del regulador, pues introduce un factor de protección contra eventuales abusos y, de este modo, ofrece mayor garantía de legitimidad al proceso. Los mecanismos contemplados en Chile, Perú y Venezuela se presentan en el cuadro 12.

El ámbito del derecho de apelación depende del marco legislativo general, por ejemplo leyes pro-competencia y antimonopolio, y de la normativa específica del sector en cuestión. El derecho de apelación puede ser limitado o extensivo, según la amplitud de las decisiones apelables, la forma de acceder a la apelación y ante quién ella se substancia. Por otra parte, las bases de la apelación pueden referirse tanto al contenido como también al proceso de la decisión, cuando este último debe cumplir procedimientos preestablecidos en la normativa vigente.

Cuadro 12

Mecanismos de apelación frente a las decisiones reguladoras Sector /País Chile Perú Venezuela Agua Derecho extensivo.

Contenido y proceso. Derecho limitado. Sólo proceso.

-

Electricidad Derecho extensivo. Contenido y proceso.

Derecho limitado. Sólo proceso.

-

Telecomunicaciones Derecho extensivo. Contenido y proceso.

Derecho limitado. Sólo proceso.

-

Fuente: Stark (1997), (2000a); Melo (1997); Corrales (1996); Rudnick (1997); Tabja (1999).

Los mecanismos de apelación en Chile son bastante extensivos y orientados al contenido. En la práctica, la apelación se puede transformar en un mecanismo ad-hoc para contrarrestar las decisiones del regulador, afectando el contenido y la forma de las mismas. Así, una apelación puede mantener en suspenso una medida hasta tanto los poderes correspondientes emitan un veredicto. En Perú, por el contrario, las decisiones apelables se refieren al proceso para la adopción de la decisión y, en todo caso, se cumple primero y luego se apela. En Venezuela no está claramente establecido el procedimiento de apelación, pero el cumplimiento de una medida puede verse suspendido por un vicio de forma u otra causal que permita al afectado acudir al sistema judicial.

d) Supervisión del cumplimiento de las decisiones La implementación de las decisiones reguladoras involucra una diversidad de aspectos, desde las

concesiones y licencias hasta los precios del servicio y las normas de calidad. Para garantizar el éxito de la función reguladora, el regulador requiere utilizar un conjunto de mecanismos para estimular el cumplimiento voluntario de las reglas de juego, pero también aplicar los medios coercitivos legales para reducir a un mínimo razonable las violaciones.

Las violaciones pueden ser detectadas mediante la acción del staff del órgano regulador y/o a través de las denuncias.

Page 56: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

56

En el primer caso, se requiere un equipo especializado y de alto nivel para monitorear y fiscalizar los aspectos técnicos, económicos y sociales de las decisiones reguladoras. Países como Inglaterra, Francia y Estados Unidos poseen estos equipos especializados en todos los sectores de infraestructura considerados y también en el sector financiero (respecto a este último, ver Swary y Topf, 1992).

En el segundo caso, el mecanismo se basa en las denuncias de las partes interesadas, sean éstas usuarios, otros operadores o sectores relacionados. En algunos países, la denuncia permite iniciar procesos legales que refuerzan la supervisión del cumplimiento de las normas reguladoras a través de decisiones legales.

Como cualquier sistema de gobierno eficaz, la regulación debe descansar principalmente en el cumplimiento voluntario. Éste debe descansar principalmente en el reconocimiento por parte de todos los participantes del proceso regulador de las ventajas involucradas en su adecuado cumplimiento. Como parte de ello, las políticas reguladoras recientes intentan incorporar a los mismos participantes al proceso de supervisión. Las alternativas se esbozan a continuación.

• = Pre-aprobación por fases. Hasta mediados de los ochenta, el mecanismo prevaleciente para la supervisión fue la aprobación de aspectos parciales, contando así con mayores y más específicos elementos de control. Esto causó enormes retrasos en materia de innovación y mejoramiento de los servicios, teniendo a menudo un efecto negativo en términos de la competencia

• = Certificación independiente. En varios países, los gobiernos han recurrido a agencias independientes para certificar aspectos asociados a la calidad del servicio y cumplimiento de estándares tecnológicos y empresariales. Es el caso de las telecomunicaciones en México, Inglaterra y Alemania. Aunque este mecanismo puede suponer cierta pérdida de control sobre los aspectos tecnológicos, sus ventajas en materia de objetividad y reducción de costos superan dicho problema en los casos en que se ha aplicado.

• = Auto-certificación. De acuerdo a este mecanismo, las propias empresas proveedoras de los servicios deben certificar que sus productos cumplen con los estándares establecidos por el marco regulador. El falseamiento de estas certificaciones está sometido a fuertes sanciones legales. Este enfoque reduce al mínimo los retrasos en materia de innovación, nuevos productos y mejora de los servicios. Su único inconveniente potencial es la pérdida de control por parte del órgano regulador, siendo esto relativo pues al final depende de la existencia de un set efectivo de sanciones legales y que éstas se apliquen efectiva y prontamente.

Como se planteó previamente, la implementación de las decisiones reguladoras debe descansar en el cumplimiento voluntario, siendo un factor crítico la capacidad del regulador para educar a los participantes acerca de los beneficios de la autorregulación y el cumplimiento de las reglas establecidas. Sin embargo, el regulador también debe disponer de elementos de coerción para aquellos casos que así lo ameriten.

El sistema legal puede establecer criterios para que las infracciones a la regulación sean consideradas bajo las normas civiles o penales. Por ejemplo, en Inglaterra es un delito penal operar un servicio de telecomunicaciones sin licencia, pero es un delito civil el no cumplimiento de las normas cuando la licencia existe. La penalización debe responder al carácter y gravedad de la falta. Un sistema excesivamente draconiano puede inducir su incumplimiento, o la inhibición del desarrollo del sector en cuestión. Dependiendo del tipo de infracciones, éstas pueden ser tratadas por el poder judicial o por otra autoridad del poder ejecutivo.

IV. Conclusiones y recomendaciones

Con base en un enfoque neoinstitucionalista, se ha evaluado la introducción de nuevos criterios y mecanismos de regulación en el marco del proceso de privatización, descentralización e innovación de la gestión pública. Entre las nuevas funciones del Estado, se destacó su rol regulador pero ya no como

Page 57: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

57

controlador sino como catalizador del desarrollo de los mercados. En un plano general, el proceso de reformas de las últimas dos décadas ha sido intensivo en

estabilización y ajuste macroeconómico pero no ha ido al mismo ritmo en el ámbito institucional, lo que ha hecho fracasar muchos programas bien concebidos. Hacia los noventa, las reformas institucionales han sido más intensas pero ahora con el problema de que los marcos institucionales han cambiado más velozmente que las organizaciones públicas, generando resistencia pasiva al cambio.

De allí que el gran desafío de la presente década sea fortalecer el desarrollo institucional y acelerar el desarrollo organizacional para adecuar ambas dimensiones en un modelo de desarrollo que responda a los desafíos de la globalización y el cambio tecnológico.

En este contexto, la reforma del Estado confronta dos grandes tareas: fortalecer la gestión pública, para lo cual la innovación es fundamental, y desarrollar el nuevo rol regulador del Estado vinculado a la promoción de la actividad privada y la mantención de reglas de juego que garanticen transparencia y simetría de información.

En el plano de la regulación, la evolución de los sectores analizados indica que en América Latina predomina un modelo combinado de regulación, basado en agencias reguladoras y leyes específicas pero con apoyo de una legislación general antitrust y sus correspondientes organizaciones. Los sectores y sus mercados se desarrollan a ritmos, intensidades y profundidad diferentes según las características del país y del sector, jugando la tecnología y la dinámica institucional un rol de primer orden, bien sea para frenar o acelerar el desarrollo.

En los sectores banca y telecomunicaciones, la dinámica de la tecnología es determinante, incluso interactuando con restricciones institucionales que, principalmente en el caso de la banca, han contribuido a desatar crisis financieras de grandes magnitudes en varios países. En el caso de sectores más cercanos a la base social, como el agua y la salud, el cambio tecnológico influye menos y el factor más determinante son las instituciones. En otros, como el gas y la electricidad (y también, por cierto, telecomunicaciones), la posibilidad de desarrollar efectivamente los mercados nacionales y regionales depende fuertemente de la tecnología para interconexión de redes.

Con mayores o menores dificultades, el tipo de intervención estatal (regulación) también debe ir cambiando, normalmente desde una regulación directa (basada principalmente en la propiedad y gestión estatal) a otra cada vez más indirecta (donde se incorporan diversas formas de propiedad y gestión privada). Algunas características de las nuevas reglas y organizaciones reguladoras asociadas a esta transición son las siguientes:

• = La regulación no se dirige únicamente a los “monopolios naturales”, sino que puede considerar el establecimiento y supervisión de reglas de juego para otros sectores, asumiendo que las imperfecciones de los mercados no derivan sólo de factores económicos, sino también de los denominados costos de transacción asociados a la institucionalidad.

• = Al no existir –aún- una teoría general o un conjunto de reglas comunes aplicables a los procesos reguladores, éstas deben ser extraídas de la evaluación de la experiencia reciente y relevante, planteando la necesidad de un balance entre dichos elementos más generales y los aportes específicos de cada país y/o sector.

• = La regulación emergente de los procesos de transformación de las últimas décadas se asocia a los procesos de globalización, apertura, fortalecimiento de mercados y privatización. Dicho de otra forma, reglas y organizaciones son diferentes de las gestadas en el marco del desarrollo hacia adentro en los países en vías de desarrollo, y en un contexto de prevención y control de monopolios naturales en los países desarrollados.

• = La nueva regulación busca promover y profundizar los mercados contribuyendo a minimizar costos de transacción a través de la difusión de información, el establecimiento de reglas de juego y la supervisión eficiente del cumplimiento de dichas reglas

Page 58: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

58

• = El énfasis de los procesos de transformación estructural de las dos últimas décadas ha estado más en el cambio de reglas que en los cambios organizacionales. Las organizaciones públicas son difíciles de cambiar y muchas veces se produce el fenómeno del “gatopardismo” (cambiar todo para que todo siga igual). La experiencia indica que los organismos reguladores desarrollados a partir de la inexistencia o supresión radical del anterior, tienden a funcionar mejor, cumpliendo más apropiadamente los fines para los que son creados (casos de Perú y Bolivia).

• = No es poco frecuente la utilización de la regulación como sustituto del control estatal, respondiendo en lo formal a la presión aperturista y privatizadora, pero manteniendo en lo sustantivo los esquemas anteriores. Esta es otra variante del “gatopardismo” antes mencionado.

• = La estatización respondió, en los países menos desarrollados, a un fenómeno de debilidad del Estado, incapaz de canalizar eficientemente los estímulos y controles a la economía a través de la regulación o del mercado. Dicho de otra manera, es la confesión del Estado de su incapacidad para regular el sector o actividad.

• = Muchas organizaciones encargadas de la regulación presentan deficiencias en sus estructuras de gestión, organización, financiamiento y recursos humanos, que las inhabilitan para cumplir adecuadamente sus funciones.

• = Los procesos de regulación tienden a ser confusos, poco estructurados y poco transparentes generando asimetrías de información, escasa participación de los usuarios y frecuente “captura” del regulador.

• = Una larga y exitosa tradición institucional puede ser un obstáculo para la conformación de los nuevos sistemas reguladores en la medida que el cambio organizacional debe contrarrestar visiones, estructuras y procesos muy arraigados en los organismos. La “reingeniería” conceptual y organizacional tiende a ser más sencilla –en términos relativos- cuando la institucionalidad es más débil.

• = Ante los problemas de gestión y organización, los gobiernos han respondido con instrumentos legales complejos y detallados que frecuentemente complican más las cosas y no resuelven el problema.

• = La independencia del regulador no depende sólo del marco legal, sino principalmente de los recursos humanos, las estructuras organizacionales, el financiamiento y los procesos involucrados.

• = El dilema de la conveniencia de contar con uno o varios reguladores es relativamente irrelevante ya que el funcionamiento de los sistemas reguladores está asociado más bien a la adecuación entre reglas y organizaciones en cada caso específico.

• = La escasa participación de los usuarios es generalizada en toda la región, asociada a la debilidad estructural de las organizaciones de consumidores. Esto afecta tanto la transparencia de los procesos reguladores como la identificación del verdadero “cliente” de las agencias reguladoras.

• = La posibilidad de una mayor discrecionalidad del regulador es directamente proporcional al nivel de desarrollo institucional: a mayor adecuación reglas/organizaciones, las decisiones del regulador pueden ser más discrecionales pues la posibilidad de que expresen el consenso general es mayor.

A continuación se enuncian algunas reflexiones, a modo de sugerencias y recomendaciones, para mejorar el desempeño de las agencias reguladoras y evaluar los marcos reguladores. Como se dijo anteriormente, las agencias reguladoras constituyen la “avanzada organizacional”, la “punta de lanza” del proceso de transformación institucional del Estado, en la medida que deben responder a procesos nuevos o sustantivamente distintos a los tradicionales. En tal sentido, su mejoramiento debe partir por considerar tres aspectos generales pero directamente vinculados con ellas.

• = En América Latina, la reforma del Estado debe ser profundizada. Ello puede incluir no sólo un cambio en sus funciones y prioridades, sino también reducir su tamaño en algunas áreas para fortalecer su presencia en otras. El argumento de que no se requiere reducir el tamaño de la burocracia pública es una falacia a medias que esconde un apego implícito a lo existente. Así, para desempeñar sus funciones, las nuevas agencias reguladoras deben ser pequeñas en tamaño pero fuertes en capacidad de

Page 59: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

59

gestión. • = La innovación debe ser incorporada como criterio central de gestión pública, asumiendo que

el ritmo de cambio de la realidad actual es demasiado rápido para ser asimilado por los modelos burocráticos tradicionales. Las nuevas organizaciones públicas deben ser innovadoras por excelencia, integrando instrumentos de gestión que permitan no sólo gerenciar el presente sino “gerenciar el futuro” incluyendo cambios del entorno, del mercado y la industria20. El cambio debe ser visto como oportunidad y no como amenaza21. Como avanzada del proceso de transformación, las agencias reguladoras deben ser las principales organizaciones innovadoras.

• = La nueva gestión de organizaciones públicas se basa en la obtención de resultados. Para ello es preciso fortalecer los instrumentos de medición de desempeño tanto individuales como institucionales. Si no hay medición efectiva del desempeño, la orientación a resultados no pasa de ser una declaración de principios vacía de contenido. Esto supone incorporar sistemas de indicadores de desempeño y control de gestión, potenciados por tecnologías de información. No se trata de soluciones cosméticas, como el uso de indicadores de desempeño en las memorias anuales, sino de basar la toma de decisiones operativas y estratégicas en indicadores objetivos, pertinentes y consistentes de los resultados intermedios y finales de la gestión. Las agencias reguladoras deben liderar la medición del desempeño para evaluar resultados, tanto a nivel de su organización interna como en el plano del impacto de sus funciones de regulación.

Para que una agencia reguladora integre tamaño, innovación y medición de resultados en el sentido expuesto, requiere tener al menos las siguientes características (ver figura 3):

a) Claridad de la misión institucional. Como expresión de la razón de ser de la organización, la misión debe responder claramente las interrogantes de qué y por qué regular, más allá del simple mandato establecido en la ley o reglamento que sustenta la organización. En América Latina, muchas agencias deben revisar su misión para reconsiderar tareas rutinarias u orientadas en una dirección no compatible con el mandato expreso de la organización. En otros casos, requerirán simplemente explicitar la misión y difundirla al interior de la organización. En un plano normativo, deberían incorporarse elementos de innovación y orientación al usuario en la misión de las agencias reguladoras. Éste y el siguiente son los pasos iniciales de cualquier programa o iniciativa para mejorar la gestión.

b) Visión clara sobre el futuro, los usuarios principales y los servicios. El segundo punto es generar consenso al interior de la organización en torno a una imagen objetivo que debe constituir el norte para todos sus integrantes. Ello implica especificar claramente los servicios que presta la organización y a quién. Se define así la dirección de la organización de manera que todos la conozcan y la integren al día a día. En el caso de las agencias reguladoras, la identificación precisa del cliente no es menor. En no pocas ocasiones se confunde a las empresas reguladas con el cliente último, en circunstancias que éste debe ser ubicado entre los usuarios del servicio.

c) Inserción institucional adecuada. No existe un patrón único en este aspecto. Sin embargo, es deseable que cualquiera sea el arreglo, éste conduzca a otorgar suficiente autonomía al regulador. En este sentido, los aspectos clave son la fuente de financiamiento (de preferencia, los propios regulados) y las relaciones con el resto del entorno institucional. Estas relaciones deben ser claras y transparentes, en particular con el gobierno, incluyendo el poder judicial y legislativo. Una modalidad, en cierta forma utilizada en Perú y en la nueva legislación venezolana,22 es designar una junta directiva del regulador integrada por representantes del gobierno, de los usuarios y de los regulados. De esta manera, los “grupos de interés” debieran tener alguna responsabilidad en la conducción estratégica del proceso.

20 Ver Hamel, G. y C.K. Prahalad (1995). 21 Ver Drucker, P. (1992). 22 Aunque con mucha mayor discrecionalidad para el nombramiento y remoción de los directivos.

Page 60: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

60

Normalmente, el nombramiento de esta junta debiera ser a proposición del poder ejecutivo y sancionado por una mayoría calificada en el Congreso, con períodos preestablecidos de duración en el cargo, e inamovilidad, salvo por motivos judiciales comprobados. De esta forma se recoge el esquema de “múltiples principales” en la relación principal-agencia reguladora, por la efectividad que tiene recibir aportes de quienes están en contacto diario con las dificultades de operación del sistema.

Page 61: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

61

PP rocesos

SS istemasistemas EE structurastructura

ReguladosRegulados

EmpleadosEmpleados GobiernoGobierno

UsuariosUsuarios

M isión yV isión

Recursos HumanosRecursos HumanosOrganigramaOrganigramaInstalacionesInstalaciones

Indicadores de DesempeñoIndicadores de DesempeñoControl de GestiónControl de GestiónTecnologías de InformaciónTecnologías de Información

IInserción institucional

Figura 3La agencia reguladora como organización pública

d) Recursos humanos motivados. Como se planteó anteriormente, las personas son el alma de una

organización y si ellas no están entusiasmadas con su trabajo, no tienen una visión de futuro, ni están motivadas hacia el logro de los objetivos organizacionales, uno de los pilares estará fallando. Junto con la medición del desempeño es preciso desarrollar mecanismos de motivación para que el personal haga carrera en la institución. Sin duda, el principal criterio de motivación, aunque no el único, es la remuneración, la que deberá ser competitiva con la de los sectores objeto de regulación. Este aspecto está ligado al tipo de financiamiento pero también al tipo de inserción institucional, puesto que si los niveles salariales se hacen depender de la legislación de la administración central, estos no serán competitivos y la posibilidad de inestabilidad laboral e incluso “captura” del regulador serán también mayores.

e) Claridad organizacional. En última instancia, las organizaciones deben especificar una distribución de tareas y funciones. Asimismo, requieren establecer mecanismos de coordinación y de control adecuados para el cumplimiento de su misión. En la terminología desarrollada por Mintzberg (1989), las agencias reguladoras corresponden a una combinación de organización “misionera” (es decir, que se cohesiona en torno a la misión) e “innovadora” (cuyas estructuras y procesos cambian frecuentemente). Actualmente, la visión de procesos organizacionales se ha ido imponiendo por sobre la división estrecha de funciones individuales, realzando la importancia de los roles de cada uno dentro de la organización, desde el punto de vista de agregarle valor al servicio que reciben los usuarios (ver figura 3).

f) Procesos de trabajo ordenados y eficientes. La organización de las agencias reguladoras debe comenzar por identificar y estructurar los principales procesos: fijación de tarifas, otorgamiento de licencias y concesiones, fiscalización y apelación, etc. Una vez identificado el usuario principal, el proceso está conformado por el conjunto de actividades que llevan a la prestación del servicio que éste requiere. Como se dijo, en América Latina, los procesos reguladores tienden a ser confusos y “frondosos”, es decir con muchas actividades más de las necesarias. Es preciso, en consecuencia, revisarlos, estructurarlos, simplificarlos y, en varios casos, redefinirlos completamente para mejorar su eficiencia y su eficacia. Conviene tener presente que los procesos reguladores normalmente involucran a más de una organización, de manera que la agencia reguladora es en realidad parte de un universo de

Page 62: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

62

organizaciones que incluye organismos de los otros poderes públicos e incluso del sector privado. A efectos de estructurar un proceso regulador, lo más probable es que haya que considerar al sector público como una “macro-organización”, y en ese contexto realizar la evaluación y el diseño (véase en el primer capítulo el punto 4, relativo a las estrategias de cambio).

g) Información pertinente, confiable y oportuna. Muchas veces se confunde información con computación. Las modernas tecnologías de información (TI) cada vez se basan más en el diseño de los sistemas y menos en los equipos. Para ser útiles, los sistemas de información requieren ser alimentados adecuada y oportunamente, de lo contrario ellos no pueden “crear” la información. En su condición de organismos de avanzada que deben manejar situaciones complejas, las agencias reguladoras deben manejar la tecnología de información más avanzada posible, de manera que esto, unido a sistemas y procesos bien estructurados, permita reducir al mínimo las asimetrías de información que normalmente acompañan a los procesos reguladores.

h) Marco legal y normativo suficiente. El tema de la legislación se menciona al final pero muchas veces es el inicio de un sistema regulador. La legislación define el modelo de regulación a desarrollar pero no es el modelo. Este está compuesto por la legislación y por el resto de los elementos que hemos mencionado; precisamente de allí la necesidad de desarrollar reglas e instituciones de manera armónica. Una legislación abundante no garantiza un mejor modelo de regulación, más bien puede significar lo contrario: ante la ineficiencia del modelo se recurre a medidas legislativas para intentar corregir los problemas. La legislación debe ser suficiente y tener muy claro que ella no sustituye al desarrollo de mecanismos de gestión. A veces se empieza por cambiar las leyes y se fijan plazos y metas que son difíciles de cumplir dado el punto de partida en materia de gestión. El resultado más frecuente es que el desarrollo organizacional queda a medio camino o se hace necesario reprogramar plazos y metas.

Para plantear un mejoramiento de la gestión que asuma todas o parte de las recomendaciones anteriores es preciso realizar una evaluación conceptual, institucional y organizacional de los marcos reguladores existentes. Para este fin se sugieren los siguientes criterios:

1. En qué medida el diseño del marco regulador contribuye a promover y profundizar el mercado. Se refiere a la posible existencia de barreras legales a la entrada de nuevos competidores, al mantenimiento innecesario de sistemas para otorgar licencias y permisos de operación, a problemas de interconexión y, en general, limitaciones a la competencia que no se justifican por el grado de desarrollo del sector.

2. Reconocer y reflejar en la regulación la especificidad del sector que se regula, y a la vez promover y desarrollar la coherencia con respecto a los demás sectores. Dadas las diferencias entre los sectores, éstas deben ser identificadas pero al mismo tiempo el marco regulador requiere una consistencia entre los diversos sectores de manera que no se produzcan estímulos o desestímulos indeseados que pudieran agudizar una mala asignación de recursos entre sectores. Un caso típico es la existencia de estímulos tributarios a la inversión en un sector de baja rentabilidad y escasas ventajas competitivas, haciéndolo artificialmente atractivo en relación con otro más rentable pero sin el estímulo.

3. Determinar si existe un balance adecuado entre precisión y flexibilidad o, dicho de otra forma, entre reglas y discrecionalidad. Cada configuración institucional requiere una combinación específica de reglas y discrecionalidad. Reglas muy estrictas pueden generar rigideces innecesarias que dificulten la regulación y fomenten la informalidad, por ejemplo en materias de tarifas. La excesiva discrecionalidad sólo es posible en ambientes institucionales muy estables y de gran tradición y consenso en torno a los objetivos de la regulación. De lo contrario, la posibilidad de captura del regulador es muy grande y con ello se pierde la credibilidad del sistema en su conjunto.

4. En qué medida el grado de autonomía del regulador le permite realizar adecuadamente su

Page 63: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

63

tarea, incorporando a los usuarios de los servicios y a los regulados. Normalmente, cuando el regulador se financia del presupuesto público, su estructura salarial y sus proyectos están limitados por la política fiscal y/o por el ministro que ostenta la tutela del sector. La independencia financiera es la base de la independencia operativa que permite al organismo regulador manejar las inevitables presiones de los regulados, de los políticos y, en algunos casos, de los usuarios.

5. El marco regulador debe incentivar la optimización de la relación costo-beneficio de la regulación. El costo de la agencia reguladora tampoco puede ser tal que inhiba el proceso regulador. Por otra parte, cuanto más complejas sean las leyes y reglamentos, más costoso será el sistema. Por último, un sistema con procesos mal definidos puede ser muy oneroso. Por ejemplo, si la definición del sistema permite la proliferación de disputas judiciales menores, la regulación no sólo será costosa para la agencia sino también para el gobierno en general.

6. En qué medida la regulación asigna eficientemente las responsabilidades entre las instituciones y organizaciones. Alude a la organización e inserción institucional de las agencias reguladoras y sus respectivos procesos. Si todo ello no está adecuadamente definido se produce el fenómeno ya citado de “fragmentación” institucional de la regulación, que puede terminar por generar conflictos entre organismos e ineficiencia del proceso. Para evitarla, en ambientes institucionales en desarrollo puede ser preferible concentrar las funciones reguladoras en un solo organismo, o a lo sumo en dos o tres con funciones claramente delimitadas (por ejemplo, tarifación, fiscalización y normas técnicas).

A partir de la consideración, especificación y evaluación de criterios como los anteriores es posible diseñar modelos de regulación que se adecuen a las realidades de los países y contribuyan al desarrollo institucional y organizacional del nuevo modelo de desarrollo. La transición no es nada fácil y pueden darse muchos retrocesos como parte del proceso de avance.

Por último, una asignatura pendiente en estos nuevos modelos de regulación es el tema de la regulación social, donde la mezcla de tradición (a veces en los sindicatos del sector), ideología conservadora y sensibilidad social de los servicios ha impedido a los gobiernos ser lo suficientemente audaces como para entender que la propiedad no tiene por qué ser privada y la gestión no tiene por qué ser pública.

Bibliografía Bailey, Elizabeth E. (1987) Public Regulation. London: Cambridge. MIT Press Series on the

Regulation of Economic Activity. Banco Interamericano de Desarrollo (1997) América Latina tras una década de reformas. Informe

Anual. Washington: BID. Beesley, Michael y Stephen C. Littlechild (1983) “Privatization: Principles, Problems and Priorities”.

En: Lloyds Bank Review. London. N° 149. --------- (1989). “The Regulation of Privatized Monopolies in the United Kingdom”. En: Rand Journal

of Economics. Santa Monica, California. Vol. 20 N° 3. Berg, Sanford V. y John Tschihart (1989) “Natural Monopoly Regulation, Principles and Practice”. En:

World Development. New York. Vol. 17 N° 5. Bersntein, Juan Sebastián (1993) “Establecimiento de una política energética basada en el

funcionamiento de mercados competitivos y en la participación privada: la experiencia de Chile”. Santiago.

Bitrán, Eduardo y Raúl Sáez (1994) “Privatization and Regulation in Chile”. En: The Chilean Economy: Policy Lessons and Challenges. Barry Bosworth y R. Dornbusch (eds.). Washington: The Brookings Institution.

Bos, Dieter y Wolfgang Peters (1988) “Privatization, Internal Control and Internal Regulation”. En:

Page 64: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

64

Journal of Public Economics. Connecticut. Vol. 36 N° 2. Bradley, Ian y Catherine Price (1988) “The Economic Regulation of Private Industries by Price

Constraints”. En: Journal of Industrial Economics. New York. Vol. 37 N° 1. Bresser Pereira, Luiz Carlos (1998) “La reconstrucción del Estado en América Latina”. En: Revista de

la CEPAL. Santiago. Número Extraordinario Cincuenta Años. Burki, Shahid y Guillermo Perry (1998) Más allá del consenso de Washington: la hora de la reforma

institucional. Washington: Banco Mundial. CEPAL (2000a) Estudio Económico de América Latina y el Caribe, 1999-2000. Santiago: Naciones

Unidas. ---------- (2000b) La brecha de la equidad: una segunda evaluación. Santiago: Naciones Unidas. Chang, Ha-Joon y Ajit Singh (1992) “Public Enterprises in Developing Countries and Economic

Efficiency”. Geneva: UNCTAD. Discussion Papers, N° 48. Coase, Ronald (1937) “The Nature of the Firm”. En: Economica. London. 4 (n.s.). Reimpreso en “The

Firm, the Market and the Law” (1988). University of Chicago Press. Cominetti, Rosella (1996) “La privatización y el marco regulatorio en Bolivia y Nicaragua: un análisis

comparativo”. Santiago: CEPAL. Serie Reformas de Política Pública, N° 43. Corrales, María Elena (1996) “Sector agua potable y saneamiento: casos de Chile, Perú y Venezuela”.

Caracas. Proyecto ILPES-CAF “Marco Regulatorio, Privatización y Modernización del Estado”. ---------- (1998) El reto del agua: cambios institucionales en los servicios públicos por redes. Caracas:

Galac. Council of Economic Advisers (1989) “Economic Report of the President, United States Printing

Office”. Washington. Cuevas, Fernando (1993) “La Réglementation d’un Monopole Naturel, le Cas de L`Industrie Électrique

en Amérique Latine”. Université de Montpellier I. Thèse Doctorale. De Andrade, Roberto (1995) Reestructuración del mercado eléctrico en América Latina: la difusión de

la experiencia chilena. Santiago: CEPAL. Dekock, Paul (1996) Privatizaciones: panorámica de un tema de actualidad. Santiago: ILPES.

Dirección de Programación del Sector Público. Devlin, Robert y Rosella Cominetti (1994) “La crisis de la empresa pública, las privatizaciones y la

equidad social”. Santiago: CEPAL. Serie Reformas de Política Pública, N° 26. Drucker, Peter (1992) La innovación y el empresariado innovador. Buenos Aires: Ed. Sudamericana. Fershtman, Chaim (1990) “The Interdependence Between Ownership Status and Market Structure: The

Case of Privatization”. En: Economica. London. Vol. 57 N° 227. Freixas, Xavier (1992) “Teoría de la regulación en información imperfecta”. En: Investigaciones

Económicas (Segunda Epoca). Suplemento. Fromm, Gary (1983) Studies in Public Regulation. Cambridge: MIT Press. MIT Press Series on the

Regulation of Economic Activity. Galal, Ahmed (1994) “Regulation and Commitment in the Development of Telecommunications in

Chile”. Washington: The World Bank. Policy Research Working Paper, N° 1278. Gil Díaz, Francisco y Arturo Fernández (comps.) (1991) El efecto de la regulación en algunos sectores

de la economía mexicana. México: Fondo de Cultura Económica. Hamel, Gary y C.K. Prahalad (1998) Compitiendo por el futuro. Barcelona: Ed. Ariel. Hyman, David N. (1990) Public Finance: a Contemporary Application of Theory to Policy. Chicago:

The Dryden Press. ILPES (1994) “Reforma y modernización del Estado”. Informe del Seminario Internacional realizado

en México en julio de 1994. Inostroza, Gabriel (1995) Control del Estado y gestión empresarial en el sector eléctrico de Chile.

Page 65: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

65

Santiago: CEPAL. Israel, Arturo (1992) “Issues for Infrastructure Management in the 1990s”. Washington: The World

Bank. Discussion Papers, N° 171. Jaramillo, Iván (2000) “Proyecto CLAD-BID ‘La Modernización de la Administración Pública en

América Latina y el Caribe’. La Superintendencia Nacional de Salud, la descentralización y la reforma de la seguridad social en salud en Colombia”. Mimeo.

Joskow, Paul L. (1989) “Regulatory Failure, Regulatory Reform and Structural Change in the Electrical Power Industry”. Washington: Brookings Papers.

Kahn, Alfred E. (1990) The Economics of Regulation, Principles and Institutions. Cambridge: The MIT Press.

Lahera, Eugenio (ed.) (1993) Cómo mejorar la gestión Pública. Santiago: CIEPLAN-FLACSO. Levy, Brian y Pablo Spiller (1993) “Regulation, Institutions and Commitment in Telecommunications:

a Comparative Analysis of Five Country Studies”. En: Proceedings of The World Bank Annual Conference on Development Economics. Washington: The World Bank.

Martin, Juan (1988) “Interacción entre los sectores público y privado y eficiencia global”. En: Revista de la CEPAL. Santiago. N° 36.

Melo, José Ricardo (1997) “Regulación de telecomunicaciones en Chile, Perú y Venezuela”. Santiago. Proyecto ILPES-CAF “Marco Regulatorio, Privatización y Modernización del Estado”.

Minsburg, Naum (1992) “El auge privatizador en Iberoamérica”. En: Boletín Económico del ICE, Información Comercial Española. Madrid. N° 2345.

Mintzberg, Henry (1989) Diseño de organizaciones eficientes. Buenos Aires: Ed. El Ateneo. Mitnick, Barry M. (1980) The Political Economy of Regulation. New York: Columbia University Press. Muñoz Gomá, Oscar (ed.) (1993) Después de las privatizaciones: hacia el Estado regulador. Santiago:

CIEPLAN. Nogales, Xavier (2000) “Proyecto CLAD-BID ‘La Modernización de la Administración Pública en

América Latina y el Caribe’. La Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras en Bolivia”. Mimeo.

North, Douglass (1990) Institutions, Institutional Change and Economic Performance. New York: Cambridge University Press.

OECD (1992) Regulatory Reform, Privatization and Competition Policy. Paris: OECD. --------- (1997) Regulatory Reform and Innovation. Paris: OECD Osborne, David y Ted Gaebler (1994) La reinvención del gobierno. Buenos Aires: Ediciones Paidós. Paredes, Ricardo (1994) “Privatization and Regulation in a Less Developed Economy: The Chilean

Case”. Ph. D. Dissertation. Pera, Alberto (1989) Deregulation and Privatization in an Economic-Wide Context. Paris: OECD.

Economic Studies, No. 12. Pinto, Anibal (1986) “Estado y empresa privada: una visión retrospectiva de la experiencia chilena”.

En: El Trimestre Económico. México. Vol. 53 N° 209. Porto, Alberto y Santiago Urbiztondo (1992) “Regulación económica: un enfoque principal-agente de

la relación entre el Estado, el regulador y la empresa regulada”. En: Estudios de Economía. Santiago. Vol. 2.

Prats, Joan (1998a) “Administración pública y desarrollo en América Latina. Un enfoque neoinstitucionalista”. En: Revista del CLAD Reforma y Democracia. Caracas. N° 11.

---------- (1998b) “La construcción institucional de las capacidades regulatorias. Un tema clave de la nueva agenda del desarrollo”. En: Instituciones y Desarrollo. Barcelona. N° 1.

Raus, Diego Martín (1992) “Teoría de la regulación: construcción y trayectoria de un concepto”. En: Realidad Económica. N° 109.

Page 66: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

66

Roth, Gabriel (1987) The Private Provision of Public Services in Developing Countries. Oxford University Press. EDI Series in Economic Development.

Rudnick, Hugh (1997) “Regulación del sector eléctrico en Chile, Perú y Venezuela”. Proyecto ILPES-CAF “Marco Regulatorio, Privatización y Modernización del Estado”.

Schamis, Héctor E. (1990) “Conservative Political Economy and Privatization: Reflections on Chile and Great Britain”. Columbia University. Conference Paper, N° 33.

Schiavo-Campo, Salvatore (ed.) (1994) “Institutional Change and the Public Sector in Transitional Economies”. Washington: The World Bank. Discussion Papers.

Solanes, Miguel (1994) “La privatización de servicios públicos basados en agua. Primera versión”. Santiago: CEPAL.

---------- (1999) Servicios públicos y regulación. Consecuencias legales de las fallas del mercado. Santiago: CEPAL. Serie Recursos Naturales e Infraestructura.

Spiller, Pablo (1988) “La economía política de las regulaciones a las industrias: un enfoque con implicaciones para estudios de regulaciones en países en desarrollo”. En: Estudios de Economía. Santiago. Vol. 15 N° 3.

Spiller, Pablo y Cezley Sampson (1994) Regulation, Institutions and Commitment: The Jamaican Telecommunications Sector. Washington: The World Bank.

Stark, Carlos (1997) “Institucionalidad y procesos reguladores de los sectores agua, electricidad y telecomunicaciones en Chile, Perú y Venezuela”. Proyecto ILPES-CAF “Marco Regulatorio, Privatización y Modernización del Estado”. Primera parte.

---------- (2000a) “Venezuela: institucionalidad reguladora en los sectores agua, concesiones viales, electricidad, gas y telecomunicaciones”. Santiago. Proyecto ILPES-CAF “Marco Regulatorio, Privatización y Modernización del Estado”. Segunda parte.

---------- (2000b) “Chile: institucionalidad reguladora en la industria del gas”. Santiago. Proyecto ILPES-CAF “Marco Regulatorio, Privatización y Modernización del Estado”. Segunda parte.

---------- (2000c) “Colombia y Perú: institucionalidad reguladora en la industria del gas”. Santiago. Proyecto ILPES-CAF “Marco Regulatorio, Privatización y Modernización del Estado”. Segunda parte.

Stark, Carlos y Mario Castillo (1994) “Análisis de los contratos de gestión en empresas públicas de Chile”. Papel de trabajo preparado para el Banco Mundial. Santiago.

Swary, Itzhak y Barry Topf (1992) La desregulación financiera global: la banca comercial en la encrucijada. México: Fondo de Cultura Económica.

Tabja, Rodrigo (1999) “Perfeccionamiento de la gestión regulatoria: lecciones de la experiencia chilena”. En: Cuadernos del ILPES. Santiago. N° 44.

The World Bank (1992) World Bank Conference on the Welfare Consequences of Selling Public Enterprises, Cases of Studies from Chile, Malaysia, México and the U.K. Washington: The World Bank.

---------- (1993a) Proceedings of The World Bank Annual Conference on Development Economics. Supplement of The Economic Review. Washington: The World Bank.

---------- (1993b) América Latina y el Caribe: diez años después de la crisis de la deuda. Washington: The World Bank.

---------- (1997) El Estado en un mundo en transformación. Informe sobre el Desarrollo Mundial. Washington: Banco Mundial.

---------- (1999) Knowledge and Information for Development. World Development Report 1998-1999. Washington: Banco Mundial.

Tohá, Jaime (1995) Estudio sobre la reforma del sector energético en Chile. Santiago: CEPAL. Tyler, Michael y Susan Bednarczyk (1993) “Regulatory Institutions and Processes in

Page 67: Regulación, agencias reguladoras e innovación de la gestiónunpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/CLAD/CLAD0040204.… · puede determinar el éxito o fracaso de un sistema

67

Telecommunications: an International Study of Alternatives”. En: Telecommunications Policy. Geneva. Vol. 17 N° 9.

Umérez de Pereira, Julieta (2000) “Proyecto CLAD-BID ‘La Modernización de la Administración Pública en América Latina y el Caribe’. La reforma del sector telecomunicaciones en Venezuela: experiencias del ente regulador CONATEL”. Mimeo.

Utton, M.A. (1986) The Economics of Regulation. London: Basil Blackwell Publishing. Vickers, John (1991) “Government Regulatory Policy”. En: Oxford Review of Economic Policy. Vol. 7

N° 3. Vickers, John y George Yarrow (1989) Privatization: an Economic Analysis. Cambridge: The MIT

Press. Vuylsteke, Charles (1990) Techniques of Privatization of State-Owned Enterprises. Washington: The

World Bank. Technical Paper, N° 88 y 89. Wallis, John y Douglass North (1986) “Measuring the Transaction Sector in the American Economy”.

En: Long-term Factors in American Economy Growth. Stanley Engerman y Robert Gallaman (comps.). University of Chicago Press.

Williamson, Oliver (1975) Market and Hierarchies, Analysis and Antitrust Implications: A Study in the Economics of Internal Organization. New York: Free Press.

---------- (1985) Las instituciones económicas del capitalismo. México: Fondo de Cultura Económica. Willig, Robert (1993) Public Versus Regulated Private Enterprises. Proceedings of The World Bank

Annual Conference on Development Economics. Washington: The World Bank. Yarad, Jorge (1990) “Un nuevo esquema de regulación de monopolios naturales”. En: Estudios

Públicos. Santiago. N° 37.