REGLAMENTO TÉCNICO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS ......NTC 5254 de 2004. 9 Figura 1. Proceso de...
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REGLAMENTO TÉCNICO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES EXPUESTOS A LOS AGENTES
BIOLÓGICOS EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
MPS 289 de 2009
ANEXO TÉCNICO GESTIÓN DEL RIESGO BIOLÓGICO
EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD HUMANA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
ABRIL 8 DE 2010
SUBCENTRO DE SEGURIDAD SOCIAL Y RIESGOS PROFESIONALES VICERRECTORIA ACADÉMICA – EDUCACIÓN CONTINUA
2
TABLA DE CONTENIDO
1. OBJETO .............................................................................................................................................. 3
2. DEFINCIONES ................................................................................................................................... 3
3. CONSIDERACIONES GENERALES ................................................................................................. 4
3.1. ESTABLECER EL CONTEXTO ESTRATÉGICO .......................................................................... 9
3.2. IDENTIFICACIÓN DEL PELIGRO ...............................................................................................15
3.3. ANÁLISIS DE RIESGOS: ..............................................................................................................16
3.4. EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS ...............................................................................................18
3.5. CONTROL DE LOS RIESGOS ......................................................................................................18
3.6. MONITOREO Y EVALUACIÓN ...................................................................................................21
3
GESTIÓN DEL RIESGO BIOLÓGICO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD HUMANA
1. OBJETO
Este anexo técnico presenta los lineamientos para gestionar el riesgo biológico en la prestación de
servicios de salud humana.
2. DEFINICIONES
Gestión del Riesgo Biológico: es el proceso mediante el cual se establece el contexto estratégico, se
identifican los peligros, se evalúan los riesgos, se realiza el control y monitoreo de los riesgos, la
vigilancia de la salud de los trabajadores y la reincorporación laboral.
Medidas de aislamiento: precauciones higiénicas para evitar la propagación de las enfermedades
transmisibles.
Modos de trasmisión: son los mecanismos por los cuales los agentes infecciosos se propagan de una
fuente o reservorio a un huésped susceptible. Los modos de transmisión varían según el agente
infeccioso y algunos de ellos pueden transmitirse por más de una ruta.
Precauciones Estándar: son una serie de recomendaciones eficaces para prevenir la transmisión de
infecciones en servicios de salud que aplican a la gran mayoría de los microorganismos. Son la
estrategia principal para el éxito en el control de las infecciones hospitalarias, que se adoptan en la
atención de cualquier paciente, con independencia de su diagnóstico.
Precauciones basadas en el modo de transmisión: son recomendaciones adicionales que se utilizan
para prevenir la transmisión de enfermedades infecciosas en aquellos pacientes que se sabe o se
sospecha están infectados con patógenos de importancia epidemiológica y se transmiten por vía aérea,
gotas o por contacto.
4
Transmisión por gotas: es técnicamente una forma de transmisión por contacto. Las gotas
respiratorias transportan agentes infecciosos cuando viajan directamente desde el tracto respiratorio del
paciente a las mucosas del huésped susceptible, generalmente a través de cortas distancias, usualmente
menores de un metro.
Transmisión por aire: ocurre por la diseminación de gotas aéreas nucleadas o partículas pequeñas de
tamaño respirable, que contienen agentes infecciosos que permanecen infectantes en el tiempo y en la
distancia. Los microorganismos que se transmiten por esta vía pueden dispersarse a grandes distancias
mediante corrientes de aire.
Transmisión por contacto: es el modo de transmisión más común y puede ocurrir por contacto
directo, cuando los microorganismos son transferidos de una persona infectada a otra susceptible sin la
intermediación de un objeto o persona, por ejemplo al tocar, morder o besar, por contacto de mucosas o
piel intacta o no intacta con sangre y fluidos; o por contacto indirecto, cuando el agente infeccioso es
transmitido a través de un objeto contaminado intermediario por ejemplo cuando se atraviesa la barrera
de la piel a través con un elemento cortopunzante, como una aguja de diferente calibre, catéter central,
sierras de trepanación, bisturí, entre otros, durante diversos procedimientos.
3. CONSIDERACIONES GENERALES
El programa de gestión del riesgo biológico debe desarrollarse en todas las instituciones que prestan
servicios de salud, sin importar su nivel de complejidad o tipo, y aplicarse en toda su estructura
organizacional. Requiere la participación activa de los trabajadores y de un equipo interdisciplinario
con liderazgo centrado en la prevención de la ocurrencia de incidentes o accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales por exposición a los agentes biológicos. Adicionalmente, debe contar con
recursos para su desarrollo y con el compromiso de las directivas.
Elaborar una política institucional para la protección de los trabajadores expuestos a los agentes
biológicos en la prestación de servicios de salud humana que incluya todos los trabajadores de la salud
independiente del tipo de vinculación con la institución.
5
La coordinación del programa debe ser asignada a una persona con liderazgo y conocimiento del tema
(Médico o Enfermera Especialista en Salud Ocupacional).
A continuación se presenta un modelo de responsabilidades de los participantes principales dentro del
programa.
Representante Tareas
Dirección
Formular una política en la que comunique el compromiso de las directivas de
la institución en la protección a la salud de los trabajadores.
Asignar los recursos que se requieran para el desarrollo del programa.
Definir y asignar las responsabilidades necesarias para la gestión del
programa.
Definir el perfil y las competencias del encargado del programa.
Hacer seguimiento del programa, a través de los indicadores de gestión
definidos.
Comité de
Vigilancia
Epidemiológica
Identificar el perfil de morbimortalidad de las enfermedades infecciosas en la
población atendida.
Utilizar herramientas epidemiológicas para la recolección y análisis de datos
sobre las lesiones y las infecciones asociadas a la exposición a los agentes
biológicos.
Apoyar al Programa de Salud Ocupacional en la identificación de las
prioridades de intervención de acuerdo con los resultados del análisis
epidemiológico realizado.
6
Representante Tareas
Comité de
infecciones
Proporcionar pautas para el manejo terapeútico, de exclusión y de
reincorporación laboral a los trabajadores que tengan exposición o infección
por agentes biológicos.
Participar en procesos de la asesoría y capacitación sobre la prevención y
control del riesgo biológico.
Participar en la formulación y desarrollo de investigaciones sobre vigilancia
epidemiológica, prevención, control y seguimiento del riesgo biológico en los
trabajadores de la salud.
Salud
ocupacional
Definir y desarrollar el programa de gestión del riesgo biológico, teniendo en
cuenta las características propias de su organización, adoptando los
lineamientos dados en el reglamento técnico para la protección de los
trabajadores expuestos a los agentes biológicos en la prestación de servicios
de salud humana.
Comité de
Calidad
Incluir el programa de gestión del riesgo biológico dentro del programa de
calidad de la empresa.
Articular el cumplimiento de los estándares de calidad en la prestación de
servicios de salud, con el uso y la dotación oportuna de los insumos y
suministros a los trabajadores de la salud, dentro los cuales están los
elementos de protección individual, recipientes para almacenamiento de
residuos cortopunzantes, dispositivos de seguridad, equipos e instrumental.
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Representante Tareas
Recursos
Humanos
Apoyar los ciclos de inducción, capacitación y formación del recurso humano.
Garantizar el aseguramiento del recurso humano al sistema general de
seguridad social.
Desarrollar de manera coordinada con Salud Ocupacional las actividades de
vigilancia de la salud de los trabajadores (exámenes de ingreso, periódicos y
egreso).
Participar en la toma de decisiones para los procesos de reubicación y
readaptación laboral.
Mantener la confidencialidad de la información que se deriva de la ejecución
del programa.
Gestión
Ambiental
Garantizar el manejo de los residuos hospitalarios de acuerdo con las normas
vigentes.
Evaluar el impacto ambiental de las soluciones propuestas.
Compras
Interactuar de forma coordinada con Recursos Humanos y Salud Ocupacional
en la selección y compra de EPI, recipientes para almacenamiento de residuos
cortopunzantes y otros dispositivos o equipos necesarios para reducir el
riesgo.
Mantener la dotación suficiente y oportuna de EPI, recipientes para
almacenamiento de residuos cortopunzantes y otros dispositivos o equipos
necesarios para reducir el riesgo.
Comité Paritario
de Salud
Ocupacional
Participar en la planeación del programa
Promover las prácticas de trabajo seguras, el uso de EPI, la adherencia a las
normas de bioseguridad.
Todas aquellas definidas en la normatividad vigente.
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Todos los aspectos de la gestión de los riesgos resultan más eficaces si los trabajadores:1
a) Participan activamente en la planeación y desarrollo de las actividades para el control del
riesgo.
b) Disponen de normas, instrucciones y procedimientos actualizados destinados a poner de relieve
los riesgos pertinentes y las prácticas seguras asociadas a los mismos.
c) Conocen la importancia de observar determinadas precauciones y utilizar todos los elementos
de protección individual correctamente.
d) Participan en sesiones apropiadas y periódicas de información y capacitación a ese respecto.
En la figura 1 se muestra el proceso general de la gestión de los riesgos, en el que se incluye el
establecimiento del contexto estratégico de la organización, la identificación de los peligros, el análisis,
la evaluación y el control (tratamiento) de los riesgos.2
1 Directrices mixtas OIT/OMS sobre los servicios de salud y el VIH/SIDA. OIT. OMS. Ginebra 2005.
2 ICONTEC. Norma Técnica Colombiana sobre Gestión del Riesgo. NTC 5254 de 2004.
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Figura 1. Proceso de Gestión del Riesgo
3.1. ESTABLECER EL CONTEXTO ESTRATÉGICO
En esta etapa se define la relación entre la organización donde se está evaluando el riesgo y su entorno,
identificando los interesados internos y externos para establecer contacto y definir estrategias de
comunicación con estas partes, que permitirán planificar las actividades para el desarrollo del programa
de gestión del riesgo biológico.
En este ítem se involucran la interacción entre:
• Las Instituciones de Salud
o Trabajadores
10
o Pacientes
• La Comunidad
• Los organismos de control
• Las Administradoras de Riesgos Profesionales
• Las Entidades Promotoras de Salud.
• Los proveedores
De manera complementaria dentro del establecimiento del contexto deben considerarse las normas y
legislación existente en el Sistema General de Seguridad Social que apliquen a la gestión del riesgo
biológico, a continuación se enumeran aquellas de mayor relevancia.
NORMA ENTIDAD Descripción Decreto 2566 de 2009
Ministerio de la Protección Social
Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales
DECRETO 4588 de 2008.
Ministerio de la Protección Social
Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado
LEY 1252 DE 2008
El Congreso de Colombia.
Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.
Ley 1233 de 2008
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Por medio de la cual se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social, se crean las contribuciones especiales a cargo de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y a las Cajas de Compensación Familiar, se fortalece el control concurrente y se dictan otras disposiciones
Ley 1122 de 2007 Ministerio de la Protección Social
Ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios.
Resolución 1401 de 2007
Ministerio de la Protección Social
Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
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NORMA ENTIDAD Descripción Resolución 2346 de 2007
Ministerio de la Protección Social
Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales
DECRETO 312 DE 2006.
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Por el cual se adopta el Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos Sólidos para Bogotá Distrito Capital.
RESOLUCIÓN 1402 DE 2006.
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Por la cual se desarrolla parcialmente el Decreto 4741 del 30 de diciembre de2005, en materia de residuos o desechos peligrosos.
RESOLUCIÓN 1043 de 2006
Ministerio de la Protección Social
“Por la cual se establecen las condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar sus servicios e implementar el componente de auditoría para el mejoramiento de la calidad de la atención y se dictan otras disposiciones
DECRETO 4369 de 2006
Ministerio de la Protección Social
por el cual se reglamenta el ejercicio de la actividad de las Empresas de Servicios Temporales y se dictan otras disposiciones
DECRETO 4126 DE 2005.
Ministerio de la Protección Social.
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2676 de 2000, modificado por el Decreto 2763 de 2001 y el Decreto 1669 de 2002, sobre la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares.
DECRETO 4741 DE 2005.
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.
DECRETO 838 DE 2005.
Presidencia de la República.
Por el cual se modifica el Decreto 1713 de 2002 sobre disposición final de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones.
DECRETO 4690 de 2005
Ministerio de la Protección Social
Por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 789 de 2002 de Apoyo de sostenimiento a los Aprendices SENA
DECRETO 3615 de 2005
Ministerio de la Protección Social
Establece los mecanismos a seguir para facilitar la afiliación de los trabajadores independientes, en forma colectiva, mediante agremiaciones y asociaciones
DECRETO 2800 DE 2003
Ministerio de la Protección Social
Establece el procedimiento que deben seguir los trabajadores independientes para
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NORMA ENTIDAD Descripción afiliarse al Sistema de Riesgos
Profesionales, en forma individual Resolución 2183/2004
Ministerio de la Protección Social
Por la cual se adopta el Manual de buenas prácticas de esterilización para los prestadores de servicios de salud.
RESOLUCIÓN 1164 de 2002.
Ministerio del Medio Ambiente.
Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de los residuos hospitalarios y similares (MPGIRH).
DECRETO 1669 de 2002.
Ministerio del Medio Ambiente, Ministerio de Salud.
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2676 de 2000.
RESOLUCIÓN 1474 DE 2002
Ministerio de Salud Se definen las funciones de la entidad acreditadora y se adoptan los manuales de estándares del sistema único de acreditación, según el decreto 2309 de 2002
DECRETO 873 de 2001
Ministerio de Relaciones Exteriores
Por el cual se promulga el convenio 161 sobre los servicios de salud en el trabajo, adoptado por la 71a. Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, Ginebra, 1985.
DECRETO 2676 DE 2000.
Ministerio del Medio Ambiente, Ministerio de Salud.
Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares.
DECRETO 077 DE 1997
Presidencia de la República de Colombia
Establece aspectos de bioseguridad para los laboratorios. Fue publicado en el Diario Oficial 42965 del 23 de enero de 1997.
DECRETO 1543 DE 1997
Presidencia de la República de Colombia
Reglamenta el manejo de la infección por VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual. Se establece la obligación de atender a las personas infectadas con VIH/ SIDA, al tiempo que las entidades de salud deben promover la educación sobre el tema a su personal, así como establecer las medidas de bioseguridad y otras para proteger su salud. Los protocolos de atención deben considerar los principios científicos aceptados a nivel mundial. Se prohíbe la realización de pruebas para VIH para acceder a actividades laborales o servicios de salud. Las personas infectadas deben notificarlo a su pareja
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NORMA ENTIDAD Descripción sexual y al equipo de salud tratante. El VIH/SIDA y las ETS son enfermedades de notificación obligatoria, respetando los derechos de la intimidad y la confidencialidad.
LEY 378 DE 1997 Congreso de la República de Colombia
Establece que los servicios de salud de las empresas deberán asegurar funciones que sean adecuadas y apropiadas para la salud en el trabajo, según el análisis de riesgos profesionales. Estos servicios incluyen los primeros auxilios y la atención de urgencias a los trabajadores víctimas de accidentes o de indisposición en el lugar de trabajo.
LEY 253 DE 1996.
El Congreso de Colombia
Ley que aprueba en Colombia el Convenio de Basilea, suscrito en el contexto de las Naciones Unidas el 22 de marzo de 1989.
DECRETO 1530 de 1996
Presidencia de la República.
Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 100 de 1993 y el Decreto-ley 1295 de 1994 sobre los centros de trabajo.
DECRETO 605 de 1996
Ministerio de Desarrollo Económico
Reglamenta la prestación del servicio público domiciliario de aseo, menciona la necesidad de incinerar o colocar en rellenos de seguridad los residuos peligrosos. De nuevo establece la responsabilidad del productor por el manejo y almacenamiento adecuados de los residuos peligrosos
DECRETO 190 de 1996
Presidencia de la República de Colombia
Por el cual se dictan normas que reglamentan la relación Docente - Asistencial en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
DECRETO 1630 DE 1.995
Ministerio de Salud. Amplia y aclara el decreto 1918 de 1994 sobre disposición de residuos en IPS
DECRETO 1295 DE 1994
Ministerio de la Protección Social
Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales
DECRETO 1918 DE 1994
Ministerio de Salud. Establece normas sobre el manejo y disposición de los residuos líquidos y sólidos así como los requisitos que deben cumplir las IPS.
DECRETO 1771 DE 1994
Ministerio de la Protección Social
Establece que las ARP deberán rembolsar los costos de la atención médica inicial prestada a sus afiliados y que tengan origen en accidente de trabajo o enfermedad profesional según lo dispuesto por la Ley 100 de 1993.
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NORMA ENTIDAD Descripción RESOLUCIÓN 2309 DE 1986.
Ministerio de Salud. Por la cual se dictan normas para el cumplimiento del manejo de residuos especiales.
RESOLUCIÓN 1016 DE 1989.
Ministerios de Trabajo y de Salud.
Finalidad de los subprogramas de medicina preventiva. Crea los Programas de Salud Ocupacional que deben incluir el Sistema de Vigilancia Epidemiológica de consecuencias de la exposición a seres vivos y agentes infecciosos.
RESOLUCIÓN 2400 DE 1979.
Ministerio del Trabajo y Seguridad Social.
Estatuto de seguridad industrial. Establece algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. Higiene en los lugares de trabajo: Artículos 29 al 37. Evacuación de residuos o desechos: Artículos 38 al 45. Sustancias infecciosas y tóxicas: Artículos 163 al 165.
LEY 9 DE 1979. Código Sanitario Nacional.
Normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.
CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO
Ministerio de la Protección Social
La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.
Por otra parte, se hace necesario comprender la organización identificando la estrategia de negocio
(objetivos, metas y estrategias vigentes); los servicios prestados ya sean contratados o propios, con
internación o ambulatorios; las características organizacionales como número de trabajadores, su
distribución etárea y por género, por cargos y áreas, distribución por turnos y presencia de estudiantes,
voluntarios y trabajadores en misión. Todo lo anterior, para definir estrategias de intervención acordes.
En esta etapa se definen los criterios a tener en cuenta en la evaluación de los riesgos biológicos.
15
3.2. IDENTIFICACIÓN DEL PELIGRO
La gestión del riesgo comienza con la identificación de aquellas situaciones, actividades y tareas
profesionales peligrosas en las que los trabajadores de la salud puedan correr un riesgo de exposición a
cualquiera de los patógenos considerados como de especial importancia en este reglamento técnico3
.
La identificación de los peligros debe ser amplia, utilizando un proceso sistemático bien estructurado,
porque los peligros potenciales que no se identifican en esta etapa son excluidos del análisis posterior.
Las herramientas utilizadas para identificar los peligros incluyen listas de chequeo, encuestas, juicios
basados en la experiencia y en los registros, lluvia de ideas, análisis de sistemas, análisis de escenarios,
observación de prácticas laborales, entre otros.
Otras fuentes de información son el perfil de morbimortalidad de la población atendida, los informes
existentes sobre casos de accidentalidad laboral por exposición a sangre u otros fluidos corporales,
exposición por vía aérea u otros tipos de exposiciones ocurridas en su actividad laboral, cuyos datos
permiten determinar las tendencias; identificar las actividades y tareas de alto riesgo; evaluar los
procedimientos de reporte, y controlar la eficacia del seguimiento y de las medidas correctivas
adoptadas.
En la identificación de peligros se debe tener en cuenta el tipo de servicio en el que labora el trabajador,
los agentes biológicos más comunes de acuerdo a cada área o tipo de servicio asistencial y el modo de
transmisión del agente biológico.
Los tipos de servicio existentes en la prestación de servicios de salud se clasifican en:
• Asistenciales o misionales: Corresponden a los servicios propios de la entidad, ya sean médicos,
quirúrgicos, paramédicos, de diagnóstico, tratamiento o rehabilitación.
3 OIT-OMS. Directrices mixtas sobre los servicios de salud y el VIH SIDA. Suiza, 2005
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• De apoyo: Realizan sus funciones para complementar los servicios asistenciales, con el fin de
ofrecer al usuario una atención integral con las mejores características de calidad.
• Administrativos: Desarrollan las actividades necesarias para permitir que la institución de salud
funcione como unidad.
Los agentes biológicos considerados en el presente documento técnico, de acuerdo con su modo de
trasmisión son:
Patógenos transmitidos por contacto: Corynebacterium diphtheriae, Staphylococcus aureus, virus
sincitial respiratorio, Herpes simple tipo 1, Citomegalovirus, Pediculus capitis, Streptococcus
pyogenes, Streptococcus pneumoniae, virus de la influenza, Virus de inmunodeficiencia humana
(VIH), Virus de hepatitis B (VHB), Virus de hepatitis C (VHC),Virus de hepatitis A (VHA),
Salmonella enterica, Shiguella flexneri, Shiguella boydii, Shiguella dysenteriae, Escherichia coli.
Patógenos transmitidos por aire: Mycobacterium tuberculosis, virus de la varicela zoster, virus del
sarampión, virus de la influenza.
Patógenos transmitidos por gotas: Corynebacterium diphtheriae, Staphylococcus aureus, Neisseria
menigitides, Streptococcus pneumoniae, Bordetella pertussis, Virus sincitial respiratorio, Streptococcus
pyogenes, Haemophilus influenzae Tipo B, Virus de la parotiditis, Virus de la rubeola.
3.3. ANÁLISIS DE RIESGOS:
Involucra la identificación de las fuentes de peligro, sus consecuencias y las probabilidades de que
puedan ocurrir. Dependiendo de las circunstancias el análisis puede ser cualitativo, semi-cuantitativo,
cuantitativo o una combinación de estos.
17
Se utilizan registros como panoramas de factores de riesgo o matrices de peligros y riesgos. En el caso
de la valoración del riesgo biológico se pueden establecer guías o listas de verificación en las cuales se
contemplen los controles existentes y la consecuencia de los mismos. 4 5
El análisis del riesgo es muy útil para la comunicación de riesgo, para la solución de problemas de
manera participativa y para el entrenamiento de personas nuevas en cómo realizar las tareas de manera
segura. Requiere que las organizaciones se comprometan en su uso sistemático y en atender las
recomendaciones para el control del riesgo.6
Un buen análisis tiene en cuenta:
• ¿Qué puede pasar?
• ¿Cuáles son las causas?
• ¿Cuáles pueden ser las consecuencias?
• ¿Cómo puede suceder o cuáles son los factores en el trabajo que actúan como detonantes para
que la situación suceda?
• ¿Cómo evitar que suceda?
En el análisis de los riesgos deberán considerarse aspectos como:
a) Las características del lugar de trabajo
4 International Commission on Occupational Health, American College of Occupational and Environmental Medicine Proceedings of the 2007 State-of-the-Art Conference Pre-conference Workshop: Protecting the Health of Health Care Workers: A Global Perspective. October 25, 2007, Vancouver, Canada.
5 Elizabeth A. Bolyard, RN, MPH,a Ofelia C. Tablan, MD,aWalter W. Williams, MD,b Michele L. Pearson, MD,a Craig N. Shapiro, MD,a Scott D. Deitchman, MD,c and The Hospital Infection Control Practices Advisory Committee. Centers for Disease Control and Prevention Public Health Service U.S. Department of Health and Human Services SPECIAL ARTICLE Guideline for infection control in health care personnel, 1998
6 OSHA 3071 2002 (Revised), Job Hazard analysis http://www.osha.gov/Publications/osha3071.pdf
18
b) El tipo de fluido corporal de que se trate.
c) Las vías de transmisión posibles y la vía más probable.
d) Las modalidades de transmisión de las enfermedades infecciosas en el lugar de trabajo.
e) El tipo y la frecuencia de la exposición.
f) Las prácticas de trabajo y de limpieza
g) La disponibilidad, adecuación y el uso de la ropa.
h) El equipo de protección individual.
i) Los conocimientos y la formación de los empleadores, los jefes de servicio, los encargados del
programa de salud ocupacional y los trabajadores de la salud en relación con las enfermedades
infecciosas objeto de este reglamento y con las prácticas de trabajo seguras.
j) El hecho de que el equipo utilizado pueda o no aumentar o reducir el riesgo de exposición.
k) Las medidas existentes para el control de los riesgos.
l) Los elementos para disposición de material contaminado.
m) La investigación de incidentes.
3.4. EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS
Consiste en valorar el nivel del riesgo para los trabajadores de la salud que conlleva la exposición a los
agentes biológicos objeto de este reglamento, y en determinar las medidas necesarias para reducir el
riesgo.
El resultado de una evaluación de los riesgos es la priorización de los mismos calificando en medio o
alto el nivel de riesgo, para definir las acciones de intervención.
3.5. CONTROL DE LOS RIESGOS
Tiene como objetivo aplicar la jerarquía de los controles seleccionando las medidas más eficaces, por
orden de prioridad, a fin de reducir al mínimo la exposición de los trabajadores de la salud a los
microorganismos objeto de este reglamento.
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Para la eliminación del riesgo, por ejemplo se recomienda formular medicación oral de eficacia similar
a aquella que se aplica por vía intramuscular o endovenosa.
Con base en el estudio de costo - beneficio que realice la institución, sustituir los elementos empleados
en la prestación de servicios de salud por dispositivos de seguridad que controlen el riesgo, por
ejemplo:
• Reemplazar las jeringas y agujas por inyectores sin aguja.
• Eliminar los objetos punzantes innecesarios como las pinzas de campo y emplear sistemas
intravenosos sin aguja (conectores sin aguja para conexiones superpuestas, en las líneas
endovenosas).
Desde el control administrativo la organización debe contar con:
• Realizar un Programa de Inducción y Entrenamiento
• Distribución de tiempos asignados para la realización de las tareas.
• Suficiente personal de acuerdo a la demanda.
• Dotación de insumos, recursos y suministros.
• Existencia de protocolos, normas y procedimientos para la realización de prácticas seguras en la
prestación de servicios de salud humana.
• Asignación de turnos con criterios para el control de la fatiga laboral.
• Limitación del acceso a zonas de alto riesgo.
• Seguimiento de la adherencia a las precauciones estándar.
• Desarrollo de un programa de educación.
• Disposición de recipientes para el desecho de elementos cortopunzantes “guardianes” en todas
las áreas de trabajo en donde se generen, a excepción de las habitaciones de las unidades de
salud mental y con precaución en las habitaciones del servicio de pediatría.
• Adquisición de recipientes para la disposición de residuos cortopunzantes desechables
(guardianes) y con las características descritas en la normatividad vigente.
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• La ubicación de los recipientes para disposición de cortopunzantes (guardianes) deben estar en
lugares de fácil acceso, a una altura que permita ver la boca del recipiente y lo más cerca
posible de las zonas donde se utilizan los objetos cortopunzantes.
El control del riesgo a partir de la modificación en las prácticas de trabajo debe incluir.
• Evitar el retapado las agujas (reenfundar).
• Utilizar dispositivos de seguridad, para realizar venopunción.
• No dejar agujas disponibles para ser utilizadas posteriormente. Por ejemplo pegadas al buretrol.
• Hacer uso de los guardianes hasta las 2/3 partes, estos no se deben llenar hasta su tope para
evitar el riesgo de incidentes o accidentes.
• En cirugía utilizar mesas de transferencia para dejar los elementos cortopunzantes en vez de
pasarlos directamente entre manos.
• Supervisar el seguimiento de las prácticas de trabajo seguras estableciendo los correctivos
pertinentes cuando se requiera.
• Para desempatar las jeringas cárpulas, retapar la aguja que va al paciente utilizando la técnica de
una sola mano, asegurar el capuchón sobre la jeringa cárpula y posteriormente desempatar la
aguja de jeringa y depositarla en el guardián.
• La eliminación de elementos cortopunzantes debe ser inmediata en un recipiente de contención
después de su utilización.
• El elemento cortopunzante debe ser eliminado inmediatamente y directamente en el recipiente
para el desecho de éstos por la persona que lo genera.
• Contar con instalaciones para lavarse las manos que estén dotadas con cantidades suficientes de
agua corriente, jabón líquido y toallas desechables.
• Utilizar alcohol glicerinado como de medida de higiene entre paciente y paciente cuando las
manos no están visiblemente contaminadas.
• Contar con diferentes tipos de material de los guantes, para utilizarlos en caso de presentarse
alergia al látex.
• En trabajadores de la salud con raspaduras o heridas en la piel cubrir la lesión con una banda
adhesiva impermeable no porosa y utilizar guantes permanentemente.
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• Adoptar las precauciones estándar de aislamiento para todos los pacientes con patologías
infecciosas y en aquellos que se sospeche o se confirme que está infectado con
microorganismos que se transmiten por contacto, gotas o vía aérea, adoptar las precauciones
previstas para cada una de ellas.
Finalmente, dentro de las alternativas para el control riesgo se encuentran los Elementos de Protección
Individual (EPI,) respecto a los cuales se presentan las siguientes recomendaciones:
• Asegurar el suministro de los EPI de acuerdo con tipo de vinculación que tenga el trabajador de
la salud a la institución.
• Capacitar en el uso y mantenimiento de estos elementos.
• Adquirir elementos con las características necesarias para reducir la exposición.
• Los trabajadores deben estar debidamente capacitados y conocer los procedimientos para
informar las anomalías de los mismos y obtener su remplazo.
• Los elementos deben haber sido revisados periódicamente para detectar eventuales defectos.
• Deben existir guantes de diferentes tallas, esterilizados y no esterilizados, incluidos guantes de
látex, vinilo, nitrilo, neopreno y otros materiales resistentes a la punción.
• Los trabajadores deben usar guantes cada vez que puedan tener contacto con sangre o fluidos
corporales, o cuando manipulen algo contaminado de sangre o fluidos corporales.
• Dotar de elementos de protección respiratoria de acuerdo con el peligro al que esté expuesto el
trabajador.
• Dotar de delantales de plástico, batas impermeables, protectores oculares, mascarillas
resistentes a los líquidos, a los trabajadores que pudieran tener el riesgo en su trabajo de
salpicaduras de sangre o sangre pulverizada, según proceda.
3.6. MONITOREO Y EVALUACIÓN
La institución debe monitorear los riesgos y la eficacia de las medidas de control para asegurar que el
programa de gestión continua siendo pertinente. Por lo anterior, la formulación de indicadores de
gestión en esta etapa es indispensable para cumplir con este propósito.
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Como mínimo deberán existir indicadores que valoren en la estructura, los procesos y resultados del
programa de gestión del riesgo biológico los siguientes aspectos:
• Disponibilidad y suficiencia de recursos.
• Indicadores de frecuencia y severidad para accidentes y enfermedades ocupacionales.
• Oportunidad en la atención del accidente
• Cobertura de las actividades realizadas en el programa.
• Cumplimiento del cronograma de trabajo definido.
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BIBLIOGRAFÍA
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