Reglamento Ministerio Musical
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MINISTERIO MUSICAL
DISCÍPULOS DE EMAÚS
Reglamento de Organización
“PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL
PERPETUO SOCORRO”
Sabana Sur, San José, Costa Rica
MINISTERIO MUSICAL DISCÍPULOS DE EMAÚS
“PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO”
Sabana Sur, San José, Costa Rica
1. ¿QUÉ ES UN MINISTERIO DE MÚSICA Y ALABANZA?
Los Cantores fueron originalmente designados por el Rey David, que también era
un Cantor, para encargarse del culto a Dios en la tienda del encuentro, y dirigir al
pueblo en la alabanza y en la adoración. (I Crón. 6, 16 –18) (I Crón. 15, 1-4; 15-
17)(II Crón. 5, 1-5; 11-14).
Requiere una consagración especial, apartar tiempo para el ministerio, y en
algunos casos ser exento de otros servicios para ocuparse del Ministerio de la
música. (I Cro 9,33)
El ministerio de la música es imprescindible en todo acto de adoración y alabanza
del pueblo. Esto es así, no por meritos propios, sino porque de ese modo se
expresa una realidad celestial. Es un mandato divino, y una vocación. (Neh. 12,
27-29) (Sal 33, 1-5) (Sal 150) (Efe. 5,19) (Catecismo Art. 2641.
El ministerio de la música es eterno, todo el pueblo ha de cantar alabanzas a Dios
eternamente. Lo que hacemos en la tierra es un "gran ensayo" para la alabanza
del cielo haciéndolo en mutua comunión.(Apoc 5, 8-10) (Apoc 14, 2-3) (Apoc. 15,
2-3). (Catecismo Art. 954, II) (Catecismo Art. 1404) (Catecismo Art. 2642).
La música habla directamente al corazón. La música y alabanza a Dios tiene un
efecto positivo en quienes la escuchan y la armonizan. (1 Sam 16, 23).
REGLAMENTO DEL MINISTERIO MUSICAL DISCÍPULOS DE EMAÚS
“PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO”
Sabana Sur, San José, Costa Rica
1 Definición o Naturaleza.
Somos un grupo de hermanos perteneciente a la Iglesia Católica, de
carácter religioso, sin fines de lucro al servicio de la Parroquia Nuestra Señora del
Perpetuo Socorro. Sus miembros se reúnen con el propósito de orar
espontáneamente, alabar, glorificar a Dios, escuchar y comentar la palabra de
Dios, además de prepararse técnica y espiritualmente para servir a Dios por
medio de la alabanza e inducir al pueblo a un acercamiento con Dios por medio
de la adoración y glorificación.
2 Origen.
En el año 2008 se reúnen varios jóvenes con el deseo de formar un grupo
musical para alabar a Dios y animar en distintos actividades religiosas, en la visita
pastoral realizada por Monseñor Hugo Barrantes a la Parroquia Nuestra Señora del
Perpetuo Socorro, nuestro Obispo les dio el envío como Discípulos de Emaús.
3 Objetivos.
3.1. Servir en la Parroquia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro,
denominada en adelante dentro de estas normas con el nombre de
“la Parroquia”, y en cualquier otra parroquia con previa autorización
de nuestro Párroco, cuando sea necesario, proporcionando cantos
para los diferentes eventos o actividades religiosas.
3.2. Promover la alabanza y adoración a nuestro Dios, siendo este el
medio para obtener una conversión personal con él, y también un
medio para el crecimiento espiritual del pueblo cristiano.
3.3. Promover los dones y carismas de alabanza y adoración, llevando a
todos el deseo de servir a nuestro Dios.
3.4. Animar al pueblo de Dios cuando sea necesario y solicitado en
nuestra comunidad, grupos o asociaciones en las diferentes
acciones religiosas de nuestra parroquia o de otras parroquias o
comunidades religiosas.
4 Estructura
El Ministerio Musical Discípulos de Emaús estará compuesto de la siguiente
forma:
4.1. Dos coordinadores.
4.2. Un director de alabanza.
4.3. Un Director de sonido.
4.4. Servidores músicos y vocalistas.
4.5. Un Fiscal
4.1 Los dos coordinadores tendrán las funciones siguientes:
a) Organizar todas las actividades internas del grupo, ya sea de
carácter espiritual, social o económico.
b) Velarán por el crecimiento espiritual de los integrantes del
ministerio, motivando la asistencia, la lectura de la Palabra, la
oración, testimonio de vida, etc.
c) Son los encargados de velar por la disciplina de los miembros del
ministerio, estableciendo normas de perseverancia y convivencia
con sus respectivas sanciones.
d) Serán ellos los representantes del ministerio en las reuniones de
carácter organizativo e informativo que se efectúen dentro de la
Parroquia.
e) Tienen la facultad de delegar eventualmente sus funciones
debidamente motivados por alguna circunstancia de fuerza
mayor.
4.2 El Director de Alabanza tendrá las funciones siguientes:
a) Es el encargado de la preparación musical de los miembros en el
área técnica, buscando continuamente el mejoramiento del
grupo en el arte musical por medio de la formación integral del
grupo.
b) Es el responsable de la sonorización musical adoptada por el
grupo, por medio del género y la clase.
c) Cumplirá las mismas funciones que los miembros servidores músicos
y vocalistas.
4.3 El Director de sonido tendrá las funciones siguientes:
a) Ajustar y calibrar el sonido en todos los eventos del Ministerio.
b) Dar mantenimiento preventivo y correctivo al equipo.
c) Evaluar para buscar mejoras en el sistema de audio.
d) Custodiar y resguardar el equipo.
e) Llegar puntualmente a los eventos del Ministerio para lograr realizar
pruebas de sonido previo a los ensayos respectivos.
4.4 Los Servidores Músicos y Vocalistas tendrán las funciones siguientes:
a) Son los responsables de llevar a cabo la ejecución instrumental y
vocalización musical en los cantos.
b) Son los encargados de la animación coreográfica de grupo,
fomentando la alabanza dinámica de la Asamblea.
c) Deberán cumplir las normas de Perseverancia, en observación de
los coordinadores del ministerio de alabanza, ya establecidas con
la aprobación de la mayoría de los integrantes de grupo.
d) Asistir a todos los eventos oficiales del Ministerio y participar
activamente, sea para alabanza o cuando correspondan a
obligaciones propias con la parroquia u otros eventos.
4.5 El Fiscal tendrá las funciones siguientes:
a) Verificar que las funciones asignadas a los coordinadores,
directores y servidores se estén cumpliendo cabalmente.
5 Requisitos para formar parte del ministerio:
Para poder formar parte del ministerio de alabanza se debe cumplir con los
siguientes requisitos:
a) Ser Católico.
b) Preferiblemente, perseverar en alguno de los grupos de la parroquia o
cualquier otra parroquia.
c) Tener el deseo incondicional de servirle a Dios.
d) Manifestación del carisma de música, alabanza e instrumentación.
e) Cumplir con los sacramentos.
f) Tener un buen testimonio de vida.
g) Participar previo a su integración plena al ministerio, de al menos cuatro
Eucaristías o presentaciones que el ministerio realice como escucha o
bien participar pero sin audio.
h) Estos requisitos se pueden derogar en ciertos casos con la aprobación
de la mayoría de los miembros y coordinadores del ministerio.
i) Tener 15 años o más.
j) Estar de acuerdo con los términos de este reglamento.
6 Normas internas.
Las normas internas que establece el ministerio se clasifican en dos:
5.1 Normas de perseverancia
5.2 Normas de Convivencia
6.1 Normas para seguir siendo parte del ministerio (perseverancia)
a) Cumplir con los mandamientos de la Santa Iglesia.
b) Asistir por los menos a una eucaristía semanalmente
c) Perseverar en la oración
d) Asistir a todos los ensayos y reuniones del ministerio.
e) Presentarse puntualmente a todos los eventos o actividades en la
que el ministerio tenga participación explicita.
f) Cumplir con las normas de convivencia y mantener un buen
comportamiento y una buena presentación en todo momento.
g) Acatar las observaciones y obligaciones dadas por los
coordinadores del ministerio.
h) Cumplir con las sanciones establecidas que se le apliquen.
i) Ser obediente y respetuoso con la jerarquía de la Santa Iglesia.
Podría darse una excepción a lo anterior, por una situación especial
debidamente justificada y comunicada a los coordinadores del Ministerio
con suficiente antelación.
6.2 Normas de convivencia dentro del ministerio.
a) Respetar las decisiones acordadas.
b) No alzar la voz cuando se esté dialogando o discutiendo.
c) Escuchar atentamente a la persona que habla y pedir
apropiadamente el turno de palabra.
d) Tratar con cuidado todos los bienes que el ministerio utiliza.
e) No utilizar un lenguaje soez o vulgar en las conversaciones.
f) Respetar la opinión de los demás.
g) Cumplir con otras normas que establezcan los coordinadores del
ministerio y el Director de alabanza.
h) No causar interrupciones en los ensayos o en los compromisos
que tengamos como ministerio.
i) Aplicar un sentido de silencio en las dificultades o problemas que
surjan entre los miembros ya sea de carácter interno o externo.
j) No usar celular durante el ensayo y en cualquier presentación a
realizar por el Ministerio.
k) Respetar el fólder y los instrumentos de los vocalistas y servidores
musicales.
l) No maltratar el fólder, equipo e instrumentos del Ministerio.
7 Sanciones.
Estas son las sanciones que serán aplicadas a cada uno de los miembros,
cuando se incumpla con alguna norma de perseverancia o convivencia, salvo
excepciones autorizadas por los coordinadores del ministerio de alabanza:
7.1. Si no asiste a la eucaristía una vez a la semana, no persevera en la
oración, no está dando buen testimonio y no esta cumpliendo con
las normas de convivencia ni con los Mandamientos de la Iglesia, los
coordinadores del ministerio le llamaran la atención y éste deberá
rectificar su proceder.
7.2. Si no asiste al último ensayo previo a la participación explicita en un
evento o actividad de carácter religioso dentro o fuera de la
Parroquia, no puede participar activamente en este, ya sea
ejecutando un instrumento o vocalizando los cantos.
7.3. Si no asiste presentablemente y no mantiene un comportamiento
aceptable en el evento o actividad de carácter religioso en el cual
el ministerio tenga participación explicita, no podrá permanecer
dentro del evento como miembro del ministerio.
7.4. Si no asiste con frecuencia a los ensayos o reuniones del ministerio, se
le suspenderá temporalmente su participación en los eventos o
actividades religiosas en las que tenga participación explícita el
ministerio.
7.5. Si no cumple con las sanciones que se le apliquen, no podrá seguir
perteneciendo al ministerio.
8 Elección y destitución de los coordinadores, Director de alabanza y Director
de sonido.
Para la elección de los coordinadores, el director de alabanza, el de sonido
y el fiscal, todos los servidores del ministerio con una mayoría superior al 80% de los
miembros, se reunirán y una vez analizadas las funciones de esos cargos,
procederán a votar uno a uno los mismos. Cada cargo será elegido por la
mayoría de los votos y los servidores elegidos permanecerán en ellos por un
periodo de seis meses, pudiendo ser reelectos si así lo deciden los miembros del
ministerio en un nuevo proceso de votación.
Serán destituidos de sus cargos, aquellos coordinadores o el director de
alabanza y el de sonido que no esté cumpliendo con sus funciones y por decisión
de la mayoría de los servidores si así se dispone, no sin antes conversar
previamente con el para a través del diálogo corregir el problema suscitado.
Dado en San José, Sabana Sur, Parroquia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, a
los 5 días del mes de setiembre del año dos mil nueve.