Reglamento Ministerio Musical

8
MINISTERIO MUSICAL DISCÍPULOS DE EMAÚS Reglamento de Organización “PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO” Sabana Sur, San José, Costa Rica

description

musica catolica

Transcript of Reglamento Ministerio Musical

Page 1: Reglamento Ministerio Musical

MINISTERIO MUSICAL

DISCÍPULOS DE EMAÚS

Reglamento de Organización

“PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL

PERPETUO SOCORRO”

Sabana Sur, San José, Costa Rica

Page 2: Reglamento Ministerio Musical

MINISTERIO MUSICAL DISCÍPULOS DE EMAÚS

“PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO”

Sabana Sur, San José, Costa Rica

1. ¿QUÉ ES UN MINISTERIO DE MÚSICA Y ALABANZA?

Los Cantores fueron originalmente designados por el Rey David, que también era

un Cantor, para encargarse del culto a Dios en la tienda del encuentro, y dirigir al

pueblo en la alabanza y en la adoración. (I Crón. 6, 16 –18) (I Crón. 15, 1-4; 15-

17)(II Crón. 5, 1-5; 11-14).

Requiere una consagración especial, apartar tiempo para el ministerio, y en

algunos casos ser exento de otros servicios para ocuparse del Ministerio de la

música. (I Cro 9,33)

El ministerio de la música es imprescindible en todo acto de adoración y alabanza

del pueblo. Esto es así, no por meritos propios, sino porque de ese modo se

expresa una realidad celestial. Es un mandato divino, y una vocación. (Neh. 12,

27-29) (Sal 33, 1-5) (Sal 150) (Efe. 5,19) (Catecismo Art. 2641.

El ministerio de la música es eterno, todo el pueblo ha de cantar alabanzas a Dios

eternamente. Lo que hacemos en la tierra es un "gran ensayo" para la alabanza

del cielo haciéndolo en mutua comunión.(Apoc 5, 8-10) (Apoc 14, 2-3) (Apoc. 15,

2-3). (Catecismo Art. 954, II) (Catecismo Art. 1404) (Catecismo Art. 2642).

La música habla directamente al corazón. La música y alabanza a Dios tiene un

efecto positivo en quienes la escuchan y la armonizan. (1 Sam 16, 23).

Page 3: Reglamento Ministerio Musical

REGLAMENTO DEL MINISTERIO MUSICAL DISCÍPULOS DE EMAÚS

“PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO”

Sabana Sur, San José, Costa Rica

1 Definición o Naturaleza.

Somos un grupo de hermanos perteneciente a la Iglesia Católica, de

carácter religioso, sin fines de lucro al servicio de la Parroquia Nuestra Señora del

Perpetuo Socorro. Sus miembros se reúnen con el propósito de orar

espontáneamente, alabar, glorificar a Dios, escuchar y comentar la palabra de

Dios, además de prepararse técnica y espiritualmente para servir a Dios por

medio de la alabanza e inducir al pueblo a un acercamiento con Dios por medio

de la adoración y glorificación.

2 Origen.

En el año 2008 se reúnen varios jóvenes con el deseo de formar un grupo

musical para alabar a Dios y animar en distintos actividades religiosas, en la visita

pastoral realizada por Monseñor Hugo Barrantes a la Parroquia Nuestra Señora del

Perpetuo Socorro, nuestro Obispo les dio el envío como Discípulos de Emaús.

3 Objetivos.

3.1. Servir en la Parroquia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro,

denominada en adelante dentro de estas normas con el nombre de

“la Parroquia”, y en cualquier otra parroquia con previa autorización

de nuestro Párroco, cuando sea necesario, proporcionando cantos

para los diferentes eventos o actividades religiosas.

3.2. Promover la alabanza y adoración a nuestro Dios, siendo este el

medio para obtener una conversión personal con él, y también un

medio para el crecimiento espiritual del pueblo cristiano.

3.3. Promover los dones y carismas de alabanza y adoración, llevando a

todos el deseo de servir a nuestro Dios.

3.4. Animar al pueblo de Dios cuando sea necesario y solicitado en

nuestra comunidad, grupos o asociaciones en las diferentes

acciones religiosas de nuestra parroquia o de otras parroquias o

comunidades religiosas.

4 Estructura

El Ministerio Musical Discípulos de Emaús estará compuesto de la siguiente

forma:

4.1. Dos coordinadores.

4.2. Un director de alabanza.

4.3. Un Director de sonido.

4.4. Servidores músicos y vocalistas.

4.5. Un Fiscal

Page 4: Reglamento Ministerio Musical

4.1 Los dos coordinadores tendrán las funciones siguientes:

a) Organizar todas las actividades internas del grupo, ya sea de

carácter espiritual, social o económico.

b) Velarán por el crecimiento espiritual de los integrantes del

ministerio, motivando la asistencia, la lectura de la Palabra, la

oración, testimonio de vida, etc.

c) Son los encargados de velar por la disciplina de los miembros del

ministerio, estableciendo normas de perseverancia y convivencia

con sus respectivas sanciones.

d) Serán ellos los representantes del ministerio en las reuniones de

carácter organizativo e informativo que se efectúen dentro de la

Parroquia.

e) Tienen la facultad de delegar eventualmente sus funciones

debidamente motivados por alguna circunstancia de fuerza

mayor.

4.2 El Director de Alabanza tendrá las funciones siguientes:

a) Es el encargado de la preparación musical de los miembros en el

área técnica, buscando continuamente el mejoramiento del

grupo en el arte musical por medio de la formación integral del

grupo.

b) Es el responsable de la sonorización musical adoptada por el

grupo, por medio del género y la clase.

c) Cumplirá las mismas funciones que los miembros servidores músicos

y vocalistas.

4.3 El Director de sonido tendrá las funciones siguientes:

a) Ajustar y calibrar el sonido en todos los eventos del Ministerio.

b) Dar mantenimiento preventivo y correctivo al equipo.

c) Evaluar para buscar mejoras en el sistema de audio.

d) Custodiar y resguardar el equipo.

e) Llegar puntualmente a los eventos del Ministerio para lograr realizar

pruebas de sonido previo a los ensayos respectivos.

Page 5: Reglamento Ministerio Musical

4.4 Los Servidores Músicos y Vocalistas tendrán las funciones siguientes:

a) Son los responsables de llevar a cabo la ejecución instrumental y

vocalización musical en los cantos.

b) Son los encargados de la animación coreográfica de grupo,

fomentando la alabanza dinámica de la Asamblea.

c) Deberán cumplir las normas de Perseverancia, en observación de

los coordinadores del ministerio de alabanza, ya establecidas con

la aprobación de la mayoría de los integrantes de grupo.

d) Asistir a todos los eventos oficiales del Ministerio y participar

activamente, sea para alabanza o cuando correspondan a

obligaciones propias con la parroquia u otros eventos.

4.5 El Fiscal tendrá las funciones siguientes:

a) Verificar que las funciones asignadas a los coordinadores,

directores y servidores se estén cumpliendo cabalmente.

5 Requisitos para formar parte del ministerio:

Para poder formar parte del ministerio de alabanza se debe cumplir con los

siguientes requisitos:

a) Ser Católico.

b) Preferiblemente, perseverar en alguno de los grupos de la parroquia o

cualquier otra parroquia.

c) Tener el deseo incondicional de servirle a Dios.

d) Manifestación del carisma de música, alabanza e instrumentación.

e) Cumplir con los sacramentos.

f) Tener un buen testimonio de vida.

g) Participar previo a su integración plena al ministerio, de al menos cuatro

Eucaristías o presentaciones que el ministerio realice como escucha o

bien participar pero sin audio.

h) Estos requisitos se pueden derogar en ciertos casos con la aprobación

de la mayoría de los miembros y coordinadores del ministerio.

i) Tener 15 años o más.

j) Estar de acuerdo con los términos de este reglamento.

Page 6: Reglamento Ministerio Musical

6 Normas internas.

Las normas internas que establece el ministerio se clasifican en dos:

5.1 Normas de perseverancia

5.2 Normas de Convivencia

6.1 Normas para seguir siendo parte del ministerio (perseverancia)

a) Cumplir con los mandamientos de la Santa Iglesia.

b) Asistir por los menos a una eucaristía semanalmente

c) Perseverar en la oración

d) Asistir a todos los ensayos y reuniones del ministerio.

e) Presentarse puntualmente a todos los eventos o actividades en la

que el ministerio tenga participación explicita.

f) Cumplir con las normas de convivencia y mantener un buen

comportamiento y una buena presentación en todo momento.

g) Acatar las observaciones y obligaciones dadas por los

coordinadores del ministerio.

h) Cumplir con las sanciones establecidas que se le apliquen.

i) Ser obediente y respetuoso con la jerarquía de la Santa Iglesia.

Podría darse una excepción a lo anterior, por una situación especial

debidamente justificada y comunicada a los coordinadores del Ministerio

con suficiente antelación.

6.2 Normas de convivencia dentro del ministerio.

a) Respetar las decisiones acordadas.

b) No alzar la voz cuando se esté dialogando o discutiendo.

c) Escuchar atentamente a la persona que habla y pedir

apropiadamente el turno de palabra.

d) Tratar con cuidado todos los bienes que el ministerio utiliza.

e) No utilizar un lenguaje soez o vulgar en las conversaciones.

f) Respetar la opinión de los demás.

g) Cumplir con otras normas que establezcan los coordinadores del

ministerio y el Director de alabanza.

Page 7: Reglamento Ministerio Musical

h) No causar interrupciones en los ensayos o en los compromisos

que tengamos como ministerio.

i) Aplicar un sentido de silencio en las dificultades o problemas que

surjan entre los miembros ya sea de carácter interno o externo.

j) No usar celular durante el ensayo y en cualquier presentación a

realizar por el Ministerio.

k) Respetar el fólder y los instrumentos de los vocalistas y servidores

musicales.

l) No maltratar el fólder, equipo e instrumentos del Ministerio.

7 Sanciones.

Estas son las sanciones que serán aplicadas a cada uno de los miembros,

cuando se incumpla con alguna norma de perseverancia o convivencia, salvo

excepciones autorizadas por los coordinadores del ministerio de alabanza:

7.1. Si no asiste a la eucaristía una vez a la semana, no persevera en la

oración, no está dando buen testimonio y no esta cumpliendo con

las normas de convivencia ni con los Mandamientos de la Iglesia, los

coordinadores del ministerio le llamaran la atención y éste deberá

rectificar su proceder.

7.2. Si no asiste al último ensayo previo a la participación explicita en un

evento o actividad de carácter religioso dentro o fuera de la

Parroquia, no puede participar activamente en este, ya sea

ejecutando un instrumento o vocalizando los cantos.

7.3. Si no asiste presentablemente y no mantiene un comportamiento

aceptable en el evento o actividad de carácter religioso en el cual

el ministerio tenga participación explicita, no podrá permanecer

dentro del evento como miembro del ministerio.

7.4. Si no asiste con frecuencia a los ensayos o reuniones del ministerio, se

le suspenderá temporalmente su participación en los eventos o

actividades religiosas en las que tenga participación explícita el

ministerio.

7.5. Si no cumple con las sanciones que se le apliquen, no podrá seguir

perteneciendo al ministerio.

Page 8: Reglamento Ministerio Musical

8 Elección y destitución de los coordinadores, Director de alabanza y Director

de sonido.

Para la elección de los coordinadores, el director de alabanza, el de sonido

y el fiscal, todos los servidores del ministerio con una mayoría superior al 80% de los

miembros, se reunirán y una vez analizadas las funciones de esos cargos,

procederán a votar uno a uno los mismos. Cada cargo será elegido por la

mayoría de los votos y los servidores elegidos permanecerán en ellos por un

periodo de seis meses, pudiendo ser reelectos si así lo deciden los miembros del

ministerio en un nuevo proceso de votación.

Serán destituidos de sus cargos, aquellos coordinadores o el director de

alabanza y el de sonido que no esté cumpliendo con sus funciones y por decisión

de la mayoría de los servidores si así se dispone, no sin antes conversar

previamente con el para a través del diálogo corregir el problema suscitado.

Dado en San José, Sabana Sur, Parroquia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, a

los 5 días del mes de setiembre del año dos mil nueve.