REGLAMENTO INVESTIGACIONES NOVIEMBRE DE 2016
Transcript of REGLAMENTO INVESTIGACIONES NOVIEMBRE DE 2016
1
CORPORACIÓN DE ESTUDIOS TECNOLÓGICOS DEL NORTE DEL VALLE
REGLAMENTO INVESTIGACIONES
NOVIEMBRE DE 2016
2
REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES
Elaboración
Mag. Marlene Rocío Moscoso Quiceno
Directora Investigaciones
Colaboración
Esp. Carolina Castañeda Mejía
Aprobación
Consejo Directivo
Acuerdo No.012 de 2016
Noviembre 2 de 2016
Consejo Académico
Acuerdo No.003 de 2016
Julio 29 de 2016
3
TABLA DE CONTENIDO
FILOSOFÍA INSTITUCIONAL……………………………………………………………………………………………..14
Misión Institucional ............................................................................................................. 14
Visión Institucional ............................................................................................................... 14
Valores Corporativos ........................................................................................................... 14
POLÍTICA DE CALIDAD .......................................................................................................... 15
ESTRUCTURA ORGÁNICA ..................................................................................................... 15
PRESENTACIÓN .................................................................................................................... 16
ACUERDO No.012 DE NOVIEMBRE 2 DE 2016 .................................................................... 17
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES ............................................................................ 18
Artículo 1. Conceptos Generales .......................................................................................... 18
Artículo 2. Políticas ............................................................................................................... 22
CAPÍTULO II. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INVESTIGACIÓN ........................................... 23
Artículo 3. Estructura orgánica ............................................................................................. 23
Artículo 4. Vicerrectoría Académica ..................................................................................... 24
Artículo 5. Responsabilidad de la rectoría ........................................................................... 24
Artículo 6. Dirección de Investigaciones .............................................................................. 24
Artículo 7. Funciones de la Dirección de Investigaciones. ................................................... 24
Artículo 8. Comité de Investigaciones .................................................................................. 25
Artículo 9. Funciones del Comité de Investigaciones........................................................... 26
Artículo 10. Núcleos de Investigación .................................................................................. 26
Artículo 11. Funciones de los Núcleos de Investigación ...................................................... 27
CAPÍTULO III. ACTIVIDAD INVESTIGATIVA ........................................................................... 27
4
Artículo 12. La investigación y los ciclos de formación ........................................................ 27
Artículo 13. Tipos de investigación, según el nivel de formación ........................................ 27
Artículo 14. Nivel Técnico Profesional ................................................................................. 27
Artículo 15. Nivel Tecnológico .............................................................................................. 28
Artículo 16. Nivel Profesional Universitario ......................................................................... 28
Artículo 17. Formación investigativa por niveles ................................................................. 28
Artículo 18. Fundamentos de la investigación ..................................................................... 28
Artículo 19. Actividad investigativa ...................................................................................... 29
Artículo 20. Líneas de Investigación ..................................................................................... 29
Artículo 21. Sublínea de Investigación ................................................................................. 29
Artículo 22. Programa de Investigación ............................................................................... 29
Artículo 23. Grupos de Investigación ................................................................................... 30
Artículo 24. Integrantes de los Grupos ................................................................................ 30
Artículo 25. Proceso inscripción de Grupos de Investigación. ............................................. 31
Artículo 26. Proceso para Reconocimiento Institucional de Grupos de Investigación ........ 31
Artículo 27. Funciones de los Grupos de Investigación ....................................................... 32
Artículo 28. Proceso para Otorgamiento de Aval Institucional de los Grupos ................... 33
Artículo 29. El Proceso de Investigación .............................................................................. 34
Artículo 30. Fase de Planeación. .......................................................................................... 34
Artículo 31. Propuesta de Investigación .............................................................................. 34
Artículo 32. Estructura Propuestas de investigación ........................................................... 34
Artículo 33. Grupos y semilleros .......................................................................................... 34
Artículo 34. Propuestas de investigación como modalidad de grado ................................. 34
Artículo 35. Evaluación de Propuestas de investigación ...................................................... 35
5
Artículo 36. Fase de ejecución ............................................................................................. 36
Artículo 37. Informes periódicos del proyecto .................................................................... 36
Artículo 38. Presentación documento final de proyecto de investigación .......................... 37
Artículo 39. Financiación de Proyectos de Investigación ..................................................... 37
Artículo 40. Convocatoria financiación proyectos ............................................................... 37
Artículo 41. Asignación Directa a Grupos y/o Semilleros de Investigación ......................... 37
Artículo 42. Rubros financiables. ......................................................................................... 38
Artículo 43. Asignación de recursos ..................................................................................... 38
Artículo 44. Financiación de proyectos ................................................................................ 39
Artículo 45. Proyectos de investigación conjunta ................................................................ 39
Artículo 46. Derechos y obligaciones beneficiarios de proyectos financiados .................... 39
Artículo 47. Contrato para financiamiento .......................................................................... 39
Artículo 48. Propiedad intelectual...................................................................................... 39
CAPÍTULO IV. LOS TRABAJOS DE GRADO ............................................................................ 40
Artículo 49. Requisito titulación ........................................................................................... 40
Artículo 50. Denominación trabajo de grado ....................................................................... 40
Artículo 51. Modalidades de trabajo de grado .................................................................... 40
Artículo 52. Trabajo de Investigación ................................................................................... 41
Artículo 53. Ensayo Investigativo ......................................................................................... 41
Artículo 54. Requisitos ensayo investigativo ....................................................................... 42
Artículo 55. Matricula ensayo investigativo ......................................................................... 42
Artículo 56. Estructura ensayo investigativo ....................................................................... 42
Artículo 57. Etapas a seguir en la realización de un ensayo investigativo. ........................ 43
Artículo 58. Requisitos entrega de informes........................................................................ 45
6
Artículo 59. Reprobación ensayo investigativo .................................................................... 45
Artículo 60. Asignación de jurados ensayo investigativo ..................................................... 45
Artículo 61. Deberes y derechos del asesor de ensayo investigativo .................................. 45
Artículo 62. Evaluación y calificación de ensayo investigativo ............................................ 47
Artículo 63. Evaluación del trabajo escrito .......................................................................... 47
Artículo 64. Evaluación de la sustentación pública .............................................................. 47
Artículo 65. Calificación del ensayo ..................................................................................... 47
Artículo 66. Puntuación del ensayo ..................................................................................... 48
Artículo 67. Proyecto de investigación como modalidad de grado ..................................... 48
Artículo 68. Integrantes trabajos de investigación .............................................................. 48
Artículo 69. Tiempo de ejecución trabajos de investigación ............................................... 49
Artículo 70. Matricula trabajos de investigación ................................................................. 49
Artículo 71. Etapas a seguir en la realización de un proyecto de investigación. ................. 49
Artículo 72. Acta de sustentación del trabajo de grado ...................................................... 51
Artículo 73. Propuesta de investigación (anteproyecto). .................................................... 51
Artículo 74. Informe Final ..................................................................................................... 52
Artículo 75. Recepción proyectos finales. ............................................................................ 54
Artículo 76. Tiempo para presentar informe final. .............................................................. 54
Artículo 77. Asignación asesor ............................................................................................. 54
Artículo 78. Deberes y derechos del asesor de proyecto de investigación ......................... 54
Artículo 79. Evaluación y calificación de proyecto de investigación.................................... 55
Artículo 80. Evaluación del trabajo escrito .......................................................................... 56
Artículo 81. Evaluación de la sustentación pública. ............................................................. 56
Artículo 82. Puntuación trabajo de grado ............................................................................ 56
7
Artículo 83. Puntuación proyecto investigación .................................................................. 57
Artículo 84. Trabajo de grado laureado ............................................................................... 57
Artículo 85. Trabajo de grado sobresaliente ........................................................................ 57
Artículo 86. Monografía ....................................................................................................... 58
Artículo 87. Integrantes monografía .................................................................................... 58
Artículo 88. Tiempo para desarrollar la monografía. ........................................................... 58
Artículo 89. Matricula monografía. ...................................................................................... 58
Artículo 90. Etapas a seguir en la realización de monografía como opción de grado. ....... 58
Artículo 91. Recepción de informe final de monografía. ..................................................... 60
Artículo 92. Tiempo estipulado ............................................................................................ 61
Artículo 93. Asignación asesor ............................................................................................. 61
Artículo 94. Deberes y derechos del asesor de monografía ................................................ 61
Artículo 95. Evaluación y calificación de monografía .......................................................... 62
Artículo 96. Evaluación del trabajo escrito .......................................................................... 63
Artículo 97. Evaluación de la sustentación pública .............................................................. 63
Artículo 98. Puntaje monografía .......................................................................................... 63
Artículo 99. Calificación monografía .................................................................................... 63
Artículo 100. Trabajo laureado ............................................................................................ 64
Artículo 101. Trabajo sobresaliente. .................................................................................... 64
Artículo 102. Seminario de Grado ........................................................................................ 64
Artículo 103. Propuesta de seminario .................................................................................. 64
Artículo 104. Informe final de seminario ............................................................................. 65
Artículo 105. Número de créditos seminario ....................................................................... 65
Artículo 106. Etapas a seguir en la realización de un seminario de grado. ......................... 65
8
Artículo 107. Informe final seminario .................................................................................. 68
Artículo 108. Deberes y derechos de los asesores del seminario de grado ........................ 69
Artículo 109. Evaluación y calificación del seminario de grado ........................................... 70
Artículo 110. Evaluación del trabajo escrito ........................................................................ 70
Artículo 111. Evaluación de la sustentación pública ............................................................ 71
Artículo 112. Calificación trabajo de grado .......................................................................... 71
Artículo 113. Puntaje del trabajo de grado .......................................................................... 71
Artículo 114. Creación - innovación de empresa ............................................................... 71
Artículo 115. Trabajos de creación - innovación de empresa .............................................. 71
Artículo 116. Tiempo estipulado para trabajos de creación - innovación de empresa. ...... 72
Artículo 117. Matricula trabajos de creación - innovación de empresa .............................. 72
Artículo 118. Temática para los trabajos de creación - innovación de empresa ................. 72
Artículo 119. Etapas a seguir en la creación - innovación de empresa .............................. 72
Artículo 120. Recepción de informes finales........................................................................ 74
Artículo 121. Reprobación creación - innovación de empresa ............................................ 74
Artículo 122. Nombramiento asesor .................................................................................... 75
Artículo 123. Deberes y derechos del asesor de trabajos de creación - innovación de
empresa ................................................................................................................................ 75
Artículo 124. Proceso de creación - innovación de empresa ............................................. 76
Artículo 125. Estructura propuesta de creación - innovación de empresa ........................ 76
Artículo 126. Estructura informe final de creación - innovación de empresa .................... 77
Artículo 127. Evaluación y calificación del informe final de trabajos de creación -
innovación de empresa ....................................................................................................... 79
Artículo 128. Evaluación del trabajo escrito ........................................................................ 79
9
Artículo 129. Evaluación de la sustentación pública ............................................................ 79
Artículo 130. Calificación creación e innovación de empresa ............................................. 79
Artículo 131. Puntaje creación e innovación de empresa ................................................... 80
Artículo 132. Pasantía.......................................................................................................... 80
Artículo 133. Objetivos pasantía .......................................................................................... 80
Artículo 134. Etapas a seguir en la realización de pasantía como opción de grado. .......... 81
Artículo 135. Tiempo estipulado de pasantía…………………………………………………………………84
Artículo 136. Matricula de pasantía ..................................................................................... 84
Artículo 137. Tiempo vinculación de pasantes .................................................................... 84
Artículo 138. Recepción de informes finales........................................................................ 84
Artículo 139. Excepciones recepción de informes finales.................................................... 84
Artículo 140. Número integrantes pasantía ......................................................................... 85
Artículo 141. Duración pasantía ........................................................................................... 85
Artículo 142. Tiempo estipulado para la entrega informe final ........................................... 85
Artículo 143. Asignación de jurados ..................................................................................... 85
Artículo 144. Realización de pasantías ................................................................................. 85
Artículo 145. Requisitos del estudiante para aplicar a la modalidad de pasantía. .............. 86
Artículo 146. Deberes y derechos del estudiante ................................................................ 86
Artículo 147. Responsabilidades de la empresa o institución donde se realiza pasantía. .. 88
Artículo 148. Causales de reprobación en el desarrollo de la pasantía ............................... 88
Artículo 149. Evaluación de pasantía ................................................................................... 90
Artículo 150. El informe final escrito del trabajo de pasantía ............................................. 90
Artículo 151. Deberes y derechos del asesor del informe de pasantía ............................... 92
Artículo 152. Criterios para la evaluación de pasantía ........................................................ 93
10
Artículo 153. Evaluación de desempeño en la empresa ...................................................... 94
Artículo 154. Evaluación del trabajo escrito ........................................................................ 94
Artículo 155. Evaluación de la sustentación pública. ........................................................... 94
Artículo 156. Calificación de la pasantía .............................................................................. 94
Artículo 157. Puntaje pasantía ............................................................................................. 94
Artículo 158. Proyecto integrador ........................................................................................ 95
Artículo 159. Propuesta proyecto integrador ...................................................................... 95
Artículo 160. Informe final proyecto integrador .................................................................. 95
Artículo 161.Conformación proyecto integrador ................................................................. 96
Artículo 162. Etapas a seguir en la realización de un proyecto integrador. ........................ 96
Artículo 163. Informe final proyecto integrador .................................................................. 98
Artículo 164. Evaluación y calificación del proyecto integrador .......................................... 99
Artículo 165. Evaluación del informe escrito ..................................................................... 100
Artículo 166. Evaluación de la sustentación oral ............................................................... 100
Artículo 167. Evaluación del producto ............................................................................... 101
Artículo 168. Calificación proyecto integrador .................................................................. 101
Artículo 169. Puntaje proyecto integrador ........................................................................ 101
Articulo 170. Entrega informe final proyecto integrador……………………………………………..101
CAPÍTULO V. LOS SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN .......................................................... 102
Artículo 171. Semilleros de Investigación .......................................................................... 102
Artículo 172. Objetivo general de los Semilleros de Investigación .................................... 103
Artículo 173. Objetivos específicos de los Semilleros de Investigación. .......................... 103
Artículo 174. Duración y disolución de los Semilleros de Investigación ............................ 104
Artículo 175. Integrantes de los Semilleros de Investigación ............................................ 104
11
Artículo 176.Roles y funciones de los integrantes de los Semilleros de Investigación..... 104
Artículo 177. Proceso inscripción de Semillero de Investigación. ...................................... 107
Artículo 178. Proceso para el reconocimiento institucional de los Semilleros de
Investigación....................................................................................................................... 107
Artículo 179. Requisitos para ingresar al programa Semilleros de Investigación.............. 108
Artículo 180. Estímulos generales ...................................................................................... 109
Artículo 181. Estímulos económicos .................................................................................. 109
Artículo 182. Requisitos para acceder a los estímulos económicos. ................................ 110
Artículo 183. Encuentro Institucional de Semilleros de Investigación .............................. 111
CAPÍTULO VI. FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN Y A LA PRODUCCIÓN INTELECTUAL ........ 111
Artículo 184. Estímulos actividad investigativa .................................................................. 111
Artículo 185. Incentivos económicos por producción académica ..................................... 112
Artículo 186. Requisitos para acceder al incentivo ............................................................ 112
Artículo 187. Categoría y monto del incentivo................................................................... 113
Artículo 188. Beneficio de periodo sabático ...................................................................... 113
Artículo 189. Tiempo periodo sabático .............................................................................. 114
Artículo 190. Requisitos para solicitar beneficio de periodo sabático.............................. 114
Artículo 191. Duración periodo sabático ........................................................................... 114
Artículo 192. Derechos del beneficiario de periodo sabático ............................................ 114
Artículo 193. Obligaciones del beneficiario de periodo sabático ...................................... 115
BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................... 116
ANEXO 1……………………………………………………………………………………………………………………….118
Estructura para presentación de propuestas de grupos de investigación ......................... 118
ANEXO 2. ............................................................................................................................ 126
12
Estructura para presentación de propuestas de semilleros de investigación ................... 126
Servicios técnicos. .............................................................................................................. 131
ANEXO 3. ............................................................................................................................ 133
Informe Final de Investigación ........................................................................................... 133
13
LISTA DE TABLAS
Tabla 1. Tipos de investigación según nivel de formación. ...................................................... 28
Tabla 2. Parámetros evaluación propuestas de investigación. ................................................ 35
Tabla 3. Rubros financiables..................................................................................................... 38
Tabla 4. Estructura propuesta de creación - innovación de empresa.................................... 76
Tabla 5. Estructura informe fina de creación - innovación de empresa ................................ 77
Tabla 6. Estructura de informe final de proyecto integrador según nivel de formación ........ 98
Tabla 7. Evaluación y calificación del proyecto integrador según nivel de formación ............ 99
Tabla 8. Categoría y monto de incentivos por producción académica .................................. 113
14
FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
Misión Institucional
Somos una Institución de Educación Superior, sin ánimo de lucro, facultada para ofrecer
programas de formación hasta el nivel profesional, por ciclos propedéuticos, generando
competencias, difundiendo conocimientos con fundamentación científica e investigativa,
para formar profesionales desde una perspectiva integral que permita el fortalecimiento y
desarrollo socioeconómico en la construcción de una sociedad nueva.
Visión Institucional
En el 2020, seremos una Institución con programas acreditados, reconocida por la calidad,
diversidad e innovación de sus servicios de docencia, investigación y proyección social,
formando profesionales de éxito que incidan en el desarrollo de la región y la nación,
involucrada con la comunidad internacional.
Valores Corporativos
- Honestidad
- Humildad
- Integridad
- Cooperación
- Intelectualidad
15
POLÍTICA DE CALIDAD
Como Institución de Educación Superior, estamos comprometidos con el mejoramiento
continuo de todos los procesos institucionales, enmarcados en las normas legales para
satisfacer necesidades presentes y futuras de los clientes.
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Fuente. Plan de Desarrollo Institucional 2011- 2020
16
PRESENTACIÓN
La investigación científica y tecnológica se inicia cuando se siente el deseo de contribuir al
esclarecimiento de las relaciones del hombre con el medio, cuando se quiere hacer
comprensible un fenómeno que aparentemente no lo es, cuando se quiere aclarar algo que
a nuestro juicio existen contradicciones, cuando al buscar conocimientos que expliquen un
fenómeno se encuentran que estos no existen, cuando la sociedad reclama una norma para
organizar el comportamiento y evitar el caos social, cuando las normas existentes son
caducas para la época y el medio, cuando un mal moral, físico o social azota la naturaleza,
cuando el hombre se encuentra en la búsqueda de niveles de conocimiento que
permitan avanzar en el desarrollo de su potencial intelectual, cuando las teorías deben
convertirse en tecnologías para satisfacer necesidades sociales o simplemente cuando una
persona se ve abocada a la realización de una investigación (Godotti, 2001).
Lo expuesto, evidencia el impacto que tiene la investigación científica y tecnológica en los
procesos educativos, razón por la que a partir de la redefinición institucional por ciclos
propedéuticos y niveles de formación profesional (técnico profesional, tecnológico y
profesional universitario), la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle,
mediante resolución 5106 de agosto de 2008, es consciente que este tipo de “formación
(…) se convierte en un modelo para acceder a niveles más complejos de competitividad
profesional y en una respuesta a la necesidad de adaptar la oferta educativa a los
permanentes cambios del mercado laboral, donde la educación vuelve su mirada hacia el
sector productivo, para indagar cuáles son sus nuevas demandas ocupacionales y poder
ofrecer, desde una formación científica y tecnológica, respuestas y soluciones a sus
problemas o necesidades, con nuevas competencias” (La Revolución Educativa. MEN.2004).
En este sentido, la Institución asume la cultura investigativa como la oportunidad para
acceder a la construcción de nuevo conocimiento, a partir de la formación en investigación y
17
el desarrollo del espíritu investigativo en la comunidad educativa, ya que constituye la
columna vertebral del quehacer académico, y la filosofía institucional propicia la producción
de conocimientos, a la vez que el desarrollo humano, a la luz de una concepción humanística
cimentada en la formación en ciencia, tecnología e innovación, en cada uno de los niveles
de formación, de tal forma que responda a los retos que impone un mundo
globalizado, inmerso en el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación.
El presente documento entrega las normas y procedimientos a seguir en la Corporación de
Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, para la construcción de una estructura
investigativa dinámica y flexible, fundamentada en el desarrollo de una cultura de ciencia,
tecnología e innovación.
ACUERDO No.012 DE NOVIEMBRE 2 DE 2016
POR EL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES DE
LA CORPORACIÓN DE ESTUDIOS TECNOLÓGICOS DEL NORTE DEL VALLE
El Consejo Directivo de la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, en uso
de las atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO
- Que los Estatutos Vigentes de la Institución determinan como atribuciones del Consejo
Directivo aprobar, expedir, reformar, adicionar reglamentos o proyectos necesarios para
18
el adecuado funcionamiento de la Institución.
- Que es deber del Consejo Directivo coordinar y dirigir las políticas generales de la
Corporación, determinadas por la Asamblea para el logro de los objetivos propuestos.
- Que el Consejo Académico de la Corporación de Estudios, estudió y aprobó el proyecto
de actualización del Reglamento de Investigaciones según acuerdo 003 de 2016.
ACUERDA
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Conceptos Generales. Para el fomento, orientación y desarrollo de la
investigación, la Institución se acoge a las siguientes definiciones:
a. Investigación. Es una actividad natural del ser humano, surge de la necesidad propia de
preguntar ¿Por qué? ¿Cómo? ¿Cuándo?, en fin, de responder todos los
cuestionamientos acerca de su existencia y entorno. Para investigar se requiere de un
proceso inserto en un sistema de creencias e ideas, que permita comprobar o describir la
realidad o fenómeno que se quiere abordar intelectualmente, al cual se busca
conocer (Tamayo, 1987).
b. Formación Investigativa. Función dirigida a la integración del componente investigativo
en el currículo académico. Tiene como connotación el trabajo reflexivo, cuestionador y
propositivo y, la formación de los estudiantes en la generación de cultura investigativa y
propiciación de pensamiento crítico y autónomo. La formación investigativa propende
por el favorecimiento del ser antes que del hacer, a través del fortalecimiento de
principios y actividades como el trabajo en equipo, liderazgo, proyecto de vida, gestión
del conocimiento, elaboración de ensayos críticos, reflexivos, lúdica, debate teórico,
19
entre otros. Fundamenta la construcción del ser integral sensible a las problemáticas del
entorno. Su desarrollo debe ser transversal en cuanto compromete todo el plan de
estudios y su orientación curricular (Restrepo, 2003).
c. Investigación Formativa. Es complemento de la formación investigativa. Consiste en la
apropiación y aplicación de herramientas y estrategias básicas para la práctica dentro de
procesos de investigación, a través del desarrollo de habilidades para revisar
investigaciones, construir modelos conceptuales, ensayo de prototipos en laboratorios o
en situaciones reales, de sondeo de necesidades, utilizando técnicas eclécticas para
colectar datos, incluyendo bitácoras de campo, entrevistas, observación, etc. Es decir
que, la investigación formativa persigue formar en la investigación a través de
actividades propias de la investigación (Restrepo, 2003).
d. Investigación Científica. Proceso sistemático y creativo que se desarrolla con el
propósito de generar conocimientos nuevos en las ciencias, las artes y las humanidades.
La investigación científica busca la proyección trascendente de la Institución educativa y
requiere el esfuerzo de todos sus recursos materiales, intelectuales y académicos con el
fin de producir resultados capaces de influir en la orientación de la sociedad, para lograr
el más alto rendimiento del desarrollo de la comunidad. El método científico indica el
camino que se ha de transitar en esa indagación y las técnicas precisan la manera
de recorrerlo (Restrepo, 2003).
e. Investigación Básica. También llamada investigación fundamental, pura, teórica o
dogmática. Contribuye a la ampliación del conocimiento científico y se caracteriza
porque parte de un marco teórico y permanece en él; la finalidad radica en formular
nuevas teorías o modificar las existentes, en incrementar los conocimientos científicos o
filosóficos, pero sin contrastarlos con ningún aspecto práctico. Investiga leyes y
principios (Restrepo, 2003). En este tipo de investigación se realizan descubrimientos1.
1 Un descubrimiento es un hallazgo o el encuentro de algo que era oculto, secreto o desconocido.
20
f. Investigación Aplicada. Guarda íntima relación con la básica, pues depende de sus
descubrimientos y avances, y se enriquece con ellos, se caracteriza por su interés en la
aplicación, utilización y consecuencias prácticas de los conocimientos. La investigación
aplicada busca el conocer para hacer, para actuar, para construir, para modificar. Si una
investigación involucra problemas tanto teóricos como prácticos, recibe el nombre de
mixta. En realidad, un gran número de investigaciones participa de la naturaleza de las
investigaciones básicas y de las aplicadas (Grajales, 2000). Se dice que en éste tipo de
investigación se encuentran los inventos2.
g. Investigación Tecnológica. Utiliza los conocimientos adquiridos en la investigación
aplicada con el propósito de producir nuevos materiales, dispositivos, procedimientos,
productos o servicios. En este tipo de investigación se encuentran las plantas piloto y los
prototipos, entre otros.
Sobre el tema, García y Córdoba (2007) sostienen que:
“Como resultado de una investigación tecnológica se
obtienen conocimientos que establecen con detalle:
acciones, requisitos, características, diseño, materiales,
costos, responsables, métodos, instrumentos, y demás
circunstancias, que describen el qué y el cómo, con lo
que se promueve el logro de los objetivos,
generalmente predeterminados en el área de
producción” (García Córdoba, 2007, p.81).
Cuando los resultados de la investigación tecnológica (productos o servicios) son
2 Los inventos pueden basarse en ideas previas u objetos ya existentes. Sin embargo, el proceso de invención puede incluir
modificaciones o innovaciones que derivan en algo inédito. Cuando la creación surge a partir de la inventiva de la persona y sin antecedentes concretos, el invento supone un gran aporte al conocimiento. Los inventos son protegidos a través de una patente (recurso que permite la explotación del invento sólo a quien la posee).
21
aceptados y negociados en el mercado, ésta se convierte en Innovación Tecnológica3,
entendida como el conjunto de actividades científicas, tecnológicas, financieras y
comerciales que permiten introducir al mercado productos o servicios nuevos o
mejorados; además de implantar, mejorar o validar nuevos procedimientos, técnicas y
procesos productivos.
h. Investigación Exploratoria. Se efectúa, normalmente, cuando el objetivo es examinar
un tema o problema de investigación poco estudiado o que no ha sido abordado antes.
(…) Se caracteriza por ser más flexible en su metodología en comparación con los
estudios descriptivos o explicativos (Hernández, 1991).
i. Investigación Descriptiva. Estudio que busca desarrollar una imagen o fiel
representación del fenómeno estudiado a partir de sus características. Describir en este
caso es sinónimo de medir (…) variables o conceptos con el fin de especificar las
propiedades importantes de comunidades, personas, grupos o fenómenos (Hernández,
1991).
j. Investigación Correlacional. Los estudios correlacionales pretenden medir el grado de
relación y la manera cómo interactúan dos o más variables entre sí. Estas relaciones se
establecen dentro de un mismo contexto, y a partir de los mismos sujetos en la mayoría
de los casos. De existir una correlación entre variables, se tiene que, cuando una de ellas
varía, la otra también experimenta alguna forma de cambio a partir de una regularidad
que permite anticipar la manera cómo se comportará una por medio de los cambios que
sufra la otra (Hernández, 1991).
k. Investigación Explicativa. Va más allá de la descripción de conceptos, fenómenos o del
establecimiento de relaciones entre conceptos, está dirigida a responder a las causas de
los eventos físicos o sociales (Hernández, 1991).
3 La innovación se define como la transformación de una idea en un producto o equipo vendible, nuevo o mejorado; en un
proceso operativo en la industria o el comercio, o en una nueva metodología para la organización social.
22
l. Investigación Proyectiva. Consiste en la elaboración de una propuesta o de un modelo
como solución a un problema o necesidad de tipo práctico, ya sea de un grupo social o
una Institución en un área particular del conocimiento a partir de un diagnóstico preciso
de las necesidades del momento, los procesos explicativos o generadores involucrados y
las tendencias futuras (Hurtado, 2000).
Artículo 2. Políticas. La investigación en la Corporación se rige a partir de las siguientes
políticas:
a. La investigación y el desarrollo tecnológico responderán a las necesidades actuales y
futuras de la región y del país, adaptándose a los requerimientos del Sistema Nacional
de Ciencia y Tecnología, y sus programas nacionales en el marco del cumplimiento de las
funciones sustantivas de la Educación Superior, definidas en la Ley 30 de 1992.
b. La Institución organizará la actividad investigativa, teniendo en cuenta las prioridades
del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, y las contempladas en el Proyecto
Educativo Institucional, con la participación de la comunidad académica, a través de las
líneas, sublíneas, programas de investigación, grupos de investigación, proyectos de
investigación y desarrollo tecnológico, trabajos de grado y semilleros de investigación.
c. La investigación en la Institución, se organizará de tal forma que responda
integralmente a las necesidades para cada uno de los niveles de formación (técnico
profesional, tecnológico y profesional universitario).
d. Los Semilleros de Investigación serán los ambientes de enseñanza – aprendizaje,
dinamizadores de la formación integral de la comunidad académica, mostrando a través
de sus propuestas y proyectos, claros vínculos con las líneas de investigación y la
estructura curricular de los programas que ofrece la Institución.
23
e. Los investigadores de los programas académicos vinculados a proyectos, interactuarán
con el propósito de lograr la máxima eficiencia en sus labores, considerando actividades
de docencia, investigación y relación con el sector externo.
f. Sin perjuicio de las cargas mínimas de docencia, se procurará que los docentes de
medio tiempo y tiempo completo, cuenten con los elementos necesarios para
emprender proyectos de investigación y desarrollo.
g. El Comité de Investigaciones será la instancia asesora y organizativa de la actividad
investigativa de la Corporación.
h. La Institución apoyará la capacitación permanente de los investigadores académicos,
con el fin de velar por el fortalecimiento y la actualización en sus respectivos campos
del saber.
i. Los Núcleos de Investigación, serán los entes encargados de colaborar con la
administración de la actividad investigativa en los programas académicos.
j. La Institución dedicará un presupuesto anual, específicamente para financiar y/o
cofinanciar los programas, líneas y proyectos de investigación que sus investigadores
académicos desarrollen dentro de los planes de trabajo.
k. Se fomentará la difusión de resultados de los proyectos de investigación, para su
sometimiento a la crítica de la comunidad académica local, nacional e internacional.
CAPÍTULO II. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INVESTIGACIÓN
Artículo 3. Estructura orgánica. La estructura orgánica de la investigación en la Corporación
24
de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, está conformada por Vicerrectoría Académica,
Dirección de Investigaciones, Comité de Investigaciones, Núcleos de Investigación, Grupos
de Investigación y Semilleros de Investigación.
Artículo 4. Vicerrectoría Académica. La investigación en la Corporación de Estudios
Tecnológicos del Norte del Valle, es responsabilidad de la Vicerrectoría Académica en
primera instancia, la Dirección de Investigaciones y los Directores de Programa en su
respectivo nivel de autoridad.
Artículo 5. Responsabilidad de la rectoría. Es responsabilidad de la rectoría arbitrar los
recursos necesarios para que la Corporación pueda desarrollar normalmente la actividad
investigativa.
Artículo 6. Dirección de Investigaciones. Es un cuerpo asesor cuyo objetivo es la dirección,
planeación, promoción y coordinación de la actividad investigativa.
Artículo 7. Funciones de la Dirección de Investigaciones.
a. Proponer a rectoría políticas que beneficien la actividad investigativa de la Corporación.
b. Elaborar y presentar a rectoría, el plan de acción anual, para el desarrollo de la
investigación en la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
c. Fomentar la formación investigativa, la investigación formativa y la investigación
científica en la Institución.
d. Colaborar con la Vicerrectoría Académica en la administración de la investigación, de
acuerdo con la estructura orgánica de dicha área.
25
e. Programar y coordinar la formación y/o actualización en investigación de la comunidad
académica de la Institución.
f. Planear y divulgar actividades de investigación dentro y fuera de la Corporación.
g. Participar en la organización y/o calificación del área de metodología de la
investigación de los programas existentes en la Institución.
h. Estudiar y proponer metodologías que ayuden desde el aula, a mejorar la investigación
en la Corporación.
i. Difundir conjuntamente con los Núcleos de Investigación, los resultados de la actividad
investigativa.
j. Servir de cuerpo consultivo a los integrantes del programa en materia de investigación.
Artículo 8. Comité de Investigaciones. Es una instancia asesora y organizativa de la actividad
investigativa de la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, integrada por:
a. El Rector(a), quien lo preside.
b. El Vicerrector(a), Académico (a).
c. El Director(a) de Investigaciones.
d. Un docente vinculado a la Unidad de Investigaciones.
Parágrafo 1. Son invitados obligatorios de este comité, los directores de programa, los
coordinadores de los Núcleos de Investigación y los directores de Grupos de Investigación,
sólo en el caso que tengan interés directo en los temas de estudio.
26
Artículo 9. Funciones del Comité de Investigaciones.
a. Servir de cuerpo consultivo en materia investigativa.
b. Recomendar los lineamientos a seguir en el desarrollo de la investigación en la
Corporación.
c. Sustentar la necesidad de los recursos requeridos para la investigación.
d. Conocer el desarrollo de la actividad investigativa en la Institución, y sugerir acciones
cuando se considere conveniente.
e. Procurar se fomente el interés por la investigación entre docentes y estudiantes.
f. Sugerir compensación académica a los docentes que desarrollen proyectos de
investigación.
g. Aprobar la conformación de los Grupos de Investigación.
h. Aprobar las propuestas, anteproyectos y proyectos de investigación, presentados por
los grupos.
Artículo 10. Núcleos de Investigación. Son los entes encargados de colaborar con la
administración de la actividad investigativa en los programas académicos de la Corporación,
y están conformados por:
a. El Director de Programa.
b. El Director de Investigaciones.
27
c. Un investigador adscrito a la Unidad de Investigaciones.
Artículo 11. Funciones de los Núcleos de Investigación.
a. Proponer lineamientos a seguir en el proceso de dinamización de la investigación en
cada programa.
b. Evaluar las propuestas, proyectos y anteproyectos de grado, presentadas por los
estudiantes en el respectivo programa académico.
c. Difundir conjuntamente con el Director de Investigaciones, los resultados de la
actividad investigativa.
CAPÍTULO III. ACTIVIDAD INVESTIGATIVA
Artículo 12. La investigación y los ciclos de formación. Con la redefinición institucional de
ciclos propedéuticos por los niveles de formación (técnico profesional, tecnológico y
profesional universitario), la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle,
asume la investigación como un proceso que permite la formulación de problemas, con el
fin de plantear soluciones y generar cambio de realidades, teniendo en cuenta que la
dinámica es diferente para cada nivel de formación.
Artículo 13. Tipos de investigación, según el nivel de formación. Coherente con los niveles
de formación que ofrece la Institución, se realizan investigaciones de tipo exploratoria,
descriptiva, correlacional y explicativa.
Artículo 14. Nivel Técnico Profesional. En el nivel técnico profesional, se desarrollará la
28
investigación de tipo exploratoria y descriptiva para formular y resolver problemáticas
específicas de cada programa académico.
Artículo 15. Nivel Tecnológico. En el nivel tecnológico, se desarrollará la investigación de
tipo descriptiva y correlacional, que involucren al menos un número bajo de variables.
Artículo 16. Nivel Profesional Universitario. En el nivel profesional universitario, se
desarrollará la investigación de tipo correlacional y explicativa, en las áreas de cada
programa académico.
Tabla 1. Tipos de investigación según nivel de formación.
NIVEL DE FORMACIÓN
TIPO DE INVESTIGACIÓN A DESARROLLAR
Estudiantes Grupos de Investigación
Técnico Profesional Exploratoria Exploratoria Descriptiva
Tecnológico Exploratoria Descriptiva Exploratoria Descriptiva
Correlacional
Profesional Universitario Exploratoria Descriptiva
Correlacional Exploratoria Descriptiva Correlacional Explicativa
Artículo 17. Formación investigativa por niveles. En todos y cada uno de los niveles, se
trabajará la formación en investigación y la investigación formativa, como estrategia que
permita formar docentes y estudiantes en y para la investigación, desarrollando habilidades
tanto cognoscitivas como analíticas, el pensamiento productivo y la solución de problemas;
familiarizando a los estudiantes con las etapas de la investigación y los problemas que éstas
plantean; y construyendo en los profesores la cultura de la evaluación permanente de su
práctica a través de procesos investigativos (Ley 749 de 2002).
Artículo 18. Fundamentos de la investigación. La investigación en la Corporación de
Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, es concebida e impulsada como base de la
29
producción de conocimiento, garantía de las prácticas académicas, medio de proyección a la
comunidad y factor desencadenante de crecimiento y desarrollo institucional.
Artículo 19. Actividad investigativa. La actividad investigativa en la Institución se concibe
a partir de los trabajos de grado, los proyectos de investigación, las líneas y sublíneas de
investigación, lo s grupos de investigación y los semilleros de investigación.
Artículo 20. Líneas de Investigación. Una línea de Investigación es considerada como el eje
ordenador de la actividad de investigación que posee una base racional y que permite la
integración y continuidad de los esfuerzos de una o más personas, equipos, instituciones
comprometidas en el desarrollo del conocimiento en un ámbito específico (Barrios 1990,
citado en Núñez, 2002). La definición de las líneas en la Corporación, parte de las
necesidades y demandas de conocimiento del entorno, a partir de las cuales se diseñan
redes de problemas que agrupadas generan líneas de trabajo interdisciplinario, que guiarán
el desarrollo de la investigación.
De acuerdo a lo anterior, las Líneas de Investigación Institucional son un espacio de trabajo
investigativo en función de la comprensión, generación y difusión de conocimiento en los
diferentes campos del saber; están conformadas por los trabajos de investigación realizados
en una misma área temática, incluidos proyectos de innovación y desarrollo, publicaciones,
ponencias, trabajos de grado y, productos de los grupos y semilleros de Investigación.
Artículo 21. Sublínea de Investigación. Las Sublíneas de Investigación hacen parte de las
Líneas de Investigación Institucional y permiten una mejor definición, delimitación y
concreción de las mismas, desde los campos de conocimiento específico de cada programa
académico. Al igual que las líneas, se alimentan del trabajo desarrollado por los grupos y
semilleros de investigación.
Artículo 22. Programa de Investigación. Un Programa de Investigación en la Corporación,
30
está conformado por los trabajos de investigación desarrollados por un grupo específico,
sobre una problemática investigativa abordada desde diferentes enfoques teóricos y
metodológicos.
Artículo 23. Grupos de Investigación. Los Grupos de Investigación en la Institución,
hacen referencia al “conjunto de personas que se reúnen para realizar investigación en una
temática dada, formulan uno o varios problemas de su interés, trazan un plan estratégico de
largo o mediano plazo para trabajar en él y producen unos resultados de conocimiento sobre
el tema en cuestión. Un grupo existe siempre y cuando demuestre producción de resultados
tangibles y verificables fruto de proyectos y de otras actividades de investigación
convenientemente expresadas en un plan de acción (proyectos) debidamente formalizado”
(Colciencias).
Artículo 24. Integrantes de los Grupos. Los Grupos de Investigación de la Institución, podrán
conformarse por las siguientes personas: colaboradores de la Unidad de Investigaciones,
administrativos, docentes, egresados, estudiantes, personas representantes de otras
instituciones-organizaciones- empresas públicas o privadas. Los integrantes del Grupo de
Investigación podrán desempeñar los siguientes roles, dependiendo de las competencias
requeridas para ello, así:
a. Director de Grupo. Investigador vinculado a la Unidad de Investigaciones de la
Corporación, con titulación de maestría, y formación disciplinar coherente con los
propósitos y enfoques investigativos del grupo; además de trayectoria en investigación,
liderazgo en procesos de gestión y coordinación de personal.
b. Coordinador de la Investigación. Es el directo responsable de la gestión y desarrollo de
un proyecto de investigación propuesto al interior de un Grupo de Investigación.
c. Investigador. Se reconoce como investigador, a la persona vinculada a la Unidad de
31
Investigaciones, que participa en la ejecución de proyectos de investigación al interior
de un grupo y /o semillero de investigación.
d. Investigador Auxiliar. Se considera investigador auxiliar, a la persona que participa en
una labor específica de apoyo al desarrollo de la investigación, bajo la orientación del
coordinador de la investigación o de un investigador. En esta categoría pueden participar
los estudiantes que realizan un trabajo de investigación como modalidad de grado, o los
integrantes de los Semilleros de Investigación de la Institución.
Artículo 25. Proceso inscripción de Grupos de Investigación.
a. Diligenciar ante la Dirección de Investigaciones el formulario de Inscripción de grupo.
b. Diligenciar ante la Dirección de Investigaciones el formulario de Inscripción de sus
integrantes.
c. Presentar planteamiento estratégico del grupo (misión, visión, objetivos, logo, slogan).
d. Presentar el plan de acción del grupo.
Artículo 26. Proceso para Reconocimiento Institucional de Grupos de Investigación. El
reconocimiento institucional de Grupos de Investigación, aporta beneficios en el proceso de
participación para convocatorias internas y/o externas, y se constituye en un requisito para
obtener aval institucional en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología de Colciencias,
además de otras Instituciones.
a. Participar en la convocatoria de reconocimiento institucional de Grupos, emanada por
resolución rectoral.
b. Demostrar trayectoria de trabajo investigativo, no menor a un año de labores y aportar
32
la documentación y soportes requeridos en cada convocatoria.
c. Reportar al menos un proyecto de investigación en curso.
Parágrafo 1. El Comité de Investigaciones es el ente encargado de evaluar y dar
reconocimiento institucional a los Grupos de Investigación que cumplan con los requisitos
exigidos, distinción que será otorgada a través de resolución rectoral.
Artículo 27. Funciones de los Grupos de Investigación. Son funciones de los Grupos de
Investigación:
a. Determinar la estructura administrativa del grupo, asignando roles y responsabilidades
a cada uno de sus integrantes.
b. Diseñar y ejecutar un plan de acción de las actividades investigativas.
c. Planificar y elaborar proyectos de investigación, enmarcados dentro de alguna línea de
investigación de la Corporación.
d. Establecer contactos y convenios interinstitucionales, tendientes a lograr cooperación y
recursos para adelantar procesos y proyectos de investigación.
e. Generar espacios e instrumentos de divulgación de las actividades y resultados de la
investigación, que permitan su promoción y difusión.
f. Propiciar la formación investigativa de la comunidad académica de la Institución.
g. Actualizar permanentemente la información sobre las actividades y resultados del
grupo y sus integrantes en las diferentes plataformas (institucional, Colciencias, otras).
33
h. Participar en convocatorias internas y externas que permitan la financiación de
proyectos.
Parágrafo 1. Todas las propuestas de Grupo de Investigación, deben ser revisadas y
aprobadas por el Comité de Investigaciones.
Parágrafo 2. Al interior de los Grupos de Investigación se puede generar un reglamento
interno, que debe ser acorde a los lineamientos y políticas de investigación de la Institución
y, puesto a consideración del Comité de Investigaciones para su aprobación.
Artículo 28. Proceso para otorgamiento de Aval Institucional de los Grupos. Los Grupos de
Investigación Reconocidos por la Corporación de Estudios Tecnológicos, y que requieran aval
institucional en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología de Colciencias, u otra Institución,
deberán seguir los siguientes pasos:
a. Enviar a la Dirección de Investigaciones carta de solicitud de aval institucional en el sistema
nacional de ciencia y tecnología de Colciencias, o de cualquier otra Institución.
b. Demostrar trayectoria de trabajo investigativo, no menor a un año de labores y aportar
la documentación y soportes respectivos.
c. Reportar al menos un proyecto de investigación en curso, con productos resultantes
del desarrollo de las actividades de investigación relacionadas con la generación de nuevo
conocimiento, la apropiación social del conocimiento, ó la divulgación del conocimiento.
d. Demostrar que el grupo se encuentra reconocido por la Institución.
e. Contar con registro actualizado en las plataformas de CvLAC y GrupLAC del Sistema
Nacional de Ciencia y Tecnología de COLCIENCIAS.
34
Artículo 29. El Proceso de Investigación. El Proceso de Investigación en la Corporación,
comprende las fases de planeación, ejecución del proyecto, y presentación del documento
final.
Artículo 30. Fase de Planeación. Es la primera fase del proceso, y contiene la estructura
formal de una Propuesta de Investigación.
Artículo 31. Propuesta de Investigación. Informe que presenta un problema a investigar,
expone de forma clara y precisa los fundamentos teóricos, metodológicos, técnicos y
económicos requeridos para el inicio de la investigación.
Artículo 32. Estructura Propuestas de investigación. Las propuestas de investigación
deberán ser presentadas teniendo en cuenta la estructura para presentación de propuesta
de investigación de grupos (plasmada en el anexo 1 del presente reglamento) y la estructura
para presentación de propuesta de investigación de semilleros (plasmada en el anexo 2 del
presente reglamento).
Artículo 33. Grupos y semilleros. Los Grupos y Semilleros de investigación que presenten
propuestas de investigación para aprobación, deberán acogerse a los lineamientos
planteados en el presente reglamento.
Parágrafo 1. Cuando se trate de propuestas de investigación para asignación de recursos,
Los Grupos y Semilleros de investigación que presenten propuestas de investigación para
aprobación, deberán acogerse a los lineamientos planteados en el presente reglamento;
además de los lineamientos planteados en cada convocatoria para aprobación de
propuestas de investigación, de la respectiva vigencia.
Artículo 34. Propuestas de investigación como modalidad de grado. Los estudiantes que
35
presenten propuestas de investigación como modalidad de grado, deberán acogerse a los
lineamientos establecidos en el capítulo IV del presente reglamento, sobre Modalidades de
Grado.
Artículo 35. Evaluación de Propuestas de investigación. El Comité de Investigaciones es el
ente encargado de evaluar y aprobar las propuestas de investigación a partir de los
siguientes parámetros:
Tabla 2. Parámetros evaluación propuestas de investigación.
PARAMETRO DESCRIPCION PUNTAJE
Pertinencia y calidad de la propuesta
Claridad, coherencia y contextualización de la propuesta, en torno a la pregunta y la forma de dar solución a un problema específico.
20 puntos
Claridad y alcance de los objetivos
Los objetivos deben ser concretos viables verificables, y alcanzables teniendo en cuenta tiempo y recursos.
20 puntos
Metodología y plan de trabajo para el logro de los objetivos planteados
La metodología debe presentar una secuencia clara de actividades y coherencia con el marco teórico y los objetivos.
20 puntos
Resultados esperados del proyecto
Estos deben ser coherentes con la metodología y los objetivos propuestos.
20 puntos
Impacto esperado del proyecto
Incluyen reflexiones sobre los efectos económicos, sociales, económicos o ambientales del proyecto.
15 puntos
Presupuesto
Presentación y sustentación general del presupuesto, teniendo en cuenta la relación entre los rubros solicitados y los objetivos, metodología y resultados esperados.
5 puntos
TOTAL 100 puntos
Parágrafo 1. Se aprobarán las propuestas de investigación cuyo resultado promedio sea
igual o superior 60 puntos.
Parágrafo 2. Los Grupos y Semilleros de Investigación que presenten propuestas para
36
aprobación, deberán estar reconocidos por la Unidad de Investigaciones.
Parágrafo 3. El coordinador de los Grupos y Semilleros, al momento de la presentación de
la propuesta, deberá tener contrato laboral vigente con la Corporación de Estudios
Tecnológicos del Norte del Valle.
Parágrafo 4. Las propuestas de investigación, deberán estar enmarcadas en las Líneas de
Investigación institucional, o en las líneas establecidas en los programas académicos de la
Institución.
Artículo 36. Fase de ejecución. Es la segunda fase del proceso, en la que desarrolla o se
implementa la ejecución del proyecto de investigación; de igual forma, se validan los
postulados teóricos, metodológicos, técnicos y económicos expresados en la fase de
planeación.
Parágrafo 1. El tiempo de duración de la ejecución de los proyectos dependerá de los
objetivos particulares de cada convocatoria.
Artículo 37. Informes periódicos del proyecto. Durante el desarrollo de la fase de ejecución,
se presentarán mensualmente a la Dirección de Investigaciones, avances del proyecto de
investigación, a partir de la siguiente estructura:
a. Nombre del proyecto
b. Objetivos
c. Informe de actividades desarrolladas a la fecha
d. Cronograma a desarrollar
37
e. Resultados alcanzados
f. Informe de presupuesto ejecutado y por ejecutar debidamente justificado y soportado.
Parágrafo 1. Los informes periódicos del proyecto, deberán presentarse a la Dirección de
Investigaciones en medio impreso.
Artículo 38. Presentación documento final de proyecto de investigación. El documento
final de proyecto de investigación, deberá presentar los resultados del trabajo de
investigación, siguiendo la estructura planteada en el anexo 3 del presente reglamento.
Artículo 39. Financiación de proyectos de Investigación. La financiación de proyectos de
investigación y/o desarrollo tecnológico, se realizará a través de Convocatorias Abiertas a
Grupos y/o Semilleros de Investigación, de acuerdo con los criterios generales de
financiación y a los requisitos específicos de la correspondiente convocatoria.
Artículo 40. Convocatoria financiación proyectos. Las convocatoria para financiación de
proyectos de investigación a grupos y semilleros de investigación, se presentarán mediante
resolución Rectoral, en la cual se fijará la cuantía, vigencia, agenda y requisitos especiales.
La publicación de la convocatoria e inscripción de propuestas se realizará a través de los
medios de divulgación institucional y bajo la coordinación de la Unidad de Investigaciones.
Artículo 41. Asignación Directa a Grupos y/o Semilleros de Investigación. La asignación
directa de recursos a grupos y semilleros de investigación se realizará en casos en los que se
requiera adelantar proyectos específicos de investigación y/o desarrollo tecnológico a nivel
institucional o de manera conjunta con organismos del contexto local, regional, nacional o
internacional, para los cuales un Grupo y/o Semillero cuenta con las competencias, la
trayectoria y el debido reconocimiento institucional o de los organismos competentes, para
la realización del mismo.
38
Artículo 42. Rubros financiables.
Tabla 3. Rubros financiables.
RUBRO ESPECIFICACIÓN
Personal
Con este rubro se podrán financiar asesores externos especializados y estudiantes en modalidad de investigadores auxiliares, o integrantes de Semilleros de Investigación.
Salidas de campo
Se aplica a gastos de medios de transporte para el traslado a zonas de muestreo y ejecución de las labores de campo propias de la investigación.
Viajes Desplazamientos urbanos e interurbanos, diferentes de salidas de campo y que son estrictamente necesarios para la ejecución exitosa del proyecto.
Materiales e insumos Corresponden a aquellos tangibles necesarios para el desarrollo de la investigación o de la tecnología.
Servicios técnicos
Este rubro es diferente al rubro de personal; este tipo de servicios se contratan con una persona o entidad para desarrollar una tarea específica dentro del proyecto, como asesoría especializada, pruebas de laboratorio externas, asesores de procesos de software de investigación, etc.
Equipos y software Hace referencia a la adquisición de software específico y necesario para el desarrollo del proyecto.
Material bibliográfico Con este rubro solo se podrá financiar bibliografía debidamente justificada y directamente relacionada con la temática del proyecto.
Construcciones-adecuación de infraestructura
Para la ejecución de este rubro se debe contar con el aval del Comité de Investigaciones, previo análisis de la pertinencia y justificación de la construcción o adecuación solicitada.
Artículo 43. Asignación de recursos. El Comité de Investigaciones de la Corporación, será el
encargado de asignación de recursos, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación de
la propuesta evaluada a partir de los criterios establecidos en el artículo 35 (tabla 2)
Parámetros evaluación de propuestas de investigación, plasmada en el presente
reglamento.
39
Artículo 44. Financiación de proyectos. Se financiarán los proyectos cuyas propuestas
hayan sido aprobadas con un puntaje igual o superior a 80 puntos en orden descendente
hasta agotar los recursos asignados.
Parágrafo 1. Con el fin de agotar la totalidad de los recursos asignados en cada
convocatoria, se reevaluarán los proyectos cuyo resultado promedio sea igual o superior a
60 puntos, una vez realizados los ajustes pertinentes a la propuesta.
Artículo 45. Proyectos de investigación conjunta. Los proyectos que se refieran a iniciativas
de cofinanciación con organismos e instituciones del contexto local, regional, nacional o
internacional, deberán presentar al momento de la inscripción, información detallada de la
entidad cofinanciadora, documentación legal requerida, certificado de apropiación de
recursos para el desarrollo del proyecto y demás pertinentes. Igualmente, presentar de
manera segregada las partidas por concepto de financiación institucional y de
cofinanciación, así como las estrategias de manejo de los fondos y la presentación de
informes de ejecución presupuestal a cada una de las Instituciones u organismos
financiadores.
Artículo 46. Derechos y obligaciones beneficiarios de proyectos financiados. Los
beneficiarios con propuestas aprobadas para apoyo económico, deberán presentar a la
dirección de investigaciones reportes mensuales de avances con sus respectivas evidencias.
De igual forma, es potestativo de la misma dirección, solicitar avances en cualquier
momento del proceso.
Artículo 47. Contrato para financiamiento. Se firmarán contratos de cumplimiento de los
compromisos y las respectivas cláusulas de sanción en caso de incumplimiento.
Artículo 48. Propiedad intelectual. La titularidad de los derechos de autor corresponde a
40
los investigadores en su calidad de autores, coautores o co-investigadores y a la Corporación
de Estudios Tecnológicos en virtud del apoyo académico, técnico, logístico y/o financiero
brindado para el desarrollo del proyecto. En caso de proyectos conjuntos con otras
Instituciones u organismos de apoyo, se deberán establecer los parámetros de propiedad
intelectual de acuerdo con los productos esperados.
Parágrafo 1. Los lineamientos sobre derechos de autor se encuentran contemplados en el
reglamento de Propiedad intelectual de la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte
del Valle.
CAPÍTULO IV. LOS TRABAJOS DE GRADO
Artículo 49. Requisito titulación. La Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del
Valle, exigirá como requisito para optar a un título de técnico profesional, tecnólogo ó
profesional universitario, en cualquiera de sus programas académicos, la elaboración y
aprobación de un trabajo de grado.
Artículo 50. Denominación trabajo de grado. Se denomina trabajo de grado a la actividad
académica, que integra en cada uno de los niveles de formación, los conocimientos,
habilidades y destrezas adquiridas por el estudiante, en la solución de un problema o el
estudio de un tema en determinada área del conocimiento.
Parágrafo 1. El trabajo de grado en cualquiera de sus modalidades, deberá presentarse de
acuerdo al manual de estilo de publicaciones de la American Psychological Association
vigente (APA).
Artículo 51. Modalidades de trabajo de grado. El trabajo de grado puede darse en las
siguientes modalidades:
41
a. Trabajo de investigación (proyecto de investigación, ensayo investigativo y
Monografía).
b. Seminario de Grado.
c. Pasantía.
d. Creación - innovación de empresa.
e. Proyecto integrador.
Parágrafo 1. Se tendrán en cuenta además, aquellas modalidades que a juicio del Comité de
Investigaciones, se consideren relevantes para el desarrollo de la actividad investigativa en
la Corporación.
Artículo 52. Trabajo de Investigación. El trabajo de investigación es el resultado de la
práctica investigativa que realiza el estudiante, con el fin de aplicar el proceso investigativo
en la solución de un problema determinado o el estudio de un tema elegido libremente o
escogido dentro de las Líneas de Investigación de los programas.
Parágrafo 1. Esta modalidad puede ser presentada como ensayo investigativo, proyecto de
investigación o monografía.
Artículo 53. Ensayo Investigativo. El ensayo investigativo es el documento que explora
temas de actualidad en diversos campos del saber, exige para su elaboración, cumplir todos
los elementos metodológicos de la investigación científica. Esta modalidad se caracteriza por
la posición del autor frente a determinada problemática, permite conocer su percepción de
la realidad abordada.
42
Artículo 54. Requisitos ensayo investigativo. Los ensayos investigativos deberán realizarse
de forma individual, y en un término mínimo de seis (6) meses y máximo un (1) año, a
partir de la fecha de matrícula académica.
Artículo 55. Matricula ensayo investigativo. El ensayo investigativo podrá ser matriculado
ante la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, una vez el estudiante haya
cursado y aprobado el 70% de los créditos del respectivo programa, teniendo en cuenta
que el valor de la matrícula de dicha modalidad no incluye el valor de matrícula de los
créditos pendientes por cursar.
Artículo 56. Estructura ensayo investigativo. El ensayo investigativo se deberá presentar
teniendo en cuenta la siguiente estructura:
a. Portada
b. Aceptación
c. Dedicatoria (opcional)
d. Agradecimientos (opcional)
e. Resumen
f. Abstract
g. Índice
h. Introducción
43
i. Justificación
j. Objetivos (general y específicos)
k. Desarrollo temático
l. Conclusiones
m. Bibliografía
n. Posibilidades de publicación
Artículo 57. Etapas a seguir en la realización de un ensayo investigativo.
a. El estudiante deberá solicitar de forma escrita a la Dirección de Unidad del programa
correspondiente, la voluntad para realizar el ensayo investigativo como modalidad de
grado. El director de unidad, contará con diez (10) días calendario para verificar las
condiciones académicas del estudiante y dar respuesta a través del formato asignado
para tal fin.
b. Paso seguido, el estudiante deberá entregar a la Dirección de Investigaciones,
completamente diligenciado y aprobado por el director de unidad del programa
académico correspondiente, el formato de solicitud de modalidad de grado.
c. Una vez aprobada la modalidad, el estudiante deberá entregar el formato de inscripción
de tema de ensayo investigativo, completamente diligenciado, ante la Dirección de
Investigaciones, la cual se reunirá con el Núcleo de Investigación del programa
correspondiente, y dará respuesta al estudiante, en un plazo no mayor a 30 días,
44
contados a partir de la fecha de recepción de la inscripción.
d. Aceptada la temática a desarrollar, el estudiante deberá legalizar la matrícula financiera
ante la Oficina de Tesorería y la matrícula académica ante la Oficina de Registro y Control
Académico.
e. La Dirección de Investigaciones, nombrará un asesor de ensayo investigativo, que
puede ser escogido dentro o fuera de la Institución, para que inicie el proceso de
acompañamiento.
f. Una vez terminado el proceso y con el aval del asesor, el estudiante deberá presentar
el informe final de ensayo investigativo en medio magnético a la Dirección de
Investigaciones, de acuerdo a las fechas establecidas en el cronograma de aspirantes a
grado, de la respectiva vigencia.
g. La Dirección de Investigaciones, designará dos lectores críticos para la revisión del
ensayo, los cuales contarán con quince (15) días calendario para su evaluación, con
clara especificación de las observaciones pertinentes.
h. La Dirección de Investigaciones, remitirá al estudiante, los conceptos emitidos por los
lectores críticos, para que en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, sean
analizados en compañía del asesor y, proceder a incorporar las sugerencias y ajustes en
el texto final.
i. Una vez hechas las correcciones, el estudiante deberá entregar a la Dirección de
Investigaciones, dos copias del informe final en medio magnético, ajustado al Manual de
estilo de publicaciones de la American Psychological Association vigente (APA). El
informe será remitido nuevamente a los lectores críticos para su aprobación definitiva.
j. Previo aval de los lectores críticos, la Dirección de Investigaciones designará lugar y fecha
45
para la sustentación pública. El tiempo de exposición no será mayor a veinte (20)
minutos.
Parágrafo 1. No se recibirá informe final de ensayo investigativo, sin el respectivo aval del
asesor de proyecto.
Parágrafo 2. Los asistentes a la sustentación pública, a excepción de los jurados,
participarán únicamente como oyentes.
Parágrafo 3. Los jurados levantarán y firmarán el acta de sustentación de ensayo
investigativo, la cual será entregada al director del programa correspondiente.
Artículo 58. Requisitos entrega de informes. Sólo se recibirán informes finales fuera de las
fechas establecidas en el cronograma de aspirantes a grado de la respectiva vigencia, en
casos fortuitos, previa aprobación del Núcleo de Investigación correspondiente.
Artículo 59. Reprobación ensayo investigativo. El no cumplimento del tiempo estipulado
(1 año, a partir de la fecha de matrícula académica) para la presentación del informe final
de ensayo investigativo, ocasiona la reprobación de la modalidad de grado, la cual debe ser
matriculada de nuevo, tanto financiera como académicamente.
Artículo 60. Asignación de jurados ensayo investigativo. Serán designados como jurados
de sustentación, los mismos lectores críticos del ensayo de investigación, que puede ser
un docente de la Corporación o cualquier profesional seleccionado por el Núcleo de
Investigación del programa correspondiente.
Artículo 61. Deberes y derechos del asesor de ensayo investigativo. El asesor de ensayo
investigativo tendrá los siguientes deberes y derechos:
46
a. Deberes.
- Proporcionar al estudiante diez (10) horas de asesoría, orientación y
acompañamiento hasta la presentación del trabajo final, incluyendo la escritura y
sustentación pública del ensayo.
- Notificar ante la Dirección de Investigaciones los horarios de asesoría pautados con el
estudiante.
- Presentar informes mensuales de forma escrita, los primeros cinco (5) días de cada
mes sobre los avances del proceso, en el formato asignado.
- Entregar a la Dirección de Investigaciones el formato de asesoría de cada sesión
- Entregar a la Dirección de Investigaciones, aval del informe final del proyecto
desarrollado, para el trámite respectivo.
- Presentar sus conceptos por escrito a la Dirección de Investigaciones, cuando el
desarrollo del trabajo o cualquier otro aspecto de su ejecución, no sean satisfactorios,
para estudiar el caso y adelantar las acciones a que haya lugar.
- Asistir a la sustentación del ensayo investigativo.
b. Derechos:
- Revisar los informes de progreso en cada etapa del proyecto.
- Recibir un reconocimiento de pago por cada trabajo dirigido.
47
Parágrafo 1. El reconocimiento de pago solo aplica a docentes catedráticos.
Artículo 62. Evaluación y calificación de ensayo investigativo. Para los fines específicos de la
evaluación y calificación de ensayo investigativo cada uno de los miembros del jurado
calificador, otorgarán un puntaje, con base en los criterios que se presentan a continuación:
Criterio Puntaje
a. Evaluación del ensayo escrito: De 0 a 30 puntos
b. Evaluación de la sustentación oral: De 0 a 20 puntos
c. Puntaje máximo posible: 50 puntos
Parágrafo 1. Para homologar el puntaje de la Corporación de 0 a 5, 50 puntos, son
equivalentes a 5.
Artículo 63. Evaluación del trabajo escrito. El trabajo escrito generado en el ensayo
investigativo, será evaluado por los jurados, teniendo en cuenta el cumplimiento de los
objetivos, validez de los lineamientos metodológicos, interpretación y discusión de
resultados, la validez y alcance de conclusiones y recomendaciones, la coherencia y cohesión
en el desarrollo del informe.
Artículo 64. Evaluación de la sustentación pública. La sustentación del informe final de
ensayo investigativo, será evaluada por los jurados, a partir de la capacidad de apropiación
y presentación oral del informe, de acuerdo a los parámetros establecidos en el trabajo
escrito.
Artículo 65. Calificación del ensayo. El puntaje definitivo de ensayo, resultará del promedio
aritmético de los puntajes otorgados por los miembros del Jurado Calificador, una vez
48
evaluados los criterios citados en los tres artículos anteriores del presente reglamento.
Artículo 66. Puntuación del ensayo. De conformidad con el puntaje definitivo, el ensayo
investigativo, como trabajo de grado se calificará de acuerdo con la siguiente escala
valorativa:
a. Aprobado: 35 ó más puntos
b. Reprobado: Menos de 35 puntos
Parágrafo 1. El jurado calificador deberá entregar por escrito las razones que justifiquen el
criterio de ensayo reprobado.
Artículo 67. Proyecto de investigación como modalidad de grado. Consiste en el desarrollo
de una investigación que implique una elaboración conceptual y metodológica rigurosa,
sobre un aspecto teórico, práctico o teórico-práctico en cualquiera de los campos del saber
en los cuales se encuentran los programas académicos ofrecidos por la Corporación.
El proyecto de investigación puede darse en algunas de las siguientes modalidades:
a. Trabajo individual o en grupo
b. De carácter interdisciplinario
c. Realizado en coinvestigación con docentes.
Artículo 68. Integrantes trabajos de investigación. Los trabajos de investigación, salvo el
ensayo, podrán ser desarrollados por uno o máximo tres (3) estudiantes, a juicio del asesor
del proyecto. Para el cabal logro de los objetivos del proyecto, el Núcleo de Investigación
49
podrá hacer excepción a esta norma cuando lo considere pertinente.
Artículo 69. Tiempo de ejecución trabajos de investigación. Los trabajos de investigación
como modalidad de grado, deberán realizarse en término mínimo de seis (6) meses y
máximo de un (1) año, contados a partir de la fecha de matrícula Académica.
Artículo 70. Matricula trabajos de investigación. Los trabajos de investigación podrán ser
matriculados ante la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, una vez el
estudiante haya cursado y aprobado el 50% de los créditos del respectivo programa.
Artículo 71. Etapas a seguir en la realización de un proyecto de investigación.
a. El estudiante deberá solicitar de forma escrita a la Dirección de Unidad del programa
correspondiente, la voluntad para realizar proyecto de investigación como modalidad de
grado. El director de unidad, contará con diez (10) días calendario para verificar las
condiciones académicas del estudiante y dar respuesta a través del formato asignado.
b. Paso seguido, el estudiante deberá entregar a la Dirección de Investigaciones,
completamente diligenciado y aprobado por el director de unidad del programa
académico correspondiente, el formato de solicitud de modalidad de grado.
c. Una vez aprobada la modalidad, el estudiante deberá entregar el formato de inscripción
de proyecto de investigación, completamente diligenciado, a la Dirección de
Investigaciones, la cual se reunirá con el Núcleo de Investigación del programa
correspondiente, y dará respuesta al estudiante, en un plazo no mayor a 30 días,
contados a partir de la fecha de recepción de la inscripción.
d. Aceptada la temática a desarrollar, el estudiante deberá legalizar la matrícula financiera
ante la oficina de Tesorería y la matrícula académica ante la Oficina de Registro y Control
Académico.
50
e. La Dirección de Investigaciones, nombrará un asesor de proyecto de investigación,
que puede ser escogido dentro o fuera de la Institución, para que inicie el proceso de
acompañamiento en la elaboración de la Propuesta de Investigación (anteproyecto).
f. Una vez terminado el anteproyecto, será entregado por el estudiante en medio impreso
al Núcleo de Investigación; éste contará con treinta (30) días hábiles para su evaluación,
con clara especificación de las observaciones pertinentes.
g. Aprobado el anteproyecto, el estudiante iniciará el desarrollo del proyecto, con el
acompañamiento del respectivo asesor.
h. Una vez culminado el proceso y con el aval del asesor, el estudiante entregará el
informe final en medio magnético a la Dirección de Investigaciones, de acuerdo a las
fechas establecidas en el cronograma de aspirantes a grado, de la respectiva vigencia.
i. La Dirección de Investigaciones designará dos (2) jurados para la revisión del proyecto,
los cuales contarán con un plazo de quince (15) días calendario para presentar su
concepto.
j. La Dirección de Investigaciones, remitirá al estudiante los conceptos emitidos por el
jurado, para que en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, sean analizados en
compañía del asesor y, proceder a incorporar las sugerencias y ajustes en el texto final.
k. Una vez hechas las correcciones, el estudiante deberá entregar a la Dirección de
Investigaciones dos copias del informe final en medio magnético, ajustado al Manual de
estilo de publicaciones de la American Psychological Association vigente (APA). El
informe será remitido nuevamente a jurados para su aprobación definitiva.
l. Previo aval de los jurados, la Dirección de Investigaciones designará el lugar y fecha
51
estipulada para la sustentación pública. El tiempo de la exposición no será mayor a
veinte (20) minutos.
Parágrafo 1. Sólo se recibirán informes finales fuera de las fechas establecidas en el
cronograma de aspirantes a grado de la respectiva vigencia, en casos fortuitos, previa
aprobación del Núcleo de Investigación correspondiente.
Parágrafo 2. Los asistentes a la sustentación pública, fuera de los jurados, participarán
únicamente como oyentes.
Artículo 72. Acta de sustentación del trabajo de grado. Los jurados levantarán y firmarán
el acta de sustentación del trabajo de grado, la cual será entregada al director del
programa correspondiente.
Artículo 73. Propuesta de investigación (anteproyecto). Es el informe que presenta la
estructura preliminar del proyecto de investigación; éste deberá presentarse teniendo en
cuenta la siguiente estructura:
a. Portada
b. Introducción
c. Descripción del proyecto
d. El problema (Descripción del problema y planteamiento de la pregunta de
investigación)
e. Justificación
52
f. Objetivos (general y específicos)
g. Marco Referencial ( Antecedentes, Teórico, Conceptual, Contextual)
h. Diseño metodológico
i. Resultados o productos esperados: relacionados con la generación de conocimiento y/o
desarrollos tecnológicos, conducentes al fortalecimiento de la capacidad científica
nacional, dirigidos a la apropiación social del conocimiento.
j. Cronograma de Actividades
k. Presupuesto
l. Bibliografía
Parágrafo 1. La propuesta deberá presentarse al Núcleo de Investigaciones para su
aprobación final en medio impreso; además deberá ajustarse al manual de estilo de
publicaciones de la American Psychological Association vigente (APA).
Artículo 74. Informe Final. El informe final deberá presentar los resultados del proceso de
investigación, teniendo en cuenta la siguiente estructura:
a. Portada
b. Aceptación
c. Dedicatoria (opcional)
d. Agradecimientos (opcional)
53
e. Resumen
f. Abstract
g. Índice
h. Lista de tablas
i. Lista de figuras
j. Lista de apéndices (anexos)
k. Introducción
l. Justificación
m. Problema
n. Objetivos (general y específicos)
o. Antecedentes
p. Marco referencial
q. Metodología utilizada
r. Esquema temático (capítulos)
s. Conclusiones
54
t. Recomendaciones
u. Cronograma
v. Bibliografía
w. Posibilidades de publicación
Artículo 75. Recepción proyectos finales. La recepción de proyectos finales de
investigación, se hará de acuerdo al cronograma de aspirantes a grado, publicado
anualmente en los medios de difusión institucional.
Artículo 76. Tiempo para presentar informe final. El no cumplimiento del tiempo
estipulado (1 año, contado a partir de la fecha de matrícula académica) para la
presentación del informe final, ocasiona la reprobación de la modalidad de grado, la cual
debe ser matriculada de nuevo, tanto financiera como académicamente.
Artículo 77. Asignación asesor. El asesor del proyecto de investigación puede ser un docente
de la Corporación o cualquier profesional seleccionado por el Núcleo de Investigación del
programa correspondiente.
Artículo 78. Deberes y derechos del asesor de proyecto de investigación. El asesor de
proyecto de investigación tendrá los siguientes deberes y derechos:
a. Deberes.
- Proporcionar al estudiante veinte (20) horas de asesoría, orientación y
acompañamiento hasta la presentación del trabajo final, incluyendo escritura del
informe final y sustentación pública del proyecto.
55
- Notificar ante la Dirección de Investigaciones los horarios de asesoría pautados con el
estudiante.
- Presentar informes mensuales de forma escrita, los primeros cinco (5) días de cada
mes sobre los avances del proceso, en el formato asignado.
- Entregar a la Dirección de Investigaciones el formato de asesoría de cada sesión.
- Entregar a la Dirección de Investigaciones, el aval del informe final del proyecto
desarrollado, para el trámite respectivo.
- Presentar sus conceptos por escrito al Núcleo de Investigación, cuando el desarrollo
del trabajo o cualquier otro aspecto de su ejecución, no sean satisfactorios, para estudiar
el caso y adelantar las acciones a que haya lugar.
- Asistir a la sustentación del proyecto de investigación.
b. Derechos.
- Revisar los informes de progreso en cada etapa del proyecto.
- Figurar como coautor del trabajo, cuando este sea publicado.
- Recibir un reconocimiento de pago por cada trabajo dirigido.
Parágrafo 1. El reconocimiento de pago solo aplica para docentes catedráticos y asesores
externos.
Artículo 79. Evaluación y calificación de proyecto de investigación. Para los fines específicos
56
de la evaluación y calificación de proyecto de investigación, cada uno de los miembros
del jurado calificador, otorgarán un puntaje, con base en los criterios que se presentan a
continuación:
Criterio Puntaje
a. Evaluación del informe escrito De 0 a 30 puntos
b. Evaluación de la sustentación oral De 0 a 20 puntos
c. Puntaje máximo posible 50 puntos
Parágrafo 1. Para homologar el puntaje de la Corporación de 0 a 5, 50 puntos, son
equivalentes a 5.
Artículo 80. Evaluación del trabajo escrito. El trabajo escrito generado como resultado de
proyecto de investigación, será evaluado por los jurados, teniendo en cuenta el
cumplimiento de los objetivos, validez de los lineamientos metodológicos, interpretación y
discusión de resultados, validez y alcance de conclusiones y recomendaciones, coherencia y
cohesión en el desarrollo del informe.
Artículo 81. Evaluación de la sustentación pública. La sustentación del informe final de
proyecto de investigación, será evaluada por los jurados, a partir de la capacidad de
apropiación y presentación oral del informe, de acuerdo a los parámetros establecidos en el
trabajo escrito.
Artículo 82. Puntuación trabajo de grado. El puntaje definitivo de trabajo de grado,
resultará del promedio aritmético de los puntajes otorgados por los miembros del Jurado
Calificador, una vez evaluados los criterios citados en los tres artículos anteriores.
57
Artículo 83. Puntuación proyecto investigación. De conformidad con el puntaje definitivo,
el proyecto de investigación como trabajo de grado, se calificará de acuerdo con la siguiente
escala valorativa:
a. Laureado: 50 puntos
b. Sobresaliente: Entre 45 y 49 puntos
c. Aprobado: Entre 35 y 44 puntos
d. Reprobado: Menos de 35 puntos
Parágrafo 1. Cuando el proyecto de investigación es desarrollado por el estudiante en
coinvestigación con docentes, al interior de un grupo de investigación, los criterios de
evaluación y calificación del proyecto, deberán quedar establecidos por el grupo que lo
lidere, en un documento aprobado por la Dirección de Investigaciones.
Artículo 84. Trabajo de grado laureado. El trabajo de grado será laureado, cuando a criterio
de los jurados calificadores se muestre que, además de cumplir con los requerimientos de
evaluación calificación de proyecto de investigación, se evidencie que el proyecto hace un
aporte a la ciencia, la tecnología o la innovación.
Parágrafo 1. El Consejo Directivo de la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del
Valle, a solicitud del Consejo Académico, será la instancia encargada de otorgar el título
de proyecto Laureado, después de escuchar la sustentación del estudiante.
Artículo 85. Trabajo de grado sobresaliente. El trabajo de grado será sobresaliente, cuando
a criterio de los jurados calificadores se especifique, además del cumplimiento de los
objetivos, la validez de los lineamientos metodológicos, la interpretación y alcance de los
58
resultados, y una buena sustentación, se evidencie una contribución o impacto positivo
adicional a la investigación propuesta.
Artículo 86. Monografía. Es un informe de investigación con carácter bibliográfico-
descriptivo, que tiene como objetivo reflexionar sobre un tema específico. Este proceso de
descubrimiento a partir de lecturas, análisis y síntesis de la información producida por
otros, genera nuevo conocimiento, el cual debe caracterizarse por la minuciosidad,
profundidad, rigor y coherencia de los objetivos investigativos.
Artículo 87. Integrantes monografía. La Monografía podrá ser desarrollada por uno o
máximo tres (3) estudiantes, a juicio del Núcleo de investigación.
Artículo 88. Tiempo para desarrollar la monografía. La Monografía deberá realizarse en
término mínimo de seis (6) meses y máximo de (1) año, contado a partir de la fecha de
matrícula académica.
Artículo 89. Matricula monografía. La Monografía podrá ser matriculada ante la
Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, una vez el estudiante haya
cursado y aprobado el 50% de los créditos del respectivo programa, teniendo en cuenta
que el valor de la matrícula de dicha modalidad no incluye el valor de matrícula de los
créditos pendientes por cursar.
Artículo 90. Etapas a seguir en la realización de monografía como opción de grado.
a. El estudiante deberá solicitar de forma escrita a la Dirección de Unidad del programa
correspondiente, la voluntad para realizar monografía como modalidad de grado. El
director de unidad, contará con diez (10) días calendario para verificar las condiciones
académicas del estudiante y dar respuesta a través del formato asignado para tal fin.
59
b. Paso seguido, el estudiante deberá entregar a la Dirección de Investigaciones,
completamente diligenciado y aprobado por el director de unidad del programa
académico correspondiente, el formato de solicitud de modalidad de grado.
c. Una vez aprobada la modalidad, el estudiante deberá entregar el formato de inscripción
de monografía, completamente diligenciado, a la Dirección de Investigaciones, la cual se
reunirá con el Núcleo de Investigación del programa correspondiente, y dará respuesta
al estudiante, en un plazo no mayor a 30 días, contados a partir de la fecha de recepción
de la inscripción.
d. Aceptada la temática a desarrollar, el estudiante deberá legalizar la matrícula financiera
ante la oficina de Tesorería y la matrícula académica ante la Oficina de Registro y Control
Académico.
e. La Dirección de Investigaciones, nombrará un asesor de monografía, que puede ser
escogido dentro o fuera de la Institución, para que inicie el proceso de acompañamiento
en la elaboración de la propuesta de monografía.
f. Una vez terminada la propuesta de monografía (anteproyecto), será presentada por el
estudiante en medio impreso al Núcleo de Investigación; éste contará con treinta (30)
días hábiles para su evaluación, con clara especificación de las observaciones
pertinentes.
g. Aprobada la propuesta, el estudiante iniciará el desarrollo la monografía, con el
acompañamiento del respectivo asesor.
h. Una vez culminado el proceso y con el aval del asesor, el estudiante presentará el
informe final en medio magnético a la Dirección de Investigaciones, de acuerdo a las
fechas establecidas en el cronograma de aspirantes a grado, de la respectiva vigencia.
60
i. La Dirección de Investigaciones designará dos (2) jurados para la revisión del informe
final de monografía, los cuales contarán con un plazo de quince (15) días calendario para
presentar su concepto.
j. La Dirección de Investigaciones, remitirá al estudiante los conceptos emitidos por el
jurado, para que en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, sean analizados en
compañía del asesor y, proceder a incorporar las sugerencias y ajustes en el texto final.
k. Una vez hechas las correcciones, el estudiante deberá entregar a la Dirección de
Investigaciones dos copias del informe final en medio magnético, ajustado al Manual de
estilo de publicaciones de la American Psychological Association vigente (APA). El
informe será remitido nuevamente a jurados para su aprobación definitiva.
l. Previo aval de los jurados, La Dirección de Investigaciones designará el lugar y fecha
estipulada para la sustentación pública. El tiempo de la exposición no será mayor a
veinte (20) minutos.
Parágrafo 1. Por ningún motivo serán recepcionados informes finales, sin el respectivo aval
del asesor de proyecto.
Parágrafo 2. Los asistentes a la sustentación pública, fuera de los jurados, participarán
únicamente como oyentes.
Parágrafo 3. Los jurados levantarán y firmarán el acta de sustentación del trabajo de
grado, la cual será entregada al director del programa correspondiente.
Artículo 91. Recepción de informe final de monografía. La recepción de informe final de
monografía, se hará de acuerdo al cronograma de aspirantes a grado, publicado anualmente
en los medios de difusión institucional.
61
Parágrafo 1. Sólo se recibirán informes finales fuera de las fechas establecidas en el
cronograma de aspirantes a grado de la respectiva vigencia, en casos fortuitos, previa
aprobación del Núcleo de Investigación correspondiente.
Artículo 92. Tiempo estipulado informe final de monografía. El no cumplimiento del
tiempo estipulado (1 año, contado a partir de la fecha de matrícula académica) para la
presentación del informe final de monografía, ocasiona la reprobación de la modalidad de
grado, la cual debe ser matriculada de nuevo, tanto financiera como académicamente.
Artículo 93. Asignación asesor. El asesor de monografía puede ser un docente de la
Corporación o cualquier profesional seleccionado por el Núcleo de Investigación del
programa correspondiente.
Artículo 94. Deberes y derechos del asesor de monografía. El asesor de monografía tendrá
los siguientes deberes y derechos:
a. Deberes.
- Proporcionar al estudiante veinte (20) horas de asesoría, orientación y
acompañamiento hasta la presentación del trabajo final, incluyendo escritura del
informe final y sustentación pública de la monografía.
- Notificar ante la Dirección de Investigaciones los horarios de asesoría pautados con el
estudiante.
- Presentar informes mensuales de forma escrita, los primeros cinco (5) días de cada
mes sobre los avances del proceso, en el formato asignado.
- Entregar a la Dirección de Investigaciones el formato de asesoría de cada sesión.
62
- Entregar a la Dirección de Investigaciones, el aval del informe final de monografía, para
el trámite respectivo.
- Presentar sus conceptos por escrito al Núcleo de Investigación, cuando el desarrollo
del trabajo o cualquier otro aspecto de su ejecución, no sean satisfactorios, para estudiar
el caso y adelantar las acciones a que haya lugar.
- Asistir a la sustentación de la monografía.
b. Derechos.
- Revisar los informes de progreso en cada etapa de la monografía.
- Figurar como coautor del trabajo, cuando este sea publicado.
- Recibir un reconocimiento de pago por cada trabajo dirigido.
Parágrafo 1. El reconocimiento de pago solo aplica para docentes catedráticos y asesores
externos.
Artículo 95. Evaluación y calificación de monografía. Para los fines específicos de la
evaluación y calificación de monografía, cada uno de los miembros del jurado calificador,
otorgarán un puntaje, con base en los criterios que se presentan a continuación:
Criterio Puntaje
a. Evaluación del informe escrito: De 0 a 30 puntos
b. Evaluación de la sustentación oral: De 0 a 20 puntos
63
c. Puntaje máximo posible: 50 puntos
Parágrafo 1. Para homologar el puntaje de la Corporación de 0 a 5, 50 puntos, son
equivalentes a 5.
Artículo 96. Evaluación del trabajo escrito. El trabajo escrito de la monografía, será
evaluado por los jurados, teniendo en cuenta el cumplimiento de los objetivos, validez de
los lineamientos metodológicos, interpretación y discusión de resultados, validez y alcance
de conclusiones y recomendaciones, coherencia y cohesión en el desarrollo del informe.
Artículo 97. Evaluación de la sustentación pública. La sustentación del informe final de
monografía, será evaluada por los jurados, a partir de la capacidad de apropiación y
presentación oral del informe, de acuerdo a los parámetros establecidos en el trabajo
escrito.
Artículo 98. Puntaje monografía. El puntaje definitivo de trabajo de grado, resultará del
promedio aritmético de los puntajes otorgados por los miembros del Jurado Calificador, una
vez evaluados los criterios citados los tres artículos anteriores.
Artículo 99. Calificación monografía. De conformidad con el puntaje definitivo, la
monografía como trabajo de grado, se calificará de acuerdo con la siguiente escala
valorativa:
a. Laureado: 50 puntos
b. Sobresaliente: entre 45 y 49 puntos
c. Aprobado: entre 35 y 44 puntos
64
d. Reprobado: Menos de 35 puntos
Parágrafo 1. Cuando la monografía es desarrollada por el estudiante en coinvestigación con
docentes, al interior de un grupo de investigación, los criterios de evaluación y calificación,
deberán quedar establecidos por el grupo que lo lidere, en un documento aprobado por la
Dirección de Investigaciones.
Artículo 100. Trabajo laureado. El trabajo de grado será laureado, cuando a criterio de los
jurados calificadores se muestre que, además de cumplir con los requerimientos
planteados en el artículo anterior del presente reglamento, se evidencie que el proyecto
hace un aporte a la ciencia, la tecnología o la innovación.
Parágrafo 1. El Consejo Directivo de la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del
Valle, a solicitud del Consejo Académico, será la instancia encargada de otorgar el título
de proyecto Laureado, después de escuchar la sustentación del estudiante.
Artículo 101. Trabajo sobresaliente. El trabajo de grado será sobresaliente, cuando a
criterio de los jurados calificadores se especifique, además del cumplimiento de los
objetivos, la validez de los lineamientos metodológicos, la interpretación y alcance de los
resultados, y una buena sustentación, se evidencie una contribución o impacto positivo
adicional a la investigación propuesta.
Artículo 102. Seminario de Grado. El Seminario de Grado es la actividad académica
complementaria que desarrolla un estudiante, y tiene por objeto la profundización y/o
actualización de conocimientos concernientes a un área de su programa académico,
generando competencias en un campo de acción específico.
Artículo 103. Propuesta de seminario. El Director de Programa deberá presentar al Núcleo
de Investigación la propuesta de Seminario de Grado, en el formato asignado para tal fin. El
65
núcleo contará un plazo de quince (15) días hábiles, para emitir por escrito su concepto
sobre la validez y pertinencia o no de la propuesta.
Artículo 104. Informe final de seminario. El informe final de Seminario de Grado, podrá ser
desarrollado por uno o máximo dos (2) estudiantes, a juicio del Núcleo de Investigación.
Artículo 105. Número de créditos seminario. El Seminario de Grado tendrá una intensidad
mínima de 5 créditos académicos (80 horas presenciales y 160 horas de estudio
independiente), que deberán cumplirse una vez el estudiante haya cursado y aprobado
como mínimo el 75% de los créditos académicos del plan de estudios.
Parágrafo 1. Solo podrán ofertarse y publicitarse, los seminarios de grado aprobados por el
Núcleo de Investigación.
Parágrafo 2. En caso de ser publicitado un seminario como modalidad de grado, que no
haya sido aprobado por el Núcleo de Investigación, el director del proceso, deberá resarcir el
error, realizando la respectiva corrección y asumiendo el costo económico de la misma.
Parágrafo 3. El Consejo Académico podrá suspender temporalmente la realización de
Seminario de Grado, con el ánimo de estimular la investigación institucional. No podrá
suspenderse por más de cuatro periodos académicos consecutivos.
Parágrafo 4. El Consejo Académico se reserva el derecho a programar los seminarios de
acuerdo con el número de estudiantes matriculados.
Artículo 106. Etapas a seguir en la realización de un seminario de grado.
a. El estudiante deberá solicitar de forma escrita a la Dirección de Unidad del programa
correspondiente, la voluntad para realizar el seminario como modalidad de grado. El
66
director de unidad, contará con diez (10) días calendario para verificar las condiciones
académicas del estudiante y dar respuesta a través del formato asignado para tal fin.
b. Paso seguido, el estudiante deberá entregar a la Dirección de Investigaciones,
completamente diligenciado y aprobado por el director de unidad del programa
académico correspondiente, el formato de solicitud de seminario de grado.
c. Aceptada la modalidad a desarrollar, el estudiante deberá legalizar la matrícula
financiera ante la oficina de Tesorería y la matrícula académica ante la Oficina de
Registro y Control Académico.
d. La Dirección de Investigaciones, nombrará un tutor de seminario de grado, que puede
ser escogido dentro o fuera de la Institución, para que inicie el proceso de desarrollo
del seminario.
e. La Dirección de Investigaciones, nombrará un asesor metodológico para que acompañe
a los estudiantes por equipos de trabajo, en el proceso de construcción del informe
final, que deberá ser entregado a la Unidad de Investigaciones, de acuerdo a las fechas
establecidas en el cronograma de aspirantes a grado, de la respectiva vigencia.
f. Una vez terminado el seminario, los estudiantes contarán con cuarenta y cinco (45) días
calendario para la elaboración y entrega del informe final a la Dirección de
Investigaciones en medio magnético, previo aval del tutor y del asesor metodológico.
g. El informe final, será remitido a dos (2) jurados, para que en quince (15) días calendario,
presenten su concepto con clara especificación de las observaciones pertinentes.
h. Los conceptos de los jurados que impliquen modificación del trabajo, serán discutidos
con el asesor y el (los) autor(es) con el fin de llegar a un acuerdo y hacer las
67
correcciones del caso, en el término de quince (15) días calendario.
i. Incorporadas las correcciones y/o adiciones, los estudiantes deberán entregar a la
Dirección de Investigaciones, dos (2) copias del informe final en medio magnético,
ajustado al Manual de estilo de publicaciones de la American Psychological Association
vigente (APA), para su aprobación definitiva por parte de los jurados.
j. Previo aval de los jurados, la Dirección de Investigaciones designará el lugar y fecha
estipulada para la sustentación pública. El tiempo de la exposición no será mayor a
veinte (20) minutos.
Parágrafo 1. Sólo se recibirán informes finales fuera de las fechas establecidas en el
cronograma de aspirantes a grado de la respectiva vigencia, en casos fortuitos, previa
aprobación del Núcleo de Investigación correspondiente.
Parágrafo 2. El no cumplimento del tiempo estipulado (1 año, a partir de la fecha de
matrícula académica) para la presentación del informe final de seminario de grado,
ocasiona la reprobación de la modalidad de grado, la cual debe ser matriculada de nuevo,
tanto financiera como académicamente.
Parágrafo 3. Las faltas de asistencia, sin previa causa justificada al 10% de las sesiones
presenciales, ocasionan reprobación del seminario de grado.
Parágrafo 4. Serán designados como jurados de sustentación, los mismos que revisaron el
informe final de Seminario de Grado, puede ser un docente de la Corporación o cualquier
profesional seleccionado por el Núcleo de Investigación del programa correspondiente.
Parágrafo 5. Los asistentes a la sustentación pública, fuera de los jurados, participarán
únicamente como oyentes.
68
Parágrafo 6. Los jurados levantarán y firmarán el acta de sustentación de seminario de
grado, la cual será entregada al director del programa correspondiente.
Artículo 107. Informe final seminario. El informe final de Seminario de Grado deberá
presentarse a partir de la siguiente estructura:
a. Portada
b. Aceptación
c. Dedicatoria (opcional)
d. Agradecimientos (opcional)
e. Resumen
f. Abstract
g. Índice
h. Lista de tablas
i. Lista de figuras
j. Lista de apéndices (anexos)
k. Introducción
l. Justificación
69
m. Objetivos (general y específicos)
n. Marco referencial
o. Esquema temático
p. Conclusiones
q. Recomendaciones
r. Bibliografía
Artículo 108. Deberes y derechos de los asesores del Seminario de Grado. El t u t o r y e l
asesor del informe de Seminario de Grado tendrán los siguientes deberes y derechos.
a. Deberes.
- Acompañar y asesorar al estudiante en la elaboración del informe final, incluyendo la
escritura y sustentación pública del Seminario.
- Notificar ante la Dirección de Investigaciones los horarios de asesoría pautados con el
estudiante, antes de iniciar el proceso.
- Llevar un registro de las asesorías brindadas a cada uno de los estudiantes.
- Presentar informe de forma escrita, sobre los avances del proceso, cuando la
participación del estudiante no sea satisfactoria o haya dificultades en la realización del
trabajo.
70
- Avalar el informe final escrito antes de ser entregado a la Dirección de Investigaciones.
- Asistir a la sustentación pública del Seminario de Grado.
b. Derechos.
- Revisar los informes periódicos del trabajo y exigir la calidad en el desarrollo técnico y
metodológico.
Artículo 109. Evaluación y calificación del Seminario de Grado. Para los fines específicos de
la evaluación y calificación del Seminario de Grado, cada uno de los miembros del jurado
calificador, otorgarán un puntaje, con base en los criterios que se presentan a
continuación:
Criterio Puntaje
a. Evaluación del informe escrito: De 0 a 30 puntos
b. Evaluación de la sustentación oral: De 0 a 20 puntos
c. Puntaje máximo posible: 50 puntos
Parágrafo 1. Para homologar el puntaje de la Corporación de 0 a 5, 50 puntos, son
equivalentes a 5.
Artículo 110. Evaluación del trabajo escrito. El trabajo escrito generado en el Seminario de
Grado, será evaluado por los jurados, teniendo en cuenta el cumplimiento de los objetivos y
la validez, coherencia y cohesión en el desarrollo del informe final.
71
Artículo 111. Evaluación de la sustentación pública. La sustentación del informe final de
Seminario de Grado, será evaluada por los jurados, a partir de la capacidad de apropiación y
presentación oral del informe, de acuerdo a los parámetros establecidos en el trabajo
escrito.
Artículo 112. Calificación trabajo de grado. El puntaje definitivo de trabajo de grado,
resultará del promedio aritmético de los puntajes otorgados por los miembros del Jurado
Calificador, una vez evaluados los criterios citados en los artículos anteriores.
Artículo 113. Puntaje del trabajo de grado. De conformidad con el puntaje definitivo, el
Seminario como trabajo de grado, se calificará de acuerdo con la siguiente escala valorativa:
a. Aprobado: 35 ó más puntos
b. Reprobado: Menos de 35 puntos
Artículo 114. Creación - innovación de empresa. Para la Corporación de Estudios
Tecnológicos del Norte del Valle, el desarrollo empresarial constituye un elemento
relevante dentro del proceso de formación por ciclos propedéuticos; por este motivo asume
la creación - innovación empresarial, como una de las modalidades de grado que permite al
futuro profesional desarrollar un proceso de exploración, descripción, argumentación e
interpretación de una realidad, proponiendo una solución a través de una propuesta de plan
de negocio para la creación de empresa o aplicación de procesos de innovación en empresas
existentes.
Artículo 115. Trabajos de creación - innovación de empresa. Los trabajos de creación -
innovación de empresa podrán ser desarrollados por uno o máximo tres (3) estudiantes, a
juicio del Núcleo de Investigación.
72
Artículo 116. Tiempo estipulado para trabajos de creación - innovación de empresa. Los
trabajos de creación - innovación de empresa deberán realizarse en término mínimo de
seis (6) meses y máximo de un (1) año, contados a partir de la fecha de matrícula
académica.
Artículo 117. Matricula trabajos de creación - innovación de empresa. Los trabajos de
creación - innovación de empresa podrán ser matriculados como modalidad de grado,
una vez el estudiante haya cursado y aprobado el 70% de los créditos del respectivo
programa, teniendo en cuenta que el valor de la matrícula de dicha modalidad no incluye
el valor de matrícula de los créditos pendientes por cursar.
Artículo 118. Temática para los trabajos de creación - innovación de empresa. Sólo se
aprobarán temas que muestren aportes significativos de innovación y diferenciación,
respecto al producto, servicio y/o a los procesos.
Artículo 119. Etapas a seguir en la creación - innovación de empresa.
a. El estudiante deberá solicitar de forma escrita a la Dirección de Unidad del programa
correspondiente, la voluntad para realizar creación - innovación de empresa como
modalidad de grado.
b. El director de unidad, contará con diez (10) días calendario para verificar las
condiciones académicas del estudiante y dar respuesta a través del formato asignado
para tal fin.
c. Paso seguido, el estudiante deberá entregar a la Dirección de Investigaciones,
completamente diligenciado y aprobado por el director de unidad del programa
académico correspondiente, el formato de solicitud de modalidad de grado.
73
d. Una vez aprobada la modalidad, el estudiante deberá entregar el formato de inscripción
de creación - innovación de empresa completamente diligenciado, a la Dirección de
Investigaciones, la cual se reunirá con el Núcleo de Investigación del programa
correspondiente, y dará respuesta al estudiante, en un plazo no mayor a 30 días,
contados a partir de la fecha de recepción de la inscripción.
e. Aceptada la temática a desarrollar, el estudiante deberá legalizar la matrícula financiera
ante la oficina de Tesorería y la matrícula académica ante la Oficina de Registro y
Control Académico.
f. La Dirección de Investigaciones, nombrará un asesor de creación - innovación de
empresa, que puede ser escogido dentro o fuera de la Institución, para que inicie
el proceso de acompañamiento en la elaboración de la propuesta.
g. Una vez terminada la propuesta de creación - innovación de empresa, será
presentada por el estudiante en medio impreso al Núcleo de Investigación; éste contará
con treinta (30) días hábiles para su evaluación, con clara especificación de las
observaciones pertinentes.
h. Aprobada la propuesta de creación - innovación de empresa, el estudiante iniciará el
desarrollo del proyecto, con el acompañamiento del respectivo asesor.
i. Una vez culminado el proceso y con el aval del asesor, el estudiante entregará el
informe final en medio magnético a la Dirección de Investigaciones, de acuerdo a las
fechas establecidas en el cronograma de aspirantes a grado, de la respectiva vigencia.
j. La Dirección de Investigaciones designará dos (2) jurados para la revisión del proyecto,
los cuales contarán con un plazo de quince (15) días calendario para presentar su
concepto.
74
k. La Dirección de Investigaciones, remitirá al estudiante, los conceptos emitidos por el
jurado, para ser analizados en compañía del asesor y proceder a incorporar las
sugerencias en el texto final, en un plazo de quince (15) días calendario.
l. Una vez hechas las correcciones, el estudiante deberá entregar a la Dirección de
Investigaciones dos copias del informe final en medio magnético, ajustado al Manual
de estilo de publicaciones de la American Psychological Association vigente (APA). El
informe será remitido nuevamente a jurados para su aprobación definitiva.
m. Previo aval de los jurados, la Dirección de Investigaciones designará el lugar y fecha
estipulada para la sustentación pública. El tiempo de la exposición no será mayor a
veinte (20) minutos.
Parágrafo 1. Por ningún motivo serán recepcionados informes finales, sin el respectivo aval
del asesor de proyecto de creación o innovación de empresa.
Parágrafo 2. Los asistentes a la sustentación pública, fuera de los jurados, participarán
únicamente como oyentes.
Parágrafo 3. Los jurados levantarán y firmarán el acta de sustentación de trabajo de grado,
la cual será entregada al director del programa correspondiente.
Artículo 120. Recepción de informes finales. La recepción de informes finales de creación -
innovación de empresa, se hará de acuerdo al cronograma de aspirantes a grado, publicado
anualmente en los medios de difusión institucional.
Artículo 121. Reprobación creación - innovación de empresa. El no cumplimiento del
tiempo estipulado (1 año, contado a partir de la fecha de matrícula académica) para la
75
presentación del informe final de creación o innovación de empresa, ocasiona la
reprobación de la modalidad de grado, la cual debe ser matriculada de nuevo, tanto
financiera como académicamente.
Artículo 122. Nombramiento asesor creación - innovación de empresa. El asesor de
proyecto de creación - innovación de empresa, puede ser un docente de la Corporación o
cualquier profesional seleccionado por el Núcleo de Investigación del programa
correspondiente.
Artículo 123. Deberes y derechos del asesor de trabajos de creación - innovación de
empresa. El asesor de trabajos de creación - innovación de empresa tendrá los siguientes
deberes y derechos:
a. Deberes.
- Proporcionar al estudiante veinte (20) horas de asesoría, orientación y
acompañamiento hasta la presentación del trabajo final, incluyendo escritura del
informe final y sustentación pública.
- Notificar ante la Dirección de Investigaciones los horarios de asesoría pautados con el
estudiante.
- Presentar informes mensuales de forma escrita, los primeros cinco (5) días de cada
mes sobre los avances del proceso, en el formato asignado.
- Entregar a la Dirección de Investigaciones el formato de asesoría de cada sesión.
- Entregar a la Dirección de Investigaciones, el aval del informe final del proyecto
desarrollado, para el trámite respectivo.
76
- Presentar sus conceptos por escrito al Núcleo de Investigación, cuando el desarrollo
del trabajo o cualquier otro aspecto de su ejecución, no sean satisfactorios, para estudiar
el caso y adelantar las acciones a que haya lugar.
b. Derechos.
- Revisar los informes de progreso en cada etapa del proyecto.
- Figurar como coautor del trabajo, cuando este sea publicado.
- Recibir un reconocimiento de pago por cada trabajo dirigido.
Parágrafo 1. El reconocimiento de pago solo aplica para docentes catedráticos y asesores
externos.
Artículo 124. Proceso de creación - innovación de empresa. El proceso de creación -
innovación de empresa en la Institución, comprende la presentación de la propuesta de
creación - innovación de empresa y el informe final del proyecto.
Artículo 125. Estructura propuesta de creación - innovación de empresa. El informe que
presenta la estructura preliminar del proyecto de creación - innovación de empresa;
deberá presentarse teniendo en cuenta la siguiente estructura:
Tabla 4. Estructura propuesta de creación - innovación de empresa
Propuesta de plan de negocio para la creación de empresa
Propuesta de aplicación de procesos de innovación en empresas existentes.
a. Título
b. Descripción general de la idea de negocio
a. Título
b. Descripción general de la idea de negocio
77
c. Justificación inicial o preliminar
d. Objetivos (general y específicos)
e. Antecedentes
f. Marco referencial
g. Plan de trabajo a ejecutar (teniendo en
cuenta: descripción y análisis sectorial de la
empresa, del mercado, administrativo, de
soporte técnico, financiero, económico y de
riesgos)
h. Metodología (teniendo en cuenta la
estructura del plan de negocios)
i. Impacto esperado
j. Bibliografía
k. Cronograma de actividades
l. Presupuesto
c. Justificación inicial o preliminar
d. Objetivos (general y específicos)
e. Antecedentes
f. Marco referencial
g. Plan de trabajo a ejecutar
h. Metodología
i. Impacto esperado
j. Bibliografía
k. Cronograma de actividades
l. Presupuesto
Parágrafo 1. La propuesta deberá presentarse al Comité de Investigaciones para su
aprobación final en medio impreso; además deberá ajustarse al manual de estilo de
publicaciones de la American Psychological Association vigente (APA).
Artículo 126. Estructura informe final de creación - innovación de empresa. El informe
final deberá presentarse teniendo en cuenta la siguiente estructura:
Tabla 5. Estructura informe final de creación - innovación de empresa
Informe final de plan de negocio para la creación de empresa
Informe final de aplicación de procesos de innovación en empresas existentes.
a. Portada
b. Aceptación
c. Dedicatoria (opcional)
Portada
Aceptación
Dedicatoria (opcional)
78
d. Agradecimientos (opcional)
e. Resumen
f. Abstract
g. Índice
h. Lista de tablas
i. Lista de figuras
j. Lista de apéndices (anexos)
k. Introducción
l. Justificación
m. Objetivos
n. Antecedentes
o. Marco referencial
p. Metodología
q. Definición del producto o servicio
r. Análisis del sector
s. Presentación del plan de negocios
(resultado de los estudios)
- Estudio de mercados
- Análisis administrativo
- Estudio técnico
- Estudio económico
- Estudio financiero
- Estudio ambiental (social y ecológico)
t. Conclusiones
u. Recomendaciones
v. Bibliografía
Agradecimientos (opcional)
Resumen
Abstract
Índice
Lista de tablas
Lista de figuras
Lista de apéndices (anexos)
Introducción
Justificación
Objetivos (general y específicos)
Antecedentes
Marco referencial
Metodología
Planteamiento del problema
Esquema temático (Desarrollo del plan de
Trabajo)
Cronograma de actividades
Conclusiones
Recomendaciones
Bibliografía
79
Artículo 127. Evaluación y calificación del informe final de trabajos de creación -
innovación de empresa. Para los fines específicos de la evaluación del trabajo de creación -
innovación de empresa, cada uno de los miembros del jurado calificador, otorgarán un
puntaje, con base en los criterios que se presentan a continuación:
Criterio Puntaje
a. Evaluación del informe escrito: De 0 a 30 puntos
b. Evaluación de la sustentación oral: De 0 a 20 puntos
c. Puntaje máximo posible: 50 puntos
Parágrafo 1. Para homologar el puntaje de la Corporación de 0 a 5, 50 puntos, son
equivalentes a 5.
Artículo 128. Evaluación del trabajo escrito. El informe final escrito generado en Creación -
innovación de Empresa como trabajo de grado, será evaluado por los jurados, teniendo
en cuenta el cumplimiento de los objetivos, validez de los lineamientos metodológicos,
interpretación y discusión de resultados, la validez y alcance de conclusiones y
recomendaciones, la coherencia y cohesión en el desarrollo del informe.
Artículo 129. Evaluación de la sustentación pública. La sustentación del informe final de
Creación - innovación de Empresa, será evaluada por los jurados, a partir de la capacidad
de apropiación y presentación oral del informe, de acuerdo a los parámetros establecidos en
el trabajo escrito.
Artículo 130. Calificación creación e innovación de empresa. El puntaje definitivo de
trabajo de grado, resultará del promedio aritmético de los puntajes otorgados por los
miembros del Jurado Calificador una vez evaluados los criterios citados en los artículos
80
anteriores del presente reglamento.
Artículo 131. Puntaje creación e innovación de empresa. De conformidad con el puntaje
definitivo, Creación - innovación de Empresa como trabajo de grado, se calificará de
acuerdo con la siguiente escala valorativa:
a. Aprobado: 35 ó más puntos
b. Reprobado: Menos de 35 puntos
Artículo 132. Pasantía. Es la práctica académica desarrollada por el estudiante, a través de
un convenio suscrito entre la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle y,
una empresa u organización pública o privada, en la que el estudiante pone en práctica los
conocimientos adquiridos durante su formación profesional, y que realiza como
prerrequisito para la obtención del título profesional: técnico profesional, tecnólogo,
profesional universitario (artículo 7º Decreto 933 de 2003).
Parágrafo 1. De acuerdo con la normatividad vigente, las pasantías NO constituyen contrato
de aprendizaje, por consiguiente, no existe ninguna obligación legal para hacerle algún tipo
de pago al estudiante. El tipo de pagos en ésta modalidad es completamente voluntario
(artículo 7º Decreto 933 de 2003).
Parágrafo 2. La relación que genera la pasantía, entre la empresa y el estudiante, es
únicamente de enseñanza y aprendizaje, ya que no existe entre las dos partes ningún
vínculo laboral, por lo tanto, el periodo pasantía no pueden utilizarse para remplazar a un
empleado de la empresa, ni para asumir responsabilidades o funciones propias de los cargos
de planta.
Artículo 133. Objetivos pasantía. La Pasantía como modalidad de grado se guiará por los
81
siguientes objetivos:
a. Brindar un espacio académico - profesional donde el estudiante se interrelacione y
aplique los conocimientos propios de su saber, en un contexto de trabajo determinado,
con asesoría adecuada, que le facilite el fortalecimiento, diseño e implementación de
modalidades de intervención propia de su campo de acción.
b. Alcanzar una adecuada interrelación entre los aspectos teóricos y prácticos de los
distintos saberes, permitiendo el enriquecimiento académico de los procesos
curriculares.
c. Propiciar y facilitar la incorporación del estudiante a la vida laboral.
d. Articular la academia, el sector productivo y el sector público.
Artículo 134. Etapas a seguir en la realización de pasantía como opción de grado.
a. El estudiante deberá solicitar de forma escrita a la Dirección de Unidad del programa
correspondiente, la voluntad para realizar pasantía como modalidad de grado. El director
de unidad, contará con diez (10) días calendario para verificar las condiciones
académicas del estudiante y dar respuesta a través del formato asignado para tal fin.
b. Paso seguido, el estudiante deberá entregar a la Dirección de Investigaciones,
completamente diligenciado y aprobado por el director de unidad del programa
académico correspondiente, el formato de solicitud de pasantía.
c. Una vez aprobada la solicitud de pasantía, el estudiante deberá diligenciar y entregar a
la Dirección de investigaciones, la hoja de vida actualizada en el formato digital asignado
para tal fin.
82
d. La Unidad de Investigaciones iniciará los trámites correspondientes para la consecución
y vinculación del estudiante a una empresa.
e. Una vez aceptado el estudiante en la empresa, la Unidad de Investigaciones solicitará a
rectoría la realización del convenio marco de cooperación académica con dicha
organización, paso seguido elaborará el convenio específico entre la Corporación, el
estudiante y la empresa, y se coordinará o programará el inicio de la pasantía.
f. Antes de iniciar labores en la empresa, el estudiante deberá legalizar la matrícula
financiera ante la oficina de Tesorería y la matrícula académica ante la Oficina de
Registro y Control Académico.
g. La Dirección de Investigaciones, nombrará un asesor de pasantía, que puede ser
escogido dentro o fuera de la Institución, para que inicie el proceso de
acompañamiento, desde la definición del tema a desarrollar hasta la sustentación del
informe final de pasantía.
h. En un plazo no mayor a treinta (30) días de haber iniciado labores en la empresa, el
estudiante deberá entregar el formato de inscripción del tema a desarrollar como
informe final de pasantía, completamente diligenciado a la Dirección de Investigaciones,
la cual se reunirá con el Núcleo de Investigación del programa correspondiente, y dará
respuesta al estudiante, en un plazo no mayor a treinta (30) días, contados a partir de la
fecha de recepción de la inscripción.
i. Una vez culminado el proceso y con el aval del asesor, el estudiante entregará el
informe final de pasantía en medio magnético a la Dirección de Investigaciones , de
acuerdo a las fechas establecidas en el cronograma de aspirantes a grado, de la
respectiva vigencia.
83
j. La Dirección de Investigaciones designará dos (2) jurados para la revisión del informe,
los cuales contarán con un plazo de quince (15) días calendario para presentar su
concepto.
k. La Dirección de Investigaciones, remitirá al estudiante los conceptos emitidos por el
jurado, para que en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, sean analizados en
compañía del asesor y, proceder a incorporar las sugerencias y ajustes en el texto final.
l. Una vez hechas las correcciones, el estudiante deberá entregar a la Dirección de
Investigaciones dos copias del informe final en medio magnético, ajustado al Manual de
estilo de publicaciones de la American Psychological Association vigente (APA). El
informe será remitido nuevamente a jurados para su aprobación definitiva.
m. Previo aval de los jurados, la Dirección de Investigaciones designará el lugar y fecha
estipulada para la sustentación pública. El tiempo de la exposición no será mayor a
veinte (20) minutos.
Parágrafo 1. El estudiante deberá suspender labores en la empresa, si al completar un plazo
máximo de treinta (30) días una vez iniciadas labores, no ha inscrito el tema de su pasantía.
Parágrafo 2. Los jurados levantarán y firmarán el acta de sustentación del trabajo de
grado, la cual será entregada al director del programa correspondiente.
Parágrafo 3. Por ningún motivo el estudiante podrá iniciar labores en la empresa, sin haber
legalizado matricula académica y financiera en la Corporación.
Parágrafo 4. Los formatos para solicitud de pasantía del estudiante se encuentran
disponibles en las direcciones de unidad de cada programa académico. Los formatos de
hoja de vida del estudiante, se encuentran disponibles en la oficina de investigaciones.
84
Parágrafo 5. Existen dos (2) posibilidades de consecución de empresa para el desarrollo de
la pasantía, una por parte del estudiante y otra por parte de la Corporación de Estudios
Tecnológicos del Norte del Valle.
Parágrafo 6. Por ningún motivo serán recepcionados informes finales, sin el respectivo aval
del asesor de proyecto.
Parágrafo 7. Los asistentes a la sustentación pública, fuera de los jurados, participarán
únicamente como oyentes.
Artículo 135. Tiempo estipulado de pasantía. La pasantía como modalidad de grado,
deberá realizarse en término mínimo de seis (6) meses y máximo de un (1) año contados a
partir de la fecha de matrícula académica.
Artículo 136. Matricula de pasantía. La pasantía podrá ser matriculada ante la Corporación
de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, una vez el estudiante haya cursado y
aprobado el 70% de los créditos del respectivo programa.
Artículo 137. Tiempo vinculación de pasantes. El tiempo estipulado para la vinculación de
pasantes a una empresa, depende de las condiciones externas del sector empresarial y de
los requerimientos de la entidad oferente.
Artículo 138. Recepción de informes finales. La recepción de informes finales, se hará de
acuerdo al cronograma de aspirantes a grado, publicado anualmente en los medios de
difusión institucional.
Artículo 139. Excepciones recepción de informes finales. Sólo se recibirán informes finales
fuera de las fechas establecidas en el cronograma de aspirantes a grado de la respectiva
vigencia, en casos fortuitos, previa aprobación del Núcleo de Investigación correspondiente.
85
Artículo 140. Número integrantes pasantía. El trabajo de pasantía será de forma individual,
pero podrá autorizarse la participación simultánea de varios estudiantes en una misma
Institución o empresa, siempre y cuando se encuentren cubriendo objetivos diferentes.
Artículo 141. Duración pasantía. La pasantía tendrá una duración mínima de dieciséis (16)
semanas, con una dedicación por parte del estudiante equivalente a por lo menos veinte
(20) horas semanales que deberán cumplirse preferiblemente dentro de un semestre
académico y una vez el estudiante haya cursado el 70% del plan de estudios del programa
académico. La intensidad horaria que debe cumplir el pasante no podrá exceder de 8 horas
al día y 44 horas a la semana, en jornadas acordadas específicamente con la empresa.
Artículo 142. Tiempo estipulado para la entrega informe final. Se concederá un plazo
máximo de un (1) año para que el estudiante termine el proceso, con la entrega de trabajo
final escrito y la sustentación de su pasantía. Una vez vencido este periodo (1 año, contado a
partir de la fecha de matrícula académica de la pasantía), el estudiante deberá matricular
otra modalidad de grado, tanto académica como financieramente.
Artículo 143. Asignación de jurados. Serán designados como jurados de sustentación, los
mismos que revisaron el informe final de pasantía.
Artículo 144. Realización de pasantías. Las pasantías deberán realizarse en áreas o
departamentos que estén directamente relacionadas con el programa académico al que
se encuentre adscrito el estudiante.
Parágrafo 1. Cualquier proceso de vinculación al sector empresarial realizado por el
estudiante, sin previa autorización de la Dirección de investigaciones, no tendrá ninguna
validez para estos fines.
86
Artículo 145. Requisitos del estudiante para aplicar a la modalidad de pasantía.
a. Presentar un buen registro académico y disciplinario durante su estadía en la
Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
b. Cumplir con los requerimientos de la entidad donde se realizará la pasantía.
c. Evidenciar la existencia un convenio Marco de Cooperación Académica y un Convenio
Específico de pasantía, entre la entidad donde se realizará la pasantía y la Corporación
de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
Artículo 146. Deberes y derechos del estudiante. El estudiante de pasantía tendrá los
siguientes derechos y deberes.
a. Derechos.
- Recibir supervisión, orientación, asesoría, acompañamiento y evaluación de su
desempeño, por parte de la Unidad de Investigaciones o por el asesor asignado.
- Conocer los criterios de evaluación y metodología de trabajo.
- Asistir y participar en eventos académicos (reuniones, seminarios, talleres) y en
actividades colaterales generadas en la pasantía.
- Recibir por parte de la Unidad de Investigaciones o por el asesor asignado,
retroalimentación oportuna sobre su desempeño.
87
b. Deberes.
- Cumplir a cabalidad con las fechas, horarios, jornadas y espacios asignados por la
Unidad de Investigaciones y/o la Institución oferente, para la realización de la pasantía.
- Cumplir su labor con profesionalismo y alto sentido ético.
- Dar tratamiento respetuoso a las directivas, docentes, compañeros, usuarios y demás
profesionales de cada Institución.
- Conocer el plan general de trabajo de la pasantía y los compromisos adquiridos en las
relaciones interinstitucionales.
- Respetar la confidencialidad de la información.
- Cuidar las instalaciones, documentos, materiales, bienes muebles e inmuebles de
la Institución de pasantía.
- Presentar oportunamente documentación que la Unidad de Investigaciones le solicite.
- Informar a la Unidad de Investigaciones, sobre anomalías presentadas durante el
desarrollo de la pasantía.
- Cumplir con las fechas y horarios fijados previamente con el asesor de pasantía.
- Conocer y acatar las disposiciones contempladas en el presente reglamento.
88
Artículo 147. Responsabilidades de la empresa o institución donde se realiza pasantía.
a. Definir con el estudiante el plan de trabajo y funciones a desarrollar durante el
desarrollo de la pasantía.
b. Designar el funcionario que supervisará al pasante en la empresa.
c. Garantizar que la pasantía sea una experiencia que conlleve al logro de los objetivos
establecidos.
d. Informar a la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, sobre las
novedades y/o anomalías presentadas dentro del periodo de pasantía.
Artículo 148. Causales de reprobación en el desarrollo de la pasantía. Son causales de
reprobación en el desarrollo de la pasantía, las siguientes faltas:
a. No realizar la inscripción del tema a trabajar durante la pasantía, ante la Dirección de
investigaciones, en un plazo de 30 días después de haber iniciado labores en la empresa.
b. Desempeñar las funciones en forma negligente o imprudente, de tal manera que
pongan en peligro la integridad física y/o mental de las personas y el bienestar colectivo.
c. Irrespetar a cualquiera de los miembros del cuerpo docente o administrativo de los
sitios de pasantía, a los usuarios y/o a sus familiares.
d. Generar conflictos que afecten el buen ambiente laboral, la productividad o buena
marcha de la empresa.
e. Ejecutar en forma inconsulta actividades que requieran autorización.
89
f. Sustraer documentos de carácter privado de la Institución.
g. Promover desordenes que conlleven a la parálisis total o parcial del sitio de pasantía.
h. Causar daño parcial o total a los elementos o equipos de trabajo.
i. Plagiar por cualquier medio un documento para elaborar trabajos académicos.
j. Divulgar información confidencial de los usuarios y/o de las instituciones de pasantía.
k. Retirarse, o abandonar la pasantía, sin previa causa justificada y aprobada por la
empresa y la Corporación de Estudios Tecnológicos.
l. Incumplir con las fechas, horarios, jornadas y espacios asignados por Unidad de
Investigaciones y/o la Institución oferente, para la realización de las mismas.
m. Presentar faltas de asistencia sin previa causa justificada y aprobada por la
empresa donde desarrolla pasantía, superiores al 5% del total de horas asignadas para
tal fin.
n. Desempeñarse de forma deficiente en los aspectos técnico, cognitivo o actitudinal.
o. Incumplir con las fechas y horarios pautados previamente con el asesor de pasantía,
asignado por la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
p. No presentar el informe final de pasantía, en el tiempo estipulado para tal fin (un (1)
año contado a partir de la fecha de matrícula financiera).
q. Obtener una calificación inferior a tres punto ocho (3.8) en la evaluación de pasantía.
90
Parágrafo 1. La terminación del convenio de pasantía, por alguna de las faltas y sanciones
cometidas por el estudiante en la empresa, ocasiona la reprobación de la misma, y deberá
matricularse otra modalidad de grado, tanto académica como financieramente.
Artículo 149. Evaluación de pasantía. La pasantía será evaluada en los siguientes aspectos:
a. Evaluación de desempeño en la empresa. Será realizada por el supervisor de la empresa
en el sitio de práctica, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el formato de
evaluación de la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
b. Evaluación del desempeño académico. Será evaluado por los jurados designados por la
Dirección de Investigaciones de la Corporación, teniendo en cuenta los criterios de
evaluación de la presentación del informe final y la sustentación de resultados.
Artículo 150. El informe final escrito del trabajo de pasantía. El informe final escrito del
trabajo de pasantía, debe elaborarse de acuerdo a la siguiente estructura:
a. Portada
b. Aceptación
c. Dedicatoria (opcional)
d. Agradecimientos (opcional)
e. Resumen
f. Abstract
91
g. Índice
h. Lista de tablas
i. Lista de figuras
j. Lista de apéndices (anexos)
k. Introducción
l. Justificación
m. Planteamiento de problema
n. Objetivos (general y específicos)
o. Marco referencial (teórico, contextual, empresarial)
p. Metodología
q. Desarrollo del informe
r. Cronograma de actividades
s. Conclusiones
t. Recomendaciones
u. Bibliografía
92
Artículo 151. Deberes y derechos del asesor del informe de pasantía. El asesor de informe
de pasantía tendrá los siguientes deberes y derechos.
a. Deberes.
- Asesorar al estudiante durante diez (10) horas, desde la definición del tema hasta la
elaboración del informe final, tanto en la parte temática como metodológica.
- Constatar el desarrollo satisfactorio de la pasantía, realizando como mínimo dos (2)
visitas a la empresa, la cual deberá acordarse con el estudiante y el jefe inmediato. Una a
la mitad del tiempo estipulado para la realización de su pasantía y otra al finalizar la
misma.
- Dirigir y supervisar la ejecución de la pasantía, la escritura del informe final y la
exposición pública.
- Informar a la Unidad de Investigaciones, cuando la participación del estudiante no sea
satisfactoria o haya dificultades en la realización de la pasantía.
- Revisar los informes periódicos del trabajo y exigir la calidad en el desarrollo técnico y
metodológico.
- Notificar ante Dirección de Investigaciones los horarios de asesoría pautados con el
estudiante, antes de iniciar dicho proceso.
- Presentar informes mensuales de forma escrita, sobre los avances del proceso, en el
formato asignado, los primeros cinco (5) días de cada mes.
- Avalar el informe final escrito de pasantía, antes de ser entregados a la Dirección
93
de Investigaciones.
- Entregar a la Dirección de Investigaciones el formato de asesoría de cada sesión, así
como las evaluaciones realizadas y el aval del trabajo.
- Asistir a la sustentación del informe final de pasantía.
b. Derechos.
- Revisar los informes periódicos del trabajo y exigir la calidad en el desarrollo técnico y
metodológico.
- Recibir un reconocimiento de pago por cada trabajo dirigido.
Parágrafo 1: El reconocimiento de pago solo aplica para docente catedráticos y asesores
externos.
Artículo 152. Criterios para la evaluación de pasantía. Para los fines específicos de la
evaluación y calificación de la pasantía, cada uno de los miembros del jurado calificador,
otorgarán un puntaje, con base en los criterios que se presentan a continuación:
Criterio Puntaje
a. Evaluación de desempeño en la empresa De 0 a 15 puntos
b. Evaluación del informe escrito De 0 a 20 puntos
c. Evaluación de la sustentación oral De 0 a 15 puntos
94
d. Puntaje máximo posible 50 puntos
Parágrafo 1. Para homologar el puntaje de la Corporación de 0 a 5, 50 puntos son
equivalentes a 5.
Artículo 153. Evaluación de desempeño en la empresa. Será realizada por el empresario o
su delegado en el sitio de pasantía, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el
formato de evaluación de la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
Artículo 154. Evaluación del trabajo escrito. El trabajo escrito generado en la pasantía, será
evaluado por los jurados, teniendo en cuenta el cumplimiento de los objetivos, la
interpretación y discusión de los resultados, la validez y alcance de conclusiones y
recomendaciones, la coherencia y cohesión en el desarrollo del informe.
Artículo 155. Evaluación de la sustentación pública. La sustentación del informe final de
pasantía, será evaluada por los jurados, a partir de la capacidad de apropiación y
presentación oral del informe, de acuerdo a los parámetros establecidos en el informe
escrito.
Artículo 156. Calificación de la pasantía. El puntaje definitivo de trabajo de grado, resultará
del promedio aritmético de los puntajes otorgados por los miembros del Jurado Calificador
y el empresario o su delegado, una vez evaluados los criterios citados en los tres
artículos anteriores del presente reglamento.
Artículo 157. Puntaje pasantía. De conformidad con el puntaje definitivo, la pasantía, como
trabajo de grado se calificará de acuerdo con la siguiente escala valorativa:
a. Aprobado: 38 ó más puntos
95
b. Reprobado: Menos de 38 puntos
Artículo 158. Proyecto integrador. El proyecto integrador como modalidad de grado es una
estrategia metodológica que promueve la búsqueda e indagación de conocimientos, a
partir de la identificación de un problema y la búsqueda de soluciones de manera planeada y
sistemática, fomentando en los estudiantes la responsabilidad, el desarrollo del espíritu
investigativo y de emprendimiento, el trabajo colaborativo, la iniciativa, la eficiencia y la
apropiación de metodologías y criterios profesionales.
Parágrafo 1. Cuando el Estudiante opte por el proyecto integrador como modalidad de
grado, el informe es requisito ineludible para la titulación de los diferentes niveles de
formación (Técnico, Tecnológico, Profesional Universitario).
Artículo 159. Propuesta proyecto integrador. El Director de Programa deberá presentar al
Núcleo de Investigación la propuesta de proyecto integrador como modalidad de grado,
para el nivel correspondiente (técnico profesional, tecnológico, profesional universitario), en
el formato asignado para tal fin. El núcleo contará un plazo de quince (15) días hábiles
p a r a emitir por escrito su concepto sobre la validez y pertinencia o no de la propuesta.
Parágrafo 1. Solo podrán desarrollarse como modalidad de grado, los Proyectos
Integradores aprobados por el Núcleo de Investigación.
Parágrafo 2. En caso de ser iniciado un Proyecto Integrador como modalidad de grado, que
no haya sido aprobado por el Núcleo de Investigación, el director de la unidad
correspondiente, deberá resarcir el error, realizando la respectiva corrección y asumiendo
las consecuencias de la misma.
Artículo 160. Informe final proyecto integrador. El informe final de Proyecto Integrador
como modalidad de grado, podrá ser desarrollado por uno o máximo dos (2) estudiantes.
96
Parágrafo 1. Para el cabal logro de los objetivos del Proyecto Integrador, el Núcleo de
Investigación podrá hacer excepción a esta norma cuando lo considere pertinente.
Artículo 161.Conformación proyecto integrador. Los proyectos integradores como ejercicio
académico y pedagógico, están compuestos por: los proyectos integradores parciales y los
proyectos integradores finales.
Los proyectos integradores parciales, son aquellos que se desarrollan como proyecto final de
curso y se convierten en oportunidades e insumo para los proyectos integradores finales de
cada nivel.
Parágrafo 1. Los proyectos integradores finales, son los que se realizan al culminar cada
nivel de formación, y se convierten en insumo para la elaboración del informe de proyecto
integrador como modalidad de grado y requisito para titulación.
Parágrafo 2. La Dirección de Unidad correspondiente, establecerá los lineamientos para el
cabal cumplimiento de los objetivos propuestos en los cursos relacionados con los proyectos
integradores parciales y finales. Así mismo durante la etapa lectiva, nombrará un
coordinador de proyecto integrador, que acompañará al estudiante hasta la elaboración del
informe final de proyecto integrador como modalidad de grado, según el cronograma
establecido.
Artículo 162. Etapas a seguir en la realización de un proyecto integrador.
a. El estudiante deberá solicitar de forma escrita a la Dirección de Unidad del programa
correspondiente, la voluntad para realizar el Proyecto Integrador como modalidad de
grado. El director de unidad, contará con diez (10) días calendario para verificar las
condiciones académicas del estudiante y dar respuesta a través del formato asignado.
97
b. Paso seguido, el estudiante deberá entregar a la Dirección de Investigaciones,
completamente diligenciada y aprobada por el Director de Unidad del programa
académico correspondiente, la solicitud de Proyecto Integrador como modalidad de
grado en el formato respectivo.
c. Aceptada ésta modalidad de grado, el estudiante deberá legalizar la matrícula
académica ante la Oficina de Registro y Control Académico.
d. El estudiante deberá entregar a la Dirección de investigaciones el informe final de
Proyecto integrador previo aval del coordinador de proyecto, de acuerdo a las fechas
establecidas en el cronograma de aspirantes a grado, de la respectiva vigencia.
e. El informe final, será remitido a dos (2) jurados, para que en quince (15) días calendario,
presenten su concepto con clara especificación de las observaciones pertinentes.
f. Los conceptos de los jurados que impliquen modificación del trabajo, serán discutidos
con el coordinador de proyecto integrador final, con el fin de llegar a un acuerdo y hacer
las correcciones del caso, en el término de quince (15) días calendario.
g. Incorporadas las correcciones y/o adiciones, los estudiantes deberán entregar a la
Dirección de Investigaciones, dos (2) copias del informe final en el medio magnético
establecido, para su aprobación definitiva por parte de los jurados. Además, deberá
ajustarse al Manual de estilo de publicaciones de la American Psychological Association
vigente (APA).
h. La Dirección de Investigaciones designará el lugar y fecha estipulada para la
sustentación pública. El tiempo de la exposición no será mayor a cuarenta (40) minutos.
Parágrafo 1. Serán designados como jurados de sustentación, los mismos que revisaron el
98
informe final de Proyecto Integrador como modalidad de grado, puede ser un docente de
la Corporación o cualquier profesional seleccionado por el Núcleo de Investigación del
programa correspondiente.
Parágrafo 2. Los asistentes a la sustentación pública, fuera de los jurados, participarán
únicamente como oyentes.
Parágrafo 3. Los jurados levantarán y firmarán el acta de sustentación de Proyecto
Integrador, como modalidad de grado, la cual será entregada al Director de unidad del
programa correspondiente.
Artículo 163. Informe final proyecto integrador. El informe final de Proyecto Integrador
como modalidad de grado, deberá presentarse a partir de la siguiente estructura, de
acuerdo al nivel de formación:
Tabla 6. Estructura de informe final de proyecto integrador según nivel de formación
Técnico profesional Tecnológico Profesional universitario
Portada aceptación
Dedicatoria (opcional)
Agradecimientos
(opcional)
Resumen
Abstract
Índice
Lista de tablas
Lista de figuras
Lista de apéndices
(anexos)
Portada aceptación
Dedicatoria (opcional)
Agradecimientos
(opcional)
Resumen
Abstract
Índice
Lista de tablas
Lista de figuras
Lista de apéndices
(anexos)
Portada aceptación
Dedicatoria (opcional)
Agradecimientos (opcional)
Resumen
Abstract
Índice
Lista de tablas
Lista de figuras
Lista de apéndices (anexos)
Introducción
Justificación
99
Introducción
Justificación
Diagnóstico del problema
Objetivos (general y
específico)
Fundamentación teórica
Ruta metodológica
Desarrollo temático
Conclusiones
Recomendaciones
Cronograma
Bibliografía
Introducción
Justificación
Definición del Problema
Objetivos (general y
específico)
Marco referencial
Diseño metodológico
Esquema temático
Conclusiones
Recomendaciones
Cronograma
Bibliografía
Problema
Objetivos (general y
específico)
Marco de referencia
(antecedentes- Teórico-
contextual-legal)
Diseño metodológico
Esquema temático (capítulos
de resultados)
Conclusiones
Recomendaciones
Recursos
Cronograma
Bibliografía
Artículo 164. Evaluación y calificación del proyecto integrador. Para los fines específicos de
la evaluación y calificación del Proyecto Integrador como modalidad de grado, cada uno de
los miembros del jurado calificador, otorgarán un puntaje, de acuerdo al nivel de
formación así:
Tabla 7. Evaluación y calificación del proyecto integrador según nivel de formación
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL PROYECTO INTEGRADOR SEGÚN NIVEL DE
FORMACION
TÉCNICO PROFESIONAL
Criterio Puntaje
a. Evaluación del informe escrito: De 0 a 15 puntos
b. Evaluación del producto De 0 a 20 puntos
100
c. Evaluación de la sustentación oral: De 0 a 15 puntos
d. Puntaje máximo posible: 50 puntos
TECNOLÓGICO
Criterio Puntaje
a. Evaluación del informe escrito: De 0 a 20 puntos
b. Evaluación del producto De 0 a 15 puntos
c. Evaluación de la sustentación oral: De 0 a 15 puntos
d. Puntaje máximo posible: 50 puntos
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
Criterio Puntaje
a. Evaluación del informe escrito: De 0 a 25 puntos
b. Evaluación del producto De 0 a 15 puntos
c. Evaluación de la sustentación oral: De 0 a 10 puntos
d. Puntaje máximo posible: 50 puntos
Parágrafo 1. Para homologar el puntaje de la Corporación de 0 a 5, 50 puntos, son
equivalentes a 5.
Artículo 165. Evaluación del informe escrito. El trabajo escrito generado en el Proyecto
Integrador como modalidad de grado, será evaluado por los jurados, teniendo en cuenta el
cumplimiento de los objetivos y la validez, coherencia y cohesión en el desarrollo del
informe final.
Artículo 166. Evaluación de la sustentación oral. La sustentación del informe final de
Proyecto Integrador, será evaluada por los jurados, a partir de la capacidad de apropiación y
presentación oral del informe, de acuerdo a los parámetros establecidos en el trabajo
escrito.
101
Artículo 167. Evaluación del producto. El producto generado mediante el Proyecto
Integrador Final, será evaluado por los jurados, teniendo en cuenta el cumplimiento de los
parámetros técnicos aplicables al tipo de producto presentado.
Artículo 168. Calificación proyecto integrador. El puntaje definitivo de trabajo de grado,
resultará del promedio aritmético de los puntajes otorgados por los miembros del Jurado
Calificador, una vez evaluados los criterios citados en los artículos anteriores del presente
reglamento.
Artículo 169. Puntaje proyecto integrador. De conformidad con el puntaje definitivo, el
Proyecto Integrador como trabajo de grado, se calificará de acuerdo con la siguiente escala
valorativa:
a. Aprobado: 38 ó más puntos
b. Reprobado: Menos de 38 puntos
Parágrafo 1. Por ningún motivo serán recepcionados informes finales, sin el respectivo aval
del coordinador de proyecto integrador.
Parágrafo 2. Los asistentes a la sustentación pública, fuera de los jurados, participarán
únicamente como oyentes.
Parágrafo 3. Los jurados levantarán y firmarán el acta de sustentación de Proyecto
Integrador, la cual será entregada al director del programa correspondiente.
Articulo 170. Entrega informe final proyecto integrador: El informe final de Proyecto
Integrador como modalidad de grado, deberá ser entregado a la Unidad de Investigaciones,
de acuerdo a las fechas establecidas en el cronograma de aspirantes a grado, de la
102
respectiva vigencia, previo aval del coordinador de proyecto integrador final.
Parágrafo 1. El no cumplimento de las fechas estipuladas para la presentación del informe
final de Proyecto Integrador como modalidad de grado o la sustentación pública, ocasiona la
No Titulación de los diferentes niveles de formación (Técnico, Tecnológico, Profesional
Universitario), para la respectiva vigencia.
Parágrafo 2. La presentación de informes de proyecto integrador como modalidad de grado,
fuera de las fechas establecidas en el cronograma de aspirantes a grado, implica un costo
financiero, equivalente al valor del curso de proyecto integrador del respectivo nivel
(Técnico, Tecnológico, Profesional Universitario).
Parágrafo 3. Dadas las características del proyecto integrador como modalidad de grado, el
Núcleo de Investigación del programa correspondiente, establecerá el cronograma de
aspirantes a titulación en los diferentes niveles de formación.
CAPÍTULO V. LOS SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN
Artículo 171. Semilleros de Investigación. Un semillero de investigación es una comunidad
de aprendizaje de naturaleza autónoma y diversidad dinámica conformada por tres (3) o
más estudiantes de los programas técnicos, tecnológicos o profesional universitario,
ofertados directamente por la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del
Valle, o mediante convenios realizados con otras instituciones, liderados por un docente –
investigador, quien hará las veces de asesor. Los Semilleros de Investigación se establecen
en torno a actividades fuera del horario académico, siendo parte fundamental de la política
de investigación formativa de la Institución, puesto que tienen como finalidad posibilitar el
afianzamiento de conocimientos teóricos y herramientas metodológicas orientadas a la
formación de una cultura científica e investigativa que potencie el ejercicio de la libertad, la
creatividad, la crítica y la capacidad de asombro como factores de transformación social de
103
realidades.
Artículo 172. Objetivo general de los Semilleros de Investigación. Promover e incentivar el
desarrollo de la cultura investigativa en la Comunidad estudiantil de la Corporación de
Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, a través de la formación investigativa, como
estrategia de formación integral, que propicie la curiosidad, el asombro a la pregunta, la
búsqueda de solución a los problemas y necesidades del entorno, la imaginación,
reflexividad y el trabajo en equipo.
Artículo 173. Objetivos específicos de los semilleros de investigación.
a. Propiciar el goce por la lectura y la escritura como estrategias básicas de formación
permanente de investigadores.
b. Brindar a los Semilleristas herramientas conceptuales, metodológicas y pedagógicas
para fortalecer sus competencias en investigación.
c. Aumentar la capacidad de investigación al interior de cada uno de los programas
académicos ofertados en la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
d. Crear espacios de encuentro y discusión académica interdisciplinaria y
multidisciplinaria, motivando la creatividad y el compromiso para el desarrollo de la
ciencia, la tecnología y la innovación.
e. Participar en redes de investigación nacionales e internacionales que faciliten la
comunicación entre las instituciones de educación y el medio.
f. Promover la generación y desarrollo de propuestas y proyectos de investigación.
104
g. Estimular la escritura y socialización de resultados de investigación.
Artículo 174. Duración y disolución de los Semilleros de Investigación. Los Semilleros de
Investigación tendrán una duración indefinida, y su disolución se dará por las siguientes
causales:
a. La imposibilidad para desarrollar sus objetivos.
b. Por disposiciones legales y administrativas de la Corporación de Estudios Tecnológicos
del Norte del Valle.
c. Por inactividad del semillero de investigación mayor a cuatro meses consecutivos.
Artículo 175. Integrantes de los Semilleros de Investigación. Los Semilleros de Investigación
de la Institución, podrán conformarse por las siguientes personas: Funcionarios de la
Unidad de Investigaciones, docentes, egresados y estudiantes.
Artículo 176.Roles y funciones de los integrantes de los Semilleros de Investigación. Los
integrantes de los Semilleros de Investigación podrán desempeñar los siguientes roles:
a. Coordinador del programa Semilleros de Investigación. Docente o miembro delegado
por la Dirección de Investigaciones de la Corporación de Estudios, para la coordinación
del programa. Debe tener trayectoria en investigación, liderazgo en procesos de
gestión y coordinación de personal.
Son funciones del Coordinador de Semilleros de Investigación las siguientes:
- Coordinar, acompañar y hacer seguimiento al Programa Semilleros de Investigación de
la Corporación.
105
- Presentar a la Dirección de Investigaciones el plan de acción anual a desarrollar en el
programa Semilleros de Investigación.
- Todas aquellas que le sean asignadas por la Dirección de Investigaciones.
b. Asesor de Semillero. Docente investigador, adscrito a la Unidad de Investigaciones de la
Corporación, que guía y orienta el proceso de investigación al interior de un grupo de
semillero.
Son funciones del asesor de Semilleros de Investigación:
- Asistir y participar en forma puntual y productiva, de las actividades del Semillero.
- Orientar y guiar los procesos formativos y académicos dentro de los espacios
concertados para el desarrollo de los objetivos.
- Diseñar y ejecutar un plan de acción del Semillero.
- Colaborar en el contacto de expertos, que puedan contribuir al desarrollo de los
objetivos del semillero, mediante exposiciones, charlas o conferencias.
- Hacer críticas constructivas a los integrantes del semillero, en sus diferentes
actuaciones, para fomentar en ellos la capacidad de análisis y de creatividad frente al
conocimiento.
- Practicar una cultura de mutuo apoyo y propiciar el trabajo en equipo.
- Velar por el cumplimiento del plan de acción del Semillero.
- Todas aquellas que le sean asignadas por la Dirección de Investigaciones.
106
c. Líder de Semillero. Estudiante adscrito al programa Semilleros de Investigación de la
Corporación, con liderazgo y competencias en relaciones humanas.
Son funciones del líder del semillero de investigación:
- Colaborar con el asesor del semillero en el direccionamiento, la gestión y desarrollo de
las actividades propuestas al interior de semillero de investigación.
- Acompañar el proceso formativo de los semilleros.
- Ayudar en la coordinación y seguimiento de las diferentes actividades que se realizan al
interior del grupo relacionadas con los semilleros.
- Las demás que le designe el asesor del semillero de investigación.
d. Semillerista investigador. Se reconoce como semillerista investigador, al estudiante
vinculado al programa Semilleros de Investigación de la Corporación, que participa y
apoya la gestión y desarrollo de las actividades al interior de un grupo de semillero.
Son funciones de los Semilleristas:
- Diligenciar las actas de cada una de las reuniones del semillero en el formato
institucional asignada para este fin.
- Participar de las reuniones de trabajo y velar por la consecución de los objetivos del
Semillero.
- Participar de los trabajos de campo, cuando haya lugar a ese tipo de trabajo.
107
- Realizar las actividades necesarias para dar a conocer el Semillero de Investigación y
difundir las actividades y resultados del mismo.
- Desempeñarse activa, propositiva y eficazmente en el rol asignado al interior del
Semillero de Investigación.
- Abstenerse de fomentar y/o realizar actividades que atenten contra la ética y el buen
nombre de los Semilleros de Investigación de la Corporación de Estudios Tecnológicos
del Norte del Valle.
- Las demás que determine el asesor del semillero de investigación, en pro del
cumplimiento de los objetivos.
Artículo 177. Proceso inscripción de Semillero de Investigación.
a. Entregar a la Dirección de Investigaciones totalmente diligenciado el formulario de
Inscripción de semillero.
b. Entregar a la Dirección de Investigaciones totalmente diligenciado el formulario de
Inscripción de sus integrantes.
c. Presentar el planteamiento estratégico (misión, visión, objetivos, logo y slogan)
d. Presentar el plan de acción del Semillero.
Artículo 178. Proceso para el reconocimiento institucional de los Semilleros de
Investigación. El reconocimiento institucional de Semilleros de Investigación, aporta beneficios
en el proceso de participación para convocatorias internas y/o externas, y se constituye en un
requisito para obtener aval institucional en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología de
Colciencias, además de otras Instituciones.
108
a. Participar en la convocatoria de reconocimiento institucional de Semilleros de
Investigación, emanada por resolución rectoral.
b. Demostrar trayectoria de trabajo investigativo, no menor a seis meses (6) de labores y
aportar la documentación y soportes requeridos en cada convocatoria.
c. Demostrar que tienen al menos una propuesta de investigación construida.
d. Contar con registro de cada uno de los integrantes en las plataformas de CvLAC del
Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología de Colciencias.
Parágrafo 1. El Comité de Investigaciones es el ente encargado de evaluar y dar
reconocimiento institucional a los Semilleros de Investigación que cumplan con los
requisitos exigidos, distinción que será otorgada a través de resolución rectoral.
Artículo 179. Requisitos para ingresar al programa Semilleros de Investigación. El
estudiante o egresado que desee convertirse en miembro de un Semillero de
Investigación debe cumplir con los siguientes requisitos:
a. Ser estudiante matriculado, o egresado de la Corporación de Estudios Tecnológicos del
Norte del Valle, o estar adscrito a ella mediante convenio.
b. No haber sido sancionado disciplinariamente en su vida académica y, no encontrarse
en calidad de prueba.
c. Inscribirse dentro del lapso determinado en cada convocatoria.
d. Diligenciar el formato de inscripción al Semillero de Investigación.
109
e. Tener disponibilidad de tiempo extracurricular para cumplir con las reuniones del
Semillero de Investigación.
f. Ser una persona motivada por el deseo de hacer de la investigación su estilo de vida,
luchadora y sensible por los problemas de la región, el país y el mundo.
Artículo 180. Estímulos generales. Con el propósito de incentivar la actividad investigativa,
los estudiantes de Semilleros de Investigación podrán acceder a los siguientes derechos:
a. Recibir capacitación en investigación.
b. Desarrollar y/o participar en proyectos de investigación.
c. Recibir asesoría permanente en proyectos de investigación.
d. Participar en eventos regionales y nacionales de investigación.
e. Vincularse a las redes de investigación a las cuales se encuentre afiliada la Corporación
de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
f. Interactuar con estudiantes de otras universidades.
g. Recibir certificación por parte de entidades autorizadas por su participación en eventos
de investigación.
h. Ser informados de las diferentes actividades que sean programadas por los semilleros y
participar de las actividades académicas y lúdicas de los mismos.
Artículo 181. Estímulos económicos. Con el propósito de incentivar la actividad
investigativa, los estudiantes de los Semilleros de Investigación, matriculados en los
110
programas propios ofertados por la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del
Valle, recibirán incentivo económico cuando desarrollen trabajo de investigación como
modalidad de grado, con base en las disposiciones vigentes de la Corporación de Estudios
Tecnológicos del Norte del Valle.
Artículo 182. Requisitos para acceder a los estímulos económicos. Son requisitos para
acceder a los estímulos económicos por parte de los estudiantes de los Semilleros de
Investigación, matriculados en los programas ofertados por la Corporación de Estudios
Tecnológicos del Norte del Valle:
a. Pertenecer a un semillero de investigación reconocido por el sistema de Investigaciones
de la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
b. Hacer parte activa de un Semillero de Investigación por un periodo mínimo de 12 meses
consecutivos, contados a partir de la fecha de la primera reunión hasta el momento de
la matrícula financiera de proyecto de investigación como modalidad de grado de
alguno de los programas propios, que ofrece la Institución.
c. Demostrar resultados del proceso de investigación (proyecto de investigación
terminado, ponencias y publicaciones entre otros).
d. Recibir el aval Institucional de estímulo económico.
Parágrafo 1. La participación en el semillero será comprobada a través de las actas de
asistencia a las reuniones.
Parágrafo 2. Solo tendrán derecho a estímulo económico, los estudiantes que demuestren
estar vinculados a un Semillero de Investigación por un periodo ininterrumpido no menor a
1 año, y que además presenten productos (trabajo de investigación terminado, ponencias y
111
publicaciones entre otros) resultado del trabajo desarrollado durante su estancia en el
Programa Semilleros de Investigación.
Parágrafo 3. Los estímulos económicos, serán exclusivos para los estudiantes matriculados
en los programas propios ofertados por la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte
del Valle, que desarrollen trabajo de investigación como modalidad de grado. En ningún
caso aplican para los estudiantes vinculados a través de convenios con otras Instituciones,
o con estudiantes que desarrollen modalidad de grado diferente a Trabajo de investigación
(ensayo investigativo, monografía, proyecto de investigación)
Artículo 183. Encuentro Institucional de Semilleros de Investigación. Los Semilleros de
Investigación deberán participar en el encuentro institucional de Semilleros de
Investigación, en calidad asistentes o ponentes de propuestas de investigación, proyectos
de investigación, innovación, creatividad o emprendimiento (en curso - terminados) o,
póster de semilleros.
CAPÍTULO VI. FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN Y A LA PRODUCCIÓN INTELECTUAL
Artículo 184. Estímulos actividad investigativa. La Corporación de Estudios Tecnológicos del
Norte del Valle estimulará la actividad investigativa y la producción intelectual, mediante los
siguientes incentivos:
a. Publicación local y nacional de los trabajos de investigación que lo ameriten, según
criterio del Comité de Investigaciones de la Institución.
b. Financiación y cofinanciación de viajes a congresos, seminarios y otros eventos sobre
temáticas relacionadas con el proceso de investigación.
112
c. Apoyo para la participación en programas de formación avanzado o de educación
continuada.
d. Otorgamiento de estímulos específicos a la producción intelectual, según las directivas
de la Corporación lo consideren pertinente.
e. Concesión del tiempo y recursos necesarios para la realización de trabajos de
investigación a las personas a quienes les sean aprobados proyectos de investigación.
Artículo 185. Incentivos económicos por producción académica. El incentivo económico, es
un reconocimiento monetario no salarial, constitutivo de bonificación, otorgado por
liberalidad de la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, a miembros de la
comunidad académica adscritos a la Unidad de Investigaciones de la Institución, que
desarrollen producción intelectual a partir de los resultados de investigación y, en ningún
caso constituye salario.
Artículo 186. Requisitos para acceder al incentivo. Para el reconocimiento de incentivos
por producción académica publicada, el beneficiario deberá cumplir los siguientes
requisitos:
a. La publicación debe ser resultado de una de investigación, avalada por la Institución.
b. El beneficiario del incentivo, al momento de la solicitud, deberá registrar contrato
vigente con la Corporación de Estudios Tecnológicos, si se trata de un docente o
funcionario investigador y, matrícula académica, cuando se trate de estudiantes
pertenecientes a los Semilleros o Auxiliares de Investigación.
c. El plazo máximo para solicitar el incentivo económico, no puede exceder los doce
meses, contados a partir de la fecha de publicación.
113
d. Deberán presentarse las evidencias que soporten los diferentes productos presentados
por los investigadores para solicitud de incentivos.
Parágrafo 1. El Comité de Investigaciones será el ente encargado de estudiar y aprobar las
solicitudes de reconocimiento de incentivos.
Artículo 187. Categoría y monto del incentivo
Tabla 8. Categoría y monto de incentivos por producción académica
CATEGORIA INCENTIVO
La Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, reconocerá:
Ponencia nacional derivada de investigación
Un (1) salario mínimo legal vigente (SMLV) por cada ponencia realizada a nivel nacional, además cubrirá todos los gastos de desplazamiento en que incurran los ponentes.
Ponencia Internacional derivada de investigación
Dos (2) salarios mínimos legales vigentes (SMLV) por cada ponencia realizada a nivel internacional, además cubrirá todos los gastos de desplazamiento en que incurran los ponentes.
Artículo en revista de publicación periódica
Un (1) salario mínimo legal vigente (SMLV), por cada artículo publicado en revista de publicación periódica.
Artículo en revista de publicación indexada
Dos (2) salarios mínimos legales vigentes (SMLV), por cada artículo publicado en revista de publicación indexada.
Libro derivado de investigación Cuatro (4) salarios mínimos legales vigentes (SMLV), por cada libro publicado en el año.
Compilación de libro derivado de investigación
Tres (3) salarios mínimos legales vigente (SMLV), por publicación de capítulo de libro publicado en el año.
Capítulo de libro derivado de investigación
Dos (2) salarios mínimos legales vigentes (SMLV), por publicación de capítulo de libro publicado en el año.
Artículo 188. Beneficio de periodo sabático. Es un beneficio otorgado estrictamente a
docentes investigadores, para fines de investigación o producción científica resultado de
114
investigaciones realizadas.
Artículo 189. Tiempo periodo sabático. El periodo Sabático permite al beneficiario
exonerarlo del cumplimiento de su carga laboral durante un año, con el fin de dedicarse
exclusivamente a realizar un trabajo de investigación de alta calidad o, a la producción de
una obra resultado de investigación, que debe ser aprobada por el Comité de
Investigaciones.
Parágrafo 1. No se otorga beneficio de año sabático para fines de capacitación, ni para
realización de tesis de grado.
Artículo 190. Requisitos para solicitar beneficio de periodo sabático.
a. Ser docente o funcionario investigador de tiempo completo de la Corporación de
Estudios Tecnológicos del Norte del Valle.
b. Contar con más de 7 años de servicio ininterrumpido en la Institución.
c. Haber realizado mínimo un aporte a la generación de conocimiento de la Corporación.
Parágrafo 1. La solicitud de beneficio de año sabático deberá dirigirse en forma escrita al
Comité de Investigaciones, con el respectivo plan de trabajo a desarrollar durante el
periodo.
Artículo 191. Duración periodo sabático. La duración del periodo sabático será de doce
meses contados a partir del momento de la expedición de la resolución correspondiente.
Artículo 192. Derechos del beneficiario de periodo sabático. El docente beneficiario del año
sabático tendrá los siguientes derechos:
115
a. Recibir durante un periodo de doce meses el sueldo básico y las demás remuneraciones
de ley.
b. Recibir apoyo logístico y económico para el desarrollo de la investigación a desarrollar.
c. Recibir apoyo económico para la publicación de la obra resultado del trabajo durante el
año sabático.
Artículo 193. Obligaciones del beneficiario de periodo sabático. El docente beneficiario del
año sabático tendrá las siguientes obligaciones:
a. Presentar al Comité de Investigaciones informes trimestrales sobre el avance del trabajo
realizado.
b. Presentar al Comité de Investigaciones un informe final de la investigación realizada o el
original del libro debidamente corregido, para aprobación definitiva.
c. Continuar prestando servicios en la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del
Valle, durante mínimo los dos años posteriores al disfrute del año sabático
Parágrafo 1. El Comité de Investigaciones será el encargado de aprobar y hacer seguimiento
al cumplimiento de las obligaciones del beneficiario de periodo sabático.
Parágrafo 2. El incumplimiento de los compromisos adquiridos en el presente reglamento o
la desaprobación del libro o del informe final, obliga al beneficiario del periodo sabático a
devolver a la Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle, la totalidad de las
remuneraciones percibidas durante el año sabático.
Parágrafo 3. Se firmarán contratos de cumplimiento de los compromisos y las respectivas
cláusulas de sanción en caso de incumplimiento.
116
BIBLIOGRAFÍA
Barrios, M. (1990). Criterios y Estrategias para la definición de Líneas de Investigación y
prioridades para su desarrollo. Mimeografiado. Caracas: Universidad Pedagógica
Experimental Libertador.
Colciencias. Grupos de Investigación. Disponible en:
http://www.funandi.edu.co/funandi/index.php/es/investigacion/
Grupos-de-investigación
Godotti, Margarita (2001). Los Aportes de Paulo Freire a la Pedagogía Critica. Trabajo
invitado para el Simposio Latinoamericano de Pedagogía Hacia Una Pedagogía Alternativa
para la Educación Superior, abril, San José de Costa Rica: Escuela Formación Docente de la
Universidad.
Grajales, Tevni. Tipos de Investigación. Disponible en: http://tgrajales.net/investipos.pdf
Hernández S., R., Fernández C., C. y Baptista L., P. (2003). Metodología de la investigación.
México. Editorial McGraw-Hill.
Ley General de Ciencia y Tecnología Ministerio de Educación Nacional.
Pérez Tamayo, Ruy (1987), Acerca de Minerva, Secretaria de Educación Pública/Fondo de
Cultura Económica. México.
Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Restrepo, Bernardo (2003). Formación Investigativa e Investigación Formativa: Acepciones y
117
Operacionalización de esta Última. Documento de trabajo del Comité Nacional de
Acreditación de la Educación Superior CNA – ICFES. Citado por Colegiatura del Nodo
Cauca en Una Alternativa en la Búsqueda del Desarrollo de la Ciencia, la Tecnología y la
Sociedad
Zorrilla, Arena Santiago (2007), Introducción a la metodología de la investigación. Aguilar y
León, Cal Editores. México.
118
ANEXO 1
Estructura para presentación de propuestas de grupos de investigación
1. Descripción del Grupo
Nombre grupo Fecha de creación Correo electrónico de contacto
2. Investigadores
a. Director del grupo4
Nombre Identificación Correo electrónico Teléfono
b. Coordinador de la investigación5
Nombre Firma Identificación Correo electrónico Teléfono
Nota: Para la inscripción del grupo es indispensable además de la presentación de la
propuesta de investigación, que cada uno de los investigadores se encuentre inscrito en el
CVLAC, al cual puede ingresar en el link de Colciencias de la página de investigación de la
4 El Director del grupo de investigación, es un Investigador vinculado a la Unidad de Investigaciones de la
Corporación, con titulación de maestría, y formación disciplinar coherente con los propósitos y enfoques
investigativos del grupo; además de trayectoria en investigación, liderazgo en procesos de gestión y
coordinación de personal.
5 El coordinador de la investigación, es el responsable último del cumplimiento de los objetivos, de la
generación de los resultados y productos de nuevo conocimiento además de administrar eficientemente los
recursos asignados al proyecto. Debe ser un docente de tiempo completo, salvo en el caso de proyectos
interinstitucionales.
119
Corporación.
c. Otros Investigadores 6
Nombre Identificación Correo electrónico Función dentro del grupo
Firma
3. Nombre de la propuesta
Aquí se debe incluir el nombre de la propuesta. Es conveniente utilizar las palabras clave
que permitan al lector reconocer los temas y relaciones fundamentales que aborda la
investigación.
4. Línea de investigación
Todas las propuestas de investigación, deberán estar enmarcadas dentro de las Líneas de
Investigación institucional o, las líneas establecidas en los programas académicos de la
corporación de estudios tecnológicos.
5. Resumen del proyecto
Debe contener la información necesaria para darle al lector una idea precisa de la
pertinencia y calidad proyecto, éste debe contener una síntesis del problema a investigar,
marco teórico, objetivos, metodología a utilizar y resultados esperados.
6. Descripción del proyecto
6 Los otros investigadores pueden ser docentes hora cátedra, asistentes de investigación, jóvenes
investigadores o integrantes de los semilleros de la Institución (investigadores externos cuando se trate de
proyectos interinstitucionales)
120
a. Planteamiento de la pregunta o problema de investigación y su justificación. En
términos de necesidades y pertinencia, marco teórico y estado del arte, es fundamental
formular claramente la pregunta concreta que se quiere responder, en el contexto del
problema a cuya solución o entendimiento se contribuirá con la ejecución del proyecto. Se
recomienda además, hacer una descripción precisa y completa de la naturaleza y
magnitud del problema, así como justificar la necesidad de la investigación en función del
desarrollo del país o de su pertinencia a nivel mundial. Por otro lado, el investigador deberá
identificar cuál será el aporte del proyecto a la generación de nuevo conocimiento sobre el
tema en el ámbito internacional. Deberá responder a las siguientes demandas: síntesis del
contexto teórico general en el cual se ubica el tema de la propuesta, estado actual del
conocimiento del problema (nacional y mundial), brechas que existen y vacío que se quiere
llenar con el proyecto; ¿por qué? y ¿cómo? la investigación propuesta con fundamento en
investigaciones previas, contribuirá con probabilidades de éxito, a la solución o comprensión
del problema planteado, o al desarrollo del sector de aplicación interesado.
b. Objetivos. Deben mostrar una relación clara y consistente con la descripción del
problema y, específicamente, con las preguntas o hipótesis que se quieren resolver. La
formulación de objetivos claros y viables constituye una base importante para juzgar el
resto de la propuesta y, además, facilita la estructuración de la metodología. Se recomienda
formular un solo objetivo general, coherente con el problema planteado, y los objetivos
específicos necesarios para lograr el objetivo general. Estos últimos deben ser alcanzables
con la metodología propuesta. Con el logro de los objetivos se espera, entre otras,
encontrar respuestas a una o más de las siguientes preguntas: ¿Cuál será el conocimiento
generado si el trabajo se realiza? ¿Qué solución tecnológica se espera desarrollar?
Recuerde que la generación de conocimiento es más que la producción de datos nuevos y
que no se deben confundir objetivos con actividades o procedimientos metodológicos.
c. Marco teórico y estado del arte. Deberá responder a las siguientes demandas: síntesis
del contexto teórico general en el cual se ubica el tema de la propuesta, estado actual del
121
conocimiento del problema (nacional y mundial), brechas que existen y vacío que se quiere
llenar con el proyecto; ¿por qué? y ¿cómo? la investigación propuesta, con fundamento en
investigaciones previas, contribuirá, con probabilidades de éxito, a la solución o
comprensión del problema planteado o al desarrollo del sector de aplicación interesado.
d. Metodología Propuesta. Se deberá mostrar, en forma organizada y precisa, cómo será
alcanzado cada uno de los objetivos específicos propuestos. La metodología debe reflejar la
estructura lógica y el rigor científico del proceso de investigación, empezando por la
elección de un enfoque metodológico específico y, finalizando con la forma como se van a
analizar, interpretar y presentar los resultados. Deben detallarse los procedimientos,
técnicas, actividades y demás estrategias metodológicas requeridas para la investigación.
Deberá indicarse el proceso a seguir en la recolección de la información, así como en la
organización, sistematización y análisis de los datos. Tenga en cuenta que el diseño
metodológico es la base para planificar todas las actividades que demanda el proyecto y
para determinar los recursos humanos y financieros requeridos. Una metodología vaga o
imprecisa no brinda elementos para evaluar la pertinencia de los recursos solicitados.
e. Resultados/Productos esperados y potenciales beneficiarios. Estos deben ser
coherentes con los objetivos específicos y con la metodología planteada. Para cada uno de
los resultados/productos esperados se debe identificar los indicadores de verificación (ej:
publicaciones, patentes, registros, videos, certificaciones, etc.) así como las instituciones,
gremios y comunidades beneficiarias, nacionales o internacionales, que podrán utilizar los
resultados de la investigación para el desarrollo de sus objetivos, políticas, planes o
programas.
f. Impactos esperados a partir del uso de los resultados. Los impactos no
necesariamente se logran al finalizar el proyecto, ni con la sola consecución de los
resultados/productos. Los impactos esperados son una descripción de la posible incidencia
del uso de los resultados del proyecto en función de la solución de los asuntos o problemas
122
estratégicos, nacionales o globales, abordados. Generalmente se logran en el mediano y
largo plazo, como resultado de la aplicación de los conocimientos o tecnologías generadas a
través del desarrollo de una o varias Líneas de Investigación en las cuales se inscribe el
proyecto. Los impactos pueden agruparse, entre otras, en las siguientes categorías: sociales,
económicos, ambientales, de productividad y competitividad. Para cada uno de los impactos
esperados se deben identificar indicadores cualitativos o cuantitativos verificables.
g. Cronograma de Actividades. Relación de actividades a realizar en función del tiempo
(meses), en el periodo de ejecución del proyecto.
h. Dedicación de tiempo de los investigadores. Las actividades de investigación (diseño,
ejecución del proyecto y escritura de productos) que realizan los docentes, deben incluirse
en sus planes individuales de trabajo, que son acordados con el coordinador del proyecto.
7. Bibliografía. Relacione únicamente la referida en el texto, ya sea en forma de pie de
página o como ítem independiente.
8. Presupuesto. Considerando que para desarrollar una investigación es fundamental
tener los recursos necesarios para su completa ejecución, es necesario contar con un
presupuesto que permita conocer la cuantía del proyecto.
9. Modelo de presupuesto.
Rubros Fuentes Internas Externas Total
En especie En dinero En especie En dinero
Personal* Salidas de campo Viajes Materiales e insumos Servicios técnicos Equipos y software
Construcciones, adecuación de infraestructura
123
Material bibliográfico Total
Gastos de personal.
Nombre participantes
Formación académica
Función en el proyecto
Dedicación (en h/s)
Recursos En especie En dinero
Total
Salida de campo.
Ítem Costo
unitario
Numero Recursos En especie En dinero
Total
Viajes.
Lugar No. De
viajes Justificación Pasajes Estadia Total días Recursos
En dinero
Total
Materiales e insumos.
Materiales* Justificación Recursos En especie En dinero
Total
Pueden agruparse por categorías, ej: vidriería, reactivos, papelería, etc., suscripciones a
revistas, libros, etc.
124
Servicios técnicos.
Tipo de servicio Justificación Recursos En especie En dinero
Total
Equipos y software que se planea adquirir.
Equipo Justificación Recursos En especie En dinero
Total
10. Descripción de rubros
a. Personal. Con este rubro se podrán financiar asesores externos especializados y
estudiantes en modalidad de investigadores auxiliares, o integrantes de Semilleros de
Investigación. Este rubro no podrá ser superior al 25% del valor total del proyecto.
b. Salidas de campo. Se aplica a gastos de medios de transporte para el traslado a zonas
de muestreo y ejecución de las labores de campo propias de la investigación. Se refiere
principalmente a costos de combustible, aceite o alquiler de medios de transporte cuando
se requiere.
c. Viajes. Se refiere a viajes relacionados con actividades del proyecto diferentes de
salidas de campo y que son estrictamente necesarios para la ejecución exitosa del proyecto
(por ejemplo, visitas a otros centros de investigación para capacitación o traer asesores para
el proyecto).
d. Materiales e insumos. Corresponden a aquellos tangibles necesarios para el desarrollo
de la investigación o de la tecnología y deben presentarse a manera de listado detallado
agrupado por categorías sobre las cuales se debe hacer una justificación de su necesidad y
125
uso dentro del proyecto.
e. Servicios Técnicos. Este rubro es diferente del rubro de personal; este tipo de servicios
se contratan con una persona o entidad para desarrollar una tarea específica dentro del
proyecto, como asesoría especializada, pruebas de laboratorio externas, asesores de
procesos de software de investigación, etc.
f. Equipos y software. Hace referencia a la adquisición de software específico y necesario
para el desarrollo del proyecto.
g. Construcción o adecuación de Infraestructura. Para la ejecución de este rubro se debe
contar con el del Comité de Investigaciones, luego de analizar la pertinencia y justificación
de la construcción o adecuación solicitada
h. Material Bibliográfico. Con este rubro solo se podrá financiar bibliografía debidamente
justificada y directamente relacionada con la temática del proyecto.
126
ANEXO 2
Estructura para presentación de propuestas de semilleros de investigación
1. Información del Semillero
Nombre semillero Fecha de creación del semillero Correo electrónico de contacto
2. Investigadores
a. Coordinador de la investigación: asesor del semillero7
Nombre
Identificación Correo electrónico
Teléfono
b. Estudiantes participantes en el proyecto
Nombre Identificación Correo electrónico
Programa Firma
3. Nombre de la propuesta
Aquí se debe incluir el nombre de la propuesta. Es conveniente utilizar las palabras clave
que permitan al lector reconocer los temas y relaciones fundamentales que aborda la
investigación.
4. Línea de investigación
Todas las propuestas de investigación, deberán estar enmarcadas dentro de las Líneas de
Investigación institucional o, las líneas establecidas en los programas académicos de la
7 El asesor del semillero de investigación, es el investigador principal del proyecto y, el directo
responsable del cumplimiento de los objetivos y de la generación de resultados del proyecto.
127
corporación de estudios tecnológicos.
5. Resumen del proyecto
Debe contener la información necesaria para darle al lector una idea precisa de la
pertinencia y calidad proyecto, éste debe contener una síntesis del problema a investigar,
marco teórico, objetivos, metodología a utilizar y resultados esperados.
6. Descripción del proyecto
a. Planteamiento de la pregunta o problema de investigación y su justificación. En
términos de necesidades y pertinencia, marco teórico y estado del arte, es fundamental
formular claramente la pregunta concreta que se quiere responder, en el contexto del
problema a cuya solución o entendimiento se contribuirá con la ejecución del proyecto. Se
recomienda además, hacer una descripción precisa y completa de la naturaleza y
magnitud del problema, así como justificar la necesidad de la investigación en función del
desarrollo del país o de su pertinencia a nivel mundial. Por otro lado, el investigador deberá
identificar cuál será el aporte del proyecto a la generación de nuevo conocimiento sobre el
tema en el ámbito internacional. Deberá responder a las siguientes demandas: síntesis del
contexto teórico general en el cual se ubica el tema de la propuesta, estado actual del
conocimiento del problema (nacional y mundial), brechas que existen y vacío que se quiere
llenar con el proyecto; ¿por qué? y ¿cómo? la investigación propuesta con fundamento en
investigaciones previas, contribuirá con probabilidades de éxito, a la solución o comprensión
del problema planteado, o al desarrollo del sector de aplicación interesado.
b. Objetivos. Deben mostrar una relación clara y consistente con la descripción del
problema y, específicamente, con las preguntas o hipótesis que se quieren resolver. La
formulación de objetivos claros y viables constituye una base importante para juzgar el
resto de la propuesta y, además, facilita la estructuración de la metodología. Se recomienda
128
formular un solo objetivo general, coherente con el problema planteado, y los objetivos
específicos necesarios para lograr el objetivo general. Estos últimos deben ser alcanzables
con la metodología propuesta. Con el logro de los objetivos se espera, entre otras,
encontrar respuestas a una o más de las siguientes preguntas: ¿Cuál será el conocimiento
generado si el trabajo se realiza? ¿Qué solución tecnológica se espera desarrollar?
Recuerde que la generación de conocimiento es más que la producción de datos nuevos y
que no se deben confundir objetivos con actividades o procedimientos metodológicos.
c. Marco teórico y estado del arte. Deberá responder a las siguientes demandas: síntesis
del contexto teórico general en el cual se ubica el tema de la propuesta, estado actual del
conocimiento del problema (nacional y mundial), brechas que existen y vacío que se quiere
llenar con el proyecto; ¿por qué? y ¿cómo? la investigación propuesta, con fundamento en
investigaciones previas, contribuirá, con probabilidades de éxito, a la solución o
comprensión del problema planteado o al desarrollo del sector de aplicación interesado
d. Metodología Propuesta. Se deberá mostrar, en forma organizada y precisa, cómo será
alcanzado cada uno de los objetivos específicos propuestos. La metodología debe reflejar la
estructura lógica y el rigor científico del proceso de investigación, empezando por la
elección de un enfoque metodológico específico y, finalizando con la forma como se van a
analizar, interpretar y presentar los resultados. Deben detallarse los procedimientos,
técnicas, actividades y demás estrategias metodológicas requeridas para la investigación.
Deberá indicarse el proceso a seguir en la recolección de la información, así como en la
organización, sistematización y análisis de los datos. Tenga en cuenta que el diseño
metodológico es la base para planificar todas las actividades que demanda el proyecto y
para determinar los recursos humanos y financieros requeridos. Una metodología vaga o
imprecisa no brinda elementos para evaluar la pertinencia de los recursos solicitados.
e. Resultados/Productos esperados y potenciales beneficiarios. Estos deben ser
coherentes con los objetivos específicos y con la metodología planteada. Para cada uno de
129
los resultados/productos esperados se debe identificar los indicadores de verificación (ej:
publicaciones, patentes, registros, videos, certificaciones, etc.) así como las instituciones,
gremios y comunidades beneficiarias, nacionales o internacionales, que podrán utilizar los
resultados de la investigación para el desarrollo de sus objetivos, políticas, planes o
programas.
f. Impactos esperados a partir del uso de los resultados. Los impactos no
necesariamente se logran al finalizar el proyecto, ni con la sola consecución de los
resultados/productos. Los impactos esperados son una descripción de la posible incidencia
del uso de los resultados del proyecto en función de la solución de los asuntos o problemas
estratégicos, nacionales o globales, abordados. Generalmente se logran en el mediano y
largo plazo, como resultado de la aplicación de los conocimientos o tecnologías generadas a
través del desarrollo de una o varias Líneas de Investigación en las cuales se inscribe el
proyecto. Los impactos pueden agruparse, entre otras, en las siguientes categorías: sociales,
económicos, ambientales, de productividad y competitividad. Para cada uno de los impactos
esperados se deben identificar indicadores cualitativos o cuantitativos verificables.
g. Cronograma de Actividades. Relación de actividades a realizar en función del tiempo
(meses), en el periodo de ejecución del proyecto.
h. Dedicación de tiempo de los investigadores. Las actividades de investigación (diseño,
ejecución del proyecto y escritura de productos) que realizan los docentes, deben incluirse
en sus planes individuales de trabajo, que son acordados con el coordinador del proyecto.
7. Bibliografía. Relacione únicamente la referida en el texto, ya sea en forma de pie de
página o como ítem independiente.
8. Presupuesto. Considerando que para desarrollar una investigación es fundamental
tener los recursos necesarios para su completa ejecución, es necesario contar con un
130
presupuesto que permita conocer la cuantía del proyecto.
9. Modelo de presupuesto.
Rubros Fuentes Internas Externas Total
En especie En Dinero En especie En Dinero
Dinero
Personal* Salidas de campo Viajes Materiales e insumos Servicios técnicos Equipos y software
Construcciones, adecuación de infraestructura
Material bibliográfico Total
Gastos de personal.
Nombre
participantes
Formación
académica
Función en el
proyecto
Dedicación (en
h/s)
Recursos En especie En Dinero
Total
Salida de campo.
Ítem Costo unitario
Numero Recursos En especie En Dinero
Total
Viajes.
Lugar No. De viajes
Justificación Pasajes Estadia Total días Recursos En dinero
Total
131
Materiales e insumos.
Materiales Justificación Recursos En especie En dinero
Total
Pueden agruparse por categorías, ej: vidriería, reactivos, papelería, etc., suscripciones a
revistas, libros, etc.
Servicios técnicos.
Tipo de servicio Justificación Recursos En especie En dinero
Total
Equipos y software que se planea adquirir.
Equipo Justificación Recursos En especie En dinero
Total
10. Descripción de rubros
a. Personal. Con este rubro se podrán financiar asesores externos especializados y
estudiantes en modalidad de investigadores auxiliares, o integrantes de Semilleros de
Investigación. Este rubro no podrá ser superior al 25% del valor total solicitado.
b. Salidas de campo. Se aplica a gastos de medios de transporte para el traslado a zonas
de muestreo y ejecución de las labores de campo propias de la investigación. Se refiere
principalmente a costos de combustible, aceite o alquiler de medios de transporte cuando
se requiere.
c. Viajes. Se refiere a viajes relacionados con actividades del proyecto diferentes de
salidas de campo y que son estrictamente necesarios para la ejecución exitosa del proyecto
132
(por ejemplo, visitas a otros centros de investigación para capacitación o traer asesores para
el proyecto).
d. Materiales e insumos. Corresponden a aquellos tangibles necesarios para el desarrollo
de la investigación o de la tecnología y deben presentarse a manera de listado detallado
agrupado por categorías sobre las cuales se debe hacer una justificación de su necesidad y
uso dentro del proyecto.
e. Servicios Técnicos. Este rubro es diferente del rubro de personal; este tipo de servicios
se contratan con una persona o entidad para desarrollar una tarea específica dentro del
proyecto, como asesoría especializada, pruebas de laboratorio externas, asesores de
procesos de software de investigación, etc.
f. Equipos y software. Hace referencia a la adquisición de software específico y necesario
para el desarrollo del proyecto.
g. Construcción o adecuación de Infraestructura. Para la ejecución de este rubro se debe
contar con el del Comité de Investigaciones, luego de analizar la pertinencia y justificación
de la construcción o adecuación solicitada.
h. Material Bibliográfico. Con este rubro solo se podrá financiar bibliografía debidamente
justificada y directamente relacionada con la temática del proyecto.
133
ANEXO 3
Informe Final de Investigación
a. Portada
b. Resumen
c. Abstract
d. Índice
e. Lista de tablas
f. Lista de figuras
g. Lista de apéndices (anexos)
h. Introducción
i. Justificación
j. El Problema
k. Marco referencial
l. Objetivos (generales y específicos)
m. Metodología utilizada
134
n. Esquema temático (capítulos)
o. Conclusiones
p. Recomendaciones
q. Bibliografía
r. Posibilidades de publicación