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Reglamento Interno y Protocolos de acción Centro de Capacitación Laboral de Educación Especial PAULO FREIRE 2018

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Reglamento Interno

y Protocolos de acción

Centro de Capacitación Laboral de Educación Especial

PAULO FREIRE

2018

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Tabla de contenido

OBJETIVO GENERAL............................................................................................................... 4

OBJETIVOS ESPECÍFICOS ....................................................................................................... 4

NORMAS TÉCNICO PEDAGÓGICAS ...................................................................................... 5

DE LAS ACTIVIDADES CURRICULARES ............................................................................. 5

DE LOS REQUISITOS DE INGRESO ....................................................................................... 6

DE LOS HORARIOS .................................................................................................................. 7

DE LOS PADRES Y APODERADOS ........................................................................................ 7

DE LAS NORMAS DE TRABAJO EN EL CENTRO DE CAPACITACION POR PARTE DE

LOS APRENDICES .................................................................................................................... 9

DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ................................................................................. 10

DE LAS NORMAS DE VIDA ESCOLAR SOBRE RESPONSABILIDAD Y DISCIPLINA .... 10

DE LAS NORMAS DISCIPLINARIAS .................................................................................... 12

ARTICULO 44°: CRITERIO DE GRADUACIÓN DE FALTAS ........................................... 13

ARTICULO 45°: CÓDIGO DE MEDIDAS Y SANCIONES .................................................... 14

DE LOS ESTÍMULOS Y REFUERZOS PARA LOS ESTUDIANTES ..................................... 15

DE LOS ESTÍMULOS Y REFUERZOS PARA MIEMBROS DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA ........................................................................................................................... 16

DE LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD ................ 16

PARRAFO I .............................................................................................................................. 16

DE LA HIGIENE ...................................................................................................................... 16

PARRAFO II:............................................................................................................................ 17

DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS Y PROGRAMA DE SEGURIDAD ESCOLAR ............ 17

PARRAFO IV ........................................................................................................................... 18

DE LA SEGURIDAD ............................................................................................................... 18

TITULO XI ............................................................................................................................... 18

DE LA SITUACIÓN DE LOS ALUMNOS (GRUPO CURSO) EN AUSENCIA DE LOS

DOCENTES .............................................................................................................................. 18

TITULO XII .............................................................................................................................. 19

DE LAS AUSENCIAS DEL DIRECTOR ................................................................................. 19

PARRAFO XIII......................................................................................................................... 19

DE LAS SUPERVISIONES ...................................................................................................... 19

TITULO XIV ............................................................................................................................ 20

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DE LAS SITUACIONES NO PREVISTAS .............................................................................. 20

ARTÍCULO 8°. Medidas y Sanciones Disciplinarias. ................................................................ 28

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REGLAMENTO INTERNO CCL PAULO FREIRE

FUNDAMENTACIÓN

ARTICULO 1°: De acuerdo a las normativas legal vigentes y a las directrices emanadas por el

Ministerio de Educación, el Centro de Capacitación Laboral “ PAULO FREIRE”, que

atiende a jóvenes que presentan Necesidades Educativas Especiales derivadas de una

discapacidad intelectual, en concordancia con su proyecto educativo; considerando los

recursos humanos, técnicos, administrativos y materiales, ve la necesidad de establecer

ciertas normas internas para llevar a cabo en mejor forma la labor educativa, dando

cumplimiento así a los principios y políticas educacionales del Supremo Gobierno, y al

mismo tiempo cumplir con los objetivos del Centro de Capacitación.

OBJETIVO GENERAL

- Establecer un marco de regulación de la convivencia escolar y resolución pacífica y

consensuada de conflictos, favoreciendo la interrelación armónica de todos los

estamentos de la Unidad Educativa.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

- Favorecer la formación personal del alumno a través de la adquisición de hábitos y

valores que le permitan la autodisciplina e integración dentro de la sociedad.

- Promover el respeto entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.

- Promover instancias de desarrollo integral de los aprendices con Necesidades

Educativas Especiales, de acuerdo a la legislación vigente.

- Sensibilizar a la familia y a la comunidad sobre las Necesidades Educativas de los

aprendices y contra los prejuicios que los condicionan.

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TITULO I

NORMAS TÉCNICO PEDAGÓGICAS

ARTICULO 2°: Se establece un Plan Anual Operativo de Trabajo (PAO), el cual será elaborado con la

participación de todos los estamentos del Centro de Capacitación Laboral y coordinado

por el Director.

Se desarrollará bajo la premisa del Objetivo General del Centro: "Desarrollar

competencias genéricas de trabajo en los jóvenes que le permitan una eficiente y

efectiva inserción laboral y como consecuencia una plena integración social”.

ARTICULO 3°: Las actividades técnicas - pedagógicas se coordinarán a través del Gabinete Técnico, el

cual cumple la misión de Asesorar, Supervisar, Coordinar, Organizar, y Evaluar las

acciones técnicas.

ARTICULO 4°: Esta función debe cumplirla el Jefe de Gabinete Técnico, Profesor Especialista en

Educación Diferencial (Circular 609/80).

TITULO II

DE LAS ACTIVIDADES CURRICULARES

ARTICULO 5°: Todas las actividades curriculares se Programarán, Coordinarán y Evaluarán de acuerdo

a los objetivos propuestos. Los consejos de acuerdo a su naturaleza se denominarán:

A. Consejos Administrativos: Son organizados y dirigidos por la Dirección del

establecimiento, realizándose uno por mes, al término de cada semestre y/o cuando se

estime necesario. En ausencia del director podrá dirigirlo el jefe de gabinete técnico

y/o un Docente que la Dirección destine. PRIMER MARTES DEL MES.

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B. Consejos Técnicos: Serán organizados y dirigidos por el Jefe de Gabinete Técnico del

establecimiento o en su defecto por el Director, realizándose uno al mes y al término

de cada semestre. Podrá delegarse la función de dirigir este consejo a un profesor

especialista si las circunstancias así lo requieran y se considere pertinente.

C. Consejos o Reuniones de Coordinación: Participara el Director y Jefe de Gabinete

Técnico, los que se realizaran en forma semanal o quincenal. En esta reunión de

coordinación podrán participar profesores especialistas de taller y/o integrantes del

equipo multidisciplinario, si la situación lo amerita.

D. Consejos o Reunión de Taller. Serán organizados y dirigidos por los profesores

especialistas de cada taller, realizándose el último jueves de cada mes, o cuando se

amerite. Estos tendrán como objetivo la elaboración de Programas de Capacitación

Individual (PCI), tanto en el área vocacional como cognitivo funcional planificación

de actividades inherentes a sus funciones, sesiones de estudio, perfeccionamiento o

coordinación con monitores, alumnas en práctica u otros. En plan de consulta puede o

no estar presente el Jefe de Gabinete Técnico y/o Director.

TITULO III

DE LOS REQUISITOS DE INGRESO

ARTICULO 6°: Todos los aprendices postulantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

A. Poseer diagnóstico de discapacidad intelectual por profesional acreditado.

B. Certificado de Nacimiento que acredite edad cronológica entre 16 y 26 años.

C. Entrevista Psicológica.

D. Entrevista con Gabinete técnico, formularios únicos según normativa vigente del

decreto 170 y todas sus exigencias.

Todo aprendiz estará condicional durante un semestre, su permanencia se determinará

según factores como: asistencia, comportamiento, adaptación o algún otro aspecto

relevante de considerar.

E. Antecedentes médicos y escolares exigidos en la normativa vigente.

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DE LOS HORARIOS

ARTICULO 7°: Para los efectos de este Reglamento se entenderá por horario a la Organización diaria de

las actividades curriculares con los alumnos de Lunes a Viernes (Semana).

ARTICULO 8°: El horario docente estará determinado según estatuto docente Título III párrafo V artículo

48 y 49 y lo establecido en Decreto 87/90 y 300/94, Artículo 2, la normativa de la Jornada

Escolar Completa (JEC).

- En el caso de los Aprendices su carga horaria será establecida según el Plan de estudio del

Decreto 87/90 y 300/94 y la normativa de la Jornada Escolar Completa (JEC).

ARTICULO 9°: El horario de entrada y salida de los aprendices y docentes será determinado por la

Dirección del Establecimiento de acuerdo a las necesidades del Centro.

ARTICULO 10°: El horario de los aprendices deberá ser estrictamente respetado, podrán ser despachados

a sus hogares antes de los horarios establecidos, cuando la situación así lo amerite, previa

coordinación con la familia (comunicación escrita y/o llamado telefónico)

ARTICULO 11°: En caso de ser necesario, por enfermedad, crisis epiléptica, trámites personales u otras

Circunstancias, por la cual el aprendiz deba retirarse del Centro:

- Se pedirá la autorización del Director, jefe técnico o profesor de turno.

- Deberá ser retirado por apoderado, tutor o persona autorizada, y se registrará en el Libro

de Justificaciones actas.

- El profesor de curso lo registrara en el leccionario en el rubro observaciones.

- En el caso que se retire solo, será necesaria previa coordinación o autorización con

apoderado. En caso de no lograr comunicación con el apoderado, quedara registrado en

libro de actas, para posteriormente lograr comunicar situación.

TITULO IV

DE LOS PADRES Y APODERADOS

ARTICULO 12°: Para una mejor y efectiva labor con los Padres se realizarán:

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A. Reunión de micro centro: Será la primera semana del mes. Cada taller deberá

nominar a dos representantes como delegados al consejo Asesor de Padres. Estas

reuniones serán asesoradas por el Profesor Especialista del taller.

B. Reunión del Consejo Asesor de Padres: Se realizarán en forma mensual con

asistencia de todos los delegados de los talleres, asesorados por el Director del Centro

de Capacitación.

C. Reunión Generales de Padres: Se realizarán según necesidades o requerimientos del

centro de padres y dirigidos por su directiva, con asistencia obligatoria de todos los

padres y apoderados del Centro de Capacitación.

D. Entrevistas individuales: Se registrará de acuerdo al tipo y son de carácter obligatorio

• Con Psicóloga: libro de actas.

• Con Gabinete Técnico: libro de actas.

• Con docente de curso: libro de actas.

• Con Dirección: libro de actas.

• Con Administrador: libro de actas.

ARTICULO 13°: De los deberes de los padres y apoderados

A. Participar activamente en conjunto con el Centro de Capacitación en el proceso

capacitador del educando.

B. Deberá cumplir con la reglamentación que dispone el establecimiento y normativa

vigente emanada del Mineduc.

C. Al momento de ingresar el aprendiz al Centro de Capacitación, el apoderado debe

entregar toda la Información relevante respecto del alumno, la omisión de información

podrá ser motivo de Condicionalidad y/o cancelación de matrícula.

D. Ser responsable de la asistencia, puntualidad, presentación, aseo personal y conducta

de su pupilo.

E. Informar previamente inasistencia o atraso del aprendiz.

F. Justificar personalmente en secretaria la inasistencia del aprendiz.

G. Asistir a Entrevistas personales, reuniones generales y de microcentro realizadas por

el establecimiento.

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H. Todo apoderado que no asista a reuniones citadas por el establecimiento, deberá

justificar personalmente su inasistencia dentro de las 48 horas siguientes de lo contrario

el aprendiz no podrá ingresar a clases.

I. Los apoderados No podrán ingresar al sector de aulas de clases, la secretaria será la

responsable de Comunicar al profesor la presencia del apoderado.

J. Los padres deberán tener una actitud de respeto hacia todo el personal del

establecimiento, pares y alumnos.

K. La no justificación será causa de entrevista con Dirección para ingreso del alumno a

clases.

TITULO V

DE LAS NORMAS DE TRABAJO EN EL CENTRO DE CAPACITACION POR PARTE

DE LOS APRENDICES

ARTICULO 14°: El régimen de estudio del Centro de Capacitación será Semestral

ARTICULO 15°: - El accionar administrativo se regirá por el Decreto que aprueba los Planes de Estudio

para personas con Discapacidad Intelectual 87/90 y el Exento N° 300 de 1994 para los

alumnos mayores de 26 años que presentan Discapacidad Intelectual

- El accionar técnico se regirá por Programa de Estudio Institucional, autorizado por

Mineduc, según resolución N° 1582.

ARTÍCULO 16°: Las áreas de desarrollo serán: Deporte y Recreación, Cognitivo Funcional, Educación

Socio-laboral y Vocacional, según decreto 87/90. Según Exento 300/94 las áreas serán

Comunicación, Lecto escritura, Calculo, Formación Moral, Sexualidad

ARTICULO 17º: El plan de estudio contemplará Plan Común y Plan de Complemento Curricular

ARTICULO 18°: Se trabajará con los aprendices, de acuerdo a un currículum personalizado y en base a

Programa Individual de Capacitación (PCI), el que contempla las Competencias genéricas

de trabajo.

ARTICULO 19°. Se incorporarán como mínimo las siguientes actividades al plan anual:

1. Consejos de Evaluación.

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2. Consejos de Planificación

3. Consejos Técnicos Administrativos.

4. Evaluaciones Formativas Bimensuales y Evaluaciones Sumativas Semestrales (1° y 2°

Semestres) y Anual.

5. Evaluación Formativa Semestral de Talleres de Complemento Curricular.

6. Exposición de trabajo Semestral, participación en ferias y muestras colectivas.

7. Entrega de informes de rendimiento semestral a Padres y Apoderados.

8. Actividades de inicio y finalización de semestre.

9. Planificación semanal

10. Otras.

TITULO VI

DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

ARTICULO 20°: Se establecen 3 tipos de Evaluación: Diagnóstica, Formativa y Sumativa, las que se

aplicarán de acuerdo al proceso que se esté realizando. Dentro de la evaluación diagnostica

de ingreso se contemplará lo exigido por el Decreto 170 y los requisitos de ingreso.

ARTICULO 21°: La evaluación se aplicará de manera personal e individual a cada aprendiz.

ARTÍCULO 22°: Todos los documentos emanados de la evaluación integral son de dominio del apoderado:

Semestralmente se entregará al apoderado una copia del informe de rendimiento y al

momento de retiro o egreso del alumno se hace entrega de la totalidad de la

documentación.

ARTICULO 23°: Al finalizar el año lectivo se elaborará un certificado de estudio, el cual se dará a conocer

al apoderado, quedando en el archivador personal del alumno.

TITULO VII

DE LAS NORMAS DE VIDA ESCOLAR SOBRE RESPONSABILIDAD Y DISCIPLINA

ARTICULO 24°: Las inasistencias de los aprendices deben ser justificadas personalmente por el padre o

apoderado responsable del aprendiz y con certificado médico cuando lo amerite, de

acuerdo a lo establecido en el artículo 13, de este reglamento.

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ARTICULO 25°: Las inasistencias prolongadas de los alumnos por enfermedades, deberán ser informadas

al profesor del taller por parte del apoderado, en forma personal, presentando certificado

médico correspondiente, el profesor informará a la Dirección del Establecimiento. Al no

existir justificación de inasistencia prolongada se procederá a evaluar su condición de

alumno regular.

ARTICULO 26°: Cada atraso será registrado y firmado por el propio alumno en secretaria, se considera

atraso a partir de las 8:45 hrs. Luego de tres atrasos consecutivos el aprendiz deberá

presentarse con su apoderado, previa notificación por parte de la Dirección del

Establecimiento.

ARTICULO 27°: Los aprendices deberán mantener una actitud permanente de responsabilidad hacia el

proceso de capacitación. Se llevará un registro de las conductas tanto positivas como

negativas, en el rubro observaciones del leccionario.

ARTICULO 28°: Responderán eficientemente a sus obligaciones como aprendiz, demostrando hábitos,

actitudes y valores positivos.

ARTICULO 29°: No fumar dentro del Establecimiento y en toda actividad curricular fuera de este.

ARTICULO 30°: La actitud del personal docente, administrativo y externo debe ser acorde a los objetivos

del Nivel Laboral.

ARTICULO 31°: Los alumnos deberán presentarse y mantenerse limpios, dentro y fuera del Centro de

Capacitación Laboral. (Ropa, pelo limpio, presentación personal, entre otros).

ARTICULO 32°: Las damas usaran delantal azul en lo posible con cierre y los varones overol azul,

considerando las exigencias de cada taller y las condiciones personales de cada alumno.

Ambos deberán tener su nombre claro y visible, manteniéndolo limpio, no rayado y en

buenas condiciones.

ARTICULO 33°: Los aprendices cada vez que sea pertinente usarán poleras distintivas más pantalón (Jeans

o pantalón oscuro) en actividades deportiva- recreativa como en salidas programadas por

el Centro de capacitación.

ARTICULO 34°: Los aprendices deberán colaborar en el cuidado del mobiliario, herramientas e insumos,

así como del Establecimiento en general (baños, duchas, salas, comedor, otros) y

responder restituyendo en caso de daño o perdida.

ARTICULO 35º: Esta estrictamente prohibido usar dentro del establecimiento artículos audiovisuales

personales (MP3, MP4, celulares, etc.), el Establecimiento no se responsabiliza por la

pérdida de estos, así como la perdida de otros objetos de valor y dinero.

ARTICULO 36°: Los alumnos deberán acatar y cumplir el horario de trabajo, manteniéndose en su taller

durante el periodo de clases.

ARTICULO 37°: Los aprendices deberán mantener un comportamiento adecuado en todo momento, dentro

y fuera del establecimiento, en actividades académicas, condicionando su participación en

futuras actividades.

ARTICULO 38°: En el horario de almuerzo los alumnos son responsabilidad de su profesor de taller, solo

podrán salir de su sala en el horario que le corresponda ingresar a talleres de complemento

curricular.

ARTICULO 39°: Los aprendices no pueden salir solos del establecimiento bajo ninguna circunstancia,

dentro de la jornada de clases, salvo que sea acompañado por un profesor u otra persona

designada para el caso.

TITULO VIII

DE LAS NORMAS DISCIPLINARIAS

ARTÍCULO 40°: Se deberá tener presente que en el crecimiento personal de los alumnos con Necesidades

Educativas Especiales se observan conductas positivas y negativas que requieren la

atención permanente y responsable de los padres y profesores para reforzar las conductas

adecuadas y eliminar las inadecuadas.

ARTICULO 41°: Frente a problemas de conductas negativas de los aprendices, estos deben ser asumidos

por todo el personal Docente, Directivo y no docente (Psicóloga, Kinesiólogos,

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Fonoaudióloga, Terapeuta Ocupacional) como un equipo, es necesario tener presente que

las acciones aisladas debilitan el logro del objetivo y por otra parte desorientan y

confunden al alumno.

ARTICULO 42°: Se implementarán en cada taller las Prácticas restaurativas y los círculos de dialogo como

estrategia para la resolución de conflicto y evitar la aplicación del código de sanciones.

Esta técnica será aplicada en forma individual a los alumnos que lo requieran con la

participación del personal docente y familia según sea la circunstancia.

Se llevará registro en libro de actas en cada taller de los casos en que se aplique las

practicas restaurativas y los círculos de dialogo.

El aprendiz que mantiene dichas conductas se le aplicara el código de sanciones y el

criterio de graduación de faltas, si el trabajo con prácticas restaurativas no tiene los

resultados esperados o no se observan. Se citará a la familia o tutores, y se solicitará una

atención especializada para este, con apoyo de Psicóloga del Establecimiento para una

derivación pertinente y asistida. Esta situación, no será financiada por el Establecimiento

sino por la familia.

ARTICULO 43°: El establecimiento no contempla la discriminación de alumnas embarazadas, a las cuales

se les darán todas las facilidades para finalizar su proceso de capacitación. Los aprendices,

damas y varones, deberán ser responsables cuando asuman su misión de maternidad y

paternidad, no dejando de lado sus obligaciones pedagógicas.

ARTICULO 44°: CRITERIO DE GRADUACIÓN DE FALTAS

A. Falta leve: Actitudes y comportamiento que alteren el normal desarrollo del proceso

de Capacitación, que no involucren daño físico o psíquico a otros miembros de la

comunidad. Ejemplo: atrasos, uso indebido del celular o mp3, inasistencias

injustificadas, salir de la sala sin motivo o autorización, falta a la verdad, juegos

bruscos, usar lenguaje grosero y vulgar, etc.

B. Falta grave: Actitudes y comportamiento que atenten contra la integridad físico o

psíquico de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común; así como acciones

deshonestas que alteren el normal proceso de capacitación. Ejemplo: agresión verbal o

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física a un integrante de la comunidad educativa, dañar el bien común, escaparse del

establecimiento, falta de respeto hacia su cuerpo.

C. Falta gravísima: Actitudes y comportamiento que atenten gravemente contra la

integridad física o psíquica de miembros de la comunidad educativa como tráfico y/o

consumo de drogas y alcohol en el establecimiento, robo, abuso sexual, bullying, porte

de armas de fuego o corto punzantes, y toda aquella conducta que el equipo

multidisciplinario considere como tal. También se considera en este rubro el

incumplimiento de compromiso asumido por el apoderado o tutor en cuanto a

tratamientos médicos o de otra especialidad.

D. Todo suceso que ocurra fuera del Establecimiento, en horario no académico, será de

responsabilidad del apoderado.

ARTICULO 45°: CÓDIGO DE MEDIDAS Y SANCIONES

A. Falta leve:

- Circulo de Dialogo con el alumno, Profesor de Taller y/o psicóloga.

- Prácticas restaurativas

- Amonestación verbal.

- Registro en el leccionario y/o libro de actas.

- Entrevista con el apoderado si el caso lo amerita.

- Reparación del daño material.

- Trabajo interno de beneficio comunitario.

B. Falta grave:

- Practica restaurativa, circulo de Dialogo con el alumno a nivel de jefatura técnica

y/o Psicóloga.

- Registro en leccionario y/o libro de actas.

- Entrevista con el apoderado.

- Reparación del daño material.

- Trabajo interno de beneficio comunitario.

C. Falta gravísima:

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- Practica restaurativa, dialogo personal con el alumno a nivel de Dirección, docente,

padres y Psicóloga

- Registro en el leccionario y/o libro de actas.

- Entrevista con el apoderado y Dirección.

- Denuncia a la autoridad correspondiente.

- Firma de Extrema condicionalidad de matrícula por parte del apoderado.

- Cancelación de Matricula.

Derecho a réplica: En caso de sanción, cualquier miembro de la comunidad educativa, podrá ser uso del derecho a réplica, siguiendo las siguientes condiciones:

1. Habrá un periodo de 15 días hábiles, posterior a la sanción o amonestación, para hacer valer el derecho a

réplica, así como también para solicitar la revisión de las sanciones impuestas.

2. Deberá efectuarse de manera escrita a los directivos del establecimiento exponiendo su postura frente a

situación.

3. Dirección tendrá un periodo de 3 días hábiles para dar respuesta al derecho a réplica.

TITULO IX

DE LOS ESTÍMULOS Y REFUERZOS PARA LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 46°: Con el objeto de estimular, afianzar conductas positivas en los alumnos, se establecen

los siguientes refuerzos:

1. Al término de cada semestre se elegirá en cada taller el Mejor Trabajador (elegido por

el profesor), Mejor Compañero (elegido por sus propios compañeros) y el Premio al

esfuerzo (elegido por el profesor).

2. Cuadro de Honor, estará compuesto por el Mejor Trabajador de cada taller y será

elegido mensualmente por el profesor de curso.

3. Se reforzará a los alumnos por mantener conductas positivas y adecuadas, a través de

estímulos verbales, anotaciones en el leccionario y carta de felicitaciones al hogar,

cuando el profesor lo estime pertinente.

4. La labor, compromiso y dedicación de los padres y apoderados, será reconocida a

través de actividad y celebración Día del Apoderado.

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DE LOS ESTÍMULOS Y REFUERZOS PARA MIEMBROS DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA

ARTICULO 47°: Los distintos estamentos de la comunidad educativa (sostenedor, director consejo

escolar, consejo de profesores, centro de alumnos), tendrán la facultad de reconocer el

buen desempeño o el desempeño destacado de algún otro miembro de la comunidad

educativa según sea su criterio:

1.Carta de reconociendo

2.Felicitación verbal

3. Cualquier otro tipo de reconocimiento que se considere necesario o pertinente

TITULO X

DE LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD

PARRAFO I

DE LA HIGIENE

ARTICULO 48°: Se deberá mantener la limpieza y aseo del establecimiento en especial el aseo y

desinfección de los baños, tarea que es responsabilidad del Auxiliar de servicios menores.

De no ser así se comunicará a Dirección, quien tomará las medidas pertinentes.

ARTICULO 49°: Los alimentos del Programa de Alimentación Escolar, deberán mantenerse en la

despensa, ordenados y guardados fuera del alcance de los roedores y otros, situación que

deberá cautelar el encargado del PAE y las Manipuladoras.

ARTICULO 50°: En el sector de cocina no debe ingresar ninguna persona ajena a la empresa.

ARTICULO 51°: Será tarea de las Manipuladoras preparar los alimentos del PAE, y mantener limpia la

cocina y los utensilios a utilizar.

ARTICULO 52°: Las Manipuladoras deberá mantener una presentación personal óptima, usando los

elementos necesarios para ello (delantal, cofia, etc.)

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ARTICULO 53°: El encargado del PAE supervisará el programa a fin de dar oportuna y eficientemente

este beneficio a los aprendices y solucionar cualquier problema que se suscite.

ARTICULO 54°: Será responsabilidad del hogar preocuparse del aseo y presentación personal de los

aprendices, sin embargo, el establecimiento coordinará las acciones que permitan generar

aprendizajes y/o solucionar problemas puntuales tales como pediculosis, sarna y otros.

PARRAFO II:

DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS Y PROGRAMA DE SEGURIDAD ESCOLAR

ARTICULO 55°: Se implementará un plan integral de seguridad escolar y un comité de seguridad escolar,

que dará los lineamientos, roles y funciones, en caso de una emergencia y pasos a seguir

según sea dicho evento. Se nominará un docente encargado de la coordinación quien

supervisará la ejecución de dicho programa basado en los objetivos planteados en el

programa de Prevención de Riesgos (Documento evaluado anualmente).

ARTICULO 56°: En caso de accidente el alumno será derivado al servicio asistencial correspondiente,

llenando previamente el formulario de accidente escolar, será acompañado por el

funcionario designado por Dirección y se avisará al apoderado del procedimiento basado

en el protocolo de acción frente a accidentes y/o enfermedad (documento evaluado

anualmente).

ARTÍCULO 57°: Se nominará un encargado de Primeros auxilios, el cual deberá elaborar un programa de

trabajo anual y supervisar la ejecución de dicho programa.

Se deberá mantener equipado el botiquín del Establecimiento, con todos los elementos

que permitan realizar curaciones de heridas pequeñas, aliviar dolencias menores. La

implementación se realizará con la colaboración de los padres y apoderados. Este será

responsabilidad del encargado.

ARTICULO 58°: Se deberá cautelar las normas de prevención de riesgos en todos los talleres, en relación

al uso y mantención de herramientas, maquinarias y materiales.

ARTICULO 59°: Deberán mantenerse a la vista las señales de evacuación.

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ARTÍCULO 60°: Deberán mantenerse en un lugar visible, los números de emergencia: Carabineros, Plan

Cuadrante, Bomberos, Asistencia Pública, Hospital, Investigaciones.

Se contará con una carpeta de antecedentes de los alumnos para casos de emergencia

(dirección, teléfono, Rut, etc.)

PARRAFO IV

DE LA SEGURIDAD

ARTICULO 61°: Se deberá cautelar el buen estado de enchufes, estufas, maquinaria y todo artefacto

eléctrico al interior del establecimiento.

ARTICULO 62°: Se deberá adecuar la estructura física del establecimiento de acuerdo a las necesidades

de los aprendices.

ARTICULO 63°: Se deberán mantener las herramientas en un lugar seguro y adecuado, y no podrán ser

usadas sin previa autorización del encargado.

ARTICULO 64°: Los arreglos que sean necesarios se solicitarán en forma escrita al Administrador del

Establecimiento por parte de Dirección. Será responsabilidad exclusiva del Administrador

proveer de las condiciones de seguridad necesarias en todas las dependencias del

establecimiento, con el fin de prevenir: pérdidas, hurtos, y otros.

TITULO XI

DE LA SITUACIÓN DE LOS ALUMNOS (GRUPO CURSO) EN AUSENCIA DE LOS

DOCENTES

ARTICULO 65°: En caso de ausencia del profesor especialista por cualquier causal, el taller funcionará a

cargo del asistente técnico, supervisado por el Jefe de Gabinete, por el Director o Profesor

de turno.

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ARTICULO 66°: Los docentes que por cualquier causal no puedan concurrir al Establecimiento deberán

dejar las planificaciones, llaves, etc., de su taller, para facilitar la labor del docente o

asistente técnico que se hará cargo de su curso.

TITULO XII

DE LAS AUSENCIAS DEL DIRECTOR

ARTÍCULO 67°: Las ausencias pueden deberse a: reuniones, trámites relacionados con aspectos técnicos

administrativos del Centro de Capacitación Laboral “PAULO FREIRE”, actos comunales,

provinciales y regionales, permisos, licencias.

ARTICULO 68°: En ausencia del Director del Establecimiento quedará en su reemplazo el jefe técnico.

ARTÍCULO 69°: En caso de tener que ausentarse los directivos, quedará en su reemplazo el profesor

especialista de turno y/o el docente que la dirección determine.

ARTICULO 70°: La Dirección del Establecimiento delegará funciones ya sean administrativas y /o

técnicas, así como actividades de colaboración a los Docentes, cuando lo requiera y sea

necesario para el funcionamiento del Establecimiento.

PARRAFO XIII

DE LAS SUPERVISIONES

ARTICULO 71°: La Dirección podrá realizar supervisiones de aula a fin de informarse del trabajo con los

alumnos, su nivel de ejecución y la función que desempeñan los Docentes, para ello deberá

utilizar un instrumento de registro.

ARTICULO 72°: El Jefe de Gabinete Técnico realizará supervisiones de aula de carácter técnico que le

permita retroalimentar la estructura técnica del Centro de Capacitación.

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ARTICULO 73°: Las supervisiones que se lleven a cabo serán registradas en un informe el cual será dado

a conocer a los docentes de manera individual y / o en consejos.

TITULO XIV

DE LAS SITUACIONES NO PREVISTAS

ARTICULO 74°: Las situaciones no previstas en el presente Reglamento Interno del Centro de

Capacitación Laboral “PAULO FREIRE” de Concepción, serán resueltas por el Director,

Jefe Técnico y/o consejo de profesores del Centro de Capacitación.

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

1. FUNDAMENTOS

El objetivo de este documento es regular y dar un contexto institucional a la evaluación de los aprendizajes

de los alumnos y alumnas, contribuyendo a dar mayor claridad acerca del proceso evaluativo

La evaluación es vista por el Centro de Capacitación Laboral Paulo Freire como parte constitutiva del

proceso de aprendizaje y desarrollo de los alumnos y alumnas, la evaluación debe tener siempre un fin

formativo.

El Centro, de acuerdo a su Proyecto Educativo Institucional busca entregar a sus alumnos y alumnas una

educación integral, siendo los objetivos educacionales planteados en este Reglamento, los siguientes:

• Promover un proceso de aprendizaje que estimule en sus alumnos(as) un espíritu crítico y

reflexivo; que sean abiertos al cambio, respetuosos de sí mismos, del prójimo y de su entorno

natural, social y cultural.

• Realizar todos los esfuerzos a su alcance para que cada alumno(a) desarrolle sus dones y

potenciales a fin de ser agentes constructivos en una sociedad en permanente cambio.

• Entregar los valores y herramientas necesarias que permitan a sus alumnos el logro de

rendimientos destacados para culminar exitosamente su formación.

2. MARCO LEGAL

El Reglamento, se fundamenta en los Planes y Programas establecidos en el Decreto 87/90 que regula a los

alumnos con Discapacidad Intelectual

3. REGIMEN DE TRABAJO

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Para la gestión del proceso evaluativo, de acuerdo a la planificación anual respectiva, se aplicarán tres tipos

de evaluaciones: diagnósticas, formativas y final; interpretando cada concepto del modo siguiente:

• Evaluación Diagnóstica: aquella tendiente a pesquisar las conductas de entrada y/o requisitos

necesarios para alcanzar el logro de los objetivos propuestos en cada nivel educacional. Esta

evaluación será registrada al inicio del año escolar.

• Evaluación Formativa: es aquella que permite verificar los procesos, progresos y nivel de logros

de los aprendizajes propuestos; es un instrumento que valida las prácticas pedagógicas y sirve de

retroalimentación para los docentes y los alumnos(as). Esta

evaluación será aplicada de manera bimensual, y registrada en el Programa de Capacitación

Individual de cada alumno.

• Evaluación Final: Aquel proceso de verificación y determinación de los niveles de calidad con

que han logrado los objetivos propuestos en los programas de estudios, con el fin de registrar una

calificación de tipo acumulativo al alumno y que tiene incidencia en la promoción escolar. Se

realizará al finalizar el año académico, quedando registrada en el PCI de cada alumno, así como

también en el leccionario y Acta Final.

4. DE LOS RESPONSABLES DE LA EVALUACION

En el desarrollo de las Unidades de Aprendizaje, los alumnos podrán participar de instancias co-evaluativas

o auto-evaluativas; del tipo formativo, orientadas a la evaluación auténtica.

• Los resultados de las evaluaciones deberán ser registradas bimensualmente en el PCI, y al finalizar

el semestre serán registrada en los leccionarios.

• Las evaluaciones realizadas serán registradas en los instrumentos evaluativos propuestos por el

decreto 170/

• El profesor deberá analizar con los(as) alumnos(as) los resultados de los instrumentos o

procedimientos evaluativos empleados. Bajo el supuesto que la revisión y corrección del profesor

con los(as) alumnos(as), favorece la retroalimentación e incide en una mejora del aprendizaje.

• Todas las situaciones de evaluación de los alumnos, deberán quedar resueltas dentro del período

escolar.

5. DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS ESTUDIANTES

• Los(as) alumnos(as) serán responsables de participar en todas las instancias de evaluación

programadas.

22

• La asistencia de los(as) alumnos(as) a todo procedimiento de evaluación previamente fijado es

obligatoria.

• Cuando el alumno se ausente por un período prolongado y las evaluaciones pendientes hagan

compleja la aplicación tardía de ellas, se organizará un calendario de evaluaciones, el cual estará

mediado por el profesor de taller.

6. DE LAS CALIFICACIONES

En el contexto de la Educación Especial, se concibe la evaluación como un proceso permanente, continuo

y sistemático, mediante el cual se obtiene y analiza información relevante sobre todo el proceso de

enseñanza-aprendizaje, para formular un juicio valorativo que permita tomar decisiones adecuadas que

retroalimenten y mejoren el proceso educativo en sus diferentes dimensiones.

La característica de ser un proceso permanente significa que debe estar presente durante todo el desarrollo

curricular, a través de la evaluación diagnóstica, formativa y final.

Los alumnos de Educación Especial, serán evaluados mediante pautas de competencias y habilidades

laborales aprobadas por el Centro usando los siguientes criterios.

El área académica será evaluada utilizando los siguientes conceptos:

L: Logrado = La habilidad se presenta siempre y significa que el joven la ha consolidado.

E.D: En Desarrollo = La habilidad se presenta a veces y su logro está en proceso.

N.L: No Logrado = La habilidad no está alcanzada, y requiere de apoyo permanente para su realización.

8. DE LA INFORMACION DE RESULTADOS

La información sobre el avance educacional de los alumnos y alumnas serán entregadas a los padres,

apoderados y estudiantes, a través de las siguientes modalidades:

• Informes semestrales de calificaciones al término de cada semestre.

• Certificado de calificaciones finales al término del año escolar.

• Las calificaciones serán registradas por el profesor de asignatura en el Libro de clases y PCI, de

acuerdo a los plazos establecidos por reglamento.

9. DE LA PROMOCION DE ALUMNOS

Serán promovidos todos los alumnos de los cursos 1, 2 y 3, que hayan asistido a lo menos al 85% de las

clases considerando que se dispone de un plazo entre dos y cuatro años completos para el cumplimiento de

los Objetivos de Aprendizaje correspondientes a cada nivel. No obstante, la Dirección del establecimiento

podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de

salud u otras debidamente justificadas.

23

Serán promovidos al curso inmediatamente superior los alumnos que hayan:

• Alcanzado un 85% de aprobación, en todas las competencias avanzadas del PCI correspondiente,

un nivel establecido como LOGRADO.

• Alcanzado un porcentaje menor al 85, siempre y cuando el Equipo Multiprofesional estime que las

competencias socioafectivas y conductuales del alumno están debidamente desarrolladas. Este caso

será documentado mediante pautas de observación y actas de evaluación multidisciplinaria.

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Fundamentación

De acuerdo a las normativas legal vigentes y las directrices emanadas por el ministerio de Educación, el

Centro de Capacitación “Paulo Freire”, que atiende a jóvenes que presentan Necesidades Educativas

Especiales derivadas de una discapacidad intelectual, en concordancia con su proyectos educativo;

considerando los recursos humanos, técnicos, administrativos y materiales, ve la necesidad de establecer

ciertas normas internas para llevar a cabo mejor forma la labor educativa, dando cumplimiento así a los

principios y políticas educacionales de Supremo Gobierno, y al mismo tiempo cumplir con objetivo de

Centro de Capitación.

ARTÍCULO 1°. Objetivos.

Objetivo General

Establecer un marco de regulación de la convivencia escolar y resolución pacífica y consensuada de

conflictos, favoreciendo la interrelación armónica de todos los estamentos de la Unidad Educativa.

Objetivos específicos

1.1. El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la

comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con

especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión.

1.2. Asimismo, establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán

estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones

reparatorias para los afectados.

24

1.3. Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio

– afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros,

teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.

1.4. Valorar como indispensable la aplicación como estrategia metodológica de las prácticas restaurativas

y los círculos de diálogos, empleadas en cada aula como la primera instancia de resolución de

problemas.

1. El presente Reglamento Tipo tiene por objeto servir de pauta y orientación para que cada

establecimiento educacional pueda aplicarlo directamente, o bien para ajustar, complementar o

modificar su respectiva normativa interna sobre convivencia escolar.

ARTÍCULO 2°. Conceptos.

2.1. La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad

educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es

un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente

tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente

su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.

2.2. Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito

común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y

apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y

sostenedores educacionales.

2.3. Interés superior del estudiante: las leyes y las medidas que afectan a los estudiantes deben tener

primero en cuenta su interés superior y beneficiarlo de la mejor manera posible.

2.4. Bullying: se refiere a una situación social en la que uno o varios escolares toman como objeto de

actuación injustamente agresiva a otro compañero y lo someten, por tiempo prolongado a: agresiones

físicas, psicológicas, y verbales – burlas - hostigamiento – amenaza – aislamiento social- exclusión

social – aprovechándose de su inseguridad, miedo o dificultades personales para pedir ayuda o

defenderse.

2.5. Prácticas restaurativas: se han definido como una filosofía o un movimiento orientado a la

conciliación antes que a la imposición de una sanción o pena de carácter retributivo. En consecuencia,

se centra en la reparación del daño y en la reconciliación de las comunidades de una manera tal, que lo

que importa no es el castigo, sino reparar las relaciones que se dañan a partir del conflicto o de una

conducta que infringe los acuerdos de una comunidad.

25

2.6. Círculos de diálogos o restaurativos: los círculos restaurativos son una adaptación de prácticas

indígenas de todo el mundo, que enfatizan la reparación y aprendizaje a través de un proceso grupal

colectivo opuesto al castigo. Son experiencias enmarcadas en la filosofía de la justicia restaurativa y

rescatan creencias aborígenes sobre la necesidad de que las personas estén en buena relación con su

entorno.

Premisas de los círculos

- Hay un deseo universal de estar vinculado(a) con otros(a) de forma positiva.

- Todos compartimos valores clave que implican la vinculación positiva y respetuosa

- Todo en el universo esta interrelacionado, cada acción afecta el todo.

¿Qué sucede en un círculo?

Miembros de la comunidad escolar y personas involucradas en un conflicto o con interés de tratar un

asunto se reúnen y un facilitador(a) ayuda a mantener el proceso de diálogo y periódicamente sintetiza

la discusión.

Aplicación de los círculos ¿Cuándo?

- En la familia

- En el trabajo

- Entre amigos/a

- En la escuela o colegio

- En el sistema judicial

- En prisión

- En la comunidad

- En la municipalidad

- Todo marcha bien

- Ante un conflicto abierto

- Necesitamos reparar una relación dañada

- Hay deterioro en la comunicación

- Tenemos desacuerdo

- Compartir dificultades

ARTÍCULO 3°. Derechos y deberes de la comunidad educativa

3.1. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia

escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo, empatía y tolerancia.

3.2. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir

la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea

afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas

sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento

oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad

educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

26

ARTÍCULO 4°. Disposiciones generales de los apoderados.

4.1 Todos los alumnos deben tener un apoderado oficial que lo represente. En el caso que el apoderado no

pueda asistir al establecimiento cuando se le requiera debe nombrar un apoderado suplente (este debe

ser una persona responsable y mayor de edad quien deberá ser designada con anterioridad y quedar

registrada su identidad (nombres, apellidos, RUT, teléfono fijo y/o celular) en registro de libro de

clases.

4.2 Se solicita al apoderado usar un lenguaje moderado y respetuoso al dirigirse a todo el personal del

Establecimiento. Además, podrán requerir también el mismo trato.

4.3 El apoderado deberá cumplir con todos los compromisos que adquiera al matricular al alumno o alumna

del centro laboral.

4.4 El apoderado deberá asistir a reuniones de Microcentro y entrevista fijadas por los diferentes estamentos

del establecimiento. Su no concurrencia deberá ser justificada en forma escrita o personal

4.5 El alumno puede ser considerado su propio apoderado, siempre y cuando cumplan con; la mayoría de

edad, y las condiciones personales para desarrollar esta labor con responsabilidad. Estos casos serán

estudiados, caso a caso, por el consejo de profesores y serán ellos quienes resuelvan a favor o en contra

de estas solicitudes.

ARTÍCULO 5°. Encargado de Convivencia Escolar.

Será el Consejo Escolar el responsable de designar anualmente al encargado de Convivencia Escolar, quien

deberá ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y actividades preventivas, contenidas en el

Plan Anual de Convivencia Escolar, así como también investigar en los casos correspondientes e informar

sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. Esta designación será realizada en el mes de diciembre de

cada año.

ARTÍCULO 6°. Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La autoridad

competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas que

transgredan la sana convivencia escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente,

castigadas mediante un sistema gradual de sanciones. En el caso que sea el encargado de Convivencia

27

Escolar quien se encuentre involucrado en una situación anómala será el Gabinete Técnico quien designa a

uno de sus miembros como ente investigador.

ARTÍCULO 7°. Definición de maltrato escolar.

7.1. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica,

realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de

cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre

que pueda:

• Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica,

su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;

• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o

• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral,

intelectual, espiritual o físico.

7.2. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

7.2.1. Vocabulario: todo integrante del establecimiento debe tener un vocabulario adecuado, respetuoso

y de buenos modales entre sus pares y con el resto de la comunidad educativa.

7.2.2. Groserías: Todo miembro del establecimiento deberá ser muy cuidadoso en sus expresiones

evitando hacer uso de un lenguaje inadecuado, en la sala de clases, dentro o fuera del

establecimiento o en algún evento que represente a éste.

7.2.3. Apodos y Expresiones ofensivas: Los alumnos no deben valerse de las dificultades físicas de los

compañeros, profesores o algún miembro de la comunidad escolar para identificarlos, deben usar

sólo el nombre de pila en todo momento.

7.2.4. Actitudes: Se procurará siempre inculcar a nuestros alumnos que sus conversaciones no vayan

acompañadas de gestos ofensivos y/o despectivos que ofendan a humillen a sus compañeros.

También deben mantener actitudes de tolerancias, respeto y buena convivencia con todos los

integrantes de la comunidad educativa.

Todos los conceptos anteriormente descritos se traducen en las siguientes conductas:

• Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier

miembro de la comunidad educativa;

28

• Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro

de la comunidad educativa;

• Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro

de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características

físicas, etc.);

• Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación

económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad,

orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;

• Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad

educativa a través de chats, blogs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que

almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico y/o red social.

• Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar;

• Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito;

• Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya

sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos; o

• Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o

encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades

organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

ARTÍCULO 8°. Medidas y Sanciones Disciplinarias.

8.1. Se implementará en cada curso las prácticas restaurativas y los círculos de dialogo como estrategia para

la resolución de conflicto y evitar la aplicación del código de sanciones.

Esta técnica será aplicada en forma individual a los alumnos que lo requieran con la participación del

personal docente y/o familia según sea la circunstancia.

Se llevará registro en el libro de acta de cada taller de los casos en que se apliquen las practicas

restaurativas y los círculos de dialogo.

8.2. Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y especialmente

en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o sanciones disciplinarias:

29

a) Diálogo personal pedagógico y correctivo;

b) Diálogo grupal reflexivo;

c) Amonestación verbal;

d) Amonestación por escrito;

e) Comunicación al apoderado;

f) Citación al apoderado;

g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educación

o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar);

h) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las

drogas o sustancias ilícitas;

i) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros

alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras iniciativas;

j) Suspensión temporal;

k) Condicionalidad de la matrícula del alumno;

l) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar; o

m) Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad,

debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores,

con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas.

n) Denuncia a las autoridades respectivas (Supereduc, carabineros, PDI, tribunal correspondiente,

etc).

8.3. Criterio de graduación de falta

A. Falta leve: Actitudes y comportamiento que alteren el normal desarrollo del proceso de

Capacitación, que no involucren daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad. Ejemplo:

atrasos, uso indebido del celular o mp3, inasistencias injustificadas, salir de la sala sin motivo o

autorización, falta a la verdad, juegos brusco, usar lenguaje grosero y vulgar, etc.

B. Falta grave: Actitudes y comportamiento que atenten contra la integridad físico o psíquico de otro

miembro de la comunidad escolar y del bien común; así como acciones deshonestas que alteren el

30

normal proceso de capacitación. Ejemplo: agresión verbal o física a un integrante de la comunidad

educativa, dañar el bien común, escaparse del establecimiento, falta de respeto hacia su cuerpo.

C. Falta gravísima: Actitudes y comportamiento que atenten gravemente contra la integridad física o

psíquica de miembros de la comunidad educativa como tráfico y/o consumo de drogas y alcohol en

el establecimiento, robo, abuso sexual, bullying, porte de armas de fuego o corto punzantes, y toda

aquella conducta que el equipo multidisciplinario considere como tal. También se considera en este

rubro el incumplimiento de compromiso asumido por el apoderado o tutor en cuanto a tratamientos

médicos o de otra especialidad.

D. Todo suceso que ocurra fuera del establecimiento, en horario no académico, será de responsabilidad

del apoderado.

8.4. Código de medidas y sanciones

A. Falta leve:

- Circulo de dialogo con el alumno, profesor de talle y/o Psicóloga.

- Prácticas restaurativas.

- Amonestación verbal

- Registro en Leccionario.

- Entrevista con el apoderado si el caso lo amerita.

- Reparación del daño material.

- Trabajo interno de beneficio comunitario.

B. Falta Grave:

- Practica restaurativa, circulo de dialogo con el alumno a nivel jefatura técnica y/o Psicóloga.

- Registro en el leccionario.

- Entrevista con el apoderado.

- Reparación del daño material.

- Firma de condicionalidad de matrícula por parte del apoderado.

- Cancelación de Matricula.

C. Falta Gravísima:

- Practica restaurativa, dialogo personal con el alumno a nivel Dirección. Docente, padres y

psicóloga.

31

- Registro en el leccionario.

- Entrevista con el apoderado y Dirección.

- Firma de extrema condicionalidad de matrícula por parte del apoderado.

- Cancelación de Matrícula.

- Denuncia a entidad correspondiente

8.5. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en

normas internas, así como en la legislación pertinente.

8.6. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer

medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al

establecimiento.

ARTÍCULO 9°. Criterios de aplicación.

9.1. Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y

para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando

la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la

formación del responsable.

9.2. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:

a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;

b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;

c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

• La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores;

• El carácter vejatorio o humillante del maltrato;

• Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro;

• Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa;

• Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento

d) La conducta anterior del responsable;

e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;

f) La discapacidad o indefensión del afectado

32

ARTÍCULO 10°. Obligación de denuncia de delitos.

Todo miembro de la comunidad educativa tiene la obligación de denunciar cualquier acción u omisión que

revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones,

amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u

otros. Será responsabilidad de Directivos (Administrador, Director, Gabinete Técnico y/o Docente), realizar

y/o coordinar la denuncia ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del

Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome

conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal

Penal.

ARTÍCULO 11°. Reclamos.

11.1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma

verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento (Docente; Asistente de Aula, Directivos),

la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al

debido proceso de investigación.

11.2. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción

disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo

ARTÍCULO 12°. Protocolo de actuación

12.1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas

correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por

su dignidad y honra.

12.2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del

establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener

acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad

pública competente.

12.3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho

de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

33

ARTÍCULO 13°. Deber de protección.

13.1. Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección y apoyo a este y su familia y a la vez;

mantener informada de todo el proceso.

13.2. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y

se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto

último ponga en peligro su integridad.

ARTÍCULO 14°. Notificación a los apoderados.

Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados.

Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella.

Quien informará de dicho proceso, será el responsable de la investigación.

ARTÍCULO 15º. Investigación.

15.1. El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos,

entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida

que estime necesaria para su esclarecimiento. Con excepción que sea dicho encargado el sujeto a

investigar, siendo responsabilidad de Gabinete técnico determinar al nuevo responsable.

15.2. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotados la investigación, el encargado

deberá presentar un informe a la Dirección o autoridad competente del establecimiento, para que se

aplique una medida o sanción si procediere.

15.3 El plazo para realizar esta investigación será de 7 días hábiles, desde el conocimiento de la denuncia.

ARTÍCULO 16°. Citación a entrevista.

16.1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente

deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes

involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes.

Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos

o sólo entre adultos.

16.2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a

cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se

34

cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia

de esta circunstancia en libro de actas correspondiente.

16.3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los

antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien

podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.

ARTÍCULO 17°. Resolución.

La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el

reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión

adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes de manera escrita y/o verbal, registrada en

libro de actas.

ARTÍCULO 18°. Medidas de reparación.

En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como

la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en

disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la

autoridad competente determine.

ARTÍCULO 19°. Recursos.

Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por la

autoridad competente, dentro de un plazo razonable que no exceda los 7 días hábiles de conocer la

resolución.

ARTÍCULO 20°. Mediación.

El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza

como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este

sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, otros miembros de la comunidad educativa y

especialistas.

35

ARTÍCULO 21°. Publicidad.

El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión

acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles,

para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.

PLAN DE FORMACIÓN DOCENTE.

La Ley Nº 20.903, que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, es uno de los pilares de la

Reforma Educacional en marcha. En este Sistema, se establecen transformaciones para dar solución e

intervenir en materias propias de la profesión docente, las necesidades de apoyo a su desempeño y su

valoración.

El objetivo de la Ley que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente es reconocer la docencia y

apoyar su desempeño, con el fin de garantizar una educación de calidad para todas y todos. Por eso dentro

de los cambios que establece, está el incremento de horas no lectivas para todas las y los profesionales de

la educación de establecimientos escolares que reciben financiamiento del Estado. La Ley establece un

primer incremento desde el inicio de este año escolar 2017 y un segundo aumento desde el 2019. Este

beneficio es para todos y todas las profesionales de la educación de establecimientos escolares que reciben

financiamiento del Estado (municipales, particulares subvencionados y de administración delegada),

incluyendo a educadoras de párvulos de prekínder y kínder, a educadoras diferenciales de Programas de

Integración (PIE) y de escuelas especiales, docentes de la modalidad técnico profesional, etc.

Para apoyar su correcta implementación, el Ministerio de Educación ha dispuesto un documento de

orientaciones que además de las orientaciones generales, incluye una guía para su aplicación en el nivel de

Educación Parvularia (NT1 y NT2) y en escuelas de Educación Especial Diferencial y establecimientos

educacionales con PIE. Asimismo, incluye aspectos de la legislación laboral que deben considerarse en este

proceso. Esta ley instaura un sistema universal que incorporará gradualmente a todas las educadoras y los

educadores, profesoras y profesores que trabajan en establecimientos que reciben financiamiento del Estado.

En consecuencia, se presentan en este Plan de Formación Docente, valores y compromisos de nuestro de

Centro de Capacitación Laboral, así como un marco de trabajo y acciones concretas para finalmente

sistematizar las horas cronológicas no lectivas, todo lo anterior para otorgar apoyo al desempeño de nuestro

equipo docente y valorarlos como uno de los ejes fundamentales de nuestra modalidad educativa.

36

VALORES DE NUESTRO PROGRAMA DE FORMACION DOCENTE

Hemos definido valores transversales y primordiales que sustentas nuestro programa.

1.-Destacamos el compromiso y responsabilidad de nuestros profesionales, quienes aplican con ética,

eficacia y pertinencia procedimientos técnicos en pro de nuestros estudiantes.

2.- Creemos firmemente que nuestros estudiantes tienen derecho a recibir una educación de calidad con

equidad.

3.- Promovemos un clima laboral adecuado según lo establecido en el marco de la buena enseñanza y la ley

20.501 art. 8 bis.-

De esta forma los y las profesionales de la educación participan de forma activa, en un ambiente de confianza

sintiéndose valorados y respetados.

COMPROMISOS DE NUESTRO PROGRAMA DE FORMACIÓN DOCENTE

Hemos establecido lineamientos de compromisos con el programa por lo que el Establecimiento procurará

1.- Otorgar a sus docentes un ambiente de trabajo cálido y apropiado a sus necesidades de desarrollo y

realización personal.

2.- Una dirección tolerante, respetuosa, clara y consistente con los objetivos del sistema escolar y en

particular con los del Centro de Capacitación Laboral de Educación Especial Paulo Freire.

3.- Se privilegiará el trabajo y la participación en equipo a fin de lograr objetivos motivadores y

consensuados dentro del marco institucional.

4.- Se procurará otorgar retroalimentación permanente respecto a las metas y objetivos de corto y largo

plazo, a fin de trabajar permanentemente dentro de parámetros justos, éticos y legítimos. Al mismo tiempo,

el equipo directivo coevaluará su qué hacer de forma semestral.

MARCO DE TRABAJO

Para llevar a cabo nuestro programa y de esta forma la implementación de la ley de Desarrollo Profesional

Docente, se establecerá un marco de trabajo primario en nuestro Centro de Capacitación Laboral de

Educación Especial Paulo Freire:

1. Mantener constantemente informados a los docentes de toda la normativa vigente que involucra su

quehacer profesional.

2. Establecer orientaciones acerca del uso de las horas de completación contemplando siempre acuerdos

sobre su uso.

37

3. Motivar a todos los docentes a mantenerse en constante perfeccionamiento profesional, asistiéndolos(as)

en la búsqueda y elección de cursos de perfeccionamiento.

4. Otorgar las facilidades para que los docentes puedan asistir a cursos y charlas de perfeccionamiento.

5. Establecer políticas internas de ayuda al enriquecimiento cultural de los docentes.

6. Dar las instancias para que se genere una transferencia técnica pedagógica permanente entre los

profesionales Centro de Capacitación Laboral Paulo Freire, tanto con instancias de auto capacitación y de

retroalimentación entre pares.

7. Ejercer un liderazgo que acompañe y respalde al docente en su labor.

ACCIONES CONCRETAS

Hemos establecido acciones a ejecutar de manera concreta para esclarecer la labor y el apoyo a los y las

docentes.

1. Se otorga a los y las docentes una bitácora semanal que deben llenar y entregar a UTP con las actividades

desarrolladas en sus horas no lectivas, realizadas en la semana.

2. Los y las responsables del Plan de Desarrollo Docente se comprometen a ejecutar las siguientes acciones

para el perfeccionamiento de los profesores:

• Investigar la oferta de cursos.

• Informar a los y las docentes de los cursos seleccionados.

• Motivar a los y las docentes a inscribirse, en cursos.

• Dar a conocer sus logros al resto de sus colegas.

• Preparar y socializar temas técnicos que se deriven de las jornadas de acompañamiento estas temáticas se

deben dar a conocer en los consejos técnicos programados

SISTEMATIZACIÓN DE HORAS

La Ley define como actividades curriculares no lectivas aquellas labores educativas complementarias a

la función docente de aula, relativa a los procesos de enseñanza-aprendizaje considerando, prioritariamente,

la preparación y seguimiento de las actividades de aula, la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes,

y las gestiones derivadas directamente de la función de aula. Asimismo, se considerarán también las labores

de desarrollo profesional y trabajo colaborativo entre docentes, en el marco del Proyecto Educativo

Institucional y del Plan de Mejoramiento Educativo del establecimiento, cuando corresponda.

Por lo tanto, se sistematiza el horario no lectivo definiendo

38

1.- Consejo Técnico- Administrativos: en los cuales se tratarán temas pertinentes al qué hacer en el

Establecimiento, organizar y estipular lineamientos, resolución de situaciones de forma grupal, coordinación

de actividades relacionadas con el ámbito educativo, así como la elaboración de proyectos en conjunto, entre

otros puntos a abordar.

2.- Reuniones por curso con apoyo de equipo multiprofesional: en las cuales se precisarán

lineamientos de planificación y evaluación por nivel, preparación de clases (guías, materiales, etc.),

elaboración de instrumentos de evaluación, etc., así como orientaciones por parte del equipo

multidisciplinario definiendo modalidades de trabajo.

3.- Consejo intercambio de saberes: en los cuales se realizarán intercambio de conocimientos y

técnicas de trabajo, así como reciprocidad en relación a perfeccionamientos o capacitaciones que los y las

docentes hayan adquirido; al mismo tiempo promover una instancia en la cual exista un traspaso de saberes

(libros, actividades culturales, etc.)

4.- Horario de trabajo técnico: en el cual se realizarán trabajos y actividades de tipo técnico, como

atención a estudiantes, atención a apoderados, entre otros.

Cada punto a abordar se registra en protocolos específicos que se anexan al final de este Plan de Formación

Docente.

REGISTRO SEMANAL DE HORAS CRONOLÓGICAS NO LECTIVAS

Nombre Profesor (a):

Horas Cronológicas de Contrato:

Horas Cronológicas No Lectivas:

Horario Consejo Técnico Administrativo:

Horario Reuniones por curso con apoyo de equipo multiprofesional:

Horario consejo intercambio de saberes:

Horario trabajo técnico:

PLAN DE FORMACIÓN CIUDADANA CENTRO DE CAPACITACIÓN LABORAL

PAULO FREIRE

La ley nº 20.911 dispone que todos los Establecimientos Educacionales reconocidos por el Estado deberán

incluir en los niveles educativos que impartan –Parvularia, básica y/o media— un plan de Formación

39

Ciudadana, que integre y complemente las definiciones curriculares nacionales para brindar a las y los

estudiantes la preparación necesaria en este ámbito, formando jóvenes que sean capaces de construir una

sociedad basada en el respeto, la tolerancia, la transparencia, la cooperación y la libertad.

La formulación del plan se plantea como el resultado de un proceso de reflexión de toda la Comunidad

Educativa (directivos, estudiantes, familias, docentes y asistentes de la educación). Lo importante es tener

siempre presente que este es un proceso reflexivo vinculado a la educación sobre instituciones y el estado;

la construcción de la identidad local o nacional y global; la valoración del patrimonio, la inclusión, la

diversidad y la multiculturalidad; la defensa de los derechos humanos y la memoria; la participación en el

espacio público; la probidad y la trasparencia.

Celebramos que nuestras niñas, niños y jóvenes se beneficien con conocimientos, con herramientas y

valores esenciales para la convivencia social y la vida en democracia. y hoy estamos trayendo de vuelta a

las escuelas, la educación ciudadana”. Presidenta Michelle Bachelet, 28 de marzo de 2016.

En consecuencia, definimos nuestro Plan de Formación Ciudadana en base a una división de potenciales

habilidades y actitudes de nuestros y nuestras jóvenes con la finalidad de promover esta participación

anteriormente mencionada, otorgando entonces ejes temáticos que guían nuestro plan y finalmente

implementación mediante acciones concretas.

1.- MARCO DE HABILIDADES Y ACTITUDES PARA LA FORMACIÓN CIUDADANA.

a) HABILIDADES SOCIALES:

- Compromiso con los valores democráticos culturales de nuestro país y de los problemas emergentes

de su colegio y comunidad.

- Pensamiento crítico ante temas relevantes de formación ciudadana.

- Comunicación con su grupo de pares ante temas de la comunidad.

b) ACTITUDES:

- Demostrar valoración por la vida en sociedad para el desarrollo y el crecimiento de la persona.

- Demostrar valoración por la democracia, reconociendo su importancia para la convivencia y el

resguardo de derechos.

- Comportarse y actuar en la vida cotidiana según principios y virtudes ciudadanas

40

- Establecer lazos de pertenencia con su entorno social y natural.

- Participar solidaria y responsablemente en las actividades y proyectos del establecimiento.

- Respetar y defender la igualdad de derechos esenciales de todas las personas, sin distinción de sexo,

edad, condición física, etnia, religión o situación económica.

- Respetar y defender la igualdad de derechos entre hombres y mujeres.

- Reconocer la importancia y la dignidad de todos los trabajos, valorando y respetando a las personas

que los realizan.

- Trabajar en forma rigurosa y perseverante, con espíritu emprendedor y con una disposición positiva

a la crítica y la autocrítica.

2.- EJES TEMATICOS QUE GUIARAN NUESTRO PLAN DE FORMACIÓN CIUDADANA SON

LOS SIGUIENTES:

- Ciudadanía

- Derechos humanos y derechos del niño

- Valores personales y sociales

- Ciudadanía sustentable

- Participación juvenil

Objetivo general:

Propiciar el aprendizaje en las y los jóvenes de aquellos temas relevantes para la Formación Ciudadana, con

foco en la Educación Cívica, con el fin de promover una participación activa en la comunidad y sociedad.

Objetivos específicos:

- Promover la comprensión y análisis del concepto de ciudadanía, y los deberes y derechos

asociados a ella.

- Fomentar en los y las estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica y responsable.

- Promover el conocimiento, comprensión y compromiso de los y las estudiantes con los derechos

humanos.

- Fomentar en las y los estudiantes la valoración de la diversidad social y cultural del país.

- Fomentar la participación de los y las estudiantes en tema de interés público.

- Garantizar una gestión y una cultura democrática y ética en la escuela.

3.- IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES CONCRETAS:

41

- Planificación curricular que tenga como objetivo el desarrollo de la ciudadanía, la ética y cultura

democrática.

- Realización de talleres y actividades extra programáticas en que haya una retroalimentación de

la comunidad educativa.

- Formación de docentes y directivos en relación con los objetivos establecidos en la ley.

- Actividades para promover una cultura de diálogo y sana convivencia escolar

ACTIVIDADES:

Actividades Permanentes:

- Fichero informativo

- Ciudadanía sustentable

- Efemérides del día

Actividades I semestre:

- Elección directivas de curso

- Semana del patrimonio cultural

- Wetripantu

- Día de la Convivencia Escolar

Actividades II semestre:

- Día de la discapacidad

- Jornada de reflexión derechos del niño

PLAN DE APOYO A LA INCLUSIÓN

La educación es una fuente de transformación de promover diversos caminos para que el educando sea un

sujeto capaz de construir su autonomía.

42

Introducción

El sistema educativo está inmerso en una sociedad en constante transformación y son las escuelas las que

deben adaptar su organización a las nuevas realidades. El derecho a la educación que se reconoce para las

personas con discapacidad en el artículo 24 de la Convención Internacional de Naciones Unidas, reivindica

necesariamente, un sistema educativo inclusivo, para todas las personas y en todos los niveles escolares. Se

trata de un imperativo legal en el que no cabe la educación especial, que debe ir migrando –en un periodo

razonable‐ hacia estructuras y prácticas plenamente inclusivas para todo el alumnado, sin distinciones, ni

acepciones. A día de hoy, entendemos que la atención a la diversidad va mucho más allá de la integración

y que debe plantearse desde la inclusión, que promueva, la presencia, la participación y el progreso de todo

el alumnado. No se trata de acomodar a los alumnos considerados especiales dentro de un sistema escolar

que permanece inamovible, que lejos de ayudarlos los aleja de este objetivo y contribuye además, a mantener

la situación de la educación especial como un ámbito de trabajo aislado y estancado. Se trata de avanzar

hacia una educación inclusiva, donde el objetivo es reestructurar las escuelas para que den respuesta a las

necesidades educativas de todos los alumnos. (Ainscow, 1998).

El papel de las familias es imprescindible en el proceso de la educación de su hijo. Estas, son las que ayudan

a mejorar el rendimiento y los progresos del alumnado, sobre todo en los aspectos de la competencia de

autonomía e iniciativa personal, aspectos emocionales, actitudes y valores ante el esfuerzo, en el estudio y

en otros aspectos del desarrollo y crecimiento. La familia y la escuela se necesitan, no se puede conseguir

la mayoría de los logros sin un planteamiento común, sin compartir, sin ayudarse, sin trabajar al unísono

unas veces y complementándose en otras. Implicarse y coordinarse todos los agentes, permite construir

relaciones de trabajo positivas, con una red de apoyos que favorecerán el desarrollo de las diversas

capacidades, así como la promoción de la autonomía personal de todo el alumnado. Mientras existan, como

en nuestro sistema educativo, modalidades de escolarización especiales, la decisión de los padres y madres

tiene un papel decisivo en la libertad de elección de centro educativo y en las opciones que se aportan: es

importante que estas decisiones estén bien fundamentadas en el proyecto de vida futura de sus hijos, que

cuenten con la conformidad de los progenitores y que no sean impuestas por los centros o la administración

educativa.

Un planteamiento inclusivo de la educación implica construir una escuela que está abierta a todos. No es

necesario seleccionar los estudiantes: todos deben ser recibidos, da igual cuales sean sus características

personales y sus necesidades educativas. El centro educativo donde pueden ser escolarizados los niños y

niñas es indiscutible: un colegio ordinario, el mismo donde van sus hermanos, sus amigos, sus vecinos. Pero

a la vez, la inclusión también beneficia a toda la sociedad, la comunidad de la cual formamos parte (personas

con capacidades diversas).

43

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948. art.26) recoge que "Toda persona tiene derecho

a la educación.... La educación se dirigirá al pleno desarrollo de la personalidad humana y a fortalecer el

respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales..."

La Conferencia Mundial sobre necesidades educativas especiales (Salamanca, 1994) proclama que todos

los niños de ambos sexos tienen un derecho fundamental a la educación, y debe dárseles la oportunidad de

alcanzar y mantener un nivel aceptable de conocimientos, cada niño tiene características, intereses,

capacidades y necesidades de aprendizaje que le son propios, los sistemas educativos deben ser diseñados

y los programas aplicados de modo que tengan en cuenta toda la gama de esas diferentes características y

necesidades. Se trata de un acuerdo internacional para universalizar el acceso a la educación de todas las

personas sin excepción y promover la equidad.

El Informe de la UNESCO sobre la Educación para el siglo XXI (1996), en un afán por democratizar la

educación propone un nuevo modelo en el que se ofrecen las mismas oportunidades a todos los individuos

de una misma comunidad. "La Educación Inclusiva implica que todos los niños y niñas de una determinada

comunidad aprendan juntos independiente de sus condiciones personales, sociales o culturales, incluso

aquellos que presentan discapacidad" (UNICEF, UNESCO).

También la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006 dedica

su artículo 24 al derecho a la educación. La redacción de este artículo configura este derecho desde una

perspectiva de derechos humanos, de acuerdo con el modelo social de la discapacidad, presente en toda la

Convención, y de acuerdo con sus principios generales.

El enfoque de educación inclusiva, se basa en la valoración de la diversidad como elemento enriquecedor

del proceso de enseñanza-aprendizaje y en consecuencia favorecedor del desarrollo humano. Reconoce que,

lo que nos caracteriza es precisamente el hecho de que somos distintos los unos a los otros y que por tanto,

las diferencias son inherentes al ser humano y no excepciones. Desde esta visión, la escuela no debe

obviarlas y actuar como si todos los niños aprendieran de la misma forma, bajo las mismas condiciones y a

la misma velocidad, sino por el contrario, debe desarrollar nuevas formas de enseñanza que tengan en cuenta

y respondan a esa diversidad de características y necesidades que presentan los alumnos, llevando a la

práctica los principios de una educación para todos y con todos.

Criterios para la inclusión efectiva en el ámbito escolar

1. Presencia

La presencia es, en términos gruesos, la condición básica y piso mínimo para que la inclusión sea posible.

No existe inclusión si no se está presente, si no hay encuentro real, sistemático y horizontal entre personas

44

y grupos diversos. Podríamos decir que la presencia se encuentra en el polo opuesto de la segregación. Por

este motivo, si bien la Ley de Inclusión Escolar favorece la presencia más heterogénea de estudiantes en

cada establecimiento al eliminar la selección y el cobro, el principio de Presencia puede iluminar más allá

del acceso, las decisiones pedagógicas e institucionales en los distintos ámbitos del quehacer educativo y la

vida escolar. Por una parte, todas las acciones para favorecer la acogida, inducción y permanencia de los

estudiantes, así como aquellas acciones que previenen el distanciamiento y el abandono escolar, constituyen

iniciativas que incorporan el principio de presencia en términos de acceso. En un nivel más profundo, todas

las acciones que favorecen el encuentro de la heterogeneidad en las actividades curriculares y en la vida

escolar permiten profundizar la incorporación de este principio desde una perspectiva propiamente

educativa. La distribución heterogénea de estudiantes en los distintos cursos de un mismo nivel, la

organización diversa de grupos de trabajo en el aula y fuera de ella, el seguimiento que hace el profesor o

profesora jefe a los vínculos que cada estudiante establece dentro de su curso, son algunas oportunidades en

que una escuela puede favorecer la heterogeneidad, el encuentro, la colaboración y la mutua valoración

entre estudiantes y grupos diversos.

2. Reconocimiento

Un aspecto fundamental que caracteriza a una propuesta educativa inclusiva es su adecuación a las y los

estudiantes reales, su capacidad de ofrecer un camino de aprendizaje pertinente y relevante para cada uno y

cada una, y que por lo tanto valida y considera sus particularidades como información pedagógica

fundamental. Sin embargo, no siempre las formas en que construimos conocimiento sobre los estudiantes

nos ayudan a perfilar nuestra acción educativa. A la inversa, a menudo nuestras formas de conocer reafirman

las situaciones de exclusión educativa y, aún más, muchas veces constituyen el mecanismo a través del cual

la exclusión es producida.

2. Pertinencia

El principio de pertinencia apunta directamente a la necesidad de construir una propuesta educativa en

función de la realidad de las y los estudiantes que forman parte de ella. Un enfoque inclusivo requiere que

el conocimiento y valoración de las características de cada uno de los miembros de la comunidad educativa

se manifiesten y estén representadas en las decisiones clave de la vida escolar, de manera que sea posible

construir pertenencia y sentido de comunidad a partir de esta diversidad. La pertinencia implica desarrollar

marcos de participación y expresión de todos los individuos y colectivos que forman una comunidad en

aspectos tan centrales como la forma de abordar el currículum, los marcos de interacción y participación y

45

la vinculación con el contexto, de modo que sean significativos a la experiencia e identidad de las y los

estudiantes.

Fundamento Psicopedagógico del trabajo en inclusión

Supuestos Fundamentales del quehacer pedagógico:

Ningún niño o niña es igual a otro(a). Este principio básico, debe ser el eje de los procesos educativos en el

Centro de capacitación laboral educación especial Paulo Freire. Así como no existe niño igual a otro, de la

misma manera se puede afirmar que no todos los niños y niñas aprenden de igual manera

Dentro de la Teoría Curricular, importa no sólo el qué enseñar (objetivos generales), el cuándo enseñar

(objetivos y contenidos de área en ciclo o curso) sino también el cómo enseñar (estrategias metodológicas)

y el qué, cómo y cuándo evaluar (estrategias y procedimientos de evaluación). Las estrategias metodológicas

son el punto de fusión entre los objetivos y los contenidos. Por ello no existe un método mejor que otro en

términos absolutos, la "bondad" de los métodos depende de la situación concreta a la que se deseen aplicar:

nivel educativo, área curricular, situación de aprendizaje... En términos relativos, una estrategia

metodológica es más adecuada cuanto más se ajusta a las necesidades y maneras de aprender del alumno.

Un método es un camino hacia algo para alcanzar un cierto objetivo o meta propuesta de antemano. Las

múltiples opciones pedagógicas que se presentan al colegio obligan a que su Currículum tenga, al menos,

las siguientes características:

➢ Abierto: para incorporar nuevos aprendizajes y facilitar la apertura a las realidades sociales,

potenciando la creatividad del Profesor.

➢ Flexible: ante las nuevas exigencias del saber y de las distintas realidades ambientales, personales

y sociales. Por otro lado, debe ser adaptable a los alumnos y alumnas y a los profesores en un

contexto determinado.

➢ Equilibrado: recogiendo todos los aspectos de una educación integradora, de una manera

equilibrada. Por ello trata de facilitar el desarrollo armónico de la personalidad y una adecuada

educación integral. Los elementos básicos que debe incorporar son capacidades – valores como

objetivos y contenidos – métodos – actividades como medios, tratando de buscar un equilibrio entre

la teoría y el desarrollo curricular.

➢ Integrador: de las diversas áreas y sectores de aprendizajes y de saberes para la vida, a partir de

núcleos conceptuales y redes semánticas. A veces, sobre todo en la Educación Básica, debe poseer

una dimensión globalizadora y una dimensión multidisciplinar, integrando las asignaturas clásicas

en sectores de aprendizajes.

46

➢ Favorecedor del aprendizaje significativo: dando importancia a los conceptos previos y andamios

y esquemas previos de los alumnos y alumnas. Además, trata de favorecer que los alumnos y

alumnas encuentren sentido a lo que aprenden potenciando la construcción de redes semánticas y

conceptuales, facilitadoras de la consonancia cognitiva y de la reconciliación integradora.

➢ Motivante: tratando de favorecer el impulso cognitivo y la curiosidad por el saber, en cuanto

facilitador de la motivación intrínseca, entendida como mejora del propio yo. El sentido del logro

o del éxito personal es básico, ya que el éxito motiva más que el fracaso. También ha de ser relevante

el sentido afiliativo como favorecedor del aprendizaje cooperativo entre iguales.

➢ Favorecedor del aprendizaje constructivo: donde alumnos y alumnas son los principales

constructores de su propio aprendizaje a partir de los conceptos previos, potenciando el conflicto

cognitivo y el aprendizaje por descubrimiento. La ayuda pedagógica debe ser entendida como una

mediación del aprendizaje y la cultura.

➢ Dinámico: Debe ser capaz de ajustarse permanentemente a los cambios y exigencias sociales,

laborales y a los requerimientos de la vida adulta y a las necesidades e intereses de los propios

alumnos y alumnas.

Con respecto al accionar de los dos agentes principales del quehacer educativo, como lo son el alumno y el

profesor, en el primero trata de primar más la visión sicológica de los aprendizajes que la construcción

lógica de las disciplinas, siendo selectivo en sus contenidos, favorecedor del aprendizaje funcional y

preparatorio para la vida, en relación con la experiencia vital; mientras que con respecto al profesor, a éste

le corresponde actuar como mediador de la cultura social e institucional, incorporando el ambiente al

aprendizaje y potenciando los procesos de aprendizaje (cómo aprende el que aprende y qué sentido tiene lo

que aprende).

En el Centro de capacitación laboral educación especial Paulo Freire el alumno debe ser considerado como

una persona que tiene talentos y capacidades naturales y aprendidas, que son valiosas para su desarrollo

educativo (contextualización) y, por lo tanto, el proceso de enseñanza aprendizaje consiste en el desarrollo

de habilidades cognitivas, socio afectivas, valóricas y socio laborales que permitan que éstos tengan una

vida académica y personal de acuerdo a los principios que tiene el Centro de capacitación laboral educación

especial Paulo Freire.

El Centro de capacitación laboral educación especial Paulo Freire, de acuerdo a lo anterior, debe

comprenderse como una instancia de crecimiento de la persona, donde el aprendizaje sea un proceso de

construcción, (constructividad) más que un proceso de transferencia, por lo que debe organizar todos los

recursos humanos, materiales y metodológicos para apoyar la autonomía, la integración, la valoración, el

crecimiento y el conocimiento del educando.

47

El conocimiento científico, el arte y la técnica se expresarán curricularmente en sectores y subsectores que

serán de permanente descubrimiento y redefinición de sus límites, lo que lleva a ampliar el foco del

conocimiento, ofreciendo no sólo los conceptos, criterios o procedimientos, sino también, elementos sobre

los procesos de construcción o descubrimiento.

Proceso Pedagógico

El trabajo pedagógico tiene por centro la actividad de los alumnos, sus características, sus conocimientos y

experiencias previas (contextualización). Se centrará el trabajo pedagógico en el aprendizaje más que en la

enseñanza, lo que implica, desarrollar estrategias pedagógicas flexibles y adaptadas a los diversos ritmos y

estilos de aprendizaje de los alumnos (diferenciación), y reorientar el trabajo escolar desde su forma actual,

predominantemente lectiva, a otra que sea necesaria y eficiente en relación a contextos y propósitos

determinados (constructividad), sean adecuadamente complementada y enriquecida con actividades de

indagación y de creación por parte de los alumnos, tanto en forma individual como colaborativamente. A

través de estos procedimientos didácticos se busca lograr el aprendizaje de capacidades de orden superior

como las de análisis, interpretación y síntesis de información, procedente de una diversidad de fuentes; las

de resolución de problemas; las de comprensión sistémica de procesos y fenómenos; las de comunicación

de ideas, opiniones y sentimientos de manera coherente y fundamentada; las de trabajo en equipo; las de

manejo de la incertidumbre y adaptación al cambio (orientado hacia metas).

Con el fin de operacionalizar a nivel micro curricular esta propuesta, se estructurarán las planificaciones

sobre la base de un modelo pedagógico que posibilite la congruencia entre objetivos, métodos y evaluación,

fase de un solo proceso que debe converger en la categoría aprendizaje que se desea privilegiar:

reproductiva, analítico, crítica, creativa y productiva. La utilización de materiales diversos, que en lo

posible, sean de utilidad para todos los alumnos, es un criterio fundamental de respuesta a la diversidad. El

papel del profesional de apoyo en este aspecto, es sugerir y ayudar al profesor a seleccionar el material más

adecuado para el grupo. En el caso de los alumnos que presentan dificultades o desfases importantes para

acceder a los contenidos de la enseñanza, el especialista puede colaborar en la adaptación de los materiales.

Visión

Queremos ser un referente educativo para nuestra comunidad como Centro Integral de Formación socio

laboral. Atendiendo adecuadamente a todos los aprendices, con el fin de desarrollar la Autodeterminación

necesaria para una eficaz incorporación a la vida y el mundo del trabajo.

Innovamos en estrategias utilizando terapias complementarias y destacándose métodos como Prácticas

restaurativas y Círculos de diálogo, desarrollando proyectos que complementen la formación integral de los

48

jóvenes aprendices, impulsando alianzas con centros educativos, empresas y otras entidades que apoyen la

misión del Centro laboral.

Las siguientes consideraciones están a la base de los valores y actitudes del hombre y mujer que quiere

formar el Centro de capacitación laboral educación especial Paulo Freire. En estos valores se funda la

identidad que se quiere en cada niño y niña, en cada docente, apoderado y comunidad que con una actitud

de compromiso asume el Proyecto Educativo de esta institución:

a) Respeto y disciplina como valores fundamentales para orientarse hacia el logro.

b) Autonomía fundamentada en deberes y derechos de los alumnos y de toda la comunidad educativa

c) Sentido de trascendencia, formación integral de la persona humana. Sentido de pertenencia y

valoración de sus raíces étnicas y de relación son la tierra.

d) Superación personal y protagonismo (igualdad de oportunidades)

e) Autoestima y ambición: sentido de seguridad personal, volar alto.

f) Confiabilidad (el individuo como alumno y persona es digno de confianza).

La vivencia de los valores comprometidos favorecerá el logro de los SELLOS Y OBJETIVOS

institucionales tendientes a lograr:

➢ Una escuela INCLUSIVA, a escala humana, donde cada niño sea conocido, acogido y valorado en

su individualidad.

➢ Una escuela que orienta los procesos escolares a la motivación, las altas expectativas y el logro en

un contexto en el que cada niño y niña se siente querido y aceptado en lo que es y motivado al logro.

➢ Una escuela tolerante, respetuosos de la individualidad de cada persona en todos sus ámbitos.

➢ Una escuela de familias abiertas a la comunicación y comprometidas con el proyecto común de

educar a sus hijos.

➢ Una escuela que sea expresión de amor al entorno natural en que se vive en la zona sur de Chile.

Por tanto, con una clara opción por el cuidado, respeto y amor por el medioambiente.

➢ Una escuela fundada en los valores universales del Amor, la Belleza, la Libertad, la

Responsabilidad, la Justicia y el Respeto.

Misión

El Centro de capacitación laboral educación especial Paulo Freire tiene como misión:

49

Como Centro de Capacitación Laboral de Educación Especial brindamos una opción educativa innovadora,

multidisciplinaria, cálida y participativa a los alumnos con NEE derivadas de Discapacidad Intelectual.

Basándonos en el desarrollo de competencias socio-laborales para favorecer la integralidad del joven,

valorando su esencia humana que guiará finalmente sus procesos cognitivos, individuales y sociales.”

Ley de inclusión

La Legislación Chilena establece y consagra los derechos para todos los miembros de la Comunidad

Educativa (A partir de 1° marzo 2016)

➢ La ley regula las normas de protección de los estudiantes, la repitencia, la cancelación de matrícula

y prohíbe la expulsión por cambio de estado civil de los padres, rendimiento académico, o no pago

de obligaciones durante el año escolar.

➢ Se establecen reglas generales para los procesos de admisión de todos los establecimientos con

reconocimiento oficial y acción de no discriminación arbitraria de la Ley Nº 20.609.

➢ Se reconoce el derecho de los padres, madres y apoderados a asociarse libremente.

Igualmente, la normativa establece las bases para llegar a ser escuela inclusiva con nuevos principios que

regulan el sistema educativo nacional:

➢ No discriminación arbitraria e Inclusión lo que conlleva el deber del Estado de velar por la inclusión

e integración en los establecimientos educacionales.

➢ Gratuidad Progresiva que deberá implantar el Estado en los establecimientos subvencionados o que

reciben aportes permanentes del Estado.

➢ Dignidad del Ser Humano y el de Educación Integral. Se modifican además otros principios como

el de diversidad, flexibilidad, responsabilidad de estudiantes, padres y apoderados, y

sustentabilidad.

Las decisiones sobre la modalidad de apoyo que requiere cada alumno deben ser rigurosamente planificadas,

especialmente si en ella intervienen diferentes especialistas. La modalidad de apoyo debe ser consensuada

por todos aquellos que intervienen en el proceso de enseñanza aprendizaje y en general deben procurar la

máxima participación en las actividades regulares del curso, incorporando como recurso el propio apoyo

que los especialistas pueden brindarle al alumno durante el desarrollo de la actividad.

Criterios para definir las modalidades de apoyo

➢ Características y necesidades educativas de los alumnos: nivel de competencia curricular,

dificultades, potencialidades, ritmo y estilo de aprendizaje, intereses, etc.

Dinámica del aula: estilo de enseñanza, estrategias metodológicas y organizativas, uso de recursos

materiales, relaciones profesor – alumno, relaciones entre alumnos, etc.

50

➢ La capacidad de trabajo conjunto entre el profesor regular y el profesional de apoyo.

Atendiendo a los criterios anteriores se pueden llevar a cabo las siguientes modalidades de apoyo:

➢ Apoyo previo al trabajo en la sala de clases: Se realiza fuera del aula y tiene por finalidad preparar

a los alumnos en estrategias, vocabulario o conceptos necesarios para abordar un tema con mayor

preparación y seguridad.

➢ Apoyo simultáneo dentro de la sala de clases: En esta modalidad el profesional de apoyo y el

profesor regular pueden repartirse tareas e intercambiar roles. Es una modalidad en la cual los

recursos se suman y se integran para apoyar a todos los alumnos y en particular a aquellos que

presentan dificultades. Deben potenciarse estrategias de aprendizaje cooperativo que promuevan la

interacción entre los alumnos con y sin necesidades educativas especiales.

➢ El trabajo colaborativo en pequeños grupos y la tutoría entre compañeros, representan ventajas

considerables para facilitar la integración y el aprendizaje de los alumnos.

➢ Apoyo posterior al trabajo en la sala de clases: Se realiza fuera del aula y tiene por objetivo reforzar

aquellos aspectos que el alumno no ha conseguido durante el desarrollo normal de la clase,

utilizando otro tipo de estrategias que aseguren la incorporación de los contenidos tratados.

Ejes estratégicos

Para la formulación de acciones de apoyo a la inclusión se han definido tres Ejes Estratégicos, que

identifican ámbitos del quehacer escolar que se han considerado como indispensables de sr abordados para

avanzar en la implementación de prácticas y en la construcción de una cultura inclusiva. En el abordaje que

el establecimiento hace de cada uno de estos ejes debiera ser posible verificar los principios de Presencia,

Reconocimiento, y pertinencia descritos con anterioridad.

Ejes estratégicos Procesos

Instrumentos normativos y

gestión institucional

La comunidad educativa define sus propósitos e identidad

51

Para el logro de esta mirada inclusiva de la educación, algunos planteamientos que pueden ayudarnos son:

Instrumentos normativos y de gestión Institucional: Actualización y socialización permanente de los

diversos documentos normativos que regulan la vida escolar y las relaciones entre los diversos estamentos

de la escuela, las oportunidades de aprendizaje, evaluación, promoción, como de acceso y permanencia en

la escuela. Documentos tales como: Proyecto Educativo Institucional, Manual de Convivencia, Reglamento

de Evaluación, Plan de Formación Ciudadana, Plan de Gestión de la Convivencia, Programa de Formación

en Afectividad, Sexualidad y Genero, entre otros, deben ser conocidos y ejecutados en las diversas acciones,

actividades y estamentos de la escuela. Para ello la página web de la escuela será el instrumento de

socialización primero.

Conocimiento de los estudiantes y trayectoria: “En una escuela inclusiva sólo hay alumnos, a secas, sin

adjetivos; no hay alumnos corrientes y alumnos especiales, sino simplemente alumnos, cada uno con sus

propias características y necesidades. La diversidad es un hecho natural, es la normalidad: lo más normal es

que seamos diferentes.

Aunque se entiende que debe priorizarse el ofrecer en el aula aquellas estrategias que permitan aprender a

todo el alumnado junto, es importante tener en cuenta algunos aspectos generales de las personas con

necesidades educativas especiales que van a favorecer su aprendizaje:

Conocimiento de los

estudiantes y sus

trayectorias educativas

Gestión y prácticas del

establecimiento

El establecimiento construye conocimiento integral y pertinente sobre sus estudiantes

El establecimiento toma decisiones en función de lo anterior

52

➢ El tiempo de respuesta tiende a ser más largo. Tiene que ver con el procesamiento de la información,

con la toma de decisiones en el momento de actuar y también con la personalidad de cada uno.

Puede influir en el nivel de autoestima, seguridad personal y el auto concepto.

➢ Es conveniente trabajar siempre desde lo concreto a lo abstracto, desde los ejercicios prácticos a las

conclusiones teóricas, desde lo manipulativo a lo conceptual.

➢ La recepción de la información por el canal visual‐motor facilita que procesen la información

adecuadamente. Obtienen mejores resultados cuando se les presenta la actividad visualmente y

cuando la respuesta se puede expresar de manera manual, señalando o seleccionando. Es necesario

tener en cuenta su buena capacidad perceptiva y memoria visual y reforzar este canal más que el

auditivo. Se debe incrementar el uso de los recursos visuales.

➢ Al ser más costosos los aprendizajes, para alcanzar el mismo grado de conocimiento requieren de

mayor número de ejemplos, de más ejercicios, de más práctica, de más ensayos y repeticiones que

los demás niños.

➢ Es esencial no dar por supuesto nada, ni lo que saben ni lo que desconocen. Puede darse una gran

desproporción entre algunos de los conocimientos que poseen y otros, incluso más sencillos, que

no dominan. Lo que saben han de poder demostrarlo y que dominen una habilidad en una

determinada situación no puede llevarnos a inferir que serán capaces de realizarla en otras

circunstancias distintas. De ahí que sea preciso tener prevista la generalización de los aprendizajes.

Necesitan que se les enseñen cosas que otros aprenden espontáneamente.

➢ Se debe favorecer el aprendizaje autónomo, evitando la permanente dependencia del maestro o

maestra o de los compañeros o compañeras. Se deben utilizar estrategias de autoaprendizaje que les

permita trabajar de forma autónoma en el aula.

➢ Necesitan que se les evalúe en función de sus capacidades reales y de sus niveles de aprendizaje

individuales.

➢ Es conveniente planificar un currículo accesible, que no se focaliza tanto en la reducción de

contenidos como en adoptar unos procedimientos educativos adecuados. Se puede trabajar sobre

los objetivos mínimos, de acuerdo con las necesidades educativas del alumno o alumna. Los

aprendizajes deben ser eminentemente funcionales y útiles para desenvolverse en la vida cotidiana.

En el aprendizaje debemos tener en cuenta la transferencia y la generalización de lo que aprenden.

➢ Es conveniente descomponer los contenidos en pasos intermedios. El profesorado debe desmenuzar

la información y los contenidos. La comunicación

53

➢ El conocimiento que tienen las personas de sí mismas es un conocimiento intuitivo y en

construcción: hacen falta palabras para ir comprendiendo y aclarando aquello que está sucediendo.

Gestión y prácticas del establecimiento

➢ Promover la generación de redes de apoyo, coordinando acciones con otros establecimientos

educacionales con el propósito de favorecer relaciones de colaboración e intercambio de

experiencias entre ellos, así como con otras instituciones y recursos de apoyo de la comunidad que

puedan aportar al desarrollo de los alumnos y la escuela.

➢ Participar en acciones informativas y formativas de sensibilización a la comunidad, que contribuyan

a crear un clima más propicio hacia la inclusión.

➢ Conocimiento y utilización de otros recursos de la comunidad para apoyar adecuadamente las

necesidades de los alumnos y las escuelas.

➢ Coordinación con otras instituciones y profesionales de la comunidad que atiendan a los alumnos

con necesidades educativas especiales.

➢ Incorporar de los padres como agentes de apoyo al proceso educativo de sus hijos y a la integración.

Rincones

Es una estrategia metodológica basada en la distribución de diversas actividades en distintos espacios físicos

que permiten, de forma simultánea, la realización de varias actividades y la distribución del grupo aula en

pequeños grupos, e incluso a nivel individual según el objetivo de la actividad que se plantee.

Agrupamientos flexibles

Constituyen una estrategia organizativa y curricular para tratar de adaptar la enseñanza a los distintos ritmos

de aprendizaje, a las necesidades, a los intereses y a las características individuales del alumnado. Los

criterios para el agrupamiento pueden ser diversos y han de conjugarse oportunamente. La flexibilidad evita

el etiquetado y promueve la motivación. Esto exige la ruptura de la rigidez y la rutina organizativa. (Miguel

Ángel Santos Guerra, 2002)

Desdoblamientos

Se trata de dividir el grupo‐aula tomando como único criterio el numérico. La finalidad es alcanzar un

objetivo determinado con todos los alumnos, individualizando la enseñanza al reducir el número de

alumnos. La división del grupo debe realizarse de forma heterogénea.

54

Apoyos especializados dentro del aula

Cualquier tipo de cooperación entre el profesor de la asignatura y el profesor de apoyo u otros profesionales.

El alumno con discapacidad no se cambia de aula para recibir apoyo, sino que se le imparte en su propia

clase y si es posible junto a algunos compañeros. Esto fomenta el sentimiento de pertenencia en el alumnado

y aumenta su autoestima, lo que es en sí mismo un fuerte mecanismo facilitador para el aprendizaje.

Creación de comunidades de aprendizaje

Un proyecto de transformación social y cultural de un centro educativo y de su entorno para conseguir una

sociedad de la información para todas las personas, basada en el aprendizaje dialógico, mediante una

educación participativa de la comunidad, que se concreta en todos los espacios, incluido el aula

Docencia Compartida

Dos profesores enseñan al mismo grupo alternando su intervención. Ambos dan soporte, clarifican

cuestiones y complementan sus explicaciones para garantizar un mejor aprendizaje. Permite trabajar con

distintas estrategias metodológicas dentro del aula ofreciendo mayor atención al alumnado.

Planificación multinivel

Es un conjunto de adaptaciones y estrategias adoptados en el aula para tratar de dar respuesta a los diferentes

niveles de grupo disminuyendo la necesidad de tener programas diferenciados.

Currículo flexible

El currículo de la Escuela Inclusiva parte del supuesto de que los objetivos de aprendizaje son flexibles. Se

planifica y diseña una metodología activa y participativa, en la que se potencia y favorece el protagonismo

de los alumnos, al tiempo que se promueve la interdependencia positiva entre los alumnos de la clase.

Criterios y procedimientos flexibles de evaluación y promoción

Se aplica una evaluación realizada a partir de los objetivos y la satisfacción del alumno o alumna

particulares. Los resultados se basan en el crecimiento y progreso personal, en el progreso y en los logros

alcanzados por el alumnado, sin establecer una referencia o comparación con el grupo.

Participación de los padres

Es importante una relación de colaboración entre todos los implicados en el proceso: entre directivos,

directivos y docentes, entre docentes, entre docentes y padres, y entre los propios alumnos. Los padres han

55

de participar en las actividades de la escuela, en el apoyo de determinados aprendizajes en el hogar y en el

control de los progresos de sus hijos.

Abrir la

escuela al entorno

Establecer redes de colaboración entre distintas instituciones, colaborando en el diseño y desarrollo de

planes socioeducativos comunitarios para ofrecer una respuesta adecuada a la diversidad del alumnado.

En resumen, la atención a la diversidad, parte de la reorganización de los recursos existentes ya en la escuela.

Definir las características organizativas de esta, es el mayor intento de armonizar los aspectos técnicos,

humanos y críticos, a fin de responder a las necesidades del alumnado, dentro de un marco legal concreto y

contando con el esfuerzo de todos los miembros de la comunidad educativa, los directivos, los padres,

profesores y alumnos

PROTOCOLO DE ACCIDENTE ESCOLAR

I. DEFINICIÓN

Accidente menor: Se entenderá por accidente menor, aquel que provoque daño físico leve, es decir que no

implique fractura ni pérdida de conciencia.

Accidente Mayor: Se entenderá por accidente mayor, aquel que provoque daño físico moderado o grave,

incluyendo fracturas, pérdidas de conciencia y sangrado explosivo.

En ambos accidentes se debe evaluar si es necesario el uso de una camilla. Hacer llamado a bomberos en el

caso de que no esté disponible la ambulancia, por integridad del alumno.

II. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

EN CASO DE ACCIDENTE MENOR

1. Persona que haya sido testigo del accidente, deberá prestar ayuda e informar a Dirección sobre lo

ocurrido.

2. Profesor(a), compañero o paradocente deberá acompañar al (la) estudiante a Dirección.

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3. Director, Profesor y/o secretaría, evalúan las condiciones del alumno(a), ante un golpe en la cabeza,

riesgo de esguince u otro, Dirección deberá informar telefónicamente al apoderado sobre la situación

ocurrida.

4. Secretaria completa ficha de accidente.

5. En caso de ser necesario, el apoderado deberá enviar certificado de atención, acreditando diagnóstico y

tratamiento a seguir por parte del estudiante.

EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE

1. Persona que haya sido testigo del accidente, deberá prestar ayuda e informar inmediatamente a Dirección

o Profesor.

2. Dirección, deberá solicitar apoyo del Profesor(a) Jefe en el lugar del accidente.

Dirección y/o Profesor (a) jefe deberán chequear información sobre seguro escolar del estudiante,

asegurándose de identificar recinto de salud al que debe ser trasladado el estudiante.

3. Dirección y/o Secretaria, contactará telefónicamente a servicios de emergencia para traslado del

estudiante a recinto de salud.

4. Auxiliar deberá facilitar el ingreso de la ambulancia al lugar en que se encuentra el accidentado,

entregando información clara y precisa para el acceso de ésta.

5. Auxiliar no debe permitir el ingreso, ni entregar información a medios de comunicación ni a personas

ajenas a la Unidad educativa sin la autorización expresa de la Dirección.

6. Dirección contactará a Apoderado, explicando la situación y solicitando su presencia lo más rápido

posible.

7. Profesor Jefe, deberá registrar el procedimiento en hoja de vida del estudiante, indicando características

del accidente, hora en la que ocurrió, condición del estudiante, forma de traslado, recinto asistencial al

cual fue derivado y nombre de la persona que acompañó al estudiante.

8. Profesor(a) Jefe o paradocente deberá acompañar al estudiante en su trayecto en la ambulancia, hasta el

recinto asistencial y esperar la llegada del Apoderado(a).

9. Profesor (a) jefe o paradocente, deberá informar a Dirección condiciones del estudiante al momento de

llegar al recinto asistencial de salud, diagnóstico y nombre de la persona que quedó a cargo del estudiante

(apoderado(a) u otro).

10. En caso de ser necesario, el apoderado(a) deberá enviar certificado médico acreditando diagnóstico y

tratamiento a seguir por parte del estudiante.

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11. Dirección, inicia investigación y emite informe para evaluar si en la ocurrencia del accidente medió

negligencia y determinar quién es el responsable. Entregando dos copias del informe; a Dirección y otro

a Profesor Jefe.

12. El establecimiento deberá tener registro de contactos con redes asistenciales cercanas al establecimiento

(encargado, dirección, número telefónico, entre otros).

PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS Y GIRAS DE ESTUDIOS

El presente reglamento tiene por objetivo normar el funcionamiento de las salidas pedagógicas de los

alumnos del Colegio, estableciendo plazos, responsables y procesos.

I. DEFINICION

1. Las salidas pedagógicas constituyen experiencias académicas prácticas, componentes fundamentales y

complementarios del currículo, importantes para el entendimiento y apropiación de competencias adquiridas

en distintas áreas, las cuales buscan favorecer el desarrollo integral de los estudiantes.

2. Se consideran como salidas pedagógicas: salidas de curso/nivel y/o áreas con profesores a cargo del

grupo con objetivos claramente establecidos desde los puntos de vista formativos o alineados con el plan de

trabajo.

3. Se consideran salidas pedagógicas las salidas deportivas y artísticas - culturales organizadas por el

colegio dentro del marco de las Actividades Complementarias de libre elección.

Las salidas pedagógicas podrán efectuarse dentro o fuera de la región.

II. TIEMPO Y LUGAR

Estas actividades prácticas pedagógicas podrán tener una duración de un día o más, dependiendo de los

objetivos planteados

Todos los lugares de destino para estas salidas deben ser validados por la Dirección del Colegio.

III. NORMATIVA

1. El Colegio será el punto de salida y retorno de toda salida pedagógica.

2. Los horarios serán comunicados en la circular que se hará llegar a los apoderados.

3. En caso de que un estudiante sufra algún tipo de accidente, ya sea de trayecto o durante el desarrollo de

la actividad, estará cubierto por el Seguro Escolar de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 16.744 D.S

N° 313. De igual forma el o los Docentes o funcionarios del Colegio acompañantes de los alumnos, deberán

seguir el procedimiento de accidente laboral señalado en el protocolo de accidente de trayecto.

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4. El alumno que no participa de la salida pedagógica de su curso, deberá asistir a clases en el curso que

determine el Director.

5. Los alumnos que asistan a una salida pedagógica deberán cumplir con las normas de convivencia según

el Reglamento Interno, de trasgredir alguna de estas se aplicarán las medidas correspondientes. En el caso

que algún alumno presente comportamientos que atenten contra las normas de disciplina del Reglamento de

Convivencia Escolar, se podrá aplicar la sanción de excluirlo de asistir a futuras salidas.

IV. ACCIONES CONCRETAS

1. Dar a conocer a dirección la actividad planificada fuera del establecimiento, Día, lugar y horario.

2. Enviar a los apoderados la autorización indicando día, lugar y horario aproximado para realizar la

actividad. (La autorización deberá ser entregada con el nombre del apoderado y firma).

3. En el caso de los estudiantes que lleguen sin su autorización firmada, se realizará un llamado telefónico

al apoderado, donde él o la autorice la salida. La o él docente deberá dejar registro en la autorización

indicando que se realizó el llamado y que el apoderado autorizó por este medio.

4. El docente a cargo de la salida, deberá dejar registro de los estudiantes que participan en el libro de ruta,

además de adjuntar las autorizaciones firmadas en secretaria.

5. Las personas que acompañan en las salidas pedagógicas, deberán firmar salida y llegada de la actividad.

PROTOCOLO BULLYING Y/O CIBERBULLYING

I.- DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN

Definición: Se entiende por acoso escolar o Bullying, cualquier forma de maltrato; psicológico, físico,

verbal o por medios informáticos, realizado entre alumnos o alumnas del CCL, que es sostenido durante

largo tiempo, y que se realiza con la intención de lastimar a otro(a) alumno(a).

Este maltrato puede ser directo o encubierto, y puede ser realizado por uno o por varios sujetos.

Clasificación de falta:

Se considera el bullying o ciberbullying como una falta MUY GRAVE, donde algunas son:

1. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender a cualquier miembro de la

comunidad educativa.

2. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de

la comunidad educativa.

3. Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

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4. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro

de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características

físicas, etc.).

5. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación

económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad,

orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

6. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad

educativa a través de redes sociales, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

Características de Bullying:

• Entre pares

• Existe abuso de poder e imposición de criterios a los demás

• Existe asimetría de poder, una de las partes se siente impedido de defenderse

• Sostenido en el tiempo, se repite durante un tiempo determinado

Algunas de las señales de presencia de Bullying:

- No quiere ir al Colegio

- Llega a casa con ropa, libros, o cosas estropeadas

- Le roban cosas con frecuencia

- Recibe llamadas telefónicas en horas inadecuadas. Cambia de humor después de estas

- Aparece con moretones o heridas que no puede o se le hace difícil explicar

- Cambia su comportamiento y/o humor

- Está más irritable

- Baja su rendimiento escolar

- Tiene pocos amigos o no los tiene

- No es invitado a casa de compañeros

- No participa en actividades fuera del horario de clases

- Pérdida de apetito

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- Dolor de cabeza o estómago antes de salir al colegio

- Alteraciones de sueño

- Pide dinero con frecuencia o lo saca a escondidas

- Su aspecto es de infelicidad

Denuncia de Bullying en el interior del colegio, o fuera de él:

En caso de producirse una denuncia de Bullying en el interior del colegio, o fuera de él y que afecte a

alumnos o alumnas del establecimiento, el procedimiento oficial a seguir, obligará como parte del

Reglamento Interno a todos los integrantes de la comunidad educativa del CCL, a comunicar los hechos

respetando el protocolo.

El primer paso será comunicar la situación de Bullying /Acoso en el colegio, ante:

• Un profesor o profesora con el que puede existir más confianza

• El profesor jefe

• A Psicóloga

• Algún miembro del equipo directivo

Denunciantes:

Es obligación de todos los miembros de la comunidad educativa, -entiéndase alumnos y alumnas, profesores

y profesoras, personal administrativo, auxiliares, padres y apoderados, informar, denunciar y seguir el

siguiente protocolo, ante la sospecha o existencia de Bullying.

II.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

1. Serán atendidas todas las denuncias realizadas, sin importar el rol, edad, sexo u otra distinción más que

ser parte de la comunidad educativa del CCL.

Por tanto, es tan válida la denuncia de un alumno, como de un docente o apoderado del establecimiento,

dicha denuncia quedará registrada en el libro de acta.

2. Encargado de convivencia escolar será el responsable de hacer llegar la denuncia en un plazo máximo

de 24 horas al Director, Administrador o Equipo de Convivencia Escolar. (Todo por escrito).

61

3. El equipo de Convivencia Escolar identificará la situación, lo anterior se llevará a cabo por medio de una

entrevista con el alumno afectado, para identificar tipo de maltrato, intensidad, historia, intervinientes, y

ver si la situación cumple con las características que definen el Bullying. (todo por escrito)

4. Luego de lo anterior el equipo de convivencia convocará a una entrevista urgente al profesor jefe del

alumno o alumna en cuestión, para recabar información de interés sobre la situación, si el problema es

entre pares. Cualquiera sea el caso, el equipo de convivencia deberá citar a entrevista al apoderado con

el fin de recabar información y tomar las medidas que sean necesarias. (todo por escrito).

5. En cada una de las conversaciones que se mantengan durante el proceso, se dejará registro escrito, con

indicación clara del nombre de la víctima, y de los supuestos agresores, actividades realizadas, acuerdos,

fecha y firmas respectivas.

6. De no cumplir la denuncia, con las características para ser entendida como Bullying, el profesor jefe

tendrá entrevista con el alumno y le prestará su colaboración, para la resolución del problema, por el que

se siente afectado. Si es necesario, realizará la derivación que corresponda a psicólogo u otro profesional.

7. De constatarse que se trate de Bullying, el equipo de Convivencia Escolar, más el Profesor Jefe del curso,

mantendrá una conversación con los posibles agresores y buscará finiquitar el tema utilizando la

mediación y/o circulo de diálogo (Practica Restaurativa) entre las partes, informando a los padres el

procedimiento a efectuarse. Siempre con pleno conocimiento de los respectivos apoderados de las

acciones que se están llevando a cabo.

8. No obstante, lo indicado en el punto 7, el equipo de Convivencia Escolar, tendrá la posibilidad de

considerar, según Reglamento de Convivencia Escolar, y previa consulta a Dirección del Colegio, las

sanciones respectivas que ameriten ser aplicadas.

9. En caso de Cyber Bullying el Encargado(a) de convivencia recibirá la denuncia por parte del o los

estudiantes afectados y se citará a los apoderados para orientarlos en torno al procedimiento a seguir.

IV. PROCEDIMIENTO FORMATIVO

1. Comprobada la existencia del Bullying, mediante la gestión del encargado de convivencia, los alumnos

o alumnas identificadas como agresores, deberán firmar un compromiso, que estipule su voluntad de no

realizar nuevamente un acto de estas características.

2. Luego de esto, convocará a reunión con el equipo de convivencia con la finalidad de elaborar un plan de

apoyo con medidas preventivas y formativas, que contemple intervención con el contexto, la víctima y

el victimario. De ser necesario se derivará a red para atención especializada. Dicho plan deberá tener una

duración máxima de 2 meses.

62

3. De no cumplirse los acuerdos indicados, además de aplicar el Reglamento de Convivencia Escolar, el

CCL se reserva el derecho y obligación de realizar las denuncias que estime convenientes, con las

instituciones competentes en este tipo de hechos.

4. En todas las circunstancias antes descritas, se mantendrá el máximo respeto y privacidad de los hechos

sucedidos.

5. Esta secuencia de actuaciones y/o acciones están incorporadas al reglamento de convivencia escolar

considerándose falta gravísima.

III. CIERRE Y SEGUIMIENTO

Encargado de Convivencia hará seguimiento y elaborará informe una vez finalizado el plan de apoyo, con

un plazo máximo de dos meses.

PROTOCOLO CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD

I. DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD

1. Debe informar su condición a su Profesor(a), Psicóloga o Dirección, presentando un certificado médico

que acredite su condición.

2. Debe comprometerse a cumplir con sus deberes escolares.

3. Presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o de los controles médicos del

bebé.

4. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre, con los respectivos

certificados médicos.

5. Informar la fecha del parto para programar las actividades académicas.

II. DEBERES DEL CCL CON LAS ALUMNAS EN CONDICIONES DE MATERNIDAD O

EMBARAZADAS

1. En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y siempre en consulta

con los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad

de estudios, otorgando todas las facilidades para el caso.

2. Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el CCL.

3. No discriminar a estas estudiantes, mediante cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de

matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro similar.

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4. Mantener a la estudiante en el mismo curso, salvo que ella exprese lo contrario, lo que debe ser avalado

por un profesional competente.

5. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del Establecimiento.

6. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del parto.

La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta clases después del

parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y

el bebé.

7. Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos prenatales y post natales,

así como a los que requiera su hijo/a.

8. Permitirles hacer uso del seguro escolar.

9. Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades extra programáticas realizadas

al interior o exterior del establecimiento, así como en las ceremonias donde participen sus compañeras.

Excepto si hay contraindicaciones específicas del médico.

10. Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y de madres durante el

período de lactancia.

II.PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Fase 1: Comunicación al colegio

1. La estudiante comunica su condición de maternidad o de embarazo a su Profesora(a) Jefe o al

Psicólogo(a) del CCL.

2. El Profesor(a) Jefe comunica esta situación a las autoridades directivas técnicas y al Encargado de

Convivencia.

Fase 2: Citación al apoderado y conversación

3. El Profesor(a) Jefe y/o el Encargado(a) de Convivencia cita al apoderado de la estudiante en condición

de maternidad o embarazada a través de la agenda escolar y registra la citación en la hoja de

observaciones de la estudiante y en el libro de actas.

4. El Profesor (a) Jefe registra aspectos importantes de la situación de la estudiante embarazada tales como

estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto y solicita certificado médico. De la misma

64

manera para la estudiante en condiciones de maternidad: edad y estado de salud del bebé, controles

médicos, etc.

5. El apoderado(a) firma los compromisos para que la estudiante continúe asistiendo al establecimiento,

excepto tenga limitaciones que deben ser certificadas por el especialista pertinente.

6. Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes de la estudiante por parte del

Profesor(a) Jefe y/o el Encargado(a) de Convivencia.

Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante

7. El Encargado(a) de Convivencia o Profesor(a) Jefe analizan la información recogida y valoran la

situación.

8. Elaboración de una programación del trabajo escolar, así como de los procesos evaluativos para la

alumna embarazada que le permita asistir de manera normal al colegio y cumplir, hasta que el médico

tratante determine, con las actividades.

9. Elaboración y entrega de una programación de trabajo escolar, así como de los procesos evaluativos para

la estudiante en condición de maternidad a las autoridades directivas técnicas, Consejo de Profesores y

Consejo Escolar por parte del Encargado(a) de Convivencia o Profesor Jefe.

Fase 4. Elaboración bitácora y monitoreo

10. Elaboración de una bitácora que registre el proceso de las alumnas tanto en maternidad como

embarazada, por parte del Encargado de Convivencia.

11. Monitoreo del proceso por parte del Encargado(a) de Convivencia /o Profesor(a) Jefe.

Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo

12. Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo establecido y ajustado a la norma

para apoyar a las alumnas en maternidad y embarazadas por parte del Encargado de Convivencia.

13. Entrega del Informe Final a las autoridades directivas técnicas, al Profesor Jefe, al Consejo de Profesores

y al apoderado(a) por parte del Encargado(a) de Convivencia.

14. Profesor Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes de la estudiante.

IV. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS

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1. Se realizarán talleres de educación sexual a los alumnos, los que estarán a cargo de Psicóloga del

Establecimiento.

2. Se realizarán talleres a padres y apoderados de los mismos cursos con la finalidad de orientarlos en la

educación sexual con la finalidad de prevenir el embarazo adolescente. (Cuando fuese pertinente)

PROTOCOLO MALTRATO ADULTO HACIA ALUMNO

El Centro de Capacitación laboral Paulo Freire, cumpliendo con los requerimientos del Ministerio de

Educación y la Ley sobre Violencia Escolar, que busca implementar manuales de convivencia escolar

definiendo responsables en cada establecimiento educacional para asegurar su cumplimiento, desarrolla

protocolos de acción anti bullying y de todo tipo de violencia que se pueda observar en la escuela, para

proteger, prevenir y sancionar a los estudiantes y adultos involucrados, de todo tipo de riesgo dentro del

establecimiento educacional.

MALTRATO POR PARTE DE ADULTOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR A

ALUMNOS Y ALUMNAS DEL CCL PAULO FREIRE.

El presente instructivo tiene por objeto establecer los cursos de acción que tantos alumnos, profesores,

asistentes de la educación, administrativos, auxiliares, apoderados, directivos y en general todo miembro de

la comunidad educativa debe tomar, ante situaciones que constituyan maltrato físico o psicológico de un

adulto en contra de nuestros alumnos o alumnas.

Este protocolo responde a una obligación planteada por el artículo 19 de la Convención de Derechos del

Niño, a quienes garantiza la protección contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o

trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la

custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.

Respondiendo a ese deber y a los principios y valores expresados en nuestro proyecto educativo es que el

CCL Paulo Freire establece, mediante este protocolo, la manera en que, conforme a la realidad y

herramientas disponibles, deben tratarse las denuncias de maltrato físico y psicológico. Todo ello sin

perjuicio de lo que los demás reglamentos, protocolos e instructivos dispongan para materias similares o

que deban aplicarse según el caso. La prevención y solución de casos de maltrato físico o psicológico es

una responsabilidad compartida por toda la comunidad escolar, ya que, aunque se dé fuera del ambiente

escolar, puede tener incidencias directas en el desarrollo de los alumnos y alumnas, y de las interrelaciones

que éstos tienen con su entorno educativo.

Definiciones de agresión de un adulto a un estudiante: Como adulto entenderemos cualquier persona

mayor de 18 años de edad que sea parte de la comunidad educativa como, profesores, alumnos en práctica

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profesional universitaria, asistentes de la educación, profesionales de apoyo, auxiliares, administrativos,

dirección, padres y apoderados.

Se entiende por agresión de un adulto hacia un estudiante a las agresiones físicas, y/o psicológicas realizadas

por algún miembro de la comunidad escolar en contra de un/a estudiante, que atentan contra su dignidad o

que arriesgan su integridad física y/o psíquica. Lo que constituye un maltrato infantil.

No existe una definición única de maltrato infantil, ni una delimitación clara y precisa de sus expresiones.

Sin embargo, lo más aceptado como definición es todas aquellas acciones que van en contra de un adecuado

desarrollo físico, cognitivo y emocional del niño.

Los tipos de agresión pueden ser de orden:

• Psicológico: se entiende por agresión psicológica o emocional aquellas conductas agresivas que amenazan

el desarrollo psicológico del niño tales cómo, ofensas, gritos, menosprecio, rechazo, sobrenombres,

garabatos, ridiculización, notas escritas que tengan como objetivo humillar o dañar al alumno, amenazas,

aislar por medio de actitud cruel, ignorar o realizar comentario indeseable, relacionada con alguna

característica física, psicológica, étnica u otra. En fin toda clase de hostilidad verbal hacia un estudiante,

por parte de un adulto (en este caso).

• Físico: Agresión corporal por medio de golpe, empujón, con o sin objetos, provocando daño o perjuicio.

Es decir, es aquel conjunto de acciones accidentales ocasionadas por adultos que originan en el niño un

daño físico o enfermedad manifiesta. Aquí se incluyen golpes, arañazos, fracturas, pinchazos, quemaduras,

mordeduras, tirón de orejas o de pelo, empujones, sacudidas violentas, etc.

• Grooming: Conducta de una persona adulta que realiza acciones deliberadas para establecer lazos de

amistad con un menor de edad en internet, con el objetivo de obtener una satisfacción sexual mediante

imágenes eróticas o pornográficas del niño, niña o adolescente o, incluso, como preparación para un

encuentro.

• Sexting: Envío de contenidos eróticos o pornográficos por medio de equipos móviles.

La Ley 20.536, especifica que la violencia ejercida por un adulto hacia un miembro de la comunidad

educativa: “Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica cometida por

cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quién detente

una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la

ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante” (Art. 16 D, LSVE).

El Art 175 letra e), del Código Procesal Penal, establece que ante la presencia de un delito que ocurra dentro

67

del establecimiento educacional o que afecte a las o los estudiantes, están obligados a efectuar la denuncia

los directores, y profesores del establecimiento de todo nivel.

Cualquiera que tome conocimiento de la ocurrencia de un delito puede efectuar la denuncia correspondiente,

la que debe ser realizada dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que se tome conocimiento

del hecho.

Por lo que, cuando el CCL detecte y/o reciba una denuncia de algún caso de maltrato, violencia o agresión

hacia un estudiante de la comunidad escolar, ejercida por un adulto, se activan las acciones que conforman

el siguiente protocolo de actuación:

El primer paso será comunicar la situación de maltrato en el colegio, por parte del alumno, apoderado

u otro adulto parte de la comunidad escolar ante: Profesor jefe u otro, y/o Encargada de convivencia escolar.

Si un profesor, de mayor confianza del apoderado o como información de un colega, recibe la información,

es su deber informarlo a la encargada de convivencia escolar.

La encargada de convivencia escolar, junto a su equipo ejecutará el protocolo pertinente.

Siendo el CCL informado de la acusación, al equipo de convivencia y/o dirección, será el funcionario

inmediatamente cambiado de sus funciones, evitando el contacto con el o los alumnos mientras dure la

investigación.

Se dejará constancia en el libro de clases y/o Libro de Actas, sobre la derivación al equipo de convivencia

escolar, además de señalar que se ejecutará el protocolo de actuación que correspondiese (ejemplo: alumno

presenta una situación con superintendencia de educación). Además de dejar constancia de la asistencia de

los apoderados a entrevistas por el proceso.

Si la encargada de convivencia escolar, debido a algún conflicto de intereses no puede ser quien lidere el

proceso la persona que tomará el cargo será designado por Administrador, Director y/o Consejo de

Profesores.

Desde el día en que se plantea la denuncia el CCL tiene 7 días hábiles para investigar y dar respuesta a las

familias.

La denuncia debe formularse por escrito y contener el relato de los hechos, nombre, apellido, teléfono, y

dirección del denunciante. Además, de identificar el posible agresor.

Si el denunciante fuese el alumno agredido u otro alumno podrá formular la denuncia verbalmente al

profesor o encargado de convivencia, quienes tomarán nota escrita de la denuncia, precaviendo en todo

momento resguardar la integridad física y psicológica del denunciante.

68

En cualquier caso, el receptor de la denuncia deberá comunicarla de inmediato al encargado.

*Cualquier miembro de la comunidad educativa que sepa sobre una situación de maltrato físico y/o

psicológico de un adulto a un niño, deberá ponerlo en conocimiento del Encargado de Convivencia del CCL,

ya sea por escrito o de forma verbal solicitando una entrevista. Si decide hacerlo por escrito dispondrá de

un acta en donde se establezcan claramente las dificultades que se observan y las estrategias que ya se han

ocupado para tratar de resolver la situación.

El segundo paso, el equipo de convivencia una vez recibida la denuncia establecerá las siguientes

acciones:

- La encargada de convivencia escolar y/o una dupla de trabajo designada por la encargada y dirección

deben tomar una declaración del adulto señalado, informando sobre la denuncia y aclarando los hechos

desde la visión del adulto, tomando nota de esto a través del acta.

- Luego se debe entrevistar a él o los alumnos involucrados (como víctimas) del proceso.

- De manera discreta y profesional, se informará al profesor del alumno involucrado sobre la situación que

estaría ocurriendo, con el fin de apoyar el proceso.

- Se debe tomar acta.

- Si no existiese otro adulto en el suceso denunciado, se podrá entrevistar al grupo curso o grupo de alumnos,

que estuvieron presentes en la situación, para así tener más información del proceso; eso sí, siempre

resguardando la confidencialidad de los datos de los alumnos.

- Se realizarán algunas observaciones en aula, por parte de la encargada de convivencia escolar y/o la dupla

designada al caso, durante el proceso de investigación (con días azarosos, sin aviso al profesor y/o adulto

involucrado en la situación) para observar las relaciones del adulto con el o los niños involucrados y el

resto del curso, en el caso que el adulto acusado fuera un profesor, asistente de aula y/o alumno en práctica;

mientras que cuando es el padre o madre el acusado, el objetivo de este paso será observar el

comportamiento del niño en la sala de clases y su interacción con pares y otros adultos. - También puede

existir y ser solicitados informes procedentes de otros servicios externos al CCL, como psiquiatras y

psicólogos de la red de salud pública y privada tanto del alumno (os) agredido (s) como de los adultos

acusados.

- Se debe volver a entrevistar a los padres (luego de la denuncia) para evaluar el contexto en donde se

presenta la situación y conocer el alcance del problema; y una vez finalizado el proceso se debe citar

69

nuevamente a los apoderados para presentar las conclusiones establecidas en el informe final y reportar

las acciones a seguir que tomará el CCL.

- Una vez concluidas las entrevistas se dará cierre a todo el proceso con un informe final al Administrador

y Director del establecimiento y a los padres involucrados en la denuncia, emitido por el equipo de

convivencia escolar (encargada o dupla responsable del caso) para la discusión de las medidas a tomar en

base al reglamento interno del colegio.

- Si parte de las conclusiones de todo el proceso realizado es que no hay una clara definición de lo ocurrido,

y los resultados concretos no facilitan el culmine del proceso será necesario solicitar la evaluación del

Consejo Escolar, para que éste se informe y señale sus conclusiones. Y desde ahí se entrega esta acta de

reunión a la dirección del colegio (sumando al informe del equipo de convivencia).

Tercer paso, cierre del proceso.

Para dar por finalizado el proceso, una vez resuelto el informe final, revisado y entregado al Administrador

como a Dirección (luego de lo investigado por el equipo de convivencia escolar y Consejo Escolar, si fuese

pertinente)

a) El Administrador y/o Dirección tomará las decisiones resolutivas, en base al reglamento interno, contrato

laboral y protocolos de acción e informará la resolución tomada al profesor/a, asistente, etc. junto a la

Encargada de Convivencia Escolar como informante del proceso de investigación.

b) para dar la resolución del caso; junto a la encargada de convivencia escolar para facilitar los antecedentes

previos de la investigación.

1. Se buscará desarrollar una salida pacífica en donde se genere una instancia de diálogo para resolver el

conflicto entre los involucrados.

2. Se dejará constancia en la hoja de vida del adulto, si es funcionario del establecimiento, sobre la

resolución de la situación, señalando el proceso y la conclusión final.

3. Se refuerza junto al adulto el interés por la generación de vínculos bien tratantes con los alumnos y

todos los miembros de la comunidad escolar.

4. Se realizará una observación de aula, por parte de la encargada de convivencia escolar o la dupla

designada al caso, durante tres semanas (con días azarosos, sin aviso al profesor y/o adulto

involucrado en la situación) para prevenir nuevas situaciones y potenciar el vínculo afectivo entre el

adulto y el o los niños.

70

5. Si es necesario, se recomendará y solicitará atención psiquiátrica y psicoteraéutica externa para el

adulto acusado. Esto será determinado por el informe final realizado por encargada de convivencia

escolar y dirección. El establecimiento no se hará cargo económicamente de la atención que el

funcionario requiera.

6. Si lo amerita la situación, se dará término a la relación contractual si fuese un funcionario, de acuerdo

a términos establecidos en el contrato y reglamento vigente y se comunicará a la Superintendencia de

Educación. Mientras que si fuese un apoderado se dejará constancia en Carabineros, Superintendencia

de Educación y/o redes de apoyo; y se solicitará el no ingreso al establecimiento educacional.

c) Se establecerá una entrevista con el adulto y los apoderados del niño, si fuese pertinente, con el fin de

cerrar esta etapa, generar compromisos futuros y no interferir en la continuidad del proceso de enseñanza

aprendizaje del alumno/a. Con esta a su vez se dará por terminado el proceso para los padres, sin la

necesidad de más entrevistas por esta temática con ellos, sino que solo sobre el proceso académico

regular del niño. Lo anterior, no interfiere en el seguimiento que se realizará con los padres, sino que

sólo evita continuar con la situación como principal foco en el desarrollo del niño.

d) El seguimiento será quincenal y/o mensual según la situación, por un periodo de tres meses,

correspondiendo a entrevistas con apoderados y profesor jefe, lo cual será descrito en la hoja de vida del

alumno.

• Si es necesario el apoyo psiquiátrico y terapéutico externo para el alumno(a) el establecimiento dará

todas las facilidades pertinentes para la ejecución de esta situación, pero no asumirá el costo económico

de éste.

e) Se dará una reunión de cierre de la encargada de convivencia escolar y dirección para dar cierre al proceso

y ordenar todos los documentos administrativos. Informando al profesor jefe de la resolución final.

f) Si requiere la situación, se hará la denuncia pertinente a instancias judiciales; cuando existan evidencias

claras de supuestos hechos delictivos, se informará a las familias implicadas de la comunicación que, en

su caso se realice a la Fiscalía u otro organismo. Ya sea desde el director, encargada de convivencia

escolar y profesores/as quienes procederán cuando la infracción afecte a estudiantes o hubieren ocurrido

en el recinto educacional, según lo señalado en el Código Civil.

71

PROTOCOLO MALTRATO Y ABUSO SEXUAL

I. DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN

Se entenderá el maltrato infantil como todos aquellos actos de violencia física, sexual o emocional, sea

en el grupo familiar o en el entorno social, que se cometen en contra de niños, niñas y adolescentes, de

manera habitual u ocasional.

El maltrato puede ser ejecutado por:

• Omisión: Entendida como falta de atención y apoyo de parte del adulto a las necesidades y

requerimientos del niño, niña y adolescente; sea de alimentación, salud, protección física,

estimulación, interacción social u otro)

• Supresión: Que son las diversas formas en que se le niega al niño, niña y adolescente el ejercicio y

goce de sus derechos: por ejemplo, impedirle que juegue o que tenga amigos, no enviarlo a la escuela,

etc.

• Transgresión: Entendida como todas aquellas acciones o conductas hostiles, rechazantes o destructivas

hacia el niño, niña o adolescente. Tales como malos tratos físicos, agresiones emocionales, entre

otros.

Dentro del concepto maltrato infantil se establecen distintas categorías en función de diversas variables.

1-. Maltrato Físico: Cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o padres, que

provoque daño físico o enfermedad en el niño, niña o adolescente o signifique un grave riesgo de

padecerlo. Puede tratarse de un castigo único o repetido y su magnitud es variable (grave, menos

grave y leve)

Los criterios médicos – legales, consideran:

• Lesiones graves: Todas aquellas que causan en el niño/a o adolescente enfermedad o

incapacidad de 31 días o más.

• Lesiones menos graves: aquellas en que la enfermedad o incapacidad sea de más de 15 días y

menos de 31. Considerando además la calidad de las personas y circunstancia de los hechos.

Tanto la calidad de las personas como las circunstancias del hecho, son criterios que permiten

establecer la mayor o menor gravedad de las lesiones considerando, por ejemplo la edad de los

72

involucrados, la existencia de vínculo de parentesco o subordinación entre víctima y agresor, así

como si la agresión ocurrió como defensa propia o fue comita en complicidad con más agresores,

etc.

2-. Maltrato emocional o psicológico: se trata del hostigamiento verbal habitual por medio de insultos,

críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito hacia el niño/a

o adolescente. Se incluye también en esta categoría, aterrorizarlo, ignorarlo o corromperlo. Ser

testigo de violencia entre los miembros de la familia es otra forma de maltrato emocional o

psicológico.

3-. Negligencia: Se refiere a la falta de protección y cuidad mínimo por parte de quienes tienen el deber

de hacerlo. Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y educación de los niños/as y

adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas, sean estas físicas, sociales,

psicológicas o intelectuales.

4-. Abandono emocional: Es la falta persistente de respuesta a las señales (llanto, sonrisa) expresiones

y/o conductas de los niños/as y adolescentes que buscan proximidad y contacto afectivo, así como

la falta de iniciativa de interacción y contacto, por parte de una figura adulta estable.

5-. Abuso sexual: Es una forma grave de maltrato infantil que implica la imposición a un niño, niña o

adolescente de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene una gratificación, es decir, es

una imposición intencional basada en una relación de poder.

Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la seducción,

la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o cualquier otra forma de presión

o manipulación psicológica.

El abuso sexual involucra cualquier conducta de tipo sexual que se realice a un niño/a o adolescente,

incluyendo entre otras, las siguientes:

• Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño/a o adolescente.

• Tocación de genitales del niño/a o adolescente por parte del abusador/a.

• Tocación de otras zonas del cuerpo del niño/a o adolescente por parte del abusador/a.

• Iniciación por parte del abusador/a, a la tocación de sus propios genitales.

• Contacto bucogenital entre el abusador/a y el niño/a o adolescente.

• Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del cuerpo o con

objetos por parte del abusador/a.

• Utilización del niño/a o adolescente en la elaboración de material pornográfico (Ej: Fotos,

películas, imagines en internet)

73

• Exposición de material pornográfico a un niño/a o adolescente (Ej: revistas, películas, fotos,

imágenes de internet)

• Promoción o facilitación de la prostitución infantil.

• Obtención de servicios sexuales de parte de un menor de edad a cambio de dinero u otras

prestaciones.

II. PROCEDIMIENTOS

1. EN CASO DE SOSPECHA:

1.1 La Dirección asignará a un profesional del equipo psicosocial y o de Convivencia Escolar

hacerse cargo del o los casos específicos.

1.2 El encargado reúne antecedentes generales que permiten contextualizar la situación: revisar el

Libro de Clases, entrevistas con Profesor(a) Jefe, u otro actor relevante, además de apoderado,

familiares o referentes significativos.

1.3 Si la situación lo requiere, se realiza una entrevista preliminar con la niña o adolescente.

1.4 Toda la información reunida debe plasmarse en un informe confidencial, donde se proteja la

intimidad y privacidad de los involucrados.

1.5 Se realizará la denuncia correspondiente en cualquier institución acreditada para investigar.

(Carabineros, Policía de investigaciones, tribunales de garantía, ministerio público o SENAME).

2. EN CASO DE CERTEZA:

(Si el/la Alumno/a se presenta al establecimiento con lesiones atribuibles a una agresión, o el propio

niño/a relata que ha sido agredido, o la agresión fue presenciada por un tercero, etc. Cualquier

situación que asegure la existencia de maltrato y/o abuso.)

2.1 Realizar la denuncia dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho,

según el artículo 176 del Código Procesal Penal, a alguna de las siguientes instituciones:

• Carabineros de Chile: en cualquier comisaría o al carabinero que se encuentre en el centro de

salud si se concurriera a él. Estos servicios atienden las 24 horas. Se recomienda tener

actualizados el o los número(s) telefónico(s) de la comisaría o del plan cuadrante.

• Policía de Investigaciones de Chile.

• Servicio Médico Legal: existen dos oficinas, una de Carabineros de Chile y otra de Policía

de Investigaciones de Chile.

74

• Ministerio Público: en este caso debe realizarse en dependencias del Ministerio Público, que

normalmente atiende sólo durante las mañanas.

• Juzgados de Familia, aunque este tipo de casos normalmente son derivados al Ministerio

Público para que se realice la denuncia. Se recomienda utilizar esta vía sólo como último

recurso y cuando se requiera solicitar medidas de protección inmediatas.

2.2. Si el abuso sexual se ha producido dentro de las 72 horas previas a conocerse el hecho, se debe

inmediatamente constatar lesiones en el Servicio Médico Legal. En este caso, deberán dos

directivos del colegio llevar al estudiante a realizar este trámite en el caso de evidente abuso,

previo aviso al apoderado o adulto responsable.

2.3. Al realizar la denuncia es necesario recurrir a alguna de las instituciones indicadas y dar una

descripción detallada de los hechos observados y que son constitutivos de delito sexual.

Idealmente deben aportarse los datos de identificación de la víctima, familiares y en lo posible

al agresor.

2.4. Se comunica el hecho al apoderado(a) de estudiante dañado(a) y si aplicará al del causante del

acto delictivo por parte del Administrador y/o Director del Establecimiento Educacional.

2.5. El Administrador y/o Director del establecimiento, comunicará los hechos y antecedentes a la

Dirección y Administración de Educación Municipal.

2.6. Se deberá siempre resguardar la identidad del denunciante y no se podrá imponer una sanción

disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

2.7. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas

correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto

por su dignidad y honra.

3. Se entiende para estos efectos el realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no

sean constitutivos de delito, los que sean cometidos por los alumnos, profesores, directivos o

asistentes de la educación.

4. Si el responsable fuera el padre, la madre o el apoderado(a) de un(a) alumno(a), se dispondrá como

medida la obligación de designar a un nuevo apoderado(a) o la prohibición de ingreso al

establecimiento. Sin perjuicio de efectuar las denuncias pertinentes de acuerdo a la legislación

vigente.

75

5. Si el responsable fuera un funcionario del establecimiento, se aplicarán la legislación vigente, como

así también se respetará la presunción de inocencia, principio garantizado en la ley. La denuncia no

es causal de despido del trabajador de acuerdo al Código del Trabajo. Sin embargo, mientras dure

la investigación y el proceso propiamente tal, el CCL tomará medidas de prevención en miras de

proteger al niño(a), como por ejemplo: permiso sin goce de sueldo, realizar labores dentro del

colegio que no impliquen contacto con alumnos(as) o cualquier otra medida de protección del

niño(a) que se acuerde con la Dirección.

6. La autoridad responsable de gestionar, comunicar, denunciar y realizar seguimiento de los hechos

relacionados con maltrato y abuso sexual infantil, es EL DIRECTOR del establecimiento.

III. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS

1. Se realizarán Charlas y Talleres con los diferentes estamentos de la unidad educativa (Docentes,

Administrativos, Asistentes de la Educación, Alumnas y Padres y Apoderados) donde se oriente como

prevenir, detectar y actuar en situaciones de maltrato y abuso sexual infantil.

2. Establecer redes de apoyo con instituciones tales como Carabineros, Red SENAME, Centros de Salud,

Etc.

PROTOCOLO DE VIOLENCIA ENTRE PARES

DEFINICIÓN Y CLASIFICACION

Definición: Es todo acto de agresión u hostigamiento que se produce entre un estudiante y un miembro de

la comunidad educativa, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le

provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave.

Este acto agresivo puede ser cometido forma individual o grupal, y puede ser tanto dentro como fuera del

establecimiento educacional.

A su vez el apoderado tiene el deber de brindar un trato deferente y respetuoso a todo el personal del CCL,

será considerada falta grave de parte del apoderado el maltrato verbal o físico, despectivo o soez en contra

de cualquier integrante de la comunidad educativa.

Clasificación de falta:

Se considera la violencia escolar asimétrica como una falta MUY GRAVE, donde algunas son:

76

1. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender a cualquier miembro de la

comunidad educativa.

2. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de

la comunidad educativa.

3. Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

4. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro

de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas,

etc.).

5. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación

económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad,

orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

6. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad

educativa a través de redes sociales, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

III. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO

1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunica oralmente a

Dirección o la persona que sienta mayor confianza.

2. La persona que recoge el hecho, lo registrará en libro de acta, textual como fue relatado. Luego

comunicará situación a profesor (a) jefe y/o Dirección, quien realizará citación al apoderado del estudiante

causante del daño y del estudiante dañado, dejando registro de esta citación en libro de actas.

3. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a) la Psicóloga realizará visita domiciliaria.

4. El Profesor(a) Jefe, Encargado(a) de Convivencia o Dirección entrevistan al apoderado(a) y estudiante(s)

causante del daño para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave.

5. El Profesor(a) Jefe, Encargado(a) de Convivencia o Dirección entrevistan con el apoderado(a) y

estudiante dañado para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. 6.

Encargado(a) de Convivencia registra de manera objetiva los aspectos centrales de cada una de las

entrevistas.

IV. PROCEDIMIENTO FORMATIVO.

1. El Encargado(a) de Convivencia, analiza la información recogida y valora la situación y determinará

medidas formativas de apoyo al estudiante(s) causante(s) y al estudiante dañado.

77

2. De ser necesario elaborará un plan de acción en conjunto con un equipo que selecciones que debe estar

compuesto por Profesor encargado de Seguridad Escolar y Psicóloga) con las medidas preventivas y

formativas.

3. El Equipo elaborará una bitácora y/o carpeta que registre los procedimientos y evolución del caso.

V. CIERRE Y SEGUIMIENTO

1. Encargado(a) de Convivencia hará seguimiento y elaborará informe una vez finalizado el plan de apoyo.

2. Encargado(a) de Convivencia dejará una copia en Dirección y una en la carpeta del alumno (a).

PLAN DE SEXUALIDAD, AFECTIVIDAD Y GÉNERO.

A. Justificación.

Considerando que:

1. Las personas que presentan el diagnóstico de discapacidad intelectual y otras necesidades

educativas especiales permanentes requieren que los contenidos a presentarles se entreguen de

forma parcelada, concreta, sistemática, significativa y por diferentes vías de acceso.

2. Que la adquisición de conductas adaptivas sociales y prácticas debe igualmente ser intencionada.

3. Que los seres humanos nacemos como seres sexuados y que, por ello, tenemos el derecho de recibir

información actualizada y veraz sobre sexualidad, afectividad y género.

4. Que la educación en sexualidad, afectividad y género, a diferencia del saber popular, retrasa las

relaciones sexuales, previene el ser víctima de abuso sexual y favorece la salud física y bienestar

emocional, entre otros.

5. Que, conforme al Proyecto Educativo Institucional, el estar informado permite el poder tomar

decisiones acertadas de forma autónoma, considerando las consecuencias de mis actos.

6. Y conforme a la Ley de Salud N° 20.418, que obliga a los establecimientos educacionales

reconocidos por el Estado a implementar un Programa de Educación sexual en el nivel de enseñanza

media.

Se vuelve necesaria la elaboración e implementación de un plan de sexualidad, afectividad y género dirigido

al alumnado del Centro de Capacitación Laboral Paulo Freire.

B. Objetivos.

Objetivo general.

• Que los alumnos expresen su sexualidad y afectividad acorde a sus potencialidades y preferencias.

78

Objetivos específicos.

• Identificar y generar de redes de apoyo como prevención de abuso sexual.

• Distinguir entre partes privadas y públicas del cuerpo.

• Usar responsablemente las redes sociales.

• Conocer qué es el abuso sexual y sus tipos

• Conocer cómo denunciar el abuso sexual.

• Distinguir diferentes tipos de vínculos sociales.

• Identificar buenos y malos tratos en la pareja.

• Prevenir embarazo.

• Prevenir enfermedades de transmisión sexual.

• Conocer formas de expresar afecto a nivel físico.

C. Contenidos.

• Partes del cuerpo humano.

• Concepto y conductas de abuso sexual.

• Protocolo de denuncia frente al abuso sexual.

• Manejo de privacidad y filtración de contenido compartido en redes sociales.

• Distinción entre vínculos sociales.

• Formas de saludo y distancia personal asociado a vínculos sociales diferentes.

• Violencia de pareja, tipos y su protocolo de denuncia.

• Los genitales femeninos y masculinos y los caracteres secundarios.

• Uso del preservativo.

• Métodos anticonceptivos (pastillas, inyecciones, dispositivo intrauterino e implante).

• Infecciones de transmisión sexual.

• Tipos de caricias y muestras de afecto (besos, abrazos, sexo).

D. Elaboración participativa.

Para asegurar que los contenidos y metodología sean los más relevantes y provechosos para nuestros

estudiantes es que se consideran las opiniones de los siguientes actores:

• Educadores a cargo de los alumnos, a los cuales se les interroga en Consejo de Profesores sobre las

temáticas más atingentes a tratar sobre la sexualidad y afectividad así como se indaga por algunas

características de los estudiantes que permitan ajustar la forma en que se muestren los contenidos

79

(nivel cognitivo, estilo de aprendizaje, lenguaje expresivo y forma preferida para comunicarse, otros

déficits sensoriales concomitantes).

• Padres y apoderados, los cuales serán informados del plan y podrán expresar sus dudas y

comentarios. Sumado a esto, se les hará entrega de manual de educación sexual para el

reforzamiento de las temáticas tratadas.

• Un grupo representativo de estudiantes quienes escriben de forma anónima sobre sus dudas y

sugerencias sobre el plan. Un segundo grupo de estudiantes, quienes responden a la misma cuestión

de forma oral.

E. Evaluación del plan.

¿Cómo medir los resultados de este plan durante su implementación?

a. Evaluación sesión a sesión de la comprensión y desarrollo de las actividades presentadas.

b. Evaluación sesión a sesión de cierre co-construido, destacando los puntos más relevantes tratados

durante la jornada.

c. Evaluación de síntesis, en la que se dedica una sesión para resolver preguntas que resumen lo

esencial de la unidad.

¿Cómo medir los resultados de este plan luego de finalizada su implementación?

a. Uso generalizado de condones durante el acto sexual, relatado por los alumnos.

b. Uso generalizado de métodos anticonceptivos, relatado por los alumnos.

c. Disminución de conductas afectivas no adecuadas dentro de un establecimiento educativo (como

agarrones, uso de lugares poco iluminados del centro, idas al baño en pareja, otros), observado por

los educadores.

d. Disminución de conductas de celos y posesión entre las parejas, observado por los educadores.

e. Aumento de demostración de afecto diferenciado entre compañeros, amigos y pololos; acorde al

diferente grado de cercanía, observado por los educadores.

f. Aumento de la higiene personal, especialmente de los genitales; observado por los educadores.

F. Vinculación y coordinación con redes territoriales.

¿Cómo asegurar que la información entregada sobre infecciones de transmisión sexual, prevención de

embarazos e higiene sea veraz y actualizada?

a. Mediante la revisión de literatura especializada por parte del encargado del plan.

b. Mediante la vinculación con internas de la carrera de Obstetricia del CESFAM Tucapel

80

G. Metodología.

La metodología será de un taller grupal cada dos semanas de una hora de duración iniciando el mes de abril

y finalizando el mes de diciembre del año 2017. Para el grupo formado por Decreto 300, la frecuencia es

semanal. El horario es dentro de la jornada de clases de los estudiantes y el espacio utilizado es la sala de

cada grupo.

La forma de entregar la información es variada, la cual incluye (sin ser este listado extensivo)

• Clase expositiva.

• Mesa de diálogo.

• Presentación de casos hipotéticos.

• Trabajo con material concreto (como los condones y el dildo).

• Material audiovisual.

• Análisis de noticias y contingencia asociado a los temas del taller.

• Sesiones de preguntas y respuestas por escrito u oral.

H. Referencias.

a. José Manuel García Fernández y colaboradores. (2002). Discapacidad intelectual: desarrollo

comunicación e intervención.

b. Ministerio de Educación. (2012). Orientaciones para el diseño e implementación de un programa

de sexualidad, afectividad y género.

c. Ministerio de Educación. (2007). Guía para el docente: educación sexual de niños, niñas y jóvenes

con discapacidad intelectual.

d. Ministerio de Educación. (2016). Orientaciones: articulación de los instrumentos de gestión para el

mejoramiento de educativo en las escuelas y liceos.

PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR (PISE) Información general

Nombre: Centro de Capacitación Laboral de Educación Especial Paulo Freire.

Nivel Educacional: Educación Especial

Dirección: Lautaro 2160, Barrio Norte, Concepción.

N° de pisos: 02

Superficie Construida: 843,84 M2

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Integrantes del establecimiento:

Cantidad trabajadores: 19

Cantidad de alumnos: 73

Manipuladora de alimentos: 01

Comedor: 01

Personal externo:

01 Kinesiólogo, alumnos en práctica.

01 Fonoaudióloga, alumnos en práctica.

01 terapeuta ocupacional, alumnos en práctica.

Generalidades

Construcción mixta de hormigón y paneles de internit. Salas construidas de carácter semi industrial,

cuenta con elementos de protección contra emergencias (aislación).

Equipamientos del establecimiento para emergencias

Cantidad extintores: 04

Gabinete red húmeda: Si

Red seca: No

Red inerte: No, sólo los edificios de 5 pisos o más son obligatorios.

Iluminación de emergencias: 04

Pulsadores de emergencias: 01

Detectores de humo: No

Comité de seguridad escolar

Director: Néstor Espinoza Pérez

Encargada de coordinación Plan de Seguridad PISE: Ethielly Mora Venegas

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Representante de los alumnos: Soledad Cabrera

Representantes de los profesores: Ethielly Mora Venegas

Representante de los organismos de protección: Marcelo Sausedo, Bombero.

Representante del centro general de padres y apoderados: Víctor Neira

Articulación del Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE)

Encargado de enlace y organismos técnicos: Jocelyn Maureira

Rol: Emitir alarma de emergencia, llamar a las compañías de bomberos, carabineros y otras entidades

colaboradoras.

En caso de corte de electricidad solicitar apoyo vía mensaje de texto con el organismo de protección.

Tareas: Actualización de números telefónicos padres y apoderados redes de apoyo y seguridad.

Recursos internos: Ximena Pincheira y monitor de apoyo

Rol: Conocer y determinar el uso de recursos internos: extintores, red seca /húmeda. Coordinar con

organismo de protección y coordinador de emergencia.

Tareas: Evaluar el mantenimiento y funcionamiento de los recursos internos del colegio.

Coordinador de emergencia: Ethielly Mora

Rol: Mantener a toda la comunidad educativa informada de los protocolos de acción en caso de sismos, fuga

de gas, incendio y accidentes.

Tareas: Coordinación y entrega de protocolos de acción, orientar sobre la forma de actuar ante un sismo,

fuga de gas, incendios, siniestros, accidentes.

Encargado de confinamiento y evacuación: Néstor Espinoza y monitor de apoyo

Rol: Coordinar y determinar las acciones a seguir en caso de: fuga de gas, incendio, sismo / terremoto.

Determinar las zonas seguras para dirigir a la comunidad educativa.

Tareas: determinar zonas seguras.

Servicios Básicos: Ruth Romero y monitor de apoyo

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Rol: Encargada de mantener las puertas abiertas en caso de sismo, incendio y fuga de gas, además coordinar

corte de agua luz y gas en caso necesario.

Monitor de apoyo: Docentes, asistentes técnicos y administrativos.

Rol: Encargado de apoyar y resguardar la seguridad de toda la comunidad Educativa, dentro y fuera del

aula.

Tareas: Apoyar al comité de emergencias.

FICHA DE PUNTOS CRITICOS

Alarmas en caso de sismos y siniestros

Se tocar la alarma siempre y cuando tengamos que evacuar las salas o cualquier dependencia del colegio

ante cualquier emergencia

LA ALARMA SERA TOCADA EN COMJUNTO CON EL MEGAFONO

No importa si en ese momento no conocemos la situación de riesgos que se está produciendo, lo único que

debemos tener claro es que la alarma sonará de una manera ininterrumpida hasta la evacuación total.

Acciones a seguir en caso de fuga de gas

84

Si al entrar a una sala detecta un fuerte olor a gas, siga con cuidado las siguientes instrucciones:

1- De inmediato retirar a los alumnos del establecimiento a la zona de seguridad que designe su

coordinador de emergencia y confinamiento de evacuación.

2- Cerrar el suministro de gas.

3- Abrir todas las puertas y ventanas que puedan para ventilar.

4- Tenga cuidado con realizar acciones que produzcan chispas.

5- Por ningún motivo encienda la luz o algún aparato eléctrico.

6- Tampoco realice llamadas telefónicas. (cerca de la fuga) Los aparatos telefónicos actuales son

electrónicos, pues tienen dispositivos que pueden generar pequeños arcos de corriente y chispas.

7- Nunca busque la fuga.

Acciones a seguir en caso de Incendios

El procedimiento a seguir en caso de incendio de las dependencias de nuestro establecimiento, se detalla a

continuación:

1- Activar redes del comité de emergencias.

2- Llamar a bomberos.

3- Dirigirse a zona de seguridad de inmediato.

4- La situación debe ser informada de inmediato a la Dirección y coordinadora de emergencias.

5- identifique el lugar del foco para determinar pasos a seguir rápidamente.

6- Identificar las rutas de evaluación que darán seguridad al alumnado.

7- Determinará si es necesario utilizar nuestros recursos para apagar el siniestro.

8- En caso de no poder regresar, se informará a los Padres y Apoderados la necesidad de retirar a los

alumnos por las puertas principales.

Acciones a seguir en caso de sismos

Siempre actuar con calma sin apuros, Activar redes del comité de emergencias, esperar las instrucciones del

personal encargado.

1- Buscar un lugar alejado de los ventanales, resguardar la seguridad de todo el alumnado.

2- Alejarte de los objetos que se puedan caer.

3- Trata de no moverte del sitio en el que te encuentras hasta que haya pasado el sismo.

4- Si hay desprendimiento de material, puedes protegerte debajo de los mesones, mesas escritorios.

5- Evita transitar por lugares en los que haya vidrios rotos o cables eléctricos.

85

6- No utilices ni fósforos ni velas, si necesitas luz solo utiliza linternas ya que puede haber escape de

gas.

7- En sala: profesor debe dirigirse abrir la puerta, impedir que los alumnos corran hacia afuera.

8- Cortar gas de estufa

9- Refugiarse bajo los mesones.

10- Recreos, Ed física: alejarse de construcciones y agruparse al centro del patio en la zona de seguridad.

Acciones a seguir en caso de accidente

Jornada escolar:

1. Llamar a los responsables de los alumnos. (Padres, apoderados o Tutor).

2. Trasladar a la sala de enfermería, solicitar ayuda a la encargada de primeros auxilios.

3. Golpe o caída, solicitar evaluación del kinesiólogo del establecimiento, solicitar traslado al centro

asistencial más cercano.

4. Levantar un acta que se elevara a la superioridad describiendo el hecho.

5. Los responsables de los alumnos tomaran conocimiento y firmaran el acta. (Profesor o Docente a

cargo en el momento que ocurrió el Accidente)

6. En caso de requerirse internación se hará la denuncia policial.

Furgones de traslado:

1. Los conductores deben comunicar el hecho a la dirección del establecimiento

2. Encargado del plan de seguridad escolar se dirigirá al lugar del accidente, llevando antecedentes

personales de los alumnos

3. Secretaria del establecimiento coordinara la comunicación con los padres y apoderados.

4. Dirección y encargado del Pan de seguridad Escolar, velaran por el regreso de los alumnos hacia

sus hogares.

Se citan los aspectos más importantes a considerar:

DEL ESTABLECIMIENTO: Las directivas se refieren a accidentes ocurridos dentro del establecimiento

y en actividades fuera del mismo, debidamente autorizada por la autoridad Escolar. (Actividades

Extraescolares)

DE LOS ALUMNOS Y RESPONSABLES: Contar con datos completos y actualizados de los de los

alumnos, que deben estar disponibles para el equipo directivo y los docentes de la escuela. Para los casos

de accidentes son imprescindibles los datos que permitan ubicar a sus padres o algún familiar.

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DE LA EMERGENCIA MÉDICA: Cualquier empresa de emergencias médicas que se contrate, será

complementaria a la dispuesta por la jurisdicción por todo el año Escolar. Si se decide la internación, o

traslado a un Centro de salud; un docente acompañara, junto con un responsable, al alumno.

DE LAS ACTAS: Se debe registrar el hecho en el Libro de Actas, que es un documento público. Si ocurre

fuera del establecimiento escolar se labra un Acta Volante, (O nota al Director del Establecimiento) que

será transcripta al Libro de Actas. A la hora de su confección hay que tener en cuenta:

• Señalar siempre: tiempo, modo y lugar.

• Un relato completo y objetivo.

• Términos claros.

• En caso que hubiere, señalar solo las lesiones visibles.

• Dejar constancia de los testigos del hecho, en lo posible.

DE LA FIRMA: Debe ser firmada por los padres y/o responsables, directivos, docentes encargados De

negarse alguna firma, se deja constancia al pie del acta.

DE LA DENUNCIA POLICIAL: Si fuere necesario hacer una denuncia policial debe ser realizada por la

autoridad escolar o Docente a cargo del grupo, el plazo máximo es dentro de las 48 Horas; de producido el

hecho.

DEL TRAMITE: Elevación de la documentación dentro de las 48 hs; al Director. De ser necesario, se

anticipará con un llamado telefónico o en forma verbal, relatando como ocurrió el accidente.

Confeccionar un legajo que contenga:

• Acta.

• Comprobante de atención de primeros auxilios con diagnóstico médico.

• Comprobante de la denuncia policial si la hubiere (En caso de suma Gravedad o de Internación)

• Certificado de "Alta Médica" (Se incorporará cuando la otorgue el Médico).

• Nota de elevación de la autoridad educativa, donde se constará de la situación escolar del alumno,

luego del accidente.

• Cualquier otra información considerada pertinente.