Reglamento Interno Fundación v.final 09.07.15

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Reglamento Interno En sesión ordinaria celebrada el día 19 de junio de 2015, en Moneda 673 8º piso de Santiago, el Directorio de la Fundación “Chile Descentralizado-CONAREDE, aprueba el siguiente Reglamento Interno, complementario y supletorio a los Estatutos de la Fundación “Chile Descentralizado… Desarrollado” (ex CONAREDE), en adelante la Fundación, el que establece las normas que en cada caso se indican para su mejor funcionamiento. TITULO I: DEL MARCO REFERENCIAL Artículo 1º: De la Misión. La Fundación tiene por misión promover en todas las comunas y regiones de Chile, y en todos los ámbitos y niveles, el desarrollo social y territorial equilibrado del país, impulsando procesos de efectiva descentralización (política, administrativa, fiscal-económica), de desarrollo local y regional, así como de participación ciudadana y control democrático relacionados a dichos procesos. Artículo 2º: De la Visión: La Fundación se propone ser una organización ciudadana de la sociedad civil de regiones, calificada, plural, independiente, autónoma y transparente, respetuosa de las identidades y de la diversidad local, organizada en red, flexible y moderna, dirigida a promover el avance de los procesos de descentralización y de desarrollo local y regional en Chile. Artículo 3º: De los Principios Orientadores: para cumplir su rol de organización de la sociedad civil de regiones, la Fundación se preocupará de: a) Tener como resultado la producción de bienes públicos. b) Nunca transar la Misión por la cual fue creada ni desvirtuar su naturaleza. c) Asegurar su independencia de grupos políticos, económicos y de otros intereses ajenos a los propios. d) “Ser” y “parecer”, en consistencia con su Misión y Valores. e) Vincular su misión a su imagen corporativa. f) Entender y administrar a la institución como una empresa; profesionalizar su gestión, diferenciando los roles entre directorio y la función ejecutiva. g) Contar con una planificación estratégica de corto, mediano y largo plazo, con eficientes mecanismos de control y seguimiento. h) Utilizar tecnologías de información y comunicación (TICs) en todos los procesos que sea pertinente y posible. i) Establecer redes y alianzas estratégicas que potencien su acción. j) Asegurar transparencia: abrir la gestión al conocimiento público de la comunidad, usuarios y patrocinadores; contar con auditorías externas.

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Reglamento Interno

En sesión ordinaria celebrada el día 19 de junio de 2015, en Moneda 673 8º piso de Santiago, el

Directorio de la Fundación “Chile Descentralizado-CONAREDE, aprueba el siguiente Reglamento

Interno, complementario y supletorio a los Estatutos de la Fundación “Chile Descentralizado…

Desarrollado” (ex CONAREDE), en adelante la Fundación, el que establece las normas que en cada

caso se indican para su mejor funcionamiento.

TITULO I: DEL MARCO REFERENCIAL

Artículo 1º: De la Misión. La Fundación tiene por misión promover en todas las comunas y regiones de Chile, y en todos los ámbitos y niveles, el desarrollo social y territorial equilibrado del país, impulsando procesos de efectiva descentralización (política, administrativa, fiscal-económica), de desarrollo local y regional, así como de participación ciudadana y control democrático relacionados a dichos procesos.

Artículo 2º: De la Visión: La Fundación se propone ser una organización ciudadana de la sociedad civil de regiones, calificada, plural, independiente, autónoma y transparente, respetuosa de las identidades y de la diversidad local, organizada en red, flexible y moderna, dirigida a promover el avance de los procesos de descentralización y de desarrollo local y regional en Chile.

Artículo 3º: De los Principios Orientadores: para cumplir su rol de organización de la sociedad civil de regiones, la Fundación se preocupará de: a) Tener como resultado la producción de bienes públicos. b) Nunca transar la Misión por la cual fue creada ni desvirtuar su naturaleza. c) Asegurar su independencia de grupos políticos, económicos y de otros intereses ajenos a los

propios. d) “Ser” y “parecer”, en consistencia con su Misión y Valores. e) Vincular su misión a su imagen corporativa. f) Entender y administrar a la institución como una empresa; profesionalizar su gestión,

diferenciando los roles entre directorio y la función ejecutiva. g) Contar con una planificación estratégica de corto, mediano y largo plazo, con eficientes

mecanismos de control y seguimiento. h) Utilizar tecnologías de información y comunicación (TICs) en todos los procesos que sea

pertinente y posible. i) Establecer redes y alianzas estratégicas que potencien su acción. j) Asegurar transparencia: abrir la gestión al conocimiento público de la comunidad, usuarios y

patrocinadores; contar con auditorías externas.

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Artículo 4°: De la Organización y Base Territorial de la Fundación: Consecuente con sus objetivos de descentralización y de desarrollo local y regional, y sin perjuicio de los términos formales prescritos en su Estatuto, la principal base de sustentación, participación, representación regional y orientación institucional de la Fundación, así como su conexión con la ciudadanía e instituciones de nivel local y regional, estará dada por la voluntad, capacidad de apoyo y activa participación de sus filiales, contempladas en el Título I, Artículo Primero del Estatuto, las que se denominarán Capítulos Regionales, constituidos en cada una de las regiones del país, cuyo funcionamiento se establece por el presente reglamento. Excepcionalmente, y previa solicitud y aprobación por el Directorio, también podrá constituirse un Capítulo a nivel de una provincia o de una comuna, en cuyo caso el Directorio normará la modalidad de relacionarse de éste con el respectivo Capítulo Regional. TITULO II: DE LOS MIEMBROS COLABORADORES.

Artículo 5º: Con el fin de poder realizar su misión y sus objetivos, y de conformidad con el título III, artículo 13º (letras d, e, f) y título IV, artículo 20º de su Estatuto, la Fundación contará con Miembros Colaboradores, quienes estarán organizadas en dos categorías: Socios y Aliados Estratégicos:

Artículo 6º: De los Socios. Serán Miembros Colaboradores de la Fundación, en la categoría de Socios, las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que se comprometan a colaborar gratuitamente en el desarrollo de los fines de la Fundación y a apoyar su funcionamiento general, dándole asistencia técnica o profesional de alto interés para la Fundación, o económica mediante un aporte monetario periódico, en montos y plazos a convenir en cada caso.

Artículo 7º: De los Aliados Estratégicos. Serán Miembros Colaboradores de la Fundación, en la categoría de Aliados Estratégicos, las personas naturales o jurídicas (empresas privadas, organismos públicos, de nivel regional, nacional o internacional, corporaciones, fundaciones, otras), dispuestas a apoyar las operaciones estratégicas de la Fundación, y/o algunos de sus programas o actividades específicas, bajo condiciones de interés mutuo y períodos a convenir en cada caso, mediante el correspondiente convenio o contrato de colaboración.

Artículo 8º: La condición de Miembros Colaboradores establecida en los artículos precedentes, se adquiere por aceptación del Directorio, cuyas dos categorías (socio, aliado estratégico) no serán incompatibles entre sí, de manera que una persona natural o jurídica podrá ostentar una o más de las categorías de Miembro Colaborador.

Artículo 9º: Los Miembros Colaboradores podrán ser invitados, con derecho a voz, a las reuniones del Directorio para hacer proposiciones orientadas al mejor desarrollo de los objetivos y actividades de la institución; e integrarán, si así lo estiman, el Consejo Nacional Consultivo (consagrado en el Artículo 21º del Estatuto), el que se reunirá a lo menos una vez al año y recibirá, a título informativo, para su análisis y sugerencias, la Memoria y Balance Anual de la Fundación.

TITULO III: DE LOS CAPITULOS REGIONALES.

Artículo 10º: Los Capítulos Regionales estarán integrados por miembros colaboradores, cualquiera sea su categoría (socio o aliado estratégico), comprometidos con el desarrollo de su respectiva localidad y región, en base a su propia agenda de acción, a la vez que dispuestos de contribuir e influir en la construcción, periódica actualización y promoción de una agenda regional y nacional de descentralización y de desarrollo territorial, que declaren su voluntad de adherir y de aportar a los objetivos y actividades de la Fundación.

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Artículo 11°: Para formalizar la adhesión de un miembro colaborador a un Capítulo Regional, la Secretaría de la Fundación pondrá a disposición de cada Capítulo un Registro de Miembros Colaboradores pertenecientes a dicho Capítulo.

Artículo 12º: Cada Capítulo Regional elegirá entre sus miembros a un Presidente, un Vicepresidente -quien en ausencia del Presidente le subrogará-, un Secretario y un Tesorero, con capacidad de conducir los programas y actividades propias del Capítulo, así como la coordinación y colaboración de éste con las tareas de nivel nacional de la Fundación.

Artículo 13º: Cada Capítulo Regional tendrá además la facultad de elegir entre sus integrantes a un representante del respectivo Capítulo Regional en el Directorio de la Fundación, cuyo nombre será ratificado por el Fundador en uso de las facultades que le confiere el Estatuto.

Artículo 14º: En caso de impedimento temporal del representante del respectivo Capítulo Regional para asistir a una reunión del Directorio de la Fundación, asistirá en su reemplazo, con plenas facultades, el Presidente de dicho Capítulo, cuando sea una persona distinta del representante del Capítulo en el Directorio, o el Vicepresidente, cuando no lo pudiere hacer el Presidente. En el evento que no pudieran concurrir el representante titular o el Presidente, en su caso, o el Vicepresidente, enviarán un poder simple a uno de los otros miembros del Directorio que concurra a dicha reunión del Directorio.

TITULO IV: DE LA VIGENCIA Y MODIFICACION DEL REGLAMENTO INTERNO.

Artículo 15º: A medida que el avance y desarrollo general de la Fundación, el trabajo del Directorio y el funcionamiento e interacción con los Capítulos Regionales de la Fundación lo vaya aconsejando, el Directorio, por mayoría de sus integrantes, podrá ampliar y perfeccionar el presente Reglamento Interno.