Reglamento Interno Fundacion Mons Francisco Cano

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REGLAMENTO INTERNO TÍTULO I DE LA ADMISIÓN DE NUEVOS BENEFICIARIOS Art. 1 Del proceso de postulación. El proceso de postulación, para la admisión de nuevos beneficiarios, se toma en cuenta la postulación externa e interna antes de su respectivo ingreso. CAPÍTULO I DE LA POSTULACIÓN EXTERNA Art. 2 De la postulación externa. Se considera lo siguiente: a) Son postulantes externos los universitarios interesados en optar una plaza vivienda en la Residencia de la Fundación que hayan sido aprobados como postulantes en una asamblea de beneficiarios. b) Los postulantes deberán ser alumnos regulares en la universidad (UMSS) provenientes del interior del país y/o de provincias carentes de vivienda-limitados económicamente. c) Todo interesado deberá solicitar entrevista con el representante de los beneficiarios (Presidente) quien en compañía del Secretario de Bienestar realizarán la respectiva entrevista. d) El solicitante deberá responder el Formulario No. 01 el cual será entregado por el presidente durante la entrevista. e) El solicitante deberá cumplir con los requisitos del Formulario No. 02 (Requisitos de Postulación) y presentar los documentos solicitados en el lapso de tiempo que la asamblea de beneficiarios determine. f) La postulación externa será por un tiempo máximo de 2 meses una vez aprobada la postulación. El tiempo podrá reducirse de acuerdo al desenvolvimiento o la situación en que se encuentre el postulante. Art. 3 De la evaluación del postulante externo. Pasado el tiempo de postulación externa se procederá a la evaluación. a) Se formará una comisión de entre la asamblea de beneficiarios quienes realizarán una visita sorpresiva al domicilio particular del postulante. b) La comisión encargada deberá presentar un informe escrito y detallado sobre la visita realizada a la asamblea de beneficiarios. Informará también la situación económica del postulante. Art. 4 De los parámetros de evaluación. La evaluación de la postulación externa se relazará en base a tres aspectos con un respectivo valor, señalado en el gráfico; ésta se realizará en una reunión ordinaria. Académico 34 puntos Económico 33 puntos Desarrollo Personal y Social 33 puntos Total: 100 puntos

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reglas que todo residente debe, tiene que cumplir

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REGLAMENTO INTERNO

TÍTULO I

DE LA ADMISIÓN DE NUEVOS BENEFICIARIOS

Art. 1 Del proceso de postulación. El proceso de postulación, para la admisión de nuevos

beneficiarios, se toma en cuenta la postulación externa e interna antes de su respectivo ingreso.

CAPÍTULO I

DE LA POSTULACIÓN EXTERNA

Art. 2 De la postulación externa. Se considera lo siguiente:

a) Son postulantes externos los universitarios interesados en optar una plaza vivienda en la

Residencia de la Fundación que hayan sido aprobados como postulantes en una asamblea de

beneficiarios.

b) Los postulantes deberán ser alumnos regulares en la universidad (UMSS) provenientes del

interior del país y/o de provincias carentes de vivienda-limitados económicamente.

c) Todo interesado deberá solicitar entrevista con el representante de los beneficiarios

(Presidente) quien en compañía del Secretario de Bienestar realizarán la respectiva entrevista.

d) El solicitante deberá responder el Formulario No. 01 el cual será entregado por el presidente

durante la entrevista.

e) El solicitante deberá cumplir con los requisitos del Formulario No. 02 (Requisitos de

Postulación) y presentar los documentos solicitados en el lapso de tiempo que la asamblea de

beneficiarios determine.

f) La postulación externa será por un tiempo máximo de 2 meses una vez aprobada la

postulación. El tiempo podrá reducirse de acuerdo al desenvolvimiento o la situación en que

se encuentre el postulante.

Art. 3 De la evaluación del postulante externo. Pasado el tiempo de postulación externa se

procederá a la evaluación.

a) Se formará una comisión de entre la asamblea de beneficiarios quienes realizarán una visita

sorpresiva al domicilio particular del postulante.

b) La comisión encargada deberá presentar un informe escrito y detallado sobre la visita

realizada a la asamblea de beneficiarios. Informará también la situación económica del

postulante.

Art. 4 De los parámetros de evaluación. La evaluación de la postulación externa se relazará en base

a tres aspectos con un respectivo valor, señalado en el gráfico; ésta se realizará en una reunión

ordinaria.

Académico 34 puntos

Económico 33 puntos

Desarrollo Personal y Social 33 puntos

Total: 100 puntos

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1) Académico. Se tomará muy en cuenta el inciso “g” del Formulario No. 02 (Requisitos de

Postulación) de haber aprobado el 60 % de las materias registradas en el semestre o año

anterior. En caso de incumplimiento la postulación será rechazada.

2) Económico. Este aspecto se evaluará en función de los siguientes parámetros:

Situación económica de la familia.

Número de miembros en su familia.

Lugar de procedencia (dando preferencia a los del interior del país).

Situación económica del estudiante (ingresos que percibe).

Otras fuentes de ingresos (trabajos extras, becas, etc.)

3) Desarrollo Personal y Social. En este aspecto se evaluará el desarrollo personal y social

desarrollado en el transcurso de su postulación externa. Se tomará en cuenta los valores

culturales, humanos, morales y espirituales.

Cada beneficiario pondrá un puntaje cuya suma total se dividirá por el número de

beneficiarios.

Art. 5 Resultados de la evaluación. Una vez admitida la postulación interna se establece lo siguiente:

a) Plazo de 10 días para hacer su ingreso a la residencia; vencido este plazo, queda

automáticamente nula su postulación interna.

b) El estudiante al ingresar debe cancelar la cuota mensual por adelantado.

CAPÍTULO II

DE LA POSTULACIÓN INTERNA

Art. 6 De la postulación interna. Son postulantes internos aquellos postulantes que hayan sido

aprobados en la evaluación de postulantes externos. Éstos a la vez adquieren derechos y obligaciones

dentro de la Residencia.

Art. 7 La postulación interna será por un tiempo máximo de tres meses.

Art. 8 De sus derechos. Se considera los siguientes:

1. Recibir un trato respetuoso por los miembros de la fundación.

2. Libertad de expresión con los demás.

3. Ser informado del proceso de postulación y las restricciones.

Art. 9 De sus obligaciones. Se considera los siguientes:

1. Conocer y cumplir con las normas y reglamentos internos de la fundación.

2. Cancelar el aporte mensual al Secretario de Haciendas por mes adelantado.

3. Mantener la buena imagen de la Fundación dentro y fuera de sus ambientes.

4. Cumplir con las obligaciones de cada secretaría.

5. Participar en actividades de secretarías (actividades deportes, culturales, arreglos en la

residencia y otros).

6. Mantener el respeto mutuo con todas las personas.

7. Velar por el bienestar de los bienes muebles e inmuebles de la Fundación.

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Art. 10 De la evaluación del postulante interno. La evaluación de la postulación interna se relazará

en base a dos aspectos, señalado en el gráfico; ésta se realizará en una reunión ordinaria.

Académico 40 puntos

Desarrollo Personal y Social 60 puntos

Total: 100 puntos

1) Académico. Se tomará en cuenta la aprobación del 60 % de las materias registradas en el

semestre o año anterior para habilitar su evaluación; de ser lo contrario la postulación será

rechazada.

2) Desarrollo Personal y Social. Para esta evaluación se tomará los siguientes criterios:

2.1) Desarrollo personal. El desarrollo personal se evaluará bajo tres aspectos.

2.1.1) Iniciativa. Se refiere a la expresión de ideas, opiniones y sentimientos de

manera independiente, demostrando una capacidad de liderazgo.

2.1.2) Creatividad. Consiste en dar respuestas nuevas y originales a planteamientos

o problemas que surgen en el diario vivir. Ésta se manifestará en todo ámbito de

trabajo ya sea al expresarte en forma oral, escrita o artística.

2.1.3) Responsabilidad. (Pago de mensualidades)

Tiene relación con la voluntad para cumplir con las obligaciones de secretarías y

otros, con el esfuerzo en el trabajo de manera activa y la demostración del deseo de

superación.

2.2) Desarrollo social. Ésta se evaluará en lo siguiente:

2.2.1) Sociabilidad. Implica la capacidad de los alumnos para relacionarse con los

demás en forma armónica y cooperativa; participar en las actividades…y recreativas

aportando su persona, tiempo y actividad en los momentos de trabajo y convivencia;

respetar y aceptar a los demás sin discriminación de ningún tipo valorándose a sí

mismo y a los otros.

2.2.2) Solidaridad y Cooperación. Conlleva la sensibilidad hacia los problemas de

los otros y se manifiesta en el trabajo de equipo en el que se coopera y valora las

iniciativas e ideas ajenas.

2.2.3) Disciplina.

Art. 11 De los resultados de la evaluación. Después de esta evaluación final se establece lo

siguiente:

a) El nuevo beneficiario deberá cancelar la suma de Bs. 175 por concepto de derecho a

“CANO”.

b) El nuevo beneficiario adquiere todos los derechos y obligaciones constituidas en este

reglamento.

Solicitar el formulario No (3) objetivos de la residencia / compromiso del buen vivir (Post. Interno)

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CAPÍTULO III

DEL CESE DEL PROCESO DE POSTULACIÓN

Art. 12 Del cese del proceso de postulación. Se considera los siguientes aspectos:

1. Por faltas graves contra la Fundación.

2. Por el cese del tiempo de su postulación (interna y/o externa).

3. Por acumulación de igual o mayor a tres faltas en la residencia.

4. Por agresión física contra los beneficiarios.

5. Por daños que comprometan a la Fundación.

CAPÍTULO IV

DE LA CONVOCATORIA

Art. 13 De la convocatoria. Se lanzará la convocatoria de postulación cada principio de año con

una duración que la asamblea considere aceptable para la entrevista y la recepción de documentos.

Art. 14 La revisión de la documentación de postulantes se hará en una asamblea de beneficiarios.

Art. 15 De los rezagados. Se tratará como casos especiales a quienes soliciten postular pasada la

fecha de la convocatoria.

CAPÍTULO V

DE LA ADMISIÓN EXTRAORDINARIA

Art. 16 Admisión extraordinaria. Son postulantes a la UMSS (personas que no tienen recursos

suficientes /con previa recomendación).

En la admisión de postulantes provenientes directamente de provincias (Alumnos no regulares de la

Universidad) estos deberán cumplir con lo siguiente.

1. Su estadía en la residencia, solo deberá ser de 2 meses antes de la fecha de examen de ingreso de su

carrera escogida como máximo.

2. Si aprueba el examen de ingreso, estará en un periodo de prueba de un semestre.

3. Al postulante admitido, se le realizaran calificaciones mensuales. En relación a su comportamiento y

desenvolvimiento en la residencia.

4. El postulante al término del semestre, se lo realizara la calificación final para la admisión como

residente.

5. Si no aprueba el examen de ingreso, se tendrá que retirar de la Residencia automáticamente.

6. El retiro de la residencia también esta determinado de acuerdo al régimen disciplinario contemplado

en el Estatuto Orgánico de la Residencia

7. Para asegurar su retiro se recomienda que el postulante tenga el dinero de su pasaje de vuelta, entregado

a la Secretaria de Hacienda.

8. El postulante de provincia deberá aportar la mensualidad determinada por Asamblea desde el momento

que inicia su estadía en la Residencia.

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CAPÍTULO VI

DE LAS LIMITACIONES Y RESTRICCIONES

Art. 17 De las limitaciones. Con el espíritu de ser justos en la recepción de estudiantes de todo el

país, se tiene las siguientes resoluciones:

a) Se establece un límite máximo de 16 estudiantes por la capacidad de la infraestructura de la

Fundación.

b) Se establece un límite máximo de tres estudiantes por departamento. En caso de escasez de

postulantes se abrirá una plaza más de hasta un máximo de cuatro para los departamentos que

más demanden.

c) Se establece un límite máximo de dos estudiantes por carrera.

d) Se establece un solo miembro por familia (hermanos), y dos por parentesco (primos, tíos,

etc.) mientras sea beneficiario en la fundación.

Art. 18 De las restricciones. Se considera lo siguiente:

a) Los residentes que cursen simultáneamente dos o más carreras, para la manutención de la

plaza en la residencia se tomará en cuenta la carrera con la que se registro al momento de

solicitar su plaza en la Residencia.

b) Los residentes que cambien de carrera pierden todos los derechos de beneficiario.

Art. 19 Se tomará los bienes por la suma de la deuda de aquellos que tengan cuentas pendientes con

la Fundación.

TÍTULO II

DEL RESIDENTE BENEFICIARIO

CAPÍTULO I

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

Art. 20 De sus derechos. Son derechos del beneficiario los siguientes:

a) Ser respetado.

b) Albergarse y hacer uso de todas las pertenencias (duchas, bancos, dormitorio y otros) las

que deberán ser distribuidas por el Secretario de Bienestar en forma equitativa.

c) Exigir el cumplimiento de las normas y reglamentos establecidos.

d) Derecho a voz y voto en asambleas.

e) Presentar reclamo ante cualquier irregularidad observada en la Residencia.

f) Solicitar la convocatoria de reuniones extraordinarias, las veces que sea necesario de

acuerdo a su importancia.

g) Ser electores y elegidos para ser componentes de la mesa directiva y el comité directivo

conforme a Reglamento Interno y Estatuto Orgánico (Art. 8c).

h) Ser informado de todo acontecimiento que se realiza en la Fundación.

i) Hacer uso de la residencia sin suplantación de este beneficio por otro ajeno (tiene la

obligación de vivir en la Residencia sin que pueda ser suplido por otro).

Art. 21 De sus obligaciones. Todo residente tiene las siguientes obligaciones.

a) Contribuir al buen funcionamiento de la Residencia acatando todas las determinaciones del

presente reglamento y el Estatuto Orgánico.

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b) Acatar las decisiones y determinaciones de las reuniones ordinarias y extraordinarias de

asamblea.

c) Cumplir con los reglamentos que emanen de las secretarías (limpieza, trabajo, actividades

culturales, deportivas, etc.) previa aprobación de la asamblea de beneficiarios

d) Solicitar el FORMULARIO DE PERMISO por ausencia cuando el tiempo de ausencia del

beneficiario sea mayor a dos días bajo condiciones justificadas con una anticipación de un

día antes.

e) Mantener una actitud de mucho respeto entre los beneficiarios fomentando la familiaridad;

no haciendo actos que dañen o denigren a los demás.

f) Asistir y participar en reuniones y trabajos establecidos.

g) Cumplir con las responsabilidades encomendadas, sean estas como responsables de una

secretaría, presidencia, miembro del comité directivo o de base.

h) Responsabilizarse y cuidar todos los muebles e infraestructura de la residencia.

i) Solicitar formulario de Permiso de actividad (reuniones, actividades de secretarías, etc.) con

día de anticipación bajo condiciones justificadas

j) Cancelar el aporte mensual hasta el diez de cada mes indefectiblemente.

k) Mantener buena imagen dentro y fuera de la Residencia.

l) Cumplir con los objetivos de la Fundación.

CAPÍTULO II

DE LA RENOVACIÓN DE PLAZAS Y LA DURACIÓN

Art. 22 De la renovación de plaza. La renovación de plaza del beneficiario se realizará después del

fin de una gestión académica (semestral/ anual); ésta se realizará en una Reunión Ordinaria por la

mesa directiva con participación del Delegado Episcopal (Art. 11a, VII. Estatuto Orgánico)

Art. 23 El beneficiario, en la renovación de plaza, deberá presentar fotocopia de matrícula de

inscripción y el historial académico de la última gestión, legalizado y sellado por la dirección de

carrera a la que pertenece.

Art. 24 De la evaluación del beneficiario. La evaluación de beneficiarios se realizara en base a los

parámetros de la gráfica.

1) Rendimiento académico. Se tomará en cuenta el 60% de las materias aprobadas como

mínimo para la renovación de plazas. (de 4 o 5 materias tomadas, 3 aprobadas)

2) Económico. En los parámetros económicos se tomaran en cuenta lo siguiente.

a) Puntualidad en el pago de sus mensualidades.

b) Si el trabaja y estudia.

3) Desarrollo personal y social. Se tomaran los siguientes parámetros:

a) Relaciones internas

b) Responsabilidad (en secretaría y otros.)

c) Creatividad

d) Iniciativa

Académico 60 puntos

Económico 15 puntos

DPS 25 puntos

Total 100 puntos

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e) Respeto

Art. 25 De la duración del beneficiario en la residencia de la fundación. El beneficiario podrá

gozar de una plaza en la residencia de la Fundación hasta su respectivo egreso de la universidad

siempre y cuando cumpla con las norma internas.

Art. 26 Su estadía en la residencia se contabilizará a partir del semestre o año en el que se encuentre

al momento de su admisión (si su admisión fue en el 2do semestre o el primer año, tendrá derecho a

permanecer ocho semestres o cuatro años).

CAPÍTULO III

DEL BENEFICIARIO EN SITUACIÓN DE EGRESO

Art. 27 Éste artículo es válido para aquellos estudiantes que hayan culminado su plan de estudios en

el tiempo previsto en artículos anteriores. Se considera lo siguiente:

a) Todo residente beneficiario, una vez concluido su plan de estudios (malla curricular) tendrá

derecho de permanecer en ésta por el tiempo de 6 meses a un año como máximo, la cual

dependerá a la modalidad de titulación que escoja.

b) El egresado deberá presentar documentación la cual certifique la modalidad de titulación que

ha escogido.

c) Vencido el tiempo de su estadía, el residente deberá desalojar automáticamente la Residencia.

d) Los residentes egresados que inicien o estuviesen estudiando otra carrera no podrán renovar

su plaza en la Residencia.

TÍTULO III

DE LOS EX BENEFICIARIOS

Art. 28 De los ex beneficiarios. Se considera lo siguiente:

De sus funciones

a) Velar por el normal funcionamiento de la Residencia y la Fundación.

b) Velar por el bienestar integral de los residentes beneficiarios.

c) Velar por la integridad física de la residencia (infraestructura).

d) Canalizar becas de postgrado para los beneficiarios.

e) Constituir lazos y/o convenios con instituciones en pro del adelanto de la Residencia y la

Fundación.

f) Dar apoyo y/u orientación en la parte académica, moral y ética según las circunstancias.

g) Planificar actividades en coordinación con las secretarías de la mesa directiva.

De sus obligaciones

a) Trabajar preferentemente en los proyectos de la Fundación.

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b) Contribuir en la mejora y desarrollo de la Fundación.

c) Apoyo en orientación y/o tutoría con alguna(s) secretaría(s).

TÍTULO IV

DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y LA PREMIACIÓN

CAPÍTULO I

DE LAS FALTAS Y SANCIONES

Art. 29 Son consideradas faltas pasibles de sanción todos los hechos abajo señalados:

Art. 30 De las faltas leves. Se consideran faltas leves pasibles a una amonestación verbal y/o llamada

de atención los siguientes:

a) Desacato a disposiciones y normas establecidas para el buen funcionamiento de la residencia

(pasible a expulsión).

b) Incumplimiento en las obligaciones y deberes del residente (Limpieza, trabajos, etc.)

c) Incumplimiento al pago de mensualidades con Secretaría de Haciendas.

d) Inasistencia a reuniones ordinarias o extraordinarias (consecutivas o simultáneas).

e) Inactividad en trabajos o actividades de la Fundación.

f) Incumplimiento en las funciones de secretaría.

g) Organización de fiestas o acontecimientos personales sin autorización de la asamblea.

h) Por traer personas ajenas que causen daños a la Residencia.

i) Faltas a reuniones, actividades y otros.

j) Por abuso de autoridad de secretaría ante beneficiarios y/o postulantes.

Art. 31 Las faltas leves serán sancionadas de acuerdo a la gravedad del caso que será determinada

por la asamblea de beneficiarios.

Art.32 De la amonestación verbal. Podrá efectuarla la asamblea, el presidente o el responsable de

la secretaría que observó la falta a solicitud de cualquier miembro o delegado del arzobispado por

una falta leve.

Art. 33 De las faltas graves. Las faltas graves sancionadas con EXPULSIÓN definitiva de la

residencia los siguientes:

a) Robos o daños a pertenencias de un residente o de la misma residencia.

b) Inobservancia a normas de conducta y de urbanidad (agresión física y otros.)

c) Daño graves a instalaciones, infraestructura, pertenencias de la residencia de acuerdo a la

gravedad. (multa económica y/o expulsión).

Art. 34 De la expulsión. Ésta se realizará por resolución de la asamblea de beneficiarios en reunión

ordinaria, previo informe por el presidente, secretaría o residentes de base sobre la falta cometida.

Art. 35 Se establece tres tipos de expulsión: Expulsión automática, por asamblea y por

incumplimiento académico. Éstas serán consideradas por la asamblea de beneficiarios.

1. Expulsión Automática. Se considera lo siguiente:

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1.1 Por acumulación de diez faltas en la Residencia.

1.2 Se considera tres faltas en Postulantes Internos

2. Expulsión por Asamblea. Por las siguientes faltas.

2.1 Por agresión física.

2.2 Casos que perjudiquen a la fundación.

2.3 Por malversación de fondos y bienes mayor a bs. 100 o que comprometan a la Fundación

determinados por una auditoria.

2.4 Por robo o hurto.

3. Expulsión por incumplimiento académico. Ésta será considerada por la asamblea de

beneficiarios.

CAPÍTULO II

DE LA PREMIACIÓN

Art. 36 De la premiación. Son considerados acciones para premiación, anualmente, los siguientes

aspectos.

a) Por mejor Rendimiento Académico. Acumulación de promedio anual a partir de 65 a 80

puntos. (Consideración de dos meses de cuota mensual)

b) Económico. El más responsable en el pago de sus cuotas mensuales. (Descenso de una falta

acumulada en secretaría de Bienestar)

c) Social. Al más sociable. (Descenso de ½ falta acumulada en secretaría de Bienestar)

d) Cano del año. Mejor residente del año en todo nivel.

TÍTULO V

DEL RÉGIMEN INTERNO

CAPITULO I

DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA

Art. 37 De la conducción. La organización interna de la Residencia está dirigida por la asamblea de

beneficiarios y la mesa directiva, la cual está conformada por los mismos estudiantes beneficiarios.

Art. 38 De la asamblea de beneficiarios. La asamblea general de beneficiarios se constituye como

la máxima autoridad de deliberación y decisión en la organización interna de la Residencia.

Ésta tendrá como finalidad principal agrupar la participación y comunión de todas las personas,

involucradas en las actividades de la fundación, y contribuir a su mejor funcionamiento (Art. 17,

Estatuto Orgánico).

Art. 39 De las resoluciones de asamblea. Estas serán consideradas serias y de estricto cumplimiento

a partir de su emisión y éstas, a la vez, serán tomadas en cuenta por el Comité Directivo de la

Fundación (Art. 21, Estatuto Orgánico).

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Art. 40 De la Mesa Directiva. La Mesa Directiva está constituida por los siguientes:

Presidencia y Vice-presidencia.

Secretaría de Hacienda.

Secretaría de Bienestar

Secretaria de Computación

Secretaría de Terrenos

Secretaría de Cultura y Salud Espiritual

Secretaría de Salud

Secretaría de Deportes

Art. 41 De la elección de la mesa directiva. Todos los miembros de la Mesa Directiva (Presidencia

y Secretarías) serán elegidas en una asamblea general ordinaria con la participación de todos los

beneficiarios y el Delegado Episcopal (Art.11 inc. a)/ VII, Estatuto Orgánico).

La designación de los candidatos y la elección se realizarán de una forma democrática a través del

voto directo por todos los beneficiarios.

Art. 42 De las atribuciones de la Mesa Directiva. Estas están tipificadas en el Cáp. III, Art. 19

(pp.5) del Estatuto Orgánico de Fundación.

Los representantes beneficiario elegidos para el Comité Directivo de la Fundación será por un

periodo que la asamblea considere apropiado.

Atr. 43 De las funciones. Estas están tipificadas en el Cáp. III, Art. 20 (pp.6) del Estatuto Orgánico

de Fundación.

Art. 44 De las funciones y obligaciones de los miembros de la Mesa Directiva. Las funciones y

obligaciones de cada uno de los miembros de la mesa directiva son las siguientes:

a) Presidencia. La Presidencia y Vice-presidencia son la instancia de ejecución en coordinación con

todas las secretarías tanto interna como externa en la residencia de la fundación.

De sus funciones

1. Representar de forma oficial ante cualquier institución y/o personas con las cuales

establezca relaciones de acuerdos mutuos para el beneficio de la institución.

2. Buscar contactos interinstitucionales.

3. Mantener buenas relaciones y contactos (Página Web de la Fundación) con instituciones

y autoridades gubernamentales.

4. Coordinar y ordenar las actividades internas y/o externas de la residencia en junta relación

con las secretarías y los miembros del Comité Directivo de la Fundación.

5. Convocar y dirigir las asambleas (reuniones) ordinarias y extraordinarias.

6. Informar los logros y/o avances a la asamblea.

7. Verificar la regularidad tanto académica como interna de los residentes beneficiarios, e

informar a la asamblea respectiva.

8. Administrar y/o velar por el cuidado de los documentos y patrimonios de la Fundación.

9. Presentar informe final de gestión (semestral y/o anual) al Comité Directivo.

10. Tomar decisiones en situaciones graves.

De sus obligaciones

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1. Cumplir y hacer cumplir el reglamento interno de la residencia y el Estatuto Orgánico de

la Fundación

2. Velar por el cumplimiento de los fines y objetivos de la fundación; así mismo, por el

cumplimiento personal, académico y social.

3. Velar por el buen funcionamiento de las secretarías.

4. Presentar plan de trabajo de gestión a la asamblea.

5. Ejecutar las resoluciones de la asamblea.

b) Vicepresidencia

De sus funciones y obligaciones

1. Registrar las actividades realizadas en la fundación (informes de secretarías).

2. Coordinar con las secretarías en la elaboración de planes de trabajo de gestión.

3. Coordinar el plan de actividades con el presidente.

4. Publicar las resoluciones de asamblea.

5. Suplir las funciones del presidente en caso de ausencia.

c) Secretaría de hacienda. Esta encargada de administrar los ingresos y egresos de la residencia.

De sus funciones

1. Administrar los recursos económicos de la residencia.

2. Elaborar el presupuesto de gestión.

3. Coordinar las necesidades económicas de cada secretaria.

4. Elaborar y/o modificar el reglamento interno de secretaría (ésta será aprobada en

asamblea)

5. Evaluar el movimiento económico mensual y semestral.

De sus obligaciones

1. Presentar informe escrito y detallado sobre el manejo económico de modo mensual a la

asamblea y semestral/anual al Comité Directivo (Saldo inicial, movimiento, saldo final).

2. Efectuar el cobro de mensualidades y alquileres.

3. Crear un fondo equivalente al 10% de los ingresos mensuales para casos de emergencia.

4. Efectuar los pagos puntuales de servicios básicos en coordinación con los beneficiarios.

5. Realizar contratos con las tiendas y terrenos arrendados pertenecientes a la residencia.

d) Secretaría de bienestar

De sus funciones

1. Organizar y ejecutar el orden e higiene de la residencia.

2. Velar por el cuidado y mantenimiento de los muebles e inmuebles de la residencia.

3. Elaborar y/o modificar el reglamento interno de secretaría, previa aprobación de la

asamblea.

De sus obligaciones

1. Planificar y proponer actividades que deberán desarrollarse previa aprobación de

asamblea. (campana de limpieza, arreglos, etc.).

2. Elaborar presupuesto de secretaria.

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3. Presentar informe mensual en forma oral y escrita a la asamblea sobre las actividades

desarrolladas en el mes.

4. Programar el rol de limpieza anticipadamente.

5. Manutención y mejoramiento del jardín de la residencia.

6. Informar a la asamblea de las faltas cometidas por los residentes para sancionarlas.

e) Secretaría de computación

De sus funciones

1. Organizar el uso y mantenimiento de las computadoras.

2. Prever presupuesto según depreciación para compra de equipos y accesorios por fondos

propios y/o por fondos externos.

3. Tener vínculo con la Página Web de la fundación para actualizaciones, datos y otros.

4. Coordinar con entes externos y/o internos para actividades vinculadas con esta cartera.

5. Elaborar y/o modificar el reglamento interno del uso de las computadoras.

De sus obligaciones

1. Mantener el buen funcionamiento de las computadoras.

2. Presentar informe mensual detallado sobre el mantenimiento, manejo y porcentaje de

horas de uso de las computadoras.

f) Secretaría de Terrenos

De sus funciones

1. Planificar, organizar y proponer proyectos en los terrenos de la residencia, en

coordinación con los:

a. Miembros del Comité Directivo.

b. Residentes beneficiarios.

c. Ex residentes.

d. Instituciones y/o terceras personas.

2. Programar visitas periódicas a los terrenos.

3. Velar por el buen uso de los terrenos.

4. Velar que el uso de los terrenos sea para el beneficio de la fundación.

5. Comunicar cualquier irregularidad y/o problema que existiera en los terrenos.

6. Mantener contactos y buenas relaciones con las autoridades de la localidad.

De sus obligaciones

1. Presentar el informe de las actividades realizadas a la asamblea.

2. Priorizar la renovación de los contratos de los terrenos arrendados, en coordinación con

el secretario de haciendas.

3. Responsabilizarse por el buen cuidado de los documentos de los bienes inmuebles.

4. Realizar todo tipo de trámites y/o legalizaciones los bienes inmuebles.

g) Secretaría de cultura y salud espiritual

De sus funciones

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1. Fomentar la inquietud, iniciativa y convivencia interna y externa con personas e

instituciones (programar salidas, cursillos, charlas, etc.)

2. Mantener y actualizar constantemente la biblioteca y la hemeroteca.

3. Elaborar y/o modificar el reglamento interno de secretaría.

De sus obligaciones 1. Velar por el cuidado y mantenimiento de los objetos y cuadros religiosos.

2. Elaborar el presupuesto de secretaria.

3. Presentar informe escrito a la asamblea de las actividades realizadas.

4. Programar actividades espirituales en los tiempos litúrgicos.

5. Programar retiros espirituales semestrales y/o anuales.

6. Elaborar y presentar la galería de fotos a fin de gestión.

h) Secretaría de salud

De sus funciones

1. Velar por la salud de los residentes

2. Incentivar la disciplina y el aseo personal.

De sus obligaciones

1. Administrar el botiquín de los primeros auxilios.

2. Planificar visitas médicas de los residentes.

3. Presentar informe mensual a la asamblea.

i) Secretaría de deportes

De sus funciones

1. Fomentar y extender actividades deportivas en las diferentes disciplinas.

2. Incentivar la actividad deportiva extra-residencia.

3. Elaborar y/o modificar reglamento interno de secretaría.

De sus obligaciones

1. Programar actividades y/o campeonatos deportivos con anticipación.

2. Organizar y llevar a cabo actividades deportivas.

3. Elaborar presupuesto de gastos.

4. Velar por el cuidado y mantenimiento de los objetos e implementos deportivos.

5. Elaborar presupuesto de gastos.

6. Presentar informe escrito a la asamblea.

Art. 45 De la duración. Los miembros de la mesa directiva durarán en sus funciones por el periodo

de seis meses calendario. La reelección consecutiva o por segunda vez será con previo

consentimiento del candidato.

Art. 46 De la sustitución o cese de los miembros de la mesa directiva. Esta será considerada por

la asamblea de beneficiarios quienes tratarán el caso.

Art. 47 De las reuniones. Estas están tipificadas en el Cáp. III, Art. 18 (pp.5) del Estatuto Orgánico

de Fundación.

Page 14: Reglamento Interno Fundacion Mons Francisco Cano

Las sesiones deberán contar con el quórum respectivo que equivale al 50% más uno de todos los

beneficiarios.

TÍTULO VI

DE LAS REFORMAS

Art. 48 El presente reglamento podrá ser modificado en su totalidad o en parte por los beneficiarios

y el Comité Directivo de la Fundación a petición de la mayoría absoluta de los beneficiarios.