REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. ·...

42
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L. Agosto 2020

Transcript of REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. ·...

Page 1: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Agosto 2020

Page 2: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 2 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

CONTROL DE EMISIÓN

ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ

Diana Ochoa Asesor externo

Marisol Iriarte Jefe de Gestión Humana

Corporativo

Erika Soto Jefe de Gestión Humana

Roxana Seminario Presidente del CSST

Page 3: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 3 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

ÍNDICE

1. RESUMEN EJECUTIVO .................................................................................................... 4

2. OBJETIVO Y ALCANCE ................................................................................................... 5

3. LIDERAZGO Y COMPROMISO, Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ........................... 6

4. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES ....................................................................................... 8

5. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ................................................................. 12

6. GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ............................................................ 15

7. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES ................................................... 17

8. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS ......................... 21

9. PREPARACION Y RESPUESTAS A EMERGENCIAS ..................................................................... 26

10. SANCIONES .............................................................................................................. 34

11. DISPOSICIONES FINALES ............................................................................................... 39

12. CONTROL DE CAMBIOS ................................................................................................ 40

CONSTANCIA Y ACATAMIENTO .............................................................................................. 41

Page 4: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 4 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

1. RESUMEN EJECUTIVO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L. en adelante BDO, es una empresa líder en servicios

de auditoría, consultoría tributaria y legal, consultoría de negocios y consultoría financiera. BDO

ha establecido la vigencia del presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo,

en adelante RISST, con carácter de obligatoriedad para todo el personal que labore o preste

servicio en sus instalaciones, con el propósito de garantizar la salud, la integridad física de sus

trabajadores, donde ejecute su labor o servicio, dando cumplimiento a las disposiciones legales

vigentes según lo dispuesto en la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su

Reglamento, aprobado por D.S. N° 005-2012-TR.

Page 5: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 5 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

2. OBJETIVO Y ALCANCE

OBJETIVOS

Art. 1: El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de BDO tiene por objetivo dictar las normas y demás disposiciones pertinentes, para su debida aplicación en la Empresa y para sus trabajadores, con el fin de promover la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, y favorecer el bienestar laboral. Sus principales objetivos son:

a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, integridad física y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y la difusión de disposiciones orientadas a evitar las enfermedades ocupacionales.

b. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud y a las instalaciones, en las diferentes actividades realizadas en la Empresa.

c. Cumplir la normativa de seguridad y procedimientos establecidos, necesarios para la prevención de accidentes y control de riesgos.

d. Asegurar el cumplimiento de las acciones preventivas en materia de seguridad y salud en el trabajo que realicen los trabajadores.

e. Asegurar la práctica de una cultura de seguridad y prevención, en un conjunto de valores, principios y normas de comportamiento y conocimiento respecto a la prevención de riesgos en el trabajo que rigen la conducta de los miembros de la Empresa.

ALCANCE

Art. 2: El alcance de este Reglamento se aplica a todos los trabajadores de BDO, sea cual fuere su modalidad de contratación. Asimismo, es de cumplimiento obligatorio por parte de contratistas, proveedores de servicios, visitantes y demás personas que se encuentren en las instalaciones o en exteriores donde el personal realice los trabajos según la cartera de clientes.

Page 6: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 6 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

3. LIDERAZGO Y COMPROMISO, Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

LIDERAZGO Y COMPROMISOS

Art. 3: El Gerente General establecerá los fundamentos de Liderazgo y Compromiso sobre los que se basará el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

Los fundamentos deberán ser observados y su cumplimiento deberá ser vigilado por el Comité de SST. La Empresa tiene el compromiso de proveer y mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable en concordancia con las prácticas aceptables de trabajo y cumplimiento de los requisitos legales. El Gerente General se compromete a:

a. Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la Empresa y para la implementación del Sistema de Gestión de SST, a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes.

b. Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; así como desarrollar acciones correctivas en forma efectiva.

c. Fomentar una cultura de prevención de riesgos laborales, para lo cual se inducirá, entrenará, capacitará y formará a los trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus labores.

d. Establecer programas de SST, definidos y que midan el desempeño en la seguridad y salud llevando a cabo las mejoras que se justifiquen.

e. Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las normas vigentes aplicables de SST.

f. Mantener vigente el Comité de SST.

g. Integración de las consideraciones de SST en las decisiones de la Empresa.

h. Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia.

i. Mantener un alto nivel de respuesta para actuar en casos de emergencia, promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil.

Page 7: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 7 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Page 8: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 8 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

4. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

EMPRESA

Art. 4: BDO, asume su responsabilidad en la Gestión de SST y garantiza el cumplimiento del presente reglamento, la Ley de SST y su Reglamento respectivo. Asumiendo lo siguiente:

a. Mantener condiciones seguras de trabajo, a través de la prevención y conservación de las instalaciones de trabajo, asegurando que esté construido, equipado y dirigido de manera que suministre una adecuada protección a los trabajadores contra accidentes que afecten su vida, salud e integridad física; mediante la realización oportuna de inspecciones y la adopción de medidas correctivas.

b. Realizar y mantener actualizada una evaluación de los riesgos existentes en las diferentes áreas de la misma, con la finalidad de evitar accidentes o enfermedades ocupacionales. Dicha información será actualizada anualmente.

c. Ejecutar los programas de entrenamiento y capacitación en seguridad para los trabajadores, así como para el personal de su contratista y subcontratista.

d. Entregar a los trabajadores, así como a sus contratistas y subcontratistas, la información e instrucciones correspondientes, con relación a los riesgos existentes en las diferentes áreas de la misma; así como las medidas de protección y prevención correspondientes para los trabajadores.

e. Otorgar los equipos de protección e implementos de seguridad a los trabajadores y verificar que sus contratistas y subcontratistas hagan lo propio a su personal.

f. Promover una Cultura de Seguridad Preventiva en todos los niveles de la Empresa.

g. Practicar los Exámenes Médicos Ocupacionales cada dos (2) años, de manera obligatoria; asimismo, los Exámenes Médicos Ocupacionales de salida son facultativos, y podrán realizarse a solicitud de BDO o del trabajador. Los Exámenes Médicos Ocupacionales serán acordes a los riesgos a los que están expuestos en sus labores.

h. Dar las facilidades y estimular al Comité de SST y/o a los responsables de Seguridad para el cumplimiento de sus funciones.

i. Implementar las recomendaciones y acuerdos del Comité de SST y/o responsables de Seguridad.

j. Adoptar las medidas necesarias para que el personal propio y de sus contratistas reciban información y las instrucciones adecuadas, con relación a los riesgos existentes en las diferentes actividades; así como las medidas de protección y prevención correspondientes para la seguridad y salud laboral de los trabajadores.

GERENTE GENERAL

Art. 5: El Gerente General de BDO demuestra su liderazgo en seguridad activamente, para ello:

a. Gestiona y garantiza el financiamiento de la implementación de las medidas de seguridad y salud que estable la Ley, y las que el Responsable de Seguridad y Salud determine con fundadas razones.

b. Establece la Política de la Empresa en materia de seguridad y salud.

Page 9: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 9 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

c. Define los niveles de autoridad y responsabilidad en materia de SST a través del presente reglamento.

d. Asegura la planificación de la gestión integral del sistema y el establecimiento de los objetivos de seguridad y salud ocupacional.

e. Asegura la disponibilidad de los recursos necesarios para mantener el Sistema de Gestión y mejorar su eficacia.

f. Realiza periódicamente el proceso de revisión gerencial del Sistema de Gestión y fortalece los mecanismos de comunicación interna.

g. Garantiza que las auditorías estén a cargo de empresas y/o profesionales competentes y que sus resultados sean comunicados al personal relevante para que se adopten las medidas correctivas.

RESPONSABLE DE GESTIÓN HUMANA

Art. 6: El Responsable de Gestión Humana tiene las siguientes funciones en la SST:

a. Garantizar que la seguridad y salud en el trabajo sea una responsabilidad conocida y aceptada en todos los niveles de la Empresa a través de capacitaciones.

b. Aplicar y evaluar una Política y un Programa en materia de SST con objetivos medibles y trazables.

c. Entregar a los trabajadores:

— Recomendaciones en seguridad y salud, salvo que estén incluidas en el contrato de trabajo.

— Reglamento Interno de SST, a las personas sujetas a modalidades formativas y a los trabajadores de las empresas de intermediación y tercerización.

d. Exhibir en lugar visible dentro del centro de trabajo:

— La Política y Objetivos en materia de seguridad y salud.

— La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control.

— El Mapa de Riesgo.

e. Coordinar la gestión y ejecución de:

— Planificar la actividad preventiva.

— Ejecutar el Programa Anual de SST.

— Realizar las encuestas en los casos en que existan cambios en las operaciones y proceso que repercutan en la seguridad y salud de los trabajadores.

— Coordinar la realización de las Auditorías de ley.

— Ejecutar los Planes de Capacitación.

— Realizar el proceso de Inducción en seguridad y salud a los trabajadores de la Empresa.

f. Se encarga de la administración de los registros de:

— Accidentes de Trabajo, Enfermedades Ocupacionales, Incidentes Peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas, el cual comprende al personal de empresas de intermediación y de tercerización interna, así como a las personas sujetas a modalidades formativas.

— Registro de Exámenes Médicos Ocupacionales.

Page 10: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 10 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

— Registro del Monitoreo de Agentes Físicos, Químicos, Biológicos, Psicosociales y Factores de Riesgo Disergonómicos.

— Registro de Inspecciones Internas de SST.

— Registro de Estadísticas de Seguridad y Salud.

— Registro de Equipos de Seguridad o Emergencia.

— Registro de Inducción, Capacitación, Entrenamiento y Simulacros de Emergencia.

— Registro de Auditorías.

g. Está a cargo de los siguientes procedimientos:

— Recibir, documentar y responder a las comunicaciones internas y externas relativas a la SST.

— Garantizar la comunicación interna de la información relativa a la SST entre los distintos niveles y cargos de la Empresa.

— Garantizar que las sugerencias de los trabajadores o de sus representantes sobre SST se reciban y atiendan en forma oportuna y adecuada.

h. Informar al Gerente General y al Comité de SST sobre el desempeño del Sistema de Gestión de SST.

i. Asegurar el cumplimiento del Programa de Capacitación del Programa Anual de SST.

TRABAJADORES

Art. 7: Todos los trabajadores de BDO cualquiera sea su relación laboral (incluyendo contratistas y visitantes), están obligados a cumplir las normas contenidas en este reglamento y otras disposiciones complementarias. En ese sentido:

a. Cumplir con el presente reglamento, normativas e instrucciones del Programa de SST que se apliquen en el puesto de trabajo.

b. Velar por su propia seguridad y la de aquellos trabajadores que puedan verse afectados con el desempeño de su trabajo.

c. Todo trabajador tiene derecho a decir NO para todo trabajo que considere inseguro y que repercute en un peligro para su integridad.

d. Emplear la máxima diligencia en el cuidado de los equipos, instalaciones, útiles, y en general de todos los bienes de la Empresa.

e. Informar a sus Gerentes, Jefes, Supervisores y a los trabajadores designados a su cargo de las situaciones de riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.

f. Participar de las actividades que programe la Empresa para mitigar los riesgos de SST.

g. Usar los Equipos de Protección Personal (EPP) que hayan sido entregados por la Empresa para la realización de sus funciones; en caso de que en alguna ocasión no se cuente con los equipos necesarios, el trabajador está obligado a reportar de forma inmediata a su Jefatura y al área de Gestión Humana. Mientras no se cuente con los equipos necesarios, el trabajador no deberá realizar la labor que exija el uso de los mismos.

h. No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los cuales no hayan sido autorizados y capacitados.

i. Emplear adecuadamente los resguardos, EPPs y demás dispositivos de seguridad suministrados por la Empresa, para su protección o la de sus compañeros.

Page 11: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 11 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

j. Comunicar al Comité de SST todo evento o situación que ponga o pueda poner en riesgo su seguridad y salud o la de otros trabajadores, usuarios, visitantes y contratistas, debiendo adoptar inmediatamente, de ser posible, las medidas correctivas del caso.

k. Participar en las actividades del Comité de SST, cuando sea requerido por éste.

l. Participar en los programas de capacitación y en otras actividades, destinadas a prevenir los riesgos laborales.

m. Reportar a cualquier miembro del Comité de SST, y también al Jefe Inmediato Superior la ocurrencia de cualquier incidente o accidente de trabajo, de forma inmediata.

n. Verificar el buen estado de sus herramientas, vehículos y EPPs antes de dar inicio a sus actividades.

o. Cada trabajador es responsable de mantener en todo momento limpio y ordenado su área de trabajo, ninguna labor se considera terminada si es que no se deja limpia y ordenada el área de trabajo.

p. Hacer uso de los caminos, pasadizos y/o accesos peatonales destinados al tránsito peatonal en área de trabajo.

q. Queda terminantemente prohibido trabajar bajo la influencia de alcohol y drogas, hacerlo constituye una falta grave.

EMPRESAS CONTRATISTAS, SUBCONTRATISTAS, DE INTERMEDIACIÓN LABORAL Y COOPERATIVAS DE TRABAJADORES

Art. 8: Toda empresa Contratista, Subcontratista, de Intermediación Laboral o Cooperativa de Trabajadores deberá garantizar:

a. La coordinación con el área de Gestión Humana en todo lo referente a la Gestión de SST.

b. La seguridad y salud de sus trabajadores mientras ejecutan labores o prestan servicios en las instalaciones de BDO.

c. La verificación de la contratación de los seguros de acuerdo a ley para los trabajadores que ejecutan labores o prestan servicios para BDO.

d. El cumplimiento de la normativa en materia de SST propio y de BDO.

e. Dotar a sus trabajadores de la ropa de trabajo y los EPPs necesarios para el tipo de trabajo que van a desarrollar.

Page 12: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 12 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

5. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Art. 9: El Comité de SST es un órgano bipartito y paritario, pues está conformado por igual número de representantes, tanto del empleador como de los trabajadores, con las facultades y obligaciones provistas por las normas vigentes, destinado a prevenir riesgos y a emitir recomendaciones en seguridad y salud como la supervisión de la ejecución de todas las recomendaciones.

Art. 10: El Comité de SST tiene por objetivos promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el RISST y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo de la Empresa.

Art. 11: Una vez elegidos, los miembros del Comité SST están obligados a portar un distintivo que permita identificarlos como tales. El Comité de SST se instalará dentro de los 10 días posteriores al sufragio.

Art. 12: El Comité de SST está conformado por:

a. El Presidente, quien es elegido por los miembros del Comité de SST de la Empresa. El Presidente actúa como nexo entre el Comité de SST y la Alta Dirección de la Empresa.

b. El Secretario, cargo que es asumido por el Responsable de SST o uno de los miembros del Comité de SST elegido por consenso. En el caso de los Sub Comités de SST; el Secretario es uno de los miembros del Sub Comité de SST, elegido por consenso.

c. Los Miembros, son los demás integrantes del Comité de SST.

*Esquema referencial

Art. 13: Los integrantes del Comité de SST ejercerán sus funciones por el período de dos (2) años.

Page 13: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 13 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Art. 14: Las funciones y responsabilidades del Comité de SST son:

r. El Comité o el Supervisor de SST desarrollarán sus funciones con sujeción a lo señalado en la Ley y en el RISST, no están facultados a realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguridad y salud.

s. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de SST.

t. Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así como, el RISST.

u. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.

v. Aprobar el RISST y actualizarlo permanentemente.

w. Aprobar el Programa Anual de SST.

x. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las políticas, planes y programas de promoción de la SST, de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

y. Aprobar el Plan Anual de Capacitación de los trabajadores sobre SST.

z. Velar por la correcta aplicación y el cumplimiento del RISST, contribuyendo a su difusión y enseñanza.

aa. Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una adecuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.

bb. Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.

cc. Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros.

dd. Realizar inspecciones periódicas a las instalaciones de la Empresa.

ee. Analizar las causas y las estadísticas de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales emitiendo las recomendaciones respectivas.

ff. Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades ocupacionales.

gg. Hacer las recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia.

hh. Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad orgánica de SST de la Empresa.

ii. Colaborar con los servicios médicos de primeros auxilios.

jj. Supervisar los servicios de seguridad en el trabajo y la asistencia y asesoramiento a la Empresa y al trabajador.

Page 14: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 14 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

kk. Reportar a la máxima autoridad de la Empresala siguiente información:

— El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata.

— La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido.

— Las estadísticas trimestrales de accidentes y enfermedades ocupacionales.

— Las actividades trimestrales del Comité de SST.

— Aprobar las sanciones administrativas por el incumplimiento del RISST y proponer reconocimientos al desempeño de los trabajadores que destaquen por sus acciones o aportes a favor de la prevención.

ll. Comprobar la vigencia y actualización del plan de contingencias para la atención de situaciones de emergencias.

mm. Promover que se establezcan prácticas de primeros auxilios y de atención de emergencias al trabajador. Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos.

Page 15: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 15 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

6. GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Art. 15: Este Programa deberá estar en relación con los objetivos contenidos en el presente Reglamento y a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los riesgos existentes en el centro de trabajo. Luego de haber analizado y seleccionado los objetivos contenidos, acciones, recursos y otros elementos, el Comité aprobará el Cronograma de este, estableciendo los mecanismos de seguimiento para el cabal cumplimiento. La institución prestará todo el apoyo para la ejecución del Programa Anual. Al comienzo de cada ejercicio anual, el Comité de SST se reunirá con el área responsable de SST para elaborar lo siguiente:

a. Programa Anual de SST.

b. Elaborar el programa anual de capacitaciones, considerando los simulacros contra incendio, sismo, manejo y uso de extintores, capacitación a las Brigadas de Evacuación y Primeros Auxilios, entre otros.

c. Programa Anual de Evaluaciones Medico Ocupacionales.

d. Programa de capacitación y entrenamiento para los integrantes del Comité de SST.

e. Revisión y actualización de las normativas legales vigentes en lo concerniente a SST.

f. Asimismo, al momento de elaborar el Plan Anual, el Comité elaborará el cronograma de las actividades que éste contemple, el cual estará detallado en el libro de Actas.

MAPA DE RIESGO

Art. 16: El Mapa de Riesgos mostrará en forma gráfica los agentes generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales en el trabajo. Estará publicado en un lugar visible.

REGISTROS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Art. 17: El Sistema de Gestión de SST, debe implementar registros y documentos, los mismos que deben estar actualizados y a disposición de los trabajadores y de la autoridad competente, respetando el derecho a la confidencialidad. Son los siguientes:

a. Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas.

b. Registro de Exámenes Médicos Ocupacionales.

c. Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.

d. Registro de inspecciones internas de SST.

e. Registro de estadísticas de seguridad y salud.

Page 16: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 16 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

f. Registro de equipos de seguridad o emergencia.

g. Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.

h. Registro de auditorías.

Page 17: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 17 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

7. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES

DISPOSICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:

Art. 18: Las disposiciones generales en SST comprenden lo siguiente:

a. Sólo los trabajadores autorizados e involucrados en los procesos de servicio, estarán en el área que corresponda. Queda prohibido estar en otra área, a no ser que el Jefe Inmediato lo solicite, previa capacitación o inducción especifica.

b. Todos los trabajadores que desarrollen actividades especiales (Actividades de Alto Riesgo) deberán contar con Evaluaciones Médicas Ocupaciones específicas según la actividad que realice.

c. Todos los trabajadores que desarrollen actividades especiales (Actividades de Alto Riesgo) deberán estar habilitados; es decir, contar con Evaluación Médica Ocupacional conforme y capacitación con las cargas horarias según sea el caso, de acuerdo en lo indicado a los Procedimientos de Trabajo Seguro.

d. Las mujeres trabajadoras en período de gestación o lactancia no deberán exponerse a riesgos que afecten su salud o que puedan afectar el desarrollo normal del feto o del recién nacido, derivado de exposiciones a agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos o psicosociales.

e. Las trabajadoras deberán comunicar al área de Gestión Humana inmediatamente sobre su estado de gestación, para que se puedan tomar las medidas preventivas necesarias para cada caso.

f. Las mujeres gestantes o en período de lactancia están prohibidas de cargar pesos mayores de 5 kg.

g. Las mujeres gestantes o en período de lactancia no deberán exponerse a cambios bruscos de temperatura.

h. Los trabajadores en caso de un peligro inminente que constituya un riesgo importante o intolerable para la seguridad y salud de los trabajadores podrán interrumpir sus actividades, e incluso, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar físico donde se desarrollan las labores. No se pueden reanudar las labores mientras el riesgo no se haya reducido o controlado.

SEGURIDAD EN LOS PROCESOS DE SERVICIOS

Art. 19: Todos los trabajos se realizarán siguiendo las instrucciones de los procedimientos, instrucciones y órdenes de trabajo según las autorizaciones descritas. Asimismo, estos procedimientos serán establecidos según calificación del IPER (Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos).

Las actividades directas (labor administrativa) deben cumplir con lo siguiente:

7.2.1. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN OFICINAS

Art. 20: Los estándares de seguridad en oficina son los siguientes:

Page 18: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 18 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

a. Mantener despejadas las zonas de paso, los pasillos y las salidas o vías de evacuación. No acumular materiales o equipos que impidan el tránsito o el acceso a los mismos.

b. Nunca obstaculizar los extintores, las mangueras y los elementos de lucha contra incendios en general, con documentación, archivadores o cualquier otro material. Asimismo, recordar que los medios de lucha contra incendios deben permanecer siempre visibles.

c. Evitar la acumulación de desechos, material de oficina u objetos innecesarios en el suelo, en rincones o sobre las mesas de trabajo.

d. Cuando se produzcan derrames de líquidos, avisar a la persona correspondiente para que se limpie y se seque el suelo inmediatamente. Además, respetar siempre la señalización de la zona donde se ha producido el derrame para evitar resbalones y caídas. No transitar por zonas mojadas. Si esto no es posible o te has de desplazar por las escaleras, hacerlo con precaución.

e. No utilizar las sillas, las papeleras, las cajoneras o cualquier otro elemento similar para acceder a las partes altas de los armarios y estanterías. En el caso de usar una banqueta, asegurarse de que está en buen estado y es estable.

f. Al emplear una escalera de mano, observar que tenga todos sus elementos en buenas condiciones (largueros, peldaños, zapatas antideslizantes, topes, tensador de seguridad, entre otros) y que está estabilizada antes de ascender por ella. Apoyarla en superficies planas y regulares, y nunca detrás de una puerta sin comprobar que ésta no puede ser abierta accidentalmente. Mantener el cuerpo dentro del frontal de esta. Nunca deben asomarte por los laterales. Desplazarla cuantas veces sea necesario y siempre habiéndose bajado, previamente.

g. Ascender y descender de las escaleras agarrándose a los escalones o peldaños y no a los largueros, y de frente a la misma.

h. En ningún caso, transportar cargas mientras subas o bajes, evitar dejar útiles en sus peldaños.

i. Recordar que las escaleras de mano no deben ser utilizadas por más de un trabajador simultáneamente.

j. No usar las escaleras de tijera como escalera de apoyo. Además, nunca trabajar a horcajadas sobre la misma ni pasar de un lado a otro por la parte superior. Mantener siempre el tensor central o cadena totalmente extendido.

k. Cerrar las puertas de armarios, cajones y demás elementos que puedan provocar tropiezos, caídas o golpes.

l. Archivar la documentación y demás material de oficina de forma estable y segura evitando sobrecargar las estanterías y poner los objetos más pesados en las baldas inferiores. Procurar que los materiales apilados no sobresalgan de las mismas.

m. Cargar las cajoneras de abajo a arriba y de atrás hacia delante colocando los elementos de más peso en los cajones inferiores.

n. Avisar al personal de mantenimiento si se observa que algún elemento del mobiliario está deteriorado.

o. Respetar las protecciones de seguridad de equipos y herramientas cortantes como las guillotinas o las destructoras de papel.

p. Colocar las tijeras y los cúteres en el lugar correspondiente. Mantenerlas en buen estado y sustituirlas cuando estén deterioradas. Evitar colocar la mano en la trayectoria de corte; éste debe ser siempre hacia afuera del cuerpo.

q. En caso de usar un cúter, cogerlo por la empuñadura sin tocar la cuchilla. Recordar que no se debe utilizar toda la longitud de hoja.

Page 19: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 19 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

r. Nunca desechar a la papelera vidrios rotos o materiales cortantes.

s. No efectuar manipulaciones de los equipos ni de las instalaciones eléctricas. La instalación, mantenimiento y reparación sólo la puede hacer personal autorizado y calificado para ello.

t. Evitar manipular instalaciones o equipos eléctricos húmedos, o con las manos o pies mojados.

u. No conectar cables sin su clavija de conexión homologada. Tampoco sobrecargar los enchufes utilizando regletas de forma excesiva.

v. Desconectar los equipos tirando de la clavija, no del cable.

w. Si tienen que utilizar un producto de limpieza como la lejía o algún tipo de detergente, guardarlo en su recipiente original; nunca emplear los de otros productos, especialmente los de bebidas (botellas de refrescos, agua), ya que ello puede dar lugar a error y provocar una intoxicación.

x. Siempre que sea posible, evitar la manipulación manual de cargas mayores a 3 kilos. Si cuenta con medios auxiliares de apoyo (por ejemplo, una carretilla) hacer uso de los mismos.

y. Comprobar que el espacio es adecuado para realizar el manejo de la carga, y en caso sea necesario trasladarla, que el mismo se encuentre libre de obstáculos.

z. Cuando los materiales o equipos a manipular sean pesados, voluminosos o la frecuencia de manipulación vaya a ser elevada, pedir ayuda a tus compañeros.

aa. Cuando estés sentado y tengas que alcanzar algún objeto distante (caja de folios, ordenador portátil, bandejas porta documentos, entre otros) aproximarse al mismo. No extender los brazos ni adoptar posturas forzadas para alcanzarlos.

7.2.2. SEGURIDAD EN EL USO DE DESKTOP Y LA LAPTOP

Art. 21: Los estándares para uso de desktop y laptop son los siguientes:

a. Colocar el monitor a la altura de sus ojos. Para ello, se puede contar con accesorios y una distancia prudente, no menor a 40 cm.

b. Para trabajos prolongados con laptop, trabajar con accesorios como, teclado, mouse y pedestal o soporte de elevación.

c. El escritorio debe contar con espacio suficiente para poder colocar las manos sobre el teclado y mouse.

d. Evitar reflejos de luz sobre la pantalla del monitor de la siguiente manera:

— Disponer la pantalla de forma vertical para que no refleje los puntos de luz o las luminarias del techo.

— Colocar la pantalla en dirección paralela a las ventanas, para evitar el reflejo sobre la misma y que la luz que entra del exterior incida directamente sobre los ojos.

— Disminuir la intensidad del brillo del monitor (desktop, laptop) a 60%.

e. Mantener una postura de sentado, que permita comodidad en el trabajo, mediante:

— Regular la altura de la silla o de la superficie de trabajo, de forma que los antebrazos queden paralelos al suelo y las muñecas no se doblen.

— Adoptar una posición relajada y erguida. Evitar inclinarse hacia adelante o hacia atrás.

— Colocar los pies de forma plana sobre el suelo.

Page 20: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 20 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

— La zona lumbar debe quedar cómodamente apoyada.

f. Se recomienda interrumpir el trabajo brevemente cada dos horas, incluso realizar algunos ejercicios de relajación y estiramiento (pausas activas).

7.2.3. SEGURIDAD EN EL TRÁNSITO DURANTE EL SERVICIO

Art. 22: Los estándares para tránsito durante el servicio son los siguientes:

a. Ser precavidos en zonas populares, llevar estrictamente lo necesario.

b. Hacer uso de las esquinas al cruzar las calles. Transitar por el espacio peatonal pintado con “líneas de cebra”.

c. Aplicar el uso correcto del semáforo cuando cruce pistas.

d. Utilizar el cinturón de seguridad en todo momento al hacer uso del servicio de taxi corporativo.

Page 21: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 21 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

8. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 23: Las disposiciones generales para las actividades conexas son los siguientes:

a. Las contratas deberán elaborar, difundir a su personal y tener a disposición la identificación de peligros, evaluación de riesgos y medidas de control. Cuando existan cambios, esta identificación de riesgos deberá ser revisada para ajustarla a las nuevas necesidades.

b. Deberá contar con metodología o procedimiento de trabajo, en donde se indique el alcance, metodología trabajo y medidas preventivas.

c. Deberá señalizar la zona de trabajo e identificar los peligros.

d. Deberá realizar el Análisis de Trabajo Seguro (ATS) antes de iniciar las actividades.

e. Deberá contar con un permiso de trabajo de alto riesgo de realizar este tipo de actividades.

f. Entregar a sus trabajadores Equipos de Protección Personal (EPPs), herramientas, maquinaria y equipos adecuados para el trabajo a realizar. Asimismo, debe asegurarse que se inspeccionen regularme y que se encuentren en buen estado para su uso.

g. Asegurar supervisión técnica y de seguridad permanente en la zona de trabajo.

h. El contratista deberá brindar charlas diarias de 5 minutos donde, a sus trabajadores, se les indiquen los riesgos y medidas de control de las actividades a ejecutar.

i. Solicitar el bloqueo y señalización de los equipos que puedan generar riesgo durante los trabajos y asegurar que se hayan eliminado la energía peligrosa.

j. Implementar medidas preventivas que garanticen la seguridad permanente del personal al utilizar equipos para sus actividades, tales como andamios, líneas de vida, andamios colgantes, entre otros.

k. Contar con sistema de gestión de seguridad que incluye procedimiento, controles operativos, planes de contingencia, inspecciones, simulacros, capacitaciones, reuniones de personal y con un Comité o Supervisor de SST según lo establecido por la Ley en materia de SST.

l. Asegurar las competencias de su personal mediante las certificaciones y/u homologaciones correspondientes para realizar los trabajos dentro de la instalación de la empresa.

m. Reportar todos los accidentes e incidentes de manera inmediata, tanto a BDO como al contratista.

n. Deberán contar con todos los registros exigidos por la Ley, así como los requerimientos exigidos por la Empresa.

Page 22: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 22 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

SEGURIDAD EN LOS PROCESOS DE SERVICIOS

Art. 24: Se considera actividades indirectas a todas aquellas solicitadas a las empresas contratistas. Para ellos hacemos las siguientes indicaciones:

8.2.1. SEGURIDAD EN ACTIVIDADES DE LIMPIEZA

Art. 25: Estándares de Seguridad para actividades de limpieza son los siguientes:

a. Mantener orden y limpieza en las áreas destacadas.

b. Antes de empezar las actividades, el trabajador debe observar las señales preventivas de seguridad en los lugares donde realizará el trabajo.

c. El contratista deberá aconsejar a sus trabajadores sobre las medidas a tomar en caso ocurra un suceso inesperado (prevención).

d. Dar un correcto uso a los materiales de trabajo para que así no exista ningún contacto con productos químicos.

e. Tener las manos secas cuando manipule aparatos eléctricos.

f. Tomar las medidas de seguridad pertinentes con implementos de EPPs (botas, guantes, mascarillas, entre otros), uniformes.

g. Al momento de iniciar y durante el proceso de la limpieza de pisos transitables, colocar señales de prevención de caídas o resbalones.

h. Quitar las señales de prevención de caídas o resbalones cuando el piso se encuentre seco.

i. Dejar los materiales de trabajo limpios y ordenados en sus respectivos depósitos o almacenes, debidamente rotulados y con su ficha de seguridad respectiva.

j. Evitar hacer actividades en lugares donde se estén realizando trabajos de alto riesgo.

k. Mantener los pasillos descongestionados, limpios y libres de obstáculos.

l. En caso observe que los pasadizo, escaleras y oficinas no se encuentren bien iluminadas, deberá dar aviso al área administrativa de BDO.

m. Evitar hacer conexiones eléctricas provisionales. En caso de haberlas debe informar el hecho, de inmediato, al área de Gestión Humana.

n. Revisar que los equipos eléctricos (lustradora, aspiradora, entre otros) se encuentren en buen estado, con su respectivo cronograma, certificado de mantenimiento preventivo y con protección a tierra.

o. Solo se podrá obtener energía eléctrica del tomacorriente indicado para tal fin, de enchufes sólidos y aislados quedando determinantemente prohibido efectuar conexiones directamente de los tableros de distribución, llaves generales o emplear alambres sueltos para dichas conexiones.

p. Solo se podrá ingresar a áreas técnicas como tableros eléctricos de distribución en compañía de personal debidamente capacitado de la Empresa.

q. Todo trabajador del contratista que detecte algún defecto o condición insegura en el ambiente de trabajo o maquinaria deberá comunicar de manera inmediata al responsable de la oficina.

r. Para la limpieza de equipos, vidrios y tuberías en altura se deberá de utilizar extensiones y/o escaleras de hasta 7 pasos para lo cual se deberá de seguir el procedimiento seguro de uso de escaleras de mano.

Page 23: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 23 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

s. Diariamente el encargado de limpieza debe recolectar los recipientes de basura o desperdicios de cada ambiente para llevarlo al punto de acopio de cada edificio para su posterior eliminación por parte de la municipalidad.

t. Está prohibido el ingreso a subestaciones y transformadores de alta tensión; los mantenimientos de los mismos serán realizados exclusivamente por la empresa suministradora de energía o sus contratistas para brindar estos servicios.

8.2.2. SEGURIDAD EN ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO

Art. 26: Los estándares de seguridad en las actividades de mantenimiento son los siguientes:

a. Mantener orden y limpieza en las áreas destacadas.

b. Antes de empezar las actividades, el trabajador del contratista debe observar las señales preventivas de seguridad en los lugares donde realizará el trabajo.

c. Todas las estructuras que formen parte de las instalaciones, las máquinas, instalaciones eléctricas, mecánicas y demás, así como las herramientas y equipos, se conservarán siempre en buenas condiciones de seguridad.

d. Todo trabajador del contratista que descubra defectos o condiciones peligrosas en área o en parte de ellos, en su estructura, maquinaria, instalación, herramientas, equipos o cualquier otro accesorio o instrumento que forme parte de las instalaciones, o que se usen en la misma, informará inmediatamente de dichos defectos o condiciones a su superior inmediato o al Área de Administración.

e. En el caso en que los defectos pudieran ocasionar peligro a la vida o a la salud de los trabajadores u otras personas alrededor de las instalaciones, se tomarán inmediatamente las medidas adecuadas para evitar accidentes.

f. Para los trabajos de reparación o mantenimiento se dispondrá de iluminación adecuada.

g. Será responsabilidad de las personas asignadas a trabajos de mantenimiento y reparación utilizar calzado de seguridad, ropa de trabajo adecuada y EPPs para la naturaleza del trabajo que realicen, evitando el empleo de bolsillos o partes sueltas o peligrosas y utilizando camisas o polos mangas largas.

h. Las escaleras se conservarán siempre en buenas condiciones y serán inspeccionadas por personas competentes a intervalos regulares.

i. Las escaleras portátiles deberán usarse a un ángulo tal que la distancia horizontal del apoyo inferior al pie de la escalera sea un cuarto del largo de esta.

j. Para aquellas reparaciones que impliquen una cantidad considerable de trabajo elevado y para lo cual no sea posible construir una plataforma fija temporal, se deberá disponer y usar plataformas portátiles de tipo apropiado, que deberán estar construidas sólidamente y estar provistas de barandillas adecuadas.

k. Para las obras de mantenimiento o reparación de un área o estructura que no puedan efectuarse con seguridad desde una escalera portátil o plataforma, se elegirá un andamiaje, plataforma de trabajo entablado, escalerillas y demás construcciones fijas provisionales, adecuadas y seguras que se requiera.

l. Se tomarán las medidas de seguridad necesarias para proteger a las personas empleadas en trabajos de reparación o conservación de los áreas o estructuras de la maquinaria en movimiento, cerca de la cual trabajen.

m. Las herramientas manuales y portátiles se emplearán únicamente para los fines para los que fueron construidos y se mantendrán en buen estado de conservación.

n. Las herramientas deberán mantenerse sin deformaciones ni agrietamientos.

Page 24: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 24 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

o. Se tendrá especial cuidado en el almacenamiento de las herramientas con filos y puntas agudas con el fin de evitar lesiones a los trabajadores.

p. Los mangos de toda clase de herramientas se mantendrán en buen estado de conservación y firmemente asegurados.

q. Los trabajos civiles que empleen cinceles deberán de estar provisto de capuchones de seguridad.

r. Los trabajadores del contratista que empleen herramientas tales como cinceles, taladros, esmeriles, entre otros; que por acción de trabajo pueden desprender partículas, deberán estar provistos de anteojos a prueba de impacto. No se usarán tubos, barras u otros elementos con el fin de extender o aumentar el brazo de palanca de las herramientas manuales, ello con el objeto de no sobrepasar la resistencia mecánica de estas, a menos que dichos elementos estén especialmente diseñados o preparados para estos efectos.

s. Se deberá de contar con maletines adecuados para el desplazamiento de herramientas.

t. Los trabajadores que requieran usar herramientas serán instruidos y adiestrados en el empleo seguro de tales instrumentos mediante capacitaciones e inducciones.

u. Todos los equipos con partes en movimiento en general deberán contar con guardas de protección apropiada y suficiente.

v. Toda sustancia química deberá ser almacenada en un ambiente específico y cada recipiente deberá estar rotulado (prohibido utilizar botellas de bebidas) y contener la ficha de Seguridad del Producto.

w. Solo se podrá obtener energía eléctrica del tomacorriente indicado para tal fin, de enchufes sólidos y aislados quedando determinantemente prohibido efectuar conexiones directamente de los tableros de distribución, llaves generales o emplear alambres sueltos para dichas conexiones.

x. Solo se podrá ingresar a tableros eléctricos de distribución acompañado por el personal competente de la Empresa.

y. Los materiales serán apilados de tal forma que no interfieran con la adecuada distribución de la luz natural o artificial; el funcionamiento apropiado de las máquinas u otros equipos; el paso libre en los pasillos y pasajes de tránsito; y el funcionamiento eficiente de rociadores o el uso de cualquier otro equipo de combatir incendios.

z. Los materiales no serán apilados contra tabiques o paredes de las áreas a menos que se compruebe que dichos tabiques o paredes tienen suficiente resistencia para soportar la presión.

aa. Los materiales no serán apilados a una altura tal que pueda causar la inestabilidad de la pila.

bb. Es obligatorio clasificar y ordenar los materiales de manera que sea fácil su ubicación, control y utilización.

cc. Se deberá disponer que los ambientes de trabajo cuenten con estantería o anaqueles, de acuerdo con las necesidades de almacenaje. Si no se dispone de ellos los materiales no deben almacenarse pegados a la pared, sino con una separación de 30 centímetros como mínimo.

dd. Se evitará en lo posible efectuar instalaciones eléctricas provisionales, las que en todo caso se instalarán de forma definitiva a la brevedad posible. Los conductores eléctricos susceptibles de deteriorarse deberán estar empotrados y protegidos con una cubierta de caucho duro u otro material equivalente.

ee. El material para todos los equipos eléctricos se seleccionará con relación a la tensión de trabajo, la carga y todas las condiciones particulares de su utilización.

Page 25: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 25 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

ff. Cuando se lleven a cabo reparaciones estructurales, extensiones o trabajo de pintado de ambientes, se adoptarán las medidas necesarias para la protección de las personas e instalaciones.

gg. Los equipos y elementos eléctricos sean o no portátiles, tendrán conexión a tierra por medio de conductores de baja resistencia y suficiente capacidad para poder llevar con seguridad el caudal más fuerte de corriente.

hh. El contratista dispondrá de conmutadores para desconectar los equipos de conductores eléctricos de la fuente de abastecimiento, cuando haya que efectuar trabajos de reparación o conservación en dichos equipos o conductores.

ii. Está prohibido el ingreso a subestaciones y transformadores de alta tensión; el Mantenimiento de los mismos serán realizados exclusivamente por la empresa suministradora de energía o por sus contratistas.

8.2.3. SEGURIDAD PARA TRABAJOS DE FUMIGACIÓN

Art. 27: Todo trabajo de fumigación deberá de cumplir las siguientes directrices:

a. Las empresas que realicen el servicio de fumigación deberán de contar con su Resolución emitida por la DISA (Dirección General de Salud) según Resolución Ministerial Nro. 449-2001-SA-DM “Norma sanitaria para trabajos de desinsectación, desratización, desinfección, limpieza y desinfección de reservorios de agua, limpieza de ambientes y de tanques sépticos.”

b. Los envases de los productos químicos deberán de contar con etiqueta la cual deberá de estar legible y se deberá de contar con la Ficha de Seguridad de cada producto químico.

c. Se deberá de utilizar solamente los productos validados por el Ministerio de Salud.

d. El personal que realice esta actividad deberá de contar con Evaluaciones Médicas Ocupaciones y encontrarse capacitado en estas actividades.

e. Se deberá de revisar los equipos como conexiones, válvulas y mochilas para evitar la fuga y contacto con el trabajador.

f. En caso de viento la fumigación se realizará en el sentido del viento.

g. No está permitido ingerir alimentos durante los trabajos de fumigación.

h. Los equipos deberán de ser lavados después de su utilización.

i. La eliminación de los envases de los productos químicos se deberá de enjuagar 3 veces y perforar para que no sea reutilizado.

j. Antes de empezar la fumigación se deberá de retirar del local a las personas y animales que pudieran encontrarse presentes.

k. En las oficinas, proteger los equipos eléctricos con bolsas.

l. En la kitchenette, retirar el menaje, la vajilla y los alimentos.

m. Retirar los muebles de los ambientes, si ello fuera necesario.

n. Efectuar el corte de la energía eléctrica, si se va a efectuar el rociado de sustancias líquidas.

o. Cerrar herméticamente puertas y ventanas, cuando el tratamiento se efectúe mediante nebulización.

p. Después de realizada la fumigación se deberá impedir que los ocupantes del lugar ingresen a éste por un lapso no menor a dos (2) horas para lo cual se deberá de colocar un rotulo en varias zonas del área fumigado, indicando esta directriz.

Page 26: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 26 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

9. PREPARACION Y RESPUESTAS A EMERGENCIAS

Art. 28: Una emergencia es cualquier situación fuera de control que atente contra la vida y salud de las personas que trabajen en las instalaciones o en las que tenga responsabilidad BDO y considera emergencias lo siguiente:

a. Incendio

b. Sismo

c. Accidente personal

Art. 29: Cualquier trabajador que identifique un accidente o potencial grave (peligro de vida, o con secuelas permanentes en los trabajadores, comunidad o medio ambiente) tales como incendios, accidentes, y estos no puedan ser atendidos por personal propio, debe inmediatamente informar a su supervisor inmediato o personal de vigilancia, sobre el accidente o la emergencia. Toda comunicación a cualquier medio sobre la situación de emergencia será realizada por la persona asignada por la Dirección.

PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Art. 30: El objetivo de este punto es tomar las medidas necesarias para localizar posibles fuentes de riesgo de incendio, como son:

a. Áreas de calor y superficies calientes.

b. Deficiencia en el orden y la limpieza en los ambientes de trabajo.

Art. 31: La mejor forma de evitar incendios es cuidando que éstos no se produzcan. En este sentido está prohibido fumar en todas las áreas de la Empresa o donde ésta preste sus servicios. Es recomendable tener las áreas libres y limpias a fin de que esto no dificulte la circulación de personas. En caso de incendio hay que dar de inmediato la voz de alarma y procurar en lo posible cortar el fluido eléctrico.

Todos los equipos y objetos de fuente y de superficie caliente tendrá una debida protección contra incendios.

Art. 32: Donde no se disponga de acceso inmediato a las salidas se dispondrá en todo momento de pasajes o corredores continuos y seguros que tengan un ancho libre no menor de 1.20 metros.

9.1.1. ESCALERAS PUERTAS Y SALIDAS

Art. 33: Son disposiciones generales para las puertas y salidas:

a. Todas las escaleras, los descansos y las partes de los pisos usados por las personas que utilicen escaleras, deberán estar hechos de material resistente al fuego y libre de obstáculos.

b. Todos los accesos de las escaleras que pueden ser usados como medios de salida serán señalizadas de manera tal que la salida hacia la calle sea clara.

c. Los pasos (cantos) de las escaleras serán antideslizantes.

Page 27: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 27 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

d. Las puertas de salida se colocarán de tal manera, que sea fácilmente visible y no se permitirán construcciones que interfieran el acceso o la visibilidad de estas.

e. Ninguna puerta de acceso a las áreas de trabajo estará cerrada, asegurada o fija de manera que no pueda abrirse y permitir la salida durante el periodo de ocupación, el ancho mínimo de las puertas será de 1.20 metros.

f. Las señales de salidas se colocarán en número suficiente y dispuestas de tal manera que todas las personas en sus lugares de trabajo puedan abandonarlos rápidamente con toda seguridad en caso de emergencia. El ancho mínimo de las salidas será de 1.20 metros.

g. Las puertas, pasadizos de salida, entre otros, serán claramente marcadas con señales que indiquen la vía de salida y estarán dispuestas de tal manera que sean fácilmente ubicables aun en el caso de falta de corriente eléctrica.

9.1.2. AGUA, ABASTECIMIENTO, USO Y EQUIPO:

Art. 34: La Empresa contará para caso de incendio con equipos de extinción de calidad y garantía:

a. Cisterna para abastecer de agua al equipo contra incendios, la misma que permite atender la emergencia mientras llega el apoyo de los bomberos.

b. Equipo completo que consta de bomba, gabinetes contra incendios (mangueras) los cuales están debidamente protegidos y situados de tal modo que no interrumpan su funcionamiento en caso de un incendio.

c. Brigadas contraincendios debidamente capacitadas para actuar en caso de fuego o incendio.

9.1.3. EXTINTORES PORTÁTILES:

Art. 35: Los requisitos para los extintores portátiles son los siguientes:

a. Se entrenará a la brigada contra incendios en el uso correcto de estos equipos, los cuales se hallarán siempre presentes en los periodos normales de trabajo y se dotará de extintores PQS, que combaten el fuego tipo A, B y C:

— Tipo “A”: fuego de papel, cartón tela y plástico.

— Tipo “B”: fuego de líquidos combustibles como gasolina, kerosene, petróleo y gas doméstico.

— Tipo “C”: fuego de conexiones eléctricas, cableados y circuitos.

b. Todos los extintores se colocarán en lugares visibles y de fácil acceso, colgados a 1.50 metros del suelo a la parte superior de extintor o en base creadas para este fin.

c. El jefe de las brigadas es el responsable de garantizar que todos los extintores sean por lo menos una vez por mes inspeccionados, los cuales llevarán una tarjeta de control individual.

d. Los extintores recibirán el mantenimiento o recarga que corresponda en forma anual.

e. Está absolutamente prohibido colocar material frente a los equipos de extinción de incendios de manera que oculte su presencia o dificulte su uso.

f. En caso de amagos de incendio en las instalaciones de la Empresa, los trabajadores en general deberán proceder de la siguiente forma:

Page 28: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 28 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

— Dar aviso de inmediato a los miembros de la brigada y al personal de vigilancia, y solo en caso de extrema urgencia se dará voz de alarma y se llamará a los bomberos sin provocar pánico entre el resto de los trabajadores y demás personas.

— Los trabajadores debidamente capacitados podrán hacer uso de los extintores para eliminar los amagos de incendio.

— Los trabajadores que no intervengan de manera directa deberán guardar la calma y si fuera necesario evacuar el lugar, y así permitir un mejor desempeño para que los brigadistas no se vean obstruidos en su labor.

g. Se seleccionará a los componentes de las brigadas según experiencia, conocimiento práctico y responsabilidad de los trabajadores en cuanto a prevención y protección contra incendios.

9.1.4. SISTEMAS DE ALARMAS

Art. 36: Los sistemas contra alarmas deben contar con lo siguiente:

a. La Empresa y las sedes donde se encuentran los trabajadores, cuenta con estaciones de alarma a la mano y en lugares visibles. Se deberá dar primero la alarma y luego tratar de apagar el fuego con los medios disponibles.

b. Las estaciones de alarma para incendios deberán estar colocados en lugares visibles, con fácil acceso y en el recorrido natural de escape ante un incendio.

c. Se obligará a los trabajadores a cumplir estrictamente con las disposiciones contenidas en los avisos preventivos, sobre esta materia y cualquier otra para su protección.

9.1.5. SIMULACROS CONTRA INCENDIOS

Art. 37: Los trabajadores de la Empresa, cumpliendo con el Plan Anual de SST, reciben en forma periódica entrenamiento en la forma segura de evacuar las aéreas afectadas en caso de incendio. Se encuentran organizadas las Brigadas contraincendios, con los propios trabajadores de la Empresa, las cuales están capacitadas para activar y manejar el equipo contra incendios.

9.1.6. CLASES DE FUEGO

Art. 38: Todos los trabajadores, sin excepción, deben tener conocimiento de la clasificación de fuego y el método correcto de combatirlos.

BDO dotará de extintores, considerando la naturaleza de los procesos y operaciones. Se colocarán en lugares visibles, de fácil acceso, de acuerdo con las exigencias de las normas técnicas peruanas.

Los incendios se clasifican de acuerdo con el tipo de material combustible que los ocasiona en:

a. INCENDIO CLASE A: son fuegos que se producen en materiales combustibles sólidos, tales como madera, papel, cartón, tela, entre otros. Los Extintores Portátiles usados serán:

— Agua presurizada

— Espuma

— Polvo químico seco (PQS)

Page 29: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 29 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

b. INCENDIO CLASE B: son fuegos producidos por líquidos inflamables, tales como gasolina, aceite, pintura, solvente, entre otros. Extintores Portátiles usados serán:

— Espuma

— Polvo químico seco (PQS)

— CO2 – Gas carbónico

c. INCENDIO CLASE C: son fuegos producidos en equipos eléctricos, como motores,

interruptores, entre otros. Extintores Portátiles usados serán:

— CO2 – Gas carbónico

— Polvo químico seco (PQS)

PREPARACIÓN Y RESPUESTA FRENTE A MOVIMIENTOS SÍSMICOS

Art. 39: Son instrucciones generales en caso de movimientos sísmicos los siguientes:

a. Mantener la calma durante la evacuación posterior al movimiento.

b. Durante el movimiento, en los ambientes de trabajo y en oficinas, ir a las Zonas Seguras internas hasta que se detenga el movimiento sísmico.

c. Alejarse de las ventanas y puertas de vidrio. Mantenerse listo para evacuar.

d. Tener calma y orientar al personal visitante para que se dirija a los puntos de reunión.

e. Pasado el sismo, la evacuación es automática, debe hacerse de acuerdo con las instrucciones de los responsables de evacuación, dirigiéndose al punto de reunión externa. Si se percató de algún trabajador herido, debe informar de inmediato a los responsables de la evacuación.

Art. 40: Instrucciones generales para la evacuación:

a. Dada la orden de evacuación, la movilización hacia el punto de reunión asignado comenzará en orden, sin correr y sin gritar.

b. Mantener la calma y obedecer las instrucciones de los responsables de la evacuación.

c. Obedecer a la voz de mando de quien conduzca la evacuación. No empujarse ni dar indicaciones o realizar comentarios que pueden ocasionar incertidumbre, confusión y temor al resto de personas.

d. Evitar el pánico en todo momento.

e. Al evacuar, tener cuidado de objetos que puedan caer o encontrarse en la ruta. El personal femenino que usa zapatos de taco alto debe tener especial cuidado al caminar.

f. Si al evacuar una persona cae, deberá tratar de levantarse inmediatamente para no provocar caídas y amontonamientos. Quienes se hallen cerca, deberán ayudar a levantarlo rápidamente.

g. Al llegar al punto de reunión, cada oficina o área se constituirá en orden para verificar si todos sus miembros se encuentran presentes.

h. Si en los momentos de evacuación se encontraran visitantes, deberá indicarles la ruta y acciones a seguir para su rápida evacuación al punto de reunión.

Page 30: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 30 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

PREPARACIÓN Y RESPUESTA FRENTE A ACCIDENTES

Art. 41: BDO considera accidente de trabajo a toda lesión orgánica o funcional que en forma violenta o repentina sufran los trabajadores, debido a causas externas a la víctima o al esfuerzo realizado por ésta y que origine una reducción temporal o permanente en su capacidad de trabajo o produzca su fallecimiento. También se define como un suceso no deseado que puede dar lugar a muerte, enfermedad, herida, daño u otra pérdida. Así mismo, se considera accidente de trabajo:

a. El que sobrevenga al trabajador en la ejecución de órdenes de la Empresa aún fuera del lugar y horas de trabajo.

b. El que sobrevenga antes, durante y en las interrupciones del trabajo, si el trabajador se hallase por razón de sus obligaciones laborales en el lugar de trabajo o en los locales de la Empresa.

c. El que sobrevenga por acción de tercera persona, o de otro trabajador durante la ejecución del trabajo.

Art. 42: No se consideran accidentes de trabajo:

a. Los que se producen en el trayecto de ida y retorno al centro de trabajo.

b. Por participación en riñas u otras acciones similares.

c. Por incumplimiento del trabajador de orden estricta o específica de la Empresa.

d. En ocasión de actividades recreativas, deportivas o culturales.

e. Los que sobrevengan durante permisos, licencias o vacaciones.

f. Por uso de sustancias alcohólicas o estupefacientes.

g. Los que sean a consecuencia de guerra civil o internacional, conmoción civil o terrorismo y similares.

h. Convulsión de la naturaleza (terremoto, maremoto, entre otros).

i. Fusión nuclear.

j. Lesiones voluntariamente auto infringidas o de autoeliminación o su tentativa.

Art. 43: Los accidentes son sucesos repentinos que sobrevienen por causa o con ocasión del trabajo, pudiendo ser el resultado de desviaciones en el sistema de seguridad que no se inician necesariamente en el momento del evento. El evento no deseado es producido por algunas causas inmediatas. Encontramos respuesta al porqué de las causas inmediatas en las causas básicas; sin embargo, estas no son el inicio ni el efecto de la secuencia que con lleva al accidente. Lo que inicia la secuencia que finaliza en el evento no deseado o daños es la falta de control.

Art. 44: Las causas inmediatas son las circunstancias que se presentan justo antes del evento. Se presentan como actos o condiciones inseguras (subestándares).

Art. 45: Las causas básicas son las razones por las que se presentan los actos y condiciones subestándares. Son el origen de las causas inmediatas. Las causas básicas pueden proceder de Factores Personales o Factores de Trabajo (medio ambiente laboral).

Art. 46: Las razones que originan una falta de control son la existencia de programas inadecuados, estándares o cumplimiento inadecuados de los estándares.

Art. 47: Todos los incidentes serán investigados teniendo en cuenta el proceso de investigación de los accidentes.

Art. 48: La investigación de un accidente tendrá como fin determinar responsabilidades y describir las prácticas y condiciones peligrosas existentes, a fin de que aquellos otros accidentes que pudieran llegar a pasar por causas similares sean prevenidos. La investigación de los accidentes deberá permitir tener o lograr lo siguiente:

a. Descripción precisa de los acontecimientos.

Page 31: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 31 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

b. Identificación de las causas reales.

c. Determinación de los riesgos.

d. Desarrollo de los controles.

e. Identificación de las tendencias.

f. Demostración de interés por el trabajador.

Art. 49: La toma de datos de la investigación de accidentes e incidentes deberá basarse en el registro proporcionado por la RM 050-2013-TR.

Art. 50: Todos los accidentes e incidentes deberán de ser reportados máximo en una hora al Jefe Inmediato, quien deberá de informar a su Socio y al área responsable de SST.

Art. 51: Cuando suceda un accidente el Jefe Inmediato, con un representante del Comité de SST y el encargado de área de SST, realizará la investigación necesaria y llenará el formato “Informe de Investigación de Accidentes” en un plazo máximo de cinco días.

Art. 52: Las estadísticas de los accidentes de trabajo que ocurren en la Empresa servirán para evaluar la efectividad de los programas de seguridad trazados, así como planificar las futuras actividades de prevención.

Art. 53: Se considera enfermedad profesional a todo estado patológico crónico que sufra el trabajador como resultado de la exposición a factores relacionadas al trabajo. Serán enfermedades profesionales las que se reconozcan como tales por la normativa vigente. No se considera enfermedad profesional a las enfermedades de carácter endémico que prevalecen de acuerdo con la temporada o estación, por ejemplo: gripes, cólera, pulmonía, entre otros, y se adquieran en el lugar donde se presta trabajo.

PRIMEROS AUXILIOS

Art. 54: Cuando se presente la necesidad de prestar primeros auxilios, siga estas reglas básicas:

a. Evite el nerviosismo y el pánico.

b. Si se requiere acción inmediata para salvar una vida (resucitación cardio respiratoria, control de hemorragias, maniobra Heimlich, inmovilización de fractura, entre otros) proceda con primeros auxilios solo si está capacitado.

c. No realice ningún procedimiento de salvataje si no está capacitado.

d. Active la comunicación a la clínica cercana y a su Jefe Inmediato (deberá comunicarse con la clínica más cercana indicando el lugar exacto, la gravedad y el número de personas).

9.4.1. SHOCK

Art. 55: Cuando ocurra un “shock” siga las siguientes reglas básicas:

a. Evalúe los signos vitales (vía aérea permeable, pulso braquial, frecuencia respiratoria).

b. Despejar para proporcionar aire fresco u oxígeno si está disponible.

c. Referir a una clínica cercana.

9.4.2. HEMORRAGIAS

Art. 56: En caso de heridas con hemorragias realice el procedimiento:

Page 32: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 32 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

a. Aplique presión local continua en la hemorragia colocando un apósito (pequeño o grande) según la lesión.

b. Está prohibida realizar torniquete, solo aplique en caso de amputación total (use venda) cada 15 min verificar la circulación.

c. Referir a una clínica cercana.

9.4.3. FRACTURAS

Art. 57: En caso de fracturas realice el procedimiento:

a. No movilice a la posición original, la inmovilización se realizará sin modificar la deformación de la extremidad.

b. Realice la inmovilización con férulas y proceda a vendar ligeramente en extremidades.

c. En caso de fracturas de cráneo y lesión cervical, deberá indicar al trabajador mantener la calma y no movilizarlo, en caso se cuente con collarín cervical se deberá colocar solo si está capacitado.

9.4.4. QUEMADURAS

Art. 58: Son lesiones que se producen por causa físicas, químicas, solares y eléctricas, pueden ser de primer, segundo y tercer grado:

a. Para quemaduras leves utilice agua y refiera a la clínica.

b. Para quemaduras de segundo y tercer grado utilice únicamente agua y no retire las prendas, cubra con gasas estériles suavemente y vende muy ligeramente (para cubrir de la contaminación).

c. Refiera inmediatamente a la clínica.

9.4.5. REANIMACION CARDIOPULMONAR

Art. 59: Técnica de salvataje, en caso de pérdida de función realice el procedimiento solo si está capacitado y entrenado:

a. Aplique compresiones torácicas (30 compresiones x 2 ventilaciones).

b. Realice respiración asistida.

c. Controle los signos vitales.

BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS

Art. 60: Los botiquines deberán contar siempre con un stock permanente de medicamentos y materiales, de acuerdo a las normas legales vigentes y normas internas de la Empresa.

AVISOS Y SEÑALES DE SEGURIDAD

9.6.1. OBJETOS

Art. 61: El objetivo de las señales de seguridad es alertar del peligro existente en una zona en la que se ejecuten trabajos diversos o en zonas de operación de equipos e instalaciones que entrañen un peligro potencial. Se entiende por señalización, el conjunto de

Page 33: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 33 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

estímulos que condicionan la actuación del individuo que los recibe frente a unas circunstancias (riesgos, protecciones necesarias a utilizar, entre otros) que se pretenden resaltar.

9.6.2. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LAS SEÑALES DE SEGURIDAD

Art. 62: Las señales de seguridad resultan de la combinación de formas geométricas y colores, a las que se les añade un símbolo o pictograma atribuyéndoseles un significado determinado en relación con la seguridad, el cual se quiere comunicar de una forma simple, rápida y de comprensión universal. A la hora de señalizar se deberá tener en cuenta los siguientes principios:

a. La correcta señalización resulta eficaz como técnica de seguridad, pero no debe olvidarse que por sí misma, nunca elimina el riesgo.

b. La puesta en práctica del sistema de señalización de seguridad no dispensará, en ningún caso, de la adopción por las empresas de las medidas de prevención que correspondan.

c. A los trabajadores se les ha de dar la información necesaria para que tengan un adecuado conocimiento del sistema de señalización.

9.6.3. CLASES DE SEÑALES DE SEGURIDAD

Art. 63: Las señales de seguridad en función de su aplicación se dividen en:

a. DE PROHIBICION: Prohíben un comportamiento susceptible de provocar un peligro.

b. DE OBLIGACION: Obligan a un comportamiento determinado.

c. DE ADVERTENCIA: Advierten de un peligro.

d. DE INFORMACION: Proporcionan una indicación de seguridad o de salvamento.

SÍMBOLOS DETALLE

SEÑAL DE PROHIBICIÓN: Círculo y barra transversal rojo, fondo blanco y el símbolo

negro. Ejemplo: No fumar.

SEÑAL DE OBLIGATORIEDAD: Círculo de fondo azul y el símbolo blanco. Ejemplo: Uso

de botas de seguridad.

SEÑAL DE ADVERTENCIA: Banda triangular negra con fondo amarrillo símbolo negro.

Ejemplo: Riesgo Eléctrico.

SEÑAL INFORMATIVA: Cuadrado de fondo verde y el texto o símbolo en blanco.

Ejemplo: Ruta de salida de emergencia.

SEÑALIZACIÓN DE MATERIALES DE RIESGO: Las cuatro divisiones tienen colores

asociados con un significado. El azul hace referencia a los riesgos para la salud, el rojo

indica el peligro de inflamabilidad y el amarillo los riesgos por reactividad: es decir, la

inestabilidad del producto. A estas tres divisiones se les asigna un número de 0 (sin

peligro) a 4 (peligro máximo). Por su parte, en la sección blanca puede haber

indicaciones especiales para algunos materiales, indicando que son oxidantes,

corrosivos, reactivos con agua o radiactivos.

Page 34: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 34 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

10. SANCIONES

Art. 64: Todo trabajador que incumpla con las normas establecidas en el presente reglamento, o las que pudiera adoptar o dictar la Empresa o el Comité de SST o el Responsable de Seguridad, será sancionado de acuerdo al presente documento y las normas legales pertinentes.

Art. 65: La aplicación de las sanciones las realizará el Supervisor, Jefe Inmediato, Gerente y/o Socio. El Comité de SST también podrá determinar la sanción correspondiente por el incumplimiento de las normas descritas en el presente reglamento.

Art. 66: De acuerdo al Reglamento Interno de Trabajo de BDO, es facultad de la Empresa aplicar medidas disciplinarias y sanciones a quienes incurran en cualquier supuesto de falta laboral, con la finalidad que el trabajador enmiende su conducta.

Art. 67: En caso de inobservancia de cualquiera de las normas reglamentarios establecidas en el RISST, así como de las normas legales pertinentes u otras disposiciones que BDO pueda emitir en aplicación de su facultad directriz o normativa, BDO aplicará las medidas disciplinarias que a continuación se mencionan.

a. Amonestación Verbal

b. Amonestación Escrita

c. Suspensión Sin Goce de Haber

d. Despido

El orden de enumeración de estas medidas disciplinarias no implica que deban aplicarse correlativa o sucesivamente, puesto que se deberán los criterios señalados en el artículo siguiente:

Art. 68: Son criterios de la graduación de las medidas impuestas, los siguientes:

a. Naturaleza o gravedad de falta laboral

b. Daño o perjuicio ocasionado.

c. Circunstancias en que se cometió la falta laboral.

d. Antecedentes del trabajador.

e. Reincidencia.

f. Equidad en su aplicación.

Art. 69: Las medidas disciplinarias que sean impuestas a los trabajadores serán incorporadas en sus respectivos files personales, así como serán consideradas a efectos de su respectiva evaluación de desempeño profesional.

AMONESTACIÓN VERBAL

Art. 70: Sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, a continuación, se desarrollarán las principales disposiciones referentes a la amonestación verbal. Al respecto, se entiende por amonestación verbal a la medida disciplinaria que se aplica cuando la falta laboral es primaria y no reviste gravedad.

Art. 71: Será amonestado de forma verbal el trabajador que incurra en cualquiera de las siguientes faltas, las mismas que se indican de forma enunciativa, más no limitativa:

Page 35: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 35 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

a. En caso de trabajadores nuevos, errar por primera vez en la aplicación de procedimientos debido a la inexperiencia, siempre y cuando no ocasione perjuicio a los clientes o daños a BDO.

b. Incurrir a actos de indisciplina y/o inmoralidad de carácter leve.

c. No guardar seriedad y comportamiento pertinente a la realización de un trabajo eficiente.

d. Negligencia y/o ineficiencia en el trabajo.

e. La falta de orden y limpieza del ambiente de trabajo de la que no se derive riesgo para la integridad física o salud de los trabajadores.

f. Hacer mal uso de equipos, materiales, teléfonos y/u otras herramientas que brinde BDO; así como, accionar y reparar mecanismos eléctricos o mecánicos sin estar facultado para hacerlo.

g. No dar cumplimiento a las disposiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo del centro de labores.

h. Otras faltas que, a criterio de BDO, merezcan razonablemente esta sanción.

AMONESTACIÓN ESCRITA

Art. 72: Sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, a continuación, se desarrollarán las principales disposiciones referentes a la amonestación escrita. Al respecto, se entiende por amonestación escrita a la medida disciplinaria que se aplica cuando la falta laboral es media y reviste un cierto grado de gravedad en su comisión, ya sea por primera vez o en reincidencia.

Art. 73: La amonestación escrita se impone ante la reinterancia de cualquiera de las faltas pasibles de amonestación verbal desarrolladas en el artículo Art. 70:.

Art. 74: Asimismo, la amonestación se impone cuando el trabajador comenta por primera vez cualquiera de las siguientes faltas, las mismas que se indican de forma enunciativa, más no limitativa.

a. No informar a los trabajadores de los riesgos a que estará expuesto durante la ejecución de la actividad.

b. No reportar en forma oportuna un incidente o lesión personal o de terceros.

c. No buscar asistencia médica oportuna ante un malestar, enfermedad o lesión personal.

d. No usar EPPs durante la ejecución de sus labores.

e. Hacer mal uso de los recursos materiales, equipos, vehículos, herramientas o similares de la Empresa.

f. No hacer uso de los tres puntos de apoyo. Los tres puntos de apoyo se emplean al momento de estar en contacto con una escalera. Consiste en tener dos manos y un pie sobre la misma o una mano y dos pies, pero siempre manteniendo un contacto permanente de tres puntos con la superficie.

g. No llenar el formato de pre uso, IPERC Continuo o ATS solicitados o proporcionados por el cliente.

h. No respetar señalizaciones, reglas de tránsito, estándares de la Empresa y del cliente.

i. Ser responsable de un accidente de potencial menor o causar daño menor por negligencia a los bienes de la Empresa.

Page 36: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 36 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

j. No adoptar las medidas de control necesarias previo a la realización de trabajos de alto riesgo (espacios confinados, trabajos con contacto con electricidad, trabajos en altura, izaje de materiales, otros).

k. No participar en las actividades de prevención y capacitaciones que realice la Empresa reiteradamente.

l. Obstaculizar o impedir el desarrollo de las reuniones de capacitación de SST.

m. Otras faltas que, a criterio de BDO, merezcan razonablemente sanción.

SUSPENSIÓN SIN GOCE DE HABER

Art. 75: Sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, a continuación, se desarrollarán las principales disposiciones referentes a la suspensión sin goce de haber. Al respecto, se entiende por suspensión sin goce de haber a la medida disciplinaria que se aplica cuando la falta laboral reviste gravedad en su comisión, ya sea por primera vez o en reincidencia.

Art. 76: En el supuesto que el trabajador se niegue a aceptar el documento por el que se comunica su sanción o se negase a firmar la copia a ser entregada a BDO, esto último dejará constancia de tal hecho en su file personal. En este sentido, BDO procederá a comunicar la sanción disciplinaria mediante una carta notarial en el domicilio del trabajador.

Art. 77: Las suspensiones podrán ser no menor de un (1) día, ni mayor de cinco (5) días laborales. Dichos días no serán remunerados ni computables para la determinación de beneficios sociales.

Art. 78: La suspensión se impone ante la reiterancia de cualquier de las faltas pasibles de amonestación escrita desarrolladas en el artículo Art. 70: y el artículo Art. 72:°.

Art. 79: Asimismo, la suspensión se impone cuando el trabajador comenta por primera vez cualquiera de las siguientes faltas, las mismas que se indican de forma enunciativa, más no limitativa.

a. Presentarse al centro de labores bajo los efectos del alcohol, gas o cualquier sustancia estupefaciente que altere sus facultades psíquicas o físicas.

b. Exponer negligentemente a riesgos altos a los trabajadores.

c. No acatar las órdenes del superior con relación a las medidas de seguridad.

d. Manejar, operar equipos, herramientas y otros sin autorización.

e. Descuidar la seguridad, el trabajo y/o los implementos asignados, así como no usar los implementos de seguridad.

f. Retirar o dejar sin funcionar deliberadamente elementos o dispositivos de SST instalados en BDO; tales como extinguidores de incendios, grifos de agua o cualquier otro dispositivo de emergencia.

g. Ingresar a áreas restringidas señalizadas sin autorización correspondiente.

h. No respetar los dispositivos de seguridad existentes.

i. No utilizar los EPPs básicos y específicos correspondientes a la actividad a realizar o a la zona de acceso.

j. Hacer maniobras subestándares, que implica todo acto u omisión del trabajador que lo desvía de un procedimiento de trabajo seguro.

k. No respetar las normas de carga sobredimensionada.

l. No obedecer las señales dadas correctamente por personal de Tránsito, Salud y Seguridad y/o no detenerse cuando ordenan hacerlo.

Page 37: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 37 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

m. Hablar por celular durante la realización de una actividad de alto riesgo.

n. Faltar el respeto, amenazar, injuriar, difamar, agredir a su Supervisor, Jefe Inmediato, Gerente, Socio, a los compañeros de labores o al personal de la empresa donde esté asignado.

o. Fomentar cualquier riña entre los trabajadores que genere agresión verbal o física.

p. Generar accidentes de trabajo a causa de negligencia, siempre que estos sean de gravedad; así como, no informar oportunamente de la ocurrencia de los mismos.

q. Posesión de armas de fuego o artefactos explosivos dentro de las instalaciones del centro de labores, que hayan sido obtenidos legal o ilegítimamente.

r. Otras faltas que, a criterio de BDO, merezcan razonablemente esta sanción.

DESPIDO

Art. 80: Sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, a continuación, se desarrollarán las principales disposiciones referentes al despido. Al respecto, se entiende por despido a la medida disciplinaria que se aplica cuando la falta laboral reviste un grado alto de gravedad en su comisión, ya sea por primera vez o en reincidencia; deviniendo en extinguir la relación laboral entre el trabajador y BDO.

Art. 81: Los despidos estarán a cargo del Gerente y/o Socio del área correspondiente, quien(es) cursará(n) por escrito al trabajador la carta de pre aviso correspondiente, imputándole la falta cometida y otorgándole el plazo de seis (6) días calendario para efectos que éste realice por escrito sus descargos. Cumplido ese plazo, BDO analizará el caso en mención y determinará el despido o la permanencia del trabajador.

En el supuesto que el trabajador se niegue a aceptar la carta de pre aviso de despido o se negase a firmar la copia a ser entregada a BDO, esto último dejará constancia de tal hecho en su file personal. En este sentido, BDO procederá a comunicar la sanción disciplinaria mediante una carta notarial en el domicilio del trabajador.

Art. 82: El despido deberá ser debidamente justificado, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, así como por el procedimiento sancionatorio regulado en el presente Reglamente Interno de SST y en el Reglamento Interno de Trabajo.

En tal sentido, el procedimiento de despido podrá configurarse por la reiterancia en la comisión de cualquiera de las faltas pasibles de amonestación escrita o suspensión, siempre que se adecúen a las causales contempladas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral correspondientes a la capacidad o conducta del trabajador; o por la comisión de las mismas.

Art. 83: Asimismo, el despido se impone cuando el trabajador comenta por primera vez cualquiera de las siguientes faltas, las mismas que se indican de forma enunciativa, más no limitativa.

a. Negativa injustificada a someterse a Examen Médico Ocupacional previamente convenido o establecido por Ley, determinantes de la relación laboral, o a cumplir las medidas profilácticas o curativas prescritas por el Médico Ocupacional para evitar enfermedades o accidentes. El Comité de SST podrá aprobar la realización de exámenes médicos ocupacionales no previstos en las normas vigentes, siempre que exista el fundamento suficiente.

b. Ser responsable de un accidente que ocasiona serias lesiones al personal, pérdida de vidas y/o graves daños a la propiedad de la compañía.

c. Otras faltas que, a criterio de BDO, merezcan razonablemente para el despido.

Page 38: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 38 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

Art. 84: Sin perjuicio en lo desarrollado en los artículos precedentes, constituye falta laboral grave aquella cometida por el trabajador que implique el incumplimiento de los deberes esenciales que emanan del contrato, de modo tal que haga irrazonable la subsistencia de la relación de trabajo, así como aquellas contempladas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

Page 39: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 39 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

11. DISPOSICIONES FINALES

Art. 85: BDO está regida por los siguientes principios en el ejercicio de sus actividades y operaciones:

a. Velar por la salud y seguridad de todos sus Trabajadores, Clientes, Visitas y Contratistas.

b. Velar por el cumplimiento de Estándares de Seguridad, Salud y Medio Ambiente en el desarrollo de las labores.

c. Velar por el cumplimiento de las disposiciones operacionales para evitar daños materiales, buscando salvaguardar los bienes de la Empresa.

Art. 86: BDO para el ejercicio de la administración, cumple no solamente con las prescripciones jurídicas y legales pertinentes, sino que también promueve de manera adecuada las medidas para la protección de la salud, de la seguridad, por el bien de todos los que de manera directa o indirecta pueden estar relacionados con nuestras actividades u operaciones.

Art. 87: BDO se reserva el derecho de ampliar y/o modificar el presente Reglamento Interno de SST, de acuerdo a las sugerencias del Comité de SST o del área de Seguridad y Salud.

Art. 88: El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación por el Comité de SST.

Page 40: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 40 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

12. CONTROL DE CAMBIOS

VERSIÓN FECHA ELABORADO APROBADO DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO

Page 41: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L.

Código Versión Fecha de Emisión Página

AUD-SST-RGL-001 V1 03/08/2020 41 de 42

Una vez impreso este documento, se convierte en copia no controlada.

CONSTANCIA Y ACATAMIENTO

Mediante el presente documento, el que suscribe………………………………, identificado con

Documento de Identidad (DNI) N°………………………………y con domicilio en

…………………………………………………………………………………… distrito de …………………………, provincia de

……………………………………………………………………, departamento de ………………………………………………………:

Declaro haber recibido una copia del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el

Trabajo de Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L., en adelante BDO; asimismo

una clara explicación a través de una inducción sobre su contenido en BDO.

Declaro que me regiré por las normas, reglas y procedimientos especificados en este

Reglamento y por las demás normas, adecuando mi desempeño laboral a una conducta

siempre segura.

Entiendo que el trabajar de forma segura, debo cumplir y acatar todas las reglas y normas de

seguridad de BDO y las regulaciones que hagan las mismas es una condición digna de ejemplo.

Entiendo que el incumplimiento de este Reglamento y del Programa de Seguridad y

Salud en el Trabajo me somete a acciones disciplinarias, las cuales conozco y acataré en

su totalidad.

Nombres y Apellidos:

Firma:

Fecha:

Page 42: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Internas/AUD-SST-RGL... · 2020. 8. 11. · REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pierrend, Gómez y Asociados

P

S.A.C.

PARA MÁS INFORMACIÓN:

GESTIÓN HUMANA

+511 222 5600 [email protected]

Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L., son miembros de BDO International Limited, una compañía limitada por garantía del Reino Unido, y forma parte de la red internacional BDO de empresas independientes asociadas.

BDO es el nombre comercial de la red BDO y de cada una de las empresas asociadas de BDO.

Derechos de autor © agosto 2020. Pierrend, Gómez y Asociados S. Civil de R.L. Todos los derechos reservados. Publicado en Perú.

www.bdo.com.pe