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Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de EGEMSA (RISST) (Según lo establecido en el R.M. Nº 111-2013-EM/DM y en el D.S.005-2012-TR) SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Cusco, Noviembre 2013

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Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de EGEMSA

(RISST)

(Según lo establecido en el R.M. Nº 111-2013-EM/DM y en el D.S.005-2012-TR)

SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Cusco, Noviembre 2013

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

INDICE

TITULO I: GENERALIDADES ................................................................................. 5 

Artículo 1º.-  Resumen ejecutivo de la actividad de EGEMSA ....................................... 5 

Artículo 2º.-  Objetivos y Alcance ..................................................................................... 5 

Artículo 3º.-  Política ........................................................................................................... 6 

Artículo 4º.-  Liderazgo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo 6 

Artículo 5º.-  Terminología ................................................................................................. 7 

TITULO II: OBLIGACIONES Y DERECHOS ................................................... 15 

Artículo 6º.-  Obligaciones del Empleador ...................................................................... 15 

Artículo 7º.-  Obligaciones y derechos de los trabajadores ........................................... 17 

Artículo 8º.-  Obligaciones y Responsabilidades de los Contratistas y/ o Sub contratistas 18 

TITULO III: SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ............................................................................................................ 19 

Artículo 9º.-  Constitución del Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional ................ 19 

Artículo 10º.-  Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo............................................. 19 

Artículo 11º.-  Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo ....................................... 20 

Artículo 12º.-  Personal de Seguridad y Salud en el trabajo ........................................... 20 

Artículo 13º.-  Control y Seguimiento de Acuerdos ......................................................... 20 

Artículo 14º.-  Frecuencia de las Reuniones ...................................................................... 21 

Artículo 15º.-  Brigadas de Emergencia ............................................................................ 21 

Artículo 16º.-  Composición de las Brigadas de Emergencia.......................................... 21 

Artículo 17º.-  Del Coordinador General de las Brigadas de Emergencia ..................... 21 

Artículo 18º.-  Funciones de la Brigada de Comando ...................................................... 22 

Artículo 19º.-  Funciones de la Brigada de Seguridad – Control Eléctrico y ................. 23 

Artículo 20º.-  Funciones de la Brigada Contra Incendios y Averías ............................. 24 

Artículo 21º.-  Funciones de la Brigada de Primeros Auxilios, Rescate y Camilleros ... 24 

Artículo 22º.-  Funciones de la Brigada de Evaluación y Evacuación ............................ 25 

Artículo 23º.-  Funciones de la Brigada de Comunicaciones ........................................... 26 

Artículo 24º.-  Mapa de Riesgos ......................................................................................... 26 

Artículo 25º.-  Servicio de Seguridad, Vigilancia y Protección Particular ..................... 26 

Artículo 26º.-  Apoyo de seguridad, vigilancia y protección por convenio con la Policía Nacional del Perú- Cusco .......................................................................................................... 27 

Artículo 27º.-  Funciones de la P.N.P. ................................................................................ 27 

Artículo 28º.-  Servicio Medico Asistencial ....................................................................... 27 

Artículo 29º.-  Funciones del Personal Médico ................................................................. 28 

TITULO IV: SALUD OCUPACIONAL .................................................................. 28 

Artículo 30º.-  De las Enfermedades Ocupacionales ........................................................ 28 

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Artículo 31º.-  Saneamiento ................................................................................................ 28 

Artículo 32º.-  Suministro de Agua .................................................................................... 29 

Artículo 33º.-  Comedores y Cocinas ................................................................................. 29 

Artículo 34º.-  Ruido ........................................................................................................... 29 

Artículo 35º.-  Iluminación ................................................................................................. 29 

Artículo 36º.-  Temperatura, Ventilación y Humedad ..................................................... 30 

Artículo 37º.-  Ergonomía ................................................................................................... 30 

TITULO V: PROCEDIMIENTO PARA LAS INSPECCIONES DE SEGURIDAD .................................................................................................................. 30 

Artículo 38º.-  Inspecciones de Seguridad ......................................................................... 30 

Artículo 39º.-  Tipos de Inspecciones de Seguridad ......................................................... 30 

TITULO VI: SEGURIDAD EN LAS OFICINAS ................................................ 31 

Artículo 40º.-  Seguridad en las oficinas de las instalaciones .......................................... 31 

TITULO VII: EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL .............................. 31 

Artículo 41º.-  Uso de Equipos de Protección Personal .................................................... 31 

Artículo 42º.-  Implementos Básicos de Protección Personal .......................................... 31 

Artículo 43º.-  Ropa de Trabajo ......................................................................................... 32 

Artículo 44º.-  Arneses ........................................................................................................ 32 

Artículo 45º.-  Protección de la cabeza .............................................................................. 32 

Artículo 46º.-  Protección de la vista .................................................................................. 32 

Artículo 47º.-  Protección de los oídos ............................................................................... 32 

Artículo 48º.-  Protección de las vías respiratorias ........................................................... 32 

Artículo 49º.-  Protección de las Extremidades Superiores ............................................. 32 

Artículo 50º.-  Protección de las Extremidades inferiores ............................................... 33 

TITULO VIII: PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS PARA ACTUAR EN CASOS DE CONTINGENCIAS ................................................................................ 33 

Artículo 51º.-  Derrumbes ................................................................................................... 33 

Artículo 52º.-  Procedimiento para actuar durante Derrumbes ..................................... 33 

Artículo 53º.-  Deslizamientos ............................................................................................ 33 

Artículo 54º.-  Procedimiento para Actuar durante Deslizamientos .............................. 33 

Artículo 55º.-  Huaycos o Llocllas ...................................................................................... 34 

Artículo 56º.-  Procedimiento para Actuar durante Huaycos o Llocllas ........................ 34 

Artículo 57º.-  Inundación .................................................................................................. 34 

Artículo 58º.-  Procedimiento para Actuar durante Inundaciones ................................. 34 

Artículo 59º.-  Las Heladas ................................................................................................. 34 

Artículo 60º.-  Procedimiento para Actuar durante Heladas .......................................... 34 

Artículo 61º.-  Nevadas........................................................................................................ 35 

Artículo 62º.-  Procedimientos para disminuir riesgos durante Nevadas ...................... 35 

Artículo 63º.-  Explosiones .................................................................................................. 35 

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Artículo 64º.-  Procedimiento para actuar durante atentados terroristas o artefactos explosivos 35 

TITULO IX: PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO ........................... 35 

Artículo 65º.-  Trabajo Seguro en las Instalaciones ......................................................... 35 

Artículo 66º.-  En Equipos e Instalaciones Eléctricas ...................................................... 35 

Artículo 67º.-  En Líneas de Transmisión ......................................................................... 36 

Artículo 68º.-  En Sub Estaciones ...................................................................................... 36 

TITULO X: SANCIONES .......................................................................................... 36 

Artículo 69º.-  Alcance y Responsabilidades ..................................................................... 36 

TITULO XI: DISPOSICIONES ............................................................................... 36 

Artículo 70º.-  Disposiciones Complementarias ................................................................ 36 

Artículo 71º.-  Disposiciones Finales .................................................................................. 37 

TITULO XII: DOCUMENTACIÓN ........................................................................ 37 

Artículo 72º.-  Documentación ........................................................................................... 37 

TITULO XIII: ANEXOS ............................................................................................ 38 

ANEXO 01 ......................................................................................................................... 38 

ANEXO 02 ......................................................................................................................... 40 

ANEXO 03 ......................................................................................................................... 42 

ANEXO 04 ......................................................................................................................... 43 

ANEXO 05 ......................................................................................................................... 44 

ANEXO 06 ......................................................................................................................... 46 

ANEXO 07 ......................................................................................................................... 47 

ANEXO 08 ......................................................................................................................... 48 

ANEXO 09 ......................................................................................................................... 49 

ANEXO 10 ......................................................................................................................... 50 

TITULO XIV: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES, SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS. ................................................................... 51 

PROCEDIMIENTOS / INSTRUCTIVOS DE TRABAJO ESPECÍFICO PARA LAS ACTIVIDADES ELÉCTRICAS DE CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO. .................................................................... 51 

Listado de Procedimientos / Instructivos de Trabajo Aprobados por la entidad, vigencia y Ubicación…………………… .................................................................................................... 51 

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE EGEMSA AÑO

2014

Código : Ninguno Revisión : 00 Fecha : 28/11/2013 Elaborado por: Especialista de SSO Aprobado en : Comité de Seguridad EGEMSA

Elaborado por:

Aprobado por:

TITULO I: GENERALIDADES Artículo 1º.- Resumen ejecutivo de la actividad de EGEMSA La Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A, “EGEMSA” es una empresa estatal de derecho privado, se encuentra ubicada en la región del Cusco, siendo su principal fuente de generación la Central Hidroeléctrica Machupicchu en el Km 122 y una Represa en el Km 107, además cuenta con instalaciones de Grupos Electrógenos Térmicos en la ciudad del Cusco ubicadas en Av. Machupicchu Dolorespata – Santiago, así como un Taller de Mantenimiento, una Sub Estación en Cachimayo y otra Represa en Sibinacocha. Inicia sus operaciones en 1994 Desde entonces se ha venido consolidando como una empresa abierta al avance tecnológico aprovechando eficientemente el recurso hídrico y respaldado por la experiencia de sus trabajadores, lo cual ha convertido en una de las principales empresas generadoras de energía eléctrica en el territorio peruano, con grandes perspectivas de una mayor expansión en sus operaciones. Artículo 2º.- Objetivos y Alcance Objetivos Establecer las normas, directivas, disposiciones, conceptos, procedimientos e instructivos de organización y demás acciones a tomarse, a fin de regular las actividades de EGEMSA, en los aspectos de Seguridad y Salud Laboral de los trabajos desarrollados en sus instalaciones, cumpliendo con las normas vigentes. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, la integridad física y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o privada, con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones o a los

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procesos en las diferentes actividades ejecutadas, facilitando la identificación de los riesgos existentes, su evaluación, control y corrección. Proteger las instalaciones y bienes de la empresa, entidad pública o privada, con el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad. e. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los trabajadores, incluyendo regímenes de intermediación y tercerización, modalidad formativa e incluso entre los que presten servicios de manera esporádica en las instalaciones del empleador, con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Alcance El alcance del presente Reglamento comprende a todas las actividades, servicios y procesos que desarrolla EGEMSA en todas sus sedes. Por otra parte, establece las funciones y responsabilidades que con relación a la seguridad y salud en el trabajo deben cumplir obligatoriamente todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades totales o parcialmente en las instalaciones de EGEMSA. Artículo 3º.- Política Acorde con el Sistema de Gestión integrado de EGEMSA, la Política de la Empresa está expresada como sigue: “La Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. - EGEMSA, genera y comercializa la Energía Eléctrica producida por la Central Hidroeléctrica Machupicchu, orientando sus esfuerzos hacia la satisfacción de sus clientes, la protección del medio ambiente y de las personas, con el compromiso de satisfacer los requisitos de sus clientes, mejorando continuamente los procesos del Sistema de Gestión Integrado. Identificar evaluar y controlar en forma continua los aspectos e impactos ambientales, previniendo y/o mitigando la contaminación ambiental ocasionada por las emisiones, residuos y efluentes entre otros. Identificar los peligros, para evaluar, controlar y prevenir permanentemente los riesgos, garantizando que los trabajadores y sus representantes sean consultados y participen activamente en la seguridad y salud ocupacional de las personas. Velar por el cumplimiento de la normatividad legal vigente aplicable, los requisitos de las normas ISO 9001:2008 gestión de calidad, ISO 14001:2004 gestión ambiental y la especificación OHSAS 18001:2007 gestión de la seguridad y salud ocupacional, así como todo compromiso que EGEMSA suscriba. Motivar, Capacitar y Formar al personal para que contribuya en el cumplimiento de lo establecido en la presente política”. Artículo 4º.- Liderazgo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el

Trabajo El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo es responsabilidad de EGEMSA, quien asume el liderazgo y compromiso de estas actividades en la organización. Asimismo delega las funciones y la autoridad necesaria al personal encargado del desarrollo, aplicación y resultados del Sistema de Gestión Integrado de la Empresa, quien rinde cuentas de sus acciones a la autoridad competente; ello no lo exime de su deber de prevención y, de ser el caso, de resarcimiento. El personal encargado se compromete a:

a. Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la organización y para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

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b. Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, fomentando el compromiso de cada trabajador mediante el estricto cumplimiento de disposiciones que contiene el presente reglamento.

c. Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable.

d. Establecer programas de seguridad y salud en el trabajo, definidos y medir el desempeño en la seguridad y salud llevando a cabo las mejoras que se justifiquen.

e. Operar en concordancia con las prácticas aceptables de EGEMSA, y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo.

f. Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; así como desarrollar acciones preventivas en forma efectiva.

g. Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para lo cual se inducirá, entrenará, capacitará y formará a los trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus labores.

h. Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en casos de emergencia, promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil.

i. Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las normas aplicables de seguridad y salud en el trabajo.

j. Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia. Artículo 5º.- Terminología Cuando en el texto del presente Reglamento se empleen los términos "MTPE", "MINSA", "OSINERGMIN", "DGE", "Empleador, Entidad, o empresa" y "Reglamento", se deberá entender que se refieren al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, al Ministerio de Salud, al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, a la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, a los titulares de derechos eléctricos, y empresas que desarrollan actividades relacionadas con la generación, transmisión, distribución, comercialización y utilización de la energía eléctrica, y al Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad, respectivamente. Accidente de tercero: Evento que sobreviene por colapso y/o contacto con las instalaciones de la Entidad o durante la realización de trabajos por la Entidad en sus instalaciones y que producen una lesión orgánica o perturbadora funcional sobre una persona que no tiene vínculo laboral con ésta. Según su gravedad, los accidentes de tercero con lesiones personales pueden ser:

-Accidente de Tercero Leve: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, genera en el accidentado un descanso breve con retorno máximo al día siguiente a sus labores habituales.

-Accidente de Tercero Incapacitante: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, da lugar a descanso, ausencia justificada al trabajo y tratamiento. El día de la ocurrencia de la lesión se tomará en cuenta, para fines de información estadística. -Accidente de Tercero Mortal: Suceso cuyas lesiones producen la muerte de la persona.

-Accidente de Trabajo (AT): Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.

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Según su gravedad, los accidentes de trabajo con lesiones personales pueden ser: Accidente de Trabajo Leve: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, genera en el accidentado un descanso breve con retorno máximo al día siguiente a sus labores habituales. Accidente de Trabajo Incapacitante: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, da lugar a descanso, ausencia justificada al trabajo y tratamiento. El día de la ocurrencia de la lesión no se tomará en cuenta, para fines de información estadística. Según el grado de incapacidad los accidentes de trabajo pueden ser: -Total Temporal: Cuando la lesión genera en el accidentado la imposibilidad de utilizar su organismo; da lugar tratamiento médico al término de cual estará en la capacidad de volver a las labores habituales plenamente recuperado. -Parcial Temporal: Cuando la lesión genera disfunción temporal de un miembro u órgano del cuerpo o de las funciones del mismo. -Parcial Permanente: Cuando la lesión genera la pérdida parcial de un miembro u órgano o de las funciones del mismo. -Total Permanente: Cuando la lesión genera la pérdida anatómica o funcional total de un miembro u órgano; o de las funciones del mismo. Se considera a partir de la pérdida del dedo meñique. -Accidente de Trabajo Mortal: Suceso cuyas lesiones producen la muerte del trabajador. Para efecto de la estadística se debe considerar la fecha del deceso.

-Actividad: Ejercicio u operaciones industriales o de servicio desempeñadas por el empleador en concordancia con la normatividad vigente.

-Actividad o Trabajo con Electricidad, o en el Subsector Electricidad: Participación de personas durante las etapas de construcción, operación, mantenimiento, trabajos de emergencia, conexiones para el suministro, comercialización y utilización de la energía eléctrica incluyendo las obras civiles y otras relacionadas con dichas actividades, u otras que se desarrollan cercanas a infraestructura eléctrica, aunque no haya presencia de electricidad.

-Actividades, procesos, operaciones o labores de alto riesgo: Aquellas que impliquen una probabilidad elevada de ser la causa directa de un daño a la salud del trabajador con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza. También se incluye el posible daño al tercero.

-Actividades Insalubres: Aquellas que generen directa o indirectamente perjuicios para la salud humana.

-Actividades Peligrosas: Operaciones o servicios en las que el objeto de fabricar, manipular, expender o almacenar productos o substancias son susceptibles de originar riesgos graves de explosión, combustión, radiación, inhalación u otros modos de contaminación similares que perjudiquen la salud de las personas o bienes.

-Archivo Activo: Es el archivo físico o electrónico donde los documentos se encuentra en forma directa y accesible a la persona que lo va a utilizar.

-Archivo Pasivo: Es el archivo físico o electrónico donde los documentos no se encuentra en forma directa y accesible a la persona que lo va a utilizar.

-Ambiente, Centro o Lugar de Trabajo y Unidad de Producción: Lugar en donde los trabajadores desempeñan sus labores o donde tienen que acudir por razón del mismo.

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-Arnés de Seguridad: Dispositivo que se usa alrededor de porciones del torso del cuerpo: hombros, caderas, cintura y piernas, que tiene una serie de tirantes, correas y conexiones que detendrá las caídas más severas.

-Auditoría: Procedimiento sistemático, independiente y documentado para evaluar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se llevará a cabo de acuerdo a la regulación que establece el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

-Autoridad Competente: Ministerio, Entidad gubernamental o autoridad pública encargada de reglamentar, controlar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales.

-Capacitación: Actividad que consiste en transmitir conocimientos teóricos y prácticos para el desarrollo de competencias, capacidades y destrezas acerca del proceso de trabajo, la prevención de los riesgos, la seguridad y la salud.

--Causas de los Accidentes: Son uno o varios eventos relacionados que concurren para generar un accidente. Se dividen en:

-Falta de Control: Son fallas, ausencias o debilidades administrativas en la conducción del empleador o servicio y en fiscalización de las medidas de protección de la seguridad y la salud en el trabajo.

-Causas Básicas: Referidas a factores personales y factores de trabajo:

Factores Personales: Referidos a limitaciones en experiencia, fobias, tensiones presentes de manera personal en el trabajador.

Factores del Trabajo: Referidos al trabajo, las condiciones y medio ambiente de trabajo: organización, métodos, ritmos, turnos de trabajo, maquinaria, equipos, materiales, dispositivos de seguridad, sistemas de mantenimiento, ambiente, procedimientos, comunicación, entre otros.

-Causas Inmediatas: Son aquellas debidas a los actos y/o condiciones subestándares.

-Condiciones Subestándares: Es toda condición en el entorno del trabajo que puede causar un accidente.

-Actos Subestándares: Es toda acción o práctica incorrecta ejecutada por el trabajador que puede causar un accidente.

-Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Es un órgano bipartito y paritario constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la legislación y la práctica nacional, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones del empleador en materia de prevención de riesgos.

-Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Son aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia en la generación de riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en esta definición:

Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás elementos materiales existentes en el centro de trabajo.

La naturaleza, intensidades, concentraciones o niveles de presencia de los agentes físicos, químicos y biológicos, presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. Los procedimientos, métodos de trabajo, tecnología, establecidos para la utilización o procesamiento de los agentes citados en el apartado anterior, que influyen en la generación de riesgos para los trabajadores.

La organización y ordenamiento de las labores, relaciones laborales, incluidos los factores ergonómicos y psicosociales.

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-Condiciones de Salud: Son el conjunto de variables objetivas de orden fisiológicos, psicológico y sociocultural que determinan el perfil socio demográfico y de morbilidad de la población trabajadora.

-Contaminación del Ambiente de Trabajo: Es toda alteración o nocividad que afecta la calidad del aire, suelo, agua del ambiente de trabajo cuya presencia y permanencia puede afectar la salud, la integridad física y psíquica de los trabajadores.

-Contingencia: Posibilidad de que algo suceda o no suceda.

-Contratista: Persona o empresa que presta servicios remunerados a un empleador con especificaciones, plazos y condiciones convenidos.

-Control de Riesgos: Es el proceso de toma de decisiones; basado en la información obtenida en la evaluación de riesgos. Se orienta a reducir los riesgos, a través de la propuesta de medidas correctivas, exigir su cumplimiento y evaluar periódicamente su eficacia.

-Cultura de Seguridad o Cultura de Prevención: Conjunto de valores, principios y normas de comportamiento y conocimiento respecto a la prevención de riesgos en el trabajo que comparten los miembros de una organización.

-Emergencia: Evento o suceso grave que surge debido a factores naturales o como consecuencia de riesgos y procesos peligrosos en el trabajo que no fueron considerados en la gestión de seguridad y salud en el trabajo.

-Enfermedad Profesional u Ocupacional: Es una enfermedad contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo relacionadas al trabajo.

-Empleador, Entidad, o Empresa: Toda persona natural o jurídica que emplea a uno o varias personas y/o trabajadores.

-Equipo de Protección Personal (EPP): Son dispositivos, materiales e indumentaria, específicos, destinados a cada trabajador, de uso obligatorio para protegerlo de uno o varios riesgos presentes en el trabajo que puedan amenazar su seguridad y salud. Nota. El empleador en consenso con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo; o con el Supervisor de Seguridad, o con sus trabajadores (en caso que por el número reducido de trabajadores no exista un Comité); definirá los implementos especiales de uso compartido, como por ejemplo los de protección contra relámpago de arco disponibles en la subestaciones.

-Ergonomía: Llamada también ingeniería humana, es la ciencia que busca optimizar la interacción entre el trabajador, máquina y ambiente de trabajo con el fin de adecuar los puestos, ambientes y la organización del trabajo a las capacidades y características de los trabajadores, a fin de minimizar efectos negativos y mejorar el rendimiento y la seguridad del trabajador. -Estadística de Accidentes: Sistemas de registro y análisis de la información de accidentes. Orientada a utilizar la información y las tendencias asociadas en forma proactiva y focalizada para reducir los índices de accidentabilidad.

-Estándares de Trabajo: Son los modelos, pautas y patrones establecidos por el empleador que contienen los parámetros y los requisitos mínimos aceptables de medida, cantidad, calidad, valor, peso y extensión establecidos por estudios experimentales, investigación, legislación vigente o resultado del avance tecnológico, con los cuales es posible comparar las actividades de trabajo, desempeño y comportamiento industrial. Es un parámetro que indica la forma correcta de hacer las cosas. El estándar satisface las siguientes preguntas: ¿Qué?, ¿Quién?, ¿Cómo? y ¿Cuándo?

-Estudio de Riesgos: Estudio mediante el cual el empleador identifica los peligros y evalúa los riesgos en todas las actividades que desarrolla en el subsector electricidad, para adoptar las acciones preventivas y de control en forma oportuna.

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-Evaluación de Riesgos: Es el proceso posterior a la identificación de los peligros, que permite valorar el nivel, grado y gravedad de los mismos, proporcionando la información necesaria para que la empresa esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la oportunidad, prioridad y tipo de acciones preventivas que debe adoptar.

-Estudio de Ruidos: Evaluación y medición de las fuentes primarias y secundarias de generación de ruidos inherentes a la actividad relacionada con la electricidad que puedan estar afectando directa o indirectamente a los trabajadores. El estudio constará como mínimo de la siguiente información: Identificación de las fuentes primarias y secundarias de generación de los ruidos. Medición de la intensidad de los ruidos en las fuentes identificadas, estableciendo la metodología del mapeo de los mismos y los equipos de medición (rangos, calibración, etc.). Análisis de los resultados obtenidos, estableciendo la comparación de los mismos con la de los límites permisibles establecidos por norma. Selección de los sistemas de atenuación (cambios estructurales, modificación de la ingeniería de diseño del equipo, uso de equipo de protección personal, entre otros). Conclusiones y recomendaciones.

-Exámenes Médicos de Pre empleo: Son evaluaciones médicas de salud ocupacional que se realizan al trabajador antes de que éste sea admitido en un puesto de trabajo. Tiene por objetivo determinar el estado de salud al momento del ingreso y su mejor ubicación en un puesto de trabajo.

-Exámenes Médicos Periódicos: Son evaluaciones médicas que como mínimo se realizan al trabajador una vez al año durante el ejercicio del vinculo laboral. Estos exámenes tienen por objetivo la promoción de la salud en el trabajo a través de la detección precoz de signos de patologías ocupacionales. Asimismo, permiten definir la eficiencia de las medidas preventivas y de control de riesgos en el trabajo, su impacto, y la reorientación de dichas medidas.

-Exámenes de Retiro: Son evaluaciones médicas realizadas al trabajador una vez concluido el vínculo laboral. Mediante estos exámenes se busca detectar enfermedades ocupacionales, secuelas de accidentes de trabajo y en general lo agravado por el trabajo. -Exposición: Presencia de condiciones y medio ambiente de trabajo que implican un determinado nivel de riesgo a los trabajadores.

-Fiscalizador: Es toda persona natural o jurídica autorizada de manera expresa por el MTPE, MINSA, OSINERGMIN o autoridad competente y domiciliada en el país, encargada de realizar exámenes objetivos y sistemáticos en centros de trabajo y ámbitos de acción, sobre asuntos de seguridad y salud.

-Gestión de la Seguridad y Salud: Aplicación de los principios de la administración moderna a la seguridad y salud, integrándola a la producción, calidad y control de costos.

-Gestión de Riesgos: Es el procedimiento que permite, una vez caracterizado el riesgo, la aplicación de las medidas más adecuadas para reducir al mínimo los riesgos determinados y mitigar sus efectos, al tiempo que se obtienen los resultados esperados.

-Horas-hombre trabajadas: Es el número total de horas trabajadas bajo ciertas condiciones ambientales del personal propio y contratistas (subcontratistas), incluyendo los de operación, producción, mantenimiento, transporte, vigilancia, etc.

-Identificación de Peligros: Proceso mediante el cual se localiza y reconoce que existe un peligro y se definen sus características.

-Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en el que éstas sólo requieren

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cuidados de primeros auxilios. El accidente es un tipo de incidente donde se produce daño o lesiones corporales.

-Incidente Peligroso: Todo suceso potencialmente riesgoso que pudiera causar lesiones o enfermedades a las personas en su trabajo, o a la población.

-Índice de Accidentabilidad (IA): Indicador que resulta del producto del valor del índice de frecuencia con tiempo perdido (IF) por el índice de severidad de lesiones (IS) divido entre 1000.

IF x IS IA = .................

1 000

-Índice de Frecuencia (IF): Número de accidentados mortales e incapacitantes por cada millón de horas-hombre trabajadas. Se calculará con la fórmula siguiente:

N° accidentados x 1 000 000 IF = .................................................

Horas-hombre trabajadas

-Índice de Severidad (IS): Número de días perdidos o su equivalente por cada millón de horas-hombre trabajadas. Se calculará con la fórmula siguiente:

N° días perdidos x 1 000 000 IS = .................................................

Horas-hombre trabajadas -Inducción u Orientación: Capacitación inicial dirigida a otorgar conocimientos e instrucciones al trabajador para que ejecute su labor en forma segura, eficiente y correcta. Se divide normalmente en:

-Inducción General: Capacitación al trabajador sobre temas generales como política, beneficios, servicios, facilidades, normas, prácticas, y el conocimiento del ambiente laboral de la empresa, efectuada antes de asumir su puesto.

-Inducción Específica: Capacitación que brinda al trabajador la información y el conocimiento necesario que lo prepara para su labor específica.

-Inspecciones Periódicas: Técnica básica para la prevención de riesgos de accidentes, permitiendo la identificación de deficiencias, así como la adopción de medidas preventivas para evitarlas. Está orientada a evitar y controlar las deficiencias de las instalaciones, las máquinas y los equipos, y en general las condiciones de trabajo.

-Inspección: Verificación del cumplimiento de los estándares establecidos en las disposiciones legales. Proceso de observación directa que acopia datos sobre el trabajo, sus procesos, condiciones, medidas de protección y cumplimiento de dispositivos legales en seguridad y salud en el trabajo.

-Investigación de Accidentes e Incidentes: Proceso de identificación de los factores, elementos, circunstancias y puntos críticos que concurren para causar los accidentes e incidentes. La finalidad de la investigación es revelar la red de causalidad y de ese modo permite a la dirección de la empresa tomar las acciones correctivas y prevenir la recurrencia de los mismos.

-Lesión: Alteración física u orgánica que afecta a una persona como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.

-Lugar de Trabajo: Todo sitio o área donde los trabajadores permanecen y desarrollan su trabajo o adonde tienen que acudir para desarrollarlo.

Mapa de Riesgos:

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En el empleador u Entidad o empresa u organización: Es un plano de las condiciones de trabajo, que puede emplear diversas técnicas para identificar y localizar los problemas y las acciones de promoción y protección de la salud de los trabajadores en la organización del empleador y los servicios que presta.

A nivel nacional: Compendio de información organizada y sistematizada geográficamente a nivel nacional subregional sobre las amenazas, incidentes o actividades que son valoradas como riesgos para la operación segura de una empresa u organización.

-Medidas Correctivas: Constituyen actos de intimidación, amenaza o amedrentamiento realizados al trabajador, con la finalidad de desestabilizar el vínculo laboral.

-Medidas de Prevención: Las acciones que se adoptan con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo y que se encuentran dirigidas a proteger la salud de los trabajadores contra aquellas condiciones de trabajo que generan daños que sean consecuencia, guarden relación o sobrevengan durante el cumplimiento de sus labores. Además, son medidas cuya implementación constituye una obligación y deber de parte de los empleadores. -Observaciones Planeadas: Técnica básica para la prevención de accidentes, a través de la identificación de factores personales y actos sub estándares, durante el desarrollo de las actividades específicas, así como el control de las medidas existentes para evitarlos.

-Observador del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Aquel miembro del sindicato mayoritario a que se refiere el artículo 29° de la Ley, que cuenta únicamente con las facultades señaladas en el artículo 61° del reglamento.

-Peligro: Situación o característica intrínseca de algo capaz de ocasionar daños a las personas, equipos, procesos y ambiente.

-Pérdidas: Constituye todo daño, mal o menoscabo que perjudica al empleador como al trabajador.

-Plan de Emergencia: Documento guía de las medidas que deberán tomar ante ciertas condiciones o situaciones de envergadura e incluye responsabilidades de personas y departamentos, recursos del empleador disponibles para su uso, fuentes de ayuda externas, procedimientos generales a seguir, autoridad para tomar decisiones, las comunicaciones e informes exigidos.

-Plan de Contingencias: Documento guía elaborado para responder a las contingencias, incluye responsabilidades de personas, recursos disponibles de la Entidad, fuentes de ayuda externa y comunicaciones con los organismos exigidos.

-Programa Anual de Seguridad y Salud: Conjunto de actividades de prevención en seguridad y salud en el trabajo que establece la organización, empresa, servicio para ejecutar a lo largo de un año.

-Prevención de Accidentes: Combinación de políticas, estándares, procedimientos, actividades y prácticas en el proceso y organización del trabajo, que establece una organización con en el objetivo de prevenir riesgos en el trabajo.

-Primeros Auxilios: Protocolos de atención de emergencia a una persona en el trabajo ha sufrido un accidente o enfermedad ocupacional.

-Pro actividad: Actitud favorable en el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo con diligencia y eficacia.

-Procesos. Actividades, Operaciones, Equipos o Productos Peligrosos: Aquellos elementos factores o agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, o mecánicos o psicosociales, que están presentes en el proceso de trabajo, según las definiciones y parámetros que establezca la legislación nacional, que originen riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores que los desarrollen o utilicen.

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-Reglamento: Conjunto de normas, procedimientos, prácticas o disposiciones detalladas, elaborado por la empresa y que tiene carácter obligatorio.

-Relámpago de Arco: Liberación de energía causada por un arco eléctrico.

-Representante de los Trabajadores: Trabajador elegido de conformidad con la legislación Trabajo.vigente para representar a los trabajadores, ante el Comité de Seguridad y Salud en el

-Riesgo: Probabilidad de que un peligro se materialicen en determinadas condiciones y genere daños a las personas, equipos y al ambiente. -Riesgo eléctrico: Es la probabilidad de ocurrencia de un contacto directo o indirecto con una instalación eléctrica, que pueda causar daño personal o material, y/o interrupción de procesos. Incluye la exposición a arcos eléctricos o relámpagos de arco.

-Riesgo Laboral: Probabilidad de que la exposición a un factor o proceso peligroso en el trabajo cause enfermedad o lesión.

-Riesgo Tolerable: Riesgo que ha sido reducido a un nivel que puede ser afrontado por la Entidad sin generar daño a las personas.

-Resistente a la llama: La propiedad de un material por la cual se previene, se termina, o se inhibe la combustión después de la aplicación de una fuente de ignición inflamable o no inflamable, con o sin la subsiguiente remoción de la fuente de ignición.

-Salud: Es un derecho fundamental que supone un estado de bienestar físico, mental y social, y no meramente la ausencia de enfermedad o de incapacidad.

-Salud Ocupacional: Rama de la Salud Pública que tiene como finalidad promover y mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones; prevenir todo daño a la salud causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo; y adecuar el trabajo al trabajador, atendiendo a sus aptitudes y capacidades.

-Seguridad: Son todas aquellas acciones y actividades que permiten al trabajador laborar en condiciones de no agresión tanto ambientales como personales, para preservar su salud y conservar los recursos humanos y materiales.

-Servicio de Salud en el Trabajo: Dependencia de una empresa con funciones esencialmente preventivas, encargada de asesorar al empleador, a los trabajadores y a los funcionarios de la empresa acerca de: i) los requisitos necesarios para establecer y conservar un medio ambiente de trabajo seguro y sano que favorezca una salud física y mental óptima en relación con el trabajo; ii) la adaptación del trabajo a las capacidades de los trabajadores, habida cuenta de su estado de salud física y mental; y iii) la vigilancia activa en salud ocupacional que involucra el reconocimiento de los riesgos, las evaluaciones ambientales y de salud del trabajador (médico, toxicológico, psicológico, etc.), y los registros necesarios (enfermedades, accidentes, ausentismo, etc.) entre otros.

-Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo: Conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que tienen por objeto establecer una política, objetivos de seguridad y salud en el trabajo, mecanismos y acciones necesarios para alcanzar dichos objetivos. Estando íntimamente relacionado con el concepto de responsabilidad social empresarial, en el orden de crear conciencia sobre el ofrecimiento de buenas condiciones laborales a los trabajadores, mejorando de este modo la calidad de vida de los mismo, así como promoviendo la competitividad de las empresas en el mercado.

-Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo: Trabajador capacitado y designado por los trabajadores, en las empresas, organizaciones, instituciones o Entidades públicas, incluidas las fuerzas armadas y policiales con menos de veinte (20) trabajadores.

-Supervisor directo: Trabajador capacitado y entrenado por la Entidad o empresa contratista y que tiene las competencias para supervisar la ejecución de la tarea

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cumpliendo con las normas de seguridad y salud vigentes. Sus deberes están establecidos en la regla 421.A "Deberes de un supervisor o de la persona encargada" del Código Nacional de Electricidad (Suministro 2011). -Trabajador: Toda persona que desempeña una actividad laboral subordinada o autónoma, para un empleador privado o para el Estado.

-Traje para Relámpago de Arco: Un sistema completo de ropa resistente a la llama y equipo que cubre todo el cuerpo, excepto las manos y los pies. Incluye pantalones, chaqueta y capucha tipo apicultor provisto de protector facial.

-Tercero (público en general): Aquella persona que no tiene relación laboral directa o indirectamente con la empresa.

-Vigilancia en Salud Ocupacional: Es un sistema de alerta orientado a la actuación inmediata, para el control y conocimiento de los problemas de salud en el trabajo. El conjunto de acciones que desarrolla proporcionan conocimientos en la detección de cualquier cambio en los factores determinantes o condicionantes de la salud en el trabajo.

TITULO II: OBLIGACIONES Y DERECHOS Artículo 6º.- Obligaciones del Empleador La Entidad es responsable de adoptar las medidas necesarias para la seguridad y salud de los trabajadores, incluyendo las de prevención de los riesgos ocupacionales, de información y de formación. El costo de las medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo no debe recaer de modo alguno sobre los trabajadores. Con relación al Reglamento, la Entidad tiene las siguientes obligaciones:

a. Responsabilizarse frente al Estado y terceros respecto al cumplimiento del Reglamento, por sí misma o por sus contratistas (subcontratistas). El contratista responde frente a la Entidad por el cumplimiento del Reglamento por parte de sus propios trabajadores.

b. Responsabilizarse de la prevención y conservación del lugar de trabajo asegurando que esté construido, equipado y dirigido de manera que suministre una adecuada protección a los trabajadores, contra accidentes que afecten su vida, salud e integridad física.

c. Instruir a sus trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o privada, respecto a los riesgos a que se encuentren expuestos en las labores que realizan y particularmente aquellos relacionados con el puesto o función (a efectos de que el trabajador conozca de manera fehaciente los riesgos a los que está expuesto y las medidas de prevención y protección que debe adoptar o exigir al empleador), adoptando las medidas necesarias para evitar accidentes o enfermedades ocupacionales.

d. Desarrollar acciones de sensibilización, capacitación y entrenamiento destinados a promover el cumplimiento por los trabajadores de las normas de seguridad y salud en el trabajo. Las capacitaciones se realizarán dentro de la jornada de trabajo, sin implicar costo alguno para el trabajador.

e. Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con las actividades que se desarrollen en sus instalaciones.

f. Realizar y mantener actualizada una completa evaluación de los riesgos existentes en las diferentes actividades de la Entidad.

g. Realizar auditorías periódicas a fin de que se compruebe si el Sistema de Gestión en la Entidad es el adecuado para la prevención de los riesgos laborales, siendo

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realizadas por auditores independientes. En la consulta sobre la selección del auditor y en todas las fases de la auditoria, incluido el análisis de los resultados de la misma, se requerirá la participación de los trabajadores o sus representantes.

h. Las auditorias a que se refiere el literal g. deben permitir a la administración de la Entidad que la estrategia global del Sistema de Gestión logre los fines previstos y determinar, de ser el caso, cambios en la política y objetivos del sistema. Sus resultados deben ser comunicados al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, a los trabajadores y a sus representantes.

i. Adoptar las medidas necesarias para que el personal propio y de sus contratistas reciban información y las instrucciones adecuadas, con relación a los riesgos existentes en las diferentes actividades; así como las medidas de protección y prevención correspondientes.

j. Ejecutar los programas de adiestramiento y capacitación en seguridad para sus trabajadores incluyendo a su personal contratado y al personal de sus contratistas.

k. Otorgar los equipos de protección e implementos de seguridad a sus trabajadores y verificar que los contratistas hagan lo propio con los suyos de acuerdo con las disposiciones del Reglamento, las Normas Técnicas Peruanas de INDECOPI; las Normas Internacionales IEC “Internacional Electrotechnical Commission” e ISO “International Organization for Standarization”; o en normas reconocidas tales como ANSI “American National Standards Institute”, ASTM “American Society for Testing and Materials”, entre otras, para los casos en que no estén considerados tanto en las normas internacionales como en las Normas Técnicas Peruanas.

l. Establecer las medidas y dar instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, los trabajadores tanto de la Entidad como de sus contratistas puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo.

m. Ejecutar programas de inspecciones periódicas y observaciones planeadas de seguridad en el trabajo de las actividades eléctricas que desarrolla.

n. Ejecutar tareas de supervisión al personal involucrado en tareas de mantenimiento y/u obras de operación.

o. Proponer al Comité o Supervisor, según corresponda, el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo y Reglamento Interno de Seguridad de la Entidad.

p. Autorizar la práctica de reconocimientos médicos iniciales, anuales y de retiro o término de la relación laboral de sus trabajadores, de acuerdo a los riesgos de sus labores, así como verificar su cumplimiento por los contratistas.

q. Cubrir las aportaciones del Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo para efecto de las coberturas por accidente de trabajo y enfermedades profesionales y de las pólizas de accidentes, de acuerdo con la legislación laboral vigente; y, verificar su cumplimiento y vigencia por los contratistas.

r. Mantener un registro de las enfermedades profesionales de los trabajadores en general y otro de accidentes e incidentes de trabajo que ocurrieran en sus instalaciones. Estos registros se mantendrán, por lo menos, durante los últimos cinco años, en archivos impresos debidamente foliados.

s. Tener información escrita de la nómina del personal del contratista que efectúe los trabajos y las personas responsables de las cuadrillas o grupos; así como la información de la fecha de inicio o reinicio de las labores, el plazo y la secuencia de las faenas, a fin de coordinar las actividades de supervisión y medidas de seguridad.

t. Asegurar que se coloque avisos y señales de seguridad para la prevención del personal y público en general, antes de iniciar cualquier obra o trabajo.

u. Asegurar la disponibilidad permanente de un vehículo para la evacuación de accidentados que requieran atención urgente en centros hospitalarios. El vehículo deberá contar en forma permanente con botiquín u otros elementos de primeros auxilios. En casos especiales de difícil acceso, se dispondrá de un medio efectivo

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de transporte apropiado para el lugar del accidente, que garantice la inmediata atención del accidentado.

v. Vigilar que sus contratistas cumplan con el Reglamento y demás normas de

seguridad. w. Cumplir con las disposiciones del Reglamento y hacer entrega del mismo a todos

los trabajadores. x. Cumplir con lo dispuesto por el Código Nacional de Electricidad y demás normas

técnicas aplicables. y. Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: El empleador dará

facilidades y adoptará medidas adecuadas que aseguren el funcionamiento efectivo del Comité de Seguridad en el Trabajo, y brindará la autoridad que requiera para llevar a cabo sus funciones.

z. Para el caso del Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional: El empleador brindará al Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional la autoridad que requiera para llevar a cabo sus funciones.

aa. Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: El empleador garantizará el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

bb. Para el caso del Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional: El empleador garantizará el cumplimiento de los acuerdos que éste haya adoptado con el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, que consten en el registro respectivo de conformidad con lo previsto en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

La Empresa adopta las medidas necesarias para la seguridad y salud de los trabajadores, incluyendo las de prevención de los riesgos ocupacionales, de información y de formación. El costo de las medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo no recae de modo alguno sobre los trabajadores. Artículo 7º.- Obligaciones y derechos de los trabajadores En aplicación del principio de prevención, todo trabajador está obligado a cumplir las normas contenidas en este Reglamento y otras disposiciones complementarias, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa. En ese sentido, los trabajadores tienen las siguientes obligaciones y derechos:

a. Derecho a la información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente; y, vigilancia de su estado de salud.

b. Los trabajadores con relaciones de trabajo temporal o eventuales, así como los contratados por las Entidades de servicio temporal, tienen derecho a través de sus Entidades, al mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes trabajadores que prestan sus servicios.

c. Usar correctamente los equipos e implementos de protección personal, cuidando de su buen estado de conservación en forma permanente durante el tiempo que estén laborando en la Entidad.

d. Se abstendrán de intervenir, modificar, desplazar, dañar o destruir los dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección y la de terceros; asimismo, no modificarán los métodos o procedimientos adoptados por la Entidad.

e. Utilizar correctamente las máquinas, aparatos, herramientas, equipos de transporte y otros medios con los que desarrollen su actividad.

f. Utilizar ropa de trabajo, instrumentos o herramientas de trabajo proporcionados por la Entidad o contratista.

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g. Deberán informar a su jefe inmediato, y estos a su vez a la Instancia Superior, de

los accidentes e incidentes ocurridos por menores que estos sean. h. Comunicar inmediatamente a su jefe inmediato o especialista de seguridad

acerca de las condiciones y actos sub estándares que se observen en el desarrollo del trabajo.

i. Mantendrán condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades. j. Velar por el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso se

adopten, por su propia seguridad y salud en el trabajo, y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad, a causa de sus acciones u omisiones en el trabajo.

k. Participar activa y responsablemente en la difusión de las normas, programas y planes de seguridad de la Entidad, así como en la elección del delegado representante de los trabajadores ante el Comité o Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

l. Colaborar plenamente en las investigaciones de los accidentes en su ámbito de trabajo.

m. Pasar por un reconocimiento médico inicial, anual y al término de la relación laboral, determinado por la Entidad o contratista, y otros controles preventivos de salud ocupacional, para establecer la aptitud del trabajador con relación a las actividades que desarrolla.

n. Comunicar de inmediato a la Entidad o contratista, en caso de sufrir enfermedad contagiosa, para que se aplique las medidas correspondientes.

o. Cumplir con las disposiciones de la normatividad en seguridad vigente y las del Reglamento Interno de Seguridad de EGEMSA.

p. Estarán prohibidos de efectuar bromas que pongan en riesgo la vida de otro trabajador y de terceros, los juegos bruscos y, bajo ninguna circunstancia, trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes.

q. Artículo 8º.- Obligaciones y Responsabilidades de los Contratistas y/ o Sub

contratistas a. El contratista o sub contratista es responsable ante la entidad del cumplimiento del

presente reglamento, manuales, procedimientos, instructivos y análisis de seguridad de trabajo y demás normas de seguridad en lo que les compete, en caso de incumplimiento, el contratista o sub contratista se hará acreedor a las sanciones correspondientes, contenidas en el contrato.

b. El contratista o sub contratista tiene la obligación de dotar a todos sus trabajadores de los implementos de seguridad personal y/o ropa de trabajo según corresponda, siendo su responsabilidad el buen uso de los implementos.

c. EGEMSA puede solicitar al contratista o sub contratista reemplazo del personal que incumpla las normas de seguridad de la empresa, muestre mala conducta o ineficiencia.

d. Informar por escrito a EGEMSA la nómina del personal que ejecuta los trabajos. e. Presentar a EGEMSA las Pólizas y Certificados de Seguro y mantenerse al día en el

pago de sus primas de seguro contra accidentes de trabajo. El contratista y/o Sub contratista es responsable del cuidado de la integridad física del personal a su cargo y de los daños que ocasionen en los bienes materiales e instalaciones de la empresa.

f. Entregar a la Entidad cuando lo requiera de los documentos de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Laboral, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 009-2005-EM, publicado el 29 de septiembre de 2005, donde se aprobó el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para la Actividad Privada.

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TITULO III: SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Artículo 9º.- Constitución del Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo está constituido por: a. La Entidad, tiene bajo su responsabilidad el desarrollo de la actividad eléctrica. b. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, según corresponda. c. El Supervisor de Seguridad y Salud en el trabajo, según corresponda. d. Los Trabajadores. Artículo 10º.- Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo Organigrama del Comité se Seguridad y Salud en el Trabajo:

Los miembros del comité designados o elegidos recibirán la capacitación y entrenamiento necesario y se le delegará la autoridad para ejercer su función por el período de dos años. El citado Comité tiene competencia para: a. Proponer y recomendar las políticas de seguridad y salud en el trabajo. b. Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST) de

EGEMSA. Así como reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el referido Programa Anual.

c. Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la Entidad y actualizarlo permanentemente.

d. Velar por la correcta aplicación de las normas vigentes de Seguridad y Salud en el Trabajo y del presente Reglamento Interno de Seguridad, contribuyendo a su difusión y enseñanza.

e. Mantener coordinación permanente con los subcomités de seguridad, si los hubiera.

f. Aprobar sanciones administrativas por el incumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad de la Entidad y proponer reconocimientos al desempeño del personal que destaque por sus acciones o aportes a favor de la prevención.

g. Analizar las causas de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales emitiendo y difundiendo las recomendaciones correctivas dentro de la Entidad.

h. Verificar que se realice en forma inmediata la investigación de los accidentes graves o fatales de trabajo ocurridos en su ámbito.

PRESIDENTE:Dr. Luis Alberto Murillo Ormachea

SECRETARIO:Ing.

William Gibaja Guevara

Ing. Carlos

Samaniego Pérez

Dr. Ernesto Cazorla Cornejo

Sr.Freddy Colque Candia

Tco.Ivan Miranda Molina

Tco.David Llancay Huaman

Tco.Ivan Huaman

Uscamayta

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i. Velar que se haga reconocimientos médicos profesionales a todos los trabajadores de la Entidad al menos una vez al año y en los casos que se requieran.

j. Comprobar la vigencia y actualización del Plan de Contingencias para la atención de situaciones de emergencias.

k. Analizar los reportes y registros de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales; y, canalizarlos ante los niveles correspondientes para aplicar las medidas correctivas o de control necesarias.

l. Promover y vigilar que se establezca prácticas de primeros auxilios; y, de atención de emergencia para el personal trabajador.

m. Participar en las inspecciones periódicas de las áreas de trabajo a fin de verificar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo; e, informar a la dirección de la Entidad de los defectos y peligros detectados, proponiendo la adopción de medidas preventivas necesarias y oportunas para reducir riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.

n. Difundir los conceptos de seguridad y salud en el trabajo mediante conferencias, cursillos, prácticas y simulacros, sistemas de señalización, concursos sobre el tema y el establecimiento de un sistema de sugerencias de los trabajadores.

ñ. Participar en el sistema de Defensa Civil dirigido por el Gobierno Local y normado por el INDECI.

o. La actualización del Estudio de Riesgos conlleva a la actualización del Plan de Contingencias y al Reglamento Interno de Seguridad en lo que corresponda.

Artículo 11º.- Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo La Central Hidroeléctrica Machupicchu debe contar con un subcomité de seguridad y salud en el trabajo debido a lo siguiente: a. Es un centro de trabajo ubicado fuera de la sede principal y cuenta con más de

veinticinco (25) trabajadores (tanto de la Entidad como de sus contratistas). b. Amerita contar con un Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo por el

especial riesgo de sus actividades. En su conformación deberán participar en forma paritaria representantes de la entidad y representante de los trabajadores. Su competencia es la misma que lo indicado en el Artículo anterior. Artículo 12º.- Personal de Seguridad y Salud en el trabajo La Entidad, con el objetivo de que cumpla eficientemente lo prescrito en el presente Reglamento, creará en su estructura orgánica una Unidad ó División de Prevención de Riesgos con personal especializado en seguridad y salud en el trabajo en las actividades eléctricas, que se encargará de las actividades relacionadas con la materia. La Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA deberá estar debidamente implementada con los recursos necesarios y adecuados para el desarrollo de sus funciones. Dicho personal deberá tener experiencia en ejecución y control de planes, programas y actividades de seguridad y salud en el trabajo, y estará dirigido por un ingeniero colegiado con formación académica o experiencia comprobada en la materia. Artículo 13º.- Control y Seguimiento de Acuerdos Las decisiones adoptadas en sesión de comité o sub comité, referidas a acuerdos y encargos serán transmitidas por el secretario, oportunamente a las diferentes instancias responsables de su ejecución.

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El secretario llevará un registro y estadística de cumplimiento de encargos y plazos de ejecución. Con este fin los responsables tramitarán copia de la documentación que acredite el cumplimiento para el descargo pertinente. En caso se presenten factores externos que impidan el cumplimiento del acuerdo este, será reformulado en su contenido y plazo previa sustentación por parte del responsable ante el comité o sub comité. Artículo 14º.- Frecuencia de las Reuniones El comité y/o el sub comité se reunirán en forma mensual. A solicitud de cualquiera de sus miembros con aprobación del presidente se convocará a reuniones extraordinarias. Artículo 15º.- Brigadas de Emergencia La Empresa conforma Brigadas de Emergencia dentro de sus respectivos turnos, encargadas de desarrollar actividades de Seguridad y Salud Ocupacional según su asignación, a fin de salvaguardar la integridad física tanto del Personal e Instalaciones. Artículo 16º.- Composición de las Brigadas de Emergencia Las Brigadas de Emergencia estarán constituidas por: a. Coordinador General. b. Brigada de comando. c. Brigada de Seguridad – Control Eléctrico. d. Brigada Contra Incendios y Averías. e. Brigada de Primeros Auxilios, Rescate y Camilleros. f. Brigada de Evaluación y Evacuación. g. Brigada de Comunicaciones. La composición de los miembros por turnos de las Brigadas de Emergencia, se colocarán en el sistema de la Intranet ó en los respectivos pizarrines y lugares visibles que cuenta cada dependencia de trabajo. Artículo 17º.- Del Coordinador General de las Brigadas de Emergencia Cumplirá las siguientes funciones el Coordinador General: Antes a) Planifica las acciones operativas y administrativas a seguir y diseña la estrategia del

Plan de Contingencias. b) Hará una revisión general del Plan de Contingencias. c) Aprobará y verificará la ejecución de los programas de instrucción, capacitación y de

simulacros, en forma periódica, con el objeto de mantener preparado al personal involucrado en el Plan de Contingencias.

d) Autorizará y aprobará los trámites correspondientes para la implementación de los requerimientos contemplados en el Plan de Contingencias y lo solicitado por las correspondientes Brigadas.

Durante a) Determinar el puesto de Comando de Incidentes y establecer la Coordinación

General de la contingencia. b) Mantiene el liderazgo durante toda la emergencia consiguiendo mantener la calma en

el personal. c) Al ser notificado de la contingencia, inmediatamente según sea el caso deberá tomar

las acciones de control adecuadas y autorizar el cumplimiento y ejecución del Plan de Contingencias.

d) Con la colaboración de la Brigada de Comando, evalúa la situación en el lugar del evento.

e) Toda coordinación o acción realizada le será reportada por el jefe de la Brigada de Comando.

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f) Mantendrá las coordinaciones efectivas con la Brigada de Comando durante la Emergencia, con la finalidad de verificar el cumplimiento de lo planificado, caso contrario corregir los defectos y modificarlos para mejorar el accionar de las brigadas.

g) En caso de tratarse de un evento de magnitud limitada, procederá atacarlo con los recursos de personal y equipo de la Central.

h) De ocurrir la emergencia en horas de la noche, tendrá que tomar las decisiones, para actuar con conocimiento de causa, así como para activar el Plan de Contingencia y ordenar la evacuación del local.

i) Coordina el apoyo externo en caso de que el equipo y personal de la instalación no pueda controlar la emergencia o exista un riesgo mayor; indicando las causas, características principales, ubicación, magnitud y acciones tomadas.

j) Mantiene un canal abierto de comunicación con las entidades involucradas, dará aviso inmediato a Defensa Civil, a los sectores públicos y privados que considere conveniente (Fuerzas Policiales, Bomberos, Salud, etc.).

k) Proporciona al encargado de Relaciones Públicas la información oficial sobre la contingencia natural o provocada.

Después a) Reunión General con la Brigada de Comando y líderes de brigadas, con la finalidad

de efectuar la evaluación preliminar del incidente. b) Realizar las coordinaciones con las autoridades de la zona, y las entidades

involucradas para la evaluación de la emergencia. c) Mantiene un registro de todos los recursos utilizados y gastos incurridos en atender la

contingencia. d) Elevar los informes sobre la emergencia a la Alta Dirección de la Empresa y al

Comité Regional de Seguridad Salud Ocupacional y Medio ambiente. e) Evaluar el accionar de las brigadas para efectuar mejoras y correcciones al Plan de

Contingencias. f) Artículo 18º.- Funciones de la Brigada de Comando Antes a) Asesora al Jefe del Plan de Contingencia a decidir la activación del Plan de

Contingencia y coordinan la activación del Plan de Llamadas. b) Verifica la participación de los brigadistas en la capacitación y los simulacros, y

monitorea a los brigadistas para conocer su preparación para acciones de respuesta. c) Evalúa las situaciones de riesgo o siniestro en las instalaciones y oficinas. d) Revisa los procedimientos establecidos para la respuesta ante emergencias. Durante a) Dirigir, ordenar y/o controlar las acciones de las Brigadas de Seguridad de Trabajo. b) Dirigir por Megáfono u otro medio al personal de trabajadores y otros, para que en

caso de emergencia mantengan orden y acaten las disposiciones de las Brigadas de Trabajo.

c) Es el encargado de informar al Coordinador General sobre el cumplimiento de las tareas asignadas a cada Brigada en forma permanente.

d) Evaluará la magnitud de la emergencia para de acuerdo a ello preparar la acción de respuesta.

e) Mantendrá las coordinaciones con cada Jefe de las diferentes Brigadas de Emergencia.

f) Tiene a su cargo el asesoramiento al Coordinador General del Plan de Contingencia en la evaluación del siniestro o desastre para determinar su gravedad y la posibilidad de atacarlo con recursos propios de la Central.

g) En el caso de evacuaciones supervisan el comportamiento y la correcta progresión del personal a las zonas seguras.

h) Coordina con las Unidades de apoyo su ubicación y su función dentro del Plan de Respuesta.

i) Supervisa y dirige la acción de las brigadas en general.

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Después a) Al término de la contingencia y con el Coordinador General del Plan de Contingencia,

ordena la limpieza y rehabilitación de las áreas afectadas. b) Evalúa los daños originados al ambiente, al personal y a las instalaciones de la

empresa y prepara el informe para las autoridades de Contingencia. c) Se reúne con las brigadas para elaborar los informes y accionar de cada brigada. d) Presenta al Coordinador General de la Emergencia, los informes correspondientes a

la emergencia.

Artículo 19º.- Funciones de la Brigada de Seguridad – Control Eléctrico y De Seguridad. Antes a) Inspeccionar periódicamente las instalaciones y oficinas en general para descubrir

deterioros en los techos, cimientos, instalaciones eléctricas y sanitarias con la finalidad de evitar accidentes.

b) Controlar los puntos críticos de los locales, e identificando los lugares que servirán como, áreas de seguridad, hacer de conocimiento de los trabajadores y público en general.

c) Durante las horas de trabajo, verificar que las puertas deben permanecer abiertas por necesidades de servicio, las que tuvieran que permanecer cerradas, tendrán un tratamiento especial con las precauciones del caso a fin de que puedan utilizarse rápidamente.

d) Mantener las puertas en perfecto estado de conservación y operatividad, que se abran y cierren sin mucho esfuerzo.

e) Mantener en forma operativa el sistema eléctrico incluyendo pruebas en los sistemas de puesta a tierra.

f) Para toda inspección debe solicitarse la participación y/o apoyo de los Jefes de áreas y responsabilidades de cada dependencia.

g) Revisar en forma permanente todas las instalaciones, señalización en general y evacuando informes para su reparación y arreglo.

h) Controlar y verificar los sistemas de respaldo como son luces de emergencias, linternas o lámparas con baterías.

i) Hacer conocer a los integrantes de las brigadas, el lugar donde se encuentran instaladas las palancas generales de control y distribución eléctrica.

Durante a) Organizar el cordón o cerco de seguridad de los accesos de las instalaciones y

oficinas para evitar el ingreso de personas ajenas a la empresa (Fase de Emergencia).

b) Verificar la evacuación inmediata del personal, vehículos de transporte que se encuentran en las Zonas de Seguridad y playa de estacionamiento de vehículos.

c) Colaborar con el personal de la PNP-EGEMSA, Servicio de Vigilancia Particular en las labores de vigilancia y control.

d) Maniobrar los interruptores para aislar los circuitos necesarios en función a la Emergencia.

e) Trabajar en coordinación por Medio de la Brigada de Comando, con la Brigada Contra Incendios.

f) Respuesta, de acuerdo a la estrategia diseñada. Después a) Evaluar los peligros eléctricos latentes y monitorear los lugares con alto riesgo. b) Reestablecer el sistema eléctrico en coordinación con la brigada de comando. c) Elevar los informes finales de la brigada.

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Artículo 20º.- Funciones de la Brigada Contra Incendios y Averías Antes a) Conocer perfectamente la ubicación de los extintores en todas las instalaciones y

oficinas, efectuar su revisión permanente y mantener actualizadas sus tarjetas de control.

b) Conocer el empleo de los extintores, equipos y material contra incendio y tener un permanente adiestramiento al respecto.

c) Señalizar y demarcar las zonas de protección y escape. d) Tener al personal seleccionado con conocimientos básicos y elementales sobre

incendios, clasificación de incendios. e) Llevar un control permanente y actualizado de técnica capaces de resolver los

problemas de recuperación de áreas afectadas. Durante a) Desactivar las palancas generales de distribución eléctrica en casos de incendios y

abrir grifos de agua para su utilización en coordinación directa con la Brigada de Control Eléctrico.

b) El personal que integra la brigada contra incendio es especialista en la lucha contra el fuego y conoce perfectamente el uso de los extintores de todo tipo, teniendo su equipo de protección especial para tal finalidad.

c) Utilizar los equipos y materiales para combatir fuegos d) Contar y mantener implementos de seguridad personal para hacer frente a las

emergencias. e) Reciben instrucciones directas del Jefe o del Comando del Plan de Contingencias. f) Coordina con la Brigada de Comando las acciones del Plan de Respuesta, de

acuerdo a la estrategia diseñada. g) Solicita apoyo de personal, equipo y materiales a la Brigada de Comando.

Después a) Efectuar y reportar los daños ocasionados por el desastre de incendio. b) Evaluar e informar que todo amago de incendio ha sido controlado. c) Enviar y gestionas la reposición de todos los equipos utilizados en el siniestro. d) Conocer perfectamente la ubicación y empleo de los extintores y material contra

incendio en todas las instalaciones de EGEMSA. e) Señalizar y demarcar las zonas de protección y escape. f) Desactivar las palancas generales de distribución eléctrica en casos de incendios y

abrir grifos de agua para su utilización en coordinación directa con la Brigada de Control Eléctrico.

g) Esta brigada debe tener un equipo de integrantes debidamente seleccionado que tengan conocimientos básicos y elementales sobre incendios, clasificación de incendios. Deben tener un permanente adiestramiento en el uso de extintores.

h) Llevar un control permanente y actualizado de técnica capaces de resolver los problemas de recuperación de áreas afectadas.

Artículo 21º.- Funciones de la Brigada de Primeros Auxilios, Rescate y Camilleros Antes a) Obtener las medicinas y equipos necesarios para emergencia. b) Verificar que los botiquines cuenten con lo necesario para afrontar emergencias. c) Conocer y verificar el estado de las camillas para el traslado de pacientes. d) Recibir capacitación constante en primeros auxilios y rescate. e) Contar con los implementos necesarios. f) Ubicar zonas seguras para la atención de heridos.

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Durante a) Utilizar el botiquín de emergencia de las instalaciones, para atender inicialmente al

personal cuyo estado lo requiera. b) Colaborar en el lugar del desastre con el personal del tópico de salud. c) Movilizar a los Centros de Asistencia Médica de EGEMSA, ESSALUD para la

atención médica, psicológica al personal afectando en primera instancia. d) Determinar con el personal médico y/o encargado de las alternativas de solución

previa coordinación con la Brigada de Comando, para establecer las zonas de atención que brindan la seguridad del caso.

e) Dirigirá las acciones de rescate con personal especializado conformado por técnicos. f) Transportar a los accidentados desde la Zona Segura a los Centros Médicos

Asistenciales. g) Efectuar las coordinaciones para la evacuación de los accidentes a los Centros

Médicos. h) Colaborar en el transporte de los lesionados cuando sean evacuados. Después a) Efectuar los informes sobre las actividades de la brigada. b) Continuar con las coordinaciones para concluir con la atención de los accidentes a

en los diferentes Centros Médicos. c) Determinar las mejoras y requerimientos para una mejor acción de los brigadistas de

primeros auxilios rescate y camilleros. Artículo 22º.- Funciones de la Brigada de Evaluación y Evacuación Antes a) Detectar y probar el grado de peligrosidad de cualquier zona afectada según el

desastre. b) Determinar y señalizar las rutas y zonas de seguridad y de reunión a utilizarse. c) Hacer conocer previamente a todo el personal las rutas y zonas de seguridad para

los distintos casos de emergencias. d) Evaluar y verificar que las unidades de evacuación (camionetas, ambulancia, etc.)

estén permanentemente operativas. e) Evaluar que los avisos y señalización estén en óptimas condiciones y en lugares

visibles. f) Esta Brigada debe tener amplio conocimiento sobre las instalaciones en general. g) Mantener actualizada una lista completa de trabajadores de la Entidad y contratistas

que laboran en las instalaciones y oficinas. Durante a) Coordinar directamente con la Brigada de Comando. b) Planear de inmediato las medidas de emergencia. c) Evacuar a todo el personal por las rutas de escape a las zonas seguras. d) Evaluar mediante la relación el conteo de personas. e) Evacuar al personal accidentado por medio de las unidades y colaborar con la

brigada de primeros auxilios para lograr dicha evacuación. Después a) Llamar lista de acuerdo a la relación actualizada de trabajadores y personal

contratista. b) Evaluar toda la contingencia conjuntamente que la Brigada de Comando para tomar

las acciones del caso. c) Elevar los informes de la brigada al coordinador general de la emergencia.

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Artículo 23º.- Funciones de la Brigada de Comunicaciones Antes a) Mantener y controlar los medios de comunicación dentro y fuera de las instalaciones

y oficinas. b) Suministrar redes alternas de comunicación que contemple medios convencionales:

teléfono, celular, radio, mensajero, handy. c) Establecer un buen sistema de alarma que permita comunicar a todos los moradores

de la zona en casos de emergencia. d) Procurar que alarmas y medios de comunicación se encuentren ubicados en lugares

seguros y de fácil acceso. e) Procurar que la Central Telefónica y cada teléfono específicamente tenga la relación

con letras y números grandes de los teléfonos de emergencias. f) Tener operativo el sistema auxiliar de comunicación inalámbrica. Durante a) Controlar el uso indebido de teléfonos para evitar congestiones. b) Reconocer el tipo de sirena para determinar de qué emergencia se trata y comunicar

a la Brigada de Comando. c) Tomar posición en el puesto de comando para que con el coordinador general de

efectúen las comunicaciones en general. d) Permitir una comunicación fluida entre todas las brigadas para mejorar el accionar y

el desarrollo de la emergencia. e) Estar al pendiente de los avisos de emergencia a irradiar o emitir. Después a) Coordinar con la Brigada de Comando para difundir la comunicación de fin de la

emergencia y demás avisos a difundir. b) Evaluar los sistemas de comunicación y restablecerlos en caso necesario. c) Elevar el informe final sobre las acciones de la brigada de comunicaciones durante el

proceso de la emergencia.

Artículo 24º.- Mapa de Riesgos

El Mapa de Riesgos es un plano de las condiciones de trabajo, que puede emplear diversas técnicas para identificar y localizar los problemas y las acciones de promoción y protección de la salud de los trabajadores en la organización del empleador y los servicios que presta. Es una herramienta participativa y necesaria para llevar a cabo las actividades de localizar, controlar, dar seguimiento y representar en forma gráfica, los agentes generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes peligrosos, otros incidentes y enfermedades ocupacionales en el trabajo.

Artículo 25º.- Servicio de Seguridad, Vigilancia y Protección Particular La Empresa debe contar con la prestación de servicio de seguridad, vigilancia y protección particular, conformado por personal idóneo que cumpla los requisitos legales para el mismo. El personal que cumpla funciones de seguridad, vigilancia y protección particular, deberá estar dotado de un adecuado uniforme e identificación y con los implementos necesarios de seguridad para ejecutar y asegurar el cumplimiento de su servicio a satisfacción y en las mejores condiciones, y cuyas funciones son las siguientes:

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a. Vigilará y custodiará las instalaciones, oficinas, almacenes, vehículos, materiales y bienes de la Empresa en forma ininterrumpida las veinticuatro (24) horas de lunes a domingo, incluyendo los días feriados.

b. Identificará, registrará y controlará el ingreso, permanencia y la salida del personal, visitantes así como también otorgara el respectivo pase de “VISITANTE” y asegurará la entrega del casco dieléctrico y demás equipos de protección personal de acuerdo al riesgo, en las instalaciones para cuyo ingreso se requieran.

c. Controlar y registrar el ingreso y salida de cualquier bien y/o material de propiedad de EGEMSA en cumplimiento a las disposiciones y procedimientos establecidos.

d. Dar estricto cumplimiento a las consignas generales y particulares, así como a las normas, directivas y demás disposiciones referentes a seguridad de personal y de las Instalaciones que proporcione la Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional.

Artículo 26º.- Apoyo de seguridad, vigilancia y protección por convenio con la Policía Nacional del Perú- Cusco La Policía Nacional del Perú, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política del Estado en su Ley Orgánica, según la Ley Nº 27238 de 21 de Diciembre de 1999, tiene como finalidad fundamental mantener el orden interno, conservar y preservar el orden público y garantizar el cumplimiento de las leyes, la seguridad de las personas y de los patrimonios públicos y privados, así como prever y combatir la delincuencia. Artículo 27º.- Funciones de la P.N.P. Siendo EGEMSA una Empresa del Estado, cuyo capital social es íntegramente de propiedad estatal y de acuerdo al Art. 231 del D.S. 009-93-EM “Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas” y en previsión de cualquier intervención subversiva o vandálica, está facultada para coordinar en el apoyo de las labores de la Policía Nacional del Perú en la Seguridad y Protección para resguardo de Central Hidroeléctrica Machupicchu. Las funciones que deberá cumplir la Policía Nacional del Perú serán: a. Garantizará la seguridad y protección permanente del personal, instalaciones y

material existente de acuerdo a sus funciones. b. Proporcionará seguridad y protección de la instalación del “POLVORÍN” por contener

materiales peligrosos (Explosivos), que requieran custodia Permanente. c. Apoyará con el servicio y custodia permanente a la Central Hidroeléctrica de

Machupicchu, con efectivos en forma permanente durante las 24 horas. d. La Policía Nacional del Perú, garantizará un desempeño óptimo de Servicio en las

instalaciones de EGEMSA, dotando a todos sus efectivos de armamento y munición acorde a las necesidades del servicio.

e. La Policía Nacional del Perú, brindará el apoyo adecuado a las necesidades de EMERGENCIA, las mismas que están contempladas en los respectivos planes de seguridad de las instalaciones de EGEMSA y que obran en su poder.

f. El Área de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA, será la encargada de efectuar las coordinaciones con la PNP sobre la reglamentación y cumplimiento del convenio existente, a fin de optimizar las condiciones de seguridad.

Artículo 28º.- Servicio Medico Asistencial La Empresa contará con profesionales médicos, quienes proporcionarán asistencia médica y de primeros auxilios en forma gratuita, inmediata, y en el lugar del accidente a sus trabajadores. La Empresa en cumplimiento a los programas de emergencias, servicios médicos, primeros auxilios y prevención de enfermedades profesionales; ha constituido los siguientes centros médicos asistenciales: Tópico Médico Asistencial de Dolorespata: Un profesional médico en forma eventual, una profesional enfermera en forma permanente. Tópico Médico Asistencial en la C.H.M. – Km. 122: un profesional médico en forma permanente, un profesional médico para rotación de turno.

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Tópico Médico Asistencial en la Represa y Toma – Km. 107: un profesional médico en forma permanente. Los médicos pueden ser por contrato, por el sistema SERUM o cualquier otro sistema. Artículo 29º.- Funciones del Personal Médico El personal médico que cuenta la Empresa cumplirá las siguientes funciones: a. Prestación de asistencia médica, de primeros auxilios en forma inmediata y en el lugar

del accidente. b. Traslado de los accidentados a los centros hospitalarios que requieren atención

urgente. c. Velar por la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con las

actividades de trabajo que se desarrollen en sus instalaciones. d. Participar activamente en las actividades de capacitación de enfermedades

profesionales para los casos de accidentes eléctricos y demás riesgos comunes de la Empresa, en cumplimiento a los programas de trabajo de seguridad y salud ocupacional.

e. Supervisar permanentemente la implementación debida de los botiquines de primeros auxilios disponibles en los locales de administración, operación, mantenimiento y vehículos de la Empresa.

f. Reportar oportunamente las estadísticas de incidentes, accidentes y/o enfermedades profesionales, este reporte se dará en forma mensual al Área de Seguridad y Salud Ocupacional.

g. Velar por el cumplimiento de los exámenes auxiliares anuales del personal, en prevención de enfermedades profesionales y hacer seguimiento a la ficha de salud ocupacional.

h. Supervisar la obtención, almacenaje, manipulación, preparación y distribución de los alimentos del servicio de comedor.

i. Supervisar la limpieza y cloración de los reservorios de agua. j. Supervisar las fumigaciones periódicas programadas y de emergencia y todo trabajo

previsto en el Programa de Saneamiento Ambiental.

TITULO IV: SALUD OCUPACIONAL Artículo 30º.- De las Enfermedades Ocupacionales a. La Empresa realiza reconocimientos médicos iniciales y anuales de sus trabajadores y

verifica que los contratistas hagan lo mismo con sus trabajadores mediante los supervisores del contrato.

b. El trabajador que padezca de alguna enfermedad que afecte su capacidad y seguridad en el trabajo, deberá poner en conocimiento de su jefe inmediato para que adopte las medidas que procedan, especialmente si padece de vértigo, epilepsia, mareos, afección cardiaca.

c. Cuando a juicio de la empresa se presuma riesgos de enfermedades profesionales, los trabajadores tendrán la obligación de someterse a todos los exámenes que dispongan los servicios médicos, en la oportunidad y lugar que ellos determinen.

d. La Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional, por medio del Tópico Médico contará con un registro de enfermedades ocupacionales, el cual es entregado por los médicos y se toma como base los exámenes médicos anuales realizados al personal para planificar el control y el logro de objetivos para el Sistema de Gestión Integrado.

Artículo 31º.- Saneamiento a. La Empresa se encargará mediante el personal y elementos necesarios de cuidar la

limpieza de las diferentes áreas de las instalaciones, así mismo el personal deberá colaborar con estas medidas para evitar posibles accidentes y falta de salud laboral que pueden traer contaminaciones que perjudican la salud de los trabajadores y los productos que se elaboran.

b. Los desechos industriales serán evacuados convenientemente fuera de las Instalaciones de acuerdo a normas vigentes y procedimientos establecidos, evitando

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de este modo accidentes y contaminación. c. La Empresa dotará de servicios higiénicos suficientes y adecuados, manteniéndose

limpios y desinfectados, el personal deberá colaborar con el uso adecuado de sus elementos y cuidar de su limpieza.

d. El personal contará con vestuario, los cuales deberán ser usados solamente para guardar prendas personales, ropa de trabajo e implementos de seguridad entregados por la Empresa. no serán utilizados para guardar alhajas, valores, instrumentos, comida, herramientas ni equipos de trabajo.

Artículo 32º.- Suministro de Agua a. La Empresa dispondrá de suficiente abastecimiento o suministro de agua potable, de

fácil acceso para todos los trabajadores. b. El sistema de distribución y los tanques estarán debidamente vigilados conservados y

protegidos contra peligros de la contaminación. c. En los campamentos y centros de trabajo alejados periódicamente se efectuarán

análisis químico-bacteriológico en el agua potable a fin de prevenir efectos perjudiciales a la salud.

Artículo 33º.- Comedores y Cocinas a. La Empresa proveerá de cocinas y comedores para la alimentación de sus

trabajadores debidamente distanciados de las áreas activas e insalubres. b. Los pisos, paredes y techos serán lisos, de fácil limpieza con adecuada ventilación e

iluminación. c. Los comedores estarán provistos de mesas y asientos. Dispondrán de agua potable y

lavaderos para la limpieza de los utensilios y vajillas. Artículo 34º.- Ruido a. Las máquinas que generen ruido en los centro de trabajo deberán evaluarse

periódicamente para verificar si están por encima del límite permisible, a fin de evitar la ocurrencia de las enfermedades profesionales.

b. Los ruidos se evitarán o reducirán, en lo posible, en su foco de origen, tratando de aminorar su propagación en los locales de trabajo.

c. Los dispositivos de protección personal auditiva serán seleccionados en función de la calidad y magnitud del ruido que se desea controlar.

d. Se deberá contar con un estudios de ruido s el que deberá incluir lo siguiente: Identificación de las fuentes primarias y secundarias de generación de los ruidos. Medición de la intensidad de los ruidos en las fuentes identificadas, estableciendo

la metodología del mapeo de los mismos y los equipos de medición. Análisis de los resultados obtenidos, comparándolos con el límite permisible Selección de los métodos de atenuación. Conclusiones y recomendaciones.

Artículo 35º.- Iluminación a. En todos los lugares de tránsito de trabajo habrá iluminación de tipo natural, artificial o

mixta apropiada a las actividades que dentro del sistema ejecuta la Empresa. b. Preferentemente se empleará iluminación natural y se intensificará con iluminación

artificial en las máquinas, escaleras, salidas de emergencia y lugares de tránsito con riesgo de accidentes.

c. En caso de tener iluminación natural se evitará que las sombras dificulten las operaciones y actividades a desarrollarse.

d. La Empresa deberá mantener una adecuada y correcta iluminación en los ambientes de los sistemas eléctricos para facilitar la visualización dentro de su contexto espacial que permita operar en condiciones aceptables de seguridad, eficacia y comodidad.

e. Se realizará la limpieza de los sistemas de iluminación de acuerdo al plan de mantenimiento que se establezca y de acuerdo con las necesidades del área de trabajo.

f. Se procurará que la intensidad luminosa sea uniforme, evitando reflejos o deslumbramientos al trabajador.

g. Los niveles de iluminación mínimos a ser mantenidos durante las operaciones en las centrales eléctricas y ambientes relacionados, son establecidos en el Código Nacional de Electricidad.

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h. En las zonas, áreas o secciones de trabajo que no cuenten con iluminación natural o ésta sea insuficiente, se empleará iluminación artificial adecuada.

Artículo 36º.- Temperatura, Ventilación y Humedad a. Las partes de un equipo o maquinaria de trabajo que alcancen temperaturas elevadas

o muy bajas deberán estar protegidas, cuando corresponda, contra riesgos de contacto o de proximidad de los trabajadores.

b. En aquellos lugares o puestos de trabajo donde se pueda alcanzar niveles extremos de temperatura (atmosférica), se deberá realizar un evaluación para determinar el grado de confort térmico, considerando el tipo de trabajo y el esfuerzo físico, y plantear las alternativas de solución en caso de ser crítico.

c. En los locales y áreas de los centros de trabajo se evitará el aire viciado, malos olores, manteniéndose en lo posible condiciones atmosféricas adecuadas.

d. Las emanaciones de polvo, humos, gases o vapores desprendidos del sistema e instalaciones al medio ambiente de trabajo, serán extraídas preferentemente desde su lugar de origen, evitando su difusión por la atmósfera del ambiente de trabajo. Se deberá llevar a cabo mediciones y evaluaciones.

Artículo 37º.- Ergonomía a. Las Empresa efectuará un estudio ergonómico y deberá aplicar las técnicas

ergonómicas adecuadas a fin de ubicar a los trabajadores en sus puestos de trabajo según sus aptitudes y capacidades proporcionándoles un ambiente adecuado.

b. La verificación de la ergonomía deberá estar orientada a las siguientes tareas humanas: diseño de controles, diseño de indicadores, diseño de las tareas, diseño de las dimensiones y factores ambientales.

TITULO V: PROCEDIMIENTO PARA LAS INSPECCIONES DE SEGURIDAD

Artículo 38º.- Inspecciones de Seguridad a. Los jefes y responsables de área realizarán inspecciones periódicas de seguridad en

las instalaciones, emitiéndose un Informe de inspección de seguridad a la Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional, con copia al responsable de la planificación del mantenimiento para su tratamiento, dicho informe debe contener las condiciones sub estándares detectadas y/u observaciones.

b. Se utilizará el formato pre establecido y estandarizado y cuando sea pertinente se deben utilizar fotografías.

c. Las inspecciones de seguridad deberán basarse en el cumplimiento de todo lo establecido por los procedimientos e instructivos dados por Sistema de Gestión Integrado.

d. La frecuencia de inspección para cada instalación será en forma trimestral de acuerdo al Programa Anual de Seguridad.

e. Los peligros identificados son tratados mediante el formato de identificación de peligros.

Artículo 39º.- Tipos de Inspecciones de Seguridad a. Inspecciones Periódicas: Actividad destinada a detectar condiciones sub estándares

de los implementos, herramientas, equipos, instalaciones o maquinarias con desperfecto, vehículos inoperativos, etc.

b. Inspecciones Inopinadas: Son inspecciones sorpresivas para detectar actos y condiciones sub estándares.

c. Inspecciones Especiales: Realizadas cuando existen accidentes a la persona y/o propiedad, para promover campañas de seguridad.

d. Inspecciones Sistemáticas: Todo trabajador de EGEMSA tiene la obligación de inspeccionar el lugar de trabajo y el equipo, herramienta o maquinaria que él va utilizar; realizando esta tarea cada vez que inicia su labor. Si existiese algún defecto de seguridad en el lugar de trabajo, debe reportarlo de inmediato al supervisor o al jefe de área, para tomar las medidas correctivas.

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e. Inspecciones de Incendio y Explosiones: Se inspeccionaran todas las instalaciones; asimismo los vehículos y maquinarias, a fin de determinar aquellas acciones y/o condiciones sub estándares que podrían originar un incendio y/o explosión.

f. Inspecciones de los Equipos de Primera Línea: Se verificará constantemente la operatividad de los equipos de primera línea, que son: Extintores.- Operatividad del mismo (Formato de Inspección de Extintores). Hidrantes y otros equipos.- Estado de las mangueras y la presión de agua.

g. Observaciones Planeadas de Trabajo Seguro: Es una actividad preventiva que tiene como finalidad la verificación del cumplimiento de las tareas, de acuerdo a los procedimientos, prácticas de trabajo, previniendo actos sub estándares que sean la causa de accidentes o enfermedades ocupacionales, se desarrollará de acuerdo al formato para observaciones planeadas de trabajo seguro debidamente estandarizada y registrada.

TITULO VI: SEGURIDAD EN LAS OFICINAS Artículo 40º.- Seguridad en las oficinas de las instalaciones a. En general en las oficinas administrativas se mantendrá las mejores condiciones de

Seguridad y Salud Ocupacional y de protección al trabajador contra posibles riesgos. b. El jefe de cada área será responsable de la seguridad del personal a su cargo y del

cumplimiento del presente Reglamento, manteniendo el orden y limpieza de los mismos.

c. Los muebles y enseres serán dispuestos y distribuidos de tal manera que permitan mantener pasillos amplios orientados hacia la salida. Los armarios y estantes estarán anclados o asegurados a fin de evitar caídas en casos de sismos.

d. Se prohíbe fumar en las oficinas según Ley 25357. e. Está prohibido provocar exceso de ruido o música estridente en los ambientes

administrativos que perturban las actividades de las demás personas. f. Está prohibido distraer o hacer bromas durante la ejecución de los trabajos que

puedan comprometer la Seguridad. g. Toda persona en la oficina conocerá las zonas de seguridad, las escaleras o rutas de

escape y usará adecuadamente los servicios de local. h. Está prohibido el ingreso de personas sin autorización a los demás ambientes y

locales administrativos o sin previa identificación.

TITULO VII: EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Artículo 41º.- Uso de Equipos de Protección Personal El supervisor o encargado de las actividades en cada uno de los centros de trabajo, será el responsable de verificar que se haya entregado en buen estado los equipos de protección personal. Así mismo, controlará el uso adecuado de dichos implementos durante las jornadas de trabajo. El trabajador al que se le asigne un equipo de protección personal inadecuado o en mal estado deberá informar a su supervisor, para que este gestione el reemplazo o reparación del implemento de seguridad cuestionado. Deberá proceder de igual forma en caso de deterioro, durante el trabajo. Cuando el deterioro de un equipo de protección personal sea causado por mal uso del mismo, el trabajador asumirá el costo del implemento de seguridad personal. Artículo 42º.- Implementos Básicos de Protección Personal Los implementos básicos de protección personal que se detallan a continuación, son de uso obligatorio mientras el trabajador permanezca en cualquier instalación eléctrica: casco dieléctrico, zapatos dieléctricos y ropa de trabajo; cabe indicar que utilizará protección adicional de acuerdo al trabajo a realizar. Está totalmente prohibido alterar, modificar o darles otro uso que no sea el indicado. Para trabajos u obras que encierren riesgos especiales, la empresa proporcionará al trabajador implementos, herramientas y/o equipos de protección personal adicionales, que los protejan contra estos riesgos, en las mismas condiciones que en el punto anterior. En tal sentido se entregará al trabajador equipos de protección para manos,

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ojos, oídos, sistema respiratorio, prevención de caídas, etc., los cuales serán de uso obligatorio. Artículo 43º.- Ropa de Trabajo Todo el personal de EGEMSA, usará obligatoriamente, la ropa de trabajo entregada por la Empresa, cuando este dentro de las instalaciones y en las áreas de trabajo. No se usarán prendas de vestir sueltas, desgarradas o rotas, ni cadenas de llaveros o de relojes, anillos o medallas ni accesorios similares cerca de maquinarias en movimiento o en trabajos eléctricos. Artículo 44º.- Arneses Es obligatorio el uso de arneses de seguridad en situaciones de riesgos de caída de altura superior a 1.8 m. Los arneses y sus partes metálicas serán examinados antes de ser usados y aquellas que se encuentren defectuosas serán dadas de baja y destruidas. Artículo 45º.- Protección de la cabeza Todo el personal de la empresa, incluyendo a los visitantes, deberá usar obligatoriamente cascos de seguridad anti impactos y dieléctricos, cuando se encuentren en las instalaciones y/o proyectos en ejecución, exceptuando en las oficinas. Cuando se use casco de seguridad, deberá tenerse especial cuidado en mantener la cabeza separada del casco mismo, mediante el ajuste correcto de la banda o suspensión de soporte (tafilete). Artículo 46º.- Protección de la vista Todos los trabajadores que ejecuten trabajos que puedan poner en peligro sus ojos, dispondrán de protección apropiada, como son: lentes, caretas, visores. Para los trabajos de soldadura por arco, es obligatorio usar careta de protección, y para trabajos de soldadura oxiacetilénica, debe usarse anteojos de copa con luna de color verde de grado 5. El tipo de anteojos protectores, estará de acuerdo a los trabajos que se realice. En éste sentido su empleo será obligatorio en los siguientes trabajos: a. Uso de esmeriles. b. Picado, corte o perforación de piedra, ladrillo, concreto, brea dura, o cualquier otro

material que pueda desprender partículas. c. Uso de aire para limpieza, de polvo o partículas metálicas. d. Rasqueteado o limpieza de superficies metálica. e. En cualquier trabajo en que partículas extrañas puedan herir los ojos. f. Ambientes al aire libre expuestos a rayos solares intensos. Artículo 47º.- Protección de los oídos En las áreas de trabajo, donde el nivel de ruido sobrepase los 85 decibeles (dB), será obligatorio el uso permanente de protectores auditivos. Los implementos de protección auditiva serán de uso individual. Artículo 48º.- Protección de las vías respiratorias Todo trabajador será protegido contra los riesgos al aparato respiratorio originado por: polvos, humos o nieblas, gases y vapores tóxicos. Los equipos protectores del aparato respiratorio que se utilicen reunirán los siguientes requisitos y condiciones: a) Serán apropiados al tipo de riesgo. b) Serán ajustados al contorno facial. c) Se debe conservar en buenas condiciones de operatividad y vigilar su utilidad

funcionalidad. Se utilizaran los equipos de respiración autónoma en atmósferas carentes de oxigeno o limites altos de toxicidad. Toda persona que tenga que utilizar este equipo, deberá ser adiestrado en: a) El método apropiado, para colocarse la máscara y ajustarla rápidamente a la cara. b) El uso apropiado del equipo bajo condiciones de emergencia. c) Artículo 49º.- Protección de las Extremidades Superiores Para dotar de guantes a los trabajadores, la empresa tomará en consideración, los riesgos a los cuales el usuario puede estar expuesto y a la necesidad del movimiento libre de los dedos. Es obligatorio el uso de guantes en todos los trabajos donde las

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manos están expuestas a esfuerzos, golpes, carburantes o químicos, etc. No usaran guantes, aquellos trabajadores que operen maquinas en las cuales la mano pueda ser atrapada por partes en movimiento. En los trabajos en líneas, equipos o maniobras con electricidad, se emplearan guantes aislantes o dieléctricos (normalizados) en buen estado que lleven marcado el voltaje máximo para lo cual han sido fabricados. El personal que manipule objetos con borde agudos o abrasivos, estará en la obligación de usar guantes de material fuerte y de ser necesario con refuerzos especiales. Artículo 50º.- Protección de las Extremidades inferiores Todo el personal, incluyendo al personal de las empresas contratistas, está obligado a usar zapatos de seguridad. El calzado que se dote a los trabajadores expuestos a riesgo eléctrico será de suela aislante y no contendrá elemento metálico.

TITULO VIII: PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS PARA ACTUAR EN CASOS DE CONTINGENCIAS

Artículo 51º.- Derrumbes Caída de franja de terreno que pierde su estabilidad o la de una estructura construida por el hombre; es generalmente repentino y violento. Artículo 52º.- Procedimiento para actuar durante Derrumbes a. Al producirse un derrumbe debe alejarse inmediatamente del área afectada. b. Después de evacuar el área afectada no intente rescatar lo que no logró hacerlo en un

primer momento. c. Deberá comunicar la situación a su jefe inmediato para movilizar a las brigadas

correspondientes y poner en marcha el plan de contingencias. d. Coordinar con el coordinador general de la Central Térmica Dolorespata o de ser el

caso el coordinador general de la C.H.M. se dará aviso inmediato a Defensa Civil, a los sectores públicos y privados que se considere conveniente (Fuerzas Policiales, Bomberos, Salud, etc.)

Artículo 53º.- Deslizamientos Desplazamiento lento y progresivo de porción de terreno que puede ser producido por diferentes factores como erosión del terreno o filtraciones de agua. Los Terrenos flojos, quebradizos, con desniveles muy verticales, o con grandes capas de tierra con formas protuberantes, son ideales para que ocurran deslizamientos. Artículo 54º.- Procedimiento para Actuar durante Deslizamientos a. Si algún trabajador enfrentase un deslizamiento de tierras ya sea en las instalaciones o

dentro de las áreas de operación de la empresa, retroceder ante lo peligroso del recorrido y buscar un sendero más seguro, de lo contrario, ubicarse en sitios donde los riesgos disminuyan.

b. Evite pasar o detenerse en lugares que podrían ser sepultados por materiales naturales u otros que se encuentren en montañas cercanas.

c. En caso de que el deslizamiento suceda en el momento en que la persona está cerca de la pendiente, debe entonces alejarse de los ruidos o vibraciones y quedarse en un lugar seguro.

d. Conserve en todo momento la calma, evacué rápidamente hacia lugares seguros y lleve únicamente lo indispensable.

e. Infunda serenidad y ayude a los demás. f. Deberá comunicar la situación a su jefe inmediato para movilizar a las brigadas

correspondientes y poner en marcha el plan de contingencias. g. Coordinar con el coordinador general de la Central Térmica Dolorespata o de ser el

caso el coordinador general de la C.H.M. se dará aviso inmediato a Defensa Civil, a los sectores públicos y privados que se considere conveniente (Fuerzas Policiales, Bomberos, Salud, etc.)

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Artículo 55º.- Huaycos o Llocllas Desprendimiento de lodo y rocas que debido a precipitaciones pluviales, se presenta como golpe de agua lodosa que se desliza a gran velocidad por quebradas secas o de poco caudal arrastrando piedras y troncos. Artículo 56º.- Procedimiento para Actuar durante Huaycos o Llocllas a. Si algún trabajador de la empresa enfrenta un huayco o lloclla deberá alertar a sus

compañeros de manera acústica, inmediatamente después deberá comunicar la situación a su jefe inmediato para movilizar a las brigadas correspondientes y poner en marcha el plan de contingencias.

b. Conservar en todo momento la calma y evacuar rápidamente hacia los lugares más seguros.

c. Infundir serenidad y ayuda a los demás. d. Coordinar con el coordinador general de la Central Térmica Dolorespata o de ser el

caso el coordinador general de la C.H.M. se dará aviso inmediato a Defensa Civil, a los sectores públicos y privados que se considere conveniente (Fuerzas Policiales, Bomberos, Salud, etc.)

Artículo 57º.- Inundación Se basa en que el estado natural de las aguas se perturba por factores externos. Las lluvias incrementan niveles de aguas en ríos, cañones, quebradas, lagos llegando estos a salirse de su cauce natural, esto se debe a la gran pluviosidad o volumen de lluvia caído por metro cuadrado en las cabeceras o nacientes, otras pueden ser ruptura de represas, diques, embalses, percolaciones (filtraciones), licuefacciones (paso de un cuerpo sólido al estado líquido) repentinas, tubificaciones o conductos comunicantes en aguas subterráneas, estos casos son muy raros pero suceden; recordemos que existen ríos y lagos subterráneos que pueden producir serios daños al desbordarse motivados por presiones internas (temblores o sismos) y el agua sale a la superficie con gran violencia. Artículo 58º.- Procedimiento para Actuar durante Inundaciones a. Comunique a su jefe inmediato para movilizar a las brigadas correspondientes y poner

en marcha el plan de contingencias. b. Si la situación lo amerita, diríjase de inmediato a un lugar seguro y suba lo mas alto

posible. c. Coordinar con el coordinador general de la Central Térmica Dolorespata o de ser el

caso el coordinador general de la C.H.M. se dará aviso inmediato a Defensa Civil, a los sectores públicos y privados que se considere conveniente (Fuerzas Policiales, Bomberos, Salud, etc.)

Artículo 59º.- Las Heladas Estado del aire con temperaturas bajo cero y que se presentan normal y frecuentemente en lugares de la sierra con alturas generalmente por encima de los 3,000 metros sobre el nivel del mar, coincidente con la hora de la temperatura mínima del día, normalmente en la madrugada. En algunos lugares, dependiendo de la topografía del terreno, las heladas pueden registrarse a alturas menores de 3,000 metros. En otros lugares de la sierra, la selva y la vertiente occidental de los Andes, las temperaturas pueden bajar debajo de lo normal sin llegar a cero grados. En la Selva Peruana estas bajas de temperaturas tienen el nombre particular de fríos de San Juan ó friaje. Artículo 60º.- Procedimiento para Actuar durante Heladas a. Si el área donde se encuentran ubicadas las instalaciones de la empresa pasa por un

período de helada abríguese con ropa gruesa que le cubra todo el cuerpo. b. Usar calentadores u hornillas en caso de que el frío sea más intenso. c. Incluir en sus comidas: Grasas, dulces, y todo lo que da energía, a fin incrementar la

capacidad de resistencia al frío. d. Cuando una persona ha sido afectada por los fríos intensos, se sugiere realizar

cualesquiera de las siguientes acciones: e. Generar más calor corporal mediante movimientos; es decir, correr, saltar mover las

extremidades, etc. f. Beber líquidos calientes en cantidades suficientes. g. Cubrirse adecuadamente y mantenerse bajo techo.

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

h. Coloque un tapete bajo sus pies si el frío es intenso. i. Consulte al médico de la empresa o en todo caso acuda al centro de salud más

cercano si es necesario. j. Si va a salir de un lugar caliente, debe cubrirse boca y nariz, para evitar aspirar el aire

frío. Artículo 61º.- Nevadas La nieve es un fenómeno meteorológico consistente en la precipitación de pequeños cristales de hielo. Artículo 62º.- Procedimientos para disminuir riesgos durante Nevadas a. Verificar que las canaletas de desagüe y los techos están en perfectas condiciones. b. Se debe contar con una pala para poder retirar la nieve acumulada. c. Si el área donde se encuentran ubicadas las instalaciones de la empresa pasa por un

período de nevada abríguese con ropa gruesa que le cubra todo el cuerpo. d. Realice las demás acciones descritas en el procedimiento para enfrentar heladas. Artículo 63º.- Explosiones Liberación brusca de gran cantidad de energía encerrada en un volumen relativamente pequeño que produce un incremento violento y rápido de la fusión, con desprendimiento de calor, luz y gases. Se acompaña de estruendo y rotura violenta del recipiente en que está contenida. El origen de la energía puede ser térmico, químico o nuclear. Artículo 64º.- Procedimiento para actuar durante atentados terroristas o artefactos explosivos a. Tenga presente que el pánico es su peor enemigo. b. Si algún funcionario o trabajador de la empresa recibe un llamado telefónico o escrito

anónimo, comunicando la colocación de un artefacto explosivo, deberá mantener la calma.

c. Si es telefónico, deberá tomar nota del mensaje, poniendo atención en la voz de la persona, especialmente sexo, tono, timbre y ruidos externos a la voz, además de otros datos que considere necesarios de consignar.

d. Se dará comunicación a su jefe inmediato para realizar las coordinaciones e instrucciones que amerite el caso.

TITULO IX: PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO

Artículo 65º.- Trabajo Seguro en las Instalaciones a. Todos los trabajos realizados en las instalaciones, seguirán las órdenes de trabajo,

normas, procedimientos, instructivos que la actividad requiera. Antes de iniciar las labores los trabajadores deberán conocer perfectamente los procedimientos de trabajo seguro, para su aplicación y cumplimiento.

b. Todo trabajo en altura será efectuado por personal especializado, equipado y supervisado, siguiendo el instructivo para trabajos en altura.

c. Los ambientes, zonas y áreas donde existan equipos e instalaciones eléctricas con tensión, deberán permanecer protegidas, cerradas y adecuadamente señalizadas a fin de prevenir y advertir los riesgos existentes.

d. Queda terminantemente prohibido, el ingreso de personas ajenas a las instalaciones o áreas energizadas.

e. Todos los sistemas de puesta a tierra, deberán tener una revisión y mantenimiento permanente según el Programa de Mantenimiento.

Artículo 66º.- En Equipos e Instalaciones Eléctricas a. Todos los equipos eléctricos, serán instalados y conservados de tal manera que

prevengan el contacto accidental del trabajador con los elementos bajo tensión. b. Toda instalación eléctrica ya sea portátil o estacionaria, debe tener una buena

conexión a tierra. c. Todos los conductores eléctricos estarán adecuadamente aislados y fijados

sólidamente. Se evitaran las instalaciones provisionales. d. Los circuitos y equipos eléctricos, estarán debidamente identificados por medio de

etiquetas u otros medios, con la finalidad de evitar errores que puedan causar accidentes.

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

e. Los circuitos y equipos eléctricos, deberán estar siempre libres de todas las zonas próximas a las llaves de desconexión del fluido eléctrico y estas, deben encontrarse en lugares visibles.

f. Los sistemas de conexión a tierra, deberán tener una resistencia no mayor a 20 ohm. g. Para todas las instalaciones eléctricas nuevas debe considerarse lo dispuesto en el

Código Nacional de Electricidad. Artículo 67º.- En Líneas de Transmisión a. Las labores de maniobra, mantenimiento y reparación de líneas de transmisión, se

efectuarán conforme a lo prescrito en los manuales y disposiciones para trabajos en línea de transmisión, que comprende obligatoriamente la autorización de maniobra, ordenes de trabajo, permisos para trabajar, uso de los equipos de protección personal, pértigas, líneas a tierra temporaria, detector de tensión y guantes de alta tensión.

b. Está terminantemente prohibido efectuar reparaciones en los circuitos energizados. c. Para la ejecución de trabajos en las torres, pórticos, postes y estructuras, es necesaria

que el supervisor encargado verifique que el trabajador este en buen estado físico, anímico y provisto de los equipos de protección personal.

d. Todo trabajo en las estructuras metálicas, postes, pórticos y torres se efectuará con dos personas como mínimo y supervisado permanentemente desde tierra. Todo personal estará asegurado a la estructura con la correa de seguridad y/o arnés, en forma permanente mientras dure su labor en lo alto de la torre.

Artículo 68º.- En Sub Estaciones a. Las maniobras en las subestaciones serán realizadas por personal autorizado, de

acuerdo a la nómina del personal autorizado emitido por la empresa y ubicadas en la sala de control y garitas de vigilancia.

b. Los trabajos a realizarse en las sub estaciones por personal de contrata, sólo podrá ejecutarse si dicho personal es calificado, si conoce los procedimientos de trabajo seguro, si su personal cuenta con equipos de protección personal y bajo la supervisión de personal técnico competente, y si cuentan con la orden de trabajo y el permiso de trabajo respectivo.

TITULO X: SANCIONES Artículo 69º.- Alcance y Responsabilidades Las sanciones por incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento y demás normas complementarias, son aplicables a todo el personal de EGEMSA que realizan actividades en forma permanente o eventual, de construcción, operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas de generación. Siendo los Jefes y Supervisores de Área, quienes están obligados a velar porque se cumplan con las indicaciones dadas en materia de Seguridad. Es el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo quienes determinan las sanciones. Los trabajadores que incumplan con lo establecido en el presente reglamento interno y las demás disposiciones complementarias relacionadas con seguridad; según la gravedad se le dará la sanción correspondiente según lo estipulado por las disposiciones legales vigentes, y por las normas internas de la Empresa.

TITULO XI: DISPOSICIONES Artículo 70º.- Disposiciones Complementarias Son instrumentos de seguridad complementarios al presente Reglamento: a. Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional. b. Procedimientos, instructivos, manuales, planes de actividades. c. Hojas de Seguridad, MSDS. d. Boletines, afiches, carteles, mensajes y otros dispositivos de seguridad. e. Planes y programas complementarios (Plan de Manejo de Materiales Peligrosos, Plan

de Saneamiento Ambiental, etc.).

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

Artículo 71º.- Disposiciones Finales a) El presente Reglamento es aprobado el Comité de Seguridad y Salud en el

Trabajo y la Alta Dirección de la Empresa, evalúa su cumplimiento en las Revisiones programadas.

b) Se pondrá a disposición de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, OSINERGMIN, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

c) La revisión y/o modificación de este reglamento se hará en forma anual, para garantizar que la reglamentación este acorde a las variaciones en la empresa.

TITULO XII: DOCUMENTACIÓN Artículo 72º.- Documentación Se generan los siguientes documentos que acreditan el cumplimiento del presente Reglamento: Código Actividad o Control Responsable

Acta de Reunión del Comité y/o Sub Comité de Seguridad

Comité de S. y S.O

Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo Oficina de Seguridad y Salud Laboral.

Especificaciones Técnicas de EPPs . Oficina de Seguridad y Salud Laboral.

Nómina de Personal autorizado para conducir vehículos de la empresa.

Gerencia de Administración

Formatos para Reporte de Accidentes, Incidentes y Enfermedades Ocupacionales.

Oficina de Seguridad y Salud Laboral

Informe de Investigación de accidentes Comité de S. y S.O

Estadística de Accidentes e Incidentes Centros Médicos y

Oficina de Seguridad y Salud Laboral

Registro de enfermedades Ocupacionales de los trabajadores,

Centros Médicos

Registro de inspección, ubicación y control de extintores portátiles

Oficina de Seguridad y Salud Laboral

Registro de vibraciones División Producción

CHM

Registro de los niveles de ruido de las instalaciones Oficina de Medio Ambiente

Registro de Niveles de radiación electromagnética. Oficina de Medio Ambiente

Informe de Inspecciones de Seguridad Áreas operativas

Relación y ubicación de Extintores Oficina de Seguridad y Salud Laboral

Inspección de EPPs Áreas operativas

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

TITULO XIII: ANEXOS

ANEXO 01 FORMULARIO Nº 1

  

Nº REGISTRO: REGISTRO DE

ACCIDENTES DE TRABAJO

Cod. del Formato : s/n

Nº de Revisión : 00

Fecha de Aprob. : 28 de noviembre 2013

Aprobado por :Comité de Seguridad

DATOS DEL EMPLEADOR PRINCIPAL:

RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN

SOCIAL RUC

DOMICILIO (Dirección, distrito, departamento,

provincia)

TIPO DE ACTIVIDAD

ECONÓMICA

Nº TRABAJADORES EN EL CENTRO LABORAL

COMPLETAR SÓLO EN CASO QUE LAS ACTIVIDADES DEL EMPLEADOR SEAN CONSIDERADAS DE ALTO RIESGO

N° TRABAJADORES AFILIADOS AL SCTR

N° TRABAJADORES NO AFILIADOS AL SCTR

NOMBRE DE LA ASEGURADORA

Completar sólo si contrata servicios de intermediación o tercerización:

DATOS DEL EMPLEADOR DE INTERMEDIACIÓN, TERCERIZACIÓN, CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA, OTROS:

RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN

SOCIAL RUC

DOMICILIO (Dirección, distrito, departamento,

provincia)

TIPO DE ACTIVIDAD

ECONÓMICA

Nº TRABAJADORES EN EL CENTRO LABORAL

COMPLETAR SÓLO EN CASO QUE LAS ACTIVIDADES DEL EMPLEADOR SEAN CONSIDERADAS DE ALTO RIESGO

N° TRABAJADORES AFILIADOS AL SCTR

N° TRABAJADORES NO AFILIADOS AL SCTR

NOMBRE DE LA ASEGURADORA

DATOS DEL TRABAJADOR :

APELLIDOS Y NOMBRES DEL TRABAJADOR ACCIDENTADO: Nº DNI/CE EDAD

ÁREA PUESTO DE TRABAJO

ANTIGÜEDAD EN

EL EMPLEO

SEXO

F/M

TURNO D/T/N

TIPO DE

CONTRATO

TIEMPO DE EXPERIENCI

A EN EL PUESTO DE

TRABAJO

N° HORAS TRABAJADAS EN LA JORNADA LABORAL (Antes del accidente)

INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE DE TRABAJO

FECHA Y HORA DE OCURRENCIA DEL

ACCIDENTE

FECHA DE INICIO DE LA

INVESTIGACIÓN LUGAR EXACTO DONDE OCURRIÓ EL ACCIDENTE

DÍA MES

AÑO

HORA

DÍA

MES

AÑO

MARCAR CON (X) GRAVEDAD DEL

ACCIDENTE DE TRABAJO

MARCAR CON (X) GRADO DEL ACCIDENTE INCAPACITANTE (DE SER EL CASO)

Nº DÍAS DE

DESCANSO

MÉDICO

Nº DE TRABAJADOR

ES AFECTADOS

ACCIDENTE LEVE

ACCIDENTE

INCAPACITANTE

MORTAL

TOTAL TEMPORAL

PARCIAL TEMPOR

AL

PARCIAL PERMANE

NTE

TOTAL PERMAN

ENTE

DESCRIBIR PARTE DEL CUERPO LESIONADO (De ser el caso):

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE DE TRABAJO

Describa sólo los hechos, no escriba información subjetiva que no pueda ser comprobada. Adjuntar: - Declaración del afectado sobre el accidente de trabajo. - Declaración de testigos (de ser el caso). - Procedimientos, planos, registros, entre otros que ayuden a la investigación de ser el caso.

H1B1

DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS QUE ORIGINARON EL ACCIDENTE DE TRABAJO

Cada empresa o entidad pública o privada, puede adoptar el modelo de determinación de causas, que mejor se adapte a sus características y debe adjuntar al presente formato el desarrollo de la misma.

H2B2

MEDIDAS CORRECTIVAS

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA CORRECTIVA RESPONSAB

LE

FECHA DE EJECUCIÓN

Completar en la fecha de ejecución propuesta, el

ESTADO de la implementación de la

medida correctiva (realizada, pendiente, en

ejecución)

DÍA MES AÑO

1.-

2.-

3.-

H3B3 dfgdfgdf

RESPONSABLES DEL REGISTRO Y DE LA INVESTIGACIÓN

Nombre:

Cargo: Fecha: Firma:

Nombre:

Cargo: Fecha:

Firma:

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

ANEXO 02 FORMULARIO Nº 2

  

Nº REGISTRO: REGISTRO DE

ENFERMEDADES OCUPACIONALES

Cod. del Formato : s/n

Nº de Revisión : 00

Fecha de Aprob. : 28 de noviembre 2013

Aprobado por :Comité de Seguridad

DATOS DEL EMPLEADOR PRINCIPAL:

RAZÓN SOCIAL O

DENOMINACIÓN SOCIAL

RUC DOMICILIO (Dirección, distrito,

departamento, provincia) TIPO DE ACTIVIDAD

ECONÓMICA

Nº TRABAJADOR

ES EN EL

CENTRO LABORAL

AÑO DE INICIO DE LA

ACTIVIDAD

COMPLETAR SÓLO EN CASO QUE LAS ACTIVIDADES DEL EMPLEADOR SEAN CONSIDERADAS DE ALTO RIESGO

LÍNEAS DE PRODUCCIÓN

Y/O SERVICIOS N°

TRABAJADORES

AFILIADOS AL SCTR

N° TRABAJADOR

ES NO AFILIADOS AL

SCTR

NOMBRE DE LA ASEGURADORA

1994

Completar sólo si contrata servicios de intermediación o tercerización:

DATOS DEL EMPLEADOR DE INTERMEDIACIÓN, TERCERIZACIÓN, CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA, OTROS:

RAZÓN SOCIAL O

DENOMINACIÓN SOCIAL

RUC DOMICILIO

(Dirección, distrito, departamento, provincia)

TIPO DE ACTIVIDAD

ECONÓMICA

Nº TRABAJADORES EN

EL CENTRO LABORAL

AÑO DE INICIO DE LA

ACTIVIDAD

COMPLETAR SÓLO EN CASO QUE LAS ACTIVIDADES DEL EMPLEADOR SEAN CONSIDERADAS DE ALTO RIESGO

LÍNEAS DE PRODUCCIÓN Y/O

SERVICIOS N°

TRABAJADORES

AFILIADOS AL SCTR

N° TRABAJADOR

ES NO AFILIADOS AL

SCTR

NOMBRE DE LA ASEGURADORA

DATOS REFERENTES A LA ENFERMEDAD OCUPACIONAL

TIPO DE AGENTE

QUE ORIGINÓ LA ENFERMEDA

D OCUPACION

AL (VER TABLA REFERENCI

AL 1 )

N° ENFERMEDADES OCUPACIONALES PRESENTADAS

EN CADA MES POR TIPO DE AGENTE

NOMBRE

DE LA ENFERMED

AD OCUPACIO

NAL

PARTE DEL CUERPO O

SISTEMA DEL TRABAJADOR

AFECTADO

N° TRAB. AFECTAD

OS

ÁREAS

N° DE

CAMBIOS DE

PUESTOS GENERADOS DE SER EL CASO

AÑO:

E F M A M J J A S O N D

Hoja2B1

TABLA REFERENCIAL 1: TIPOS DE AGENTES

FÍSICO QUÍMICO BIOLÓGICO DISERGONÓMIC

O PSICOSOCIALES

Ruido F1

Gases Q1

Virus B1

Manipulación inadecuada de carga

D1 Hostigamiento psicológico P1

Vibración F2

Vapores Q2

Bacilos B2 Diseño de puesto

D2 Estrés laboral P2

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

inadecuado

Iluminación F3

Neblinas Q3

Bacterias B3 Posturas inadecuadas

D3 Turno rotativo P3

Ventilación F4

Rocío Q4

Hongos B4 Trabajos repetitivos

D4 Falta de comunicación y entrenamiento.

P4

Presión alta o baja

F5

Polvo Q5

Parásitos B5 Otros, indicar

D5 Autoritarismo P5

Temperatura (Calor o frío)

F6

Humos Q6

Insectos B6 Otros, indicar P6

Humedad F7

Líquidos Q7

Roedores B7

Radiación en general

F8

Otros, indicar Q8

Otros, indicar

B8

Otros, indicar F9

DETALLE DE LAS CAUSAS QUE GENERAN LAS ENFERMEDADES OCUPACIONALES POR TIPO DE AGENTE

Adjuntar documento en el que consten las causas que generan las enfermedades ocupacionales y adicionalmente indicar una breve descripción de las labores desarrolladas por el trabajador antes de adquirir la enfermedad.

Hoja2B2

COMPLETAR SÓLO EN CASO DE EMPLEO DE SUSTANCIAS CANCERIGENAS (Ref. D.S. 039-93-PCM / D.S. 015-2005-SA)

RELACIÓN DE SUSTANCIAS CANCERIGENAS

SE HAN REALIZADO MONITOREOS DE LOS AGENTESPRESENTES EN EL AMBIENTE (SI/NO)

Hoja2B3

MEDIDAS CORRECTIVAS

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA CORRECTIVA RESPONSABLE

FECHA DE EJECUCIÓN

Completar en la fecha de ejecución propuesta, el

ESTADO de la implementación de la

medida correctiva (realizada, pendiente, en

ejecución)

DÍA MES AÑO

1.-

2.-

Hoja2B4

RESPONSABLES DEL REGISTRO Y DE LA INVESTIGACIÓN

Nombre:

Cargo:

Fecha:

Firma:

Nombre:

Cargo:

Fecha:

Firma:

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

ANEXO 03 FORMULARIO Nº 3

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

ANEXO 04 FORMULARIO Nº 4

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

ANEXO 05

FORMULARIO Nº 5  

 

Nº REGISTRO: REGISTRO DE INCIDENTES

PELIGROSOS E INCIDENTES

Cod. del Formato : s/n Nº de Revisión : 00 Fecha de Aprob. : 28 de

noviembre 2013 Aprobado por : Comité de Seg.

DATOS DEL EMPLEADOR PRINCIPAL:

RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN

SOCIAL RUC

DOMICILIO (Dirección, distrito, departamento, provincia)

TIPO DE ACTIVIDAD

ECONÓMICA

Nº TRABAJADO

RES EN EL

CENTRO LABORAL

Completar sólo si contrata servicios de intermediación o tercerización:

DATOS DEL EMPLEADOR DE INTERMEDIACIÓN, TERCERIZACIÓN, CONTRATISTA, SUBCONTRATISTA, OTROS:

RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN

SOCIAL RUC

DOMICILIO (Dirección, distrito, departamento, provincia)

TIPO DE ACTIVIDAD

ECONÓMICA

Nº TRABAJADO

RES EN EL

CENTRO LABORAL

DATOS DEL TRABAJADOR (A): Completar sólo en caso que el incidente afecte a trabajador(es).

APELLIDOS Y NOMBRES DEL TRABAJADOR : Nº DNI/CE EDAD

ÁREA

PUESTO DE TRABAJO

ANTIGÜEDA

D EN EL EMPLEO

SEXOF/M

TURN

O D/T/N

TIPO DE CONTRATO

TIEMPO DE

EXPERIENCIA EN EL PUESTO

DE TRABAJO

N° HORAS TRABAJADAS EN LA JORNADA LABORAL

(Antes del suceso)

INVESTIGACIÓN DEL INCIDENTE PELIGROSO O INCIDENTE

MARCAR CON (X) SI ES INCIDENTE PELIGROSO O INCIDENTE

INCIDENTE PELIGROSO INCIDENTE

Nº TRABAJADORES POTENCIALMENTE AFECTADOS DETALLAR TIPO DE ATENCIÓN

EN PRIMEROS AUXILIOS (DE SER EL CASO)

Nº POBLADORES POTENCIALMENTE AFECTADADOS

FECHA Y HORA EN QUE

OCURRIÓ EL INCIDENTE

PELIGROSO O INCIDENTE

FECHA DE INICIO DE LA INVESTIGACIÓN

LUGAR EXACTO DONDE OCURRIO EL HECHO

DÍA MES AÑO HORA DÍA MES AÑO

DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE PELIGROSO O INCIDENTE

Describa solo los hechos, no escriba información subjetiva que no pueda ser comprobada. Adjuntar: - Declaración del afectado, de ser el caso. - Declaración de testigos, de ser el caso. - Procedimientos, planos, registros, entre otros que ayuden a la investigación de ser el caso.

Hoja3B1

DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS QUE ORIGINARON EL INCIDENTE PELIGROSO O INCIDENTE

Cada empresa, entidad pública o privada puede adoptar el modelo de determinación de las causas que mejor se adapte a sus características.

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

Hoja3B2

MEDIDAS CORRECTIVAS

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA CORRECTIVA A IMPLEMENTARSE PARA ELIMINAR LA CAUSA Y

PREVENIR LA RECURRENCIA

RESPONSABLE

FECHA DE EJECUCIÓN Completar en la

fecha de ejecución propuesta, el

ESTADO de la implementación de la

medida correctiva (realizada, pendiente,

en ejecución)

DÍA MES

AÑO

1.-

2.-

Hoja3B3

RESPONSABLES DEL REGISTRO Y DE LA INVESTIGACIÓN

Nombre: Cargo: Fecha: Firma:

Nombre: Cargo: Fecha: Firma:

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

ANEXO 06 FORMULARIO Nº 6

  

Nº REGISTRO:

REGISTRO DEL MONITOREO DE AGENTES FÍSICOS,

QUÍMICOS, BIOLÓGICOS, PSICOSOCIALES Y FACTORES DE RIESGO DISERGONÓMICOS

Cod. del Formato : s/n

Nº de Revisión : 00

Fecha de Aprob. : 28 de noviembre 2013

Aprobado por :Comité de Seguridad

DATOS DEL EMPLEADOR:

RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN

SOCIAL RUC

DOMICILIO (Dirección, distrito,

departamento, provincia)

ACTIVIDAD ECONÓMICA

Nº TRABAJADORES EN

EL CENTRO LABORAL

DATOS DEL MONITOREO

ÁREA MONITOREADA FECHA DEL MONITOREO

INDICAR TIPO DE RIESGO A SER MONITOREADO (AGENTES FÍSICOS, QUÍMICOS, BIOLÓGICOS, PSICOSOCIALES Y FACTORES DE

RIESGO DISERGONÓMICOS)

CUENTA CON PROGRAMA DE MONITOREO (SÍ/NO)

FRECUENCIA DE MONITOREO

Nº TRABAJADORES EXPUESTOS EN EL CENTRO

LABORAL

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN QUE REALIZA EL MONITOREO (De ser el caso)

Hoja4B1

RESULTADOS DEL MONITOREO

Hoja4B2

DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS ANTE DESVIACIONES PRESENTADAS

Hoja4B3

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES SOBRE LOS RESULTADOS DEL MONITOREO

Incluir las medidas que se adoptarán para corregir las desviaciones presentadas en el monitoreo.

Hoja4B5

ADJUNTAR: - Programa anual de monitoreo. - Informe con resultados de las mediciones de monitoreo, relación de agentes o factores que son objetos de la muestra, limite permisible del agente monitoreado, metodología empleada, tamaño de muestra, relación de instrumentos utilizados, entre otros. - Copia del certificado de calibración de los instrumentos de monitoreo, de ser el caso.

RESPONSABLE DEL REGISTRO

Nombre:

Cargo:

Fecha:

Firma

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

ANEXO 07 FORMULARIO Nº 7

  

Nº REGISTRO: REGISTRO DE

ESTADÍSTICAS DE SEGURIDAD Y SALUD

OCUPACIONAL

Cod. del Formato : s/n

Nº de Revisión : 00

Fecha de Aprob. : 28 de noviembre 2013

Aprobado por :Comité de Seguridad

DATOS DEL EMPLEADOR: RAZÓN SOCIAL

O DENOMINACIÓN

SOCIAL

RUC DOMICILIO (Dirección, distrito, departamento,

provincia)

ACTIVIDAD ECONÓMICA

Nº TRABAJADORES EN EL CENTRO

LABORAL

DESCRIBIR LOS RESULTADOS ESTADÍSTICOS (COMPARAR CON LOS OBJETIVOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD

EN EL TRABAJO)

Hoja7B1

ANÁLISIS DE LAS CAUSAS QUE ORIGINARON LAS DESVIACIONES

Hoja7B2

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Hoja7B3

RESPONSABLE DEL REGISTRO

Nombre:    

Cargo:    

Fecha:   

Firma

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

ANEXO 08

FORMULARIO Nº 8   

Nº REGISTRO: REGISTRO DE

EQUIPOS DE SEGURIDAD O EMERGENCIA

Cod. del Formato :s/n

Nº de Revisión :00

Fecha de Aprob. :28 de noviembre 2013

Aprobado por : Comité de Seguriad

DATOS DEL EMPLEADOR:

RAZÓN SOCIAL O

DENOMINACIÓN SOCIAL

RUC

DOMICILIO (Dirección,

distrito, departamento,

provincia)

ACTIVIDAD ECONÓMICA

Nº TRABAJADORES EN EL CENTRO

LABORAL

MARCAR (X)

TIPO DE EQUIPO DE SEGURIDAD O EMERGENCIA ENTREGADO

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL EQUIPO DE EMERGENCIA

NOMBRE(S) DEL(LOS) EQUIPO(S) DE SEGURIDAD O EMERGENCIA ENTREGADO

Hoja8B1 LISTA DE DATOS DEL(LOS) Y TRABADOR(ES)

N° NOMBRES Y APELLIDOS

DNI ÁREA FECHA

DE ENTREGA

FECHA DE RENOVACIÓN

FIRMA

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13 RESPONSABLE DEL REGISTRO

Nombre:  Cargo:    

Fecha:   

Firma:   

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

ANEXO 09 FORMULARIO Nº 9

  

Nº REGISTRO:

REGISTRO DE INDUCCIÓN,CAPACITACIÓN,

ENTRENAMIENTO Y SIMULACROS DE

EMERGENCIA

Cod. del Formato :s/n

Nº de Revisión :00

Fecha de Aprob :28 de noviembre 2013

Aprobado por :Comité de Seguridad

DATOS DEL EMPLEADOR:

RAZÓN SOCIAL O

DENOMINACIÓN SOCIAL

RUC

DOMICILIO (Dirección, distrito,

departamento, provincia)

ACTIVIDAD

ECONÓMICA

Nº TRABAJADORES EN EL CENTRO

LABORAL

MARCAR (X)

INDUCCIÓN CAPACITACIÓN ENTRENAMIENTO SIMULACRO DE EMERGENCIA

TEMA:

FECHA: NOMBRE DEL CAPACITADOR O ENTRENADOR

Nº HORAS

APELLIDOS Y NOMBRES DE LOS CAPACITADOS

Nº DNI ÁREA FIRMA OBSERVACIONES

Hoja9B1

RESPONSABLE DEL REGISTRO

Nombre: 

  

Cargo:   

  

Fecha:   

  

Firma:      

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

ANEXO 10 FORMULARIO Nº 10

  

Nº REGISTRO: REGISTRO DE

AUDITORÍAS

Cod. del Formato : s/n

Nº de Revisión : 00

Fecha de Aprob. : 28 de noviembre 2013

Aprobado por :Comité de Seguridad

DATOS DEL EMPLEADOR: RAZÓN SOCIAL O

DENOMINACIÓN SOCIAL

RUC DOMICILIO (Dirección, distrito, departamento,

provincia)

ACTIVIDAD ECONÓMICA

Nº TRABAJADORES EN EL CENTRO

LABORAL

NOMBRE(S) DEL(DE LOS) AUDITOR(ES) N° REGISTRO

  

   Hoja10B1

FECHAS DE AUDITORÍA

PROCESOS

AUDITADOS

NOMBRE DE LOS RESPONSABLES DE LOS PROCESOS AUDITADOS

Hoja10B2 NÚMERO DE

NO CONFORMIDADES

INFORMACIÓN A ADJUNTAR

a) Informe de auditoría, indicando los hallazgos encontrados, así como no conformidades, observaciones, entre otros, con la respectiva firma del auditor o auditores. b) Plan de acción para cierre de no conformidades (posterior a la auditoría). Este plan de acción contiene la descripción de las causas que originaron cada no conformidad, propuesta de las medidas correctivas para cada no conformidad, responsable de implementación, fecha de ejecución, estado de la acción correctiva (Ver modelo de encabezados).

MODELO DE ENCABEZADOS PARA EL PLAN DE ACCIÓN PARA EL CIERRE DE NO CONFORMIDADES

DESCRIPCIÓN DE LA NO CONFORMIDAD

CAUSAS DE LA NO CONFORMIDAD

Hoja10B3

DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS

NOMBRE DEL RESPONSABLE

FECHA DE EJECUCIÓN

Completar en la fecha de ejecución propuesta, el

ESTADO de la implementación de la

medida correctiva (realizada, pendiente, en

ejecución)DÍA MES AÑO

Hoja10B4 RESPONSABLE DEL REGISTRO

Nombre: 

Cargo:       

Fecha:      

Firma   

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

TITULO XIV: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES, SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS.

PROCEDIMIENTOS / INSTRUCTIVOS DE TRABAJO ESPECÍFICO PARA LAS ACTIVIDADES ELÉCTRICAS DE CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO.

Listado de Procedimientos / Instructivos de Trabajo Aprobados por la entidad, vigencia y Ubicación

1.- Para efectuar trabajos en altura.

2.- Uso de andamios y/o escaleras.

3.- Uso de sierra eléctrica Mecánica.

4.- Uso y manejo de esmeriles.

5.- Uso de Equipos y máquinas de soldar.

6.- Uso y manejo de taladros eléctricos portátiles.

7.- Etiquetado y bloqueo de seguridad, tarjeta de bloqueo.

8.- Inspecciones a equipos contra incendios.

9.- Manipulación manual de cargas.

10.- Atención de primeros auxilios en caso accidentes; instrucciones en caso de asfixia por atragantamiento (maniobra de Heimlich).

11.- Para realizar trabajos en caliente / autorización para trabajo en caliente.

12.- Para realizar trabajos en espacios confinados.

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

INSTRUCTIVO PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA

OBJETIVO: Establecer la instrucción a seguir para brindar las condiciones de seguridad durante larealización de trabajos en altura.

ALCANCE: Esta instrucción aplica a todo el personal que realice actividades que impliquen estarexpuestos al riesgo de caída de una altura mayor a 1.80 m., independientemente que su actividadsea en líneas de transmisión.

INICIO

ACTIVIDADES PREVIAS A LA

EJECUCIÓN DE LA TAREA

COLOCACIÓN DE ELEMENTOS ANTICAIDAS

FIN

1. El supervisor de la tarea, deberá llenar el Registro de Comunicaciones de Peligros y PosiblesDaños para Compras y Contrataciones FSGIP-06-04.2. El personal a ejecutar trabajos debe haber recibido la inducción de seguridad y uso adecuado deEquipo anti-caída.3. Dependiendo de la actividad a realizar el personal debe tomar conocimiento de los instructivosde uso de andamios y/o escaleras, para trabajos específicos en líneas de transmisión se deberáconsultar los instructivos correspondientes.4. Los trabajos desarrollados en altura deben ser ejecutados por personal, que ha recibidocapacitación en análisis de seguridad y uso de EPPs.5. Verificación de buen estado y uso de EPP's según formato de control de EPPs- Personal asignado a la tarea: Cinturón de seguridad y/o Arnés integral con línea de vida, cascode seguridad, zapatos de seguridad, guantes de protección y otros.- Se debe verificar en el arnés y sus componentes que estos no tengan cortes, grietas odeshilachadas que comprometen su resistencia, de ser así serán dados de baja y destruidos, encaso de que el arnés haya sufrido los efectos de una caída desde una altura apreciable, aunque nose manifiesten, roturas o deformaciones deberán ser retirado del servicio.6. Se delimitará la proyección del área de trabajo a nivel inferior con cinta que prohíba el paso.7. Todo trabajo de armado o unión, deberá efectuarse en el suelo para minimizar el trabajo enaltura.El personal que ha de efectuar la labor debe encontrarse anímica y psicológicamente en buenascondiciones.El supervisor de la tarea definirá el uso de EPP's adicionales y/o dieléctricos según la actividad adesarrollar.

8 El arnés deberá ser colocado de manera correcta sobre el cuerpo del trabajador (ver detalle), yaque, si el equipo no está siendo utilizado correctamente, el impacto puede lastimar la columnavertebral o los órganos internos durante una caída.

9. La protección para caídas también se utilizará siempre que se trabaje por encima de máquinasen movimiento, productos químicos peligrosos y cuando no haya pasamanos, guardas u otraprotección anti-caída.10. Cuando se encaje un punto de anclaje, debe mantener la distancia de caída lo más cortoposible. De esta manera si alguien cae, su desplazamiento será mínimo.11.No debe anclar líneas de sujeción a piezas movibles o poco resistentes (tuberías, soportes, etc.)12. El anclaje del Equipo anti-caída será situado preferentemente por encima de la posición delusuario.NOTAS:- El uso de cinturón de seguridad se utilizará solamente en caso de una eventual rodadura lateral.Nunca para caídas a desnivel.

- Los equipos anticaidas deben estar limpios en todas las superficies y se hará con una esponjahumedecida en agua limpia, humedezca la esponja con solución ligera de agua y jabón y concluyala limpieza, debe secar el equipo con un trapo limpio y cuélguelo para que termine de secar. No locoloque donde haga mucho calor, una vez seco, guárdelo en un lugar limpio, seco y sin vapor oelementos que puedan corroer las partes metálicas.- Nunca se debe usar equipo que esté sucio. Podría no ver posibles fallas del material.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Supervisor de la tarea.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP –06 - 04-Instructivo de uso de andamios y/o escaleras.-Formato de Control de EPPs

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04- Instructivo de uso de andamios y/o escaleras -Instructivo Administración de Epps

13. Durante el trabajo en altura es posible que suceda una caída por:a) Tratar de alcanzar algo que está fuera de la superficie de trabajo.b) Desorden y falta de limpieza.c) Caminar en una orilla desprotegida.d) Acarrear objetos.e) Superficies resbalosas.f) Tratar de subirse a o desde una superficie de trabajo.g) Trabajar sobre una escalera.h) Trabajar en superficies o estructuras inestables, poco resistentes, o defectuosas.i) Condiciones del tiempo: calor, lluvia, hielo y/o viento desfavorables.14. El trabajador coordinará con el supervisor de la tarea para ver la forma más segura de laejecución del trabajo.

EJECUCIÓN DE LA TAREA

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04.- Instructivo de uso de andamios y/o escaleras

- Registro Electrónico de SACPS

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM - 06 - 02: 02: 17 de marzo de 2008: Gerente de Operaciones: Representante de la Dirección: Gerente General

ISGIM-06-02

REGISTRO Y GUARDADO DE

EPPS

Las debilidades detectadas durante la ejecución de la tarea o en la limpieza y guardado de EPPsdeben ser registradas en el Registro electrónico de SACPS.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro Electrónico de SACPS.

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

- Aprobado por:

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por:

INSTRUCTIVO DE USO DE ANDAMIOS Y/O ESCALERAS

OBJETIVO: Establecer las condiciones de seguridad en la utilización de andamios y/o escaleras.

ALCANCE: Esta instrucción aplica a todo el personal que realice alguna actividad que requiera el uso de algúnandamio y/o escalera.

INICIO

ACTIVIDADES PREVIAS A LA

EJECUCIÓN DE LA TAREA

ARMADO Y COLOCACIÓN DE

ANDAMIOS O ESCALERAS

FIN

TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE ANDAMIOS Y/O

ESCALERAS

1. El personal a ejecutar trabajos debe haber recibido la inducción de seguridad.2. Los trabajos desarrollados sobre andamios y/o escaleras deben ser ejecutados por personal conconocimiento en seguridad y experiencia en el trabajo a realizar; para el caso de trabajos sobreescaleras se prohíbe que dos o mas operarios la usen simultáneamente.3. Verificación de uso de EPP's:- Personal asignado a la tarea: Arnés de seguridad y línea de vida y/o cinturón de seguridad, casco deseguridad, zapatos de seguridad, guantes de protección y otros.- Personal de Apoyo y/o Supervisión: Arnés de seguridad y línea de vida y/o cinturón de seguridad, cascode seguridad, zapatos de seguridad, guantes de protección y otros.4. Verificación de buen estado de elementos propios del andamio y/o escalera, así como de losaccesorios y elementos adicionales para soporte y/o amarre.5. Verificación de buen estado de lugar de apoyo de los andamios y/o escaleras.

El supervisor y/o responsble de seguridad definirá el uso de EPP's adicionales y/o dieléctricos según la

6. Colocar el andamio y/o escalera sobre suelo firme, el cual no seda con el peso del ejecutor de la tarea.7. Armado de Andamios:- Colocar y ajustar los elementos del andamio de manera adecuada y segura.- Realizar el amarre de tablones de soporte y/o colocado firme de pisos metálicos.- Esta prohibido el armado de niveles superiores sin antes haber culminado el armado del nivel inicial y haber verificado la estabilidad de la misma.- Los Adamios deberán ser asegurados cuando corresponda en los cáncamos o pernos de sujeción.8. Colocación de Escaleras:- Colocar la escalera de manera que las zapatas permitan que la misma no se deslice; para el caso de escaleras de madera amarrar y/o impedir el deslizamiento mediante medios de anclaje, dependiendo de la tarea a ejecutar y longitud de la escalera esta podrá ser soportada por una persona.- Colocar los apoyos superiores de la escalera de manera que estos queden apoyados de manera segura.

Se deberá colora la escalera consiguiendo que la misam forma un ángulo de entre 15 a 20 grados.

- El transporte de los andamios y/o escaleras deberá realizarse de acuerdo a lo indicado en lascapacitaciones en seguridad.- El almacenamiento de andamios y/o escaleras se realizara en los lugares destinados segúncorresponda.- Se deberá cuidar que los largueros y elementos largos no queden bajo cargas o pesos que losdeformen durante el periodo que se encuentren almacenados.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04-Instructivo de Trabajos en Altura ISGIM-06-02.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04

9. Ejecución de Trabajos sobre andamios, el personal debe efectuar lo siguiente:- Anclar su línea de vida y/o cinturón de seguridad a la estructura y/o partes que puedan soportar la carga de la caída. - Distribuir de manera uniforme los pesos sobre el andamio, para evitar desequilibrio en la estructura.- Evitar realizar maniobras que provoquen el desequilibrio del andamio, y generen el riesgo de caída.ESTA PROHIBIDO: - Exceder la carga de diseño y el alcance de los Andamios; - Así como el desplazamiento de los Andamios mientras se encuentre personal sobre ellos. 10. Ejecución de Trabajos sobre escaleras, el personal debe efectuar lo siguiente:- Anclar su línea de vida y/o correa de seguridad a la estructura y/o partes que puedan soportar la carga de la caída. - Evitar realizar maniobras que provoquen el desequilibrio de la escalera, y generen el riesgo de caída.ESTA PROHIBIDO: - Exceder la carga de diseño y el alcance de las Escaleras; - Así como el desplazamiento de las Escaleras mientras se encuentre personal sobre ellos.

EJECUCIÓN DE TRABAJOS

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04-Instructivo de Trabajos en Altura ISGIM-06-02.

- Registro de Incidentes y Accidentes

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM - 03 - 09 : 02: 17 de marzo de 2008: Jefe CHM: Representante de la Dirección: Gerente General

ISGIM-03-09

Según corresponda se debe registrar los Incidentes y Accidentes, así como el Registro Electrónico deSACPS.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Incidentes y Accidentes.- Regístro Electrónico de SACPS

REGISTRO DE INCIDENCIAS

- Registro Electrónico de SACPS

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

- Elaborado por: - Revisado por:

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDESCRIPCIÓN

- Aprobado por:

DOCUMENTOS ASOCIADOS

INSTRUCTIVO DE USO DE SIERRA MECÁNICA O ELÉCTRICA

OBJETIVO: Establecer la instrucción a seguir para brindar las condiciones de seguridaden la utilización de sierra mecánica o eléctrica.

ALCANCE: Esta instrucción aplica a todo el personal que realice alguna actividad querequiera el uso de sierra mecánica o eléctrica.

INICIO

ACTIVIDADES PREVIAS AL USO DE SIERRA

MECÁNICA O ELÉCTRICA

OPERACIÓN CON SIERRAS

FIN

1. El personal a ejecutar trabajos debe haber recibido la inducción de seguridad.2. Verificación de buen estado y uso de EPP's:- El personal asignado debe usar: Lentes de protección o careta facial, protector auditivo,ropa de trabajo, casco de seguridad, zapatos con punta reforzada, guantes de proteccióny otros.3. La hoja, la cinta o disco de la sierra debe ser inspeccionado para asegurarse de subuen estado, principalmente ver si están convenientemente ajustadas.4. En el caso de que las piezas a trabajar sean fijas deberá cuidarse que estén bienaseguradas.5. Usar lubricantes para facilitar el corte.6. Alejar a personas que puedan verse afectadas por la ejecución del trabajo de lamáquina u operario.7. Si el equipo es con accionamiento eléctrico, verificar si posee conexión a tierra.

El supervisor y/o responsable de seguridad definirá el uso de EPP's adicionales y/odieléctricos, y también justificará el dejar de lado alguno de los EPP's mencionadosanteriormente.

8. Durante la operación de corte cuide que no se corte en seco ni mampostería ni piedra,ya que podría ocasionarle enfermedad en los pulmones.

NOTAS:

- El corte de piedra, ladrillos, cemento o concreto puede producir mucho polvo que puedecontener oxido de silicio y causarle silicosis (enfermedad ocupacional).Tomar las previsiones y usar el protector respiratorio adecuado contra polvos.

- Según corresponda se deberá informar de los peligros mediante el Registro deComunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP –06 - 04.

- Registro de Incidentes y Accidentes

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM - 03 -10: 02: 17 de marzo de 2008: Jefe CHM: Representante de la Dirección: Gerente General

ISGIM-03-10

Según corresponda se debe registrar los Incidentes y Accidentes, así como en el RegistroElectrónico de SACPS.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Incidentes y Accidentes.- Registro Electrónico de SACPS

REGISTRO DE INCIDENCIAS

- Registro Electrónico de SACPS

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

INSTRUCTIVO DE USO Y MANEJO DE ESMERILES

OBJETIVO: Establecer las condiciones de seguridad en la utilización de esmeriles.

ALCANCE: Esta instrucción aplica a todo el personal que realice alguna actividad que requiera eluso de esmeriles de accionamiento neumático y/o eléctricos (portátiles o fijos).

INICIO

ACTIVIDADES PREVIAS A LA

EJECUCIÓN DE LA TAREA

PRUEBA Y MONTAJE DE

MUELA ESMERIL

FIN

1. El personal a ejecutar trabajos debe haber recibido la inducción de seguridad.2. Verificación de buen estado y uso de EPP's:- El personal asignado debe usar: Lentes de protección, careta de esmerilado, protector auditivo,ropa de trabajo, protector respiratorio, casco de seguridad, zapatos de seguridad, guantes deprotección y otros.3. Verificar visualmente lo siguiente:- El buen estado de los elementos de protección mecánica, en caso de defecto por falla de lamuela esmeril cambiar dicha protección.- El estado de OFF del esmeril para prevenir un arranque intempestivo cuando se suministreenergía eléctrica o neumática.- El buen estado de la muela esmeril, en caso de defecto cambiarla.- La velocidad en vacío no debe exceder lo especificado por el fabricante.4. En esmeriles neumáticos verificar el buen estado de la manguera de suministro de aire,acoples en buen estado para evitar fugas y/o latigazos por causa de rotura de la misma durante latarea, verificar el conector o acople deba encajar debidamente.5. En esmeriles eléctricos verificar que estos posean doble aislamiento o usen cable de poder conpuesta a tierra; para evitar el choque eléctrico, su enchufe debe hacer buen contacto con eltomacorriente.6. Verificar que el ambiente tenga la suficiente iluminación y no exista gases o vapores quepuedan inflamarse con las chispas del esmerilado.7. Alejar a personas que puedan ser afectadas por las partículas o gases producidos por elesmerilado.El supervisor y/o responsable de seguridad definirá el uso de EPP's adicionales y/o dieléctricos, ytambién justificará el dejar de lado alguno de los EPP's mencionados anteriormente.

8. Antes de colocar la muela esmeril comprobar si no tiene grietas y esta en condiciones deinstalarse. Suspenda la rueda sobre una barra en el orificio central y déle unos pequeños golpescon un pedazo de madera. (Una buena rueda de esmeril resonará; un sonido sordo indicará unagrieta y por lo tanto la rueda no deberá utilizarse).

9. Al montar la muela o disco de esmeril, verificar que los medios de protección estén colocadosfirmemente y posicionado de manera que brinde la protección correspondiente al operador.10. El ajuste de los elementos de sujeción de la muela esmeril debe ser el adecuado, para evitarque la muela esmeril quede flexionada ajustada excesivamente tal que es posible que sefragmente por la presión de trabajo durante la operación de esmerilado. Igualmente se deberegular el tope y guarda de seguridad del esmeril.11. Colocar el disco o rueda recta en el esmeríl neumático.Se debe colocar a ambos lados de la rueda arandelas planas para proteger a la rueda yevitar dañarlo.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04.Formato de control de EPPs FSGIP-12-01.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04.

ESMERILADO

- Registro de Incidentes y Accidentes

12. El esmerilado se desarrollará tomando las precauciones para evitar daños al operario y/opersonas circundantes.13. El esmerilado con las partes laterales de los discos de esmeril esta prohibido, a menos que eldisco este diseñado para este fin.14. El esmerilado será en primera instancia de forma leve para luego proseguir y permitir que lapresión de trabajo sea en lo posible producto del propio peso del equipo de esmeril, en el caso delesmeril fijo se debe acercar la pieza cuidando de atrapamientos por el disco.15. En caso de incomodidad, sensación de hormigueo o dolor, dejar de usar la herramienta yconsultar al médico antes de volver a utilizar la herramienta.16. El guardado adecuado del esmeril estará a cargo de la persona que lo utiliza.

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM -12 - 08: 02: 17 de marzo de 2008: Jefe División Taller Central : Representante de la Dirección : Gerente General

ISGIM-12-08

Según corresponda se debe registrar los Incidentes y Accidentes, así como en el RegistroElectrónico de SACPS.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Incidentes y Accidentes - Registro Electrónico de SACPS.

REGISTRO DE INCIDENCIAS

- Registro Electrónico de SACPS

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

INSTRUCTIVO DE USO DE EQUIPOS Y MAQUINAS DE SOLDADURA

OBJETIVO: Establecer la instrucción a seguir para brindar las condiciones de seguridaden la utilización de equipos y máquinas de soldadura.

ALCANCE: Esta instrucción aplica a todo el personal que realice actividades deSoldadura.

INICIO

ACTIVIDADES PREVIAS A LA EJECUCIÓN DE LA

TAREA

FIN

EJECUCIÓN DE TRABAJOS CON SOLDADURA CON ELECTRODOS REVESTIDOS, PROCESO MIG –

MAG, Y TIG

1. El personal a ejecutar trabajos debe haber recibido la inducción de seguridad.2. Los trabajos desarrollados con máquinas de soldadura son ejecutados por personalcapacitado y autorizado por el jefe inmediato, quien garantiza y verifica la calificación delsoldador, en el caso del personal altamente calificado en soldadura deberánadicionalmente seguir los procedimientos establecidos en el SUB PROCESO DEMANTENIMIENTO DE EQUIPOS Y ACCESORIOS HIDRÁULICOS.3. Verificación de buen estado y uso de EPP's:- Personal asignado a la tarea: Máscara para soldadura y lentes para soldaduraoxiacetilénica, protector respiratorio, protector auditivo, implementos de cuero (guantes,pantalón, escarpines, mandil, capucha, mangas), calzado de seguridad. Se debe evitar eluso de agentes o ropa con aceite o grasas.4. Verificación en las maquinas y equipos de soldar:- En equipos de soldadura oxiacetilénica, balones y accesorios para soldadura MIG oMAG revisar: mangueras, manómetros, válvulas y antorchas en caso de fugas o defectos,se deben realizar los cambios u ajustes necesarios en el equipo.- En equipos de soldadura que trabajan con suministro eléctrico verificar:a) Que las conexiones eléctricas estén instaladas y mantenidas correctamente, con lafinalidad que no se sobrecargue los cables de soldar.b) Que la conexión a tierra este funcional y que el área de trabajo no esté húmeda.Durante el soldeo con equipo normal, automático o semiautomático, el alambre, carrete, elbastidor que contiene los rodillos de alimentación y todas las partes de metal que tocan elalambre de soldadura están vivos eléctricamente, para tal motivo.5. Delimitación del área de soldadura y ventilación necesaria para evacuar los gases yhumos.6. Retiro de todo material combustible a una distancia prudente.7. Limpieza de residuos de aceite o grasa que se encuentren sobre los elementos deajuste, manómetros, válvulas y otros que formen parte del sistema de suministro de losgases, ya que podría generarse un incendio u explosión.8. Verificar la existencia de un equipo extintor cerca, elcual pueda usarse contra el tipo de fuego que pudieraproducirse.

NOTA:- El supervisor y/o Responsable de Seguridad definirá el uso de EPP's adicionales y/odieléctricos según la actividad a desarrollar.- Para la delimitación de áreas en lo posible usar mamparas de protección que permitanuna ventilación de 50 cm como mínimo a partir del suelo.

9. El equipo de soldadura oxiacetilénica debe manejarse con cuidado y en ningún caso segolpeará con él, se debe realizar lo siguiente:a) Abrir lentamente y ligeramente la válvula del soplete correspondiente al oxígeno y luegoabrir la válvula del soplete correspondiente al acetileno alrededor de 3/4 de vuelta.b) Encender la mezcla con un encendedor o llama piloto.c) Aumentar la entrada del combustible hasta que la llama no despida humo y acabar deabrir el oxígeno según necesidades.d) En la operación de apagado debe cerrarse primero la válvula del acetileno y después ladel oxígeno.10. Estará totalmente prohibido por ser actos inseguros los siguientes:a) Colgar el soplete en las botellas, ni siquiera apagado.b) Depositar los sopletes conectados a las botellas independientemente de que este sehalle apagado o encendido.11. Se debe limpiar periódicamente las toberas del soplete pues la suciedad acumuladafacilita el retorno de la llama.12. Culminado el trabajo abrir las líneas para sacar la presión de los reguladores, enrollar bienlas mangueras y colocar el equipo en su lugar.

13. En la manipulación de los gases protectores se debe tener la misma precaución talcual lo requiere la soldadura oxiacetilénica y se debe tomar las acciones correctivasadecuadas.14. En gral. durante el proceso de soldeo se prohíbe realizar ajustes de los parámetros desoldadura mientras se tenga encendido el arco eléctrico.15. Además para el caso de las maquinas multipropósito automáticas y semiautomáticasse deberá actuar de acuerdo a las capacitaciones dadas por el fabricante y consultar losmanuales correspondientes.

- Jefe inmediato superior-Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04

EJECUCIÓN DE TRABAJOS CON

SOLDADURA OXIACETILÉNICA

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro Electrónico de SACPS

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM - 12 - 09: 02: 17 de marzo de 2008: Jefe División Taller Central: Representante de la Dirección: Gerente General

ISGIM-12-09

Según corresponda se deberá Registrar los Incidentes y Accidentes, así como en elRegistro Electrónico de SACPS.

REGISTRO DE INCIDENCIAS

- Registro de Incidentes y Accidentes

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Incidentes y Accidentes.- Registro Electrónico de SACPS.

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

INSTRUCTIVO DE USO Y MANEJO DE TALADROS ELÉCTRICOS PORTÁTILES

OBJETIVO: Establecer las condiciones de seguridad en la utilización de taladros eléctricos.

ALCANCE: Esta instrucción aplica a todo el personal que realice alguna actividad que requiera eluso de taladros eléctricos portátiles.

INICIO

ACTIVIDADES PREVIAS A LA

EJECUCIÓN DE LA TAREA

PRUEBA Y MONTAJE DEL

TALADRO

FIN

1. El personal a ejecutar trabajos debe haber recibido la inducción de seguridad.2. Debe verificación de buen estado y uso de EPP's:- El personal asignado debe usar: Lentes de protección, ropa de trabajo, casco de seguridad,zapatos de seguridad, guantes de protección.3. Verificar visualmente lo siguiente:- El estado mecánico del taladro.- Los cables deben estar en buen estado.- Las brocas de perforación deben estar en buen estado y corresponder al tipo de material aperforar (cemento, madera, fierro).El supervisor y/o responsable de seguridad definirá el uso de EPP's adicionales y/o dieléctricos, ytambién justificará el dejar de lado alguno de los EPP's mencionados anteriormente.

4. Al montar la broca verificar el ajuste correcto y que se encuentre bien apretada.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04.Formato de Administración de EPPs FSGIP-12-01.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04.

PERFORACIÓN

- Registro de Incidentes y Accidentes

5. Marcar (puntear) el material a perforar.6. Adoptar un posición equilibrada que permita sujetar con las dos manos el taladro.7. Se debe buscar el ángulo adecuado de funcionamiento antes de poner en marcha laherramienta.8. Asegurarse que el material a trabajar este firme y no se mueva en ninguna dirección.9. Arrancar el taladro y mantener la posición en forma recta para evitar la rotura de la broca.10. Realizar la perforación empujando de manera controlada el taladro de acuerdo al avance de laperforación.11. No soltar el taladro si este no se ha detenido totalmente.

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM -03 - 11: 02: 17 de marzo de 2008: Jefe CHM: Representante de la Dirección : Gerente General

ISGIM-03-10

Según corresponda se debe registrar los Incidentes y Accidentes, así como en el RegistroElectrónico de SACPS.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Incidentes y Accidentes - Registro Electrónico de SACPS.

REGISTRO DE INCIDENCIAS

- Registro Electrónico de SACPS

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLE DOCUMENTOS ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

INSTRUCTIVO DE ETIQUETADOS Y BLOQUEOS DE SEGURIDAD

OBJETIVO: Establecer un sistema que permita sujetar una máquina (o una parte móvil) yque impida que ésta pueda energizarse y/o moverse y lesionar a las personas que porrazones de manutención, reparación e instalación, tengan que introducir su cuerpo, o partede él, dentro o en la proximidad del equipo.ALCANCE: Al personal encargado de realizar trabajos en cualquier equipo que pueda seraccionado por energía eléctrica o medios mecánicos (neumática, hidráulica), donde podríanproducirse lesiones a través de arranque inesperado de una maquina o alivio de energíaalmacenada, independientemente de que dicha labor se realice con fines de

INICIO

ANTES DEL ETIQUETADO Y BLOQUEO DE SEGURIDAD

COLOCACIÓN DE CANDADOS Y ETIQUETADO

FIN

1. El personal a ejecutar el etiquetado y bloqueo de seguridad debe haber recibido lainducción de seguridad y la capacitación de uso de tarjetas y candados.2. Todos los bloqueos de seguridad en los sistemas eléctricos, mecánicos, hidráulicos,neumáticos, etc. serán realizados, por el electricista o mecánico de turno autorizado.3. Solo en caso de situaciones extraordinarias o de emergencia, cuando el dueño delcandado y tarjeta no pueda ser ubicado, se solicitará autorización al supervisor y/oresponsable de seguridad, quien junto con el operador o trabajador de Planta, dispondrán elretiro del candado y tarjeta.4.Antes de detener cualquier equipamiento y bloquear el mismo, se deberá conocer losiguiente:a) Los tipos y la cantidad de energía que fluyen al equipo.b) Los riesgos ó peligros de esa energía (análisis de riesgos asociados).c) Como esa energía puede ser controlada.d) Detener el equipo en cuestión siguiendo los procedimientos operativos respectivos.e) Instalar todos los dispositivos de bloqueos necesarios para cada tipo de energía quefluye al equipo.f) Nunca accione un dispositivo eléctrico si está bajo carga y nunca remueva los fusibles sinantes haber desenergizado5. La persona que va a ejecutar los bloqueos o desbloqueos deberá tomar lasprecauciones y usar los EPP's correspondientes al área de trabajo y riesgos inherentes a latarea.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04

-Instructivo de Trabajos en Altura ISGIM-06-02.

EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

REGISTRO DE INCIDENCIAS

- Registro de Incidentes y accidentes

6. Colocación de etiquetas ( depende del número de operadores de mantenimiento que van a trabajar sobre el equipo) en cada dispositivo de bloqueo. Coloque la ó las tarjetas de seguridad que cada operador retirará al igual que los candados cuando se haya terminado y nadie esté trabajando en el equipo ó dispositivo. Los elementos de bloqueo deberán utilizarse solo para lo que fueron diseñados y no para otro fin.

7. Inspeccione el sistema y asegúrese que todas las partes que puedan moverse estén detenidasa) Instale puestas a tierra b) Libere la presión almacenada en caños, tanques, cilindros, etc c) Libere la tensión de resortes ó bloquee el movimiento de las partes accionadas por el resorte.d) Bloquee ó amarre las partes que pueden caer por acción de la gravedad (prensas). e) Bloquee las partes hidráulicas ó neumáticas que puedan moverse por pérdida de presión. f) Drene las líneas y deje ventear a válvula abierta.g) Drene cañerías y cierre válvulas para prevenir el flujo de materiales peligrosos. h) Si una línea debe ser bloqueada y no existe válvula, use bridas ciegas. i) Disipe calor ó frío extremo ó a su defecto use la ropa de seguridad apropiada. f) Si la energía almacenada puede re-acumularse , monitoree esta y asegúrese que quede por debajo de niveles peligrosos. 8. Realizar lo siguiente: a) Asegúrese de que ningún personalestá en cualquier área peligrosa.b) Verifique que el interruptor principal desconectado no puede ser movido a la posición conectado.c) Use un dispositivo de medición para verificar ausenciade tensión (Solo personal electricista autorizado debe realizar esta operación).d) Presione todos los botones de arranque del dispositivo bloqueado para asegurarse usted mismo que el equipo está aislado.

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM - 03 - 07: 02: 17 de marzo de 2008: Jefe CHM: Representante de la Dirección : Gerente General

ISGIM-03-07

Según corresponda se debe llenar el Registro de incidentes y accidentes, así como elRegistro Electrónico de SACPs.

- Registro de Comunicaciones de Peligros y Posibles

- Registro Electrónico de SACPS

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Incidentes y Accidentes.- Registro Electrónico de SACPs.

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

ANEXO 1TARJETA DE BLOQUEO

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM- 03 - 07: 02: 17 de marzo de 2008: : Jefe CHM: Representante de la Dirección : Gerente General

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

- Aprobado por:

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por:

INSTRUCTIVO PARA INSPECCIONES A EQUIPOS CONTRA INCENDIOS

OBJETIVO: Realizar inspección de los equipos contra incendio con que cuenta la planta, con la finalidad de garantizarsu correcto desempeño en el caso de emergencia.

ALCANCE: Esta instrucción aplica a todos los equipos extintores, gabinetes contra incendio y gabinetes portamanguera.

INICIO

INSPECCIONES A EXTINTORES

FIN

1. Las inspecciones a los equipos de extinción deberán hacerse por lo menos en forma trimestral y es de responsabilidad de la brigada contraincendios, técnico de seguridad, personal de vigilancia de la empresa.2. Las verificaciones que se hacen a los equipos extintores son:1) Mal ubicado.2) Acceso obstruido.3) Zona y/o Extintor no numerados.4) Pictograma de clase de fuego (NTP 350.021): Carece / Ilegible.5) Pictograma de forma de uso: Carece / Ilegible.6) Etiqueta de recarga: Carece / Ilegible.7) Tipo de carga / # parte / concentración del agente ignifugo activo: NO IDENTIFICA.8) Colgador: Ausente / Inadecuado.9) Sin pasador y/o precinto de seguridad.10) Manómetro: Con presión inadecuada / dañada.11) Manija de acarreo / palanca de activación de cabeza / pistola: Dañada / Ausente.12) Manguera: Dañada / Ausente.13) Tobera, pitón o pistola: Dañada / Ausente.14) Abrazadera o sujetador de manguera: Inadecuado / Dañada / Ausente.15) Cilindro / Botella / cartucho impulsador en mal estado.16) Pintura deteriorada en: Cilindro / Botella / Cartucho impulsor.17) Otros (indicar).Todo lo verificado se deberá anotar en las tarjetas de inspección de extintores que se encuentran colocados con cada equipo extintor, de noencontrar la tarjeta o encontrarla ilegible se debe adquirir una nueva de la Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional y colocarla de inmediato ensu lugar.3. En caso que el equipo extintor este descargado por uso o por fuga del agente extintor, se deberá de inmediato gestionar la recarga del equipoextintor, esta gestión se debe realizar en coordinación con la Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional.4. En extintores de PQS, la carga se verifica mediante la indicación de la aguja del manómetro. Dentro de la zona verde esta en condicionesaceptable. En la zona roja derecha, nos indica que el extintor tiene sobre presión y puede considerarse operativo. La zona crítica es la rojaizquierda donde nos indica que la presión es baja y por lo tanto no está del todo operativo, en caso de duda se deberá consultar con la Oficinade Seguridad y Salud Ocupacional.5. En extintores de Alta presión ( Extintores de CO2), se controla mediante el peso, si hay dudas consultar la especificación técnica del equipo,en caso no se cuente con dicha especificación se debe consultar con la Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional.

6. Al inspeccionar los gabinetes contra incendio se debe verificar lo siguiente:- Estado del gabinete, facilidad para abrirlo, libre acceso y letrero de identificación.- Manguera en buen estado con pitón enroscado.- Válvula de control en buen estado.

7. Al inspeccionar los gabinetes porta manguera se debe verificar lo siguiente:- Estado del gabinete, facilidad para abrirlo, libre acceso y letrero de identificación.- Manguera en buen estado.

NOTA:- Toda información de anomalías en los equipos contra incendio debe ser comunicada de inmediato en forma verbal yposteriormente por escrito a la Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional, quien realizara las gestionescorrespondientes.- En la empresa se cuenta con otros equipos contra incendio los cuales son inspeccionados por personalespecializado que debe será contratado en coordinación con la Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Personal de Brigada contra incendios.- Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional.- Vigilancia

- Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA

INSPECCIONES A GABINETES CONTRA

INCENDIO Y GABINETES PORTA MANGUERA

DEFINICIONES:Extintor.- Es todo aparato destinado a apagar fuegos por medio de un agente extinguidor contenido en el mismo.Manómetro o indicador de presión.- Es el accesorio que mide la presión interior en los extintores presurizados.Percutor. - Es el dispositivo que perfora el sello del cartucho impulsor, liberando su contenido.Agente extinguidor.- Es la sustancia ignífuga, incombustible e incomburente, destinada a apagar el fuego.Precinto ó seguro. - Es el dispositivo que impide el funcionamiento accidental del extintor.Gabinete contra incendios. - Dispositivo donde se encuentran las mangueras contra incendio conectadas a la red del sistema deabastecimiento de agua contra incendio.Gabinete portamanguera.- Dispositivo donde se encuentran las mangueras contra incendio para ser empleadas empalmadas con otras.Válvula de manguera.- Accesorio utilizado para controlar el flujo de agua del sistema contra incendio hacia las mangueras.Pitón.- Dispositivo enroscado en el extremo de la manguera utilizado para seleccionar el tipo de chorro a aplicar.

- Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA

‐ Personal de Brigada contra incendios.‐ Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional.‐ Vigilancia

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIP - 12 - 02: 02: 17 de marzo de 2008: Jefe Division SGI-RSE: Representante de la Dirección: Gerente General

ISGIP-12-02

REGISTRO DE RESULTADOS

‐ Personal de Brigada contra incendios.‐ Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional.‐ Vigilancia

‐ Registro de Incidentes y Accidentes ‐ Registro de SACPs.

Las desviaciones detectadas deben ser registradas en el Registro de Incidentes y Accidentes y en el Registro de SACPs.

- Registro de Incidentes y accidentes

- Registro Electrónico de

SACPS

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

INSTRUCTIVO PARA LA MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS

OBJETIVO: realizar la manipulación manual de cargas en las que es preciso (levantar y transportar pesos y realizardeterminados esfuerzos de empuje, tracción etc.) con las debidas consideraciones de seguridad.

ALCANCE: Esta instrucción debe ser aplicada por todo el personal que efectúa actividades que impliquen tener quemanipular manualmente cargas mayores a 3 kg., independientemente de que estos sean o no actividades demantenimiento.

INICI

ACTIVIDADES PREVIAS DE

PLANIFICACIÓN DEL LEVANTAMIENTO

FIN

1. El personal que manipule pesos debe haber recibido la inducción de seguridad.2. Las actividades de levantamiento deben ser realizadas en lo posible utilizando las ayudas mecánicas precisas, sinembargo se puede realizar levantamientos de cargas que no impliquen el sobrepasar la capacidad de carga individual.3. Planificación del levantamiento:a) Seguir las indicaciones que aparezcan en el embalaje acerca de los posibles riesgos de la carga, como pueden ser uncentro de gravedad inestable, materiales corrosivos, etc.b) Si no aparecen indicaciones en el embalaje, observar bien la carga, prestando especial atención a su forma y tamaño,posible peso, zonas de agarre, posibles puntos peligrosos, etc. Probar primero a alzar un lado, ya que no siempre el tamañode la carga ofrece una idea exacta de su peso real.c) Solicitar ayuda a otras personas si el peso de la carga es excesivo o se deben adoptar posturas incómodas durante ellevantamiento y no se puede resolver por medio de la utilización de ayudas mecánicas.d) Tener prevista la ruta de transporte y el punto de destino final del levantamiento, retirando los materiales que entorpezcanel paso y el destino.4. El uso de equipos de protección esta supeditado al ambiente de trabajo y a la tarea particular a desarrollar. En el caso deque se tenga que realizar trabajos repetitivos con cargas será necesario usar: FAJA DE SOPORTE LUMBAR y zapato conpunta reforzada.NOTA:

Es responsabilidad del personal el uso los EPP's adicionales y/o dieléctricos según la actividad a desarrollar.

5. Se debe separar los pies para proporcionar una postura estable y equilibrada para el levantamiento, colocando un pie más adelantado que el otro en la dirección del movimiento.

6. Adoptar la postura de levantamiento:a) Doblar las piernas manteniendo en todo momento la espalda derecha, y mantener el mentón metido. No flexionar demasiado las rodillas.b) No girar el tronco ni adoptar posturas forzadas.7. Agarre firme:a) Sujetar firmemente la carga empleando ambas manos y pegarla al cuerpo. El mejor tipo de agarre sería un agarre en gancho, pero también puede depender de las preferencias individuales, lo importante es que sea seguro.b) Cuando sea necesario cambiar de agarre, hacerlo suavemente o apoyando la carga, ya que incrementa los riesgos.

8. Realizar el levantamiento suavemente, por extensión de las piernas, manteniendo la espalda derecha (ver detalle arriba). No dar tirones a la carga ni moverla de forma rápida o brusca.9. Procurar nunca efectuar giros, es preferible mover los pies para colocarse en la posición adecuada.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Personal de apoyo de

Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04

LEVANTAMIENTO DE CARGAS

DEPOSITO DE LA CARGA

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04

- Registro de Incidente y Accidentes

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM - 03 - 08: 02: 17 de marzo de 2008: Jefe CHM: Representante de la Dirección: Gerente General

ISGIM-03-08

10. La carga debe estar pegada al cuerpo durante todo el levantamiento.11. Depositar la carga:a) Si el levantamiento es desde el suelo hasta una altura importante, por ejemplo la altura de los hombros o más, apoyar lacarga a medio camino para poder cambiar el agarre.b) Depositar la carga y después ajustarla si es necesario.c) Realizar levantamientos espaciados.

NOTAS:- Evitar los trabajos que se realizan de forma continuada en una misma postura. Se recomienda la alternancia de tareas y larealización de pausas, que se establecerán en función de cada persona y del esfuerzo que exija el puesto de trabajo.- Según corresponda se deberá informar de los peligros mediante el Registro de Comunicación de Peligros y PosiblesDaños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Personal de apoyo de

Seguridad y Salud Ocupacional.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Personal de apoyo de

Seguridad y Salud Ocupacional.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Personal de apoyo de

Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Incidentes y Accidentes.- Registro Electrónico de SACPS.

Según corresponda se deberá Registrar los Incidentes o Accidentes, así como en el Registro Electrónico de SACPs.REGISTRO DE INCIDENCIAS

- Registro Electrónico de SACPS

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

INSTRUCTIVO PARA ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS EN CASO ACCIDENTES

OBJETIVO: Dar la atención de primeros auxilios al personal que la labora en la planta(trabajador de EGEMSA ó contratista) que haya sufrido un accidente, bajo un esquema deseguridad establecido.

ALCANCE: Esta instrucción aplica a todo el personal que este en presencia de un accidente oposible accidente (Ocurrencia de un incidente), independientemente de que esta realizando o noactividades de mantenimiento.

INICIO

FIN

1. Solo el personal con conocimientos de primeros auxilios y conocimientos de las instalacioneses el indicado para el apoyo en caso de accidentes o incidentes.2. Consiguientemente determinar si el accidente es producto de contacto con energía eléctrica,de ser así lo primero es eliminar el contacto con la corriente, para lo cual deberá cortarse lacorriente si es posible . Si no es posible, se intentará desprender al accidentado, para lo cualhabrá que actuar con las debidas precauciones y aislarse debidamente (calzado y guantesaislantes, uso de pértiga aislante para intentar separarlo, subirse a una tabla o banquetaaislante...)¡¡¡TENER PRESENTE QUE EL ELECTROCUTADO ES UN CONDUCTOR ELÉCTRICO,

MIENTRAS A TRAVÉS DE ÉL PASE LA CORRIENTE¡¡¡¡¡3. Verificar de una distancia segura si el afectado esta consciente o inconsciente y de inmediatocomunicarse con el médico de turno e informar el hecho.4. En caso de que no se trate de una electrocución, verificar que la zona no presente otra clasede riesgos que puede involucrarlo como un accidentado más.

4. Si es un accidente de trabajo, deberá ser atendido en el centro de médico y de acuerdo al médico se determinara la evacuación del afectado a otro centro de médico afiliado al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de la Compañía de Seguros. Para este caso se requerirá llenar el formulario de la compañía de seguros. (SOLICITUD DE ATENCIÓN MEDICA POR ACCIDENTE DE TRABAJO), cuya copia se adjunta y el trabajador deberá portar su documento de identidad y fotocheck de la Empresa. Al ingresar a la clínica se entregará el formulario en la recepción del centro médico.5. Si no es un accidente industrial (accidentes por actividades recreativas u otras) de trabajo, deberá ser atendido en el centro de salud más cercano ó será derivado a una dependencia de ESSALUD ó a uno de los centros de salud afiliados a una Entidad Prestadora de Salud (EPS) según sea el caso del trabajador involucrado. En el caso de trabajadores afiliados a ESSALUD, deberán portar sus 05 últimas boletas de pago, documento de identidad y su credencial del seguro vigente.6. De ser necesaria la evacuación del lesionado se dispondrá de los medios de transporte adecuados para la evacuación rápida y segura del mismo.7. Considerando la gravedad del accidente, informar por la vía más rápida al Jefe de Seguridad y Salud Ocupacional, quien dispondrá que el accidente sea comunicado dentro de los plazos establecidos a las autoridades y entidades que correspondan.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Médicos Km. 107 y 122- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

EJECUCIÓN DE LOS

PRIMEROS AUXILIOS

¿EL AFECTADO

ESTA CONSCIENTE

?SI NO

INVESTIGAR LA CAUSA DEL ACCIDENTE

¿EXISTEN RIESGOS

PARA AYUDAR?

NOSI

EJECUCIÓN DE TRABAJO MEDICO

¿FUE ACCIDENTE

DE TRABAJO? NOSI

5. Sí existen riesgos en la zona para actuar en el apoyo al accidentado se debe controlar elpeligro antes de proseguir.6. Para proporcionar los Primeros Auxilios debe:a) Compórtese tranquilo y sereno; actuando con calma ordenaremos mucho mejor nuestrasideas y actuaremos mejor.b) Siempre deberá darle prioridad a las lesiones que pongan en peligro la vida: hemorragias,ausencia de pulso y/o respiración, envenenamiento y conmoción o shock.c) Examina al lesionado; revisa si tiene pulso, si respira y cómo lo hace, si el conductorespiratorio (nariz o boca) no está obstruido por secreciones, la lengua u objetos extraños;observa si sangra, si tienen movimientos convulsivos, entre otros. Si está consciente interrógalosobre las molestias que pueda tener.d) Coloque al paciente en posición cómoda; manténgalo abrigado, no le de café, ni alcohol, ni lepermita que fume.e) No levante a la persona a menos que sea estrictamente necesario o si se sospecha dealguna fractura.f) No le ponga alcohol en ninguna parte del cuerpo;g) No darle líquidos.h) Prevenga el shock, controle la hemorragia si la hay, mantenga la respiración del herido, eviteel pánico, inspire confianza.i) No haga más de lo que sea necesario, hasta que llegue la ayuda profesional.j) Aleje a los curiosos; además de viciar al ambiente con sus comentarios pueden inquietar másal lesionado.7. En las siguientes situaciones se debe esperar la asistencia médica:a) Cuando la hemorragia es copiosa (ésta es una situación de emergencia).b) Cuando la hemorragia es lenta pero dura más de 4 a 10 minutos.c) En el caso de cuerpo extraño en la herida que no se desprende fácilmente con el lavado.d) Si la herida es puntiforme y profunda.e) Si la herida es ancha y larga y necesita ser suturada.f) Si se han cortado tendones o nervios (particularmente heridas de la mano).g) En caso de fracturas.h) Si la herida es en la cara o partes fácilmente visibles donde se vería fea una cicatriz.i) Si la herida es tal, que no puede limpiarse completamente.j) Si la herida ha sido contaminada con polvo, tierra, etc.k) Si la herida es de mordedura (animal o humana).l) Al primer signo de infección (dolor, enrojecimiento, hinchazón - sensación de pulsación).m) Cualquier lesión en los ojos.Ya que se puede causar mayor daño al afectado.

ACCIONES A TOMAR

ACCIONES A TOMAR

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Médicos Km. 107 y 122- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Médicos km. 107 y 122- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIP - 12 - 03: 02: 17 de marzo de 2008: Jefe Division SGI-RSE: Representante de la Dirección : Gerente General

ISGIP-12-03

Según corresponda se deberá registrar los Incidentes y Accidentes, así como en el RegistroElectrónico de SACPS.NOTA:- Para el caso especifico de asfixia se deberá realizar lo descrito en el siguiente ANEXO:INSTRUCCIONES EN CASO DE ASFIXIA POR ATRAGANTAMIENTO (MANIOBRA HEIMLICH)

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Médicos Km. 107 y 122- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Incidentes y Accidentes.- Registro Electrónico de SACPS.

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

ANEXO: INSTRUCCIONES EN CASO DE ASFIXIA POR ATRAGANTAMIENTO

(MANIOBRA HEIMLICH)

DEFINICIÓN DE LA MANIOBRA HEIMLICHEs una técnica de emergencia para prevenir la asfixia cuando se bloquean las vías respiratorias de una persona con un pedazo de alimento o cualquier otro objeto. Se puede utilizar de manera seguratanto en niños como en adultos, pero la mayoría de los expertos no la recomiendan en bebés menores de un año. Esta maniobra se puede llevar a cabo en uno mismo.

ANTES DE ACTUAR:Antes de realizar la maniobra, verifique que la persona no puede hablar, toser ni respirar. Tome en cuenta la edad y la corpulencia del sujeto, pues si fuese menor de 1 año no procede esta maniobra (veamás adelante) y de acuerdo al talle será la fuerza que ejerza.

PASO 1: Paciente consciente1. Estando de pie póngase detrás del sujeto colocando su muslo entre sus piernas.2. Haga puño con una mano y coloque el pulgar contra la pared anterior del abdomen, aproximadamente 3 cm encima del ombligo.3. Cubra el puño con la otra mano, manteniendo los codos separados, presione con las manos hacia adentro y hacia arriba con la fuerza suficiente para levantar la víctima del suelo.4. Repita esta maniobra hasta en 6 oportunidades si no lo logra desatorar. Si la persona persiste atorada y cae inconsciente proceda con el PASO 2. (Otra persona debe buscar un auxilio médico: emergencia).

PASO 2: Paciente inconsciente1. Eche a la persona sobre su espalda.2. Abra su boca e intente con sus dedos retirar el objeto si lo percibe.3. Arrodíllese, apoyándose sobre los muslos del paciente.4. Coloque una mano sobre el abdomen (3 cm encima del ombligo), ponga la otra mano encima de la primera y presione hacia abajo y adelante con fuerza. Puede repetir cuatro veces esta maniobra.5. Si persiste el atoro, abra la boca del paciente e intente retirar el objeto con los dedos.6. Si vomitase, coloque de costado al sujeto para evitar que se ahogue con el vómito.

Si fuese un niño pequeño el que se atora (menor de 5 años)1. Siéntese y coloque al niño boca abajo sobre sus muslos.2. Golpee con la mano extendida en la espalda, entre los hombros. Repita esta maniobra varias veces, hasta que se desatore, tosa o llore.

Si fuese muy pequeño (menor de 1 año)1. Coja al niño de los tobillos con una sola mano, colocándolo de cabeza.2. Golpee con la mano extendida en la espalda, entre los hombros. Repita esta maniobra varias veces, hasta que se desatore, tosa o llore.

Si está solo y se atora1. Intente hacerse usted mismo la maniobra. Con su puño presiónese el Abdomen (3 cm encima del ombligo) hacia adentro y arriba o, 2. Presione su abdomen contra una silla o la mesa.

MENORES DE 1 AÑO SI ESTA SOLO

MENORES DE 5 AÑOS

ADULTOS

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIP - 12 - 03: 02

: 14 de Noviembre de 2013: Jefe Division SGI-RSE: Representante de la Dirección : Gerente General

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOS

- Elaborado por: - Revisado por: - Aprobado por:

DESCRIPCIÓN

INSTRUCTIVO PARA REALIZAR TRABAJOS EN CALIENTE

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM- 06 - 01: 02: 14 de Noviembre de 2013: Gerente de Operaciones: Representante de la Dirección: Gerente General

INICI

ORDEN DE TRABAJO CON AUTORIZACIÓN DE

TRABAJOS EN CALIENTE

REALIZACIÓN DEL TRABAJO

FIN

- Registro de Incidentes y Accidentes

OBJETIVO: Establecer la instrucción para autorizar los trabajos en caliente dentro de las instalaciones deEGEMSA.

ALCANCE: Esta instrucción es aplicable a todos los trabajos en caliente que se realicen dentro de lasinstalaciones de EGEMSA

1. El Jefe de Mantenimiento o Jefe de Área del Personal que ejecutará los trabajos deberá llenar elRegistro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP-06-04- La autorización es por medio de la Orden de Trabajo, si el trabajo cumple la definición de trabajo

en caliente.Generalmente es otorgada a los siguientes trabajos:- Todo trabajo con tensión o línea viva o energizada.- Trabajos con uso de soldadura, motores, herramientas eléctricas.- Trabajos a realizarse en depósitos y recipientes llevados a áreas no peligrosas y que hayancontenido productos inflamables/combustibles, con presencia de energía eléctrica.- Otros trabajos que a juicio el Supervisor de Mantenimiento, Especialista de Seguridad o Comité y/oSub Comité de Seguridad y Salud Ocupacional, consideren que la energía eléctrica esta presentecon riesgo de causar potencial daño.2. El responsable del Trabajo en caliente deberá prever que la Orden de Trabajo, contenga lasmedidas de seguridad, y quien supervisará el trabajo en caliente, después firmara la Autorización lacual además deberá ir acompañada de las firmas del jefe de mantenimiento y jefe de áreainvolucrada, de esta manera se confirmará que el trabajo cumple con las condiciones de Seguridadpara el inicio de Actividades.,3. Se debe estar garantizada la disponibilidad suficiente de EPPs en el sitio de trabajo.4. Las autorizaciones testifican que las condiciones en el momento de la inspección son compatiblescon el trabajo a realizar. Como tal, es obligatorio que el trabajo sea iniciado de acuerdo a loprogramado; en caso contrario, debe ser modificada. Si las condiciones se alterasen o si el trabajo esinterrumpido durante una hora o más (p.e. refrigerio), se requiere retomar la autorización y verificarque las condiciones de seguridad no haya variado, es decir se debe repetir todas las inspecciones yverificaciones correspondientes.5. Se tienen las consideraciones adicionales siguientes:- Equipos de protección personal: Casco dieléctrico, lentes antiipactos, guantes , mangas,herramientas con aislantes o insuladas, no tener metales en la ropa, probadores de tensión y otros,manta para piso aislante , dependiendo del trabajo a realizar, se usaran los EPPs, y verificar queestén en buenas condiciones de uso.- Los trabajos en caliente que se lleven a cabo dentro del taller de mantenimiento deberá tener el

mismo tratamiento, los trabajos en caliente a realizarse en depósitos y recipientes que contengan ohayan contenido productos inflamables o combustibles. El coordinador y/o supervisor demantenimiento son responsables de verificar las condiciones previas de seguridad dentro de estetaller.- Los formatos de la Orden de Trabajo debe Indicar cuando se hace un trabajo en caliente dondeindique claramente "AUTORIZACIÓN TRABAJO EN CALIENTE llenados y firmados quedarán, luegode concluido el trabajo.6. Se debe verificar que cerca del lugar de trabajo debe existir un equipo extintor adecuado al tipo defuego que pudiera producirse ( Extintor CO2 Clase B-C).7. El encargado del trabajo deberá explicar de forma clara lo que se va a realizar a todo el personalinmerso en el mismo y cerciorarse que todos conocen los riesgos eléctrico y comprenden losrequisitos necesarios para llevar a cabo el trabajo, si existieran dudas al respecto, se consultará alárea de seguridad, para absolverlas.

DEFINICIÓN:Trabajo en caliente: Todo trabajo con tensión o línea viva o energizada, en el cual exista la condicióny alta probabilidad de ocurrencia de un accidente por electrocución.

8. El personal que ejecuta el trabajo es responsable de lo siguiente:- Debe encontrarse anímica y psicológicamente en buenas condiciones.- Comprobar que la Autorización fue aprobada, y mantenerla en la zona de trabajo mientras dure éste,y está prohibido alterar la Orden de Trabajo.- Realizar todo el trabajo en una forma segura, conociendo y respetando las condiciones definidas enla Autorización de trabajo.- Estar siempre atento a las condiciones en el área de trabajo, con el fin de poder interrumpirlo si seprodujeran cambios que impliquen situaciones de inseguridad. Si esto ocurriese, el personal querealiza el trabajo, deberá informar inmediatamente a la persona que emitió la Autorización.- Tras interrupciones menores, pausas ó retrasos en el trabajo se debe comprobar si no se hanproducido, entretanto, cambios en las condiciones.- Después de realizar el trabajo, el área debe quedar limpia y segura.9. En caso no se cumpla con las condiciones de seguridad para el trabajo, no se emitirá laautorización hasta que el lugar de trabajo cumpla con las condiciones de seguridad indicadas en laautorización.10. Durante el trabajo cuando es altamente crítico, se podrá solicitar el apoyo de un técnicoespecialista, el cual debe permanecer en el lugar mientras dure el trabajo y estar listo para actuar asocorrer y solicitar el apoyo necesario en caso de la ocurrencia de un incidente o accidente.11. Los firmantes de la autorización son responsables de verificar que se mantengan las condicionesde seguridad estipuladas en el formato mientras dure el trabajo en caliente, también podrán detener eltrabajo si surgieran alteraciones que dieran como resultado condiciones inseguras. Antes de reanudarel trabajo, todas las inspecciones y pruebas deben ser verificadas nuevamente.

12. Las desviaciones y debilidades deben registrarse en el Registro de Incidentes y Accidentes y elRegistro Electrónico de SACPs.REGISTRO DE

INCIDENCIAS

- Jefe de Mantenimiento.- Jefe de Área.- Encargado de Seguridad y Salud Ocupacional.

‐ Orden de Trabajo:‐ Autorización Trabajo en Caliente

- Jefe de Mantenimiento.- Jefe de Área.- Encargado de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Orden de Trabajo:- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP-06-04- Autorización de Trabajo en Caliente

- Registro de Incidentes y Accidentes.- Registro Electrónico de SACPs.

ISGIM-06-01

- Autorización para el Trabajo en Caliente

- Orden de Trabajo

- Registro Electrónico de SACPs

- Registro de Comunicación de Peligros

y Posibles Daños para Compras y Contrataciones

FSGIP-06-04

- Jefe de Mantenimiento.- Jefe de Área.- Encargado de Seguridad y Salud Ocupacional.

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

PLAZO DE AUTORIZACIÓNFecha:Hora:

AUTORIZACIÓN A:

Lugar de Trabajo:

N° de Orden de Trabajo u Otro:

TRABAJO A EJECUTAR: (DESCRIPCIÓN)

PERSONAL PARTICIPANTE:

LISTA DE INSPECCION Y VERIFICACION DE SEGURIDAD:SI N.A.

AUTORIZANTES:

CANCELACIÓN DEL PERMISO (POR FALTA DE CONDICIONES DE SEGURIDAD U OTROS):

OBSERVACIONES:

Nombres:

2. Se ha instalado letreros de advertencia y/o acordonamientos de seguridad del área.

- Revisado por: - Elaborado por: - Aprobado por:

1. Se ha planificado el trabajo en coordinación del responsable del Area y Jefe de Mantenimiento.

Empresa:

Cargo:Apellidos:

Responsable del Trabajo:

14. Es necesaria alguna protección adicional:

7. Se cuenta con equipos para combatir incendios cerca.8. La posibilidad de caída de chispas desde altura está controlada.9. Se han tomado las medidas para un ventilación adecuada.10. El equipo ha sido purgado, drenado, lavado y neutralizado

3. Se cuenta con los EPP necesarios.4. Las herramientas eléctricas y extensiones con enchufes completos y en buen estado.5. Se cuenta con correas de seguridad y líneas de vida adecuadas.6. Máquina de soldar eléctrica y sus líneas de tierra en lugar seguro y adecuado.

TerminoInicio

11. El área inmediata y equipo están libres de productos inflamables/ combustibles (gases, vapores, grasa, etc.)12. Se realizó pruebas con el explosímetro y se encontró apta para el trabajo en caliente13. Los drenajes, venteos, canales y alcantarilla están tapados ó protegidos.

Los que suscribimos certificamos que hemos examinado personalmente las condiciones de seguridad estipuladas arriba, hemos dado Instrucciones a nuestro personal y autorizamos se realice el trabajo en caliente.

Jefe de área involucrada Responsable de Seguridad y Salud Ocupacional

Firma:Fecha:

Jefe de Mantenimiento

ANEXO 1AUTORIZACIÓN PARA TRABAJO EN

CALIENTE

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM-06 - 01: 02: 14 de Noviembre de 2013: Gerente de Operaciones: Representante de la Dirección: Gerente General

Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de EGEMSA AÑO 2014

- Aprobado por:

GRAFICO DEL INSTRUCTIVO RESPONSABLEDOCUMENTOS

ASOCIADOSDESCRIPCIÓN

- Elaborado por: - Revisado por:

INSTRUCTIVO PARA REALIZAR TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS

OBJETIVO: Garantizar la seguridad de las personas que trabajen en espacios confinados y suentorno.

ALCANCE: Todo trabajador de EGEMSA ó Empresa contratista que realice trabajos dentro deespacios confinados en las instalaciones de EGEMSA (ya sean éstas actividades demantenimiento u otro tipo de actividad).

INICIO

ACTIVIDADES PREVIAS

FIN

1. El Supervisor del personal que ejecutará los trabajos deberá llenar Registro de Comunicaciónde Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06-04.2. El personal a ejecutar trabajos en espacios confinados, debe recibir la inducción deseguridad, tener conocimientos de primeros auxilios y portar el permiso de trabajo, la cual esdada por el responsable del Área donde se ejecutara el trabajo.3. El trabajo debe ser realizado como mínimo por dos personas: la primera que ejecuta la tareay la segunda que supervise permanentemente desde el exterior hasta el termino de la tarea yretiro del personal del espacio confinado.4. El encargado del área permitirá el ingreso de la persona o personas al espacio confinadoverificando el permiso de trabajo correspondiente, después el encargado medirá lasconcentraciones de gases y oxigeno haciendo uso de equipos para garantizar que la atmósferadentro del espacio confinado es segura.- Se considera como atmósfera segura aquella que:a) Contenga entre 19,5 % y 23.5% de oxígeno.b) No contenga contaminantes tóxicos, o éstos se encuentren en concentraciones por debajode los límites máximos permisibles de exposición.c) No contenga gases o vapores inflamables, o polvos combustibles (para trabajos en caliente).- Cualquier conexión eléctrica en el interior del espacio confinado deberá aislarseadecuadamente.- No se deberá entrar en tanques ó espacios cerrados conteniendo agitadores, ventiladores uotros equipos que constituyan un peligro mecánico ó eléctrico hasta que se garantice quecualquiera de ellos es imposible de mover. Se aplicará el INSTRUCTIVO DE ETIQUETADOS YBLOQUEOS DE SEGURIDAD en las válvulas, llaves, interruptores, etc.5. Verificación de uso de EPP's:El Personal asignado a la tarea: Arnés de seguridad y línea de vida y/o correa de seguridad,casco de seguridad, zapatos con punta reforzada, guantes de protección y Equipo deprotección respiratoria, dependiendo del caso.- Personal de Apoyo y/o Supervisión: Casco de seguridad, zapatos con punta reforzada,guantes de protección y protección respiratoria y armés de seguridad y línea de vida (comoprevención y rescate), soga adicional.Así mismo preferentemente deberá contar con un radio portátil (comunicación interna).- Para trabajos en espacios ausentes de oxígeno se debe prever el uso de equipo auxiliar deoxígeno para el operario que deba hacer una labor en dicho lugar.El supervisor de la tarea definirá el uso de EPP's adicionales y/o dieléctricos según la actividad

a desarrollar.

- Supervisión del personal de ejecución de la tarea.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Orden de Trabajo.- Permiso de Trabajo- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles Daños para Compras y Contrataciones FSGIP – 06 - 04-Instructivo de etiquetados y bloqueos de seguridad ISGIM - 03 -07-Instructivo para atención de primeros auxilios en caso de accidentes ISGIP-12-03.

7. Durante los trabajos en espacios confinados debe permanecer instalada / operativa la vía deacceso al interior (escalera, por ejemplo) mientras haya al menos una persona dentro delespacio confinado.8. Durante el manipuleo de materiales inflamables ó tóxicos tales como revestimientos, pinturas,solventes, cementos, etc. En estos casos se deberá contemplar lo siguiente:a) Las cantidades de materiales inflamables, tóxicos producidos ó a utilizar en los espaciosconfinados, deberán ser limitados a la menor cantidad posible con utilización eficiente.b) Los recipientes deberán reducir la evaporación o derrame.c) Es obligatorio el uso de protección respiratoria adecuada.d) Deberá realizarse la prueba o evaluación de las atmósferas para garantizar la certeza de queno existe ningún riesgo. En ningún caso la concentración de gases o vapores inflamables deberáexceder el 2% del límite inferior de explosividad (LEL). Las mediciones deberán repetirse enintervalos para asegurar que no hay aumento de concentraciones peligrosas. Por ningún motivoingresarán trabajadores a un recinto con riesgo de explosión ( que el oxigeno supere el 21%. deconcentración).e) Deberán eliminarse todas las fuentes de ignición cuando se utilicen líquidos inflamables.9. Durante el trabajo el supervisor y/o responsable de seguridad tiene las funciones siguientes:a) Debe brindar ayuda según el instructivo de primeros auxilios en caso de que suceda unaemergencia. Si no puede hacerlo sólo en forma segura, obtenga ayuda.b) Por ningún motivo se retire de la zona mientras no termine el trabajo dentro del espacioconfinado, la única excepción para esto es la necesidad de solicitar ayuda.c) Este alerta, trate de anticiparse y prevenir cualquier condición insegura.d) Debe evacuar el espacio confinado si observa cualquier condición que usted juzgue peligrosa.e) Si tiene alguna duda consúltela con el responsable del Área de Seguridad.10. El Supervisor de la tarea no deberá ingresar por ningún motivo, ni rescate, al espacioconfirmado sino ha comunicado al hecho a otra persona y está se halla supervisado su ingreso ycuente con una soga adicional.11. Una vez completado el trabajo, el personal debe limpiar y retornar todos los equiposempleados a su lugar de almacenamiento y la cierre de la Orden de Trabajo correspondiente.

- Personal de ejecución de la tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridad y Salud Ocupacional.- Personal de apoyo de Seguridad y Salud Ocupacional.

- Registro de Comunicación de Peligros y Posibles

Daños para Compras y ContratacionesFSGIP – 06-04

Definiciones:Espacio Confinado- Es un espacio cuya salida está limitada y el interior esta sujeto a laacumulación de contaminantes tóxicos, inflamables ó explosivos y a la deficiencia de oxigeno.Ejemplo: tanques, cámaras, cisternas, reactores de proceso, hornos, chimeneas, calderas,silos, excavaciones profundas, zanjas de más de 1,2 m de profundidad, etc.Deficiencia de Oxigeno.- Presencia de oxígeno en proporciones por debajo de 16% (límitecrítico) que origina problemas de respiración para los humanos.

TRABAJOS EN ESPACIOS

CONFINADOS

-Instructivo de etiquetados y bloqueos de seguridad ISGIM - 03- 07.-Instructivo para atención de primeros auxilios en caso de accidentes ISGIP -12-03.

CódigoRevisión Fecha Elaborado por Revisado por Aprobado por

: ISGIM - 03 - 06: 02: 14 de Noviembre de 2013: Jefe CHM: Representante de la Dirección: Gerente de General

ISGIM-03-06

- Permiso de Trabajo- Orden de Trabajo

- Registro de Incidentes o Accidentes

- Registro Electrónico de SACPs

Según corresponda se deberá Registrar los Incidentes o Accidentes, así como en el Registro Electrónicode SACPs.

- Personal de ejecución dela tarea y/o Supervisión.- Especialista de Seguridady Salud Ocupacional.- Personal de apoyo deSeguridad y SaludOcupacional.

- Registro de Incidentes yAccidentes.- Registro Electrónico deSACPs.

REGISTRO DE INCIDENCIAS