REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación...

52
REGLAMENTO INTERNO 2017 COLEGIO CREACIÓN PUERTO MONTT

Transcript of REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación...

Page 1: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

REGLAMENTO

INTERNO 2017

COLEGIO CREACIÓN

PUERTO MONTT

Page 2: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

2

REGLAMENTO INTERNO COLEGIO CREACIÓN PUERTO MONTT

NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO-PEDAGÓGICAS,

TÉCNICO ADMINISTRATIVAS Y SEGURIDAD E HIGIENE

INTRODUCCIÓN Toda institución de carácter educativo necesita de un ordenamiento interno, que permita regular el quehacer

de los distintos estamentos que conforman una unidad educativa. De esta manera se clarifican roles y se

establecen reglamentos de carácter administrativo y técnico pedagógico.

El tener un reglamento interno permite una mejor distribución de las responsabilidades que le competen a

cada agente educativo dándole una mayor eficacia a las tareas que debe cumplir diariamente. En este

sentido, el Colegio Creación de Puerto Montt ha establecido las directrices técnico-administrativas que junto

al proyecto educativo hacen que este establecimiento esté inserto en el gran desarrollo de la modernización

educacional y que además le distingan de otras unidades educativas.

Este reglamento interno fundamentalmente dirige su mirada a que la labor educativa se lleve a cabo de la

mejor forma y se cumplan los objetivos y principios institucionales. Este hecho hace que tengamos presente

siempre en nuestro modelo pedagógico que se oriente a estimular en nuestros educandos las competencias

que le permitirán desenvolverse en sociedad, el poder aprender a aprender y el desarrollo de la creatividad,

sustentado en los valores humanos de justicia, verdad, confiabilidad y amor a través de los seis principios

fundamentales que constituyen el sello de los Colegios Creación.

Este reglamento sustenta sus bases, aparte del sello del Colegio Creación y de SELA S.A, en los actuales

modelos y criterios de administración donde los agentes pueden participar democráticamente en la toma de

decisiones y así sentirse comprometidos con sus deberes. De esta manera todas las funciones y roles

establecidos aquí han sido analizados y debatidos por los distintos estamentos educativos, por lo que no ha

primado la imposición arbitraria. Es así como creemos que los miembros de nuestra comunidad se sentirán

más comprometidos con sus tareas y con la institución, tendrán día a día un espíritu de superación y podrán

trabajar en equipo ante diferentes actividades.

Debido a los cambios que nuestro actual sistema educacional está presentando este Reglamento Interno en

lo sucesivo puede presentar modificaciones y reactualizarse periódicamente.

Page 3: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

3

IDENTIFICACIÓN: El COLEGIO CREACIÓN DE PUERTO MONTT es una unidad educativa particular dependiente de SELA S.A., fundado el ____ y que imparte Educación en los niveles Prebásico, Básico y Medio de carácter Científico-Humanista; siendo Cooperador de la Función Educacional del Estado según consta en la Resolución Exenta de Educación Nº ___ de 20__

MARCO LEGAL

El Reglamento Interno del Colegio Creación de Puerto Montt, perteneciente a SELA S.A. se establece según las siguientes disposiciones legales: Ley Nº 18.602 de febrero de 1987 y modificada por la Ley Nº 18.616 de mayo de 1987 y la Constitución Política del Estado.

DE LOS PLANES Y PROGRAMAS

El establecimiento se rige por La Bases Curriculares para la Educación Parvularia, el Decreto Supremo de Educación Nº 240 de 1999 para Enseñanza Básica; y Nº 220 de 1998 para Enseñanza Media; y sus respectivas modificaciones, Decretos Nº 256/09 de Educación Básica y 254/09 de Educación Media.

DE LA EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR

En lo referido a Evaluación del rendimiento y Promoción escolar, el Establecimiento se rige por los Decretos Nº 511 de 1997, para Enseñanza Básica; y Nº 112 de 1999 para 1º y 2º Años de Enseñanza Media; y Nº 83, para 3º y 4º Años de Enseñanza Media; en el cual está basado el Reglamento propio del Colegio y que ha sido presentado a la autoridad provincial pertinente.

TÍTULO PRELIMINAR.

Art.1º. El presente Reglamento Interno considera lo establecido en Ley General de Educación (Boletín

Nº 4970 – 04) del 4 de agosto de 2009, Normas Técnico Pedagógicas, Normas Técnico Administrativas y Normas de Prevención de Riesgos, de Higiene y Seguridad por las cuales debe regirse todo el personal, alumnos y alumnas y apoderados de esta Unidad Educativa.

Art.2º. Desde la fecha de ingreso a esta Unidad Educativa, el personal, alumnos y alumnas y

apoderados, tomarán conocimiento de las disposiciones del presente reglamento interno y de su obligación a cumplirlo.

Page 4: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

4

TÍTULO I.

Normas Técnico Pedagógicas.

PÁRRAFO I.

Del Plan General para coordinar las Actividades Pedagógicas, Paracadémicas, ACLE y Extraprogramáticas, de Colaboración.

Art.3º. El Plan General del Establecimiento se elaborará durante la primera quincena de abril de cada

año lectivo. Art.4º. El Plan General deberá contener las actividades Pedagógicas, Paracadémicas, y Actividades

Curriculares de Libre Elección, Administrativas y de Colaboración que se desarrollarán durante el año lectivo.

Art.5º. Los objetivos del Plan General de Trabajo serán los siguientes:

Planificar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con el desarrollo del Proceso Enseñanza Aprendizaje.

Estimular y apoyar el crecimiento integral de los alumnos y alumnas.

Cautelar la existencia de recursos humanos idóneos y estimular el perfeccionamiento del personal.

Promover el desarrollo de Planes y Programas Técnico Pedagógicos.

Crear canales de comunicación que favorezcan el Proceso Educativo.

Estimular la convivencia dentro de la Unidad Educativa para resaltar el sentido Positivo de la vida.

Velar porque todos los integrantes del Establecimiento realicen sus actividades en forma planificada y ordenada.

Integrar armónicamente al Centro General de Padres y Apoderados a las actividades del Colegio.

Estimular la participación activa de los alumnos y alumnas a través del Centro Estudiantil.

Motivar la participación activa de la comunidad a través de sus diferentes organizaciones

Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades pedagógicas aquellas que:

a) Tiendan a optimizar el Proceso de Enseñanza Aprendizaje, tales como:

Aplicar evaluación diagnóstica en todas las asignaturas en la primera semana de clases.

Mejorar el proceso de enseñanza, utilizando nuevas metodologías.

Unidades de Orientación Vocacional.

Funcionamiento de talleres: artísticos, deportivos y musicales.

Ensayos P.S.U.

Detección de conductas de entrada al inicio y transcurso del año escolar en todas los subsectores.

Desarrollo de hábitos de estudio.

Evaluaciones Diagnósticas, Formativas y Sumativas.

Selección y planificación de contenidos acorde con la realidad del Colegio y del medio considerando los principios de flexibilidad y secuencialidad.

b) Se orienten a la formación integral del estudiante:

Cambio de actitud a través de la aplicación y desarrollo de los objetivos transversales en todos los niveles.

Hábitos de estudio 1º, 2º, 7º y 8º Básico (Profesor Tutor, Profesor de Asignatura)

“Mis problemas de adolescentes”: 8º Básico y 1º Medio (Profesor Tutor).

Page 5: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

5

“Eligiendo mi Plan Electivo”: 2do Medio (Profesor Tutor y Encargado de Orientación).

Orientación Vocacional y Profesional: 3º y 4º Medio (Profesor Tutor).

Afectividad y Sexualidad: 1º a 4º Medio (Profesor Tutor).

Programa de Prevención: SIDA 8º Básico y 1º a 4º Medio (Profesor Tutor). Art. 7º Serán Actividades Paracadémicas, aquellas escogidas del Calendario Escolar y Regional

elaborado para el año escolar en curso, consideradas actividades educativas culturales relevantes en la formación de los alumnos y alumnas.

Art. 8º Serán actividades ACLE aquellas que están orientadas hacia la buena utilización del tiempo

libre de los alumnos y alumnas, de acuerdo a sus intereses y recursos humanos que esta Unidad Educativa dispone, tales como:

Talleres, Academias y Clubes que funcionan. A. Área Artística. B. Área Deportiva. C. Área Cultural Art. 9º Serán actividades extraprogramáticas aquellas que están fuera del Programa de estudios del

Establecimiento, tales como:

Competencias deportivas internas.

Excursiones de estudio.

Aniversario del Colegio.

Día del Profesor.

Actos cívicos conmemorativos.

Licenciatura. Art. 10º Serán actividades administrativas aquellas normadas por el Ministerio de Educación y SELA

S.A. Tales como:

Registro de asistencia del Personal del Colegio

Registro de asistencia diaria de los alumnos y alumnas

Confección de Presupuesto anual y mensual de gastos

Confección de Carga horaria mensual. Art. 11º Serán actividades de colaboración aquellas complementarias a la docencia aula, normadas por

el D.F.L. Nº 18.602 de 1987 y en el art. 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile, tales como:

1) Actividades Técnico Pedagógicas relacionadas con Planes y Programas de estudios: a) Funcionamiento de Talleres. b) Análisis y elaboración de Planes y Programas de Estudios. c) Vinculadas con el Consejo de Curso. d) Relacionadas con el proceso de Validación de estudios. e) Entrevista a Alumnos y Alumnas y Apoderados por el profesor Tutor, UTP y Dirección.

2) Actividades relacionadas con la administración de la educación, tales como:

a) Actividades complementarias a las Funciones de Dirección, planificación, orientación y evaluación educacional.

b) Matrícula de alumnos y alumnas. c) Anotación de datos y constancia en formularios oficiales, tales como libro de clases,

registro diario de asistencia, registro de recepción y distribución de material recibido, ficha escolar, certificados, informe de comportamiento y actas de calificación.

d) Secretaría de los diversos Consejos. e) Supervisión del mantenimiento y conservación de máquinas, equipos, herramientas e

instalaciones de los talleres y laboratorios

Page 6: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

6

3) Actividades anexas o adicionales a la función docente propiamente tales como:

a) Elaboración y corrección de instrumentos evaluativos del proceso Enseñanza Aprendizaje.

b) Preparación, selección y confección de material didáctico. c) Atención individual de alumnos y alumnas y apoderados. d) Jefaturas de Departamentos de Asignaturas. e) Jefaturas de Departamento de Profesores Tutores. f) Consejo de Profesores del Colegio. g) Reuniones técnicas (GPT y Equipo de Gestión) h) Realización de visitas a instituciones cuyas actividades se relacionan con los objetivos de

los Programas de estudio, del docente o con sus alumnos y alumnas 4) Actividades relacionadas con la Tutoría Curso como:

a) Reuniones periódicas con padres y apoderados. b) Atención individual de padres y apoderados. c) Consejos de profesores de curso. d) Atención individual de alumnos y alumnas. e) Confrontación periódica de la calidad del grupo con el estudio hecho a comienzo del año

escolar, denominado “Panorama del Curso”. f) Transcripción y entrega de calificaciones periódica de los alumnos y alumnas a sus

Apoderados. g) Elaboración de Informe Educacional, Certificado de Estudio, Informe de Comportamiento,

Concentración de Notas, etc. h) Charlas de orientación educacional y vocacional.

5) Actividades coprogramáticas, como:

a) Coordinación de actividades culturales y recreativas. b) Participación en actos oficiales de carácter cultural, cívico y educativo del colegio y de la

comunidad, cuando ésta lo solicite. c) Realización de actos cívicos y culturales. d) Giras de estudios o excursiones escolares. e) Recreativas.

6) Actividades ACLE como :

a) Actividades referidas al área científico-tecnológica (academias, concursos, etc.) b) Actividades referidas al área artística (grupos de teatro, musicales, de pintura, concursos,

etc.) c) Actividades referidas al área cívico-social (Acción Social). d) Actividades referidas al área deportiva (Clubes Deportivos, etc.)

7) Actividades vinculadas con organismos o acciones propias del quehacer escolar, como:

a) Asesoramiento a :

Centro de Alumnos y alumnas.

Centro de padres y apoderados.

b) Desarrollar acciones de:

Bienestar

Cruz Roja y/o primeros auxilios.

Escuela para padres.

c) Organizar y asesorar:

Biblioteca en la Unidad Educativa.

Diarios Murales.

Page 7: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

7

8) Actividades vinculadas con organismos e instituciones del sector, que incida directa o indirectamente en la educación, como: a) de Biblioteca. b) de Educación Superior. c) colaboración con instituciones de la comunidad.

Art. 12º Lo concerniente a Planes, Programa y Proyectos de los Niveles normados por el Ministerio de

Educación, como:

Plan de Enseñanza Básica y Media Diurna.

PÁRRAFO II.

Del Plan para Estructurar las Actividades Curriculares Diarias y Distribución de Clases

Art. 13º De la jornada de funcionamiento del Colegio.

Se entiende por “Jornada” el período comprendido entre el inicio y término de las actividades programadas.

Art. 14º El Colegio Creación funcionará en dos modalidades de trabajo:

Jornada Mañana : de 08.00 a 13.00 horas.

Jornada Escolar Completa : de 08.00 a 16.15 horas. Art. 15º El colegio Creación funcionará con un total de 9 cursos:

En la Jornada de la mañana: 1 Pre Kinder, 1 Kinder. En Jornada Escolar Completa: 1 Primero Básico, 1 Segundo Básico, 1 Tercero Básico, 1 Cuarto Básico, 3 Primeros Medios.

Art. 16º La jornada de la mañana comprende 6 horas pedagógicas de 45 minutos con 30 minutos de

recreo. Total 30 horas semanales. La Jornada Escolar Completa Diurna para cursos del Educación Básica: comprende de lunes a jueves ocho horas pedagógicas de 45 minutos con 45 minutos de almuerzo y 45 minutos de recreo, el día viernes 6 horas pedagógicas con 45 minutos de almuerzo y 30 minutos de recreo. Total 38 horas semanales. La Jornada Escolar Completa Diurna para cursos del Educación Media: comprende de lunes a jueves nueve horas pedagógicas de 45 minutos con 45 minutos de almuerzo y 45 minutos de recreo, el día viernes 6 horas pedagógicas con 45 minutos de almuerzo y 30 minutos de recreo. Total 42 hora semanales.

Art. 17º La jornada se extenderá de Lunes a Viernes.

De los horarios Art. 18º Considerando que el horario debe ser la distribución racional del quehacer educativo,

contemplará actividades de trabajo, descanso y recreación tendientes a conseguir el equilibrio vital de los miembros de la Unidad Educativa.

De los Docentes Directivos.

Art. 19º Los Docentes Directivos tendrán una carga horaria máxima de 44 horas cronológicas semanales.

Page 8: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

8

Art. 20º En el año Lectivo durante el normal funcionamiento debe estar presente a lo menos un Directivo Superior.

De los Docentes.

Art. 21º Los Docentes tendrán un horario de acuerdo a lo estipulado en su contrato de trabajo. La distribución horaria de los Docentes se hará de acuerdo a la formación académica y experiencia de los Docentes.

Art. 22º Los horarios de los Docentes son cubiertos por Profesionales de la Educación que cuenten con

títulos e idoneidad acorde a su contrato. Art. 23º Los Apoderados serán atendidos en horarios estipulados por la Dirección y el profesor Tutor,

salvo situaciones especiales.

De los Alumnos y Alumnas Art. 24º Los alumnos y alumnas tendrán su horario de acuerdo a lo estipulado en:

Decreto Nº 254 de 19-08-2009, que modifica decreto 220 de 1998.

Decreto Nº 256 de 19-08-2009 que modifica decreto 40 de 1996.

Ley Jornada Escolar Completa Diurna Nº 19.532 del 17-11-1997. Art. 25º Las subsectores se distribuirán indistintamente en el transcurso de la Jornada Escolar Completa

Diurna. Art. 26º Para atender los respectivos cursos en sus diferentes subsectores más las horas de libre

disposición para los cursos con Jornada Escolar Completa, se necesitan las siguientes horas aula:

Lengua Castellana 21 hrs.

Lenguaje y Comunicación 40 hrs.

Historia y Ciencias Sociales 24 hrs.

Inglés 34 hrs.

Matemática 53 hrs.

Biología 12 hrs.

Química 6 hrs.

Física 6 hrs.

Ciencias Naturales 8 hrs.

Artes Visuales 6 hrs.

Tecnología 18 hrs.

Educación Artística 12 hrs.

Educación Física 18 hrs.

Orientación 6 hrs.

Religión 14 hrs.

TOTAL 278 hrs. Art. 27º Dentro del Plan General se desarrollan las siguientes actividades:

a) Actividades Pedagógicas b) Actividades Pedagógicas orientadas a la formación integral del educando. c) Actividades Paracadémicas d) Actividades Curriculares de Libre Elección. e) Plan de Actividades Curriculares:

Page 9: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

9

El Colegio cuenta con 9 cursos distribuidos de la siguiente manera. Pre kinder = 2 cursos Kinder = 2 cursos 1º Básico = 2 cursos 2º Básico = 3 cursos 3º Básico = 2 cursos 4º Básico = 2 cursos 5° Básico = 2 cursos 6° Básico = 2cursos 7° Básico = 1 curso 8° Básico = 1 curso 1º E.M. = 2 cursos 2° E.M. = 1 curso 3° E.M. = 2 cursos 4° E.M. = 1 curso

PÁRRAFO III. Calendario de Actividades del Establecimiento.

De los Consejos Generales de Profesores

Art. 28º Consejos Técnicos Administrativos: Se realizan para analizar documentos relativos al quehacer educacional y que permiten el perfeccionamiento docente, para mejorar el desarrollo de las prácticas pedagógicas y, por ende, el Proceso Enseñanza-Aprendizaje.

Art. 29º Consejo de Profesores Tutores:

Los Profesores Tutores se reunirán mensualmente para analizar problemas propios de cada curso, planificar la labor orientadora, intercambiar experiencias, programar las Reuniones de Apoderados y la entrega de informe de notas.

Art. 30º Consejo de Profesores por curso:

Se realizarán al término de cada Semestre, para analizar el comportamiento de los alumnos y alumnas y problemas relacionados con su grupo curso. a) Rendimiento. b) Personalidad. c) Conducta. d) Asistencia. e) Aseo y presentación personal. f) Cuidado de materiales.

Del centro de Padres

Art. 31º Reunión de Centros de Padres (microcentros). a) Los microcentros se reunirán tres veces por semestre. b) Se analizará en los microcentros problemas atingentes al grupo curso tales como

rendimiento, comportamiento, asistencia y presentación personal, y se tratará de solucionar los problemas propios de cada curso.

c) Se solicitará a los padres colaboración por ser ellos los primeros formadores dentro del hogar: apoyo moral y material, buena disposición para escuchar y comprender los problemas de sus hijos. Se les apoyará con desarrollo de temas atingentes a sus necesidades, durante las reuniones de microcentros.

Page 10: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

10

Art. 32º La directiva del Centro General de Padres se reunirá periódicamente y en forma especial cuando las circunstancias lo requieran y estará asesorado por un profesor y supervisados por el Director. Cuando las necesidades lo exijan se citará a Reunión General de Presidentes y delegados de microcentros con la Directiva General. Los objetivos de las reuniones del Centro General de padres son las siguientes: a) Integrar en forma efectiva a los padres con el Colegio. b) Colaborar con el Colegio de acuerdo a las necesidades presentadas por la unidad

educativa.

Del Centro de Alumnos Art. 33º El Centro Estudiantil del Colegio estará formado por todos los alumnos y alumnas de Educación

Media y organizado por una Directiva General, el consejo de delegados de cada curso y la Junta Electoral, que se reunirán periódicamente o cuando las necesidades lo requieran. Su función es servir a los integrantes en cumplimiento de los propósitos del Colegio y dentro de las normas de organización escolar, como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales. Las funciones del Centro de Alumnos y Alumnas son las siguientes: a) Promover la creación e incremento de oportunidades para que los alumnos y alumnas

manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones. b) Promover en el alumnado la mayor dedicación a su trabajo escolar, procurando que se

desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo y una estrecha relación humana entre sus integrantes basada en el respeto mutuo.

c) Orientar sus actividades hacia la consecución de las finalidades establecidas en el decreto Nº 50 de febrero de 2006, que modifica el decreto Nº 524/90.

d) Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros ante las autoridades u organismos que corresponda.

e) Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones deseables para su pleno desarrollo.

f) Promover el ejercicio de los derechos humanos universales a través de sus organizaciones, programas de trabajo y relaciones interpersonales.

g) Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el Centro se relacione de acuerdo con su Reglamento.

Page 11: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

11

PÁRRAFO IV. Normas Sobre el Trabajo Escolar de los Alumnos y Alumnas.

Régimen de Estudio. Art. 34º El Colegio Creación de Puerto Montt optó por el régimen semestral según las disposiciones del

Calendario Escolar emanado de SECREDUC. Art. 35º Informe de Desarrollo Personal y Social

Estos Informes se elaborarán en Consejos de Profesores de curso con apoyo de la hoja de vida de cada alumno o alumna, registro personal del profesor tutor. Y tomarán como referente el logro de los estudiantes en relación a los Objetivos Fundamentales Transversales. Por acuerdo del Consejo de Profesores el informe se entregará a los apoderados al término de cada Semestre.

Consejo de Evaluación Semestral y Anual.

Art. 36º En los Consejos de Evaluación Semestral y Anual se evaluarán los siguientes aspectos: a) Analizar y resolver situaciones de promoción que ameriten su análisis. b) Rendimiento:

Promedios de subsectores por curso y por nivel.

Estudio comparativo del rendimiento con el semestre anterior.

Estudio de aprendizajes logrados y no logrados, definición y/o evaluación de planes remediales.

Estudio comparativo del rendimiento anual con los años anteriores. c) Conducta: Se analizarán los problemas de conducta de cada curso y en casos necesarios se

sugiere cambio de curso si es factible, o cambio de Colegio si la situación lo amerita. d) Se evaluará el logro de los objetivos transversales por curso y conforme a lo descrito en el

reglamento de Evaluación, se otorgará durante el segundo semestre un acompañamiento por parte del el Profesor Tutor, para ayudar al alumno o alumna a superar las dificultades presentadas, el cual deberá ser asumido por la familia.

Art. 37º Período de Finalización:

a) Al final de cada semestre se aplicará en todos los subsectores o asignaturas del plan de estudio, una prueba semestral o trabajo de síntesis, cuyo fin será evaluar los logros de los objetivos planificados para el semestre. Los resultados de estas evaluaciones tendrán un valor de un 20% de la nota final del semestre.

b) No se aplicarán exámenes, al finalizar el año escolar, en ningún subsector o asignatura, por cuanto se evaluará durante el año, y en forma permanente, el proceso realizado por cada alumno o alumna.

PÁRRAFO V. Normas para Regular la Relación Profesor Alumno o Alumna.

Art. 38º De Los Docentes

Deben: a) Comprometerse con el crecimiento integral del alumno o alumna, atendiendo a sus diferencias

individuales. b) entregar afectividad, confianza, seguridad y ecuanimidad a todos los alumnos y alumnas. c) comprender que todos los alumnos y alumnas son capaces de avanzar en el Proceso de

Enseñanza-Aprendizaje, independientemente de sus ritmos de aprendizaje. d) valorar las actitudes positivas de los alumnos y alumnas y estimularlas en forma permanente. e) ganarse, a través del ejemplo, el respeto de sus alumnos y alumnas.

Page 12: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

12

f) aplicar diversas estrategias para conocer la realidad de sus estudiantes. g) entrevistar periódicamente a los estudiantes. h) promover una buena convivencia y disciplina.

Art. 39º De Los Alumnos y alumnas

Deben a) estar conscientes de que como persona tienen derecho a la educación sistemática. b) aceptar las normas establecidas en su colegio, y asumir su rol como estudiantes, cumpliendo

los deberes que les involucran. c) tener buenos modales, ser atentos, responsables, veraces, respetuosos con sus profesores y

compañeros, con el fin de mantener buenas relaciones humanas. d) demostrar espíritu de superación, ser honrados, solidarios e identificarse con su colegio. e) estar interesados en su crecimiento armónico, para llegar a ser personas integrales y útiles

para la sociedad. f) Mantener una relación armónica entre alumno o alumna-profesor; ésta debe ser objetiva, de

trabajo integrador, con responsabilidades compartidas en las actividades propias del Proceso Enseñanza Aprendizaje.

Art. 40º De Los Apoderados

Deben: a) estar conscientes de que el Colegio es sólo una instancia en la formación de sus hijos. b) apoyar a sus hijos en el cumplimiento de sus responsabilidades. c) integrarse al quehacer del Colegio. d) identificarse con el Colegio. e) ser responsables con el rol que le corresponde cumplir como apoderados.

TÍTULO II.

Normas Técnico Administrativas.

PÁRRAFO I. Nivel de Organización.

Art. 41º Compondrán el Nivel de Organización los siguientes integrantes: Director, Secretaria y

Auxiliares. Art. 42º La entidad titular que dirige el establecimiento educacional, es el Director, el cual mantiene los

principios que configuran el tipo de educación del Colegio, así como los criterios que garantizan la fidelidad de los mismos.

Del Director

Art. 43º El Director es un profesional de la educación de nivel superior responsable de la conducción total del Colegio, que se ocupa de la dirección, administración, supervisión y coordinación de la educación de la unidad educativa. Su función principal es liderar y dirigir el Proyecto Educativo Institucional; y para cuyo efecto, tendrá las atribuciones y obligaciones señaladas en las funciones y actividades que se indican:

A.- DE CARÁCTER GENERAL:

Planificar, organizar, coordinar, conducir, controlar, supervisar y evaluar las actividades de los distintos servicios o Estamentos del Colegio, de acuerdo con el equipo directivo, con el fin de lograr los objetivos de la educación.

Page 13: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

13

Velar por el prestigio del establecimiento, promocionado la imagen de éste en todas las organizaciones cívicas, profesionales, artístico- culturales, etc.

Convocar y presidir el Consejo de Coordinación, los Consejos de Profesores, las Reuniones del Equipo de Gestión y las Administrativas.

Estimular y facilitar el perfeccionamiento y la capacitación del personal del Colegio.

Distribuir las horas de actividades de colaboración, de acuerdo con las instrucciones impartidas por la autoridad correspondiente.

Adecuar el organigrama tipo de los Establecimientos Educacionales a las características propias del Colegio Creación.

Respetar y hacer respetar el cumplimiento de las funciones específicas de todos los integrantes de la Unidad Educativa, estimulándolos a participar en el desarrollo del Programa Educativo (Reglamento Interno, Proyecto Educativo y Planes y Programas), para lo cual facilitará el cumplimiento de las tareas y escuchará opiniones y sugerencias.

Atender en casos muy calificados las situaciones y problemas de alumnos y apoderados y personal del plantel, previa verificación de la acción ejercida por la instancia educativa de acuerdo a su competencia según función asignada.

Llevar el Libro de Observaciones o de Crónica Diario.

Informar verbalmente y/o por escrito en forma periódica sobre su gestión a las autoridades institucionales correspondientes.

Efectuar visitas periódicas a empresas e industrias afiliadas a La Caja de Compensación La Araucana para la promoción y difusión del Colegio.

Idear las mejores estrategias para las campañas de difusión del Colegio (visitas a Jardines Infantiles y Colegios).

Atención de los apoderados para justificar las inasistencias a clases, que se efectuará en el siguiente horario: en la mañana de 8:30 a 9:00 horas y en la tarde de 15:30 a 17:00 horas, como así también de los atrasos extendiendo los respectivos pase de ingreso a dicha clase.

Realizar evaluaciones de desempeño a los funcionarios del colegio, conforme a los lineamientos entregados por Dirección Académica.

Logra involucrar activamente a todos los miembros de la comunidad educativa en metas que apoyan la Planificación Estratégica.

Actualiza permanentemente el Plan Estratégico de acuerdo a los cambios que debe enfrentar la escuela.

Realiza diversas actividades orientadas a difundir el PEI del establecimiento tanto en la comunidad interna como en la externa.

Declara y comunica formalmente los Principios y las Políticas Institucionales.

Realiza acciones para comunicar y comprometer con la Planificación Estratégica del Establecimiento a todos los estamentos.

Establece canales de comunicación permanentes con las personas ligadas al proceso de toma de decisiones.

Desarrolla una cultura de altas expectativas en las capacidades de los profesores para cambiar positivamente.

Declara que la información es un derecho de los apoderados y actúa en consecuencia.

Utiliza medios informáticos para que los apoderados tengan acceso a información vía Internet.

Logra poner a disposición de la comunidad educativa diversos medios para acceder a la comunicación en forma expedita y oportuna.

Promueve el surgimiento de liderazgos al interior de los equipos de trabajo.

Demuestra la visión, el liderazgo y la dirección del colegio.

Posee una visión de la situación futura del colegio.

Demuestra comprensión del cambio organizacional y es capaz de motivar la innovación.

Está presente en el día a día del colegio, pendiente de los resultados y los obstáculos, accesible a todos para prestar ayuda.

Page 14: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

14

B.- DE CARÁCTER PEDAGÓGICO:

Dirigir y supervisar la planificación, desarrollo y evaluación del Proceso Enseñanza Aprendizaje del Colegio.

Controlar el rendimiento escolar al término de cada semestre en el Consejo de Evaluación, propiciando las medidas remediales para mejorar el logro de los objetivos.

Orientar el funcionamiento de los distintos organismos docentes y administrativos del Colegio.

Aplicar a los alumnos y alumnas las medidas disciplinarias que correspondan de acuerdo a las normas pedagógicas y reglamentos vigentes, previo informe de los organismos pertinentes.

Dirigir, controlar y evaluar las actividades de Orientación y Educativas Generales que correspondan a las Tutorías y Prácticas Pedagógicas.

Velar porque se desarrolle una efectiva Orientación Educacional, Vocacional y Profesional a los alumnos y alumnas del Colegio.

Supervisar y evaluar las actividades de orientación educacional, vocacional y profesional del Colegio.

Dirigir la organización, programación y desarrollo de actividades de evaluación del Proceso Enseñanza Aprendizaje.

Controlar el rendimiento académico según el reglamento de evaluación correspondiente.

Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar e impulsar planes definidos de reforzamiento en favor del alumnado y en coordinación con el Consejo de Tutores, Profesores de Curso y Asignatura.

Velar porque el profesorado de los cursos y niveles de estudio realicen sus actividades en forma coordinada, procurando su máxima integración e interdisciplinariedad a través de las diversas Unidades y Consejos.

Promover el mayor contacto posible de los profesores y tutores con los Padres y Apoderados.

Controlar y evaluar el desarrollo de los contenidos programáticos, sugiriendo readecuaciones de Planes y Programas de estudio, cuando sea necesario y corresponda.

Impulsar la implementación de nuevos métodos y técnicas de enseñanza que hayan sido aprobados por organismos o entidades competentes y cuenten con la aprobación de SECREDUC.

Instala en el currículo la relación con el entorno como eje importante de la formación personal de los estudiantes.

Estimula mecanismos de innovación que permitan una mejora constante del colegio.

Evalúa permanentemente la coherencia de la práctica educativa con el Proyecto Educativo Institucional.

Establece una política de evaluación de desempeño clara e informada con fines de desarrollo profesional.

Establece un clima de cooperación para que los profesores acepten la responsabilidad colectiva de mejorar los procesos de aprendizaje.

Ayuda a todos los miembros del colegio a involucrarse con las metas del colegio.

Requiere que los docentes rindan cuentas por su desempeño a fin de apoyar el logro de las metas del colegio.

Logra instalar en la cultura del colegio la necesidad del autoaprendizaje y desarrollo personal.

C.- DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO

Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y las normas del Ministerio de Educación, de SECREDUC, DEPROE y SELA S.A.

Resolver solicitudes de permisos con o sin goce de remuneraciones e informar solicitudes de Licencias Médicas a SELA S.A.

Resolver las apelaciones del personal respecto de la distribución de horarios y feriados de acuerdo con las necesidades del Colegio.

Firmar y autorizar el despacho de todo documento oficial, responsabilizándose de su presentación y contenido.

Autorizar las operaciones, que demanden dinero, solicitadas por el personal.

Page 15: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

15

Elaborar el presupuesto operacional anual del Colegio en el mes de octubre, según los requerimientos para el año siguiente.

Disponer la inversión y supervigilar la administración de los fondos presupuestarios, según presupuesto operacional anual.

Efectuar diariamente supervisión del resumen de ingreso con las boletas de los dineros por efecto de cancelación de matrícula y mensualidades.

Efectuar periódicamente arqueo de caja chica.

Informar los descuentos por inasistencias del personal.

Informar periódicamente a SELA S.A. sobre las vacancias producidas en el Colegio.

Velar porque se lleven al día los libros, registros y documentos que corresponde a cada unidad para la supervisión Administrativo, Financiera y Técnico Pedagógica.

Ordenar la instrucción de una investigación sumaria al o los funcionarios presumiblemente inculpados, informando de esta situación al Director Sede SELA S.A.

Organizar y planificar el sistema para el cobro de colegiaturas y matrículas.

Supervisar el pago de las mensualidades y en caso de morosidad aplicar las medidas correspondientes.

Informar al Consejo Coordinador de los casos de morosidad cuando ésta es reiterativa y proponer al Consejo las medidas para dar solución al problema.

Colaborar con las operaciones de adquisición de materiales muebles e inmuebles propios del Colegio.

Realizar las gestiones necesarias en las Oficinas Administrativas pertinentes (Municipalidad, Gobernación, Servicios Sanitarios, de comunicación, etc.) para el mejor funcionamiento del establecimiento (solicitud de permisos, utilización de recursos para una actividad, etc.).

Gestionar con empresas un modelo de agendas, parkas, pantalones de dama, implementación deportiva, etc., según diseño aceptado por el Consejo Coordinador.

Colaborar con la difusión de las actividades proyectadas por los distintos estamentos a través de los medios de comunicación local y regional.

Efectuar revisiones físicas de inventario y evaluar el buen uso de ellos.

Mantener un Kárdex con los antecedentes de todo el personal del Colegio.

Tomar decisiones de inversiones acertadas que se reflejan directamente en la mejora de los procesos pedagógicos.

Minimizar los riesgos de las inversiones.

Invertir con visión de futuro.

Encuentra fuentes de financiamiento extraordinarias a las expuestas en el presupuesto.

Lograr una fuerte coordinación en la administración de los recursos humanos y financieros del establecimiento.

Desarrollar estructuras de administración participativas sin perder poder de decisión.

Demostrar gran capacidad de negociación con el personal del colegio respecto del presupuesto.

Demostrar habilidad para integrar la planificación del presupuesto con los planes de desarrollo del colegio y el personal.

Es proactivo en la búsqueda de recursos adicionales para el Establecimiento.

Logra mantener recursos disponibles para el mantenimiento y tareas pedagógicas en forma permanente y eficiente.

Comunica las tareas pendientes transformándolas en desafíos y oportunidades de mejora.

Instala una cultura de responsabilidad y auto vigilancia permanente del logro de las metas.

D.- DE LAS RELACIONES EXTERNAS.-

Proponer un sistema de financiamiento compartido Empresa-Afiliado a alumnos y alumnas que deseen incorporarse a este establecimiento educacional (Convenios).

Contactarse permanentemente con las autoridades de gobierno comunal, propiciando la participación del Colegio en las actividades culturales programadas por estas entidades.

Gestionar el auspicio para actividades culturales, como Boletín, Revista y otros eventos.

Page 16: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

16

Mantener un contacto permanente con Universidades e Institutos Estatales y Privados, para recepción de material de información sobre las diferentes carreras que estas imparten, para difundirla entre los alumnos y alumnas de los niveles correspondientes.

Promover el desarrollo de la comuna para favorecer el logro de los aprendizajes.

Relaciona a la escuela con los líderes de la comuna en los diversos ámbitos de la vida ciudadana.

Relaciona a la escuela con diversas instituciones para potenciar el aprendizaje de los estudiantes, el desarrollo de las competencias de empleabilidad y favorecer su futura inserción laboral.

Mantiene excelentes relaciones con los medios de comunicación y organizaciones del entorno.

Tiene la capacidad de proyectar una imagen positiva de la institución en aquellos lugares a los que asiste.

Demuestra que valora el aporte de los sistemas políticos, sociales y culturales al establecimiento.

Hace contactos con las instituciones de la comuna para establecer redes de apoyo para el establecimiento.

Contribuye al desarrollo del entorno comunal. LO QUE NO SE DEBE HACER

Desconoce el entorno del establecimiento.

Aísla a la escuela de su entorno.

Se contacta sólo con instituciones que pueden apoyar al establecimiento en algún sentido.

Confunde la cooperación y la participación con asistencialidad.

Tiene acercamientos esporádicos y sin planificar con las instituciones de la comunidad externa.

No invita a los directivos de las instituciones con las que se relaciona a ceremonias y actos escolares.

Aislar a la escuela de su entorno.

No contestar las invitaciones.

No corresponde a las invitaciones.

Confunde la cooperación y la participación con asistencialidad.

Tiene acercamientos esporádicos y sin planificar con las instituciones de la comunidad externa.

Evita relacionarse con las autoridades de otros establecimientos escolares.

Guarda el PEI como un documento más entre otros.

No hace referencia al PEI y/o la Planificación Estratégica en los documentos oficiales.

Hace cambios sin revisar el PEI institucional.

Decide los cambios en forma unipersonal, sin involucrar al resto de la comunidad educativa.

Hace cambios, pero deja la estructura intacta. No hace innovación.

Da por entendido de que por haber hecho enviar una comunicación el destinatario está informado.

Intenta manipular la información.

No escucha las necesidades de los padres acerca de la inmediatez de la información.

Es reactivo frente a los conflictos intentando ocultar información.

Se entusiasma con proyectos de inversión sin medir su impacto real en la mejora de los resultados. No hace estudios de costo - eficiencia.

No escucha las opiniones de su equipo o sostenedor.

Tiende a invertir para que los cambios sean visibles, más que por una decisión estratégica.

Elabora el presupuesto y toma decisiones sin informar o negociar con el sostenedor.

Hace promesas de mejoras sin consultar su viabilidad en el presupuesto.

No controla en forma sistemática y periódica la planificación presupuestaria.

Page 17: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

17

Autoriza actividades que no tienen financiamiento.

No informa a los diferentes estamentos acerca de la realidad presupuestaria del establecimiento.

Permite que la infraestructura se deteriore.

Solicita materiales en forma desmedida.

Asocia la evaluación del desempeño solo a la desvinculación y no al desarrollo profesional.

Permite que el desarrollo profesional no esté relacionado y evaluado en relación con las metas de aprendizaje.

Retroalimenta el desempeño de los profesores sólo al término del año.

Aprueba y asigna recursos para capacitaciones de acuerdo a la oferta que recibe de diferentes instituciones.

Determina el desarrollo profesional sólo a partir de las opiniones de los docentes.

Asigna la capacitación con una mirada muy a corto plazo, sin relacionarla con la Visión Institucional.

Aprueba y asigna recursos para capacitaciones solicitadas por los profesores a nivel personal que no se transfieren al aula.

No da facilidades para que los profesores se capaciten.

No controla la transferencia de la capacitación al aula.

No es transparente en la asignación de recursos para capacitación.

No relaciona la capacitación con el logro de metas específicas.

Presenta la información incompleta y/o fuera de contexto.

Comparte la información sólo con algunas personas.

No se responsabiliza de los resultados.

No proyecta la situación futura del colegio.

No utiliza la información para definir nuevos desafíos para la escuela.

Se disculpa por los bajos resultados. No los explica, no se responsabiliza.

Confía en informes orales sin respaldo.

Confía en los informes, sin verificar en terreno lo que sucede.

Se ausenta frecuentemente y no sabe lo que pasa realmente en la escuela.

Se deja absorber por las tareas cotidianas y pierde de vista las metas.

Del Jefe de Unidad Técnico Pedagógico

Art. 44º Profesional que se responsabiliza de asesorar al Director como así también de la programación,

organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares y del trabajo de los distintos organismos del Establecimiento, de manera que funcione armónica y eficientemente.

Art. 45º Las funciones Administrativas y técnico pedagógicas del Coordinador Académico son

principalmente:

A.- DE CARÁCTER GENERAL.

Apoyar a la Dirección en optimizar el desarrollo del proceso educativo.

En caso de ausencia del Director, el Coordinador Académico tendrá los mismos derechos y obligaciones que este Reglamento confiere a la Dirección, y en caso de ausencia de ambos, pasará a tomar la Dirección del Colegio la persona que se designe en esa eventualidad.

Instala en la cultura institucional el análisis estadístico de los resultados como una práctica habitual.

Ser asertivo para retroalimentar a los docentes. Se comunica en forma abierta y clara.

Calendarizar las actividades según las disposiciones del servicio y de la dirección del establecimiento.

Trabajar con los presidentes de los Departamentos de asignatura en reuniones periódicas.

Page 18: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

18

Colaborar con la Dirección en la elaboración del Plan Anual de Actividades del Establecimiento.

Ocuparse por desarrollar las políticas formativas de la institución, yendo más allá de la realización de actividades aisladas.

Estar abierto a escuchar las consultas de los estudiantes profesores y apoderados, siendo ampliamente reconocido/a por ello.

Crear una comunidad altamente comprometida con los principios y valores del Proyecto Educativo Institucional.

Comprometer a los actores claves de la comunidad (profesores y estudiantes) en la Difusión del PEI.

Involucrar activamente al sostenedor en la difusión del PEI y la Planificación Estratégica.

Lograr que todas las personas utilicen los procedimientos para el manejo de la información, minimizando la pérdida o mal uso de ella.

Comprometer a toda la comunidad escolar en el respeto por la información oportuna, pertinente y veraz.

Incentivar la innovación y el emprendimiento.

B.- DE CARÁCTER PEDAGÓGICO

Asesorar a los docentes en materia de Planificación, orientación y evaluación.

Elaborar su plan anual y darlo a conocer al equipo docente.

Orientar la labor de los docentes para el logro de los objetivos generales y específicos.

Entregar los lineamientos de cómo elaborar la planificación, de acuerdo al formato institucional, estableciendo un calendario para la entrega de dicha planificación.

Recepcionar y revisar las planificaciones, las que deben ajustarse a los lineamientos proporcionados por la coordinación académica.

Orientar, revisar, registrar y hacer seguimiento de los planes remediales de cada docente conforme a los informes de diagnóstico elaborados.

Realizar visitas al aula, con el fin de verificar el cumplimiento de lo descrito en las planificaciones.

Entregar retroalimentación a los docentes toda vez que realiza una visita al aula.

Promover y velar por la utilización de los recursos pedagógicos, tecnológicos y deportivos existentes en el establecimiento, a fin de favorecer los aprendizajes de los alumnos y alumnas.

Lograr que los docentes desarrollen en los alumnos y alumnas habilidades, destrezas, actitudes y valores en sus sectores de aprendizaje y niveles de enseñanza.

Elaborar con los docentes programas de apoyo pedagógico y reforzamiento en los aprendizajes, con el fin de mejorar los niveles de rendimiento.

Lograr que los docentes detecten los intereses y aptitudes de los alumnos y alumnas para la planificación de las actividades pedagógicas.

Orientar las actividades extraprogramáticas en beneficio de los intereses y necesidades de los educandos.

Planificar y dirigir las reuniones técnicas programadas para el año escolar.

Organizar y desarrollar un programa de orientación educacional y vocacional.

Organizar y dirigir actividades de Evaluación del proceso enseñanza aprendizaje.

Impulsar el desarrollo de métodos y técnicas de enseñanza basadas fundamentalmente en la línea Constructivista, característica de nuestro Modelo Pedagógico.

Llevar un registro de los cursos o niveles con su rendimiento y la identificación de los alumnos y alumnas con problemas de aprendizaje.

Mantener un registro y estadística actualizada de los resultados del SIMCE y PSU, como también información referente a ensayos y pruebas de preparación.

Fiscalizar Programa de Orientación Educacional y vocacional planteado por el Departamento

de Orientación.

Page 19: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

19

Motivar y ejecutar proyectos innovadores que integren los aprendizajes, alineando el currículo con el PEI.

Estar presente en las actividades escolares, interesándose y participando, dando valor a todo tipo de aprendizajes.

Usar diversidad de estrategias para promover el desarrollo profesional de los profesores y mejorar el proceso de enseñanza aprendizaje.

Establecer un clima de cooperación para que los profesores acepten la responsabilidad colectiva de mejorar los procesos de aprendizaje.

Verificar que su planificación esté coordinada con las planificaciones de las otras áreas, estableciendo un estilo de trabajo cooperativo

Lograr que los departamentos generen estrategias innovadoras y se responsabilicen de la total cobertura de los programas.

Establecer un estilo de trabajo cooperativo entre las asignaturas para optimizar el tiempo y lograr aprendizajes de mejor calidad.

Entusiasmar a los profesores por el logro de metas que se traduzcan en mejores resultados de aprendizaje.

Mostrar a la comunidad educativa, habitantes e instituciones de la comuna, las actividades y productos de las diferentes asignaturas, como una manera de estimular y reforzar a profesores y estudiantes.

Investigar acerca de metodologías innovadoras y propone adaptaciones a la realidad del establecimiento, en las reuniones de departamento.

Coordinar capacitaciones internas.

Impulsar diferentes estrategias para que los profesores conozcan otras metodologías de trabajo.

Invitar a profesores destacados a hacer clases demostrativas con estrategias didácticas innovadoras.

Estimular la publicación de documentos para divulgar las experiencias realizadas en los departamentos.

Lograr que los profesores se esfuercen en hacer coherentes los aprendizajes con los principios declarados por el establecimiento.

Respetar y hace respetar la línea pedagógica del establecimiento, comprometiendo a otros.

Difundir con entusiasmo la oferta curricular del establecimiento.

Estar informado del nivel de avance de cada curso.

Proporcionar retroalimentación inmediata a los profesores en caso de atraso en las programaciones.

Hacer análisis estadístico del nivel de avance en la cobertura de los Programas en el establecimiento. Toma decisiones a nivel de sistema.

Analizar el estilo de trabajo del profesor y las características del curso antes de asignar el curso y la jefatura de curso.

Poner metas y plazos claros al profesor para modificar pautas de comportamiento que le dificultan el manejo del grupo curso y evalúa su cumplimiento.

Apoyar y ayudar a los profesores a encontrar la mejor solución a los conflictos en los que se ven involucrados.

Mantener un registro actualizado con los resultados obtenidos por los alumnos y alumnas en cada nivel que atiende.

Identificar cuáles son los contenidos que requieren ser reforzados.

Comparar los resultados con los del nivel, diseñando en conjunto estrategias para mejorar los resultados.

Presentar informes sobre la aplicación de las estrategias aplicadas, con evaluación de su impacto.

Fortalecer las áreas que interesan especialmente a los estudiantes de acuerdo a los resultados de los tests vocacionales u otras estrategias aplicadas de acuerdo al nivel.

Reforzar los contenidos que aparecen deficientes en las pruebas de medición externa.

Page 20: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

20

Analizar los resultados de los estudiantes con necesidades educativas especiales, en conjunto con los especialistas, y toma decisiones para potenciar el aprendizaje a través de estrategias metodológicas conjuntas.

Reformular su metodología de enseñanza a la luz de los resultados.

Establecer redes de contactos para estar informado y participar en proyectos de innovación pedagógica en su especialidad.

Influir en la mejora de las políticas del establecimiento en relación con la innovación pedagógica.

Compartir los resultados del proyecto en el que participa con todos los profesores, e impulsa cambios de la práctica educativa a partir de ellos.

C.- DE CARÁCTER ADMINISTRATIVAS.

Involucrar a los apoderados en la obtención de recursos y la difusión de los proyectos de la asignatura.

Involucrar a los miembros del área en un trabajo de planificación cooperativo con otras áreas. Ha logrado un cambio de cultura institucional.

Promover la planificación de todas las actividades, el monitoreo y su evaluación, como una práctica habitual del establecimiento.

Generar fuentes de recursos a partir del mismo trabajo del área.

Implementar procedimientos para ahorrar recursos.

Relacionar el costo de los recursos utilizados y los aprendizajes logrados: estudio costo-beneficio.

Lograr mantener los canales de comunicación abiertos y transparentes.

Responsabilizarse porque la unidad a su cargo, mantenga todos los planes y programas de estudios vigentes que correspondan al Establecimiento.

Lo que no se debe hacer

Habla mucho de los valores, pero no siempre actúa de acuerdo a lo que dice.

No logra vincular el PEI con el currículo.

Encuentra que toda actividad no lectiva es una pérdida de tiempo.

Responsabiliza totalmente a los padres de la formación de los estudiantes.

Declara que no comparte la propuesta valórica del Proyecto Educativo Institucional.

Guarda el PEI como un documento más entre otros.

No hace referencia al PEI y/o la Planificación Estratégica en los documentos oficiales.

No compromete a los padres, quienes se mantienen alejados del colegio.

Duplica el origen de la información.

Tergiversa la información.

Oculta información.

No establece niveles de comunicación. Las personas tienen acceso a información que no les compete o no deben manejar.

No verifica la información.

Da cabida a rumores.

Informa sólo lo que le conviene.

Omite información.

Informa reiterativamente detalles irrelevantes.

Asocia la evaluación del desempeño solo a la desvinculación y no al desarrollo profesional.

Permite que el desarrollo profesional no esté relacionado y evaluado en relación con las metas de aprendizaje.

Retroalimenta el desempeño de los profesores sólo al término del año.

Planifica las actividades del área sin considerar el presupuesto

Deja los proyectos inconclusos por falta de financiamiento

Solicita recursos a última hora.

Page 21: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

21

Solicita recursos y no supervisa su utilización.

Solicita materiales en exceso. Desconoce las reales necesidades.

No supervisa ni asesora.

No conoce a cabalidad los Planes y Programas.

Acepta las explicaciones acerca de los malos rendimientos, esperando que las cosas se arreglen por si solas.

No se atreve a exigir el cumplimiento de los plazos y compromisos por temor a la reacción de los profesores.

Confía en que se está haciendo en el aula lo que las planificaciones dicen. No lo verifica.

Revisa las pruebas o tablas de especificaciones después de que los instrumentos han sido aplicados.

Mantiene conversaciones informales acerca de las dificultades, dejando las soluciones sin formalizar.

No observa clases.

Es resistente a los cambios, pues considera que son sólo modas, por ello se apega a los métodos tradicionales.

Sólo le importan los buenos resultados; cómo se logren es asunto de cada profesor.

Considera que la opinión de los alumnos y alumnas respecto de la metodología del profesor no es importante.

Le molesta la popularidad que alcanzan algunos profesores que hacen clases entretenidas. Se imagina que si los alumnos y alumnas lo pasan bien, no aprenden.

Desconfía de los profesores innovadores, ya que tienden a cuestionar las prácticas establecidas.

Se ocupa sólo de los temas urgentes y descuida las políticas institucionales.

Su visión es muy parcial por lo que no ve las incoherencias entre las actividades curriculares y el PEI.

Se sumerge en un activismo que le impide reflexionar críticamente sobre la orientación del currículo.

Deja a los profesores replicar prácticas de otros establecimientos en los que trabajan, sin considerar la diferencia de contexto.

Considera al PEI sólo como un documento, no como un faro orientador del sentido de todo lo que se hace en el establecimiento.

Su accionar carece de foco pedagógico.

Solicita a los profesores numerosos informes de avance sin verificarlos y/o leerlos.

No toma acciones cuando se verifica atrasos en las programaciones.

No toma acciones cuando se produce ausencia del profesor y quedan contenidos sin tratar.

Tiene una política de “dejar hacer” con los profesores.

Informa de las dificultades a la Dirección, pero no se compromete para ayudar al profesor.

Escucha a los apoderados y estudiantes cuando se da un conflicto y no escucha las explicaciones del profesor.

A la primera dificultad cambia al profesor de curso.

Piensa que hay que darle la razón siempre al profesor.

Piensa que hay que darle la razón siempre al estudiante o apoderado.

Le pide paciencia al profesor y le promete no darle ese mismo curso al año siguiente.

Piensa que con la experiencia el profesor mejorará. Sólo hay que esperar que las cosas mejoren por si solas.

Ignora los resultados obtenidos por los alumnos y alumnas como antecedente para reflexionar sobre su práctica pedagógica.

Declara que los resultados no son importantes.

Aplica estrategias generales y no evalúa su impacto.

Saca conclusiones de los resultados sin hacer análisis estadísticos que le permitan comparar los resultados de los estudiantes con otros del nivel o de establecimientos similares.

Page 22: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

22

Entrega informes acerca del rendimiento de los cursos que atiende, como una formalidad, sin hacer análisis de él.

Trabaja aisladamente. No comparte estrategias con los miembros del Departamento de Asignatura, del nivel o de otras áreas.

Trabaja con todos los cursos de igual manera, sin considerar la información de los resultados académicos anteriores.

Tiene bajas expectativas en la capacidad de los alumnos y alumnas para mejorar sus resultados.

Tiene bajas expectativas en su habilidad profesional para mejorar los resultados de los estudiantes.

Propone proyectos que le parecen interesantes, pero no tiene claridad sobre las competencias que deben lograr los estudiantes.

Invierte recursos en proyectos de poco impacto que no se sustentan en el tiempo.

Inicia proyectos que no responden a los intereses de los estudiantes o a los objetivos de la asignatura.

No hace seguimiento del proceso del proyecto.

No involucra al departamento de asignatura y/o a la comunidad educativa en el proyecto.

Deja proyectos sin terminar.

Deja proyectos sin evaluar.

Presenta proyectos que no están orientados hacia el desarrollo de competencias en los alumnos y alumnas.

De el/a Inspector/a

Art. 46º Es el Docente que tiene como fundamental actividad velar por el cumplimiento de las normas al interior del establecimiento, tanto técnicas como administrativas. Tendrá las obligaciones señaladas en las funciones y actividades que a continuación se indican:

A.- DE CARÁCTER GENERAL.

Informar verbalmente y en forma periódica al Director sobre funcionamiento de las diversas Unidades.

Resolver y atender, dentro de sus atribuciones los problemas y situaciones que alteren la normal convivencia interna entre alumnos y alumnas y Docentes- Alumnos o alumnas, constatando previamente la acción ejercida por el Tutor.

Respetar y hacer respetar el cumplimiento de las funciones específicas.

Controlar de ingreso y salida de los alumnos y alumnas del Establecimiento, en relación al horario de entrada; como así también, fiscalizar la correcta presentación personal de los educandos.

Mantener del orden y la disciplina en los recreos, procurando que el alumno o alumna permanezca en el patio y no en las salas de clases.

Vigilar el comportamiento y orden de los alumnos y alumnas en la sala de clase en ausencia del profesor, estimulándolos en el buen uso del tiempo libre y en el ejercicio de la autodisciplina.

Controlar y registrar la inasistencia, atrasos, justificativos y certificados médicos de los alumnos y alumnas e informar a la Dirección y profesor tutor correspondiente del caso.

Llevar un registro especial de los certificados médicos y dejar constancia en el libro de clases para que los profesores tomen conocimiento del motivo de la ausencia del alumno o alumna.

Aplicar a los alumnos y alumnas las medidas disciplinarias según normas pedagógicas y reglamento vigente.

Controlar el funcionamiento de la Biblioteca, Laboratorio de Ciencias y de Computación.

Page 23: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

23

B.- DE CARÁCTER ADMINISTRATIVAS.

Orientar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades ACLE.

Velar por la conservación de dependencias, mobiliario y materiales de enseñanza que le corresponda.

Controlar la adecuada utilización e incremento del material didáctico del Colegio en concordancia con la Dirección del establecimiento.

Constatar el funcionamiento administrativo del Colegio respecto al cumplimiento de horarios de actividades y puntualidad.

Orientar y controlar permanentemente la norma del libro de registro y de los libros de clase.

Confeccionar de horario en los libros de clases y su revisión con respecto a la asistencia de los alumnos y alumnas, registro de firmas de los profesores.

Confeccionar del libro de firmas y revisión: de ausencia y suma total de horas diarias hechas por el profesor.

Mantener de libros de firmas del resto del personal; total de horas diarias semanales y mensuales trabajadas por el personal.

Confeccionar del libro de taller, revisión de firmas, suma total de horas mensuales por taller e informe a Rectoría para confección de carga horaria mensual.

Confeccionar del libro de firmas y revisión: de ausencia y suma total de horas diarias hechas por el profesor.

Mantener de libros de firmas del resto del personal; total de horas diarias semanales y mensuales trabajadas por el personal.

Confeccionar del libro de taller, revisión de firmas, suma total de horas mensuales por taller e informe a Rectoría para confección de carga horaria mensual.

Ser Responsable de la distribución de salas a alumnos y alumnas durante la jornada de clases y conforme a peticiones, mediante solicitudes de los cursos, con respaldo de un profesor responsable, para el uso después de la jornada, la cuales serán ocupadas en actividades que se especifique en dicha solicitud.

Permanecer en el Colegio durante su jornada de trabajo, responsabilizándose de las actividades que haya organizado la Dirección.

Mantener al día el libro de Registro de Matrícula anual.

Supervisar e informar en relación al aseo de las clases, patio y servicios higiénicos de uso de los alumnos y alumnas.

Revisar personalmente los libros de clases, formulando observaciones verbales a los docentes afectados y, en casos de reincidencia, dejar constancia por escrito ante la Dirección.

Encargada de biblioteca

Art. 50º Como encargado de la Unidad de Recursos de Aprendizaje, para complementar la labor docente y contribuir al mejor aprovechamiento del tiempo libre de los alumnos y alumnas, debe cumplir las siguientes funciones:

Atender alumnos y alumnas en el siguiente horario de lunes a viernes de 16:00 a 18:00 horas.

Responsabilizarse de todo el material a su cargo y registrar, clasificar y catalogar las obras para facilitar las consultas y búsqueda de autores y materias.

Confeccionar la ficha activa del libro y la ficha del lector.

Informar oportunamente sobre cualquier anormalidad en la obtención y preservación del material a la Dirección, como reparaciones de deterioros que sea necesario efectuar, el empaste, encuadernado o archivo de libros.

Dar a conocer las nuevas adquisiciones hechas por biblioteca, a través de un boletín informativo para alumnos y alumnas y profesores.

Disponer en forma destacada y visible el horario de atención.

Llevar en perfecto orden el Registro de préstamos y devoluciones de libros, anotar las pérdidas y reposiciones de libros y documentos.

Presentar anualmente a la Dirección un Inventario de la Biblioteca.

Ejercer el cargo con la mayor diligencia y responsabilidad de acuerdo a las instrucciones de la Dirección del Colegio.

Page 24: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

24

Velar celosamente por el buen mantenimiento, orden y limpieza de los textos, mobiliario y otros implementos consignados a la Biblioteca evitando pérdidas o deterioros.

De la Secretaria.

Art. 51º La Secretaria es una funcionaria de carácter administrativo responsable de entregar a través de sus conocimientos técnicos en administración y el de servicio al público, una Atención e información expedita del Colegio, a toda persona que lo requiera, atendiendo además todas las obligaciones administrativas que demanda la Secretaría.

Art. 52º Son deberes propios de la Secretaria:

Clasificar, ordenar y archivar la documentación que ingresa y sale de la oficina de Secretaría.

Cumplir responsablemente con su oficio, manteniendo debida reserva sobre el contenido de documentos que se reciben y efectuando en todo momento. una atención de público afectiva, con buenos modales y gran cordialidad.

Recibir y despachar la correspondencia del Establecimiento.

Registrar los pagos de matrícula y mensualidades.

Llevar un registro Control expedito de la morosidad notificando el atraso correspondiente, de acuerdo a la forma estipulada por el Colegio.

Responsabilizarse de recibir los montos de caja chica y por consiguiente hacer las respectivas rendiciones ante la Dirección del Colegio.

Mantener un Kárdex con los antecedentes por curso de cada uno de los estudiantes del Colegio.

Del Personal Auxiliar de Servicios Menores.

Art. 53º Son los encargados de la mantención del local como: vigilar, asear, cuidar el mobiliario, enseres e instalaciones del Colegio, y colaborar en las actividades que en él se realicen. Para desempeñar tales labores cumplirán las siguientes funciones:

Asear y ordenar las oficinas, Salas, Laboratorios para ello deberán efectuar trabajos tales como: limpiar y encerar pisos, lavar ventanas y limpiar vidrios; lavar las tazas de los profesores, directivos, administrativos y preocuparse de tener el agua y las tazas dispuestas a la hora del café; encender las estufas de las oficinas, sala de profesores y pasillo al inicio de la jornada; desempolvar muebles, limpiar sanitarios, asear y ordenar elementos de los Laboratorios y Sala de Arte; asear y regar y mantener patios, jardines y plantas al interior del Colegio.

Desempeñar eventualmente, según turno, las funciones de portería, debiendo registrar en el libro de Novedades los hechos importantes que se produzcan durante sus turnos y que requieren ser conocidos con prontitud por la Dirección. En dicho libro, consignaran hechos tales como: entrada o salida de bienes, especies, o pertenencias del Colegio, llamados telefónicos para transmitir mensajes, hora de apertura y cierre de dependencia en casos extraordinarios, etc.

Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencias y otros, obteniendo la firma de destinatarios y responsabilizándose de su contenido.

Hacer las reparaciones, restauraciones, transformaciones e instalaciones que determinen las autoridades dentro del Colegio.

Trasladar y ordenar objetos propios de oficina, archivos, Biblioteca, exposiciones, bodegas, multi taller y laboratorios.

Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación y mantención del equipo de amplificación, herramientas y maquinarias que se le hubieren asignado y el traslado de los medios audiovisuales a las Salas de clases o alguna dependencia del Colegio.

Colaborar con las operaciones de adquisición de artículos, productos, etc. propios del Colegio.

Colaborar con la preparación de Inventarios de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección, Secretario de Docencia y Encargado de Inventario, manteniendo las especies en el lugar que se indique.

Page 25: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

25

Colaborar con la preparación y realización de las actividades culturales, actos cívicos, presentación de talleres, etc.

Colaborar con el racional uso de consumos básicos tales como agua, luz, gas , teléfono, etc. responsabilizándose de cerrar llaves, apagar luces, apagar estufas y calefactores, uso del teléfono, etc.

Durante las reuniones de microcentro el auxiliar correspondiente debe quedarse hasta las 21 horas por cualquier situación de emergencia.

PÁRRAFO II Nivel de Ejecución.

Art. 54º El Nivel de Ejecución estará formado por todos los Docentes de la Unidad Educativa,

funcionarios Administrativos. Art. 55º El Nivel de Ejecución tendrá las siguientes funciones:

Planificar, organizar, desarrollar y evaluar el Proceso Enseñanza Aprendizaje para que contribuya al desarrollo integral y armónico de los alumnos y alumnas, manteniendo una comunicación permanente con los Padres y Apoderados.

Contribuir a desarrollar en el alumno o alumna valores, actitudes y hábitos en concordancia con los objetivos de la Educación Nacional, realizando una efectiva Orientación Educacional

Integrar su acción a la labor de otros Profesores, intercambiando experiencia para un mejor logro de su accionar profesional.

De los Docentes de aula

Art. 56º Los docentes de aula son profesionales de la educación que coordinan actividades educacionales, formativas y comunicacionales con alumnos y alumnas, profesores y apoderados del curso en el cual se desempeñan; en él llevan a cabo directamente los procesos sistemáticos de enseñanza y formación, lo que incluye, diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de dichos procesos y de las actividades educativas complementarias.

Art. 57º Serán funciones y atribuciones de los docentes:

Planificar cada una de las actividades que les permitan el logro de los objetivos que pretenden alcanzar, de acuerdo a la realidad de cada curso y a la evaluación diagnóstica.

Registrar en el libro de clases correspondiente, el nombre de la Unidad y las actividades o contenidos más significativos que se estén tratando.

Demostrar un permanente perfeccionamiento y una evaluación sistemática de las actividades docentes de su especialidad, lo que le permitirá mejorar sus prácticas pedagógicas.

Mantener una comunicación permanente con los profesores Tutores de sus alumnos y alumnas, proporcionándoles información sobre el desarrollo del Proceso Enseñanza Aprendizaje y sugerencias de orientación.

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de índole técnico pedagógico, impartidas por el MINEDUC y transmitidas por la Dirección del Colegio.

Resguardar el cumplimiento de los Objetivos de los Planes y Programas de estudio en el desempeño de su labor Docente.

Evaluar periódicamente a sus alumnos y alumnas en el logro de objetivos a través de Evaluaciones Diagnóstica, Formativa y Sumativa y consignarlas en el libro de clases. Si la nota obtenida por el alumno o alumna es la calificación mínima (1,0) deberá dejar una constancia en su hoja de vida y entregar el documento correspondiente a la coordinación académica.

Registrar cualquier conducta positiva o negativa del alumno o alumna en su hoja de vida y NO con una calificación.

Contribuir al desarrollo de valores, actitudes y hábitos en concordancia con el perfil del alumno o alumna y los objetivos de formación personal planteados en el Proyecto Educativo.

Page 26: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

26

Realizar una efectiva orientación educacional, vocacional y profesional adecuada a las necesidades formativas, aptitudes e intereses del educando.

Responsabilizarse de los aspectos disciplinarios, participando y haciendo cumplir las normas de seguridad y la correcta presentación personal e higiene de los alumnos y alumnas.

Diseñar alternativas que permitan desarrollar la creatividad en actividades de aprendizaje en un número suficiente como para asegurar efectivos cambios en los alumnos y alumnas.

Participar en reuniones generales del Colegio y en aquellas relacionadas con el desempeño de su función específica como reunión por departamento o especialidad y Tutoría.

Cumplir el horario de clases asignado permaneciendo en la sala de clases.

Responsabilizarse por el uso que se le dé al material didáctico que está bajo su responsabilidad.

Preocuparse de revisar la inasistencia de los alumnos y alumnas y solicitarles el pase correspondiente, una vez que ingrese al establecimiento.

Preocuparse por mantener a todos los alumnos y alumnas al interior del aula, mientras se desarrollan actividades pedagógicas, llevando el control académico y disciplinario de la clase.

Anotar en el calendario de evaluaciones las pruebas y trabajos dados a los alumnos y alumnas con la debida antelación, preocupándose de dejar clara constancia en el libro de los objetivos a medir en la evaluación.

Visar todo instrumento de evaluación o pauta de cotejo por la Coordinación Técnica previa a su aplicación.

Integrar e informar a los otros profesores que atienden al curso, alineando las estrategias y formando un equipo de trabajo unido por metodología y metas comunes.

Encuentra los medios para relacionar a los estudiantes con el entorno, (visitas a lugares como: fábricas, museos, exposiciones de arte, bibliotecas, parques, playas, cine, teatro y otros), planificando dichas actividades con objetivos formativos.

Obtener la confianza de los estudiantes estando siempre disponible para escucharlos con actitud de entrega cariñosa y comprometida con su proceso de crecimiento personal.

Participar con entusiasmo en las actividades del curso.

Lograr vencer la resistencia de algunos padres, ganando su confianza para hacer un trabajo conjunto con la familia.

Compartir sus experiencias con otros profesores del ciclo, asumiendo un rol de liderazgo motivador.

Realizar talleres con los padres para capacitarlos en las metodologías más adecuadas para apoyar el aprendizaje de sus hijos.

Estar dispuesto a impulsar las iniciativas de los padres que pueden significar mayor inversión de trabajo y tiempo, en forma voluntaria.

Liderar la participación de los padres con el aporte de ideas nuevas, la participación, el entusiasmo y la acogida a todos.

Solicitar y considerar los aportes y la evaluación que hacen los padres y apoderados, de los profesores de sus pupilos.

Encuentra diferentes formas de mantener abierta la comunicación con los padres y apoderados para recibir aportes y sugerencias.

Transmitir a toda la comunidad la urgencia de trabajar en prevención temprana, para obtener buenos resultados.

Movilizar la participación de los profesores en la red de apoyo de los estudiantes.

Impulsar la realización de asambleas de estudiantes del para que opinen acerca de sus intereses y/o dificultades, como una manera de ejercer sus derechos como estudiantes.

Estar dispuesto a apoyar las iniciativas de los estudiantes aunque signifiquen una inversión mayor de trabajo y tiempo, en forma voluntaria.

Difundir los proyectos de sus estudiantes para motivar a otros cursos a participar en actividades similares.

Organizar grupos de estudiantes-tutores para apoyar académicamente a sus compañeros.

Page 27: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

27

Impulsa campañas de bien común, con inicio y cierre de campañas que permitan divulgar y destacar el trabajo realizado.

Lo que no se debe hacer

Discriminar negativamente a los niños que considera menos capaces o con problemas de adaptación.

Ser inflexible con el uso del tiempo.

Corregir pruebas, completa el libro de clases o hace otras tareas durante el Consejo de Curso.

Solucionar los problemas asignando castigos y citando a los apoderados para quejarse del comportamiento de los estudiantes.

Cuando existen problemas con estudiantes sugiere en forma precipitada evaluación médica para posible tratamiento medicamentoso.

Realizar reuniones de apoderados basadas en la entrega de información, sin promover la participación y carentes de sentido formativo.

Permitir al subcentro de padres hacerse cargo de la reunión de apoderados, asumiendo una actitud pasiva y desinteresada.

No considera a los apoderados al planificar las actividades de la jefatura.

Manifiesta que los padres deben “mantenerse lo más alejados que sea posible”.

Su actitud pasiva impulsa a los apoderados a no respetar el conducto regular.

Permite que los apoderados impongan sus decisiones en contra de los lineamientos del Establecimiento.

Expresar opiniones y/o se comporta en forma contraria a los valores del establecimiento, en su relación con los apoderados.

Trivializar las reuniones de apoderados, reduciéndolas a la entrega de información y realización de actividades de tipo social.

Declarar no estar capacitado para realizar talleres de formación con los padres, por lo tanto se niega a hacerlos.

Entrevistar solamente a los apoderados de los estudiantes que presentan alguna dificultad.

Entrevistar a los padres en cualquier momento, desatendiendo el curso.

Generar relaciones con los apoderados que interfieren con su trabajo como Profesor Jefe.

Discriminar negativamente a los estudiantes y/o familias con problemas.

Emitir juicios lapidarios respecto de las personas que tienen problemas. (Profecía Autocumplida).

Utilizar en forma inadecuada la información que posee.

Declarar que la prevención es un problema que sobrepasa a la escuela, por lo que no se puede hacer algo al respecto.

Declarar no tener preparación específica en el tema, por lo tanto, desplaza la responsabilidad a otros.

Declarar que sus estudiantes no están en edad de hablar de estos temas.

Atemorizar a los padres presentando una realidad de escuela peligrosa para sus hijos.

Abordar este tema desde el temor y el rechazo.

Expresar opiniones y/o se comporta en forma contraria a los valores del establecimiento en la relación con los estudiantes.

No motivar a sus estudiantes a participar en las actividades del establecimiento.

No atender a los estudiantes que no participan, buscando actividades que sí les interesen.

No tener claro quiénes participan en actividades de libre elección y quiénes no.

Permitir que los padres impongan las actividades que realizarán los estudiantes.

Fomentar la competitividad entre los estudiantes, permitiendo que se deteriore la convivencia.

No considerar la participación de los estudiantes en actividades no académicas en la asignación de refuerzos afectivos, premios u observaciones positivas.

Declarar que todo lo que no sea académico es una pérdida de tiempo.

Page 28: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

28

No acompañar a sus estudiantes en actividades recreativas como aniversarios del colegio, campeonatos deportivos, participación en actividades culturales y otras.

De los Tutores

Art. 58º El Profesor Tutor es el profesional de la educación por excelencia. Su quehacer está centrado en sus alumnos y alumnas, a los que deberá procurarles una orientación permanente en la solución de sus problemas con una formación humana integral.

Art. 59º Los Tutores son la tercera autoridad de línea y son designados al inicio del año escolar por el

Director. Art. 60º Son deberes y atribuciones del Tutor:

Atender todas las inquietudes y sugerencias del curso que él dirige, siendo el principal responsable de sus alumnos y alumnas.

Conocer, por medio de las entrevistas individuales, los intereses de cada alumno o alumna, como también el ambiente social y familiar que les rodea.

Entregar oportunamente la planificación de Tutoría preparada para su curso de acuerdo a las inquietudes, necesidades e intereses de sus alumnos y alumnas y apoderados.

Entrevistar a los apoderados para conocer sugerencias sobre el accionar de su hijo(a).

Prestar una atención especial a aquellos que tengan bajo rendimiento o problemas que incidan en su normal desarrollo y tomar las medidas pertinentes que conlleven a una superación de las dificultades que el educando presente.

Velar por la calidad del Proceso Enseñanza Aprendizaje en el ámbito de su curso, confrontando periódicamente la realidad del grupo con el estudio hecho al comienzo del año escolar.

Conocer el rendimiento grupal de cada asignatura y elaborar el cuadro estadístico e informe al Consejo de Evaluación al término de cada semestre.

Promover la participación del grupo curso en las actividades del Colegio y velar por su cumplimiento.

Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas de la hora de Tutoría.

Desarrollar periódicamente reuniones de padres, velando por la participación de ellos y haciendo atractiva las reuniones.

Fomentar hábitos y modales de cortesía entre sus alumnos y alumnas y comunidad en general.

Analizar al término de cada semestre en Consejo el comportamiento de sus alumnos y alumnas e indicar las medidas disciplinarias que se deben tomar al respecto y registrar las observaciones en la planilla correspondiente.

Incentivar mediante estímulos aquellos alumnos y alumnas que se destaquen en las diversas actividades del Colegio.

Organizar y dirigir a la directiva del curso de acuerdo a los objetivos del Colegio.

Mantener al día los documentos relacionados con la identificación de cada alumno o alumna (certificado de nacimiento, fotocopia del RUT, certificados de estudios e informe de comportamiento) y marcha pedagógica del curso.

Transcribir y entregar de calificaciones periódicas a los alumnos y alumnas y a los padres y apoderados (informe de rendimiento escolar).

Revisar constantemente la hoja de vida de sus alumnos y alumnas, arbitrando las medidas disciplinarias que corresponden.

Mantener constantemente informado a los padres sobre el quehacer educativo de su hijo(a).

En el ámbito de su curso, son la autoridad superior y responden ante la Dirección sobre los aspectos pedagógicos.

Es responsable del llenado de la Ficha de Matrícula de su curso, donde se indica la promoción y/o su permanencia en el Colegio.

Page 29: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

29

Asistir y/o presidir los consejos técnicos que le correspondan.

Asumir las funciones de Orientador y Evaluador de su curso.

Entregar informe escrito sobre los aspectos académicos y/o administrativos tratados durante las reuniones de Apoderados.

Entregar informe escrito a la Dirección sobre las actividades y propósitos de los fondos recaudados por los alumnos y alumnas y apoderados.

Elaboración de los informes educacionales (certificados, concentración de notas, informe de comportamiento y acta de calificación).

De la asistente de párvulos y de primer ciclo

Art. 61º Asistente Técnico de la educación que en colaboración con los distintos profesionales de la educación, busca favorecer aprendizajes de calidad en los niños de Nivel Transición y Primer Ciclo de Educación Básica, a través de procesos sistemáticos de enseñanza y formación que apuntan al desarrollo integral de los estudiantes, en los distintos momentos que involucra el proceso educativo.

Art. 62º Son deberes y atribuciones de la Asistente:

Transmitir los principios que inspiran a la Sociedad Educacional La Araucana y al colegio que representa.

Ajustar su quehacer a la normativa legal vigente en el establecimiento educacional.

Apoyar al Educadora de Párvulos y/o al Profesor(a) de Educación General Básica en la planificación, ejecución y evaluación de los aprendizajes de los estudiantes.

Preocuparse por la preparación de material didáctico y/o de apoyo a la labor del docente.

Responsabilizarse por el cuidado y mantención de todos los recursos didácticos que tanto el colegio como los padres y apoderados ponen a su disposición, para apoyar los aprendizajes de los niños.

Preocuparse por organizar el ambiente para el aprendizaje, conforme a las orientaciones recibidas de parte de la Educadora y/o Profesor(a) de Educación General Básica.

Preocuparse por la mantención y orden de las pertenencias personales del grupo de niños a su cargo.

Preocuparse por llevar un registro, ordenar y guardar los útiles escolares de los estudiantes.

Preocuparse por la revisión de tareas entregadas a los niños, de acuerdo a las indicaciones del Educador y/ o Profesor de Educación General Básica.

Preocuparse por la formación de hábitos en los niños.

Preocuparse por cuidar y vigilar permanentemente a los niños en sus horas de patio y juego libre.

Establecer una comunicación cordial y cercana con los padres y apoderados.

Apoyar a la educadora de párvulos y/o al profesor(a) de Educación General Básica en el desarrollo de actividades pedagógicas.

Apoyar el aprendizaje individual de los niños conforme a las orientaciones entregadas por Educadora de Párvulos y/o Profesor(a) de Educación General Básica.

Page 30: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

30

PÁRRAFO III. Nivel de Coordinación.

Art. 63º Constituirán el Nivel de Coordinación todos los Docentes y Docentes Directivos de la Unidad

Educativa. Art. 64º Serán funciones del Nivel de Coordinación el relacionar los tres Niveles de estructura de

Organización del Establecimiento (Dirección, Planificación y Ejecución), para coordinar las acciones tendientes al desarrollo armónico de la Unidad Educativa.

Del Consejo de Coordinación. Art. 65º El Consejo de Coordinación estará integrado por el Director y coordinadores de nivel. Art. 66º El Consejo de Coordinación es el organismo encargado de asesorar a la Dirección en las

siguientes funciones: a) Estudiar las disposiciones del nivel Central, para su mejor interpretación y posterior aplicación. b) Relacionar los tres niveles de la Estructura de la Organización del Colegio (Dirección,

planificación y ejecución). c) Coordinar las acciones tendientes al desarrollo armónico de la Unidad Educativa. d) Presentar, analizar y estudiar iniciativas creadoras en beneficio del Colegio. e) Intensificar la integración del colegio con la comunidad, a través de acciones conjuntas, que

permitan un mayor grado en la calidad de la Educación. f) Detectar posibles debilidades del sistema y sugerir alternativas de solución g) Programar actividades generales del Establecimiento.

Art. 67º Las funciones señaladas en el artículo anterior serán concretadas a través de las siguientes

instancias: a) Consejo General de Profesores. b) Consejos de Profesores Tutores. c) Consejo de Profesores de Subsector. d) Consejo de Profesores de Curso. e) Reunión de Centro de Padres. f) Reunión de Centro de Alumnos y alumnas.

Del Consejo General de Profesores Art. 68º Estará constituido por el personal Directivo, los docentes y Administrativos, y presidido por el

Rector del establecimiento. Art. 69º Los asuntos que se traten en el Consejo son estrictamente confidenciales. El profesorado y el

personal que asiste a los consejos debe guardar absoluta reserva de lo tratado. Art. 70º Los deberes y atribuciones del Consejos de Profesores son:

a) Programar, coordinar y evaluar las actividades que se desarrollen en el Establecimiento. b) Sesionar ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cada vez que sea necesario,

previa convocatoria. c) Analizar documentos y asuntos técnicos sugiriendo las medidas que se estimen procedentes

para el mejoramiento del proceso educativo. d) Analizar situaciones específicas referidas al alumnado y proponer soluciones, cuando

proceda. e) Establecer criterios de unidad en la aplicación de métodos y técnicas pedagógicas. f) Proponer e impulsar acciones que promuevan el perfeccionamiento del proceso educativo.

Page 31: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

31

g) Difundir y apoyar las experiencias de valor educativo. h) Cautelar que las actividades planificadas para ser desarrolladas por los alumnos y alumnas,

tengan significación educativa. i) Coordinar o integrar las asignaturas del Plan de Estudio. j) Pronunciarse sobre la conducta y comportamiento de los alumnos y alumnas, sugiriendo

medidas orientadoras tendientes a buscar solución a los problemas. k) Proponer distinciones especiales a profesores, alumnos y alumnas, padres y amigos del

Colegio e instituciones, por actuaciones meritorias al servicio del Establecimiento. l) Aprobar las actas de las reuniones tomadas por el Secretario dirigido por el mismo Consejo de

Profesores.

Del Consejo de Profesores Tutores. Art. 71º Es el organismo asesor encargado de organizar, apoyar y orientar a los cursos, de acuerdo con

los principios y filosofía educacional del Colegio. Art. 72º El Profesor Tutor debe mantener permanentemente informada a la Dirección del

Establecimiento de todas aquellas situaciones relevantes y/o problemas particulares de sus alumnos y alumnas, para buscar la solución adecuada.

Art. 73º El Profesor Tutor cumple una función primordial para el cumplimiento de los objetivos del

proceso educativo para lo cual realizará las siguientes funciones: a) Reunirse semanalmente, bajo la dirección de la Director o del docente Encargado de

Orientación. b) Orientar y realizar sus actividades de acuerdo con las finalidades y normas generales propias

de la Educación, acorde con los principios y características del Colegio. c) Impulsar y coordinar actividades propias de los Tutores. d) Propiciar la elaboración de instrumentos que faciliten las acciones de los Tutores. e) Planificar actividades que nos permitan descubrir los intereses y aptitudes de los alumnos y

alumnas para orientarlos para que realicen una buena elección de acuerdo a su vocación f) Planificar actividades que permitan a través de los Tutores, integrar a las familias al proceso

educativo como un colaborador permanente en el proceso de formación. g) Analizar el comportamiento de los alumnos y alumnas y determinar el tratamiento pedagógico

que corresponda. h) Planificar las reuniones mensuales con los apoderados.

Del Consejo de Profesores de Subsector. Art. 74º Es el organismo encargado de desarrollar actividades técnico pedagógicas con la finalidad de

que se cumplan los objetivos de cada disciplina, mediante la planificación y coordinación de los métodos de enseñanza y las técnicas de evaluación.

Art. 75º Corresponde a los Consejos de Subsector las siguientes funciones:

a) Orientar y realizar sus actividades de acuerdo con las finalidades y normas generales propias de la Educación y acorde con las características del Colegio.

b) Contribuir a la coordinación, correlación e integración de las materias de las diversas asignaturas de los planes de estudio.

c) Seleccionar los temas o contenidos esenciales a desarrollar en cada programa y planificar las tareas que se realizarán durante el año lectivo, según el número de horas de clases factibles de realizar, de acuerdo a la planificación del Colegio.

d) Planificar el desarrollo y profundidad de los objetivos transversales por nivel. e) Diseñar instrumentos necesarios para hacer aplicables las normas de evaluación. f) Ejecutar acciones de autoperfeccionamiento, en concordancia con la Dirección.

Page 32: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

32

Del Consejo de Profesores de Curso. Art. 76º Es el organismo encargado de coordinar el conjunto de las tareas del curso, evaluar resultados

de la enseñanza y arbitrar medidas para aumentar su eficiencia, cumpliendo las siguientes funciones:

a) Analizar el rendimiento del curso y arbitrar las medidas para aumentar la eficiencia de la enseñanza y del aprendizaje

b) Informar a la Dirección sobre las solicitudes de apelación de aquellos alumnos y alumnas que se hayan excedidos de los porcentajes de inasistencia establecidos en el reglamento.

c) Analizar el comportamiento de los alumnos y alumnas del curso y determinar el tratamiento pedagógico que corresponda a cada curso, previa asesoría de la Dirección.

d) Colaborar con el Profesor Tutor en la elaboración del informe de comportamiento, de asistencia y de rendimiento.

e) Sesionar una vez cada semestre y en forma extraordinaria cuando sea necesario.

Del Consejo Escolar Art. 77º El consejo tendrá atribuciones de tipo consultivo, informativo, propositito, no resolutivo. Art. 78º El consejo Escolar estará integrado a lo menos por:

a) El Director del establecimiento, quien lo presidirá; b) El sostenedor o un representante designado por él mediante documento escrito; c) Un docente elegido por los profesores del establecimiento, mediante un procedimiento

previamente establecido por éstos; d) El presidente del Centro de Padres y Apoderados; y, e) El presidente de Centro de Alumnos y alumnas de Enseñanza Media.

Art. 79º Específicamente debe ser informado sobre las siguientes materias: a) Los logros de aprendizajes de los alumnos y alumnas Para esto el presidente presentará

un informe semestral general del rendimiento escolar y/o mediciones de la calidad de la educación, obtenidos por el establecimiento.

b) Informes de visitas de fiscalización del Ministerio de Educación, respecto del cumplimiento de la Ley Nº 18.962 y del D. F. L. Nº2 de 1998 del Ministerio de Educación. Esta información será comunicada por el Presidente del consejo.

Art. 80º El consejo será consultado, a lo menos, en los siguientes aspectos:

a) Proyecto Educativo Institucional; b) Programación anual y actividades extracurriculares; c) Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos; d) Información a presentar en Cuenta Pública Anual, antes de ser presentada a la

comunidad educativa; y, e) Modificaciones al reglamento interno del colegio.

El Consejo no podrá intervenir en las demás instancias de reunión u organización de otros órganos del colegio. El Director del colegio, informará a los miembros del consejo sobre las materias referidas en este artículo.

Art. 81º El Consejo deberá sesionar 4 veces cada año, con un espacio de tiempo entre cada sesión, de

no más de tres meses. Art. 82º El Sostenedor debe informar en la primera sesión de cada año, que el consejo escolar tiene

carácter participativo, pero no resolutivo; que materias y temas se tratarán en las sesiones, dejando registrada en acta la información entregada. Desde esta primera sesión en adelante, para cada sesión se nombrará un responsable de escribir en acta la tabla y desarrollo de la sesión.

Page 33: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

33

Art. 83º Una vez constituido el Consejo, se debe efectuar la primera sesión, antes que termine el primer semestre del año escolar en curso, siendo el Director el que convoque a sus integrantes, a través de una carta enviada al domicilio y una circular dirigida a toda la comunidad escolar, con unos 10 días de anticipación a la fecha de sesión.

Art. 84º Una vez sesionado el Consejo, el Director hará llegar al Departamento Provincial del Ministerio

de Educación una copia del acta constitutiva, la que debe indicar: a) Identificación del establecimiento; b) Fecha y lugar de constitución del Consejo; c) Integrantes del Consejo escolar; d) Funciones informativas y consultivas que hayan quedado establecidas según el presente

documento; e) Su organización, funcionamiento y peridiocidad.

Cualquier cambio en los miembros del Consejo, posterior a este comunicado, se debe enviar al Departamento Provincial del Ministerio de Educación, para su actualización.

Page 34: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

34

PÁRRAFO IV. Deberes y Derechos De los Profesionales y Asistentes de la Educación

Del Establecimiento. Art. 85º La persona que firma un contrato de trabajo con el Establecimiento, forma parte de la

comunidad educativa y por lo tanto se compromete a desempeñar su labor de acuerdo al espíritu que anima a la familia del Colegio Creación La Araucana, y que se traduce en este Reglamento Interno de acuerdo con su Modelo Educativo.

Art. 86º Es responsabilidad del Empleador:

Procurar el crecimiento intelectual y profesional de los educadores, docentes y asistentes de la Educación, a través de jornadas de perfeccionamiento laboral.

Respetar a los educadores en su calidad personal y profesional.

Velar que los alumnos y alumnas y apoderados valoren la labor docente, apoyándola en forma permanente.

Velar por las buenas relaciones al interior de la organización, fundamentalmente entre los docentes y la Dirección, fomentando un clima de lealtad y armonía.

Asegurar estabilidad laboral en los profesores con dedicación exclusiva, siempre que mantengan una conducta de acuerdo a principios y valores básicos de responsabilidad exigidos por el establecimiento y cuidando el cumplimiento de sus deberes profesionales.

Procurar condiciones laborales adecuadas según las necesidades y posibilidades del Establecimiento.

Proporcionar material didáctico acorde a los niveles y especialidad del Establecimiento. Art. 87º El personal tiene las siguientes obligaciones:

Realizar personal y diligentemente la labor convenida en cada contrato de trabajo.

Guardar lealtad y respeto al Establecimiento y a su Dirección.

Mantener relaciones deferentes con directivos, compañeros de trabajos, alumnos y alumnas y apoderados.

Firmar un inventario por el cual cada uno se hace responsable de la dependencia y bienes que se le confían.

Mantener una presentación personal y corrección de lenguaje y conducta deseable en los integrantes de una unidad educativa.

Cumplir con los criterios de normativa disciplinaria y con la línea curricular proporcionada por la Dirección del colegio.

Abandonar la sala de clases al final de la hora respectiva, después que lo hagan los alumnos y alumnas, velando que la sala quede en condiciones aceptables.

Llevar el libro de clases a la sala de profesores o Inspectoría en cada recreo o término de jornada.

Mantener al día los Libros de clases y demás documentos oficiales.

Asistir puntualmente al cumplimiento de las horas de trabajo pactadas en cada contrato, dejando constancia de la asistencia y puntualidad en la forma que el Colegio determine.

Presentar las Licencias Médicas en el plazo legal, antes de 48 horas.

Cuidar de la conservación, buen estado, aseo y uso adecuado de las instalaciones y materiales, evitando pérdidas, deterioros o gastos innecesarios.

Art. 88º Para todo trabajador del Establecimiento, constituye una falta:

Eludir sus responsabilidades Académicas respecto del aprendizaje de sus alumnos y alumnas.

Faltar al trabajo o abandonarlo durante la jornada sin la autorización de la Dirección.

Atrasarse reiteradamente y sin justificación.

Suspender sin causa justificada las actividades de trabajo o inducir a otros funcionarios a hacer lo mismo.

Page 35: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

35

Hacer circular listas u organizar colectas sin la autorización de la Dirección y promover dentro del Establecimiento actividades político- partidista.

Ningún trabajador podrá tomar la representación del Colegio para efectuar actos, contratos o compromisos que comprometan el patrimonio del Establecimiento.

El trabajador no podrá efectuar llamadas telefónicas personales, en especial de larga distancia sin la autorización expresa de la Dirección, debiendo restituir su valor una vez efectuada la llamada.

Realizar ventas o actos de comercio dentro del Establecimiento sin la autorización de Dirección.

Dar clases particulares remuneradas a sus alumnos y alumnas dentro o fuera del Colegio. Art. 89º Como valoración personal del docente y con el fin de estimular su propia superación

profesional, se deben considerar los siguientes criterios:

Adhesión permanente a los principios y valores del modelo pedagógico contructivista del Colegio.

Relación respetuosa, afable y contructiva con los alumnos y alumnas, colegas y apoderados.

Calidad en su desempeño en el proceso enseñanza- aprendizaje.

Capacidad para crear un ambiente de trabajo Activo, Participativo y serenamente disciplinado.

Participación en las distintas actividades organizadas por el Colegio.

Interés y preocupación por el propio perfeccionamiento cultural y profesional.

Cumplimiento del horario habitual de clases, con dedicación y puntualidad. Art. 90º Responsabilidad respecto a:

Manejo de la información en el Libro de Clases.

Colocación y entrega de calificaciones.

Informes y trabajos técnicos solicitados por la Dirección del colegio y departamentos respectivos.

Del Contrato De Trabajo

Art. 91º Toda persona que postule a trabajar en el Establecimiento deberá presentar la documentación de acuerdo a la función.

Art. 92º El Contrato de Trabajo deberá contener al menos las siguientes estipulaciones, según lo

normado por el Estatuto Docente y/o el Código Laboral: Firmas de ambas partes (Empleado y Empleador)

Lugar y fecha del Contrato.

Individualización del empleador y del trabajador con indicación de nacionalidad, nacimiento, dirección y fechas de ingreso.

Determinación de la naturaleza de los servicios, del lugar y ciudad en que se prestarán.

Monto, forma y período de la remuneración acordada.

Distribución de la jornada de trabajo.

Plazo del Contrato.

Otros convenios que se acordaren. Art. 93º Todo Contrato de un docente, además de las indicaciones señaladas en el artículo anterior,

deberá considerar las siguientes especificaciones:

Descripción de la función docente, directiva o de aula que se le encomiende, especificando las actividades propias de dictación de clases y las de colaboración.

Determinación de la jornada de trabajo, medida en horas cronológicas.

Determinación si el Contrato es de plazo indefinido, de plazo fijo o de reemplazo.

La jornada de trabajo semanal para los asistentes de la educación, auxiliar y servicios menores, no excederá de 45 horas.

Page 36: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

36

Art. 94º La asistencia al trabajo será controlada por medio de un Registro consistente en un Libro de Asistencia.

Art. 95º El registro debe hacerlo personalmente el trabajador, quedando prohibido que lo haga otra

persona por encargo. Quedará constancia en el control de asistencia la ausencia parcial o total del trabajador durante su jornada de trabajo.

De Las Remuneraciones y Descuentos

Art. 96º Por remuneración se entiende la retribución en dinero que debe percibir el trabajador por parte del Empleador, causada por la prestación del servicio.

Art. 97º El pago de las remuneraciones mensuales se hará a más tardar el último día hábil del mes

calendario, en el Establecimiento.

Art. 98º El Empleador deberá deducir de las remuneraciones

Los impuestos que las graven.

Descuentos previsionales legales.

Junto con el pago, el empleador deberá entregar al trabajador una liquidación de sueldo con indicación del monto pagado y sus descuentos.

Licencias y Permisos

Art. 99º Para los efectos del siguiente Reglamento se entenderá por Licencia el período en que el trabajador, por razones previas y protegidas por la legislación vigente, suspende temporalmente sus servicios, manteniendo el vínculo contractual con la institución por las siguientes razones:

Licencia por enfermedad.

Licencia por maternidad.

Licencia por accidente del trabajo. Art. 100º Se entiende por permiso la autorización que otorga la Dirección al trabajador para no concurrir a

su trabajo o para ausentarse temporalmente del lugar de trabajo dentro de la jornada diaria. Art. 101º Los permisos podrán ser con goce o sin goce de remuneraciones según lo determine por escrito

el Empleador.

PARRAFO V

Del procedimiento especial por reclamo de acoso sexual (entre adultos de la comunidad escolar) Art. 102º En caso de acoso sexual, la persona afectada deberá hacer llegar su reclamo por escrito a la

dirección de la empresa, establecimiento o servicio o a la respectiva Inspección del Trabajo. Art. 103º Recibida la denuncia, el empleador deberá adoptar las medidas de resguardo necesarias

respecto de los involucrados, tales como la separación de los espacios físicos o la redistribución del tiempo de jornada, considerando la gravedad de los hechos imputados y las posibilidades derivadas de las condiciones de trabajo. En caso que la denuncia sea realizada ante la Inspección del Trabajo, ésta sugerirá a la brevedad la adopción de aquellas medidas al empleador.

Art. 104º El empleador dispondrá la realización de una investigación interna de los hechos o en el plazo

de cinco días, remitirá los antecedentes a la Inspección del Trabajo respectiva. Art. 105º En cualquier caso la investigación deberá concluirse en el plazo de treinta días. Si se optare por

una investigación interna, ésta deberá constar por escrito, ser llevada en estricta reserva,

Page 37: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

37

garantizando que ambas partes sean oídas y puedan fundamentar sus dichos, y las conclusiones deberán enviarse a la Inspección del Trabajo respectiva.

Art. 106º Las conclusiones de la investigación realizada por la Inspección del Trabajo o las observaciones

de ésta a aquélla practicada en forma interna, serán puestas en conocimiento del empleador, el denunciante y el denunciado.

Art. 107º En conformidad al mérito del informe, el empleador deberá, dentro de los siguientes quince

días, contados desde la recepción del mismo, disponer y aplicar las medidas o sanciones que correspondan.

PÁRRAFO VI Normas de Vida Escolar.

De Las Normas Generales

Art. 108º El Colegio Creación ha considerado para un normal desarrollo escolar la creación de un clima propicio, que permita lograr en los alumnos y alumnas una conducta adecuada a los requerimientos de nuestra sociedad, para formar personas, que puedan desenvolverse en cualquier ámbito, orientado hacia el bien común, desempeñándose con honestidad, dignidad, cultura, solidaridad, compañerismo, disciplina, respeto, responsabilidad y una participación activa que ayude al fortalecimiento de los objetivos de nuestro Colegio. Por lo tanto, se han implementado las siguientes normas:

De los derechos de los alumnos y alumnas

Art. 109º El estudiante del Colegio Creación Puerto Montt es una persona de deberes y derechos, en

proceso de formación física, ética y sicológica, por lo tanto debe contribuir a su desarrollo participando en él, consciente y críticamente

Art. 110º Todo alumno o alumna tiene derecho a exigir un tratamiento respetuoso de su persona y un

servicio educacional acorde a lo comprometido entre el Colegio y sus Padres. Art. 111º Todo alumno o alumna tiene derecho a exigir que el colegio vele por su seguridad integral

(física, intelectual y moral). Art. 112º Todo alumno o alumna será reconocido y valorado independientemente de su origen cultural,

lengua, cosmovisión o historia.

Art. 113º Todo alumno o alumna tiene derecho a conocer el Proyecto Educativo Institucional del Colegio. Art. 114º Todo alumno o alumna tiene derecho a conocer los objetivos del plan de estudios de su nivel. Art. 115º Todo alumno o alumna tiene derecho a conocer el Reglamento de Evaluación y Promoción. Art. 116º Todo alumno o alumna tiene derecho a ser informado oportunamente del calendario de pruebas

escritas, orales, trabajos, disertaciones y las pautas de evaluación con sus respectivos puntajes y del resultado de ellos.

Art. 117º Todo alumno o alumna tiene derecho a conocer su calificación a lo menos 24 horas antes de

rendir la siguiente prueba en la misma asignatura. También, conocer en forma oportuna sus dificultades académicas para recibir la orientación adecuada.

Page 38: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

38

Art. 118º Aclarar sus dudas respecto de sus calificaciones y revisar sus pruebas o trabajos antes de que la nota sea puesta en el libro de clases. Una vez colocada la nota y aclarada las dudas del alumno o alumna al respecto, no se aceptarán reclamos.

Art. 119º Todo alumno o alumna que se accidente dentro del Establecimiento o en el trayecto directo de

ida y regreso de su hogar al Colegio, tiene derecho al seguro estatal de accidentes (Ley 16.744) Art. 120º Recurrir a instancias superiores cuando sus demandas no sean atendidas por su profesor tutor

o de asignatura. Art. 121º Participar en todas las actividades propias del curso o del colegio. A disfrutar los recreos y el

tiempo para servirse su colación, como una modalidad de descanso y satisfacer sus necesidades básicas.

Art. 122º Los alumnos y alumnas tienen derecho a la obtención de premios y estímulos de parte del

colegio que se desprenden de su rendimiento académico, su comportamiento, entre otros estímulos que determine el establecimiento.

Art. 123º Toda alumna embarazada, tiene derecho a ingresar y permanecer en el establecimiento

educacional; además de entregarle las facilidades académicas necesarias (Ley Nº 19.688).Será deber de la familia y/o afectada informar oficialmente al colegio.

Art. 124º Todo alumno o alumna con discapacidad física, tiene derecho a estudiar. Será deber del

establecimiento proveer de infraestructura necesaria para facilitar el desplazamiento de estos estudiantes.

Art. 125º Antes de la aplicación de cualquier sanción disciplinaria, el alumno o alumna tendrá derecho a

exponer las razones de su comportamiento

De los deberes de los alumnos y alumnas Art. 126º Debe acatar en forma voluntaria y consciente las normas y recomendaciones del Colegio. Art. 127º Debe participar en las actividades propias del curso y del Colegio. Art. 128º Es obligación de los alumnos y alumnas tener todos los útiles y materiales requeridos por el

colegio y por el subsector de aprendizaje correspondiente. Art. 129º Debe cuidar el mobiliario de sus salas y todo el material del Colegio que utilice, como libros,

radios, computadores, TV, videos, baños, etc. El deterioro malicioso o por descuido de ellos, exigirá su reparación o reintegro por parte de los responsables. Además debe velar para que salas, baños y patios se mantengan limpios.

Art. 130º Demostrar un comportamiento óptimo dentro y fuera del Colegio. El uniforme e insignia que lo

distingue del resto de los educandos será un estímulo para evidenciar los valores y la identificación del colegio.

Art. 131º Al término de la jornada los alumnos y alumnas deberán dejar su sala en orden. El profesor que

se encuentre en el curso en ese momento, asumirá la responsabilidad de destacar el valor educativo de esa acción.

Art. 132º Durante el horario escolar los alumnos y alumnas deberán permanecer dentro del recinto que

se les asigne, ya que están bajo la responsabilidad de las autoridades del Colegio. Se entiende como horario escolar tanto el que corresponde a las clases diarias como el relativo a

Page 39: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

39

actividades extraordinarias tales como visitas a empresas, encuentros deportivos, presentaciones públicas y cualquier otra convocatoria oficial del Colegio.

Art. 133º Es deber del alumno o alumna ser responsable frente a sus obligaciones como estudiante,

preocupándose de cumplir exitosamente con las tareas propias de su formación escolar. Así mismo el Colegio aspira a que sus alumnos y alumnas sean ejemplo de buen comportamiento entre ellos mismos, entre alumnos y alumnas y sus superiores y entre estudiantes y el personal del Colegio. Se espera que sean capaces de actuar solidariamente con los compañeros más débiles y proteger a los alumnos y alumnas de cursos inferiores, como así también, respetar y proteger el medio ambiente, demostrando conciencia sobre el uso racional de los recursos naturales, siendo solidario con las futuras generaciones.

Art. 134º El alumno o alumna debe cooperar activamente en la mantención de un grato ambiente de

estudio, presentando permanentemente un comportamiento cortés, auténtico y correcto. Debe velar por la utilización de un vocabulario adecuado dentro de su grupo, aunque no se encuentre en el Establecimiento.

Art. 135º Registrar en la primera hoja de su agenda y/o de uso oficial, la foto con su nombre y datos

personales. No se aceptarán justificativos o comunicaciones en ningún otro material que no sea ésta.

Art. 136º Indemnizar en un plazo no mayor a 30 días todo daño material que voluntaria o

involuntariamente cause el alumno o alumna, previa composición de los hechos.

De Las Normas de Los Alumnos y alumnas

Art. 137º De ingreso:

Jornada mañana de 08:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes, Pre Kinder y Kinder.

Jornada Escolar Completa de 8:00 a 16:15 horas, de lunes a jueves y la salida del viernes es a las 13:45.

Art. 138º De permanencia: Los alumnos y alumnas deberán permanecer en el Colegio durante toda la

jornada, sólo podrán hacer abandono del Establecimiento cuando:

Su Apoderado lo solicite personalmente, quedando constancia del hecho en el libro de registro en Inspectoría.

En caso de enfermedad, previa consulta telefónica a su Apoderado, quien lo retirará del establecimiento, o enviará a un representante autorizado por él, quien deberá ser mayor de edad y presentar su carné de identidad al momento del retiro.

En el caso que deba participar en actos oficiales, quedará registrado en el libro de clases el o los alumnos y alumnas y el motivo.

Por cualquier eventualidad en que se suspendan las clases a mitad de la jornada, los alumnos y alumnas serán despachados con una comunicación a su domicilio, la que deberá traer firmada por el Apoderado al día siguiente.

De las justificaciones: Toda inasistencia a clases deberá ser justificada por su Apoderado y también cuando se le acumulen dos atrasos, en los siguientes horarios: 8:30 a 9:00 horas y en la tarde de 13:30 14:00 y de 16:30 a 17:00 horas

De la presentación personal

Art. 139º El Colegio Creación La Araucana otorga un valor educativo al uso del uniforme escolar, en tanto

estimula y manifiesta el sentido de pertenencia tan importante para los estudiantes.

Page 40: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

40

Art. 140º Es responsabilidad de cada alumno o alumna mantener una buena presentación e higiene personal.

Art. 141º Existirá un uniforme de calle y un uniforme deportivo. La oportunidad del uso de cada cual será

establecida por la Dirección. Toda prenda de vestir debe venir claramente identificada con el nombre completo del alumno o alumna.

Art. 142º El uniforme tanto de calle como deportivo en los varones estará conformado por: Polar azul Marino del colegio. Parka azul del colegio Chaleco azul con logo del colegio en costado inferior izquierdo. Camisa blanca. Polera piqué del colegio. Pantalón de paño gris. Corbata del colegio. Zapatos negros (o zapatillas negras de cuero). Calcetines color gris. Camiseta blanca. Cotona beige en Enseñanza Básica Delantal blanco para laboratorio, clases de arte y educación tecnológica de Enseñanza Media.

Art. 143º El uniforme tanto de calle como deportivo de las damas estará conformado por:

Polar azul Marino del colegio. Parka azul del colegio Chaleco azul con logo del colegio en costado inferior izquierdo. Blusa blanca. Corbata del colegio. Polera piqué del colegio. Falda gris cuyo largo mínimo es de tres dedos arriba de la rodilla. Zapatos negros o zapatillas negras de cuero. Calcetas o ballerinas color gris. Pantalón de paño gris corte clásico desde abril a septiembre (optativo) Camiseta blanca. Delantal blanco en Enseñanza Básica Delantal blanco para laboratorio, clases de arte y educación tecnológica Enseñanza Media.

Art. 144º En los niveles de prebásica, el uniforme del alumno o alumna consistirá en: Damas y varones

Polar azul Marino oficial del colegio. Parka del colegio Buzo oficial del colegio (polerón amarillo con azul y pantalón azul con amarillo). Polera deportiva blanca del colegio. Zapatillas sin plataforma. Cotona para varones. Delantal para damas

Art. 145º El alumno o alumna debe presentarse con su pelo corto, limpio y afeitado (sin barba y sin

bigote), no usar accesorios que no formen parte del uniforme, vale decir, aros, pearcing y otros. Art. 146º Las alumnas deben mantener su cabello ordenado, sin tinturas extravagantes o cortes poco

convencionales que sean incompatibles con la sencillez que exige el colegio, no usar maquillaje y uñas pintadas, ni otro tipo de accesorios que no correspondan al uniforme, como por ejemplo pearcing, collares y otros.

Page 41: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

41

Art. 147º No está permitido, durante el horario de clases, el uso de elementos que interfieran en el normal desarrollo de éstas, vale decir: celulares, Mp3 o similares, cartas, juegos, etc. El Colegio no se hace responsable por daño o pérdida de alguno de estos elementos, además de joyas y dinero. También se establece la prohibición de artículos para vender y /o arrendar.

De los atrasos, inasistencias y controles de rendimiento escolar.

Art. 148º Para el óptimo funcionamiento de la Unidad Educativa, los alumnos y alumnas deberán

presentarse a la hora fijada por la Dirección del Colegio, y respetar los horarios establecidos, tanto para inicio, termino de la Jornada y recreos

Art. 149º Todo alumno o alumna que llegue posterior al horario de inicio establecido se debe considerar

atrasado y deberá quedar sujeto a las disposiciones que establezca el colegio frente a estos casos.

Art. 150º Todo ingreso al establecimiento después de la primera hora de clases, debe ser autorizado por

Inspectoría donde se anotará en la ficha individual del alumno o alumna el atraso correspondiente. No se permitirá el ingreso del alumno o alumna al colegio fuera de este horario, sin la justificación personal del apoderado.

Art. 151º Ningún alumno o alumna podrá retirarse del establecimiento una vez iniciada la jornada escolar.

Solo puede ser retirado en forma personal por el apoderado, quien debe realizar el trámite en inspectoría, dejando constancia por escrito en el libro de registros, tal como lo establece el Ministerio de Educación.

Art. 152º La inasistencia de un alumno o alumna a clases deberá ser justificada por el apoderado. Art. 153º La inasistencia a cualquier procedimiento evaluativo se regirá por lo establecido en el

reglamento de evaluación y promoción escolar, establecido por el colegio y de conocimiento de alumnos y alumnas, padres y apoderados.

Art. 154º La Dirección del colegio estará facultada para suspender las clases y las actividades escolares

y para modificar el horario y la programación de la jornada escolar, respecto de la totalidad del establecimiento o de uno o más cursos, atendiendo las necesidades o circunstancias que se presenten. En tal caso se informará con anticipación a los apoderados, salvo situaciones de emergencia.

Art. 155º Debido a que las pruebas, trabajos, disertaciones, etc. son avisados con la debida anticipación,

la inasistencia a éstos deberá ser justificada con anterioridad, aún en el mismo día del compromiso, por medio de un certificado médico y personalmente por el apoderado. Según lo establecido en el Reglamento de Evaluación No se autorizará el retiro del alumno o alumna, por algún motivo personal externo, cuando se encuentre en proceso de evaluación, ya sean pruebas orales o escritas, trabajos prácticos, disertaciones, etc.

Art. 156º En caso de producirse repitencia, el colegio permitirá a los alumnos y alumnas la continuidad en

el establecimiento, solo sí estás no exceden a un curso en el nivel de Educación Básica y un curso en el nivel de Educación Media. Situaciones que excedan esta norma serán analizadas por el consejo de profesores y la Dirección del establecimiento.

.

Page 42: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

42

De las faltas y consecuencias Art. 157º El no cumplimiento de las normas establecidas y aceptadas, indica ruptura de un compromiso, y

por lo tanto, tendrá la siguiente consecuencia:

1. Faltas Leves:

Olvidar traer agenda y/o libretas de comunicaciones.

Quebrantar a respetar horarios establecidos por el colegio para la jornada escolar (ingreso a clases al inicio de la jornada, cambios de hora, después de recreo).

Eludir, interferir o postergar el desarrollo de las actividades de cada clase.

Incumplimiento con tareas o trabajos escolares.

Masticar chicle, comer, beber bebidas de fantasía o jugos y tomar helados durante las horas de clase.

Descuidar la sala de clases en su limpieza y orden.

Utilizar artículos electrónicos (secador, plancha para alisar el pelo, MP3, MP4, cámaras grabadoras, celulares, juegos de azar, juguetes, notebook, etc).

1.1. Consecuencias a faltas leves

Llamada de atención verbal por cualquier miembro de la comunidad educativa.

Registro de la falta en la hoja de observación del alumno o alumna.

La acumulación de tres faltas leves, darán lugar a la citación del apoderado por parte del profesor tutor y/o profesor de asignatura (cuando las tres faltas ocurran en un mismo subsector) y así, establecer en conjunto, las medidas para un cambio de actitud.

A partir de la sexta anotación negativa, el alumno o alumna pasará automáticamente a una carta de compromiso.

Dos años consecutivos de carta compromiso dará origen a una condicionalidad.

En el caso de la falta leve, expresada en el número 7, si el alumno o alumna comete la falta por primera vez, el objeto se le entregará al apoderado vía inspectoría. Si el alumno o alumna reincide, el objeto será requisado y devuelto al apoderado al final del semestre.

2. Faltas Graves:

Copiar en pruebas o presentar trabajos ajenos como propios.

Dañar infraestructura, materiales y mobiliario del colegio o de algún miembro de la comunidad educativa.

Mantener actitudes irrespetuosas en actos oficiales (tales como conversar, gritar, pololear, escupir, abuchear, mofarse de los que suben al escenario, aplaudir sin motivo, entre otras).

Actitudes evasivas de la responsabilidad escolar (tales como atrasos, inasistencias, incumplimiento persistente y desprecio de las normas).

Manifestaciones afectivas propias de la pareja tales como besos en la boca, caricias íntimas, etc.

Presentarse sin justificativo después de haber faltado a clases.

La reiteración de tres faltas leves iguales o diferentes se constituyen en graves.

2.1. Consecuencias a faltas graves

El profesor tutor, Coordinador de Media o Básica o el Jefe Técnico, deberán tomar conocimiento de la falta grave, previo a la aplicación de la sanción. Posteriormente se actuará de la siguiente manera: o Registro de la falta en la hoja de vida del alumno o alumna. o Citación del apoderado. o Reposición o pago en dinero del objeto dañado.

En caso de cumplir tres atrasos, el apoderado será citado por inspectoría para comunicarle cuál es la situación y el procedimiento que se seguirá para los próximos atrasos. Con la acumulación de seis atrasos se citará al apoderado para que firme el compromiso. Sobrepasado este límite, la actitud será considerada una falta gravísima. Para todos estos

Page 43: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

43

casos, los atrasos se contabilizan anualmente.

La reiteración de estas faltas dará lugar a una condicionalidad de matrícula, previo estudio del Consejo de Profesores o Comité de Sana Convivencia o Consejo Escolar y Director.

Dos años consecutivos de condicionalidad por comportamiento dará origen a NO renovación de matrícula.

3. Faltas Gravísimas

Adulterar libros de clases y documentos oficiales.

Modales descorteses, lenguaje inapropiado (oral o escrito) hacia cualquier miembro de la comunidad educativa.

Fumar, consumir, portar o traficar cualquier tipo de bebida alcohólica, droga ilícita o lícita no medicada e informada al colegio.

Robar o hurtar.

Intimidar, amenazar, acosar o agredir (verbal o físicamente) a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Destruir materiales o mobiliario del colegio o de cualquier miembro de la comunidad educativa impidiendo su normal uso.

Fugarse del establecimiento.

Utilizar Fotolog, Celular u otro medio digital para degradar, utilizar la imagen de cualquier miembro de la comunidad, ofender, amenazar, ocasionar daño, menoscabo a la integridad moral de la persona.

Ingresar al recinto del colegio, revistas, imágenes o material audiovisual de carácter inmoral y atentatorio a las buenas costumbres.

Organizar y/o promover la indisciplina dentro del aula que genere daño físico y/o psicológico a los alumnos y alumnas o docentes.

Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa con o sin objeto o instrumento de cualquier naturaleza.

3.1. Consecuencias a faltas gravísimas

El profesor tutor, Coordinador de Media o Básica y Jefe de UTP, deberán tomar conocimiento de la falta gravísima, previo a la notificación de la consecuencia:

Registro de la falta en la hoja de observaciones del alumno o alumna.

Reposición o pago en dinero del objeto destruido.

Suspensión para representar al colegio en actos oficiales sean estos internos o externos.

Una vez revisado los antecedentes del alumno o alumna y si así lo estima el Consejo de Profesores o Comité de Sana Convivencia o Consejo Escolar y Director, se procederá según corresponda, a tomar una o más de las siguientes determinaciones:

- Condicionar su permanencia. - Suspender con un máximo de 3 días. - Cancelar matrícula.

Sin perjuicio de lo anterior el Consejo de Profesores o Comité de Sana Convivencia o Consejo Escolar en conjunto con los Directivos del nivel correspondiente, podrán determinar otro tipo de consecuencia. Las consecuencias derivadas de la investigación de los hechos realizados por instancias que correspondan serán de carácter inapelable.

Page 44: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

44

De los derechos y deberes de los padres Art. 158º Los Padres y Apoderados deben ser los principales colaboradores del alumno o alumna en su

proceso de aprendizaje, estimular constantemente su evolución y desarrollo escolar, preocupándose por su rendimiento académico y cultivando en el hogar valores como el respeto y la responsabilidad en sus deberes como alumno o alumna. De los derechos de los padres

Art. 159º Ser informados oportunamente sobre el rendimiento escolar y el comportamiento de sus hijos. Art. 160º Ser citados en forma oportuna a reuniones programadas por el Colegio. Art. 161º Recibir un trato respetuoso por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa. Art. 162º Ser atendidos, cuando lo soliciten, por la persona requerida, según horario establecido

previamente. Art. 163º Recibir orientación que les permita contribuir a la superación de eventuales dificultades

presentadas por sus hijos. Art. 164º Participar en el Centro de Padres del Curso o del Colegio y en el Consejo Escolar.

De los deberes de los padres Art. 165º Otorgar un trato respetuoso a todos los miembros de la Comunidad Educativa. Art. 166º Seguir los conductos regulares frente a cualquier dificultad que se les presente. Art. 167º Participar activamente en la función educativa de sus hijos reforzando la formación de hábitos y

valores. Art. 168º Apoyar el trabajo académico y formativo realizado por el Colegio. Art. 169º Justificar en forma personal la inasistencia a clases y actividades extraprogramáticas en que

participan sus hijos. Art. 170º Justificar en forma personal la inasistencia de sus hijos a evaluaciones programadas por el

Colegio y presentar certificado médico cuando corresponda. Art. 171º Justificar por escrito o personalmente, sus inasistencias a reuniones de Padres y Apoderados. Art. 172º Durante las horas de clases los Apoderados no podrán ingresar a las salas y tampoco hablar

con los profesores. Art. 173º Velar por la correcta presentación personal de sus hijos. Art. 174º Participar en todas las actividades organizadas por el Centro de Padres del Curso y del Colegio

y, en el Consejo Escolar. Art. 175º Los Apoderados no deben intervenir en materia de orden pedagógico, administrativo y

disciplinario del Colegio. Art. 176º Responder frente a daños materiales causados por sus hijos. Art. 177º Evitar comentarios negativos que vayan en detrimento del Colegio, sin antes informarse y hacer

llegar su inquietud a quien corresponda.

Page 45: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

45

Art. 178º Cumplir con las obligaciones arancelarias contraídas con el Colegio; pues los atrasos reiterados serán motivo suficiente para la no renovación de matrícula en el próximo año escolar.

Art. 179º Asistir a reuniones y entrevistas convocadas por el colegio. Art. 180º Respetar el horario de atención de apoderados, concertando entrevistas con anticipación Art. 181º Respetar la Ley del Tabaco, que prohíbe fumar en todos los espacios del colegio, tanto

exteriores como interiores.

PARRAFO VII

Del tratamiento especial en casos de acoso escolar (bulliyng)

Art. 182º En caso de acoso escolar, el estudiante, y/o su apoderado, afectado deberá hacer llegar su reclamo por escrito a la dirección del establecimiento. Si este acoso u hostigamiento escolar ocurriera a vista de la comunidad escolar o parte de ella, El Director deberá comenzar de inmediato la investigación, sin la espera de un reclamo por escrito a través de la Encargada de Convivencia Escolar de la institución, aperturando protocolo de acción que corresponda.

Art. 183º Recibida la denuncia, el Director deberá adoptar las medidas de resguardo necesarias respecto de los involucrados, tales como la separación de los espacios físicos o la redistribución del tiempo de jornada, considerando la gravedad de los hechos imputados.

Art. 184º La realización de una investigación interna de los hechos, con una demora de no más de dos

días. Art. 185º Las conclusiones de la investigación realizada por la Encargada de Convivencia Escolar, serán

de conocimiento del denunciante y el denunciado. Art. 186º En conformidad al mérito del informe, se deberá disponer y aplicar las medidas o sanciones que

correspondan, en forma inmediata. Art. 187º El Director en conjunto con Encargada de Convivencia Escolar procederán a instalar acciones

remediales en los cursos o niveles donde se haya desarrollado el acoso escolar, con apoyo de profesores tutores, quienes deberán reorientar los valores de respeto entre los alumnos y alumnas involucrados o testigos de los hechos.

Page 46: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

46

TITULO III

DE LA INFRAESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO

PARRAFO l DE LAS SALAS DE CLASES

Art. 188º El profesor Tutor y el docente de asignatura velarán por el buen uso y manejo del mobiliario y

material que tengan las respectivas salas de clases, así como de cerciorarse de la limpieza y orden de la misma.

Art. 189º Si hubiese algún daño deliberado o voluntario de cualquier material, recurso, mobiliario de la

sala, por uno o un grupo de alumnos y alumnas, el curso o los responsables de dicho perjuicio responderán con el financiamiento que signifique la reparación de los daños.

Art. 190º Al inicio y término de cada semestre y año escolar la sala de clases deberá quedar en óptimas

condiciones de aseo y cuidado, debiendo el profesor Tutor cautelar el inventario de los recursos, materiales y situación en que se deja la sala de clases.

Art. 191º El docente que ingrese a una sala a impartir su asignatura, deberá constatar el orden y

presentación de la misma, corrigiendo inmediatamente, en el caso que hubiere alguna anormalidad que contravenga el sentido de limpieza general, desarrollando en el acto todas las medidas que estén a su alcance.

Art. 192º Los profesores que deseen trabajar con sus alumnos y alumnas en horarios distintos a la

jornada de clases y tengan que utilizar una sala, deberán notificar su uso al Inspector, dejando el recinto en buenas condiciones de aseo, orden y limpieza.

PARRAFO II

DE LA SALA DE COMPUTACION Art. 193º La Sala de Computación constituye un elemento indispensable para los objetivos planteados en

nuestro Colegio. Nos permite llevar a cabo uno de los principios fundamentales de nuestro Modelo Educacional y que es el de poner la Tecnología al servicio de la Educación a través de los computadores. La demanda de la sociedad actual que tiene como única constante el cambio, exige para los nuevos tiempos un conocimiento y mejor aprovechamiento de la tecnología en beneficio del hombre, acompañada de una correcta enseñanza y orientación de valores humanos.

Art. 194º La sala de Computación será responsabilidad del docente a cargo de los estudiantes que lo

utilicen, frente a permisos, cuidado, uso, manejo y limpieza de los equipos. Art. 195º La Sala de Computación podrá ser utilizada preferentemente por los alumnos y alumnas para

sus clases y/o elaboración de informes y trabajos. También podrán hacerlo los profesores del establecimiento para que realicen trabajo administrativo, planificaciones, material de clases, evaluaciones, siempre y cuando no estén los alumnos y alumnas en clases.

Art. 196º Los alumnos y alumnas deberán traer sus propios materiales de trabajo, los cuales deben ser

registrados con nombre, apellido y curso, por el encargado del laboratorio. Art. 197º Tanto alumnos y alumnas como profesores que ocupen la Sala de Computación debe asumir

la responsabilidad de cerciorarse que ésta se encuentre en las mismas condiciones en que la

Page 47: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

47

encontró, especialmente en el uso de los equipos. El teclado, unidad central y la pantalla, en el orden que corresponde sobre la mesa de trabajo, sistema debidamente apagado y cuidando la limpieza del local.

PARRAFO III

DEL MATERIAL AUDIO - VISUAL Art. 198º El material audio visual del Establecimiento, llámese TV, VIDEO, RADIO, DATA SHOW etc.,

podrá utilizarlo cualquier profesor del Colegio coordinando con anterioridad su uso y empleo para evitar costos de tiempo innecesarios. Para tal efecto será el Inspector quien coordinará horario y disponibilidad de estos recursos.

Art. 199º El uso del Video, como instrumento auxiliar en el proceso de enseñanza aprendizaje, deberá

enfocarse necesariamente dentro de una perspectiva pedagógica y de alto valor educativo, por cuanto estimula y favorece el aprendizaje.

Art. 200º Es importante que se realicen ciertas indicaciones en el uso y utilización del video, como revisar

previamente el contenido del material a observar y evaluar su funcionamiento como actividad de ayuda al logro de los objetivos propuestos.

PARRAFO IV DEL GIMNASIO

Art. 201º El gimnasio será utilizado por el profesor de Educación Física, para el trabajo o ejercicio que la

misma actividad deportiva requiera en horario de clases de asignatura o de horas extraprogramáticas.

Art. 202º También el Gimnasio se utilizará para celebraciones de ceremonias solemnes, charlas, foros

y otras actividades de relevancia para el Colegio, entendiéndose que estas actividades prevalecerán por sobre las clases de educación física y educación musical, cuando haya que considerarlas para su efecto.

PARRAFO V DEL LABORATORIO

Art. 203º El laboratorio será utilizado por el profesor que lo solicite, para el trabajo o ejercicio de

actividades científicas, previa inscripción en calendario de uso del recinto Al terminar la clase, se debe registrar, en bitácora del laboratorio, la actividad desarrollada.

Art. 204º El cuidado y buen uso de los materiales del laboratorio estará a cargo del docente que

desarrolle la actividad, quién deberá cerciorarse que éste material sea utilizado adecuadamente por los alumnos y alumnas.

PARRAFO VI DE LOS INSTRUMENTOS MUSICALES

Art. 205º El cuidado y buen uso de los materiales de trabajo como instrumentos musicales estará a cargo

de la profesora encargada, quién deberá cerciorarse que este material sea utilizado adecuadamente por los alumnos y alumnas.

Page 48: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

48

Art. 206º La persona encargada de los instrumentos musicales deberá llevar un Inventario o registro del

estado y cantidad de cada material. Ante el deterioro o destrozo de algún material por descuido del alumno o alumna, será este quién deberá reponer con el financiamiento del material dañado.

PARRAFO VII

DE LA IMPLEMENTACIÓN DEPORTIVA

Art. 207º El profesor de Educación Física del Colegio, estará a cargo del material del área deportiva, recursos y equipos deportivos, responsabilizándose de su mantención, orden y limpieza.

PÁRRAFO VIII Reglamento Interno Del Centro de Alumnos y alumnas y Del Centro de Padres.

Del Centro De Alumnos y alumnas

Art. 208º El Centro de Alumnos y alumnas es la organización formada por los alumnos y alumnas de Educación Básica y Media del Colegio.

Art. 209º Su finalidad es servir a sus miembros en función de los propósitos educacionales del

establecimiento y dentro de las normas de organización escolar, como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.

Art. 210º De la organización y funcionamiento:

El Centro de Alumnos del Colegio se organizará y funcionará según la forma y procedimiento establecidos en su Reglamento Interno, el que se ajusta a las normas establecidas y de acuerdo a las características y circunstancias específicas de nuestro Colegio.

Estará formado por La Asamblea General, la Directiva elegida democráticamente al inicio de cada año lectivo, el Consejo de Curso, el Consejo de Delegados de cada curso y el Tricel y asesorado por dos profesores.

Se reunirán una vez al mes o cuando las necesidades lo requieran. Art. 211º Son funciones de la Directiva del Centro de Alumnos y alumnas:

Promover la creación e incremento de oportunidades para que los alumnos y alumnas manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones.

Promover en los alumnos y alumnas la mayor dedicación a su trabajo escolar, procurando que se desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo y una estrecha relación humana entre sus integrantes basada en el respeto mutuo.

Orientar sus actividades hacia la consecución de las finalidades establecidas en el decreto Nº 50 de febrero de 2006, que modifica el decreto Nº 524/90.

Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros ante las autoridades u organismos que correspondan.

Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones deseables para su pleno desarrollo.

Promover el ejercicio de los derechos humanos universales a través de su organización, programa de trabajo y relaciones interpersonales.

Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el Centro de Alumnos y alumnas se relacione de acuerdo con su Reglamento.

Page 49: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

49

Del Centro De Padres. Art. 212º El Centro de Padres es el organismo que comparte y colabora en los propósitos educativos y

sociales del Colegio. Art. 213º El Centro de Padres orientará sus acciones con plena observancia de las atribuciones técnico-

pedagógicas que competen exclusivamente al Colegio. Promoverán la solidaridad, la cohesión grupal entre sus miembros, apoyarán organizadamente las labores educativas del Colegio y, estimularán el desarrollo y progreso del conjunto de la comunidad escolar.

Art. 214º Organización y funcionamiento:

Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo personal de sus hijos y pupilos.

Integrar activamente a sus miembros en una comunidad inspirada por principios, valores e ideales educativos comunes.

Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el establecimiento.

Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo integral del alumno o alumna.

Proponer y patrocinar dentro del establecimiento y en la comunidad, iniciativas que favorezcan la formación integral de los alumnos y alumnas.

Mantener comunicación permanente con los niveles directivos del establecimiento. Art. 215º Cuando las necesidades lo exijan se citará a Reunión General de Presidentes y Delegados de

Microcentros, cuya labor será planificar en conjunto con la Directiva General las actividades de interés general y que involucren a toda la comunidad educativa.

Art. 216º Los objetivos de las reuniones del Centro General de Padres son las siguientes:

Planificar el plan anual de actividades.

Velar por el bienestar material de los alumnos y alumnas.

Integrar en forma efectiva a los padres con el Colegio.

Colaborar con el Colegio de acuerdo a las necesidades presentadas por la unidad educativa.

Page 50: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

50

TÍTULO IV

Normas Sobre Prevención de Riesgos, De Higiene y Seguridad.

PÁRRAFO I. Disposiciones Generales

Art. 217º El Colegio está obligado a adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la

integridad física y la salud de toda persona del Establecimiento Educacional, especialmente aquellas que prescribe el Servicio de Salud a través del Seguro Obligatorio (Ley 16.744) a la que está afecto el Colegio.

Art. 218º Todo trabajador deberá conocer y cumplir fielmente las Normas de Prevención de Riesgos,

dispuestas por el Colegio y la Organización Administradora del Seguro Obligatorio (Ley 16.744). Asimismo, todo trabajador que sufra un accidente sea en el trabajo o durante su trayecto al trabajo, por leve y sin importancia que le parezca, estará obligado a informar a través de los correspondientes formularios y dentro de los plazos que la Ley señala al organismo administrador del Seguro Obligatorio.

Art. 219º Todo trabajador que sufra un accidente laboral, deberá presentar al Empleador el Certificado

Médico de Alta. Sin ese certificado el trabajador no podrá reincorporarse a su labor habitual, quedando totalmente prohibido presentarse al trabajo mientras dure el tratamiento médico, y en caso de que se presente será sancionado por el Organismo administrador de seguridad suspendiendo el tratamiento.

Art. 220º En el Establecimiento deberán existir, como mínimo, las siguientes medidas y elementos de

prevención de riesgos:

Listado con números telefónicos y direcciones de Bomberos, Carabineros, Hospital o Centro asistencial más cercano, que se colocará en un lugar visible y estratégico.

Letreros visibles y con indicaciones claras acerca de las zonas de seguridad y la forma de evacuar el edificio escolar en caso de emergencia.

Extintores de incendio del tipo adecuado, botiquín con medicamentos de primeros auxilios y camilla, colocados en lugares de fácil acceso en cantidades suficientes y en buenas condiciones de uso.

Enseñar normas prácticas y principios que regulen la prevención de riesgos de accidentes y la formación de conciencia y hábitos de seguridad, como asimismo efectuar ensayos para prevenir futuros riesgos. En general, establecer medidas para educar en cuanto a identificar, prevenir y afrontar en forma rápida, ordenada y frente a circunstancias potenciales de riesgo.

Art. 221º Para los efectos de prevención de riesgo se entenderá como accidente todo hecho que

interrumpa el proceso normal de trabajo, el cual puede producir lesiones a personas o daños materiales a instalaciones del establecimiento.

Art. 222º La Dirección del Colegio y la comisión designada que tenga a su cargo supervisar el estado del

recinto escolar, implementos y personal, deberá tener presente lo siguiente:

Mantener en perfecto estado de funcionamiento y desinfección los servicios higiénicos, duchas y camarines, cocina, protegidos del ingreso de sectores.

Mantener las condiciones sanitarias exigidas principalmente en lugares donde se guarden o manipulen transitoriamente alimentos, como bodegas y despensas.

Mantener limpieza en los artefactos de recolección de basuras.

Educar e internalizar en toda la comunidad educativa, hábitos de higiene personal y buen uso de los servicios higiénicos.

Page 51: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

51

Art. 223º Las personas que tengan a cargo esta supervisión pondrán especial atención en que todo dé garantía de seguridad:

Mantener libre de elementos que interfieran en el desarrollo del trabajo docente o que atenten contra la seguridad de los alumnos y alumnas en todos los espacios destinados al trabajo o a la recreación.

Eliminar todo elemento que presente peligro para el alumnado y personal del Colegio, por ejemplo: enchufes o interruptores en mal estado o expuestos, puertas y ventanas en mal estado, vidrios quebrados, muebles deteriorados o inestables, artefactos sanitarios dañados, pasamanos sueltos de escaleras, etc.

Mantener los accesos, escaleras, corredores, puertas, ventanas libres de objetos o muebles que impidan una evacuación expedita.

Todo el personal del Establecimiento, así como sus alumnos y alumnas, tendrán como preocupación primordial prevenir daños personales por el mal manejo o mal estado de instrumentos, herramientas, útiles y aparatos de alguna asignatura, como implementos de educación física, estufas, etc.

Art. 224º Queda prohibido:

Desentenderse de las Normas o Instrucciones de ejecución en la Higiene y Seguridad impartidas para un trabajo dado.

PÁRRAFO II.

Operación Deyse Art. 225º Las personas encargadas de la prevención y seguridad (OPERACIÓN DEYSE), serán las

personas que designe para tal efecto la Dirección del Establecimiento.

Art. 226º Esta Operación surge ante la necesidad urgente de que los alumnos y alumnas, profesores,

auxiliares y administrativos del Colegio conozcan y practiquen las normas mínimas de seguridad en sus actividades diarias, evitando lamentar accidentes, pérdidas irreparables de vidas y bienes en situaciones de emergencia como incendios, sismos u otros.

Art. 227º La Dirección del Establecimiento y un profesor encargado de la Operación serán quienes

analizarán el proceder frente a una emergencia, evaluando con una crítica constructiva las medidas de seguridad, las vías de evacuación por salas de clase y pasillos, evaluación de imprevistos, etc., y dejando constancia de ésta en cuadro indicado para tal efecto.

Art. 228º Los profesores del Establecimiento deberán desarrollar y crear hábitos de conducta, seguridad

y autocontrol en los alumnos y alumnas frente a situaciones de emergencia, logrando activar y difundir una amplia campaña de prevención, y evitar con ello que los domine el pánico ante cualquier catástrofe.

PÁRRAFO III.

Primeros Auxilios. Art. 229º La Dirección designará un profesor preferentemente del área biológica, como los encargados de

la atención de los primeros auxilios en el Establecimiento. Art. 230º Los encargados se harán responsables del uso y manejo de los medicamentos y demás

utensilios propios del accidente escolar.

Art. 231º Se deberá perfeccionar a los profesionales encargados, con un curso básico de Primeros Auxilios.

Art. 232º En caso de accidente el alumno o alumna será enviado de acuerdo a la gravedad del caso, al Hospital o Posta de Urgencia, efectuando la denuncia respectiva en el formulario "Declaración Individual de Accidentes Escolares", el cual debe ser llenado por el Secretario Docente y

Page 52: REGLAMENTO INTERNOcolegioscreacion.cl/archivos/documentos/... · Crear lazos de participación entre la unidad educacional y la comunidad. Art. 6º Serán consideradas actividades

52

firmado por el Director del Colegio, entregándose a la institución respectiva. En esta oportunidad serán los encargados de los Primeros Auxilios, quienes llevarán al accidentado a la Posta o clínica para su atención.

PÁRRAFO IV De Las Obligaciones Generales Del Personal.

Art. 233º El personal del Colegio estará obligado a respetar y cumplir las siguientes normas:

Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el establecimiento pueda cumplir adecuadamente los fines de la educación.

Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo con las normas e instrucciones del MINEDUC y SELA S.A.

Desempeñar su labor con disciplina y colaborar a la mejor marcha del proceso educacional del Establecimiento,

Guardar la debida lealtad y respeto hacia el establecimiento donde se desempeña y hacia el empleador y sus representantes.

Dar aviso oportuno al empleador o al Jefe del Establecimiento de su ausencia por causa justificada.

Respetar los controles de entrada y salida

Mantener sobriedad y corrección en el desempeño de su función, propias del personal de un establecimiento educacional.

Mantener en todo momento relaciones jurídicas deferentes con jefes, compañeros de trabajo, subalternos y alumnos y alumnas.

Velar por los intereses del establecimiento evitando pérdidas, deterioro o gastos innecesarios.

Comunicar dentro de 48 horas de sucedido todo cambio en los antecedentes personales, tales como cambio de domicilio, cargas familiares, etc.

Asistir a los actos educativos, culturales y cívicos que las autoridades determinen.

PÁRRAFO V

De Las prohibiciones Generales Del Personal. Art. 234º Queda prohibido al personal del Colegio:

Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin la debida autorización.

Suspender ilegalmente las labores o inducir a tales actividades.

Atrasarse reiteradamente en la hora de llegada.

Causar daños voluntario o intencionalmente a las instalaciones del Establecimiento.

Introducir bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes al establecimiento educacional, o darlas a consumir a los alumnos y alumnas.

Efectuar comercio dentro del establecimiento sin autorización superior.

Utilizar la infraestructura del Establecimiento en beneficio personal.

Ingresar al establecimiento a personas extrañas al servicio sin autorización del Director.

DISPOSICIONES FINALES Las disposiciones de este Reglamento Interno son obligatorias para todo el personal del Colegio Creación de Puerto Montt.