Reglamento de Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana Del Municipio de Apizaco, Tlaxcala

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    Pgina 2 Peridico Oficial No. 23 Cuarta Seccin, Junio 5 del 2013

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, quedice Estados Unidos Mexicanos.

    RE!"#EN$O %E OR%EN"#&EN$O$ERR&$OR&"! E "EN 'R("N" %E!#'N&C&P&O %E "P&)"CO, $!"*C"!".

    $+$'!O PREROOR%EN"#&EN$O $ERR&$OR&"!

    C"P+$'!O &%&SPOS&C&ONES

    ENER"!ES

    "R$+C'!O 1. Las disposiciones de estereglamento son de orden pblico e intersgeneral, y tienen por objeto deinir las bases pararegular y controlar la planeaci!n y administraci!ndel ordenamiento territorial y la imagen urbana enel Municipio de Api"aco #laxcala. As$ como

    aquellas otras que determine la Ley de%rdenamiento #erritorial para el Estado de#laxcala.

    "R$+C'!O 2. &ara eectos de este reglamentose entender' por(

    ). Ayuntamiento. Al *rgano colegiado del+obierno Municipal que tiene la m'ximarepresentaci!n &ol$tica que encausa losdiersos intereses sociales-

    )). onurbaci!n. La continuidad $sica y

    demogr'ica que ormen o tiendan aormar dos o m's centros de poblaci!n dedos o m's municipios y /agan necesariollear a cabo una planeaci!n integral deese territorio-

    ))). onstrucci!n. A toda obra o instalaci!nque transorme el estado actual o naturalde cualquier predio dentro del territoriomunicipal con el objeto de serir a lasactiidades /umanas-

    )0. La 1irecci!n. A la 1irecci!n de %bras

    &ublicas y 1esarrollo Urbano delMunicipio de Api"aco, #laxcala-

    0. entro de poblaci!n. A las 'reas constituidas por las "onas urbani"adas, las

    que se reseren para su expansi!n utura ylas que se consideren no urbani"ables porcausas de preseraci!n ecol!gica,

    preenci!n de riesgos y mantenimiento deactiidades productias dentro de los

    l$mites de dic/os centros- as$ como las quepor resoluci!n de la autoridad competentese preean para la undaci!n de losmismos-

    0). 1ictamen de congruencia. Al documentomediante el cual la 2ecretar$a de %bras

    &blicas, 1esarrollo Urbano y 0iiendadel Estado de #laxcala, reisa y resuelesobre la congruencia respecto de lasdisposiciones de este reglamento las

    pol$ticas y estrategias establecidas en losprogramas de ordenamiento #erritorial yde 1esarrollo Urbano.

    0)). 1ictamen de uso de suelo. Al documentoexpedido por la 1irecci!n de %bras&ublicas y 1esarrollo Urbano, mediante elcual se autori"a a un predio o "ona, un usoo destino espec$ico de un centro de

    poblaci!n con apego a los programas dedesarrollo urbano respectios-

    0))). 1iisi!n. La separaci!n de un terreno endos o m's partes, que no requiere del tra"ode $as pblicas ni de equipamiento desericios-

    )3. 4raccionamiento. La diisi!n de un terrenoen lotes que requiera del tra"o de una om's $as pblicas y de la dotaci!n desericios pblicos y espacios para 'reaserdes-

    3. 4usi!n. La uni!n de dos o m's terrenoscolindantes-

    3). )magen Urbana. 2e entiende por imagenurbana al conjunto de elementos naturalesy artiiciales 5lo construido6 queconstituyen la ciudad y que orman elmarco isual de sus /abitantes, tales como(colinas, r$os, bosques, ediicios, calles,

    pla"as, parques, anuncios, entre otros-

    3)). )nmueble. Al terreno y construcciones en lexistentes-

    3))). )nstancias +ubernamentales. A lasdependencias administratias ederales,estatales y municipales que concurran enlos procesos de dictaminaci!n yautori"aci!n-

    3)0. Lote. La racci!n de terreno resultante deuna autori"aci!n de usi!n o diisi!n delsuelo-

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    30. Lotiicaci!n. La diisi!n de un terreno en lotesque no requiere del tra"o de una o m's $as

    pblicas, pero si del equipamiento de lossericios pblicos indispensables-

    30). Ley. La Ley de %rdenamiento #erritorial parael Estado de #laxcala-

    30)). Municipio. Entidad de car'cter pblico,dotado de poblaci!n, territorio, personalidad

    jur$dica y patrimonio propio, aut!nomo en surgimen interno de gobierno y administratio,con libertad para administrar su 7acienda

    pblica-

    30))). &erito 1.8.%. Al proesional especialista en laconstrucci!n y 1esarrollo Urbano a quien seatribuye capacidad tcnica9cient$ica paraorientar respecto de las decisiones para eldesarrollo urbano y construcci!n, acreditado

    por la omisi!n de Asistencia #cnica)nstitucional a que se reieren la Ley de laonstrucci!n del Estado de #laxcala y sus

    Normas #cnicas-

    3)3. &rogramas( a los &rogramas 1irector Urbano,Municipal, de entro de &oblaci!n, de :onaonurbada, &rograma &arcial, &rograma&arcial de recimiento- o programa deMejoramiento y conseraci!n de las :onas/ist!ricas-

    33. &rograma 1irector de 1esarrollo Urbano de

    entro de &oblaci!n. Al conjunto dedisposiciones y normas emitidas para ordenar,planear y regular la "oniicaci!n, las reseras,usos y destinos del suelo de los centros de

    poblaci!n, as$ como para establecer las basespara la programaci!n de acciones, obras ysericios- para la conseraci!n, mejoramientoy crecimiento-

    33). &rograma 2ectorial de 1esarrollo Urbano. Alconjunto de acciones dirigidas a regularelementos y componentes del desarrollourbano, tales como el transporte, el

    equipamiento, la inraestructura, los sericios,la ecolog$a urbana, las ialidades, larecolecci!n y tratamiento de basura domsticae industrial, captaci!n y utili"aci!n del agua

    pluial, el drenaje y tratamiento de aguasresiduales, as$ mismo la preenci!n de riesgos

    por diersos agentes como inundaciones,ientos, cruces de l$neas de alta tensi!nelctrica, ductos de combustibles, derec/os de

    $a ederal de carreteras, errocarriles, allasgeol!gicas y otras an'logas-

    33)). &roisiones. Las 'reas que ser'n utili"adaspara la undaci!n de un centro depoblaci!n-

    33))). 8egulari"aci!n de la #enencia de la #ierra.Al proceso de titulaci!n para dar certe"a

    jur$dica a la posesi!n del suelo-

    33)0. 8eseras. Las 'reas de un centro depoblaci!n que ser'n utili"adas para sucrecimiento-

    330. 2ecretar$a. A la 2ecretar$a de %bras&blicas, 1esarrollo Urbano y 0iienda-

    330). Urbani"aci!n. Al proceso tcnico, econ!mico-y legal, inmediato y progresio y deacondicionamiento para el uncionamiento

    de los centros de poblaci!n, mediante elcual se introducen las redes deinraestructura, el equipamiento urbano ylos sericios pblicos-

    330)). Usos( los ines particulares a que podr'ndedicarse determinadas "onas o predios deun centro de poblaci!n- y

    330))). :oniicaci!n( la determinaci!n de las 'reasque integran y delimitan un centro de

    poblaci!n- sus aproec/amientospredominantes y las reseras, usos ydestinos, as$ como la delimitaci!n de las'reas de conseraci!n, mejoramiento ycrecimiento del mismo.

    C"P+$'!O &&"'$OR&%"%ES -"C'!$"%ES

    "R$+C'!O 3. 2on autoridades del Municipiode Api"aco, #laxcala, para la debida aplicaci!n deeste 8eglamento(

    ). El &residente Municipal-

    )). El 2ecretario del Ayuntamiento-

    ))). Los &residentes de comunidad-

    )0. El 7onorable abildo del Ayuntamiento deApi"aco, #laxcala.

    0. El 2$ndico &rocurador del 7. Ayuntamientode Api"aco, #laxcala.

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    0). La omisi!n de 1esarrollo Urbano, %bras&ublicas y Ecolog$a, de conormidad a lo

    preisto en la Ley Municipal del Estado de#laxcala- y

    0)). El 1irector de %bras &blicas y 1esarrolloUrbano-

    "R$+C'!O .2on acultades del Ayuntamientoa tras de la 1irecci!n de %bras &ublicas y1esarrollo Urbano las siguientes(

    ).9 Administrar la "oniicaci!n y el control delos usos y destinos del suelo que se deriende la planeaci!n municipal del desarrollourbano, la imagen urbana y la isonom$a dela ciudad, de conormidad con la Ley de%rdenamiento #erritorial para el Estado de#laxcala y sus Normas-

    )). 8ecibir las solicitudes, autori"ar y expedirlicencias de raccionamientos,lotiicaciones, diisiones y usiones de 'reaso predios de conormidad con lo establecidoen el presente reglamento, la Ley, susnormas y dem's disposiciones legalesaplicables a la materia.

    ))). &romoer y planear el equilibrado desarrollode las diersas comunidades y centros de

    poblaci!n del Municipio, mediante unaadecuada planiicaci!n y "oniicaci!n de losmismos-

    )0. oordinar el programa Municipal de1esarrollo Urbano con el Estatal y el

    Nacional-

    0. &roponer al ongreso del Estado laundaci!n de centros de poblaci!n, as$ comola asignaci!n de las categor$asadministratias de las localidades, dentro delos l$mites de su jurisdicci!n-

    0). Llear el registro de los programas

    municipales de desarrollo urbano y de

    iienda, para su diusi!n, consulta pblica,control y ealuaci!n-

    0)). +estionar y promoer el inanciamiento parala reali"aci!n y actuali"aci!n del &rogramade 1esarrollo Urbano en el Municipio-

    0))). &roponer, gestionar y reali"ar en

    coordinaci!n con los +obiernos 4ederal yEstatal las acciones necesarias para

    preserar y controlar la ecolog$a en losasentamientos /umanos del Municipio-

    )3. &romoer y ejecutar obras para que todos los/abitantes del Municipio cuenten con unaiienda digna, equipamiento,inraestructura y sericios adecuados-

    3. 1eterminar las 'reas y predios que conorme

    a este 8eglamento deber'n donar alMunicipio los raccionadores y promoentesde condominios-

    3). 1eterminar el aproec/amiento de las 'reasde donaci!n de los raccionamientos ycondominios, en congruencia con lodispuesto en este 8eglamento y en los

    programas de desarrollo urbano-

    3)). Municipali"ar los raccionamientos preia

    solicitud y cumplimiento de los requisitosnecesarios para ello y igilar que losraccionadores presten adecuada ysuicientemente los sericios a que seencuentran obligados a los raccionamientosque no /ayan sido municipali"ados,conorme a este 8eglamento y laautori"aci!n respectia-

    3))). Las dem's que les se;alen este 8eglamento yotras disposiciones jur$dicas aplicables.

    "R$+C'!O 5. El ordenamiento territorial

    comprende(

    ). La planeaci!n del desarrollo urbano y elordenamiento territorial de losasentamientos /umanos en el Municipio deApi"aco, #laxcala-

    )). La determinaci!n de las proisiones,reseras, usos y destinos de 'reas y predios,as$ como la regulaci!n de la propiedad enlos centros de poblaci!n-

    ))). La apertura, ampliaci!n y prolongaci!n de

    calles, caminos y $as pblicas en general-)0. La construcci!n de raccionamientos-0. La constituci!n de reseras territoriales

    para el desarrollo urbano y la iienda-0). La regulari"aci!n de la tenencia de la tierra

    urbana-

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    0)). La ejecuci!n de programas de desarrollourbano y iienda-

    0))). La undaci!n, conseraci!n, mejoramiento y

    crecimiento de los centros de poblaci!n-

    )3. La planeaci!n y ejecuci!n de obras deinraestructura, equipamiento y sericios

    pblicos urbanos-

    3. La protecci!n del patrimonio cultural,/ist!rico y natural de los centros de

    poblaci!n-

    "R$+C'!O /. Las atribuciones concurrentesque en materia de ordenamiento territorial de losasentamientos /umanos, desarrollo urbano eimagen urbana establecen el presente8eglamento, ser'n ejercidas por la 1irecci!n enlos 'mbitos de su jurisdicci!n y competencia.

    "R$+C'!O .La coordinaci!n y concertaci!nque en materia de ordenamiento territorial de losasentamientos /umanos, desarrollo urbano,imagen urbana, patrimonio cultural einraestructura local se susciten entre elAyuntamiento y otras autoridades, se sujetar' alos ordenamientos de car'cter 4ederal y Estatal, alas disposiciones preistas en este 8eglamento y alas dem's disposiciones jur$dicas aplicables.

    "R$+C'!O . La 1irecci!n ejercer' susatribuciones relatias al desarrollo urbano eimagen urbana, de manera congruente con los

    objetios y prioridades de los &lanes 4ederales,Estatales y Municipales de 1esarrollo, y de losdierentes programas de desarrollo urbano yiienda que de stos se derien.

    C"P+$'!O &&&%E !" "P!&C"C&N%E! RE!"#EN$O

    "R$+C'!O . #oda acci!n que signiique lausi!n o diisi!n del suelo, su raccionamiento, laconstrucci!n en, sobre o bajo la tierra, y cualquiercambio material en ediicios existentes, en su

    caso, requerir'n de la autori"aci!n preia yexpresa de la 1irecci!n, en trminos de lanormatiidad aplicable en materia.

    "R$+C'!O 10. Las autori"aciones a que sereiere la Ley y el presente 8eglamento, soninstrumentos para la administraci!n y control del%rdenamiento #erritorial y el 1esarrollo Urbanoy la protecci!n de su entorno, por lo que ormar'n

    parte de las mismas las limitaciones y

    pro/ibiciones en ellos establecidas, quedandoobligados a su cumplimiento.

    En los dict'menes que expida la 1irecci!n en lajurisdicci!n territorial del Municipio, se;alar' lasrestricciones conducentes del programa dedesarrollo aplicable, as$ como las que en su caso

    determinen al eecto organismos pblicos como&etr!leos Mexicanos, omisi!n 4ederal deElectricidad, 4errocarriles Nacionales de Mxico,omisi!n Nacional del Agua, )nstituto Nacionalde Antropolog$a e 7istoria y otras dependencias uorganismos de car'cter 4ederal, Estatal oMunicipal, igualmente la 1irecci!n podr'solicitar de otras autoridades los dict'menes,documentos, opiniones y dem's elementos paraapoyar los actos administratios que emitancuando lo considere necesario.

    "R$+C'!O 11. Las acciones, obras y sericios

    que se;alan este 8eglamento, deber'n ajustarsea lo dispuesto en el mismo, en los programasque se;ala el 2istema Estatal de &laneaci!nUrbana a que /ace reerencia la Ley en elArt$culo o dict'menesde uso de suelo por la 1irecci!n estar' sujeto alas siguientes reglas espec$icas(

    ). La direcci!n otorgara los ormatos para lassolicitudes de manera gratuita.

    )). Las solicitudes deber'n contener(

    A6 1atos de identiicaci!n del predio oinmueble- su ubicaci!n y, en su caso, ladistancia de ste a la esquina m's pr!xima oa elementos ijos de reerencia- los nombresde las calles que delimiten la man"ana y suorientaci!n- sus dimensiones y medidas, yen su caso, el nombre con el que se lecono"ca.

    ?6 Nombre completo de la persona $sica omoral solicitante y, en su caso, el de surepresentante legal, quienes deber'nacreditar su personalidad.

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    6 1omicilio para recibir notiicaciones, as$como nmero tele!nico o direcci!n decorreo electr!nico, si se tuieren, u otromedio de comunicaci!n.

    16 #ipo de autori"aci!n o dictamen de que se

    trate y reerencia de los documentos que seacompa;an, as$ como la justiicaci!n del

    pedimento.

    E6 En caso de anexos gr'icos y>ocartogr'icos, deber'n entregarse dos tantosen material reproducible, salo que la1irecci!n especiique un nmero o unmaterial dierente, de acuerdo al tr'mite deque se trate.

    46 Lugar y ec/a, as$ como irma del solicitanteo de su representante legal.

    ))). #oda solicitud deber' acompa;arse de lasiguiente documentaci!n(

    A6 &resentar copia completa de la escrituradebidamente inscrita en el 8egistro &blicode la &ropiedad y del omercio del Estado.

    ?6 opia cotejada de la identiicaci!n del o lossolicitantes, quienes podr'n acreditarsemediante credencial oicial igente quecuente con otogra$a.

    6 onstancia de la toma de agua potable ydescarga de drenaje sanitario, expedida porA&AMA,

    16 8ecibo del ltimo pago del impuesto predial,

    E6 Anexar el croquis de locali"aci!n delpredio, y

    46 ubrir el pago de derec/os por elotorgamiento del permiso, constancia,dictamen u autori"aci!n, en unci!n de laley de ingresos del Municipio de Api"aco,dic/o pago se /ar' en la tesorer$a delmunicipio.

    )0. Adem's de los requisitos mencionados en la

    racci!n )), para el caso espec$ico deautori"aci!n para 4raccionamientos,Lotiicaciones, 1iisiones y 4usiones de@reas y &redios se deber' presentar(

    A6 #ramitar y %btener ante la secretaria eldictamen positio de eriicaci!n decongruencia.

    ?6 2e 8equerir' para su otorgamiento losrequisitos mencionados en la racci!n )),adem's, la propuesta de diisi!n que se

    pretende, indicando la densidad- as$ comolos requisitos que considere necesario la1irecci!n de acuerdo a la magnitud del

    proyecto.

    6 &resentar el estudio de impacto ambiental ytramitarlo ante la oordinaci!n +eneral deEcolog$a del Estado, con el objeto deanali"ar, ealuar y en su caso autori"ar suestablecimiento.

    16 &resentar la actibilidad o la propuesta desoluci!n de sericios de agua potableenerg$a elctrica, alcantarillado sanitario ysu tratamiento residual.

    E6 &lanos a escala debidamente acotados yespeciicados con todos los detalles del

    proyecto.

    46 Autori"aciones necesarias de otrasdependencias gubernamentales, en lostrminos de las leyes relatias.

    Adem's los ayuntamientos podr'n exigir, cuandolo ju"guen coneniente, la presentaci!n de losdocumentos tcnicos adicionales, para sureisi!n, si stos ueran objetados no se otorgarala autori"aci!n correspondiente.

    0. 1e cada tr'mite o gesti!n se integrar' unexpediente que contendr' un tanto de la

    documentaci!n requerida, sea en original,copia certiicada o copia simple cotejada. Nose exigir' documentaci!n que ya /ubiera sidorequerida y obre en su expediente, debiendo

    proporcionar el solicitante, en su caso, losdatos necesarios para su identiicaci!n.

    0). Las autori"aciones y dict'menes tendr'nigencia de seis meses prorrogables por

    periodos iguales, contado a partir del d$a /'bilsiguiente a la ec/a de su emisi!n, salodisposici!n expresa de la 1irecci!n.

    0)). Las autori"aciones y dict'menes adem's delos datos se;alados en los incisos A6, ?6, 6,de la racci!n )) de este art$culo, contendr'n elnmero de identiicaci!n del expediente quele corresponda, el lugar y ec/a de expedici!n,as$ como el nombre, irma y cargo delseridor pblico que los expida.

    Los nicos acultados para autori"ar con su irmalos cotejos a que se reiere este art$culo, ser' el

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    titular de la 1irecci!n o bien el &residenteMunicipal y>o el 2ecretario del Ayuntamiento. Elcotejo de los documentos contendr' el lugar, laec/a, el nombre, la irma y el cargo deluncionario que coteja, el nmero del expedienteal que se integra o, en su caso, el asunto de que setrate y el nmero de ojas cotejadas.

    C"P+$'!O &4%E !OS &N#'E(!ES

    "R$+C'!O 13.El derec/o de propiedad, el deposesi!n o cualquier otro derec/o deriado de latenencia de 'reas y predios, ser'n ejercidos porsus titulares, con las limitaciones establecidas porla Ley, los programas que regula y dem'sordenamientos relatios.

    "R$+C'!O 1. Las tierras, cualesquiera queuera su rgimen jur$dico, que se encuentren enexplotaci!n mineral, agr$cola o orestal, o quesean aptas para estos tipos de explotaci!n,deber'n utili"arse preerentemente en dic/asactiidades. En su caso, su incorporaci!n al

    proceso de crecimiento de los centros depoblaci!n se sujetar' a las preisiones contenidasen las disposiciones aplicables y en losrespectios programas de desarrollo urbano.

    "R$+C'!O 15.#oda acci!n que signiique lautili"aci!n de las tierras ejidales o comunales conines urbanos, tales como apertura de calles,raccionamientos, usiones y subdiisiones de

    predios, condominios o cualquier acto de

    construcci!n de inmuebles, incluso en los solaresurbanos de propiedad priada de los ejidos ocomunales, se sujetar' a las disposiciones de laLey, este 8eglamento, los programas dedesarrollo urbano y dem's normatiidadaplicable, independientemente de las medidas

    preistas en la legislaci!n en materia agraria.

    Las tierras ejidales o comunales ubicadas en 'reasno urbani"ables quedan sujetas a lo se;alado en laLey. Las situadas en 'reas naturales protegidasque se localicen en el Municipio, y sean deinters de la ederaci!n o de jurisdicci!n local,

    estar'n sujetas al tipo de actiidad, limitaci!n omodalidad que al eecto se les determine en lacorrespondiente declaratoria y en su caso, en elrespectio programa de desarrollo regional yurbano. Las ubicadas en 'reas urbani"ables de uncentro de poblaci!n, se sujetar'n a lo quedisponga la Ley, y los programas de desarrollourbano.

    "R$+C'!O 1/. Las proisiones, reseras, usosy destinos de 'reas, predios y construcciones,conorme a las disposiciones se;aladas en la Ley,ser'n obligatorios para los propietarios o

    poseedores, pblicos o priados, de los bienesinmuebles, independientemente del rgimen legalque los regule, cuando sean establecidos por los

    programas de desarrollo urbano.

    "R$+C'!O 1. #odos los actos, contratos yconenios relatios a la propiedad, posesi!n,aproec/amiento o cualquier otra orma jur$dicade tenencia de inmuebles, no podr'n alterar eluso, destino, resera o proisi!n establecido enlos programas de desarrollo urbano aplicables, deconormidad con lo preisto en este 8eglamento.

    No surtir'n eectos los actos, conenios ycontratos relatios a la propiedad o cualquier otroderec/o relacionado con el aproec/amiento de

    'reas y predios que contraengan la Ley, este8eglamento y los programas de desarrollourbano.

    "R$+C'!O 1. No se podr' inscribir ningnacto, contrato, conenio o aectaci!n en el8egistro &blico de la &ropiedad y del omercio,ni en el )nstituto de atastro, que no se ajuste a lodispuesto en la legislaci!n y programas sobre

    proisiones, reseras, usos y destinos en materiade desarrollo urbano.

    "R$+C'!O 1.Los documentos legales que losinteresados podr'n presentar para acreditar la

    propiedad en la obtenci!n de las autori"aciones ydict'menes, ser'n( escrituras pblicas oresoluciones judiciales o administratias

    protocoli"adas, inscritas en el 8egistro &blico dela &ropiedad y del omercio y que contengan losdatos de su inscripci!n. #rat'ndose de propiedadsocial, se podr' acreditar mediante losdocumentos id!neos reconocidos por lalegislaci!n agraria. &resentando la documentaci!noriginal a la 1irecci!n para su cotejo.

    C"P+$'!O 4%E !"S RE'!"C&ONES " !"

    PROP&E%"%EN !OS CEN$ROS %E PO(!"C&ON

    SECC&N PRER")ON&-&C"C&ON

    "R$+C'!O 20.&ara eectos de ordenar, regulary planear el desarrollo urbano de los centros de

    poblaci!n, se deber' considerar(

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    ).9 El 'rea rural( aquellas que por suscaracter$sticas se dediquen en orma

    preponderante a la ganader$a y la agriculturay actiidades pecuarias y que estn dentrodel radio de inluencia del centro de

    poblaci!n.

    "R$+C'!O 21.Las 'reas y predios de un centrode poblaci!n, cualquiera que sea su rgimen

    jur$dico, est'n sujetos a las disposiciones que enmateria de ordenaci!n urbana dicten lasautoridades conorme a los &rogramas de1esarrollo y las Leyes aplicables en materia."R$+C'!O 22.Las tierras que se encuentren enexplotaci!n agr$cola o orestal o que sean aptas

    para estos tipos de explotaci!n, deber'n utili"arsepreerentemente en dic/as actiidades, de las ques!lo podr'n retirarse para ser incorporadas al

    proceso de urbani"aci!n de acuerdo con la

    legislaci!n especial sobre esas materias."R$+C'!O 23.Los usos y destinos que podr'nasignarse en los programas de desarrollo urbanomunicipal son(

    ).9 7abitacionales-

    )). 1e sericios-

    ))).9 )ndustriales-

    )0.9 Espacios abiertos-

    0.9 )nraestructura-

    0).9 Equipamiento-

    0)).9 Agropecuarios, 4orestales y Acu$eros-

    0))).9 &atrimonio ultural y Natural- y

    )3.9 Los dem's que se estable"can en losprogramas, y que sean compatibles conlos anteriores.

    "R$+C'!O 2.2e aplicaran los programas dedesarrollo urbano municipal los cuales establecenlas normas de aproec/amiento de los prediosindicando().9 Los usos permitidos, pro/ibidos o

    condicionados-

    )).9 Las normas aplicables a los usoscondicionados-

    ))). La compatibilidad entre los usos permitidos-

    )0.9 El nmero o coeiciente de intensidad de lasconstrucciones-

    0.9 Los datos tcnicos de locali"aci!n de la "onadeterminada-

    0).9 La densidad de poblaci!n- y

    0)).9 Las dem's que de acuerdo con la Ley seanaplicables.

    "R$+C'!O 25. La determinaci!n de losdestinos contendr' la delimitaci!n precisa de las"onas o predios de que se trate, as$ como ladescripci!n del in o aproec/amiento pblico aque stos preean dedicarse. Una e" publicada einscrita en los registros correspondientes una

    declaratoria de destinos, los propietarios deinmuebles que queden comprendidos en lamisma, s!lo utili"ar'n los predios en orma queno presente obst'culo al uturo aproec/amiento

    preisto.

    "R$+C'!O 2/.En el caso de que las "onas opredios no sean utili"ados conorme al destinopreisto en un pla"o de cinco a;os a partir de laentrada en igor del programa de desarrollourbano respectio, dic/o destino quedar' sineectos y el inmueble podr' ser utili"ado en usoscompatibles con los asignados para la "ona de

    que se trate, siempre que no se modiique elprograma."R$+C'!O 2.El aproec/amiento de 'reas y

    predios ejidales o comunales comprendidosdentro de los l$mites de los centros de poblaci!n oque ormen parte de las "onas de urbani"aci!nejidal y de las tierras del asentamiento /umano enejidos y comunidades, se sujetar' a lo dispuestoen la Ley +eneral de Asentamientos 7umanos, enla Ley Agraria, la Ley, el presente reglamento yen los planes o programas de desarrollo urbanoaplicables, as$ como en las reseras, usos y

    destinos de 'reas y predios."R$+C'!O 2. &ara constituir, ampliar ydelimitar la "ona de urbani"aci!n ejidal y suresera de crecimiento- as$ como para regulari"arla tenencia de predios en los que se /ayanconstituido asentamientos /umanos irregulares, laasamblea ejidal o de comuneros respectia deber'ajustarse a las disposiciones de la Ley, a este8eglamento y a la "oniicaci!n contenida en los

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    programas aplicables en la materia. En este caso,se requerir' siempre la autori"aci!n por parte dela 1irecci!n."R$+C'!O 2. uando para el cumplimientode los programas de desarrollo urbano seanecesaria o de mayor beneicio social laocupaci!n de la propiedad, el Ayuntamiento porcausa de utilidad pblica, promoer' laexpropiaci!n de la misma, ante la autoridadcompetente y de conormidad con las leyes de lamateria que ueren aplicables.

    "R$+C'!O 30. En caso de que se expidanlicencias, permisos o autori"acionescontrainiendo lo establecido en los programas dedesarrollo urbano y leyes en materia, stas ser'nnulas y no producir'n eecto jur$dico alguno y losseridores pblicos responsables ser'nsancionados conorme lo establecen las leyesaplicables en la materia.

    C"P+$'!O 4&%E! CON$RO! %E!

    %ES"RRO!!O 'R("NO

    SECC&N PRER"CON$RO! %E %ES"RRO!!O 'R("NO

    'SOS %E S'E!O

    "R$+C'!O 31. #odas las obras, acciones,sericios e inersiones en materia de desarrollourbano y iienda, que se realicen en territorioMunicipal, sean pblicas o priadas, deber'n

    sujetarse a lo dispuesto en la Ley de%rdenamiento #erritorial para el Estado de#laxcala y sus Normas, el presente reglamento yen los programas aplicables.

    "R$+C'!O 32. La persona $sica o moral,pblica o priada, que pretenda reali"ar obras,acciones, sericios o inersiones en materia dedesarrollo urbano y iienda en el Municipio,deber' obtener, preia a la ejecuci!n de dic/asacciones u obras, el 1ictamen de ongruenciaemitido por la 2ecretar$a a solicitud de la1irecci!n en los casos en que esta lo requiera.

    "R$+C'!O 33.El dictamen de congruencia esindependiente y condiciona o no segn sea elcaso, la expedici!n por parte de la 1irecci!n, deautori"aciones, permisos, y licencias que sederien de la legislaci!n urbana aplicable- talescomo, raccionamientos, subdiisiones, usiones,relotiicaciones, construcciones, demoliciones,adaptaciones de obras, condominios yurbani"aciones.

    "R$+C'!O 3.Las 'reas de desarrollo urbano yde preseraci!n ecol!gica- los usos, reseras odestinos asignados a las "onas en que seclasiique el territorio municipal- los l$mites delos centros de poblaci!n y las normas de

    planiicaci!n urbana que regulan los predios yconstrucciones, determinadas en los programas dedesarrollo urbano s!lo podr'n ser modiicados deacuerdo con los cambios que se incorporen a los

    programas de desarrollo urbano.

    "R$+C'!O 35. &ara dar un uso o destinodistinto al que se le /a enido dando a un 'rea,

    predio o construcci!n que cause cambiosimportantes en la "ona, los propietarios o

    poseedores deber'n obtener el Uso de 2uelocorrespondiente, para ealuar su otorgamiento seelaborara el 1ictamen de )mpacto Urbano dondeestable"ca que el cambio se ajusta al entorno

    urbano.La presentaci!n de dic/o Uso ser' necesaria parainiciar el tr'mite de las licencias de construcci!ny de las licencias para la apertura yuncionamiento de giros comerciales, industrialesy de sericios.

    "R$+C'!O 3/. El Uso de 2uelo, con base en la"oniicaci!n preista en los programas dedesarrollo urbano, se;alar' los usos o destinos de'reas y predios, permitidos, condicionados o

    pro/ibidos.

    "R$+C'!O 3.Los objetios del Uso de 2ueloson(). 1ar seguridad jur$dica a la propiedad,

    identiic'ndola dentro de su contexto urbano-otorgando la consiguiente protecci!n a sustitulares, respecto de la legalidad delasentamiento /umano o desarrolloinmobiliario-

    )). onserar y mejorar el patrimonio natural ycultural-

    ))). Apoyar la planeaci!n de inraestructura,equipamiento y sericios urbanos-

    )0. ontrolar que toda acci!n, obra, sericio oinersi!n en materia de desarrollo urbano yiienda, sea consistente con la legislaci!n y

    programas aplicables-

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    0. 2e;alar el aproec/amiento y aptitud del suelode acuerdo con la legislaci!n y programasaplicables-

    0). )mpedir el establecimiento deasentamientos /umanos irregulares- y

    0)). 2e;alar las limitaciones, restricciones oalineamientos que a cada 'rea o predio ledisponen la legislaci!n o programas dedesarrollo urbano aplicables.

    "R$+C'!O 3.La 1irecci!n expedir' los Usosde 2uelo de conormidad con lo dispuesto en laLey, sus Normas, el presente 8eglamento y laLey +eneral de Asentamientos 7umanos.

    "R$+C'!O 3. La 1irecci!n, de ser necesariosolicitar' a los interesados los Usos de 2uelo oimpacto urbano respecto de las obras, acciones,

    inersiones y sericios que en materia dedesarrollo urbano se pretendan reali"ar dentro desu jurisdicci!n.

    "R$+C'!O 0. 2er'n nulos de pleno derec/olos Usos de 2uelo que expida la 1irecci!n encontraenci!n a lo establecido por la Ley, el

    presente 8eglamento y los programas de1esarrollo Urbano.

    "R$+C'!O 1. Los Usos de 2uelo, contendr'ny proporcionar'n(

    ).9 La ubicaci!n del 'rea o predio-

    )).9 Los antecedentes jur$dicos de propiedad oposesi!n del 'rea o predio-

    ))).9 La identiicaci!n catastral-

    )0.9 El nmero oicial-

    0.9 El uso o destino actual, y el que sepretenda utili"ar en el 'rea o predio-

    0).9 El alineamiento respecto a las $as o

    espacios pblicos de propiedad 4ederal,Estatal o Municipal-

    0)).9 La asignaci!n de usos o destinospermitidos, compatibles, pro/ibidos ocondicionados, se da de acuerdo con lo

    preisto en los programas de desarrollourbano aplicables-

    0))).9 Las restricciones de urbani"aci!n yconstrucci!n que correspondan deconormidad con el tipo deraccionamiento, condominio, barrio,colonia o "ona-

    )3.9 Los dem's datos, elementos, criterios olineamientos que se derien de la legislaci!no programas de desarrollo urbano.

    "R$+C'!O 2. Los Usos de 2uelo tendr'n unaigencia de seis meses, a partir de la ec/a de suexpedici!n, en irtud de que deben ser acordescon la actuali"aci!n o modiicaci!n de lalegislaci!n y programas de desarrollo urbano.

    "R$+C'!O 3. En caso de que la acci!n, obra,sericio o inersi!n, no se /ubiese reali"adodurante la igencia de un Uso de 2uelo, serequerir' la tramitaci!n de uno nueo ante la1irecci!n.

    "R$+C'!O . Los Usos de 2uelo, noconstituyen apeo y deslinde respecto delinmueble, ni acreditan la propiedad o posesi!ndel mismo.

    "R$+C'!O 5.La 1irecci!n expedir' reportede Uso de 2uelo a la persona $sica o moral quelos solicite, sin que sta acredite la propiedad o

    posesi!n del inmueble o inmuebles objeto de lasolicitud, a in de dar a conocer las restricciones oaectaciones con que cuenta un 'rea, lote o

    predio, conorme a la legislaci!n y programas de

    desarrollo urbano.1ic/os reportes no tendr'n alide" legal parareali"ar tr'mites de raccionamiento, condominio,relotiicaci!n, usi!n o subdiisi!n de 'reas y

    predios, as$ como de licencias de construcci!n uotros an'logos.

    "R$+C'!O /. Las obras, construcciones,ampliaciones o modiicaciones a que se reierenlas Normas #cnicas de la Ley de la onstrucci!ndel Estado de #laxcala, que se /agan sinautori"aci!n, permiso o licencia, o en

    contraenci!n a lo dispuesto en losordenamientos legales aplicables, en losprogramas de desarrollo urbano, y dict'menes decongruencia, podr'n ser demolidas total o

    parcialmente por orden de la 1irecci!n, preioan'lisis del Ayuntamiento- quienes no tendr'nobligaci!n de pagar indemni"aci!n alguna,requiriendo a los responsables a cubrir el costo delos trabajos eectuados.

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    "R$+C'!O .La 1irecci!n, requerir' en todocaso a la persona que contraenga lo dispuesto enel art$culo anterior, para que se ajuste al mismo-en caso de no /acerlo, en un pla"o de o propietarioque obtenga autori"aci!n para construir unraccionamiento est' obligado a urbani"ar losterrenos que comprendan el proyecto.

    "R$+C'!O 5. #odos los raccionamientosdeber'n ser protocoli"ados ante notario pblicodel Estado por cuenta del raccionador, cuyocontenido ser' la totalidad de los lotes aprobados,numero de man"anas, calles con su nomenclatura,ubicaci!n y supericie de 'reas erdes, jardines,'rea de donaci!n y sericios pblicos. deber'ser inscrito en el registro pblico de la propiedady del comercio.

    "R$+C'!O 5. Una e" concluido en sutotalidad el raccionamiento, el raccionador est'obligado a municipali"ar dic/o raccionamiento-se entiende por municipali"aci!n el acto ormalmediante el cual se reali"a la entrega9recepci!n alAyuntamiento por parte del raccionador, los

    bienes inmuebles, equipo e instalacionesdestinados a los sericios pblicos y obras deurbani"aci!n de un raccionamiento, para que elAyuntamiento preste los sericios necesarios parael bienestar de los colonos a/$ asentados.

    "R$+C'!O 5.El proceso de municipali"aci!n

    se sujetara a lo siguiente(

    A6 El raccionador solicitara por escrito a la1irecci!n el inicio del proceso demunicipali"aci!n, integrando dos tantos dela siguiente documentaci!n requerida en elA8#FUL% B= 4racci!n )0.

    ?6 La 1irecci!n eriicara que el4raccionamiento cumpla con lo establecidoen la licencia de construcci!n y planosautori"ados, mediante un proceso deinspecci!n, as$ con el llenado de actas de

    eriicaci!n del conjunto, 'reas de donaci!n,de agua potable alcantarillado, alumbradopblico y paimentaci!n.

    6 En un trmino no mayor a BC d$as /'biles elAyuntamiento otorgara las actas de entregarecepci!n al raccionador, las cuales ser'nirmadas por el &residente Municipal,2indico del Ayuntamiento, el 1irector, ydem's 1irectores que interengan en este

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    proceso, en caso de que el proyecto serealice en una comunidad, tambin deber'ser irmado por el &residente de dic/acomunidad, inalmente tambin deber' serirmado por el raccionador.

    "R$+C'!O /0.La diisi!n de un terreno mayora C lotes y>o que sobrepase una supericie decinco mil metros cuadrados y las lotiicacionesadquirir' el car'cter de 4raccionamiento.

    C"P+$'!O 4&&%E !" &N-R"ES$R'C$'R",

    E'&P"#&EN$O SER4&C&OS'R("NOS

    "R$+C'!O /1. &ara los eectos de este8eglamento, se entiende por inraestructuraurbana, los sistemas y redes de organi"aci!n ydistribuci!n de bienes y sericios para el buenuncionamiento de los centros de poblaci!n, en

    beneicio de la comunidad, tales como( estructuraial, electricidad, telonos, agua potable, drenajey otros.

    &or equipamiento urbano, al conjunto deinmuebles, instalaciones, construcciones ymobiliario, destinados a prestar a la poblaci!n lossericios administratios, educatios,comerciales, de salud y asistencia, recreatios,ialidades y otros, as$ como los inmuebles,ediicios y espacios pblicos o priados, en losque se desarrollen las actiidades econ!micas.

    &or sericios urbanos, las actiidades operatiaspblicas o concesionadas a particulares, parasatisacer necesidades colectias, tales como(transportes, recolecci!n de basura, distribuci!n deagua, igilancia, bomberos, jardines, cementeriosy mercados."R$+C'!O /2. La solicitud para autori"ar lainstalaci!n, construcci!n o modiicaci!n, de todoo en parte, de algunos de los sistemas deinraestructura b'sica, el equipamiento primario osericios urbanos, deber' presentarse por escritoante la 1irecci!n.

    "R$+C'!O /3.La solicitud a que se reiere elart$culo anterior, deber' ser acompa;ada de lossiguientes elementos().9 Un plano de conjunto de la "ona de

    inluencia, se;al'ndose la extensi!n yubicaci!n de la obra-

    )).9 La memoria descriptia del proyecto-

    ))).9 El rgimen inanciero para la ejecuci!nde la obra-

    )0.9 Las obligaciones a cargo del solicitante-0.9 Los pla"os de iniciaci!n, reisi!n y

    terminaci!n de las obras-

    0).9 El dictamen de congruencia y uso desuelo- y

    0)).9 Las autori"aciones de raccionamientos ocondominios, en su caso.

    0))).9 1e acuerdo al tipo de inraestructura,"ona de ejecuci!n del proyecto, la1irecci!n requerir' las autori"aciones por

    parte de dependencias Estatales y4ederales necesarias que aalen y>oautoricen el proyecto.

    "R$+C'!O /.&ara el estudio de la solicitud aque se reiere el art$culo anterior, la 1irecci!ntomar' en consideraci!n los siguientes aspectos().9 1istribuci!n y densidad de poblaci!n en

    la "ona-

    )).9 1istribuci!n de la demanda de bienes ysericios, especiicando la "ona que noest cubierta-

    ))).9 1istribuci!n equitatia de los bienes ysericios en relaci!n con los /abitantesdel centro de poblaci!n-

    )0.9 &rocedimiento para su reali"aci!n-0.9 Medios para la satisacci!n de la

    demanda-0).9 8gimen inanciero para la ejecuci!n de

    la obra-0)).9 El impacto ambiental- y0))).9 La estructura ial y el sistema de

    transporte, as$ como otras redes, talescomo las de electricidad, agua potable ydrenaje.

    "R$+C'!O /5.#odos los proyectos relatios ala estructura ial primaria, deber'n ser sometidosa la consideraci!n del Ayuntamiento, quiendeterminar' la orma como queden contenidos enlos programas de desarrollo urbano respectios.

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    "R$+C'!O //.El Ayuntamiento, determinar'().9 Los proyectos de redes iales, los

    derec/os de $a y el establecimiento delos sericios e instalacionescorrespondientes, as$ como suscaracter$sticas-

    )).9 La organi"aci!n y las caracter$sticas del

    sistema de transporte de personas ybienes-

    ))).9 Las limitaciones de aproec/amiento dela $a pblica-

    )0.9 Las especiicaciones para modiicar

    deinitia o temporalmente la $apblica- y

    0.9 La ubicaci!n y extensi!n de las 'reas de

    estacionamiento.

    C"P+$'!O 4&&&%E !" PRO$ECC&ON

    C&4&!

    "R$+C'!O /.La Ley de &rotecci!n iil enel tema de los asentamientos /umanos tiene porobjeto propiciar la seguridad de los indiiduosque /abitan su territorio, de los eectos de undesastre, proocado por agentes naturales oemergencias urbanas.

    "R$+C'!O /. La inraestructura, elequipamiento y los sericios urbanos en elMunicipio deber'n distribuirse en el territorio, enorma programada y sistem'tica, de manera quelos eectos de un eentual desastre, no se eanincrementados por la ausencia de estos elementoso instrumentos."R$+C'!O /.Las acciones e inersiones queen materia de protecci!n ecol!gica, conseraci!ny mejoramiento reali"adas dentro del Municipiodeber' atender tambin al an'lisis de la

    preenci!n y posible reducci!n de los eectos

    destructios de un posible desastre o emergenciaurbana.

    "R$+C'!O 0.&ara la autori"aci!n de nueoscentros de poblaci!n, raccionamientos,condominios, obras de inraestructura urbana,equipamiento e instalaciones industriales,comerciales y de sericios, se tomar'n en cuentalas restricciones y especiicaciones en materia de

    &rotecci!n iil incorporadas en los programasde desarrollo urbano.

    En caso necesario se solicitar' dictamen de&rotecci!n iil Municipal sobre todo cuando setrate de instalaciones que originen gran lujo de

    personas, instalaciones de alto riesgo comogaseras, ductos, gasolineras, talleres y 'bricasque manejen materiales inlamables, explosios ot!xicos y unidades de transporte masio de stos.

    "R$+C'!O 1. 2e tomar' en cuenta elcontenido del Atlas Municipal de 8iesgos, en laormulaci!n de los programas de desarrollourbano municipales.Asimismo en el 8eglamento de onstruccionesdel Municipio se establecen las especiicacionesde calidad que deban reunir las ediicaciones conel objeto de eitar desastres por percances o

    accidentes."R$+C'!O 2. &ara la autori"aci!n deconstrucciones, desarrollos /abitacionales,industriales, comerciales y sericios o anuncios setomar'n en cuenta los estudios sobre allasgeol!gicas, elocidades m'ximas de los ientosdominantes y en!menos meteorol!gicos que

    propicien inundaciones.

    C"P+$'!O &*%E !"S !&CENC&"S, PER#&SOS

    "'$OR&)"C&ONES %E !"S

    CONS$R'CC&ONES

    "R$+C'!O 3. #oda obra de construcci!nnuea requerir' Licencia o permiso deonstrucci!n y 1ictamen de uso del suelo,otorgada por la 1irecci!n con anterioridad alinicio de la obra. 1ic/os tr'mites deber'nobtenerse independientemente del rgimen de

    propiedad y de acuerdo a la "oniicaci!n queestablecen los programas de desarrollo urbano.

    "R$+C'!O . En los raccionamientos ycondominios, la 1irecci!n no expedir'

    dict'menes de uso del suelo sin antes comprobarque el solicitante cuente con cada uno de losrequisitos correspondientes para dic/o tr'mite,mismos que se encuentran establecidos en elart$culo GB de este ordenamiento.)gualmente no se expedir' Licencia o &ermiso deonstrucci!n, ni 1ictamen de uso del suelo paradesarrollos /abitacionales o comerciales, cuando

    para la uncionalidad de los mismos se requiera

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    reali"ar obras de urbani"aci!n o apertura deialidades internas. En este caso, se requerir' el1ictamen de )mpacto Urbano y la aprobaci!n

    preia del conjunto por parte de la 2ecretar$a.

    C"P+$'!O *%E !OS %&REC$ORES

    RESPONS"(!ES%E O(R"

    "R$+C'!O 5.Los directores responsables deobra 518%6 reglamentados por la Ley de laonstrucci!n del Estado de #laxcala y sus

    Normas #cnicas, tendr'n las obligaciones enmateria de ordenamiento territorial y desarrollourbano siguientes().9 0eriicar que los proyectos estn acordes y

    cumplan con las especiicaciones en el uso,

    destino y reseras del suelo en las que seinserta la obra que pretende construir y quese encuentran en la "oniicaci!n a que sereieren los programas de desarrollo urbano-

    )).9 8esponder de cualquier iolaci!n a las

    disposiciones de las Leyes en materia-

    ))).9 0eriicar que el proyecto de la obra aconstruir cumpla con lo dictaminado en elUso del suelo respectio- y

    )0.9 0eriicar que se encuentre en la obra una copia

    de la licencia de onstrucci!n o de uso delsuelo.

    "R$+C'!O /. El Ayuntamiento, preiaopini!n de la omisi!n de Asistencia #cnica)nstitucional, podr' determinar la suspensi!n deregistro a un 18%, cuando /aya incurrido eniolaciones a la Ley, sus Normas, el presente8eglamento y dem's disposiciones legalesaplicables.2e dar' aiso de la suspensi!n al olegio de

    &roesionales respectio.La suspensi!n se dictar' por un lapso de < mesesa < a;os o en casos extremos, podr' ser deinitiasin liberar al 18% de la obligaci!n de subsanarlas irregularidades en que /aya incurrido.

    C"P+$'!O *&%E !" OC'P"C&ON %E !"S

    CONS$R'CC&ONES

    "R$+C'!O . uando en el 1ictamen deongruencia se marque una aectaci!n orestricci!n al predio, esto no implica que el

    propietario o poseedor sea limitado en el dominiode la supericie se;alada, nicamente se leinorma sobre los elementos o caracter$sticas quedebe respetar al reali"ar alguna construcci!n,raccionamiento y condominio, o destinar un

    predio a uso determinado.

    "R$+C'!O . Los inmuebles no podr'ndedicarse a usos dierentes a los autori"ados en eldictamen de uso de suelo que modiiquen lascargas ias, cargas muertas, o el uncionamientoestructural del proyecto aprobado. uando unaediicaci!n o un predio se utilice total o

    parcialmente para algn uso dierente delautori"ado, sin /aber obtenido preiamente eldictamen en el que se autorice el nueo uso, la

    1irecci!n ordenar', con base en el dictamentcnico que al eecto se realice, lo siguiente().9 La restituci!n de inmediato al uso aprobado,

    si esto puede /acerse sin la necesidad deeectuar obras- y

    )).9 La ejecuci!n de obras, adaptaciones einstalaciones y otros trabajos que seannecesarios para el correcto uncionamientodel inmueble y restituci!n al uso aprobadodentro del pla"o que para ello se se;ale.

    C"P+$'!O *&&%E !" P"R$&C&P"C&ONSOC&"!

    "R$+C'!O . El &residente Municipalpromoer' la participaci!n y la responsabilidadde la sociedad en los procesos de planeaci!n y

    programaci!n del desarrollo urbano y iienda,en los trminos del presente 8eglamento y de lasdem's disposiciones jur$dicas aplicables, a trasde los !rganos de colaboraci!n municipal, ecinaly ciudadana y de los comits de participaci!n

    social."R$+C'!O 0. &ara los eectos del art$culoanterior, el &residente Municipal().9 onocar' a representantes de las

    organi"aciones obreras, empresariales, decampesinos y productores agropecuarios, delas comunidades, de institucioneseducatias, de instituciones priadas no

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    lucratias y comits de participaci!n social,para que maniiesten su opini!n ypropuestas-

    )).9 elebrar'n conenios de concertaci!n con

    organi"aciones obreras para la protecci!ndel ambiente en los lugares de trabajo yunidades /abitacionales- con organi"acionescampesinas y comunidades rurales para elestablecimiento, administraci!n y manejo de'reas naturales protegidas- y para brindarlesasesor$a ecol!gica, en las actiidadesrelacionadas con el aproec/amientoracional de los recursos naturales- conorgani"aciones empresariales, para accionesrelacionadas con la protecci!n del ambiente-con instituciones educatias y acadmicas,

    para la reali"aci!n de estudios einestigaciones en la materia de desarrollourbano y iienda- con organismos ciiles e

    instituciones priadas no lucratias paraemprender acciones de desarrollo urbano yecol!gicas conjuntas- as$ como conrepresentaciones sociales y con comits de

    participaci!n social en el desarrollo urbano,la ecolog$a y la iienda- y

    ))).9 &romoer' la concertaci!n con los diersos

    medios de comunicaci!n masia para ladiusi!n, inormaci!n y promoci!n deacciones en materia de desarrollo urbano yiienda.

    Los particulares que deseen participar en losprocesos anteriores, lo podr'n /acer a tras delos !rganos competentes, sin perjuicio de losderec/os y las garant$as que tengan y que puedanejercer indiidualmente ante las autoridadescompetentes."R$+C'!O 1.En todos los casos en que el&residente Municipal lo estime necesario,solicitar'n la opini!n de las organi"aciones de

    proesionales en las diersas materias que incidenen el desarrollo urbano y la iienda, a in deenriquecer los instrumentos jur$dicos,

    econ!micos, tcnicos y en general, todos aquellosque en cada caso se apliquen."R$+C'!O 2. &ara eectos del presente8eglamento, se entender' por().9 omits de man"ana( aquella agrupaci!n de

    personas que se constituyen en cadaman"ana de los centros de poblaci!n delMunicipio-

    )).9 Asociaci!n de residentes( aquellos que se

    integran por los comits de man"anarespectios-

    ))).9 Hunta de ecinos( aquellos que se integran en

    cada centro de poblaci!n, con laparticipaci!n de las asociaciones deresidentes- y

    )0.9 omit de participaci!n social( es laAsociaci!n iudadana de oluntarios con elobjeto de promoer el mejoramiento

    productio de su niel de ida, a tras deacciones, obras o sericios propuestos por laorgani"aci!n.

    "R$+C'!O 3.Los acuerdos que resulten de lasreuniones de trabajo que realicen lasagrupaciones de ciudadanos a que se reieren los

    art$culos anteriores deber'n ser canali"ados a lasautoridades competentes, a tras de la omisi!nEstatal de 1esarrollo Urbano y 0iienda y losomits Municipales respectios."R$+C'!O . Los comits de man"ana, lasasociaciones de colonos, los comits de

    participaci!n social o las juntas de ecinos,podr'n apoyarse y coordinarse con lasautoridades competentes, para participar en laelaboraci!n de programas con la inormaci!n yapoyos tcnicos necesarios para la ejecuci!n deacciones, obras o sericios por cooperaci!n, conla participaci!n que corresponde al onsejoEstatal de 1esarrollo Urbano y 0iienda y losomits Municipales respectios.

    $+$'!O SE'N%O"EN 'R("N"

    C"P+$'!O &%&SPOS&C&ONES ENER"!ES,-"C'!$"%ES "'$OR&%"%ES

    ARTCULO 85. Se entiende por

    fisonoma urbana: las fachadas de los

    edificios; las bardas: cercas y frentes de

    predios baldos; a los elementos que

    integran las fachadas; a los techos de los

    edificios, cuando stos sean visibles

    desde el nivel de la calle o desde otro

    ngulo importante; a los espacios

    pblicos de uso comn: parques,

    jardines, plazas, avenidas, camellones,

    aceras y a los elementos que los

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    integran; al mobiliario urbano integrado

    por postes, arbotantes, arriates, bancas,

    basureros, fuentes, monumentos,

    paradas de autobuses, casetas

    telefnicas y de informes, sealamientos,

    arbolado y jardinera.

    "R$+C'!O /. &ara los ines de este8eglamento, el Municipio se diide en lassiguientes "onas().9 :ona entro.

    )).9 $icas e institucionales.

    ))).9 omerciales.

    )0.9 7abitacionales.

    0.9 4raccionamientos 7abitacionales

    0).9 ?osques, "onas erdes, parques y jardines.

    0)).9 0ialidades 5pasos de seridumbre,andadores, priadas, calles, aenidas,

    buleares, carreteras6.

    "R$+C'!O .orresponde a la 1irecci!n(

    ).9 Establecer las normas tcnicas yadministratias a que se sujetar'n cualquierobra o acci!n de isonom$a urbana-

    )).9 Establecer las distintas "onas en las que seautoricen las obras de isonom$a urbana-

    ))).9 1eterminar los elementos y caracter$sticasque componen la isonom$a urbana delMunicipio de Api"aco-

    )0.9 1eterminar las "onas y las ediicaciones enlas que nicamente se permita laconseraci!n-

    0.9 Establecer las ormas, estilos, materiales,dimensiones y caracter$stica de la isonom$a

    urbana-

    0).9 4ijar las dem's limitaciones que por ra"onesde planiicaci!n y "oniicaci!n urbanadeban obserarse-

    0)).9 0igilar el cumplimiento de las disposicionesde este reglamento, as$ como reali"ar lasinspecciones en las ediicaciones dentro delterritorio del municipio que inolucren

    acciones urbanas en materia deordenamiento territorial e imagen urbana-

    "R$+C'!O .orresponde a la 1irecci!n(

    A6 8ecibir la solicitud, tramitar y expedir elpermiso espec$ico para obras y acciones deisonom$a urbana.

    ?6 En su caso reocar y cancelar el permiso,ordenar la suspensi!n y demolici!n deobras, preia notiicaci!n a los propietarios,se;al'ndoles un pla"o de o responsables que contraengan loestablecido en este reglamento, bajo loestablecido en conormidad con el

    procedimiento para las notiicaciones

    estipulado en este reglamento.

    "R$+C'!O . En los lugares no comprendidosdentro de la "oniicaci!n establecida, la 1irecci!notorgar' permisos de isonom$a urbana, siempre ycuando se obseren las disposiciones de este8eglamento.

    C"P+$'!O &&DE LA VIA PBLICA

    Y NOMENCLATURA

    "R$+C'!O 0.0$a pblica es todo espacio deuso comn que por la costumbre o disposici!n deautoridad competente, se encuentre destinado allibre tr'nsito, de conormidad con este8eglamento y dem's leyes aplicables, as$ comotodo inmueble que de /ec/o se utilice para estein. Es caracter$stica propia de la $a pblica elserir para la aireaci!n, iluminaci!n yasoleamiento de los ediicios que la limiten, paradar acceso a los predios colindantes, o para alojarcualquier instalaci!n de una obra pblica o de unsericio pblico.Este espacio est' limitado por el plano irtual

    ertical sobre la tra"a del alineamiento oicial o ellindero de dic/a $a pblica.

    "R$+C'!O 1. En el 'rea urbana, losparamentos de las ac/adas estar'n alineados alpa;o de la banqueta. En otras 'reas, en caso deremetimiento, los particulares colocar'n rejas conenredaderas, cercas setos y celos$as, al pa;o del

    predio con la acera.

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    Los acabados y texturas de la banqueta deber'nse aprobados por la 1irecci!n. No se permitir'nescalones sobre la $a pblica, para dar acceso alos ediicios.

    "R$+C'!O 2. En las calles y aenidas sepermitir'n materiales de origen natural y de tipoindustrial, no se permite la utili"aci!n de baldosasde piedra en banquetas. Las calles y aenidas quelo permitan por su dimensi!n de sus banquetas ycamellones podr'n estar ajardinadas y arboladas."R$+C'!O 3. Las aenidas tendr'n uncamell!n arbolado y ajardinado con plantas dellugar. 2e cuidar' la isibilidad de losautomoilistas y peatones en el sembrado de las

    plantas. En el cuidado de las plantas deber'nparticipar los ecinos con los rentes de predios aestos sitios.

    "R$+C'!O .No se permite la obstrucci!n dela $a pblica por ningn motio ya sea porelemento ijo y>o semiijo, a menos que loautorice la 1irecci!n conorme a la normatiidadigente aplicable.

    "R$+C'!O 5. El ayuntamiento por medio dela 1irecci!n lleara el registro de la nomenclaturade las ialidades del municipio y de los nmerosoiciales de las propiedades y determinara lasnormas necesarias para el adecuado ordenamientode estos.

    "R$+C'!O /.La direcci!n otorgara mediante

    constancias el nmero oicial correspondiente acada propiedad, preia solicitud.

    "R$+C'!O . Las placas que se colocan enesquinas deber'n indicar el nombre de la ialidaden letras maysculas, nombre de la colonia,nombre de la poblaci!n, municipio, c!digo postal,circulaci!n y el rango de nmeros oiciales que seencuentran en la acera correspondiente.

    "R$+C'!O . La nomenclatura solo secolocara en las esquinas en la ac/ada a una alturam$nima de =.B metros a partir del niel de la

    banqueta.

    "R$+C'!O .Iueda pro/ibida la inserci!n decualquier tipo de propaganda publicitaria, marcay>o cualquier mensaje que no corresponda a loestablecido en el art$culo anterior.

    "R$+C'!O 100.Adem's de la constancia delnmero oicial que expida la 1irecci!n, estaentregara las indicaciones y restricciones donde

    indique el tama;o de los nmeros oiciales, tipode material, color, tipogra$a, y medidas m$nimasde la altura para la colocaci!n del nmero oicialen el exterior de las propiedades.

    C"P+$'!O &&&%E !"S E%&-&C"C&ONES

    -"C6"%"S

    "R$+C'!O 101. La altura de las construccionesy ediicaciones, las proporciones y los elementosque integran las ac/adas- el alineamiento de lasediicaciones- el remetimiento de los pa;os de lasac/adas- materiales, textura y color- cualquierelemento que deina un estilo arquitect!nico y lasobras de construcci!n, conseraci!n, reparaci!n oampliaci!n de ac/adas, se sujetar'n a lasdisposiciones de este 8eglamento y a lasdisposiciones de los programas de desarrollourbano.

    ARTCULO 102. La construccin,

    reparacin, remodelacin, conservacin

    (cuando implique modificacin,

    ampliacin de fachadas y dems obras

    comprendidas en la fisonoma urbana),

    requieren de permiso por parte de la

    Direccin, en los trminos de este

    reglamento.

    AR$+C'!O 103. Las ac/adas se sujetar'n a lassiguientes disposiciones(

    ). Iueda pro/ibida toda modiicaci!n a cualquierac/ada considerada de car'cter tradicional oalor patrimonial, por sus caracter$sticas propias,

    por su antigJedad o por su alor /ist!rico deacuerdo al cat'logo del )nstituto Nacional deAntropolog$a e 7istoria.

    )). En caso de existir ediicaci!n o ac/adaconsiderada Monumento 7ist!rico de acuerdo alcatalogo del )nstituto Nacional de Antropolog$a e7istoria, se solicitara por parte de la 1irecci!n eldocumento que ampare la iabilidad de la

    propuesta de modiicaci!n, que ser' alorada porla secci!n de Monumentos 7ist!ricos de dic/adependencia de acuerdo a la Ley 4ederal deMonumentos 7ist!ricos y :onas Arqueol!gicas,Art$sticos e 7ist!ricos.

    C"P+$'!O &4P"R'ES J"R%&NES

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    "R$+C'!O 10. Los espacios abiertos paraparques, jardines, pla"as y 'reas recreatias, se/ar'n empleando materiales y elementosarquitect!nicos del lugar. 2e permitir' lainstalaci!n de reresquer$as, neer$as y cas consombrillas y muebles no ijos, preio dise;osujeto a la aprobaci!n de la 1irecci!n.

    No se permitir' que sean inadidos conconstrucciones, puestos ambulantes, comercios,restaurantes u otras ediicaciones.

    El Ayuntamiento proceder' a su demolici!n oretiro, en su caso, preio aiso a los propietarios.

    C"P+$'!O 4#O(&!&"R&O

    'R("NO

    "R$+C'!O 105. Los postes de energ$a elctricase colocar'n estratgicamente de manera que no

    queden rente a accesos, o en esquinas, nidestaque por su ubicaci!n. 2e procurar' que loscables queden ocultos, o adosados a los muros.

    "R$+C'!O 10/. 2e permiten las arbotantes deiluminaci!n, siempre y cuando su dise;o,

    proporci!n y color sea congruente con elambiente de la "ona. No se permiten tonos

    brillantes para los postes de iluminaci!n.

    "R$+C'!O 10. Los arriates y jardinerasdeber'n reali"arse con un dise;o propio del lugar.

    "R$+C'!O 10. Los monumentos deber'n ser

    proporcionales al lugar donde se ubiquen, susdimensiones, materiales, colores y textura ser'narm!nicos con el sitio donde se encuentren y conla identidad ormal del municipio de Api"aco.

    "R$+C'!O 10.En las bancas queda pro/ibidola utili"aci!n de mosaico, a"ulejos, terra"os ogranito.

    "R$+C'!O 110. 2e cuidar' que el dise;o yproporciones de los basureros ayan de acuerdocon el entorno urbano, el Ayuntamiento se obligaa conserarlos limpios y en buen estado.

    "R$+C'!O 111. Los puestos ambulantesrequerir'n del permiso de 4isonom$a Urbana. 2udise;o deber' ser acorde con el lugar. No podr'ncircular los que estn en mal estado. Los puestosde peri!dicos se colocar'n, preia autori"aci!n dela 1irecci!n mediante permiso de 4isonom$aUrbana, en el lugar y con las caracter$sticas queindique la 1irecci!n.

    "R$+C'!O 112. El se;alamiento de calles,aenidas y otros, responder' a un dise;ouniorme. 2e eitar' el uso excesio de postes.

    "R$+C'!O 113. La ubicaci!n de casetastele!nicas, de inormaci!n y otros elementos noexplicitados, quedar' sujeta a la disposici!n delAyuntamiento.

    C"P+$'!O 4&%E !OS "N'NC&OS

    "R$+C'!O 11. Los anuncios y todo lo relatioa ellos se regir' por este 8eglamento, La ijaci!ny colocaci!n de anuncios que sean isibles desdela $a pblica- la emisi!n, instalaci!n ocolocaci!n de anuncios en los sitios o lugares alos que tenga acceso el pblico- su uso en lugares

    pblicos y las obras de instalaci!n, conseraci!n,modiicaci!n, ampliaci!n o retiro de anuncios,

    requiere de permiso preio expedido por la1irecci!n."R$+C'!O 115. &ara los eectos de este8eglamento se entiende por anuncio todo mediode inormaci!n, comunicaci!n o publicidad queindique, se;ale, exprese, muestre o diunda al

    pblico cualquier mensaje relacionado con laproducci!n y enta de productos y bienes, con laprestaci!n de sericios y con el ejercicio l$cito deactiidades proesionales, c$icas, pol$ticas,culturales e industriales o comerciales.)gualmente se entender' por anuncio a las

    carteleras o pantallas y que en ellas se /agapublicidad."R$+C'!O 11/.Los anuncios se clasiican dela siguiente manera, en consideraci!n al lugar enque se ijen o coloquen(

    ).9 1e ac/adas, muros, paredes, bardas otapiales-

    )).9 1e idrieras, escaparates y cortinasmet'licas-

    ))).9 1e marquesinas y toldos-

    )0.9 1e piso de predios no ediicados o deespacios libres de predios parcialmenteediicados- y

    0.9 1e e/$culos.

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    "R$+C'!O 11. Atendiendo a su duraci!n, losanuncios se clasiican en transitorios y

    permanentes().9 2e consideran #ransitorios(A6 Los olantes, olletos y muestras de

    productos y en general toda clase depropaganda impresa y distribuida en la $apblica o a domicilio-

    ?6 Los que anuncian baratas, liquidaciones ysubastas-

    6 Los programas de espect'culos o diersiones-16 Los que se coloquen en tapiales, andamios y

    ac/adas de obras en construcci!n-

    E6 Los anuncios y adornos que se coloquen con

    motio de las iestas naide;as o deactiidades c$icas o conmemoratias-

    46 Los que se coloquen en el interior de

    e/$culos de uso pblico-+6 Los relatios a propaganda pol$tica, durante

    las campa;as electorales- y76 En general todo aquel que se ije, instale o

    coloque por un trmino no mayor de sesentad$as naturales.

    )).9 2e consideran &ermanentes(A6 Los pintados, colocados o ijados en cercas

    y en predios sin construir-?6 Los pintados, ad/eridos o instalados en

    muros y bardas-

    6 Los pintados o instalados en marquesinas ytoldos-

    16 Los que se ijan o instalan en el interior de

    los locales a los que tenga acceso el pblico-

    E6 Los que se instalan en estructuras sobrepredios no ediicados-

    46 Los contenidos en placas denominatias-

    +6 Los pintados o colocados en p!rticos ypasajes-

    76 Los pintados o colocados en puestos ijos osemiijos- y

    )6 Los pintados y colocados en e/$culos.

    "R$+C'!O 11.&or sus ines, los anuncios seclasiican en(

    ).9 1enominatios, aquellos que s!lo contengan elnombre, denominaci!n o ra"!n social de la

    persona $sica o moral de que se trate,proesi!n o actiidad a que se dedique, o elsigno o igura con que sea identiicada unaempresa o establecimiento mercantil-

    )).9 1e propaganda, aquellos que se reieren a

    marcas, productos, eentos, sericios o actiidades an'logas para promoer su enta, uso o consumo-

    ))).9 Mixtos, aquellos que contengan comoelemento de mensaje publicitario, loscomprendidos en anuncios denominatios yde propaganda- y

    )0.9 1e car'cter c$ico, social y pol$tico."R$+C'!O 11. Los anuncios en cuanto a sucolocaci!n, podr'n ser(

    ).9 Adosados, aquellos que se ijen o ad/ieransobre las ac/adas o muros de los ediicios oen e/$culos-

    )).9 Autosoportados, aquellos que se encuentransustentados por uno o m's elementosapoyados o anclados directamente al piso deun predio y cuya caracter$stica principal seaque su parte isible no tenga contacto conediicaci!n alguna-

    ))).9 &intados, los que se /agan mediante la

    aplicaci!n de cualquier tipo de pintura,sobre supericie de las ediicaciones o de lose/$culos- e

    )0.9 )ntegrados, los que en alto reliee, bajoreliee o calcados, ormen parte integral dela ediicaci!n que los contiene.

    En las a"oteas de cualquier tipo de construcci!n,por seguridad no se permite colocar ningn tipode anuncio.

    "R$+C'!O 120. Los permisos para lacolocaci!n o ijaci!n de anuncios transitorios,

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    cuando sean procedentes, no podr'n exceder deK d$as naturales. Los permisos para anunciostransitorios tendr'n la duraci!n que en ellos sese;ale y no podr'n prorrogarse por motioalguno.

    "R$+C'!O 121.Los permisos para anunciospermanentes, autori"ar'n el uso de stos por una;o natural contado a partir de la ec/a deexpedici!n del permiso.

    Los permisos ser'n prorrogables por periodosiguales si la pr!rroga se solicita con

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    0).9 Los anuncios permanentes deber'n tener lasdimensiones, aspectos y ubicaci!nadecuados para no desirtuar los elementosarquitect!nicos de los ediicios en los que se

    pretendan colocar o estn colocados- y paraque al proyectarse en perspectia sobre unacalle, ediicio o monumento, armonicen conestos elementos urbanos-

    0)).9 Los anuncios en tapiales, andamios y

    ac/adas de obras en proceso deconstrucci!n, estar'n limitados en suduraci!n a la de la obra en que estncolocados y ser'n de dos tipos(

    A6 8elacionadas con la construcci!n de

    cualquier tipo, s!lo podr'n contener losdatos relatios a crditos proesionales deempresas o personas $sicas. 2e colocar'n enlos lugares y con los ormatos que

    determinen las Normas #cnicas de la Leyde la onstrucci!n del Estado de #laxcala,obserando los requisitos aplicables de este8eglamento-

    ?6 No relacionados con la obra, como

    comerciales y culturales, los que se ijar'nen carteles que renan los requisitos del

    presente ordenamiento.

    0))).9 Los anuncios que contengan mensajesescritos, tales como noticieros y anuncios/ec/os a base de letreros, im'genes y

    elementos cambiantes o m!iles s!lo sepermitir'n en lugares isibles desde laspla"as o jardines pblicos o en $as detr'nsito, siempre que estn a una altura talque no interieran la se;ali"aci!n oicial decualquier tipo y que no perjudiquen elaspecto de los ediicios. Iueda pro/ibida suinstalaci!n en lugares isibles desde las $asr'pidas o de circulaci!n continua-

    )3.9 Los adornos que se coloquen durante latemporada naide;a, en iestas c$icasnacionales o en eentos oiciales, no

    deber'n obstruir los se;alamientos detr'nsito, la nomenclatura de calles eiluminaci!n pblica-

    3.9 uando se utilicen como medios

    publicitarios a indiiduos que representenpersonajes tradicionales, aqullos podr'nreali"ar sus actiidades en las pla"as,

    jardines pblicos o en el interior de localescomerciales, pero nunca en cualquier lugar

    de la $a pblica, en que entorpe"can eltr'nsito-

    3).9 2e podr' permitir el cambio de leyenda y

    igura de anuncios durante la igencia de lalicencia respectia, sometindolo a laconsideraci!n de la 1irecci!n, conorme alas disposiciones del presente 8eglamento-

    3)).9 2e permite la pintura y ijaci!n de anuncios

    sobre las ac/adas principales y murosexteriores de los ediicios, siempre que lasupericie que ocupen no exceda del =CD dela supericie total de la ac/ada y de losmuros, descontada de lo que ocupen losanos, puertas y entanas, segn el uso quese;alan las Normas #cnicas de la Ley de laonstrucci!n del Estado de #laxcala-

    3))).9 El texto y contenido de los anuncios en los

    puestos o casetas, ijos o semiijos,instalados en la $a pblica deber'nrelacionarse con los art$culos que en ellos seexpendan y sus dimensiones no exceder'ndel BCD de la enolente o supericie total-

    3)0.9 Los anuncios que sean luminosos, deber'ncumplir para autori"arse, con lasdisposiciones especiales contenidas paracada caso en los trminos del presente8eglamento y con los siguientes requisitos(

    A6 No deber'n contener relejos o

    concentraciones intensas de lu"- y?6 Las alternatias de lu" y oscuridad deber'n

    guardar un ritmo que no moleste o da;e laista de las personas- y

    30.9 En el interior de las estaciones y terminales

    de transportes de sericio pblico, sepermitir'n aquellos anuncios que tenganrelaci!n con el sericio pblico que en ellosse presta.

    1ic/os anuncios estar'n distantes de los

    se;alamientos propios de estos lugares y su texto,colores y dem's particularidades ser'n tales queno se conundan con los se;alamientos citados, niobstaculicen o entorpe"can la libre circulaci!n delas personas y el moimiento de sus equipajes- y30).9 En el tiempo en que no se desarrollencampa;as pol$tico9electorales, los anuncios decar'cter pol$tico se sujetar'n a las disposicionesdel presente reglamento.

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    "R$+C'!O 130. Iueda estrictamente pro/ibidoen materia de anuncios, salo lo se;alado en laracci!n anterior().9 La publicidad cuyo texto, iguras o contenido

    inciten a la iolencia, sean contrarias a lamoral o a las buenas costumbres, promuea ladiscriminaci!n de ra"a o condici!n social-

    )).9 2alientes del alineamiento del ediicio cuando

    se ponga en riesgo la seguridad de laspersonas-

    ))).9 onersi!n en balc!n de las marquesinas-

    )0.9 olocaci!n de letreros, im'genes, otogra$as

    y otros medios de publicidad en loselementos de ac/adas tales como entanas,

    puertas, muros de idrio o pl'stico que sean

    isibles de la $a pblica-0.9 olocaci!n de anuncios que, por su ubicaci!n

    y caracter$sticas, puedan poner en peligro lasalud, la ida o la integridad $sica de las

    personas o de las cosas- ocasionen molestiasa los ecinos del lugar en que se pretendacolocar o aecten o puedan aectar la normal

    prestaci!n de los sericios pblicos o lalimpie"a e /igiene-

    0).9 4ijaci!n de propaganda en orma de olantesen 'rboles, casetas, monumentos

    arquitect!nicos y del patrimonio cultural, as$como en muros, puertas y entanas y lugaressemejantes, sin la preia autori"aci!n de sus

    propietarios y de la 1irecci!n-

    0)).9 Ningn anuncio tendr' semejan"a con lossignos o indicaciones que regulen eltr'nsito, ni en orma ni en palabras, ni tendr'supericies relectoras parecidas a las queusa en sus se;alamientos la 2ecretar$a deomunicaciones y #ransportes del Estado-

    0))).9 olocaci!n de anuncios colgantes, olados o

    en sobresalientes, o sea aquellas cuyascar'tulas se proyecten uera del par'metrode una ac/ada, ij'ndose a ella por mediode mnsulas o oladi"os que inadanespacios y $as pblicas- y

    )3.9 Emisi!n o colocaci!n de anuncios,cualquiera que sea su clase o material, en lossiguientes lugares(

    A6 En las "onas y 'reas no autori"adas para ello,conorme a lo dispuesto en este 8eglamento-

    ?6 En un radio de = metros, medido en

    proyecci!n /ori"ontal del entorno de losmonumentos pblicos y de los parques,mobiliario urbano y sitios que el pblicorecuenta por su belle"a o inters /ist!rico. ElAyuntamiento determinar' cu'les son esossitios y monumentos pblicos-

    6 En la $a pblica cuando la ocupen, cualquiera

    que sea la altura o cuando se utilicen loselementos e instalaciones de la misma, talescomo paimento, banquetas, guarniciones,

    postes, unidades de alumbrado, ioscos,bancas, 'rboles, as$ como contenedores debasura, registros tele!nicos y bu"ones decorreo y en general todos aquellos elementosde utilidad u ornato de pla"as, paseos,

    jardines, parques, calles y aenidas-

    16 En pedestales, ya sean m!iles o ijos, si est'nsobre la banqueta, arroyo, camellones, de la$a pblica-

    E6 En las ediicaciones autori"adas

    exclusiamente para /abitaci!n, seauniamiliar o colectias, as$ como los jardinesy bardas de los predios en que stas seubiquen-

    46 En las ac/adas de colindancia de cualquier

    ediicaci!n-+6 En las $as de circulaci!n continua-

    76 A menos de C metros de cruceros de $asprimarias o con $as de circulaci!n continua,de cruceros iales con pasos a desniel y decruceros de errocarril-

    )6 En los lugares en que llamen intensamente laatenci!n de los conductores y puedanconstituir un peligro- y

    H6.9 En los cerros, rocas, 'rboles, bordos de r$os opresas, etc., y en cualquier otro lugar en quepuedan aectar la perspectia panor'mica o laarmon$a del paisaje.

    C"P+$'!O 4&&%E !OS ES$"C&ON"#&EN$OS

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    "R$+C'!O 131. Los proyectos de ediicacionesnueas incluir'n los espacios suicientes paraestacionamiento. )gualmente cuando se cambie eluso del suelo de un predio, podr' condicionarse laautori"aci!n de dic/o cambio a que se ajuste el

    predio a los requerimientos m$nimos en materiade estacionamientos.Los requerimientos m$nimos en materia decajones de estacionamiento que se deber'nobedecer, se estipulan en las Normas #cnicas dela Ley de la onstrucci!n del Estado de #laxcala.

    Los proyectos correspondientes deber'nconsiderar las dimensiones de los cajones, losradios de giro, las alturas reglamentarias y elanc/o y las pendientes de las rampas de acceso,elementos que deben tener los materialesadecuados y los espacios suicientes para que lacirculaci!n de los e/$culos sea segura, luida y

    c!moda.

    "R$+C'!O 132.Las rampas para e/$culos enlos estacionamientos deber'n satisacer lossiguientes requisitos(

    ).9 Los arroyos de circulaci!n de la entrada y lasalida tendr'n un anc/o m$nimo de =.Cmetros-

    )).9 Las entradas y salidas de rampas que

    desemboquen en la $a pblica deber'ndisponerse de tal orma que permitan una

    buena isibilidad y no interrumpan lacirculaci!n-

    ))).9 Los estacionamientos pblicos deber'n tenercarriles separados, para la entrada y salida delos e/$culos-

    )0.9 La altura m$nima permitida ser' de =.B

    metros-

    0.9 Las pendientes m'ximas permitidas ser'n deconormidad con las siguientes restricciones(

    &endiente de la rampa de B.D al =.D0).9 En rampas rectas con pendientes mayores del

    B=D deber'n construirse tramos de transici!nen la entrada y la salida con un 'ngulo de KD-

    0))).9 La altura m'xima de las guarniciones en

    rampas ser' de BC cent$metros- y

    )3.9 Las rampas deber'n tener bordillos lateralescon anc/ura m$nima de

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    ))).9 :onas #$picas( aquellas 'reas que por suaspecto peculiar contienen un nmerosigniicatio de elementos de car'ctercultural, los s$mbolos urbanos, como losediicios, inraestructura y equipamiento dealor ambiental, conserando, por tanto, lascaracter$sticas propias de su momento/ist!rico y art$stico-

    )0.9 Lugares de belle"a natural( los sitios cuyas

    caracter$sticas de lora o auna requieran deconseraci!n y mejoramiento-

    0.9 )nentario( el cat'logo de los bienes muebles

    e inmuebles clasiicados por su releanciaarqueol!gica, art$stica, /ist!rica, cultural ynatural en el Municipio.

    C"P+$'!O 4&&&

    %E !" CO#&S&ON %E! P"$RON&OC'!$'R"! %E!

    #'N&C&P&O

    "R$+C'!O 13/. La aplicaci!n y igilancia delas disposiciones contenidas en este #$tulo,estar'n a cargo de la omisi!n de Educaci!n,ultura, 8ecreaci!n, 1eportes y Espect'culos delMunicipio de Api"aco, #laxcala, en coordinaci!ncon las 2ecretar$as de Educaci!n &blica, la2ecretar$a de 1esarrollo 2ocial, el onsejo

    Nacional para la ultura y las Artes, el )nstitutoNacional de Antropolog$a e 7istoria y el )nstituto

    Nacional de ?ellas Artes, de acuerdo con susrespectias competencias."R$+C'!O 13.Las atribuciones que ejer"a elAyuntamiento para la conseraci!n ymejoramiento del patrimonio cultural se sujetar'na lo dispuesto en la Ley 4ederal sobreMonumentos y :onas Arqueol!gicas, Art$sticos e7ist!ricos y dem's disposiciones jur$dicasaplicables.

    "R$+C'!O 13. La 1irecci!n se coordinaracon la omisi!n de Educaci!n, ultura,8ecreaci!n, 1eportes y Espect'culos para reali"ar

    las acciones de conseraci!n y mejoramientorelatias al patrimonio cultural, preistas en los

    programas de desarrollo urbano aplicables, a inde(

    ).9 Articular las acciones e inersiones de lasdependencias y entidades del sector pblico,encargadas de la conseraci!n ymejoramiento del patrimonio cultural en el

    Municipio, para el mejor aproec/amientode los recursos disponibles-

    )).9 Uniicar los criterios tcnicos, jur$dicos yadministratios, as$ como de coordinaci!n yconcertaci!n de acciones e inersiones- y

    ))).9 Anali"ar y ealuar los programas deconseraci!n y mejoramiento en "onas ymonumentos del patrimonio culturalMunicipal.

    C"P+$'!O &*PER#&SOS

    "R$+C'!O 13. &ara cualquier obra o acci!nde isonom$a urbana, se requiere /aber obtenidoel permiso otorgado por la 1irecci!n de %bras&ublicas y 1esarrollo Urbano.La 1irecci!n resoler' en un pla"o no mayor de

    BC d$as, contados a partir de la ec/a depresentaci!n de la solicitud, si procede o noconceder dic/o permiso.

    "R$+C'!O 10. &odr'n solicitar y obtenerpermiso a las que se reiere este 8eglamento(

    ).9 Las personas $sicas o morales propietariosde inmuebles que deseen construir,modiicar, remodelar o ampliar ac/adas.

    )).9 Las dependencias oiciales que deseenintroducir o modiicar el mobiliario urbano-

    modiicar o construir calles y aenidas-construir o modiicar parques, jardines ypla"as- o construir, remodelar o modiicarac/adas.

    "R$+C'!O 11. Las solicitudes para el permisodeber'n contener(

    ).9 Nombre y domicilio del solicitante,ubicaci!n del proyecto y clasiicaci!n de la"ona.

    )).9 1ocumento que lo acredite como due;o delpredio o ediicaci!n que se trate.

    ))).9 1estino y uso que se le piensa dar alinmueble respectio.

    )0.9 1eber'n adjuntarse a la solicitud(

    4otogra$as en color del predio o ediicaci!noriginal y de las ediicaciones colindantes.

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    &lanos a escala del proyecto de lo que se deseeediicar. Estos planos contendr'n( plantasac/adas, cortes- detalles de alba;iler$a-especiicaciones de materiales y de construcci!n(detalles de balcones- salientes- ornato- color-texturas- dise;o y ubicaci!n de toldos y anuncios.

    C"P+$'!O *%E! PROCESO

    %E &NSPECC&ON

    "R$+C'!O 12. La 1irecci!n podr' ordenarisitas de inspecci!n de las construcciones que seencuentren en proceso o terminadas, paraeriicar que se cumplan con las disposiciones del

    presente reglamento, la ley, y las normas tcnicasderiadas de la misma.

    "R$+C'!O 13. La 1irecci!n reisar' losproyectos siempre que lo ju"gue oportuno,particularmente cuando del resultado de lainspecci!n de la obra o con motio de lamaniestaci!n de su terminaci!n, se detectealguna irregularidad o iolaci!n al presenteordenamiento.

    "R$+C'!O 1. La 1irecci!n reisara lasediicaciones o inmuebles que cuenten conelementos ijos o semiijos obstruyendo la $a

    pblica.

    "R$+C'!O 15. El procedimiento deinspecci!n se ajustar' a lo siguiente(

    A6 El inspector comisionado deber' contar conorden por escrito que contendr' los motiosy undamentos de la misma, la ec/a yubicaci!n de la obra por inspeccionar- elobjeto de la isita, as$ como el nombre y lairma de la autoridad que expida la orden-

    ?6 El inspector deber' identiicarse ante elpropietario, el 1irector 8esponsable de %bray corresponsables o los ocupantes del lugardonde se aya a eectuar la inspecci!n, conla credencial igente expedida a su aor por

    la autoridad y entregar' al isitado copialegible de la orden de inspecci!n, mismoque tendr' la obligaci!n de permitirle elacceso al lugar de que se trate-

    6 Al inicio de la isita, el inspector deber'requerir al isitado para que nombre a dos

    personas que unjan como testigos en eldesarrollo de la diligencia, adirtindole que

    en caso de rebeld$a, stos ser'n propuestospor el propio inspector-

    16 1e toda isita se leantar' actacircunstanciada por triplicado, en la que seexpresaran lugar, ec/a y nombre de las

    personas con quien se atendi! la diligencia,as$ como el resultado de la misma- el actadeber' ser irmada por el inspector, por la

    persona con quien se entendi! la diligencia,y por dos testigos de asistencia propuestos

    por sta o en rebeld$a, por el inspector, entodo caso se deber' dejar al interesado unacopia legible de dic/a acta-

    E6 Los isitados que no estn conormes con elresultado de la isita, podr'n inconormarsecon los /ec/os contenidos en el acta inal,mediante escrito que deber'n presentar antela 1irecci!n, dentro de los tres d$as /'biles

    en que se cerr! el acta, al escrito deinconormidad se acompa;ar'n las pruebasdocumentales pertinentes y inculadas conlos /ec/os que pretendan desirtuarse,siempre que no las /ubiere presentadodurante el desarrollo de la isita.

    Los /ec/os con los cuales los isitados no seinconormen dentro del pla"o se;alado o/acindolo, no los /ubieren desirtuado con las

    pruebas a que se reiere este inciso, se tendr'n porconsentidos, y

    46 La 1irecci!n, en un pla"o de quince d$as/'biles contados al siguiente a partir delencimiento del pla"o a que se reiere el

    p'rrao anterior, emitir' la resoluci!n,debidamente undada y motiada, queconorme a derec/o proceda, la cual senotiicar' al isitado personalmente.

    C"P+$'!O *&RE4OC"C&ON %E PER#&SOS

    "R$+C'!O 1/.2on nulas y ser'n reocadoslos permisos de 4isonom$a Urbana en los

    siguientes casos().9 uando los datos proporcionados por el

    solicitante resulten alsos.

    )).9 uando /abindose ordenado al propietariode un inmueble eectuar trabajos deconseraci!n y mantenimiento, no lo /agadentro del pla"o establecido.

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    ))).9 En caso de que despus de otorgado elpermiso sobre determinado proyecto, ste/aya sido modiicado.

    "R$+C'!O 1. La 1irecci!n mantendr'igilancia constante, para eriicar que las obrasnueas de conseraci!n, remodelaci!n oampliaci!n se ajusten a lo se;alado en el permisoy su correspondiente proyecto.

    "R$+C'!O 1.La 1irecci!n podr' /acer usode la uer"a pblica para cumplimiento de susdeterminaciones.

    C"P+$'!O *&&S"NC&ONES

    "R$+C'!O 1.El Ayuntamiento sancionar' alos propietarios de predios y ediicaciones y a lostcnicos responsables cuando incurrieren en

    inracciones a las disposiciones de este8eglamento.

    "R$+C'!O 150. 2e aplicar'n las sanciones ymultas que determine el Ayuntamiento cuando seincurra en inracciones al presente 8eglamento.

    "R$+C'!O 151. )ndependientemente de lasanci!n econ!mica que se le aplique al inractor,se proceder' a la demolici!n de lo que se /ubiereconstruido en contraenci!n a este 8eglamento ycon cargo econ!mico al propietario.

    "R$+C'!O 152. ontra las resoluciones osanciones emanadas del Ayuntamiento por laaplicaci!n del presente 8eglamento, proceder' elrecurso de inconormidad en la orma y trminosque la Ley %rg'nica Municipal del Estado de#laxcala preiene.

    $ R " N S & $ O R & O S

    "R$+C'!O PRERO.9 El presente8eglamento, entrar' en igor al d$a siguiente de

    su publicaci!n en el &eri!dico %icial del+obierno del Estado.

    "R$+C'!O SE'N%O.7 Las disposicionescontenidas en el presente 8eglamento son deobserancia general para todos los /abitantes delMunicipio.

    "R$+C'!O $ERCERO.72e abrogan todas lasdisposiciones que se opongan al presente8eglamento.

    1ado en el recinto oicial del 7. Ayuntamientodel Municipio de Api"aco #laxcala, a loseintisis d$as del mes de ebrero del a;o dos miltrece, por tanto mando se imprima, publique,circule y se le d el debido cumplimiento.

    L)EN)A1% %8LAN1% 2AN#A8U:A88E%

    &8E2)1EN#E MUN))&AL 1E A&):A%.Rbrica y sello.

    * * * * *

    PUBLICACIONES OFICIALES

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