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Liceo Politécnico de Castro Freire 540 ~ Castro ~ Chile/Teléfono (65) 632489 ~ Fax (65) 531182 E mail [email protected] Página 1 de 24 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR DECRETO DE EVALUACION Nº 67/ 20 -02-018 LICEO POLITÉCNICO DE CASTRO SEPTIEMBRE 2019. I. MARCO LEGAL QUE REGULA EL PRESENTE REGLAMENTO. ARTÍCULO 1º: El Ministerio de Educación, en función de las Políticas Educacionales Públicas, promulgó el Decreto Supremo de Evaluación Nº67//02/2018, que contiene normas mínimas nacionales sobre Evaluación, Calificación y Promoción para todos los estudiantes pertenecientes al Sistema Educacional Chileno. Este texto contiene un marco que, de acuerdo a la flexibilidad del sistema educativo, permite a cada establecimiento, elaborar su propio reglamento de evaluación. ARTÍCULO 2º: Para efecto del presente reglamento se entenderá por: a) Reglamento: Instrumento mediante el cual, los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente establecen los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción reguladas por este decreto. b) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por Ios profesionales de la educación, para que los alumnos y padres puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza. c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permitan transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto. d) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general común o diferenciada y especialidad si corresponde, del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una jornada en un año escolar determinado, mediante los Planes y Programas previamente aprobados por el Ministerio de Educación. e) Promoción: Acción mediante la cual, el alumno culmina favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de educación media. Considerando este contexto, a continuación, se presenta el Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar del Liceo Politécnico de Castro que regirá el proceso de evaluación de los aprendizajes los estudiantes de primero a cuarto año de Enseñanza Media.

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR DECRETO DE EVALUACION Nº 67/ 20 -02-018

LICEO POLITÉCNICO DE CASTRO SEPTIEMBRE 2019.

I. MARCO LEGAL QUE REGULA EL PRESENTE REGLAMENTO. ARTÍCULO 1º: El Ministerio de Educación, en función de las Políticas Educacionales Públicas, promulgó el Decreto Supremo de Evaluación Nº67//02/2018, que contiene normas mínimas nacionales sobre Evaluación, Calificación y Promoción para todos los estudiantes pertenecientes al Sistema Educacional Chileno. Este texto contiene un marco que, de acuerdo a la flexibilidad del sistema educativo, permite a cada establecimiento, elaborar su propio reglamento de evaluación. ARTÍCULO 2º: Para efecto del presente reglamento se entenderá por:

a) Reglamento: Instrumento mediante el cual, los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente establecen los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción reguladas por este decreto.

b) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por Ios profesionales de la educación, para que los alumnos y padres puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza.

c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permitan transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.

d) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general común o diferenciada y

especialidad si corresponde, del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una jornada

en un año escolar determinado, mediante los Planes y Programas previamente aprobados por el Ministerio de Educación.

e) Promoción: Acción mediante la cual, el alumno culmina favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de educación media.

Considerando este contexto, a continuación, se presenta el Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar del Liceo Politécnico de Castro que regirá el proceso de evaluación de los aprendizajes los estudiantes de primero a cuarto año de Enseñanza Media.

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II. OBJETIVO DEL LICEO POLITECNICO DE CASTRO. “Generar condiciones curriculares y de aprendizajes óptimos considerando las diferencias socioculturales y étnicas de los alumnos a partir de metodologías activo - participativas que permitan la individualización del aprendizaje y la optimización de recursos didácticos y de infraestructura que contribuyan al mejoramiento cualitativo y cuantitativo del rendimiento de los jóvenes en las asignaturas de la Formación General y módulos de la formación Diferenciada de tal manera que se inserten con éxito al tercer año de enseñanza media”. III.DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 3º: Los alumnos tienen derechos a ser informados de los criterios de evaluación, a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente. El Liceo Politécnico de Castro, es un establecimiento de Educación Media Técnico Profesional, que se rige por las nuevas Bases Curriculares de la Educación Media: Decreto Supremo de Educación Nº369/15 para primero y segundo año de enseñanza media, Decreto Supremo de Educación N°193/19 para tercero y cuarto año de enseñanza media en la Formación General y Decreto Supremo de Educación N°452/13 para tercero y cuarto de enseñanza media Técnico Profesional cuyos Planes y Programas de Estudios de Primero a Cuarto año de Enseñanza Media corresponden a la Resolución Exenta que se encuentra en trámite de resolución para las especialidades de Construcción mención Terminaciones de la Construcción, Electricidad, Mecánica Automotriz; Mecánica Industrial mención Maquinas - Herramientas; Contabilidad, Administración, mención Recursos Humanos, Gastronomía, mención Cocina, Servicios de Hotelería y Atención de Enfermería, mención Enfermería.

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PLAN DE ESTUDIO

SECTOR ECONÓMICO: ADMINISTRACIÓN ESPECIALIDAD: CONTABILIDAD

SECTOR SUBSECTORES 1º MEDIO 2ºMEDIO 3º MEDIO 4º MEDIO

FORMACIÓN GENERAL

PLAN COMÚN OBLIGATORIO

Lengua y Literatura 6 6 3 3

Idioma Extranjero: Inglés 4 4 2 2

Matemática 7 7 3 3

Historia Geografía y Cs. Sociales 4 4 - -

Biología 3 3 - -

Química 3 3 - -

Física 3 3 - -

Educación Física y Salud 2 2 - -

Tecnología 2 2 - -

Religión (Optativo) 2 2 - -

Formación Personal y Ética 2 2 - -

Informática Educativa 2 2 - -

Artes Visuales y/o Musicales 2 2 - -

Educación Ciudadana - - 2 2

Ciencias para la Ciudadanía - - 2 2

Filosofía - - 2 2

Tutoría Académica 2 2 2 2

Sub-Total 44 44 16 16

PLAN COMÚN ELECTIVO

Religión -- -

2

2 Educación Física y Salud - -

Artes - -

Historia, Geografía y Ciencias Sociales - -

Sub-Total - - 2 2

TOTAL FORMACIÓN GENERAL 44 44 18 18

FORMACIÓN DIFERENCIADA

PLAN OBLIGATORIO

Contabilización de Operaciones Comerciales

- - 6 -

Legislación Laboral - - 6 -

Control y Procesamiento de la Información Contable

- - 4 -

Atención al Cliente - - 2 -

Gestión Administrativa y de Recursos Humanos

- - 2 -

Organización y Métodos de Trabajo en la Oficina

- - 2 -

Comercialización y Tributación - - 4 -

Elaboración de Informes Contables - - - 4

Impuesto de Personas y Empresas - - - 6

Registro de Operaciones de Comercio Nacional e Internacional

- - - 4

Procesamiento de Información Contable y Financiera

- - - 6

Finanzas - - - 2

Emprendimiento y Empleabilidad - - - 4

Total General 44 44 44 44

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PLAN DE ESTUDIO.

SECTOR ECONÓMICO: ADMINISTRACIÓN ESPECIALIDAD: ADMINISTRACIÓN MENCIÓN: RECURSOS HUMANOS

SECTOR SUBSECTORES 1ºMEDIO 2ºMEDIO 3º MEDIO 4º MEDIO

FORMACIÓN GENERAL

PLAN COMÚN OBLIGATORIO

Lengua y Literatura 6 6 3 3

Idioma Extranjero: Inglés 4 4 2 2

Matemática 7 7 3 3

Historia Geografía y Cs. Sociales 4 4 - -

Biología 3 3 - -

Química 3 3 - -

Física 3 3 - -

Educación Física y Salud 2 2 - -

Tecnología 2 2 - -

Religión (Optativo) 2 2 - -

Formación Personal y Ética 2 2 - -

Informática Educativa 2 2 - -

Artes Visuales y/o Musicales 2 2 - -

Educación Ciudadana - - 2 2

Ciencias para la Ciudadanía - - 2 2

Filosofía - - 2 2

Tutoría Académica 2 2 2 2

Sub-Total 44 44 16 16

PLAN COMÚN ELECTIVO

Religión - -

2

2 Educación Física y Salud - -

Artes - -

Historia, Geografía y Ciencias Sociales - -

Sub-Total - - 2 2

TOTAL FORMACIÓN GENERAL 44 44 18 18

FORMACIÓN DIFERENCIADA

PLAN OBLIGATORIO

Utilización de Información Contable - - 6 -

Gestión Comercial y Tributaria - - 6 -

Procesos Administrativos - - 4 -

Atención al Cliente - - 4 -

Organización de Oficinas - - 2 -

Aplicaciones Informáticas para la Gestión Administrativa

- - 4 -

Legislación Laboral - - - 6

Cálculo de Remuneraciones - - - 4

Desarrollo y Bienestar del personal - - - 4

Dotación de Personal - - - 4

Costos y Mercado Internacional - - - 4

Emprendimiento y Empleabilidad - - - 4

Sub-Total 26 26

Total General 44 44 44 44

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PLAN DE ESTUDIO

SECTOR ECONÓMICO: ALIMENTACIÓN ESPECIALIDAD: GASTRONOMÍA MENCIÓN: COCINA

SECTOR SUBSECTORES 1º MEDIO 2ºMEDIO 3º MEDIO 4º MEDIO

FORMACIÓN GENERAL

PLAN COMÚN OBLIGATORIO

Lengua y Literatura 6 6 3 3

Idioma Extranjero: Inglés 4 4 2 2

Matemática 7 7 3 3

Historia Geografía y Cs. Sociales 4 4 - -

Biología 3 3 - -

Química 3 3 - -

Física 3 3 - -

Educación Física y Salud 2 2 - -

Tecnología 2 2 - -

Religión (Optativo) 2 2 - -

Formación Personal y Ética 2 2 - -

Informática Educativa 2 2 - -

Artes Visuales y/o Musicales 2 2 - -

Educación Ciudadana - - 2 2

Ciencias para la Ciudadanía - - 2 2

Filosofía - - 2 2

Tutoría Académica 2 2 2 2

Sub-Total 44 44 16 16

PLAN COMÚN ELECTIVO

Religión - -

2

2 Educación Física y Salud - -

Artes - -

Historia, Geografía y Cs Sociales - -

Sub-Total - - 2 2

TOTAL FORMACIÓN GENERAL 44 44 18 18

FORMACIÓN DIFERENCIADA

PLAN OBLIGATORIO

Higiene para elaboración de alimentos - - 4 -

Elaboración de Alimentos de Baja Complejidad

- - 5 -

Recepción y Almacenamiento de Insumos

- - 2 -

Planificación de la Producción Gastronómica

- - 2 -

Servicios de Restorant y Buffet - - 5 -

Nutrición y Dietética - - 4 -

Pastelería y Repostería - - 4 -

Cocina Chilena - - - 6

Innovación y Cocina Internacional - - - 4

Elaboración de Bebidas Alcohólicas y Analcohólicas

- - - 4

Elaboración de Cartas y Menús - - - 4

Inglés Técnico - - - 4

Emprendimiento y Empleabilidad - - - 4

Sub-Total 26 26

Total General 44 44 44 44

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PLAN DE ESTUDIO

SECTOR ECONÓMICO: HOTELERÍA Y TURISMO ESPECIALIDAD: SERVICIOS DE HOTELERÍA

SECTOR SUBSECTORES 1º MEDIO 2ºMEDIO 3º MEDIO 4º MEDIO

FORMACIÓN GENERAL

PLAN COMÚN OBLIGATORIO

Lengua y Literatura 6 6 3 3

Idioma Extranjero: Inglés 4 4 2 2

Matemática 7 7 3 3

Historia Geografía y Cs. Sociales 4 4 - -

Biología 3 3 - -

Química 3 3 - -

Física 3 3 - -

Educación Física y Salud 2 2 - -

Tecnología 2 2 - -

Religión (Optativo) 2 2 - -

Formación Personal y Ética 2 2 - -

Informática Educativa 2 2 - -

Artes Visuales y/o Musicales 2 2 - -

Educación Ciudadana - - 2 2

Ciencias para la Ciudadanía - - 2 2

Filosofía - - 2 2

Tutoría Académica 2 2 2 2

Sub-Total 44 44 16 16

PLAN COMÚN ELECTIVO

Religión - -

2

2 Educación Física y Salud - -

Artes - -

Historia, Geografía y Cs. Sociales - -

Sub-Total - - 2 2

TOTAL FORMACIÓN GENERAL

44 44 18 18

FORMACIÓN DIFERENCIADA

PLAN OBLIGATORIO

Atención al Cliente en Servicios de Hotelería

- - 4 -

Servicios de Habitaciones - - 4 -

Actividades recreativas y de Animación

- - 3 -

Servicios de Eventos - - 4 -

Inglés Técnico para la Industria de la Hospitalidad

- - 6 -

Marketing Turístico - - 3 -

Cultura Local - - 2 -

Información Turística - - - 4

Servicios de Recepción y Reservas

- - - 5

Servicios de Coctelería y Vinos - - - 4

Servicios de Información Bilingüe - - - 6

Legislación Turística - - - 3

Emprendimiento y Empleabilidad - - - 4

Total General 44 44 44 44

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PLAN DE ESTUDIO. SECTOR ECONÓMICO: SALUD Y EDUCACIÓN ESPECIALIDAD: ATENCIÓN DE ENFERMERÍA MENCIÓN: ENFERMERÍA

SECTOR SUBSECTORES 1º MEDIO 2ºMEDIO 3º MEDIO 4º MEDIO

FORMACIÓN GENERAL

PLAN COMÚN OBLIGATORIO

Lengua y Literatura 6 6 3 3

Idioma Extranjero: Inglés 4 4 2 2

Matemática 7 7 3 3

Historia Geografía y Cs. Sociales 4 4 - -

Biología 3 3 - -

Química 3 3 - -

Física 3 3 - -

Educación Física y Salud 2 2 - -

Tecnología 2 2 - -

Religión (Optativo) 2 2 - -

Formación Personal y Ética 2 2 - -

Informática Educativa 2 2 - -

Artes Visuales y/o Musicales 2 2 - -

Educación Ciudadana - - 2 2

Ciencias para la Ciudadanía - - 2 2

Filosofía - - 2 2

Tutoría Académica 2 2 2 2

Sub-Total 44 44 16 16

PLAN COMÚN ELECTIVO

Religión - -

2

2 Educación Física y Salud - -

Artes - -

Historia, Geografía y Cs Sociales - -

Sub-Total - - 2 2

TOTAL FORMACIÓN GENERAL 44 44 18 18

FORMACIÓN DIFERENCIADA

PLAN OBLIGATORIO

Aplicación de Cuidados Básicos - - 6 -

Medición de Control de Parámetros Básicos de la Salud

- - 6 -

Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad

- - 2 -

Higiene y Bioseguridad del Ambiente - - 4 -

Fundamentos de Enfermería - - 2 -

Anatomofisiología Básica Aplicada - - 4 -

Biología y Fisiología Celular - - 2 -

Técnicas Básicas de Ejecución de Enfermería

- - - 6

Atención de Servicios de Urgencia y Primeros Auxilios

- - - 4

Prevención y Control de Infecciones(IAAS)

- - - 4

Atención del Adulto Mayor y Cuidados Paliativos

- - - 4

Cuidados y Atención del Menor y Adolescente

- - - 2

Introducción a la Farmacología - - - 2

Emprendimiento y Empleabilidad - - - 4

Sub-Total 26 26

Total General 44 44 44 44

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PLAN DE ESTUDIO

SECTOR ECONÓMICO: CONSTRUCCIÓN ESPECIALIDAD: CONSTRUCCIÓN MENCIÓN: TERMINACIONES DE LA CONSTRUCCIÓN

SECTOR SUBSECTORES 1º MEDIO 2ºMEDIO 3º MEDIO 4º MEDIO

FORMACIÓN GENERAL

PLAN COMÚN OBLIGATORIO

Lengua y Literatura 6 6 3 3

Idioma Extranjero: Inglés 4 4 2 2

Matemática 7 7 3 3

Historia Geografía y Cs. Sociales 4 4 - -

Biología 3 3 - -

Química 3 3 - -

Física 3 3 - -

Educación Física y Salud 2 2 - -

Tecnología 2 2 - -

Religión (Optativo) 2 2 - -

Formación Personal y Ética 2 2 - -

Informática Educativa 2 2 - -

Artes Visuales y/o Musicales 2 2 - -

Educación Ciudadana - - 2 2

Ciencias para la Ciudadanía - - 2 2

Filosofía - - 2 2

Tutoría Académica 2 2 2 2

Sub-Total 44 44 16 16

PLAN COMÚN ELECTIVO

Religión

2

2 Educación Física y Salud

Artes

Historia, Geografía y Cs .Sociales.

Sub-Total 2 2

TOTAL FORMACIÓN GENERAL 44 44 18 18

FORMACIÓN DIFERENCIADA

PLAN OBLIGATORIO

Análisis de Muestra de Hormigón Suelos y Materiales

- - 4 -

Carpintería de Instalación de Faenas - - 4 -

Control y Mantenimiento de Bodegas y Pañoles

- - 2 -

Cubicación de materiales e Insumos - - 2 -

Interpretación y Elaboración de Planos de Construcción

- - 6 -

Trazado de Obras de Construcción - - 4 -

Restauración y Conservación del Patrimonio Arquitectónico Local

- - 4 -

Impermeabilización y Aislación de Elementos - - - 4

Instalación de Cubiertas y Elementos de Evacuación de Aguas Lluvias

- - - 4

Instalación de muebles Puertas y Ventanas - - - 4

Revestimientos para Pisos Muros y Cielos - - - 6

Instalaciones Sanitarias y de Agua Potable - - - 2

Aseguramiento de la Calidad en la Construcción

- - - 2

Emprendimiento y Empleabilidad - - - 4

Sub-Total 26 26

Total General 44 44 44 44

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PLAN DE ESTUDIO

SECTOR ECONÓMICO: ELECTRICIDAD ESPECIALIDAD: ELECTRICIDAD

SECTOR SUBSECTORES 1º MEDIO 2ºMEDIO 3º MEDIO 4º MEDIO

FORMACIÓN GENERAL

PLAN COMÚN OBLIGATORIO

Lengua y Literatura 6 6 3 3

Idioma Extranjero: Inglés 4 4 2 2

Matemática 7 7 3 3

Historia Geografía y Cs. Sociales 4 4 - -

Biología 3 3 - -

Química 3 3 - -

Física 3 3 - -

Educación Física y Salud 2 2 - -

Tecnología 2 2 - -

Religión (Optativo) 2 2 - -

Formación Personal y Ética 2 2 - -

Informática Educativa 2 2 - -

Artes Visuales y/o Musicales 2 2 - -

Educación Ciudadana - - 2 2

Ciencias para la Ciudadanía - - 2 2

Filosofía - - 2 2

Tutoría Académica 2 2 2 2

Sub-Total 44 44 16 16

PLAN COMÚN ELECTIVO

Religión - -

2

2 Educación Física y Salud - -

Artes - -

Historia, Geografía y Cs. Sociales - -

Sub-Total - - 2 2

TOTAL FORMACIÓN GENERAL 44 44 18 18

FORMACIÓN DIFERENCIADA

PLAN OBLIGATORIO

Instalación de Motores Eléctricos y Equipos de Calefacción

- - 4 -

Instalaciones Eléctricas Domiciliarias - - 6 -

Elaboración de Proyectos Eléctricos - - 6 -

Mantenimiento de máquinas , Equipos y Sistemas Eléctricos

- - 4 -

Energías Renovables - - 4

Refrigeración y Climatización - - 2 -

Instalación de Sistemas de Control Eléctrico Industrial

- - - 6

Instalaciones Eléctricas Industriales - - - 4

Instalaciones de Equipos Electrónicos de Potencia

- - - 4

Automatización de Sistemas Eléctricos Industriales

- - - 4

Neumática y Electroneumática - - - 4

Emprendimiento y Empleabilidad - - - 4

Sub-Total 26 26

Total General 44 44 44 44

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PLAN DE ESTUDIO

SECTOR ECONÓMICO: METALMECÁNICA ESPECIALIDAD: MECÁNICA AUTOMOTRIZ

SECTOR SUBSECTORES 1º MEDIO 2ºMEDIO 3º MEDIO 4º MEDIO

FORMACIÓN GENERAL

PLAN COMÚN OBLIGATORIO

Lengua y Literatura 6 6 3 3

Idioma Extranjero: Inglés 4 4 2 2

Matemática 7 7 3 3

Historia Geografía y Cs. Sociales 4 4 - -

Biología 3 3 - -

Química 3 3 - -

Física 3 3 - -

Educación Física y Salud 2 2 - -

Tecnología 2 2 - -

Religión (Optativo) 2 2 - -

Formación Personal y Ética 2 2 - -

Informática Educativa 2 2 - -

Artes Visuales y/o Musicales 2 2 - -

Educación Ciudadana - - 2 2

Ciencias para la Ciudadanía - - 2 2

Filosofía - - 2 2

Tutoría Académica 2 2 2 2

Sub-Total 44 44 16 16

PLAN COMÚN ELECTIVO

Religión - -

2

2 Educación Física y Salud - -

Artes - -

Historia, Geografía y Cs. Sociales - -

Sub-Total - - 2 2

TOTAL FORMACIÓN GENERAL 44 44 18 18

FORMACIÓN DIFERENCIADA

PLAN OBLIGATORIO

Ajuste de Motores - - 6 -

Lectura de Planos y Manuales Técnicos

- - 3 -

Manejo de Residuos y Desechos Automotrices

- - 2 -

Mantenimiento de Sistemas de Seguridad y Confortabilidad

- - 5 -

Mantenimiento de Sistemas Eléctricos y Electrónicos

- - 6 -

Mantenimiento de Carrocerías - - 4 -

Mantenimiento de Motores - - - 5

Mantenimiento de Sistemas Hidráulicos y Neumáticos

- - - 4

Mantenimiento de Sistemas de Transmisión y Frenos

- - - 6

Mantenimiento de Sistemas de Dirección y Suspensión

- - - 5

Mantenimiento de Motores marinos y Forestal

- - - 2

Emprendimiento y Empleabilidad - - - 4

Sub-Total 26 26

Total General 44 44 44 44

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PLAN DE ESTUDIO

SECTOR ECONÓMICO: METALMECÁNICA ESPECIALIDAD: MECÁNICA INDUSTRIAL MENCIÓN: MAQUINAS-HERRAMIENTAS

SECTOR SUBSECTORES 1º MEDIO 2ºMEDIO 3º MEDIO 4º MEDIO

FORMACIÓN GENERAL

PLAN COMÚN OBLIGATORIO

Lengua y Literatura 6 6 3 3

Idioma Extranjero: Inglés 4 4 2 2

Matemática 7 7 3 3

Historia Geografía y Cs. Sociales 4 4 - -

Biología 3 3 - -

Química 3 3 - -

Física 3 3 - -

Educación Física y Salud 2 2 - -

Tecnología 2 2 - -

Religión (Optativo) 2 2 - -

Formación Personal y Ética 2 2 - -

Informática Educativa 2 2 - -

Artes Visuales y/o Musicales 2 2 - -

Educación Ciudadana - - 2 2

Ciencias para la Ciudadanía - - 2 2

Filosofía - - 2 2

Tutoría Académica 2 2 2 2

Sub-Total 44 44 16 16

PLAN COMÚN ELECTIVO

Religión - -

2

2 Educación Física y Salud - -

Artes - -

Historia, Geografía y Cs. Sociales - -

Sub-Total - - 2 2

TOTAL FORMACIÓN GENERAL 44 44 18 18

FORMACIÓN DIFERENCIADA

PLAN OBLIGATORIO

Soldadura y Técnicas de Corte - - 4 -

Mantenimiento de máquinas y Herramientas

- - 4 -

Medición y Verificación - - 4 -

Mecánica de banco y Maquinas Herramientas

- - 4 -

Lectura de Manuales y Diseño de planos

- - 4 -

Sistemas Automáticos - - 6 -

Torneado de Piezas y Conjuntos Mecánicos

- - 5

Fresado de Piezas Conjuntos y Mecánicos

- - - 5

Taladrado y Rectificado de Piezas Mecánicas

- - - 2

Mecanizado con Máquinas de Control Numérico Computacional

- - - 4

Mantenimiento de Estructuras y Reparación Industrial

- - - 4

Control de Procesos Industriales - - - 2

Emprendimiento y Empleabilidad - - - 4

Sub-Total 26 26

Total General 44 44 44 44

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TITULO I.

DISPOSICIONES SOBRE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN.

PARRAFO 1º DE LA EVALUACIÓN.

ARTÍCULO 4º:

El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá usarse formativa o sumativamente. Tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la enseñanza para monitorear y

acompañar el aprendizaje de los alumnos, es decir, cuando la evidencia del desempeño de estos, se obtiene, interpreta y usa por los profesionales de la educación y por los alumnos, para tomar decisiones acerca de los pasos siguientes en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

La evaluación sumativa tiene por objeto certificar, generalmente mediante una calificación, los aprendizajes logrados por los alumnos. ARTÍCULO 5°: Los alumnos no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas o módulos que dicho plan contempla. No obstante, lo anterior, el establecimiento implementará evaluaciones diversificadas pertinentes para las

actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las asignaturas o módulos. En caso que los alumnos lo requieran, se podrán realizar las adecuaciones curriculares necesarias, según lo dispuesto en

los decretos exentos N° 83 de 2015 y Nº170 de 2009, ambos del Ministerio de Educación.

RESPONSABILIDAD DE LA EVALUACIÓN

La primera responsabilidad del proceso de evaluación y de los aspectos de la educación formal del estudiante, incluyendo la evaluación y calificación de los rendimientos académicos, recae en los docentes, quienes diseñan, implementan, desarrollan y evalúan los procesos de enseñanza-aprendizaje y sus resultados. A los estudiantes les corresponde, en esta etapa escolar y de acuerdo a su grado de madurez en formación, tener gradualmente capacidades para comprender su propio proceso de aprendizaje y reconocer las fortalezas y debilidades de su trabajo escolar. A los padres y apoderados les corresponde asumir que su hijo/hija vive distintas etapas de vida escolar y que en cada una de ellas tiene exigencias y responsabilidades que debe superar y cumplir, y por ende como personas en desarrollo necesitan del apoyo, orientación y supervisión adecuada y oportuna, principalmente en los avances y logros de su aprendizaje escolar. Al Evaluador le corresponde la supervisión general del proceso de evaluación en el establecimiento, en el sentido más amplio del término; esto es, orientar, asesorar, colaborar y controlar todos los procedimientos y actuaciones asociadas a la evaluación de los aprendizajes. El Director (a)asume la responsabilidad última de la evaluación en la aplicación correcta de este marco normativo dentro de las disposiciones que dicta el Ministerio de Educación.

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PARRAFO 2º DE LA CALIFICACIÓN:

ARTÍCULO 6º:

Los establecimientos reconocidos oficialmente certificarán Ias calificaciones de cada alumno al término de los estudios de educación básica y media. No obstante, la licencia de educación media será otorgada por el Ministerio de Educación.

ARTÍCULO 7°:

Las calificaciones de las asignaturas de Religión, Consejo de Curso y Orientación no incidirán en el promedio final anual ni en la promoción escolar de los alumnos.

ARTÍCULO 8°:

La calificación final anual de cada asignatura o módulo deberá expresarse en una escala numérica de 1.0 a 7.0 hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0.

ARTÍCULO 9°:

La cantidad calificaciones y las ponderaciones que se utilicen paro calcular la calificación final del periodo escolar adoptado y de final de año de una asignatura o módulo de cada curso, deberá ser coherente con la planificación que para dicha asignatura o módulo realice el profesional de lo educación.

Esta definición y los ajustes que se estimen necesarios deberán sustentarse en argumentos pedagógicos y se acordarán con la evaluadora debiendo ser informados con anticipación a los alumnos sin perjuicio de lo establecido en el artículo 18 del decreto N°67 de evaluación.

PÁRRAFO 3º DISPOSICIONES Y ORIENTACIONES TÉCNICO PEDAGÓGICAS. El Reglamento de Evaluación del Liceo Politécnico de Castro, contiene las siguientes disposiciones, cuya supervisión dependerá de la Unidad Técnico Pedagógica del establecimiento: 1. El período de evaluación escolar adoptado será semestral y se regirá de acuerdo al Calendario Escolar Regional y a las disposiciones adoptadas por el establecimiento. 2. Se evaluará el logro de los Objetivos de Aprendizaje, Aprendizajes Esperados y Objetivos Genéricos de

los estudiantes aplicando los siguientes procedimientos: 2.1. FORMAS DE EVALUACIÓN: En el proceso evaluativo se consideran las siguientes formas de evaluación: diagnóstica, de Proceso (Formativa y Sumativa), de Producto (Sumativa), Diversificadas, Estandarizada y Valórica. La evaluación diagnóstica, se aplicará al inicio del año escolar, unidad y/u objetivo para determinar

condiciones en que se recibe a los alumnos (as) en relación con lo que han aprendido el año anterior o bien para conocer los pre-conceptos que se requieren al iniciar los nuevos aprendizajes, con el fin de planificar las actividades pedagógicas en función de las particulares necesidades de los alumnos. La evaluación diagnóstica es indispensable para hacer efectiva una pedagogía de la diversidad. El instrumento evaluativo será preparado por los profesores de cada asignatura y/o módulo. Los resultados del diagnóstico se registrarán en el libro de clases mediante conceptos: A = adecuado, E =

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elemental, I = insuficiente. Los resultados obtenidos no pueden ser usados para calificar o poner notas a los alumnos.

La evaluación formativa, se aplicará durante el proceso enseñanza – aprendizaje, con el fin de determinar el grado de avance en el logro de objetivos tratados, ofreciendo insumos al docente que le permitan regular su acción pedagógica y a los alumnos (as) a responsabilizarse de sus aprendizajes, haciéndolos tomar conciencia de sus logros y debilidades. Los resultados obtenidos no pueden ser usados para calificar o poner notas a los alumnos.

La evaluación sumativa, se aplicará al final del proceso pedagógico considerando los objetivos de

aprendizaje, con el propósito de calificar al alumno (a) utilizando procedimientos orientados a proveer oportunidades para que los jóvenes integren sus conocimientos y puedan dar mayor significado a las experiencias de aprendizaje.

Evaluación de Proceso, tiene por objeto evidenciar y evaluar el avance de los logros que cada alumno demuestra en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Consiste en la aplicación frecuente y variada de diferentes evaluaciones durante el desarrollo de la asignatura en función de los aprendizajes esperados, con el objeto de verificar y medir el logro de los conocimientos, procedimientos y actitudes obtenidos y todos aquellos aspectos descendidos con el propósito de retroalimentarlos. Las evaluaciones de proceso, tendrán una extensión que permita retroalimentar al curso y a cada alumno al término de la clase o al inicio de la clase siguiente.

Evaluación Estandarizada, se aplicará una prueba, de selección múltiple (similar en construcción a las evaluaciones SIMCE y PSU) que tiene como objetivo constatar el nivel de logro (de conocimientos y habilidades) alcanzado por los alumnos en el transcurso del año escolar en las asignaturas de Lengua y Literatura, Matemática, Historia, Biología, Química y Física. Los contenidos deberán ser informados mediante un temario.

Evaluación Diversificada, se aplicará para atender a la diversidad de alumnos (as) que, en forma temporal o permanente, debidamente diagnosticados por profesionales especialistas, presentan dificultades para lograr los objetivos, considerando los diagnósticos específicos, estilos y ritmos de aprendizajes.

Evaluación de Formación Valórica, Son observaciones y registros de actitudes dentro y fuera del aula, relacionados con los Objetivos de Aprendizaje Transversales, los Objetivos Genéricos y valores planteados en nuestro PEI. Su evaluación se verá reflejada específicamente en el Informe de Desarrollo Personal y Social, el cual se entregará a los Padres y Apoderados al final del año académico. Los descriptores usados en los informes son los siguientes: S= siempre; G= generalmente; A/V= a veces; N= nunca; N/O= no observado.

2.2. TIPOS DE EVALUACIÓN: Se aplicará Evaluación Referida a Norma o Criterio:

Evaluación Referida a Norma, es aquella evaluación que se centra en el comportamiento del grupo, Compara el desempeño de un alumno con respecto a otros.

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Evaluación Referida a Criterio, es aquella evaluación que dice relación con la comparación que se establece entre el nivel de logro del alumno (a) y el estándar señalado de dominio que deben alcanzar en el conjunto de Conocimientos, Habilidades y Actitudes que le han sido propuestas en las diferentes asignaturas o Módulos por el docente.

2.3. CARÁCTER DE LA EVALUACIÓN: Se emplearán evaluaciones de carácter: Individual: evaluación que debe rendir el alumno (a) individualmente. Grupal: evaluación que realizan los alumnos (as) colectivamente en un equipo de trabajo. Autoevaluación: evaluación que el alumno (a) emite de su propio proceso de aprendizaje, acorde con

los indicadores de logros y criterios previamente establecidos por el profesor. Coevaluación: evaluación que emiten los alumnos (as) del proceso de aprendizaje de sus pares,

acorde con los indicadores de logros y criterios previamente establecidos por el profesor.

2.4. INSTRUMENTOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN: Los alumnos (as) serán evaluados, a través de los siguientes instrumentos y/o procedimientos:

La observación: Registros Anecdóticos, Listas de Cotejo, Escalas de Apreciación. Procedimientos de Informe: Entrevistas e Informes propiamente tal. Pruebas: Orales (Exposiciones Libres, Debates, Disertaciones, etc.); Escritas: (Pruebas de desarrollo,

Ensayos, Paper, Comentarios de Textos, etc.) y Pruebas objetivas (Verdadero-Falso, Términos Pareados, Ítems de Respuesta Breve, Selección Múltiple, etc.)

Carpetas de Evaluación Auténtica o Portafolios, Bitácoras, Cuaderno de Actividades Pedagógicas.

Mapa Conceptual. Rubricas, entre otras. 3. EL SISTEMA DE REGISTRO El sistema de registro de los logros alcanzados por los estudiantes durante su proceso de aprendizaje debe contemplar los Objetivos de Aprendizaje (Conceptual, Procedimental y Actitudinal), Aprendizajes Esperados en función de los criterios de evaluación cuya responsabilidad es del profesor que atiende la asignatura o módulo. Estos deben ser consignados en el Libro de Clases de cada curso. Además, cada docente debe tener antecedentes de los estudiantes que reguarde el aprendizaje a través de evidencias y verificadores de evaluación formativa del proceso de aprendizaje. Cada profesor en su asignatura o módulo deberá establecer un calendario semestral de calificaciones. Antes de cada evaluación se deberá entregar a los alumnos el o los objetivos aprendizajes evaluativos (Conceptual, Procedimental y Actitudinal), Aprendizajes Esperados y Criterios Evaluativos que incluirá dicha evaluación. Todo lo anterior, deberá entregarse con al menos una semana de anticipación. Además, se podrá realizar controles acumulativos que pueden ser sin aviso previo. Una misma evaluación sumativa podrá abarcar objetivos de aprendizaje en más de una asignatura, compartiéndose la calificación entre las asignaturas involucradas, siempre y cuando se trabaje en aprendizaje basado en proyecto y tenga el carácter de integrado (ABP integrado) y este haya sido comunicado y aceptado por la Evaluadora.

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Cada profesor puede tener una cantidad mayor de calificaciones a las establecidas en el presente Reglamento respecto del mínimo señalado en cada asignatura de acuerdo a criterios metodológicos y a las oportunidades evaluativas que el docente disponga. 4. PROCEDIMIENTOS PARA ESTABLECER LA CALIFICACIÓN DE LOS ALUMNOS (AS): 4.1. Al inicio de cada semestre, el docente responsable de la asignatura o módulos, informará a los

alumnos (as) acerca de los procedimientos e instrumentos de evaluación que se utilizarán. Explicitará los objetivos de aprendizaje evaluativos (Conceptuales, Procedimentales y Actitudinales) que incluyan los criterios evaluativos respectivos de cada una de las evaluaciones a implementar sean estas formativas o sumativas. Además, entregará en un plazo de diez días hábiles el calendario de evaluaciones Sumativas para conocimiento de los alumnos y del profesor Tutor.

4.2. Las calificaciones de los alumnos deberán ser expresadas cuantitativamente en una escala numérica

de 1,0 a 7,0 en cada una de las asignaturas o módulos del Plan de Estudio y se referirán sólo al logro de los aprendizajes estudiantiles, excepto el caso de la asignatura de Religión, la que será evaluada conceptualmente. Todas las asignaturas y/o módulos serán evaluadas con calificaciones coeficiente uno, considerando el número de horas semanales del Plan de Estudio:

Con dos y tres horas semanales se evaluará con 3 calificaciones mínimas de igual ponderación. Con cuatro o más horas semanales se evaluará con 4 calificaciones mínimas de igual

ponderación.

4.3. Los profesores de cada asignatura o módulo darán a conocer los resultados de cada evaluación sumativa a los alumnos del curso y analizarán en detalle el instrumento evaluativo aplicado en un plazo que no podrá exceder de diez (10) días contados desde el momento en que el alumno realizó dicha evaluación. Esta actividad será consignada en el libro de clases como retroalimentación para que los estudiantes se den cuenta de los errores y aciertos. Además los estudiantes registrarán la evaluación sumativa en su cuaderno pedagógico.

4.4. Los alumnos (as) no estarán obligados a rendir nuevos compromisos académicos, si los resultados y

análisis de las evaluaciones sumativas no están registradas en el libro de clases. 4.5. Los profesores deberán mantener en archivo hasta fin de año todos los instrumentos y/o

procedimientos evaluativos aplicados en sus asignaturas hasta que quede resuelta la situación académica final de los estudiantes.

4.6. En un mismo día los alumnos (as) no podrán rendir más de dos instrumentos o procedimientos

evaluativos sumativos. No obstante, el estudiante puede ser evaluado por la ejecución de las actividades propuestas por el docente en el transcurso de las clases. En el caso que se produzca una postergación a petición de los alumnos o por ausencia del profesor, deberá asignarse nueva fecha en concordancia con el Depto. de Evaluación.

4.7. Sobre la entrega de Informes o Investigaciones los alumnos que, en la elaboración de un trabajo u otra

instancia de evaluación presenten como propios, textos, documentos, información gráfica, etc., de propiedad intelectual ajena, sin citar fuentes o realicen plagio se consignará una anotación grave en su hoja de vida y las consecuencias que se adopten tendrán relación con el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. En estas circunstancias el estudiante está obligado a rendir la evaluación oral inmediatamente detectada la situación.

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4.8. Respecto de las estudiantes en situación de embarazo y aquellas que tengan la condición de madre

se deberá atender lo dispuesto en el DECRETO N° 79/2004 del MINEDUC, para lo cual se observarán los siguientes procedimientos:

La estudiante acompañada por sus padres y/o apoderado deberá informar a la dirección del

establecimiento su condición y presentar la documentación que lo acredite.

La estudiante en compañía de sus padres y/o apoderado se entrevistarán con el Jefe de UTP o

Evaluadora quien completará ficha de registro de la situación personal.

La estudiante en situación de embarazo debe asistir regularmente a clases y rendir todas las

evaluaciones establecidas en el presente reglamento. En caso de alguna dificultad de salud la

estudiante debe presentar certificado del médico tratante con el diagnóstico respectivo para que

se recalendarice sus evaluaciones obligatorias mínimas.

La evaluadora en conjunto con el docente Tutor establecerá un calendario flexible de evaluaciones.

Cada docente de asignatura se responsabilizará de señalar los temarios que serán evaluados

considerando el currículum vigente para dar cumplimiento a los objetivos de aprendizaje y cautelar

su aplicación en función del presente reglamento.

Después del parto en un plazo prudente que no exceda el mes la estudiante retornará a clases y

será la evaluadora en conjunto con su tutor o tutora y jefes técnicos, cuando corresponda, los que

reprogramarán las situaciones académicas pendientes.

En el caso de la asignatura de Educación Física después del parto, la estudiante se eximirá de las

clases prácticas por un período de ocho semanas a no ser que el médico tratante recomiende lo

contrario. En todo caso la estudiante rendirá evaluaciones teóricas mientras permanezca con

exención. Será responsabilidad del docente de Ed. Física entregar los temarios que la estudiante

debe presentar para su evaluación.

La estudiante embarazada o que ha sido madre, debe poner todo el esfuerzo de su parte, en

conjunto con su familia, para cumplir con las obligaciones académicas concordadas de rendir las

evaluaciones recalendarizadas y aprobar las asignaturas del Plan de Estudio. La sola condición de

embarazo o ser madre, no implica aprobación del semestre o año lectivo, si no es con las

evaluaciones que reflejen sus aprendizajes.

Las medidas administrativas: asistencia, permisos para controles de salud de ella o de su bebe,

horarios de lactancia, serán controlados por la Inspectoría General, quien registrara en el libro de

clases toda situación donde se refleje lo conversado y concordada con la estudiante o su

apoderado.

4.9. Los alumnos (as) que no cumplan sus compromisos académicos tanto Formativos como Sumativos como: pruebas, trabajos y no presentación de material para la realización de prácticos y/o laboratorios, estarán afecto a las siguientes normas, cuyo incumplimiento es de exclusiva responsabilidad del alumno (a) y/o del Padre o Apoderado, quien debe proporcionarle y /o reguardar que el estudiante asista con los materiales necesarios para dar cumplimiento de los deberes escolares.

1. En caso de enfermedad: deberá justificar mediante certificado del médico tratante, el que será

presentado en UTP, EVALUACIÓN (dentro de las 48 horas de ocurrida la ausencia). Dicha situación será comunicada a los docentes a través del libro de clases para arbitrar las medidas técnicas a que haya lugar: recalendarizar prueba o entrega de trabajo.

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2. En caso de viajes fuera de la ciudad, graves problemas familiares u otros, el alumno será justificado personalmente por el Padre o Apoderado Titular, 48 horas antes o después de la ausencia, en Inspectoría General, quien informará al profesor y evaluadora mediante procedimiento interno.

3. Los alumnos justificados deben comunicarse con el profesor en la siguiente clase en que se halle presente para acordar nueva fecha y horario en que rendirá su compromiso académico pendiente.

4. En caso que el alumno (a) faltase al compromiso anterior establecido en el punto 3, el profesor responsable de la asignatura o módulo aplicará el compromiso académico pendiente en el momento que el alumno se presente a su clase o fuera de horario. Si esta situación se hace persiste en el tiempo, el profesor de la asignatura o módulo dará aviso a la evaluadora, quien en conjunto con Inspectoría General llamaran al Apoderado para un único y nuevo plazo. Además, consignará una anotación en la hoja de vida dejando constancia del hecho y de las consecuencias que se adopten de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

5. Los alumnos sin justificación rendirán sus compromisos académicos en las fechas señaladas por el profesor y se les exigirá un 70% de nivel de logro.

6. En caso de que la ausencia del estudiante sea prolongada, por razones de salud, la evaluadora con el docente Tutor y los profesores de asignaturas acordarán un calendario especial de evaluaciones, cuidando fijar como máximo dos evaluaciones diarias. Este calendario será comunicado por el Profesor Tutor al apoderado.

7. En caso que los alumnos hayan sido suspendidos por motivos conductuales, estos rendirán sus evaluaciones calendarizadas en el día y hora según horario que le corresponda. Si así no lo hicieran, el profesor suministrará un nuevo instrumento evaluativo con un 70% de nivel de logro en la primera ocasión en que lo encuentre en clases. Además, consignará una anotación en la hoja de vida dejando constancia del hecho y de las consecuencias que se adopten de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

4.10. La información que se le proporcionará a los padres y/o apoderados sobre el avance educacional

de sus hijos o pupilos con relación al logro de los objetivos, es de responsabilidad del docente Tutor quien, a través, de un informe escrito cuantitativo y cualitativo comunicará los resultados de los alumnos (as), al menos dos veces por semestre en reunión de padres y/o apoderados.

4.11. Los estudiantes diagnosticados con NEE según DECRETO N°170/2009 se evaluarán

diversificadamente en las asignaturas y/o módulos del Plan de Estudio siempre y cuando se detecte que tienen dificultades de aprendizaje para lo cual se tomarán las siguientes medidas acorde con el PACI (Plan de Adecuación Curricular Individual)

El PACI debe contener las medidas de apoyo curricular y las acciones pedagógicas que los docentes (de aula común y educadora diferencial) implementarán para apoyar el aprendizaje de los alumnos:

a) Los docentes de aula común en coordinación con el docente de educación diferencial en las horas

de trabajo colaborativo acordarán las adecuaciones pertinentes para la construcción del instrumento

evaluativo sumativo, donde se podrá:

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a.1) Disminuir el número de preguntas por ítem.

a.2) Considerar el nivel de abstracción del lenguaje: instrucciones claras y precisas, destacadas y

subrayadas.

a.3) Nivel de abstracción de la tarea: graduando la dificultad desde lo más simple a lo más complejo

a.4) Modalidad de presentación: verbal, escrito, gráfico.

a.5) De ser necesario se otorgará tiempo adicional o ajustará en caso de que sea necesario para el

desarrollo de la evaluación.

b) El nivel de exigencia de las evaluaciones diversificadas será de un 60%.

La Evaluación diversificada no considera la disminución de evaluaciones sumativas por asignatura. El

alumno debe rendir al menos el mínimo de evaluaciones requeridas por asignatura para poder aprobarlas

de acuerdo a los objetivos de aprendizaje para el nivel.

4.12. En relación a aquellos estudiantes que presenten indicaciones del médico tratante que sugieran suspensiones parciales o temporales de la jornada escolar deberán someterse a las siguientes consideraciones:

El director, Jefe UTP, Evaluadora, Jefe Técnico del área respectiva cuando corresponda y el

docente Tutor se reunirán para analizar los antecedentes presentados por el estudiante y

resolverán sobre la situación y elaborarán una propuesta de trabajo pedagógico que permita

que el estudiante continúe con su proceso de formación.

La propuesta pedagógica consistirá en una recalendarización de actividades que ejecutará el

estudiante. El docente Tutor se responsabilizará de monitorear el cumplimiento de dichas

tareas. Las evaluaciones sumativas serán de responsabilidad del o los docentes de

asignaturas, quienes entregarán los temarios para los estudiantes.

En caso que el estudiante no de cumplimiento a las evaluaciones calendarizadas será

calificado una vez que su apoderado sea llamado para ser advertido de las consecuencias del

incumplimiento a la fecha repactada.

PÁRRAFO 3 DE LA PROMOCIÓN ARTÍCULO 10: En la promoción de los alumnos se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas y/o módulos del plan de estudio y la asistencia a clases.

1. Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que: a) Hubieren aprobado todas las asignaturas o módulos de sus respectivos planes de estudio. b) Habiendo reprobado una asignatura o un módulo, su promedio final anual sea como mínimo un 4.5,

incluyendo la asignatura o el módulo no aprobado. c) Habiendo reprobado dos asignaturas o dos módulos o bien una asignatura y un módulo, su promedio

final anual sea como mínimo un 5.0 incluidas las asignaturas o módulos no aprobados.

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d) Para efecto del cálculo del Promedio Semestral y Anual en todos las asignaturas o módulos, corresponderá:

d1. Al promedio aritmético de las calificaciones parciales del alumno (a) hasta con dos decimales

usando la aproximación matemática (ejemplo 5,45=5,5)

d2. Al promedio aritmético de las calificaciones semestrales (primer y segundo semestre) hasta con dos decimales, usando la aproximación matemática (ejemplo 5,45 = 5,5).

d3. El Promedio General de Promoción (P.G.P.) de cada alumno (a), corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones finales obtenidas en cada asignatura o módulo calculado con dos decimales usando la aproximación matemática, (ejemplo: 5,45=5,5)

e) Los alumnos y alumnas que al término del año escolar presenten situaciones limítrofes en una

asignatura o módulo cuya calificación final anual sea 3,9 e involucre repitencia de curso, tendrán derecho a rendir una evaluación más en la asignatura reprobada, cuyo temario será de responsabilidad del docente quien deberá darlo a conocer oportunamente al alumno y a la evaluadora.

En el caso que dicha evaluación sea inferior al promedio anual obtenido, conservará su calificación al

momento de rendir la evaluación y consignará en la hoja de vida del estudiante la oportunidad que se le dio, señalando claramente el día y la hora en que esto ocurre, siempre y cuando se ajuste a lo siguiente:

e1) Si el alumno obtiene una nota ponderada de 3,9 en una o dos asignaturas rendirá una prueba

escrita de conocimientos, habilidades y contenidos relevantes, cuya ponderación alcanzará al 20%, y la nota anual a un 80%.

e2) Si el alumno tiene tres o más notas anuales 3.9 o inferiores en cualquier asignatura o módulo

no tendrá derecho a rendir pruebas y repetirá automáticamente.

f) Los alumnos y alumnas que al término del año escolar obtengan un promedio final de 6,8 y/o 6,9 en cualquier asignatura o módulo de aprendizaje, se les dará la oportunidad de presentar un paper y exponerlo ante una comisión conformada por la evaluadora y docentes de la asignatura o módulo, con el propósito de lograr una calificación igual a 7,0. Si a pesar de lo anterior el alumno o alumna no logra el propósito establecido, conservará su calificación al momento de exponer el paper.

2) Respecto de la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos que:

a) Tengan un porcentaje igual o superior a 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual.

Paro estos efectos, se considerarán como asistencia regular la participación de los alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento, provinciales, nacionales e Internacionales. en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes, asimismo se considerará como tal la participación de los alumnos que

cursen la Formación Diferenciada Técnico-Profesional en las actividades de aprendizaje realizadas en las empresas u otros espacios formativos.

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b) El director del establecimiento, consultado al Consejo de Profesores, podrá autorizar lo promoción de alumnos con porcentajes menores a la asistencia requerida, donde el estudiante presentará a la Dirección del establecimiento una solicitud de promoción. La Solicitud debe explicitar las razones de su inasistencia y presentar evidencias de situaciones que no haya podido justificar por medio de certificado médico será firmada por el Padre y/ o representante legal y el estudiante.

Podrán los alumnos que acrediten debidamente las siguientes causales ser promovidos por la Dirección del Establecimiento, con porcentajes inferiores al 85% de asistencia a clases, sólo por una vez en el transcurso de su permanencia en el liceo:

1. Que ingresen tardíamente a clases por traslado y/o cambio de residencia. 2. Que ingresen tardíamente a clases después de haber cumplido con el Servicio Militar Obligatorio y /o

Becas en el extranjero. 3. Que durante el transcurso del año escolar hayan interrumpido su proceso normal de asistencia a clases,

por accidentes y/o enfermedades graves prolongadas debidamente acreditadas. 4. Que estén incorporados al Programa de Monitoreo de Embarazo, quienes deberán presentar como

justificativos válidos, certificados médicos, carné de salud, tarjeta de control u otro documento que indiquen las razones médicas de la inasistencia, cada vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo y maternidad.

5. Que estén incorporados en el programa de compromiso de acompañamiento de padres adolescentes, quienes deberán presentar como justificativos válidos, certificados médicos, carné de salud, tarjeta de control u otro documento que indiquen las razones médicas de la inasistencia, cada vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo y paternidad.

6. Que hayan participado en actividades deportivas, culturales y/o científicas. Esta certificación deberá ser extendida por el docente que efectivamente desarrolló la actividad con autorización de la Dirección indicando las fechas correspondientes.

Para lo anterior la Dirección del Establecimiento solicitará a los estamentos pertinentes la documentación requerida:

Informe de Rendimiento. Certificaciones médicas. Informe de conducta del Profesor Tutor o de Inspectoría General. Informe otros profesionales vinculados a su caso. (Asistentes Social, Sicólogos)

ARTÍCULO 11.

Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, los establecimientos educacionales, a través del director y su equipo técnico, deberán analizar la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia de estos alumnos. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes, la que considere la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.

Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por el evaluador, en colaboración con el profesor tutor y los profesionales de la educación de las asignaturas reprobadas que hayan participado en el proceso

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de aprendizaje del alumno y de otros profesionales de la educación en caso de ser necesario. El informe, individual de cada alumno deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales: a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año refrendado con evidencias

pedagógicas de sus evaluaciones de proceso (Formativa) y Producto (Sumativa) de las asignaturas reprobadas.

b) La magnitud o brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

c) Las consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación del alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

El contenido del informe o que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en la hoja de vida del alumno. La situación final de promoción o repitencia de los alumnos deberá quedar resuelta antes del término de cada año escolar.

Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa. Podrán optar a ser promovidos excepcionalmente aquellos estudiantes por una sola vez en su trayectoria académica en el Liceo Politécnico de Castro, que tengan tres asignaturas reprobadas siempre y cuando no involucren módulos de su especialidad y su PGP sea igual o superior a 4,5 y cumpla con el porcentaje mínimo de asistencia a clases (85%). La calificación en cada una de las asignaturas reprobadas debe tener un promedio igual o superior a 3,8. Una vez analizado los antedentes la comisión integrada por el Director/a, Evaluadora, docente Tutor y docentes de asignaturas resolverá la promoción o repitencia de estos alumnos según informes y deliberaciones pedagógicas. Dicha decisión será informada por el Profesor Tutor al estudiante y al Padre y/o Apoderado por escrito.

ARTÍCULO 12.

El establecimiento educacional deberá, durante el año escolar siguiente, arbitrar las medidas necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico de los alumnos que, según lo dispuesto en el artículo anterior, hayan sido promovidos. Estas medidas deberán ser informadas al padre, madre o apoderado. Para responder a lo establecido en el artículo precedente se implementará Plan de Acompañamiento Pedagógico elaborado por el profesor de asignatura en conjunto con la evaluadora cuya responsabilidad en su ejecución y aprendizaje es del estudiante y del padre y/o apoderado: 1. El Plan Acompañamiento Pedagógico tiene carácter de obligatorio. 2. El Plan Acompañamiento Pedagógico nace del resultado de las asignaturas reprobadas por el estudiante, las

que no pueden ser más de tres y notas igual o superior a 3,8 cuyo objetivo es realizar una retroalimentación de aquellos Objetivos de Aprendizajes (Conceptual, Procedimental y Actitudinal) deficientes para alcanzar los logros de los objetivos mínimos de aprendizaje del curso anterior.

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3. El Plan Acompañamiento Pedagógico será diseñado por el profesor de las asignaturas reprobadas por estudiante y este debe desarrollar en un tiempo acotado determinado por el profesor de asignatura que no puede sobrepasar un trimestre del año académico.

4. En el Plan Acompañamiento Pedagógico los estudiantes deberán cumplir con actividades especiales, en las

asignaturas que corresponda, clases presenciales de reforzamiento en jornada alterna; actividades que definirá, asistirá y evaluará su cumplimiento el profesor a cargo del Plan.

5. En el Plan Acompañamiento Pedagógico los trabajos, guías o actividades del plan podrán ser programados

como eventos únicos o múltiples para que el estudiante adquiera los aprendizajes mínimos requeridos y pueda de esta manera nivelar los aprendizajes no logrados.

6. El Plan de Acompañamiento Pedagógico se realizará simultáneamente durante el transcurso del año

académico correspondiente.

ARTICULO13.

La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar, debiendo el establecimiento educacional entregar un certificado anual de estudios, que indique las asignaturas o módulos del Plan de Estudio, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

El certificado anual de estudio, no podrá ser retenido por el establecimiento educacional en ninguna circunstancia.

El Ministerio de Educación a través de las oficinas que determine para estos efectos, podrá expedir los certificados anuales de estudios y los certificados de concentraciones de notas, cualquiera sea el lugar en que esté ubicado el establecimiento educacional, donde haya estudiado. Lo anterior sin perjuicio de disponer medios electrónicos para su emisión según el artículo 19 de la Ley N° 19.880.

CIERRE ANTICIPADO DEL AÑO ESCOLAR. Este puede ser requerido por el apoderado titular ante intercambios con colegios en el extranjero, traslados de la familia fuera del país, problemas de salud física graves del alumno que impidan la permanencia en el colegio o trastornos emocionales severos que requieren de situaciones de excepción y embarazo en el caso de las alumnas, siempre que presenten las certificaciones correspondientes. La solicitud sólo se llevará a efecto una vez durante el año, y solamente si el alumno ha cumplido con al menos dos tercios del año escolar y un 85% de asistencia. Su tramitación final se realizará junto con la promoción del alumno. Para solicitar el cierre anticipado del año escolar, se debe cumplir con lo siguiente: 1. El apoderado debe enviar una carta a la dirección solicitando el cierre anticipado. En ésta se deben exponer los motivos de la solicitud avalado por las certificaciones y evidencias correspondientes. 2. El Profesor Tutor, es quien preparará un expediente de cierre anticipado, entregará todos los antecedentes a la Evaluadora: Evaluaciones de proceso (Formativas) y de Productos (Sumativas), quien lo

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revisará y anexará las certificaciones correspondientes. Posteriormente el expediente de cierre será tramitado ante la dirección del establemiento para su resolución. 3. Una vez que el cierre ha sido aprobado, el Profesor Tutor informará al apoderado de la resolución, por escrito y bajo firma. 4. Para el cierre anticipado por enfermedad grave, el apoderado deberá adjuntar la documentación médica respectiva firmada por un profesional competente, que no sea familiar directo del alumno, apoderado y representante legal, especificando el diagnóstico y la prescripción que haga evidente, explícitamente, la necesidad de suspender la actividad escolar del alumno. 5. El colegio podrá denegar el cierre anticipado si a su juicio, y con los antecedentes presentados, estima no hay mérito para hacerlo, o le asiste la convicción de que el cierre anticipado puede perjudicar el derecho a la educación que asiste al alumno. 6. Aquellos alumnos que soliciten cierre anticipado del año escolar NO podrán seguir asistiendo al colegio, ya que pierden su calidad de alumno regular, no existiendo la figura de alumno oyente por parte del Ministerio de Educación. Asimismo, no podrán recibir premios de ninguna índole, representar al colegio en actividades oficiales y competencias deportivas, ni tomar parte de actividades oficiales del establecimiento.

ARTÍCULO 14.

En los establecimientos educacionales, reconocidos oficialmente por el estado, el rendimiento escolar del alumno, no será obstáculo para la renovación de su matrícula y tendrá derecho a repetir curso en un mismo establecimiento a lo menos en una oportunidad en la educación media, sin que por esa causal le sea cancelada o no renovada su matrícula.

Si el estudiante repitiese por rendimiento escolar y/o asistencia por segunda vez será motivo de no renovación de la matrícula.

ARTÍCULO 15:

La licencia de educación media, permitirá optar a la continuación de estudios en la educación superior, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por ley y por las instituciones de la educación superior.

ADARENE SOLEDAD OLIVARES SOTO DIRECTORA

ASOS/VMPFL/vmpfl