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REGIONAL CESAR CENTRO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MINERO SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL CESAR Carrera 19 Con Calle 14 Tel. 5703106-5703105 Fax 5800231 www.sena.edu.co - Valledupar - Colombia SERVICIONACIONALDEAPRENDIZAJE - SENA REGIONAL CESAR CENTRO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MINERO PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES CONVOCATORIA PÚBLICA No. COMM-SAMC-001-2013 MODALIDAD DE SELECCIÓN: SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA OBJETO Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar Valledupar, 7 de febrero de 2013

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PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES CONVOCATORIA PÚBLICA No. COMM-SAMC-001-2013

MODALIDAD DE SELECCIÓN: SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA

OBJETO

Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar

Valledupar, 7 de febrero de 2013

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RECOMENDACIONES INICIALES 1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento. 2. Verifique, que no esté incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad generales ni especiales para contratar, especialmente las contempladas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993. 3. Cerciórese de que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados. 4. En caso de ser persona natural o jurídica inscrita en Cámara de Comercio, verifique que el objeto social se encuentre circunscrito con el objeto a contratar.

5. Proceda a reunir toda la información y documentación exigida y verifique la vigencia de aquella que la requiera. 6. Siga las instrucciones que se imparten en el presente pliego de condiciones para la elaboración de su propuesta. 7. Revise la póliza de seriedad de su propuesta y verifique que:

Sea otorgada a favor del Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA – Regional Cesar; relacionando correctamente la siguiente información:

Nit del SENA: 899.999.034-1

Como tomador, figure su razón social completa;

El valor asegurado corresponda al fijado en el presente documento;

El Objeto y el número de la misma, coincida con el de la presente Convocatoria.

Se encuentre suscrita por el TOMADOR- AFIANZADO. 8. Identifique su propuesta, tanto el original como la copia en la forma indicada en este documento. No olvide foliar la propuesta en orden consecutivo. 9. Tenga presente el lugar, fecha y hora previstos para el cierre del presente proceso, EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS FUERA DEL TIEMPO PREVISTO NI EN LUGAR DIFERENTE. 10. Toda consulta deberá formularse por escrito; no se atenderán consultas personales ni telefónicas. Ningún convenio verbal con personal del SENA, antes o después de la firma del contrato, no podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas. 11. Los proponentes por la sola presentación de su propuesta, autorizan a la entidad para verificar toda la información que en ella suministren. En caso que se encuentre información denominada por la Ley como DE RESERVA, deberá indicar a la Entidad, cual corresponde a esta condición. En caso contrario, se entenderá que toda la información consignada es de conocimiento público, sin reserva alguna. 12. Cuando se presente inexactitud, falta de veracidad u situación semejante en la información suministrada por el proponente o en la de uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, el SENA podrá rechazar la propuesta y/o dar aviso a las autoridades competentes.

13. Toda comunicación enviada por los proponentes, deberá ser dirigida al Subdirectora del Centro de Operación y Mantenimiento Minero, carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar – Cesar.

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14. La presentación de la propuesta, por parte del oferente, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que el presente pliego de condiciones es completo, compatible y adecuado para identificar el alcance del objeto a contratar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará. 15. Asegúrese de no estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, en el Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nacional y en el Certificado Judicial. 16. Verifique previamente que se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales, contrato de aprendizaje y/o cuota de monetización, Fondo de la Industria y de la Construcción, FIC, multas con el Ministerio de la Protección Social, ya que el SENA se reserva el derecho de verificar la información suministrada. 17. El proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta; el SENA no será responsable en ningún caso de dichos costos, ni habrá derecho a reclamación alguna por los mismos. 18. El uso del logo de la entidad es privativo de la misma, por lo tanto le sugerimos abstenerse de presentar ofertas con papel que lo contenga 19. EL SENA se reserva el derecho de verificar la información suministrada. 20. Respecto al envío de cualquier documento que se encuentre relacionado con el proceso, mediante correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático, corresponde al interesado verificar que realmente el documento que envía llegue a su destinatario, es decir, al SENA; por lo tanto, la Entidad no se hace responsable por fallas de los servidores o plataformas de la Internet, demoras en la entrega de los mismos, etc. y tendrá en cuenta, sólo la fecha en que los recibe, por el medio correspondiente. 21. Con relación al envío de mensajes a través de cualquier medio telemático, se dará aplicación a lo establecido en la Ley 527 de 1999, en el sentido de que para que se entienda recibido el mensaje se requerirá el acuse de recibo expedido por el SENA. 22. Verifique previamente su estado en el Aplicativo de Aportes del SENA (Parafiscales, multas, sanciones, cumplimiento cuota de aprendices) a través de la Coordinación de Relaciones Corporativas de cada Regional y si presenta inconsistencias o situaciones contrarias a las que usted considera, solicite el apoyo correspondiente para que aclare y/o subsane dichas inconsistencias y evite así ser inhabilitado. 23. En caso de imprecisiones, incoherencias, o cualquier situación que genere dudas a la Entidad respecto de la propuesta presentada, primarán las reglas de interpretación que más le favorezcan a la Entidad 24. En caso de que el proponente aporte documentos o información con la calidad de “reservado(a)”, deberá manifestarlo con su propuesta, indicando el fundamento jurídico que blinda como reservada dicha información o documento.

ESPACIO EN BLANCO

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CAPÍTULO I

1. INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES 1.1 OBJETO

Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar. 1.2 LUGAR DE EJECUCION

Valledupar – Cesar. 1.3 CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS La prestación de Servicios de Transporte conlleva a la realización de los siguientes recorridos en las rutas ida y regreso que se describen a continuación:

RECORRIDOS (IDA Y REGRESO)

ITEM DESCRIPCION DEL SERVICIO

CONDICIONES TECNICAS

RUTAS JORNADA CANTIDAD

1

PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE

PARA EL DESPLAZAMIENTO

DE LOS APRENDICES DEL

CENTRO DE OPERACIÓN Y

MANTENIMIENTO MINERO DEL

SENA REGIONAL CESAR

MODELO BUSES

CAPACIDAD BUSES

Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar (Carrera 19 entre calles 14 y 15) - Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar (Kilometro 7 vía a la paz) - Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar (Carrera 19 entre calles 14 y 15)

DIURNA. 676

MINIMO AÑO 2006

32 pasajeros NOCTURNA. 100

REQUISITOS TECNICOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE A CONTRATAR:

RUTAS Y CANTIDADES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El servicio a contratar se deberá prestar atendiendo las rutas establecidas en las especificaciones esenciales establecidas en el literal b de los presentes estudios previos de lunes a viernes y los sábados de acuerdo a la necesidad de formación o en los días que el SENA le indique al CONTRATISTA, en los horarios establecidos por el SENA.

MODELO DE BUSES No se recibirán propuestas de buses modelos inferiores al año 2006 y todos los buses destinados a la prestación del servicio deben tener la correspondiente revisión técnico – mecánica al día, tarjeta de Propiedad, tarjeta de Operación y Licencia de Tránsito. Así mismo cumplirán con todas las disposiciones que consagre la normatividad vigente para los buses que prestan esta clase de servicios.

CAPACIDAD DE LOS BUSES La capacidad de los buses que prestarán el servicio objeto de la presente convocatoria, deberá ser mínimo de treinta y dos (32) pasajeros.

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NUMERO DE BUSES Cada oferente debe contar como mínimo con seis (06) buses con capacidad mínima de treinta y dos (32) pasajeros.

LISTA DE BUSES DISPONIBLES El proponente deberá presentar un listado de los buses disponibles para prestar el servicio en el cual se debe incluir: Tipo de Vehículo, No. interno, Placa, Modelo, Capacidad Transportadora y última revisión técnico mecánica, para tal fin deberá anexar diligenciado el formato del Anexo No. 3. Bajo ninguna circunstancia se aceptaran modelos de buses anteriores al año 2006.

TARJETA DE PROPIEDAD DE LOS BUSES El proponente deberá presentar junto con la oferta copia de la tarjeta de propiedad de cada uno de los buses disponibles para la prestación del presente servicio, la cual deberá ser legible y ampliada en un 150%.

SEGURIDAD SOCIAL El proponente deberá presentar la Afiliación de los Conductores a Seguridad Social, Pensiones y Riesgos profesionales.

ESTADO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS VEHICULOS Los buses destinados para la prestación del servicio a contratar deberán mantenerse en correcto estado de presentación, limpieza y funcionamiento para que presten de manera eficiente y cumplida el servicio contratado.

PERSONAL DE CONDUCCIÒN ASIGNADO Cada uno de los vehículos asignados para la prestación de éste servicio, deberán ser operados por conductores expertos e idóneos, que tengan Licencia de Conducción de 5ª categoría o C2.

PROVISIÒN DE REPUESTOS Los vehículos deberán estar provistos con sus respectivas llantas de repuestos y herramientas necesarias para asegurar las condiciones mecánicas de funcionamiento de los vehículos que prestarán el servicio de transporte de aprendices.

BUSES DE RESERVA Con el fin de garantizar la prestación del servicio de transporte, el contratista se obliga a disponer por lo menos de un bus de reserva, para que cubra el servicio si un vehículo de los asignados se encuentra fuera de servicio, no presta el servicio o sea retirado de él, por no reunir las condiciones mínimas exigidas en el respectivo contrato.

CUMPLIMIENTO DEL HORARIO DE TRANSPORTE El contratista se obliga a cumplir los horarios que para el transporte de aprendices establezca el Centro de Operación y Mantenimiento Minero - SENA Regional Cesar y que se harán conocer con antelación, pudiendo ser modificados de acuerdo con las necesidades del servicio, dando un preaviso de un (01) día.

CERTIFICADOS DE REVISIÒN DE VEHICULOS TECNICO - MECANICA El contratista se obligar a presentar al SENA Regional Cesar – Centro de Operación y Mantenimiento Minero , los respectivos certificados de revisión del grupo de vehículos asignados para la prestación del servicio, por parte de un Servicentro autorizado por el Ministerio de transporte.

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SEGURO OBLIGATORIO SOAT: Los buses destinados a la prestación de servicios de transporte objeto del presente proceso contractual deberán contar con seguro obligatorio de accidente de tránsito SOAT vigente.

GASTOS QUE SE GENEREN Correrán por cuenta del contratista todos los gastos que demande la prestación del servicio de transporte objeto de la presente contratación.

DAÑOS ATERCEROS De conformidad con los Artículos 994 y 1003 del Código de Comercio, las empresas de Transporte Público Terrestre deberán tomar por cuenta propia, con una Compañía de Seguros Autorizada para operar en Colombia, las Pólizas de Seguros de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual que las ampare contra los riesgos inherentes a la actividad de transporte, así:

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL: Que deberá cubrir al menos los siguientes riesgos:

Muerte Incapacidad permanente Incapacidad temporal Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Que deberá

cubrir al menos los siguientes riegos: Muerte o lesiones a una persona Daños a bienes de terceros Muerte o lesiones a dos o más personas

CONTROL DE PASAJEROS Y REPORTE DE ANOMALIAS Los conductores que asigne el contratista a los vehículos que presten el servicio en ausencia de autoridad competente del SENA están obligados a controlar los pasajeros, manteniéndose siempre un trato cordial y respetuoso e informando las anomalías que se presenten.

REGULADOR DE VELOCIDAD El contratista se obliga a garantizar que los buses prestadores del servicio de transporte objeto del contrato, dispondrán y utilizaran regular de velocidad, tal como lo exigen las normas de tránsito vigentes.

CALIDAD DEL PERSONAL OFRECIDO El personal ofrecido deberá contar con lo siguiente:

LICENCIA DE CONDUCCIÒN CATEGORIA 5ª o C2: Deberá presentarse un listado de los conductores asignados para la prestación del servicio, soportado con la fotocopia de las licencias respectivas.( Anexo No. 7)

RELACIONES INTERPERSONALES: Los conductores que asigne el contratista están obligados a mantener siempre un trato cordial y respetuoso, informando las anomalías que se presenten en la prestación del servicio

1.4 ACLARACIONES A LA OFERTA Dentro del más estricto respeto por el tratamiento igualitario a los proponentes, EL CENTRO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MINERO DEL SENA REGIONAL CESAR podrá solicitar a todos o a cualquiera de ellos las aclaraciones o informaciones

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que estime pertinentes, a fin de despejar cualquier punto dudoso, oscuro o equívoco de las ofertas. 1.5 AMPLIACION DE LA INFORMACIÓN

EL CENTRO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MINERO DEL SENA REGIONAL CESAR, únicamente recibirá solicitudes de aclaración a el pliego definitivo de la presente Convocatoria Pública a través del correo electrónico [email protected]; dentro del término establecido en el Cronograma de la presente Convocatoria. 1.6 RÉGIMEN LEGAL DE LA PRESENTE CONVOCATORIA PÚBLICA:

El marco legal de la presente C o n v o c a t o r i a P ú b l i c a , está conformado por la Constitución Política, las leyes de la República de Colombia y en especial por las siguientes disposiciones: a) Ley 80 de 1993

b) Disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que le sean aplicables

d) El pliego de Condiciones e) Ley 1150 de 2007 f) Ley 1474 de 2011 g) Ley 1450 de 2011 h) Decreto 019 de 2012 i) Decreto 734 de 2012 j) Estatuto Tributario k) Código Contencioso Administrativo l) Manual para la contratación administrativa del SENA ll) Decreto 019 de 2012 m) Las demás normas vigentes que resulten pertinentes de acuerdo con la Ley Colombiana y que se presumen conocidas por todos los proponentes.

1.7 VEEDURIAS CIUDADANAS

De conformidad con lo establecido la Ley 850 de 2003 y el Artículo 66 de la Ley 80, EL Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar mediante el presente acto convoca a las Veedurías Ciudadanas para realizar control social al presente proceso de contratación, en cualquiera de sus etapas, caso en el cual la Entidad suministrará toda la información y documentación pertinente que no esté publicada en la página web de la entidad. El costo de las copias y la atención de las peticiones presentadas seguirán las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo. 1.8 PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA El SENA garantiza a los oferentes y a la ciudadanía en general, que la escogencia de contratistas se efectuará a través del proceso de selección abreviada por Convocatoria Pública, por lo que se garantiza que en el Pliego de Condiciones se encuentran consagrados todos los requisitos necesarios y condiciones a cumplir para poder participar en el presente proceso de selección. Los interesados tienen derecho a conocer y controvertir los informes, conceptos que se rindan y decisiones que se adopten, por lo que se establecen etapas que permiten la publicidad de dichas actuaciones y otorgan términos para que dentro del mismo se puedan hacer las correspondientes observaciones.

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Por lo anterior, todas las actuaciones del SENA dentro de este proceso de selección son públicas y los expedientes que las contengan estarán abiertos al público. El SENA expedirá las fotocopias del Pliego de Condiciones, que cualquier persona le solicite, a costa del interesado, si no desea acceder a ellos mediante su consulta e impresión a través de la página Web www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co El SENA garantiza a los oferentes y a la ciudadanía, que la escogencia del contratista se efectúa con arreglo a las modalidades de selección previstas en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, reglamentado por el decreto 734 de 2012 y con observancia de los principios que rigen en las actuaciones contractuales de las entidades estatales. Para el efecto, en el presente proceso contractual los interesados tienen garantizado su derecho a conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan y adopten, para lo cual se han establecido etapas que permiten el conocimiento de dichas actuaciones y otorgan la posibilidad de expresar observaciones. Con ello se establece control adicional sobre el proceso contractual y constituye evidente previsión de moralidad administrativa. Todas las actuaciones del SENA dentro del presente proceso contractual son públicas y los expedientes que las contengan estarán abiertos al público. El SENA expedirá las copias del pliego de condiciones y de sus adendas que cualquier persona le solicite, a costa del interesado; también podrá acceder a ellos mediante su consulta e impresión de la página WEB www.contratos.gov.co y del portal del SENA www.sena.edu.co En cumplimiento del principio de transparencia, el presente pliego de condiciones contiene los requisitos y objetivos necesarios para participar en el proceso de selección y la mejor información técnica disponible en los archivos de la Entidad para el desarrollo del proyecto; así mismo, se encuentran definidas reglas objetivas, justas, claras y completas que permiten la confección de ofrecimientos de la misma índole; también se encuentran definidas con precisión las condiciones de costo y calidad de los servicios necesarios para la ejecución del contrato, todo lo cual tiene relación con el equilibrio económico contractual y con las garantías que deben otorgarse; no existen condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni exenciones de responsabilidad, derivadas del erróneo suministro de datos, informes o documentos; las reglas consagradas no inducen a error a los proponentes y contratistas y no los llevan a formular ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad exclusiva de esta entidad. El SENA garantiza que no actuará con desviación o abuso de poder, y que ejercerá sus competencias exclusivamente para los fines previstos en la Ley. De conformidad con lo establecido en el Parágrafo 2 del Art. 2.2.5 del Decreto 734 de 2012, los documentos que se produzcan durante las respectivas etapas de selección del contratista del presente proceso, se publicarán dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición, con la finalidad de garantizar los principios que rigen la contratación administrativa, en especial el de transparencia y contradicción, consagrados en el numeral 1º del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el Art. 29 de la Constitución Política respectivamente 1.9 CRONOGRAMA DEL PROCESO Ver AnexoNo.1. 1.10 INICIO DEL PROCESO DE CONVOCATORIA PÚBLICA El proceso de selección abreviada a través de la Convocatoria Pública No. COMM-SAMC-001-2013 iniciará de acuerdo con el cronograma establecido en el Anexo No. 1,

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día en que se publicará el Pliego de condiciones en el portal de contratación del SECOP www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.co 1.11 CONSULTA Y OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Los interesados podrán consultar e l PLIEGO DE CONDICIONES en la en e l por ta l para la cont ratac ión de l SECOP www.cont ratos .gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co, a partir de la fecha señalada en el Cronograma del Proceso, Anexo No. 1 y en l a UNIDAD DE CONTRATACION del SENA REGIONAL CESAR, ubicada en la Carrera 19 entre Calles 14 y 14 – Tercer Piso, o a través del correo electrónico [email protected] durante el período señalado en el cronograma del proceso de convocatoria, según Anexo No. 1. Las observaciones al pliego de condiciones se reciben en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situado en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar; debidamente radicadas y/o en el correo electrónico [email protected] en el término establecido en el Anexo No. 1 Cronograma de Actividades. 1.12 CONVOCATORIA LIMITADA A MYPES/ MIPYMES De conformidad con el artículo 12 de la Ley 1150 de 2007, en los procesos de selección de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos, salvo aquellos cuya cuantía sea inferior al 10% de la menor cuantía y tal como lo señala el Art. 4.1.2° del Decreto 734 de 2012, la convocatoria se limitará exclusivamente a Mypes (micro y pequeña empresa), siempre y cuando se verifiquen los siguientes requisitos: 1. La cuantía del proceso esté por debajo de los US$75.000 dólares americanos. 2. Se hayan recibido mínimo tres (3) manifestaciones de interés solicitando limitar la convocatoria exclusivamente a Mypes. 3. Se haya acreditado mínimo un año de existencia por parte de la Mypes que manifestó interés. La manifestación de interés de limitar la convocatoria a Mypes debe presentarse a más tardar el día hábil anterior a la fecha prevista para la apertura del proceso de selección de selección abreviada, acreditando la condición de Mypes a través de la presentación de una certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale tal condición y su tamaño empresarial (micro o pequeña empresa), además deberá presentar el certificado expedido por la cámara de comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar su antigüedad. Las Mypes que participen en la convocatoria limitada deben garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación. Para tales efectos, sin perjuicio de la convocatoria limitada a Mypes, la selección se deberá hacer por la modalidad que corresponda, de conformidad con la Ley 1150 de 2007 y lo establecido en el Decreto 734 de 2012. El SENA realizará la presente convocatoria limitada que beneficie a las Mypes del ámbito departamental correspondiente al departamento del Cesar, por lo que se entenderá, para determinar el domicilio principal de la Mypes, el departamento al que pertenece la dirección que aquella señaló en su Registro Único Tributario, RUT, de conformidad con el decreto 2788 de 2004, o las demás normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen. De conformidad con el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 y las normas que lo reglamente, se seguirán los criterios allí establecidos para determinar las micro,

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pequeñas y medianas empresas, con el fin de poder acceder a los beneficios o condiciones preferenciales de cada una de ellas. 1.13 PROCEDIMIENTO EN CASO DE CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES En el caso que no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4.1.2 del decreto 734 de 2012, para limitarla la convocatoria a Mypes (micro y pequeña empresa), se permitirá la participación de medianas empresas, quienes también podrán manifestar interés en los mismos plazos establecidos para las Mypes, con la salvedad que su participación sólo se permitirá si no se reciben tres (3) manifestaciones de interés de Mypes. En todo caso, para que la convocatoria se limite a Mipymes se requerirá al menos tres (3) manifestaciones de interés de micros, pequeñas o medianas empresas Verificado el cumplimiento de los requisitos y reglas señalados en los numerales precedentes, y sin perjuicio de las normas especiales de cada modalidad de selección, la entidad expedirá el acto de apertura, indicando que en el proceso sólo podrán presentar ofertas quienes ostenten la calidad de Mipymes, y si es del caso, solo Mypes. Si al momento del cierre sólo se ha presentado una (1) oferta, la entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado en el pliego de condiciones, sin la limitación de la convocatoria Mypes, permitiendo la participación de medianas empresas, y si la convocatoria era limitada a Mipymes, podrá participar cualquier interesado. Durante este tiempo la oferta o manifestación de interés presentada por la Mypes o Mipymes, según el caso, deberá permanecer cerrada, para ser evaluada con las demás que se presenten durante la ampliación del plazo. Si vencido el nuevo plazo no se presenta ninguna otra oferta, podrá adjudicarse a la Mypes o Mipymes, según el caso, siempre y cuando su oferta cumpla con los requisitos y criterios establecidos en el pliego de condiciones. Si el proceso de selección abierto con limitación en su convocatoria que es declarado desierto, no podrá ser iniciado nuevamente con la restricción de participación a la que se refiere el artículo 4.1.2 y 4.1.3 del decreto 734 de 2012.. En las convocatorias limitadas a Mypes y a Mipymes podrán participar uniones temporales o consorcios, los cuales deberán estar integrados únicamente por Mypes o Mipymes, según el caso. En tal caso, para efectos de la limitación de la convocatoria, cada consorcio o unión temporal se contará por sí mismo, y no por el número de Mipymes que los integren; que deberán cumplir de manera individual los requisitos mínimos señalados en el presente pliego. 1.14 AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA: De acuerdo a lo establecido en el Art. 2.2.1° del Decreto 734 de 2012, se publicará aviso de Convocatoria Pública para la presente selección abreviada, en la página www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co, incluyendo expresamente la convocatoria limitada a Mypes, conforme lo señalado en el Título IV del citado Decreto. 1.15 CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA publicará el Pliego de Condiciones a partir de la fecha señalada en el Cronograma del Proceso, (Anexo No. 1) en la página www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co o directamente en la Unidad de Contratación del SENA Regional Cesar, situada en el piso 3 del edificio ubicado en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar, con el

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propósito de suministrar a los oferentes, a las veedurías ciudadanas y al público en general la información sobre la presente contratación y de recibir las observaciones que se presenten en relación con dicho documento. La publicación del proyecto de Pliego de Condiciones no obliga a la Entidad a abrir el proceso de selección y su contenido puede ser modificado de acuerdo a lo previsto legalmente. 1.16 DOCUMENTOS DEL PROCESO Los documentos que forman parte de este proceso, son: •El pliego de Condiciones, sus adendas, anexos y formularios.

•Las modificaciones y aclaraciones que el SENA expida con relación con los documentos del presente proceso. El proponente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, adendas, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos del proceso como también las respuestas dadas a las observaciones presentadas por los interesados en este proceso, los cuales constituyen la única fuente de información, para la preparación de la propuesta. Si el proponente omite suministrar documentos o información requeridos en el pliego de condiciones y, como consecuencia de ello, su oferta no se ajusta sustancialmente a lo solicitado en éste, el riesgo será de su cargo. 1.17 CARTA DE INTENCION PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3.2.2.1° del Decreto 734 de 2012, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de apertura del proceso, los posibles oferentes Mypes interesados en participar manifestarán su interés, con el fin de que se conforme una lista de posibles oferentes. Los oferentes interesados en participar en el proceso de selección manifestarán su interés mediante comunicación escrita debidamente firmada y dirigida a la Subdirectora del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar desde y hasta la fecha y hora señalada en el cronograma del proceso. La manifestación deberá contener, además de la expresión clara del interés en participar, el señalamiento de forma de contacto y comunicación eficaces a través de los cuales la entidad podrá informar directamente a cada interesado sobre fecha y hora de la audiencia pública de sorteo, en caso que misma tenga lugar. La manifestación de intención deberá radicarse en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situado en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar o a través del correo electrónico [email protected], la cual deberá allegarse desde y hasta la hora y fecha establecida en el Anexo No. 1 – Cronograma del Proceso. Tenga en cuenta que si la carta de intención se allega por medio electrónico ésta debe contener la firma del oferente. La presentación de la carta de intención es requisito habilitante y es de obligatorio cumplimiento, para la presentación de la correspondiente propuesta. Por lo tanto, la no presentación de este requisito, es excluyente del proceso. Con relación al envío de mensajes a través de cualquier medio telemático, se dará aplicación a lo establecido en la Ley 527 de 1999, en el sentido de que

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para que se entienda recibido el mensaje se requerirá el acuse de recibo expedido por el SENA. 1.18 AUDIENCIA PÚBLICA DE SORTEO De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del Artículo 3.2.2.1 Decreto 734 de 2012, en caso que el número de posibles oferentes sea superior a diez (10), la entidad podrá dar paso al sorteo de consolidación de oferentes de que trata el artículo 3.2.2.2 del citado decreto, para escoger entre ellos un número no inferior a este que podrá presentar oferta en el proceso de selección. Cuando el número de posibles oferentes sea inferior o igual a diez (10), la entidad deberá adelantar el proceso de selección con todos ellos. La celebración de audiencia pública de sorteo se realizará en la fecha y hora previstas en el Anexo 1 - Cronograma Actividades del Proceso y se desarrollará de la siguiente manera:

A cada una de las cartas de intención de participar en el proceso y que representan un oferente, les será asignado un número consecutivo atendiendo la fecha y hora de recibo de la misma, conforme a la radicación que realiza EL SENA en la Unidad de Contratación. Los interesados en el proceso y los representantes de la Entidad, si es del caso, se reunirán el día y la hora señalados en el lugar que se indique en el cronograma de actividades, para proceder al sorteo para el cual hará uso del sistema por balotas, las cuales deberán encontrarse marcadas cada una con el número que previamente se ha asignado a la carta de intención.

Las balotas deben ser introducidas en presencia de los asistentes en una talega o bolsa oscura la cual ha sido verificada previamente, y luego se procede a retirar de la bolsa el número de balotas que excedan los diez (10) oferentes, por lo tanto solo se continuara el proceso con los oferentes cuya balota no ha sido retirada de la talega o bolsa. Del sorteo se deja constancia escrita en acta la cual será publicada en el portal del SECOP www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co 1.19 FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN

En consideración a la cuantía y al objeto que se requiere contratar, se adelantará un proceso de Selección mediante la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía señalada en el literal b) numeral 2 del Art. 2 de la Ley 1150 de 2007 y Artículo 3.2.2.1° del Decreto 734 de 2012. De igual forma, se dará aplicación a lo establecido en el Art. 4.1.2° del Decreto 734 de 2012, con el fin de limitar exclusivamente la convocatoria a las MYPES, para lo cual éstas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el mencionado Decreto. El pliego de condiciones elaborado por la entidad para el presente proceso de selección contiene, además de los requisitos exigidos en el numeral 5 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, los definidos en el artículo 2.2.3° del Decreto 734 de 2012 y los específicos de la modalidad de selección. En materia de publicidad del proceso de selección, EL SENA cumplirá con lo dispuesto en los artículos 2.2.5° y 2.2.6° del Decreto 734 de 2012, referente a las modalidades de selección para la licitación, selección abreviada y concurso de méritos.

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El Contrato que se derive del presente proceso se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Decreto 734 de 2012 y demás normas concordantes vigentes que le sean aplicables y el Pliego de Condiciones. 1.20 JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE PARA LA ENTIDAD Se procederá bajo condiciones de igualdad a los proponentes y la oferta más ventajosa para la Entidad será la que resulte de aplicar la siguiente fórmula: - La ponderación de los elementos de calidad y precio, soportados en puntajes o fórmulas que señale el pliego de condiciones. (Literal a, numeral 3, articulo 2.2.9° del Decreto 734 de 2012).

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CAPÍTULO II

2. ASPECTOS GENERALES DE LA PROPUESTA 2.1 QUIENES PUEDEN PRESENTAR PROPUESTA Podrán presentar propuesta las personas naturales o jurídicas con capacidad para desarrollar la actividad a contratar y consideradas legalmente capaces en las disposiciones legales vigentes, incluidos los consorcios y las uniones temporales, entendidos estos de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993. Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más, al igual que los consorcios y uniones temporales. En el evento en que la convocatoria se limite a Mypes o Mipymes, además de los requisitos anteriormente señalados, los proponentes deberán acreditar tal calidad. 2.2 NÚMERO DE PARTICIPANTES: De conformidad con las normas de contratación administrativa, la Entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una propuesta y esta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requerimientos contenidos en el pliego de condiciones. Por lo tanto no procederá la declaratoria de desierta del proceso de selección cuando sólo se presente una propuesta hábil y ésta pueda ser considerada como favorable para la Entidad, de conformidad con los criterios legales de selección objetiva. 2.3 FECHA Y LUGAR DE CIERRE El cierre de la Convocatoria Pública se hará en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar, en la hora y fecha establecida en el Anexo No 1 . Después de la fecha y hora establecidas para el cierre del presente proceso, no se aceptará el recibo de propuestas, ni cambios del contenido de las mismas, ni solicitudes de retiro de las propuestas entregadas. Las propuestas deberán presentarse en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar. 2.4 ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el Centro de Operación y Mantenimiento Minero - SENA Regional Cesar, entiende por riesgo aquellos hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato se pueden presentar y afectar la normal ejecución del contrato, afectando así el equilibrio económico del contrato para uno o ambos extremos contractuales. Para este tipo de contratación el Centro de Operación y Mantenimiento Minero - SENA Regional Cesar ha previsto los siguientes riesgos:

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RIESGOS DE CARÁCTER JURIDICO Se pueden considerar aquí los cambios que puedan llegar a presentarse en la normatividad que rige a la persona sea natural o jurídica, que contrate con el Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar, por lo tanto se deben considerar las normas de carácter laboral, cooperativo, de transporte, tributarios, entre otras. RIESGOS POR CAMBIO EN EL REGIMEN LABORAL COLOMBIANO Se parte del hecho que por la naturaleza del objeto del contrato, el servicio deberá ser prestado por empresas de transporte legalmente habilitadas para esta modalidad, lo que indica que el contratista deberá contar para la prestación del servicio con personal idóneo que se desempeñe como conductores de los buses que hacen los recorridos, por lo tanto en la presentación de la oferta el contratista debe considerar para la estimación del precio unas condiciones laborales especiales para esos trabajadores. No obstante, si durante la ejecución del contrato la normatividad laboral sufriera modificaciones, éstas serán de obligatorio cumplimiento y exigencia para el contratista por parte de la entidad y si su implementación llegare a afectar las estimaciones efectuadas por el contratista, este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista. Así mismo el contratista deberá asumir respecto de su personal los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliación al Sistema de pensiones y Salud según lo ordenado por la Ley y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate. Igualmente deberá permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato. Para el caso de personas jurídicas, deberán presentar la certificación señalada en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 acompañada de las planillas de pago respectivas, cada vez que lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos (Art. 23 ley 1150 de 2007). Para las personas naturales, copia de la planilla de pago al sistema de seguridad social y parafiscal cuando a ello hubiera lugar. RIESGOS POR CAMBIOS EN EL REGIMEN DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIAL Cualquier modificación a la reglamentación que rige la prestación del servicio de transporte terrestre automotor especial que afecte la prestación del servicio y que lleve al cambio de vehículos o personal diferentes de los ofertados y aprobados dentro del contrato, por modificaciones de las condiciones en las que deba prestarse éste servicio o por perdida de la habilitación para la prestación de éste servicio, será responsabilidad total del contratista adecuarse a los nuevos cambios y continuar la normal ejecución del contrato y el Centro de Formación – Centro de Operación y Mantenimiento Minero- no asumirá ni en todo ni en parte este riesgo. RIESGOS DERIVADOS DE HECHOS DE LA NATURALEZA Si en ejecución del contrato se llegare a presentar un fenómeno de la naturaleza como un derrumbe, inundación o taponamiento de la ruta por donde normalmente debe transitar el vehículo que realiza los recorridos y con ello se deban tomar rutas alternas que incrementen notoriamente la distancia, el riesgo será asumido por la entidad contratante, siempre y cuando ésta autorice el cambio de las rutas.

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RIESGOS DERIVADOS DEL ORDEN PÙBLICO Las interrupciones que se llegaren a presentar en la prestación del servicio contratado por aspectos relacionados con el orden público, serán asumidas en su totalidad por el contratista. El contratista deberá avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA. De hacer caso omiso a esta obligación deberá responder por los daños y perjuicios que se causen al SENA como consecuencia. RIESGO DE OPERACIÓN Los riesgos logísticos de fabricación, transporte, pérdida e importación de los bienes necesarios para la prestación de los servicios objeto de la presente contratación son asumidos por el oferente adjudicatario. RIESGO ECONOMICO

Los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios del mercado de los materiales, los insumos, la alteración o alzas inesperadas en las mismas y que afecten el valor de los servicios y bienes necesarios para la prestación del mismo, mano de obra, entre otros, que afecten el objeto de este proceso de selección, es por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario y del contratante; por lo tanto, cada uno deberá soportar el 50% de los riesgos de operación del bien objeto del presente contrato. OTROS RIESGOS El SENA podrá cambiar, de acuerdo con sus necesidades las fechas y horarios de los recorridos que haya establecido y el proveedor se obliga de conformidad con dichos cambios, previamente y con mínimo un (1) día de anticipación a la fecha prevista para ello, el SENA notificará por escrito o telefónicamente los cambios mencionados. De conformidad con lo dispuesto en el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado La presentación de la oferta, implica la aceptación por parte del proponente, de la distribución de riesgos previsibles efectuados por la Entidad en el pliego de condiciones, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 2.1.2 del Decreto 734 de 2012. 2.5 PRESENTACION DE LA PROPUESTA La propuesta deberá presentarse en papel, escrita en idioma castellano, debidamente firmada por el representante legal del oferente, de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en el pliego de condiciones, con todos sus formatos y anexos, debidamente foliado en la parte frontal de cada hoja, en estricto orden consecutivo ascendente. En caso de no presentarse así, en la audiencia de cierre, se le solicitará al proponente que no cumpla este requisito, proceder a la foliación respectiva. La propuesta debe ser presentada sin tachones, enmendaduras o raspaduras que hagan dudar del ofrecimiento. Las ofertas deberán presentarse en original y una (1) copia impresa, en sobre cerrado tanto el original como la copia deberá contener

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la totalidad de los documentos exigidos. La propuesta deberá presentarse en pesos colombianos y su valor no puede ser superior al presupuesto disponible para contratar; en caso de presentarse en una moneda diferente, la propuesta será rechazada Las propuestas se presentarán cada una, en sobre cerrado y rotulado de la siguiente forma: SERVICIONACIONALDE APRENDIZAJE SENA SENA REGIONAL CESAR CENTRO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MINERO CRA 19 ENTRE CALLES 14 Y 15 - VALLEDUPAR CESAR CONVOCATORIA PÚBLICA POR PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA No. COMM-SAMC-001-2013 PROPUESTAPRESENTADA POR: _____________ ORIGINAL y PRIMERACOPIA Las propuestas se entregarán en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situada en la carrera 19 entre calles 14 y 15, piso 1, de la ciudad de Valledupar. También se recibirán propuestas presentadas a través de correo terrestre y aéreo para lo cual deberán aportar la respectiva guía de envío y su entrega/recibo se sujetarán estrictamente a la hora de cierre del proceso, las cuales deberán entregarse en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situada en la carrera 19 entre calles 14 y 15, piso 1, de la ciudad de Valledupar. Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto todas las propuestas que se entreguen oportunamente en la Unidad de Archivo y Correspondencia del SENA Regional Cesar, en la hora y fecha establecidas en el Anexo No. 1 - Cronograma del Proceso. La hora oficial será la hora legal para Colombia, fijada en la página http://horalegal.sic.gov.co/ a) En caso de discrepancias entre la propuesta original y la copia, prevalece el

contenido de la propuesta original. b) No se aceptarán propuestas enviadas por correo electrónico o fax y no se tendrán

en cuenta para el proceso de selección y evaluación. c) No se aceptarán propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora

señaladas en el Anexo No. 01 - Cronograma del Proceso para el recibo de las propuestas, las cuales serán rechazadas dejando constancia en el acta de cierre respectiva.

d) No se aceptarán propuestas presentadas en sitios o condiciones diferentes de los que se han previsto en el Pliego de Condiciones. EL SENA no se hará responsable de la apertura de una propuesta en caso de que no se presenten en el lugar indicado.

e) La propuesta deberá presentarse en pesos colombianos. f) No se aceptan costos adicionales o demoras resultantes de una desviación y/o

referencia o especificidad técnica diferente a las señaladas en el pliego de condiciones.

g) La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y EL SENA, según el cual dicha propuesta permanece abierta para su evaluación y

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aceptación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.

h) El proponente debe tener en cuenta en su oferta el pago de los derechos, impuestos, tasas y otros conceptos que genere su propuesta. Por lo tanto, y para todos los efectos legales, se entenderá que la oferta presentada por cada proponente se efectúa en forma global. Se debe incluir el valor del IVA, si a ello hubiere lugar. En este evento, si el proponente no discrimina el impuesto al valor agregado IVA, EL SENA lo considerará INCLUIDO en el valor total de la oferta y así deberá aceptarlo el proponente.

i) Por ningún motivo EL SENA considerará costos adicionales de transporte y/o fletes y demás gastos adicionales no contemplados por el oferente al momento de estructura su propuesta.

Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto todas las propuestas que se entreguen oportunamente en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situada en la carrera 19 entre calles 14 y 15, piso 1, de la ciudad de Valledupar, en la hora y fecha establecidas en el Anexo No. 1 - Cronograma del Proceso. La hora oficial será la hora legal para Colombia, fijada en la página http://horalegal.sic.gov.co/ No se aceptan propuestas enviadas por correo electrónico, v í a fax o cualquier otro medio telemático Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora fijada para el cierre de la presente Convocatoria Pública, se consideran extemporáneas y no serán evaluadas. De igual forma, aquellas que se presenten en lugar distinto al señalado en el presente Pliego y aquellas que no se ajusten a las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones. El plazo de entrega de las propuestas podrá ser prorrogado hasta por un término igual a la mitad del inicialmente previsto, cuando las necesidades de la Administración así lo exijan. Los proponentes deberán ofertar la TOTALIDAD de los ítems requeridos. Si se detecta la carencia de la propuesta económica de un ítem o se modifican, aumentan, o disminuyen las cantidades de obra, la propuesta se rechazará.

Para establecer las inhabilidades señaladas en el artículo 8° numeral 1 literales g) y h) de la Ley 80 de 1993, al momento de recibir la oferta, se dejará constancia escrita del orden de presentación, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente la presentación. De conformidad con lo establecido en el artículo 8.1.3° del Decreto 734 del 13 de abril de 2012 para efectos de establecer cuando el oferente es inhábil en virtud de los ordinales g) y h) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos ordinales, la entidad dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación.

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De conformidad con las normas de contratación administrativa no procederá la declaratoria de desierta del proceso de selección cuando sólo se presente una propuesta hábil y ésta pueda ser considerada como favorable para la Entidad, de conformidad con los criterios legales de selección objetiva 2.6 VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá tener una vigencia mínima de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de Selección Abreviada – Menor Cuantía. 2.7 DILIGENCIAMIENTO DE LOS ANEXOS Y LOS FORMATOS Todos los anexos y formatos que el pliego de condiciones indique, deben estar completamente diligenciados.

2.8 ADENDAS

Conforme a lo establecido en el artículo 2.2.4 del Decreto 734 de 2012 “Por el cual se reglamenta el Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones”, la Entidad sólo podrá expedir y publicar adendas hasta el

día anterior al cierre del presente proceso de selección.

2.9 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Pueden participar en este proceso de selección quienes no se encuentran incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad contenidas en el artículo 8 (adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, agregando el literal j) al numeral 1 y un inciso al parágrafo1 de la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011 y demás normas legales que disponen sobre la materia. De igual manera estarán inhabilitados para participar aquellas personas que estén incursas en las causales que se señalan en el artículo 4 del Acto Legislativo 01 de 2009, que modificó el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia. La ocurrencia de una causal de inhabilidad o incompatibilidad durante el procedimiento de selección será comunicada por el proponente al día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la misma para que LA ENTIDAD decida si puede o no continuar con el proceso. Si la ocurrencia de la causal ocurre dentro del proceso de adjudicación, o ejecución del objeto del contrato, deberá informarse al día siguiente, para llegar a un acordar la terminación o cesión del contrato 2.10 DILIGENCIA DE APERTURADELASPROPUESTAS: Se llevará a cabo en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situada en la carrera 19 entre calles 14 y 15, piso 1, de la ciudad de Valledupar, de acuerdo a los parámetros establecidos en el presente pliego. El mismo día y hora del cierre del proceso se levantará un acta con la relación de las ofertas, y los participantes o los que estén presentes en el momento, la cual se suscribirá por la Subdirectora del Centro o su delegado y las demás personas que participen en dicha diligencia. 2.11 ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS: Dentro del más estricto respecto por el tratamiento igualitario a los proponentes, el SENA podrá solicitar a todos o cualquiera de ellos, las aclaraciones o informaciones que estime pertinentes, a fin de despejar cualquier punto dudoso, oscuro o equívoco de las

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ofertas. En estos casos, tales respuestas de ninguna manera podrán constituir adición o complemento de la propuesta allegada, de darse esta situación serán inadmisibles. Si el proponente no envía las aclaraciones, explicaciones o soportes requeridos dentro del término concedido para ello, y de lo consignado en la propuesta no es posible aclarar lo solicitado, ni se localiza documento que permita subsanarlo, la oferta será RECHAZADA. 2.12 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA El proponente deberá presentar la totalidad de los documentos que se relacionan a continuación, en el mismo orden en que aquí se indican. 2.13 VERIFICACION DOCUMENTOS JURIDICOS - HABILITANTE – Documentos objeto de verificación: De conformidad con lo previsto en el parágrafo 1º. Numeral 4 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, la ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por la entidad dentro de un término razonable y proporcionado, teniendo como límite máximo un plazo expreso y determinado anterior a la adjudicación, teniendo en cuenta que los términos son preclusivos y perentorios. Con fundamento en lo anterior, y por tratarse de requisitos que no inciden en la comparación y calificación de las propuestas, si el proponente dentro de este término no presenta la información o documentos solicitados, la propuesta se calificará como NO CUMPLE JURIDICAMENTE. Se advierte que durante este término, el proponente no podrá mejorar, completar, adicionar, modificar o estructurar su propuesta. De acuerdo a lo establecido en el inciso final del Art. 2.2.8° del Decreto 734 de 2012, la Entidad no permitirá que se subsane la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso, así como tampoco que se adicione o mejore el contenido de la oferta. En consecuencia, no podrán subsanarse aquellos aspectos que incidan directamente con la capacidad jurídica, financiera y técnica, con la comparación de las propuestas y con los pagos al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. Para los demás casos, podrán ser allegados con fecha posterior al cierre, antes de la adjudicación, dentro del término que para tal efecto establezca EL SENA A continuación se relacionan los documentos que deben ser presentados por el proponente para la verificación de los requisitos habilitantes: 2.13.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Formato No. 1"Carta de Presentación de la Propuesta" y será firmada por el

proponente o su apoderado debidamente facultado con poder, si hubiere lugar a ello. Si la propuesta es presentada por una persona jurídica, en unión temporal o consorcio, deberá venir firmada por el representante legal debidamente facultado en los términos de ley. La presentación de la Carta de presentación de la propuesta firmada por persona distinta a su Representante Legal o a quien estatutariamente tenga la facultad de comprometer al proponente, genera rechazo de plano de la oferta.

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En la carta de presentación de la propuesta, el proponente, persona natural o el representante legal de la Persona Jurídica, tiene la obligación de manifestar bajo la gravedad de juramento, que no se encuentra incurso en alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones establecidas en la Constitución y la Ley. Adicionalmente, ésta manifestación juramentada también debe hacerla respecto de la persona jurídica que representa y respecto de los socios que la conforman.

En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, la manifestación, bajo la gravedad del juramento, de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o en las prohibiciones establecidas en la Constitución Política o en la Ley se hará por cada uno de sus miembros; y si los integrantes son personas jurídicas, debe manifestar que los socios que las conforman, no se encuentran incursos en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad establecida por la Constitución y la Ley. Si el Proponente, persona natural, el Representante Legal o alguno de los socios o todos o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentran incursos en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, la oferta será rechazada. 2.13.2 CERTIFICADO DE INSCRIPCION VIGENTE EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES DE LA CAMARA DE COMERCIO Todo proponente deberá anexar el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio. Este Registro Único de Proponentes, debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria. La inscripción, renovación, actualización o modificación, deberá encontrarse registrada

con fecha anterior al cierre de la presente convocatoria y encontrarse en firme dicho registro, cualquiera que sea la acción realizada. (Art. 221 del Decreto 019 de 2012). En caso que el proponente sea Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes que lo conforme, deberá presentar su correspondiente RUP, en las condiciones señaladas en el presente numeral. Tratándose de personas naturales, corresponderá a las actividades comerciales y/o económicas inscritas ante la Cámara de Comercio del domicilio del comerciante y que se encuentren registradas en el Certificado de Existencia y Representación Legal. Dichas actividades deben circunscribirse al objeto de la presente contratación. Si se trata de personas jurídicas, su capacidad se circunscribirá al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto social. (Artículo 99 Código de Comercio). Si la participación es en forma conjunta, los consorcios o uniones temporales en su conformación deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y demás normas complementarias. En este caso, por lo menos, uno de los consorciados deberá circunscribir su actividad comercial y/o económica al objeto a contratar; los demás deberán acreditar una actividad comercial y/o económica relacionada con dicho objeto. Con la presentación de la oferta, el oferente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que no se encuentra en causales de inhabilidades e incompatibilidades para contratar, señaladas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, en la Constitución Política de Colombia y en la ley.

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Si la actividad comercial y/o actividad económica del oferente persona natural, o el objeto social de la persona jurídica o una de las personas jurídicas que conforman el consorcio o la unión temporal, no se encuentra circunscrito con el objeto a contratar, la oferta será rechazada. 2.13.3 DOCUMENTOS JURÍDICOS QUE DEMUESTRAN LA CAPACIDAD JURÍDICA Los oferentes presentarán con su oferta los siguientes documentos: - Certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición no superior

a 30 días, contados retroactivamente con la fecha de cierre del presente proceso, para personas jurídicas y naturales inscritas ante Cámara de Comercio.

- El proponente debe haberse constituido ante Cámara de Comercio con antelación mínima de DOS (2) AÑOS, contados retroactivamente con la fecha de cierre del proceso, conforme al régimen legal aplicable y de acuerdo con el tipo de sociedad y deben encontrarse vigentes a la fecha de presentación de la oferta

- En caso de que el proponente sea consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros que lo conforme deberá presentar su correspondiente certificado de existencia y representación legal, en las mismas condiciones antes señaladas.

- De conformidad con el Art. 6 de la Ley 80 de 1993, las personas jurídicas para suscribir el respectivo contrato, deberán acreditar que su duración no es inferior al plazo del contrato y un (1) año más, contado a partir de su suscripción

- La matrícula mercantil deberá encontrarse renovada para la vigencia 2012, al momento de presentación de la propuesta.

- El Sena, en cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 515 y S.S del Código de Comercio se reserva el derecho de verificar mediante Inspección Ocular la existencia del Establecimiento de Comercio y el cumplimiento de dichos requisitos, so pena de RECHAZO de la respectiva oferta

La capacidad jurídica debe ostentarse al momento de presentar a correspondiente oferta; por lo tanto, la no presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal junto con la propuesta es causal de RECHAZO, en tanto que la capacidad jurídica es un requisito no subsanable y se demuestra a través del precitado documento 2.13.4 AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR

En caso de que el representante legal de la persona jurídica, conforme a sus estatutos, no tenga facultad para contratar, deberá presentar copia del acta en la que conste la respectiva autorización otorgada por el órgano social competente. Igual facultad deberán acreditar los representantes legales de las personas jurídicas que 2.13.5 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O UNION TEMPORAL

Los Consorcios o Uniones Temporales podrán estar compuestos por personas naturales y/o jurídicas de conformidad con el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y, además cumplir con los siguientes requisitos: a. Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal y, en el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del SENA. b. El Consorcio o Unión Temporal debe tener una vigencia igual a la del contrato y un (1) año más. c. Los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal deberán presentar el documento de constitución, el cual deberá expresar claramente su conformación, las

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reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, e igualmente su deseo de participar en la presentación conjunta de la propuesta y de suscribir el contrato. A su vez, designarán a la persona que actuará como representante del Consorcio o de la Unión Temporal. De conformidad con lo anterior el documento constitutivo de Consorcio o Unión Temporal, para dar cumplimiento de lo establecido en el artículo 7o. de la ley 80 de 1993, deberá contener como mínimo: a- Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.

b- Designar la persona, que para todos los efectos, representará el Consorcio o la Unión Temporal.

c- Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o la Unión Temporal y sus respectivas responsabilidades. d- Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la Unión Temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del SENA.

e- Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la duración del contrato y un año más.

f- Deberá indicar que éste no podrá, en ningún caso, haber cesión del contrato entre quienes integran el Consorcio o la Unión Temporal. g- Si los miembros del Consorcio o la Unión Temporal o alguno de ellos, es persona jurídica, debe adjuntar a la propuesta el certificado de existencia y representación legal, atendiendo lo exigido para estos documentos en el presente pliego de condiciones. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución y para efectos del pago, de resultar favorecido con el presente proceso, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, la unión temporal o el consorcio, debe remitir el NIT correspondiente y además deben señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos. En caso de requerirse aclaraciones sobre los términos consignados en el documento de conformación del consorcio o unión temporal, el Centro las solicitará. 2.13.6 CUMPLIMIENTO DE PAGOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, PARAFISCALES Y CUOTA DE APRENDICES: De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, para acreditar el cumplimiento del presente requisito, el oferente deberá presentar las siguientes certificaciones:

Cumplimiento de sus obligaciones con el sistema de seguridad social en salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, si a ello hubiere lugar. Se deberá acreditar el pago de los aportes de los empleados, a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal. Si el proponente no se encuentra obligado a cumplir con la cuota de aprendizaje, también deberá manifestarlo en dicha certificación.

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Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá presentar los documentos anteriormente relacionados.

En tratándose de personas naturales, éstas deberán aportar certificación suscrita por la persona natural, en la cual se manifieste que se encuentra al día en los pagos al sistema de seguridad social integral y parafiscales, si a ello hubiere lugar.

Para el caso del SENA, es obligación encontrarse al día en el pago de los aportes parafiscales, el cumplimiento de la cuota de aprendices y pago de multas impuestas por la entidad y por el Ministerio de la Protección Social. En el evento en que se encuentre en mora por cualquiera de estos conceptos, la oferta será evaluada como NO CUMPLE JURIDICAMENTE. En cumplimiento de lo establecido en el Art. 23 de la Ley 1150 de 2007, el proponente, deberá aportar junto con la presente certificación, copia de la última planilla de pago al sistema de Seguridad Social Integral. El SENA se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información suministrada; de encontrarse falsedad en la información, la oferta será objeto de rechazo. Por tratarse de un mandato legal, para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los participantes deberá acreditar el

documento solicitado. Se sugiere diligenciar el ANEXO No. 6 del presente pliego 2.13.7 CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE APRENDIZAJE Se deberá acreditar encontrarse paz y salvo del cumplimiento sobre el Contrato de Aprendizaje, mediante certificación expedida por Revisor Fiscal, cuando este exista y en caso contrario, por el Representante Legal. En el evento de no encontrarse obligado con la contratación de aprendices deberá manifestarlo por escrito. Acorde a lo establecido en la Resolución interna No. 002090 del 26 de Octubre/05: “En el caso de personas naturales, en el evento de no estar obligada al pago de aportes parafiscales o contratación de aprendices, lo certificará mediante la presentación de una declaración juramentada, donde se manifieste dicha circunstancia”. 2.13.8 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA

A la propuesta deberá anexarse el original de la correspondiente póliza debidamente firmada por el proponente con la siguiente información: BENEFICIARIO: Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situada en la carrera 19 entre calles 14 y 15, piso 1, de la ciudad de Valledupar AFIANZADO: El Oferente VIGENCIA: Tres (3) meses, a partir de la presentación de la propuesta. En todo caso, su vigencia deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual CUANTÍA: Diez (10%) del valor total del presupuesto oficial. Esta garantía, debe ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. De conformidad con lo establecido en el numeral 5.1.4.1° del artículo 5.1.4° del Decreto 734 de 2012, la garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:

seleccionado.

a no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o

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cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.

cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.

erta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.

Mipymes para limitar la convocatoria de un proceso contractual sin cumplir los requisitos establecidos en la normativa para tener tal condición. De acuerdo con lo estipulado en el numeral 5.1.7.1° del artículo 5.1.7° del Decreto 734 de 2012, la no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última. 13

NOTA: En caso de que el proponente presente como mecanismo de cobertura del riesgo otra clase de garantía, de conformidad con el artículo 5.1.3° del Decreto 734 de 2012, esta deberá cumplir con los requisitos estipulados para cada una de ellas en la mencionada reglamentación, además de cumplir con la información mínima requerida en el presente numeral Cualquier error o imprecisión en el texto de la póliza, será susceptible de aclaración. El SENA señalará un término para corregir, si vencido el plazo no se presentan las correcciones la oferta será objeto de RECHAZO. 2.13.9 Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o de la persona natural o de los miembros del consorcio o unión temporal vigente conforme el Decreto 4969 del 23 de julio de 2009. 2.13.10 Verificación por parte de la Entidad de antecedentes judiciales, disciplinarios y fiscales. EL SENA a través de la Unidad de Contratación, verificará internamente que los proponentes no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales, Procuraduría General de la Nación (Antecedentes Disciplinarios) y la Policía Nacional (Antecedentes Judiciales). El registro de esta verificación se insertará en el expediente. 2.13.11 Certificación expedida por una Entidad Financiera, donde conste el número de la cuenta de ahorros o corriente a nombre del proponente y su vigencia. 2.13.12 CERTIFICACIÓN MULTAS Y SANCIONES CONTRACTUALES El proponente, persona natural, persona jurídica deberá acreditar mediante escrito presentado bajo la gravedad de juramento que él, y los socios que las conforman, no han tenido sanciones ni multas contractuales en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. En caso de Consorcio o Unión Temporal, este documento deberá diligenciarse para cada uno de sus integrantes.

12.13.13 RECIPROCIDAD La RECIPROCIDAD aplica para aquellos proponentes e integrantes de consorcios o uniones temporales EXTRANJEROS que deseen el tratamiento de proponente nacional para el presente proceso.

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Las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten propuesta, recibirán el mismo tratamiento que los nacionales, siempre y cuando se de cumplimiento a lo establecido en el Artículo 4.2.6° del Decreto 734 de 2012 que establece: “(…) a) Que Colombia haya negociado trato nacional en materia de compras estatales con dicho país. b) Que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas, reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales” Teniendo en cuenta lo anterior EL PROPONENTE deberá acreditar ALGUNA de las siguientes circunstancias: 1. Que existe negociación de trato nacional en materia de compras públicas, ADJUNTANDO CON SU PROPUESTA la certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual deberá contener lo siguiente:

ón de la certificación.

selección al cual va dirigido

2. En ausencia de negociación de trato nacional, EL PROPONENTE DEBERÁ ADJUNTAR la certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la cual se indique si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad. NOTA: Cuando EL PROPONENTE no adjunte la certificación establecida en este numeral, la Entidad procederá a revisar en el Secop la publicación de la certificación correspondiente realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En todo caso, la inexistencia del acuerdo, convenio, tratado o certificaciones, no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de la propuesta. 2.14 DOCUMENTOS DE CONTENIDO TECNICO a. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE El proponente deberá presentar dos (02) certificaciones de contratos ejecutados con entidades públicas o privadas, dentro de los dos (2) años anteriores al presente proceso, contados retroactivamente con la fecha de cierre de la convocatoria, con igual o similar objeto a contratar, y el valor de las mismas, ya sea de manera individual o la suma de éstas, sea igual o superior al presupuesto oficial asignado por la entidad para el presente proceso. En caso que se aporten más de dos certificaciones de experiencia, sólo se tendrán en cuenta las dos (2) primeras que se encuentren en la respectiva propuesta, en el orden consecutivo que ésta lleve.

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En el evento en el que el proponente no obtenga certificación por parte del contratante de los contratos ejecutados, podrá acreditar experiencia mediante copia legible del contrato y/o acta de liquidación respectiva, que contengan toda la información relacionada en los requisitos necesarios para acreditación de la experiencia.

Cuando se presente un Consorcio o Unión Temporal, la experiencia se evaluará proporcionalmente al grado de participación de cada uno de sus integrantes, siempre y cuando su participación sea inferior al 50%; en el caso de que uno de los participantes del consorcio o unión temporal supere este porcentaje, se tomara el 100% de la experiencia de éste La propuesta que no cumpla con este mínimo requerido será rechazada b. REGISTRO UNIDO DE PROPONENTES RUP:

El proponente, persona natural, persona jurídica, consorcio o unión temporal, deberá acompañar con su propuesta, el Certificado de Inscripción, Clasificación y

Calificación Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio. Este Registro Único de Proponentes, debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la licitación. Los oferentes deberán acreditar mediante el certificado pertinente, que se encuentran inscritos en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, tal como se

detalla a continuación:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD

GRUPO

03-PROVEEDORES

26- SERVICIO DE

TRANSPORTE

07- TRANSPORTE TERRESTRE DE

PASAJEROS En caso de que el proponente o el consorcio o unión temporal no cumplan con la inscripción en la actividad, especialidad y grupos exigidos en el presente pliego, según el grupo para el cual presenta oferta, a la fecha de cierre de la presente licitación pública su propuesta será RECHAZADA.

2.15 DOCUMENTOS DE CONTENIDO ECONOMICO OFERTA ECONÓMICA DETALLADA: La oferta técnica deberá presentarse de manera precisa y detallada, de acuerdo con los requerimientos indicados a continuación.

ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANT VALOR

UNITARIO VALOR TOTAL

IVA VALOR TOTAL + IVA

Si el proponente no presenta la totalidad de las especificaciones técnicas señaladas en el presente numeral, la propuesta será evaluada como NO HABILITADA TECNICAMENTE 2.16 CAPACIDAD FINANCIERA Para efectos de la verificación financiera y de acuerdo al deber legal de llevar contabilidad, el proponente deberá adjuntar con su propuesta los siguientes documentos:

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Cada uno de los proponentes deberá presentar los siguientes documentos de carácter financiero: 2.16.1 El proponente deberá presentar copia del R.U.P. actualizado para tomar de allí el contenido de la información financiera con corte a diciembre 31 de 2012 Teniendo en cuenta que el valor del presupuesto disponible supera los 100 salarios mínimos legales vigentes.

2.16.2 Copia Declaración Tributaria del Impuesto de Renta y Complementarios

El proponente deberá anexar fotocopia legible de la Declaración Tributaria del Impuesto a la Renta y Complementarios del año gravable 2011. Según el decreto reglamentario 2634 del 17 de dic-2012, a partir del 9 de abril de 2013; existe la obligatoriedad de declarar renta, para las personas JURIDICAS, no grandes contribuyentes NOTA: Para el caso de las propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá allegar la misma documentación requerida en el presente pliego de condiciones.

Luego de la verificación de los documentos financieros solicitados en el numeral 2.16.1, a 2.16.2 el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, no otorga asignación de puntaje; pero calculara los siguientes indicadores financieros y comprobara el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación; en caso de incumplir alguno, la propuesta se calificara NO CUMPLE FINANCIERAMENTE

2.16.3 ESTUDIO DE LA CAPACIDAD FINANCIERA: La Evaluación Financiera de las propuestas se efectuará sobre los documentos de contenido financiero de acuerdo con las exigencias y requisitos establecidos en el numeral 2 . 1 6 . 1 a 2 . 1 6 . 2 del pliego de la Convocatoria.

En caso de que la propuesta sea presentada por una Unión Temporal, para su evaluación se consolidarán los Estados Financieros contenidos en el R.U.P.de sus integrantes, en forma proporcional a su porcentaje de participación en ésta. Si es presentada por un Consorcio, los Estados Financieros de sus integrantes se consolidarán sumándolos. Los documentos financieros podrán ser aclarados dentro del término de evaluación, siempre que sean de carácter subsanable.

La capacidad financiera se determinará con base en las cifras del Balance General y Estado de Resultados al 31 de diciembre de 2010 contenidos en el R.U.P. verificando el cumplimiento de los siguientes indicadores:

2.16.3.1 CAPITAL DE TRABAJO: El Capital de Trabajo (CT) que debe demostrar el proponente debe ser igual o mayor de 100% del valor del Presupuesto Oficial. Se determina restando del Activo Corriente (AC) el Pasivo Corriente (PC), y se expresa en términos porcentuales o por su equivalente en cifras absolutas según la siguiente fórmula:

Capital de Trabajo (CT) = Activo Corriente (AC) – Pasivo Corriente (PC) = ó >100% del Valor

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Presupuesto Oficial (VPO). Teniendo en cuenta la cuantía, debe quedar igual 2.16.3.2 NIVEL DE ENDEUDAMIENTO: El nivel de endeudamiento total (NET) que debe demostrar el proponente debe ser igual o menor de 50% de sus activos totales (AT). Se determina dividiendo el Pasivo Total (PT) entre el Activo Total (AT), y se expresa en términos porcentuales según la siguiente fórmula:

Nivel de Endeudamiento Total (NET) = PASIVO TOTAL x 100 = ó < 50% ACTIVO TOTAL Teniendo en cuenta la cuantía puede tener este porcentaje en cuanto al nivel de endeudamiento 2.16.3.3 INDICE PATRIMONIAL La relación patrimonial, permite determinar la garantía o respaldo que ofrece el Patrimonio del proponente en relación con el presupuesto oficial de la Convocatoria; se determina dividiendo el valor del Patrimonio del Proponente (PTR) en el Valor del Presupuesto Oficial (VPO); el índice debe ser igual o superior a (1) uno. La fórmula para su cálculo es:

Índice Patrimonial = Patrimonio del Proponente (PTR) / Valor del Presupuesto Oficial (VPO) = ó > a uno.

2.16.3.4 La propuesta será declarada NO CUMPLE FINANCIERAMENTE en los siguientes casos: -La información financiera a diciembre 31 de 2010 contenida en el R.U.P. y los demás documentos indicados en los numerales 2 . 1 6 . 1 a 2 . 1 6 . 2 deben presentarse al cierre de la convocatoria con el cumplimiento de los requisitos de ley o reglamento y son subsanables de oficio o a solicitud de la entidad. Sin embargo, cuando definitivamente no se subsane la documentación y requisitos de carácter financiero, la propuesta será declarada “NO CUMPLE FINANCIERAMENTE”.

-El no cumplimiento del valor mínimo establecido por la Entidad en cada uno de los tres indicadores financieros señalados en el numeral 2 . 7 . 3 . 1 a 2 . 7 . 3 . 3 del pliego: Capital de Trabajo, Nivel de Endeudamiento e Índice Patrimonial. Para la evaluación de este numeral se aplicará lo dispuesto en el numeral 2.7.3 del presente pliego de condiciones. Este análisis no da lugar a puntaje alguno, pero su incumplimiento definitivo en todo o en algunos de los aspectos, en los términos del mismo numeral, conllevará a que la propuesta esté incursa en causal de rechazo. 2.17 CAUSALES DE RECHAZO Será causa suficiente para RECHAZAR una propuesta la ocurrencia de cualquiera de los siguientes eventos: 1. El proponente (persona natural, persona jurídica - consorcio o unión temporal) se

encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar, establecidas en la Constitución y las contempladas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993.

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Esta inhabilidades e incompatibilidades se extenderá a los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado inhabilidad por incumplimiento reiterado – Art. 90 Ley 1474 de 2011-, así como las sociedades de personas de los que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria

2. La propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse, o que no cumplan todas las calidades exigidas.

3. La no presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal junto con la propuesta, en tanto que la capacidad jurídica es un requisito no subsanable y se demuestra a través del precitado documento

4. Logre demostrarse que existen varias propuestas presentadas por el mismo proponente para el proceso licitatorio, por si o por interpuesta persona. Artículo 8.1.3° Decreto 734 de 2012: De las personas inhabilitadas por razón de la presentación de otras ofertas. Para efectos de establecer cuando el oferente es inhábil en virtud de los ordinales g) y h) del numeral 1° del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos ordinales, las entidades estatales dejarán constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación. Si de acuerdo con los pliegos la propuesta hubiere sido enviada por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos

5. Cuando el representante legal del consorcio o unión temporal exceda las limitaciones que se le hayan impuesto en el acuerdo de integración, o cuando éste no se encuentre debidamente autorizado para la presentación de la propuesta, adjudicación, celebración y ejecución del contrato.

6. Si de conformidad con el Certificado de la Cámara de Comercio o la entidad competente, o con los estatutos de la persona jurídica, se determina que su duración no es igual a la del plazo para la ejecución del contrato y un (1) años más, y cuando en este mismo el objeto de la empresa no se encuentre relacionado con el objeto de la presente contratación.

7. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente en la fecha, lugar y hora indicados en el Anexo No. 01 – Cronograma del Proceso.

8. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad, o condicionada para la adjudicación.

9. Cuando la Garantía de Seriedad de la propuesta no se entregue con la propuesta al cierre del presente proceso o que habiéndola presentado, no se subsane dentro del término que establezca la Entidad.

10. Se rechazarán propuestas económicas expresadas en dólares u otra moneda diferente al peso colombiano

11. Cuando la propuesta supere el valor del presupuesto oficial

12. Cuando los documentos presentados por el proponente contengan información que de cualquier manera no corresponda a la realidad, caso en el cual se iniciaran las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar

13. Cuando el valor de la propuesta resulte artificialmente bajo, y analizadas las explicaciones del proponente, se considere con fundamentos objetivos y razonables que esa propuesta económica pone en riesgo el proceso y el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de resultar favorecida con la adjudicación y no se soporte el valor ofrecido por el proponente, conforme lo establecido en el artículo 2.2.10 del Decreto 734 de 2012

14. Cuando la cualquier actualización, renovación o cualquier otra modificación contenida en el RUP no se encuentre en firme

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15. No cumplir con las condiciones financieras mínimas señaladas 16. Cuando no subsane correctamente y dentro del término fijado, la información o

documentación solicitada por el SENA. 17. Si el oferente se encuentra en mora en el pago de sus obligaciones al Sistema de

Seguridad Social Integral y Parafiscales o registra saldos insolutos en el aplicativo de cartera de la Entidad

18. La presentación de la Carta de presentación de la propuesta firmada por persona distinta a su Representante Legal o a quien estatutariamente no tenga la facultad de comprometer al proponente o no cuente con la autorización debidamente otorgada.

19. Cuando el proponente o sus socios tratándose de personas jurídicas, se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades señaladas en el Art. 90 de la Ley 1474 de 2011 (INHABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO REITERADO)

20. Cuando la oferta económica no incluya todos los componentes y/o costos del servicio solicitado, o excluya del anexo algún ítem de los exigido en la oferta económica

21. Cuando el proponente no atienda los requerimientos realizados por la Entidad, en los términos que ésta establezca

22. El proponente ofertará la TOTALIDAD de los ítems requeridos. Si se detecta la carencia de la propuesta económica de un ítem o se modifican, aumentan o disminuyen las cantidades a contratar, la propuesta se rechazará

23. Cualquier otra causal establecida por la ley y la Constitución Política y en el presente pliegos de condiciones.

2.18 ANALISIS Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Si la propuesta cumple con los requisitos habilitantes exigidos en el presente pliego de condiciones, quedará habilitada para ser evaluada y calificada técnica y económicamente de acuerdo con los parámetros establecidos en el pliego de condiciones. El plazo para realizar la evaluación de las propuestas es el establecido en el Anexo 1. – Cronograma del Proceso. En caso de ambigüedad o imprecisión en el contenido de la propuesta presentada, la Entidad podrá solicitar al proponente las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables para su comparación, en tal caso el plazo para obtener la respuesta por parte del oferente será el indicado en la solicitud. La información aquí solicitada no podrá ser utilizada por el proponente sino para aclarar los aspectos requeridos. NO SE ADMITIRAN MODIFICACIONES, ADICIONES O MEJORAS A LA PROPUESTA. 2.19 COMITE EVALUADOR Atendiendo lo dispuesto en el parágrafo 2 del Artículo 2.2.9° del Decreto 734 de 2012, el Centro de Operación y Mantenimiento Minero de la Regional Cesar través de la Subdirectora, procederá a designar un comité evaluador conformado por servidores públicos, con el apoyo del personal contratista si es del caso, para que según su especialidad evalúe de manera objetiva las propuestas presentadas. El Comité evaluador deberá ceñirse exclusivamente a las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y la Ley. Si llegare a considerarlo necesario, el SENA podrá solicitar el apoyo de particulares o de otras entidades en el proceso de evaluación de las propuestas. Una vez estudiadas y calificadas las propuestas por los comités evaluadores éstos presentaran los informes correspondientes al Comité de Licitaciones y Compras quien lo consolidará y presentará el informe final al Subdirector del Centro, en el cual recomienda que se adjudique o declare desierta la convocatoria.

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2.20 PLAZO PARA ADJUDICAR El Centro de Operación y Mantenimiento Minero de la Regional Cesar, dispone hasta el día y hora establecida en el Cronograma del proceso - Anexo No.1 para seleccionar la oferta más favorable para la entidad, a la cual se le adjudicará el contrato para que desarrolle el objeto de este proceso. Si el adjudicatario no suscribe el correspondiente contrato dentro del término que haya señalado, quedará a favor del SENA, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía. En este evento, EL SENA, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad. 2.21 DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO El Centro de Operación y Mantenimiento Minero de la Regional Cesar, podrá declarar desierto el presente proceso por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta. La declaratoria de desierta se efectuará dentro del mismo término de adjudicación, mediante acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a tal decisión y se sujetarán a lo establecido en el numeral 18, artículo 25, de la Ley 80 de 1993. 2.22 ADJUDICACION CON OFERTA UNICA Conforme a lo señalado en el Art. 8.1.12 del Decreto 734 de 2012, sin perjuicio de las disposiciones especiales en materia de subasta inversa, concurso de méritos y las reglas particulares para los procesos con convocatoria limitada a las Mipymes, la entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una propuesta, y esta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, y siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en el pliego de condiciones 2.23 PLAZOS DEL PROCESO CONTRACTUAL. Salvo lo previsto expresamente para cada caso en la ley y en el decreto 734 de 2012, todos los plazos del proceso contractual hasta la firma del contrato serán establecidos en el Pliego de Condiciones, y podrán ser prorrogados antes de su vencimiento, hasta la mitad del inicialmente previsto, cuando las necesidades de la Administración así lo exijan. Cuando se trate del término de expedición de adendas, se observará lo dispuesto en el artículo 2.2.4 del presente decreto. Si El SENA establece que el plazo para la verificación y evaluación de las ofertas previsto originalmente en el pliego de condiciones no garantiza el deber de selección objetiva, podrá prorrogarlo antes de su vencimiento, determinando un nuevo plazo que no podrá exceder del término inicialmente definido. La Subdirectora del Centro o su Delegado motivarán el acto de trámite contentivo de la modificación. Esta facultad no podrá ser utilizada con desviación de poder ni con violación de las reglas establecidas en los numerales 10. y 40. del artículo 25 de la Ley 80 de 1993.

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CAPITULO III

3. CRITERIOS DE COMPARACIÓN DE OFERTAS, VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.

Con fundamento en el artículo 2.2.9° del Decreto 734 de 2012, en concordancia con el Articulo 88 de la Ley 1474 de 2011 y el Art. 5 de la Ley 1150 de 2007, “la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar la siguiente alternativa: La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes ó Fórmulas señaladas en el pliego de condiciones. 3.1 REQUISITOS HABILITANTES: La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, y la capacidad financiera y técnicas serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. La exigencia de tales condiciones será adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y su valor. Para la verificación de los requisitos habilitantes se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos legales mínimos establecidos en el pliego de condiciones, y el cumplimiento en la presentación de los documentos y acreditaciones exigidas; su incumplimiento y no subsanación dentro del término que establezca la Entidad, acarreará el RECHAZO de la propuesta. Igualmente, se evaluará la información aportada con las propuestas en su coherencia legal y reglamentaria. Se verificará que las propuestas no estén incursas en las causales de rechazo contenidas en el pliego de condiciones. Tan solo seguirán siendo hábiles aquellas propuestas que cumplan con dichos requisitos, las demás serán eliminadas. Las propuestas ADMITIDAS luego de la verificación de los requisitos habilitantes serán evaluadas en el aspecto técnico y económico. 3.2 FACTORES DE PONDERACION

Se procederá bajo condiciones de igualdad a los proponentes y la oferta más ventajosa para la Entidad será la que resulte de aplicar la siguiente fórmula: - La ponderación de los elementos de calidad y precio, soportados en puntajes o fórmulas que señale el pliego de condiciones. (Literal a, numeral 3, articulo 2.2.9° del Decreto 734 de 2012). 3.3 PONDERACION DE LAS PROPUESTAS De conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, las ofertas serán analizadas, evaluadas y calificadas por el SENA, con base en la información suministrada por el oferente en cumplimiento del pliego de condiciones. Para la selección objetiva de la oferta más favorable para la Entidad, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos habilitantes y la ponderación de la valoración técnica y la económica las cuales se deberán soportar en los puntajes y fórmulas que se describen a continuación: La selección del oferente será objetiva y en el análisis comparativo para adjudicar la Convocatoria Pública, se otorgarán mil puntos (1.000) considerando los siguientes aspectos:

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ITEM FACTOR PUNTAJE MAXIMO 1 Factor Técnico 400 puntos 2 Factor Económico 600 puntos

TOTAL PUNTAJE 1.000 PUNTOS

3.3.1 FACTOR TECNICO (400 puntos):

La propuesta para ser evaluada técnicamente debe ofrecer un número mínimo de seis (6) vehículos tipo bus, con capacidad para treinta y dos (32) pasajeros todos sentados, correspondientes a modelos 2005 en adelante. Cada vehículo deberá poseer su correspondiente Tarjeta de Operación, SOAT vigente y cumplir con las especificaciones propias de los vehículos que prestan este tipo de servicio. Se deberá diligenciar el Formato del Anexo 4- Relación de Vehículos disponibles para la prestación del servicio de transporte terrestre.

MODELO DE VEHICULOS (300 Puntos)

Se tendrá en cuenta el número de vehículos y años en servicios que puedan ofertar, así: Proponente que ofrece como mínimo vehículos modelos entre el 2011 y 2012 300 puntos Proponente que ofrece como mínimo vehículos modelos entre el 2009 y 2010 200 puntos Proponente que ofrece como mínimo vehículos modelos entre 2006 y 2008 100 puntos Si el proponente no ofrece el mínimo de vehículos requeridos, en cualquiera de los rangos anteriormente establecidos, la propuesta se evalúa como NO CUMPLE TECNICAMENTE

NUMERO DE VEHICULOS ADICIONALES DISPONIBLES PUNTAJE (100 puntos)

El proponente que presente mínimo 8 vehículos (Buses) disponibles y con capacidad superior a treinta y dos (32) pasajeros (Modelos no inferiores al año 2006) 100 puntos El proponente que presente entre 1 y 6 vehículos (Buses) disponibles y con capacidad de treinta y dos (32) pasajeros. (Modelos no inferiores al año 2006) 50 puntos 3.3.2 FACTOR ECONOMICO (600 puntos): La propuesta económica debe ser igual o inferior al presupuesto oficial de la presente contratación, correspondiente a la suma de SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS PESOS ($69.974.922), Incluido IVA y demás impuestos a cargo del contratista. Las propuestas serán evaluadas teniendo en cuenta al oferente que presente el valor más económico. EL PROPONENTE deberá presentar su oferta por el sistema de precios unitarios de acuerdo a lo descrito en el numeral 1.4, teniendo en cuenta que en dichos precios unitarios se encuentran comprendidos todos los costos directos e indirectos que se generan por la contratación.

El aspecto económico será evaluado, teniendo en cuenta que recibirá el mayor puntaje quien ofrezca el menor precio, l os demás oferentes obtendrán un puntaje proporcional descendente, de acuerdo con el resultado que se obtenga al practicar

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una regla de tres simple inversa, es decir, mayor precio, menor puntaje. Para la respectiva evaluación económica se utilizará la siguiente fórmula:

En donde: P: Puntaje para el factor precio Pm: Valor propuesta de menor valor Pi: Valor propuesta comparada

600: Puntaje asignado a la propuesta que presente el menor precio

3.3 CRITERIOS DE DESEMPATE Entre las propuestas que superen el proceso evaluativo se seleccionará la propuesta con el mayor puntaje, siempre que sea más favorable para la entidad, siguiendo en caso de empate, lo establecido en el artículo 4.2.5° del Decreto 734 de 2012, aplicando criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes: 1. En caso de existir empate entre dos o más propuestas tendrá preferencia la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación económica. 2. De persistir el empate, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en la parte técnica. 3. En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. 4. Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Mipymes, se preferirá a la Mipymes nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales. 5.Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipymes, éste se preferirá. 6. Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación. 7. En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás. 8. Si persiste el empate, se procederá a seleccionar al adjudicatario mediante la extracción de balotas depositadas en un talego, debidamente numeradas, y ganará quién saque la balota con el mayor número. Es entendido que los parámetros sucesivos de desempate solo serán utilizados en el evento en que el anterior criterio no haya logrado superar el empate entre los proponentes.

P=

Pm x 600

Pi

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NOTA: En cualquier caso los factores de desempate contenidos en el presente pliego se aplicarán de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 1 de la Ley 816 de 2003. Al efecto, los bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga compromisos comerciales internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras estatales, o de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán ser tratados en el marco de los criterios de desempate como si fueren bienes o servicios nacionales colombianos

ESPACIO EN BLANCO

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CAPITULO IV 4. DE LA CONTRATACIÓN 4.1 ADJUDICACIÓN: La adjudicación se realizará, mediante resolución motivada que se entenderá notificado en la forma establecida en la Ley de contratación. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la Entidad y al adjudicatario y no será susceptible de recurso alguno por la vía gubernativa. 4.2 Presupuesto Oficial: El presupuesto oficial asignado por la entidad para la presente contratación corresponde a la suma de SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS PESOS ($69.974.922), Incluido IVA y demás impuestos a cargo del contratista. Serán por cuenta del Contratista todos los gastos, impuestos, legalizaciones, fletes, tasas y contribuciones derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como el valor de la prima de la garantía única y sus modificaciones.

4.3 FORMA DE PAGO: El SENA pagara al CONTRATISTA por mensualidades vencidas, de acuerdo al número de recorridos realizados, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: POR PARTE DEL CONTRATISTA. Presentación de los informes mensuales respecto de los recorridos realizados durante el periodo a cancelar, Presentación de la factura de Venta, Acreditación de encontrarse al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “ICBF” y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, mediante la presentación de la certificación expedida por el revisor fiscal cuando exista acompañada de las planillas de pago respectivas. POR PARTE DEL SENA el informe de supervisión suscrito por parte del Supervisor del contrato. DEL DERECHO DE TURNO: Según lo señalado en el Art. 19 de la Ley 1150 de 2007, EL SENA respetará el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. No obstante, si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna por parte del SENA. El pago al que se obliga EL SENA por el presente acto, queda subordinado a la aprobación del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC). . Recursos: La presente contratación se ampara con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2213 de fecha 23 de Enero de 2013 Rubro: C-310-704-207-0-2042186 GASTOS BIENESTAR ALUMNOS. 4.4 PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONTRATO El plazo de ejecución del presente contrato corresponde a CUATRO (04) MESES y VEINTICUATRO (24) DIAS CALENDARIO, contados a partir de la suscripción del Acta de inicio de Actividades, previa aprobación de la póliza. El contrato estará vigente desde la fecha en que se cumplan los requisitos de ejecución y cubrirá el término previsto para el cumplimiento de los requisitos de ejecución, el plazo para su ejecución y el término de liquidación pactado por las partes.

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El plazo para la ejecución del contrato no estará sujeto a ampliaciones, salvo que sobrevengan hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito que a juicio del SENA se requiera. Si el contratista se retrasa en la programación por causas que le sean atribuibles, EL SENA podrá ampliar el plazo para la ejecución del contrato por el término que estime razonable, sin perjuicio de que se apliquen las multas contractualmente pactadas. En este caso, el Contratista debe asumir los mayores costos que se causen durante la ampliación e indemnizar los perjuicios que ocasione al SENA. En los casos de ampliación del plazo se deberá suscribir una prórroga. En estos eventos, deberá ampliarse la vigencia de las garantías por el término y bajo las condiciones señaladas en el Contrato adicional y previo el cumplimiento de los mismos requisitos de legalización, estipulados en el contrato principal. 4 .5 GARANTÍAS Se analizaron los riesgos que deben ampararse en cada una de las etapas del proceso de contratación observando el objeto, la naturaleza y cuantía a contratar, quedando de la siguiente manera los amparos ETAPARA PRECONTRACTUAL:

a) GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA (a cargo del oferente): La garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos previstos en el artículo 5.1.4.1 del Decreto 734 de 2012, en tal sentido el oferente deberá constituir póliza de seriedad de la oferta conforme los requerimientos que se describen a continuación , la cual deberá presentar en forma simultánea con la propuesta:

1. BENEFICIARIO

Centro de Operación Y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar- NIT. 899.999.034-1

Dirección del Asegurado/Beneficiario: Carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar, Cesar, Colombia

Teléfono: 57+5+5703366

2. AFIANZADO:

A nombre del Oferente, en caso de ser una Unión Temporal o Consorcio el beneficiario/afianzado se hará a nombre de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o del Consorcio.

3. VIGENCIA: La vigencia será de sesenta (60) días calendario, a partir de la fecha de cierre del presente proceso. En caso de prorrogarse el plazo del presente proceso de selección, el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale el SENA

4. CUANTÍA: La garantía deberá constituirse por el diez (10%) del valor total del presupuesto oficial. La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva si el adjudicatario no firma el contrato o no entrega la garantía única prevista en el numeral 19 del artículo 25 de la

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Ley 80 de 1993. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el clausulado de las pólizas o en la Ley aplicable. En aplicación a lo dispuesto en el inciso 3 del numeral 19 del Art. 25 de la Ley 80 de 1993, y tratándose de pólizas, no expirarán por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el contrato, EL SENA exigirá al oferente clasificado en segundo lugar la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta el perfeccionamiento del contrato y así sucesivamente a los demás oferentes, siempre y cuando su oferta sea favorable para EL SENA, conforme a lo previsto en el pliego de condiciones.

ETAPA CONTRACTUAL El CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del SENA una garantía para amparar el contrato, en cualquiera de las modalidades señaladas por el Artículo 5.1.3 del Decreto 734 de 2012, a través de una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, el amparo de los siguientes riesgos:

a) Cumplimiento del contrato, Por un monto que ampare el 10% del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado

b) Calidad del servicio prestado: Por una suma correspondiente al 50% del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo y seis (06) meses más. El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato.

c) Pago de salarios prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato con vigencia por el plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más.

El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen

como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado

para la ejecución del contrato amparado en el territorio nacional.

En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Titulo V del Decreto 734 de 2012. Tales garantías deberán constituirse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato. El CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, el CONTRATISTA deberá solicitar a la

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compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los cinco (05) días calendario, siguientes a la firma del acta. Estas garantías deberán ser constituidas por el proponente a su costo, y debe contener, entre otros, la siguiente información:

Asegurado/Beneficiario: Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar- NIT. 899.999.034-1

Dirección del Asegurado/Beneficiario: Carrera 19 entre calles 14 y 15 de la

ciudad de Valledupar, Cesar, Colombia

Teléfono: 57+5+5703366

Tomador/Afianzado: La garantía deberá tomarse con el nombre o razón

social del adjudicatario, que figura en el Certificado de Existencia y

Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando el adjudicatario sea un consorcio o unión temporal, la póliza deberá constituirse a nombre de todos y cada uno sus integrantes, y no a nombre de los representantes legales, ni a nombre del consorcio o unión temporal.

Las garantías deben presentarse suscritas por el representante legal del

contratista, es decir, por el Tomador/Afianzado

4.6 SUPERVISIÓN: El control y vigilancia del cabal cumplimiento y la completa y adecuada ejecución del presente contrato y de cada una de sus obligaciones, así como de la calidad del servicio prestado será ejercida por el Funcionario designado por la Subdirectora del Centro de Operación y Mantenimiento Minero - SENA Regional Cesar. El Supervisor del Contrato además de velar por lo normado en el artículo 4º de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, los artículos 44, 83, 84, 86 y 118 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), debe cumplir las funciones señaladas en la Resolución No. 00965 de 2012 o la que la modifique o remplace, así como las demás que surjan por la naturaleza del presente contrato 4.7 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Además de las obligaciones constitucionales y legales, el CONTRATISTA se obliga para con el SENA a:

Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.

Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA.

Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y jurídicas estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta la cual hace parte vinculante del contrato.

Proveer servicios de óptima calidad.

Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente.

El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por

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su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.

Permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución para lo cual deberá allegar certificación de paz y salvo suscrita por el representante legal o el revisor fiscal cuando exista y copia de las planillas de pago respectivas, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual.

4.8 OBLIGACIONES DEL SENA: Además de las obligaciones constitucionales y legales, el SENA se obliga a prestar la mayor colaboración necesaria al CONTRATISTA para la correcta ejecución del contrato. 4.9 MULTAS Y CLAUSULA PENAL PECUNIARIA El incumplimiento de las obligaciones del contrato serán sancionados pecuniariamente de conformidad con las siguientes estipulaciones: 1) En caso de que haya lugar a la declaratoria de incumplimiento o caducidad del contrato, el SENA podrá exigirle al CONTRATISTA a título de tasación anticipada de perjuicios, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del Contrato, lo cual no lo exime del pago de los perjuicios causados en exceso de dicha tasación. 2) Si el incumplimiento es parcial por parte del CONVINIENTE, sin que de lugar a la declaratoria del siniestro de incumplimiento o la de caducidad, éste reconocerá y pagará al SENA, una multa equivalente al 0,5% del valor del Contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin superar el diez (10%) del valor del contrato. PARAGRAFO PRIMERO: En la aplicación de la cláusula penal y de las multas se tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad y se dará previamente cumplimiento al debido proceso, de conformidad con los artículos 17 de la ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 de 2011 (anticorrupción) y a lo previsto en el artículo 5.1.13 del Decreto 734 de 2012. PARAGRAFO SEGUNDO: En caso de que el (la) CONTRATISTA no pague el valor de la cláusula penal o de la multa dentro del término indicado en el acto administrativo correspondiente, el SENA hará efectivo su pago a través de la póliza de cumplimiento del contrato o la deducirá de cualquier cantidad que adeude al CONTRATISTA, quien autoriza esta deducción expresamente con la firma del respectivo contrato. 4.10 CADUCIDAD Se adoptará esta medida de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y por las demás causales previstas en las normas que rijan la materia. Así mismo, dará lugar a la declaratoria de caducidad, el incumplimiento de las obligaciones del contratista de mantener la suficiencia de la garantía, en los términos señalados en el Decreto 734 de 2012. 4.11 CESIÓN DEL CONTRATO EL CONTRATISTA no podrá ceder en todo o en parte a persona natural o jurídica alguna, parcial o totalmente, los derechos y obligaciones inherentes al presente contrato, salvo autorización previa y expresa de la entidad contratante, en todo caso se atenderá lo dispuesto en el artículo 41 inciso 3° de la Ley 80 de 1993.

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4.12 REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN, EJECUCIÓN Y PAGO El contrato se entenderá perfeccionado según lo establecido en el Artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Conforme a lo establecido en el Art. 8.1.16 del Decreto 734 de 2012, para la legalización del contrato se requerirá que se efectúe el correspondiente registro presupuestal por parte de la entidad contratante, cuando a ello haya lugar de acuerdo con la ley orgánica de presupuesto y sus disposiciones complementarias. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, para la ejecución del contrato se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondientes. Para la realización de cada pago del contrato estatal, además de verificar lo anterior y el cumplimiento satisfactorio del objeto contratado, la entidad pública verificará que el contratista acredite que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Adicionalmente, la entidad deberá respetar el orden de turno de que trata el numeral 10 del artículo 4° de la ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 19 de la ley 1150 de 2007, para lo cual, dispondrá en su organización interna, los procedimientos necesarios y pertinentes para respetar el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas así como establecerá mecal1ismos para el pronto y oportuno pago a éstos. REQUISITOS PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO:

- Constitución y aprobación de las garantías - Publicación del contrato cuando a ello haya lugar - Acreditar pago aportes parafiscales y seguridad social - Registro presupuestal

4.13 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Con la firma del contrato, EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contenidas en la Constitución Política y las que se refiere en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 80 de 1993, los cuales declara conocer. 4.14 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO La liquidación del contrato se hará por mutuo acuerdo entre las partes, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de expiración de la vigencia del contrato, al agotamiento del objeto contratado o al acto administrativo que ordene la terminación del contrato por cualquier causa, observando lo previsto en el artículo 217 del Decreto 019 de 2012. En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, será practicada directa y unilateralmente por la entidad y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición.

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Los contratistas tendrán derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo. El Supervisor del contrato una vez finalizado el contrato, deberá verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista y presentar el informe sobre el balance final de ejecución del mismo, para efectos de elaborar el acta de liquidación respectiva. 4. 15 AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL El contrato que se suscriba no genera relación de carácter laboral y la ejecución del contrato se hará sin subordinación alguna respecto al CONTRATISTA y el personal a su cargo, por la que goza de total independencia en la ejecución del objeto contratado. 4.16 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS El SENA procurará solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual. Para tal efecto, podrá emplear los mecanismos de solución de controversias contractuales previstos en la Ley 80 de 1993, tales como: conciliación, amigable composición y transacción. 4.17 INDEMNIDAD De acuerdo a lo establecido en el Art. 5.1.6 del Decreto 734 de 2012, EL CONTRATISTA se compromete a mantener indemne al SENA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes 4.18 ADICIONES Y PRORROGAS Las partes podrán convenir adiciones o prórrogas del contrato teniendo en cuenta para tal efecto, lo señalado en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993 y demás normas. En los casos de ampliación del plazo se deberá suscribir una prórroga. En estos eventos, deberá ampliarse la vigencia de las garantías por el término y bajo las condiciones señaladas en el Contrato adicional y previo el cumplimiento de los mismos requisitos de legalización, estipulados en el contrato principal. Los contratos estatales son intuito personae, y en consecuencia, una vez celebrados no podrán cederse sin previa autorización escrita de la entidad contratante. Por ello, en el contenido del contrato es posible establecer la figura de la cesión para que en el evento en que el contratista no pueda seguir asumiendo la ejecución del compromiso formalizado, podrá proponer al SENA, a través de una comunicación escrita, una tercera persona que continúe con la gestión con la ejecución del contrato. Dicha persona debe reunir como mínimo las mismas características del contratista que propone la cesión, anexar todos los documentos que acrediten dichas condiciones, contar con el concepto técnico favorable del supervisor y la autorización expresa y escrita del ordenador del gasto. 4.19 CAUSALES DE TERMINACIÓN El presente contrato podrá darse por terminado por la ocurrencia de cualquiera de siguientes causales: 1) En cualquier momento, por mutuo acuerdos entre las partes, previa justificación escrita. 2) Por vencimiento del plazo de ejecución 3) Por el

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acaecimiento de circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que impidan la continuidad del Contrato. 4) Cuando la Entidad observe conductas fraudulentas por parte del CONTRATISTA, con ocasión de la ejecución del contrato, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que la Entidad adelante 4.20 SUSPENSIÓN

El plazo de ejecución del contrato podrá ser suspendido excepcionalmente de manera temporal, en las siguientes circunstancias: 1. Por el mutuo acuerdo de las partes. 2. Fuerza mayor o caso fortuito, por causas debidamente justificadas, previa solicitud del CONTRATISTA. La suspensión se hará mediante acta suscrita por las partes en la cual se expresará su causa, el término de la suspensión y la fecha en que se reanuda la ejecución del contrato En caso de suspensión el CONTRATISTA se obliga a informar tal evento al Asegurador y a ampliar las garantías, proporcionalmente al término que dure la misma. La suspensión del contrato será aprobada por el funcionario competente, previo concepto del Supervisor del contrato. 4.21 INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN Son aplicables al contrato los principios de terminación, modificación e interpretación unilaterales en los términos establecidos en la ley 80 de 1993 y demás normas vigentes que le sean aplicables. 4.22 PREVALENCIA DEL PLIEGO DE CONDICIONES El pliego de condiciones prevalecerá ante la ocurrencia de discrepancias interpretativas surgidas en la ejecución del mismo, por lo tanto el presente pliego de condiciones forma parte integral del contrato y en caso de incompatibilidades, discrepancias o incongruencias, se tendrá en cuenta lo contemplado en ellos, teniendo en cuenta que los proponentes con la presentación de su propuesta, manifiestan que se acogen a éste. 4.23 SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD EL CONTRATISTA se obliga a conocer y aplicar la política y los lineamientos de Seguridad de la Información y Gestión de los activos de la Información que le entregue el SENA. Así mismo, EL CONTRATISTA se obliga a no revelar, durante la vigencia del este contrato, ni dentro de los dos (2) años siguientes a su expiración, la información confidencial de propiedad del SENA, de la que el CONTRATISTA tenga conocimiento con ocasión o para la ejecución de este contrato, sin el previo consentimiento escrito del mismo. Se considera información confidencial cualquier información técnica, financiera, comercial, estratégica y, en general, cualquier información relacionada con las funciones, programas, planes, proyectos y/o actividades del SENA

ESPACIO EN BLANCO

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ANEXO No. 1 - CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES ACTIVIDAD DESDE HASTA LUGAR

Publicación aviso de convocatoria e invitación a Mypes/Mipymes, Estudios Previos, Proyecto de Pliego de Condiciones

07/02/2013 13/02/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Presentación y recepción de observaciones y sugerencias al proyecto de pliego de condiciones

07/02/2013 13/02/2013 Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar ubicada en el piso 1, de la sede ubicada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar [email protected]

Publicación en el SECOP de las observaciones al proyecto de pliego de condiciones y del documento que contenga las apreciaciones de la Entidad sobre las observaciones presentadas

14/02/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Término máximo para presentar manifestación de interés (MYPES y MIPYMES) para participar en el proceso de selección de convocatoria limitada

07/02/2013 14/02/2013 18:00 horas

Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar ubicada en el piso 1, de la sede ubicada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar [email protected]

Publicación informe habilitación (MYPES y MIPYMES) (En el evento en que se cumpla con el requisito señalado en el Art. 4.1.2° y 4.1.3° del Decreto 734 de 2012)

15/02/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Publicación Pliego de Condiciones definitivo y Acto Administrativo de Apertura

15/02/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Manifestación de interés con el fin de conformar la lista de posibles oferentes

18/02/2013 20/02/2013 18:00 horas

Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar ubicada en el piso 1, de la sede ubicada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar [email protected]

Información a los posibles oferentes de la realización o no de audiencia de sorteo

20/02/2013 Dirección suministrada por los interesados

Audiencia de sorteo, cuando el número de posibles oferentes sea superior a 10

21/02/2013 08:30 horas

Unidad de Contratación - ubicada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar, piso 3

Publicación acta de sorteo 21/02/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Plazo para presentación de propuestas 21/02/2013 27/02/2013 17:00 horas

Unidad de Archivo y Correspondencia del SENA Regional Cesar ubicada en el piso 1, de la sede ubicada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar

Acta de cierre de recepción de propuestas 27/02/2013 17:00 horas

www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Plazo para presentar observaciones al pliego de condiciones definitivo

15/02/2013 25/02/2013 12:00 horas

Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar ubicada en el piso 1, de la sede ubicada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar [email protected]

Plazo para expedición de Adendas 15/02/2013 26/02/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Evaluación de las propuestas 28/02/2013 01/03/2013 Subdirección Centro de Operación y Mantenimiento Minero – Comité Evaluador /Unidad de Contratación

Publicación del informe de evaluación 04/03/2013 06/03/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Recepción de observaciones al informe de evaluación dentro del término de su traslado y subsanación de requisitos habilitantes por parte de los oferentes

04/03/2013 06/03/2013 18:00 horas

Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar ubicada en el piso 1, de la sede ubicada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar [email protected]

Estudio y respuestas de observaciones a la 07/03/2013 Subdirección Centro de Operación y Mantenimiento Minero – Comité

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evaluación (Verificación de los requisitos habilitantes que se hayan subsanado)

Evaluador /Unidad de Contratación

Adjudicación del contrato o declaratoria de desierta del proceso

08/03/2013 Subdirección de Centro/Unidad de Contratación, carrera 19 entre calles 14 y 15, piso3, de la ciudad de Valledupar.

Publicación del acto administrativo de adjudicación o de declaratoria de desierta

Dentro de los 3 días siguientes a la expedición del acto

administrativo

www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Elaboración y firma del contrato 11/03/2013 14/03/2013 Subdirección de Centro/Unidad de Contratación, carrera 19 entre calles 14 y 15, piso3, de la ciudad de Valledupar. www.contratos.gov.co www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Registro Presupuestal del contrato y radicación

14/03/2013 Oficina de Presupuesto SENA Regional Cesar

Publicación del contrato Dentro de los 3 días siguientes www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Verificación del cumplimiento de los requisitos de ejecución por parte del contratista

15/03/2013 19/03/2013 Subdirección de Centro/Unidad de Contratación

** Observando que es importante para el proceso, el orden de presentación de las cartas de intención de participación, UNICAMENTE se tendrán en cuenta aquellas que sean presentadas dentro del horario establecido en el presente cronograma, observando el principio de igualdad y transparencia Con relación al envío de mensajes a través de cualquier medio telemático, se dará aplicación a lo establecido en la Ley 527 de 1999, en el sentido de que para que se entienda recibido el mensaje se requerirá el acuse de recibo expedido por el SENA

NOTA: La Entidad podrá modificar el presente cronograma, en tratándose de convocatoria limitada a Mypes/Mipymes, si al momento del cierre sólo se ha presentado una (1) oferta, la entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado en el pliego de condiciones, sin la limitación de la convocatoria Mypes, permitiendo la participación de medianas empresas, y si la convocatoria era limitada a Mipymes, podrá participar cualquier interesado En estos casos, EL SENA comunicará mediante aviso publicado en la página del SECOP www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co la modificación del cronograma, para efectos de dar continuidad al mismo, aplicando los principios de economía y celeridad.

Para el desarrollo de la presente contratación, los proponentes podrán comunicarse con el Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar e informarse de todos los aspectos relacionados con ella o solicitar aclaraciones al correo electrónico [email protected]

VIRGINIA ESTHER OJEDA ARBOLEDA Subdirectora

Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar

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ANEXO No. 2 CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA

(Utilice preferiblemente papel membreteado) Ciudad y fecha

Señores

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CENTRO DE OP ERACION Y MANTENIMIENTO MINERO

Carrera 19 entre calles 14 y 15 Valledupar – Cesar

El suscrito ----------------------------------------------------------------------, actuando en mi propio nombre o en nombre de -----------------------------------------------------------------, con identificación No. ------------------------- de acuerdo con las reglas que se estipulan en el pliego de condiciones y demás documentos que hacen parte del presente proceso contractual, presento propuesta para la Convocatoria Pública COMM-SAMC-001-2013 cuyo objeto es la Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar, de acuerdo a las cantidades, especificaciones y condiciones señaladas en el pliego de condiciones, así:

1. VALOR DE LA PROPUESTA: El valor de la propuesta corresponde a la suma de _______________________($) M/Cte. 2. MANIFESTACION EXPRESA: Manifiesto bajo la gravedad del juramento: Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive. Que cuento con la capacidad suficiente para ejecutar el contrato que resulte de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA. Que el proponente (o los integrantes del proponente si el mismo es un consorcio o unión temporal) o los miembros o socios de la sociedad que represento, no nos encontramos incursos dentro de las inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones o conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993 y

demás normas pertinentes. Que sus directivos y las personas que ejecutarán los servicios contratados, no se encuentran incursos en inhabilidades, incompatibilidades, conflicto de interés, y en el evento en que se presente cualquier circunstancia de ese tipo, informaré al SENA oportunamente, para lo pertinente.

Que el proponente SI ____o NO____ ha sido sancionado por alguna(s) de las Entidades Estatales enunciadas en el artículo 2 de la Ley 80 de 1993 con multa o cláusula penal, mediante providencia ejecutoriada dentro de los últimos TRES (3) años anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección en referencia. (En caso afirmativo, se deben relacionar las multas, las cláusulas penales respectivas y

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anexar copia de las sanciones y de las constancias de ejecutoria correspondientes.) Que el régimen tributario al cual pertenecemos, es:.............................................

Igualmente me permito indicar que en caso de resultar favorecido con la adjudicación de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA, me comprometo a cumplir con las obligaciones previstas por la Constitución Política, la Ley y el presente pliego de condiciones Adicionalmente, me permito manifestar:

a) Que conozco y acepto todas las especificaciones y condiciones consignadas en el Pliego de Condiciones de la CONVOCATORIA PÚBLICA No. COMM-SAMC-001-2013.

b) Que la presente propuesta consta de (_ ___ ) folios debidamente numerados.

c) Que he recibido los documentos que integran la Convocatoria Pública, y las

siguientes adendas (indicar número y fecha) y acepto su contenido

d) Que en todas las actuaciones derivadas de lo regulado en el pliego de condiciones y lo estipulado en el contrato que se celebre, obraré con la transparencia y buena fe que la Constitución Política y las leyes consagran.

e) Que la presente propuesta tiene un valor de: $_______ incluidos impuestos y demás erogaciones a cargo del proponente.

Atentamente,

Nombre o Razón Social del Proponente: Nit: Nombre del Representante Legal: C.C. No. de Dirección: Teléfonos:

Móvil: ___________________________ Fax

Ciudad:_ EMAIL

(Firma del proponente o de su Representante Legal)

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ANEXO No. 3 CERTIFICACION DE CONTRATOS SIMILARES

Nombre o Razón Social del Contratante:

Dirección del Contratante:

Nombre de la Persona que certifica y cargo:

Nombre del contratista:

Dirección del Contratista:

Contrato No.

Fecha de inicio:

Fecha de terminación:

Plazo de ejecución (incluidas prórrogas):

OBJETO DEL CONTRATO VALOR

ADICION: PRORROGAS: VALOR:

Calidad del servicio prestado: Excelente ( ) Bueno ( ) Regular ( )

Estado actual del contrato: En ejecución ( ) Ejecutado y terminado ( ) Liquidado ( )

Observaciones:

Fecha de expedición:

Nombre y Cargo Firma

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ANEXO No. 4 MINUTA CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

Entre los suscritos VIRGINIA ESTHER OJEDA ARBOLEDA, domiciliada en Valledupar e identificada con la cédula de ciudadanía número 64.547.527 expedida en Sincelejo (Sucre), actuando en nombre y representación del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, establecimiento público del orden nacional, regulado por lo dispuesto en la Ley 119 de 1994 y el Decreto 249 de 2004, en su calidad de Subdirectora del Centro de Operación y Mantenimiento Minero de la Regional Cesar, nombrada mediante la Resolución de Nombramiento número 002659 del 14 de noviembre de 2007, en ejercicio de las facultades para contratar conferidas en la Resolución 2039 de 2004, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL SENA, por una parte y por la otra XXXX, mayor de edad, domiciliado en la ciudad XXXXX., identificado con la cédula de ciudadanía No. XXX de XXXX, quien obra en nombre y primer representante legal de XXXX con N.I.T. XXXXX, según certificación de la Cámara de Comercio de XXX del XX de XXX de 2009, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado suscribir el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS, previa las siguientes consideraciones: 1). Que la Subdirectora del Centro de Operación y Mantenimiento Minero de conformidad con el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, determinó la necesidad de adelantar el proceso de contratación para la Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar. 2). Que mediante Resolución No. xxxx del xxx, se procedió a ordenar la apertura del Proceso de Selección Abreviada mediante Selección Abreviada de Menor Cuantía No. COMM-SAMC-001-2013, cuyo objeto la Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar. 3). Que la apertura y cierre del proceso, de conformidad con lo señalado en dicha Resolución y en el Pliego de Condiciones, se llevó a cabo entre el xxx y el xx de XX de 2013, respectivamente. 4). Que dentro del plazo antes señalado, presentaron propuestas las firmas xxxxx con NIT. No. xxxxxx. 5). Que los resultados de evaluación de la propuesta se pusieron a disposición de los proponentes, durante el período comprendido entre el xx y el xxx de xxx de 2013. 6). Que durante el período de publicación de los resultados de la evaluación, se recibieron observaciones de las firmas xxxx. 7). Que en sesión del xx de xxx de 2013, el Comité Evaluador da a conocer al Comité de Licitaciones y Compras del Centro de Operación y Mantenimiento del Sena Regional Cesar, el resultado final de la Selección Abreviada de Menor Cuantía No. COMM-SAMC-001-2013, siendo aceptada por sus miembros 8). Que el Comité de Licitaciones y Compras del Centro de Operación y Mantenimiento Minero recomendó a la Subdirectora de Centro, la adjudicación del presente proceso de selección a la firma xxxxx con NIT. No. xxxxx. 9). Que mediante Resolución xxx del xxx de xxx de 2013 se adjudicó el Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. COMM-SAMC-001-2013 10). Que la presente contratación se ampara con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2213 de fecha 23 de Enero de 2013 Rubro: C-310-704-207-0-2042186 GASTOS BIENESTAR ALUMNOS 11). Que el presente contrato se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios vigentes; Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012, Manual para la Contratación Administrativa del SENA, normas civiles y comerciales, demás normas concordantes, el pliego de condiciones, la oferta presentada por EL CONTRATISTA y en especial, por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.- Objeto: Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar. CLÁUSULA SEGUNDA.- Descripción técnica del objeto a contratar. La prestación de Servicios de Transporte conlleva a la realización de los siguientes recorridos en las rutas ida y regreso que se describen a continuación:

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RECORRIDOS (IDA Y REGRESO)

ITEM DESCRIPCION DEL SERVICIO

CONDICIONES TECNICAS

RUTAS JORNADA CANTIDAD

1

PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE

PARA EL DESPLAZAMIENTO

DE LOS APRENDICES DEL

CENTRO DE OPERACIÓN Y

MANTENIMIENTO MINERO DEL

SENA REGIONAL CESAR

MODELO BUSES

CAPACIDAD BUSES

Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar (Carrera 19 entre calles 14 y 15) - Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar (Kilometro 7 vía a la paz) - Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar (Carrera 19 entre calles 14 y 15)

DIURNA. 676

MINIMO AÑO 2006

32 pasajeros NOCTURNA. 100

REQUISITOS TECNICOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE A CONTRATAR:

RUTAS Y CANTIDADES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El servicio a contratar se deberá prestar atendiendo las rutas establecidas en las especificaciones esenciales establecidas en el literal b de los presentes estudios previos de lunes a viernes y los sábados de acuerdo a la necesidad de formación o en los días que el SENA le indique al CONTRATISTA, en los horarios establecidos por el SENA.

MODELO DE BUSES No se recibirán propuestas de buses modelos inferiores al año 2006 y todos los buses destinados a la prestación del servicio deben tener la correspondiente revisión técnico – mecánica al día, tarjeta de Propiedad, tarjeta de Operación y Licencia de Tránsito. Así mismo cumplirán con todas las disposiciones que consagre la normatividad vigente para los buses que prestan esta clase de servicios.

CAPACIDAD DE LOS BUSES La capacidad de los buses que prestarán el servicio objeto de la presente convocatoria, deberá ser mínimo de treinta y dos (32) pasajeros.

NUMERO DE BUSES Cada oferente debe contar como mínimo con seis (06) buses con capacidad mínima de treinta y dos (32) pasajeros.

LISTA DE BUSES DISPONIBLES El proponente deberá presentar un listado de los buses disponibles para prestar el servicio en el cual se debe incluir: Tipo de Vehículo, No. interno, Placa, Modelo, Capacidad Transportadora y última revisión técnico mecánica, para tal fin deberá anexar diligenciado el formato del Anexo No. 3. Bajo ninguna circunstancia se aceptaran modelos de buses anteriores al año 2006.

TARJETA DE PROPIEDAD DE LOS BUSES El proponente deberá presentar junto con la oferta copia de la tarjeta de propiedad de cada uno de los buses disponibles para la prestación del presente servicio, la cual deberá ser legible y ampliada en un 150%.

SEGURIDAD SOCIAL El proponente deberá presentar la Afiliación de los Conductores a Seguridad Social, Pensiones y Riesgos profesionales.

ESTADO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS VEHICULOS Los buses destinados para la prestación del servicio a contratar deberán mantenerse en correcto estado de presentación, limpieza y funcionamiento para que presten de manera eficiente y cumplida el servicio contratado.

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PERSONAL DE CONDUCCIÒN ASIGNADO Cada uno de los vehículos asignados para la prestación de éste servicio, deberán ser operados por conductores expertos e idóneos, que tengan Licencia de Conducción de 5ª categoría o C2.

PROVISIÒN DE REPUESTOS Los vehículos deberán estar provistos con sus respectivas llantas de repuestos y herramientas necesarias para asegurar las condiciones mecánicas de funcionamiento de los vehículos que prestarán el servicio de transporte de aprendices.

BUSES DE RESERVA Con el fin de garantizar la prestación del servicio de transporte, el contratista se obliga a disponer por lo menos de un bus de reserva, para que cubra el servicio si un vehículo de los asignados se encuentra fuera de servicio, no presta el servicio o sea retirado de él, por no reunir las condiciones mínimas exigidas en el respectivo contrato.

CUMPLIMIENTO DEL HORARIO DE TRANSPORTE El contratista se obliga a cumplir los horarios que para el transporte de aprendices establezca el Centro de Operación y Mantenimiento Minero - SENA Regional Cesar y que se harán conocer con antelación, pudiendo ser modificados de acuerdo con las necesidades del servicio, dando un preaviso de un (01) día.

CERTIFICADOS DE REVISIÒN DE VEHICULOS TECNICO - MECANICA El contratista se obligar a presentar al SENA Regional Cesar – Centro de Operación y Mantenimiento Minero , los respectivos certificados de revisión del grupo de vehículos asignados para la prestación del servicio, por parte de un Servicentro autorizado por el Ministerio de transporte.

SEGURO OBLIGATORIO SOAT: Los buses destinados a la prestación de servicios de transporte objeto del presente proceso contractual deberán contar con seguro obligatorio de accidente de tránsito SOAT vigente.

GASTOS QUE SE GENEREN Correrán por cuenta del contratista todos los gastos que demande la prestación del servicio de transporte objeto de la presente contratación.

DAÑOS ATERCEROS De conformidad con los Artículos 994 y 1003 del Código de Comercio, las empresas de Transporte Público Terrestre deberán tomar por cuenta propia, con una Compañía de Seguros Autorizada para operar en Colombia, las Pólizas de Seguros de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual que las ampare contra los riesgos inherentes a la actividad de transporte, así:

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL: Que deberá cubrir al menos los siguientes riesgos:

Muerte Incapacidad permanente Incapacidad temporal Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Que deberá

cubrir al menos los siguientes riegos: Muerte o lesiones a una persona Daños a bienes de terceros Muerte o lesiones a dos o más personas

CONTROL DE PASAJEROS Y REPORTE DE ANOMALIAS Los conductores que asigne el contratista a los vehículos que presten el servicio en ausencia de autoridad competente del SENA están obligados a controlar los pasajeros, manteniéndose siempre un trato cordial y respetuoso e informando las anomalías que se presenten.

REGULADOR DE VELOCIDAD El contratista se obliga a garantizar que los buses prestadores del servicio de transporte objeto del contrato, dispondrán y utilizaran regular de velocidad, tal como lo exigen las normas de tránsito vigentes.

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CALIDAD DEL PERSONAL OFRECIDO El personal ofrecido deberá contar con lo siguiente:

LICENCIA DE CONDUCCIÒN CATEGORIA 5ª o C2: Deberá presentarse un listado de los conductores asignados para la prestación del servicio, soportado con la fotocopia de las licencias respectivas.( Anexo No. 7)

RELACIONES INTERPERSONALES: Los conductores que asigne el contratista están obligados a mantener siempre un trato cordial y respetuoso, informando las anomalías que se presenten en la prestación del servicio.

CLÁUSULA TERCERA. Plazo de ejecución: El plazo de ejecución del presente contrato es de CUATRO (04) MESES y VEINTICUATRO (24) DIAS CALENDARIO, contados a partir de la suscripción del Acta de inicio de Actividades, previa aprobación de la póliza. CLÁUSULA CUARTA.-Valor y Forma de Pago: Para todos los efectos, el valor del presente contrato corresponde a la suma de XXXX PESOS ($XXXX) M/Cte., incluido el I.V.A. y demás impuestos a cargo del contratista. El SENA pagara al CONTRATISTA por mensualidades vencidas, de acuerdo al número de recorridos realizados, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: POR PARTE DEL CONTRATISTA. Presentación de los informes mensuales respecto de los recorridos realizados durante el periodo a cancelar, Presentación de la factura de Venta, Acreditación de encontrarse al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “ICBF” y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, mediante la presentación de la certificación expedida por el revisor fiscal cuando exista acompañada de las planillas de pago respectivas. POR PARTE DEL SENA el informe de supervisión suscrito por parte del Supervisor del contrato. DEL DERECHO DE TURNO: Según lo señalado en el Art. 19 de la Ley 1150 de 2007, EL SENA respetará el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. No obstante, si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna por parte del SENA. El pago al que se obliga EL SENA por el presente acto, queda subordinado a la aprobación del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC). CLÁUSULA QUINTA.- Disponibilidad Presupuestal: La presente contratación se ampara con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2213 de fecha 23 de Enero de 2013 Rubro: C-310-704-207-0-2042186 GASTOS BIENESTAR ALUMNOS. CLÁUSULA SEXTA.-Obligaciones del CONTRATISTA: Además de las obligaciones que la Constitución Política y la Ley establecen, EL CONTRATISTA se obliga para con EL SENA, a: Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.

Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA.

Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y jurídicas estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta la cual hace parte vinculante del contrato.

Proveer servicios de óptima calidad.

Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente.

El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por

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su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.

Permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución para lo cual deberá allegar certificación de paz y salvo suscrita por el representante legal o el revisor fiscal cuando exista y copia de las planillas de pago respectivas, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual.

CLAUSULA SEPTIMA.- Obligaciones del SENA: 1. Pagar en la forma establecida en la cláusula FORMA DE PAGO las facturas presentadas por el CONTRATISTA, previo cumplimiento de los requisitos exigidos. 2. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el Contrato y en los documentos que de él forman parte. 3. Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual. CLÁUSULA OCTAVA.- Requisitos de Perfeccionamiento, Legalización, Ejecución y Pago. El contrato se entenderá perfeccionado según lo establecido en el Artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Conforme a lo establecido en el Art. 8.1.16 del Decreto 734 de 2012, para la legalización del contrato se requerirá que se efectúe el correspondiente registro presupuestal por parte de la entidad contratante, cuando a ello haya lugar de acuerdo con la ley orgánica de presupuesto y sus disposiciones complementarias. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, para la ejecución del contrato se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondientes. Para la realización de cada pago del contrato estatal, además de verificar lo anterior y el cumplimiento satisfactorio del objeto contratado, la entidad pública verificará que el contratista acredite que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Adicionalmente, la entidad deberá respetar el orden de turno de que trata el numeral 10 del artículo 4° de la ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 19 de la ley 1150 de 2007, para lo cual, dispondrá en su organización interna, los procedimientos necesarios y pertinentes para respetar el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas así como establecerá mecal1ismos para el pronto y oportuno pago a éstos. CLÁUSULA NOVENA.-Supervisión: El control y vigilancia del cabal cumplimiento y la completa y adecuada ejecución del presente contrato y de cada una de sus obligaciones, así como de la calidad de los bienes suministrados, estará a cargo del funcionario designado por la Subdirectora del Centro. El Supervisor del Contrato, además de velar por lo normado en el artículo 4º de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, los artículos 44, 83, 84, 86 y 118 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), debe cumplir las funciones señaladas en la Resolución No. 0965 de 2012 o la que la modifique o remplace, así como las demás que surjan por la naturaleza propia del contrato. El supervisor designado, tendrá entre otras, las siguientes obligaciones: a). Certificar la eficaz y oportuna ejecución del contrato, así como la correcta aplicación de las estipulaciones contractuales. b). Firmar la correspondiente acta o constancia de recibo a entera satisfacción de los servicios y suministros recibidos objeto de éste contrato. c) Requerir al CONTRATISTA cuando se presenten fallas en la debida ejecución del contrato y comunicar los inconvenientes que surjan en el desarrollo del mismo a la Dirección Regional del SENA. d). Enviar oportunamente a la Unidad de Contratación del SENA Regional Cesar toda la información escrita que se surta en cumplimiento del desarrollo del objeto contractual. e). Las demás que surjan de la naturaleza del contrato y se requieran para la cumplida ejecución del mismo. PARÁGRAFO: En todo caso, el ordenador del gasto o el Director regional, podrá cambiar unilateralmente la designación del supervisor cuando las circunstancias así lo ameriten. CLÁUSULA DECIMA.- Garantías: El CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del SENA una garantía para amparar el contrato, en

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cualquiera de las modalidades señaladas por el Artículo 5.1.3 del Decreto 734 de 2012, a través de una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, el amparo de los siguientes riesgos: a) Cumplimiento del contrato, Por un monto que ampare el 10% del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. b) Calidad del servicio prestado: Por una suma correspondiente al 50% del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo y seis (06) meses más. El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato. c) Pago de salarios prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato con vigencia por el plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más. El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado en el territorio nacional. En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Título V del Decreto 734 de 2012. Tales garantías deberán constituirse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato. El CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, el CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los cinco (05) días calendario, siguientes a la firma del acta. CLÁUSULA DECIMA PRIMERA.- TIPIFICACION ESTIMACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO: De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el Centro de Operación y Mantenimiento Minero - SENA Regional Cesar, entiende por riesgo aquellos hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato se pueden presentar y afectar la normal ejecución del contrato, afectando así el equilibrio económico del contrato para uno o ambos extremos contractuales. Para este tipo de contratación el Centro de Operación y Mantenimiento Minero - SENA Regional Cesar ha previsto los siguientes riesgos: RIESGOS DE CARÁCTER JURIDICO: Se pueden considerar aquí los cambios que puedan llegar a presentarse en la normatividad que rige a la persona sea natural o jurídica, que contrate con el Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar, por lo tanto se deben considerar las normas de carácter laboral, cooperativo, de transporte, tributarios, entre otras. RIESGOS POR CAMBIO EN EL REGIMEN LABORAL COLOMBIANO: Se parte del hecho que por la naturaleza del objeto del contrato, el servicio deberá ser prestado por empresas de transporte legalmente habilitadas para esta modalidad, lo que indica que el contratista deberá contar para la prestación del servicio con personal idóneo que se desempeñe como conductores de los buses que hacen los recorridos, por lo tanto en la presentación de la oferta el contratista debe considerar para la estimación del precio unas condiciones laborales especiales para esos trabajadores. No obstante, si durante la ejecución del contrato la normatividad laboral sufriera modificaciones, éstas serán de obligatorio cumplimiento y exigencia para el contratista por parte de la entidad y si su implementación llegare a afectar las estimaciones efectuadas por el contratista, este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista. Así mismo

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el contratista deberá asumir respecto de su personal los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliación al Sistema de pensiones y Salud según lo ordenado por la Ley y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate. Igualmente deberá permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato. Para el caso de personas jurídicas, deberán presentar la certificación señalada en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 acompañada de las planillas de pago respectivas, cada vez que lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos (Art. 23 ley 1150 de 2007). Para las personas naturales, copia de la planilla de pago al sistema de seguridad social y parafiscal cuando a ello hubiera lugar. RIESGOS POR CAMBIOS EN EL REGIMEN DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIAL: Cualquier modificación a la reglamentación que rige la prestación del servicio de transporte terrestre automotor especial que afecte la prestación del servicio y que lleve al cambio de vehículos o personal diferentes de los ofertados y aprobados dentro del contrato, por modificaciones de las condiciones en las que deba prestarse éste servicio o por perdida de la habilitación para la prestación de éste servicio, será responsabilidad total del contratista adecuarse a los nuevos cambios y continuar la normal ejecución del contrato y el Centro de Formación – Centro de Operación y Mantenimiento Minero- no asumirá ni en todo ni en parte este riesgo. RIESGOS DERIVADOS DE HECHOS DE LA NATURALEZA: Si en ejecución del contrato se llegare a presentar un fenómeno de la naturaleza como un derrumbe, inundación o taponamiento de la ruta por donde normalmente debe transitar el vehículo que realiza los recorridos y con ello se deban tomar rutas alternas que incrementen notoriamente la distancia, el riesgo será asumido por la entidad contratante, siempre y cuando ésta autorice el cambio de las rutas. RIESGOS DERIVADOS DEL ORDEN PÙBLICO: Las interrupciones que se llegaren a presentar en la prestación del servicio contratado por aspectos relacionados con el orden público, serán asumidas en su totalidad por el contratista. El contratista deberá avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA. De hacer caso omiso a esta obligación deberá responder por los daños y perjuicios que se causen al SENA como consecuencia. RIESGO DE OPERACIÓN: Los riesgos logísticos de fabricación, transporte, pérdida e importación de los bienes necesarios para la prestación de los servicios objeto de la presente contratación son asumidos por el oferente adjudicatario. RIESGO ECONOMICO: Los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios del mercado de los materiales, los insumos, la alteración o alzas inesperadas en las mismas y que afecten el valor de los servicios y bienes necesarios para la prestación del mismo, mano de obra, entre otros, que afecten el objeto de este proceso de selección, es por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario y del contratante; por lo tanto, cada uno deberá soportar el 50% de los riesgos de operación del bien objeto del presente contrato. OTROS RIESGOS: El SENA podrá cambiar, de acuerdo con sus necesidades las fechas y horarios de los recorridos que haya establecido y el proveedor se obliga de conformidad con dichos cambios, previamente y con mínimo un (1) día de anticipación a la fecha prevista para ello, el SENA notificará por escrito o telefónicamente los cambios mencionados. De conformidad con lo dispuesto en el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado. CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- Multas y Clausula Penal: El incumplimiento de las obligaciones del contrato serán sancionados pecuniariamente de conformidad con las siguientes estipulaciones: 1) En caso de que haya lugar a la declaratoria de incumplimiento o caducidad del contrato, el SENA podrá exigirle al CONTRATISTA a título de tasación anticipada de perjuicios, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del Contrato, lo cual no lo exime del pago de los

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perjuicios causados en exceso de dicha tasación. 2) Si el incumplimiento es parcial por parte del CONVINIENTE, sin que de lugar a la declaratoria del siniestro de incumplimiento o la de caducidad, éste reconocerá y pagará al SENA, una multa equivalente al 0,5% del valor del Contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin superar el diez (10%) del valor del contrato. PARAGRAFO PRIMERO: En la aplicación de la cláusula penal y de las multas se tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad y se dará previamente cumplimiento al debido proceso, de conformidad con los artículos 17 de la ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 de 2011 (anticorrupción) y a lo previsto en el artículo 5.1.13 del Decreto 734 de 2012. PARAGRAFO SEGUNDO: En caso de que el (la) CONTRATISTA no pague el valor de la cláusula penal o de la multa dentro del término indicado en el acto administrativo correspondiente, el SENA hará efectivo su pago a través de la póliza de cumplimiento del contrato o la deducirá de cualquier cantidad que adeude al CONTRATISTA, quien autoriza esta deducción expresamente con la firma del respectivo contrato. CLAUSULA DÉCIMA TERCERA. Interpretación, Modificación y Terminación Unilateral. Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DÉCIMA CUARTA. Indemnidad – De acuerdo a lo establecido en el Art. 5.1.6 del Decreto 734 de 2012, EL CONTRATISTA se compromete a mantener indemne al SENA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA.- Caducidad: Se adoptará esta medida de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y por las demás causales previstas en las normas que rijan la materia. Así mismo, dará lugar a la declaratoria de caducidad, el incumplimiento de las obligaciones del contratista de mantener la suficiencia de la garantía, en los términos señalados en el Decreto 734 de 2012. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- Inhabilidades e Incompatibilidades, Conflicto de Intereses e Impedimentos. El CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento que se entiende surtido con la firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, conflicto de intereses o impedimento, señaladas en la Constitución, la Ley o la normatividad vigente; declara igualmente que se encuentra a paz y salvo con el Tesoro Nacional y con el SENA, o que adeudándole no han vencido los términos para su pago y que no es deudor del Estado, o que si es deudor ha suscrito acuerdo de pago vigente. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: Ausencia de relación laboral. Las partes dejan constancia expresa que el presente contrato se suscribe en el marco del artículo 32 – numeral 3 de la Ley 80 de 1993- y demás normas concordantes y complementarias, por lo cual declaran que no conlleva relación laboral ni prestaciones sociales; su ejecución se hará sin subordinación alguna, gozando el contratista de independencia en la preparación y ejecución del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.-Cesión y Subcontratos: El CONTRATISTA, no podrá ceder ni subcontratar el respectivo contrato sin el consentimiento previo y escrito del SENA pudiendo éste negar la autorización de la cesión o del subcontrato. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- Solución directa de controversias contractuales. De acuerdo a lo señalado en el Art. 68 de la Ley 80 de 1993, los conflictos que sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán mediante los mecanismos de solución de controversias contractuales previstos en la Ley 80 de 1993 y a la conciliación, amigable composición y transacción establecidos por la Ley. CLÁUSULA VIGÉSIMA.- Liquidación del Contrato: Terminada la ejecución del contrato, se procederá a la liquidación del contrato por mutuo acuerdo, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a terminación del mismo, contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación, conforme a lo establecido en el artículo 60 de la ley 80 de 1993 y el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las

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divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá a EL CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del mismo. El Contratista tendrá derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo. CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA. Prorrogas y Adiciones. Las partes podrán convenir adiciones o prórrogas del contrato teniendo en cuenta para tal efecto, lo señalado en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA VIGESIMA SEGUNDA. Suspensión. El plazo de ejecución del contrato podrá ser suspendido excepcionalmente de manera temporal, en las siguientes circunstancias: 1. Por el mutuo acuerdo de las partes. 2. Fuerza mayor o caso fortuito, por causas debidamente justificadas, previa solicitud del CONTRATISTA. La suspensión se hará mediante acta suscrita por las partes en la cual se expresará su causa, el término de la suspensión y la fecha en que se reanuda la ejecución del contrato. En caso de suspensión el CONTRATISTA se obliga a informar tal evento al Asegurador y a ampliar las garantías, proporcionalmente al término que dure la misma. La suspensión del contrato será aprobada por el funcionario competente, previo concepto del Supervisor del contrato. CLAUSULA VIGESIMA TERCERA. Causales de terminación. El presente contrato podrá darse por terminado por la ocurrencia de cualquiera de siguientes causales: 1) En cualquier momento, por mutuo acuerdos entre las partes, previa justificación escrita. 2) Por vencimiento del plazo de ejecución 3) Por el acaecimiento de circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que impidan la continuidad del Contrato. 4) Cuando la Entidad observe conductas fraudulentas por parte del CONTRATISTA, con ocasión de la ejecución del contrato, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que la Entidad adelante. CLAUSULA VIGESIMA CUARTA. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATISTA se obliga a conocer y aplicar la política y los lineamientos de Seguridad de la Información y Gestión de los activos de la Información que le entregue el SENA. Así mismo, EL CONTRATISTA se obliga a no revelar, durante la vigencia del este contrato, ni dentro de los dos (2) años siguientes a su expiración, la información confidencial de propiedad del SENA, de la que el CONTRATISTA tenga conocimiento con ocasión o para la ejecución de este contrato, sin el previo consentimiento escrito del mismo. Se considera información confidencial cualquier información técnica, financiera, comercial, estratégica y, en general, cualquier información relacionada con las funciones, programas, planes, proyectos y/o actividades del SENA. CLAUSULA VIGESIMA QUINTA. Domicilio Contractual y lugar de ejecución. Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales que se deriven del presente Contrato, las partes fijan como domicilio contractual, la ciudad de Valledupar, departamento del Cesar. Los elementos objeto del presente proceso de contratación deberán ser entregados por el CONTRATISTA en el Almacén del Centro de Operación y Mantenimiento Minero – SENA Regional Cesar, situado en la Carrera 19 entre Calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar – Cesar

NOTA: La presente minuta constituye el modelo que la Entidad tendrá en cuenta al momento de realizar la contratación. Sin embargo, el SENA se reserva el derecho de efectuar los ajustes que considere pertinentes para el cumplimiento de los fines contractuales.

ESPACIO EN BLANCO

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ANEXO No. 5 MODELO COMPROMISO CONSORCIAL

Entre los suscritos,__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante Escritura No. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, por una parte, y (persona jurídica)__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante Escritura No. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, hemos decidido

conformar el presente Consorcio el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente acuerdo se celebra con el fin de conformar un consorcio o unión temporal, entre _______ y ______ y ________ y _________ para efectos de presentar una oferta conjunta para el proceso contractual adelantado mediante Convocatoria Pública, identificada con el No. COMM-SAMC-001-2013, cuyo objeto es la Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar. SEGUNDA: En virtud del presente acuerdo, las partes integrantes nos comprometemos, por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo en caso de adjudicación igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por el SENA. TERCERA: Los consorciados

responderemos solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman. CUARTA: Celebrado el

contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren el consorcio. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita por parte del SENA. QUINTA: Los integrantes del consorcio manifestamos que para el presente

compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en su nombre, no solamente para los efectos del presente acuerdo, sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto del compromiso consorcial o unión temporal, como de la adjudicación del contrato que se derive. SEXTA.-Duración: Los consorciados

manifestamos que la vigencia del consorcio será por el plazo de ejecución del contrato o el de sus prorrogas y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- Representación Legal. Los miembros del consorcio designamos como Representante Legal a

XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número XXXXXX, con domicilio en XXXXXX, quien para todos los efectos y sin ninguna limitación, representará al consorcio. OCTAVA: Dirección: Para todos los

efectos se consignan a continuación las direcciones donde funcionan las oficinas de los consorciados a saber: _________. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que el SENA, podrá dirigirse al consorcio a la siguiente dirección: _______. Para constancia el presente acuerdo se firma en la ciudad de Valledupar, el día Atentamente, XXXXXXXXXX XXXXXXXXX

Representante Legal XXXX Representante Legal XXXXX C.C. C.C. Nombre o Razón Social del Proponente: ________________ Nombre del Representante Legal: _____________________ C. C. Nº ______________________ de _________________ FIRMA: _______________________ NOMBRE DE QUIEN FIRMA:

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MODELO COMPROMISO UNION TEMPORAL Entre los suscritos,__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante Escritura No. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, por una parte, y (persona jurídica)__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante Escritura No. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, hemos decidido conformar la presente Unión Temporal, la cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente acuerdo se celebra con el fin de conformar una unión temporal, entre _______ y ______ y ________ y _________ para efectos de presentar una oferta conjunta para el proceso contractual adelantado mediante Convocatoria Pública, identificado con No. COMM-SAMC-001-2013, cuyo objeto es la Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro de Operación y Mantenimiento Minero del SENA Regional Cesar. SEGUNDA: En virtud del presente acuerdo, las partes integrantes nos comprometemos, por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo en caso de adjudicación igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por el SENA. TERCERA: Los unidos temporalmente convenimos que los términos y extensión de nuestra participación de la ejecución del contrato, es la siguiente: ______________________________, con una participación del ____.% y ________________, con una participación del _____% dichos porcentajes no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del SENA. Los unidos temporalmente responderemos solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal” NOTA: La extensión de la participación se indicará en función del as obligaciones que cada uno de los integrantes tengan dentro del contrato. CUARTA: Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren la Unión Temporal. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita por parte del SENA. QUINTA: Los integrantes de la unión temporal, manifestamos que para el presente compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en su nombre, no solamente para los efectos del presente acuerdo, sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto del compromiso de la unión temporal, como de la adjudicación del contrato que se derive. SEXTA.-Duración: Los Unidos Temporalmente manifestamos que la vigencia del consorcio será por el plazo de ejecución del contrato o el de sus prorrogas y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- Representación Legal. Los miembros de la unión temporal designamos como Representante Legal a XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número XXXXXX, con domicilio en XXXXXX, quien para todos los efectos y sin ninguna limitación, representará a la unión temporal. OCTAVA: Dirección: Para todos los efectos se consignan a continuación las direcciones donde funcionan las oficinas de los unidos temporalmente, a saber: _________. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que el SENA, podrá dirigirse a la unión temporal a la siguiente dirección: _______. Para constancia el presente acuerdo se firma en la ciudad de Valledupar, el día Atentamente, XXXXXXXXXX XXXXXXXXX Representante Legal XXXX Representante Legal XXXXX C.C. C.C. Nombre o Razón Social del Proponente: ________________ Nombre del Representante Legal: _____________________ C. C. Nº ______________________ de _________________ FIRMA: _______________________

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NOMBRE DE QUIEN FIRMA:

ANEXO No. 6

CERTIFICACIÓN PERSONA JURÍDICA

El Suscrito (Revisor Fiscal o Representante legal, según sea el caso), certifica que la sociedad -________________________, identificada con NIT. ______________, se encuentra a Paz y Salvo por concepto del pago de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje de todo el personal que se encuentra laborando dentro de la misma y que así lo requiere, durante los últimos seis (6) meses. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en el art. 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 1150 de 2007. La presente se expide a los ___ días del mes de ___________ del año 2012, en la ciudad de _______ (Se firma según el caso por: ________________________ Tarjeta No. _________ Revisor Fiscal) Firma Representante Legal ______________________________ C.C. No.

CERTIFICACIÓN PERSONA NATURAL

El Suscrito _________________________________________, identificada con ______________, certifico que me encuentro a Paz y Salvo por concepto del pago de mis obligaciones derivadas de mi afiliación con el Sistemas de Seguridad Social Integral, así como del personal a mi cargo que lo requiera. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en el art. 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 1150 de 2007. La presente se expide a los ___ días del mes de ___________ del año 2012, en la ciudad de _______________________ (Se firma según el caso por: ________________________ C.C. No.