Regimen

57
REGIMEN CAMBIARIO KAREN TRIGOS RODRIGUEZ LUCENITH CORONEL RINCON ELEASID DURAN SANCHEZ EFRAIN ROCHELS ARENAS KAREN LORENA GENTILE

Transcript of Regimen

Page 1: Regimen

REGIMEN CAMBIARIO

KAREN TRIGOS RODRIGUEZLUCENITH CORONEL RINCON

ELEASID DURAN SANCHEZEFRAIN ROCHELS ARENASKAREN LORENA GENTILE

Page 2: Regimen

QUE SON LAS DECLARACIONES DE CAMBIO?

• La declaración de cambio es un formulario diseñado por el Banco de la República para canalizar a través del mercado cambiario las operaciones del mercado cambiario, y aquellas del mercado no cambiario que se canalicen obligatoriamente.

Existe una declaración de cambio especial que se utiliza para la compra y venta de divisas a través de los profesionales de compra y venta de divisas, diferentes a las Casa de Cambio.

Page 3: Regimen
Page 4: Regimen
Page 5: Regimen
Page 6: Regimen

SE CONSIDERAN OPERACIONES DE CAMBIO LAS SIGUIENTES:

Importaciones y exportaciones de bienes y servicios. Inversiones de capitales del exterior en el país. Inversiones colombianas en el exterior Operaciones de endeudamientos externo realizada por residentes en el país. Todas aquellas que impliquen o puedan implicas pagos o transferencias de moneda

extranjera entre residentes y no residentes en el país. Todas las operaciones que efectúen residentes en el país con residentes en el exterior,

que impliquen la utilización de divisas, tales como depósitos y demás operaciones de carácter financiero con moneda extranjera.

Las entradas y salidas del país de moneda legal colombiana y de títulos representativos de la misma y la compra en el exterior de moneda extranjera con moneda legal colombiana o títulos representativos de la misma.

Las operaciones en divisas o títulos representativos de la misma que realicen el Banco de la República los Intermediarios del Mercado Cambiario y los demás agentes autorizados, con otros residentes en el país.

Page 7: Regimen
Page 8: Regimen

QUE ES REINTEGRO?

• Es el régimen por el cual se restituyen total o parcialmente, los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos interiores por la mercadería o servicio que se exporta definitivamente

Page 9: Regimen

QUE ES REINTEGRO DE DIVISAS

• Significa canalizar a través del mercado cambiario o mediante la utilización de las cuentas corrientes de compensación, las divisas provenientes de las exportaciones, mediante el diligenciamiento del formulario (Declaración de cambio por exportación de bienes).

Page 10: Regimen

REINTEGRO POR EXPORTACIONES

• Se denomina reintegro a la venta de divisas originadas en una exportación a los intermediarios del mercado cambiario.

• Los residentes en el país deberán canalizar por intermedio del mercado cambiario las divisas provenientes de sus exportaciones dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de su recibo correspondientes tanto a exportaciones ya realizadas como a las recibidas en calidad de pago anticipado por futuras exportaciones de bienes, referido el concepto de anticipo a la canalización de divisas antes del embarque de la mercancía.

Page 11: Regimen

QUE ES REEMBOLSO?

• Es el giro con destino al vendedor del exterior del precio pactado para el pago de lo importado. El reembolso se puede realizar a través de los intermediarios del mercado cambiario mediante la presentación de la declaración de cambio y los documentos que soportan la operación, o mediante el giro por intermedio de una cuenta corriente de compensación.

Page 12: Regimen

QUE ES REEMBOLSO DE DIVISAS

• Significa canalizar los pagos por concepto de importaciones de bienes y/o servicios pagaderas a la vista o financiadas, a través del mercado cambiario o mediante la utilización de las cuentas corrientes de compensación. Se realiza mediante el diligenciamiento de la declaración de cambio.

Page 13: Regimen

QUE ES REEMBOLSO POR IMPORTACIONES?

• Se denomina reembolso al giro con destino al vendedor del exterior del precio pactado para el pago de lo importado. El reembolso se puede realizar a través de los intermediarios del mercado cambiario mediante la presentación de la declaración de cambio y los documentos que soportan la operación, o mediante el giro por intermedio de una cuenta corriente de compensación.

Page 14: Regimen

QUE SON INCENTIVOS CAMBIARIOS?

• Libertad de posesión y negociación de toda clase de divisas convertibles dentro de la respectivas área de Zona Franca. Por los ingresos percibidos en desarrollo de sus actividades, las empresas instaladas en Zona Franca no se encuentran obligadas a reintegrar las divisas.

Page 15: Regimen

INCENTIVOS CAMBIARIOS EN ZONA FRANCA

Libertad de posesión y negociación de toda clase de divisas convertibles dentro de la respectiva área de zona franca.

Libertad para el usuario de posesión y negociación de divisas y para efectuar pagos en moneda extranjera dentro del área respectiva de zona franca.

Libertad para mantener divisas en depósito o en cuentas corrientes en bancos colombianos o del exterior y para realizar giros al exterior en concepto de adquisición de bienes y servicios.

Libertad para la repatriación o el giro de utilidades al exterior y la autorización de inversión extranjera sin restricciones.

Por los ingresos percibidos en el desarrollo de las actividades propias, las empresas instaladas en las zonas francas industriales no se encuentran obligadas a reintegrar las divisas correspondientes.

Page 16: Regimen
Page 17: Regimen

¿QUÉ SON LAS ZONAS FRANCAS?

Area geográfica extraterritorial, delimitada dentro del territorio nacional

Ampara las actividades industriales, comerciales y de servicios y a sus usuarios

Ampara áreas de carácter transitorio en donde se celebran ferias, congresos o seminarios de carácter internacional.

Ofrece condiciones de seguridad, transparencia, tecnología, producción limpia y buenas prácticas empresariales.

Page 18: Regimen

¿PARA QUE SIRVEN?

Generación de divisas

Generación de empleo

Atracción de inversión

Transferencia de tecnología

Polos de desarrollo regional

Simplificar los procedimientos de bienes y servicios

Page 19: Regimen

Candelaria

Santa Marta

Barranquilla

Cartagena

Río Negro

Pacífico

Cúcuta

Bogotá

Palmaseca

UBICACIÓN GEOGRAFICA

ZONAS FRANCAS EN FUNCIONAMIENTO (9)

Page 20: Regimen

LOCALIZACION DE LAS ZONAS FRANCAS EN COLOMBIA

• En la costa atlántica: Barranquilla, Santa Marta, Cartagena de Indias y Candelaria.

• En la costa pacífica: Pacífico, Buenaventura y Palmaseca.

• En la zona central: Santa Fe de Bogotá y Rionegro.

• En la frontera con Venezuela: Cúcuta.

Page 21: Regimen

Art. 116 Decreto 2685/99.

IMPORTACIÓNImportación temporal para perfeccionamiento activo

Importación para transformación o ensamble

Importación por tráfico postal y envíos urgentes

Entregas urgentes

Viajeros

Menajes domésticos

Muestras sin valor comercial

Page 22: Regimen

Introducción de mercancía destinada a permanecer indefinidamente en el Territorio Nacional en libre disposición, con el pago de los tributos aduaneros a los que hubiere lugar.

IMPORTACIÓN ORDINARIADEFINICIÓN

Page 23: Regimen

Mercancía de procedencia extranjera.

Territorio Aduanero nacional.

Permanencia indefinida.

Tributos a que haya lugar.

Libre disposición de la mercancía.

Art.117 Decreto 2685/99

IMPORTACIÓN ORDINARIA

ELEMENTOS ESENCIALES

Page 24: Regimen

IMPORTACIÓN ORDINARIA

PROCEDIMIENTO

Aviso de llegada del medio de transporte al territorio Aduanero Nacional

Presentación del manifiesto de carga

Descargue de las mercancías

Movilización al Depósito Habilitado Presentación y Aceptación

de la Declaración de Importación

Pago de Tributos Aduaneros

Criterio de Selectividad:

Levante

Movilización de la Mercancía a ZSA

•Levante automático, •Inspección física, •inspección documental

Page 25: Regimen

IMPORTACIÓN ORDINARIA

DURACIÓN PROMEDIO DEL PROCESO

Arribo a puerto - Inspección 5 días

Inspección - Levante 3 días

Levante - Salida de puerto 2 días

Tiempo promedio de Tiempo promedio de nacionalizaciónnacionalización 10 días10 días

Page 26: Regimen

Importación que en virtud de un Tratado, Convenio o Ley, goza de exención total o parcial de tributos aduaneros.

DEFINICIÓN

IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA

Art. 135 Decreto 2685/99.

Page 27: Regimen

Mercancía de procedencia extranjera

Existencia de un convenio, tratado o ley

Puede tener exención total o parcial de tributos aduaneros

Disposición restringida de la mercancía.

IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA

ELEMENTOS ESENCIALES

Page 28: Regimen

Se presenta cuando hay necesidad de exportar temporalmente mercancías bien sea para elaboración, reparación o transformación, causará tributos aduaneros al ingresar nuevamente al país sobre el valor agregado en el exterior, incluidos los gastos complementarios a dichas operaciones.

REIMPORTACIÓN POR PERFECCIONAMIENTO PASIVO

Art. 138 Decreto 2685/99.

DEFINICIÓN

Page 29: Regimen

Previa exportación temporal

Reingreso de mercancía

Tributos sobre el valor agregado en el exterior.

Libre disposición de la mercancía.

REIMPORTACIÓN PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO

ELEMENTOS ESCENCIALES

Page 30: Regimen

REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

Podrá importarse sin pago de tributos aduaneros, la mercancía que se encuentra nacionalizada que haya sido exportada temporal o definitivamente, siempre que no haya sufrido modificación en el extranjero

Art. 140 Decreto 2685/99.

DEFINICIÓN

Page 31: Regimen

Previa exportación temporal o definitiva.

No modificaciones.

La mercancía que se reimporta es la misma que se exportó.

No causa tributos.Queda en libre disposición.

REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

ELEMENTOS ESENCIALES

Page 32: Regimen

“La legislación aduanera contempla la posibilidad de importar sin pago de tributos aduaneros, la mercancía que en cumplimiento de una garantía del fabricante o proveedor, se haya reparado en el exterior o reemplace otra que haya resultado averiada, defectuosa o impropia para el fin que fue importada”.

Art. 141 Decreto 2685/99.

IMPORTACIÓN EN CUMPLIMIENTO DE GARANTÍA

Page 33: Regimen

Previa importación y exportación por garantía

Haya sido reparada o reemplazada

Tenga garantía y que este vigente

No causa tributos

Queda en libre disposición.

IMPORTACIÓN EN CUMPLIMIENTO EN GARANTÍA

ELE

ME

NTO

S E

SE

NC

IALE

S

Page 34: Regimen

Es la introducción al Territorio Nacional de determinadas mercancías, destinadas a la reexportación en un plazo determinado sin habérsele realizado modificación alguna.

Art. 142 Decreto 2685/99

IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

DEFINICIÓN

Page 35: Regimen

CORTO PLAZO: Art. 94 Resolución 4240/2000

LARGO PLAZO: Decreto 2394/2002 y decreto 1067/ 2003

LEASING INTERNACIONAL

IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

Page 36: Regimen

Permanencia temporal

No modificaciones mientras está en el país

Tributos aduaneros suspendidos

Disposición restringida.

IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

ELEMENTOS ESENCIALES

Page 37: Regimen

Suspensión de tributos aduaneros

Disposición restringida

Sometidos a reparación o acondicionamiento

Habilitación depósitos donde se realizarán los procesos de reparación o mantenimiento

IMPORTACIÓN TEMPORAL POR PERFECCIONAMIENTO ACTIVO

A.

BIE

NE

S D

E

CA

PIT

AL

Page 38: Regimen

Materias primas

Bienes de capital

Plan vallejo junior

IMPORTACIÓN TEMPORAL POR PERFECCIONAMIENTO ACTIVO

B. SISTEMAS ESPECIALES DE IMPORTACIÓN –EXPORTACIÓN. “PLAN

VALLEJO”

Page 39: Regimen

Usuario Altamente Exportador ALTEX

IMPORTACIÓN TEMPORAL POR PERFECCIONAMIENTO ACTIVO

C. PROCESAMIENTO INDUSTRIAL

No hay pago de Tributos aduaneros.

Disposición restringida de la mercancía

Habilitación del depósito

Informes bimestrales

Page 40: Regimen

Autorización de la DIAN

Habilitación del depósito

Suspensión de tributos aduaneros hasta que se obtenga el bien final.

Plazo para obtener el bien final: 2 meses

Disposición de las mercancías restringida Art.189. Decreto 2685/99

IMPORTACIÓN PARA TRANSFORMACIÓN Y ENSAMBLE

ELEMENTOS ESENCIALES

Page 41: Regimen

“Podrán ser objeto de importación por esta modalidad los envíos de correspondencia,

los paquetes postales y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda

los US$1000 dólares americanos y requieran ágil entrega a su destinatario por lo cual queda en libre disposición”.

Art.192. Decreto 2685/99

IMPORTACIÓN PARA TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES

DEFINICIÓN

Page 42: Regimen

Mercancías: Auxilios para

damnificadosEspecial NaturalezaSatisfacen necesidad

apremiante

Constitución garantía a favor de la DIAN

Suspensión del pago de tributos aduaneros

Art.204.Decreto 2685/99

ENTREGAS URGENTES

Page 43: Regimen

Mercancías: Equipaje Menaje

No debe constituir expedición comercial

Franquicia de tributo único

VIAJEROS

Page 44: Regimen

TRÁMITES PARA EXPORTAR BIENES

Al Interior de la empresa Ante Organismos Competentes.

1. Clasificación del producto en una posición arancelaria.2. Estudio de Inteligencia de Mercados.3. Definición del INCOTERM a negociar.4. Consecución de clientes y envío de la cotización internacional.5. Cotización y contratación de Agentes de Aduana y demás terceros que participen delproceso exportador. (Bienes)6. Preparación del producto para exportar.7. Despacho de la mercancía de acuerdo a condiciones negociadas y / o prestación del Servicio.8. Recepción del pago.

1. Inscripción y/o modificación en el Registro Único Tributario, RUT. (DIAN)2. Solicitud de Certificaciones y/ o vistos buenos (si aplica).3. Diligenciamiento del Certificado de Origen, (Formulario 02).4. Elaboración de la Declaración de Exportación.5. Autorización despacho de la mercancía.6. Diligenciamiento de la Declaración de Cambio.

Page 45: Regimen

¿QUE ES PLAN VALLEJO ?

Importa temporalmente al territorio aduanero Colombiano, materias primas e insumos.

Que se empleen en la producción de bienes de exportación.

Con exención total o parcial de derechos de aduana e IVA

Page 46: Regimen

Incrementar las exportaciones colombianas

Diversificar las exportaciones

Contribuir a la renovación y adquisición de tecnología

Reducir los costos de producción

Contribuir al mejoramiento de la calidad de los productos

¿QUE BUSCA ?

Decreto ley 444 de 1967 y resolución 1860 de 1999

Page 47: Regimen
Page 48: Regimen
Page 49: Regimen

A

Page 50: Regimen
Page 51: Regimen
Page 52: Regimen
Page 53: Regimen
Page 54: Regimen
Page 55: Regimen
Page 56: Regimen
Page 57: Regimen