Regimen simplificado

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Institución educativa liceo moderno Tema: régimen simplificado Integrantes: Aldair causado Magangué - bolívar

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Institución educativa liceo moderno

Tema: régimen simplificado

Integrantes: Aldair causado

Magangué - bolívar

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El régimen simplificado es una legislación especial que se aplica a personas con características particulares, denominadas “pequeños comerciantes”, para determinar el pago que éstas deben hacer, por concepto de impuestos, al Estado. Las personas que se encuentran bajo este régimen son comerciantes minoristas o detallistas; es decir, personas que venden, de forma individual o en pequeñas cantidades, bienes y servicios que están gravados; es decir, que deben pagar impuestos sobre las ventas.

RÉGIMEN SIMPLIFICADO

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Pertenecen al régimen simplificado del Impuesto a las ventas las Personas naturales comerciantes y artesanos que sean minoristas o detallistas; los agricultores y ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan con los siguientes y con la totalidad e las siguientes condiciones:

Quienes pertenecen al régimen simplificado del Impuesto sobre las ventas.

- Que tengan como máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.

- Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier sistema que implique la explotación de intangible.s

-Que el monto total de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año  2010 no supere la suma de (4.500 UVT) [$110.498.000]

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En el IVA, el régimen simplificado es compatible exclusivamente con el régimen de la agricultura, ganadería y pesca y con el recargo de equivalencia. Esto significa que una persona que realice una actividad que se encuentre sujeta al régimen general del IVA o a un régimen especial distinto de los señalados, no podrá tributar en el régimen simplificado del IVA por ninguna actividad, excepto si se trata de actividades en cuyo desarrollo se realicen exclusivamente operaciones interiores exentas o arrendamiento de inmuebles que no suponga actividad empresarial de acuerdo con el IRPF. -A quién se aplica el régimen simplificado

A las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas que cumplan los siguientes requisitos:

1: Que sus actividades estén incluidas en el Orden que desarrolla el régimen simplificado.

2: Que no rebasen los límites que se establecen en dicha Orden y en la Ley del IVA.

Régimen simplificado en el IVA

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