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REGIMEN POLITICO, TRABAJO DE APOYO POR: SANDRA MILENA ARANGO ORTIZ 11ºA #2 PROFESORES: SERGIO ALEXANDER JIMENEZ Y MONICA OROZCO MUNERA CIENCIAS POLITICAS Y ECONOMICAS

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REGIMEN POLITICO, TRABAJO DE APOYO

POR:

SANDRA MILENA ARANGO ORTIZ

11ºA #2

PROFESORES: SERGIO ALEXANDER JIMENEZ Y MONICA OROZCO MUNERA

CIENCIAS POLITICAS Y ECONOMICAS

COLEGIO SAN JOSE DE LA SALLE

MEDELLIN

2012

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¿QUÉ SON LOS REGÍMENES POLÍTICOS?

El conjunto de las instituciones que regulan la lucha por el poder y el ejercicio del poder y de los valores que animan la vida de tales instituciones. Las instituciones por un lado constituyen la estructura organizativa del poder político,pero no que selecciona a la clase dirigente y asigna a los diversos individuos comprometidos en la lucha política, su papel. Por otro lado las instituciones son normas y procedimientos que garantizan la repetición constante de determinados comportamientos y hacen de tal modo posible el desempeño regular y ordenado de la lucha por el poder y del ejercicio del poder y de las actividades sociales vinculadas a este último.

El régimen político: ... normas estables y permanentes que determinan o acompañan a un fenómeno, esto permite revelar la tipología de las formas a través de las cuales se organiza y ejerce el poder político. De igual modo, no es al mismo tiempo un fenómeno que, antes o después y en formas diversas, afecta a todos los sistemas políticos. A diferencia del régimen político, el sistema político no es la instancia que determina las formas y canales de acceso de los ciudadanos a los cargos públicos; establece las características de los ciudadanos que pueden tener ese acceso; define los recursos y estrategias que pueden utilizar para ganar tal acceso y establece los mecanismos que aseguren su adecuado control.

En síntesis el sistema político estará conformado por una serie de subsistemas a través de los cuales se establecen y desarrollan los mecanismos e instrumentos de acceso y control al poder estatal. Estos subsistemas son: el sistema de partidos, el sistema electoral, etc. Por otro lado, en toda sociedad existe un sistema de dominación política, un poder instituido para que algunos manden y otros obedezcan, con sus conectores particulares de acceso y permanencia, con sus organizaciones específicas y con las sanciones legítimas que puede aplicar. Es decir, toda sociedad instituye un determinado régimen político. Agregando además, cada sociedad que se ha organizado crea una serie de instituciones resultantes de luchas sociales y políticas que se configuran en una estructura institucional jurídicamente formalizada.

Desde la teoría política latinoamericana, Guillermo O'Donnell (2007) lo conceptualiza como: “el conjunto de pautas formales e informales, explícitas e implícitas, que determinan los canales de acceso a los principales cargos de gobierno, las características de los actores admitidos y excluidos de tal acceso, y los recursos y estrategias que pueden emplear para lograr los mismos” (Pág.36).

Por tanto, un régimen político posee tres elementos constitutivos:

A) Una sociedad que desarrolla un sistema de instituciones políticas formales e informales que organizan las relaciones entre Estado-Sociedad.

B) Un conjunto de esas instituciones políticas que está formalizado en un sistema normativo.

C) Un sistema ideológico que legitima el funcionamiento de esas instituciones.

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En el punto C, se puede evidenciar como se extiende a una elección de un régimen, que va implicar en términos generales la elección de determinados valores. Es decir, el nexo entre estructura del régimen y valores se extiende, sin embargo, en el sentido de que la elección de un régimen implica de por sí límites a la libertar de acción del gobierno.

. ¿CÓMO SE PUEDEN CARACTERIZAR LOS REGÍMENES POLÍTICOS?

Por régimen político denominamos al conjunto de instituciones que regulan la lucha por el poder, el ejercicio del mismo y los valores que sustentan dichas instituciones. De manera más clara, un régimen político involucra la forma en que se gobierna, cómo se organizan los poderes y las fuerzas que pujan por controlar el poder en un país. Para entender el régimen o tipo de gobierno en un Estado, habría que valorar cosas tales como: quién ejerce el poder, cómo lo ejerce y cómo accedió a él.

Actualmente existen más de 200 estados y casi 300 si contamos los territorios controlados a su vez, por otros estados. Se podría pensar que a esa enorme cantidad de países corresponderían una igualmente enorme cantidad de formas de organizar el gobierno de los mismos. Pero nada más alejado de la realidad, puesto que existen pocas formas de gobierno.

En la actualidad predominan los siguientes tipos de regímenes políticos:

• Democráticos

• Monárquicos

• Autoritarios

• Islámicos

• Socialistas

• Populistas

• Pluripartidistas

• Unipartidistas

¿EXPONGA 3 TIPOS DE REGÍMENES POLÍTICOS QUE EXISTEN EN LA ACTUALIDAD?

Las relaciones entre gobernantes y gobernados diferencia los regimenes políticos y los tipos de gobierno en una sociedad política determinada.

A continuación se realizara un análisis sucinto de dichas relaciones y sus organismos principales.

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Para ello es importante comenzar por definir que es un sistema político, para determinar las instituciones legales que constituyen un gobierno o un estado.

Sistemas Políticos por lo tanto puede definirse como “la forma concreta articulada con frecuencia en un conjunto de leyes básicas, que adopta la organización de la vida política de la sociedad”.

Para estudiar un régimen Político es necesario estudiar la constitución política de el estado frente al cual vamos a realizar ese estudio, según Jiménez de Parga,quien además plantea que un régimen político seria “ "la solución que se da de hecho a los problemas políticos de un pueblo".

En el trabajo titulado “Sistemas Políticos” del Licenciado Radhames Ortiz ,se lee con mucho acierto el siguiente párrafo:

“En una opinión un tanto diferenciada de la mayoría de los autores, Fernando Badia, establece una separación entre el sistema político y el régimen político, definiendo que el primero es un conjunto de estructuras coordinadas desde el punto de vista formal, pero que no existen necesariamente en la realidad, al menos en su estado puro; y en cuanto al régimen este entiende “que son los distintos tipos concretos de organización que han existido o que existen actualmente”, dejando claro en su explicación que estos son más complejos que los sistemas. Al analizar su composición establece que provienen de complementos diversos, de supervivencias de sistemas anteriores y de síntomas de sistemas futuros.”

Todos los regimenes Políticos tienen elementos que lo componen y que son parte integral de ellos. A continuación veremos la posición de dos autores y su concepto sobre lo que para ellos constituyen los elementos que forman la estructura de un régimen político.

Para Lucas Verdú los siguientes son los elementos que forman la estructura de un régimen Político:

- Un techo ideológico, que puede ser Liberal,Socialista,Comunista ,Democratico,etc.

- Un Elemento estructural, que es el modo concreto de organización Política que puede estar en un estado bajo un estado Unitario,Federal,regional,etc.

- Un elemento Social, que determina el modo arquitectónico que configura la sociedad política.

Mientras tanto para Jiménez de Parga los elementos serian:

- Supuestos: que serían la suma de posibilidades que facilitan o dificultan una solución política (condiciones geográficas, riqueza material, nivel de vida, costumbres, etc.)

- Principios: que estarían integrados por las normas jurídicas y los poderes (Constitución o ley fundamental del régimen y todas las demás normas).

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En cuanto a los poderes cabe distinguir: los formales, establecidos por la Constitución Española y las leyes complementarias y, los poderes de hecho o extraconstitucionales, como los partidos políticos, grupos de presión, etc. que articulan también una solución real del régimen.

Ahora bien luego de conocer algunos conceptos y elementos de lo que es un Sistema Político, veamos como las relaciones existentes entre los estados han dado lugar a la formación de entidades supranacionales de distintos tipos, que agruparemos en 5 tipos a saber:

Imperios.

Formados normalmente por la fuerza, los imperios se caracterizan por la centralización del poder y la ausencia de una representación efectiva de sus partes integrantes. En contraste con los grandes imperios antiguos (Egipto, China, Persia, Roma), cuyos regímenes autoritarios proporcionaban un gobierno relativamente estable a numerosos súbditos y vastos territorios a lo largo de cientos de siglos, los imperios modernos (como el imperio británico y, en menor medida, los formados por otras naciones europeas) estuvieron integrados por colonias que, lejos de la metrópoli, pudieron desarrollar diversas formas de autogobierno, factor decisivo que en un lapso muy corto de tiempo, durante el período de entreguerras del siglo **, precipitó el desmoronamiento del imperialismo moderno y configuró un nuevo panorama internacional.

Ligas.

Compuestas por estados que combinan sus fuerzas para oponerse a algún enemigo común, o que acuerdan colaborar para la consecución de un fin determinado, las ligas constituyen una de las formas más comunes de organización supranacional. Son especialmente conocidas la Liga Hanseática y, en el siglo **, la Liga (o Sociedad) de Naciones, formada tras la primera guerra mundial, y predecesora de las Naciones Unidas.

Confederaciones.

Son las confederaciones asociaciones voluntarias de estados

Independientes que acuerdan limitar sus respectivas actividades en algunos aspectos, y establecer determinados mecanismos conjuntos de deliberación y actuación. Históricamente constituyeron el primer paso en la formación de estados a partir de unidades más pequeñas, como sucedió con la Confederación de Cantones Suizos, con el Bund alemán del siglo XIX o con los Artículos de Confederación de los Estados Unidos (1781-1789). Asimismo, las confederaciones pueden sustituir a los imperios tras su definitiva disolución, como fue el caso de la Comunidad Británica de Naciones o la Comunidad Francesa.

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Federaciones.

Las agrupaciones de estados de una región geográfica que establecen una sola organización ejecutiva para la realización o supervisión de determinadas acciones de alcance diverso reciben el nombre de federaciones. Sus objetivos pueden ser políticos o económicos (Benelux, Unión Europea, Euratom) o militares (Organización del Tratado del Atlántico Norte, OTAN).

Naciones Unidas.

Las Naciones Unidas constituyen un sistema supranacional en el que se integran voluntariamente todos los estados que lo desean. Sus fines, el mantenimiento de la paz y la búsqueda conjunta del desarrollo en todos los ámbitos, se encuentran recogidos en una carta fundacional (1945).

Por ultimo daremos una mirada a los sistemas políticos nacionales y subnacionales ,a los sistemas sucesorios y a las distintas formas de gobierno.

En el caso de los sistemas políticos nacionales estos están constituidos como naciones unitarias, cómo es el caso de La Republica de Colombia (art.1 Constitución Política) y en los cuales se puede dar una forma de “descentralización” del poder que se presenta en diferentes niveles(Departamentos, alcaldías),supeditados sin embargo al “poder central” mientras que en el caso de Sistemas federales como Brasil, la política esta dividida entre el gobierno nacional y los gobiernos de cada una de las unidades federadas (Estados),que gozan de mucha mas independencia en sus desiciones que los (Departamentos) pertenecientes al sistema unitarios.

En muchas ocasiones tambien se presentan sistemas politicos subnacionales que en el caso Colombiano se palpa en los resguardos indígenas que poseen normas y procedimientos que pueden aplicar en su territorio siempre y cuando no contravengan la constitución y las leyes de la Republica (art.246Constitucion Política).

Otra forma de Organización Política es la sucesoria que se presenta en las monarquías modernas, casi todas Constitucionales en la actualidad; en la que la figura representativa ostenta el “poder” de generación en generación pero con un sistema político que mediante elecciones y con la figura de un primer ministro detenta el poder político.

¿CUÁL ES EL RÉGIMEN POLÍTICO Y LA FORMA DE GOBIERNO DE COLOMBIA?

Régimen político Colombia: Colombia es un régimen presidencial. Colombia es un país con un sistema democrático regulado por la Constitución de 1991.

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Durante casi toda su historia, Colombia ha tenido un régimen presidencialista con claros componentes plebiscitarios. Quien gana las elecciones es a la vez jefe de Estado y Jefe de Gobierno. El triunfo implica “ganar todo” y la derrota “perder todo”.

. ¿HAY DIFERENCIAS ENTRE EL CONCEPTO RÉGIMEN POLÍTICO Y FORMA DE GOBIERNO?-

explica.

Un sistema político es la plasmación organizativa de un conjunto de interacciones estables a través de las que se ejerce la política en un contexto limitado. Este sistema viene formado por instituciones, organizaciones, comportamientos, creencias, normas, actitudes, ideales, valores y sus respectivas interacciones, que mantienen o modifican el orden del que resulta una determinada distribución de utilidades, conllevando a distintos procesos de decisión de los actores, que modifican la utilización del poder por parte del político a fin de obtener el objetivo deseado.

El término ha sido confundido con los de forma de gobierno porque alude a la estructura y funcionamiento de los poderes públicos. Una forma de gobierno o sistema de gobierno o estructura de gobierno o régimen político o modelo de gobierno es una manera de ejercitar el los distintos tipos de poder por parte de poder gobernante, y una estructura de gobierno es la forma en la que se estructura dicho poder, sin embargo un sistema político es el sistema en el que se encuentra inmerso dicho poder y en el cual ha de desenvolverse para conseguir su objetivo. De esta forma posee una connotación más dinámica y compleja pues no se refiere aisladamente a las instituciones de gobierno o al resto de actores políticos que inciden sobre ellas, sino a la interdependencia del conjunto y al proceso de toma de gobierno.

De igual manera se ha empleado en ocasiones erróneamente para referirse al concepto de forma de Estado, concepto análogo al de forma de gobierno sólo que este último no sólo comprende también poder, sino además territorio y población.

Forma de gobierno o forma política o régimen político o régimen de gobierno o sistema de gobierno o modelo de gobierno o modelo político es un concepto que hace referencia al modelo de organización del poder constitucional que adopta un Estado en función de la relación existente entre los distintos tipos de poderes. Según la forma adoptada, podrá hacerse una primera categorización entre presidencialismos y parlamentarismos. El carácter electivo o no de la jefatura de Estado permite hacer una segunda clasificación entre repúblicas (electiva) y monarquías (no electiva).

Los términos forma de gobierno y modelo de gobierno son empleados usualmente, aunque de forma impropia, para referirse al concepto de forma de Estado o modelo de Estado: propiamente este último no sólo comprende el poder, sino además el territorio

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y la población. Las distintas formas clásicas de clasificar las formas de Estado (federal, confederal, regional) también se suelen denominar formas de Estado en los textos políticos y filosóficos por la contracción lingüística "forma de gobierno del Estado" y "forma política del Estado" en "forma del Estado".

De igual manera ha sido confundido con el de sistema político, porque alude también a la estructura y funcionamiento de los poderes públicos. No obstante, mientras que una forma de gobierno (o sistema de gobierno o régimen político) es una manera de ejercitar los distintos tipos poder por parte del gobierno, y una estructura de gobierno es la forma en la que se estructura dicho poder; un sistema político es el sistema en el que se encuentra inmerso dicho poder y en el cual ha de desenvolverse para conseguir su objetivo. Entendido así, el concepto forma de gobierno posee una connotación más estática y simple pues se refiere aisladamente a las instituciones de gobierno o al resto de actores políticos que inciden sobre ellas, y no a la interdependencia del conjunto (sistema político) y al proceso de toma de decisiones de gobierno, por su propia naturaleza más dinámico y cambiante.

La denominación correspondiente a la forma o modelo de gobierno suele incluso incorporarse al nombre o denominación oficial del estado, por ejemplo: República Argentina, Estados Unidos Mexicanos, Reino de España, Federación Rusa o Gran Jamahiriya Árabe Libia Popular y Socialista. Sólo hay dieciocho países que no lo hacen así, por ejemplo: Jamaica, mientras que once sólo indican que son "estados". La forma más común es "república", con 132 casos de muy distinto tipo. Las monarquías son 33 (18 de ellas "reinos").

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE LEGITIMIDAD Y LEGALIDAD?

La distinción entre “legalidad “ y legitimidad” es una diferencia esencial en un Estado democrático de Derecho. La legalidad pertenece al orden del derecho positivo y sus normas contienen siempre fuerza de ley (es decir generan obligación jurídica). La legitimidad forma parte del orden de la política (discrecionalidad dentro de la legalidad) y de la ética pública (fundamentación cognitiva de las normas y de las decisiones). Mientras que la legalidad genera obligación, la legitimidad genera responsabilidad (política o ética) y reconocimiento. La legalidad tiene una racionalidad normativa acotada y la legitimidad tiene una lógica deliberativa abierta.Cualquier intento de suprimir esta diferencia lesiona gravemente a la democracia y al Estado de Derecho. Sin la diferencia entre legalidad y legitimidad el sistema político se torna fatalmente totalitario. El mantenimiento de esta frontera es una de las tareas más precisas y delicadas de todo sistema político democrático.

Viene el recordatorio este a cuento por el debate suscitado sobre si la forma de acceso de Griñán a la Presidencia de la Junta de Andalucía es o no legítima. Los que afirman que no se puede discutir la legitimidad de Griñan confunden , a tenor de las argumentaciones usadas, legitimidad y legalidad: lo que en realidad quieren decir es que en un sistema parlamentario y según la Constitución y el Estatuto de Autonomía, Griñán ha sido elegido y es un presidente absolutamente legal . Por supuesto pero no

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es ese el debate. Si de lo que se dudara de la legalidad habría que haberse dirigido no a la opinión pública sino a los tribunales.

¿Por que se puede y se debe discutir la legitimidad de Griñán?. En primer lugar por que no compareció a las elecciones como candidato a la presidencia. Me dirán que esa elección no existe en el Estatuto y que lo que se elige son sólos diputados. Cierto, pero que no exista en el plano jurídico (legalidad) no implica que no exista en el plano del debate y las decisiones políticas ( legitimidad). El estatus de “candidato a la presidencia” es tan relevante que las campañas de publicidad , incluido la propaganda electoral oficial tutelada por la Junta Electoral ; concentra sus esfuerzos y recursos en él. Canal Sur organiza con la supervisión de la Junta Electoral debates entre “los candidatos a la presidencia”. El estatus de candidato a la presidencia es similar al del programa electoral ,no genera ninguna obligación ni competencia jurídica pero es esencial en la toma de decisiones de los ciudadanos. Y estaremos de acuerdos todos que en una democracia , todo lo que desvía a la acción de gobierno de la decisiones tomada por los ciudadanos debilita , no la legalidad, pero si la legitimidad del gobernante.

Veamos un caso. El PSOE comparece y gana las elecciones generales de 1982 con la promesa electoral de salir de la OTAN por medio de un referéndum. ¿Podía legalmente el gobierno de González haberse sustraído de tal compromiso?. Por supuesto, nada le obligaba jurídicamente. No hubiese sido una decisión ilegal peor parece claro que hubiera sido una decisión ilegítima

Pues igual ocurre con Griñán carece de legitimación y debiera haber recurrido a una nueva consulta directa con los ciudadanos por medio de unas elecciones anticipadas Por el contrario a esta ilegitimidad de origen, Griñan ha añadido otra sobrevenida en el discurso de investidura. El candidato ha afirmado que viene con un nuevo programa. ¿Un nuevo programa un año después de unas elecciones?.¿Quién ha votado ese nuevo programa? ¿Mantendrá en este nuevo programa el objetivo del pleno empleo para el 2009?

El resultado es que ahora , cuando escribo esto ya ha sido elegido, tenemos un presidente y un programa que nadie ha elegido cuando ambos , presidente y programa, son, junto con el partido , los tres factores claves en la elección ciudadana. Malo es que a los déficit estructurales de nuestra democracia y nuestra autonomía le añadamos quiebras coyunturales de la legitimidad. Y peor es que confundamos legalidad y legitimidad en un “acto fallido” que denota un inconsciente despótico.