#ReformaTelecom 2014 Mexico
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#ReformaTelecom 2014 (México)LA CONVERGENCIA EN TELECOMUNICACIONES 2.1
Aviso• El propósito de esta presentación es con motivos de capacitación y análisis.
• Esta presentación no constituye recomendaciones de carácter legal.
I. Introducción
#MundialBrasil2014
I.1. Antecedentes
a. Lo que debió haber ocurrido (la convergencia digital)
b. Lo que ocurrió (la apertura en algunos servicios)
c. Lo que puede ocurrir (incremento en la competencia y concurrencia en servicios)
Calificación de México hacia el Mundial 2014Lo que debió haber ocurrido…
#YoureWelcomeMexico
México –Mundial Brasil 2014Lo que ocurrió …#MemoOchoa trendtopic
México ‐ Sub 17 2011Lo que puede ocurrir…
II. La Sociedad de la Información
#MundialBrasil2014
II.1. La Sociedad de la Información
Convergencia de tecnologías de la
información
Servicios e infraestructura de telecomunicaciones
Radiodifusión
II.1. El cambio de paradigma
Telefonía fija Telefonía móvil
Ancho de banda
(Broadband)
I.1. El cambio de paradigma
LVGC (1940)Ley Federal de
Telecomunicaciones (1995)
Nueva Ley Federal de
Telecomunicaciones y Radiodifusión
(2014)
II.2. Algunos de los objetivos
Atraer más inversiones
Desplegar más infraestructura
Abatir la exclusión social
Generar más empleos
Lograr una mayor cobertura de servicios
Incrementar y fortalecer la sana competencia
II.3. Actualización en el marco institucional
SHCP• Opinión no vinculante en contraprestaciones por el otorgamiento o prórroga de concesiones y la autorización de servicios adicionales
Segob• Administración de los tiempos de Estado, vigilancia de las transmisiones de radiodifusión y contenidos audiovisuales
Profeco• Protección y vigilancia de los derechos los usuarios
III. La estructura institucional
#MundialBrasil2014
III.1. Instituto Federal de Telecomunicaciones
Centralización de política y
regulación (SCT)
Órgano desconcentrado
(Cofetel)
Ente con competencia constitucional
(Ifetel)
III.1. Instituto Federal de Telecomunicaciones
• Pleno, órgano máximo de gobierno y decisión• Secretario técnico y autoridad investigadora en materia de competencia económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión
• Procedimiento seguido en forma de juicio, de conformidad con la Ley Federal de Competencia Económica• Durante la investigación, ningún Comisionado, ni el Pleno tienen injerencia
• Autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones.
III.2. Gestión del Espectro Radioeléctrico
• Incremento del tráfico en móvil
• Nueva figura: uso a título secundario del espectro (servicios alternativos)
• Tipos de uso: espectro determinado, libre, protegido y reservado
• El Estado mantendrá, en todo momento, el dominio sobre el espectro radioeléctrico y las posiciones orbitales asignadas
• Espectro – Bien de Dominio Público de naturaleza limitada
III.3. Concesión única
• Título habilitante que autoriza la prestación de todo tipo de servicios por cualquier medio de transmisión
• Con 4 categorías o fines:• Uso comercial
• Uso público
• Uso privado
• Uso social
• Autoriza la prestación de cualquier servicio por cualquier medio de transmisión o tecnología• Espectro radioeléctrico
• Recursos orbitales
• Mecanismos de obtención• Licitación
• Mercado secundario
• Cambio de frecuencias
Nueva Cadena del Estado
Multiprogra‐mación
radiodifundida en TV restringida
Must Carry / Must Offer
III.4. Competencia en radiodifusión
III.5. Redes de Telecomunicaciones
• Arquitectura Abierta
• Interconexión (con otras redes)
• Interoperabilidad (con otros proveedores de servicios)
• Interconexión
• El insumo más importante de las redes públicas (y de las redes privadas también)
• Uso de capacidades y funciones de distintas redes
• Obligación y derecho de todo concesionario
Art. 51 – LVGC (1940)
• La Secretaría de Comunicaciones está facultada para introducir a las condiciones conforme a las cuales se haga el servicio público en las vías generales de comunicación y medios de transporte ya establecidos o que en lo sucesivo se establezcan, en su calidad de servicios públicos, todas las modalidades que dicta el interés del mismo. …
Art. 53 – LVGC (1940)
• Los concesionarios y permisionarios de vías generales de comunicación y medios de transporte tienen la obligación de enlazar sus vías, líneas, o instalaciones con las de otras empresas y con las del Gobierno Federal, así como combinar sus servicios con los de aquéllas y con los de éste, cuando el interés público lo exija y siempre que a juicio de la Secretaría de Comunicaciones se reúnan los requisitos técnicos necesarios para que el servicio sea eficiente. …
Art. 41 – LFT (1995)
• Los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones deberán adoptar diseños de arquitectura abierta de red para permitir la interconexión e interoperabilidad de sus redes. A tal efecto, la Secretaría elaborará y administrará los planes técnico fundamentales de numeración, conmutación, señalización, transmisión, tarificación y sincronización, entre otros, a los que deberán sujetarse los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones. …
Art. 43 – LFT (1995)
• En los convenios de interconexión a que se refiere el artículo anterior, las partes deberán:
• I. Identificar los puntos de conexión terminal de su red
• II. Permitir el acceso de manera desagregada a servicios, capacidad y funciones de sus redes sobre bases de tarifas no discriminatorias
• V. Llevar a cabo la interconexión en cualquier punto de conmutación u otros en que sea técnicamente factible
• VII. Establecer mecanismos para garantizar que exista adecuada capacidad y calidad para cursar el tráfico demandado entre ambas redes
Art. 3 – Nueva LFTyR (2014)
• Interconexión – conexión física o virtual, lógica y funcional entre redes públicas de telecomunicaciones que permite la conducción de tráfico entre dichas redes y/o entre servicios de telecomunicaciones prestados a través de las mismas, de manera que los usuarios de una de las redes públicas de telecomunicaciones puedan conectarse e intercambiar tráfico con los usuarios de otra red pública de telecomunicaciones y viceversa, o bien permite a los usuarios de una red pública de telecomunicaciones la utilización de servicios de telecomunicaciones provistos por o a través de otra red pública de telecomunicaciones.
Art. 3 – Nueva LFTyR (2014)
• Interoperabilidad – características técnicas de las redes públicas de telecomunicaciones que permiten la interconexión efectiva, por medio de las cuales se asegura la provisión de un servicio de telecomunicaciones específico de una manera consistente y predecible, en términos de la entrega funcional de servicios entre redes.
Art. 119 – Nueva LFTyR (2014)
• Los concesionarios que tengan redes públicas de telecomunicaciones que presten servicios móviles, celebrarán libremente acuerdos relativos al servicio de usuario visitante en los que establezcan los términos y condiciones bajo los cuales se efectuará la conexión entre sus plataformas para originar o recibir comunicaciones de voz y datos.
• La celebración de dichos acuerdos será obligatoria para el agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones o a los agentes económicos con poder sustancial, a quienes se les podrá imponer la obligación de suscribir el acuerdo respectivo dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de la solicitud por parte del concesionario interesado. …
III.6. Construyendo un nuevo marco regulatorio
Las redes públicas de telecomunicaciones
La competencia en las redes de
telecomunicaciones
La libre concurrencia en las redes y los
servicios de telecomunicaciones
IV. Conclusiones
#MundialBrasil2014
Nueva LFTyR (2014)
• ¿Cómo actualizar al regulador de las telecomunicaciones?
• ¿Es suficiente con renovar el marco legislativo?
• ¿Cómo construir una cultura regulatoria interna?• Asegurando la evidencia de las decisiones• Basada en la congruencia de cada una de las decisiones
#MundialBrasil2014
Nueva LFTyR (2014)
• ¿En qué cambia la naturaleza de las concesiones?
• ¿Cuál es el régimen de transición, para las concesiones otorgadas bajo la LVGC y la LFT?
• ¿Bajo el nuevo régimen, las concesiones actuales pueden calificar como una prórroga (en todas las obligaciones y derechos originales)?
#MundialBrasil2014
#ReformaTelecom 2014 (México)LA CONVERGENCIA EN TELECOMUNICACIONES 2.1