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Junio 1995 DECLARACIÓN DE POLÍTICA DEL CONSEJO * RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE CONTENIDO Párrafo Introducción............................................... 1-6 Las reglas cambiantes del Reconocimiento de las Calificaciones Contables ................................................ 7-12 Principios del Reconocimiento............................13-27 Proceso del Reconocimiento...............................28-30 Obstáculos considerados como no vinculados a la Calificación Profesional................................................. 31 Apéndice 1: Disposiciones claves del GATS. Apéndice 2: Ejemplos de Iniciativas de Reconocimiento Mutuo. * A partir de Mayo del 2000 fue renombrado por el Consejo de IFAC como Junta del IFAC. (IFAC Board) DECLARACION DE POLITICA

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Junio 1995

DECLARACIÓN DE POLÍTICA DEL CONSEJO*

RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES

DEL PROFESIONAL CONTABLE

CONTENIDO

Párrafo

Introducción............................................................................................................................1-6

Las reglas cambiantes del Reconocimiento de las Calificaciones Contables ......................7-12

Principios del Reconocimiento...........................................................................................13-27

Proceso del Reconocimiento..............................................................................................28-30

Obstáculos considerados como no vinculados a la Calificación Profesional..........................31

Apéndice 1: Disposiciones claves del GATS.

Apéndice 2: Ejemplos de Iniciativas de Reconocimiento Mutuo.

* A partir de Mayo del 2000 fue renombrado por el Consejo de IFAC como Junta del IFAC. (IFAC Board)

DECLARACION DE POLITICA

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RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE

Introducción

1. La misión de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) es el desarrollo y mejoría, a nivel mundial, de la profesión contable con normas armonizadas, capaces de proporcionar servicios uniformes de alta calidad a favor del interés público. Inherente a la declaración de esta misión, se entiende que los servicios uniformes de alta calidad significan que las normas profesionales que regulan estos servicios también son de alta calidad uniforme. La uniformidad de las normas de alta calidad facilitará la práctica internacional de la profesión contable.

2. Tradicionalmente, los contadores han tenido práctica internacional como individuos y como firmas. El ímpetu principal en pos de este movimiento ha sido la globalización de los negocios, la cual se ha acelerado especialmente en años recientes. Como las empresas se convirtieron en multinacionales, requirieron que sus asesores financieros también sean igualmente multinacionales. Como resultado, los contadores profesionales se han agrupado en organismos mundiales, proporcionando un amplio rango de servicios alrededor del mundo.

3. A pesar de estos progresos, los institutos profesionales y autoridades reguladoras nacionales han sido renuentes a aceptar las calificaciones profesionales de contadores extranjeros para prestar servicios regulados. Se han establecido condiciones de residencia, ciudadanía, criterios educacionales especiales y exámenes, condiciones, que son, en muchos casos, imposibles de cumplir. Además, algunos de estos criterios no corresponden a las calificaciones profesionales. Dado el alcance internacional de la profesión contable, los contadores profesionalmente calificados, como individuos y como firmas, están buscando cada vez más ser reconocidos en países extranjeros y a menudo ven estos obstáculos como irrazonables.

4. La culminación exitosa de la Ronda de Negociaciones Comerciales de Uruguay, y el Acuerdo General sobre la Comercialización de Servicios (GATS por su acrónimo en inglés), han dado especial ímpetu a la demanda para el reconocimiento de las calificaciones contables de extranjeros. El GATS trata de regular los obstáculos al comercio internacional y a la inversión extranjera en la industria de servicios, incluyendo la práctica contable y de otras profesiones más allá de las fronteras. Establece una serie de reglas para disciplinar la intervención del gobierno en el mercado, para asegurar que los proveedores o afiliados internacionales de servicios extranjeros, firmas y profesionales gocen de los mismos privilegios que sus contrapartes competidoras locales, con respecto a la regulación del gobierno a fin de eliminar los obstáculos discriminatorios para que las personas de otros países entren al mercado y practiquen su profesión. Los firmantes del GATS y sus disposiciones, obligan a sus autoridades reguladoras nacionales y provinciales.

5. El Concejo* de IFAC reconoce que un verdadero mercado internacional para los servicios de contabilidad, con igual acceso para todos los profesionales calificados, es consistente con su misión y alienta a las organizaciones nacionales de la profesión contable y a las autoridades reguladoras o que proporcionan licencia, a encargarse del reconocimiento de las calificaciones contables de extranjeros. Sin embargo, su mayor preocupación es el interés público e IFAC cree que cualquier esfuerzo de reconocimiento mutuo debe asegurar que se respete escrupulosamente la necesidad primordial de contar con normas de alta calidad. A este respecto, la referencia a normas internacionales, tales como las promulgadas por el IFAC y la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por su acrónimo en ingles), pueden ser especialmente útiles para satisfacer esta necesidad.

* A partir de Mayo del 2000 fue renombrado por el Consejo de IFAC como Junta de IFAC. (IFAC Board)

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6. Dada la situación anterior, el Consejo* de IFAC ha emitido esta Declaración de Política para ser usada por sus miembros y otras partes interesadas. Las estipulaciones de esta Declaración de Política ayudarán a la implementación de las disposiciones del GATS así como a asegurar que se mantengan las normas apropiadas de calificación profesional.

Las Reglas Cambiantes del Reconocimiento de las Calificaciones Contables

7. Tradicionalmente, el reconocimiento mutuo de las calificaciones de los contadores profesionales de una jurisdicción a otra ha sido acordado entre organizaciones profesionales con relaciones cercanas y con tradiciones, metas y objetivos similares. Algunas veces, tal reconocimiento es concedido por una autoridad que otorga licencias cuando el permiso para encargarse de una auditoría, atestiguamiento u otra función reservada, es concedida por una autoridad que otorga licencias y no por un organismo profesional.

8. Generalmente el reconocimiento es condicional dependiendo si el solicitante satisface algunos acuerdos adicionales sobre educación, experiencia, exámenes o requerimientos de residencia para reconocer las diferencias entre las jurisdicciones interesadas. Tales acuerdos no están muy difundidos debido, algunas veces, a los conflictos económicos y a los factores políticos y sociales. Los diversos requerimientos para ser calificado como contador, tales como la variedad de los sistemas educativos y las diferencias en las normas de contabilidad y auditoría, en las leyes y regulaciones relacionadas, así como las diferencias en la forma en que la profesión esta regulada en varios países, no han permitido movilizar a los contadores profesionales. Adicionalmente, los criterios relacionados a la ciudadanía y a la residencia han incrementado los obstáculos.

9. El nuevo GATS trata los obstáculos regulatorios al comercio internacional y a la inversión extranjera en la industria de servicios, incluyendo la práctica de la contabilidad y de otras profesiones más allá de las fronteras, estableciendo reglas para intentar:

Asegurar que los proveedores extranjeros de servicios o internacionalmente afiliados, firmas y profesionales gocen de los mismos privilegios que sus contrapartes o competidores nacionales con respecto a las regulaciones gubernamentales;

Eliminar obstáculos discriminatorios de ingreso al mercado y a la práctica de personas de otros países, concentrándose solamente en aquellos temas relacionados a las calificaciones profesionales; y

Proporcionar transparencia a todos los proveedores de servicios en cuanto a las reglas gubernamentales que rigen el reconocimiento de las calificaciones.

Aunque se aplican a todo rango de servicios industriales y profesionales, dos de las reglas del GATS tienen particular pertinencia para los profesionales de la contabilidad (el Artículo VI sobre “Regulación Nacional” y el Artículo VII sobre el “Reconocimiento de las Calificaciones y Licencias”, los cuales se encuentran en el Apéndice 1).

10. En esencia, el GATS busca asegurar que las personas de un país que desean proporcionar servicios en otro país, gocen de los mismos privilegios que sus contrapartes nacionales. Los requisitos de reconocimiento no deberían constituir obstáculos irrazonables para comercializar los servicios. Se espera que las reglas sean desarrolladas sobre la base de sector por sector, para asegurar que los requerimientos de licencia estén basados en criterios objetivos y transparentes y no sean más onerosos de lo que es necesario para asegurar la calidad del servicio.

* A partir de Mayo del 2000 fue renombrado por el Consejo de IFAC como Junta de IFAC. (IFAC Board)

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11. El GATS requiere que todos los países tengan implementados procedimientos adecuados para verificar las calificaciones de los profesionales de otros países que buscan el derecho de ofrecer servicios dentro de sus jurisdicciones. Esto tendrá implicancias tanto para las organizaciones de profesionales contables como para las autoridades reguladoras y licenciadoras.

12. Aunque el alcance del GATS es multinacional, no se encarga de su implementación bilateral. IFAC cree que la forma más efectiva de lograr su reconocimiento es a través de iniciativas bilaterales. Hay diferencias en cuanto a normas educacionales y de reconocimiento, requerimientos de experiencia, temas profesionales, influencia regulatoria y varios otros temas, todos los cuales hacen que la implementación del reconocimiento sea extremadamente dificultoso sobre una base multilateral. Las negociaciones bilaterales permitirán a los países involucrados concentrarse en los temas más importantes relacionados a sus entornos. Sin embargo, una vez alcanzados los acuerdos bilaterales, esto puede conducir a otros acuerdos bilaterales que, en última instancia, extenderán su reconocimiento mutuo más ampliamente.

Principios del Reconocimiento

13. El GATS requiere que los criterios para el reconocimiento de las calificaciones no excedan de lo necesario para asegurar la calidad del servicio. Se espera que cada país tenga una metodología para comparar las calificaciones profesionales y que ésta deba ser aplicada de una manera justa y consistente a todos los solicitantes. IFAC recomienda que el proceso de evaluación esté fundado sobre los componentes clave de la calificación profesional, comprendidos dentro de las tres áreas siguientes:

Educación – acceso a las normas / organismo de conocimiento.

Exámenes – pruebas de competencia profesional.

Experiencia – pertinente a la práctica profesional.

14. Al implementar el proceso de evaluación, se sugieren los siguientes principios. Ello en paralelo a las recomendaciones de la Guía Internacional de Educación 9 (IEG - 9 por su acrónimo en inglés) y se proponen porque se ha encontrado que son ampliamente aceptadas dentro de la profesión para satisfacer la necesidad de mantener sus altas normas y proteger al interés público. Adicionalmente, pueden ayudar a los países que están negociando el reconocimiento mutuo a tomar decisiones fundadas respecto al grado de equivalencia de los requerimientos básicos educacionales. Este es un procedimiento crucial, debido a que, cuando hay suficiente equivalencia en los requerimientos básicos de educación de los dos organismos, las partes negociadoras pueden proceder más eficientemente.

Educación

15. Inicialmente, los temas y habilidades cubiertas por sus organismos de conocimiento deben ser comparados. El conocimiento teórico que está contenido en el organismo de conocimiento de las personas que buscan el reconocimiento, debe incluir al menos los siguientes temas:

Análisis y evaluación crítica de estados financieros;

Auditoría;

Consolidación de cuentas;

Costos y administración contable.

Contabilidad general;

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Sistemas de control interno;

Requerimientos legales y profesionales relacionados con el ejercicio de las funciones reservadas y relacionadas; y

Normas relacionadas con los estados financieros.

16. Además, el organismo de conocimiento debe cubrir al menos las siguientes áreas en cuanto a que son pertinentes para la(s) función (funciones) reservada(s) y relacionada(s):

Principios básicos de administración financiera de empresas;

Negocios, economía general y financiera;

Leyes civiles y comerciales;

Información tecnológica y de sistemas

Ley de insolvencia y procedimientos similares

Matemáticas y Estadística;

Prestación de servicios financieros, asesoría, etc.;

Conducta profesional y ética;

Seguridad social y leyes de empleo; y

Leyes tributarias.

Los candidatos deben cubrir estos temas con amplitud y suficiente profundidad para permitirles desarrollar la función pertinente en el nivel esperado. Para asegurar que este es el caso, es necesario efectuar una revisión detallada de los respectivos programas educacionales y de su contenido.

17. Las áreas de diferencias realmente sustanciales (en términos de amplitud y profundidad) respecto a los temas que son considerados esenciales para la práctica de la profesión en los respectivos países, deben ser identificadas. Los candidatos que buscan el reconocimiento deben aceptar que podrían requerir tomar cursos adicionales, obtener experiencia local o ser sometidos a una evaluación adicional en temas de área(s) clave(s).

18. Hay una diversidad internacional considerable en los perfiles educacionales de los contadores profesionales y algunas veces en la propia calidad de la educación en particular. En muchos países, se requiere un grado de estudios en contabilidad, mientras que otros aceptan diferente educación y/o aceptan experiencia en lugar de una educación formal. Las normas de educación no deben ser consideradas en forma aislada. Más bien deben ser vistas en un contexto global de la experiencia requerida para el reconocimiento y evaluación de exámenes profesionales rendidos por un candidato de su mismo perfil profesional.

Exámenes

19. Los candidatos para el reconocimiento de las calificaciones profesionales deben demostrar que han pasado un examen de competencia profesional. Este examen debe evaluar no solamente el nivel necesario de conocimientos teóricos si no también la habilidad para aplicar competentemente esos conocimientos en una situación práctica. La evaluación objetiva de los exámenes profesionales se convierte así en un componente clave del proceso de reconocimiento.

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20. Los miembros de la organización deben satisfacerse que la evaluación a que fueron sometidos los candidatos no sólo prueba verdaderamente el conjunto de conocimientos y la habilidad para su aplicación, si no que las políticas y procedimientos para su construcción, seguridad y distribución son adecuados para asegurar la integridad del proceso de evaluación. También se debe llegar a un acuerdo sobre la necesidad de una revisión periódica del proceso de educación y evaluación de las calificaciones que fueron reconocidas para asegurar que las condiciones del reconocimiento continúen siendo aplicables.

21. El contenido, la severidad, alcance y la duración de los exámenes profesionales manejados por las organizaciones profesionales u otras autoridades también varían. Algunas se basan en el estudio de casos, mientras que otras hacen uso extensivo de pruebas objetivas. Algunas son altamente computarizadas y otras son más razonadas.

La tarea es asegurar que los candidatos han sido adecuadamente evaluados en las áreas pertinentes en la extensión necesaria, que les permita operar competentemente en las funciones reservadas de su elección.

Experiencia

22. Es crucial para cualquier profesional no sólo tener un profundo conocimiento teórico sino también ser capaz de aplicar tales conocimientos competentemente en el mundo laboral.

23. Se sugiere que, antes del reconocimiento para propósitos de desarrollar una función reservada, un individuo debe haber realizado y aprobado un mínimo de dos1 años de experiencia práctica, apropiadamente supervisada, principalmente en el área de la función respectiva y en un ambiente profesional apropiado.

24. Los miembros de la organización u otras autoridades que consideran el reconocimiento de otras calificaciones, deben evaluar los requerimientos de experiencia respectiva y determinar cómo tratar cualquier diferencia que aparezcan. Las diferencias normalmente se relacionan con:

La naturaleza y el alcance de la experiencia requerida (por ejemplo, en algunos países, la experiencia fuera de la contaduría pública no es considerada como aceptable para propósitos de reconocimiento de la práctica).

La duración del periodo de experiencia obtenida, y

Los procedimientos requeridos para certificar la experiencia obtenida (por ejemplo, algunos países requieren la testificación del empleador, mientras que otros confían en informes periódicos por parte de aquellos que están obteniendo la experiencia).

Cualquier evaluación necesitará tener debida consideración de la extensión de la experiencia pertinente a la función reservada que ha obtenido el candidato. Del análisis puede resultar el requerimiento que, antes de obtener el reconocimiento en la jurisdicción de la organización anfitrión, un candidato deba requerir obtener experiencia adicional.

25. El país anfitrión también podría buscar imponer un periodo de experiencia práctica en el propio país anfitrión para demostrar competencia en las leyes, prácticas y/o regulaciones del país anfitrión. En estos casos, tal requerimiento debe ser sólo para ese propósito. Ello no debe ser irrazonablemente largo para un individuo que de otra manera reúna el requisito básico de experiencia práctica, tal como se menciona en el párrafo 23.

1 El período sugerido de dos años fue modificado posteriormente por el Comité de Educación a tres años. Ver la Guía Internacional de Educación 9 (IEG 9 por su acrónimo en ingles), párrafo 49 (revisada en Octubre de 1996), para reflejar las circunstancias actuales.

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Otros Factores a ser Considerados

26. Aunque los elementos básicos de educación, examen y experiencia serán el fundamento de cualquier acuerdo de reconocimiento, hay varios otros factores importantes a ser considerados:

La diversidad de normas contables y de auditoría podría causar problemas en los temas de reconocimiento. Tales normas se desarrollan como una respuesta a los cambios en los ambientes sociales, económicos, legales y políticos. Aquellos países con numerosas normas técnicas podrían estar en duda para autorizar la práctica de personas de países con normas técnicas significativamente diferentes, particularmente en el área de la función reservada. Esta dificultad puede ser resuelta, si generalmente se acepta que los solicitantes pueden estar razonablemente obligados a demostrar un adecuado conocimiento y entendimiento de las normas pertinentes tal como son aplicadas en el país anfitrión.

Las prácticas éticas difieren de país a país. Cuando un contador profesional es reconocido en un país anfitrión, el o ella podrían estar normalmente sujetos a la ética del país anfitrión. Sin embargo, cuando las diferencias parecen ser importantes, el país anfitrión puede estar renuente a aceptar contadores extranjeros. Así como con las normas de contabilidad y auditoría arriba mencionadas, la demostración de conocimiento de las prácticas éticas del país anfitrión es una expectativa razonable. Además, al evaluar la importancia de las diferencias, también puede ser útil referirse al Código de Ética para Contadores Profesionales de la IFAC.

Es claro que si alguien va a practicar competentemente necesita tener cualidades razonables para expresarse en forma oral y escrita en el lenguaje de negocios generalmente utilizado en el país anfitrión.

Los requerimientos para la educación profesional continua (CPE por su acrónimo en inglés), opuesta a la precalificación de la educación mencionada en los párrafos 15-18, se están volviendo más comunes dentro de la profesión como condición al derecho de práctica. El efecto de un requerimiento obligatorio en esta área necesita ser tratado en muchos países, desde que el CPE es usualmente voluntario. Se originaran dificultades cuando un organismo tiene en vigencia una política obligatoria de CPE y este no es el caso en la jurisdicción de un candidato. En tales circunstancias, se puede necesitar acordar algunas calificaciones adicionales para las personas que buscan el reconocimiento del organismo que tiene en vigencia los requerimientos de CPE. Sin embargo, cualquier arreglo que se haga debe ser razonable y estar diseñado para facilitar a los candidatos el cumplimiento de los requerimientos necesarios dentro de un período razonable.

27. El GATS se relaciona con el reconocimiento mutuo de las calificaciones profesionales. Pero no se relaciona con la reciprocidad de los miembros de las organizaciones profesionales. Esto será especialmente importante en aquellos países donde la función de autorización de licencias y/o práctica está separada de la organización profesional contable. IFAC cree que el espíritu del reconocimiento mutuo se debe extender a la membresía. Ello estimula a todos los organismos profesionales de la contabilidad a desarrollar clasificaciones de membresía u otros procesos mediante los cuales los profesionales extranjeros reconocidos también puedan ser parte de la organización contable. La membresía de los profesionales extranjeros reconocidos ayudará a aquellos individuos a mantener y mejorar su competencia en las prácticas del país anfitrión mediante el acceso a publicaciones técnicas, contacto con contadores profesionales locales, conocimiento de la práctica ética y otros temas. Mejorar la competencia técnica es en beneficio directo del interés público.

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Proceso de Reconocimiento

28. Al intentar establecer procedimientos para el reconocimiento de calificaciones de extranjeros, se debe tener cuidado con las diferencias en la estructura organizacional de la profesión. En un país donde la profesión contable y el proceso para otorgar licencias no esta centralizado, un organismo nacional podría negociar en nombre de sus miembros a nivel provincial o estatal con las autoridades locales licenciadoras las cuales podrían tener amplia diferencia de requerimientos. En algunos países, el reconocimiento para propósitos de la práctica requiere la membresía de las organizaciones contables locales reconocidas, mientras que en otros el reconocimiento se obtiene mediante la afiliación a dicha institución o de una autoridad licenciadora Gubernamental.

29. El GATS requiere que cada país establezca un proceso que proporcione el reconocimiento de las calificaciones de extranjeros. Además, el proceso debe ser transparente y equitativo para todos aquellos individuos que solicitan su calificación. Algunos países u organismos miembros ya podrían tener vigentes esos procesos mientras que otros no los tienen. En ambientes emergentes de gran cambio global, los primeros necesitarán revisar ahora sus sistemas y crear estructuras más formales y los últimos necesitarán implementar facilidades apropiadas lo más pronto posible. Los siguientes temas deben ser tratados:

Líneas cercanas de contacto con organizaciones profesionales de otros países, para evaluar las normas diferentes.

Un proceso mediante el cual el sistema educativo, la curricula y los programas de titulación en los países extranjeros, puedan ser evaluados, cara a cara, con relación a los requerimientos locales; esto será especialmente importante en aquellos casos donde la precalificación de la educación no siempre confía en el sistema universitario.

Evaluación del sistema de exámenes en países extranjeros, tanto del contenido como del proceso del examen.

Evaluación de los requerimientos de experiencia y de la forma en que tal experiencia es monitoreada y controlada.

Establecimiento de un organismo revisor, o una estructura similar, la cual analizará los resultados del proceso anteriormente mencionado y publicará y administrará el programa para facilitar el reconocimiento de las calificaciones de extranjeros; dicho organismo utilizaría puntos de referencia internacional (por ejemplo, IFAC’s IEG 9) y recomendaría exámenes especiales y otros programas que permitan a los candidatos demostrar competencia únicamente en requerimientos locales.

30. Inevitablemente, tales estructuras implicarán costos. Los gastos legales y administrativos son algunos ejemplos. Estos podrían ser significativos. Podría ser razonable que los candidatos que solicitan su reconocimiento deben estar preparados para contribuir con los costos incurridos de acuerdo con sus solicitudes y deben estar enterados desde el principio de la magnitud de los cargos involucrados. En algunos países, el elemento costo /cargo podría ser un tema para el estado por cuenta del cual las organizaciones profesionales o la autoridad que otorga licencias están actuando.

Obstáculos Considerados como no vinculados a la Calificación Profesional

31. El GATS estipula que los requerimientos de calificación no deben constituir obstáculos innecesarios para comercializar los servicios y no deben ser más onerosos que lo necesario para asegurar la calidad del servicio y proteger el interés público.

32. Los países imponen diversas restricciones que no están necesariamente relacionadas, específicamente, con las calificaciones profesionales. Por ejemplo:

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Requerimientos de que sólo los ciudadanos de un país son elegibles para recibir títulos o licencias;

Requerimientos de que los candidatos a títulos o licencias profesionales deben ser residentes en la jurisdicción de la licencia por un periodo anterior a la presentación de la solicitud;

Requerimientos de que los profesionales licenciados sean residentes permanentes, o estén establecidos permanentemente, en la jurisdicción de la licencia; sin embargo, si el candidato no es un residente permanente o establecido permanentemente, el o ella podrían estar razonablemente obligados a demostrar que el o ella intentan practicar las funciones reservadas; y

Requerimientos de que un candidato concurra a una institución educativa específica o que solo requiere un grado universitario (sin considerar la experiencia u otro tipo de entrenamiento) satisfacer los requerimientos educacionales.

IFAC cree que es necesaria una investigación adicional antes que se concluya si tales restricciones son o no innecesariamente onerosas. Esta investigación debe tener en consideración, entre otros, el impacto sobre la capacidad de la profesión local nacional para desarrollarse por sí misma.

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Apéndice 1

Disposiciones claves del GATS

Antecedentes

Las condiciones de la Ronda de Comercio del Uruguay, negociadas bajo el auspicio del Acuerdo General sobre Tarifas y Comercio (GATT* por su acrónimo en inglés) incluyeron el primer acuerdo multinacional removiendo los obstáculos a los contadores que deseaban practicar más allá de las fronteras. Algunos de éstos, tales como los cambios en los controles migratorios y restricciones de visas, son vistos en común con otras industrias y proveedores de servicios. Otras, notables obstáculos para la obtención de la certificación para la práctica en jurisdicciones extranjeras, son únicas a las profesiones.

El convenio multilateral del Acuerdo General sobre Comercialización de Servicios (GATS), trata estos problemas de calificación de la práctica en jurisdicciones extranjeras de dos maneras:

1. Primero, las disposiciones sobre regulación nacional requieren que los países administren sus licencias o reglas de certificación de manera razonable, objetiva e imparcial y prohíbe usarlas como obstáculos diferenciados para el comercio. Para llevar a cabo este amplio mandato, el acuerdo prevé el desarrollo de disciplinas vinculantes más específicas en el futuro. También se requiere que los países establezcan procedimientos específicos para verificar la competencia y credenciales de los profesionales de otros países.

2. Segundo, el acuerdo alienta a los países a reconocer a otros profesionales, autónomamente o a través de acuerdos de reconocimiento mutuo. Adicionalmente, establece guías para asegurar que tales acuerdos no sean usados simplemente para discriminar a los profesionales cuyos países no son parte del acuerdo.

Artículos de interés especial para la Profesión Contable

Hay dos artículos dentro del GATS que son de particular interés para la profesión contable:

El Artículo VI, sobre regulación nacional, es una de las reglas que solo se aplica a la contabilidad en los casos en que gobiernos individuales han realizado compromisos específicos en sus agendas. Contiene tres características importantes:

Los gobiernos acuerdan aplicar las regulaciones que afectan los servicios industriales y profesionales de manera razonable, objetiva e imparcial de modo que ello no sirvan como barreras para el comercio.

Los requerimientos y procedimientos de calificación, normas técnicas y requisitos de licenciamiento no deben constituir obstáculos innecesarios para el comercio de servicios. Además, se deben desarrollar disciplinas o reglas sobre la base de sector por sector, para asegurar de que tales medidas se basan en criterios objetivos y transparentes, no son más onerosas que lo necesario para asegurar la calidad del servicio, en el caso de los requerimientos de licencia, y no sirvan en sí mismas como restricciones para proporcionar el servicio. Las normas internacionales deben ser tomadas en cuenta en la determinación del cumplimiento de estos principios.

Todos los países deben tener en vigencia procedimientos adecuados para verificar las calificaciones de los profesionales de otros países que buscan el derecho de practicar dentro de sus jurisdicciones.

El Artículo VII, sobre registro de calificaciones y licencias, se aplica a través del organismo a todos los servicios y profesiones en todos los países firmantes sin tener en cuenta si se han

* General Agreement on Tariffs and Trade

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realizado compromisos específicos. Tal como el artículo VI, este artículo tiene tres características pertinentes a la profesión contable:

Los países deben escoger su propio enfoque para el reconocimiento de las calificaciones y licencias de extranjeros, a través de un reconocimiento unilateral, acuerdos recíprocos bilaterales o a través de la armonización internacional.

No es obligatorio para un país entrar en tales acuerdos. Sin embargo, si un país decide hacerlo, cualquiera sea el enfoque elegido debe ser aplicado de una manera consistente, objetiva y justa a todos los otros países que buscan el reconocimiento de sus profesionales.

Los países son alentados a cooperar con las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales para el establecimiento y adopción de calificaciones y normas de prácticas internacionales comunes.

Implementación

La operación del GATS, así como el mismo GATT y un nuevo acuerdo sobre la protección de la propiedad intelectual, serán supervisados y administrados por la nueva Organización Mundial de Comercio (WTO* por su acrónimo en inglés). El GATS, también crea un Consejo sobre Comercio de Servicios, compuesto por representantes de los países firmantes, para continuar con las negociaciones sobre los temas pendientes y de otro modo, para recoger preguntas que surjan en la operación del acuerdo de servicios.

Se sabe que, en el contexto de los servicios profesionales, el Consejo sobre Comercio de Servicios estará estableciendo un grupo de trabajo cuando el acuerdo tome mayor fuerza para supervisar la implementación del acuerdo de servicios y que su trabajo relacionado con la contabilidad ya ha sido designado como “un tema de prioridad.”

Las siguientes tres etapas de la agenda, han sido establecidos para el grupo de trabajo:

1. Las disciplinas y reglas adicionales previstas por el Artículo VI, deben ser desarrolladas para asegurar que los requisitos y procedimientos nacionales de calificación, las normas técnicas y los requisitos de licencias en contabilidad no constituyen obstáculos innecesarios para el comercio.

2. El uso de normas internacionales, con respecto a las calificaciones y a la práctica de la contabilidad, debe ser alentada a través de la cooperación con organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales pertinentes. IFAC y el IASC son obviamente las organizaciones no gubernamentales involucradas en este esfuerzo.

3. El reconocimiento de las calificaciones más allá de las fronteras debe ser alentado, de acuerdo con el Artículo VII, mediante el desarrollo de guías apropiadas para los acuerdos de reconocimiento.

* World Trade Organization.

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Apéndice 2

Ejemplos de Iniciativas de Reconocimiento Mutuo

La Unión Europea

El verdadero fundamento legal para la filosofía del reconocimiento mutuo fue el Tratado de Roma de 1957. Sin embargo, tomó varias décadas desarrollar la voluntad política necesaria. Esto sucedió con el Acta Única Europea de 1986 que engarzó la filosofía de reconocimiento mutuo. El sistema general de reconocimiento mutuo de diplomas busca permitir a los profesionales en la Unión Europea circular más libre y fácilmente de un estado miembro a otro. Este sistema concierne únicamente a los individuos e ignora a las firmas las cuales pueden ser parte pertinente de la profesión. Además, la directiva se relaciona sólo con la prestación de servicios basado en el comercio y no trata la cuestión de la prestación de servicios más allá de las fronteras.

El resultado final que se busca es el derecho del profesional a ejercer su profesión en el estado miembro anfitrión o proporcionar sus servicios bajo las mismas condiciones a que están sujetos los profesionales de ese país. La implementación progresiva de la primera directiva en los estados miembro y las organizaciones que evalúan el reconocimiento local de la profesión contable, debe incrementar significativamente el número de contadores beneficiados por el reconocimiento mutuo de sus títulos o licenciaturas.

Norte América

El Acuerdo de Libre Intercambio de Norte América (NAFTA por su acrónimo en inglés) establece reglas básicas y obligaciones para facilitar el comercio de servicios más allá de las fronteras. A la vez que reconoce la necesidad de regulación, el NAFTA alienta el amplio acceso a los mercados con la condición de que los requerimientos de licencia deben estar basados en criterios objetivos y transparentes, tales como la competencia profesional, y no deben ser más onerosos que lo necesario para asegurar la calidad del servicio prestado.

En 1991 se suscribió un acuerdo entre el Instituto Canadiense de Contadores Registrados, el Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados y la Asociación Nacional de Juntas de Contabilidad de los Estados, el cual se hizo efectivo en noviembre de 1993, en algunos estados, pero no en todos los estados de los Estados Unidos de Norteamérica. El titular de una designación podría calificar para la otra parte, pero pasando los exámenes de conocimientos y reuniendo ciertos requerimientos de experiencia. Los candidatos para reconocimiento recíproco que califican en los exámenes locales de conocimientos de una de las instituciones, estarán exentos de la obligación de someterse al examen final de calificación de esa institución.

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