Qué Es Una Garantía Constitucional

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  • 7/24/2019 Qu Es Una Garanta Constitucional

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    QU ES UNA GARANTA CONSTITUCIONAL?

    Con la Constitucin de 1979 se ingreso a una era de modernizacin doctrinaria endonde se distinguen ntidamente los instrumentos procesales, a los que sedenomino "Garantas Constitucionales", de los derechos fundamentales dela persona en la constitucin.

    Por lo tanto las Garantas Constitucionales son el procedimiento legal de proteccinde los derechos fundamentales del ser humano, con la nalidad de ofrecer alciudadano la garanta legal tanto mnima como m!ima en el cumplimiento #usto dela normati$idad $igente.

    %uestra actual Constitucin Poltica de 199& esta'lece como GarantasConstitucionales a las siguientes acciones de orden constitucional( HabeasCorpus, Accin de Amparo, Habeas Data , Accin de Inconstitucionalidad,Accin Popular y Accin de Cumplimiento) las cuales se encuentrancontempladas dentro del titulo **+++ rt. -, incisos del 1 al /.

    ARTICULO 66.- OBJETO

    Es objeto de !"o#eso de #$%!&%&e'to o"de'(" )$e e *$'#&o'("&o o($to"&d(d !$b( "e'$e'te +

    10 e cumplimiento a una norma legal o e#ecute un acto administrati$o rmeo )

    -0 2e pronuncie epresamente cuando las normas legales le ordenan emitir unaresolucion administrati$a o dictar un reglamento

    CARACTERSTICAS ,E LA ACCIN ,E CU/LIIENTO+

    L( A##&0' de C$%!&%&e'to !"ese't( (s s&1$&e'tes #("(#te"2st(s+

    3s una garanta constitucional

    3s de naturaleza procesal.

    3s de procedimiento sumario

    2ir$e para hacer acatar la le4 o un acto administrati$o a las autoridades ofuncionario renuente

    ARTICULO 63.- LEGITIACION 4 RE/RESENTACION

    Cualquier persona podr! iniciar el proceso de cumplimiento frente a normascon rango de le4 4 reglamentos.

    2i el proceso tiene por o'#eto hacer efecti$o el cumplimiento de un actoadministrati$o, solo podr! ser interpuesto por la persona cu4o fa$or seepidi el acto o quien in$oque inter5s para el cumplimiento del de'eromitido.

    6rat!ndose de la defensa de derechos con inter5s difusos o colecti$os, lalegitimacin corresponder! a cualquier persona.

    simismo la defensora del pue'lo puede iniciar procesos de cumplimiento.

    TR5ITE ,E LA ACCIN

    L( (##&0' de #$%!&%&e'to se t"(%&t( #o'*o"%e ( (s d&s!os&o'es!e"t&'e'tes de ( Le N 789:6; )$e "e1$(' e !"o#ed&%&e'to de ((##&0' de (%!("o

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    A) Agotamiento De La Va Previa

    B) Trmite En Primera Instancia

    C) Medida Cautelar

    D) Recurso De Aelaci!n

    E) Recurso E"traordinario

    #) Recurso De $ue%a

    REQUISITOS ,E LA ACCIN ,E CU/LIIENTO

    L( 'o"%(t&&d(d o e (#to (d%&'&st"(t&o !("( e #$( est@' *(#$t(dos de"e(&(" ( ($to"&d(d o e *$'#&o'("&o )$e 'o ( (#(t( debe"@' #o't(" #o'os s&1$&e'tes "e)$&s&tos %2'&%os #o%$'es+

    a0 2er un mandato $igente.

    '0 2er un mandato cierto 4 claro, es decir, de'e inferirse +ndu'ita'lemente de la

    norma legal o del acto administrati$o.

    c0 %o estar su#eto a contro$ersia comple#a ni a interpretaciones dispares.

    d0 2er de ineludi'le 4 o'ligatorio cumplimiento.

    e0 2er incondicional. dicionalmente, para el caso del cumplimiento de los actosdministrati$os, adem!s de los requisitos mnimos comunes mencionados, en talesactos se de'er!(

    f0 econocer un derecho incuestiona'le del reclamante.

    g0 Permitir indi$idualizar al 'eneciario.

    ARTICULO 6.- LEGITIACION /ASIDA

    8a demanda de cumplimiento se dirigir! contra la autoridad o funcionariorenuente de la administracin pu'lica al que corresponda el cumplimiento deuna norma legal o la e#ecucin de un acto administrati$o.

    2i el demandado no es la autoridad o'ligada, aquel de'er! infrmalo al #uezindicando la autoridad a quien corresponda su cumplimiento.

    3n caso de duda el proceso continuara con las autoridades respecto de lascuales se interpuso la demanda.

    3n todo caso, el #uez de'er! emplazar a la autoridad que conforme el

    ordenamiento #urdico, tenga competencia para cumplir con el de'eromitido.

    ARTICULO 6.- REQUISITO ES/ECIAL ,E LA ,EAN,A

    Para la improcedencia del proceso de cumplimiento se requerir! que eldemandante pre$iamente ha4a reclamado, por documento de fecha cierta,el cumplimiento del de'er legal o administrati$o , 4 que la autoridad seha4a raticado en su incumplimiento o no ha4a contestado dentro de los 1das tiles siguientes a la presentacin de la solicitud.

    parte de dicho requisito, no ser! necesario agotar la $a administrati$a quepudiera eistir.

    ARTICULO 3:.- CAUSALES ,E I/ROCE,ENCIA

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    No !"o#ede e !"o#eso de #$%!&%&e'to +

    Contra las resoluciones dictadas por el Poder :udicial, 6ri'unal Constitucional4 :urado %acional de 3lecciones

    Contra el Congreso de la epu'lica para eigir la apro'acin o la insistenciade una le4)

    Para la proteccin de derechos que pueden ser garantizados mediante losprocesos de amparo, ha'eas data 4 ha'eas corpus)

    Cuando se interpone con la eclusi$a nalidad de impugnar la $alidez de unacto administrati$o)

    Cuando se demanda el e#ercicio de potestades epresamente calicadas porla le4 como discrecionales por parte de un autoridad o funcionario)

    3n los supuestos en los que proceda interponer el proceso competencial)

    Cuando no se cumpli con los requisitos especial de la demanda pre$isto por

    el articulo /9 del presente cdigo) 4

    2i la demanda se interpuso luego de $encido el plazo de / das contadosdesde la fecha de recepcin de la noticacin notarial.

    ARTICULO 3=.- ,ESISTIIENTO ,E LA /RETENSION

    3l desistimiento de la pretensin se admitir! nicamente cuando esta se reera aactos administrati$os de car!cter particular.

    ARTICULO 37.- CONTENI,O ,E LA SETENCIA

    L( se'te'#&( )$e de#("( *$'d(d( ( de%('d( se !"o'$'#&("(!"e*e"e'te%e'te "es!e#to ( +

    1. 8a determinacin de la o'ligacin incumplida.

    -. 8a orden 4 la descripcin precisa de la conducta a cumplir.

    &. 3l plazo perentorio para el cumplimiento de lo resuelto, que no podr!eceder de 1 das.

    ;. 8a orden de la autoridad o funcionario competente de iniciar la in$estigacindel caso para efecto de determinar responsa'ilidades penales odisciplinarias, cuando la conducta del demandado as lo ei#a.

    ARTICULO 38.- EJECUCION ,E LA SENTENCIA

    8a sentencia rme que ordena el cumplimiento del de'er omitido ser! cumplida deconformidad con lo pre$isto por el articulo --< del presente Cdigo.

    ARTICULO 77.- ACTUACION ,E SENTENCIAS

    8a sentencia que cause e#ecutoria en los procesos constitucionales se actaconforme a sus propios t5rminos por el #uez de la demanda.

    8as sentencias dictadas por los #ueces constitucionales tienen pre$alencia so're lasde los restantes rganos #urisdiccionales 4 de'en cumplirse 'a#o responsa'ilidad.

    ARTICULO 3>.- NORAS A/LICABLES

    3l procedimiento aplica'le para este proceso ser! el mismo que el pre$isto

    por el presente Cdigo para el proceso de amparo, en lo que sea aplica'le. 3l #uezpodr! adaptar dicho procedimiento a las circunstancias del caso.

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    CONCLUSIONES

    3l proceso de cumplimiento es una defensa procesal de la ConstitucinPoltica del 3stado tiene el o'#eto de lograr el cumplimiento de los mandatoscontenidos en una norma legal o acto administrati$o rme

    3l proceso de cumplimiento puede ser interpuesto tanto por una personanatural como por el 3stado en representacin de los derechos. 3l proceso decumplimiento de'e estar 'asado en un acto administrati$o.

    Con respecto al proceso de cumplimiento, ca'e mencionar que no 'asta unasimple omisin para que proceda accin o proceso de cumplimiento. 8aConstitucin ha esta'lecido una condicin su'#eti$a, consistente en larenuencia a acatar lo ordenado por le4 o el acto administrati$o conforme alrt. -= +nc. /=.

    FORATO ,E ,EAN,A ,E ACCIN ,E CU/LIIENTO