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    Ao 7 N 229Del 31 de octubre al 6 de noviembre del 2011

    [email protected] gratuita

    Publicacin de laPonticia Universidad Catlica del Per

    Vive la Catlica!

    MILENA GOLTE

    .edu

    Tendencias:Halloweenvs. Msicacriolla. Msi-

    ca: IX Festival Interna-cional de Msica Cl-sica Contempornea.Convocatoria: guerrade bandas en EE-

    GGLL. Vida estudiantil:la Fepuc estrena pgi-na web. En el campus:a truequear se hadicho. Agenda: exposi-cin Compuestos dela memoria, de MaraPa Torrejn.

    +Q

    LazostrazadosNuestro rector, el Dr.Marcial Rubio, hablade la importancia deformar parte de redesuniversitarias para

    establecer conexionesde colaboracin. [Pg. 12]

    La mente aldescubiertoLa Maestra enEstudios Tericos enPsicoanlisis de laPUCP cumple diez aos

    de fundacin. La teorapsicoanaltica est deaniversario. [Pg. 8-9]

    www.pucp.edu.pe

    Comunidades

    en su leyLas comunidades indgenas han resuelto susconictos mediante la justicia comunal durantemucho tiempo. Ahora, el Poder Judicial impulsa queestas prcticas se incorporen a la justicia estatal. [Pgs. 2-4]

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    Si un juicio nos com-plica la vida en laciudad, en una co-munidad indgenapuede ser letal. Noes casualidad que los internos

    ms desamparados en unacrcel suelan ser campesinoso nativos. Desde la diferencialingstica hasta la falta de di-nero, casi todo juega en con-tra de ellos en los tribunales.Su mayor obstculo: tener unacultura distinta.

    Heber Pashco, nativo de lacomunidad de Cahuapanas,en Oxapampa, es procesadopor homicidio. Quiso disparara un venado en el bosque pe-ro le dio a otro comunero. Pre-guntado si era culpable, dijoque s, pero se refera al dispa-ro. El juzgado no se preocup

    por su idioma. El caso ha sidoregistrado por la Academia dela Magistratura.

    La carga econmica tampo-co es poca cosa. Para un proce-so judicial, considerando solodos aos, los pagos mnimos aun abogado, gastos directos eindirectos sumaran S/. 6,300,dice Antonio Pea, abogado yprofesor del Departamento deDerecho de la PUCP. No solo losindgenas tendran problemas.Dado que un 39% de peruanoses pobre y otro 30% no tiene unnivel de ingresos del todo sa-tisfactorio, cerca del 70% de la

    poblacin tendra una barreraeconmica que no le permiti-ra acceder al sistema de justi-cia peruano.

    Sin embargo, existen for-mas de justicia alternativasque han probado eficiencia.Durante centurias, las comu-nidades indgenas, en la sierra y en la selva, han resuelto sus

    informe

    La otra justicia

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    JUSTICIA COMUNAL

    PorDAVID PEREDA

    conflictos mediante la justiciacomunal. No todas las prcti-cas son iguales, pero coincidenen resolver las controversias enla propia comunidad, sin recu-rrir a un tribunal estatal. Lasrondas campesinas, que surgie-ron por la ausencia del Estado,tambin las han adoptado.

    Es un alternativa eficaz pa-ra que se aplique la justicia endonde no llega el Estado o don-de hay barreras, como la cultu-ra y el dinero, que impiden alos ciudadanos acceder a la jus-ticia estatal. De hecho, la justi-cia comunal aparece como elmejor medio para resolver con-flictos en grupos sociales o cul-turales con bajos ingresos eco-nmicos, sostiene Pea.

    PROPUESTA OFICIAL. Elpropio Poder Judicial le reco-noce aportes. El ltimo 29 deseptiembre, present al Con-

    greso el Proyecto de Ley de Co-ordinacin y Armonizacin

    LUIS MUJICADocente delDepartamentode CienciasSociales

    Pocas veceshe ledo unapropuesta quese ocupa deponer en el nivelinterculturala sistemas de

    justicia locales.

    El Poder Judicial impulsa la justicia comunal, practicadapor comunidades indgenas y rondas campesinas,mediante un proyecto de ley que promueve la

    aplicacin de este sistema en coordinacin con laadministracin ju dicial estatal.

    Intercultural de la Justicia,que promueve el sistema co-munal en coordinacin conla administracin judicial es-tatal. La iniciativa fue elabora-da por una comisin especial,formada en mayo pasado porel presidente del Poder Judi-cial, Csar San Martn. El gru-

    po estuvo presidido por el juezsupremo Vctor Prado Salda-rriaga, docente de la PUCP. Pe-a colabor con la comisin.

    El proyecto de ley busca ha-cer viable la coordinacin e in-teraccin de los sistemas judi-ciales que coexisten en nues-tro pas. Reconoce la jurisdic-cin especial de la justicia co-munal para las comunidadescampesinas (sierra), nativas(selva) y rondas campesinas.

    La propuesta responde aun mandato de la Constitu-cin, en su artculo 149: Lasautoridades de las comunida-

    des campesinas y nativas,con el apoyo de las rondascampesinas, pueden ejer-cer las funciones juris-diccionales dentro desu mbito territo-rial de conformi-dad con el dere-cho consuetudi-nario, siempreque no violenlos derechosfundamen-tales de lapersona. Laley establecelas formas de

    coordinacin dedicha jurisdiccinespecial con los Juzgados dePaz y las dems instancias delPoder Judicial.

    El proyecto ratifica los de-rechos fundamentales comolmites que se deben respetar y rechaza cualquier abuso quese sustente en aspectos cultu- I L U

    S T R A C I O N E S : M I L E N A G O L T E

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    ANAREVILLADocente delDepartamentode Derecho

    Las rondascampesinasno debentener el mismoreconocimiento

    porque noson pueblosoriginarios.

    ver cada caso, y otra un movi-

    miento social y poltico conconsecuencias nefastas comolo de Ilave. No identifico esaejecucin con justicia comu-nal. All, intereses familiares y polticos movieron a la mu-chedumbre, seala Mujica.

    El proyecto de ley pone loscandados para evitar conse-cuencias extremas. Para al-gunos, ms bien, el desinte-rs del Estado para validar la justicia comunal ha generadodesbordes al estilo de Fuenteo- vejuna. En un caso en Huan-cayo, una comunidad informa las autoridades sobre robos

    reiterados, pero no los aten-dieron, seala el antroplo-go. Entonces, la poblacin en-furecida tom la justicia pormano propia. Para evitar si-tuaciones como la menciona-da, esta iniciativa legal pro-mueve el dilogo regular en-tre autoridades de la justiciaestatal y de la comunal.

    ESTUDIO DE LA COMISIN ANDINA DE JURISTAS

    La justicia comunal en comunidades del CuzcoEn el 2009, la Comisin Andi-na de Juristas public el libro

    Estado de la relacin entre justi- cia indgena y justicia estatal enlos pases andinos , un estudiode casos en Colombia, Per,Ecuador y Bolivia. Para nues-tro pas, estudi tres comu-nidades indgenas del Cuzco:Ocongate, Quehue y Machi-guengas. Algunas conclusio-nes de este estudio sobre la justic ia comunal fueron lassiguientes:

    - Los mecanismos de resolu-

    cin de conflictos que imple-mentan las rondas campesi-nas constituyen una ga-ranta para la seguri-

    dad de la poblacin indgenaen el sector rural. La disminu-cin de varios delitos que eranmuy frecuentes en el mbitocomunal, como el abigeato,prueba su efectividad, recono-cida por las autoridades judi-ciales y policiales.

    - Desde hace algunos aos,los jvenes dirigentes indge-nas introducen cambios enla organizacin comunal yrondera, principalmente porsus experiencias temporalesen las ciudades o en institu-

    ciones universitarias o tcni-cas en la ciudad del Cuzco.Los cambios impul-sados se reflejan al

    momento de aplicar los cas-tigos, poniendo lmites paraevitar los excesos y regulandolos procedimientos tanto enel mbito rondero como enel comunal. Adems, tienenmayor apertura para el rela-cionamiento con autoridades judiciales.

    - La fuerza organizativa dela comunidad influye muchoen los niveles de relaciona-miento con instancias judi-ciales. Los comuneros sancio-nados respetan las decisiones

    de la asamblea general de lacomunidad. En las comuni-dades indgenas en las que nohay rondas campesinas exis-

    ten menos niveles de relacio-namiento con las autoridades judiciales.

    - En la selva amaznica sehan intensificado conflictospor la explotacin de los re-cursos naturales. Las empre-sas explotadoras suelen con-tratar temporalmente a ind-genas para trabajos secunda-rios, los cuales abandonan laslabores agrcolas y no partici-pan en los trabajos comuna-les obligatorios. Esto generagraves luchas dentro de las

    comunidades.- Respecto a las autorida-des judiciales, hay mayor co-nocimiento sobre las comu-

    nidades indgenas. Sin em-bargo, no consideran que ten-gan facultades para resolverconflictos aplicando las prc-ticas consuetudinarias de lascomunidades. Cuando se tra-ta de casos con indgenas o co-munidades como partes delproceso, solo aplican lo quedice la ley ordinaria.

    - Jueces y fiscales cuestio-nan la celeridad de la inves-tigacin que realizan las ron-das. Consideran que la culpa-bilidad presumida hace que

    los supuestos autores de cier-tos delitos sean detenidos ar-bitrariamente, para luegocomprobar su inocencia.

    ANTONIOPEADocente delDepartamentode Derecho

    Es unaalternativa eficazpara que seaplique la justiciaen donde no

    llega el Estadoo donde haybarreras.

    do una forma de justicia con-

    ducida por una cultura muydiferente? Para el antroplo-go Luis Mujica, profesor delDepartamento de CienciasSociales, la iniciativa legal esbuena, pero requiere ms pre-cisiones. Pocas veces he le-do una propuesta que se ocu-pa de poner en el nivel inter-cultural a sistemas de justicialocales, pero necesitar unabuena reglamentacin en laque se precisen ms cosas,sostiene.

    La tragedia de Ilave perma-nece en nuestra memoria co-mo extremo de un pueblo en

    desborde. El asesinato del al-calde Cirilo Robles, en el 2004,fue utilizado por algunos parasatanizar la justicia comunal,pero lo que sucedi fue algomuy distinto, ms bien polti-co. Una cosa es la justicia, conun aparato comunal que se re-ne y tiene un procedimientomuy formal y ritual para resol-

    rales. Dehecho, ex-

    cluye de la justicia comunallos delitos contra el Estado, elordenamiento jurdico inter-

    nacional, cometidos por la cri-minalidad organizada, el ho-micidio doloso y la violacinsexual. Asimismo, define unproceso para dirimir conflic-tos de competencia con el Po-der Judicial.

    La iniciativa busca fomen-tar el respeto a la diversidadcultural, la necesidad de un

    dilogo in-tercultural

    en la adminis-tracin de justicia

    y de proteccin efect i- va de los derechos huma-

    nos. La pluralidad culturalconstituye un principio pa-ra ordenar la pluralidad ju-rdica.

    JUSTICIA INTERCULTU-

    RAL.

    La propuesta no estexenta de polmica. Muchasprcticas de la justicia comu-nal nos pueden desconcertarsi las vemos con censores ojosoccidentales, como algunoscastigos fsicos o la permisinde matrimonios con menoresde edad. Cmo distinguir losexcesos cuando hemos valida-

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    ABIERTO EL DEBATE.

    Para la abogada Ana Revilla,profesora del Departamentode Derecho, debemos deba-

    tir a fondo el proyecto de ley.Merece una discusin pbli-ca ms intensa porque se re-fiere a grupos muy diversos.El funcionamiento de las co-munidades es distinto segnsu localizacin, unas ms vin-culadas al mercado otras msalejadas, afirma la especialis-ta. Asimismo, considera favo-rable que se reconozca la justi-cia comunal de comunidadesindgenas, porque antecedenal Estado. El Estado se montsobre poblaciones que tenansistemas propios de justicia.Casi dos siglos despus, se los

    reconocen, resalta.El caso de las rondas cam-pesinas es distinto. No de-ben tener el mismo recono-cimiento porque no son pue-blos originarios. Surgen enCajamarca, en poblados depequeos agricultores, al nohaber organizacin comu-nal, para defender sus pose-siones, explica.

    Para Mujica, la justicia es-tatal tiene mucho que apren-der de la justicia comunal deorigen ancestral. No hay nin-guna comunidad en la quehaya cargas procesales. Los

    problemas nacen y se resuel- ven pronto. Cuando son muygrandes, las llevan al Poder Ju-dicial. El reconocimiento dela justicia comunal bajar lacarga procesal en la justiciaestatal, dice.

    Adems de la Consti tu -cin, la justicia comunal espromovida por el Convenio169 de la Organizacin Inter-nacional del Trabajo (OIT), so-bre pueblos indgenas, suscri-to por el Per. El mes pasado,el gobierno aprob la Ley deConsulta Previa, siguiendolos compromisos del mencio-

    nado convenio. Ahora, la jus-ticia comunal asoma en laagenda. n

    INFORME: JUSTICIA COMUNAL

    POR APLICAR LA JUSTICIA COMUNAL

    De jueces a enjuiciadosEntre 500 y 1,000 autoridadesde comunidades indgenas yrondas campesinas estaranenjuiciadas por ejercer la jus-ticia comunal, muchas inclu-so encarceladas. Juan CarlosRuiz, abogado del Institutode Defensa Legal (IDL), obtu- vo esta informacin de la Cen-tral nica Nacional de RondasCampesinas (Cunarc) para unartculo sobre la justicia co-munal en nuestra Constitu-cin, publicado en el 2009.

    Aunque varios habran de-

    linquido, segn Ruiz todo pa-rece indicar que en muchos

    otros casos estn tambin pro-cesadas autoridades comuna-les de manera injusta, puesse trata de casos en los que ()han ejercido la justicia comu-nal con pleno respeto de losderechos fundamentales. Eltexto, titulado La interpre-tacin del artculo 149 de laConstitucin Poltica por laCorte Suprema, aparece en ellibro La legitimidad del poder enlos pases andino-amaznicos , delInstituto de Investigacin y De-bate sobre la Gobernanza.

    La Constitucin reconocela justicia comunal a las co-

    munidades campesinas, nati- vas, con el apoyo de las rondascampesinas, siempre que res-peten los derechos humanos.Este reconocimiento se pier-de cuando estas autoridadesincurren en abusos o excesos,tipificados en el Cdigo Penalcomo delitos. Es por ello queun ajusticiamiento y un lin-chamiento nada tienen que ver con la justicia comunal.Ellos constituyen delitos, in-dica el texto en mencin.

    A 18 aos de este reconoci-

    miento constitucional, recintenemos un proyecto de ley pa-

    ra la coordinacin entre el Po-der Judicial y la justicia comu-nal. En su artculo, Ruiz pre-senta catorce sentencias de laCorte Suprema que interpre-tan el artculo 149 de la Cons-titucin. Segn el autor, estassentencias establecen reglaspara interpretar el reconoci-miento de la justicia comunal. Asimismo, facilitan la coordi-nacin entre la justicia estatal y la justicia comunal. El pro- yecto de ley elaborado por elPoder Judicial busca establecer

    esta coordinacin, ms all dela jurisprudencia conocida.

    punto de vistaVCTOR PRADOSALDARRIAGAPresidente de la Comisin deTrabajo sobre Justicia Indgenay Justicia de Paz del PoderJudicial (El Peruano , 12 deoctubre del 2010)

    Nuestro proyecto de leybusca mejorar el serviciode justicia, cumpliendocon una tarea pendientedesde la Constitucin: pro-mover la coordinacin en-tre la justicia ordinaria y

    ria para con esas otras expre-siones de justicia en nuestrapatria. No se puede seguirmarchando en lneas parale-las, separadas. Ms bien, de-bemos encontrarnos, y estapropuesta normativa quiere

    viabili zar e se encuen tro in-tercultural.

    Sabas que...

    l Un 33% de peruanos notiene acceso a la justicia,segn el ltimo Informe delPNUD (Programa de lasNaciones Unidas para elDesarrollo). Las principalesbarreras que tienen sonculturales, lingsticas,econmicas, geogrcas,sociales y de gnero.l La administracin de justicia en el mundorural la imparten dosinstituciones: la justiciacomunal (autoridades de lascomunidades campesinasy nativas) y los Juzgadosde Paz (ciudadanos noabogados elegidos porvotacin popular).

    en la web

    www.pucp.edu.pe/puntoedu

    Lee la entrevista completa en:

    la justicia comunal especialque en el pas tiene exponen-tes muy definidos en las co-munidades andinas, nativas y en las rondas campesinas.De este modo, el Poder Judi-cial llena un vaco que no ha-

    ba podido ser cubierto porotros poderes del Estado, es-pecialmente el Legislativo,que desarroll iniciativas an-teriores, pero que no pudie-ron alcanzar un resultado fi-nal exitoso. Es una necesidadconstitucional y una deudaque tiene la justicia ordina-