Proyecto repudio ataque J P Suarez

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r- -__ I 03 Honorable Cámara de Diputados de laNación PROYECTO DE DECLARACIÓN La Cámara de Diputados de la Nación DECLARA \ Su gran preocupación y repudio por ~l ataque intimidatorio perpetrado contra el periodista Juan Pablo Suárez durante el fin de semana del 4 y 5 de Abril de 2015. Laura Alonso Diputada Nacional

Transcript of Proyecto repudio ataque J P Suarez

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I 03

Honorable Cámara de Diputados de la Nación

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación

DECLARA\

Su gran preocupación y repudio por ~l ataque intimidatorio perpetrado contra elperiodista Juan Pablo Suárez durante el fin de semana del 4 y 5 de Abril de 2015.

Laura AlonsoDiputada Nacional

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

La Fundación LED denunció, el día 07/04/201S, un ataque contra el periodista Juan PabloSuarez, realizado a 10 largo del fin de semana largo de Semana Santa en su casa enSantiago del Estero. (http://www.fundacionled.org/articulos-y-monitoreo/atacan-a-juan-pablo-suarez-en -santiago-deI-estero)

Asimismo, el portal Infobae reflejó que "En momentos en que los ocupantes del hogar seencontraban disfrutando delfin de semana largo, un grupo de personas ingresó a la casa~que el periodista Juau-Pablo Suárez c0T1!partecon su familia y destrozaron todo lo queallí encontraron." (htm://www.infobae.com/201s/04l061172os50-atacaron-la-casa-de1-periodista -santi agueno-que-estuvo- preso- filmar- una -protesta -poIicial)

La Fundación Led destaca que Suárez, quien en diciembre de 2013 fue detenido durante 10días acusado de ;rnción tras cubrir una manifestación de policías provinciales quereclamaban mejoras salariales, y luego se transformó en el primer periodista a quien seintentó aplicar la ley antiterrorista, denunció el saqueo y la destrucción de su domicilio yde su vehículo particular. Finalmente, las causas iniciadas por la justicia de Santiago delEstero contra el periodista fueron desestimadas.

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\Las amenazas e intimidaciones se enmarcan dentro de lo que podríamos considerar unacensura indirecta y que laJJ()rte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Editorial RíoNegro afirmó que "~s.ó1o ....debe evitar el gobierno acciones intencional o exclusivamenteorientadas a limitar el ejercicio de la libertad de prensa, sino también aquellas que llegan aidéntico resultado de manera indirecta".

La Corte Interamericana ha señalado que la libertad de expresión es una piedra angular enla existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de laopinión pública. Es también conditio sine qua non para que los partidos políticos, lossindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes deseen influir sobrela colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que lacomunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada. Por ende, esposible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre.

Además, agregó que el periodismo es la manifestación primaria y principal de la libertadde expresión del pensamiento y que la libertad e independencia de los periodistas es unbien que es preciso proteger y garantizar (Opinión Consultiva OC-S/8S del 13 DeNoviembre De 1985 La Colegiación Obligatoria De Periodistas (Arts. 13 Y 29 ConvenciónAmericana Sobre Derechos Humanos))

Laura AlonsoDiputada Nacional

En sentido similar, la Declaración de Chapuletepec adoptada por La ConferenciaHemisférica sobre Libertad de Expresión celebrada en México, D.F. el u de marzo de 1994establece que: la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios decomunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartanseveramente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados conprontitud y sancionados con severidad.

, Por último, es importante comprender que, según se interpreta de la ConvenciónAmericana de Derechos Humanos, cuando se restringe ilegalmente la libertad de expresiónde un individuo, no sólo es el derecho de ese individuo el que está siendo violado, sinotambién el derecho dé. odos a "recibir" informaciones e ideas, de, donde resulta que elderecho protegido por el artículo 13 tiene un alcance y un carácter especiales (Convención

"Americana sobre Derechos Humanos Anotáda y concordada con la Jurisprudencia de laCorte Interamericana de Derechos Humanos/Castillo Víquez Fernando, Rodríguez LoaizaOlman, Arguedas Rodríguez Graciela - Heredia, Costa Rica: Corte Suprema de Justicia.Escuela Judicial, 201 . Página 347)

,Por todo lo expuesto les pido a los Sres. Legisladores y Sras. Legisladoras que acompañencon su voto la presente iniciativa.

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