Proyecto de Innovacion

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NOMBRE DEL PROYECTO: BARRA NUTRICIONAL " NUTRIMAX" CATEGORIA: 1. PROYECTO DESCRIPCIÓN DE LA INNOVACIÓN El producto consiste en utilizar las propiedades nutrimentales que contiene por naturaleza la fruta conocida como “YACA”. La innovación del proyecto consiste en: elaborar un suplemento alimenticio con la presentación final de una barra nutricional benéfica para la salud que trae consigo que el cuerpo que no tenga los nutrientes adecuados para trabajar de forma óptima por no llevar a cabo una dieta balanceada y que existan carencias nutricionales principalmente en el consumo de vitaminas, minerales, proteínas, reduciendo el riesgo de contraer enfermedades. (lo que ustedes mencionan está bien, solo que la redacción es redundante) Otra de las innovaciones en nuestro producto es el paradigma común que se tienen en las presentaciones de los suplementos alimenticios que por lo común son exhibidos en polvo para agregarlos en comidas, licuados, malteadas, etc., para los fines o usos que estas se les dé y lo que pretendemos principalmente con el producto a ofrecer es que sea más llamativo para los consumidores. BENEFICIOS DE LA INNOVACIÓN

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NOMBRE DEL PROYECTO: BARRA NUTRICIONAL " NUTRIMAX" CATEGORIA:1. PROYECTODESCRIPCIN DE LA INNOVACIN El producto consiste en utilizar las propiedades nutrimentales que contiene por naturaleza la fruta conocida como YACA.La innovacin del proyecto consiste en: elaborar un suplemento alimenticio con la presentacin final de una barra nutricional benfica para la salud que trae consigo que el cuerpo que no tenga los nutrientes adecuados para trabajar de forma ptima por no llevar a cabo una dieta balanceada y que existan carencias nutricionales principalmente en el consumo de vitaminas, minerales, protenas, reduciendo el riesgo de contraer enfermedades. (lo que ustedes mencionan est bien, solo que la redaccin es redundante)Otra de las innovaciones en nuestro producto es el paradigma comn que se tienen en las presentaciones de los suplementos alimenticios que por lo comn son exhibidos en polvo para agregarlos en comidas, licuados, malteadas, etc., para los fines o usos que estas se les d y lo que pretendemos principalmente con el producto a ofrecer es que sea ms llamativo para los consumidores.BENEFICIOS DE LA INNOVACINCon la innovacin del producto obtendremos los siguientes beneficios: Transformar la fruta natural en un nuevo producto como suplemento alimenticio sin perder sus propiedades nutritivas. Atraccin por parte de los consumidores por la presentacin del suplemento alimenticio.

MERCADO POTENCIALMercado totalEste producto principalmente va dirigido a todo tipo de familias que desee mantener una buena salud y condicin fsica es importante tomar en cuenta que al ser un producto 100% natural cuenta con propiedades como son fibra, vitaminas y minerales que ayudan a mantener una buena salud y que al combinar con ejercicio y dieta son importantes en el bienestar de toda la familia. Este producto est elaborado a base de yaca teniendo como objetivo primordial complementar la dieta de una persona.

Mercado PotencialMercado total

Adultos29,005 hab.

Jvenes25,105 hab.

Nios32,782 hab.

El producto va dirigido para aquellas personas que realizan alguna actividad fsica, proporcionando nutrientes que no se ingieren en la dieta diaria debido a una mala cultura alimenticia en la mayora de la sociedad, fortaleciendo la salud y el bienestar de las personas.Impacto a la solucin en problema nacional.En la actualidad se han observado diversas problemticas que afectan a la sociedad en general y uno de ellos es no llevar una dieta balanceada desde los nios hasta los adultos mayores y que este problema a su vez es la causa de diversas enfermedades es la razn por el cual se decidi hacer una barra nutricional a partir de una fruta natural llamada yaca que con sus propiedades que contiene esta fruta puede llegar a disminuir diversas problemticas y que estar entrando en la dieta balanceada. La alimentacin es una de las acciones de mayor importancia que afecta el bienestar de las personas de modo considerable, una buena dieta puede ayudar a mantener la salud e incluso hasta mejorarla, al escoger alimentos variados y consumirlos con moderacin son las personas que deciden como consumirlas y los hbitos que tenga cada uno de nosotros e incluso la cultura. Se puede observar que hoy en da la mayora de la gente no lleva a cabo una dieta balanceada debido a diferentes situaciones uno de ellos es el trabajo que la mayora de la gente cuenta con un trabajo completo y no pueden llevar una comida balanceada, por lo contrario los nios se aferran ms a comer comida chatarra que llevar un plato del bien comer. Consumir un solo alimento no proporciona los nutrientes necesarios para el organismo, es por ello que se habla de una dieta balanceada que es lo contario a lo descrito anteriormente se dice que es todo aquella que proporciona la cantidad de nutrientes necesarias para el organismo. Entonces una dieta balanceada es una alimentacin y que es el primer paso para obtener y mantener una buena salud, esta alimentacin debe ser variada. La variedad est relacionada con la calidad de los alimentos ingeridos. Porque existen alimentos que proporcionarn energa al organismo, formar tejidos, permitirn el crecimiento y contribuirn a que los rganos cumplan con sus funciones, segn la etapa de vida donde se encuentre cada individuo. Porcentaje de la poblacin que lleva una comida balanceada. (la informacin es correcta solo separen los prrafos en renglones de 6 a 8 lineas, para hacer llamativo el contenido) NIVEL DE DESARROLLO DE INNOVACIN El producto a ofertar ser bajo un proceso de fabricacin de su forma tradicional para as no alterar las propiedades que contenga la fruta y aprovechar al mximo los nutrientes que esta contenga. Por tal razn se muestra una tabla comparativa de la informacin nutrimental de algunas barras nutrimentales que se demandan en el mercado.INFORMACIN NUTRICIONAL DE BARRAS EXISTENTES EN EL MERCADO

MULTIGRANO AMARANTA BIMBO(38 g)BARRITAS MARINELAS(67 g)ALL BRAN BARRAS (40 g)

CONTENIDO ENERGTICOPORCIN CONTENIDO ENERGTICOPORCINCONTENIDO ENERGTICOPORCIN

Grasas (lpidos) 2.5 gGrasas (lpidos) 6.7 gEnerga 155 kcal

Colesterol 0 mgGrasa saturada 3.5 kl.Protena 3 g

Sodio45 mgColesterol 0 mg0 mgCarbohidrato20 g

Carbohidratos disponibles25 gSodio 71 mgFibra6.5 g

Azcares10 gCarbohidratos 21.1Azcar 11 g

Polioles 1 gFibra diettica 1.0Grasa 7 g

Fibra diettica 3 gProtenas 1.5 gColesterol 10 mg

Protenas 3 gYodo 41%Sodio105 mg

Vitamina B6 35%Vitamina A 29%

Vitamina B12 25%Vitamina B220%

Zinc 18%

cido flico10%

INFORMACIN NUTRIMENTAL DE LA YACACOMPONENTESFRUTO CRUDOFRUTO COCIDO O ASADOFRUTO HERVIDOFRUTO FERMENTADOFRUTO EN PASTA

Agua (%)63,874,359-70,367,573,667,3-71220,8

Protenas (g)3,80,8-2,20,95-1,20,76,3

Hidratos de carbono (g)77,325,7-37,624,5-30327,967,7

Grasa (g)0,710,11-0,390,2427,967,7

Calcio (mg)2418-26,312,1-21,11,132,2

Potasio (mg)352--42134

Fosforo (mg)9042,7-91,727.3-37,920-399-

Hierro (mg)0,960,68-1,560,27-0,49-164

Sodio (mg)7.12,4-5,3-0,73-1,180,83

Vitamina B1 (mg)0,07-0,120,07-0,090,08-0,14

Vitamina B2(mg)0,20,06-0,10,05-0,07-0,12

Vitamina B3(mg)2,41,13-1,540,62-0,74-7,42

Vitamina C (mg)22,71-2,62,9-3,24-20-

TECNOLOGAS PARA LA ELABORACIN DE UNA BARRA NUTRICIONAL(Nutr-Max)INSUMOS rbol de pan o Yaca: Fibra de yaca: Miel de abeja natural Almbar PasasMATERIALES Y EQUIPO Triturador: Separador: Guillotina: Horno: Rodillos: Cribadora: Barra deslizadora: Rastrillo: Revolvedora: Contenedor: Empaquetador:

PROCESO DE FABRICACIN DE UNA BARRA NUTRICIONALYaca-Max1.- Como primer paso se hace el proceso de seleccin de la materia prima.2.- Se realiza una limpieza de los insumos a utilizar.3.- Una vez terminada la limpieza de los insumos se hace el corte de la fruta yaca para la extraccin de la fibra.4.- Se disecara la fibra para poder obtener el polvo que nos servir para la elaboracin de la barra nutricional.5.-Posteriormente al obtener el polvo de la fruta se pasara por un proceso de coccin.6.-Una vez pasado por el proceso de coccin se introducir a una cribadora con el objetivo que la harina no contenga grumos y que cumpla las especificaciones de tamao necesario.4.- Posteriormente se introducir por medio de una barra deslizadora hacia el horno calentado a 280C.5.- Se pasa por un proceso de endulzado a base de miel 100% natural y se hervir a 230C6.- Una vez vertiendo la miel sobre polvo se seca y se extiende uniformemente con un rastrillo sobre las cintas.7.- En una revolvedora se mezclan todos los ingredientes y se le agrega una capa de almbar8.- Se retira de la revolvedora y se transporta hacia un contenedor grande.9.- El contenido del contenedor se vierte sobre una cinta transportadora y el preparado se esparce y se aaden pasas.10.- Un rodillo comprime la mezcla segn el grosor deseado para las barritas.11.-Posteriormente un separador divide la mezcla en tamaos iguales y despus una guillotina corta las barras en la longitud deseada.12.- Se pasa por un proceso de enfriamiento, para posteriormente empaquetar las barritas.12.- Las barritas se alinean para prepararlas para el ltimo paso, una a una se giran las barritas para que se desplacen en fila.13.- Ya terminadas las barritas estn listas para empaquetar y estn listas para el consumidor final.

DIAGRAMA DE FLUJO (PROCESO DE ELABORACIN DEL PRODUCTO)

(18) Se divide la mezcla en tamaos iguales.(17) Se comprime la mezcla segn el grosor deseado.(14) Se pasa por la cinta transportadora.(15) Se esparce la mezcla.(16) Se aade las pasas.(10) Se extiende uniformemente.(9) Pasa por el proceso de endulzado.(11) Se mezclan los dems ingredientes con una capa de almbar.(12) Se retira de la revolvedora(5) Disecar la fruta(6) Se tritura para obtener el polvo.(7) Se cierne la harina(8) Pasa por el proceso de coccin.(1) Seleccin de la materia prima.(2) Limpieza(3)Corte de la fruta(4) Extraccin de la fibra

(21) Se alinean las barritas para prepararlas para el ltimo paso.(20) Pasa por un proceso de enfriamiento.(22) Se desplazan en fila para el empaquetado final.(19) Se cortan las barras en la longitud deseada.(13) Se vierte en un contenedor grande.

PROPIEDAD INTELECTUALLa propiedad intelectual son una serie de derechos que protegen los intereses de los creadores de un producto, al ofrecerles prerrogativas en relacin con sus creaciones, que consta con una serie de elementos que justifican la distincin hacia los dems productos o servicios, como la marca y patente. Una marca es un signo que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de los de otra. En el plano nacional o regional, una marca puede protegerse registrndola, esto es, presentando una solicitud de registro en la oficina nacional o regional de marcas y abonando las tasas correspondientes, como se muestra a continuacin;(aqu se refiere a buscar en el IMPI si su producto est o no en el mercado de patentes, eliminar la explicacin de propiedad intelectual)

SOLICITUD DE REGISTRO O PUBLICACIN DE SIGNOS DISTINTIVOS

(Antes de llenar el formato, srvase leer las consideraciones generales al reverso).

Por la presente se solicita:(Marque slo una opcin)Uso exclusivoDelegaciones y Subdelegaciones Federalesde la Secretara de Economa.Uso exclusivoIMPI, Oficinas Regionales del IMPI

Etiqueta Precaptura.

Registro de Marca

Registro de Marca Colectiva

Sello, Fecha y hora de presentacin,No. de folio de entrada.

Registro de Aviso Comercial

Publicacin de Nombre Comercial

I.DATOS DEL (DE LOS) SOLICITANTE (S)

01)Nombre (s):

02)Nacionalidad (es):

03)Domicilio del primer solicitante (calle, nmero y colonia):

Poblacin y Estado:

Cdigo postal:Pas:

04)Telfono (clave):*Correo-e:*

II.DOMICILIO PARA OR Y RECIBIR NOTIFICACIONES

05)Calle, nmero y colonia:

Poblacin y Estado:

Cdigo postal:

06)Telfono (clave):*Correo-e:*

07)Tipo de Marca:NominativaInnominadaTridimensionalMixta

08)Fecha de primer uso:No se ha usado:

DaMesAo

09)Clase:10) Productos o servicios, en caso de Marca o Aviso Comercial / Giro preponderante, en caso de Nombre Comercial:

Contina en anexo

11)Denominacin:(Solo marcas mixtas con denominacin) 12)Signo distintivo:

Reproduzca en este espacio el signo distintivo que desea proteger

13)Leyendas y/o figuras no reservables:

(Slo en caso de Marca).

Contina en anexo

14) Ubicacin del establecimiento:Domicilio (calle, nmero y colonia):

Poblacin y Estado:Cdigo Postal: Pas:

15)Prioridad reclamada:

(Slo en caso de Marca o Aviso Comercial presentado en el extranjero)

Pas (Oficina) de origen:Nmero:Fecha de Presentacin

DaMesAo

Bajo protesta de decir verdad, el firmante manifiesta que los datos asentados en esta solicitud son ciertos y que en caso de actuar como mandatario, cuenta con facultades para llevar a cabo el presente trmite.

Nombre y firma del solicitante o su mandatarioLugar y fecha

Pgina 1 de 2IMPI-00-001

Patente Una patente es un derecho exclusivo que se concede sobre una invencin. En trminos generales, una patente faculta a su titular a decidir si la invencin puede ser utilizada por terceros y, en ese caso, de qu forma. Como contrapartida de ese derecho, en el documento de patente publicado, el titular de la patente pone a disposicin del pblico la informacin tcnica relativa a la invencin.En principio, el titular de la patente goza del derecho exclusivo a impedir que la invencin patentada sea explotada comercialmente por terceros. La proteccin por patente significa que una invencin no se puede producir, usar, distribuir con fines comerciales, ni tampoco vender, sin que medie el consentimiento del titular de la patente.De acuerdo con la Instituto Mexicano de Propiedad Intelectual (IMPI), la ruta para patentar la barra nutricional es la siguiente:1. Investigacin de la factibilidad de patentar el producto, en base a los artculos 16 y 19 de la Ley de la Propiedad Industrial. Artculo 16.- Sern patentables las invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y susceptible de aplicacin industrial, en los trminos de esta Ley, excepto: I.- Los procesos esencialmente biolgicos para la produccin, reproduccin y propagacin de plantas y animales; II.- El material biolgico y gentico tal como se encuentran en la naturaleza; III.- Las razas animales; IV.- El cuerpo humano y las partes vivas que lo componen, yV.- Las variedades vegetales. Artculo 19.- No se considerarn invenciones para los efectos de esta Ley: I.- Los principios tericos o cientficos; II.- Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya exista en la naturaleza, aun cuando anteriormente fuese desconocido para el hombre; III.- Los esquemas, planes, reglas y mtodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y los mtodos matemticos; IV.- Los programas de computacin; V.- Las formas de presentacin de informacin; VI.- Las creaciones estticas y las obras artsticas o literarias; VII.- Los mtodos de tratamiento quirrgico, teraputico o de diagnstico aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales, yVIII.- La yuxtaposicin de invenciones conocidas o mezclas de productos conocidos, su variacin de uso, de forma, de dimensiones o de materiales, salvo que en realidad se trate de su combinacin o fusin de tal manera que no puedan funcionar separadamente o que las cualidades o funciones caractersticas de las mismas sean modificadas para obtener un resultado industrial o un uso no obvio para un tcnico en la materia. 2. Estudio previo del estado de la tcnica y verificacin del cumplimiento de los requisitos de la patente, (novedad, actividad inventiva y aplicacin industrial).3. Decisin: Yaca Max se considera una invencin patentable.BARRERAS PARA ENTRAR AL MERCADOEn la categora de barras nutricionales encontramos marcas ya reconocidas, que estn enfocados a personas que realizan alguna actividad fsica y que poseen una aceptacin de la sociedad en el mercado. All-Bran de Kellogs Nutri-Grain Bran-Fruit de Bimbo Multigrano Silueta Nutriavena Barrifrut Power-Bar Acceso a los canales de distribucinEl acceso a canales de distribucin para nuestro producto seria en tiendas de abarrotes, por ser un producto nuevo que entrara a buscar un buen posicionamiento en el mercado local.Existen muchos competidores que abarcan mayor parte de mercado y llegan a mas partes de Mxico, por lo que nuestro producto NUTRIMAX estara enfocado a un mercado local, donde se distribuya a travs de tiendas de abarrotes de la ciudad, que a su par estara funcionando como centro de distribucin para personas externas que deseen adquirir el producto, donde en esos mismos establecimientos venderan nuestro producto.

POLTICA GUBERNAMENTAL1. LEY GENERAL DE SALUD Artculo 200bis a 202; 212, 215 y 216.Artculo 200 Bis.- Debern dar aviso de funcionamiento los establecimientos que no requieran de autorizacin sanitaria y que, mediante acuerdo, determine la Secretara de Salud.El acuerdo a que se refiere el prrafo anterior clasificar a los establecimientos en funcin de la actividad que realicen y se publicar en el Diario Oficial de la Federacin.El aviso a que se refiere este artculo deber presentarse por escrito a la Secretara de Salud o a los gobiernos de las entidades federativas, dentro de los diez das posteriores al inicio de operaciones y contendr los siguientes datos:I. Nombre y domicilio de la persona fsica o moral propietaria del establecimiento;II. Domicilio del establecimiento donde se realiza el proceso y fecha de inicio de operaciones;III. Procesos utilizados y lnea o lneas de productos;IV. Declaracin, bajo protesta de decir verdad, de que se cumplen los requisitos y las disposiciones aplicables al establecimiento;V. Clave de la actividad del establecimiento, yVI. Nmero de cdula profesional, en su caso, de responsable sanitario.Artculo 201. La Secretara de Salud, determinar los tipos de establecimientos dedicados al proceso de los productos a que se refiere este Ttulo, que debern efectuar su control interno con base en las normas oficiales mexicanas o las disposiciones aplicables que al efecto se expidan.Artculo 202.- Todo cambio de propietario de un establecimiento, de razn social o denominacin, de domicilio, cesin de derechos de productos, la fabricacin de nuevas lneas de productos o, en su caso, la suspensin de actividades, trabajos o servicios, deber ser comunicado a la autoridad sanitaria competente en un plazo no mayor de treinta das hbiles a partir de la fecha en que se hubiese realizado, sujetndose al cumplimiento de las disposiciones que al efecto se emitan.Artculo 212.- La naturaleza del producto, la frmula, la composicin, calidad, denominacin distintiva o marca, denominacin genrica y especfica, etiquetas y contra etiquetas, debern corresponder a las especificaciones establecidas por la Secretara de Salud, de conformidad con las disposiciones aplicables, y respondern exactamente a la naturaleza del producto que se consume, sin modificarse; para tal efecto se observar lo sealado en la fraccin VI del artculo 115.Las etiquetas o contra etiquetas para los alimentos y bebidas no alcohlicas, debern incluir datos de valor nutricional, y tener elementos comparativos con los recomendados por las autoridades sanitarias, a manera de que contribuyan a la educacin nutricional de la poblacin.En la marca o denominacin de los productos, no podrn incluirse clara o veladamente indicaciones con relacin a enfermedades, sndromes, signos o sntomas, ni aquellos que refieran datos anatmicos o fisiolgicos. Artculo 215.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por:V. Suplementos alimenticios: Productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o concentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas o minerales, que se puedan presentar en forma farmacutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta diettica total, complementarla o suplir alguno de sus componentes.Artculo 216.- []Los alimentos o bebidas que se pretendan expender o suministrar al pblico en presentaciones que sugieran al consumidor que se trate de productos o substancias con caractersticas o propiedades teraputicas, debern en las etiquetas de los empaques o envases incluir la siguiente leyenda: "Este producto no es un medicamento", escrito con letra fcilmente legible y en colores contrastantes.2. REGLAMENTO DE CONTROL SANITARIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOSArtculos 168 a 179 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.El Artculo 168 determina los ingredientes que pueden formar parte de suplementos alimenticios podrn estar constituidos por: carbohidratos, protenas, aminocidos, cidos grasos, metabolitos, plantas, hierbas, algas, alimentos tradicionales deshidratados Todos en forma aislada o en combinacin, adicionados o no de vitaminas o minerales.Artculo 170. La materia prima de los suplementos alimenticios, particularmente las plantas deshidratadas, deber someterse a tratamientos, controles o procedimientos que abatan la flora microbiana que la acompaa y los residuos fsicos o qumicos que puedan daar la salud.Artculo 171. Los productos a los que se les incorporen sustancias con accin farmacolgica reconocida o aqullos a los que con base en su composicin se les atribuyan propiedades teraputicas, preventivas o rehabilitaras, no podrn comercializarse en el territorio nacional, salvo que cumplan con las disposiciones aplicables a los insumos para la salud.Artculo 172. La Secretara podr solicitar la siguiente informacin:I. Descripcin del producto, en la que se seale:a. Nombre de cada ingrediente, nombre cientfico en el caso de plantas y la monografa para aquellas sustancias no comunes yb. Frmula cuantitativa;II. Modo de empleo, yIII. Muestra de la etiqueta original e informacin con la que se comercialice.El artculo 173 seala que en la etiqueta y en la informacin con la que comercialicen los suplementos alimenticios no debern presentar informacin que confunda, exagere o engae en cuanto a su composicin, origen, efectos y otras propiedades del producto.Tampoco pueden declarar que son tiles para prevenir o curar algn malestar, padecimiento o enfermedad.El artculo 174 establece que en el etiquetado e informacin con la que se comercialicen los suplementos alimenticios no deben usarse: denominaciones, figuras y declaraciones (palabras, frases, imgenes) relacionadas enfermedades, sntomas, sndromes, partes del cuerpo (datos anatmicos), funciones corporales (fenmenos fisiolgicos), mediante las cuales se afirme que el producto cubre por s solo los requerimientos nutrimentales del individuo (vitaminas, minerales, protenas, carbohidratos, entre otros), o que pueden sustituir alguna comida.Apndice XVII. Suplementos alimenticios, en el cual se determina la cantidad mxima de vitaminas y minerales que puede contener un suplemento alimenticio y las caractersticas de su etiquetado.3. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PUBLICIDADEl Artculo 21 de este Reglamento seala que la publicidad de los suplementos alimenticios no podr presentar a los productos como estimulantes ni modificadores del estado fsico o mental de las personas, excepto aquellos casos que as hayan sido reconocidos por la Secretara.El Artculo 22 determina que la publicidad de los suplementos alimenticos no debe: Inducir o promover hbitos de alimentacin nocivos para la salud; Afirmar que el producto llena por s solo los requerimientos nutricionales del ser humano; Atribuir a los alimentos industrializados un valor nutritivo superior o distinto al que tengan; Realizar comparaciones en menoscabo de las propiedades de los alimentos naturales; Expresar o sugerir, a travs de personajes reales o ficticios, que la ingestin de estos productos proporciona a las personas caractersticas o habilidades extraordinarias; Asociarse directa o indirectamente con el consumo de bebidas alcohlicas o tabaco, y Declarar propiedades que no puedan comprobarse,Declarar que los productos son tiles para prevenir, aliviar, tratar o curar una enfermedad, trastorno o estado fisiolgico.La publicidad de los productos que se ostentan como medios para disminuir el consumo de nutrimentos no podr mencionarlos como dietticos y deber designarlos por la clasificacin de suplementos, de acuerdo con el Artculo 27. Igualmente, en todos los casos, se establecern los mensajes precautorios respecto de los posibles efectos que su consumo pudiera originar.La publicidad de los suplementos alimenticios requiere un permiso de COFEPRIS conforme el Artculo 79. Adicionalmente, segn el artculo 28, la publicidad de los suplementos alimenticios deber incluir la leyenda que en la autorizacin de la publicidad otorgada por la Secretara de Salud, a travs de COFEPRIS. Es importante mencionar que el permiso de publicidad slo se otorga para un anuncio especfico, no se otorgan permisos de publicidad por campaas, grupos de productos o grupos de anuncios para un mismo producto.4. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-251-SSA1-2009, PRACTICAS DE HIGIENE PARA EL PROCESO DE ALIMENTOS, BEBIDAS O SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS.Esta norma establece los requisitos mnimos de buenas prcticas de higiene que deben darse en el proceso de elaboracin de suplementos alimenticios y sus materias primas para evitar su contaminacin a lo largo del proceso.La NOM-051 Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohlicas pre envasado-informacin comercial y sanitario no aplica a suplementos alimenticos.5. ANEXO 1 DEL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS TRMITES Y SERVICIOS, AS COMO LOS FORMATOS QUE APLICA LA SECRETARA DE SALUD, A TRAVS DE LA COMISIN FEDERAL PARA LA PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, INSCRITOS EN EL REGISTRO FEDERAL DE TRMITES Y SERVICIOS DE LA COMISIN FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA (D.O.F. 19 DE JUNIO DE 2009) ANEXO 1: ACTIVIDADES SUJETAS A PRESENTACIN DE AVISO DE FUNCIONAMIENTO O QUE REQUIEREN LICENCIA SANITARIA (LIGA AL ACUERDO)Al da de hoy, los fabricantes de suplementos alimenticios presentan un trmite denominado Aviso de funcionamiento, lo cual no implica ningn tipo de autorizacin o registro, sino que nicamente se informa a la autoridad la ubicacin del fabricante y los productos que elabora a fin de ser supervisado eventualmente.6. ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LOS ADITIVOS Y COADYUVANTES EN ALIMENTOS, BEBIDAS Y SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS, SU USO Y DISPOSICIONES SANITARIAS (16/07/2012). 7. ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS PLANTAS PROHIBIDAS O PERMITIDAS PARA TS, INFUSIONES Y ACEITES VEGETALES COMESTIBLES (15/12/1999).

ENTREVISTA CON EXPERTOSPara obtener y validar la informacin fue necesario acudir con expertos en el tema a fin de obtener informacin que justifique el presente proyecto, ellos fueron:1. Docentes universitarios del rea de procesos alimentarios2. Una licenciada en Nutricin 3. (agregar el asesor externo)GUIN DE LA ENTREVISTA PARA CADA EXPERTOBuenos das, somos alumnos del Instituto Tecnolgico Superior de Tamazunchale el propsito de la visita es para realizar algunas preguntas, con el objetivo de conocer las propiedades del fruto llamado Yaca.

1. Qu tipo de estudios se realizan en este laboratorio referente a esta fruta? 2. En la universidad realizan estudios para conocer las propiedades de la fruta?

3. Qu anlisis son necesarios de acuerdo a este proyecto?4. Esta fruta tiene beneficios nutricionales?

5. Cunto tiempo tarda la realizacin del anlisis?

6. Qu porcin de materia prima requiere para llevar a cabo el estudio?

7. Usted tiene conocimiento de las propiedades de la Yaca?

8. Cul es el costo para realizar los estudios?

9. Cul es el sitio que nos recomienda para obtener informacin acerca de este producto?Gracias por su tiempo brindado ya que la informacin que nos proporcion ser de gran utilidad para llevar a cabo el proyecto (y cul fue el resultado de la entrevista con los expertos. )RESULTADOS Anlisis del entorno

De acuerdo a datos suministrados por cientficos de la actualidad; la tierra se encuentra en la etapa del calentamiento global o tambin conocida como una de las prximas extinciones masivas de la historia de la humanidad.Debido a tantos cambios bruscos de temperatura y en un afn por conservar la vida de todo el planeta la ciencia estudia la posibilidad de mejorar las cualidades genticas de las plantas.Pero esta planta poco conocida en nuestro pas; posee unas cualidades que la caracterizan de las dems, es por ello que este producto es innovador que busca mejorar la calidad de vida e incursionar en el mercado. Estado de la hiptesis Esta fruta se ve como un alimento que ayudara a combatir el hambre y la desnutricin que afecta a nuestro pas.

Se realizo una charla dando a conocer esta fruta y encontramos que el 69% de las personas presentes estn interesadas en probar esta fruta.

Tradicionalmente, las frutas tropicales han sido como nico fin el de la repostera, aunque a ultimas fechas se les esta dando un giro, hacia la preparacin de salsas para los platillos fuertes.

Bondades del Producto

Composicin del fruto 42 % es semilla (546 gramos).58 % es fibra, cscara leosa y cutcula apergaminada. Peso de la semilla: 8.5 gramos. Composicin de semilla: 80 % es nuez comestible, 20 % es cscara leosa y cutcula apergaminada.

En cuanto a su valor nutricional contiene:

Calcio. Potasio. Hierro. Vitamina A. Vitamina C. Algunas vitaminas B (base del peso fresco). incluyen el almidn cerca del 15-20% en frutas inmaduras que se convierte a las azcares (sucrosa + glucosa + fructosa) en frutas maduras.

Dentro de la gastronoma esta fruto es utilizado como fresco o crudo, cocido al horno, hervido, frito, sopas, ensaladas cuando esta madura se utiliza como fruta de postre. El jackfruit suple el alimento del cereal de gran parte para la gente de recursos limitados durante la estacin de lluvias.Alimentacin humana

La yaca es una de esas especies que por su facilidad de cultivo y abundante produccin es tenido como un producto de bajo estatus. En la Polinesia como en las Antillas, a causa de vientos ciclnicos y huracanes, es considerado como un seguro alimentario debido a su resistencia y rusticidad.

Alimentacin animal La yaca resulta ser un excelente complemento alimenticio para animales domsticos: vacas en establo, caballo en caballeriza, cabra en aprisco, pollos en galpn, cerdo en porqueriza, conejo en conejera. A los rumiantes (vacas, cabras) se les suministra crudo.

A los monogstricos (cerdo, pollo, conejo, caballo y pez), cuando est completamente maduro se les puede suministrar directamente previamente picado. Cuando no est bien maduro, se pica y cocina.Otros usos Una vez que ha cumplido su ciclo productivo, su madera se puede utilizar para: cajoneras, lpices, fsforos, juguetes, etc. La corteza (liber) es una fibra muy apta para producir celulosa (papel). En la Polinesia, la madera fue usada en las embarcaciones como componente de flotacin; se usaba el ltex o leche caliente del rbol junto con la fibra de coco para taponar los orificios del fondo de tales embarcaciones. El ltex caliente se usa como cemento vegetal, por ejemplo, para pegar porcelanas.

Usos medicinalesLa yaca ha sido muy utilizada para aliviar, entre otras, las siguientes dolencias: Antiasmtico: Hojas en infusin, una taza en la maana por 3 das. Antidiarreico: Ltex obtenido de la base del tronco o tallo diluido en una cucharada de agua lluvia. Conjuntivitis: Yemas foliares maceradas en un pauelo limpio, presionando y goteando sobre el ojo. Diabetes: Infusin de hojas.

Perspectivas agroindustriales Hay actualmente "chips" o frituras de paquete, en encurtidos, en la produccin de alcohol, en la produccin de almidones para la industria textil y maderera. Es posible la elaboracin de "flakes" u hojuela deshidratada en donde las materias primas sean: frutopn, coco y melaza (o miel de abejas).

Cosecha

En algunos lugares suele ser de:

1. Enero a Marzo2. Julio a Septiembre 3. Mayo a Noviembre.

Conclusiones Tiene factibilidad de sembrarse y cultivarse en Mxico en zonas tropicales como Jalisco, Yucatn, Puebla, etc. Efectivamente no es conocida. Se desconoce cmo planta ornamental, medicinal, protectora de suelos y agua, fuente de fibra, etc. Quienes la conocen la tienen en un concepto de remedio casero y de tab.