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PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª fase de SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA) EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARÉVALO Javier Bretón Dellmans Arquitecto municipal Julio 2018

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PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª fase de

SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES DE RESIDUOS

URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARÉVALO

Javier Bretón Dellmans

Arquitecto municipal Julio 2018

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

INDICE GENERAL

1

Indice General del Proyecto

I. MEMORIA

1. Memoria Descriptiva 1. Agentes

2. Información previa

3. Descripción del Proyecto

2. Memoria Constructiva 1. Proceso de Ejecución

2. Ejecución de fosos para colocación de contenedores

3. Cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones 1 Residuos Gestión de residuos

4. Anejos a la Memoria 1. Estudio Básico de Seguridad y Salud

2. Plan de Control de Calidad

3. Acta de Replanteo de Proyecto

4. Plazo de Ejecución

5. Declaración de Obra Completa

II. PLANOS

III. PLIEGO DE CONDICIONES Disposiciones generales

Disposiciones facultativas

Disposiciones económicas

Condiciones técnicas

Normativa Técnica aplicable

IV. MEDICIONES Y PRESUPUESTO Mediciones y Presupuesto por capítulos

Resumen general de presupuesto

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

1.

I.1 MEMORIA DESCRIPTIVA 1

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE

CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

I. MEMORIA

1. MEMORIA DESCRIPTIVA

1.1. AGENTES

1.1.1. PROYECTISTA

Javier Bretón Dellmans, con NIF 00645166Q, Colegiado nº 236 del Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y

León-Este y Arquitecto Municipal del Excmo. Ayuntamiento.

1.1.2. DIRECTOR DE OBRA

El mismo profesional.

1.1.3. DIRECTOR DE EJECUCION DE LA OBRA

El mismo profesional.

1.2. INFORMACIÓN PREVIA

1.2.1.SITUACIÓN

Los emplazamientos sobre los que se actúan se reflejan en el plano de situación.

1.3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

1.3.1. CONDICIONES URBANÍSTICAS Y NORMATIVA DE APLICACIÓN

Es de aplicación el Plan General de Ordenación Urbana de Arévalo. Los contenedores se instalarán en la vía públi-

ca, según la definición establecida en el capítulo 2 – Red Viaria, del P.G.O.U.

Se tendrá en cuenta el cumplimiento de la normativa de accesibilidad y eliminación de barreras, aplicándose la

normativa vigente en esta materia en la Comunidad de Castilla y León (Ley 3/1998, de accesibilidad y Supresión de Barre-

ras y al Decreto 217/2001, pro el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras), así como lo

establecido en el Documento Básico DB-SUA del Código Técnico de la Edificación.

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

1.

I.1 MEMORIA DESCRIPTIVA 2

1.3.2 OBRAS QUE SE PLANTEAN.

Se han escogido seis zonas, teniendo en cuenta la ubicación de los contenedores de superficie existentes en la ac-

tualidad, su grado de utilización en función del número de viviendas y establecimientos públicos a los que dan servicio y el

impacto visual que producen. Dichas zonas son las siguientes:

1.- Calle de Marolo Perotas

2.- Calle de los Álamos

3.- Paseo de la Alameda

4.- Calle del Teso Nuevo.

5.- Calle Linajes

La ubicación de los contenedores está prevista en zonas situadas entre la calzada y las aceras. No está previsto ni el

talado ni la eliminación de ningún tipo de vegetación. Para la ubicación definitiva será necesario tener en cuenta el trazado

de las redes de infraestructuras existentes, las cuales no se verán afectadas por la obra, sin que sea necesario efectuar corte

de suministro alguno.

El tipo de conjunto de contenedores, al que denominaremos “Isla”, a ubicar será Hidráulico. Cada Isla estará for-

mada por un cofre de hormigón armado o prefabricado (dependiendo del modelo definitivo), sobre solera de hormigón y

encachado de grava, para evitar filtraciones accidentales. Para ello, el foso a realizar tendrá la profundidad y longitud seña-

lada en planos y la tapa o plataforma será abatible, disponiendo de un acabado de chapa de acero lagrimada.

El sistema de accionamiento o elevación será mediante suministro hidráulico por parte del camión de recogida,

elevando el contenedor hasta la superficie para proceder a su vaciado y volver a soterrarlo. La agrupación de contenedores

para la recogida selectiva dispondrá de sistema de doble gancho para su manipulación.

El sistema dispondrá de dispositivos de seguridad (antibloqueo para evitar el giro del tambor) y de vallado del foso

cuando la tapa esté abierta.

Los buzones de introducción de residuos estarán fabricados en acero con acabado en pintura negro oxiron.

El sistema que se pretende emplear será el de 4 contenedores (recogida orgánica), una isla por cada una de las seis

zonas antes mencionadas, y en tres de ellas un cubeto anexo para recogida de vidrio.

1.3.3. OBRA CIVIL.

Demolición, levantado y reposición de pavimentos. Excavación en zanjas, incluso carga y transporte. Relleno gra-

nular en trasdós o en base. Solera de Hormigón en masa. Chapa lagrimada esmaltada antideslizante en parte superior de

tapa. Ejecución de remates para integración de islas a la urbanización. Revisión de las distintas líneas de infraestructuras en

área afectada. Se facilitarán los datos de las distintas infraestructuras

Arévalo, julio de 2018

EL ARQUITECTO

Fdo. Javier Bretón Dellmans

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

I.2. MEMORIA CONSTRUCTIVA 1

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CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

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2. MEMORIA CONSTRUCTIVA

2.1. PROCESO DE EJECUCION

Se trata de las obras necesarias para el soterramiento de islas de contenedores de accionamiento hidráulico. La

obra de instalación consiste en la excavación del foso correspondiente según las dimensiones indicadas, realización de

solera de apoyo, posicionamiento y nivelación del equipo, rellenado de perímetro y remates. Los fosos serán realizados

en los lugares indicados en el acta de replanteo correspondiente.

Es recomendable la realización de sondeos previos a la excavación con el fin de verificar la existencia de

servicios o canalizaciones ocultas que no estén reflejadas en planos.

Los equipos a instalar serán los definidos como modelo Isla de 4 buzones y Cubeto para el vidrio con 1 buzón

de vertido.

2.2. EJECUCION DE FOSOS PARA COLOCACION DE CONTENEDORES.

Replanteo y excavación

Se realizará el replanteo en las ubicaciones descritas en planos. Es recomendable la verificación de

instalaciones mediante catas, siendo necesaria la realización de los desvíos de servicios y canalizaciones de aquellas

que se encuentren.

Previamente a cualquier cata será obligada la presencia del arqueólogo, que supervisará la excavación.

Se realizará la rotura del pavimento existente y la excavación mediante medios mecánicos, con terminación

manual si fuese necesario, según las cotas definidas en croquis. Toda la obra deberá estar vallada y asegurada en todo

momento con el fin de evitar accidentes por caída en el foso.

Solera de apoyo

Una vez realizada la excavación se realizará una solera de hormigón de resistencia adecuada con espesor de

de 15 cm. mínimo de grosor. Sobre la solera asentará el conjunto soterrado, que será nivelado convenientemente y

posicionado en altura según las cotas definidas en los croquis.

Es especialmente sensible la cota vertical con el fin de asegurar el nivelado de la plataforma superior del

conjunto.

Posicionamiento equipo mecánico.

En coordinación con la finalización de la excavación y solera se suministrarán los equipos mecánicos, para su

posicionamiento en foso mediante grúa pluma de mínima 4 Tn en punta, a la distancia de descarga.

Los equipos deberán ser posicionados, nivelados y puestos a cota. Una vez posicionado el equipo, se deberán

realizar las conexiones pertinentes (en el caso de equipos autónomos), y se verificará su funcionamiento.

Posteriormente, se realizará el rellenado perimetral.

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I.2. MEMORIA CONSTRUCTIVA 2

Rellenado de tierras

Una vez posicionado el equipo, se realizará el rellenado perimetral mediante hormigón seco, zahorras o grava

hasta la cota 0.

Para asegurar la estanqueidad del equipo para evitar la entrada de filtraciones procedentes del nivel freático de

las tierras, el rellenado se realizará con hormigón seco, con aditivos hidrófugos. En la unión de fraguados entre la

solera y el rellenado se aplicará resina de unión tipo Sicaflex con el fin de minimizar las posibles filtraciones.

Terminación y remates

Una vez introducido, nivelado y montado el conjunto soterrado, se terminará de rellenar el contorno perimetral

del mismo mediante tierras convenientemente compactadas de forma que eviten movimientos laterales del conjunto.

Posteriormente se procederá al rematado y finalización. La obra se entregara terminada y limpia.

2.3. CARACTERISTICAS DE LOS CONTENEDORES.

El conjunto de contenedores debe reunir las siguientes características, debiendo justificarse que cualquier cambio

mejora las condiciones señaladas:

Base: Marco perimetral sobre el que se apoya la carga del equipo. Estructura metálica que queda sujeta a la base del

prefabricado de hormigón. Acabado en galvanizado en caliente.

Tijeras: Sistema guiado y equilibrado en el movimiento de la plataforma. En acero galvanizado en caliente. Esta

estructura está alojada en la base de la plataforma y sujeta a la base del prefabricado de hormigón. Acabado en

galvanizado en caliente

Plataforma: Dispone de husillos de nivelación del piso de la plataforma para que los contenedores queden alineados

con la calzada. Acabado en galvanizado en caliente. Con capacidad para 4 contenedores de hasta 1.300 l cada uno con

una carga nominal máxima de 2800 kg.

Cilindros: Instalados sobre la plataforma del equipo con accionamiento sobre la capa. La presión de utilización

máxima es 200 Kg/cm2, la velocidad de utilización es 0,5 m/s. Son estancos con junta compacta de poliuretano en el

vástago y cierre con junta tórica NBR.

Tapa: Se dispondrá con chapa lagrimada. Permite la regulación acorde con los desniveles existentes en la acera hasta

un 7%. Sobre la tapa se encuentra el enchufe rápido para el conexionado de la manguera del camión de recogida. La

capacidad de carga máxima sobre la superficie por m2 es de 2000 Kg. Dispone de juntas de goma en todo el perímetro

asegurando la estanqueidad. Sobre la tapa se colocan los buzones de vertido, uno para cada contenedor soterrado.

Acabado en galvanizado en caliente.

Marco: Estructura que delimita el perímetro exterior sobre la que apoya la tapa del equipo quedando embebido en el

pavimento. Acabado en galvanizado en caliente

Buzones: Formados por una estructura de chapa de acero de 2 mm. Dispone de cierre automático por amortiguadores

de gas. Tienen un sistema de protección contra el ruido mediante perfil carrocero con alma de acero inoxidable.

Dispone de bloqueo manual con asa de apertura antivandálica y atérmica. Tiene juntas de goma en todo el perímetro

que asegura la estanqueidad contra la lluvia y los malos olores. Permite la regulación acorde con los desniveles

existentes en la acera hasta un 7%. Quedan fijados a la tapa del equipo son visibles a nivel de superficie. Irán pintados

con pintura Epoxi en negro oxirón y el tambor en acero inoxidable. Llevarán la placa de cada uno de los residuos en

color o con letras en color. Los ganchos irán preferentemente ocultos.

Cofres de hormigón: Serán de hormigón prefabricado. Todas las superficies serán lisas y sin porosidades.

Funcionamiento: Se adapta la instalación hidráulica de los camiones de recogida de carga trasera, o de pluma para

poder accionar la subida/bajada o apertura/cierre de los contenedores.

Arévalo, julio de 2018

EL ARQUITECTO

Fdo. Javier Bretón Dellmans

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

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3.1. GESTION DE RESIDUOS 1

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CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

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3. CUMPLIMIENTO DE OTROS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES

1. GESTION DE RESIDUOS

1. MEMORIA INFORMATIVA DEL ESTUDIO

Se redacta este Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición en cumplimiento del Real Decreto

105/2008, de 1 Febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y de demolición que

establece, en su artículo 4, entre las obligaciones del productor de residuos de construcción y demolición la de incluir en

proyecto de ejecución un Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición que refleje cómo llevará a cabo

las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la

obra.

En base a este Estudio, el poseedor de residuos redactará un plan que será aprobado por la dirección facultativa y

aceptado por la propiedad y pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra.

Este Estudio de Gestión los Residuos cuenta con el siguiente contenido:

• Estimación de la CANTIDAD, expresada en toneladas y en metros cúbicos, de los residuos de construcción y

demolición que se generarán en la obra, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden

MAM/304/2002, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea

de residuos.

• Relación de MEDIDAS para la PREVENCIÓN de residuos en la obra objeto del proyecto.

• Las operaciones de REUTILIZACIÓN, VALORIZACIÓN o ELIMINACIÓN a que se destinarán los residuos

que se generarán en la obra.

• Las MEDIDAS para la SEPARACIÓN de los residuos en obra, en particular, para el cumplimiento por parte del

poseedor de los residuos, de la obligación de separación establecida en el artículo 5 del citado Real Decreto

105/2008.

• Las prescripciones del PLIEGO de PRESCRIPCIONES técnicas particulares del proyecto, en relación con el

almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y

demolición dentro de la obra.

• Una VALORACIÓN del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción y demolición que formará parte

del presupuesto del proyecto en capítulo independiente.

• En su caso, un INVENTARIO de los RESIDUOS PELIGROSOS que se generarán.

• PLANOS de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones

de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra.

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

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3.1. GESTION DE RESIDUOS 2

Los datos informativos de la obra son:

Proyecto:PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE

SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES DE RESIDUOS

URBANOS

Presupuesto Ejecución Material: 103.563,81

Dirección de la obra: Calle de Marolo Perotas, Calle de los Álamos, Paseo de la Alameda, Calle

del Teso Nuevo y Calle Linajes

Localidad: ARÉVALO

Provincia: ÁVILA

Promotor: Excmo. Ayuntamiento de Arévalo

N.I.F. del promotor: P0501600 A

Técnico redactor de este Estudio: Javier Bretón Dellmans

Titulación o cargo redactor: Arquitecto

Fecha de comienzo de la obra: Se desconoce la fecha de comienzo de la obra en el momento de redacción

de este estudio

Este Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición se ha redactado con el apoyo de la aplicación

informática específica CONSTRUBIT RESIDUOS.

2. DEFINICIONES

Para un mejor entendimiento de este documento se realizan las siguientes definiciones dentro del ámbito de la gestión de

residuos en obras de construcción y demolición:

• Residuo: Según la ley 10/98 se define residuo a cualquier sustancia u objeto del que su poseedor se desprenda o del

que tenga la intención u obligación de desprenderse.

• Residuo peligroso: Son materias que en cualquier estado físico o químico contienen elementos o sustancias que

pueden representar un peligro para el medio ambiente, la salud humana o los recursos naturales. En última instancia,

se considerarán residuos peligrosos los indicados en la "Orden MAM/304/2002 por la que se publican las

operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos" y en el resto de normativa

nacional y comunitaria. También tendrán consideración de residuo peligroso los envases y recipientes que hayan

contenido residuos o productos peligrosos.

• Residuos no peligrosos: Todos aquellos residuos no catalogados como tales según la definición anterior.

• Residuo inerte: Aquel residuo No Peligroso que no experimenta transformaciones físicas, químicas o biológicas

significativas, no es soluble ni combustible, ni reacciona física ni químicamente ni de ninguna otra manera, no es

biodegradable, no afecta negativamente a otras materias con las cuales entra en contacto de forma que pueda lugar a

contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud humana. La lixivialidad total, el contenido de

contaminantes del residuo y la ecotoxicidad del lixiviado deberán ser insignificantes y en particular no deberán

suponer un riesgo para la calidad de las aguas superficiales o subterráneas.

• Residuo de construcción y demolición: Cualquier sustancia u objeto que cumpliendo con la definición de residuo se

genera en una obra de construcción y de demolición.

• Código LER: Código de 6 dígitos para identificar un residuo según la Orden MAM/304/2002.

• Productor de residuos: La persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en una obra de construcción o

demolición; en aquellas obras que no precisen de licencia urbanística, tendrá la consideración de productor de

residuos la persona física o jurídica titular del bien inmueble objeto de una obra de construcción o demolición.

• Poseedor de residuos de construcción y demolición: la persona física o jurídica que tenga en su poder los residuos

de construcción y demolición y que no ostente la condición de gestor de residuos. En todo caso, tendrá la

consideración de poseedor la persona física o jurídica que ejecute la obra de construcción o demolición, tales como el

constructor, los subcontratistas o los trabajadores autónomos. En todo caso, no tendrán la consideración de poseedor

de residuos de construcción y demolición los trabajadores por cuenta ajena.

• Volumen aparente: volumen total de la masa de residuos en obra, espacio que ocupan acumulados sin compactar

con los espacios vacíos que quedan incluidos entre medio. En última instancia, es el volumen que realmente ocupan

en obra.

• Volumen real: Volumen de la masa de los residuos sin contar espacios vacíos, es decir, entendiendo una teórica

masa compactada de los mismos.

• Gestor de residuos: La persona o entidad pública o privada que realice cualquiera de las operaciones que componen

la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos. Han de estar autorizados o registrados por el

organismo autonómico correspondiente.

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3.1. GESTION DE RESIDUOS 3

• Destino final: Cualquiera de las operaciones de valorización y eliminación de residuos enumeradas en la "Orden

MAM/304/2002 por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de

residuos".

• Reutilización: El empleo de un producto usado para el mismo fin para el que fue diseñado originariamente.

• Reciclado: La transformación de los residuos, dentro de un proceso de producción para su fin inicial o para otros

fines, incluido el compostaje y la biometanización, pero no la incineración con recuperación de energía.

• Valorización: Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos sin

poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.

• Eliminación: todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción, total o parcial,

realizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio

ambiente.

3. MEDIDAS DE PREVENCION DE RESIDUOS

Prevención en Tareas de Derribo

• En la medida de lo posible, las tareas de derribo se realizarán empleando técnicas de desconstrucción selectiva y de

desmontaje con el fin de favorecer la reutilización, reciclado y valoración de los residuos.

• Como norma general, el derribo se iniciará con los residuos peligrosos, posteriormente los residuos destinados a

reutilización, tras ellos los que se valoricen y finalmente los que se depositarán en vertedero.

Prevención en la Adquisición de Materiales

• La adquisición de materiales se realizará ajustando la cantidad a las mediciones reales de obra, ajustando al máximo

las mismas para evitar la aparición de excedentes de material al final de la obra.

• Se requerirá a las empresas suministradoras a que reduzcan al máximo la cantidad y volumen de embalajes

priorizando aquellos que minimizan los mismos.

• Se primará la adquisición de materiales reciclables frente a otros de mismas prestaciones pero de difícil o imposible

reciclado.

• Se mantendrá un inventario de productos excedentes para la posible utilización en otras obras.

• Se realizará un plan de entrega de los materiales en que se detalle para cada uno de ellos la cantidad, fecha de

llegada a obra, lugar y forma de almacenaje en obra, gestión de excedentes y en su caso gestión de residuos.

• Se priorizará la adquisición de productos "a granel" con el fin de limitar la aparición de residuos de envases en obra.

• Aquellos envases o soportes de materiales que puedan ser reutilizados como los palets, se evitará su deterioro y se

devolver al proveedor.

• Se incluirá en los contratos de suministro un a cláusula de penalización a los proveedores que generen en obra más

residuos de los previstos y que se puedan imputar a una mala gestión.

• Se intentará adquirir los productos en módulo de los elementos constructivos en los que van a ser colocados para

evitar retallos.

Prevención en la Puesta en Obra

• Se optimizará el empleo de materiales en obra evitando la sobredosificación o la ejecución con derroche de material

especialmente de aquellos con mayor incidencia en la generación de residuos.

• Los materiales prefabricados, por lo general, optimizan especialmente el empleo de materiales y la generación de

residuos por lo que se favorecerá su empleo.

• En la puesta en obra de materiales se intentará realizar los diversos elementos a módulo del tamaño de las piezas que

lo componen para evitar desperdicio de material.

• Se vaciarán por completo los recipientes que contengan los productos antes de su limpieza o eliminación,

especialmente si se trata de residuos peligrosos.

• En la medida de lo posible se favorecerá la elaboración de productos en taller frente a los realizados en la propia

obra que habitualmente generan mayor cantidad de residuos.

• Se primará el empleo de elementos desmontables o reutilizables frente a otros de similares prestaciones no

reutilizables.

• Se agotará la vida útil de los medios auxiliares propiciando su reutilización en el mayor número de obras para lo que

se extremarán las medidas de mantenimiento.

• Todo personal involucrado en la obra dispondrá de los conocimientos mínimos de prevención de residuos y correcta

gestión de ellos.

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3.1. GESTION DE RESIDUOS 4

• Se incluirá en los contratos con subcontratas una cláusula de penalización por la que se desincentivará la generación

de más residuos de los previsibles por una mala gestión de los mismos.

Prevención en el Almacenamiento en Obra

• Se realizará un plan de inspecciones periódicas de materiales, productos y residuos acopiados o almacenados para

garantizar que se mantiene en las debidas condiciones.

4. CANTIDAD DE RESIDUOS

A continuación se presenta una estimación de las cantidades, expresadas en toneladas y en metros cúbicos, de los residuos

de construcción y demolición que se generarán en la obra, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada

por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de

residuos y la lista europea de residuos.

Siguiendo lo expresado en el Real Decreto 105/2008 que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y

demolición, no se consideran residuos y por tanto no se incluyen en la tabla las tierras y piedras no contaminadas por

sustancias

peligrosas reutilizadas en la misma obra, en una obra distinta o en una actividad de restauración, acondicionamiento o

relleno, siempre y cuando pueda acreditarse de

forma fehaciente su destino a reutilización.

La estimación de cantidades se realiza tomando como referencia los ratios estándar publicados en el país sobre volumen y

tipificación de residuos de construcción y demolición más extendidos y aceptados. Dichos ratios han sido ajustados y

adaptados a las características de la obra según cálculo automatizado realizado con ayuda del programa informático

específico CONSTRUBIT RESIDUOS. La utilización de ratios en el cálculo de residuos permite la realización de una

"estimación inicial" que es lo que la normativa requiere en este documento, sin embargo los ratios establecidos para

"proyectos tipo" no permiten una definición exhaustiva y precisa de los residuos finalmente obtenidos para cada proyecto

con sus singularidades por lo que la estimación contemplada en la tabla inferior se acepta como estimación inicial y para

la toma de decisiones en la gestión de residuos pero será el fin de obra el que determine en última instancia los residuos

obtenidos.

Código

LER

Descripción

del Residuo

Cantidad

Peso

m3 Volumen

Aparente

150110 Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o estan

contaminados por ellas.

0,00 Kg 0,00

160504 Gases en recipientes a presión [incluidos los halones] que contienen

sustancias peligrosas.

0,00 Kg 0,00

170101 Hormigón. 0,00 Tn 0,00

170102 Ladrillos. 0,10 Tn 0,06

170103 Tejas y materiales cerámicos. 0,00 Tn 0,00

170201 Madera. 0,00 Tn 0,00

170202 Vidrio. 0,00 Tn 0,00

170203 Plástico. 0,00 Tn 0,00

170407 Metales mezclados. 0,00 Tn 0,00

170504 Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03. 0,00 Tn 0,00

170802 Materiales de construcción a partir de yeso distintos de los especificados

en el código 17 08 01.

0,00 Tn 0,00

170904 Residuos mezclados de construcción y demolición distintos de los

especificados en los códigos 17 09 01, 17 09 02 y 17 09 03.

390,00 Tn 250,00

200101 Papel y cartón. 0,00 Tn 0,00

Total : 390,00 Tn 260,00

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3.1. GESTION DE RESIDUOS 5

5. SEPARACION DE RESIDUOS

Según el Real Decreto 105/2008 que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición los

residuos de construcción y demolición deberán separarse en las siguientes fracciones, cuando, de forma individualizada

para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes

cantidades:

Descripción Cantidad

Hormigón 80 t.

Ladrillos, tejas, cerámicos 40 t.

Metal 2 t.

Madera 1 t.

Vidrio 1 t.

Plástico 0,5 t.

Papel y cartón 0,5 t.

Sin embargo, la disposición final cuarta permite la duplicación de la cantidad límite para aquellas obras que comiencen

antes del 14 de febrero de 2010.

Dado que se desconoce la fecha de comienzo de la obra en el momento de redacción de este estudio anterior a la indicada

en la disposición final cuarta, se toma como límites para la separación las cantidades duplicadas.

De este modo los residuos se separarán de la siguiente forma:

Código

LER

Descripción

del Residuo

Cantidad

Peso

m3 Volumen

Aparente

150110 Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están

contaminados por ellas.

Opción de separación:

Separado

0,00 Kg 0,00

160504 Gases en recipientes a presión [incluidos los halones] que contienen

sustancias peligrosas.

Opción de separación:

Separado

0,00 Kg 0,00

170101 Hormigón.

Opción de separación:

Residuos inertes

0,00 Tn 0,00

170102 Ladrillos.

Opción de separación:

Residuos inertes

0,00 Tn 0,00

170103 Tejas y materiales cerámicos.

Opción de separación:

Residuos inertes

0,00 Tn 0,00

170201 Madera.

Opción de separación:

Residuos mezclados no peligrosos

0,00 Tn 0,00

170202 Vidrio.

Opción de separación:

Residuos mezclados no peligrosos

0,00 Tn 0,00

170203 Plástico.

Opción de separación:

Residuos mezclados no peligrosos

0,00Tn 0,00

170407 Metales mezclados.

Opción de separación:

Residuos metálicos

0,00 Tn 0,00

170504 Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03.

Opción de separación:

Separado (0% de separación en obra)

0,00 Tn 0,00

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

3.1. GESTION DE RESIDUOS 6

170802 Materiales de construcción a partir de yeso distintos de los

especificados en el código 17 08 01.

Opción de separación:

Residuos inertes

0,00 Tn 0,00

170904 Residuos mezclados de construcción y demolición distintos de los

especificados en los códigos 17 09 01, 17 09 02 y 17 09 03.

Opción de separación:

Residuos mezclados no peligrosos

390,00 Tn 250,00

200101 Papel y cartón.

Opción de separación:

Residuos mezclados no peligrosos

0,00 Tn 0,00

Total : 390,00 Tn 260,00

6. MEDIDAS PARA LA SEPARACION EN OBRA

Con objeto de conseguir una mejor gestión de los residuos generados en la obra de manera que se facilite su reutilización,

reciclaje o valorización y para asegurar las condiciones de higiene y seguridad que se requiere el artículo 5.4 del Real

Decreto 105/2008 que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y de demolición se tomarán las

siguientes medidas:

• Las zonas de obra destinadas al almacenaje de residuos quedarán convenientemente señalizadas y para cada

fracción se dispondrá un cartel señalizador que indique el tipo de residuo que recoge.

• Todos los envases que lleven residuos deben estar claramente identificados, indicando en todo momento el

nombre del residuo, código LER, nombre y dirección del poseedor y el pictograma de peligro en su caso.

• Los residuos peligrosos se depositarán sobre cubetos de retención apropiados a su volumen; además deben de

estar protegidos de la lluvia.

• Todos los productos envasados que tengan carácter de residuo peligroso deberán estar convenientemente

identificados especificando en su etiquetado el nombre del residuo, código LER, nombre y dirección del

productor y el pictograma normalizado de peligro.

• Las zonas de almacenaje para los residuos peligrosos habrán de estar suficientemente separadas de las de los

residuos no peligrosos, evitando de esta manera la contaminación de estos últimos.

• Los residuos se depositarán en el lugar destinados a los mismos conforme se vayan generando.

• Los residuos se almacenarán en contenedores adecuados tanto en número como en volumen evitando en todo

caso la sobrecarga de los contenedores por encima de sus capacidades límite.

• Los contenedores situados próximos a lugares de acceso público se protegerán fuera de los horarios de obra con

lonas o similares para evitar vertidos descontrolados por parte de terceros que puedan provocar su mezcla o

contaminación.

• Para aquellas obras en la que por falta de espacio no resulte técnicamente viable efectuar la separación de los

residuos, esta se podrá encomendar a un gestor de residuos en una instalación de residuos de construcción y

demolición externa a la obra.

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

3.1. GESTION DE RESIDUOS 7

7. INVENTARIO DE PRODUCTOS PELIGROSOS

Se incluye a continuación un inventario de los residuos peligrosos que se generarán en obra. Los mismos se retirarán de

manera selectiva, con el fin de evitar la mezcla entre ellos o con otros residuos no peligrosos y se garantizará el envío a

gestores autorizados de residuos peligrosos.

Código

LER

Descripción

del Residuo

Cantidad

Peso

m3 Volumen

Aparente

150110 Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están

contaminados por ellas.

0,00 Kg 0,00

160504 Gases en recipientes a presión [incluidos los halones] que

contienen sustancias peligrosas.

0,00 Kg 0,00

Total : 0,00 Tn 0,00

8. DESTINO FINAL

Se detalla a continuación el destino final de todos los residuos de la obra, excluidos los reutilizados, agrupados según las

fracciones que se generarán en base a los criterios de separación diseñados en puntos anteriores de este mismo

documento.

Los principales destinos finales contemplados son: vertido, valorización, reciclado o envío a gestor autorizado.

Código

LER

Descripción

del Residuo

Cantidad

Peso

m3 Volumen

Aparente

150110 Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están

contaminados por ellas.

Destino: Envío a Gestor para Tratamiento

0,00 Kg 0,00

160504 Gases en recipientes a presión [incluidos los halones] que contienen

sustancias peligrosas.

Destino: Envío a Gestor para Tratamiento

0,00 Kg 0,00

170107 Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintas

de las especificadas en el código 17 01 06.

Destino: Valorización Externa

0,00 Tn 0,00

170407 Metales mezclados.

Destino: Valorización Externa

0,00 Tn 0,00

170504 Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03.

Destino: Deposición en Vertedero

0,00 Tn 0,00

170904 Residuos mezclados de construcción y demolición distintos de los

especificados en los códigos 17 09 01, 17 09 02 y 17 09 03.

Destino: Envío a Gestor para Tratamiento

390,00 Tn 260,00

Total : 390,00Tn 260,00

9. PRESCRIPCIONES DEL PLIEGO SOBRE RESIDUOS

Obligaciones Agentes Intervinientes

• Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona física o jurídica que ejecute la obra estará

obligada a presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le

incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra. El plan, una

vez aprobado por la dirección facultativa y aceptado por la propiedad, pasará a formar parte de los documentos

contractuales de la obra.

• El poseedor de residuos de construcción y demolición, cuando no proceda a gestionarlos por sí mismo, y sin perjuicio

de los requerimientos del proyecto aprobado, estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en

un acuerdo voluntario o convenio de colaboración para su gestión. Los residuos de construcción y demolición se

destinarán preferentemente, y por este orden, a operaciones de reutilización, reciclado o a otras formas de

valorización y en última instancia a depósito en vertedero.

• Según exige el Real Decreto 105/2008, que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y de

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

3.1. GESTION DE RESIDUOS 8

demolición, el poseedor de los residuos estará obligado a sufragar los correspondientes costes de gestión de los

residuos.

• El productor de residuos (promotor) habrá de obtener del poseedor (contratista) la documentación acreditativa de que

los residuos de construcción y demolición producidos en la obra han sido gestionados en la misma ó entregados a una

instalación de valorización ó de eliminación para su tratamiento por gestor de residuos autorizado, en los términos

regulados en la normativa y, especialmente, en el plan o en sus modificaciones. Esta documentación será conservada

durante cinco años.

• En las obras de edificación sujetas a licencia urbanística la legislación autonómica podrá imponer al promotor

(productor de residuos) la obligación de constituir una fianza, o garantía financiera equivalente, que asegure el

cumplimiento de los requisitos establecidos en dicha licencia en relación con los residuos de construcción y

demolición de la obra, cuyo importe se basará en el capítulo específico de gestión de residuos del presupuesto de la

obra.

Gestión de Residuos

• Según requiere la normativa, se prohíbe el depósito en vertedero de residuos de construcción y demolición que no

hayan sido sometidos a alguna operación de tratamiento previo.

• El poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones

adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte

su posterior valorización o eliminación.

• Se debe asegurar en la contratación de la gestión de los residuos, que el destino final o el intermedio son centros con

la autorización autonómica del organismo competente en la materia. Se debe contratar sólo transportistas o gestores

autorizados por dichos organismos e inscritos en los registros correspondientes.

• Para el caso de los residuos con amianto se cumplirán los preceptos dictados por el RD 396/2006 sobre la

manipulación del amianto y sus derivados.

• Las tierras que puedan tener un uso posterior para jardinería o recuperación de suelos degradados, serán retiradas y

almacenadas durante el menor tiempo posible, en condiciones de altura no superior a 2 metros.

• El depósito temporal de los residuos se realizará en contenedores adecuados a la naturaleza y al riesgo de los residuos

generados.

• Dentro del programa de seguimiento del Plan de Gestión de Residuos se realizarán reuniones periódicas a las que

asistirán contratistas, subcontratistas, dirección facultativa y cualquier otro agente afectado. En las mismas se

evaluará el cumplimiento de los objetivos previstos, el grado de aplicación del Plan y la documentación generada

para la justificación del mismo.

• Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs, que el destino final (Planta de Reciclaje, Vertedero,

Cantera, Incineradora, Centro de Reciclaje de Plásticos/Madera...) sean centros autorizados. Así mismo se deberá

contratar sólo transportistas o gestores autorizados e inscritos en los registros correspondientes. Se realizará un

estricto control documental, de modo que los transportistas y gestores de RCDs deberán aportar los vales de cada

retirada y entrega en destino final.

Derribo y Demolición

• En los procesos de derribo se priorizará la retirada tan pronto como sea posible de los elementos que generen

residuos contaminantes y peligrosos. Si es posible, esta retirada será previa a cualquier otro trabajo.

• Los elementos constructivos a desmontar que tengan como destino último la reutilización se retirarán antes de

proceder al derribo o desmontaje de otros elementos constructivos, todo ello para evitar su deterioro.

• En la planificación de los derribos se programarán de manera consecutiva todos los trabajos de desmontaje en los

que se genere idéntica tipología de residuos con el fin de facilitar los trabajos de separación.

Separación

• El deposito temporal de los residuos valorizables que se realice en contenedores o en acopios, se debe señalizar y

segregar del resto de residuos de un modo adecuado.

• Los contenedores o envases que almacenen residuos deberán señalizarse correctamente, indicando el tipo de residuo,

la peligrosidad, y los datos del poseedor.

• El responsable de la obra al que presta servicio un contenedor de residuos adoptará las medidas necesarias para evitar

el depósito de residuos ajenos a la misma. Igualmente, deberá impedir la mezcla de residuos valorizables con

aquellos que no lo son.

• El poseedor de los residuos establecerá los medios humanos, técnicos y procedimientos de separación que se

dedicarán a cada tipo de residuo generado.

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

3.1. GESTION DE RESIDUOS 9

• Los contenedores de los residuos deberán estar pintados en colores que destaquen y contar con una banda de material

reflectante. En los mismos deberá figurar, en forma visible y legible, la siguiente información del titular del

contenedor: razón social, CIF, teléfono y número de inscripción en el Registro de Transportistas de Residuos

• Cuando se utilicen sacos industriales y otros elementos de contención o recipientes, se dotarán de sistemas

(adhesivos, placas, etcétera) que detallen la siguiente información del titular del saco: razón social, CIF, teléfono y

número de inscripción en el Registro de Transportistas de Residuos.

• Los residuos generados en las casetas de obra producidos en tareas de oficina, vestuarios, comedores, etc. tendrán la

consideración de Residuos Sólidos Urbanos y se gestionarán como tales según estipule la normativa reguladora de

dichos residuos en la ubicación de la obra,

Documentación

• La entrega de los residuos de construcción y demolición a un gestor por parte del poseedor habrá de constar en

documento fehaciente, en el que figure, al menos, la identificación del poseedor y del productor, la obra de

procedencia y, en su caso, el número de licencia de la obra, la cantidad, expresada en toneladas o en metros cúbicos,

o en ambas unidades cuando sea posible, el tipo de residuos entregados, codificados con arreglo a la lista europea de

residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero y la identificación del gestor de las operaciones de

destino.

• El poseedor de los residuos estará obligado a entregar al productor los certificados y demás documentación

acreditativa de la gestión de los residuos a que se hace referencia en el Real Decreto 105/2008 que regula la

producción y gestión de los residuos de construcción y de demolición.

• El poseedor de residuos dispondrá de documentos de aceptación de los residuos realizados por el gestor al que se le

vaya a entregar el residuo.

• El gestor de residuos debe extender al poseedor un certificado acreditativo de la gestión de los residuos recibidos,

especificando la identificación del poseedor y del productor, la obra de procedencia y, en su caso, el número de

licencia de la obra, la cantidad, expresada en toneladas o en metros cúbicos, o en ambas unidades cuando sea posible,

y el tipo de residuos entregados, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden

MAM/304/2002.

• Cuando el gestor al que el poseedor entregue los residuos de construcción y demolición efectúe únicamente

operaciones de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte, en el documento de entrega deberá figurar

también el gestor de valorización o de eliminación ulterior al que se destinan los residuos.

• Según exige la normativa, para el traslado de residuos peligrosos se deberá remitir notificación al órgano competente

de la comunidad autónoma en materia medioambiental con al menos diez días de antelación a la fecha de traslado. Si

el traslado de los residuos afecta a más de una provincia, dicha notificación se realizará al Ministerio de Medio

Ambiente.

• Para el transporte de los residuos peligrosos se completará el Documento de Control y Seguimiento. Este documento

se encuentra en el órgano competente en materia medioambiental de la comunidad autónoma.

• El poseedor de residuos facilitará al productor acreditación fehaciente y documental que deje constancia del destino

final de los residuos reutilizados. Para ello se entregará certificado con documentación gráfica.

Normativa

• Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba, el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986,

Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

• Real Decreto 952/1997, que modifica el Reglamento para la ejecución de la ley 20/1986 básica de Residuos Tóxicos

y Peligrosos, aprobado mediante Real Decreto 833/1998.

• LEY 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

• REAL DECRETO 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito

en vertedero.

• REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de

construcción y demolición.

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

3.1. GESTION DE RESIDUOS 10

10. PRESUPUESTO

A continuación se detalla listado de partidas estimadas inicialmente para la gestión de residuos de la obra.

Esta valoración forma parte del presupuesto general de la obra como capítulo independiente.

Resumen Cantidad Precio Subtotal

1-GESTIÓN RESIDUOS INERTES MEZCL. VALORIZACIÓN EXT.

Tasa para el envío directo de residuos inertes mezclados entre sí exentos de

materiales reciclables a un gestor final autorizado por la comunidad autónoma

correspondiente, para su valorización. Incluyendo carga y transporte. Según

operación enumerada R5 de acuerdo con la orden MAM 304/2002 por la que se

publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos.

0,00 t 0,00 € 0,00 €

2-GESTIÓN RESIDUOS MEZCL. C/ MATERIAL NP GESTOR

Tasa para la gestión de residuos mezclados de construcción no peligrosos en un

gestor autorizado por la comunidad autónoma correspondiente. Incluyendo

carga y transporte.

390,00 t 10,40 € 4056,00 €

3-GESTIÓN RESIDUOS ACERO Y OTROS METÁLES VALORIZ.

Precio para la gestión del residuo de acero y otros metales a un gestor autorizado

por la comunidad autónoma correspondiente, para su reutilización, recuperación

o valorización. Sin carga ni transporte. Según operación enumerada R 04 de

acuerdo con la orden MAM 304/2002 por la que se publican las operaciones de

valorización y eliminación de residuos.

0,00 t 0,00 € 0,00 €

4-GESTIÓN RESIDUOS ENVASES PELIGROSOS GESTOR

Precio para la gestión del residuo de envases peligrosos con gestor autorizado

por la comunidad autónoma para su recuperación, reutilización, o reciclado.

Según operación enumerada R 04 de acuerdo con la orden MAM 304/2002 por

la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos.

0,00 kg 0,00 € 0,00 €

5-GESTIÓN RESIDUOS AEROSOLES GESTOR

Precio para la gestión del residuo aerosoles con gestor autorizado por la

comunidad autónoma para su recuperación, reutilización, o reciclado. Según

operación enumerada R13 de acuerdo con la orden MAM 304/2002 por la que se

publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos.

0,00 kg 0,00 € 0,00 €

6-ALQUILER DE CONTENEDOR RESIDUOS (incluido)

Tasa para el alquiler de un contenedor para almacenamiento en obra de residuos

de construcción y demolición. Incluyendo transporte

0,00 t 0,00 € 0,00 €

7-TRANSPORTE RESIDUOS NO PELIGROSOS

Tasa para el transporte de residuos no peligrosos de construcción y demolición

desde la obra hasta las instalaciones de un gestor autorizado por la comunidad

autónoma hasta un máximo de 20 km. Sin incluir gestión de los residuos.

0,00 t 0,00 € 0,00 €

8-TRANSPORTE RESIDUOS PELIGROSOS

Tasa para el transporte de residuos peligrosos de construcción y demolición

desde la obra hasta las instalaciones de un gestor autorizado por la comunidad

autónoma. Sin incluir gestión de los residuos.

0,00 t 0,00 € 0,00 €

Total Presupuesto: 4.056,00 €

Arévalo, julio de 2018

EL ARQUITECTO

.

Fdo. Javier Bretón Dellmans

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

A.1.ESTUDIO DE SEGURIDAD

1

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE

CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

ANEJO 1. ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD

Memoria Estudio Básico de Seguridad

Memoria descriptiva de los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares que se van a utilizar o cuya

utilización está prevista. Identificación de los riesgos laborales que pueden ser evitados, indicando a tal efecto las

medidas técnicas necesarias para ello. Relación de riesgos laborales que no pueden eliminarse especificando las

medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos valorando su eficacia.

Adaptado al Real Decreto 1627/97 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, a la Ley

54/2003 y al RD 171/2004 al RD 2177/2004 y a las recomendaciones establecidas en la "Guía Técnica" publicada por el INSH.

Javier Bretón Dellmans

Julio de 2018

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

A.1. ESTUDIO DE SEGURIDAD

2

1. Datos generales de la organización

Datos promotor:

Nombre o razón social AYUNTAMIENTO DE AREVALO

Representante D. VIDAL GALICIA JARAMILO, Alcalde presidente

Dirección Plaza del Real nº 12

Población AREVALO (AVILA)

Código postal 05000

Provincia AVILA

CNAE

CIF P0501600A

.

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

A.1. ESTUDIO DE SEGURIDAD

3

2. Descripción de la obra

2.1. Datos generales del proyecto y de la obra

Descripción del Proyecto y de la

obra sobre la que se trabaja

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª fase de SOTERRAMIENTO DE

CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

Situación de la obra a construir

Técnico autor del proyecto JAVIER BRETON DELLMANS

Coordinador en materia de

seguridad y salud durante la fase de

redacción del proyecto

JAVIER BRETON DELLMANS

2.1.1. Plazo de Ejecución. 3 meses (60 días)

2.1.2. Número máximo de trabajadores. 5 trabajadores

2.1.3. Presupuesto de Contrata. 150.000 €

2.2. Tipología de la obra a construir Se trata de una obra de urbanización y suministro de equipos en distintos emplazamientos del casco urbano

2.3. Descripción del estado actual del espacio donde se va a ejecutar la obra Actualmente se encuentran en diferente situación en zonas de aparcamientos..

2.4. Condiciones del entorno de la obra que influyen en la prevención de riesgos

laborales

2.4.1. Condiciones de los accesos y vías de acceso a la obra Los accesos a la obra se realizan por calles de la localidad, calles pavimentadas y de fácil acceso.

2.4.2. Presencia de tráfico rodado y peatones La obra se ejecuta en una zona con presencia de tráfico rodado que se cortará cuando se realicen las obras.

2.4.3. Condiciones climáticas y ambientales • La climatología de la zona es continental extrema con veranos cortos pero calurosos inviernos fríos con frecuentes heladas,

primaveras y otoños con temperaturas agradables.

2.4.4. Descripción del lugar de la obra y condiciones orográficas Se trata de calles y plazas del casco antiguo y por tanto dotada de los servicios propios de suelo urbano.

2.4.5. Dirección y Teléfono del Centro Asistencial más cercano. Centro de Salud de Arévalo. Avda. de Emilio Romero nº 28 Teléfono 920 300118.

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

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A.1. ESTUDIO DE SEGURIDAD

4

2.5. NORMATIVA DE SEGURIDAD APLICABLES A LA OBRA.

GENERAL:

• Ley de Prevención de Riesgos laborables. Ley 31/95 08-11-95. Jefatura del Estado.

• Reglamento de los Servicios de Prevención. R.D. 39/97 17-01-97. Ministerio de Trabajo.

• Disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción (transposición Directiva 92/57/CEE). R.D. 1627/97 24-10-

97. Varios.

• Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud. R.D. 485/97 14-04-97. Ministerio de Trabajo.

• Modelo de libro de incidencias. Orden 20-09-86. Ministerio de Trabajo. Corrección de errores 31-10-86.

• Modelo de notificación de accidentes de trabajo. Orden16-12-87.

• Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo de la Construcción. Orden 20-05-52. Modificación 19-12-53. Complementario

02-09-66. Ministerio de Trabajo.

• Cuadro de enfermedades profesionales. R.D.1995/78 25-08-78.

• Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Orden 09-03-71. Corrección de errores (derogados títulos I y III. Título

II: cap. I a IV, VII y XIII) 06-04-71. Ministerio de Trabajo.

• Ordenanza trabajo industrias construcción, vidrio y cerámica. Orden 28-08-79. Anterior no derogada 28-08-70. Corrección de

errores 17-10-70. Modificación (no derogada ), Orden 28-08-70: Orden 27-07-73. Interpretación de varios artículos. Orden 21-

11-70. Ministerio de Trabajo. Interpretación de varios artículos. Resolución 24-11-70. D.G.T.

• Señalización y otras medidas en obras fijas en vías fuera de poblaciones. Orden 31-08-87. Ministerio de Trabajo.

• Protección de riesgos derivados de exposición a ruidos. RD1316/89 27-10-89.

• Disposiciones mínimas de seguridad y salud sobre manipulación manual de cargas (Directiva 90/296/CEE). RD 487/97 23-04-97.

• Reglamento sobre trabajos con riesgo de amianto. Orden 31-10-84. Corrección de errores 22-11-84. Normas complementarias:

Orden 07-01-87. Modelo libro de registro: Orden 22-12-87. Ministerio de Trabajo.

• Estatuto de los Trabajadores. Ley 08/80 01-03-80. Regulación de la jornada laboral. RD 2001/83 28-07-83. Formación de

comités de seguridad: D 423/71 11-03-71. Ministerio de Trabajo.

EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI):

• Condiciones comerciales y libre circulación de EPI (Directiva 89/686/CEE) RD 1407/92 20-11-92. MR Cor. Modificación:

Marcado “CE” de conformidad y año de colocación RD 159/95 03-02-95. Modificación RD 159/95: Orden 20-03-97.

• Disposiciones mínimas de seguridad y salud de equipos de protección individual (transposición Directiva 89/656/CEE) RD

773/97 30-05-97.Ministerio de la Presidencia.

• EPI contra caída de altura. Disposición de descenso. UNEEN341 22-05-97. AENOR.

• Requisitos y métodos de ensayo: calzado de seguridad/protección/trabajo. UNEEN344/A1 20-10-97. AENOR.

• Especificaciones calzado seguridad uso profesional. UNEEN345/A1 20-10-97. AENOR.

• Especificaciones calzado protección uso profesional. UNEEN346/A1 20-10-97. AENOR.

• Especificaciones calzado trabajo uso profesional. UNEEN347/A1 20-10-97. AENOR.

INSTALACIONES Y EQUIPOS DE OBRA:

• Disposiciones mínimas de seguridad y salud para utilización de los equipos de trabajo (transposición Directiva 89/656/CEE)RD

1215/97 18-07-97. Ministerio de Trabajo.

• MIE-BT-028 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Orden 31-10-73. Ministerio de Industria.

• ITC MIE-AEM3 Carretillas automotoras de manutención. Orden 26-05-77. MIE.

• Reglamento de aparatos elevadores para obras. Orden 25-07-77. Corrección de errores 10-07-77. Modificación: Orden 07-03-81.

Modificación: Orden 16-11-81. MIE.

• Reglamento seguridad en las máquinas RD 1495/86 23-05-86 Presidencia de Gobierno.Corrección de errores 04-10-86.

Modificación: RD 590/89 19-05-89 MR Cor. Modificaciones en la ITC MSG-SM-1: Orden 08-04-91 MR Cor. Modificación

(adaptación a las directivas de la CEE): RD 830/91 24-05-91 MR Cor. Regulación potencia acústica de máquinas (Directiva

84/532/CEE) RD 245/89 27-02-89 MIE. Ampliación y nuevas especificaciones RD 71/92 31-01-92 MIE.

• Requisitos de seguridad y salud en máquinas (Directiva 89/392/CEE): RD 1435/92 27-11-92. MR Cor.

• ITC-MIE-AEM2 Grúas-torre desmontables para obra: Orden 28-06-88. Corrección de errores 05-10-88. MIE.

• ITC-MIE-AEM4 Grúas móviles autopropulsadas usadas: RD 2370/96 18-11-96. MIE.

.

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

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A.1. ESTUDIO DE SEGURIDAD

5

3. Plan de prevención de riesgos

3.1. Riesgos que pueden ser evitados

• Riesgos indirectos producto de omisiones de Empresa:

• Relación de actuaciones de empresa cuya omisión genera riesgos indirectos:

Notificación a la autoridad laboral de apertura del centro de trabajo acompañada del Estudio Básico de Seguridad y Salud. (Art. 19

R.D.: 1627197).

Existencia del Libro de Incidencias en el centro de trabajo y en poder del Coordinador o de la Dirección Facultativa (Art. 13 R. D.

1627/97).

Existencia en obra de un coordinador de la ejecución nombrado por el promotor cuando en su ejecución intervengan más de una

empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos (Art. 3.2 R.D . 1627/97)

Relación de la naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos que presumiblemente se prevea puedan ser utilizados y sus

correspondientes intensidades concentraciones o niveles de presencia (Art4.7.b. ley 31/95 y Art. 41 Ley 31/95).

Planificación, organización y control de la actividad preventiva (Art. 4.7 Ley 31/95) integrados en la planiflcación, organización y

control de la obra (Art. 1.1 R.D. 39/1997) incluidos los procesos técnicos y línea jerárquica de la empresa con compromiso

prevencionista en todos sus niveles, creando un conjunto coherente que integre la técnica, la organización del trabajo y las

condiciones en que se efectúe el mismo, las relaciones sociales y factores ambientales (Art. 15. g. Ley 31/95 y Art. 16 Ley 31/95).

Creación del Comité de Seguridad y Salud cuando la plantilla supere los 50 trabajadores (Art. 38 Ley 31/95).

Crear o contratar los Servicios de Prevención (Cap. IV Ley 31/95 y Art. 12 y 16 del R.D. 39/1997).

Contratar auditoría o evaluación externa a fin de someter a la misma el servicio de prevención de la empresa que no hubiera

concertado el Servicio de Prevención con una entidad especializada (cap. v. R.D. 39/97).

Creación o contratación externa de la estructura de información prevencionista ascendente y descendente (Art.18 Ley 31/95):

- Formación prevencionista en y de todos los niveles jerárquicos (Art. 19 Ley 31195)

- Consulta y participación de los trabajadores en la Prevención (Cap. V Ley 31195)

Creación y apertura del Archivo Documental de acuerdo con el Art. 23 y Art. 47.4 de la Ley 31/95

Creación del control de bajas laborales, y poseer relación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan

causado al trabajador una inactividad laboral superior a un día de trabajo (Art. 23.1 e. Ley 31/95).

Creación y mantenimiento, tanto humana como material, de los servicios de primeros auxilios, lucha contra incendios y

evacuación de los trabajadores en caso de emergencia, comprobando periódicamente su correcto funcionamiento (Art. 20 Ley

31/95).

Establecimiento de normas de régimen interior de empresas, también denominado por la CE "política general de calidad de vida".

(Art. 15.1 g Ley 31/95 y Art. 1 R.D. 39/97).

Organizar los reconocimientos médicos iniciales y periódicos caso de ser necesarios estos últimos (Art. 22 Ley 31/95).

Adoptar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. (Art. 9 f. R.D.: 1627/97)

Adoptar las medidas necesarias para eliminar los riesgos inducidos y/o generados por el entorno o proximidad de la Obra. Art.

10.j. R.D. 1627/97, Art. 15.g Ley 31/95.

Crear o poseer en la obra:

1. Cartel con los datos del Aviso Previo (Anexo III, R.D. 1627/97):

2. Cerramiento perimetral de obra.

3. Entradas a obra de personal y vehículos (independientes).

4. Señales de seguridad (prohibición, obligación, advertencia y salvamento).

5. Poseer en obra dirección y teléfono del hospital o centro sanitario concertado y del mas cercano.

6. Accesos protegidos desde la entrada al solar hasta la obra.

7. Anemómetro conectado a sirena con acción a los 50 Km/hora.

8. Extintores.

9. Desinfectantes y/o descontaminantes, caso de ser necesarios.

10. Aseos, vestuarios, botiquines, comedor taquillas, agua potable.

11. Estudio geológico y geotécnico del terreno a excavar.

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12. Estudio de los edificios y/o paredes medianera y sus cimientos que pueden afectar o ser afectados por la

ejecución de la obra.

13. Documentación de las empresas de servicio de agua, gas electricidad, teléfonos y saneamiento sobre existencia o no de

líneas eléctricas, acometidas, o redes y su dirección, profundidad y medida, tamaño, nivel o tensión, etc.

14. Espacios destinados a acopios y delimitar los dedicados a productos peligrosos Informes de los fabricantes,

importadores o suministradores de las máquinas, equipos, productos, materias primas, útiles de trabajo, sustancias

químicas y elementos para la protección de los trabajadores, de acuerdo con el Art 41 ley 31/95 (deberán de estar

depositados en el archivo documental. Art. 23 y 47.4 Ley 31/95).

• Medidas a adoptar a fin de evitar los riesgos:

Cumplir lo señalado en el apartado anterior.

• Riesgos indirectos provocados por agresiones del entorno :

Empresas o instalaciones que originan:

Contaminación atmosférica

Contaminación por ruido

Vibraciones

Otros

Vías de ferrocarril, carreteras, calles, etc. :

Solicitación por sobrecargas

Solicitación por vibraciones

Ruidos

Otros: Tráfico X

Edificaciones o instalaciones cercanas:

Solicitación por sobrecargas

Derrumbamientos, caída de objetos. Ej: balcones X

Impacto de grúa

Otros: impacto de las máquinas X

Entorno:

Árboles

Otros elementos altos. Ej: cables aéreos X

Líneas eléctricas en la superficie de los edificios X

Otros: transeúntes X

• Medidas a adoptar:

Se tendrá especial cuidado con las máquinas empleadas (pala, camión, retroexcavadora, etc.) para no golpear a edificaciones (balcones

o banderines), ni atropellar a cualquiera de los numerosos transeúntes. Se colocarán tablones o elementos que faciliten el paso seguro a

los comercios.

Se tendrá cuidado en las zonas en las que ya están canalizadas las redes de electricidad y gas.

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Se entibarán convenientemente las zanjas que se harán para sustituir el ramal de saneamiento que enlaza que está a una profundidad

aproximada de 2,85 m. en alguno de los tramos.

• Riesgos derivados de puestos de trabajo ocupados por menores, disminuidos físicos o psíquicos, sensoriales, embarazadas o en

periodo de lactancia.

Sintonizando con los Art. 25, 26 y 27 Ley 31/95, estos trabajadores no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que,

a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente

reconocida, puedan ellos, los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa, ponerse en situación de peligro o,

en general, cuando se encuentren manifiestamente en estado o situación transitoria que no responda a las exigencias psicofísicas

de los respectivos puestos de trabajo.

Igualmente, el empresario deberá tener en cuenta los factores de riesgo que pueden incidir en la función procreadora de los

trabajadores o trabajadoras, en particular por la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos que puedan ejercer efectos

mutagénicos o de toxicidad para la procreación, tanto en los aspectos de la fertilidad, como del desarrollo de la descendencia.

En el caso en que las condiciones de un puesto de trabajo pudiera influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o

del feto, y así lo certifique el médico de la Seguridad Social que asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá desempeñar

un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado.

En relación con los menores, el empresario deberá tener en cuenta la falta de experiencia e inmadurez de los mismos antes de

encargarles el desempeño de un trabajo, cuidando al mismo tiempo de formarles e informarles adecuadamente.

De todo lo mencionado anteriormente, el empresario hará evaluación de los puestos de trabajo destinados a los trabajadores de las

características mencionadas que serán recogidas en el Plan de Seguridad y Salud Laboral de la obra y registrado en el Archivo

Documental.

3.2 Riesgos que no pueden ser evitados.

Se cumplimenta la Hoja Resumen, añadiendo los riesgos no evitables y se adjuntan las Fichas de Riesgo correspondientes.

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RIESGOS Nº DE FICHA

FICHA-01 CAIDA DE PERSONAS A DISTINTO NIVEL

X X X X X X X FICHA-02 CAIDA DE PERSONAS AL MISMO NIVEL

X FICHA-03 CAIDA DE OBJETOS (DESPLOMES, ETC.)

X X X X X X X FICHA-04 CAIDA DE OBJETOS EN MANIPULACIÓN

X FICHA-05 CAIDA DE OBJETOS DESPRENDIDOS

X X X X X X X FICHA-06 PISADAS SOBRE OBJETOS

X X X X X FICHA-07 CHOQUE CONTRA OBJETOS MÓVILES

X X X X X FICHA-08 GOLPES/CORTES POR OBJETOS, ETC.

X X X X X FICHA-09 PROYECCIÓN DE FRAGMENTOS, ETC.

FICHA-10 ATRAPAMIENTO POR/ENTRE OBJETOS

X X X FICHA-11 ATRAPAMIENTO POR VUELCO DE MÁQUINAS

X X X X X X FICHA-12 SOBREESFUERZOS

FICHA-13 EXPOSICIÓN A TEMPERATURAS EXTREMAS

FICHA-14 CONTACTOS TÉRMICOS

X FICHA-15 CONTACTOS ELÉCTRICOS DIRECTOS

FICHA-16 CONTACTOS ELÉCTRICOS INDIRECTOS

FICHA-17 EXPOSICIÓN A SUSTANCIAS NOCIVAS

FICHA-18 CONTACTO SUSTANCIAS CAÚSTICAS, ETC.

FICHA-19 EXPOSICIÓN A RADIACIONES

FICHA-20 EXPOSICIONES A (QUÍMICAS)

FICHA-21 EXPOSICIONES A (FÍSICAS)

FICHA-22 INCENDIOS: FACTORES

FICHA-23 INCENDIOS: PROPAGACIÓN

FICHA-24 INCENDIOS:EVACUACIÓN

FICHA-25 INCENDIOS: MEDIOS DE LUCHA

X X X X X FICHA-26 ATROPELLO/GOLPES CON VEHÍCULOS

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X X FICHA-27 RUIDO

X X FICHA-28 VIBRACIONES

FICHA-29 ILUMINACIÓN INSUFICIENTE

X X X X X X FICHA-30 ESTRÉS TÉRMICO

FICHA-31 RADIACIONES IONIZANTES

FICHA-32 RADIACIONES NO IONIZANTES

X FICHA-33 SEPULTAMIENTO

USO DE EQUIPOS Y PROTECCIONES

X X X X USO DE EQUIPOS (ANDAMIOS, MAQUINAS, ETC.)

X X X X CASCO

GAFAS O PANTALLAS

PROTECCIONES AUDITIVAS

EQUIPO AUTOMATICO CONTAMINACION ATMOSFERICA

PROTECCION RESPIRATORIA

X X X X X X ROPA DE TRABAJO

X X X X X X GUANTES

MANDIL / PETO

BOTAS DE SEGURIDAD

POLAINAS

X X X X X X BOTAS DE AGUA

BOTAS DE AGUA Y SEGURIDAD

X X X X X FAJA/MUÑEQUERAS

CINTURÓN DE SEGURIDAD

3.3. Medidas a adoptar: fichas.

FICHA 2 CAÍDA DE PERSONAS AL MISMO NIVEL

Definición:

Acción de una persona al perder el equilibrio, sin existir diferencia de altura entre dos puntos, cuando el individuo da con su cuerpo en el plano horizontal

de referencia donde se encuentra situado.

Medidas preventivas:

• El pavimento tiene que constituir un conjunto homogéneo, llano y liso sin soluciones de continuidad; será de material consistente, no resbaladizo o

susceptible de serIo con el uso y de fácil limpieza.

• Las superficies de tránsito estarán al mismo nivel, y de no ser así, se salvarán las diferencias de altura por rampas de pendiente no superior al 10 %.

• Las zonas de paso deberán estar siempre en buen estado de aseo y libres de obstáculos, realizándose las limpiezas necesarias.

• Las operaciones de limpieza se realizarán con mayor esmero en las inmediaciones de los lugares ocupados por máquinas, aparatos o dispositivos,

cuya utilización ofrezca mayor peligro ante este tipo de riesgo. El pavimento no estará encharcado y se conservará limpio de aceite, grasas y otras

materias resbaladizas.

• Se evacuarán o eliminarán los residuos de primeras materias o de fabricación, bien directamente o por medio de tuberías o acumulándolos en

recipientes adecuados.

• Utilizar calzado, como equipo de protección individual certificado, en buen estado con el tipo de suela adecuada que evite la caída por

resbalamiento.

• Hay que corregir la escasa iluminación, mala identificación y visibilidad deficiente revisando periódicamente las diferentes instalaciones.

• Comprobar que las dimensiones de espacio permiten desplazamientos seguros.

• Hay que concienciar a cada trabajador en la idea de que se responsabilice en parte del buen mantenimiento del suelo y que ha de dar cuenta

inmediata de las condiciones peligrosas del suelo como derrames de líquidos, jugos, aceites, agujeros, etc.

• El almacenamiento de materiales así como la colocación de herramientas se tiene que realizar en lugares específicos para tal fin.

FICHA 3 CAÍDA DE OBJETOS POR DESPLOME O DERRUMBAMIENTO

Definición:

Suceso por el que a causa de una colocación o circunstancia física no correcta, un todo o parte de una cosa pierde su posición vertical, cayéndose en

forma de hundimiento, desmoronamientos etc

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Medidas preventivas:

• Los elementos estructurales, permanentes o provisionales de los edificios, serán de construcción segura y firme para evitar r iesgos de desplome o

derrumbamiento.

• Las escalas fijas de servicio serán de material fuerte, y estarán adosadas sólidamente a los edificios, depósitos, etc., que lo precisen.

• La máxima carga de trabajo en kilos estará en forma fija y visible, y será respetada siempre.

Cuando estructuras, mecanismos transportadores, máquinas, etc. tengan que estar situados sobre lugares de trabajo se instalarán planchas, pantallas

inferiores, etc. las cuales puedan retener las partes

FICHA 4 CAÍDA DE OBJETOS EN MANIPULACIÓN

Definición:

Es aquella circunstancia imprevista y no deseada que se origina al caer un objeto durante la acción de su manipulación, ya sea con las manos o con

cualquier otro instrumento (carretillas, grúas, cintas transportadoras, etc.)

Medidas preventivas:

• En la manipulación manual de cargas el operario debe conocer y utilizar las recomendaciones conocidas sobre posturas y movimientos (mantener la

espalda recta, apoyar los pies firmemente, etc.)

• No deberá manipular cargas consideradas excesivas de manera general: según su condición, (mujer embarazada, hombre joven,): según su

utilización (separación del cuerpo, elevación de la carga, etc.).

• Deberá utilizar los equipos de protección especial adecuado (calzado, guantes, ropa de trabajo).

• No se deberán manipular objetos que entrañen riesgos para las personas debido a sus características físicas (superficies cortantes, grandes

dimensiones o forma inadecuada, no exentos de sustancias resbaladizas, etc.).

• A ser posible deberá disponer de un sistema adecuado de agarre.

• El nivel de iluminación será el adecuado a la complejidad de la tarea.

• En la manipulación, con aparatos de elevación y transporte, todos sus elementos estructurales, mecanismos y accesorios serán de material sólido,

bien construido y de resistencia y firmeza adecuada al uso al que se destina.

• Si los aparatos son de elevación, estarán dotados de interruptores o señales visuales o acústicas que determinen el exceso de carga.

• Estará marcada, de forma destacada y visible, la carga máxima a transportar y se vigilará su cumplimiento.

• Los ganchos tendrán pestillo de seguridad: se impedirá el deslizamiento de las cargas verticalmente mediante dispositivos de frenado efectivo: los

elementos eléctricos de izar y transportar reunirán los requisitos de seguridad apropiados.

• Se realizarán las revisiones y pruebas periódicas de los cables.

• Los ascensores y montacargas deberán cumplir en todos sus elementos los requisitos exigidos por el Reglamento Técnico de Aparatos Elevadores.

• Las carretillas automotoras solo serán conducidas por personal autorizado.

• Los frenos funcionarán bien y serán de la potencia adecuada.

• El conductor deberá tener buena visibilidad tanto por la colocación de su posición, como debido a la colocación y tamaño de la carga

• La carretilla deberá llevar cualquier sistema que pueda indicar a las personas su situación y movimiento o dirección.

• Su estructura y elementos transportadores (uñas, mástil, etc.) serán adecuados a la carga que deba transportar.

• Las transmisiones, mecanismos y motores de los transportadores estarán protegidos por resguardos adecuados al riesgo.

• Cuando la caída de material pueda lesionar a las personas que circulan por debajo o próximas a las cintas transportadoras, éstas se protegerán con

planchas, redes, contenciones laterales, etc., para impedir la caída del material transportado.

• Dispondrán de paros de emergencia que detengan las cintas en caso de que se produzca o vaya a producirse un atrapamiento, enganches, etc., de las

personas.

• Las grúas en general dispondrán de dispositivos sonoros que informen a las personas de su movimiento.

• La posición del maquinista durante todas las operaciones con la grúa, será aquella que le permita el mayor campo de visibilidad posible.

• La empresa proporcionará y velará porque se utilicen las prendas de protección personal adecuadas a cada operación de manipulación por parte de

personas (guantes, zapatos de seguridad, cascos, etc.)

• El trabajador debe, a través de la empresa, estar informado de los riesgos presentes en su puesto de trabajo, así como formado en la prevención

mediante una adecuada realización de su tarea.

FICHA 5 CAÍDA DE OBJETOS DESPRENDIDOS

Definición :

Suceso por el que a causa de una condición o circunstancia física no correcta la parte o partes de un todo (trozos de una cosa, partes de cargas, de

instalaciones, etc.,) se desunen cayendo.

Medidas preventivas:

• Los espacios de trabajo estarán libres del riesgo de caídas de objetos por desprendimiento, y en el caso de no ser posible deberá protegerse

adecuadamente a una altura mínima de 1,80 m. mediante mallas, barandillas, chapas o similares, cuando por ellos deban circular o permanecer

personas.

• Las escaleras, plataformas, etc. serán de material adecuado, bien construidas y adosadas y ancladas sólidamente de manera que se impida el

desprendimiento de toda o parte de ella.

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• Todos los elementos que constituyen las estructuras, mecanismos y accesorios de aparatos, máquinas, instalaciones, etc., serán de material sólido,

bien construido y de resistencia adecuada al uso al que se destina, y sólidamente afirmados en su base.

• El almacenamiento de materiales se realizará en lugares específicos, delimitados y señalizados.

• Cuando el almacenamiento de materiales sea en altura, éste ofrecerá estabilidad, según la forma y resistencia de los materiales.

• Las cargas estarán bien sujetas entre si y con un sistema adecuado de sujeción y contención (flejes, cuerdas, contenedores, etc.).

• Los materiales se apilarán en lugares adecuados, los cuales estarán en buen estado y con resistencia acorde a la carga máxima (palet, estanterías,

etc.)

• Los almacenamientos verticales (botellas, barras, etc., ) estarán firmemente protegidos y apoyados en el suelo, y dispondrán de medios de

estabilidad y sujeción (separadores, cadenas, etc.)

• Los accesorios de los equipos de elevación (ganchos, cables,..) para la sujeción y elevación de materiales tendrán una resistencia acorde a la carga y

estarán en buen estado.

• Las cargas transportadas estarán bien sujetas con medios adecuados, y los enganches, conexiones, etc., se realizarán adecuadamente (ganchos con

pestillos de seguridad.)

• Se establecerá un programa de revisiones periódicas y mantenimiento de los equipos, maquinaria, cables, ganchos, etc.

FICHA 6 PISADAS SOBRE OBJETOS

Definición:

Es aquella acción de poner el pie encima de alguna cosa (materiales, herramientas, mobiliario, maquinaria, equipos, etc.,) considerada como situación

anormal dentro de un proceso laboral.

Medidas preventivas.

• De manera general, el puesto de trabajo debe disponer de espacio suficiente, libre de obstáculos para realizar el trabajo con holgura y seguridad.

• Los materiales, herramientas, utensilios, etc., que se encuentren en cada puesto de trabajo serán los necesarios para realizar la labor en cada

momento y los demás, se situarán ordenadamente en los soportes destinados para ellos (bandejas, cajas, estanterías) y en los sitios previstos.

• Se evitará dentro de lo posible que en la superficie del puesto de trabajo, lugares de tránsito, escalera, etc., se encuentren cables eléctricos, tomas de

corriente externas, herramientas, etc., que al ser pisados puedan producir accidentes.

• El espacio de trabajo debe tener el equipamiento necesario, bien ordenado, bien distribuido y libre de objetos innecesarios sobrantes, con unos

procedimientos y hábitos de limpieza y orden establecido tanto para el personal que los realiza, como para el usuario del puesto.

• Las superficies de trabajo, zona de tránsito, puertas, etc., tendrán la iluminación adecuada al tipo de operación a realizar

• El personal deberá usar el calzado de protección certificado, según el tipo de riesgo a proteger.

FICHA 7 CHOQUE CONTRA OBJETOS MÓVILES

Definición:

Encuentro violento de una persona o de una parte de su cuerpo con uno o varios objetos que se encuentran en movimiento.

Medidas preventivas:

• Habilitar en el centro de trabajo una serie de pasillos o zonas de paso, que deberán tener una anchura adecuada al número de personas que hayan de

circular por ellos y a las necesidades propias del trabajador.

• Las zonas de paso junto a instalaciones peligrosas deben estar protegidas.

• Todos los lugares de trabajo o tránsito tendrán iluminación natural, artificial o mixta apropiada a las operaciones que se ejecuten.

• Siempre que sea posible se empleará la iluminación natural.

• Se intensificará la iluminación de máquinas peligrosas.

• La separación entre máquinas u otros aparatos será suficiente para que los trabajadores puedan ejecutar su labor cómodamente y sin riesgo.

• Los elementos móviles de las máquinas (de transmisión, que intervienen en el trabajo) deben estar totalmente aislados por diseño, fabricación y/o

ubicación. Es necesario protegerlos mediante resguardos y/o dispositivos de seguridad.

• Las operaciones de entretenimiento, reparación, engrasado y limpieza se deben efectuar durante la detención de motores, transmisiones y máquinas,

salvo en sus partes totalmente protegidas

• La máquina debe estar dotada de dispositivos que garanticen la ejecución segura de este tipo de operaciones.

• La manipulación de cargas mediante el uso de aparatos y equipos de elevación se hará teniendo en cuenta las siguientes prescripciones:

− La elevación y descenso de las cargas se hará lentamente, evitando toda arrancada o parada brusca y se hará, siempre que sea posible,

en sentido vertical para evitar el balanceo

− Cuando sea de absoluta necesidad la elevación de cargas en sentido oblicuo, se tomarán las máximas garantías de seguridad por el jefe

de tal trabajo.

− Los maquinistas de los aparatos de izar evitarán siempre que sea posible transportar las cargas por encima de lugares donde estén los

trabajadores.

− Las personas encargadas del manejo de aparatos elevadores y de efectuar la dirección y señalización de las maniobras u operaciones,

serán instruidas y deberán conocer el código de señales de mando.

− La visibilidad de la elevación y el traslado de cargas debe estar asegurada. En caso contrario, se debe corregir o asegurar la

comunicación entre conductor y ayudante.

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FICHA 8 GOLPES/CORTES POR OBJETOS O HERRAMIENTAS

Definición:

Acción que le sucede a un trabajador al tener un encuentro repentino y violento con un material inanimado o con el utensilio con el que trabaja.

Medidas preventivas:

• Mantener una adecuada ordenación de los materiales delimitando y señalizando las zonas destinadas a apilamientos y almacenamientos, evitando

que los materiales estén fuera de los lugares destinados al efecto y respetando las zonas de paso.

• La separación entre máquinas u otros aparatos será suficiente para que los trabajadores puedan ejecutar su labor Cómodamente y sin riesgo.

• Todo lugar por donde deban circular o permanecer los trabajadores estará protegido convenientemente a una altura mínima de 1,80m. cuando las

instalaciones a ésta o mayor altura puedan ofrecer peligro para el paso o estancia del personal. Cuando exista peligro a menor altura se prohibirá la

circulación por tales lugares, o se dispondrán pasos superiores con las debidas garantías de solidez y seguridad.

• Comprobar que existe una iluminación adecuada en las zonas de trabajo y de paso.

• Comprobar que las herramientas manuales cumplen con las siguientes características:

− Tienen que estar construidas con materiales resistentes, serán las más apropiadas por sus características y tamaño a la operación a

realizar y no tendrán defectos ni desgaste que dificulten su correcta utilización.

− La unión entre sus elementos será firme para evitar cualquier rotura o proyección de los mismos.

− Los mangos o empuñaduras serán de dimensión adecuada, no tendrán bordes agudos ni superficies resbaladizas y serán aislantes en

caso necesario.

− Las partes cortantes y punzantes se mantendrán debidamente afiladas

− Las cabezas metálicas deberán carecer de rebabas.

− Se adaptarán protectores adecuados en aquellas herramientas que lo admitan.

• Hay que realizar un correcto mantenimiento de las herramientas manuales realizándose una revisión periódica por parte de personal especializado.

Además, este personal se encargará del tratamiento y reparación de las herramientas que lo precisen.

Adoptar las siguientes instrucciones para el manejo de herramientas manuales:

− De ser posible, evitar movimientos repetitivos o continuados.

− Mantener el codo a un costado del cuerpo con el antebrazo semidoblado y la muñeca en posición recta.

− Usar herramientas livianas y cuya forma permita el mayor control posible con la mano. Usar también herramientas que ofrezcan una

distancia de empuñadura menor de 10 cm. entre los dedos pulgar e índice.

− Usar herramientas con esquinas y bordes redondeados. Los bordes afilados o aserrados pueden afectar la circulación y ejercer presión

sobre los nervios.

− Cuando se usen guantes, asegurarse que ayuden a la actividad manual pero que no impidan los movimientos de la muñeca o que

obliguen a hacer el esfuerzo en posición incómoda.

− Usar herramientas diseñadas de forma tal, que eviten los puntos de pellizco y que reduzcan la vibración.

− Durante su uso estarán libres de grasas, aceites y otras sustancias deslizantes.

− Los trabajadores recibirán instrucciones precisas sobre el uso correcto de las herramientas que hayan de utilizar sin que en ningún caso

puedan utilizarse con fines distintos para los que están diseñadas.

• Se deben disponer armarios o estantes para colocar y guardar las herramientas. Las herramientas cortantes o con puntas agudas se guardarán

provistas de protectores.

• Se deben utilizar equipos de protección individual certificados, en concreto guantes y calzado, en los trabajos que así lo requieran para evitar golpes

y/o cortes por objetos o herramientas.

FICHA 9 PROYECCIÓN DE FRAGMENTOS O PARTÍCULAS

Definición:

Riesgo que aparece en la realización de diversos trabajos en los que, durante la operación, partículas o fragmentos del material que se trabaja,

incandescentes o no, resultan proyectados, con mayor fuerza, y dirección variable

Medidas preventivas:

• Protecciones colectivas:

− Pantallas, transparentes si es posible, de modo que situadas entre el trabajador y la pieza/herramienta, detengan las proyecciones. Si son

transparentes, deberán renovarse cuando dificulten la visibilidad.

− Sistemas de aspiración con la potencia suficiente para absorber las partículas que se produzcan.

− Pantallas que aíslen el puesto de trabajo (protección frente a terceras personas).

− En máquinas de funcionamiento automático, pantallas protectoras que encierren completamente la zona en que se producen las

proyecciones. Se puede combinar con un sistema de aspiración.

• Equipos de protección individual:

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− Se recurrirá a ellos cuando no sea posible aplicar las protecciones colectivas.

− Como medio de protección de los ojos, se utilizarán gafas de seguridad, cuyos oculares serán seleccionados en función del riesgo que

deban proteger como proyecciones de líquidos, impactos, etc.

− Como protección de la cara se utilizarán pantallas, abatibles o fijas, según las necesidades.

− Como protección de las manos se utilizarán guantes de protección.

− A lo anterior se unirá la utilización de delantales, manguitos, polainas, siempre que las proyecciones puedan alcanzar otras partes del

cuerpo.

− Los equipos de protección individuales deberán estar certificados.

FICHA 11 ATRAPAMIENTO POR VUELCO DE MÁQUINAS O VEHÍCULOS

Definición:

Acción y efecto que se origina cuando se tuerce o desplaza un vehículo o una máquina, hacia un lado o totalmente, de modo que caiga sobre una persona

o la aprisione contra otros objetos, móviles o inmóviles.

Medidas preventivas:

• Los trabajadores deben mantener hábitos seguros de trabajo, respetar el código de circulación y conducir con prudencia.

• Los vehículos y máquinas deben ser revisados por el operario antes de su uso. Establecer planes de revisión.

• Establecer un programa de mantenimiento para asegurar el correcto estado del vehículo.

• Utilizar los vehículos o máquinas únicamente para el fin establecido. Las características del vehículo o máquina deben ser adecuadas en función del

uso o del lugar de utilización.

• Disponer de los elementos de seguridad necesarios, los cuales se deben encontrar en buen estado (resguardos, frenos, etc.)

• Limitar la velocidad de circulación en el recinto en función de la zona y vehículo.

• Debe existir un nivel de iluminación adecuado.

• La carga de vehículos debe disponerse de una forma adecuada quedando uniformemente repartida y bien sujeta.

• Cuando los vehículos estén situados en pendientes mantener los frenos puestos y las ruedas aseguradas con calzos.

• No circular al bies en una pendiente, seguir la línea de mayor pendiente, especialmente en vehículos o máquinas de poca estabilidad, tales como

carretillas elevadoras, tractores, etc.

• En el caso de aparatos elevadores, no elevar una carga que exceda la capacidad nominal. Respetar las indicaciones de la placa de carga.

• Las grúas se montarán teniendo en cuenta los factores de seguridad adecuados, de acuerdo con la legislación vigente. Se asegurará previamente la

solidez y firmeza del suelo.

• Las grúas montadas en el exterior deberán ser instaladas teniendo en cuenta los factores de presión del viento.

• Las grúas torre, en previsión de velocidades elevadas del viento, dispondrán de medidas adecuadas mediante anclaje, macizos de hormigón o

tirantes metálicos.

• La pluma debe orientarse en el sentido de los vientos dominantes y ser puesta en veleta (giro libre), desfrenando el motor de orientación.

FICHA 12 SOBREESFUERZOS

Definición:

Es un esfuerzo superior al normal y, por tanto, que puede ocasionar serias lesiones, que se realiza al manipular una carga de peso excesivo o, siendo de

peso adecuado, que se manipula de forma incorrecta.

Medidas preventivas:

• Siempre que sea posible la manipulación de cargas se efectuará mediante la utilización de equipos mecánicos. Por equipo mecánico se entenderá en

este caso no sólo los específicos de manipulación, como carretillas automotrices, puentes-grúa, etc., sino cualquier otro mecanismo que facilite el

movimiento de las cargas, como:

− Carretillas manuales

− Transportadores

− Aparejos para izar

− Cadenas

− Cables

− Cuerdas

− Poleas, etc.

y siempre cumpliendo los requisitos de seguridad exigibles a cada uno.

• En caso de que la manipulación se deba realizar manualmente se tendrán en cuenta las siguientes normas.

− Mantener los pies separados y firmemente apoyados.

− Doblar las rodillas para levantar la carga del suelo, y mantener la espalda recta.

− No levantar la carga por encima de la cintura en un solo movimiento

− No girar el cuerpo mientras se transporta la carga.

− Mantener la carga cercana al cuerpo, así como los brazos, y éstos lo más tensos posible.

− Como medidas complementarias puede ser recomendable la utilización de cinturones de protección (abdominales), fajas, muñequeras,

etc.

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FICHA 15 CONTACTOS ELÉCTRICOS DIRECTOS

Definición:

Se entiende por contactos eléctricos directos, todo contacto de personas con partes activas en tensión

Medidas preventivas:

• En alta tensión (A.T , más de 1.000 Voltios):

− Mantener el Centro de Transformación siempre cerrado con llave.

− No manipular en A T , salvo personal especializado.

− En líneas aéreas, mantener siempre la distancia de seguridad.

• En baja tensión (B.T , menos de 1000 Voltios):

− Mantener siempre todos los cuadros eléctricos cerrados.

− Garantizar el aislamiento eléctrico de todos los cables activos.

− Los empalmes y conexiones estarán siempre aislados y protegidos.

− La conexión a máquinas se hará siempre mediante bornes de empalme, suficientes para el número de cables a conectar. Estos bornes

irán siempre alojados en cajas registro, que en funcionamiento estarán siempre tapadas.

− Todas las cajas registro, empleadas para conexión, empalmes o derivación, en funcionamiento estarán siempre tapadas.

− Todas las bases de enchufes estarán bien sujetas, limpias y no presentarán partes activas accesibles.

− Todas las clavijas de conexión estarán bien sujetas a la manguera correspondiente, limpias y no presentarán partes activas accesibles,

cuando están conectadas

− Todas las líneas de entrada y salida a los cuadros eléctricos, estarán perfectamente sujetas y aisladas.

− Cuando haya que manipular en una instalación eléctrica: cambio de fusibles, cambio de lámparas, etc., hacerlo siempre con la

instalación desconectada.

− El personal especializado para la realización de los trabajos empleará Equipos de Protección Individual adecuados.

− Las operaciones de mantenimiento, manipulación y reparación las efectuará solamente personal especializado.

− El personal que realiza trabajos en instalaciones empleará Equipos de Protección Individual y herramientas adecuadas.

FICHA 16 ATROPELLOS O GOLPES CON VEHÍCULOS

Definición:

Se entiende como atropellos o golpes con vehículos, los producidos por vehículos en movimiento empleados en las distintas fases de los procesos

realizados por la empresa, dentro del horario laboral.

Medidas Preventivas:

• Todos los trabajadores que manejan vehículos tienen que estar autorizados por la empresa.

• Todos los conductores de vehículos, tendrán demostrada su capacidad para ello, y poseerán el carné exigido para la categoría del vehículo que

manejan.

• Todo vehículo será revisado por el operario antes de su uso.

• Estará establecido un programa de mantenimiento para asegurar el correcto estado del vehículo.

• Nunca será sobrepasada la capacidad nominal de carga, indicada para cada vehículo.

• La capacidad de carga, y otras características nominales (situación de la carga, altura máxima, etc) estarán perfectamente indicadas en cada vehículo

y el conductor las conocerá.

• Las características del vehículo serán adecuadas al uso y el lugar de utilización.

• Dispondrán de los elementos de seguridad y aviso necesarios y en buen estado (resguardos, frenos, claxon. luces, etc.)

• Estará limitada la velocidad de circulación a las condiciones de la zona a transitar.

• Existirá un lugar específico para la localización de vehículos que no estén en uso.

• Existirá un procedimiento (señal. cartel, etc.) que identifique y avise cuando un vehículo esté averiado o en mantenimiento.

• La iluminación de la zona y/o la del propio vehículo, garantizarán siempre. a vehículos y personas, ver y ser vistos.

FICHA 17 RUIDO

Definición:

Todo "sonido no grato" o bien cualquier "sonido que interfiera o impida alguna actividad humana.

Medidas preventivas:

• Aislar la fuente de generación del ruido

• Proceder a un adecuado mantenimiento de la maquinaria

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• Utilizar si es necesario elementos de protección auditiva.

• Evaluar los niveles de ruido presentes en el puesto de trabajo.

• Proceder a la realización de una audiometría de forma periódica

FICHA 18 VIBRACIONES

Definición:

La oscilación de partículas alrededor de un punto en un medio físico cualquiera. Los efectos de la misma deben entenderse como consecuencia de una

transferencia de energía al cuerpo humano que actúa como receptor de energía mecánica.

Medidas preventivas:

• Vigilancia del estado de la máquina. (Giro de ejes, ataque de engranajes, etc.)

• Modificación de la frecuencia de resonancia por cambio de la masa o rigidez del elemento afectado.

• Interposición de materiales aislantes (resortes metálicos, soportes de caucho, corcho).

• Interposición de materiales absorbentes de las vibraciones.

• Diseño ergonómico de las herramientas de manera que su peso, forma y dimensiones se adapten específicamente al trabajo.

• Empleo de dispositivos técnicos antivibratorios que reduzcan la intensidad de las vibraciones creadas o transmitidas al hombre.

• Reducción de las vibraciones propias del vehículo estableciendo suspensiones entre las ruedas y el bastidor.

• Aislamiento del conductor: Por suspensión del asiento, por suspensión de la cabina respecto del vehículo.

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4. Equipos de trabajos Relación de maquinas, herramientas, instrumentos o instalación empleados en la obra que cumplen las condiciones técnicas y de

utilización que se determinan en el Anexo IV del R.D. 1627/97 asi como en su reglamentación especifica y que van a utilizarse o cuya

utilización está prevista en esta obra, con identificación de los riesgos laborales indicando las medidas preventivas y protecciones

técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos, incluyendo la identificación de riesgos en relación con el entorno de la obra en que se encuentran.

4.1. Características generales 4.1.1 Características generales.

Características Generales:

• Poseerán marcado CE.

• Les acompañará el libro de características, uso y mantenimiento del fabricante, importador o suministrador.

• Las zonas y puntos de trabajo o de mantenimiento de un equipo de trabajo deberán estar adecuadamente iluminadas en función de

las tareas que deban realizarse.

• Las partes de un equipo de trabajo que alcancen temperaturas elevadas o muy bajas deberán estar protegidas cuando corresponda

contra los riesgos de contacto o la proximidad de los trabajadores.

• Los dispositivos de alarma del equipo de trabajo deberán ser perceptibles y comprensibles fácilmente y sin ambigüedades.

• Todo equipo de trabajo deberá estar provisto de dispositivos claramente identificables que permitan separarlo de cada una de sus

fuentes de energía

• El equipo de trabajo deberá llevar las advertencias y señalizaciones indispensables para garantizar la seguridad de los trabajadores.

• Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para proteger a los trabajadores contra los riesgos de incendio, de calentamiento del

propio equipo o de emanaciones de gases, polvos, líquidos, vapores u otras sustancias producidas, utilizadas o almacenadas por

éste. Los equipos de trabajo que se utilicen en condiciones ambientales climatológicas o industriales agresivas que supongan un

riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores, deberán estar acondicionados para el trabajo en dichos ambientes y disponer,

en su caso, de cabinas u otros sistemas de protección adecuado.

• Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para prevenir el riesgo de explosión, tanto del equipo de trabajo como de las sustancias

producidas, utilizadas o almacenadas por éste.

• Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para proteger a los trabajadores expuestos contra el riesgo de contacto directo o

indirecto con la electricidad En cualquier caso, las partes eléctricas de los equipos de trabajo deberán ajustarse a los dispuesto en la

normativa específica correspondiente.

• Todo equipo de trabajo que entrañe riesgos por ruido, vibraciones o radiaciones deberá disponer de las protecciones o dispositivos

adecuados para limitar en la medida de lo posible, la generación y propagación de estos agentes físicos.

• Los equipos de trabajo para el almacenamiento, trasiego o tratamiento de líquidos corrosivos o a alta temperatura deberán disponer

de las protecciones adecuadas para evitar el contacto accidental de los trabajadores con los mismos.

• Las herramientas manuales deberán estar construidas con materiales resistentes y la unión entre sus elementos deberá ser firme, de

manera que se eviten las roturas o proyecciones de los mismos. Sus mangos o empuñaduras deberán ser de dimensiones adecuadas,

sin bordes agudos ni superficies resbaladizas, y aislantes en caso necesario.

4.1.2 Disposiciones relativas a equipos de trabajo móviles.

Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo móviles, sean automotores o no:

• Los equipos de trabajo móviles con trabajadores transportados deberán adaptarse de manera que se reduzcan los riesgos para el

trabajador o trabajadores durante el desplazamiento.

• Entre estos riesgos, deberán tenerse en cuenta los de contacto de los trabajadores con ruedas y orugas y de aprisionamiento por las

mismas.

• Cuando el bloqueo imprevisto de los elementos de transmisión de energía entre un equipo de trabajo móvil y sus accesorios o

remolques pueda ocasionar riesgos específicos, dicho equipo deberá ser equipado o adaptado de modo que se impida dicho

bloqueo.

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• Cuando no se pueda impedir el bloqueo deberán tomarse todas las medidas necesarias para evitar las consecuencias perjudiciales

para los trabajadores.

• Deberán preverse medios de fijación de los elementos de transmisión de energía entre equipos de trabajo móviles cuando exista el

riesgo de que dichos elementos se atasquen o deterioren al arrastrarse por el suelo.

• En los equipos de trabajo móviles con trabajadores transportados se deberán limitar, en las condiciones efectivas de uso, los riesgos

provocados por una inclinación o por un vuelco del equipo de trabajo, mediante cualquiera de las siguientes medidas:

− Una estructura de protección que impida que el equipo de trabajo se incline más de un cuarto de vuelta.

− Una estructura que garantice un espacio suficiente alrededor del trabajador o trabajadores transportados cuando el equipo

pueda inclinarse más de un cuarto de vuelta.

− Cualquier otro dispositivo de alcance equivalente. Estas estructuras de protección podrán formar parte integrante del

equipo de trabajo.

No se requerirán estas estructuras de protección cuando el equipo de trabajo se encuentre estabilizado durante su empleo o cuando

el diseño haga imposibles la inclinación o el vuelco del equipo de trabajo.

Cuando en caso de inclinación o de vuelco exista para un trabajador transportado riesgo de aplastamiento entre partes del equipo de

trabajo y el suelo, deberá instalarse un sistema de retención del trabajador o trabajadores transportados.

• Las carretillas elevadoras ocupadas por uno o varios trabajadores deberán estar acondicionadas o equipadas para limitar los riesgos

de vuelco mediante medidas tales como las siguientes:

− La instalación de una cabina para el conductor.

− Una estructura que impida que la carretilla elevadora vuelque

− Una estructura que garantice que, en caso de vuelco de la carretilla elevadora, quede espacio suficiente para el trabajador

o los trabajadores transportados entre el suelo y determinadas partes de dicha carretilla.

− Una estructura que mantenga al trabajador o trabajadores sobre el asiento e impida que puedan quedar atrapados por

partes de la carretilla volcada.

• Los equipos de trabajo móviles automotores cuyo desplazamiento pueda ocasionar riesgos para los trabajadores deberán reunir las

siguientes condiciones:

− Deberán contar con los medios que permitan evitar una puesta en marcha no autorizada.

− Deberán contar con los medios adecuados que reduzcan las consecuencias de una posible colisión en caso de

movimiento simultáneo de varios equipos de trabajo que rueden sobre raíles.

− Deberán contar con un dispositivo de frenado y parada; en la medida en que lo exija la seguridad, un dispositivo de

emergencia acondicionado por medio de mandos fácilmente accesibles o por sistemas automáticos deberá permitir el frenado y

la parada en caso de que falle el dispositivo principal.

− Deberán contar con dispositivos auxiliares adecuados que mejoren la visibilidad cuando el campo directo de visión del

conductor sea insuficiente para garantizar la seguridad.

− Si están previstos para uso nocturno o en lugares oscuros, deberán contar con un dispositivo de iluminación adaptado al

trabajo que deba efectuarse y garantizar una seguridad suficiente para los trabajadores.

− Si entrañan riesgos de incendio, por ellos mismos o debido a sus remolques o cargas, que puedan poner en peligro a los

trabajadores, deberán contar con dispositivos apropiados de lucha contra incendios, excepto cuando el lugar de utilización esté

equipado con ellos en puntos suficientemente cercanos.

− Si se manejan a distancia, deberán pararse automáticamente al salir del campo de control

− Si se manejan a distancia y si, en condiciones normales de utilización, pueden chocar con los trabajadores o

aprisionarlos, deberán estar equipados con dispositivos de protección contra esos riesgos, salvo cuando existan otros

dispositivos adecuados para controlar el riesgo de choque.

▪ Los equipos de trabajo que por su movilidad o por la de las cargas que desplacen puedan suponer un riesgo, en las condiciones de

uso previstas, para la seguridad de los trabajadores situados en sus proximidades, deberán ir provistos de una señalización acústica

de advertencia.

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4.1.3 Disposiciones relativas a equipos de trabajo de elevación.

Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo para elevación de cargas:

• Los equipos de trabajo para la elevación de cargas deberán estar instalados firmemente cuando se trate de equipos fijos, o disponer

de los elementos o condiciones necesarias en los casos restantes, para garantizar su solidez y estabilidad durante el empleo,

teniendo en cuenta, en particular las cargas que deben levantarse y las tensiones inducidas en los puntos de suspensión o de fijación

a las estructuras.

• En las máquinas para elevación de cargas deberá figurar una indicación claramente visible de su carga nominal y, en su caso, una

placa de carga que estipule la carga nominal de cada configuración de la máquina. Los accesorios de elevación deberán estar

marcados de tal forma que se puedan identificar las características esenciales para un uso seguro. Si el equipo de trabajo no está

destinado a la elevación de trabajadores y existe posibilidad de confusión deberá fijarse una señalización adecuada de manera

visible.

• Los equipos de trabajo instalados de forma permanente deberán instalarse de modo que se reduzca el riesgo de que la carga caiga

en picado, se suelte o se desvíe involuntariamente de forma peligrosa o, por cualquier otro motivo, golpee a los trabajadores.

• Las máquinas para elevación o desplazamiento de trabajadores deberán poseer las características apropiadas para:

− Evitar por medio de dispositivos apropiados, los riesgos de caída del habitáculo, cuando existan tales riesgos.

− Evitar los riesgos de aplastamiento, aprisionamiento o choque del usuario, en especial los debidos a un contacto fortuito

con objetos

− Garantizar la seguridad de los trabajadores que en caso de accidente queden bloqueados en el habitáculo y permitir su

liberación.

Si por razones inherentes al lugar y al desnivel los riesgos previstos en la letra a) no pueden evitarse por medio de ningún dispositivo de seguridad, deberá instalarse un cable con coeficiente de seguridad reforzado cuyo buen estado se comprobará todos los días de trabajo.

4.1.4 Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo.

Condiciones Generales de utilización de los equipos de trabajo:

• Los equipos de trabajo se instalarán, dispondrán y utilizarán de modo que se reduzcan los riesgos para los usuarios del equipo y

para los demás trabajadores. En su montaje se tendrá en cuenta la necesidad de suficiente espacio libre entre los elementos móviles

de los equipos de trabajo y los elementos fijos o móviles de su entorno, y de que puedan suministrarse o retirarse de manera segura

las energías y sustancias utilizadas o producidas por el equipo.

• Los trabajadores deberán poder acceder y permanecer en condiciones de seguridad en todos los lugares necesarios para util izar,

ajustar o mantener los equipos de trabajo.

• Los equipos de trabajo no deberán utilizarse de forma o en operaciones o en condiciones contraindicadas por el fabricante Tampoco

podrán utilizarse sin los elementos de protección previstos para la realización de la operación de que se trate. Los equipos de

trabajo solo podrán utilizarse de forma o en operaciones o en condiciones no consideradas por el fabricante si previamente se ha

realizado una evaluación de los riesgos que ello conllevaría y se han tomado las medidas pertinentes para su eliminación o control.

• Antes de utilizar un equipo de trabajo se comprobará que sus protecciones y condiciones de uso son las adecuadas y que su

conexión o puesta en marcha no representa un peligro para terceros. Los equipos de trabajo dejarán de utilizarse si se producen

deterioros, averías u otras circunstancias que comprometan la seguridad de su funcionamiento.

• Cuando se empleen equipos de trabajo con elementos peligrosos accesibles que no puedan ser totalmente protegidos, deberán

adoptarse las precauciones y utilizarse las protecciones individuales apropiadas para reducir los riesgos al mínimo posible. En

particular, deberán tomarse las medidas necesarias para evitar en su caso, el atrapamiento de cabello, ropas de trabajo u otros

objetos que pudiera llevar el trabajador.

• Cuando durante la utilización de un equipo de trabajo sea necesario limpiar o retirar residuos cercanos a un elemento peligroso, la

operación deberá realizarse con los medios auxiliares adecuados y que garanticen una distancia de seguridad suficiente.

• Los equipos de trabajo deberán ser instalados y utilizados de forma que no puedan caer volcar o desplazarse de forma incontrolada,

poniendo en peligro la seguridad de los trabajadores.

• Los equipos de trabajo no deberán someterse a sobrecargas, sobrepresiones, velocidades o tensiones excesivas que puedan poner en

peligro la seguridad del trabajador que los utiliza o la de terceros

• Cuando la utilización de un equipo de trabajo pueda dar lugar a proyecciones o radiaciones peligrosas, sea durante su

funcionamiento normal o en caso de anomalía previsible, deberán adoptarse las medidas de prevención o protección adecuadas para

garantizar la seguridad de los trabajadores que los utilicen o se encuentren en sus proximidades

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• Los equipos de trabajo llevados o guiados manualmente, cuyo movimiento pueda suponer un peligro para los trabajadores situados

en sus proximidades, se utilizarán con las debidas precauciones, respetándose en todo caso una distancia de seguridad suficiente. A

tal fin, los trabajadores que los manejen deberán disponer de condiciones adecuadas de control y visibilidad

• En ambientes especiales tales como locales mojados o de alta conductividad, locales con alto riesgo de incendio, atmósferas

explosivas o ambientes corrosivos, no se emplearán equipos de trabajo que en dicho entorno supongan un peligro para la seguridad

de los trabajadores

• Los equipos de trabajo que puedan ser alcanzados por los rayos durante su utilización deberán estar protegidos contra sus efectos

por dispositivos o medidas adecuadas

• El montaje y desmontaje de los equipos de trabajo deberá realizarse de manera segura, especialmente mediante el cumplimiento de

las instrucciones del fabricante cuando las haya.

• Las operaciones de mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación de los equipos de trabajo que puedan suponer un

peligro para la seguridad de los trabajadores se realizarán tras haber parado o desconectado el equipo siempre que sea posible,

haber comprobado la inexistencia de energías residuales peligrosas y haber tomado las medidas necesarias para evitar su puesta en

marcha o conexión accidental mientras esté efectuándose la operación.

• Cuando la parada o desconexión no sea posible se adoptarán las medidas necesarias para que estas operaciones se realicen de forma

segura o fuera de las zonas peligrosas. Cuando un equipo de trabajo deba disponer de un diario de mantenimiento, éste permanecerá

actualizado.

• Los equipos de trabajo que se retiren de servicio deberán permanecer con sus dispositivos de protección o deberán tomarse las

medidas necesarias para imposibilitar su uso.

• Las herramientas manuales deberán ser de características y tamaño adecuados a la operación a realizar. Su colocación y transporte

no deberá implicar riesgos para la seguridad de los trabajadores.

Condiciones de utilización de equipos de trabajo móviles, sean automotores o no:

• La conducción de equipos de trabajo automotores estará reservada a los trabajadores que hayan recibido una formación específica

para la conducción segura de esos equipos de trabajo.

• Cuando un equipo de trabajo maniobre en una zona de trabajo, deberán establecerse y respetarse unas normas de circulación

adecuadas.

• Deberán adoptarse medidas de organización para evitar que se encuentren trabajadores a pie en la zona de trabajo de equipos de

trabajo automotores. Si se requiere la presencia de trabajadores a pie para la correcta realización de los trabajos, deberán adoptarse

medidas apropiadas para evitar que resulten heridos por los equipos.

• El acompañamiento de trabajadores en equipos de trabajo móviles movidos mecánicamente sólo se autorizará en emplazamientos

seguros acondicionados a tal efecto. Cuando deban realizarse trabajos durante el desplazamiento, la velocidad deberá adaptarse si

es necesario

• Los equipos de trabajo móviles dotados de un motor de combustión no deberán emplearse en zonas de trabajo, salvo si se garantiza

en las mismas una cantidad suficiente de aire que no suponga riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores

Condiciones de utilización de equipos de trabajo para la elevación de cargas:

• Los equipos de trabajo desmontables o móviles que sirvan para la elevación de cargas deberán emplearse de forma que se pueda

garantizar la estabilidad del equipo durante su empleo en las condiciones previsibles, teniendo en cuenta la naturaleza del suelo.

• La elevación de trabajadores sólo estará permitida mediante equipos de trabajo y accesorios previstos a tal efecto. No obstante, se

podrán utilizar con carácter excepcional para tal fin equipos de trabajo no previstos para ello, siempre que se hayan tomado las

medidas pertinentes para garantizar la seguridad de los mismos y se disponga de una vigilancia adecuada. Durante la permanencia

de trabajadores en equipos de trabajo destinados a levantar cargas, el puesto de mando deberá estar ocupado permanentemente. Los

trabajadores elevados deberán disponer de un medio de comunicación seguro y deberá estar prevista su evacuación en caso de

peligro.

• A menos de que fuera necesario para efectuar correctamente los trabajos, deberán tomarse medidas para evitar la presencia de

trabajadores bajo las cargas suspendidas. No estará permitido el paso de las cargas por encima de lugares de trabajo no protegidos

ocupados habitualmente por trabajadores Si ello no fuera posible, por no poderse garantizar la correcta realización de los trabajos

de otra manera, deberán definirse y aplicarse procedimientos adecuados.

• Los accesorios de elevación deberán seleccionarse en función de las cargas que se manipulen, de los puntos de presión, del

dispositivo del enganche y de las condiciones atmosféricas, y teniendo en cuanta la modalidad y la configuración del amarre Los

ensamblajes de accesorios de elevación deberán estar claramente marcados para permitir que el usuario conozca sus características,

si no se desmontan tras el empleo.

• Los accesorios de elevación deberán almacenarse de forma que no se estropeen o deterioren.

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Condiciones de utilización de equipos de trabajo para la elevación de cargas no guiadas:

• Si dos o más equipos de trabajo para la elevación de cargas no guiadas se instalan o se montan en un lugar de trabajo de manera que

sus campos de acción se solapen, deberán adoptarse medidas adecuadas para evitar las colisiones entre las cargas o los elementos

de los propios equipos.

• Durante el empleo de un equipo de trabajo móvil para la elevación de cargas no guiadas, deberán adoptarse medidas para evitar su

balanceo, vuelco y, en su caso, desplazamiento y deslizamiento Deberá comprobarse la correcta realización de estas medidas

• Si el operador de un equipo de trabajo para la elevación de cargas no guiadas no puede observar el trayecto completo de la carga ni

directamente ni mediante los dispositivos auxiliares que faciliten las informaciones útiles, deberá designarse un encargado de

señales en comunicación con el operador para guiarle y deberán adoptarse medidas de organización para evitar colisiones de la

carga que puedan poner en peligro a los trabajadores

• Los trabajos deberán organizarse de forma que mientras un trabajador esté colgando o descolgando una carga a mano, pueda

realizar con toda seguridad esas operaciones, garantizando en particular que dicho trabajador conserve el control, directo o

indirecto, de las mismas

• Todas las operaciones de levantamiento deberán estar correctamente planificadas, vigiladas adecuadamente y efectuadas con miras

a proteger la seguridad de los trabajadores. En particular, cuando dos o más equipos de trabajo para la elevación de cargas no

guiadas deban elevar simultáneamente una carga, deberá elaborarse y aplicarse un procedimiento con el fin de garantizar una buena

coordinación de los operadores.

• Si algún equipo de trabajo para la elevación de cargas no guiadas no puede mantener las cargas en caso de avería parcial o total de

la alimentación de energía, deberán adoptarse medidas apropiadas para evitar que los trabajadores se expongan a los riesgos

correspondientes. Las cargas suspendidas no deberán quedar sin vigilancia, salvo si es imposible el acceso a la zona de peligro y si

la carga se ha colgado con toda seguridad y se mantiene de forma completamente segura.

• El empleo al aire libre de equipos de trabajo para la elevación de cargas no guiadas deberá cesar cuando las condiciones

meteorológicas se degraden hasta el punto de causar perjuicio a la seguridad de funcionamiento y provocar de esa manera que los

trabajadores corran riesgos. Deberán adoptarse medidas adecuadas de protección, destinadas especialmente a impedir el vuelco del

equipo de trabajo, para evitar riesgos a los trabajadores.

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5. Protecciones colectivas

Relación de medidas alternativas de protección colectiva cuya utilización está prevista en esta obra y que han sido determinadas a partir

de la "Identificación y evaluación de riesgos con la valoración de la eficacia de la prevención adoptada" en las diferentes unidades de

obra evaluadas de esta misma Memoria de Seguridad y Salud.

5.1. Vallado de obra

Operaciones a desarrollar previstas en el proyecto

Vallado del perímetro de la obra, según se establece en los planos y antes del inicio de la obra.

Identificación de riesgos (operaciones de utilización, montaje, desmontaje y mantenimiento)

Caída de personas al mismo nivel.

Pisadas sobre objetos. Choques y golpes contra objetos inmóviles.

Golpes y cortes por objetos o herramientas.

Proyección de fragmentos o partículas.

Sobreesfuerzos, posturas inadecuadas o movimientos repetitivos. Contacto con sustancias cáusticas o corrosivas.

Exposición al ruido.

Iluminación inadecuada.

Medidas preventivas y protecciones técnicas adoptadas, tendentes a controlar y reducir los riesgos anteriores

Medidas preventivas

El vallado de obra tendrá al menos 2 m. de altura.

El vallado constará de accesos distintos para el personal y para la maquinaria o transportes necesarios en obra. Portón para

acceso de vehículos de 4 m. de anchura y puerta independiente para acceso de personal.

El vallado como medida de seguridad estará al menos a 2 metros de distancia de cualquier punto de trabajo, para evitar en caso de caída impactos sobre la construcción.

Se prohibirá aparcar en la zona de entrada de vehículos.

Se prohibirá el paso de personal por la entrada de vehículos.

Se prohibirá la entrada a toda persona ajena a la obra.

Se colocará a la entrada el -Cartel de obra- Con la señalización correspondiente.

Cuando sea necesario transportar manualmente, durante las operaciones, una carga demasiado grande, se tendrá en cuenta:

a) Que no impida ver por encima o por los lados de la carga. b) Los operarios no deberán realizar esfuerzos excesivos.

c) Examinarán la carga para asegurarse de que no tiene bordes cortantes, clavos salientes o puntos de atrapamiento.

Limpieza y orden en la obra.

Equipos de protección individual (operaciones de montaje, desmontaje y mantenimiento)

Guantes de cuero. Ropa de trabajo

• Casco de seguridad.

5.2. Señalización

Operaciones a desarrollar previstas en el proyecto

Señales, indicadores, vallas y luces de seguridad utilizados en esta obra que indican, marcan la posición o señalizan de antemano todos

los peligros.

En los planos que se adjuntan se especifica y detalla la posición de la señalización en la misma. La señalización a utilizar en la obra está de acuerdo con principios profesionales, y se basa en los fundamentos de los códigos de

señales, como son:

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1) Que la señal sea de fácil percepción, visible, llamativa, para que llegue al interesado.

2) Que las personas que la perciben, vean lo que significa. Letreros como PELIGRO, CUIDADO, ALTO, una vez leídos, cumplen bien con el mensaje de señalización, porque de todos es conocido su significado.

El primer fundamento anterior, supone que hay que anunciar los peligros que se presentan en la obra, como se está haciendo.

El segundo fundamento consiste en que las personas perciban el mensaje o señal, lo que supone una educación preventiva o de conocimiento del significado de esas señales.

Señalización en la obra:

La señalización en la obra, es compleja y variada, utilizándose :

1) Por la localización de las señales o mensajes:

Señalización externa. Utilizamos por un lado la señalización adelantada, anticipada, a distancia. Indica que puede una persona encontrarse con el peligro adicional de una obra. Y por otro la señalización de posición, que marca el límite de la

actividad edificatoria y lo que es interno o externo a la misma.

Señalización interna. Para percepción desde el ámbito interno de la obra, con independencia de sí la señal está colocada dentro

o fuera de la obra.

2) Por el horario o tipo de visibilidad:

Señalización diurna. Por medio de paneles, banderines rojos, bandas blancas o rojas, triángulos, vallas, etc.

Señalización nocturna. A falta de la luz diurna, se utilizarán las mismas señales diurnas pero buscando su visibilidad mediante luz artificial.

3) Por los órganos de percepción de la persona, o sentidos corporales, utilizamos los siguientes tipos de señalización:

Señalización visual. Se compone en base a la forma, el color y los esquemas a percibir visualmente, como por ejemplo las señales de tráfico.

Señalización acústica. Se basa en sonidos estridentes, intermitentes o de impacto. Los utilizamos en vehículos o máquinas

mediante pitos, sirenas o claxon.

Señalización táctil. Se trata de obstáculos blandos colocados en determinados puntos, con los que se tropieza avisando de otros peligros mayores, (Por ejemplo cordeles, barandillas, etc.).

Medios principales de señalización de la obra

1) VALLADO: Dentro de esta obra se utilizarán vallados diversos, unos fijos y otros móviles, que delimitan áreas determinadas de

almacenaje, circulación, zonas de evidente peligro, etc. El vallado de zonas de peligro debe complementarse con señales del peligro

previsto.

2) BALIZAMIENTO: Se utilizará en esta obra para hacer visibles los obstáculos u objetos que puedan provocar accidentes. En particular, se usará en la implantación de pequeños trabajos temporales como para abrir un pozo, colocar un poste, etc.

3) SEÑALES: Las que se utilizarán en esta obra responden a convenios internacionales y se ajustan a la normativa actual. El objetivo es

que sean conocidas por todos.

4) ETIQUETAS: En esta obra se utilizarán las señales que se estimen oportunas, acompañadas con frases que se pueden redactar en colores distintos, llamativos, que especifiquen peligros o indicaciones de posición o modo de uso del producto contenido en los envases.

Identificación de riesgos (operaciones de utilización, montaje, desmontaje y mantenimiento)

Quemaduras.

Golpes o cortes por manejo de herramientas manuales.

Golpes o cortes por manejo de chapas metálicas.

Medidas preventivas y protecciones técnicas adoptadas, tendentes a controlar y reducir los riesgos anteriores

Medidas preventivas

La señalización de seguridad complementara, pero no sustituirá nunca a las medidas de prevención adoptadas en la obra.

No se utilizarán al mismo tiempo dos señales que puedan dar lugar a confusión.

Las señales serán de tamaño y dimensiones tales que permitan su clara visibilidad desde el punto más alejado desde el que deban ser vistas.

Si tienen que actuar los trabajadores personalmente dirigiendo provisionalmente el tráfico o facilitando su desvió, se procurará

principalmente que:

a) Sean trabajadores con carné de conducir.

b) Estén protegidos con equipos de protección individual, señales luminosas o fluorescentes, de acuerdo con la normativa de

tráfico.

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

A.1. ESTUDIO DE SEGURIDAD

22

c) Utilicen prendas reflectantes según UNE-EN-471

d) Se sitúen correctamente en zonas iluminadas, de fácil visibilidad y protegidas del tráfico rodado.

Las tuberías por las que circulan flujos peligrosos estarán identificadas y señalizadas, para evitar errores o confusiones. La señalización deberá permanecer mientras exista la situación que motiva su colocación.

Una vez finalizada la obra, se sustituirá la señalización provisional de obra por la señalización definitiva de viales.

Retirada de sobras de materiales, herramientas y restos de obra no colocados (piezas rotas, envoltorios, palets, etc.).

Deberán realizarse periódicamente revisiones de la señalización, para controlar el buen estado y la correcta aplicación de las mismas

Las señales serán retiradas cuando deje de existir la situación que las justificaba.

Equipos de protección individual (operaciones de montaje, desmontaje y mantenimiento)

Ropa de trabajo

• Chaleco reflectante.

Guantes de cuero.

Calzado de seguridad. Casco de seguridad.

Ávila, julio de 2018

EL ARQUITECTO MUNICIPAL

Fdo. Javier Bretón Dellmans

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

A.2.PLAN DE CONTROL DE CALIDAD 1

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE

CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

ANEJO 2. PLAN DE CONTROL DE CALIDAD

A.2.1 DEFINICION Y CONTENIDO DEL PLAN DE CONTROL SEGÚN EL CTE

CTE-PARTE I-PLAN DE CONTROL

Según figura en el Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado mediante el REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, los Proyectos de Ejecución deben incluir, como parte del contenido documental de los mismos, un Plan de

Control que ha de cumplir lo recogido en la Parte I en los artículos 6 y 7, además de lo expresado en el Anejo II.

CONDICIONES DEL PROYECTO. Art. 6º

6.1 Generalidades 1. El proyecto definirá las obras de ejecución del mismo con el detalle sufi-

ciente para que puedan valorarse e interpretarse inequívocamente durante

su ejecución.

2. En particular, y con relación al CTE, el proyecto definirá las obras proyec-

tadas con el detalle adecuado a sus características, de modo que pueda

comprobarse que las soluciones propuestas cumplen las exigencias básicas de este CTE y demás normativa aplicable. Esta definición incluirá, al me-

nos, la siguiente información:

a) Las características técnicas mínimas que deben reunir los productos, equi-

pos y sistemas que se incorporen de forma permanente en el edificio pro-

yectado, así como sus condiciones de suministro, las garantías de calidad y

el control de recepción que deba realizarse.

b) Las características técnicas de cada unidad de obra, con indicación de las condiciones para su ejecución y las verificaciones y controles a realizar

para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto. Se preci-

sarán las medidas a adoptar durante la ejecución de las obras y en el uso y

mantenimiento del edificio, para asegurar la compatibilidad entre los dife-rentes productos, elementos y sistemas constructivos.

c) Las verificaciones y las pruebas de servicio que, en su caso, deban reali-

zarse para comprobar las prestaciones finales del edificio;

d) Las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado, de con-formidad con lo previsto en el CTE y demás normativa que sea de aplica-

ción.

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

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A.2.PLAN DE CONTROL DE CALIDAD 2

3. A efectos de su tramitación administrativa, todo proyecto de edificación

podrá desarrollarse en dos etapas: la fase de proyecto básico y la fase de proyecto de ejecución. Cada una de estas fases del proyecto debe cumplir

las siguientes condiciones:

a) El proyecto básico definirá las características generales de la obra y sus

prestaciones mediante la adopción y justificación de soluciones concretas. Su contenido será suficiente para solicitar la licencia municipal de obras,

las concesiones u otras autorizaciones administrativas, pero insuficiente

para iniciar la construcción del edificio. Aunque su contenido no permita

verificar todas las condiciones que exige el CTE, definirá las prestaciones que el edificio proyectado ha de proporcionar para cumplir las exigencias

básicas y, en ningún caso, impedirá su cumplimiento;

b) El proyecto de ejecución desarrollará el proyecto básico y definirá la obra

en su totalidad sin que en él puedan rebajarse las prestaciones declaradas en el básico, ni alterarse los usos y condiciones bajo las que, en su caso, se

otorgaron la licencia municipal de obras, las concesiones u otras autoriza-

ciones administrativas, salvo en aspectos legalizables. El proyecto de eje-

cución incluirá los proyectos parciales u otros documentos técnicos que, en su caso, deban desarrollarlo o completarlo, los cuales se integrarán en

el proyecto como documentos diferenciados bajo la coordinación del pro-

yectista.

4. En el anejo I se relacionan los contenidos del proyecto de edificación, sin

perjuicio de lo que, en su caso, establezcan las Administraciones compe-

tentes.

6.2 Control del proyecto 1. El control del proyecto tiene por objeto verificar el cumplimiento del CTE

y demás normativa aplicable y comprobar su grado de definición, la cali-

dad del mismo y todos los aspectos que puedan tener incidencia en la cali-dad final del edificio proyectado. Este control puede referirse a todas o al-

gunas de las exigencias básicas relativas a uno o varios de los requisitos

básicos mencionados en el artículo 1.

2. Los DB establecen, en su caso, los aspectos técnicos y formales del pro-

yecto que deban ser objeto de control para la aplicación de los procedi-

mientos necesarios para el cumplimiento de las exigencias básicas.

CONDICIONES EN LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Art. 7º

7.1 Generalidades 1. Las obras se llevarán a cabo con sujeción al proyecto y sus modificaciones

autorizadas por el director de obra previa conformidad del promotor, a la

legislación aplicable, a las normas de la buena práctica constructiva, y a

las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra.

2. Durante la construcción de la obra se elaborará la documentación regla-mentariamente exigible. En ella se incluirá, sin perjuicio de lo que esta-

blezcan otras Administraciones Publicas competentes, la documentación

del control de calidad realizado a lo largo de la obra. En el anejo II se de-

talla, con carácter indicativo, el contenido de la documentación del segui-

miento de la obra.

3. Cuando en el desarrollo de las obras intervengan diversos técnicos para di-rigir las obras de proyectos parciales, lo harán bajo la coordinación del di-

rector de obra.

4. Durante la construcción de las obras el director de obra y el director de la

ejecución de la obra realizarán, según sus respectivas competencias, los

controles siguientes: a) Control de recepción en obra de los productos, equipos y sistemas que se

suministren a las obras de acuerdo con el artículo 7.2.

b) Control de ejecución de la obra de acuerdo con el artículo 7.3; y

c) Control de la obra terminada de acuerdo con el artículo 7.4.

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A.2.PLAN DE CONTROL DE CALIDAD 3

7.2 Control de recepción

en obra de productos,

equipos y sistemas

El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas

de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el pro-

yecto. Este control comprenderá:

a) El control de la documentación de los suministros, realizado de acuerdo con el artículo 7.2.1.

b) El control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de

idoneidad, según el artículo 7.2.2;

c) El control mediante ensayos, conforme al artículo 7.2.3.

7.2.1 Control de la docu-

mentación de los suminis-

tros

Los suministradores entregarán al constructor, quien los facilitará al director de

ejecución de la obra, los documentos de identificación del producto exigidos por la

normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la direc-

ción facultativa. Esta documentación comprenderá, al menos, los siguientes docu-mentos:

a) Los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado.

b) El certificado de garantía del fabricante, firmado por persona física;

c) Los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, incluida la documentación correspondiente al marca-

do CE de los productos de construcción, cuando sea pertinente, de acuerdo

con las disposiciones que sean transposición de las Directivas Europeas

que afecten a los productos suministrados.

7.2.2 Control de recepción

mediante distintivos de

calidad y evaluaciones de

idoneidad técnica

1. El suministrador proporcionará la documentación precisa sobre:

a) Los distintivos de calidad que ostenten los productos, equipos o sistemas

suministrados, que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto y documentará, en su caso, el reconocimiento ofi-

cial del distintivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.3;

b) Las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos,

equipos y sistemas innovadores, de acuerdo con lo establecido en el ar-tículo 5.2.5, y la constancia del mantenimiento de sus características técni-

cas.

2. El director de la ejecución de la obra verificará que esta documentación es

suficiente para la aceptación de los productos, equipos y sistemas ampara-

dos por ella.

7.2.3 Control de recepción

mediante ensayos

1. Para verificar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE puede

ser necesario, en determinados casos, realizar ensayos y pruebas sobre al-

gunos productos, según lo establecido en la reglamentación vigente, o bien

según lo especificado en el proyecto u ordenados por la dirección faculta-tiva.

2. La realización de este control se efectuará de acuerdo con los criterios es-tablecidos en el proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre el

muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y

rechazo y las acciones a adoptar.

7.3 Control de ejecución

de la obra

1. Durante la construcción, el director de la ejecución de la obra controlará la

ejecución de cada unidad de obra verificando su replanteo, los materiales

que se utilicen, la correcta ejecución y disposición de los elementos cons-

tructivos y de las instalaciones, así como las verificaciones y demás con-

troles a realizar para comprobar su conformidad con lo indicado en el pro-

yecto, la legislación aplicable, las normas de buena práctica constructiva y

las instrucciones de la dirección facultativa. En la recepción de la obra ejecutada pueden tenerse en cuenta las certificaciones de conformidad que

ostenten los agentes que intervienen, así como las verificaciones que, en

su caso, realicen las entidades de control de calidad de la edificación.

2. Se comprobará que se han adoptado las medidas necesarias para asegurar

la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas

constructivos.

3. En el control de ejecución de la obra se adoptarán los métodos y procedi-

mientos que se contemplen en las evaluaciones técnicas de idoneidad para

el uso previsto de productos, equipos y sistemas innovadores, previstas en

el artículo 5.2.5.

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A.2.PLAN DE CONTROL DE CALIDAD 4

7.4 Control de la obra

terminada

En la obra terminada, y sus instalaciones, parcial o totalmente terminadas, deben

realizarse, además de las que puedan establecerse con carácter voluntario, las com-

probaciones y pruebas de servicio previstas en el proyecto u ordenadas por la direc-

ción facultativa y las exigidas por la legislación aplicable.

ANEJO II

Documentación del segui-

miento de la obra

En este anejo se detalla, con carácter indicativo y sin perjuicio de lo que establezcan

otras Administraciones Publicas competentes, el contenido de la documentación del seguimiento de la ejecución de la obra, tanto la exigida reglamentariamente, como la

documentación del control realizado a lo largo de la obra.

II.1 Documentación obliga-

toria del seguimiento de la

obra

1. Las obras de edificación dispondrán de una documentación de seguimiento que se compondrá, al menos, de:

a) El Libro de Órdenes y Asistencias de acuerdo con lo previsto en el Decreto

461/1971, de 11 de marzo.

b) El Libro de Incidencias en materia de seguridad y salud, según el Real De-creto 1627/1997, de 24 de octubre.

c) El proyecto, sus anejos y modificaciones debidamente autorizados por el di-

rector de obra.

d) La licencia de obras, la apertura del centro de trabajo y, en su caso, otras au-torizaciones administrativas; y

e) El certificado final de la obra de acuerdo con el Decreto 462/1971, de 11 de

marzo, del Ministerio de la Vivienda.

2. En el Libro de Órdenes y Asistencias el director de obra y el director de la

ejecución de la obra consignarán las instrucciones propias de sus respecti-

vas funciones y obligaciones.

3. El Libro de Incidencias se desarrollará conforme a la legislación específica

de seguridad y salud. Tendrán acceso al mismo los agentes que dicha legis-lación determina.

4. Una vez finalizada la obra, la documentación del seguimiento será deposi-tada por el director de la obra en el Colegio Profesional correspondiente o,

en su caso, en la Administración Publica competente, que aseguren su con-

servación y se comprometan a emitir certificaciones de su contenido a quie-

nes acrediten un interés legítimo.

II.2 Documentación del

control de la obra

1. El control de calidad de las obras realizado incluirá el control de recepción

de productos, los controles de la ejecución y de la obra terminada. Para ello:

a) El director de la ejecución de la obra recopilará la documentación del con-

trol realizado, verificando que es conforme con lo establecido en el proyec-to, sus anejos y modificaciones.

b) El constructor recabará de los suministradores de productos y facilitará al

director de obra y al director de la ejecución de la obra la documentación de

los productos anteriormente señalada, así como sus instrucciones de uso y mantenimiento, y las garantías correspondientes cuando proceda; y

c) La documentación de calidad preparada por el constructor sobre cada una

de las unidades de obra podrá servir, si así lo autorizara el director de la eje-

cución de la obra, como parte del control de calidad de la obra.

2. Una vez finalizada la obra, la documentación del seguimiento del control

será depositada por el director de la ejecución de la obra en el Colegio Pro-fesional correspondiente o, en su caso, en la Administración Publica compe-

tente, que asegure su tutela y se comprometa a emitir certificaciones de su

contenido a quienes acrediten un interés legítimo

I.3 Certificado final de

obra

1. En el certificado final de obra, el director de la ejecución de la obra certifi-

cará haber dirigido la ejecución material de las obras y controlado cuantita-

tiva y cualitativamente la construcción y la calidad de lo edificado de acuerdo con el proyecto, la documentación técnica que lo desarrolla y las

normas de la buena construcción.

2. El director de la obra certificará que las obras han sido realizadas bajo su di-

rección, de conformidad con el proyecto objeto de licencia y la documenta-

ción técnica que lo complementa, hallándose dispuesta para su adecuada

utilización con arreglo a las instrucciones de uso y mantenimiento.

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A.2.PLAN DE CONTROL DE CALIDAD 5

3. Al certificado final de obra se le unirán como anejos los siguientes docu-

mentos:

a) Descripción de las modificaciones que, con la conformidad del promotor, se

hubiesen introducido durante la obra, haciendo constar su compatibilidad con las condiciones de la licencia; y

b) Relación de los controles realizados durante la ejecución de la obra y sus

resultados.

A.2..2 LISTADO MINIMO DE PRUEBAS DE LAS QUE SE DEBE DEJAR CONSTANCIA Considerando un control “normal” de las obras se realizarán las pruebas que correspondan:

1. ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO

1.1. ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO

• Excavación:

- Control de movimientos en la excavación.

- Control del material de relleno y del grado de compacidad.

• Gestión de agua:

- Control del nivel freático

- Análisis de inestabilidades de las estructuras enterradas en el terreno por roturas hidráulicas.

• Mejora o refuerzo del terreno:

- Control de las propiedades del terreno tras la mejora

• Anclajes al terreno:

- Según norma UNE EN 1537:2001

2. ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN ARMADO

2.1 CONTROL DE MATERIALES

• Control de los componentes del hormigón según EHE, la Instrucción para la Recepción de Cementos, los Sellos de

Control o Marcas de Calidad y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares:

- Cemento

- Agua de amasado

- Áridos

- Otros componentes (antes del inicio de la obra)

• Control de calidad del hormigón según EHE y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares:

- Resistencia

- Consistencia

- Durabilidad

• Ensayos de control del hormigón:

- Modalidad 1: Control a nivel reducido

- Modalidad 2: Control al 100 %

- Modalidad 3: Control estadístico del hormigón

- Ensayos de información complementaria (en los casos contemplados por la EHE en los artículos 72º y 75º y en 88.5, o

cuando así se indique en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares).

-

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

A.2.PLAN DE CONTROL DE CALIDAD 6

• Control de calidad del acero:

- Control a nivel reducido:

- Sólo para armaduras pasivas.

- Control a nivel normal:

- Se debe realizar tanto a armaduras activas como pasivas.

- El único válido para hormigón pretensado.

- Tanto para los productos certificados como para los que no lo sean, los resultados de control del acero deben ser co-

nocidos antes del hormigonado.

- Comprobación de soldabilidad:

- En el caso de existir empalmes por soldadura

2.2 CONTROL DE LA EJECUCIÓN

• Niveles de control de ejecución:

- Control de ejecución a nivel reducido:

- Una inspección por cada lote en que se ha dividido la obra.

- Control de recepción a nivel normal:

- Existencia de control externo.

- Dos inspecciones por cada lote en que se ha dividido la obra.

- Control de ejecución a nivel intenso:

- Sistema de calidad propio del constructor.

- Existencia de control externo.

- Tres inspecciones por lote en que se ha dividido la obra.

Arévalo, julio de 2018

EL ARQUITECTO

Fdo. Javier Bretón Dellmans

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

A.3. ACTA DE REPLANTEO DE PROYECTO

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CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

ANEJO 3. ACTA DE REPLANTEO DE PROYECTO

En Arévalo, a 26 de julio de 2018

Personados en el lugar de emplazamiento, donde en su día se desarrollarán las obras objeto de este

proyecto, se ha comprobado que su realidad geométrica coincide con la proyectada y que el proyecto es viable,

encontrándose los terrenos disponibles por ser de propiedad municipal.

Y para que conste, a los efectos de garantía de la viabilidad geométrica y técnica del proyecto que se

presenta, de acuerdo con el artículo 236, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,

por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo

2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014., se firma la presente Acta en el lugar y fecha arriba indi-

cados

EL ARQUITECTO MUNICIPAL

.

Fdo: Javier Bretón Dellmans

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

A.4. PLAZO DE EJECUCION

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE

CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

ANEJO 4. PLAZO DE EJECUCION

En Arévalo, a 26 de julio de 2018

Se fija el Plazo de Ejecución de las obras en TRES MESES.

Y para que conste, a los efectos de lo señalado en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del

Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Euro-

peo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014., se firma el presente documento en el

lugar y fecha arriba indicados

EL ARQUITECTO MUNICIPAL

.

Fdo: Javier Bretón Dellmans

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

A.5. OBRA COMPLETA

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE

CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

ANEJO 5. DECLARACION DE OBRA COMPLETA

En Arévalo, a 26 de julio de 2018

El presente Proyecto contempla una Obra completa.

Y para que conste, a los efectos de lo señalado en el artículo 99 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de

Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Par-

lamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014., se firma la presente De-

claración en el lugar y fecha arriba indicados

EL ARQUITECTO MUNICIPAL

.

Fdo: Javier Bretón Dellmans

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

II. PLANOS 1

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE

CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

II. PLANOS

ÍNDICE

Plano nº 1. Situación Escala 1:4.000

Plano nº 2. Sección, Planta y Detalle constructivo Escala 1:50

Arévalo, junio de 2018

EL ARQUITECTO MUNICIPAL

Fdo. Javier Bretón Dellmans

PARQUE

PAMOGOMEZ

10-A10-B

10-D10-E 10-C

2

3

5

9

7

47

12

6

1

10

6

8

9

14A

4

8

12

18

14B

16

8

6

12

10

11

8 62

7

1

4244

46

9-10

2

4

3

2

7

1

11

15

5

6

35

7

9

46

810

3

5

68

10

9

1

11

913

1416

1210

86

2

5 3 1

4

45

8

28

1 3 5

2

2 46

4 62

4

111315171921232527

30

12202224

4

53

55

10

3

5

7

52

54

23

2527

9

10

8

2b4

1620

24

18 16 14 10 8

42

1615

14

12

11

8

10

12

7

911

1315

1719

21

14

1

24

810

1214

16

18

2022

19

14-B

14-A

10

12

108

2

3

4

5

11

9

57

59

1

35

79

6

1

3

57

6

8

24

6

50

3032

34

1315

1921

2325

29

26 2717

1

3335

1 3 5 7

2

4

117

9

36 34 32

28

31

24bis

29

2

1

3A

1

1

8

6

4

6

24

3

2

64

2

1

3

4

5

17

1

3

71

42

2

5

1

722

1814

12

3B

17

15

13 A

13 B

13 C

9

11

1

3

5

9

7

11

13

15

6

7

2 4

18

23

25

27

31

3

16

29

20

22

24

24

8

PASE

O

CERV

ANTE

S

LOBOS

LOS

DE

DE

MIG

UEL

CALLE

CALLE

PAS

EO

DE

PONI

ENTE

PLAZA

SALVADORCALLEJUELA

ANGELA

PLAZA

LASSEÑORA DE ANGUSTIAS

SAN FRANCISCO

ZABALA

DEL

REVILLA

CALLE

DEL MERCADO

ESPERANZA

NUESTRA

LARG

A

CALLEJON

LUIS

ALA

MED

A

CALLE

CALLE

CL.

ENCRUZ

AV

ENIDA

GIL

DE

PLAZA

FRAY JUAN

SAN

DEC

ALLE

CALLE

DE

SAN

CALLE

CALLE

PLAZA

CALLE

MARQ

UESA

DEL CAÑO

DE

CALLEA

RCODE

AV

ILA

SINDICAL

CALLE

ÁVILA

ADOVERAS

BARRIONUEVO

VARA

DEPO

RTES

LOS

DE

ENC

RUZ

LA

REYDEL

CAL

LE

CALLELAGAR

CALLE

DE

CALLE

AR

CO

CALLE

CALLE

ANTON

PANERAS

CHAMBERI

DE

SA N

CALLE

ANTON

ANTON

Restos del Conventode Santa Trinidad

MiguelSanResidencia

Descalzos

Arcángel

6

AVENIDA

DE

ROMERO

EMILIO

CALLEADOVERAS

TRAVESIA TESO

NUE

VOT

ESO

DEL

LUZ

7

9

NUEVO

FORONDA

CALLE

21

CAPITÁ

N

CALLE

LA

DE

1PLAZA

DE

5

CALL

E

BARRIONUEVO

7

6

2a

3

57

911

2

1113

1

4a4b4c

31

26

6

5

2

8 10

AV.

DE

EMIL

IO R

OMER

O

2

9

CALLE

DE M

OSH

É DE LEÓN

CALLE

DE LO

RENZO

PARTEARROYO

CALLE

DE P

EDRO DO

NIS

CALLE DE L GRAN CINEMA

PLAZA DE

LOS

OSORIO

PASEO DE JULIO ESCOBAR

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3

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CALLE

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CALLE

DE

LOS

DESCALZOS

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LA MORAÑA

PLAZA

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P8 P10

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21A

21B

21C

MORAÑA

PASEO

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5.541.96

2.201.86

0.13

7.50

2.252.40

5.541.96

2.452.60

7.50

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

III. PLIEGO DE CONDICIONES 1

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE

CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS

en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

III. PLIEGO DE CONDICIONES

3.1. DISPOSICIONES GENERALES

NATURALEZA Y OBJETO DEL PLIEGO GENERAL.

Artículo 1. EI presente Pliego de Condiciones Particulares del Proyecto tiene por finalidad regular la ejecución de las obras

fijando los niveles técnicos y de calidad exigibles, precisando las intervenciones que corresponden, según el contrato y con

arreglo a la legislación aplicable, al Promotor o dueño de la obra, al Contratista o constructor de la misma, sus técnicos y

encargados, al Arquitecto y al Aparejador o Arquitecto Técnico, así como las relaciones entre todos ellos y sus correspon-

dientes obligaciones en orden al cumplimiento del contrato de obra.

DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA.

Artículo 2. Integran el contrato los siguientes documentos relacionados por orden de prelación en cuanto al valor de :sus

especificaciones en caso de omisión o aparente contradicción:

1.º Las condiciones fijadas en el propio documento de contrato de empresa o arrendamiento de obra, si existiera.

2.º Memoria, planos, mediciones y presupuesto.

3.º El presente Pliego de Condiciones Particulares.

4.º El Pliego de Condiciones de la Dirección General de Arquitectura.

Las órdenes e instrucciones de la Dirección facultativa de las obras se incorporan al Proyecto como interpretación, com-

plemento o precisión de sus determinaciones.

En cada documento, las especificaciones literales prevalecen sobre las gráficas y en los planos, la cota prevalece sobre la

medida a escala.

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

III. PLIEGO DE CONDICIONES 2

3.2 CONDICIONES FACULTATIVAS

EPÍGRAFE 1.º

DELIMITACION GENERAL DE FUNCIONES TÉCNICAS

EL ARQUITECTO DIRECTOR

Artículo 3. Corresponde al Arquitecto Director:

a) Comprobar la adecuación de la cimentación proyectada a las características reales del suelo.

b) Redactar los complementos o rectificaciones del proyecto que se precisen.

c) Asistir a las obras, cuantas veces lo requiera su naturaleza y complejidad, a fin de resolver las contingencias que · se

produzcan e impartir las instrucciones complementarias que sean precisas para conseguir la correcta solución arquitec-

tónica.

d) Coordinar la intervención en obra de otros técnicos que, en su caso, concurran a la dirección con función propia en

aspectos parciales de su especialidad.

e) Aprobar las certificaciones parciales de obra, la liquidación final y asesorar al promotor en el acto de la re-

cepción.

f) Preparar la documentación final de la obra y expedir y suscribir en unión del Aparejador o Arquitecto Técnico, el

certificado final de la misma.

EL COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCION DE LA OBRA

Artículo 4. Corresponde al Coordinador de seguridad y salud :

a) Aprobar antes del comienzo de la obra, el Plan de Seguridad y Salud redactado por el constructor

b) Tomas las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que

vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente.

c) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas, los subcontratistas y los trabajadores autó-

nomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de acción preventiva.

d) Contratar las instalaciones provisionales, los sistemas de seguridad y salud, y la aplicación correcta de los métodos

de trabajo.

e) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a las obras.

EL CONSTRUCTOR

Artículo 5. Corresponde al Constructor:

a) Organizar los trabajos de construcción, redactando los planes de obra que se precisen y proyectando o autorizando

las instalaciones provisionales y medios auxiliares de la obra.

b) Elaborar, antes del comienzo de las obras, el Plan de Seguridad y Salud de la obra en aplicación del estudio corres-

pondiente, y disponer, en todo caso, la ejecución de las medidas preventivas, velando por su cumplimiento y por la ob-

servancia de la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo.

c) Suscribir con el Arquitecto el acta de replanteo de la obra.

d) Ostentar la Jefatura de todo el personal que intervenga en la obra y coordinar las intervenciones de los subcontratis-

tas y trabajadores autónomos.

e) Asegurar la idoneidad de todos y cada uno de los materiales y elementos constructivos que se utilicen, comprobando

los preparados en obra y rechazando, por iniciativa propia o por prescripción del Arquitecto, los suministros o prefabri-

cados que no cuenten con las garantías o documentos de idoneidad requeridos por las normas de aplicación.

f) Llevar a cabo la ejecución material de las obras de acuerdo con el proyecto, las normas técnicas de obligado cum-

plimiento y las reglas de la buena construcción.

g) Custodiar el Libro de órdenes y seguimiento de la obra, y dar el enterado a las anotaciones que se practiquen en el

mismo.

h) Facilitar al Arquitecto, con antelación suficiente, los materiales precisos para el cumplimiento de su cometido.

i) Preparar las certificaciones parciales de obra y la propuesta de liquidación final.

j) Suscribir con el Promotor el acta de recepción de la obra.

k) Concertar los seguros de accidentes de trabajo y de daños a terceros durante la obra.

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

III. PLIEGO DE CONDICIONES 3

EL PROMOTOR - COORDINADOR DE GREMIOS

Artículo 6. Corresponde al Promotor- Coordinador de Gremios:

Cuando el promotor, en lugar de encomendar la ejecución de las obras a un contratista general, contrate directamente a

varias empresas o trabajadores autónomos para la realización de determinados trabajos de la obra, asumirá las funciones

definitivas para el constructor en el artículo 6.

EPÍGRAFE 2.º

DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS GENERALES DEL CONSTRUCTOR O CONTRATISTA

VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO

Artículo 7. Antes de dar comienzo a las obras, el Constructor manifestará que la documentación aportada le resulta suficiente

para la comprensión de la totalidad de la obra contratada, o en caso contrario, solicitará por escrito las aclaraciones perti-

nentes.

OFICINA EN LA OBRA

Artículo 8. EI Constructor habilitará en la obra una oficina. En dicha oficina tendrá siempre a disposición de la Dirección

Facultativa:

- EI Proyecto de Ejecución.

- La Licencia de Obras.

- EI Libro de Órdenes y Asistencias.

- EI Plan de Seguridad e Higiene.

- EI Libro de Incidencias.

- EI Reglamento y Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

- La documentación de los seguros mencionados en el artículo 6k .

Dispondrá además el Constructor de una oficina para la Dirección facultativa, convenientemente acondicionada para que

en ella se pueda trabajar con normalidad a cualquier hora de la jornada.

REPRESENTACIÓN DEL CONTRATISTA

Artículo 9. EI Constructor viene obligado a comunicar al promotor y a la Dirección Facultativa, la persona designada como

delegado suyo en la obra, que tendrá el carácter de Jefe de la misma, con dedicación plena y con facultades para represen-

tarle y adoptar en todo momento cuantas decisiones competen a la contrata.

Serán sus funciones las del Constructor según se especifica en el artículo 6.

Cuando la importancia de las obras lo requiera y así se consigne en el Pliego de "Condiciones particulares de índole facul-

tativa", el Delegado del Contratista será un facultativo de grado superior o grado medio, según los casos.

EI incumplimiento de esta obligación o, en general, la falta de cualificación suficiente por parte del personal según la natu-

raleza de los trabajos, facultará al Arquitecto para ordenar la paralización de las obras sin derecho a reclamación alguna,

hasta que se subsane la deficiencia.

PRESENCIA DEL CONSTRUCTOR EN LA OBRA

Artículo 10. EI Constructor, por si o por medio de sus técnicos, o encargados estará presente durante la jornada legal de traba-

jo y acompañará al Arquitecto, en las visitas que hagan a las obras, poniéndose a su disposición para la práctica de los

reconocimientos que se consideren necesarios y suministrándoles los datos precisos para la comprobación de mediciones y

liquidaciones.

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

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III. PLIEGO DE CONDICIONES 4

TRABAJOS NO ESTIPULADOS EXPRESAMENTE

Artículo 11. Es obligación de la contrata el ejecutar cuando sea necesario para la buena construcción y aspecto de las obras,

aun cuando no se halle expresamente determinado en los documentos de Proyecto, siempre que, sin separarse de su espíri-

tu y recta interpretación, lo disponga el Arquitecto dentro de los límites de posibilidades que los presupuestos habiliten

para cada unidad de obra y tipo de ejecución.

Requerirá reformado de proyecto con consentimiento expreso del promotor, toda variación que suponga incremento de

precios de alguna unidad de obra en más del 20 por 100.

INTERPRETACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO

Artículo 12. Cuando se trate de aclarar, interpretar o modificar preceptos de los Pliegos de Condiciones o indicaciones de los

planos o croquis, las órdenes e instrucciones correspondientes se comunicarán al Constructor, pudiendo éste solicitar que

se le comuniquen por escrito, con detalles necesarios para la correcta ejecución de la obra.

Cualquier reclamación que en contra de las disposiciones tomadas por éstos crea oportuno hacer el Constructor, habrá de

dirigirla, dentro precisamente del plazo de tres días, a quién la hubiere dictado, el cual dará al Constructor el correspon-

diente recibo, si éste lo solicitase.

Artículo 13. EI Constructor podrá requerir del Arquitecto, las instrucciones o aclaraciones que se precisen para la correcta

interpretación y ejecución de lo proyectado.

RECLAMACIONES CONTRA LAS ORDENES DE LA DIRECCION FACULTATIVA

Artículo 14. Las reclamaciones que el Contratista quiera hacer contra las órdenes o instrucciones dimanadas de la Dirección

Facultativa, solo podrá presentarlas, ante el promotor, si son de orden económico y de acuerdo con las condiciones estipu-

ladas en los Pliegos de Condiciones correspondientes. Contra disposiciones de orden técnico del Arquitecto, no se admitirá

reclamación alguna, pudiendo el Contratista salvar su responsabilidad, si lo estima oportuno, mediante exposición razona-

da dirigida al Arquitecto, el cual podrá limitar su contestación al acuse de recibo, que en todo caso será obligatorio para

este tipo de reclamaciones.

RECUSACIÓN POR EL CONTRATISTA DEL PERSONAL NOMBRADO POR EL ARQUITECTO

Artículo 15. EI Constructor no podrá recusar al Arquitecto o personal encargado por éste de la vigilancia de las obras, ni pedir

que por parte del promotor se designen otros facultativos para los reconocimientos y mediciones.

Cuando se crea perjudicado por la labor de éste procederá de acuerdo con lo estipulado en el artículo precedente, pero sin

que por esta causa puedan interrumpirse ni perturbarse la marcha de los trabajos.

FALTAS DEL PERSONAL

Artículo 16. EI Arquitecto, en supuestos de desobediencia a sus instrucciones, manifiesta incompetencia o negligencia grave

que comprometan o perturben la marcha de los trabajos, podrá requerir al Contratista para que aparte de la obra a los de-

pendientes u operarios causantes de la perturbación.

Artículo 17. EI Contratista podrá subcontratar capítulos o unidades de obra a otros contratistas e industriales, con sujeción en

su caso, a lo estipulado en el Contrato de obras y sin perjuicio de sus obligaciones como Contratista general de la obra.

EPÍGRAFE 3.º

PRESCRIPCIONES GENERALES RELATIVAS A LOS TRABAJOS, A LOS MATERIALES Y A LOS MEDIOS

AUXILIARES.

CAMINOS Y ACCESOS.

Artículo 18. EI Constructor dispondrá por su cuenta los accesos a la obra y el cerramiento o vallado de ésta.

EI Coordinador de seguridad y salud podrá exigir su modificación o mejora.

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

III. PLIEGO DE CONDICIONES 5

REPLANTEO

Artículo 19. EI Constructor iniciará las obras con el replanteo de las mismas en el terreno, señalando Ias referencias principa-

les que mantendrá como base de ulteriores replanteos parciales. Dichos trabajos se considerarán a cargo del Contratista e

incluido en su oferta.

EI Constructor someterá el replanteo a la aprobación del Arquitecto, siendo responsabilidad del Constructor la omisión de

este trámite.

COMIENZO DE LA OBRA. RITMO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

Artículo 20. EI Constructor dará comienzo a las obras en el plazo marcado en el Contrato suscrito con el Promotor, desarro-

llándolas en Ia forma necesaria para que dentro de los períodos parciales en aquél señalados queden ejecutados los trabajos

correspondientes y, en consecuencia, la ejecución total se lleve a efecto dentro del plazo exigido en el Contrato.

De no existir mención alguna al respecto en el contrato de obra, se estará al plazo previsto en el Estudio de Seguridad y

Salud, y si este tampoco lo contemplara, las obras deberán comenzarse un mes antes de que venza el plazo previsto en las

normativas urbanísticas de aplicación.

Obligatoriamente y por escrito, deberá el Contratista dar cuenta al Arquitecto y al Coordinador de seguridad y salud del

comienzo de los trabajos al menos con tres días de antelación.

ORDEN DE LOS TRABAJOS

Artículo 21. En general, la determinación del orden de los trabajos es facultad de la contrata, salvo aquellos casos en que, por

circunstancias de orden técnico, estime conveniente su variación la Dirección Facultativa.

FACILIDADES PARA OTROS CONTRATISTAS

Artículo 22. De acuerdo con lo que requiera la Dirección Facultativa, el Contratista General deberá dar todas las facilidades

razonables para la realización de los trabajos que le sean encomendados a todos los demás Contratistas que intervengan en

la obra. Ello sin perjuicio de las compensaciones económicas a que haya lugar entre Contratistas por utilización de medios

auxiliares o suministros de energía u otros conceptos.

En caso de litigio, ambos Contratistas estarán a lo que resuelva la Dirección Facultativa.

AMPLIACIÓN DEL PROYECTO POR CAUSAS IMPREVISTAS O DE FUERZA MAYOR

Artículo 23. Cuando sea preciso por motivo imprevisto o por cualquier accidente, ampliar el Proyecto, no se interrumpirán los

trabajos, continuándose según las instrucciones dadas por el Arquitecto en tanto se formula o se tramita el Proyecto Re-

formado.

EI Constructor está obligado a realizar con su personal y sus materiales cuanto la Dirección de las obras disponga para

apeos, apuntalamientos, derribos, recalzos o cualquier otra obra de carácter urgente, anticipando de momento este servicio,

cuyo importe le será consignado en un presupuesto adicional o abonado directamente, de acuerdo con lo que se convenga.

PRORROGA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR

Artículo 24. Si por causa de fuerza mayor o independiente de la voluntad del Constructor, éste no pudiese comenzar las obras,

o tuviese que suspenderlas, o no le fuera posible terminarlas en los plazos prefijados, se le otorgará una prorroga propor-

cionada para el cumplimiento de la contrata, previo informe favorable del Arquitecto. Para ello, el Constructor expondrá,

en escrito dirigido al Arquitecto, la causa que impide la ejecución o la marcha de los trabajos y el retraso que por ello se

originaría en los plazos acordados, razonando debidamente la prórroga que por dicha causa solicita.

RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA EN EL RETRASO DE LA OBRA

Artículo 25. EI Contratista no podrá excusarse de no haber cumplido los plazos de obras estipulados, alegando como causa la

carencia de planos u órdenes de la Dirección Facultativa, a excepción del caso en que habiéndolo solicitado por escrito no

se le hubiesen proporcionado.

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

III. PLIEGO DE CONDICIONES 6

CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

Artículo 26. Todos los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto, a las modificaciones del mismo que previamen-

te hayan sido aprobadas y a las órdenes e instrucciones que bajo su responsabilidad imparta el Arquitecto, o el coordinador

de seguridad y salud, al Constructor, dentro de las limitaciones presupuestarias y de conformidad con lo especificado en el

artículo 12.

OBRAS OCULTAS

Artículo 27. De todos los trabajos y unidades de obra que hayan de quedar ocultos a la terminación del edificio, el constructor

levantará los planos precisos para que queden perfectamente definidos; estos documentos se extenderán por duplicado,

entregándose: uno al Arquitecto, firmados todos ellos por los dos. Dichos planos, que deberán ir suficientemente acotados,

se considerarán documentos indispensables e irrecusables para efectuar las mediciones.

TRABAJOS DEFECTUOSOS

Artículo 28. EI Constructor debe emplear los materiales que cumplan las condiciones exigidas en el Proyecto, y realizará todos

y cada uno de los trabajos contratados de acuerdo con lo especificado también en dicho documento.

Por ello, y hasta que tenga lugar la recepción sin reservas del edificio, es responsable de la ejecución de los trabajos que ha

contratado y de las faltas y defectos que en éstos puedan existir por su mala ejecución o por la deficiente calidad de los

materiales empleados o aparatos colocados, sin que le exonere de responsabilidad el control que compete al Arquitecto, ni

tampoco el hecho de que estos trabajos hayan sido valorados en las certificaciones parciales de obra, que siempre se enten-

derán extendidas y abonadas a buena cuenta.

Como consecuencia de lo anteriormente expresado, cuando el Arquitecto advierta vicios o defectos en los trabajos ejecuta-

dos, o que los materiales empleados o los aparatos colocados no reúnen las condiciones preceptuadas, ya sea en el curso de

la ejecución de los trabajos, o finalizados éstos, y antes de verificarse la recepción definitiva de la obra, podrá disponer que

las partes defectuosas sean demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado, y todo ello a expensas de la contrata.

VICIOS OCULTOS

Artículo 29. Si el Arquitecto tuviese fundadas razones para creer en la existencia de vicios ocultos de construcción en las obras

ejecutadas, ordenará efectuar en cualquier tiempo, y antes de la recepción de la obra, los ensayos, destructivos o no, que

crea necesarios para reconocer los trabajos que suponga defectuosos.

Los gastos que se ocasionen serán de cuenta del Constructor, siempre que los vicios existan realmente, en caso contrario

serán a cargo del Promotor.

DE LOS MATERIALES Y DE LOS APARATOS. SU PROCEDENCIA

Artículo 30. EI Constructor tiene libertad de proveerse de los materiales y aparatos de 'todas clases en los puntos que le parez-

ca conveniente, excepto en los casos en que el Proyecto preceptúe una procedencia determinada.

Obligatoriamente, y antes de proceder a su empleo o acopio, el Constructor deberá presentar al Arquitecto una lista com-

pleta de los materiales y aparatos que vaya a utilizar en la que se especifiquen todas las indicaciones sobre marcas, calida-

des, procedencia e idoneidad de cada uno de ellos.

PRESENTACIÓN DE MUESTRAS

Artículo 31. A petición del Arquitecto, el Constructor le presentará las muestras de los materiales siempre con la antelación

prevista en el Calendario de la Obra.

MATERIALES NO UTILIZABLES

Artículo 32. EI Constructor, a su costa, transportará y colocará, agrupándolos ordenadamente y en el lugar adecuado, los mate-

riales procedentes de las excavaciones, derribos, etc., que no sean utilizables en la obra.

Se retirarán de ésta o se llevarán al vertedero, cuando así estuviese establecido en el Proyecto.

Si no se hubiese preceptuado nada sobre el particular, se retirarán de ella cuando así lo ordene el Aparejador o Arquitecto

Técnico, pero acordando previamente con el Constructor su justa tasación, teniendo en cuenta el valor de dichos materiales

y los gastos de su transporte.

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DE RESIDUOS URBANOS en ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

III. PLIEGO DE CONDICIONES 7

MATERIALES Y APARATOS DEFECTUOSOS

Artículo 33. Cuando los materiales, elementos de instalaciones o aparatos no fuesen de la calidad prescrita en este Pliego, o no

tuvieran la preparación en él exigida o, en fin, cuando la falta de prescripciones formales de aquél, se reconociera o demos-

trara que no eran adecuados para su objeto, el Arquitecto, dará orden al Constructor de sustituirlos por otros que satisfagan

las condiciones o llenen el objeto a que se destinen.

Si a los quince (15) días de recibir el Constructor orden de que retire los materiales que no estén en condiciones, no ha sido

cumplida, podrá hacerlo el Promotor cargando los gastos a la contrata.

Si los materiales, elementos de instalaciones o aparatos fueran de calidad inferior a la preceptuada pero no defectuosos, y

aceptables a juicio del Arquitecto, se recibirán pero con la rebaja del precio que aquél determine, a no ser que el Construc-

tor prefiera sustituirlos por otros en condiciones.

GASTOS OCASIONADOS POR PRUEBAS Y ENSAYOS

Artículo 34. Todos los gastos originados por las pruebas y ensayos de materiales o elementos que intervengan en la ejecución

de las obras, serán de cuenta del Constructor.

Todo ensayo que no haya resultado satisfactorio o que no ofrezca las suficientes garantías podrá comenzarse de nuevo a

cargo del mismo.

LIMPIEZA DE LAS OBRAS

Artículo 35. Es obligación del Constructor mantener limpias las obras y sus alrededores, tanto de escombros como de materia-

les sobrantes, hacer desaparecer las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como adoptar las medidas y

ejecutar todos los trabajos que sean necesarios para que la obra ofrezca buen aspecto.

OBRAS SIN PRESCRIPCIONES

Artículo 36. En la ejecución de trabajos que entran en la construcción de las obras y para los cuales no existan prescripciones

consignadas explícitamente en el Proyecto, el Constructor se atendrá, en primer término, a las instrucciones que dicte la

Dirección Facultativa de las obras y, en segundo lugar, a lo dispuesto en el Pliego General de la Dirección General de

Arquitectura, o en su defecto, en lo dispuesto en las Normas Tecnológicas de la Edificación (NTE), cuando estas sean

aplicables.

EPÍGRAFE 4.º

DE LAS RECEPCIONES DE EDIFICIOS Y OBRAS ANEJAS.

DE LAS RECEPCIONES PROVISIONALES

Artículo 37. Treinta días antes de dar fin a las obras, comunicará el Arquitecto al Promotor la proximidad de su terminación a

fin de convenir la fecha para el acto de recepción provisional.

Esta se realizará con la intervención del Promotor, del Constructor y del Arquitecto. Se convocará también a los restantes

técnicos que, en su caso, hubiesen intervenido en la dirección con función propia en aspectos parciales o unidades especia-

lizadas.

Practicado un detenido reconocimiento de las obras, se extenderá un Certificado Final de Obra y si alguno lo exigiera, se

levantará un acta con tantos ejemplares como intervinientes y firmados por todos ellos. Desde esta fecha empezará a correr

el plazo de garantía, si las obras se hallasen en estado de ser admitidas sin reservas.

Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar en el acta y se darán al Constructor las oportunas

instrucciones para remediar los defectos observados, fijando un plazo para subsanarlos, expirado el cual, se efectuará un

nuevo reconocimiento a fin de proceder a la recepción de la obra.

Si el Constructor no hubiese cumplido, podrá declararse resuelto el contrato con pérdida de la fianza o de la retención

practicada por el Promotor.

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III. PLIEGO DE CONDICIONES 8

DOCUMENTACIÓN FINAL DE LA OBRA

Artículo 38. EI Arquitecto Director facilitará al Promotor la documentación final de las obras, con las especificaciones y con-

tenido dispuestos por la legislación vigente.

MEDICIÓN DEFINITIVA DE LOS TRABAJOS Y LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE LA OBRA

Artículo 39. Recibidas las obras, se procederá inmediatamente por el Arquitecto a su medición definitiva, con precisa asisten-

cia del Constructor o de su representante. Se extenderá la oportuna certificación por triplicado que, aprobada por el Arqui-

tecto con su firma, servirá para el abono por la Propiedad del saldo resultante salvo la cantidad retenida en concepto de

fianza o recepción.

PLAZO DE GARANTÍA

Artículo 40. EI plazo de garantía deberá estipularse en el Contrato suscrito entre la Propiedad y el Constructor y en cualquier

caso nunca deberá ser inferior a un año.

Si durante el primer año el constructor no llevase a cabo las obras de conservación o reparación a que viniese obligado,

estas se llevarán a cabo con cargo a la fianza o a la retención

CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS RECIBIDAS PROVISIONALMENTE

Artículo 41. Los gastos de conservación durante el plazo de garantía comprendido entre Ias recepciones provisional y definit i-

va, correrán a cargo del Contratista.

Si el edificio fuese ocupado o utilizado antes de la recepción definitiva, la guarda, limpieza y reparaciones causadas por el

uso correrán a cargo del propietario y las reparaciones por vicios de obra o por defectos en las instalaciones, serán a cargo

de la contrata.

DE LAS RECEPCIONES DE TRABAJOS CUYA CONTRATA HAYA SIDO RESCINDIDA

Artículo 42. En el caso de resolución del contrato, el Contratista vendrá obligado a retirar, en el plazo que se fije en el Contra-

to suscrito entre el Promotor y el Constructor, o de no existir plazo, en el que establezca el Arquitecto Director, la maqui-

naria, medios auxiliares, instalaciones, etc., a resolver los subcontratos que tuviese concertados y a dejar la obra en condi-

ciones de ser reanudada por otra empresa.

Las obras y trabajos terminados por completo se recibirán con los trámites establecidos en el artículo 35.

Para las obras y trabajos no terminados pero aceptables a juicio del Arquitecto Director, se efectuará una sola y definitiva

recepción.

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III. PLIEGO DE CONDICIONES 9

3.3 CONDICIONES ECONÓMICAS

EPÍGRAFE 1.º

PRINCIPIO GENERAL

Artículo 43. Todos los que intervienen en el proceso de construcción tienen derecho a percibir puntualmente las cantidades

devengadas por su correcta actuación con arreglo a las condiciones contractualmente establecidas.

Artículo 44. El Promotor, el contratista y, en su caso, los técnicos pueden exigirse recíprocamente las garantías adecuadas al

cumplimiento puntual de sus obligaciones de pago.

EPÍGRAFE 2.º

FIANZAS Y GARANTIAS

Artículo 45. EI contratista garantizará la correcta ejecución de los trabajos en la forma prevista en el Proyecto.

FIANZA PROVISIONAL

Artículo 46. En el caso de que la obra se adjudique por subasta pública, el depósito provisional para tomar parte en ella se

especificará en el anuncio de la misma.

EI Contratista a quien se haya adjudicado la ejecución de una obra o servicio para la misma, deberá depositar la fianza en

el punto y plazo fijados en el anuncio de la subasta.

La falta de cumplimiento de este requisito dará lugar a que se declare nula la adjudicación, y el adjudicatario perderá el

depósito provisional que hubiese hecho para tomar parte en la subasta.

EJECUCIÓN DE TRABAJOS CON CARGO A LA FIANZA

Artículo 47. Si el Contratista se negase a hacer por su cuenta los trabajos precisos para ultimar la obra en las condiciones

contratadas. el Arquitecto-Director, en nombre y representación del Promotor, los ordenará ejecutar a un tercero, o, podrá

realizarlos directamente por administración, abonando su importe con la fianza o garantía, sin perjuicio de las acciones a

que tenga derecho el Promotor, en el caso de que el importe de la fianza o garantía no bastare para cubrir el importe de los

gastos efectuados en las unidades de obra que no fuesen de recibo.

DE SU DEVOLUCIÓN EN GENERAL

Artículo 48. La fianza o garantía retenida será devuelta al Contratista en un plazo que no excederá de treinta (30) días una vez

transcurrido el año de garantía. El Promotor podrá exigir que el Contratista le acredite la liquidación y finiquito de sus

deudas causadas por la ejecución de la obra, tales como salarios, suministros, subcontratos.

DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA O GARANTIA EN EL CASO DE EFECTUARSE RECEPCIONES

PARCIALES

Artículo 49. Si el Promotor, con la conformidad del Arquitecto Director, accediera a hacer recepciones parciales, tendrá dere-

cho el Contratista a que se le devuelva la parte proporcional de la fianza o cantidades retenidas como garantía.

EPÍGRAFE 3.º

DE LOS PRECIOS

COMPOSICIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS

Artículo 50. EI cálculo de los precios de las distintas unidades de obra es el resultado de sumar los costes directos, los indirec-

tos, los gastos generales y el beneficio industrial.

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III. PLIEGO DE CONDICIONES 10

Se considerarán costes directos:

a) La mano de obra, con sus pluses y cargas y seguros sociales, que interviene directamente en la ejecución de la uni-

dad de obra.

b) Los materiales, a los precios resultantes a pie de obra, que queden integrados en la unidad de que se trate o que sean

necesarios para su ejecución.

c) Los equipos y sistemas técnicos de seguridad e higiene para la prevención y protección de accidentes y enfermeda-

des profesionales.

d) Los gastos de personal, combustible, energía, etc., que tengan lugar por el accionamiento o funcionamiento de la

maquinaria e instalaciones utilizadas en la ejecución de la unidad de obra.

e) Los gastos de amortización y conservación de la maquinaria, instalaciones, sistemas y equipos anteriormente cita-

dos.

Se considerarán costes indirectos:

Los gastos de instalación de oficinas a pie de obra, comunicaciones edificación de almacenes, talleres, pabellones tempo-

rales para obreros, laboratorios, seguros, etc., los del personal técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y

los imprevistos. Todos estos gastos, se cifrarán en un porcentaje de los costes directos.

Se considerarán gastos generales:

Los gastos generales de empresa, gastos financieros, cargas fiscales y tasas de la Administración, legalmente establecidas.

Se cifrarán como un porcentaje de la suma de los costes directos e indirectos.

BENEFICIO INDUSTRIAL

EI beneficio industrial del Contratista será el pactado en el Contrato suscrito entre el Promotor y el Constructor.

PRECIO DE EJECUCIÓN MATERIAL

Se denominará Precio de Ejecución material el resultado obtenido por la suma de los Costes Directos mas los Costes Indi-

rectos.

PRECIO DE CONTRATA

EI precio de Contrata es la suma de los costes directos, los indirectos, los Gastos Generales y el Beneficio Industrial.

EI IVA gira sobre esta suma pero no integra el precio.

PRECIOS DE CONTRATA. IMPORTE DE CONTRATA

En el caso de que los trabajos a realizar en un edificio u obra aneja cualquiera se contratasen a tanto alzado, se entiende

por Precio de contrata el que importa el coste total de la unidad de obra. EI Beneficio Industrial del Contratista se fijará en

el contrato entre el contratista y el Promotor.

PRECIOS CONTRADICTORIOS

Se producirán precios contradictorios sólo cuando el Promotor por medio del Arquitecto decida introducir unidades nue-

vas o cambios de calidad en alguna de las previstas, o cuando sea necesario afrontar alguna circunstancia imprevista.

EI Contratista estará obligado a efectuar los cambios.

A falta de acuerdo, el precio se resolverá contradictoriamente entre el Arquitecto y el Contratista antes de comenzar la

ejecución de los trabajos. Si subsiste la diferencia se acudirá, en primer lugar, al concepto más análogo dentro del cuadro

de precios del proyecto, y en segundo lugar al banco de precios de uso más frecuente en la localidad.

Los contradictorios que hubiere se referirán siempre a los precios unitarios de la fecha del contrato.

FORMAS TRADICIONALES DE MEDIR O DE APLICAR LOS PRECIOS

En ningún caso podrá alegar el Contratista los usos y costumbres del país respecto de la aplicación de los precios o de la

forma de medir las unidades de obras ejecutadas. Se estará a lo previsto en primer lugar, al Pliego Particular de Condicio-

nes Técnicas y en segundo lugar, al Pliego de Condiciones particulares, y en su defecto, a lo previsto en las Normas Tec-

nológicas de la Edificación.

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III. PLIEGO DE CONDICIONES 11

ACOPIO DE MATERIALES

EI Contratista queda obligado a ejecutar los acopios de materiales o aparatos de obra que el Promotor ordene por escrito.

Los materiales acopiados, una vez abonados por el Promotor son, de la exclusiva propiedad de éste; de su guarda y con-

servación será responsable el Contratista, siempre que así se hubiese convenido en el contrato.

EPÍGRAFE 4.º

DE LA VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS

FORMAS VARIAS DE ABONO DE LAS OBRAS

Según la modalidad elegida para la contratación de las obras y salvo que en el Contrato suscrito entre Contratista y Promo-

tor se preceptúe otra cosa, el abono de los trabajos se efectuará así:

1.º Tipo fijo o tanto alzado total. Se abonará la cifra previamente fijada como base de la adjudicación, disminuida

en su caso en el importe de la baja efectuada por el adjudicatario.

2.º Tipo fijo o tanto alzado por unidad de obra, cuyo precio invariable se haya fijado de antemano, pudiendo va-

riar solamente el número de unidades ejecutadas.

Previa medición y aplicando al total de las diversas unidades de obra ejecutadas, del precio invariable estipulado

de antemano para cada una de ellas, se abonará al Contratista el importe de las comprendidas en los trabajos eje-

cutados y ultimados con arreglo y sujeción a los documentos que constituyen el Proyecto, los que servirán de ba-

se para la medición y valoración de las diversas unidades.

RELACIONES VALORADAS Y CERTIFICACIONES

En cada una de las épocas o fechas que se fijen en el Contrato suscrito entre Contratista y Promotor, formará el Contratista

una relación valorada de las obras ejecutadas durante los plazos previstos, según la medición que habrá practicado el Ar-

quitecto

Lo ejecutado por el Contratista en las condiciones preestablecidas, se valorará aplicando al resultado de la medición gene-

ral, cúbica, superficial, lineal, ponderada o numeral correspondiente para cada unidad de obra, los precios señalados en el

presupuesto para cada una de ellas, teniendo presente además lo establecido en el presente "Pliego Particular de Condicio-

nes Económicas" respecto a mejoras o sustituciones de material y a las obras accesorias y especiales, etc.

AI Contratista, que podrá presenciar las mediciones necesarias para extender dicha relación se le facilitarán por el Apare-

jador los datos correspondientes de la relación valorada, acompañándolos de una nota de envío, al objeto de que, dentro

del plazo de diez (10) días a partir de la fecha del recibo de dicha nota, pueda el Contratista examinarlos y devolverlos

firmados con su conformidad o hacer, en caso contrario, las observaciones o reclamaciones que considere oportunas. Den-

tro de los diez (10) días siguientes a su recibo, el Arquitecto-Director aceptará o rechazará las reclamaciones del Contratis-

ta si las hubiere, dando cuenta al mismo de su resolución, pudiendo éste, en el segundo caso, acudir ante el Propietario

contra la resolución del Arquitecto-Director en la forma referida en los "Pliegos Generales de Condiciones Facultativas y

Legales".

Tomando como base la relación valorada indicada en el párrafo anterior, expedirá el Arquitecto-Director la certificación

de las obras ejecutadas.

EI material acopiado a pie de obra por indicación expresa y por escrito del Promotor, podrá certificarse hasta el noventa

por ciento (90 por 100) de su importe, a los precios que figuren en los documentos del Proyecto, sin afectarlos del tanto

por ciento de contrata.

Las certificaciones se remitirán al Promotor, dentro del mes siguiente al período a que se refieren, y tendrán el carácter de

documento y entregas a buena cuenta, sujetas a las rectificaciones y variaciones que se deriven de la liquidación final, no

suponiendo tampoco dichas certificaciones aprobación ni recepción de las obras que comprenden.

Las relaciones valoradas contendrán solamente la obra ejecutada en el plazo a que la valoración se refiere. En el caso de

que el Arquitecto-Director lo exigiera, las certificaciones se extenderán al origen.

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III. PLIEGO DE CONDICIONES 12

MEJORAS DE OBRAS LIBREMENTE EJECUTADAS

Cuando el Contratista, incluso con autorización del Arquitecto-Director, emplease materiales de más esmerada prepara-

ción o de mayor tamaño que el señalado en el Proyecto o sustituyese una clase de fábrica con otra que tuviese asignado

mayor precio o ejecutase con mayores dimensiones cualquiera parte de la obra, o, en general, introdujese en ésta y sin

pedírsela, cualquiera otra modificación que sea beneficiosa a juicio del Arquitecto-Director, no tendrá derecho, sin embar-

go, más que al abono de lo que pudiera corresponder en el caso de que hubiese construido la obra con estricta sujeción a la

proyectada y contratada o adjudicada.

ABONO DE TRABAJOS PRESUPUESTADOS CON PARTIDA ALZADA

Salvo lo preceptuado en el Contrato suscrito entre Contratista y Promotor, el abono de los trabajos presupuestados en

partida alzada, se efectuará de acuerdo con el procedimiento que corresponda entre los que a continuación se expresan:

a) Si existen precios contratados para unidades de obras iguales, las presupuestadas mediante partida alzada, se abona-

rán previa medición y aplicación del precio establecido.

b) Si existen precios contratados para unidades de obra similares, se establecerán precios contradictorios para las uni-

dades con partida alzada, deducidos de los similares contratados.

c) Si no existen precios contratados para unidades de obra iguales o similares, la partida alzada se abonará íntegramen-

te al Contratista, salvo el caso de que en el Presupuesto de la obra se exprese que el importe de dicha partida debe just i-

ficarse, en cuyo caso el Arquitecto-Director indicará al Contratista y con anterioridad a su ejecución, el procedimiento

que de seguirse para llevar dicha cuenta, que en realidad será de Administración, valorándose los materiales y jornales

a los precios que figuren en el Presupuesto aprobado o, en su defecto, a los que con anterioridad a la ejecución con-

vengan las dos partes, incrementándose su importe total con el porcentaje que se fije en el Pliego de Condiciones Parti-

culares en concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial del Contratista.

ABONO DE AGOTAMIENTOS, ENSAYOS Y OTROS TRABAJOS ESPECIALES NO CONTRATADOS

Cuando fuese preciso efectuar agotamientos, ensayos, inyecciones y otra clase de trabajos de cualquiera índole especial y

ordinaria, que por no estar contratados no sean de cuenta del Contratista, y si no se contratasen con tercera persona, tendrá

el Contratista la obligación de realizarlos y de satisfacer los gastos de toda clase que ocasionen, los cuales le serán abona-

dos por el Propietario por separado de la contrata.

Además de reintegrar mensualmente estos gastos al Contratista, se le abonará juntamente con ellos el tanto por ciento del

importe total que, en su caso, se especifique en el Contrato suscrito entre Contratista y Promotor.

PAGOS

Los pagos se efectuarán por el Promotor en los plazos previamente establecidos, y su importe corresponderá precisamente

al de las certificaciones de obra conformadas por el Arquitecto-Director, en virtud de las cuales se verifican aquellos.

ABONO DE TRABAJOS EJECUTADOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA

Efectuada la recepción provisional y si durante el plazo de garantía se hubieran ejecutado trabajos cualesquiera, para su

abono se procederá así:

l.º Si los trabajos que se realicen estuvieran especificados en el Proyecto, y sin causa justificada no se hubieran

realizado por el Contratista a su debido tiempo; y el Arquitecto-Director exigiera su realización durante el plazo

de garantía, serán valorados a los precios que figuren en el Presupuesto y abonados de acuerdo con lo establecido

en el Contrato suscrito entre Contratista y Promotor, o en su defecto, en el presente Pliego Particular o en su de-

fecto en los Generales, en el caso de que dichos precios fuesen inferiores a los que rijan en la época de su realiza-

ción; en caso contrario, se aplicarán estos últimos.

2.º Si se han ejecutado trabajos precisos para la reparación de desperfectos ocasionados por el uso del edificio,

por haber sido éste utilizado durante dicho plazo, se valorarán y abonarán a los precios del día, previamente acor-

dados.

3.º Si se han ejecutado trabajos para la reparación de desperfectos ocasionados por deficiencia de la construcción

o de la calidad de los materiales, nada se abonará por ellos al Contratista.

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III. PLIEGO DE CONDICIONES 13

EPÍGRAFE 5.º

DE LAS INDEMNIZACIONES

IMPORTE DE LA INDEMNIZACIÓN POR RETRASO NO JUSTIFICADO EN EL PLAZO DE

TERMINACIÓN DE LAS OBRAS

La indemnización por retraso en la terminación se establecerá en un porcentaje del importe total de los trabajos contrata-

dos o cantidad fija, que deberá indicarse en el Contrato suscrito entre Contratista y Promotor, por cada día natural de retra-

so, contados a partir del día de terminación fijado en el Calendario de obra.

Las sumas resultantes se descontarán y retendrán con cargó a la fianza o a la retención.

EPÍGRAFE 6.º

VARIOS

MEJORAS Y AUMENTOS DE OBRA. CASOS CONTRARIOS

No se admitirán mejoras de obra, más que en el caso en que el Arquitecto-Director haya ordenado por escrito la ejecución

de trabajos nuevos o que mejoren la calidad de los contratados, así como la de los materiales y aparatos previstos en el

contrato. Tampoco se admitirán aumentos de obra en las unidades contratadas, salvo caso de error en las mediciones del

Proyecto a menos que el Arquitecto-Director ordene, también por escrito, la ampliación de las contratadas.

En todos estos casos será condición indispensable que ambas partes contratantes, antes de su ejecución o empleo, conven-

gan por escrito los importes totales de las unidades mejoradas, los precios de los nuevos materiales o aparatos ordenados

emplear y los aumentos que todas estas mejoras o aumentos de obra supongan sobre el importe de las unidades contrata-

das.

Se seguirán el mismo criterio y procedimiento, cuando el Arquitecto-Director introduzca innovaciones que supongan una

reducción apreciable en los importes de las unidades de obra contratadas.

UNIDADES DE OBRA DEFECTUOSAS PERO ACEPTABLES

Cuando por cualquier causa fuera menester valorar obra defectuosa, pero aceptable a juicio del Arquitecto-Director de las

obras, éste determinará el precio o partida de abono después de oír al Contratista, el cual deberá conformarse con dicha

resolución, salvo el caso en que, estando dentro del plazo de ejecución, prefiera demoler la obra y rehacerla con arreglo a

condiciones, sin exceder de dicho plazo.

SEGURO DE LAS OBRAS

EI Contratista estará obligado a asegurar la obra contratada durante todo el tiempo que dure su ejecución hasta la recep-

ción definitiva; la cuantía del seguro coincidirá en cada momento con el valor que tengan por contrata los objetos asegura-

dos. EI importe abonado por la Sociedad Aseguradora, en el caso de siniestro, se ingresará en cuenta a nombre del Promo-

tor, para que con cargo a ella se abone la obra que se construya, y a medida que ésta se vaya realizando. EI reintegro de

dicha cantidad al Contratista se efectuará por certificaciones, como el resto de los trabajos de la construcción. En ningún

caso, salvo conformidad expresa del Contratista, hecho en documento público, el Promotor podrá disponer de dicho im-

porte para menesteres distintos del de reconstrucción de la parte siniestrada; la infracción de lo anteriormente expuesto

será motivo suficiente para que el Contratista pueda resolver el contrato, con devolución de fianza, abono completo de

gastos, materiales acopiados, etc., y una indemnización equivalente al importe de los daños causados al Contratista por el

siniestro y que no se le hubiesen abonado, pero solo en proporción equivalente a lo que suponga la indemnización abonada

por la Compañía Aseguradora, respecto al importe de los daños causados por el siniestro, que serán tasados a estos efectos

por el Arquitecto-Director.

En las obras de reforma o reparación, se fijarán previamente la porción de edificio que debe ser asegurada y su cuantía, y

si nada se prevé, se entenderá que el seguro ha de comprender toda la parte del edificio afectada por la obra.

Los riesgos asegurados y las condiciones que figuren en la póliza o pólizas de Seguros, los pondrá el Contratista, antes de

contratarlos, en conocimiento del Promotor, al objeto de recabar de éste su previa conformidad o reparos.

CONSERVACIÓN DE LA OBRA

Si el Contratista, siendo su obligación, no atiende a la conservación de Ia obra durante el plazo de garantía, en el caso de

que el edificio no haya sido ocupado por el Promotor, el Arquitecto-Director, en representación del Propietario, podrá

disponer todo lo que sea preciso para que se atienda a la guardería, limpieza y todo lo que fuese menester para su buena

conservación, abonándose todo ello por cuenta de la contrata.

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III. PLIEGO DE CONDICIONES 14

AI abandonar el Contratista la obra, tanto por buena terminación de la misma, como en el caso de resolución del contrato,

está obligado a dejarla limpia en el plazo que el Arquitecto- Director fije, salvo que existan circunstancias que justifiquen

que estas operaciones no se realicen.

Después de la recepción provisional de la obra y en el caso de que la conservación del edificio corra cargo del Contratista,

no deberá haber en él más herramientas, útiles, materiales, muebles, etc., que los indispensables para su guardería y lim-

pieza y para los trabajos que fuese preciso ejecutar.

En todo caso, ocupado o no el edificio, está obligado el Contratista a revisar y reparar la obra, durante el plazo de garantía,

procediendo en la forma prevista en el presente "Pliego de Condiciones Económicas".

USO POR EL CONTRATISTA DE EDIFICIO O BIENES DEL PROMOTOR

Cuando durante la ejecución de las obras ocupe el Contratista, con la necesaria y previa autorización del Promotor, edifi-

cios o haga uso de materiales o útiles pertenecientes al mismo, tendrá obligación de repararlos y conservarlos para hacer

entrega de ellos a la terminación del contrato, en perfecto estado de conservación, reponiendo los que se hubiesen inutili-

zado, sin derecho a indemnización por esta reposición ni por las mejoras hechas en los edificios, propiedades o materiales

que haya utilizado.

En el caso de que al terminar el contrato y hacer entrega del material, propiedades o edificaciones, no hubiese cumplido el

Contratista con lo previsto en el párrafo anterior, lo realizará el Promotor a costa de aquél y con cargo a la fianza o reten-

ción.

EPÍGRAFE 7.º

VERIFICACIONES

En este epígrafe se relacionan las verificaciones y las pruebas de servicio que, en su caso, deban realizarse para comprobar

las prestaciones finales del edificio.

En la obra terminada, bien sobre el edificio en su conjunto, o bien sobre sus diferentes partes y sus instalaciones, parcial o

totalmente terminadas, deben realizarse, además de las que puedan establecerse con carácter voluntario, las comprobacio-

nes y pruebas de servicio previstas en el proyecto u ordenadas por la dirección facultativa y las exigidas por la legislación

aplicable.

PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO

Se realizarán las pruebas de funcionamiento de las instalaciones que más adelante se detallan

Instalación eléctrica y alumbrado Se hará una prueba de funcionamiento de la instalación de alumbrado, incluyendo: me-

dida de la resistencia a tierra, esquemas de cuadros eléctricos, comprobación del buen funcionamiento de los interruptores

magnetotérmicos y diferenciales, comprobación del funcionamiento de puntos de luz, tomas de corriente y caídas de ten-

sión.

Instalación de fontanería: Prueba de funcionamiento de la instalación de fontanería, incluyendo estanqueidad del sanea-

miento, estanqueidad de las redes de distribución

INSPECCIONES DE CONTROL TÉCNICO

La empresa adjudicataria realizará todas las necesarias que obliga la legislación sectorial para la puesta en funcionamiento

del edificio y su posterior revisión periódica.

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III. PLIEGO DE CONDICIONES 15

3.4 CONDICIONES TÉCNICAS

CONDICIONES GENERALES

Artículo 1. Calidad de los materiales.

Todos los materiales a emplear en la presente obra serán de primera calidad y reunirán las condiciones exigidas vigentes

referentes a materiales y prototipos de construcción.

Los productos de construcción que se incorporen con carácter permanente a los edificios, en función de su uso previsto,

llevarán el marcado CE, de conformidad con la Directiva 89/106/CEE de productos de construcción, transpuesta por el

Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, modificado por el Real Decreto 1329/1995, de 28 de julio, y disposiciones

de desarrollo, u otras Directivas Europeas que les sean de aplicación.

Artículo 2. Pruebas y ensayos de materiales.

Todos los materiales a que este capítulo se refiere podrán ser sometidos a los análisis o pruebas, por cuenta de la contrata,

que se crean necesarios para acreditar su calidad. Cualquier otro que haya sido especificado y sea necesario emplear debe-

rá ser aprobado por la Dirección de las obras, bien entendido que será rechazado el que no reúna las condiciones exigidas

por la buena práctica de la construcción.

Artículo 3. Materiales no consignados en proyecto.

Los materiales no consignados en proyecto que dieran lugar a precios contradictorios reunirán las condiciones de bondad

necesarias, a juicio de la Dirección Facultativa no teniendo el contratista derecho a reclamación alguna por estas condicio-

nes exigidas.

Artículo 4. Condiciones generales de ejecución.

Condiciones generales de ejecución. Todos los trabajos, incluidos en el presente proyecto se ejecutarán esmeradamente,

con arreglo a las buenas prácticas de la construcción, dé acuerdo con las condiciones establecidas en el artículo 7 del Real

Decreto 314/2006, de 17 de marzo por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

CONDICIONES PARTICULARES

De acuerdo con el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la ejecución de las obras deberán

observarse las normas vigentes aplicables sobre construcción.

Arévalo, julio de 208

EL ARQUITECTO MUNICIPAL

Fdo. Javier Bretón Dellmans

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RESÍDUOS URBANOS, EN ARÉVALO (ÁVILA)

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CAPÍTULO I. OBRA CIVIL

1.1

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Importe

Módulo Completo 5 7,50 2,20 0,20 16,50 12,00 198,00

1.2

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Importe

Módulo Completo 5 7,50 2,20 2,50 206,25 13,10 2.701,88

1.3

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Importe

Módulo Completo 10 7,50 0,20 2,00 30,00

Módulo Completo 10 2,20 0,20 2,00 8,80 38,80 12,90 500,52

1.4

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Total

Módulo Completo 10 7,50 0,50 0,50 18,75

Módulo Completo 10 2,20 0,50 0,50 5,50 24,25 62,80 1.522,90

1.5

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Total

Módulo Completo 5 7,50 2,20 82,50 16,50 1.361,25

1.6

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Total

Calle de Marolo Perotas 1 10,00 10,00

1 5,00 5,00

Calle de los Álamos 1 10,00 10,00

2 5,00 10,00

Paseo de la Alameda 2 10,00 20,00

2 7,50 15,00

Calle del Teso Nuevo 1 10,00 10,00

1 3,00 3,00

Calle Linajes 1 15,00 15,00

1 5,00 5,00 103,00 24,00 2.472,00

1.7

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Total

Calle de Marolo Parotas 1 10,00 5,00 50,00

A deducir 1 7,50 2,20 -16,50

Calle de los Alamos 1 10,00 5,00 50,00

A deducir 1 7,50 2,20 -16,50

Paseo de la Alameda 1 10,00 7,50 75,00

A deducir 1 7,50 2,20 -16,50

Calle del Teso Nuevo 1 10,00 3,50 35,00

A deducir 1 7,50 2,20 -16,50

Calle Linajes 1 10,00 5,00 50,00

A deducir 1 7,50 2,20 -16,50 177,50 20,00 3.550,00

1.8

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Importe

1 4.057,34 4.057,34

TOTAL CAPÍTULO I. OBRA CIVIL......................................... 16.363,89

m3 Demolición y levantado de pavimento de espesor variable, incluso carga de material resultante

Ud. Gestión de resíduos, incluyendo contenedores y canon de vertedero y con p.p. de medios

auxiliares.

m3 Relleno y extendido de huecos con tierra seleccionada procedente de la extracción y áridos

tamaño 20-45, por medios manuales en tongadas de 30 cm., considerando la tierra a pie de

tajo y con p.p. de medios auxiliares.

m3 Relleno y extendido con mortero de cemento, por medios manuales en tongadas de 30

cm., considerando la tierra a pie de tajo y con p.p. de medios auxiliares.

m3 Solera de hormigón en armado de 15 cm. de espesor realizada con hormigón HA-

25N/mm2, 20 kg/m3 Tmáx. 20mm., elaborado en obra, i/vertido, colocación. Según NTE-RSS y

EHE. Perfectamente nivelada.

ml. Bordillo recto de granito piconado de 12x25 cm. colocado sobre solera de hormigón HM-

20/P/20/I, de 10 cm. de espesor, i/excavación necesaria, rejuntado y limpieza. Biselado cara

expuesta.

m2 Pavimento de adoquín tipo COCA tabaco 20 x 10, AREVALO rojo 20 x 10 , o VALLADOLID

rojo 40 x 20, dependiendo de la zona, en aceras, colocado sobre 5 cm. de mortero seco 1/6,

dejando entre ellos una junta de separación de 2/3 mm. para su posterior relleno con arena

caliza de machaqueo, i/recebado de juntas, barrido y compactación, a colocar sobre base

m3 Excavación en huecos para cubetos en terrenos flojos, por medios mecánicos, con

extracción de tierras a los bordes y con posterior relleno y apisonado de las tierras procedentes

de la excavación y con p.p. de medios auxiliares.

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES DE

RESÍDUOS URBANOS, EN ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AREVALO

CAPÍTULO 2. INSTALACIÓN DE CONTENEDORES

2.1

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Total

5,00 5,00 12.500,00 62.500,00

2.2

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Total

5,00 5,00 3.600,00 18.000,00

2.3

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Total

5,00 5,00 922,00 4.610,00

TOTAL CAPÍTULO 2. INSTALACIÓN DE CONTENEDORES…. 85.110,00

CAPÍTULO 3. SUMINISTRO DE ELEMENTOS

3.1

Unidad Long Ancho Alto Parcial Medición Pr Pres Total

20,00 20,00 135,00 2.700,00

TOTAL CAPÍTULO 3. SUMINISTRO DE ELEMENTOS…..…. 2.700,00

TOTAL PRESUPUESTO DE OBRA Y SUMINISTROS.......................................... 104.173,89

Arévalo, septiembre de 2015

El Arquitecto Municipal

Fdo.: Javier Bretón Dellmans

julio de 2018

Ud. de contenedor de carga trasera de 1.100 litros, sin tapa, colocado en plataforma.

Ud. de Traslado e instalación de equipo de carga trasera para soterrar 4 contenedores para

recogida de resíduos urbanos (orgánicos, envases y/o papel), de mecanismo hidráulico de

enchufe rápido desde camión, elevación por transmisión por cremallera, totalmente instalado

según especificaciones en memoria constructiva, con puesta en marcha y funcionamiento.

Ud. de traslado e instalación de equipo de carga superior con pluma para soterrar un

contenedor para recogida de vidrio, y tapa en chapa lagrimada galvanizada, antideslizante, con

sistema de doble gancho, totalmente instalado según especificaciones en memoria

constructiva, con puesta en marcha y funcionamiento.

Ud. de acabado de tapa de equipo de carga trasera para soterrar 4 contenedores para

recogida de resíduos urbanos, en chapa lagrimada galvanizada, antideslizante, totalmente

terminado.

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE 3ª FASE DE SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES

DE RESÍDUOS URBANOS, EN ARÉVALO (ÁVILA)

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARÉVALO

RESUMEN GENERAL DE PRESUPUESTO

EUROS

CAPÍTULO I. OBRA CIVIL 16.363,89

CAPÍTULO 2. INSTALACIÓN DE CONTENEDORES 85.110,00

CAPÍTULO 3. SUMINISTRO DE ELEMENTOS 2.700,00

TOTAL PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL............ 104.173,89

13% GASTOS GENERALES............................................. 13.542,61

6% BENEFICIO INDUSTRIAL.............................................. 6.250,43

Suma de Gastos Generales y Beneficio Industrial................. 19.793,05

TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA SIN I.V.A.................. 123.966,94

I.V.A. 21%........................................................................ 26.033,06

TOTAL PRESUPUESTO DE CONTRATA (I.V.A. Incluido)..... 150.000,00

Asciende el Presupuesto de Contrata a la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS

Arévalo, julio de 2018

EL ARQUITECTO MUNICIPAL,

Fdo.: Javier Bretón Dellmans

CAPÍTULO