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DIRECCIÓN GENERAL [A INFRAESTRUCTURA FÍS. 16 DE SEPTIEMBRE No 38. 6' PISv. COL CE NTRO, C P. 06000 . MEXICO, D F TELS .: 41131100 Ext. 5305, 5722, 532 1, 5721y5304 FAX. 41131751 DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL. JUAN ESCUTIA, C P 09100, MEXICO, D.F. TELS.: 5701 2036 y 5763 7883 CO NTRATO SIMPLIFICADO 4518000792 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDE NCI A FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJIA I SANTA MARIA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELIA, MICHOACÁN, 58160 I 01 443 317 2933 , 01 443 317 2933 / FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 20/03/ 2018 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501-284 FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 DIAS NATURALES Calle de José María Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX , DF Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion P.Unitarío Importe Total 10 1.000 UP MANTO. CCTV URUAPAN 45,000.00 45,000 .00 OBSERVACIONES MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO AL CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN URUAPAN, MICHOACÁN. DICHO MANTENIMIENTO CONSIDERA LOS SIGUIENTE: 1 SE REALIZARÁ 1 (UNA) VISITA A SITIO PARA DAR MANTENIMIENTO PREVENTIVO AL SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN Y LOS EVENTOS CORRECTIVOS QUE SEAN NECESARIOS, INICIANDO EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL MES DE ABRIL DE 2018, INCLUYE VERIFICACIÓN DEL ESTADO FISICO, FUNCIONAMIENTO Y OPTIMIZACIÓN AL 100% DEL SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN, CONFIGURACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE EQUIPOS, REVISIÓN DE CONEXIONES (VOLTAJES Y SEÑAL DE VIDEO), CONFIGURACIÓN DEL EQUIPO DE GRABACIÓN (VERIFICAR EL MODO DE GRABACIÓN QUE SEA DE MA.NERA CONTJNUA), LIMPIEZA DE EQUIPOS Y ACCESORIOS, AJUSTES DE LENTES DE CAMARAS, ASI COMO INCLUIR LA REVISIÓN DEL CABLEADO ESTRUCTURADO Y SUS RESPECTIVAS CONEXIONES PARA GARANTIZAR LA PERMANENTE CALIDAD DE IMAGEN. (SERVICIO 1). EQUIPO DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN: 4 CÁMARAS IXE MODELO 10 DN , CON LENTE VARI FOCAL 13M2.8-12, PELCO (CÁMARAS PRESURIZADAS). 5 CÁMARAS MINI DOMO MODELO IM10C10- 1, PELCO. 1 MONITOR 19", MODELO PMCL419HB, PELCO. CONTINUA Página 1 de 4 ,. {.1)

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DIRECCIÓN GENERAL [A INFRAESTRUCTURA FÍS. 16 DE SEPTIEMBRE No 38. 6' PISv. COL CENTRO, C P. 06000. MEXICO, D F TELS.: 41131100 Ext. 5305, 5722, 5321, 5721y5304 FAX. 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL. JUAN ESCUTIA, C P 09100, MEXICO, D.F. TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4518000792 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJIA I SANTA MARIA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELIA, MICHOACÁN, 58160 I 01 443 317 2933, 01 443 317 2933 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 20/03/2018 INMEDIATA R.F .C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501-284

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 DIAS NATURALES Calle de José María Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX , DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion P.Unitarío Importe Total

10 1.000 UP MANTO. CCTV URUAPAN 45,000.00 45,000.00 OBSERVACIONES

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO AL CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN URUAPAN, MICHOACÁN.

DICHO MANTENIMIENTO CONSIDERA LOS SIGUIENTE:

1 SE REALIZARÁ 1 (UNA) VISITA A SITIO PARA DAR MANTENIMIENTO PREVENTIVO AL SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN Y LOS EVENTOS CORRECTIVOS QUE SEAN NECESARIOS, INICIANDO EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL MES DE ABRIL DE 2018 , INCLUYE VERIFICACIÓN DEL ESTADO FISICO, FUNCIONAMIENTO Y OPTIMIZACIÓN AL 100% DEL SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN, CONFIGURACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE EQUIPOS, REVISIÓN DE CONEXIONES (VOL TAJES Y SEÑAL DE VIDEO), CONFIGURACIÓN DEL EQUIPO DE GRABACIÓN (VERIFICAR EL MODO DE GRABACIÓN QUE SEA DE MA.NERA CONTJNUA), LIMPIEZA DE EQUIPOS Y ACCESORIOS, AJUSTES DE LENTES DE CAMARAS, ASI COMO INCLUIR LA REVISIÓN DEL CABLEADO ESTRUCTURADO Y SUS RESPECTIVAS CONEXIONES PARA GARANTIZAR LA PERMANENTE CALIDAD DE IMAGEN. (SERVICIO 1 ).

EQUIPO DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN:

4 CÁMARAS IXE MODELO 10 DN , CON LENTE VARI FOCAL 13M2.8-12, PELCO (CÁMARAS PRESURIZADAS).

5 CÁMARAS MINI DOMO MODELO IM10C10-1, PELCO.

1 MONITOR 19", MODELO PMCL419HB, PELCO.

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CONTRATO SIMPLIFiCADO De PRE3TACIÓN DE SERVICIOS PAR.A CASA DE LA CULTURA JURiDICA (HASTA 25,000 UDIS)

D E c LAR A c 1 o fl Es • La Suprema Cort~ de Ju;t:cia 1e la Nación, en lo sucesivo " la Suprema Corte" por conducto de su r~,J1esentante para los efectos de este instrumento manifiesta que : · 1 Es el máximo órga;10 óepo;;itario -jel Poder Judicial de la Federación. en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Po lí tica de los Estados Unidos Mexicanos y 1,°. fracción l. d~ Ley Orgánica del Potler Jud;c1al de la Federación .

! La presente c"ntratación fue autonzada por el (la) Titular de la Casa de la Cultura Juridica er donde habrán de efectuarse los servicios mediante el procedimiento de adjudicación directil de informidad con io previsto en el articulo 42. parrafo guinto. del Acue rdo Genera l de Administración Vl/2008 , del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. del Comité de Gobierne Y jministración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los proced imientos para la adquis1c1on . administración y desincorporac1ón de bienes y la contratación de obras . use:; servicios requeridos po• este Tribunal. 1 El Director de la Casa de la Cultura Juríd ica. está facultado para suscribir el presente instrumento. de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 O parrafo cuarto . del Acuerdo General ce jm1nistración Vl/2008 . del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los proced1m1ento> ira la adquisición. administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras . usos y servicios requeridos por este Tribunal. y en analogía al pronunciamiento emitido por la Subdirecc,óo eneral de lo Consultivo de la Secretaria Jurídica de la Presidencia mediante oficio SJP/0439/2016 de fecha 15 de abril de 2016. i Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la Calle de José María Pino Suárez número 2. colonia Centro. de legación Cuauhtémoc. código postal 5060, en la ciudad de México. Distrito Federal. El pre stador de servicios " por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: .1 c uenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte. as i como con los elementos técnicos y capacidad económica ~cesarios para tal fin . . 2 No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los articulos 48, fracciones l. 11 . 111 . IV, V. VI, VII. VIII y X, asi como 58 fracción XVI . del Acuerdo General de Administración Vl /2008 . . 3 Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo Vl /2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la ación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición. administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras. usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. .4 Para todo lo relacionado con el presente contrato . señala como su domicilio el ubicado en la caratula del presente instrumento. en el apartado denominado "Proveedor y/o Prestador de servicios· .5 El Prestador de servicios manrtiesta que se encuentra debidamen:e constituido conforme a las leyes Mexicanas y con inscripción vigente en el Registro Publico correspondiente . l. La " Suprema Corte" y "El prestador de servicios" declaran que: 1.1 Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que tod as las comun icaciones que se realicen entre ellas se irigiran a los domicilios indicados en los antecedentes 1.4 y 11 .4 de este instrumento.al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

rimera . Condiciones generales. "El prestador de servicios· se compromete a proporcionar el servicio descrito en la caratu la del presente instrumento y a respetar en todo momento el pcec10 . plazo condiciones de pago señalados en la referida caratula. durante y hasta el cumplim iento total del objeto de este acuerdo de voluntades. 1 pago señalado en la presente clausula . cubre el total del servicio contratado . por lo cual · 1a Suprema Cone· no tiene obligación de cubrir ningun impone ad icional. .egunda. Pena convenc ional. En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato . se aplicara una pena convencional equiva lente al monto que resulte de aplicar el 10°!.- o; lor el servicio o servicios que no se hayan real izado a sat isfacción de la Suprema Corte . . n caso de incumplimiento en los plazos establecidos en el contrato simplificado. se aplicará una pena convencional por atrasos que le sean imputables en la realización de los servicios . eq1 1te 1 monto que resulte de aplicar el 1 O al millar diario a la cantidad que imponen los trabajos no ejecutados dentro del plazo indicado en el a panado inciso "fecha de entrega· de la carátula del . .-ato :implificado y no podra exceder del 10% del monto total contratado. ·ercera. Requisitos para real izar los pagos respectivos . Para efectos fiscales "El prestador de servicios" debera presentar la o las facturas a nombre de la · suprema Corte" segun consta en la edula de identificación fiscal . exped ida por la Secretari a de Hacienda y Créd ito Publico con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046PS indicando el domicilio señalado en la declaración 1.4 e este instrumento y demas requisitos fiscales a que haya lugar. :uarta . Modificaciones de este instrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser Objeto de mod1f1cación en términos de lo previsto en los articules 12 . fracc ión XXII. 43. fracción 1 y 162 del referido Acuerdo General Vl/2008. luinta. Inexistencia de relación laboral. "El prestador de servicios". como empresario y patrón del personal que ocupe para la prestación de los servicios profes ionales materia de este contrato. era el .:mico responsable de las obligaciones derivada s de las d:spos1ciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. por lo que respondera de todas las eclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o de "la Suprema Corte". en relación con los servicios motivo de este contrato . La Suprema Corte• estará facultada para requerir a "El prestador de servicios· los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS. asi como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR . \IFONAVIT e IMSS. :n caso de que alguno o algunos de los trabajadores de "El prestacor de servicios", ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de ·1a Suprema Corte". "El prestador de servicios" lebera reembolsar la totalidad de los gastos que erogue "la Suprema Cene·. por concepto de traslado. viaticas . hospedaje, transportación . alimentos y demas inherentes . con el fin de acred itar ante la 1utoridad competente que no ex iste relación laboral alguna con los mismos y deslindar a "la Suprema Cone· de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido . . as partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocas ionar podran ser deducidos por "la Suprema Corte" de las facturas que se encuentren pendientes de pago . 1depend1entemente de las acciones legales que se pudieran ejercer. ;exta . Subcontratación. Para efectos de este contrato simplificado. se entiende por subcontratación . el acto mediante el cual MEI prestador de servicios" encomienda a otra person a . fisica o moral ta ealización parcial del ob¡eto de éste contrato simplificado. Cuando el prestador de servicios o contratista pretenda subcontratar. debera comunicarlo prev iamente y por escrito a ·1a Suprema Cone·. la 1ue también por escrrto resolvera si acepta o rechaza la subcontratación. En ningun caso se aceptara la subcontratación total de los servicios o trabajos con un solo subcontrat ista. :n todo caso de subcontratación . el responsable sera "El prestador de servicios" y sera a éste a quienes les cubra el pago. No existira subrogación por parte del subcontratis;a n1 tendra relac1on con la Suprema Corte" iéptima. Confidenc ialidad. La documentación que se proporcione a "El prestador de servicios" con motivo de la celebración de este contrato . es propiedad de "la Suprema Corte", por lo que "El >restador de servicios". por si o a través de sus trabajadores. se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación. cualqu ier resuhado o dato obten ido de los servicios o rabajos prestados a la primera. )ctava. Rescisión . Queda expresamente convenido que "la Suprema Corte· podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial. en caso ce que "El >restador de servicios· deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien. en caso de ser objeto de embargo. huelga estallada. :oncurso mercantil o liquidación. \ntes de declarar la rescisión . "la Suprema Corte" notificara por escrito las causas respectivas a "El prestador de servicios· en su domicilio señalado en la declaración 11.4 d. e este in strurr~on ¡uien en el acto se encuentre. otorgándole un plazo de quince dias habiles para que manifieste lo que a su derecho convenga . anexe los documentos que estime convenientes y apone. er9 >0. as pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de "la Suprema Corte" determinara sobre la procedencia de la rescis1on . lo que se comunicara a "El pres de ;ervicios" en su domicilio señalado en la declaración 11.4 de instrumento · ~ovena . Del fomento a la transparenc ia y de la protecc ión de datos personales. Las partes estén de acuerd o en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo llspuesto en los articulas 1 • . 70, 103 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental . por lo que los gobernados podrán realizar su consult a. ) e conformidad con lo establecido en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia. Acceso a la Información Publica Gubernamental y Proteccion de Datos Persona les de la >uprema Corte de Justicia de la Nación . del nueve de julio de dos mil ocho . re lativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ambito de este Tribunal los derechos de acceso a la informacion ' la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el articulo 6º Constrtucional. "El prestador de servicios· se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningun medio. aun ~lectrónico . ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las act1v1dades objeto del presente :ontrato. En caso de incumplimiento la · suprema Corte" podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convenciona l. Jécima. Leg is lación aplicable. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la constrtución política de los Estados Unidos Mexicanos. el Acuerdo :;eneral de Administración Vl/2008. del veinticinco de Septiembre de dos mil ocho. del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en éste ior el Código Civil Federal. Código Federal de Procedimientos Civiles. la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades administrativas de los servidores publicas y la Ley Federal del 0 rocedimiento administrativo , en lo conducente. Jécima primera. Resolución de controversias . Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento. "El prestador de servicios· se somete expresamente a las Jecisiones del Tribunal Pleno de "la Suprema Corte" renunciando a cu alquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener. de conformidad con lo indicado en el art iculo 11 . fracción XX. je la Ley Organica del Poder Judicial de la Federación renunciando en forma expresa a cualqu ier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad . tengan o llegaren a tener.

. as partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra. se realizara por escrito en el domicilio que ha señalado en las declaraciones 1.4 y 11.4 de este instrumento

"\RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONT

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PODER JUDICIAL DE LA FECAACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICift' DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060. D.F. R.F .C. SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL. INFRAESTRUCTURA FÍ 16 DE SEPTIEMBRE No 3B , 6º PIS , COL CENTRO, C.P 06000, MEXICO, D.F. TELS.: 41131100Exl. 5305, 5722, 5321 , 5721 y 5304 FAX· 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO, D.F. TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

, CONTRATO SIMPLIFICADO

4518000792

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJIA I SANTA MARÍA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELIA, MICHOACÁN, 58160 / 01 443 317 2933, 01 443 317 2933 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 20/03/2018 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501-284

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 DÍAS NATURALES Calle de José María Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX , DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion P.Unitario Importe Total

1. GRABADOR DE RED, MODELO DS-SVR-DVD, 3TB, PELCO.

1 PC DELL MODELO OPTIPLE~ 901 O, CON MONITOR DELL.

1 SWITCH 24 PUERTOS POE, MODELO SF-200-24P, CISCO.

1 UPS TRIPPLITE, MODELO INTERNET 350U.

1 UPS TRIPPLITE, MODELO OVNI VS 1000. '

O SWITCH 8 PUERTOS POE, MODELO SF-100-08P, CISCO.

O ESTACIONES NANO, MODELO LOCO M5, UBIQUITI.

1 CUADRA RACK Y ORGANIZADOR DE CABLE.

-SE ENTREGARÁ UN REPORTE FOTOGRÁFICO Y UN REPORTE TÉCNICO ESCRITO DONDE SE INDICARÁN LOS PARÁMETROS DE OPERACIÓN Y DATOS SOLICITADOS EN LOS ALCANCES, ASÍ COMO LAS RECOM~NDACIONES , ~UGERENCIAS Y CONCLUSIONES, EL REPORTE FOTOGRAFICO, DEBERA DE CONTENER FOTOS ANTES, DURANTE Y AL FINAL, ADEMAS UN CD (DISCO COMPACTO) CONTENIENDO TODAS LAS FOTOS DEL MANTENIMIENTO.

-EN EL CONCEPTO 1, DICE QUE SE REALIZARÁN DOS VISITAS DE MANTENIMIENTO MES DE ABRIL Y SEPTIEMBRE, PARA LO CUAL SE DEBERÁ CONSIDERAR ÚNICAMENTE UNA VISITA DEMANTENIMIENTOEN EL MES DE ABRIL.

-MODIFICACIÓN EN EL PUNTO 1.04 DE LAS NOTAS IMPORTANTES TÉCNICAS.

-MODIFICACIÓN EN EL PUNTO 1.01 DE LAS NOTAS IMPORTANTE

CONTINUA

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURiDICA (HASTA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES L• Suprema C?rte d" Justici a de la Nación, en lo sucesivo " la Suprema Corte" por condu~to de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que : •

1 Es el max:rno ór:J3nc depositario del Poder Judicial de la Federación, en termines de lo d1sp•Jesto en los aniculos 94 de la Consl itución Polit1ca de los Estados Unidos Mexicanos y ,1º . fracción 1 1• i Ley Organica del Poder Judicia l de la Federación . . 2 La presente ccntratac1ón fue autorizada por el (la ) Titular rle la Casa de la Cultura Jurid1ca en donde halxén de efectuarse los servicios mediante el proced1m1ento de adjudicación direoe: ce onfor<n1dad con io previsto en e! articulo 42 , parrafo quinto , del Acuerdo General de Aom inistraciór; Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. del Comité ce Gob•,,rno y 1dmm1strac1ón de !a Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los proced1m12ntos para la adqu1s1c1ón . adm1nistrac1ón y desmcorporac1on de bienes y la contratación de obras. ~ses servicios req ueridos por este Tribunal. 3 El Director de la Casa de la Cultura Juridica. esta facu ltado para suscribir el presente instrumento. de ccnform1dad con lo dispuesto en el an iculo 10 parrafo cuarto, del Acuerdo General de ,dministrac1on Vl/2008, del ve1nt1c1nco de septiembre de dos mil ocho. del Comité de Gobierno y Adminis1rac1ón de la Suprema Corte de Just1c1a de la Nación por el que se regulan los proced1m1e~tos iara la adquisición, admmistrac16n y des1ncorporación de bienes y la contratación de obras . usos y serv1c1os requeridos por este Tnbunal. y en analogia al pronunc1am1ento em1t1do por la Subdirecc¡on >eneral de lo Consultivo de la Secretaria Jurid1ca de la Pres1denc1a mediante of1c10 SJP/043912016 de fecha 15 de abril de 2016. 4 Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suarez numero 2. colonia Centro , delegación Cuauhtemoc. código posial 16060, en la ciud ad de México. D1stnlo Federal. 1. EI pre stador de servicios" por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: 1. 1 Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte , asi como con los elementos técnicos y capacidad econom1ca 1ecesanos para tal fin . 1.2 No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los art iculas 48, fracciones l. 11, 111 , IV, V, VI. VII , VIII y X . as i como 58 fracción XVI. del Acuerdo General de Administración Vl /2008 1.3 Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo Vl/2008, del ve1nt1cinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Adm1nistrac1ón de la Suprema Corte de Justicia de la Jac16n por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras. usos y serv1c1os requendos por este Alto Tnbunal. 1.4 Para todo lo relacionado con el presente contrato . seña la como su domicilio el ubicado en la caratula del presente instrumento, en el apanado denominado "Proveedor y/o Prestador de servicios" 1.5 El Prestador de servicios manifiesta que se encuentra debidamente constituido conforme a las leyes Mexicanas y con inscripción vigente en el Registro Públ ico correspondiente. 11. La " Suprema Corte" y " El prestador de serv icios " declaran que: 11.1 Reconocen mutuamente la personalidad ¡uridica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se lingiran a los domicilios indicados en los antecedentes 1.4 y 11.4 de este 1nstrumento,al tenor de las siguientes :

CLÁUSULAS

lrimera. Condic iones generales ... El prestador de servicios" se compromete a proporcionar el servicio descrito en la caratula del presente instrumento y a respet ar en todo momento el precio . plazo 1 cond1c1ones de pago señalados en la referida caratula, durante y hasta el cumpl1m1ento letal del objeto de este acuerdo de voluntades . :1 pago señalado en la presente clausula. cubre el total del serv1c10 contratado , por lo cual "la Suprema Corte" no tiene obligación de cubnr ningún importe ad1c1onal. >egunda . Pena convencional. En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contralo, se aplicara una pena convencion al equivalente al monto que resulte de a~licar el 10°- ·alor lel servicio o servicios que no se hayan realizado a sat1sfaccion de la Suprema Corte. :n caso de 1ncumplim1ento en los plazos establecidos en el contrato simplificado, se aplicara una pena convencional por atrasos que le sean imputables en la realizac1on de los servicios . ec nte il monto que resulte de aplicar el 10 al millar diana a la cantidad que importen los trabajos no ejecutados dentro del plazo indicado en el apartado inciso "fech a de entrega" de la caratula del ,¡rato 5implificado y no podra exceder del 10% del monto tota l contratado íercera . Requisitos para realizar los pag os respectivos . Para efectos fisca les ~ E l prestador de servicios• deberá presentar la o las facturas a nombre de la "Suprema Cone~ segun consta en la ~edula de identificación fiscal. expedida por la Secretari a de Hacienda y Crédito PUblico con el Registro Federa l de Contribuyentes SCJ9502046PS indicando el dom1ciho señalado en la declaración 1.4 le este instrumento y dem3s requisitos fisca les a que haya lugar. ::uarta. Modificaciones de este instrumento. Las cond1c1ones pactadas en el presente in strumento podran ser Objeto de modificación en términos de lo previsto en los articules 12. fracc1on XXII 143. fracción 1y162 del referido Acuerdo General Vl/2008 . ::lu inta. Inexistencia de relac ión laboral. "El prestador de servicios", como empresario y patrón del personal que ocupe para la prestación de los serv1c1os profesionales materia de este contrato . ;era el único responsable de las obl igaciones derivadas de las disposiciones laborales y demas ordenamientos en materia de traba¡o y segundad social, por lo que respondera de todas las eclamac1ones que sus trabajadores presentasen en su contra o de "la Suprema Corte" . en relación con los servicios motivo de este contrato La Suprema Corte" estara facultada para requerir a "El prestador de servicios" los comprobantes de afil iacion de sus trabajadores al IMSS . as i como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, NFONAVIT e IMSS :n caso de que alguno o algunos de los trabajadores de "El prestador de serv1c1os", e¡ecuten o pretendan eiecutar alguna reclamación en contra de "la Suprema Cene· . "El prestador de servicios' Jebera reembolsar la totalidad de los gastos que erogue "la Suprema Cene". por concepto de traslado , v1at1cos , hospedaje. transponac1ón, alimentos y demas inherentes. con el fin de acreditar ante la iutondad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a "la Suprema Corte" de cualqu ier tipo de respon sabilidad en ese sentido . • as panes acuerdan que el impone de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podran ser deducidos por "la Suprema Cone" de las facturas que se encuentren pendientes de pago. ndependientemente de las acciones legales que se pud1eran ejercer. >exta. Subcontratación. Para electos de este contrato simplificado, se entiende por subcontratac1ón, el acto mediante el cual "El prestador de servicios" encomienda a otra persona. f1s1ca o moral la ·ealizac1on parcial del Objeto de éste contrato s1mplif1cado. Cuando el prestador de serv1c1os o centralista pretenda subcontralar. debera comunicarlo previamen te y por escrito a "la Suprema Corte". la iue también por escrito resolvera si acepta o rechaza la subconlratac1on . En ningún caso se aceptara la subcontratac1ón tola! de los serv1c1os o trabajos con un solo subcontrat1sta . =n todo caso de subcontratac1ón , el responsable sera "El prestador de servicios" y sera a este a quienes les cubra el pago No ex1st1ra subrog ación por parte del subconlrat1sta ni tendra re lac1on con 'la Suprema Cone· .

>eptima. Confidencialidad. La documentacion que se proporcione a "El prestador de servicios" con motivo de la celebración de este contrato . es propiedad de "la Suprema Cone". por lo que "El Jrestador de servicios". por si o a traves de sus trabajadores . se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comun1cac1on . cualquier resultado o dato obtenido de tos serv1c1os o raba¡os prestados a la primera

)ctava. Rescisión . Queda expre samente convenido que "la Suprema Corte" podra dar por rescind ido el presente contrato sin necesidad de aue medie declaración JUd1c1al. en caso de que "El Jrestador de servicios" deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contralo por causas que le sean imputables . o bien , en caso de ser objeto de embargo. huelga estallada :oncurso mercantil o liquidación.

~ntes de declarar la rescisión, "la Suprema Cene" notificara por escrito las causas respectivas a "El prestador de servicios· en su domicilio señalado en la declaración 11.4 de este 1nstrun"Ai:on 1u1en en el acto se encuentre, otorgandole un plazo de quince di as habiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenientes y apone. erW so. as pruebas que estime pert inentes. Vencido ese plazo el órgano competente de "la Suprema Corte" determinara sobre la procedencia de la resc1s1ón , lo que se comunicara a "El pre~ de ;erv1c1os" en su domicilio señalado en la declaración 11.4 de instrumento

~avena . Del fomento a la transparenc ia y de la protección de datos personales . Las partes estan de acuerdo en que el presente instrumenlo constituye información pub lica en términos ce lo Jispuesto en los articulas 1 º , 70 : 103 Y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamenlal . por lo que los gobernados podran real1:ar su consult a ?e conformidad con lo establecido en el articulo 71 del Acuerdo Ge1eral de la Com1s1ón de Transparencia. Acceso a la lnformac1on Publica Gubernamental y Protección de Datos Personales de la ~uprema Cene de Jus11c1a de la Nac1on . del nueve de julio de dos rr. 11 ocho . re lal1vo a los órganos y proced1m1entos para tutelar en el ambito de este Tribuna l los derechos de acceso a la informac1on. 3 la pnvac1dad Y a la protecc1on de catos personales garanti:ados en el articulo 6º Cons11tuciona l. "El prestador de servicios" se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio. aun :lectron1co. ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentac1on que mane¡e o conozca al desarrollar las act1v1dades ob1eto del presente :omrato En caso de incumplimiento la "Suprema Cene" podra exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento. por concepto de pena convencional. · :ecima. Legislac.1on ª.phcable. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la constitución pol it1ca de los Estados Unidos Mexicanos. el Acuerdo ..,:Jenera l ~e Adm1~ 1~tracmn Vl /20.08 , del ve1nt1c1nco de Septiembre de dos mil ocho . del Comité de Gobierno y Adm1n1strac1on de la Suprema Cene de Justicia de la Nación y en lo no previsto en éste Jor el Cod1go C1v1I Federal, Cod1go Federa l de Proced 1m1entos Civiles . la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades administrativas de los servidores pubhcos y la Ley Federal del =>roced1m1ento admm 1strat1vo. en lo conducente .

)ecima primera: Resolución de controvers ias . Para efecto de la 1nterpretac1ón y cumplimiento de lo estipu lado en este instrumento . "El prestador de servicios" se somete expresamente a las Jecisiones del Tribunal Pleno de "la Suprema Cone" renunciando a :ualqu1er fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener. de conformidad con lo indicado en el art iculo 11 . fracción XX . Je la Ley Organica del Poder Jud1c1al de la Federación renunciando en forma expresa a cu alqu ier otro fuero que en razón de su dom1ciho o vecindad . tengan o llegaren a tener.

.. as partes acuerdan que cualquier nolificacion que tengan que realizarse de una parte a otra. se realiz ara por escrito en el dom1c1l10 que ha señalado en las declaraciones 1.4 y 11 .4 de este instrumento

\ RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS

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Page 5: PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJIA SANTA MARIA DE … · proveedor: juan roberto gÓmez mejia i santa maria de los urdiales 1029, las margaritas, morelia, michoacÁn, 58160 i 01

\ . PODER JUDICIAL DE LA FElaACION SUPREMA CORTE DE JUSTI~ DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC. 06060, D.F. R.F.C. SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL. INFRAESTRUCTURA F 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6' P . COL CENTRO. C P 06000, MEXICO, D F. TELS : 41131100 Ext. 5305, 5722, 5321 , 5721 y 5304 FAX. 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL. JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO, D.F. TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4518000792

EN SUS REMISIONES. F;l.CTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJIA I SANTA MARIA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELIA, MICHOACÁN, 58160 I 01 443 317 2933, 01 443 317 2933 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 20/03/2018 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501-284

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 DIAS NATURALES Calle de José María Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX , DF

Partida Clave art. Cantidad Unídad Descripcion P.Unitario Importe Total

ADMINISTRATIVAS, LA GARANTIA DE LOS TRABAJOS DEBERÁ DE CONSIDERARSE A 12 MESES A LA ENTREGA-RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS. ·

-SE DEBERÁ DE CONSIDERAR LA CONFIGURACIÓN DEL EQUIPO DVD GRABADOR MODEL9 SD-SVR-DVD, EL CUAL DEBERÁ DE QUEDAR EN OPERACIÓN ÓPTIMA, DEBERA DE CONFIGURARSE A DOS MESES.

CORRECCIÓN DE LA FALLA EXISTENTE DE DOS CÁMARAS TIPO IXE MODELO 10 DN, UBICADAS EN EL ESTACIONAMIENTO Y LA OTRA EN LA CALLE JACARANDAS.

-REUBICACIÓN DE UNA CÁMARA TIPO IXS MODELO 10 DN, LA CUAL DEBERÁ QUEDAR A UN METRO DE DISTANCI~ APROXIMADAME~TE , TENIENDO LA VISTA HACIA LA ENTRADA VEHICULAR, ASI MISMO SE DEBERA DE CONSIDERAR EL RECABLEADO DE LA INSTALACIÓN.

-EN EL EQUIPO DE CCTV, PARA EL SWICH DE 8 PUERTOS, NO SE DEBERÁ DE CONSIDERAR ESTE MANTENIMIENTO.

-ÁREA SOLICITANTE: C.C.J. URUPAN, MICHOACÁN -ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: C.C.J. URUPAN, MICHOACÁN -NÚMERO DE SOLICITUD: OFICIO No. CCJ-URU-131-2018 -CENTRO GESTOR:1141801 -POSICIÓN PRESUPUESTAL:35201 -NÚMERO DE COTIZACIONES: 2 -DESTINO: C.C.J. URUAPAN, MICHOACÁN -TIPO DE CONTRATACIÓN: ADJUDICACIÓN DIRECTA -CLASIFICACIÓN: MÍNIMA -ÓRGANO Ó FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ LA CONTRATACIÓN: DIRECTORA DE LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN URUAPAN, MICHOACÁN -FECHA DE AUTORIZACIÓN: 9 DE MARZO DE 2018

CONTINUA

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA (HASTA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES . La Suprema Corte de Justic ia de la Nación, en lo sucesivo "la Suprema Corte" por conducto de su representante para los _ ef~~tos d_e este instrumento manifiesta que : .1 Es el ma ximo árgano depositario del Poder Jud1c1al de la Federación . en términos de 10 dispuesto en los articulas 54 de la Const1tuc1on Pol1t1ca de los Estados Unidos Mexicanos y 1° fracc1on 1 oe 3 Ley Organica del Poder Judicial de la F ederacion ' .2 La presente contratac1on fue autorizada por el (la } Titu lar de la Casa de la Cu ltura Jurid1ca en donde habran de efectuarse los serv1c1os mediante el proced 1m1ento de ad1ud1cac1on a1#ecta Ce :onform 1d ad con 10 previsto en el art iculo 42 , párrafo quinto del Acuerdo General de Administración Vl /2008 , del ve1nt1c1nco de septiembre de dos mil ocho . del Comne de Gobierno ¡ .. dministrac1ón de la Suprema Corte de Just1c1a de la Nac1on por el q1...e se regulan los proced1m1entos para la adqu1s1c1ón . ad m1nistrac1ón y de s1ncorporac1ón de bienes y la contratac1on de obras usos

· serv1c1os requendos por este Tnbunal . . 3 El Direclor de la casa de la Cultura Juridica. esta facultado para suscribir el presenle instrumento. de conformidad con lo dispuesto en el art1cu10 10 parrafo cuarto . del Acuerdo General ce ~dministración Vl /2008 , del veinticinco de septiembre de dos mil ocho . del Comite de Gobierno y Admin1strac1ón de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan lo s proced1m1er.tos )ara la adqu 1s1c1on. ad m1nistrac1ón y desincorporactón de biene s y la contratación de obras . usos y serv1c1os requeridos por este Tribunal . y en analog1a al pronuncram1ento em1t1do por la S bd1íec:.1on :>eneral de lo Con sul1 1vo de la Secretaria Jurid1ca de la Presidencia mediante of1c10 SJP/043912016 de fecha 15 de abril de 20 6 . . 4 Para todo lo relacionado con el presente contrato seña la como su domicilio el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suarez número 2 . colonia Centro delegacion Cuauhtemoc. cod1go posi al

J6060. en la ciudad de México. D1s1r1to Federal. \ El pre stador de servicios" por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: 1.1 Cu enta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar lo s servicios requ eridos por la Suprema Cene. as1 como con los elementos tecn1cos y capacidad econom1ca

1ecesarios para tal fin 1.2 No se encu entra en ninguno de los supuestos a que se refieren los articules 48 fracciones l. 11 . 111 IV, V. VI. VII . VIII y X. as1 como 58 fracción XVI del Acuerdo General de Adm1n1strac1on VI '2008 1.3 Conoce y acepta su;etarse a lo previsto en el Acuerdo Vl/2008 . del veinticinco ae septiembre de dos mil ocho. de l Com1te de Gobierno y Adm1rnstrac1on de la Suprema Cone de Justicia de la -J ac1on por el que se regulan los proced1m1entos para la adq u1s1c1ón. administración y des1ncorporac1ón de bienes y la contratac1on de obras . usos y serv1c1os requeridos por este Alto Tnbunat 1.4 Para todo lo relacionado con el presente contrato. señala como su domicilio el ubicado en la carátula del presente instrumento. en el apartado denominado "Proveedor y/o Pre stador de serv i cios ~ 1.5 El Prestador de servicios manifiesta que se encuentra debidamen'.e constituido conforme a las leyes Mex icanas y con 1nscr1pc1ón vigente en el Registro Publico correspondiente 11 . La "Suprem a Corte" y " El prestador de servicios" declaran que : 11.1 Reconocen mutuamente la personalidad jurid1ca con la que comparecen a la celebrac1on del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se rea licen entre e ll as se j 1rigiran a los dom1c1lios 1nd1cados en los antecedentes 1.4 y 11 .4 de es1e 1nstrumento,al tenor de las siguientes :

CLÁUSULAS

::irimera. Condiciones generales . ~e 1 prestador de serv1c10s" se compromet e a proporcionar el servicio descrito en la caratula del presente instrumento Y a respetar en todo momento el orec10 pla:o ¡ cond1c1ones de pago señalados en la referida caratula. durante y hasta el cumplimiento total del Objeto de este acuerdo de voluntades :: 1 cago señalado en la presente clausula . cubre el total de l serv1c10 contratado por lo cual "la Suprema Cone" no tiene oblig ac1on de cubnr ningún 1moorte ad 1c1onal 3egunda . Pena convenc ional. En caso ce incumplimiento ae las obligaciones pac1adas en el contrato. se aplicara una pena convencional equivalente al monto que resulte de ao11car el 10'··,, aio' Je l serv1c10 o servicios Que no se hayan reah;:aao a sat1 sfacc1on de la Suprema Corte =.n ca so de 1ncumphm1e'1to en los ola:os establecidos en el contrato s1mp hf1cado se aplicara una pena convencional por atrasos Que le sean imputables en la re ahzacion de los servicios eq ' te 31 monto aue resu ne de aplicar el 10 al millar diario a la cantidad que importen los trabajos no e;ecutados dentro del plazo 1nd1cado en el a~artado inciso .. fecha de entrega" de la caratula dei , a:o S1mplif1cado y no poara exceder del 10% del monto total contratado Tercera. Requ isitos para realizar los pagos respect ivos . Para e ectos fiscales "El pres;ador de servicios" deber:i presentar la o las facturas a nombre de la ·suprema Co:ie·· se;wn consta e0 1a :eaula de 1dent1flcac1on fi scal. exped ida por la Secretari a de Hacienda y Credno Publico con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5 1nd1cando el aom1c1ilo señaiaao en la oec1arac1on 1. 4 ~e este instrumento y dem:is requ1s1tos fi scales a que haya lugar. Cuarta . Mod ificaciones de este ins1rumento. Las cond1c1ones pactadas en el presente instrumento podr:in ser ob;eto de mod1f1cac1on en términos de lo c•ev1sto en los articulas 12. f;acc1on XXII 1<3. fracc1on 1y162 del referido Acuerdo General Vl/2008 . Quinta . Inexistencia de relac ión laboral. .. El prestador de servicios". como empresario y patron del person al que ocupe para la prestac1on de los servicies profesionales materia ce este contrato se·a el único responsable de las obligaciones derivadas de las d1spos ic1ones laborales y demas ordenamientos en materia de traba;o y seguncad so::al por lo que responcera de !odas las •eclamac1ones que sus trabajadores presentasen en su contra o de ·1a Suprema Corte". en re lación con los serv1c1os motivo de este contrato La Suprema Cene" estará facultada para requerir a ·· E1 pre stador de serv1c1os" los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS . as i como los comprobantes de pago ce las cuo1as al S,:,R

INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los traba¡adores de "El prestajor de serv1c1os". e;ecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra ce ··1a Suprema Cene". "El pres:aoor de servicios :ie~e,.a reembolsar la totalid ad de los gastos que erogue "la Suprema Con e". por concepto de traslado. v1at1cos. hospedaje . transponac1on . ahmentos y demas mherentes. con el fin de a~ reo 1: a r ante la autorid ad competente que no ex iste relac1on laboral alguna con los mismos y deshndar a ~ 1 a Suprema Cene" de cualau1er tipo de responsab11taad en ese sent100 Las panes acuerd an que el importe de los referidos gastos que se lleg aran a ocasionar podran ser deducidos por ··1a Suprema Corte" de las factu ras que se encuer.tren pend 1e~ tes ae ~ago 1ndepend1entemente de las accion es legales que se pud ieran ejercer. Sexta . Subcontratac ión Para efe::tos de este contrato simplificado se ent rende por sut>contratac1ón. el acto mediante el cual .. E l prestador de servicios" encomienda a otra persona f1s1ca o moral ta reahzac1on parcial de l objeto de este contrato simplificado Cu ando el prestador oe servicios o contratista pretenda subcomratar deberá comunicarlo previamente y por escrno a "la Suprema Cor:e IE

aue tamb1en por escrito resolvera s1 acept a o rech aza la subcontratac16n En ningún caso se aceptara la subcontratac1on total de los serv1c1os o trabajos con un solo subcont·a11s1a En todo caso de subcontratac1ón . el responsable sera "El prestador de servicios- y sera a éste a quienes les cubra et pago No existiré subrogación por parie del subcontrat1s!a n1 tenora relac1on cor ·1a Su prema Corte". Séptima. Confidencialidad. La documentación que se proporcione a ·· El prestador de serv1c1os" con motivo de la celebración de este contrato . es propiedad de ·· 1a Suprema Cone· por lo que El prestador de servicios ~ . por si o a traves de sus trabajadores . se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación . cualqu ier re sulta:Jo o Cato cbteniao de los serv1c1os o traba;os prestados a la primera. Octava . Rescisión . Queda expresamente convenido que "la Suprema Corte' podra dar por rescindido el presente contrato sin neces idad de que medie declarac1on ;ud1c1al. en caso de que ::1 prestador de servicios" deje de cumplir cu alqu iera de las obhgac1ones que asume en este contrato por causas que le sean 1mpu1ables . o bien. en caso de ser ob¡eto de embargo . huelga estallada . con curso mercantil o llqu1dac1ón. /.ntes de declarar la resc1 s1on ... la Suprema Cene" notificara por escrito las causas respect ivas a "El prestador de servicms" en su dom1c1lm señalado en la aeclarac1ón 11. 4 de este mstrum- con quien en el ac10 se encuentre. otorgandole un plazo de quince dias hab1les para que manifieste lo que a su derecho convenga. anexe los documentos aue estim e convenientes y a~one e ' º las pruebas que estime pert inentes. Vencido ese plazo el árgano compet ente de ·1a Suprema Corte" aeterm1nara sobre 1a procedencia ae 1a resc1s1on. 10 aue se comunicara a "El pres , ;e servicios" en su dom1c1ho señalado en la declaración 11 .4 de instrumento No vena . Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales . Las partes estan de acuerdo en que el presente instrumento constituye mformac1on publica en 1erm1nos ce 10 dispuesto en los art icu les 1º. 70. 103 y 116 oe la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental. por lo que los gocernados podran rea l1:ar su consu l:a De conformid ad con 10 establecido en el art 1cu10 71 del Acuerdo Ge,eral de la Com1s1ón de Transparencia. Acceso a la lnformacion Púbhca Gubernamental y Protecc1on de Datos Persona les de la Suprema Corte de Jus11c1a de la Nación, del nueve de ¡ulio de dos mil ocho. relativo a los órganos y proced1m1entos para tute lar en el amb110 de este Tribunal los dere:hos de a:ce so a la mtormac1on a la privacidad y a la protecc1on de datos personales garantizados en el articulo 5~ Const1tuc1onal. "E l prestador de servicios" se obliga a guaréar secreto y a no divulg ar por ningun medio aun eiectronico. n1 por conferencias ylo informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades ob;eto del presente co.ntrato . En caso d~ incumpl1m1ento la · suprema Corte" podra exigir el pago correspondiente al 10% de l monto total de este instrumento. por concepto de pena convenciona l. Decima . Leg1slac1on aplicable . El acuerdo de voluntades previ sto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la const1t uc1on polit1ca de los Estados Unidos Mexicanos. el .4cuerdo Genera l de Admin1strac1on V\ '2008 del ve 1nt1c1nco de Septiembre de dos mil ocho. del Comue de Gobierno y Adm1nistrac1on de la Suprema Corte de Justicia oe la acion y en 10 no previsto en es:e por el Cod1go C1v1! Feaeral. Codrgo Federal de Proced1m1entos Civiles . la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades adm1nistrat1vas de los se'V1dores publicas y la Ley Federa l ce l Proced1m1en10 adm1n1strat1vo. en lo conducente Décima primera: Resolución de controversias . Para efecto de la mterpretac1on y cumplimiento de lo est ipulado en este instrumento. "E l prestador de servicios" se somete expresamente a las decisiones del Tnbu~a l Pleno de "la Suprema Cene" renunciando a :ualqu1er fuero que en razón de su dom1c1ho teng a o llega:-e a tener. de conformidad con lo indicado en el an1culo 11 fracc1on XX ae la Ley Org anica ael Poder Jud1c1al de la Federac1on renunciand o en fonna expresa a cu alquier otro fuero que en razón de su domicilio 0 vecind ad tengan 0 llegaren a te:ier

Las partes acuerd an que cualquier not1ficac16n que tengan que realizarse de una pane a otra . se realizara por escrito en el dom1c1!10 que ha señalado en las declaraciones 1. 4 y 11.4 de este instrumento

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS 1'

Nombre ~

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Fecha

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PODER JUDICIAL DE LA FEC AACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTI~ DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F. R.F .C. SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL • INFRAESTRUCTURA Fi~ 16 DE SEPTIEMBRE No 36 ' 6º PI ' COL CENTRO, C.P. 06000, MEXICO, O F. TELS.: 41131100 Exl 5305, 5722, 5321 , 5721y5304 FAX 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA, C P 09100, MEXICO, D F. TELS: 5701 2036 y 5763 7863

CONTRATO SIMPLIFICADO

4518000792

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJÍA I SANTA MARIA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELIA, MICHOACÁN, 58160 I 01 443 317 2933, 01 443 317 2933 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 20/03/2018 INMEDIATA

1 OBSERVACIONES R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501-284

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 DÍAS NATURALES Calle de José María Pino Suarez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX , DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion

-INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2018: SI

FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO TODOS LOS DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN INCLUYENDO, DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA, LO SIGUIENTE:

"EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS , LAS ESPECIFICACIONES PARTICULARES , LAS ESPECIFICACIONES GENERALES, EL ACTA D~ JUNTA DE ACLARA('.IONES , LA PROPUESTA DEL ADJUDICATARIO Y EL DICTAMEN RESOLUTIVO TECNICO".

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HARÁ LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS LOCALES Y FEDERALES QUE CORRESPONDA.

SERVICIOS INCLUIDOS MANTO. CCTV

IMPORTE EN LETRA CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100. M.N.

,,,, !92?? <1;) 'INO-:-f\RQ:-:IUV M:-A-:'GRUZ· ~

DIRECTOR O . ONTRATACIÓN DE OBRAS, /

M ENIMIENTO Y SERVICIOS

LIC . ALMA ROSA OCHOA RAMiREZ

DIRECTORA DE LA CASA DE CULTURA JURIDICA EN

URUAPAN, MICH.

P.Unitario

SUBTOTAL

LV.A.

TOTAL

Importe Total

45,000.00

7,200.00

52 ,200.00

Pagina 4 de 4

Fecha de 1mpres1ón 20/0312016 09.36.19

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURiDICA (HASTA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES . La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo " la Suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que : .1 Es el max1mo órgano depositario del Poder Judicial de la Federac1on. en termines de lo dispuesto en los articules 94 de la Const1tuc1ón Polit1ca de los Estados Unidos Mexicanos y 1º. fracción 1 ce 3 Ley Organica del Poder Judicial de la Federación . • • . 2 La presente contratación fue autonzada por el (la ) Titular de la Casa de la Cultura Jurídica en donde habran de efectuarse los servicios mediante el procedimiento de adJud1 ca c1on direc:.a de :onform1dad con lo previsto en el art iculo 42 parrafo quinto. del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del ve1nt1cinco de septiembre de dos mil ocho. del Comité oe Gobierno y \ dmmistración de !a Suprema Corte de Just icia de la Nación por el que se regulan los proced1m1entos para la adqu1s1c1ón . admin istración y desmcorporac1ón de bienes y la contratación de obras . usos 1 servicios requeridos por este Tribunal. .3 El Director de la Casa de la Cultura Juridica . esta facultado para suscribir el presente instrumento. de conformid ad con lo dispuesto en el art icu lo 10 parrafo cuarto. del Acuerdo General de <dmin1strac1ón Vl /2008, del veint icinco de septiembre de dos mil ocro . del Comité de Gobierno y Adm1n1strac1ón de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regu lan los proced1m1entos )ara la adquisición. administración y des1ncorporac1ón de bienes y 12 contratación de obras . usos y servicios requeridos por este Tribunal . y en analogia al pronunciamiento emitido por la Subdirecc1on ;eneral de lo Consultivo de la Secretaria Juridica de la Presidencia mediante oficio SJP/043912016 de fecha 15 de abril de 2016 . . 4 Para todo lo re lacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suarez numero 2. colon ia Centro . delegación Cuauhtémoc. cod1go postal J6060. en la ciudad de México. Distrito Federal. l.EI pre stador de servicios " por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de deci r verdad que: 1.1 Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificacion para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte. asi como con los elementos tecnicos y capacidad económica 1ecesarios para tal fin . 1.2 No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren bs art icules 48 . fracciones l. 11 . 111. IV, V. VI. VI I, VIII y X. asi como 58 fracción XVI. del Acuerdo General de Administración Vl /2008 1.3 Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo Vl /2008. del ve1nt1cinco de septiembre de dos mil ocho. del Comité de Gobierno y Admin1strac1ón de la Suprema Cene de Just1c1a de la \Jac1on por el que se regulan los proced1m1entos para la adqu1s1c1on. administración y desincorporac1ón de bienes y la contratación de obras . usos Y servtcios requeridos por este Alto Tribunal. 1.4 Para todo lo re lacionado con el presente contrato. seña la como su domicilio el ubicado en la caratu la del presente instrumento en el apanado denominado "Proveedor y/o Prestador de servicios" 1.5 El Prestador de serv1c1os manifiesta que se encuentra debidamente const1tu1do conforme a las leyes Mexicanas y con inscripción vigente en el Reg istro Publico correspondiente . 11 . La " Suprema Corte" y " El prestador de servicios " declaran que : 11.1 Reconocen mutuamente la personalidad jund1ca con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifie stan que todas las comunicaciones que se realicen entre el las se j 1rigiran a los dom1c1lios ind icados en los antecedentes 1.4 y 11.4 de este 1ns1rumento,al tenor de las siguientes :

CLÁUSULAS

Primera. Condiciones generales. ··El prestador de servicios" se compromete a proporcionar el serv1c10 descrito en la caratula del presente instrumento y a respetar en todo momento el precio . plazo 1 condiciones de pago seña lados en la referida caratu la, durante y hasta el cumplimiento tota l del objeto de este acuerdo de voluntades . ::1 pago señalado en la presente cláusula . cubre el tot al del se rvicio contratado . por lo cual ~ 1a Suprema Carie" no tiene obligación de cubrir rnngUn importe ad1c1on a l. Segunda. Pena convencional. En caso de lncumphmtento de las otllqaciones pactadas en el contrato, se aplicara una pena convencional equ ivalente al monto qu e resulte de aphcar e l 10°- alor jel servicio o servicios que no se hayan realizado a sat1sfacc1ón de la Suprema Cene En caso de incumplimiento en los ola::os es~ab le cidos en el contrato s1mplif1cado , se aplicara una pena convencional por atrasos que le sean imputables en la re ali;:ación de los se rvicios. ec ne al monto que resuhe de aplicar el 1 O al m illar diana a la cantidad que imponen los traba JOS no e1ecutad os dentro del plazo indicado en el apartado 1nc1 so .. fecha de entreg ar de la caratula dei .rato Simplificado y no podra exceder del 10% del monto total contratado . Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos . Para efectos fiscales ~ E l prestador de serv1ciosr debera presentar la o las facturas a nombre de la ~s uprema Corte" segUn consta en la cedula de 1dentif1cac1ón fiscal. exoedida por la Secretar ia de Hacienda y Crédito Publico con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5 1nd1candc el dom1c1lio señalado en la declarac1on 1.4 de este instrumento y demas requisitos fiscales a que haya lugar Cuarta . Modificac iones de este instrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podran ser objeto de mod if1cac1ón en términos de lo previsto en los articules ; 2 . fracción XXI I. 143. fracción 1 y 162 del referido Acuerdo General Vl/2008 Quinta . Inexistenc ia de relación laboral. "El prestador de servicios .. . como empresario y patrón del pe rsonal que ocupe para la prestación de los servicios profes ionales materia de este contrato sera el único responsable de las obligaciones derivadas de las c isposiciones laborales y demas ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. por lo que responoera de todas las reclamaciones que sus traba1adores presentasen en su contra o de ··1a Suprema Corte". en relación con los servicios motivo de este contrato.. "La Suprema Corte" estara facultada para requerir a ·· E1 prestador de servicios" los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS . asi como los comprobantes de pago de las cu otas al SAR INFONAVIT e IMSS En caso de que alguno o algunos de los traba¡adores de ··E1 prestédor de servicio s· . ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de "la Suprema Corte", "El prestador de se rvicios· debera reembolsar la tota lidad de los gastos que erogue ·· 1a Suprema Cone". por concepto de tras lado, viat icas. hospedaje, transportación . alimentos y demas inherentes . con el fin de acred itar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a "la Suprema Corte" de cualquier tipo de respons abilidad en ese sentido. Las panes acuerdan que el impone de los referidos gastos que se llegaran a ocas ionar podran ser deducidos por "la Suprema Corte" de las facturas que se encuentren pend ientes de pago. 1ndepend1entemente de las acciones legales que se pudieran ejercer. Sexta . Subcontratación. Para efectos de este contrato s1mphficadc . se entiend e por subcontratac1on , el acto mediante el cual "El prestador de servicios- en comienda a otra persona f1s1ca o moral la rea li~ac1ón parcial de l Objeto de éste contrato simplificado Cuando e prestador de servicios o contratista pretenda subcontratar, debera comunicarlo previamente y por escrito a "la Suprema Cene· la que también por escnto resolverá s1 ace pta o rechaza la subcontratac1on En mngun caso se aceptara la subcontratacion tot al de los serv1c1os o trabajos con un soto subcontrat1 sta En todo caso oe subcontratación , el respon sable sera "El prestador de servicios· y sera a este a quienes les cubra el pago No ex1stira subrogación por pane del subcontrallsta ni tendra re lac1on con ··1a Suprema Corte" Séptim a. Confidencialidad. La documentación que se proporcion e a "El prestador de serv1c1os" con motivo de la celebración de este contrato . es propiedad de ··1a Suprema Cene" . por lo que ·El presiador de serv1c1osr por si o a través de sus trabajadores . se compromete a no divulgar a traves de cualquier medio de comu rncación . cualquier resu ltado o dato obtenido de lo s servicio s o trabajos prestados a la primera. Octava. Rescisión . Queda expresamente convenido que ··1a Suprema Cene·· podra dar por resc1nd1do el presente contrato sin necesidad de que medie declaración ¡ud1cial . en caso de que ·· E1 prestador de servicios" deje de cump lir cua lquiera de las obl1gac1ores que asume en este contrato por causas que le sean imputables. o bien . en caso de ser objeto de embargo . hue lga estallada. concurso mercantil o liquidacrón. Antes de declarar la rescis ión . ~ l a Suprema ConeM notificara por escrito las causas res pectivas a "El prestador de servicios" en su domicilio señalado en la dec!arac1on 11.4 de este 1nstru rr~::::in quien en e l acto se encuentre . otorg8ndole un plazo de qu ince dias habiles para que manifieste lo que a su derecho convenga . anexe los documentos que estime convenientes y acorte . e1 - -;o las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de "la Suprema Corte" determinara sobre la procedencia de la resc1s1on. lo que se comunicara a "El pre~ oe serv1c1osr en su domicilio seña lado en la declaracron 11.4 de instrumento Novena. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales . Las paries están de acuerdo en que el presente instrumento constituye 1nformac1on publica en términos de lo dispuesto en los articu les 1 º . 70. 103 y 116 de la Ley General de Transparencia I' Acceso a la Información Publica Gubernamental . por lo que los gobernados podran reall:ar su consu lta De conformidad con lo establecido en el articulo 71 de l Acuerdo General ae la Com1sion de Transparencia. Acceso a la Información Publica Gubernamenta l y Protección oe Datos Persona1es de la Suprema Corte de Just1c1a de la Nación del nueve de julio de aes mil ocho. re lativo a los órganos y proced imientos para tutelar en el ambito de este Tribun al los derechos de acceso a 1a 1nformao1on a la pnvac1oad y a la protecc1on oe datos personales garantizados en e l articulo 6º Constitucional. "E l prestador de serv1ciosM se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningun medio aun electronico . n1 por conferencias y/o informes los datos persona les a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las act1v1d aoes oo.1eto de l presente contrato . En caso ae incumplimiento la "Suprema Corte" podra ex igir el pago correspondiente al 10% del monto total de este inst rumento por concepto de pena convencional . Décima. Legislación aplicable . El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la constitución política de los Estados Un1aos Mex icanos. el Acuerao General de Adm1nistrac1ón Vl /2008 . de l ve1nt1c1nco de Septiembre de dos mil ocho. del Com11e de Gobierno y Adm1nisiración de la Suprema Corte de Just1c1a de la Nac1on y en lo no previsto en este por el Código Civil Federa l, Cod1go Federal de Procedimientos Civiles . la Ley Federal de Presupuesto y Responsabi lidades adm1nistrat1vas de los servidores publicas y la Ley Federa l del Proced imiento adm1n1strat1vo. en lo conducente . Décima primera. Resolución de controversias . Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento. "El prestador de servicios" se somete expresamente a las dec1s1ones del Tribunal Pleno de "la Suprema Corte" renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener. de conformidad con lo ind icado en el aniculo 11 . fracc1on XX. de la Ley Organica del Poder Jud1c1al de la Federación renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domici lio o vecindad. tengan o llegaren a tener

Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que reali:?: arse de una parte a otra . se rea lizara por escrito en el dom1cllto que ha seña lado en las declaraciones 1.4 y 11.4 de este instrumento

~. RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS ) - ' ' ..

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"En términos de lo previsto en los artículos 111,116 y 120, primer párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción 1 y el Capítulo IV del Título Cuarto, de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como confidencial que encuadra en esos supuestos normativos."

"Este documento es parte integrante de la versión pública del contrato simplificado correspondiente al procedimiento de contratación para mantenimiento preventivo y correctivo al sistema de circuito cerrado de televisión ."