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UNIDAD 2 UNIDAD 2 Calidad y medio Ambiente: Vicisitudes Calidad y medio Ambiente: Vicisitudes en su protección jurídica en su protección jurídica Tema 1-1 Tema 1-1 CALIDAD Y EL AMBIENTE EN EL NUEVO CONTEXTO ECONOMICO Y SOCIAL CALIDAD Y EL AMBIENTE EN EL NUEVO CONTEXTO ECONOMICO Y SOCIAL Construyendo el nuevo modelo universitario” Construyendo el nuevo modelo universitario” Colectivo de Gestores Colectivo de Gestores Sociocriticos Sociocriticos MSc. Oscar José Suárez Sivira MSc. Oscar José Suárez Sivira PNF SISTEMA DE CALIDAD Y AMBIENTE Recopilació n

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UNIDAD 2UNIDAD 2Calidad y medio Ambiente: Vicisitudes en Calidad y medio Ambiente: Vicisitudes en

su protección jurídica su protección jurídica Tema 1-1 Tema 1-1

CALIDAD Y EL AMBIENTE EN EL NUEVO CONTEXTO ECONOMICO Y SOCIALCALIDAD Y EL AMBIENTE EN EL NUEVO CONTEXTO ECONOMICO Y SOCIAL

““Construyendo el nuevo modelo universitario”Construyendo el nuevo modelo universitario”

Colectivo de Gestores SociocriticosColectivo de Gestores SociocriticosMSc. Oscar José Suárez SiviraMSc. Oscar José Suárez Sivira

PNF SISTEMA DE CALIDAD Y AMBIENTE

Recopilación

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Venezuela integra la lista de los 10 países megadiversos del mundo y como consecuencia ocupa un lugar de primera importancia en lo relativo al diseño y puesta en vigor de instrumentos legales destinados a la conservación integral de la diversidad biológica.

A los fines de clarificar los conceptos en los que se basa el espíritu de la legislación ambiental venezolana y por ende la política ambiental del Estado, la conservación, entendida en su acepción moderna, contempla en forma armónica la protección de los recursos naturales junto al aprovechamiento sustentable de los mismos.

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La República Bolivariana de Venezuela cuenta con un marco legal extraordinariamente diverso, que partiendo de los postulados constitucionales, ha llevado a la firma y ratificación de casi todos los convenios internacionales destinados a la conservación del ambiente, así como a la

creación y modernización de un cuerpo legal nacional que va desde leyes orgánicas y decretos que abarcan la protección y ordenamiento de ecosistemas o hábitats, (tales como las Áreas bajo Régimen de Administración

Especial) hasta la protección específica de especies amenazadas de extinción.

Adicionalmente el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales cuenta con una profusa colección de

Resoluciones técnicas destinadas a reglamentar aspectos de la calidad ambiental la ordenación territorial de las actividades humanas y el uso

sostenible de los recursos naturales.

Esta recopilación recoge en orden jerárquico las diferentes herramientas legales de las que dispone el

estado Venezolano destinadas de manera directa o indirecta a la conservación de la diversidad biológica.

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Por otra parte en su artículo 128 dispone que se desarrolle una política de ordenación territorial, atendiendo a realidades ecológicas, geográficas, demográficas socioculturales y económicas, como marco fundamental del desarrollo sostenible.

Finalmente en el artículo 129 ordena que toda actividad humana, susceptible a generar daños al ecosistema deberá ser acompañado previamente por un estudio de impacto ambiental y sociocultural y que en cualquier contrato de aprovechamiento de recursos naturales que celebre o permiso que otorgue la República, se considera tácitamente la obligación de conservar el equilibrio ecológico, la transferencia tecnológica y la restauración de alteraciones.

La Constitución como marco político y filosófico de la estructura legal venezolana, en su Título III, Capítulo IX, “De los Derechos Ambientales” se establecen los derechos y deberes de los venezolanos (el Estado) con referencia al mantenimiento de un ambiente “seguro, sano y ecológicamente equilibrado”, protegiendo “la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica” estableciendo la obligación del Estado en fomentar la participación comunitaria (Art. 127).

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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CONVENIOS Y TRATADOS INTERNACIONALESCONVENIOS Y TRATADOS INTERNACIONALES

Venezuela ha suscrito variedad de Convenios y Tratados Internacionales que posteriormente a su ratificación por el Poder Legislativo, implican la obligación del Estado Venezolano en cumplir lo establecido y dispuesto en los mismos.

Entre las Convenciones se pueden distinguir tres tipos:

•Convenciones Globales, las cuales tienen un enfoque multidisciplinario que incluye las interrelaciones del ser humano con su ambiente.

Ej: Convenio Marco de las N.U. sobre la Diversidad Biológica

•Convenciones Generales o Ecosistémicas, enfocadas en la conservación de ecosistemas particulares a lo largo del mundo.

Ej. La Convención Ramsar sobre Humedales.

•Convenciones Específicas, cuya finalidad es emprender acciones correctivas o preventivas en diferentes áreas ambientales problemáticas.

Ej. La CITES

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CONVENIOS Y TRATADOS INTERNACIONALESCONVENIOS Y TRATADOS INTERNACIONALESdirectamente relacionados con la conservación de la diversidad biológicadirectamente relacionados con la conservación de la diversidad biológica

fecha de ratificación por Ley Aprobatoria entre paréntesis

•Convenio Internacional de las Maderas Tropicales (1994)

•Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (1998)

•Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (2004)

•Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional (2004)

•Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (2004)

•Convenio de Estocolomo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. (2004)

•Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América (1941)

•Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) (1977)

•Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe (1986) de cual se deriva el Protocolo Relativo a las Areas, Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas (SPAW)

•Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional; actualmente denominada “Convención RAMSAR para los Humedales” (1988)

•Convención sobre Diversidad Biológica (1994) de la cual se derivan la Decisión 391 de la Junta del Acuerdo de Cartagena sobre el Regimen Común de Acceso a los Recursos Genéticos y el Protocolo de Bioseguridad.

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El impacto negativo de las actividades humanas sobre el medio ambiente y los recursos naturales, a pesar de no ser un fenómeno de nuestro tiempo, comienza a ser generado principalmente por la revolución industrial (siglo XVIII) y, en particular ,debido al trascendental desarrollo económico producido en Europa y en los Estados Unidos después de la Segunda Guerra Mundial, y se traduce en la alteración sin precedentes de los ciclos naturales fundamentales de las condiciones de evolución de la Tierra, es decir, el deterioro del equilibrio ecológico por la aparición de procesos decontaminación cada vez más graves y la afectación( incluso, agotamiento, si bien no inmediato) a los recursos naturales, produciendo, un apreciable desequilibrio entre el medio natural y las demandas que la humanidad le solicita y requiere.La utilización humana de muchos recursos esenciales y la generación de muchos tipos de contaminantes ha superado los límites que son físicamente sostenibles. Este hecho sin duda alguna afecta particularmente a los ecosistemas y a los procesos ecológicos conexos indispensables para el funcionamiento de la biósfera.

Calidad y medio Ambiente: Vicisitudes en su protección jurídicaCalidad y medio Ambiente: Vicisitudes en su protección jurídica

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Esta preocupación ,comienza tímidamente en los años 60 y 70 y se hace más amplia en los años 80,se traduce en la intervención del Derecho, integrando la protección ambiental y de la naturaleza como objeto y bien jurídico a conseguir y alcanzar; se aplican en esta etapa medidas sancionadoras, de carácter administrativo o penal y con acciones de exigencia de responsabilidad por daños ambientales.

El objetivo final de la política del medio ambiente debería ser la protección de la salud humana y la conservación, en cantidad y calidad de todos los recursos que condicionan y sustentan la vida: aire, agua, suelo, clima, flora, fauna, las materias primas, hábitat y el patrimonio cultural y natural.

¿ Cómo podremos producir bienes y servicios de consumo y desarrollo para la humanidad, con la finalidad de mejorar la calidad de vida y simultáneamente evitar el riesgo del daño a la tierra y su entorno en sus múltiples manifestaciones ?

Calidad y medio Ambiente: Vicisitudes en su protección jurídicaCalidad y medio Ambiente: Vicisitudes en su protección jurídica

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CONSTITUCIONALISMO Y DERECHOS: La evolución de los derechos del

hombre es un proceso en el cual se han reconocido tres etapas bien

diferenciadas ,en primer lugar el surgimiento de los derechos individuales

(derechos de la primera generación) y que enmarcan una relación diferente entre

el Poder Público y el ciudadano. El posterior reconocimiento de los derechos

sociales ( derechos de la segunda generación) amplía hacia el conjunto de la

sociedad el campo de protección jurídica asumiendo el Estado un rol activo y

comprometido en el desarrollo y la expansión económica. El advenimiento de los

derechos de tercera generación, garantizan la protección integral del ser humano

desde todos sus aspectos resguardando su propia esencia. La protección de los

derechos ambientales es una de las múltiples aristas que tienden al logro de este

objetivo. Muchos países han incorporado alguna norma referente a la

protección ambiental y el desarrollo sustentable en la cúspide de su pirámide

jurídica, muchas constituciones modernas han seguido esta tendencia.

Calidad y medio Ambiente: Vicisitudes en su protección jurídicaCalidad y medio Ambiente: Vicisitudes en su protección jurídica

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GACETAN°

RESOLUCIÓN, LEY O DECRETO DESCRIPCIÓN

5554   Ley N° 55LEY SOBRE SUSTANCIAS, MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS

37700 resolución N° 40 MANEJO DE SUSTANCIAS, MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS

5305 Decretó N° 3219

CLASIFICACIÓN Y CONTROL DE LAS AGUAS Y VERTIDOS LÍQUIDOS (EFLUENTES) A LA CUENCA DEL LAGO DE VALENCIA

 Decreto 2216

NORMAS PARA EL MANEJO DE LOS DESECHOS SÓLIDOS DE ORIGEN DOMESTICO, COMERCIAL, INDUSTRIAL, O DE CUALQUIERA OTRA NATURALEZA QUE NO SEA PELIGROSO

4899   Decreto 638 NORMAS SOBRE LA CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES ATMOSFÉRICAS

4418   Decreto 2210 NORMAS TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE MATERIAL RADIACTIVO

5245   Decreto N° 2635 NORMAS PARA EL CONTROL DE LA RECUPERACIÓN DE MATERIALES PELIGROSOS Y EL MANEJO DE LOS DESECHOS PELIGROSOS

   Decreto 2217

RUIDO

Regulaciones ambientales que aplican en Venezuela

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Gobierno – Empresa - LOCTI

LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACIÓN

TITULO VI DE LA FORMACIÓN DEL TALENTO HUMANO

Artículo 42: A objeto del aporte que deben realizar los integrantes del Sistema

Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y las empresas, de acuerdo a lo

establecido en los artículos 34, 35, 36, 37 y 38 de la presente Ley, las siguientes

actividades serán consideradas por el órgano rector como inversión en ciencia,

tecnología, innovación y sus aplicaciones:

e) Formación del talento humano en normativa, técnicas, procesos y

procedimientos de calidad, relativos a las empresas nacionales.

Artículo 54. “El Ejecutivo Nacional promoverá y estimulará la formación y

capacitación del talento humano especializado en ciencia, tecnología e innovación,

para lo cual contribuirá con el fortalecimiento de los estudios de postgrado y de

otros programas de capacitación técnica y gerencial.”

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PROGRAMA DE SISTEMAS DE GESTION INTEGRADOS- CALIDAD-SEGURIDAD- AMBIENTE (PROSISGI-CSA).- ISO 9000:2000 Implantación de Sistemas de Calidad. - Introducción para el Desarrollo e implementación de la norma OHSAS 18000:99- Sistemas de Seguridad y Salud Ocupacional. - Sistemas de Gestión Ambiental: ISO 14000. - El Ambiente-Ecología Urbana y Espacios Naturales Protegidos. - El Desarrollo Sostenible y Estrategias de Clase Mundial para la Conservación del Ambiente. - Producción Limpia: Ecoeficiencia. - Problemática Ambiental en Venezuela y Marco Legal. - Herramientas para la Implementacion de Sistemas de Gestion Integrados: OHSAS 18000:99; ISO 14000; ISO 9001:2000.

Talleres de capacitación LOCTI en el área de calidad y ambiente

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FORMACION BASICA DE CALIDAD EN LAS ORGANIZACIONES- Cultura y Valores Organizacionales - Calidad de Servicio y Atención al Cliente - Introducción y Aplicación de la Norma ISO 9001:2000 - ISO 9000 Implantación de Sistemas de Calidad - Seis Sigma, orientada a la búsqueda de la Calidad de los Servicios ofrecidos por la Organización

PROGRAMA DE CALIDAD EN EMPRESAS MANUFACTURERAS (PROCEM)- Calidad en Áreas de Planta - 5S como filosofía de la Mejora Continua - El Kaizen (La Mejora Continua) - Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) - Reducción de Tiempo de Preparación (SMED) - Organización y Métodos de Trabajo - Control Estadístico de Procesos e Indicadores de Gestión - Lean Manufacturing - Optimización en el proceso de eliminación de desperdicios en las organizaciones, a través de la mejora continua

Talleres de capacitación LOCTI en el área de calidad y ambiente

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ObjetoLa referida normativa tiene como objeto formular planes y ejecutar acciones de manera conciente, concertada y planificada, entre los órganos y los entes del Estado y los particulares, para prevenir o evitar, mitigar o reducir el riesgo en una localidad o en una región ante eventos originados por la probabilidad de ocurrencia de fenómenos naturales o accidentes tecnológicos potenciados por la acción humana que puedan generar daños sobre la población y la calidad del ambiente.Esta ley estima todas las fases de una catástrofe y los procedimientos y acciones que deben ejecutarse en cada caso, desde la prevención y reducción de riesgos, hasta las fases de reconstrucción, rehabilitación o recuperación de bienes y personas.

Sujetos de la LeyLa Ley establece obligaciones para el Estado como ente garante de este tipo de acciones. En este sentido el Estado debe poner en práctica la Política Nacional de la Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y Tecnológicos, una serie de lineamientos dirigidos a evitar o disminuir los niveles de riesgos socionaturales y tecnológicos en todo el territorio nacional, y generar las capacidades para afrontar las emergencias y desastres, fomentando la incorporación activa de las instituciones privadas, así como la participación permanente de la comunidad.

Ley de Gestión de Riesgo Socionaturales y TecnológicosGaceta Oficial No. 39.095 del 09 de enero de 2009.

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Aspectos relevantes

Incorporación de la prevención de riesgos en la educación, cultura y participación popular . En tal sentido, el Estado, el sector privado y la comunidad, incluyendo los medios de comunicación, son corresponsables en lo que se refiere a la promoción y educación de aspectos de prevención y mitigación de riesgos, así como de preparación permanente, atención, rehabilitación y reconstrucción en casos de emergencias y desastres.

Obligatoriedad

El cumplimiento de la política nacional de gestión integral de riesgos socionaturales y tecnológicos constituye una obligación para las personas naturales y jurídicas, de carácter público o privado, conforme al principio de corresponsabilidad en el proceso de desarrollo sustentable de la Nación.

Ley de Gestión de Riesgo Socionaturales y TecnológicosGaceta Oficial No. 39.095 del 09 de enero de 2009.

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Gestión Ambiental en las Actividades Portuarias

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Gestión Ambiental en las Actividades Portuarias

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Dudas, Sugerencias o comentarios : [email protected], Sugerencias o comentarios : [email protected]

““Debemos elevar Debemos elevar significativamente el significativamente el promedio de nuestras promedio de nuestras

fortalezas para contribuir fortalezas para contribuir a la cultura de a la cultura de

investigación que el investigación que el trabajo universitario trabajo universitario

requiere y forjar así los requiere y forjar así los futuros emprendedores”futuros emprendedores”

Oscar José Suárez S.