Proposición sobre los requisitos de las ayudas al IBI

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PROPOSICIÓN GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA (UPyD) SOBRE LOS REQUISITOS PARA SER PERCEPTOR DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IBI En las instrucciones para la confección del expediente de Ordenanzas Fiscales para el año 2014 se hizo constar la posibilidad de realizar una convocatoria encaminada a la concesión de ayudas para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los titulares de primera vivienda en situación de desempleo, con el siguiente texto: “…en paralelo al expediente de modificación de ordenanzas fiscales, se articule un procedimiento de concesión de ayudas económicas que posibilite que las viviendas con todos sus residentes en paro no tengan que satisfacer el IBI, bajo los parámetros que se contendrán en su correspondiente regulación”. Dicha directriz derivaba inicialmente de la proposición de este grupo municipal, aprobada en el Pleno del 2 octubre de 2013, uno de cuyos puntos proponía: “Instar al Gobierno Municipal a establecer, respetando la legalidad vigente, una subvención a aquellas familias que se encuentren en situación de dificultad económica, según un baremo que regulara las distintas situaciones y cantidades a subvencionar”. En las conversaciones de los grupos municipales con el concejal de Hacienda, fue ratificado mayoritariamente el establecimiento de estas ayudas. Para garantizar la efectividad de este acuerdo, este grupo solicitó que se reflejara en los Presupuestos del Ayuntamiento para 2014 la dotación necesaria para hacer frente a estas ayudas. Así, se incluyó la aplicación 932.01.480.00, dotada con 50.000 euros. La convocatoria de dichas subvenciones apareció en el pasado mes de abril y en ella se contemplaba que dichas ayudas iban encaminadas a titulares de viviendas con valor catastral por debajo de la mediana. La exclusión de las viviendas con valor catastral por encima de la mediana es un criterio introducido por el Gobierno Municipal a la hora de hacer la convocatoria, que no se había contemplado en el debate del Pleno ni en las conversaciones de los grupos previas a la emisión del borrador de Ordenanzas Fiscales. Tampoco refleja la convocatoria la posibilidad de subvencionar en porcentajes inferiores al 100% de la cuota en función de las rentas de la unidad familiar, tal como se solicitaba en la proposición de UPyD, más arriba mencionada que instaba a establecer “una subvención a aquellas familias que se encuentren en situación de dificultad económica, según un baremo que regulara las distintas situaciones y cantidades a subvencionar”. Con los requisitos finalmente establecidos, se deja fuera a familias en las que pudiera trabajar un miembro con jornada parcial y tuviera unos ingresos claramente insuficientes, incluso menores a los de algunos parados. Finalmente, en la reunión de la Junta de Gobierno del 2 de julio pasado se aprobó la “proposición de la concejal delegada de Asuntos Sociales, Familia, Dependencia e Integración sobre la resolución de la convocatoria de ayudas sociales de carácter económico dirigidas a vecinos desempleados del municipio de Getafe para colaborar en sus gastos de vivienda habitual”. En el expediente puede comprobarse que se han concedido 25 ayudas, se han denegado 57 y no han sido admitidas cinco por estar solicitadas fuera de plazo. De las 57 denegadas, 32 (más de la mitad) lo han sido por tratarse de una vivienda con valor catastral por encima de la mediana. Este requisito ha provocado que la suma total de ayudas

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Proposición del Grupo Municipal de UPyD sobre los requisitos para ser receptor de las ayudas al pago del IBI

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PROPOSICIÓN

GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA (UPyD) SOBRE LOS REQUISITOS PARA SER PERCEPTOR DE AYUDAS

PARA EL PAGO DEL IBI En las instrucciones para la confección del expediente de Ordenanzas Fiscales para el año 2014 se hizo

constar la posibilidad de realizar una convocatoria encaminada a la concesión de ayudas para el pago del

Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los titulares de primera vivienda en situación de desempleo, con el

siguiente texto: “…en paralelo al expediente de modificación de ordenanzas fiscales, se articule un

procedimiento de concesión de ayudas económicas que posibilite que las viviendas con todos sus

residentes en paro no tengan que satisfacer el IBI, bajo los parámetros que se contendrán en su

correspondiente regulación”. Dicha directriz derivaba inicialmente de la proposición de este grupo

municipal, aprobada en el Pleno del 2 octubre de 2013, uno de cuyos puntos proponía: “Instar al

Gobierno Municipal a establecer, respetando la legalidad vigente, una subvención a aquellas familias

que se encuentren en situación de dificultad económica, según un baremo que regulara las distintas

situaciones y cantidades a subvencionar”. En las conversaciones de los grupos municipales con el

concejal de Hacienda, fue ratificado mayoritariamente el establecimiento de estas ayudas.

Para garantizar la efectividad de este acuerdo, este grupo solicitó que se reflejara en los Presupuestos

del Ayuntamiento para 2014 la dotación necesaria para hacer frente a estas ayudas. Así, se incluyó la

aplicación 932.01.480.00, dotada con 50.000 euros.

La convocatoria de dichas subvenciones apareció en el pasado mes de abril y en ella se contemplaba

que dichas ayudas iban encaminadas a titulares de viviendas con valor catastral por debajo de la

mediana. La exclusión de las viviendas con valor catastral por encima de la mediana es un criterio

introducido por el Gobierno Municipal a la hora de hacer la convocatoria, que no se había contemplado

en el debate del Pleno ni en las conversaciones de los grupos previas a la emisión del borrador de

Ordenanzas Fiscales. Tampoco refleja la convocatoria la posibilidad de subvencionar en porcentajes

inferiores al 100% de la cuota en función de las rentas de la unidad familiar, tal como se solicitaba en la

proposición de UPyD, más arriba mencionada que instaba a establecer “una subvención a aquellas

familias que se encuentren en situación de dificultad económica, según un baremo que regulara las

distintas situaciones y cantidades a subvencionar”. Con los requisitos finalmente establecidos, se deja

fuera a familias en las que pudiera trabajar un miembro con jornada parcial y tuviera unos ingresos

claramente insuficientes, incluso menores a los de algunos parados.

Finalmente, en la reunión de la Junta de Gobierno del 2 de julio pasado se aprobó la “proposición de la

concejal delegada de Asuntos Sociales, Familia, Dependencia e Integración sobre la resolución de la

convocatoria de ayudas sociales de carácter económico dirigidas a vecinos desempleados del municipio

de Getafe para colaborar en sus gastos de vivienda habitual”. En el expediente puede comprobarse que

se han concedido 25 ayudas, se han denegado 57 y no han sido admitidas cinco por estar solicitadas

fuera de plazo. De las 57 denegadas, 32 (más de la mitad) lo han sido por tratarse de una vivienda con

valor catastral por encima de la mediana. Este requisito ha provocado que la suma total de ayudas

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concedidas se quede muy por debajo de los 50.000 euros presupuestados, concretamente en 6.082,21

€, cantidad insignificante respecto al crédito aprobado.

El criterio de exclusión de las viviendas con valor catastral por encima de la mediana que ha utilizado el

Gobierno Municipal no tiene sentido si pensamos en la razón de ser de esta ayuda. La inmensa mayoría

de las viviendas con valor catastral superior a la mediana no pertenecen a personas de grandes recursos

económicos. Pensemos en que muchas de ellas están situadas en los nuevos barrios, pertenecen a

familias que aún están pagando las hipotecas y son jóvenes en su mayoría; por tanto, sin grandes

recursos ni capacidad de ahorro.

Por lo expuesto el Grupo Municipal de UPyD propone al Pleno de la Corporación la adopción del

siguiente acuerdo:

- Instar al Gobierno Municipal a modificar los requisitos para ser beneficiario en la convocatoria de

ayudas para el pago del IBI del próximo ejercicio 2015, respecto a la de 2014, en el siguiente sentido:

1.- No establecer exclusiones en función del valor catastral de los inmuebles sino que estén

comprendidas tanto las viviendas que están por encima como las que están por debajo de la

mediana.

2.- Incluir como beneficiarios de las mismas a perceptores de rentas del trabajo de escasa

cuantía, según un baremo que podría contemplar distintos porcentajes sobre la cuota.

Getafe, 16 de julio de 2014

Esperanza Fernández Acedo

Portavoz del Grupo Municipal de UPyD