promesa de venta

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NUMERO: TRES (3). En el municipio y departamento de San Marcos, el veintitrés de abril del año dos mil dieciséis. ANTE MI: Helen Yexeni González, Notaria, comparecen: por una parte la señora HERLINDA CATALINA PALMA ORELLANA, de sesenta y ocho años de edad, soltera, guatemalteca, ama de casa, de éste domicilio, quien se identifica con el documento personal de identificación con Código Único de Identificación un mil ochocientos nueve espacio cero seis cuarenta y tres espacio cero ciento uno , extendido por el Registro Nacional de las Personas, con Número de Identificación Tributaria (NIT) siete millones novecientos sesenta mil novecientos veintitrés guión seis (7960923-6); por la otra parte el señor MELCHOR CRISOSTOMO GUERRA GALINDO , de cuarenta y ocho años de edad, casado, guatemalteco, perito contador, de éste domicilio, se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación un mil novecientos ochenta y uno espacio cero cinco mil dos cientos catorce espacio cero ciento uno, extendido por el Registro Nacional de las Personas, con Número de Identificación Tributaria (NIT) siete millones setecientos sesenta mil ochenta y cuatro guión tres (7760084-3). Los comparecientes me aseguran ser de los datos de identificación personal anotados, hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y por el presente instrumento otorgan CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA, de conformidad con las cláusulas escriturarias siguientes:

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NUMERO: TRES (3). En el municipio y departamento de San Marcos, el veintitrés de abril del año

dos mil dieciséis. ANTE MI: Helen Yexeni González, Notaria, comparecen: por una parte la señora

HERLINDA CATALINA PALMA ORELLANA, de sesenta y ocho años de edad, soltera,

guatemalteca, ama de casa, de éste domicilio, quien se identifica con el documento personal de

identificación con Código Único de Identificación un mil ochocientos nueve espacio cero seis

cuarenta y tres espacio cero ciento uno , extendido por el Registro Nacional de las Personas, con

Número de Identificación Tributaria (NIT) siete millones novecientos sesenta mil novecientos

veintitrés guión seis (7960923-6); por la otra parte el señor MELCHOR CRISOSTOMO GUERRA

GALINDO , de cuarenta y ocho años de edad, casado, guatemalteco, perito contador, de éste

domicilio, se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de

Identificación un mil novecientos ochenta y uno espacio cero cinco mil dos cientos catorce espacio

cero ciento uno, extendido por el Registro Nacional de las Personas, con Número de Identificación

Tributaria (NIT) siete millones setecientos sesenta mil ochenta y cuatro guión tres (7760084-3). Los

comparecientes me aseguran ser de los datos de identificación personal anotados, hallarse en el

libre ejercicio de sus derechos civiles y por el presente instrumento otorgan CONTRATO DE

PROMESA DE COMPRAVENTA, de conformidad con las cláusulas escriturarias siguientes:

PRIMERA: (Antecedentes) Manifiesta la señora HERLINDA CATALINA PALMA ORELLANA que es

propietaria de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad al número Dos mil quinientos

once, folio ciento ochenta y cinco, del libro trescientos cincuenta del departamento de Guatemala,

consistente en el inmueble ubicado en la sexta avenida uno guión cuarenta y cinco , zona uno de

esta ciudad, con el área, medidas y colindancias que le aparecen en su respectiva inscripción de

dominio, el cual cuenta con sus respectivos servicios de agua municipal con título número once mil

quinientos doce y registro número veinte mil ochocientos; energía eléctrica con su respectivo

contador. SEGUNDA: (Estipulación) Declara la señora HERLINDA CATALINA PALMA ORELLANA

que en este instrumento se denominará simple e indistintamente como “la promitente vendedora”,

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que promete en venta al señor MELCHOR CRISOSTOMO GUERRA GALINDO, a quién en este

instrumento se denominará simple e indistintamente como “el promitente comprador”, el inmueble

identificado en la cláusula anterior. En la promesa se incluyetodo lo que de hecho y por derecho le

corresponde al mismo. Declaran los contratantes, que la presente promesa de venta queda sujeta a

las estipulaciones siguientes: A. PLAZO. El plazo de la promesa para otorgar la escritura traslativa

de dominio es de dos meses, contado a partir de la fecha de este instrumento. B: PRECIO. El precio

del inmueble prometido en venta es de CINCUENTA MIL QUETZALES EXACTOS (Q.50, 000.00).

C: ARRAS. La promitente compradora entrega en calidad de arras para garantizar el cumplimiento

del presente contrato, la cantidad de DIEZ MIL QUETZALES. D. ESCRITURACIÓN. Al vencimiento

del plazo de la presente promesa se otorgará la escritura traslativa de dominio y se pagará el precio

del inmueble abonando la cantidad entregada como arras. E.LUGAR DE PAGO. Se fija como lugar

de pago, sin necesidad de cobro ni requerimiento alguno, la residencia de la Promitente vendedora

ubicada en la segunda calle diez guión veinte, zona uno de esta ciudad. F. GRAVÁMENES. La

promitente vendedora hace constar de manera expresa que sobre el inmueble prometido en venta,

no existen gravámenes, anotaciones y limitaciones que puedan afectar los derechos de “el

promitente comprador”. El Notario le advirtió a la promitente vendedora de las responsabilidades en

que incurre si lo declarado no fuere cierto, obligándose a otorgar laescritura traslativa de dominio

libre de gravámenes, anotaciones y limitaciones. G. INCUMPLIMIENTO. Convienen los otorgantes

que en caso de incumplimiento de la promitente vendedora a otorgar la escritura traslativa de

dominio llegado el plazo convenido, se podrá acudir ante Juez competente para que en su rebeldía

otorgue la escritura de compraventa correspondiente. En caso de incumplimiento de “el promitente

comprador” a celebrar el contrato, perderá la cantidad que entregó en calidad de arras, quedando

resuelto el presente contrato. TERCERA. (Otorgamiento) El señor MELCHOR CRISOSTOMO

GUERRA GALINDO declara que en los términos relacionados, acepta la promesa de venta que se

le hace. Los otorgantes aceptan en su totalidad el presente contrato. Yo la Notaria, doy fe de haber

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tenido a la vista el título de propiedad del inmueble prometido en venta que consiste en Certificación

emitida por el Registro General de la Propiedad el dos de febrero del presente año; y el título de

agua municipal ya antes identificado. Leí íntegramente lo escrito a los otorgantes por su designación

y bien impuestos de su contenido, objeto, validez, efectos legales y de lo relativo a la obligación de

registrar el testimonio de esta escritura en el Registro de la Propiedad, lo ratifican, aceptan y firman

juntamente con el Notario autorizante. Doy fe.