Prologo de Introducción al Estudio del Derecho

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Alumno: Mario Solís Martínez Profesor: Oscar Barragán Albarrán El origen exacto del derecho es incierto, es posible que el derecho se haya originado durante las primeras sociedades bárbaras, donde existían ciertas normas de convivencia y religiosas que regían la vida de nuestros ancestros. Es difícil saber en qué punto de la prehistoria se origina, pero se tienen ciertos indicios de sistemas jurídicos arcaicos en el neolítico. Estos sistemas evolucionan en lo que sé que conoce como Ley del Talión, el antecedente más antiguo de una norma jurídica establecida y que se regía bajo el principio de la reparación del daño y la regulación de los actos de venganza. Esta norma, más tarde evolucionaria en sistema de justicia más antiguo del que se tiene precedente: El sistema babilónico contenido en el código de Hammurabi. El código de Hammurabi es el primer compilado de esta naturaleza en contener la regulación de la vida en sociedad. Estas leyes, al igual que sucede con casi todos los códigos en la Antigüedad, son consideradas de origen divino, como representa la imagen tallada en lo alto de la estela, donde el dios Shamash, el dios de la Justicia, entrega las leyes al rey Hammurabi. De hecho, anteriormente la administración de justicia recaía en los sacerdotes, que a partir de Hammurabi pierden este poder. Facultad de Estudios Superiores Aragón El origen del las leyes y el derecho.

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Eduardo Garcia Maynez

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Alumno: Mario Solís Martínez Profesor: Oscar Barragán Albarrán

El origen exacto del derecho es incierto, es posible que el derecho se haya originado durante las primeras sociedades bárbaras, donde existían ciertas normas de convivencia y religiosas que regían la vida de nuestros ancestros.Es difícil saber en qué punto de la prehistoria se origina, pero se tienen ciertos indicios de sistemas jurídicos arcaicos en el neolítico. Estos sistemas evolucionan en lo que sé que conoce como Ley del Talión, el antecedente más antiguo de una norma jurídica establecida y que se regía bajo el principio de la reparación del daño y la regulación de los actos de venganza.Esta norma, más tarde evolucionaria en sistema de justicia más antiguo del que se tiene precedente: El sistema babilónico contenido en el código de Hammurabi.El código de Hammurabi es el primer compilado de esta naturaleza en contener la regulación de la vida en sociedad. Estas leyes, al igual que sucede con casi todos los códigos en la Antigüedad, son consideradas de origen divino, como representa la imagen tallada en lo alto de la estela, donde el dios Shamash, el dios de la Justicia, entrega las leyes al rey Hammurabi. De hecho, anteriormente la administración de justicia recaía en los sacerdotes, que a partir de Hammurabi pierden este poder.

Las leyes del Código de Hammurabi (numeradas del 1 al 282, aunque faltan los números 66–99 y 110–111) están escritas en babilonio antiguo y fijan diversas reglas de la vida cotidiana. Norman particularmente:

La jerarquización de la sociedad: existen tres grupos, los hombres libres o "awilum", los "mushkenum" (quienes se especula podrían ser siervos o subalternos) y los esclavos o "wardum".

Los precios: los honorarios de los médicos varían según se atienda a un hombre libre o a un esclavo.

Los salarios: varían según la naturaleza de los trabajos realizados.

Facultad de Estudios Superiores Aragón

El origen del las leyes y el derecho.

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La responsabilidad profesional: un arquitecto que haya construido una casa que se desplome sobre sus ocupantes y les haya causado la muerte es condenado a la pena de muerte.

El funcionamiento judicial: la justicia la imparten los tribunales y se puede apelar al rey; los fallos se deben plasmar por escrito.

Las penas: aparece inscrita una escala de penas según los delitos y crímenes cometidos. La base de esta escala es la Ley del Talión.

Se tratan también el robo, la actividad agrícola (o pecuaria), el daño a la propiedad, los derechos de la mujer, los derechos en el matrimonio, los derechos de los menores, los derechos de los esclavos, homicidio, muerte y lesiones. El castigo varía según el tipo de delincuente y de víctima.

Las leyes no admiten excusas ni explicaciones en caso de errores o faltas; el Código se ponía a la vista de todos, de modo que nadie pudiera alegar ignorancia de la ley como pretexto. Cabe recordar, sin embargo, que eran pocos (escribas en su mayoría) los que sabían leer y escribir en aquella época.

En el código no se distingue entre derecho civil y penal, es decir, se dan leyes que regulan los asuntos de la vida cotidiana y leyes que castigan los delitos. Se regulan el comercio, el trabajo asalariado, los préstamos, los alquileres, las herencias, los divorcios, la propiedad, las penas por delitos de robo, asesinato, etc. El texto del código también nos sirve para saber cuáles eran los delitos más frecuentes en la época, pues un delito previsto será un hecho que acontece con relativa frecuencia. En las penas aplicadas a cada delito se distingue si hay intencionalidad o no, y cuál es la "categoría de la víctima y la del agresor". Así la pena es mayor si se ha hecho adrede y menor si ha sido un accidente; mayor si la víctima es un hombre libre menor si es un esclavo. La mayoría de las penas que aparecen en el código son pecuniarias (multas), aunque también existe pena de mutilación e incluso pena de muerte. En algunos casos la ley opta por aplicar talión, es decir, hacer al agresor lo mismo que él hizo a su víctima siempre que ambos agresores sean parte de la misma "categoría".

Por otra parte podemos tomar la perspectiva canónica del origen del derecho, este recayendo en dios y originándose con Adán y Eva.

Alberto Villanueva abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú, en su artículo “El juicio a Adán, a Eva y a la serpiente, el primer juicio de la Biblia” nos da el claro ejemplo, que si tomamos el canon de la biblia como el origen de los tiempos, el derecho surge al mismo tiempo que el ser humano. Como lo enumera Villanueva, los sucesos que emanan el derecho en el canon de la biblia son:

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1. La norma penal previa: "16 Y le dio esta orden: «Puedes comer de todos los árboles que hay en el jardín, 17 exceptuando únicamente el árbol del conocimiento del bien y del mal. De él no deberás comer, porque el día que lo hagas quedarás sujeto a la muerte»" (Génesis 2: 16-17 Biblia Digital Librería Vaticano).

2. El iter criminis (el camino del delito) que lleva a la comisión de la infracción penal: La serpiente que seduce a la mujer, quien come el fruto y le da al hombre (esto se desarrolla en el capítulo 3 del Génesis).

3. El juicio y el ejercicio del derecho de defensa: Dios pregunta al hombre y a la mujer sobre qué había pasado dándoles así la oportunidad de defenderse.

4. La aplicación de la pena: Como estaba en la norma penal previa, Dios expulsa al hombre y a la mujer del Edén y les impone otras sanciones accesorias. La expulsión del Edén equivalía a la muerte para el hombre y mujer. "Entonces expulsó al hombre del jardín de Edén, para que trabajara la tierra de la que había sido sacado." (Génesis 3: 23 Biblia Digital Librería Vaticano).

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