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PROCURADURIA GENERAL DE U NACION 17 SEP 2019 RESOLUCION No. 5 4 g Por medio de la cual se ordena la apertura de la Selection Abreviada de Menor Cuantia No. 12 de 2019 EL SECRETARIO GENERAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION En ejercicio de las facultades conferidas mediante Resolution No. 200 del 17 de mayo de 2017, expedida por el senor Procurador General de la Nacion, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, articulo 12, en el Decreto 2150 de 1995, articulo 37, en cumplimiento de lo consagrado en el Decreto 1082 de 2015 articulo 2.2.1.1.2.1.5. y, CONSIDERANDO: 1. Que el Decreto Ley 262 de 2000 "Por el cual se modifican la estructura y la organizacidn de la Procuraduria General de la Nacion y del Instituto de Estudios del Ministerio Publico; el regimen de competencias intemo de la Procuraduria General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el regimen de carrera de la Procuraduria General de la Nacion, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrates a las que se encuentren sujetos", establece en su articulo 62, numerales 1 y 3 que la Secretaria General tiene, entre otras, las siguientes funciones: 1. Disehar planes y programas de desarrollo humano tendientes a garantizar un ambiente laboral adecuado. (Resaltado fuera del texto) (...) Dirigir y coordinar las actividades tendientes a prestar el soporte administrativo, humano y financiero que requiera la entidad". 2. Que en concordancia con lo anterior, el articulo 259, numeral 4 ibidem consagra: "Articulo 259. OBJETIVOS. Los programas de bienestar social deben contribuir al logro de los siguientes objetivos: (...) 4) Velar porque los programas y servicios sociales que prestan los organismos especializados de proteccidn y prevision social a los empleados y a su grupo familiar sean idoneos y respondan a la calidad exigida por la entidad. cuando estos sean prestados por terceras personas. Asi mismo, propender por el acceso efectivo a ellos y por el cumplimiento de las normas y procedimientos relativos a la seguridad social y a la salud ocupacional". (Subrayado y negrilla fuera del texto) 3. Que asi mismo, el Procurador General de la Nacion, a traves de la Resolution No. 310 del 1 de agosto de 2013 "Por el medio de la cual se crea el Grupo encargado del Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Procuraduria General de la Nacion y se dictan otras disposiciones", senalo en el articulo 3, lo siguiente: "ARTICULO 3°- FUNCIONES. El Grupo tendra las siguientes funciones: 1. Disenar, programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y velar por la implementation y actualization de los programas y actividades de medicina preventiva, medicina del trabajo, de higiene y seguridad industrial que adopte la Entidad. 2. Hacer seguimiento permanente y monitorear las situaciones que se presenten en materia de accidentes de trabajo y enfermedades ocasionadas por las condiciones laborales. 3. Desarrollar y dar cumplimiento a las disposiciones legates existentes sobre las materias propias de su competencia. 4. Las demas que por su naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legates vigentes, y las que le sean asignadas por el Procurador General de la Nacidn y la Secretaria General." 4. Que al respecto, el articulo 24 del Decreto 614 de 1984, "Por el cual se determinan las bases para la organizacidn y administration de Salud Ocupacional en el pais", establecio como responsabilidad del empleador la de ejecutar un programa permanente de salud ocupacional, el cual, a partir de la Ley 1562 de 2012, "Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacionaf', es conocido como Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). 1 5. Que el Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) busca establecer las actividades de promotion y prevention tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la poblacion trabajadora, protegiendola contra los riesgos derivados de la organization del trabajo que puedan afectar la salud individual y colectiva. ' Posteriormente. mediante el Decreto 1443 de 2014, se dictaron disposiciones para la implementacidn del Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, norma que fue compilada en el Decreto 1072 de 2015, "por medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del .Spntor Trahain" °

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PROCURADURIA GENERAL DE U NACION

1 7 S E P 2 0 1 9 RESOLUCION No. 5 4 g

Por medio de la cual se ordena la apertura de la Selection Abreviada de Menor Cuantia No. 12 de 2019

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

En ejercicio de las facultades conferidas mediante Resolution No. 200 del 17 de mayo de 2017, expedida por el senor Procurador General de la Nacion, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, articulo 12, en el Decreto 2150 de 1995, articulo 37, en cumplimiento de lo consagrado en el Decreto 1082 de 2015 articulo 2.2.1.1.2.1.5. y,

C O N S I D E R A N D O :

1. Que el Decreto Ley 262 de 2000 "Por el cual se modifican la estructura y la organizacidn de la Procuraduria General de la Nacion y del Instituto de Estudios del Ministerio Publico; el regimen de competencias intemo de la Procuraduria General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el regimen de carrera de la Procuraduria General de la Nacion, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrates a las que se encuentren sujetos", establece en su articulo 62, numerales 1 y 3 que la Secretaria General tiene, entre otras, las siguientes funciones:

1. Disehar planes y programas de desarrollo humano tendientes a garantizar un ambiente laboral adecuado. (Resaltado fuera del texto)

(...) Dirigir y coordinar las actividades tendientes a prestar el soporte administrativo, humano y financiero que requiera la entidad".

2. Que en concordancia con lo anterior, el articulo 259, numeral 4 ibidem consagra:

"Articulo 259. OBJETIVOS. Los programas de bienestar social deben contribuir al logro de los siguientes objetivos: (...) 4) Velar porque los programas y servicios sociales que prestan los organismos especializados de proteccidn y prevision social a los empleados y a su grupo familiar sean idoneos y respondan a la calidad exigida por la entidad. cuando estos sean prestados por terceras personas. Asi mismo, propender por el acceso efectivo a ellos y por el cumplimiento de las normas y procedimientos relativos a la seguridad social y a la salud ocupacional". (Subrayado y negrilla fuera del texto)

3. Que asi mismo, el Procurador General de la Nacion, a traves de la Resolution No. 310 del 1 de agosto de 2013 "Por el medio de la cual se crea el Grupo encargado del Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Procuraduria General de la Nacion y se dictan otras disposiciones", senalo en el articulo 3, lo siguiente:

"ARTICULO 3°- FUNCIONES. El Grupo tendra las siguientes funciones:

1. Disenar, programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y velar por la implementation y actualization de los programas y actividades de medicina preventiva, medicina del trabajo, de higiene y seguridad industrial que adopte la Entidad.

2. Hacer seguimiento permanente y monitorear las situaciones que se presenten en materia de accidentes de trabajo y enfermedades ocasionadas por las condiciones laborales.

3. Desarrollar y dar cumplimiento a las disposiciones legates existentes sobre las materias propias de su competencia.

4. Las demas que por su naturaleza le correspondan en virtud de las disposiciones legates vigentes, y las que le sean asignadas por el Procurador General de la Nacidn y la Secretaria General."

4. Que al respecto, el articulo 24 del Decreto 614 de 1984, "Por el cual se determinan las bases para la organizacidn y administration de Salud Ocupacional en el pais", establecio como responsabilidad del empleador la de ejecutar un programa permanente de salud ocupacional, el cual, a partir de la Ley 1562 de 2012, "Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacionaf', es conocido como Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).1

5. Que el Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) busca establecer las actividades de promotion y prevention tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la poblacion trabajadora, protegiendola contra los riesgos derivados de la organization del trabajo que puedan afectar la salud individual y colectiva.

' Posteriormente. mediante el Decreto 1443 de 2014, se dictaron disposiciones para la implementacidn del Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, norma que fue compilada en el Decreto 1072 de 2015, "por medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del .Spntor Trahain" °

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6. Que el SG-SST utiliza como estrategia el metodo epidemiologico2 para la vigilancia de los factores de riesgo. En este sentido, el Decreto 1072 de 2015, articulo 2.2.4.6.24, Paragrafo 3°, dispone "El empleador debe desarrollar acciones de vigilancia de la salud de los trabajadores mediante las evaluaciones medicas de ingreso, periddicas, retiro y los programas de vigilancia epidemioldgica, con el proposito de identificar precozmente efectos hacia la salud derivados de los ambientes de trabajo y evaluarla eficacia de las medidas de prevention y controf.

7. Que en este orden de ideas, la Resolucion No. 2646 de 2008 del Ministerio de la Proteccion Social, "Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificacidn, evaluation, prevention, inteivencion y monitoreo permanente de la exposicidn a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determination del origen de las patologias causadas por el estres ocupacionaf', dispone: "Articulo 10, Instrumentos para la evaluation de los factores psicosociales. Los factores psicosociales deben ser evaluados objetiva y subjetivamente, utilizando los instrumentos que para el efecto hayan sido validados en ei pais".

8. Que para facilitar el proceso de implementacion de un sistema de prevencion en materia de riesgos psicosociales, la Direccion General de Riesgos Laborales del Ministerio de Trabajo contrato un estudio con la Universidad Javeriana. El resultado de esa investigation es una bateria de instrumentos validos y confiables para identificar, evaluar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, publicada y aprobada por el Ministerio de la Proteccion Social en junio de 2010. El programa de vigilancia epidemiologica de Riesgo Psicosocial, tiene como insumo principal los resultados de la bateria de instrumentos para la evaluacion de factores de riesgo psicosocial, ya que este instrumento de autoria del Ministerio de la Proteccion Social (Hoy Ministerio del Trabajo), es actualmente el unico instrumento avalado para dar cumplimiento al mencionado articulo; segun lo establecido en la Resolucion 2404 de 2019 "Por la cual se adopta la Bateria de Instrumentos para la Evaluacidn de Factores de Riesgo Psicosocial, la Guia Tecnica General para la Promotion, Prevention e Intervention de los Factores Psicosociales y sus Efectos en la Poblacion Trabajadora y sus Protocolos Especificos y se dictan otras disposiciones".

9. Que dentro de los factores psicosociales a identificar y evaluar se incluyen aspectos intralaborales, extralaborales e individuales. Los primeros se refieren a las circunstancias en las cuales se desarrolla el trabajo. Los segundos, al estilo y calidad de vida de los trabajadores, fuera del ambito laboral. Los aspectos individuales, por su parte, hacen alusion a las caracteristicas psicosociales de cada trabajador en particular, y cada uno de ellos, a su vez, incluye una serie de variables o dimensiones que constituyen factores potenciales de riesgo. Los factores en la bateria para evaluar el riesgo psicosocial, son: (...)

10. Que todos estos elementos son los factores a tener en cuenta para la identification de los riesgos, el seguimiento, control, evaluacion y mejoramiento del componente psicosocial.

11. Que la funcion principal de la bateria de instrumentos para la evaluacion de factores de riesgo psicosocial es la de mejorar la calidad de los procesos de evaluacion del riesgo psicosocial, de modo que se puedan elaborar planes y programas mejor focalizados.

12. Que el objetivo que se persigue es el de establecer si hay o no riesgos psicosociales, tanto en el piano intralaboral, extralaboral e individual, y determinar que nivel alcanzan. Los niveles son: sin riesgo o riesgo despreciable, riesgo medio, riesgo alto o riesgo muy alto.

13. Que la bateria para evaluar el riesgo psicosocial esta compuesta por ocho instrumentos, conformados por una ficha, cuatro cuestionarios y tres guias, asi:

1. Ficha de datos generates (informacion socio-demografica e informacion ocupacional del trabajador) 2. Cuestionario de factores de riesgo psicosocial intralaboral para jefes y directivos 3. Cuestionario de factores de riesgo psicosocial intralaboral para profesionales, tecnicos y operarios 4. Cuestionario de factores de riesgo psicosocial extralaboral 5. Cuestionario para la evaluacion del estres 6. Guia para analisis psicosocial de puestos de trabajo 7. Guia para entrevistas semiestructuradas 8. Guia para grupos focales3

14. Que de dichos instrumentos se aplicaran la ficha y los cuatro cuestionarios los cuales deben ser utilizados exactamente de la manera como esta definido en el manual que el Ministerio de Trabajo elaboro para este

2 Es vigilancia de la salud en el trabajo o vigilancia epidemiologica de la salud en el trabajo 3 Manual General de la bateria de evaluacion de factores psicosociales del Ministerio del Trabajo.

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efecto4. De igual modo, la aplicacion de estos instrumentos debe ser llevada a cabo por expertos, es decir, psicologos con posgrado en salud ocupacional, con licencia vigente para la prestacion de servicios en psicologia ocupacional, tal como lo consagra la Resolution No. 2646 de 2008, la cual establece que, experto es un: "psicologo con posgrado en salud ocupacional, con licencia vigente de prestacion de servicios en psicologia ocupacionaf. Si en un departamento no existe un psicologo que cumpla estrictamente con este perfil, la norma senala que se podra considerar experto el psicologo que tenga "minimo 100 horas de capacitacion especifica en factores psicosociales, mientras subsist a dicha situation".

15. Que toda la informacion acopiada a traves de este proceso es estrictamente confidencial. El psicologo encargado debe ajustarse a los principios eticos consignados en el Codigo Internacional de Etica para los Profesionales de la Salud Ocupacional, el Codigo deontologico y bioetico para el ejercicio de la profesion de psicologia y la Ley 1090 de 2006.

16. Que todos los instrumentos de la bateria y sus instrucciones de uso se encuentran en la pagina del Fondo de Riesgos Laborales www.fondoriesgoslaborales.gov.co

17. Que visto lo anterior y en virtud a que en la PGN hasta la fecha no se ha adelantado esta identification de factores de riesgo psicosocial, se hace necesario adelantar un proceso de contratacion para seleccionar a un contratista que aplique la bateria de instrumentos para la evaluation de factores de riesgo psicosocial, a los funcionarios de la Procuraduria General de la Nacion a nivel nacional (incluido Bogota), realice el analisis e interpretation de los resultados y genere los informes correspondientes, teniendo en cuenta la importancia de garantizar que dichos resultados sean seguros y confiables.

18. Que en consideration de lo anterior, y teniendo en cuenta que las actividades que requiere adelantar la Procuraduria General de la Nacion con la presente contratacion, no corresponden a las funciones propias de la misma; que para ejercer dicha actividad se requiere de un equipo minimo de profesionales en psicologia con posgrado en salud ocupacional y licencia vigente de prestacion de servicios en psicologia ocupacional y, que la Entidad no cuenta con la infraestructura necesaria para la aplicacion y correspondiente tabulation de los instrumentos contenidos en la bateria de diagnostico de riesgo psicosocial en todo el territorio nacional, se hace necesario contratar con un tercero, la prestacion del servicio descrito.

19. Que al respecto el Jefe de la Division de Gestion Humana de la PGN mediante certificaciones de 26 de agosto y 4 de septiembre de 2019, senalo: "Que una vez verificado el "Manual especifico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal de la Procuraduria General de la Nacion y del Instituto de Estudios del Ministerio Publico", las actividades para desarrollar los productos esperados por el Grupo de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el marco de la ejecucion del objeto contractual planteado para las cuales se requiere contratar la prestation del servicio, no pueden ser atendidas por personal del planta de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artlculo 2.8.4.4.5 del Decreto N° 1068 del 26 de mayo de 2015 "Condiciones para contratar la prestation de servicios. Los contratos de prestation de servicios con personas naturales o juridicas, solo se podran celebrar cuando no exista personal de planta con capacidad para realizar las actividades que se contrataran. Se entiende que no existe personal de planta en el respectivo organismo, entidad, ente publico o persona juridica, es imposible atender la actividad con personal de planta, porque de acuerdo con los manuales especificos, no existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestation del servicio (...)", de acuerdo con la siguiente informacion suministrada (•••)"

20. Que con el fin de satisfacer la necesidad antes manifestada, el 5 de septiembre de 2019 el Grupo de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo, elaboro los estudios previos de la contratacion, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, articulo 25, numerales 7 y 12, modificado por el articulo 87 de la Ley 1474 de 2011, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1882 de 2018 y el Decreto 1082 de 2015, articulo 2.2.1.1.2.1 1.

21. Que en los estudios previos se definio como presupuesto oficial para atender la contratacion la suma de TRESCIENTOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS M/CTE. ($311,428,909), incluidos impuestos, tasas, contribuciones y deducciones que apliquen, respaldado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 27219 de 7 de mayo de 2019, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecucion Presupuestal de la Division Financiera.

22. Que la necesidad esta contemplada en el Plan Anual de Adquisiciones 2019 de la Entidad, de conformidad con el Certificado de Existencia No. 2019-130 de 7 de mayo de 2019, expedido por el Administrador de dicho Plan.

No se utilizaran los instrumentos descritos en las guias (numeral 6, 7 y 8), por cuanto son complementarios y no afectan el diagnostico de factores de riesgo psicosocial que la Procuraduria pretende contratar

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23. Que en desarrollo de lo previsto en la Ley 80 de 1993 y el literal b) del numeral 2 de la Ley 1150 de 2007 y teniendo en cuenta la necesidad que se pretende satisfacer, la escogencia del contratista se efectuara a traves de la modalidad de Seleccion Abreviada de Menor Cuantia, conforme a lo establecido en el articulo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015, dado que la aplicacion de la bateria de instrumentos para la evaluation de factores de riesgo psicosocial, incluyendo el analisis e interpretation de los resultados y la generation de los informes, responde a una necesidad propia de la Procuraduria, cuyo objeto es complejo y conlleva la realization de varias actividades y que el presupuesto asignado para la contratacion corresponde a la suma TRESCIENTOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS ($311,428,909) M/CTE., incluidos los impuestos, tasas, contribuciones y deducciones que apliquen, monto que no supera la menor cuantia de contratacion de la Entidad, equivalente a QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS PESOS M/CTE. ($538,275,400), de acuerdo con el presupuesto de la Procuraduria General de la Nacion para el ano 2019.

24. Que de conformidad con lo estipulado por el Decreto 1082 de 2015, articulo 2.2.1.1.2.1.4., el aviso de convocatoria, los estudios y documentos previos y el proyecto de pliego de condiciones de la seleccion abreviada de menor cuantia No. 12 de 2019 junto con sus anexos, se publicaron desde el 5 de septiembre de 2019 en el Portal Unico de Contratacion - Secop I y en la pagina Web de la Entidad.

25. Que dentro del termino de publicidad del proyecto de pliego de condiciones de la seleccion abreviada de menor cuantia No. 12 de 2019, se presentaron observaciones a su contenido frente a las cuales la Entidad emitio un documento de respuesta, publicado en las paginas web de la entidad y del Secop I.

26. Que de conformidad con lo consagrado en el Decreto 1082 de 2015, articulo 2.2.1.2.4.2.2, la presente convocatoria se podia limitar a Mipymes siguiendo las reglas del citado articulo. Sin embargo, como la Entidad solo recibio dos (2) manifestaciones en tal sentido, no se cumplieron los requisitos establecidos en dicho articulo, por lo que la presente convocatoria no sera objeto de limitacion a Mipymes.

27. Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, articulo 2.2.1.1.2.1.5., la Entidad mediante acto administrativo motivado ordenara la apertura del proceso de seleccion que se desarrolle a traves de seleccion abreviada de menor cuantia.

28. Que la funcion anterior fue delegada en la Secretaria General de la Procuraduria General de la Nacion, a traves de la Resolution No. 200 del 17 de mayo de 2017.

29. En merito de lo expuesto, este Despacho

R E S U E L V E:

ARTICULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la Seleccion Abreviada de Menor Cuantia No 12 de 2019, cuyo objeto consiste en PRESTAR EL SERVICIO CORRESPONDIENTE PARA "APLICAR LA BATERIA DE INSTRUMENTOS PARA LA EVALUACION DE FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL, A LOS FUNCIONARIOS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION A NIVEL NACIONAL, INCLUYENDO EL ANALISIS E INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS Y LA GENERACION DE LOS INFORMES CORRESPONDIENTES" de conformidad con las especificaciones, caracteristicas y condiciones senaladas en el respectivo pliego de condiciones y sus anexos.

ARTICULO SEGUNDO: Para dar cumplimiento al objeto de la Seleccion Abreviada de Menor Cuantia No. 12 de 2019, la Entidad cuenta con un presupuesto oficial de TRESCIENTOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS M/CTE. ($311,428,909), incluidos los impuestos, tasas, contribuciones y deducciones que apliquen, amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 27219 de 7 de mayo de 2019, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecucion Presupuestal de la Division Financiera.

La necesidad esta contemplada en el Plan Anual de Adquisiciones 2019 de la Entidad, de conformidad con el Certificado de Existencia No. 2019-130 de 7 de mayo de 2019, expedido por el Administrador de dicho Plan.

ARTICULO TERCERO: Disponer el siguiente cronograma para el procedimiento de la Seleccion Abreviada de Menor Cuantia No. 12 de 2019:

ACTUACION FECHA Publication aviso de convocatoria, proyecto de pliego de condiciones y estudios previos en las paginas Web del Portal Unico de Contratacion yfde la Procuraduria General de la Nacion

5 de septiembre de 2019

Observaciones al proyecto de pliego de condiciones y solicitudes de limitacion a Mipymes

6 al 12 de septiembre de 2019

Publication del documento que contiene las apreciaciones de la Entidad 17 de septiembre de 2019

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Por medio de la cual se ordena la apertura de la Selection Abreviada de Menor Cuantia No. 12 de 2019

sobre las observaciones presentadas Publicacion de la resolucion de apertura y del pliego de condiciones 17 de septiembre de 2019

Plazo de la Selection Abreviada de Menor Cuantia Apertura: 17 de septiembre de 2019

Plazo de la Selection Abreviada de Menor Cuantia Cierre 24 de septiembre de 2019, a las 10:00 a m en la Division Administrativa - sala de audiencias - carrera 5 No 15-80 piso 3, Bogota, D C

Plazo maximo para presentar solicitudes de aclaracion y observaciones al pliego

20 de septiembre de 2019

Plazo maximo para expedir adendas y aclaraciones 23 de septiembre de 2019 Lugar y fecha limite para presentar ofertas 24 de septiembre de 2019, a las 10:00 a m. en la Division

Administrativa - sala de audiencias - carrera 5 No. 15-80 piso 3, Bogota, D C

Periodo de verification de los requisitos habilitantes y evaluation de las ofertas

24 a 26 de septiembre de 2019

Plazo para presentar documentos y aclaraciones solicitadas por los comites verificadores y evaluadores

24 a 26 de septiembre de 2019

Publicidad informes de verification y evaluation y formulation de observaciones por parte de los proponentes

27 de septiembre a 1 de octubre de 2019

Plazo limite para subsanar documentos e information solicitada Hasta el termino de traslado del informe de evaluation Pronunciamiento de la Entidad sobre las observaciones y publicacion del informe final de verification de los requisitos habilitantes y factores de evaluation.

2 de octubre de 2019

Sesion de adjudication o decision de declaratoria de desierta del proceso 4 de octubre de 2019 Plazo para la celebration del contrato Dentro de los dos (2) dias hSbiles siguientes a la adjudication del

proceso Plazo para la expedition del registro presupuestal Dentro del dia (1) habil siguiente a la suscripcion del contrato Plazo para la entrega de la garantia Dentro de los dos (2) dias habiles siguientes a la fecha de la firma

del contrato Plazo para la aprobacion de la garantia Dentro del dia (1) habil siguiente a la entrega de la garantia Plazo para la suscripcion del acta de initio Se suscribira por parte del contratista y el supervisor designado por

la Procuraduria, dentro de los tres (3) dias habiles siguientes a la fecha de perfeccionamiento y legalization del contrato

Plazo para la publicacion en el SECOP Dentro de los tres (3) dias siguientes a la expedition de los documentos del proceso y los actos administrativos del proceso de contratacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 2.2.1 1.1.7 1 del Decreto 1082 de 2015

Plazo para la ejecucion del contrato El plazo de ejecucion del contrato sera de SETENTA (70) DIAS CALENDARIO, contados a partir de la suscripcion del acta de initio, previo el cumplimiento de los requisitos de legalization y ejecucion del contrato. tiempo que no podra superar en todo caso el 31 de diciembre de 2019 de acuerdo con las etapas establecidas para el proceso en el numeral 9.4 del pliego.

Forma de pago del contrato La Procuraduria realizara el pago del valor del contrato de acuerdo con lo senalado en el numeral 9 6 del pliego de condiciones

PARAGRAFO: En caso de que las fechas y horas establecidas en el presente articulo sean objeto de alguna modification, la misma se etectuara a traves de adenda, la cual sera publicada conforme a lo establecido por la Ley, sin que sea necesario modificar la presente Resolucion

ARTICULO CUARTO: El pliego de condiciones y los estudios y documentos previos estaran disponibles desde la fecha del acto de apertura y pueden consultarse en las paginas Web del Portal Unico de contratacion - Secop I y de la Procuraduria General de la Nation. Asi mismo, desde esta fecha pueden consultarse y retirarse de la Procuraduria General de la Nation, ubicada en la carrera 5 No.15-80 de la ciudad de Bogota, D C.

ARTICULO QUINTO: De conformidad con lo dispuesto en las Leyes 80 de 1993, articulo 66 y 850 de 2003, la selection abreviada de menor cuantia No. 12 de 2019, asi como el contrato que como consecuencia de su tramite se suscriba, podra ser objeto de la vigilancia y control ciudadano.

ARTICULO SEXTO: Enviar copia de la presente Resolucion a la Oficina Juridica y a las Divisiones Financiera y Administrativa de la Procuraduria General de la Nation, para los fines pertinentes.

ARTICULO SEPTIMO: La presente Resolucion rige a partir de la fecha de su expedition.

Dada en Bogota, D C. el 1 7 S E P 2 0 1 9

COMUNIQUESE Y CUMPl/ASE

Lina Maria Morsno- Asesora (e) oficina Jt ir idica^Ji. Carlos Musta fa t^sesor Oficina Juridica

Proyecto Reviso: Vo Bo Julieta Riveras Gonzalez

EFRAIN ALBERTO BECERRA GOM| Secretario (General

Jejgr^rrajc iicina Juridica

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