Procedimiento de Patentes

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PROCEDIMIENTO DE PATENTES 1. Presentación Solicitud Contenidos de los Antecedentes: Hoja Solicitud y Técnica Adquirir los formularios de Hoja Solicitud y Hoja Técnica que se encuentran a la venta en la Caja ubicada dentro del INAPI. Llenar ambos formularios a máquina o computador con los datos de identificación del solicitante, inventor y representante, si lo hubiere. Además, se debe indicar el tipo de solicitud, los datos de la prioridad, si la hubiera e incluir un Título que permita formarse una idea clara y precisa de lo que se desea proteger. En la Hoja Técnica además, se debe incluir un resumen representativo de la invención, su campo de aplicación y problema técnico que pretende solucionar, pudiendo además contener una figura, también representativa. La extensión del resumen no debe exceder los 1.600 caracteres (Art. 38 Reglamento de la Ley Nº 19.039). Se hace presente que en caso que el solicitante designe un representante, se deberá acompañar un poder (Art. 15 de la Ley Nº 19.039). A su vez, si el solicitante es distinto al inventor se deberá acompañar una cesión de derechos (Arts. 11 y 12 Reglamento de la Ley Nº 19.039). Memoria descriptiva Se trata de un documento que contiene una descripción detallada, clara y completa de lo que se desea proteger. En el caso de las patentes de invención y modelos de utilidad debe contener (Art. 39 Reglamento de la Ley Nº 19.039): Descripción de lo conocido en la materia. Descripción de los dibujos acompañados, si los hay.

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análisis y descripción del procedimiento de patentes. Además del paso a paso.

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PROCEDIMIENTO DE PATENTES

1. Presentacin Solicitud

Contenidos de los Antecedentes:

Hoja Solicitud y Tcnica

Adquirir los formularios de Hoja Solicitud y Hoja Tcnica que se encuentran a la venta en la Caja ubicada dentro del INAPI.

Llenar ambos formularios a mquina o computador con los datos de identificacin del solicitante, inventor y representante, si lo hubiere. Adems, se debe indicar el tipo de solicitud, los datos de la prioridad, si la hubiera e incluir un Ttulo que permita formarse una idea clara y precisa de lo que se desea proteger.

En la Hoja Tcnica adems, se debe incluir un resumen representativo de la invencin, su campo de aplicacin y problema tcnico que pretende solucionar, pudiendo adems contener una figura, tambin representativa. La extensin del resumen no debe exceder los 1.600 caracteres (Art. 38 Reglamento de la Ley N 19.039).

Se hace presente que en caso que el solicitante designe un representante, se deber acompaar un poder (Art. 15 de la Ley N 19.039). A su vez, si el solicitante es distinto al inventor se deber acompaar una cesin de derechos (Arts. 11 y 12 Reglamento de la Ley N 19.039).

Memoria descriptivaSe trata de un documento que contiene una descripcin detallada, clara y completa de lo que se desea proteger.

En el caso de las patentes de invencin y modelos de utilidad debe contener (Art. 39 Reglamento de la Ley N 19.039): Descripcin de lo conocido en la materia. Descripcin de los dibujos acompaados, si los hay. Descripcin detallada de la invencin. Ejemplo de aplicacin, cuando corresponda.

En el caso de los diseos y dibujos industriales debe contener (Art. 54 Reglamento de la Ley N 19.039):

Diseos industriales Introduccin indicando el objeto industrial de que se trata y la aplicacin de preferencia. Descripcin de los dibujos acompaados. Descripcin detallada de las caractersticas geomtricas del diseo, haciendo mencin a las proporciones o dimensiones relativas, sin expresin de unidades particulares, de modo que sea posible reconstruir la imagen del objeto con solo la lectura de esta descripcin.

Dibujos industriales Introduccin indicando de que se trata el dibujo industrial. Descripcin del dibujo acompaado.

En el caso de los esquemas de trazado o topografa de circuitos integrados debe contener (Art. 72 Reglamento de la Ley N 19.039): Introduccin indicando de que se trata el esquema de trazado. Descripcin del prototipo o maqueta acompaado.

Pliego de reivindicaciones

Se trata de un documento que contiene el conjunto de descripciones claras y concisas, sustentadas en la memoria descriptiva, que tiene por objeto individualizar los aspectos nuevos sobre los cuales se desea obtener proteccin. Estarn precedidas de un nmero arbigo y sern tantas como sean necesarias para definir y delimitar correctamente la invencin (Arts. 41 - 44 Reglamento de la Ley N 19.039).

DibujosSe entender por dibujos, tanto los esquemas, diagramas de flujo y los grficos. Estos deben realizarse en un trazado tcnico, no debiendo estar enmarcados o delimitados por lneas, omitiendo todo tipo de rtulo y texto explicativo, el cual debe reemplazarse por referencias numricas las que sern explicadas debidamente en la descripcin detallada de la invencin en la Memoria Descriptiva (Arts. 46 - 48 Reglamento de la Ley N 19.039).En el caso de los dibujos del diseo industrial, stos debern contener a lo menos una vista en planta superior, en elevacin, en perfil y perspectiva, pudiendo exigirse otras vistas, segn la complejidad del diseo. En el caso de los dibujos industriales, ser suficiente con la representacin en un plano de la reproduccin del dibujo. Adems, en estos tipos de derechos, las figuras de los dibujos debern numerarse y presentarse con un duplicado fotosttico (Art. 55 Reglamento de la Ley N 19.039).

Todos los antecedentes se deben presentar en DUPLICADO.(art. 5,11 y12 del reglamento de la Ley N19.039)

2. Examen PreliminarDespus de presentada la solicitud de patente de invencin, modelo de utilidad, diseo industrial, dibujo industrial o esquemas de trazado o topografas de circuitos integrados, el INAPI realiza un examen preliminar destinado a verificar que se hayan acompaado los documentos que correspondan segn el tipo de solicitud y que sta cumple los requisitos formales mnimos para continuar con la tramitacin.

En el Examen Preliminar puede suceder que: Existan observaciones

El solicitante debe contestar las observaciones dentro del plazo de 60 das hbiles, realizando las correcciones, aclaraciones o acompaando los documentos pertinentes, segn sea el caso. En caso de no contestar en el plazo establecido, la solicitud se tiene por no presentada. (art 45 Ley N 19.039) No existan observaciones

Si no existen observaciones o stas fueron subsanadas oportunamente, la solicitud es aceptada a tramitacin. Despus, el solicitante debe retirar un extracto de la solicitud en el INAPI y requerir su publicacin al Diario Oficial dentro del plazo de 60 das hbiles, contado desde la fecha de aceptacin a trmite. (art 14 del reglamento de la Ley N19.030)Para estos efectos, una oficina del Diario Oficial funciona dentro de las dependencias del INAPI.3. Publicacin de la SolicitudEl solicitante debe retirar un extracto de la solicitud en el INAPI y requerir su publicacin al Diario Oficial dentro del plazo de 60 das hbiles, contado desde la fecha de aceptacin a trmite (Art. 4 Ley N 19.039).

Para estos efectos, existe una oficina del Diario Oficial que funciona dentro de las dependencias del INAPI.

Si la solicitud no es publicada dentro del plazo de 60 das, dicha solicitud queda en la condicin de ABANDONADA. Para reiniciar la tramitacin el solicitante debe solicitar el desarchivo de la solicitud y efectuar la publicacin dentro del plazo de 120 das hbiles, contado desde la fecha de la resolucin que declar Abandonada la solicitud. En caso contrario, la solicitud se archiva definitivamente en un archivo no pblico.

Todos los antecedentes de la solicitud sern pblicos a contar de la fecha de publicacin en el Diario Oficial.

El Diario Oficial publica los extractos de las solicitudes de derechos de propiedad industrial en un suplemento especial de Marcas Comerciales y Patentes slo los das Viernes. Por ello, recomendamos que se solicite la publicacin con bastante anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo de 60 das.Al respecto, se informa que el Diario Oficial aplica un recargo de 100% al valor de las publicaciones requeridas el da anterior a la publicacin del suplemento. Oposicin

Dentro del plazo de 45 das, contado desde la publicacin del extracto de la solicitud en el Diario Oficial, cualquier interesado podr formular oposicin a la solicitud de patente de invencin, modelo de utilidad, diseo industrial, dibujo industrial o esquemas de trazado o topografas de circuitos integrados, fundado en que la solicitud no cumple con alguno de los requisitos de patentabilidad o vulnera sus derechos. (art 5 Ley N 19.039) Pago del Arancel Pericial

Dentro del plazo de 60 das, contado desde el vencimiento del plazo para interponer oposicin, y ya sea que sta se haya presentado o no, el solicitante debe pagar el valor correspondiente a los honorarios del perito y acreditar su pago en el INAPI. (art 8 Ley N 19.039)

El pago del arancel pericial se debe realizar en la cuenta corriente N 900122-1 del BancoEstado, sucursal Casa Matriz, a nombre de Instituto Nacional Peritos .

Si el solicitante no acredita el pago del arancel pericial en el INAPI dentro del plazo de 60 das, la solicitud se tendr por ABANDONADA. Para reiniciar la tramitacin el solicitante debe solicitar el desarchivo de la solicitud y efectuar la acreditacin del pago dentro del plazo de 120 das hbiles, contado desde la fecha de la resolucin que declar Abandonada la solicitud. En caso contrario, la solicitud se archiva definitivamente. (Art 8 Ley N 19.039)Nombramiento del Perito

Pagado el arancel pericial, el INAPI procede a nombrar un perito, de acuerdo al rea tcnica de la solicitud.

El perito debe aceptar la designacin dentro del plazo de 20 das hbiles, contado desde el nombramiento. (art 81 del reglamento de la Ley N 19.039)

Aceptado el cargo, el perito debe emitir un informe pericial escrito con el anlisis tcnico de la solicitud, dentro del plazo de 60 das hbiles. El informe contendr un pronunciamiento sobre el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos de patentabilidad.(art 7 de la Ley N 19.039)4. Informe Pericial

El informe pericial consiste en un documento escrito con el anlisis tcnico de la solicitud, destinado a verificar si se cumplen los requisitos de patentabilidad establecidos en los Arts. 32, 56, 62 y 75 de la Ley N 19.039, segn corresponda.

El perito debe emitir su informe dentro del plazo de 60 das hbiles, contado desde la fecha en que acept el cargo. ( art 7 Ley N 19.039)

El informe pericial puede o no contener observaciones a la solicitud., lo cul es notificado al solicitante: El informe pericial hace observaciones

El solicitante tiene 60 das hbiles para responder las observaciones del perito.

El informe pericial no hace observaciones

Si no hay observaciones, la solicitud pasa a revisin formal y queda en estado de ser aceptada.

5. Resolucin Definitiva

Si la solicitud cumple con los requisitos de patentabilidad establecidos en los Arts. 32, 56, 62 y 75 de la Ley N 19.039, procede que el Director Nacional de INAPI dicte la resolucin que otorga el derecho de propiedad industrial, previa revisin formal de los antecedentes. Aceptacin Definitiva

Concluida la revisin formal, el Director Nacional del INAPI dicta la resolucin que otorga la patente de invencin, modelo de utilidad, diseo industrial, dibujo industrial o esquemas de trazados o topografa de circuitos integrados. Pago de derechos y Acreditacin

Una vez que la solicitud est aceptada definitivamente, el solicitante debe requerir en el INAPI una orden de pago, para cancelar en cualquier banco comercial los derechos fiscales por la obtencin de la patente. Posteriormente, debe acreditar el pago en el INAPI, dentro del plazo de 60 das hbiles, contado desde la notificacin de la resolucin de aceptacin definitiva y acompaando una copia de la orden de pago debidamente timbrada por el Banco.Con la acreditacin del pago, INAPI asigna el nmero de registro del derecho.

De no efectuarse el pago y acreditacin dentro de dicho plazo, la solicitud queda en la condicin de ABANDONADA. Ttulo

Posteriormente, el INAPI procede a la confeccin del registro y extiende a peticin del interesado, previo pago del valor correspondiente, el ttulo que reconoce el dominio del derecho de propiedad industrial respectivo a nombre de una persona determinada.

Los derechos de propiedad industrial tienen alcance territorial por lo que su proteccin se extiende solamente al territorio de la Repblica. Adems, tienen una vigencia limitada en el tiempo. Plazo de Vigencia

Solicitudes presentadas hasta el 30 de noviembre del ao 2005:

La vigencia de una patente de invencin es de 15 aos contado desde la fecha de otorgamiento del derecho. En el caso de los modelos de utilidad y diseos industriales el perodo de vigencia del derecho es de 10 aos contado desde la fecha de presentacin de la solicitud en el INAPI. Estos plazos no son renovables. Los ttulos de estos derechos industriales y los certificados para el caso de las patentes de invencin, pueden solicitarse personalmente en el INAPI o va Internet, a travs del vnculo de la seccin Servicio en Lnea de este Portal..

Solicitudes presentadas desde el 1 de diciembre de 2005:

La vigencia de una patente de invencin es de 20 aos contado desde la fecha de presentacin de la solicitud en el INAPI. En el caso de los modelos de utilidad, diseos industriales, dibujos industriales y esquemas de trazado o topografa de circuitos integrados, el plazo de vigencia es de 10 aos contado desde la fecha de presentacin de la solicitud.

Estos plazos no son renovables. Los ttulos de estos derechos industriales pueden solicitarse personalmente o va Internet, a travs del vnculo de la seccin Servicio en Lnea de este Portal.