Procedimiento Administrativo Laboral Oral

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  • 7/25/2019 Procedimiento Administrativo Laboral Oral

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    Procedimiento Administrativo Laboral Oral(PALO)

    Del proceso

    El presente proceso esta orientado en los principios de oralidad, inmediacin, concentracin,publicidad, celeridad, buena fe y lealtad procesal, impulsin de oficio, gratuidad, realidad, indubio pro operario e inquisitividad, todo por la bsqueda de la verdad! es oral, breve ycontradictorio

    Sobre solicitudes que se conoce en el PALO:

    El Procedimiento Administrativo Laboral Oral (PALO) regula la tramitacin sobre solicitudes de"a) suspensin colectiva de los contratos de traba#o! b) cierre de las empresas, y c) cancelacinde contrato de traba#o por #usta causa, conforme los art$culos %&, ' literal d) y '& del digodel *raba#o

    Quien es la Autoridad competente?Es competente para conocer en el procedimiento, el +nspector (a) epartamental del *raba#odonde se firm el contrato o se pact la relacin, o donde se presta la relacin laboral, a eleccinde la parte actorauando se est- negociando un pliego de peticiones, la autoridad competente para conocer yresolver sobre la solicitud de cancelacin de contrato de traba#o por causa #usta del traba#adorfirmante de dic.o pliego, es el onciliador, quien aplicar/ el presente procedimiento

    Quienes son los partes en el procedimiento?

    0on la(s) persona(s) empleadora(s) y la(s) persona (s) traba#adora(s) y -stas podr/ncomparecer por s$ o por medio de representanteLa persona traba#adora puede estar representada en este procedimiento por los a) procuradoreslaborales, b) por los abogados de asesor$a gratuita del 1inisterio del *raba#o c) por abogado2aAquellos afiliados a una organi3acin sindical pueden ser representados por cualquiera de losmiembros de su #unta directivaEl traba#ador podr/ designar en forma verbal en la audiencia conciliatoria a su representante*ambi-n podr/ nombrarlo de la misma forma en cualquier otro momento del procedimientoincluido al inicio de la audiencia probatoriaLa persona empleadora puede delegar su representacin conforme lo establecido en el Arto 4* y2o en abogado(a), quienes deber/n acreditar en el procedimiento el cargo que desempe5enpara aqu-l y de igual manera el documento que lo acredite como tal

    De la solicitud:Esta puede ser en forma oral o por escrito, con los siguientes requisitos"

    a) esignacin de la autoridad que conocer/ del tr/mite!

    b) identificacin de la parte que interpone la solicitud y de quien lo representa!

    c) identificacin de la persona en contra de quien se dirige la solicitud y la direccin del domiciliodonde deber/ ser notificada!

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    d) .ec.os en que se funda la solicitud y su #ustificacin legal!

    e) los medios concretos de pruebas que se utili3ar/n en el caso!

    f) lugar para o$r notificaciones en la ciudad en la que resida la autoridad administrativacompetenteuando se trate de solicitudes de suspensin colectiva de contratos de traba#o, a los requisitos

    anteriores se deber/ agregar!

    g) identificacin de las personas traba#adoras cuyos contratos se solicita suspender!

    .) cargo que desempe5an en el centro de traba#o y el salario!

    i) tiempo por el cual se solicita la suspensin!

    #) 0e deber/ acompa5ar a la solicitud, el acta de la comisin bipartitauando se trate de cierre de empresa, la solicitud deber/ cumplir los requisitos anteriores en loque fuera pertinente, identificando a las personas que est-n de vacaciones, de subsidio,embara3adas y dirigentes sindicales

    De las audiencias

    0e reali3an dos audiencias, una conciliatoria y una probatoria, en la conciliatoria" donde se llamaa las partes a reali3ar un tramite conciliatorio, el cual puede ser total o parcial, de no .aber seprocede a ratificar solicitud y pruebas por la parte empleadora, y la parte traba#adora contesta ypropone pruebas La probatoria, solamente se .a establecido para evacuar las pruebas de laspartes que fueron admitidas en la audiencia conciliatoriaLos pla3os para el procedimiento son" una ve3 admitida la solicitud, la audiencia conciliatoria seefectuara al segundo d$a ./bil, la audiencia probatoria reali3ar/ en un pla3o no mayor de 6 d$as./biles dentro de los siete d$as ./biles

    De la resolucin

    La resolucin del caso esta vinculada a los .ec.os alegados, las pruebas evacuadas y las normaslegales aplicables al caso, se apreciar/n las pruebas, segn las reglas de la sana cr$tica La parteque se considere agraviada con la resolucin emitida puede en el mismo acto de notificado o alsiguiente d$a ./bil, apelar de la misma, la que puede ser admitida o rec.a3ada al d$a siguiente./bil de .aber sido interpuesta y dic.a resolucin ser/ notificada por *abla de Avisos

    De la apelacin

    ic.a apelacin ser/ conocida y resuelta por la +nspector$a 7eneral del *raba#o*ranscurridos los cinco d$as ./biles se5alados anteriormente sin que la +nspector$a 7eneral del*raba#o se pronuncie, se tendr/ denegada la apelacin y concluida la v$a administrativa