Presentacion lo basico de la declaracion de impuestos

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“Tu Éxito es Parte de Nuestra Motivación” ¿Conoces todo lo básico de la declaración de impuestos?

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“Tu Éxito es Parte de Nuestra Motivación”

¿Conoces todo lo básico de la

declaración de impuestos?

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El pago de impuestos puede convertirse en un auténtico dolor de cabeza para los empresarios o dueños de pequeñas y medianas empresas, pero no tiene que ser así, la facturación electrónica y los trámites en línea han permitido tener un mejor control a la hora de la declaración de impuestos.

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A continuación te presentaremos algunos aspectos que debes de conocer para entender mejor el proceso de declaración de impuestos.

¿Quiénes pagan impuestos?Primero hay que especificar que toda persona tanto física como moral que sus ingresos procedan de los siguientes puntos está obligada a declarar impuestos ante el SAT:

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Salarios que obtenga por servicio subordinado Actividades profesionales Arrendamiento o uso de bienes inmuebles Obtención de intereses Obtención de premios Dividendos y ganancias repartidos por personas

morales Enajenación de bienes 

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Persona Física y Moral ¿Cuál es la diferencia?Para declarar impuestos y todo lo relacionado con los aspectos fiscales es necesario definir si una persona realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral. Esto es necesario debido a que las leyes establecen un trato diferente para cada una.

Persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos.

Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil.

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¿Cuándo hay que declarar impuestos?Ahora bien el siguiente paso es saber en qué periodos debes registrar estos impuestos, y esto va a depender de que seas una persona física, moral o en bien estés incorporado al nuevo régimen RIF (Régimen de Incorporación Fiscal).

Físicas. En Abril, las personas físicas deben presentar su declaración anual; si eres asalariado, Hacienda te devuelve en cinco días hábiles parte de tus impuestos en diversos conceptos.

Moral. Máximo tres meses después del cierre del ejercicio.

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RIF. Se efectúan de forma bimestral y se dividen en dos tipos:

• Declaración por ventas exclusivas al público en general.• Declaración por ventas con facturación y al público en

general.• En el RIF es un régimen sencillo que permite ser formal a

aquellos que tengan un pequeño negocio, en él se encuentran los contribuyentes personas físicas que realizan actividades empresariales, que enajenen bienes o prestan servicios por los que no se requiere para su realización título profesional.

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¿Qué documentos son necesarios?Para evitar confusiones o imprevistos, es fundamental llevar un correcto orden de tu documentación, esto dependerá de tu situación fiscal, por eso es recomendable que se asegure de guardar todos estos documentos en un sólo lugar, esto hará que el proceso de tu declaración sea más fácil.

A continuación te damos una lista de los documentos que te serán indispensables para realizar con éxito la declaración de tus impuestos.

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Constancias de retenciones y percepciones. Comprobantes de facturas y recibos de gastos personales. Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave

Única de Registro de Población (CURP), que se puede obtener en las oficinas del SAT.

Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), que también proporcionan en el SAT y, en caso de tener saldo a favor, la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).

Deducciones que hayan hecho sobre sus actividades. Un libro de egresos e ingresos. Declaraciones de pagos provisionales del Impuesto Sobre la

Renta (ISR) ya presentadas. Papeles de trabajo con los que se calcularon los pagos

provisionales o mensuales del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Impuesto al Activo (para arrendadores de inmuebles en uso

empresarial).

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¿Pasos para hacer mi declaración?

Actualmente existe una herramienta que todos los contribuyentes pueden utilizar llamada “DeclaraSAT” que es un programa de cómputo gratuito creado para apoyar a las personas físicas en la elaboración de su declaración anual. Que no sólo permite calcular automáticamente los impuestos, sino completar la declaración anual vía electrónica, imprimirla y enviarla por e-mail.

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¿Cómo presentan declaración las personas físicas?

Para las personas físicas el tramite puede realizarse con la “DeclaraSAT”, el cual les permitirá hacer este proceso de forma gratuita y vía electrónica, sin embrago es importante tener en cuenta que para realizarlo se requiere tener a la mano su Contraseña electrónica o Fiel.

1.- Entrar a la página del SAT y dar clic en el aparatado de trámites que se encuentra en la esquina superior izquierda.

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2.- Clicar en el apartado “declaraciones” y cuando se abre el desplegable clicaremos en “anuales”.

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3.- Se nos abrirá otro desplegable y tendremos que clicar en “asalariados 2014”. En esta parte se ingresa con el RFC y la Contraseña o Fiel.

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4.- Al entrar al sistema deberían aparecer nuestros datos personales como el RFC, CURP, nombre completo, ejercicio a presentar, tipo de declaración y zona geográfica.

Allí, tendremos que ingresar los datos sobre:

Ingresos RetencionesDe esta forma el sistema calcula automáticamente mi impuesto a cargo o a favor. (Los contribuyentes asalariados que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal y resulten con saldos a favor tendrán la devolución de su importe en 5 días.)

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5.- Egresos o deducciones personales: en esta parte pondrá las deducciones personales (primero comprobar que cumple con los requisitos de deducibilidad).

Estas deducciones y sus requisitos son:

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Finalmente te recomendamos evitar en lo posible retrasos, disgustos y multas, puesto que la consecuencia al no cumplir con tu obligación según el Código Fiscal de la Federación en su artículo 81 menciona que la multa por no realizar este trámite a tiempo va de $860 a $10,720 por cada una de las obligaciones no declaradas. En caso de que el contribuyente esté obligado a hacer su declaración vía Internet pero la presente por otros medios, la sanción va de $8,780 a $17,570.

Es importante que consideres que si no tuviste ingresos durante el año, aun así tendrás que hacer tu declaración en este caso, en ceros. Recuerda que mientras no le informes al SAT que ya no tienes ingresos o una actividad determinada, es decir que te des de baja, para el Estado sigue existiendo esa obligación.

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Lo recomendable es que en cuanto dejes de percibir ingresos, acudas de inmediato a las oficinas del SAT a declarar la suspensión de tus actividades y la disminución de tus obligaciones. De esta forma, evitarás requerimientos y pagos posteriores.

Artículo Original:http://www.factura-e.mx/blog/conoces-todo-lo-basico-de-la-declaracion-de-impuestos/