Presentación Ley Organica de Planificacion

download Presentación Ley Organica de Planificacion

If you can't read please download the document

Transcript of Presentación Ley Organica de Planificacion

  • 1. 08/06/09 03:26

2. LEY ORGANICA DE PLANIFICACIN Exposicin de Motivos Oficina Central de Coordinacin y Planificacin de la Presidencia de la Repblica mediante Decreto Ley No 492 de la Junta de Gobierno de la Repblica de Venezuela de fecha 30 de Diciembre de 1958 Institucionaliz La planificacin en Venezuela Como una labor Anlisis, proyeccin y formulacin de metas generales La Enmienda No 2 a la Constitucin de la Repblica de 1961 Obligaba al Ejecutivo Nacional A Presentar al Congreso Nacional las lneas generales del plan de desarrollo econmico y social de la Nacin El presente Decreto Ley desarrolla la planificacin como una tecnologa del Estado y la sociedad, para lograr su cambio estructural 3.

  • La alta participacin del Estado venezolano dentro de la estructura productiva del Pais.
  • Establece los mecanismos institucionales del Estado para lograr que los recursos y acciones pblicas asociados con el progreso del pas, se asignen y realicen de manera planificada.
  • Encausarse hacia los fines y objetivos polticos, sociales, culturales y econmicos.
  • Establecer el marco normativo que ser desarrollado en las leyes que instauran la organizacin.
  • Desarrollar referencias a los planes temporales de la planificacin, asociadas al desarrollo nacional, regional y local.
  • Fortalecer las capacidades rectoras y estratgicas del Estado.
  • Definen los propsitos y alcances bsicos de la planificacin, en apego a los principios de la Constitucin.
  • De la misma manera, de conformidad con el artculo 299 de la Constitucin de la Repblica,promueve mediante mecanismos efectivos la participacin social, a fin de asegurar una planificacin estratgica, democrtica, participativa y de consulta abierta.

El presente Decreto Ley establece lo siguiente 4. YOSELIN 5. YOSELIN LA CONSTRUCCIN Definicin Artculo 4. Se entiende por construccin, la definicin en un plan de una o varias imgenes objetivos, partiendo de determinadas condiciones iniciales y estableciendo las trayectorias que conduzcan de las condiciones iniciales a la imagen objetivo. 6. YOSELIN 7. YOSELIN CAPITULO II LA VIABILIDAD 8. YOSELIN 9. YOSELIN CAPITULO III PERFECTIBILIDAD 10. CAPITULO III PERFECTIBILIDAD YOSELIN 11. YOSELIN 12. LAS INSTANCIAS DE COORDINACIN Y FORMULACIN EN LA PLANIFICACIN RAIZITA Plan Nacional de Desarrollo * MINISTERIO DE PLANIFICACIN Y DESARROLLO REGULAR,FORMULARYDARSEGUIMIENTO FORMULARLASESTRATEGIAS DESARROLLO ECONMICO Y SOCIAL ELABORAR, COORDINAR Y HACER SEGUIMIENTO Plan Operativo AnualNacional *Plan de InversionesPblicas Plan Nacional de Desarrollo InstitucionalPlan Nacional de Desarrollo RegionalPROPONER LINEAMIENTOS DE LA PLANIFICACIN DEL ESTADO Coordinar, orientar, capacitar, compatibilizar, evaluar, hacer seguimiento y controlar los diversos planes sectoriales, estadales y municipales 13. RAIZITA DISEO DE LAS DIRECTRICES ELABORAR EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO SECTORIAL * EVALUAREL IMPACTO DE LA EJECUCIN DE LOS PLANES Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOSASEGURAR LA COHERENCIA, CONSISTENCIA Y COMPATIBILIDAD DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE CADA MINISTERIO 14. ELABORAR LOS PLANES REGIONALES COORDINAR SUS PLANES Y PROGRAMASCON LOS ORGANOS ASESORAR Y PRESTAR ASISTENCIA TCNICA A LA PLANIFICACIN DE LAS GOBERNACIONES, MUNICIPALIDADES Y RGANOS Y ENTES NACIONALES LAS INSTANCIASREGIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALES GOBERNACIONES ALCALDIAS conforman la regin RAIZITA 15. PLANNACIONALESTADALDE DESARROLLO PROGRAMAS Y ACCIONES CORRESPONDIENTES PLANMUNICIPALDEDESARROLLO DE CONFORMIDAD

  • Planes Nacionales
  • Consejo de Planificacin y
  • Coordinacin de Polticas Pblicas
  • OrganismosRegionales

ENCORCONDANCIA Planes Nacionales, Regionales y Estadales CONSEJO DE PLANIFICACIN Y COORDINACIN DE POLTICAS PBLICAS Asegura la coordinacin y participacin social en la elaboracin y seguimiento del Plan de Desarrollo Estadal Municipal Obligacin de Informar Artculo 22. A fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos del presente Decreto Ley, los rganos y entes de la Administracin Pblica deben remitir al Ministerio de Planificacin y Desarrollo, la informacin referente a sus programas de inversin, planes operativos y respectivos presupuestos. CONSEJO LOCAL DE PLANIFICACIN PBLICA RAIZITA 16.

  • Capitulo I
  • Los Planes Nacionales

Titulo IV DE LOS PLANES WIKI 17. Competencia WIKI 18. Tipos de Planes Nacionales WIKI 19. Resoluciones e Instructivos WIKI 20. Seccin I El Plan Nacional de Desarrollo WIKI 21. COMPETENCIA WIKI 22. Seccin II El Plan Operativo Anual Nacional WIKI 23. Base de Clculo WIKI 24. Presentacin a la Asamblea Nacional 25. Condiciones Regionales y Locales WIKI 26. WIKI 27. WIKI 28. WIKI 29. Seccin III El Plan Nacional de Desarrollo Regional WIKI 30. Seccin IV Los Planes Nacionales de Desarrollo Sectorial. WIKI 31. Seccin V El Plan Nacional de Desarrollo institucional WIKI 32. Seccin VI Los Planes Operativos WIKI 33. Resoluciones e Instructivos WIKI 34. Capitulo II Los Planes Estadales y Municipales FABIOLITA 35. Capitulo II Los Planes Estadales y Municipales FABIOLITA 36. Capitulo II Los Planes Estadales y Municipales FABIOLITA 37. Seccin II El Plan Municipal de Desarrollo 38. Seccin II El Plan Municipal de Desarrollo 39. Seccin II El Plan Municipal de Desarrollo 40. Titulo V La Participacin Social 41. Titulo V Promocin de la participacin 42. Titulo V Obligacin de informar 43. FIN Peter Drucker dice El futuro no puede ser conocido; la nica cosa cierta acerca de l es que ser diferente, ms que una continuacin del presente .