presentacion derecho procesal

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UNIVERSIDAD POLITECNICA DEL VALLE DE MEXICO DERECHO PROCESAL DE TRABAJO

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UNIVERSIDAD POLITECNICA DEL VALLE DE MEXICO

DERECHO PROCESAL DE TRABAJO

DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO

NATURALEZA JURIDICA

La esencia del derecho procesal radica en laactividad jurisdiccional del estado, Y seconsideró indispensable la creación de unadisciplina que conociera de esa actividad en elámbito laboral.

El actual derecho laboral data de las reformas ala ley federal del Trabajo que entraron en vigorel 1º de mayo de 1980 y constituyen el avanceen la materia.

CONCEPTO

Los autores procesalistas definen el

derecho procesal del trabajo como:

La rama de la ciencia jurídica que dicta

las normas instrumentales para la

actuación del derecho , y que disciplina

la actividad del juzgador y de las partes,

en todo lo concerniente a la materia

laboral. Cuyo objetivo principal es

conciliar las partes en conflicto

AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHO PROCESAL LABORAL

Junta local de Conciliación y Arbitraje

Junta Federal de Conciliación y Arbitraje

Los Tribunales de Trabajo

Objeto de las juntas

Llevan acabo una función conciliatoria potestativa para lostrabajadores y patrones; son excepción los casos que tengan porobjeto el cobro de prestaciones cuyo monto no exceda delimporte de tres meses de salario, en los que por disposición dela ley podrán actuar como Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Por lo demás, aun cuando se les faculte para recibir demandasy pruebas de los trabajadores o los patrones, tiene la función deprocurar un arreglo amistoso de los conflictos que se lespresenten, remitiendo sus actuaciones a las Juntas deConciliación y Arbitraje competentes cuando resulte imposibleconciliar intereses o no tengan aptitudes para conocer elplanteamiento formulado en una demanda (arts. 591, 600 Y 503de la LFT).

Facultades y obligaciones de las juntas

Conocer y resolver los conflictos de trabajo de las ramas de laindustria o actividades representadas en cada una.

a) Hacerse cargo de los conflictos por cobro de prestaciones quese les presenten.

b)Practicar la investigación y dictar la resolución que procedacuando se les planteen demandas relacionadas con riesgos detrabajo.

c) Hacerse cargo de los recursos de revisión interpuestos encontra de las resoluciones del presidente titular cuando se tratede ejecución de laudos y

d) Recibir en depósito los contratos colectivos y los reglamentosinteriores de trabajo que les sean presentados, procediendo a suarchivo para cualquier consulta.

Funciones de la junta

De conciliación.

De arbitraje.

De tramitación.

De instrucción.

De demanda

LOS CONFLICTOS DE TRABAJO

La palabra conflicto, gramaticalmente hablando, sederiva de la voz latina confligere, que significacombatir y por extensión, combate, zozobra.inquietud, apuro, aprieto, compromiso grave. Elvocablo es sinónimo del término colisión, quesignifica chocar, rozar.

Existen una variedad de definiciones de conflicto detrabajo, así como de la clasificación de los mismos;para el maestro Mario de la Cueva los conflictos detrabajo son las controversias que se suscitan enocasión o con motivo de la formación, modificacióne incumplimiento de las relaciones individuales ocolectivas de trabajo.

LOS CONFLICTOS PUEDEN SER:

Entre trabajadores y patrones.

Intersindicales

Entre un sindicato obrero y sus

agremiados

Entre trabajadores

CONFLICTOS JURIDICOS

Son los que se refieren al cumplimiento

o interpretación de la ley o de contratos

y desde luego pueden ser individuales o

colectivos según el interés afectado.

PRINCIPIOS DE DERECHO PROCESAL DE TRABAJO

Principio de Publicidad

Implica que las juntas deben permitir en el desarrollo de las audienciasla presencia del publico interesado, siempre y cuando no alteren elorden dentro de la misma, asimismo las partes en conflicto puedenconsultar las actuaciones que obren en el expediente, siempre y cuandono vayan en contra de la moral de las buenas costumbres.

Principio de oralidad

En el proceso oral predomina la palabra sobre la escritura y la funciónde esta última es simplemente de carácter histórico, pues tiene porobjeto dejar constancia fehaciente de lo ocurrido durante la tramitacióndel juicio. El proceso laboral no tiene c3rácter formal ni solemne.

Principio de gratuidad

Este principio lo consagra el Artículo 17 Constitucional cuando disponede los tribunales deben impartir en forma gratuita. La justicia,administrada por el Estado, debe estar al alcance de todas laspersonas, sea cual fuere su situación económica o social, y para ello esprenda de garantía la gratuidad de la misma.

PRINCIPIOS

Principio de inmediatez

Este principio lo encontramos en la obligación de los miembrosde la Junta de Conciliación y Arbitraje de estar en contactoinmediato con las partes en el juicio laboral, interviniendopersonalmente en todo el curso del proceso del trabajo, a fin deque existiendo una más estrecha comunicación entre partes y laJunta logre una justicia más apegada a la equidad.

Principio de actuación a instancia de parte

El proceso laboral no se sigue de oficio. Las Juntas deConciliación y de Conciliación y arbitraje sólo podrán iniciar elprocedimiento a solicitud de la parte actora, mediante lapresentación de la demanda respectiva. Si éste no se impulsapor las partes, se extingue. Opera la caducidad o la preclusión yse tiene por desistido al actor de las acciones intentadas

ACCIONES Y EXCEPCIONES

LA ACCION

EL termino "acción" gramaticalmente poseevarias acepciones. En sentido material, puedeutilizarse como sinónimo de la facultad deprovocar la actividad del poder judicial

En el ámbito del derecho mercantil, el terminoacción puede usarse como sinónimo dedocumento, de título de crédito o título valor, taly como acontece con las acciones de lassociedades mercantiles.

CARACTERISTICAS

La doctrina moderna de la acción, la considera comoautónoma o independiente del derecho sustantivo queprotege y que se hace valer ante los tribunales. enconsecuencia:

La acción procesal es un derecho autónomo, distinto delderecho sustantivo

La acción procesal tutela al derecho sustantivo, para elcaso de que éste normalmente no se cumpla

La acción procesal es un derecho público, activamente pormedio de su poder jurisdiccional

Algunos autores afirmar" además, que la acción procesales un derecho potestativo, en virtud de que quien ejercitauna acción, puede en cualquier momento desistirse y conellos precluir el derecho.

ACCIONES DE CONDENA

Son aquellas que tienen por objetoobtener, en contra del demandado, unasentencia por, virtud de la cual se leconstriñe a cumplir una obligación dehacer, de no hacer, o de entregar algunacosa, pagar alguna cantidad de dinero, etc.Las acciones de condena, por reglageneral, son al mismo tiempo accionesdeclarativas porque se obtienen medianteellas la declaración de la obligación cuyocumplimiento se exige.

Acciones declarativas

Tienden a obtener con la eficacia de la

sentencia firme, la declaración de la

existencia de una determinada relación

jurídica o de un derecho nacido de un negocio

jurídico, como por ejemplo: la indemnización

para beneficios por muerte del trabajador en

riesgo de trabajo; la titularidad de un contrato

colectivo de trabajo o bien la rescisión de un

contrato de trabajo es también una acción

declaratoria.

Acciones cautelares

Las acciones cautelares o preservativas

son las que tienen el poder Jurídico de

lograr una medida de seguridad en el

proceso. Se consideran como tales, la

de arraigo personal, el embargo

precautorio o provisional, el depósito

judicial, dichas acciones tienen por

objeto conseguir una resolución judicial

provisional que garantice la efectividad

del derecho sustancial.

prescripción

En materia laboral la prescripción es de

un mes contados a partir de la

separación del trabajador en el centro

de trabajo

Y de dos años en materia de seguridad

social

Términos procesales

El tiempo en el proceso es un factor de importanciadecisiva, como en la vida. La influencia del tiempo en elproceso es, pues, ineludible y debe tomarse en cuenta alregular la; actividades en que la jurisdicción laboral sedesenvuelve, por lo tanto lo más importante de lostérminos procésales es saber contarlos.

El profesor Climent Beltrán dice que término es el espaciode tempo que se concede a las parte:; para desahogaralgún acto o diligencia judicial y se le considera comosinónimo de plazo porque en el derecho mexicano de!trabajo no hay distinción entre término y plazo, según seaprecia en el capítulo respectivo de la LFT (arts. 733-738),pues una y otra voz encuentran en común un punto departida y un punto límite.

Notificaciones

La notificación judicial es uno de los medios decomunicación procesal destinado a informar, transmitir uordenar por vía oral o escrita, a los sujetos participantes ointeresados en una contienda judicial, las diligencias yactuaciones que resulten pertinentes tanto para hacervaler sus derechos y contribuir a su defensa jurídica comopara cumplir los ordenamientos judiciales que lescorrespondan.

La notificación es la forma externa por medio de la cual lasresoluciones dictadas por una Junta se dan a conocer alos interesados en un juicio laboral, así como todapersona que de algún modo intervenga en la actuación

Medios de comunicación procesal

La notificación, que en sentido específico se denominacorrer traslado de una determinada actuación de laautoridad

La citación o llamado para acudir ante el tribunal deltrabajo el día, la hora y el lugar que éste determine.

El emplazamiento, que implica el ejercicio de una accióndeterminada, o sea el término concedido a la partedemandada a fin de que comparezca ante el juzgador paradefender sus intereses o para que exponga lasmanifestaciones que dicha defensa implique; y

El requerimiento que acompaña toda notificación cuandose hace una intimidación judicial a una persona para quehaga o deje de hacer determinada cosa.

Incidentes

Son las cuestiones que surgen durante

el desarrollo de un proceso y tiene que

ver con el tema básico del litigio, sin

formar parte de él y que por su

naturaleza, imponen una resolución

desligada de la decisión fundamental del

litigio.

Son incidentes

Nulidad

Competencia

Personalidad

Acumulación

Excusas

Las pruebas

En sentido jurídico, probar es establecer

la existencia de la verdad, y las pruebas

son los diversos medios por los cuales

e! juzgador llega a descubrir la verdad

objetiva

La prueba consiste en demostrar en

juicio por los medios que la ley

establece, la certeza de los hechos

controvertidos por las partes.

Clases de prueba

Confesional

Testimonial

Pericial

Inspección ocular

Presuncional

Instrumental de actuaciones

Procedimiento ordinario laboral

El procedimiento ordinario rige la tramitación yresolución de los conflictos individuales y colectivosde naturaleza jurídica, cuando no tengan señaladoen la Ley una tramitación específica (como porejemplo los procedimientos especiales, huelga y loscolectivos de naturaleza económica)

En el procedimiento ordinario para dirimir lacontroversia planteada por las partes, no se creanen los laudos condiciones nuevas de trabajo comoen los conflictos económicos, sino que se aplican alcaso concreto, las disposiciones legalesestablecidas.

Demanda

Es la petición mediante la cual el actor

formula sus peticiones por escrito, ante

la Junta de Conciliación y arbitraje, para

que intervenga en el conflicto a fin de

impartir justicia.

Primera audiencia

La primera audiencia contendrá los

siguientes periodos:

a)De conciliación

b)De demanda y excepciones y

c)De ofrecimiento y admisión de

pruebas

Desahogo de pruebas

La segunda audiencia es la de desahogo depruebas en ella, después de recibir todos loselementos probatorios ofrecidos por las partes yadmitidos por la Junta, se procede a laformulación de los alegatos, tanto por la parteactora, como por la demandada. En el mismoacto el secretario certificará que no quedanpruebas por desahogar y el auxiliar de oficio,declarará cerrada la instrucción, para formulardentro de los diez días siguientes el proyecto delaudo.

Alegatos

Son los actos procésales de las partes

cuya finalidad es crear convicción en la

Junta, sobre la justificación de sus

pretensiones, basándose en la Ley, la

Jurisprudencia, y en su apreciación de

los hechos controvertidos y en los

elementos probatorios que aportaron

Cierre de instrucción y laudo

Concluir el desahogo de pruebas,formulados los alegatos, previacertificación del secretario en el sentido deque no existen pruebas pendientes pordesahogar, el auxiliar de oficio, declararácerrada la instrucción, es decir, se declarala conclusión de la actividad procesal delas partes, para que el tribunal dicte el fallorespectivo, y dentro de los 10 díassiguientes, formulará el proyecto deresolución o dictamen en forma de laudo.

actividad

Por equipos hacer un sociodrama, que

simule un despido en el trabajo de

acuerdo con las causales del art. 47,

hasta llegar a la junta, bien terminando

el proceso o llegar a una conciliación