Presentacion agencias de colocacion grupo incorpora
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AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AGENCIAS DE COLOCACIÓN
Elena Ponte González
Coordinadora General/Responsable de Formación
Contextualización • Se deroga el R.D. 735/1995, de 5 de mayo. AC sin fines
de lucrativos y los S.I.P.E.
• Convenio nº 181 de la OIT. Convenio sobre las agencias
de empleo privadas, 1997 . Entrada vigor: 10 mayo 2000
• Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. Capitulo I. La intermediación
laboral.
• Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del
mercado de trabajo: “mejorar los mecanismos de intermediación laboral”
• Estrategia Española de Empleo, aprobada el 28 de octubre de 2011. “Promover una
rápida y adecuada reinserción de las personas”. “Paso del modelo basado en la gestión de subvenciones a un modelo
de servicios a la ciudadanía”. “La apertura a la colaboración público – privada”.
• R.D 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de
colocación.
Objetivos del RD AC
• Mejorar los mecanismos de intermediación laboral.
• Iniciar la apertura a la colaboración público-privada,
preservando el carácter PÚBLICO de la intermediación
en el mercado de trabajo.
• Incluir las entidades CON ÁNIMO DE LUCRO.
• COMPLEMENTAR la actividad que ya desarrollaban los SPEs
¿Qué son las AC?
• “Entidades público o privadas, con o sin ánimo de lucro, que en coordinación y
en su caso, colaboración con el SPE, realicen actividades de intermediación
laboral que tengan como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un
empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las
personas trabajadoras más apropiadas…” Capitulo I. Art.2.
autónomas (sin convenio) y las colaboradoras (con convenio)
• Empresas de recolocación: agencias de colocación especializadas en la
recolocación de personas que resultan de excedentes en procesos de
reestructuración empresarial (planes sociales o programas de recolocación).
Ámbito de actuación
Gestionar ofertas de trabajo y solicitudes de empleo de TODO el territorio español (incluido puestos temporales de AAPP).
Autorización por:
>1 CCAA Autorización por el SEPE
utilicen medios electrónicos exclusivamente
=1 CCAA el organismo equivalente en la CCAA.
Obligaciones: Agencias de Colocación AUTÓNOMAS:
- Autorización a 5 años (prorroga indef.)
- Disponer de sist. informáticos compatibles con el S.P.E.
- Espacio telemático común: información mensual individual y agregada(1-25 de mes siguiente).
Aplicativo que genere ficheros XML
- Memoria anual (en el 1º trimestre de cada ejercicio): indicadores de eficacia y actividad económica.
- Contabilidad separada (gastos e ingresos)
- Gratuidad para las personas trabajadoras por la prestación de servicios.
- Principios de Igualdad y no discriminación en el acceso al empleo.
- Accesibilidad p. discapacitadas.
- Respeto en el tratamiento de sus datos. LOPD.
- No subcontratar con terceros.
- Sujetas al control e inspección S.P.E.
- Planes específicos para la colocación colectivos prioritarios.
- Hacer constar en el desarrollo de sus actividades: Agencia de colocación autorizada y nº de
autorización
- No reciben financiación del S.P.E.
Obligaciones: Agencias de Colocación COLABORADORAS( además de las anteriores):
- Suministrar la información que contemple el convenio en relación a las personas atendidas y
las ofertas gestionadas.
- Gratuidad para las personas trabajadores y empleadores por la prestación de servicios.
- Reciben financiación del S.P.E. vinculada a resultados fijados en convenio. El 40% de los
fondos para el funcionamiento de la AC no provienen de S.P.E (entidades con ánimo de
lucro) o 10% en el caso de entidades sin ánimo de lucro. Sujeto a justificación.
- Comunicar las incidencias relativas a las obligaciones de las personas atendidas
beneficiarias de prestaciones por desempleo.
- Convenios podrán ser de 1 o 2 años ( ámbito de actuación, actividades, objetivos,
indicadores eficacia, mecanismos de comunicación, medios, forma de financiación, etc.)
- El procedimiento para suscribir convenios: subvención o contratación o cualquier otra
fórmula jurídica.
- Seguimiento y control por parte de los S.P.E:
o cumplimiento del % cofinanciación en los 6 primeros meses y al año.
o Indicadores de eficacia cada dos años a efectos de renovación.
Evaluación AC: indicadores de eficacia
• Nº de personas atendidas.
• Nº de personas atendidas perceptoras de prestaciones
por desempleo.
• Nº de personas atendidas pertenecientes a colectivos
con dificultades de inserción.
• Nº de ofertas y puestos de trabajo captados como resultado de su actividad de
intermediación.
• Nº de ofertas y puestos de trabajo cubiertos con las personas atendidas como
resultado de su actividad de intermediación.
• Nº de contratos de trabajo suscritos por las personas atendidas.
• Nº de contratos de trabajo indefinidos suscritos por las personas atendidas.
• otros indicadores correspondientes al resto de servicios ofrecidos por la agencia.
Procedimiento: Autorización
• Presentación de solicitud + proyecto técnico y de gestión (doc. acredite la solvencia
técnica)+ declaración responsable (al corriente de pagos y de no estar incurso en
circunstancias que prohíban contratar con la AAPP) [email protected]
Solicitud: BOCM nº34, jueves 10 de febrero de 2011.
Madrid.org Portal de empleo A. Colaboradores
Proyecto técnico:
1- Actividades a desarrollar.
2- Ubicación y descripción del centro.
3- Previsión de dotación de personal.(2 técnicos
con exp. min. 6 meses)
4- Descripción de los sist. informáticos
compatibles (dimensión, equipamiento y régimen de
titularidad)
SEPE recabará informe preceptivo de las CCAA.
Plazo máximo de resolución 3 meses.
Procedimiento: Valoración de la autorización
• Disponer como mínimo de 2 personas, y al menos el 50 por ciento de estas personas
deberán ser Titulados universitarios Medios o Superiores, o Grado equivalente.
Mínimo 6 meses de experiencia (50% del personal).
• Disponer de página Web.
• Disponer de metodología de actuación, incluido los planes específicos para colectivos.
• Disponer de sistemas informáticos compatibles que permitan acceder al SEPE, validar
su identidad de forma segura y transmitir información en ficheros con formato XML.
http://www.sistemanacionalempleo.es/et_comun.html
• Dispone de centros de trabajo adecuados: accesibilidad universal, espacios
adecuados, debidamente identificados y diferenciados para el desarrollo de la
actividad que permitan atención individualizada y grupal, y horario de atención al
público de 25 h semanales.
• Experiencia mínima previa en ejecución de programas de empleo y/o gestión de
recursos humanos. 1 año de experiencia mínima de la entidad o los promotores o el
personal.
Funcionamiento:
1.Recepción de usuario y contraseña enviado por el SEPE.
2.Disponer de sistema informático para generar los ficheros XML. Aplicación que generé
este fichero (no funciona convertir ficheros: “Guardar como”)
3.Contacto con la oficina de empleo correspondiente (visita de la o.e a la agencia).
4.Nº de autorización en los doc. de difusión o modelos, y en el centro de trabajo.
5.Disponer de modelo de ficha ofertas para solicitar candidatos a la oficina de empleo
(ficha oficial de la oficina)
6.Disponer de modelo de certificación de inscripción de personas a nuestra agencia
(modelo propio).
7.Mensualmente preparar envío de indicadores de eficacia del mes anterior (1 al 25 del
mes siguiente).
8.Memoria anual y contabilidad separada (1º trimestre del año)
Funcionamiento:
ficheros XML
Funcionamiento:
Aplicación SEPE
Dirección:
C/Ntra. Sra. de la Luz, 44
(28025 Madrid)
Telf.: 91 525 55 69
Fax: 91 281 19 41
GRACIAS
POR VUESTRA
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GRUPO DE AGENCIAS DE COLOCACIÓN
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