Presentación de PowerPoint · Registro de productores de peces y camarones para consumo humano con...
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PROGRAMA PROTECCION SANITARIA
ESPECIES ACUICOLAS
SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN ANIMAL DIRECCION TECNICA DE SANIDAD ANIMAL
Margy Aliethe Villanueva Soto Líder Nacional Programa Sanitario especies acuícolas Dirección Técnica de Sanidad Animal
Comité de
coordinación del sistema de control
Interno y de gestión de la calidad
Comité de
Coordinación y
Defensa Judicial
Comisión de Personal
Organigrama ICA Consejo Directivo
Gerencia General
Oficina Asesora de
Comunicaciones
Oficina de
Tecnologías de la
Información
Oficina Asesora
Jurídica
Oficina
Control
Interno
Oficina Asesora de
Planeación
Subgerencia de
Protección Animal
Subgerencia
de Protección Vegetal
Subgerencia de
Análisis y
Diagnóstico
Subgerencia de
Protección Fronteriza
Subgerencia
Administrativa y
Financiera
Subgerencia
de Regulación
Sanitaria y Fitosanitaria
Dirección de
Asuntos
Internacionales
Dirección de
Asuntos
Nacionales
Dirección Técnica de
Evaluación de
Riesgo
Dirección Técnica
de Inocuidad
e Insumos
Veterinarios
Dirección Técnica
De Sanidad
Animal
Dirección Técnica
de Vigilancia
Epidemiológica
Dirección Técnica
de Inocuidad
e Insumos Agrícolas
Dirección de
Sanidad Vegetal
Dirección Técnica
de Semillas
Dirección Técnica de
Epidemiología y
Vigilancia
Fitosanitaria
Dirección Técnica
de Análisis
y Diagnóstico
Veterinario
Dirección Técnica
de Análisis y
Diagnóstico
Agrícola
Dirección Técnica
Logística
Dirección Técnica
de Cuarentena
Grupo de Gestión
Financiera
Grupo de Gestión
Contractual
Grupo de Gestión
del Talento Humano
Grupo de Procesos
Disciplinarios
Grupo de Gestión
de Bienes y
Servicios
Gerencias Seccionales
PROTECCIÓN SANITARIA DE ESPECIES ACUÍCOLAS
Contribuir desde el ámbito misional del ICA a la protección sanitaria de las especies acuícolas de importancia económica, respecto a las enfermedades de declaración obligatoria y de impacto económico, mediante la implementación de las medidas de prevención y control sanitario para garantizar la salud de los consumidores y el acceso a mercados bajo estándares de calidad e inocuidad.
PISCICULTURA: • TILAPIA NILOTICA (Oreochromis niloticus) • TILAPIA ROJA (Oreochromis sp.) • TRUCHA (Oncorhynchus mykiss) • CACHAMA NEGRA (Colossoma macropomum) • CACHAMA BLANCA(Piaractus brachypomus)
ENFERMEDADES DE DECLARACIÓN OBLIGATORIA ANTE LA OIE Y DE IMPACTO ECONÓMICO
CRUSTACEOS: 1. Enfermedad de las manchas blancas-WSSV. 2. Enfermedad de la cabeza amarilla-YHV 3. Síndrome de Taura- STV. 4. Hepatopancreatitis Necrotizante-NHP. 5. Necrosis hipodérmica y hematopoyética infecciosa-IHNNV. 6. Enfermedad de la cola blanca-WTD 7. Mionecrosis infecciosa-IMNV. 8. Plaga del cangrejo de río (Aphanomyces astaci). 9. Enfermedad de la Necrosis Aguda del Hepatopáncreas-
AHPND
PECES: 1. Necrosis hematopoyética epizoótica 2. Girodactilosis (Gyrodactylus salaris) 3. Necrosis hematopoyética infecciosa 4. Infección por alfavirus de los Salmónidos 5. Infección por las variantes con supresión en la HPR y
HPR0 del virus de la Anemia Infecciosa del Salmón 6. Septicemia hemorrágica viral 7. Síndrome ulcerante epizoótico (Aphanomyces invadans) 8. Herpes virosis de la carpa koi 9. Iridovirosis de la dorada japonesa 10. Viremia primaveral de la carpa Producidas por bacterias: Streptococcus sp., Flavobacterium sp.
Resolución 1104 de 2004
Resolución 3336 de 2004
Resolución 004 de 2004
Resolución 1414 de 2006
NORMATIVIDAD
NORMATIVIDAD
PREVENCION Y CONTROL DE ENFERMEDADES EN ESPECIES ACUÍCOLAS
ACTIVIDAD MARCO LEGAL
1. Prohíbe la importación de crustáceos destinados
al consumo humano, procedentes de países afectados por los virus de las Manchas blancas-WSSV y de la Cabeza Amarilla-YHV.
2. Establece la excepción para productos sometidos a tratamiento térmico.
1. Otorga tiempo para su aplicabilidad: comenzará
a regir una vez sea inscrita en el Registro Subregional Andino de Normas Sanitarias, en todo caso no antes de 60 días.
Resolución 1104 del 2004: ”Por la cual se toman medidas de carácter sanitario para prevenir el ingreso y la difusión en Colombia de las Enfermedades de la Cabeza Amarilla-YHV y Manchas Blancas-WSSV que afectan las poblaciones de crustáceos”. Modificada parcialmente por la Resolución 1487 de 2004:
MinAgricultura Ministerio de Agricultura
y Desarrollo Rural
Instituto Colombiano Agropecuario
Resolución 1104 de 2004
Resolución 3336 de 2004
Resolución 004 de 2004
Resolución 1414 de 2006
NORMATIVIDAD
NORMATIVIDAD
PREVENCION Y CONTROL DE ENFERMEDADES EN ESPECIES ACUÍCOLAS
ACTIVIDAD MARCO LEGAL
CONTROL IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES 1. Control de las importaciones para
prevenir el riesgo de ingreso, difusión y establecimiento de enfermedades exóticas y otras de interés nacional: Control en primera barrera.
2. Certificación de las exportaciones para garantizar la calidad sanitaria de los animales y sus productos.
3. Establecer los procedimientos para el desarrollo de cuarentenas.
Resolución 3336 de 2004 “Por la cual se adoptan medidas de índole sanitario para importaciones y exportaciones de animales y sus productos, y se establecen algunas excepciones”. Modificada por la resolución 1317 de 2007 Derogada parcialmente por la Res. 1558 de 2010.
Resolución 1104 de 2004
Resolución 3336 de 2004
Resolución 004 de 2004
Resolución 1414 de 2006
NORMATIVIDAD
NORMATIVIDAD
PREVENCION Y CONTROL DE ENFERMEDADES EN ESPECIES ACUÍCOLAS
ACTIVIDAD MARCO LEGAL
Evaluación de las condiciones sanitarias de los establecimientos extranjeros que deseen exportar a Colombia animales terrestres y acuáticos vivos, sus productos u otros de riesgo para la sanidad animal del país.
Resolución 004 de 2005: “Por la cual se establece la obligación de inscripción ante el ICA de los establecimientos extranjeros que deseen exportar a Colombia animales terrestres y acuáticos vivos, sus productos u otros de riesgo para la sanidad animal del país”
Registro de productores de peces y camarones para consumo humano con destino a exportación.
Resolución 1414 de 2006: “Por la cual se establece el registro ante el ICA, de productores de camarón y de peces para consumo humano con destino a la exportación”.
Resolución 1418 de 2006
Resolución 5239 de 2009.
Resolución 1464 de 2010
Resolución 4363 de 2013
Resolución 064 de 2016
NORMATIVIDAD
NORMATIVIDAD
CONTROL DE ENFERMEDADES EN ESPECIES ACUÍCOLAS
ACTIVIDAD MARCO LEGAL
Se exceptúa de DZI a algunos productos de animales acuáticos, teniendo en cuenta que existen productos que por su constitución física y por los procesos de transformación a que han sido sometidos representan un riesgo insignificante de difundir enfermedades que afecten la población acuícola del país.
Resolución 1418 de 2006: “Por la cual se exceptúan de Documento Zoosanitario para Importación algunos productos de animales acuáticos”.
Resolución 1418 de 2006
Resolución 5239 de 2009.
Resolución 1464 de 2010
Resolución 4363 de 2013
Resolución 0064 de 2016
NORMATIVIDAD
NORMATIVIDAD
CONTROL DE ENFERMEDADES EN ESPECIES ACUÍCOLAS
ACTIVIDAD MARCO LEGAL
Registro de establecimientos de cuarentena y comercialización de peces ornamentales con destino a la exportación.
Resolución 5239 de 2009: “Por medio de la cual se establecen los requisitos sanitarios para el registro de los establecimientos de cuarentena y comercialización de peces ornamentales con destino a exportación”
Resolución 1418 de 2006
Resolución 5239 de 2009.
Resolución 1464 de 2010
Resolución 4363 de 2013
Resolución 03714 de 2015
Resolución 0064 de 2016
NORMATIVIDAD
NORMATIVIDAD
CONTROL DE ENFERMEDADES EN ESPECIES ACUÍCOLAS
ACTIVIDAD MARCO LEGAL
CONTROL SANITARIO: Registro sanitario de los predios productores de caracol terrestre Helix aspersa
Resolución 1464 de 2010: “Por medio de la cual se establecen los requisitos para el registro y las condiciones sanitarias para los predios productores del caracol terrestre Helix aspersa y se dictan otras disposiciones”.
NORMATIVIDAD
CONTROL DE ENFERMEDADES EN ESPECIES ACUÍCOLAS
ACTIVIDAD MARCO LEGAL
CONTROL SANITARIO:
• Medida de emergencia para preservar la sanidad de los camarones en cultivo país.
Resolución 4364 de 2013: “Por medio de la cual se prohíbe el ingreso al país de crustáceos vivos y sus productos frescos, crudos, refrigerados o congelados provenientes de países afectados por la presencia de la enfermedad denominada Síndrome de Mortalidad Temprana (EMS) o Síndrome de Necrosis Hepatopancreática Aguda (APHNS)”.
• Registro sanitario de los predios productores de animales acuáticos.
Resolución 0064 de 2016: “Por medio de la cual se establecen los requisitos para obtener el Registro Pecuario de los Establecimientos de Acuicultura ante el ICA”.
ACTIVIDAD MARCO LEGAL
CONTROL SANITARIO: Art. 1.Establece la declaración obligatoria ante el ICA de las enfermedades, infecciones e infestaciones de que trata el artículo 4 de esta resolución:
Resolución 3714 de 2015: “Por la cual se establecen las enfermedades de declaración obligatoria en Colombia.”
Enfermedades de los peces: • Necrosis hematopoyética epizoótica • Infección por Aphanomyces invadans (Síndrome ulcerante
epizoótico) • Infección por Gyrodactylus salaris • Infección por el virus de la anemia infecciosa del salmón • Infección por el alfavirus de los salmónidos • Necrosis hematopoyética infecciosa • Infección por las variantes con supresión en la HPR y HPRO
del virus de la anemia infecciosa del salmón • Herpesvirosis de la carpa koi • Iridovirosis de la dorada japonesa • Viremia primaveral de la carpa • Septicemia hemorrágica viral
Enfermedades de los moluscos: • Infección por Bonamia exitiosa • Infección por Bonamia ostreae • Infección por herpesvirosis de abalón • Infección por Marteilia regringens • Infección por Perkinsus marinus • Infección por Perkinsus olseni • Infección por Xenohaliotis californiensis
Enfermedades de crustáceos • Enfermedad de la cola blanca • Enfermedad de las Manchas blancas • Hepatopancreatitis necrotizante • Infección por virus de la cabeza amarilla • Mionecrosis infecciosa • Necrosis hipodérmica y hematopoyética infecciosa • Plaga del cangrejo de río (Aphanomyces astaci) • Síndrome de Taura
Enfermedades de anfibios • Infección por Batrachochytrium dendrobatidis • Infección por ranavirus
ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN: 1. Control de las importaciones de animales acuáticos
vivos y sus productos:
• Análisis de riesgos. • Habilitación de predios de origen. • Visitas de verificación in situ. • Establecimiento de requisitos. • Inspección en puertos, aeropuertos y pasos
fronterizos. • Aplicación de medidas sanitarias (tratamiento,
reembarque, sacrificio, destrucción). • Cuarentenas en origen y destino. • Verificación con pruebas de laboratorio.
2. Control de los insumos veterinarios utilizados en
producción primaria de animales acuáticos.
3. Promoción de la implementación de las Buenas Prácticas de Producción en Acuicultura-BPPA.
ACTIVIDADES DE CONTROL: 1. Visitas técnicas a establecimientos acuícolas:
• Atención notificaciones de enfermedad. • Censo de establecimientos acuícolas en los departamentos involucrados en el proyecto.
2. Actualización del censo de establecimientos acuícolas en 21 departamentos: • Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caquetá, Caldas, Casanare, Cauca, Chocó Cundinamarca,
Córdoba, Huila, Magdalena, Meta, Nariño, Putumayo, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima y Valle.
3. Eventos de capacitación y actualización a funcionarios.
4. Eventos de Educomunicación a productores acuícolas a nivel nacional.
5. Visitas de seguimiento y control en establecimientos productores de peces y camarones para consumo humano con destino a la exportación.
VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA: 1. Estudio para conocer la situación sanitaria sobre las enfermedades de las Manchas
Blancas-WSSV y de la cabeza amarilla-YHV en los establecimientos de camarón de cultivo en los departamentos de la Costa caribe colombiana.
2. Auto declaración de la Costa Caribe como zona libre para estas enfermedades.
Cobertura: 21 departamentos. Población atendida:
• Visitas técnicas a establecimientos acuícolas: 2.585 productores.
• Visitas de seguimiento y control en establecimientos productores de peces y camarones para consumo humano con destino a la exportación: 44 visitas técnicas.
• Realización de eventos de capacitación y actualización a funcionarios a nivel seccional: 59 eventos (676 funcionarios).
• Realización de eventos de Educomunicación a productores acuícolas a nivel seccional:
167 eventos (2570 usuarios).
SUBGERENCIA
DE REGULACION SANITARIA Y FITO
SANITARIA
SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN FRONTERIZA
SUBGERENCIA DE PROTECCION
ANIMAL
DTEV
DTIIVD
SUBGERENCIA DE ANALISIS Y
DIAGNOSTICO
SUBGERENCIA DE PROTECCION ANIMAL
INTERELACION CON OTRAS DEPENDENCIAS
DIRECCIÓN TÉCNICA DE ASUNTOS INTERNACIONALES:
Preparar los documentos técnicos que permitan la armonización de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias-MSF- emitidas por el Instituto, con los organismos internacionales de referencia.
Mantener un sistema de información sobre el desarrollo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias-MSF- en el marco internacional. Retroalimentación con el área técnica.
DIRECCIÓN TÉCNICA DE ASUNTOS NACIONALES:
Proyectar las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, en coordinación con la Subgerencia de Protección Animal, de manera que esté armonizada con las directrices internacionales o soportadas en evaluaciones de riesgo.
Cumplir los procedimientos para la preparación y expedición de regulaciones en materia de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y en especial los procesos de consulta pública nacional e internacional.
INTERELACION CON OTRAS DEPENDENCIAS
DIRECCIÓN TÉCNICA DE EVALUACION DE RIESGO:
Soporte científico y técnico de la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria en materia de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, competencia del Instituto que contribuyan a mejorar el estatus sanitario de la producción agroalimentaria.
Adelantar la evaluación del riesgo que se requiera, para las importaciones y exportaciones de animales acuáticos vivos y sus productos.
Identificar las necesidades de información técnico científica requeridas para llevar a cabo las evaluaciones de riesgo. Realizar seguimiento y evaluar los resultados de las investigaciones para conducir las evaluaciones de riesgo.
DIRECCION TECNICA DE CUARENTENA:
Inspección y concepto sanitario para habilitación de predios de cuarentenas de importación. Supervisión y control de las cuarentenas de importación. Expedición de los certificados de inspección sanitaria de las importaciones .
Control sanitario de equipaje acompañado de naves aéreas, inspección de buques y vehículos terrestres y sus pasajeros en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos internacionales. Revisión de depósitos de provisiones y disposición final de desechos. Certificación Zoosanitaria de exportación de animales acuáticos vivos y sus productos.
DIRECCION TECNICA DE EPIDEMIOLOGIA:
Mantiene comunicación permanente sobre la condición sanitaria de los establecimientos acuícolas del país. Realizan en conjunto los estudios de vigilancia activa en los establecimientos de camarones del país.
Retroalimenta la información del sistema de notificación oficial de enfermedades de declaración obligatoria.
NIVEL REGIONAL 13 COORDINACIONES
EPIDEMIOLOGICAS REGIONALES
UNIDADES DE EMERGENCIA
DIRECCION TECNICA DE INOCUIDAD E INSUMOS VETERINARIOS:
Velar por la implementación de sistemas de aseguramiento de la calidad e inocuidad (Buenas Prácticas Pecuarias, Buenas Prácticas de Manufactura y demás).
Llevar el registro de los insumos para la producción primaria de animales que se importen, exporten, produzcan, comercialicen y utilicen en el territorio nacional de acuerdo con sus niveles de riesgo para la salud humana y la sanidad animal. Ejercer el control técnico-científico para la obtención de productos inocuos en las cadenas agroalimentarias de producción animal primaria. Establecer las directrices para el desarrollo de programas y sistemas de trazabilidad en la producción primaria de animales y promover su implementación.
DIRECCIÓN TÉCNICA DE ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO VETERINARIO
Servicios ofrecidos por el LNDV-Bogotá:
Histopatología (peces)
Bacteriología.
Parasitología.
Análisis físico-químico para aguas de
cultivo.
Pruebas diagnósticas para
enfermedades de camarones, por
Biología molecular (PCR) para WSSV,
YHV, TSV, IHHNV, NHP e IMNV.
Resolución 3823 de 2013
Resolución 339 de 2014.
NORMATIVIDAD
LABORATORIOS
CONTROL DE ENFERMEDADES EN ESPECIES ACUÍCOLAS
ACTIVIDAD MARCO LEGAL
• Medida para el reconocimiento y autorización de
laboratorios para conformar la red nacional de laboratorios.
Resolución 3823 de 2013: “Por medio de la cual se establecen los requisitos para el reconocimiento de los laboratorios del sector agropecuario, los requisitos para acceder a las convocatorias del ICA como laboratorios autorizados y conformar la red nacional de laboratorios de ensayo/prueba y/o diagnóstico, competencia del ICA y se dictan otras disposiciones”.
• Modificación de la Resolución 3823 de 2013. Resolución 339 de 2014: “Por medio de la cual se modifican los artículos 10 y 23 de la Resolución 3823 de 2013 y se establecen otras disposiciones”. Artículo 10: condiciones para realizar las modificaciones de registro Artículo 23: Plazo transitorio hasta el 4 de agosto de 2013 para obtener el registro ante el ICA.
MinAgricultura Ministerio de Agricultura
y Desarrollo Rural
Instituto Colombiano Agropecuario
Certificado
No.SC5917-1
Certificado
NTCGP No.077-1
Gracias
MinAgricultura Ministerio de Agricultura
y Desarrollo Rural
Instituto Colombiano Agropecuario