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Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento “LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Y SU REGLAMENTO”

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Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

“LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Y SU REGLAMENTO”

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EVOLUCIÓN NORMATIVA DEL SECTOR

1981

Creación de

SENAPA

(Servicio Nacional

de Abaste. de A&A)

1990

SENAPA transfier

e acciones

a Municipi

os Provincia

les y Distritale

s

1992

Creación de la

SUNASS

Regulador de los servicios

de saneami

ento

1994

Ley N°26338

Ley General

de Servicios

de Saneami

ento (LGSS)

2002

Se crea el MVCS

Ente rector

del sector

Saneamiento

2013

Ley N°30045

Ley de Modernización de

los Servicios

de Saneami

ento (LMSS) y

su Reglame

nto.

2015

D.L. 1240,

modifica la LGSS

y la LMSS

2016

D.L. 1280

Ley Marco de la

Gestión y Prestación

de los Servicios

de Saneamien

to

2017

D.S N°019-2017-VIVIENDA

Reglamento de la

ley marco de la

Gestión y Prestaciones de los Servicios

de Saneamie

nto

2018

D.L 1357 modifica diversos artículos del D.L. 1280

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Incrementar la cobertura, calidad y sostenibilidad de los

servicios de saneamiento, para alcanzar el acceso

universal.

Reducir la brecha de infraestructura y asegurar el

acceso a los SS, sobre todo a la población rural y de escasos

recursos.

Alcanzar la autonomía empresarial e integración de

prestadores.

Incrementar los niveles de eficiencia de los servicios de

saneamiento.

Lograr la gestión sostenible del ambiente y de los RR.HH.

en la prestación de los SS.

OBJETIVOS DE LA POLÍTICA PÚBLICA DEL SECTOR SANEAMIENTO

1

2

4 3

5

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¿QUÉ SON LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO?

Es el servicio de agua potable, servicio dealcantarillado sanitario, servicio detratamiento de aguas residuales paradisposición final o reúso y servicio dedisposición sanitaria de excretas.

Los servicios de saneamiento abarcan laentrega a través de sistemas previamenteinstalados del agua potable a domicilio,disposición sanitaria de excretas o recojo deagua residual para su tratamiento posteriorantes de ser vertidas en un cuerpo receptorde forma que no se afecte el ambiente acambio del pago de una tarifa o cuotafamiliar al prestador del servicio desaneamiento.

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RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

o Constitución Política del Perú - 1993 (Artículo 192 y 195)

Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional,fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de suresponsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y localesde desarrollo.

Son competentes para:

Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con lasmunicipalidades y la sociedad civil.

Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y laprestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía conlas políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo.

Son competentes para:

Desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación,salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de losrecursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo,conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura,recreación y deporte, conforme a ley.

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RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

o Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 (artículo 58)

Funciones en materia saneamiento:

• Formular, aprobar y evaluar los planes y políticas regionales enmateria de vivienda y saneamiento, en concordancia con losplanes de desarrollo de los gobiernos locales, y de conformidadcon las políticas nacionales y planes sectoriales.

• Ejecutar acciones de promoción, asistencia técnica, capacitación,investigación científica y tecnológica en materia de construccióny saneamiento.

• Apoyar técnica y financieramente a los gobiernos locales en laprestación de servicios de saneamiento.

• Asumir la ejecución de los programas de vivienda y saneamientoa solicitud de los gobiernos locales.

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o Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972:

Artículo 80.- SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUDLas municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud,ejercen las siguientes funciones: (…)

2. Funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales:2.1. Administrar y reglamentar directamente o por concesión el servicio deagua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento deresiduos sólidos, cuando por economías de escala resulte eficientecentralizar provincialmente el servicio. (…)2.3. Proveer los servicios de saneamiento rural cuando éstos no puedanser atendidos por las municipalidades distritales o las de los centrospoblados rurales, y coordinar con ellas para la realización de campañas decontrol de epidemias y sanidad animal.(…)4. Funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales:4.1 Administrar y reglamentar, directamente o por concesión el servicio deagua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento deresiduos sólidos, cuando esté en capacidad de hacerlo.4.2. Proveer los servicios de saneamiento rural y coordinar con lasmunicipalidades de centros poblados para la realización de campañas decontrol de epidemias y control de sanidad animal. (…)

RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

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Las municipalidades provinciales sonresponsables de la prestacióneficiente y sostenible de los serviciosde saneamiento.

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RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

ÁMBITO URBANO ÁMBITO RURAL

* Excepcionalmente, en aquellas pequeñas ciudades que se encuentranfuera del ámbito de una empresa prestadora, dicha responsabilidad recaeen la municipalidad distrital que corresponda, siempre y cuando ésta seencuentre en capacidad de asumirla, de conformidad con lo queestablezca la presente Ley, su Reglamento y las normas sectoriales.

*Cuando las municipalidades distritales no se encuentren en capacidad de asumirla responsabilidad, la misma recae en la municipalidad provincial, de conformidadcon lo que establezca la presente Ley, su Reglamento y las normas sectoriales.

a través

De empresas prestadoras de losservicios de saneamiento*.

Las municipalidades distritales sonresponsables de la prestacióneficiente y sostenible de los serviciosde saneamiento en el ámbito rural*.

siempre y cuando

No se encuentre dentro del ámbito deuna empresa prestadora.

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Ámbito Rural ¿Qué sucede cuando la municipalidad responsable no está en capacidad de prestar los servicios de saneamiento?

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¿Cuándo una municipalidad no está en capacidad de prestar los serviciosde saneamiento en el ámbito rural?

Cuando por lo menos cumple con dos (2) de las siguientes condiciones:

1. Que más del cincuenta por ciento (50%) de los usuarios no cuentan conservicios de saneamiento.2. Que en los últimos cinco (5) años consecutivos no haya contado conrecursos en el Presupuesto Institucional de Apertura y/o en el PresupuestoInicial Modificado para actividades relacionadas para la prestación directa delos servicios de saneamiento en el ámbito rural, según la normativa vigente;o haya verificado que la Unidad de Gestión Municipal constituida no cuentacon recursos suficientes que le permitan cubrir los costos para la prestacióndirecta de los servicios de saneamiento. Se exceptúan aquellasmunicipalidades que obtienen recursos del canon, sobre canon y regalíasmineras.3. No cumplir con los parámetros de control obligatorio establecidos en elReglamento de Calidad de Agua Para Consumo Humano.4. Otras condiciones que determine el Ente Rector.

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Ámbito Rural ¿Qué sucede cuando la municipalidad responsable no está en capacidad de prestar los servicios de saneamiento?

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•Determina no estar encapacidad de prestar elservicio.

•Acuerdo de ConcejoMunicipal.

•De oficio o de Parte.

Municipalidad Distrital

•Asume la prestacióntemporal.

•Acuerdo de ConcejoMunicipal.

•Puede integrar el ámbito auna EPM.

Municipalidad Provincial

•Asume nuevamentecuando acredite superar lascondiciones que generaronsu falta de capacidad.

Municipalidad Distrital

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SISTEMAS Y PROCESOS QUE COMPRENDEN LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

Cuerpo Receptor

PTAR3SERVICIO DE TRATAMIENTO

DE AGUAS RESIDUALES

PTAP

SERVICIO DE AGUA POTABLE

1

2

SERVICIO DE ALCANTARILLADO

SANITARIO

ÁMBITO URBANO

1.B

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN

captación, almacenamiento yconducción de agua cruda;tratamiento y conducción deagua tratada, mediantecualquier tecnología.

almacenamiento, distribución, entrega y medición al usuario mediante cualquier tecnología.

recolección, impulsión yconducción de aguas residualeshasta el punto de entrega para sutratamiento.

mejora de la calidad delagua residual provenientedel servicio dealcantarillado medianteprocesos físicos,químicos, biológicos uotros, y los componentesnecesarios para ladisposición final o reúso.

1.A

PTAP

SERVICIO DE AGUA POTABLE

1

2

SERVICIO DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE

EXCRETAS

1.B

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN

captación, almacenamiento yconducción de agua cruda;tratamiento y conducción deagua tratada, mediantecualquier tecnología.

almacenamiento, distribución, entrega y medición al usuario mediante cualquier tecnología.

disposición final del agua residual y la disposición sanitaria de excretas a nivel intradomiciliario, con o sin arrastre hidráulico.

1.A

ÁMBITO RURALFuente de Agua

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LA ORGANIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

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Aprueba cada 5 años el Plan Nacional de Saneamiento (instrumento de políticasectorial).

Aprueba la normatividad reglamentaria sectorial. Promueve la inversión privada a través de Asociaciones Público Privadas (APP). Promueve la eficiencia de la gestión y prestación de los SS de los prestadores a través

del SFC. Articula, coordina y monitorea a los organismos públicos especializados del sector

saneamiento y demás entidades vinculadas con la prestación de los SS. Gestiona, administra y mantiene actualizado el SIAS. Coordina con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y las instituciones

públicas la implementación y evaluación de las políticas nacionales y sectoriales enmateria de saneamiento.

Promueve planes regionales y locales que involucre a todos los actores del SectorSaneamiento para desarrollar mecanismos de financiamiento para proyectos deinversión de servicios de saneamiento.

COMPETENCIAS Y FUNCIONES SECTORIALES

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Fortalece las capacidades de los prestadores de servicios de saneamiento del ámbitourbano.

Promueve e incentiva la adopción de estándares para la sistematización de informaciónmediante la incorporación de tecnologías adecuadas y acorde a las capacidades de dichasempresas.

Promueve y asiste a las empresas prestadoras en el proceso de adecuación eimplementación de la Ley Marco, el presente Reglamento y la normativa sectorial.

Promover, planificar y ejecutar la integración de los prestadores de los servicios desaneamiento.

Prioriza el ingreso y dirige el RAT en las empresas prestadoras municipales. Mejorar la gestión operativa, comercial y administrativa de las empresas prestadoras

municipales, mediante el financiamiento para la adquisición de los bienes y servicios. Para asegurar el cumplimiento de los objetivos de la política pública, el OTASS efectúa un

monitoreo continuo del impacto de sus acciones y transferencias. Aprobar el Plan de Acciones de Urgencia y el Plan de Reflotamiento de las empresas

prestadoras incorporadas al RAT y financiar su elaboración e implementación.

COMPETENCIAS Y FUNCIONES SECTORIALES

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Determina las áreas de prestación de los servicios de saneamiento, además de los productos yservicios derivados de la prestación de los SS.

Supervisa, fiscaliza y sanciona sobre las obligaciones legales o técnicas de las empresasprestadoras de accionariado municipal, en la materias de: Composición y recomposición deldirectorio; designación, remoción y vacancia de los miembros del directorio; designación yremoción del gerente general; rendición de cuentas, desempeño y buen gobierno corporativo;administración y gestión empresarial.

Supervisar y fiscalizar la administración y ejecución de los recursos recaudados por lasempresas prestadoras por concepto de retribución por servicios ecosistémicos.

Evalúa a las empresas prestadoras municipales a fin de determinar si incurren en causal(es)para el ingreso al RAT.

COMPETENCIAS Y FUNCIONES SECTORIALES

Aprueba la metodología para fijar el valor de la cuota familiar en el ámbito rural. Aprueba los lineamientos para que las empresas prestadoras públicas implementen un sistema

de registro de costos e ingresos para regularse. Emite opinión previa para la constitución de una empresa prestadora. Determina la viabilidad de la incorporación de las pequeñas ciudades a las empresas

prestadoras, y cuando esta no sea posible, autorizar excepcionalmente a los municipios aprestar los servicios de saneamiento.

Elabora y aprueba la Escala Eficiente. Establece los modelos de regulación diferenciados de los prestadores de servicios de

saneamiento regulados, considerando las áreas de prestación del servicio. Formula normas para la elaboración del PMO. Emite opinión sobre los Contratos de Explotación y sus modificaciones, dentro del ámbito de

sus competencias.

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COMPETENCIAS Y FUNCIONES SECTORIALES

Formular, aprobar y evaluar los planes y políticas regionales en materia de saneamiento. Ejecutar acciones de promoción, asistencia técnica, capacitación, investigación científica y

tecnológica en materia de saneamiento. Apoyar técnica y financieramente a los gobiernos locales en la prestación de los servicios de

saneamiento. Asumir la ejecución de los programas de saneamiento a solicitud de los gobiernos locales. Recopilar e incorporar en el SIAS u otro aprobado por el Ente rector. Destinar los fondos transferidos por el Ente Rector (según el 180.1 de la Ley Marco)

exclusivamente para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión ensaneamiento.

Financiar la implementación de programas de asistencia técnica, operativa y financiera afavor de los prestadores de servicios de saneamiento rural.

Incluir en el presupuesto institucional la priorización de asignación de recursos para elfinanciamiento y cofinanciamiento de proyectos de inversión en saneamiento en el ámbitourbano y rural.

Coordinar, con los demás niveles de gobierno, la planificación, programación y ejecución delos proyectos de inversión en saneamiento, en el marco de la normativa aplicable.

Remitir al Ente Rector, la información exigida en los convenios de transferencias de recursospara el financiamiento de los proyectos de inversión en saneamiento, respecto a lasupervisión o inspección de la obra.

Verificar la implementación de los instrumentos y mecanismos del Sinagerd.

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COMPETENCIAS Y FUNCIONES SECTORIALES

Administra los bienes de dominio público adscritos a la prestación del servicio.

Constituye un Área Técnica Municipal, encargada de monitorear, supervisar, fiscalizar y brindar asistencia ycapacitación técnica a los prestadores de los servicios en pequeñas ciudades y el ámbito rural, con lafinalidad de asegurar la sostenibilidad de los SS.

Asigna los recursos para el financiamiento de inversiones en materia de infraestructura de saneamiento.

Financia y cofinancia la reposición y mantenimiento de la infraestructura de saneamiento en el ámbito rural.

Recopilar e incorporar en el SIAS u otro sistema aprobado por el Ente rector.

Velar por el cumplimiento de las normas sectoriales.

Garantizar la prestación de los servicios de saneamiento en condiciones de eficiencia, sostenibilidad ycalidad.

Planificar y programar, en coordinación con los demás niveles de gobierno, la ejecución de los proyectos deinversión en saneamiento, en el marco de la normativa de la materia.

Otorgar la explotación de los servicios de saneamiento.

Apoyar técnica y financieramente en el desarrollo de infraestructura y la adquisición de equipos para laprestación de servicios de saneamiento.

Constituir empresas prestadoras públicas de accionariado municipal, en forma individual o asociada a otrasmunicipalidades provinciales, así como constituir empresas prestadoras de servicios de saneamiento mixtas.

Cumplir con las obligaciones previstas en el contrato de explotación o similar y hacer cumplir aquellas que lecorrespondan a los prestadores de los servicios.

Implementar los instrumentos y mecanismos del Sinagerd.

Informar a la Sunass respecto a la constitución de Unidades de Gestión Municipal, contratación deOperadores Especializados (Pequeñas Ciudades).

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CARACTERÍSTICAS

EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - EPS

Régimen Legal

Especial

Accionistas

(CAPITAL SOCIAL)Directores

Título

Habilitante

EMPRESA PRESTADORA

MUNICIPAL

DL 1280 (Ley Marco) y

supletoriamente la Ley

General de Sociedades

Municipalidades

Provinciales/el MVCS3

CONTRATO DE

EXPLOTACIÓN

EMPRESA PRESTADORA

MIXTA

DL 1280 (Ley Marco) y

supletoriamente la Ley

General de Sociedades

Respecto a los socios - Ley de

Sociedades.

Municipalidades Provinciales

y PJ de derecho privado. 5

CONTRATO DE

EXPLOTACIÓN

EMPRESA PRESTADORA

PRIVADALey General de Sociedades PJ de derecho privado. CONCESIÓN

SEDAPAL

DL 150 (Ley de creación) y serige por Ley General deSociedades, Ley de la Actividad

Empresarial del Estado y

Normas de Fonafe.

LEY DE CREACIÓN - DL

150.

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Las empresas prestadoras se constituyen única yexclusivamente como Sociedades Anónimas, bajo unRégimen Legal Especial Societario - RLES establecido enla Ley Marco, sujetándose asimismo a lo dispuesto en suReglamento, normas sectoriales y supletoriamente por laLey N° 26887, Ley General de Sociedades.

Su Estatuto Social se formula de acuerdo con loestablecido en las citadas normas. Cuenta con una JuntaGeneral de Accionistas, un Directorio y una GerenciaGeneral.

EMPRESAS PRESTADORAS MUNICIPALES

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El capital social está representado por acciones nominativas y se integra por aportes de la(s) municipalidad(es)

provincial(es) accionista(s) en dinero u otros bienes.

Las acciones de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal, representan partes alícuotas del

capital, todas tienen el mismo valor nominal y dan derecho a un voto, conforme a los mecanismos y procedimiento que

establezca la Sunass.

Las acciones son intransferibles, inembargables y no pueden ser objeto de embargo, medida cautelar, medida judicial o de

contratación alguno o pasible de derecho real o personal.

Del capital social y de la titularidad de acciones

EMPRESAS PRESTADORAS MUNICIPALES

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¿QUÉ ES Y CÓMO ESTÁ CONFORMADO?

• Es el órgano de mayor jerarquía de la EPM yestá conformada por el representante legalde la(s) municipalidad(es) provincial(es) encuyo ámbito opera la empresa prestadora,o por quien esta designe para tal efecto.

• Cada acción da derecho a un voto, salvopara la elección de directoresrepresentantes de la(s) municipalidad(es)accionista(s).

• Está obligada al respeto de la autonomía dela gestión empresarial de las EPM y alcumplimiento de las normas de BuenGobierno Corporativo y Rendición deCuentas y Desempeño establecidas por elEnte rector, así como de las demásobligaciones que establezca la normativasectorial.

ATRIBUCIONES

• Elegir, reelegir y remover a los miembros delDirectorio representantes de los accionistas.

• Efectuar la declaración de vacancia por incurriren causal de impedimento, en caso que elDirectorio no la efectúe dentro del plazoestablecido (15 días).

• Acordar la integración de prestadores y laincorporación de ámbitos no atendidos porestos.

• Fijar el monto de las dietas de los miembros delDirectorio (límites presupuestales - MEF)*.

• Autorizar la celebración del contrato deexplotación, cuando el Directorio no lo realice.

• Las demás que establezcan la Ley de Marco, elReglamento, normas sectoriales ysupletoriamente por lo dispuesto en la Ley Nº26887, Ley General de Sociedades.

RESPONSABILIDAD

• Por votar a favor de acuerdos contrarios a: i) lasdisposiciones del contrato de explotación y elestatuto social de la empresa prestadora; ii) losacuerdos válidos adoptados por el Directorio dela empresa prestadora; iii) los intereses delEstado; y, iv) la presente Ley, su Reglamento, lasnormas de Buen Gobierno Corporativo yRendición de Cuentas y Desempeño, y lasnormas sectoriales.

• Por incumplir las obligaciones contenidas en lapresente Ley, su Reglamento, las normas deBuen Gobierno Corporativo y Rendición deCuentas y Desempeño y las normas sectoriales.

• Por realizar actos de direccionamiento a favorde postores en las compras públicas o depersonas en la contratación de trabajadores,independientemente de la modalidad o fuentede financiamiento.

• Por entorpecer, obstaculizar e impedir laejecución física de las acciones inmediatas,acciones de urgencia o cualquier otra medida aejecutarse como consecuencia de latransferencia de recursos que realiza el OTASS alas empresas prestadoras de servicios desaneamiento y la ejecución de medidas queprovengan de otras fuentes de financiamiento.Esta responsabilidad alcanza a los funcionariosde las municipalidades y órganos adscritos odependientes de ellas.

JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

* D.S N° 329-2018-EF

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DIRECTORIO

DIRECTORIO

SOCIEDAD CIVIL

1 REPRESENTANTE (titular y suplente)

GOBIERNO REGIONAL

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

ACCIONISTAS

1 REPRESENTANTE (titular y suplente)

1 REPRESENTANTE (titular y suplente)

Composición

Elegir a su Presidente.

- Declarar la vacancia de algún(os) miembro(s)del Directorio por las causales establecidas.- Designar y remover al Gerente General ydemás Gerentes de la empresa prestadorapública de accionariado municipal.

Las demás que establezca la presente Ley, suReglamento, normas sectoriales y supletoriamentepor lo dispuesto en la Ley N° 26887, Ley General deSociedades.

Atribuciones

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Obligaciones Desempeñar el cargo con diligencia, orden, eficiencia y

responsabilidad

Evaluar las circunstancias, condiciones o factores que

ostensiblemente pueden afectar las actividades de la empresa

prestadora

Evaluar los acuerdos vigentes adoptados por el Directorio

(estén conforme a las normas sectoriales)

Remitir informes, de manera colegiada o individual, sobre la

gestión y administración de la EPM, a las autoridades sectoriales

Informar a la Contraloría General de la República y a las autoridades sectoriales de cualquier hecho que sea contrario a las normas legales

Comunicar a la entidad que lo eligió o designó y a la Sunass sobre cualquier

hecho sobreviniente que afecte el cumplimiento de los requisitos acreditados para su elección o

designación como director

Las demás que establezca la presente Ley, su Reglamento,

normas sectoriales y supletoriamente por lo dispuesto en la Ley N° 26887, Ley General

de Sociedades

a

c

b

d

f

e

g

DIRECTORIO

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REQUISITOS E IMPEDIMENTOS PARA SER DIRECTOR DE UNA EPM

Requisitos

Contar con título profesional universitario en cualquiera de las carreras de: ingeniería, economía,

derecho, contabilidad o administración.

Contar con estudios de posgrado y/o cursos de especialización concluidos vinculados a regulación

de servicios públicos y/o gestión y/o administración.*

Acreditar experiencia profesional no menor de cinco (5) años en cargos directivos y/o de nivel gerencial y/o en órganos de Alta Dirección en

entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, preferentemente en el Sector

Saneamiento.

El requisito contenido en el inciso 2 del párrafo precedente, puede sustituirse con la acreditación de experiencia profesional no menor de diez (10)

años en servicios públicos, siempre que haya desempeñado funciones relacionadas a una de las

profesiones señaladas en el inciso 1 del párrafo precedente."

a

c

bd

Impedimentos

• Los que establece la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades.

•Además, no podrán ser directores de una empresa prestadora pública de accionariadomunicipal:

• Los alcaldes, regidores, los representantes de las municipalidades en la Junta General deAccionistas, sus cónyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundode afinidad.

• Los gobernadores regionales, consejeros regionales, sus cónyuges o parientes hasta elcuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

• Las personas que desarrollen actividades relacionadas directa o indirectamente con laprestación de servicios de saneamiento, dentro del ámbito de responsabilidad de laempresa prestadora, dentro del último año anterior a la fecha de su designación.

• Las personas que hayan sido destituidas, despedidas por falta administrativa y/odisciplinaria, o removidas por la Sunass, según corresponda, de empresas, entidades uorganismos del Estado, que tenga la calidad de cosa decidida o cosa juzgada, segúncorresponda.

• Las personas condenadas por delito doloso.

• Las personas que se encuentren vinculadas con la empresa prestadora a través derelación laboral, comercial, contractual o patrimonial de manera directa o indirecta,dentro del último año anterior a la fecha de su designación. Del mismo modo, no puedeser designado como director el funcionario, empleado y servidor público del Estado quehaya desarrollado labores dentro de la empresa prestadora dentro del mismo plazo. En loque atañe únicamente a la relación laboral detallada en esta causal de impedimento, noes de aplicación para la designación del gerente general de una empresa prestadorapública de accionariado municipal.

• Las personas que hayan ejercido el cargo de director por dos (02) o más periodosconsecutivos inmediatamente anterior en la misma empresa prestadora a la que postula,independientemente de la entidad o institución a la que haya representado.

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EXPEDIENTES DE LOS CANDIDATOS A DIRECTOR

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a) Hoja de Vida suscrita en cada página por el candidatopropuesto.

b) Copia simple de Documento Nacional de Identidad.c) Copia simple del grado académico de bachiller de las

carreras de ingeniería, economía, derecho, contabilidado administración.

d) Copia simple del título profesional de las carreras deingeniería, economía, derecho, contabilidad oadministración.

e) Copia simple de los títulos, certificados y/o constanciasde los estudios de posgrado.

f) Copia simple de los documentos que acrediten laexperiencia profesional mínima de cinco (05) años, encargos directivos y/o de nivel gerencial y/o en órganosde Alta Dirección en entidades públicas o privadas,nacionales o internacionales, preferentemente en elSector Saneamiento.

g) Certificado de antecedentes penales.h) Declaración jurada de no encontrarse incurso en ningún

impedimento para ser director.i) Copia simple del acuerdo de concejo municipal, consejo

regional o documento respectivo, según sea el caso, conel que se propone al candidato.

Las MunicipalidadesProvinciales, el GobiernoRegional y la SociedadCivil, deben elaborar porcada candidato, elsiguiente expediente:

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ELECCIÓN DE DIRECTORES

Requiere a todoslos accionistas

que presenten a sus candidatos

Gerente General

• Concejo Municipalacuerda presentara los candidatos.

•Envía el expedientede cada candidatoal Gerente Generalde la EPM

Municipalidades Provinciales

• Convoca a Junta General de Accionistas.

•Agenda:

•1. Revocar al Director (T y S) 2. Elegir al Director (T y S)

Presidente del Directorio

/ Gerente General

•El Gerente General informa a la JGA quienes de los candidatos cumple con los requisitos para ser director.

•La JGA acuerda:

• 1. Revocar. 2. Elegir, 3. Informar al MVCS y Sunass.

Junta General de Accionistas

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PLATAFORMA VIRTUAL PARA DESIGNACIÓN DE DIRECTORES

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PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN DE DIRECTORES (RM 228-2018-VIVIENDA)

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DIRECTORIO

Gobierno Regional Sociedad Civil

Universidades

Cámara de Comercio

Colegios Profesionales

PROPONENTESRegistran

MVCSRegistra, revisa, evalúa y

designa

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Etapa de Requerimiento y Registro:

La presente etapa tiene como objetivo que los Proponentes registren enla Plataforma Virtual a sus candidatos a director.

Inicia cuando el Gerente General de la EPM requiere a los Proponentesque registren sus candidatos a director en la Plataforma Virtual. Dichorequerimiento debe ser comunicado al MVCS y a la Sunass.

Una vez recibida la citada comunicación, el MVCS (a través de la DS),dentro de un plazo no mayor de (5) días hábiles, apertura la PlataformaVirtual.

Desde el día siguiente de su apertura, los Proponentes tienen quince(15) días hábiles para registrar a sus candidatos a director.

Finalizado el plazo de registro, la DS cierra la Plataforma Virtual yconcluye la Etapa de Requerimiento y Registro.

OJO: solamente se toma en cuenta lo declarado en la Plataforma Virtual

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PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN DE DIRECTORES REPRESENTANTES DEL GOBIERNO REGIONAL Y LA SOCIEDAD CIVIL

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Módulo en el que se lleva a cabo el registro de las Hojas de Vida de los candidatos a director de cadaproponente, representantes del Gobierno Regional y Sociedad Civil dentro del ámbito deresponsabilidad de la Empresa Prestadora Municipal.

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Al ingresar al módulo, deberá ingresar el usuario y password asignados por el MVCS; A continuación, el sistema lesolicitará actualizar los datos de su institución tales como domicilio, teléfono y correo electrónico. En el mismo acto,se le solicitará ingresar la CONTRASEÑA ACTUAL, CONTRASEÑA NUEVA y CONTRASEÑA NUEVA REPETIR, la cual seráde uso exclusivo del titular de la entidad o, en su defecto, quien este designe.

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Por otro lado, visualizará el campo DATOS DEL CANDIDATO, en el cual deberá registrar el nombre de laEmpresa Prestadora Municipal a la cual está postulando, seleccionar el candidato de quien registrará susdatos y, finalmente, dar click en Agregar. Posteriormente, para iniciar el registro respectivo, dar click en elbotón Registrar

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Etapa de Revisión:

La presente etapa tiene como objetivo que la DS revise losexpedientes registrados en la Plataforma Virtual.

Inicia desde el día hábil siguiente de finalizada la Etapa deRequerimiento y Registro y tiene una duración máxima de quince (15)días hábiles.

Dentro de dicho plazo, la DS tiene un plazo no mayor de cinco (5) díashábiles, desde el inicio de la presente etapa, para revisar losexpedientes y, de ser el caso, realizar observaciones.

La revisión consiste en contrastar lo declarado en la Plataforma Virtualcon los documentos registrados.

En esta etapa se debe realizar las acciones tendientes a obtener unaterna apta de candidatos o, en su defecto, dos candidatos aptos paraser director.

Se puede utilizar a los candidatos que se encuentran en el Banco deDatos de Directores.

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PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS REPRESENTANTES DE LA(S) MUNICIPALIDAD(ES) PROVINCIAL(ES) ACCIONISTA(S)

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Etapa de Evaluación

La presente etapa tiene como objetivo que la DS evalúe losexpedientes de los candidatos aptos, a fin de determinar pororden de mérito qué candidatos pueden ser designados comodirector, titular y suplente, de una EPM.

Inicia el día en que se lleva a cabo la entrevista de loscandidatos aptos y culmina con la emisión del informe desustento de la DS.

Etapa de Designación

La presente etapa tiene como objetivo que el MVCS designemediante Resolución Ministerial al candidato que hayaobtenido el puntaje más alto como director titular y comodirector suplente al candidato que haya obtenido el segundopuntaje más alto.

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PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS REPRESENTANTES DE LA(S) MUNICIPALIDAD(ES) PROVINCIAL(ES) ACCIONISTA(S)

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Evaluación de Estudios

Puntaje Máximo 30 Puntos

Descripción Puntaje

Estudios Equivale

Doctorado

(Máximo 1)

Con título 16 años* 7 puntos

Con constancia de

egresado14 años* 6 puntos

Con título 12 años*5 puntos por cada

maestría

Con constancia de

egresado10 años*

4 puntos por cada

maestría

Estudios de Segunda Especialización

(Máximo 1)3 puntos

Diplomados

(Máximo 4)

Igual o mayores a 384

horas

(24 créditos)**

2 puntos por cada

diplomado

Menores a 384 horas

(24 créditos)

1 punto por cada

diplomado

Estudio de especialización

(Máximo 8)***

0.25 por cada

especialización

CALIFICACIÓN DE CANDIDATOS A DIRECTORES (I)

a) Evaluación de Estudios

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CALIFICACIÓN DE CANDIDATOS A DIRECTORES (II)

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b) Experiencia en cargos directivos, gerenciales y en Alta Dirección

Evaluación de Experiencia en cargos directivos y gerenciales puntaje

(Máximo 40 puntos)

Experiencia**** Puntaje

Cargos directivos

(Máximo 8 años)

Como parte dl Directorio de

una empresa privada o

publica

4 puntos por cada año

Como parte de un colegiado

que implique la gestión y

administración de una

organización pública o

privada

3.5 puntos por cada año

Cargos gerenciales

(Máximo 8 años)

Como gerente de una

empresa pública o privada2 puntos por cada año

En la toma de decisiones o el

manejo de un equipo de una

organización pública o

privada

1.5 puntos por cada año

Cargos en Alta Dirección

(Máximo 4 años)

Funciones en Despachos

Ministeriales,

Viceministerios, Secretarias

Generales y Gabinete de

Asesores de entidades del

Poder Ejecutivo

1 punto por cada año

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VACANCIA DE DIRECTORES

Causales:

Por fallecimientoQueda vacante automáticamente, sin necesidad de declaración expresa.

Por renuncia

Se considera vacante desde la aceptación a través del acuerdo de la JGA o Resolución Ministerial.

La Junta General de Accionistas o el MVCS, tienen un plazo máximo de 20 días hábiles para aceptar la renuncia, contado desde el día siguiente de presentado

el documento; vencido dicho plazo sin el pronunciamiento, se entenderá aceptada la renuncia.

Por remoción

Se considera vacante desde el acuerdo de la JGA o la RM del MVCS, según corresponda.

Se debe a la pérdida de confianza, la cual debe ser alegada por parte de la entidad o institución que propuso o designó al director. Las razones de la

pérdida de confianza deben ser motivadas y aceptadas por la JGA y el MVCS, según sea el caso.

Por incurrir en causales de impedimento

La declaración de vacancia por incurrir en causales de impedimento la realiza el Directorio, en un plazo de quince (15) días hábiles de haber conocido la causal; transcurrido dicho plazo sin que el Directorio haya

declarado la vacancia la puede declarar la JGA.

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EPM QUE NO HAN INICIADO PROCESO DE DESIGNACIÓN

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EPM QUE NO HAN INICIADO PROCESOS DE DESIGNACIÓN DE DIRECTORES

N° EMPRESA PRESTADORA MUNICIPAL AMBITO DE RESPONSABILIDAD

PROPONENTE

ESTADOGR SC

1 EPS CHANKA Andahuaylas (Apurímac) X Trámite Se aperturó 1 vez.

2 EMSAPUNO Puno X √ Se aperturó 2 veces.

3 SEDA CHIMBOTE Ancash X √ Se aperturó 3 veces.

4 SEDACAJ Cajamarca X √ Se aperturó 3 veces.

5 SEDA AYACUCHO Ayacucho X √ Se aperturó 2 veces.

6 EMAPA PASCO Pasco √ X Se aperturó 4 veces.

7 EMAPA YAULI La Oroya (Junín) X X No solicitó apertura.

8 EMAQ Quillabamba (Cusco) X X No solicitó apertura.

9 EMSAPA CALCA Calca (Cusco) X X No solicitó apertura.

10 EPS SIERRA CENTRAL (Junín) X X No solicitó apertura.

11 NOR PUNO Azángaro (Puno) X X No solicitó apertura.

12 EMAPA YUNGUYO Yunguyo (Puno) X X No solicitó apertura.

13 AGUAS DEL ALTIPLANO Melgar (Puno) X X No solicitó apertura.

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GOBERNABILIDAD Y GOBERNANZA

GobernabilidadEn el desempeño empresarial las EPM están obligadas a buscar nivelesadecuados de gobernabilidad, esto es la relación con los usuarios del servicio ydemás grupos de interés.

GobernanzaLa implementación de la Gobernanza le permite a la EPM analizar su dimensióninterna, relacionada con la gestión empresarial; los órganos de dirección ygestión; organización institucional y operacional; capacidades y desarrollo de losrecursos humanos, entre otros.

Código de Buen Gobierno CorporativoLas EPM tienen la obligación de aprobar su Código de Buen GobiernoCorporativo en el que se desarrolla de manera detallada las normas y principios aser aplicados por los diferentes órganos societarios. Las empresas prestadoraselaboran su Código de Buen Gobierno Corporativo en base a los Lineamientosque apruebe el Ente Rector.

- Es importante contar con un Buen Gobierno Corporativo en las EP, pues ello se traduce en eficiencia en la gestión, mejor desempeño, unbuen sistema de control y rendición de cuentas, entre otros aspectos.- El Gobierno Corporativo es parte de la política del Sector dirigida a desarrollar y fortalecer la capacidad de gestión de los prestadores. Unode los Lineamientos de la Política Nacional de Saneamiento (subnumeral 6 del literal c del numeral 6.4) señala expresamente implementarmodelos de gestión que involucren principios básicos de buen gobierno corporativo, así como mecanismos de transparencia en los prestadores.

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PIL

AR

I: D

EREC

HO

S D

E P

RO

PIE

DA

D

Estándar 1: Paridad de trato: Trato igualitario en su actuación a los accionistas de la misma clase y condición.

Estándar 3: Afectación del derecho de los accionistas: Las fusiones, escisiones, cambio de objetivos o cualquieroperación que afecte a los derechos de los accionistas, son previamente explicadas por el Directorio a los accionistas.

Estándar 4: Derecho de información y formación de los accionistas: Los accionistas tienen derecho de solicitar ytener acceso a información oportuna, veraz y confiable que les permita velar adecuadamente por el cumplimiento desus objetivos, gestión institucional, resultados operacionales, financieros y de impacto social.

Estándar 5: Junta General de Accionistas: El estatuto reconoce y atribuye con claridad los atribuciones dela JGA en el gobierno de la EPM y control de los administradores, garantizando la autonomía de la gestiónempresarial de la EPM.

Estándar 10: Derecho y ejercicio del voto: Todos los accionistas que tengan acciones con derecho a voto participan enla Junta General de Accionistas (JGA) mediante el ejercicio de dicho derecho.

CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

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POLÍTICA DE INTEGRACIÓN

Con la finalidad de alcanzar la eficiencia empresarial,

se promueve la integración de los prestadores de los

servicios de saneamiento, a nivel provincial,

interprovincial, regional y macroregional, en función a

la Escala Eficiente que apruebe Sunass y los criterios

que establezca el Ente rector, a propuesta del OTASS.

La Escala Eficiente establece el nivel mínimo en el que

un prestador puede brindar los servicios de

saneamiento de manera eficiente con costos medios o

totales por unidad producida.

La Política de Integración está conformada por: i)

integración de operaciones y procesos; y, ii)

integración de prestadores.

*OJO: Está prohibida la desintegración o escisión de los prestadores de los SS. Todo acuerdo o acto orientado a la desintegracióno escisión es NULO DE PLENO DERECHO (artículo 18 de la Ley Marco).

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Operaciones rutinarias de lossistemas, mantenimiento ycontrol de calidad.

Administración financiera ytécnica, planeamiento estratégico,control de gestión, asuntos legales,asuntos comerciales, relacionescon los usuarios, dirección y altagerencia, relaciones con elregulador, gestión de proyectos yrecursos humanos.

Identificación y gestión de fuentesfinancieras, acceso alfinanciamiento bancario de granescala, donantes internacionales,entre otros, en el marco de lanormatividad vigente.

Planeamiento y ejecución de inversiones para el

mantenimiento, la ampliación y generación de infraestructura.

Gestión para la adquisición de bienes y la contratación de

servicios.

B

CD

E

La integración de operaciones y procesos entre las empresas prestadoras, con la finalidad de aprovechar economías deescala, es parte de la Política de Integración. Sin carácter limitativo, la integración incluye:

INTEGRACIÓN DE OPERACIONES Y PROCESOS

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INTEGRACIÓN DE PRESTADORES

Son modalidades de integración de prestadores:

a) La incorporación de áreas atendidas por Unidades de

Gestión Municipales, Operadores Especializados y

Organizaciones Comunales a las EPM.

b) La fusión entre empresas prestadoras.

c) La incorporación de áreas atendidas por Organizaciones

Comunales a las UGM.

d) La fusión entre Organizaciones Comunales.

UGM/OPERADOR ESPECIALIZADO/ ORGANIZACIONES COMUNALES

EMPRESA PRESTADORA MUNICIPAL

EMPRESA PRESTADORA MUNICIPAL

EMPRESA PRESTADORA MUNICIPAL

EMPRESA PRESTADORA MUNICIPAL

ORGANIZACIONES COMUNALES UGM

ORGANIZACIÓN COMUNAL

ORGANIZACIÓN COMUNAL

ORGANIZACIÓN COMUNAL

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INCENTIVOS PARA LA INTEGRACIÓN

a) La transferencia de recursos o financiamiento deproyectos, adquisición de bienes y servicios necesariospara mejorar la gestión operativa, comercial yadministrativa en la prestación de los servicios desaneamiento.

b) La asistencia técnica en el marco del SFC.c) Aplicar mecanismos de saneamiento financiero sobre

las deudas que tengan los prestadores de los serviciosacorde con la normativa aplicable.

d) La Sunass puede autorizar el uso del FondoInversiones para cubrir los costos económicos delprestador que se integra.

e) Otros que determine el Ente Rector.

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RÉGIMEN DE APOYO TRANSITORIO

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Evaluación (Sunass)

Priorización (OTASS)

Régimen de Apoyo

Transitorio (OTASS)

Comprende: Solvencia económica y

financiera. Sostenibilidad en la gestión

empresarial. Sostenibilidad en la

prestación del servicio.

1 2 3

Características: Tiene una duración de quince

(15) años. Se realiza evaluación cada tres

(3) años para evaluar ellevantamiento de la causal.

El OTASS ejerce la dirección dela empresa prestadora, a travésde su personal, gestores,designa directores y gerentes uoperadores de gestión.

Protección patrimonial de las EPS en RAT

Gozan de protección patrimonial establecida en la Ley General del Sistema Concursal, hasta la conclusión del RAT.

Cumplen con sus obligaciones pendientes de pago, acorde con el orden patrimonial establecido en la Ley General del SistemaConcursal.

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Gracias!

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