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Subvenciones para la cooperación entre los agentes de la cadena de suministro para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020 Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas Servicio de Seguimiento y Mejora del Funcionamiento de la Cadena Alimentaria Tomelloso, 18 de enero de 2019

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Subvenciones para la cooperación entre los agentes de la cadena de suministro para la creación y el desarrollo de

cadenas de distribución cortas y mercados locales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el

período 2014-2020

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo RuralDirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas

Servicio de Seguimiento y Mejora del Funcionamiento de la Cadena Alimentaria

Tomelloso, 18 de enero de 2019

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Subvenciones para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales

La submedida 16.4, Cooperación horizontal y vertical entre agentes de la cadenaagroalimentaria: desarrollo de cadenas cortas y mercados locales y actividades depromoción local (artículo 35.2.d) R (CE) 1305)

Es una nueva medida contemplada en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020, incluida en la modificación aprobada mediante la Decisión de Ejecución de la Comisión de 14 de diciembre de 2017.

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Subvenciones para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales

El Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de

diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola

de Desarrollo Rural, define en su artículo 2.1.m) como cadena de distribución corta: “una

cadena de distribución en la que interviene un número limitado de agentes

económicos, dedicados a la cooperación, el desarrollo económico local y las

relaciones geográficas y sociales de cercanía entre los productores, los

transformadores y los consumidores”.

DEFINICIÓN DE CADENA DE DISTRIBUCIÓN CORTA

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Subvenciones para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales

• Los canales cortos de distribución beneficios económico-sociales y medioambientales

• aumentan la interacción entre consumidores y productores, crean relaciones de confianza

y una posibilidad de trazabilidad inmediata de los productos por parte de los consumidores.

• se consigue que los productores puedan vivir dignamente cultivando productos de calidad

ligados a su realidad social y cultural creando unos hábitos de consumo que lo hagan posible.

• permiten una mayor sostenibilidad en los sistemas de producción y menor contaminación al

requerir una menor distancia de transporte y una menor huella de carbono de estos productos.

Orden 155/2018, de 25 de octubre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que seaprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la cooperación entre los agentes de la cadena de suministro para lacreación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales en el marco del Programa de Desarrollo Ruralde Castilla-La Mancha para el período 2014-2020 (publicada el 02-11-2018 en el DOCM)

CONSIDERACIONES

Resolución de 28/12/2018, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas, por la que se convocan,por el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2019, las ayudas para la cooperación entre los agentes de lacadena de suministro para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales en el marco delPrograma de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020 (publicada el 07-01-2019 en el DOCM)

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FINALIDAD DE LA AYUDA

• Coordinar a los distintos agentes de la cadena agroalimentaria para fomentar lacreación, reorganización y fortalecimiento de cadenas cortas de comercialización delos productos agroalimentarios y de mercados locales.

• Promover entre los distintos agentes de la cadena agroalimentaria los beneficiosrelacionados con la utilización de estas vías de comercialización.

• Fomentar la información y promoción en relación a los beneficios relacionados con lacompra de productos a través de estos circuitos de distribución.

.

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Los beneficiarios serán personas o entidades que se comprometan a cooperar entre sí para eldesarrollo de cadenas cortas y mercados locales y actividades de promoción local y queincurran en gastos subvencionables, pudiendo ser los siguientes:

• Personas físicas o jurídicas cuya actividad se circunscriba al sector agrícola oagroalimentario y sea desarrollada en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

• Asociaciones y organizaciones relacionadas con la producción agrícola o agroalimentaria(incluye las cooperativas agrarias, las sociedades agrarias de transformación).

• Asociaciones de consumidores y de comercializadores.

• Entidades locales, o sus asociaciones, que contribuyan al desarrollo de los finesestablecidos.

Los socios cooperantes deberán colaborar activamente en el desarrollo de la actuación.

BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

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CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD. SOLICITANTES

• Los productores agrícolas o agroalimentarios deberán ejercer su actividad en Castilla-LaMancha.

• Los socios cooperantes deberán acordar formalmente el compromiso de cooperar entre sípara desarrollar el proyecto, mediante un acuerdo de cooperación que deberá concretar,entre otras cosas, el objeto del proyecto y los compromisos de ejecución asumidos por cadauno de los participantes en la cooperación. Asimismo, deberá nombrarse un representanteque a su vez será el participante coordinador del proyecto.

• Los cooperantes se comprometerán a divulgar los resultados del proyecto

• La cooperación deberá ser una cooperación horizontal o vertical:

– Cooperación horizontal: la que se establece entre personas físicas o jurídicas que seanproductores agrícolas o agroalimentarios o sus agrupaciones. Esta cooperación deberárealizarse entre, al menos, 3 productores agrícola o agroalimentarios individuales, o, almenos, 2 agrupaciones de productores agrícolas o agroalimentarios, o una combinaciónde, al menos, 2 productores agrícolas o agroalimentarios y 1 agrupación de productoresagrícolas o agroalimentarios.

– Cooperación vertical: la que se establece como mínimo entre 3 productores agrícolas oagroalimentarios individuales, o 1 agrupación de productores agrícolas oagroalimentarios, y, al menos, otro tipo de beneficiario de los indicados en losapartados c y d del punto 1 del artículo 3.

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COOPERACIÓN HORIZONTAL

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APRODUCTORES AGRICOLAS O AGROALIMENTARIOS B C

AGRUPACIONES DE PRODUCTORES D E

COMBINACIÓN PRODUCTORES AGRICOLAS O

AGROALIMENTARIOS Y AGRUPACIONES DE

PRODUCTORES

A B D

Agrupación de productores agrícolas o agroalimentarios: cualquier tipo de entidad asociativa de productoresagrícolas o agroalimentarios reconocida en derecho, que vende tanto los productos de sus asociados como losque ella misma obtiene a partir de éstos. También se consideran agrupación de productores agrícolas oagroalimentarios las cooperativas agrarias, las sociedades agrarias de transformación, las agrupaciones deproductores y sus federaciones o asociaciones así como las organizaciones interprofesionales

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COOPERACIÓN VERTICAL

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A

PRODUCTORES AGRICOLAS O AGROALIMENTARIOS

B C

AGRUPACIÓN DE PRODUCTORES

D

ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES/

COMERCIALIZADORES O ENTIDADES LOCALES O

SUS ASOCIACIONES

ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES/COME

RCIALIZADORES O ENTIDADES LOCALES O

SUS ASOCIACIONES

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• El carácter innovador del proyecto deberá ser argumentado en la solicitud deayuda, no siendo elegibles si están siendo desarrollados en el momento de lasolicitud.

• La ayuda a la creación y al desarrollo de cadenas de distribución cortas, únicamenteabarcará cadenas de suministro en las que no intervenga más de un intermediarioentre el productor y el consumidor (R Delegado (UE) 807/2014).

• A efectos de la ayuda a la creación y al desarrollo de mercados locales, se entenderápor mercado local aquel situado en un radio de 75 kilómetros desde la explotaciónde origen del producto dentro del cual han de tener lugar las actividades detransformación y venta al consumidor final.

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CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD. PROYECTO DE COOPERACIÓN I

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• Estar presupuestado por cada socio cooperante por anualidades y deberá tener unaduración máxima de 3 años. El primer año de ejecución del proyecto decooperación comprenderá los gastos subvencionables ejecutados y pagados duranteun año a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

• Los siguientes años de ejecución del proyecto de cooperación se corresponderáncon los sucesivos periodos anuales.

• En todo caso, para un proyecto que esté previsto ejecutar en dos años, en elprimero se ejecutará, como mínimo, el 50% del total previsto. Y para un proyecto arealizar en tres años, en el primer año deberá ejecutarse, al menos, el 40% del total.

• El proyecto podrá estar dividido en subproyectos, cada uno de los cuales secorresponderá con las acciones que los distintos socios cooperantes lleven a cabo.

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CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD. PROYECTO DE COOPERACIÓN II

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Los proyectos de cooperación deberán contener lo siguiente:

• Memoria única para todas las actividades de los socios cooperantes en el proyecto.

• Relación del personal directamente relacionado con el proyecto.

• Una introducción en la que se presente el estado inicial y la justificación de laejecución de la acción y el proyecto que se propone.

• Un resumen del proyecto.

• Objetivos del proyecto.

• Plan de trabajo y cronograma a desarrollar en el tiempo de ejecución del proyecto,en el que se incluyan las actividades a realizar por cada una de las partes quecolaboran con su alcance operacional y temporal.

• Beneficios que puedan derivarse del proyecto, desde el punto de vista de susrepercusiones económica, social y medioambiental.

• Presupuesto detallado del coste total del proyecto.

• Presupuesto desglosado por anualidades y detallado para la parte correspondientea cada uno de los socios cooperantes del proyecto, especificando los gastossubvencionables que ejecutará cada uno, con detalle de los diferentes conceptos degasto.

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CONTENIDO DEL PROYECTO DE COOPERACIÓN

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GASTOS SUBVENCIONABLES I

Para que un determinado gasto pueda considerarse subvencionable deberá estarjustificada su necesidad y relación con el proyecto de cooperación de creación ydesarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales y actividades depromoción local.

Podrán ser gastos subvencionables los siguientes:

• Gastos de configuración y preparación del proyecto: Costes de los estudios de la zona,de los estudios de viabilidad y de la elaboración de planes empresariales para larealización del acuerdo de cooperación. Serán asimismo elegibles los gastos generadospara la constitución, implantación, trabajos preparatorios y escrituras para la puestaen marcha del proyecto.

• Gastos para hacer viable el proyecto: Gastos de actividades de dinamización, impulsoy animación realizadas en la zona de que se trate. Las actividades de animacióntambién podrán consistir en la organización de cursos de formación entre losmiembros así como la captación de nuevos miembros.

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GASTOS SUBVENCIONABLES II

• Gastos de funcionamiento de las actividades de cooperación:

– gastos del salario del coordinador del proyecto de cooperación.

– colaboraciones externas y tutorización;

• Gastos directos para la ejecución de los proyectos:

– Inversiones materiales e inmateriales

– alquiler de locales para almacenes y oficinas;

– plataformas digitales y diseño de herramientas digitales;

– gastos externos de servicios;

– dietas que contemplen viajes y alojamiento necesarios para la realización delproyecto;

– registro de marcas relativas a la cadena corta/mercado local.

• Gastos de actividades de promoción, como publicaciones, webs, asistencia acongresos/ferias, organización de jornadas, actividades demostrativas de losresultados del proyecto.

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GASTOS NO SUBVENCIONABLES

1 La adquisición de inmuebles y/o terrenos

2 La adquisición de bienes de equipo usados y maquinaria de segunda mano

3 Los vehículos de transporte (adquisición)

4 Los equipamientos de recreo (sala de cine, televisión, jardines, bar, pista de tenis, etc.)

5 Las obras de embellecimiento

6 Los equipos de oficina y mobiliario diverso, salvo el equipamiento informático no portátil

7 Las inversiones financiadas mediante arrendamiento financiero o cualquier otra figura análoga

8 Los impuestos, tasas comisiones e intereses de deuda

9Los gastos de reparación y mantenimiento, así como la sustitución de equipos y maquinaria antiguos que no aporten mejoras tecnológicas

10La adquisición de cajas de campo, cajones, cubetas, contenedores, bidones u otros recipientes utilizados para el almacenamiento de productos agrícolas sin transformar.

11 Los equipos informáticos portátiles

12

Los gastos en inversiones cuando el vendedor de los activos fuera socio, partícipe o empresa vinculada con la adquirente, o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse autofacturación si se detectan precios por encima de los de mercado.

13 Salas de exposiciones

14Los gastos correspondientes al traslado físico e instalación de maquinaria y bienes de equipo, materiales y otros elementos que formaban parte de un establecimiento por cambio de ubicación a otro.

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La ayuda adoptará la forma de subvención por medio del reembolso de los costessubvencionables en que se haya efectivamente incurrido y hayan sido realmenteabonados.

La subvención máxima por proyecto de cooperación no podrá superar los 100.000euros.

La intensidad máxima de la ayuda para cada tipo de gasto subvencionable será:

– Gastos de configuración y preparación del proyecto: la ayuda máxima será del100% del gasto subvencionable.

– Gastos para hacer viable el proyecto: la ayuda máxima será del 100% del gastosubvencionable.

– Gastos de funcionamiento de las actividades de cooperación: la ayuda máximaserá del 100% del gasto subvencionable.

– Gastos directos para la ejecución de los proyectos: la ayuda máxima será del50% del gasto subvencionable.

– Gastos de actividades de promoción: la ayuda máxima será del 100% del gastosubvencionable.

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TIPO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS

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La submedida 16.4: Cooperación horizontal y vertical entre agentes de la cadena agroalimentaria: desarrollo de cadenas cortas y mercados locales y actividades de promoción local está cofinanciada por el FEADER, por la AGE y por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en la siguiente proporción:

• FEADER 90%.

• Castilla La Mancha: 7 %.

• AGE: 3%.

CONVOCATORIA 2019 (Resolución de 28/12/2018, de DGIAC, DOCM 07/01/2019)

Cuantía: 1.000.000 €

FINANCIACIÓN

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PRESENTACIÓN Y PROCEDIMIENTO CONCESIÓN

• Plazo presentación solicitudes: dos meses (finaliza el 7/03/2019)

• Procedimiento concesión: régimen de concurrencia competitiva, orden de prelación de las solicitudes según la puntuación obtenida al sumar los puntos asignados por el cumplimiento de los criterios de priorización.

• Puntuación mínima para que una solicitud opte a la ayuda será de 25 puntos

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1. Socios cooperantes PUNTOS

a) Todos los socios cooperantes son asociaciones u organizaciones radicadas en Castilla-La Mancha 20

b) Al menos un socio cooperante es una Asociación de mujeres 15

c) Al menos un socio cooperante es una Asociación con actividades relativas a personas con discapacidad15

d) Al menos un socio cooperante es una asociación de criadores de animales de razas autóctonas oficialmente reconocidas15

e) Al menos un socio participante es una asociación perteneciente al sector de la restauración/hostelería 10

f) Cooperación establecida con entidades asociativas (sociedades cooperativas, SAT). 10

2. Proyecto de cooperación PUNTOS

a) Proyectos localizados en municipios definidos en las Inversiones Territoriales Integradas (ITI) de Castilla-La Mancha. 25

b) Proyectos que afectan fundamentalmente a productos incluidos en regímenes de calidad indicados en los apartados i) e ii)

de la letra l) del artículo 2 (Agricultura ecológica, DO e IGP)25

c) Proyectos que afectan fundamentalmente a productos incluidos en el apartado iii) de la letra l) del artículo 2 (marcas

colectivas y marcas de garantía reconocidas)20

d) Proyectos que contemplen el desarrollo de mercados locales 20

e) Proyectos con cooperación vertical 10

CRITERIOS VALORACIÓN SOLICITUDES

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La justificación del proyecto se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa, que iráacompañada de la correspondiente solicitud de pago, para cada año de ejecución, que incluirá los gastosejecutados y pagados por el beneficiario durante cada período anual, según conste en la resolución de concesiónde la ayuda y se presentarán dentro del mes siguiente a la finalización de cada año de ejecución. La cuentajustificativa contendrá:

a) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que incluirá:

• Un resumen de la ejecución en el que conste el concepto subvencionable, el proveedor, el importedesglosado y la fecha de cada uno de los justificantes agrupados por entidad participante y por conceptos degastos.

• Documentación acreditativa de realización del gasto, que consistirá en copia de las facturas y de suscorrespondientes justificantes de pago.

• En el caso de gastos de personal, copia del contrato de trabajo del personal con destino específico alproyecto de cooperación y certificación emitida por el responsable de personal, detallándose el DNI, nombrey apellidos, puesto en la empresa o institución, retribución bruta mensual, fecha de pago de lasretribuciones e importe de la Seguridad Social con cargo a la empresa.

b) Un informe parcial de resultados, en el que se reflejarán los datos de nivel de ejecución del proyecto.

• Cuando se presente la solicitud de pago final se presentará además un informe final de resultados y unamemoria, en la que se detallará el resultado del proyecto de cooperación, así como los resultados obtenidosy acreditación de la divulgación efectuada.

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JUSTIFICACIÓN Y SOLICITUD DE PAGO

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FORMAS DE COMERCIALIZACIÓN

FORMAS DE COMERCIALIZACIÓN OFF LINE(sin intervención del comercio electrónico)

FORMAS DE COMERCIALIZACIÓN ON LINE(exclusivamente por Internet)

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Mercados de productores

• Los mercados de agricultores son espacios públicos donde se pueden adquirir alimentos producidos

por el propio vendedor en puestos desmontables y organizados colectivamente. Mediante esta forma

de comercialización los agricultores retienen el valor añadido del alimento y satisfacen la creciente

demanda de los consumidores de alimentos frescos y locales, revitalizando la economía local.

• Si bien el concepto “mercado de productores” hace referencia a un mercado donde de forma estricta

todos los vendedores serían productores, estos también pueden acudir con su mercancía a los

llamados “mercadillos”, compartiendo espacio con otros vendedores ambulantes no productores.

FORMAS DE COMERCIALIZACIÓN OFF LINE

Venta directa en la explotación

• Comercialización en la cual los productos se venden directamente en el lugar de producción, donde

los consumidores se desplazan para adquirirlos.

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Envíos a domicilio

Dentro de este grupo se engloban aquellas entidades que realizan el envío de pedidos realizados, ya sea

por correo electrónico o de forma telefónica, a domicilio.

FORMAS DE COMERCIALIZACIÓN OFF LINE

Tiendas de venta directa

Son establecimientos donde el consumidor puede comprar los productos directamente al productor (venta

directa), o al agente que actúa como vendedor (único intermediario). En este grupo se encuadran las

tiendas de las cooperativas agrarias donde se vende la producción de sus socios o los productos

transformados por ellas. Algunas de estas tiendas se encuentran también en las grandes ciudades

Grupos de consumo

Se trata de organizaciones o grupos de consumidores que realizan una compra directa a los propios

productores. Los modelos de asociación son múltiples aunque todos tienen una característica común: son

pequeños grupos o asociaciones autogestionados que se ponen en contacto con los productores,

realizando pedidos periódicamente y organizándose por turnos para encargarse del reparto de las cestas.

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Comedores colectivos

Se trata de establecimientos públicos o privados, con finalidad mercantil o social, cuya actividad es la de

facilitar comidas que en los mismos se consumen.

FORMAS DE COMERCIALIZACIÓN OFF LINE

Distribución minorista de producto local

La vía de salida de los productos locales no se limita únicamente a la venta directa, sino que pueden

ofrecerse en el comercio minorista, sea este especializado o sea en la gran distribución.

La gran distribución, según los casos, puede contar con equipos de compra de producto local, suscribir

acuerdos con productores locales, etc., y realizar campañas de promoción de estos productos en los

establecimientos próximos a las zonas de producción.

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Plataformas on-line

Se trata de un soporte informático que proporciona la logística necesaria para que se produzca el contacto

entre productores y consumidores directamente.

Según la función y operativa de estas plataformas existen diferentes modalidades. Por un lado, se

distinguen plataformas con fines prioritarios de difusión, donde el usuario tiene acceso a la información y

datos de contacto de los productores pero no se realiza a través de ella la compra on-line, y, por otro lado,

aquellas que además permiten efectuar la compra on-line directamente a los productores dados de alta en

dicha plataforma.

FORMAS DE COMERCIALIZACIÓN ON LINE

Venta on-line del propio productor o fabricante

Conforman este grupo los sitios web donde se efectúa comercio electrónico de alimentos.

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