Preparativos frente al riesgo de introducción del virus del Ébola. 11 de Agosto del 2014

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    Ministerio de Salud Pblica y sistencia Social

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    Preparati vos frente al r iesgo de intr oduccin del vi rus del bola al terr itori o

    domin icano. 11 de Agosto del 2014

    Actualmente cuatro pases del frica tienen transmisin autctona del virus del bola(Liberia, Guinea, Sierra Leona y Nigeria), los cuales tienen poco intercambio con laRepblica Dominicana, por lo que en este momento el riesgo para el pas es bajo. Sinembargo, las personas que viajan desde y hacia estos territorios tienen un potencialriesgo de contagio si no se adoptan las medidas de precaucin.

    La Organizacin Mundial de Salud (OMS) recomienda no prohibir de manerageneralizada el intercambio comercial o los viajes internacionales, pero s aplicar

    restricciones de viaje en los casos de personas diagnosticadas con bola y a quieneshayan tenido contacto con stas.

    La OPS informa que histricamente, varios casos de fiebre hemorrgica han sidodiagnosticados despus de viajes de larga distancia, pero ninguno de ellos desarrollsntomas durante los viajes internacionales. No obstante personas infectadas en zonascon circulacin del virus, podran llegar incubando la enfermedad y desarrollar sntomasdespus de su llegada.

    El virus del bola causa enfermedad grave caracterizada por aparicin repentina de

    fiebre, debilidad intensa, dolor muscular, dolor de cabeza y dolor de garganta, a partirdel 4to o 5to da de inicio de sntomas pueden aparecer vmitos, diarrea, erupcincutnea, deterioro de la funcin renal y heptica, y en una fase avanzada, sangradostanto internos como externos. El mecanismo de transmisin es por contacto directo conlos fluidos y secreciones corporales de personas enfermas (sangre, semen, secrecinvaginal, saliva) y no se transmite antes de aparecer signos y sntomas sospechosos deesta enfermedad (perodo de incubacin). Los sntomas pueden aparecer entre 2 y 21das despus de la exposicin.

    Se define como contactoa toda persona que haya tenido contacto con el virus bolaen los 21 das anteriores a la aparicin de los sntomas, en al menos una de lassiguientes formas: haber dormido en la misma casa, haber tenido contacto fsico directocon el paciente o cadver, durante la enfermedad o en el funeral, haber tenido contactocon sangre o fluidos corporales durante la enfermedad, haber tocado la vestimenta oropa de cama contaminados, o haber sido amamantado (beb) por una madre enferma.

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    Con el propsito de reducir la posibilidad de introduccin del virus del bola al territoriodominicano, tomando en cuenta las capacidades nacionales de vigilancia y respuesta

    ya establecidas en el marco del Reglamento Sanitario Internacional y manteniendo lacoherencia con las recomendaciones emitidas por la OPS/OMS, el Ministerio de SaludPblica en coordinacin con otras instituciones pertinentes instruye la puesta enmarcha de las siguientes medidas:

    A la poblacin general

    a. Estar atenta a las informaciones sobre la evolucin de la enfermedad a nivelmundial y a las recomendaciones emitidas por el Ministerio de Salud y la

    OPS/OMS.b. No viajar a pases con transmisin de bola, si no es estrictamente necesario.

    En caso de viaje debe ser notificarlo previamente a la Direccin General deEpidemiologia.

    c. Reforzar la prctica de higiene como son lavado de manos frecuente,proteccin adecuada cual tenga contacto con sangre, secreciones corporales yropas contaminadas

    d. Evitar el contacto fsico con cadveres.

    A las autoridades de puntos de entradas (puertos, aeropuertos y pasos

    fronterizos)

    a. Reforzar la revisin sistemtica de la parte sanitaria de los documentos deDeclaracin General de Aeronaves y Declaracin de Sanidad Martima paraevaluacin de riesgo.

    b. Establecer la revisin sistemtica de la Declaracin de Salud del Viajero paratodas las personas que entran al pas (independientemente de su procedencia)en la que se solicita informacin sobre pases visitados y sintomatologa deinters de salud pblica.

    c. Implementar los mecanismos en identificacin, evaluacin mdica inmediata einvestigacin epidemiolgica de los viajeros que presenten sintomatologa deinters de salud pblica durante el viaje y/o transito en el rea designada dentrodel aeropuerto, de acuerdo al plan de contingencia del aeropuerto y protocolo devigilancia y respuesta de bola.

    d. Coordinar efectivamente el traslado inmediato en transporte autorizado de todapersona con sintomatologa sospechosa de bola hacia los establecimientos de

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    referencia previamente establecidos para tales fines por el Ministerio de SaludPblica.

    e. Realizar la notificacin inmediata al Sistema Nacional de VigilanciaEpidemiolgica de toda persona que presente sintomatologa compatible conbola que tenga historia de viaje a pases afectados en los 21 das previo alinicio de sntomas o cualquier sintomatologa de enfermedad de importancia desalud pblica (Ver Declaracin de Salud del Viajero).

    f. Realizar la notificacin diaria positiva y negativa al Sistema Nacional deVigilancia Epidemiolgica sobre la deteccin de casos sospechosos en el puntode entrada.

    g. Difundir los mensajes sobre las precauciones que deber tener los viajeros quesalen del pas o llegan desde los pases afectados.

    h. Coordinar con las autoridades sanitarias del pas de origen, el traslado depersonas enfermas en trnsito o en repatriacin, segn procedimientosmigratorios y previa comunicacin efectiva con su respectivo Centro Nacional deEnlace para el Reglamento Sanitario Internacional, preservando lasprerrogativas de derechos humanos y con la menor disrupcin posible.

    A l personal de salud y redes de servicios de salud pblicas y privadas

    a. Aplicar las medidas estndares de prevencin y control de infecciones en el

    manejo de todos los pacientes, ya que la mayora de este tipo de enfermedadestienen sntomas generales inespecficos (Ver Normas de prevencin y control deinfecciones en establecimientos de salud, Repblica Dominicana 2013).

    b. Notificar inmediatamente al Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiolgica detoda persona que presente sintomatologa compatible con bola que tengahistoria de viaje a pases afectados e historia de exposicin con personasenfermas o que presente enfermedad febril hemorrgica de etiologadesconocida.

    c. Establecer mecanismos de traslado y referencia de casos sospechos de Ebolad. Iniciar hidratacin endovenosa y ejecutar el referimiento inmediato de toda

    persona sospechosa de bola hacia los establecimientos de referenciaestablecidos por el Ministerio de Salud Pblica, previa coordinacin con elestablecimiento receptor previamente designado, tomando las medidas debioseguridad, utilizando el medio de transporte especfico para tales fines.

    e. Aplicar las medidas de aislamiento estricto en el manejo clnico de casosospechoso (Ver Pg. 32 de las Normas de prevencin y control de infeccionesen establecimientos de salud. Repblica Dominicana 2013, y las

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    recomendaciones de la OMS para el cuidado de pacientes sospechosos deenfermedad febril hemorrgica).

    A las direcciones provinciales de salud

    a. Mantener el seguimiento de la evolucin de la enfermedad y los mecanismos dealerta temprana para la deteccin de enfermedades emergentes.

    b. Ejecutar la investigacin epidemiolgica de todos los casos sospechosos, deacuerdo al protocolo de vigilancia y respuesta establecido para los fines por laDireccin General de Epidemiologia.

    c. Realizar el seguimiento durante 21 das de todas las personas que han tenido

    contacto con enfermos de bola, utilizando el instrumento diseado para losfines.

    d. Vigilar el cumplimiento cabal de las precauciones estndar y medidasespecficas para la prevencin y control de infecciones en los establecimientosde salud bajo su jurisdiccin y del personal que participa en las investigacionesde caso.

    A la gerencia de empresas e instituciones que organizan eventos internacionales,

    hoteles y otras instalaciones de residencia temporal de viajeros internacionales

    a. Difundir los mensajes sobre las precauciones que deber tener los viajeros quesalen del pas o llegan desde los pases afectados.

    b. Establecer mecanismos de identificacin de los viajeros sospechosos para sureferimiento a un centro de salud y notificacin al Sistema Nacional de VigilanciaEpidemiolgica,

    A las sociedades cientficas, gremios y colegios de profesionales de la salud y

    otras instituciones educativas:

    a. Disear y ejecutar programas de capacitacin y estimular la participacin activade todo el personal de salud, estudiantes y de la poblacin en general, enactividades educativas sobre la enfermedad del virus del bola, as como lasmedidas de prevencin, vigilancia y control.