Premio maria antonia santos plata. reglamento. (1)

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RECONOCIMIENTO NACIONAL A LOS Y LAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS, DICIEMBRE 10 DE 2012. PREMIO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS MARIA ANTONIA SANTOS PLATA.

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PREMIO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA “MARIA ANTONIA SANTOS PLATA”.

Alcaldía Municipal de Ibagué Camino a la seguridad humana.

Heroína santandereana de la Independencia (Pinchote, Provincia del Socorro, abril

10 de 1782 - El Socorro, julio 28 de 1819). La mujer tuvo un gran papel en la

guerra de Independencia de Colombia, unas colaboraron en las fuerza de la

insurrección, otras como mensajeras en el correo secreto y otras como las

"juanas" que acompañaron a sus maridos en las campañas guerreras María

Antonia Santos Plata fue una de las grandes heroínas de la Independencia de

Colombia.

Hija de Pedro Santos Meneses y Petronila Plata Rodríguez, fue bautizada en la

viceparroquia de Pinchote, el 11 de abril de 1782; Su niñez y juventud discurrió, al

lado de sus padres, en la hacienda de El Hatillo. Allí recibió la educación que

recibían las mujeres de su época: labores propias del hogar, la religión católica y

prácticas piadosas y conocimientos de aritmética, escritura, gramática y lectura.

Sus principales actividades estuvieron relacionadas con las faenas campestres.

En la provincia del Socorro se manifestó el más grande descontento social y

económico contra el gobierno colonial, que se proyectó en el movimiento

insurreccional de los Comuneros de 1781; así, Antonia Santos se formó en un

ambiente de rebeldía y descontento. Además, su familia se vinculó

fervorosamente desde los primeros momentos a la lucha en favor de la

emancipación del Nuevo Reino de Granada.

El 12 de julio de 1819, el destacamento militar español, comandante por el

capitán Pedro Agustín Vargas, llegó a la hacienda de El Hatillo, y en la casa

principal de la familia aprehendió sorpresivamente a la dueña de casa, Antonia

Santos, a su hermano menor Santiago y a su sobrina Helena Santos Rosillo; con

ellos fueron también aprehendidos dos esclavos de la heroína. Los prisioneros

fueron conducidos inmediatamente a Charalá, pasándolos por Cincelada y, por

último, fueron Llevados al Socorro, donde fueron encerrados en los calabozos de

la cárcel. Allí se encontraban numerosos detenidos por razones políticas.

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El día 16 de julio de 1819 fue dictada la sentencia de muerte para Antonia Santos

y los próceresIsidro Bravo y Pascual Becerra, como enemigos de la causa del

rey y reos de lesa majestad.

El 27 de julio fueron puestos en capilla los condenados a muerte. El 28 de julio de

lál9, a las diez y media de la mañana, tres días después de la batalla del Pantano

de Vargas, Antonia Santos fue llevada al cadalso, ubicado en un ángulo de la

plaza del Socorro, junto con sus compañeros Pascual Becerra e Isidro Bravo; iban

acompañados por el cura de la parroquia, presbítero N. Torres.

A la heroína la acompañó su hermano Santiago Santos, a quien le entregó sus

alhajas de oro y su testamento; al oficial que mandaba la escolta le obsequió el

anillo que llevaba puesto. Un sargento la ató al patíbulo y le vendó los ojos, se dio

el redoblante y la escolta hizo fuego, consumándose así su muerte, con ejemplo

en el martirologio patrio para la posteridad.

Sea éste nuestro tributo.

Es un compromiso con la defensa, protección y promoción de los derechos humanos, el fortalecimiento a las organizaciones de la sociedad civil, personas y entidades que hacen de nuestra ciudad un modelo de reconocimiento nacional, ésta iniciativa hace parte de nuestro camino a la seguridad humana.

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REGLAMENTO DEL PREMIO INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA “MARIA ANTONIA SANTOS PLATA”.

Alcaldía Municipal de Ibagué Camino a la seguridad humana.

Artículo 1° Objeto del premio I. El Premio Internacional de Derechos Humanos “MARIA ANTONIA SANTOS PLATA”, reconoce a nivel nacional e internacional actividades, así como proyectos con enfoque sobre la divulgación,promoción, defensa y protección efectivas de los Derechos Humanos, en el espíritu de laDeclaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. II. Pueden concursar para este Premio las actividades o proyectos de Derechos Humanos presentados a título individual o colectivo, nacionales o internacionales, que se desarrollanen Colombia. III. El Premio, liderado por la Alcaldía Municipal de Ibagué, el concejo municipal de Ibagué, y las entidades auspiciadoras, se legalizará e institucionalizará a través de un proyecto de acuerdo, será otorgado anualmente. Se entrega el 10 de diciembre de cada año, en reconocimiento y con ocasión de la conmemoración del día internacional de los derechos humanos y la exaltación ecuménica de San Pedro Claver, patrono de los y las defensor@s. Artículo 2° Selección del candidato ganador I. El Premio es único e indivisible y se atribuye a un candidato designado por el voto de unJurado. II. El Jurado está constituido por miembros permanentes: El Señor Alcalde Municipal de Ibagué, el señor Presidente del Consejo Municipal de Ibagué, Su eminencia el señor Arzobispo de la arquidiócesis de Ibagué, el señor Secretario de Bienestar Social y el señor Personero Municipal. III.El señor Alcalde Municipal de Ibagué, el señor Personero Municipal de Ibagué, y el señor Secretario de Bienestar Social presiden el Jurado.pueden ser jurados personalidades invitadas del orden nacional e internacional. IV. Los miembros del Jurado actúan y deciden de manera objetiva, independiente e inapelablesobre el otorgamiento del Premio, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: a. Tiempo de trabajo en el área de Derechos Humanos: las actividades de divulgación,promoción, defensa y protección de los Derechos Humanos que sean

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postuladas alPremio deberán tener un desarrollo y ejecución de un tiempo mínimo antes de la fechade apertura de la convocatoria. b. Población beneficiada: El Jurado tendrá en cuenta la población que resultabeneficiada, en la restitución y exigibilidad efectiva de sus Derechos Humanos. c. Participación: El trabajo o acción ganador en Derechos Humanos debe haber tenido encuenta criterios de acceso y participación efectiva de los beneficiarios del mismo. d. Incidencia en las políticas públicas, participación ciudadana y procesos de desvictimización(resiliencia). Artículo 3° Premio I. El galardonado recibirá como Premio una obra de arte, especialmentediseñada para este Premio. II. El galardonado recibirá una nota en estilo, en ceremonia especial en el concejo de la ciudad de Ibagué. III. El representante de la actividad o del proyecto galardonado recibirá también un reconocimiento económico ( valor acordado por los donantes). . Artículo 4° Procedimiento de presentación de candidaturas. I. Cada año, la alcaldía de Ibagué dentro de su programa de fortalecimiento a las organizaciones de la sociedad civil y la defensa y protección de los derechos humanos, emitirá, promoverá y recopilará la convocatoria para lascandidaturas, indicando la fecha límite, que no es prorrogable, para la recepción de losexpedientes de postulación. Se sugiere al fecha de inicio de inscripciones dentro de las actividades de la semana por la Paz. (4 meses). II. Podrán participar personas naturales, instituciones, empresas, organizaciones o grupos quetrabajan por la divulgación, promoción, defensa y protección de los Derechos Humanos enColombia. III. Las Entidades promotoras y la secretaria técnica del premio, en cabeza de la secretaria de Bienestar Social recibirá las postulaciones, programará las entrevistas con los postulados así como el diseño del formulario que debencontener una descripción detallada de la acción o del proyecto. La convocatoria precisarálos elementos susceptibles de ser útiles al examen del expediente.

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IV. La postulación puede ser presentada por el interesado, por un tercero (institución opersona que conozca la experiencia) o por miembros del Jurado. V. El premio tendrá tres categorías. GALARDONADO.(1) MENCION DE HONOR.(3) RECONOCIMIENTO.(5) Artículo 5° Obligaciones de los beneficiarios. Al aceptar el Premio, el galardonado se compromete a: a. continuar su trabajo de divulgación, promoción, defensa y protección de los DerechosHumanos en Colombia. b realizar, por escrito, un balance de las entrevistas y actividadesrealizadas, así como a difundir lo más ampliamente posible losbeneficios de la otorgación del Premio. c. utilizar, como mínimo durante los doce meses que siguen a la otorgación, el emblemadel Premio en todas sus acciones de comunicación, así como en su papelería. d. Promover el premio Internacional en todos los escenarios académicos políticos y sociales. e. Representar a Ibagué como capital promotora de los derechos humanos. f. Liderar las actividades tendientes a la conmemoración anual del día de las víctimas del conflicto armado 9 de abril. El beneficiario no compromete la responsabilidad de los representantes del Jurado por sucomportamiento o por sus opiniones después de haber recibido el Premio. CONVOCANTES.

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. ALCALDIA MUNICIPAL DE IBAGUE ,CAMINO A LA SEGURIDAD HUMANA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL CONCEJO MUNICIPAL DE IBAGUE ARQUIDIOCESIS DE IBAGUE-PASTORAL SOCIAL. UNIDAD DE ATENCION Y ORIENTACION A VICTIMAS. MESA DEFENSORA DE DERECHOS HUMANOS. SEMILLERO DERECHOS HUMANOS UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA. MESA DE VICTIMAS. RADIO SUPER DEL TOLIMA. Con el Auspicio de: VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. SENADO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA. CAMARA DE REPRESENTANTES. FUNDACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS NUEVO TOLIMA. CORPORACION PAZ PARA EL TOLIMA. CORPORACION FUERZA DE PAZ CORFUPAZ. CAMARA DE COMERCIO DE IBAGUE.