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1Chiclayo, viernes 23 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1ChiChiclaclayoyo, viviernerneses 2323 dede octoctubrubre de delel 20120155PREPRECIOCIO POPOR PR PALAALABRABRA:: 0 00.01515 INCINCLUDLUDO IO IGVGV CRCRÓNÓNICICAA JUJUDIDICICIALAL

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Chiclayo, viernes 23 de octubre del 20152 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, viernes 23 de octubre del 2015

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA

Telf: 481030 - 239182

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

En los seguidos por JOSE ATILA-NO LLATAS PEREZ contra BETTY YOLANDA TELLO JIMENEZ y MINIS-TERIO PUBLICO sobre divorcio por causal, Expediente N° 65-2007; el Primer Juzgado Civil Mixto de Jaén a cargo del Dr. Lucien Eli Monto-ya Urbina, Secretario Judicial Dr. Roberto Juan Huamán Santisteban, ha dispuesto sacar a Remate Publi-co en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble sito en calle prolongación Lambayeque N° 720- Morro Solar dis-trito y provincia de Jaén departamento de Cajamarca (número de medidor 30864764).- VALOR DE TASACIÓN: $ 31,765 (treinta y un mil setecien-tos sesenta y cinco y 00/100 dólares americanos).- BASE DEL REMATE: $ 21,176.66 (veintiún mil ciento setenta y seis y 66/100 dólares americanos) equivalentes a las dos terceras partes del valor de tasación.- AFECTACIO-NES: No se conocen afectaciones escritas.- DIA Y HORA DEL REMATE: El 11 de noviembre de 2015 a las 9:00 a.m.- LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado Civil Mixto de Jaén sito en calle Mariscal Castilla N°. 940- Jaén.- LOS POSTORES: Depositarán no menos del 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin restricciones) girado a su nombre y presentaran original y copia del DNI, así como el respectivo aran-cel judicial consignando el número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del C6digo Procesal Civil y están afectos al IGV. Jaén, 29 de septiembre de 2015.

RODOLFO ALBERTO FARFÁN ZAMBRANO

MARTILLERO PÚBLICOREGISTRO N° 272.

ROBERTO HUAMAN SANTISTEBANSECRETARIO JUDICIALPRIMER JUZGADO CIVIL

MIXTO – JAENPODER JUDICIAL – CSLA

B/ 26014S/. 36.0023, 26, 27, 28, 29, 30 Oct.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL

Expediente N°: 5590-2013.- Por dis-posición del Juez del PRIMER JUZ-GADO CIVIL-MIXTO DE JAEN, Dr. LUCIEN ELI MONTOYA URBINA y Secretario Judicial: Dr. JOHN VLA-DIMIR CAYATOPA CALDERON, en los seguidos sobre EJECUCION DE GARANTTAS por BANCO DE CRE-DITO DEL PERU con DISTRIBUCIO-NES CORDOVA E.I.R.L., el día 11 de noviembre del 2015, a las 9.30 de la mañana, en la Sala de Remates, ubicada en la calle Mariscal Castilla N° 490, segundo piso, del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, se procederá a llevar a cabo el REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del bien inmueble dado en garantía ubicado en el Lote 04, de la Manzana “F”, (actual-

mente Calle Aguarunas N° 112-114), Lotización Bellavida, Sector Pueblo Libre, distrito y provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, inscrito en la Partida Electr6nica N° 02081045, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo-SUNARP.-VALORIZACIÓN (Tasación) de: US$ 51,371.00 (Cincuenta y un mil tres-cientos setenta y un y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE de REMATE, deducido conforme a Ley, de: US$ 34,247.33 (Treinta y cuatro mil doscientos cua-renta y siete y 33/100 D61ares Ame-ricanos)AFECTACIONES:Hipoteca a favor de la BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por US$ 99,593.50, inscrito en el asiento 00004;POSTORES: Oblaran (Garantía) el 10 % de Tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del pos-tor y presentaran Arancel Judicial res-pectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC).- el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALID ADO (SELLADO) por cl encar-gado designado quien se comunicara con el Área de Recaudación Judicial, según lo dispuesto por Oficio Circular N° 050-2012-GAD-CSJLA-PJ y Oficio Múltiple N° 006-2012-GAD-CSJLA-PJ, ambos de fecha 12 de Noviembre del 2012.- Los honorarios del Martillero Publico serán por cuenta del Adjudi-catario, según arancel más I.G.V. (Art. 732° del C.P.C.).-Jaén, 28 de setiembre del 2014Informes al 992724273SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZ

MARTILLERO PÚBLICOREG. 119

ABOG. JOHN VLADIMIR CAYATOPA CALDERONSECRETARIO JUDICIAL

1° JUZGADO CIVIL - JAENPODER JUDICIAL

F/ 013-0540S/. 43.2023, 26, 27, 28, 29, 30 Oct.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO SIPAN SA contra LILIA ESTHER CUEVA TAGLE sobre obligación de dar suma de dinero, Expediente N° 1348-2013; el Primer Juzgado Paz Letrado Civil de Chiclayo a cargo del Dr. Juan Francisco García Mayorga, Secreta-ria Judicial Dra. María Teresa Farro Uceda, ha dispuesto sacar a Remate Publico en PRIMERA CONVOCATO-RIA el inmueble sito en Mz B5 Lote 24, Zona 01 del programa Juan Tomis Stack II Etapa, distrito de San José, provincia y departamento de Lam-bayeque inscrito en la Partida Elec-trónica N° P10043868, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral N° II-Sede Chiclayo.- VALOR DE TASACION: $ 6,530 .40 (seis mil quinientos treinta y 40/100 dólares americanos).- BASE DEL REMATE: $ 4,353.60 (cuatro mil trescientos cincuenta y tres y 60/100 dólares americanos) equivalentes a las dos terceras partes del valor de tasación.- AFECTACIONES: A) HIPO-TECA LEGAL: Registrado en el asien-to 00006 de Partida Electrónica N° Partida Electrónica N° P10043868, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral

N° II-Sede Chiclayo hasta por la suma de S/. 3,492.60 B) EMBARGO: Regis-trado en el asiento 00007 de Partida Electrónica N° P10043868, del Regis-tro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral N° II-Sede Chiclayo dispuesto por el Primer Juz-gado Paz Letrado Civil de Chiclayo hasta por la suma de S/ 15,000 (quin-ce mil y 00/100 nuevos soles) a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Sipán en los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Sipán contra Lilia Esther Cueva Tagle Exp. 1348-2013 .- DIA Y HORA DEL REMATE: El 9 de noviembre de 2015 a las 9:00 a.m.: LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sito en calle San José N° 1052 Chiclayo.- LOS POSTORES: Depositaran no menos del 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin restricciones) girado a su nombre y presentaran original y copia del DNI, así como el respectivo arancel judicial (validado con el sello respectivo del REPEJ-REMAP) consignando el número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Chiclayo, 24 de septiembre de 2015. Rodolfo Alberto Farfán Zambrano Martillero Publico a Nivel Nacional con Registro N° 272.

RODOLFO ALBERTO FARFÁN ZAMBRANO

MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 272

MARIA TERESA FARRO UCEDASECRETARIA JUDICIAL

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL

PODER JUDICIAL – CSJLAF/ 18330S/. 48.0022, 23, 26, 27, 28, 29 Oct.

TERCER REMATE JUDICIAL (EXPEDIENTE 165-2014)En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra JOSE MANUEL LEYVA ALTAMIRANO, sobre Ejecu-ción de Garantías Reales, en el Expe-diente N° 0165-2014-0-1706-691-2011-0-1706-JR-CO-08, por mandato del Sr. Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad en lo comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, interviniendo como especia-lista legal de la causa la Dra., Caro-lina Portocarrero Estela, ha dispuesto sacar a remate Publico en TERCERA CONVOCATORIA el inmueble ubica-do en Mz- B Lote 06 del Centra Poblado Pampa La Victoria del Distrito de Pátapo, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque; cuya área y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida Electrónica N° P10111822 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II sede Chiclayo.TASACION COMERCIAL: US$ 36,753.07 (TREINTA Y SEIS MIL SETEQENTOS CINCUENTA YTRES CON 07/100 DOLARES AME-RICANOS)PRECIO BASE DEL REMATE: US$ 17,702.73 (DIECISIETE MIL SETE-CIENTOS DOS CON 73/100DOLARES AMERICANOS) monto que resulta ser el equivalente a precio base del segundo remate menos el quince por ciento.CARGAS Y GRAVAMENES:A.- HIPOTECA: Primera y preferente hipoteca a favor de SCOTIABANK

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

1. REMATE JUDICIAL

REMATES BIENES INMUEBLE

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3Chiclayo, viernes 23 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

PERU S.A.A. hasta por la suma de S/. 86,691.09 Nuevos Soles, confor-me a la Escritura Publica N°1564 del 10.04.12 otorgada ante Notario Público Antonio Enrique Vera Méndez e inscrita en el asiento D00004 de la Partida Electrónica N° P10111822 del Registro de Predios de la Zona Regis-tral N° II sede Chiclayo.FECHA Y HORA DE REMATE 17 de Noviembre del 2015 a las 10: 00 a.m.LUGAR DE REMATE: Sala de Rema-tes del Poder Judicial, cito en Calle San José N° 1052 – cruce con Av. Saenz Peña (Antiguo Local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque) - 2° Piso - Distrito y Provincia de Chicla-yo - Departamento de Lambayeque.LOS POSTORES: Serán admitidos como postores quienes antes del remate hayan depositado en efectivo o en cheque de gerencia o depósito judi-cial, una cantidad no menor al diez por ciento (10 %) del valor de la tasación, es decir no menor a: US$ 3,675.30 (TRES MIL SEICIENTOS SETENTA Y CINCO CON 30/100 DOLARES AMERICANOS); asimismo presenta-ran la tasa judicial correspondiente por participación en remate de bien inmueble, en original y copia, el mismo que debe consignar el Número de expediente, Juzgado e identificación del participante. Los postores deberán apersonarse con su Documento de Identidad y copia simple del mismo.HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los honorarios del martillero Publico serán a cargo del adjudicatario, los mismos que están regulados por el D.S N° 008-2005-JUS, de conformi-dad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.

BRIGTHE DEL ROCIO E. ALARCON GONZALESMARTILLERO PÚBLICO

REG. 269CAROLINA

PORTOCARRERO ESTELASECRETARIA JUDICIAL

8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL

PODER JUDICIAL – CSJLAF/ 18322S/. 24.0022, 23, 26 Oct.

REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

Expediente N° 70-2011.- Por disposi-ción del Juez del Primer Juzgado Civil de Jaén- Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que Despacha el Sr. Dr. LUCIEN ELI MONTOYA URBI-NA y Secretario Judicial: ROBERTO JUAN HUAMAN SANTISTEBAN, en los Autos seguidos sobre PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEM-NIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS por WINGBERTO ROMERO DIAZ con SEGUNDO ERNESTO VILLANUEVA MONTENE-GRO, interviniendo como Acreedor No Ejecutante: Doña Edy Dora Parihua-man Jiménez, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL en PRIMERA CONVOCATORIA:Del Predio Rural “El Sauce”, Uni-dad Catastral N° 32166, del Sector Proy. Adjudicación Chamaya, Cruce Chamay, Mesones Muro y Buena Esperanza, Sector de Palo Blan-co- Chamaya, con un Área de 5.700 Hectáreas, del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, cuyos linderos, medidas perimétricas y dominio corren inscritos en la Partida N 02092610,Inscription de Sección Especial de Predios Rurales-Zona Registral II, Sede Chiclayo- SUNARP.-Con una Valorización (Tasación) aprobada de: S/. 76,950.00 (Setenta y seis mil, novecientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) y por el Precio Base deducido conforme a Ley de: S/. 51,300.00 (Cincuenta y un mil, trescientos y 00/100 Nuevos Soles).-GRAVAMEMES: 1) HIPOTECA.- Hasta por S/. 30,000.00 a favor del Acreedor Hipotecario Doña Edy Pari-huaman Jiménez (Asiento D00001 de la Partida N° 02092610) y 2) EMBAR-GO.- En forma de Inscripción, sobre el

predio inscrito en esta Partida, hasta por S/. 80,000.00, por orden del Pri-mer Juzgado Civil Mixto de la Ciu-dad de Jaén, Exp. 70-2011, seguido por Wingberto Romero Díaz contra el demandado y propietario del Inmue-ble Don Segundo Ernesto Villanueva Montenegro (Asiento D 00002 de la Partida N° 02092610).-DIA y HORA DEL REMATE: El 11 de Noviembre del año 2015 a las 10.30 de la mañana.-LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en Av. Mariscal Castilla N° 490, Segundo piso (Ofici-na de Administración), del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca.-POSTORES: Obraran en efectivo o en Cheque de Gerencia NEGOCIABLE a nombre del postor el 10% del valor de la tasación y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC), el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el Área de Administración.-ADJUDICATARIO: Los honorarios del Martillero Publico serán por cuenta del Adjudicatario, según arancel más 18% de I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.)- Infor-mes al 997306076.-

JORGE RAUL MANTILLA SANEZMARTILLERO PÚBLICO

REG. N° 233ROBERTO HUAMAN SANTISTEBAN

SECRETARIO JUDICIALPRIMER JUZGADO CIVIL

MIXTO – JAENPODER JUDICIAL – CSJLA

B/ 3943S/. 38.8821, 22, 23, 26, 27, 28 Oct.

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA

PÚBLICAEn el expediente No. 5429 - 2013 por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A. contra ARTEMIZA JIMENEZ SUAREZ sobre Ejecución de Garantías, el Segun-do Juzgado civil de Jaén a cargo del señor Juez Dr. Rudecindo José Damián Sandoval, asistido por la Especialista Legal Leidi Yanina Oliva Díaz, ha facultado al Martillero Publico Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro N° 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA de los siguientes inmuebles que se detallan a conti-nuación:1.- Bien Inmueble denominado “La Palta”, ubicado en el Caserío Barro Negro, en el Distrito de La Coipa, Pro-vincia de San Ignacio Departamento de Cajamarca cuya área y dominio corren inscritos en la Partida Elec-trónica del Registro de Predios No. 02113808 de la Zona Registral No. II - Sede Chiclayo - Oficina Registral de Jaén. TASACION: US$ 21,800.00 (Veintiún Mil Ochocientos y 00/100 Dólares Americanos).BASE DE REMATE: US$ 14,533.33 (Catorce Mil Quinientos Treinta y Tres con 33/100 Dólares Americanos) que son las dos terceras partes del valor de la Tasación por ser la Primera Convocatoria.AFECTACIONES: 1) Hipoteca.- A favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Sullana S.A., Hasta por la suma de US$ 20,000.00, así cons-ta Inscrito en el Asiento D00001; 2) Embargo en forma de Inscripción.- Ordenado por el Juez del Juzgado Mixta Penal Unipersonal de San Ignacio el Dr. Harold Ortiz Carrasco, asistido por el Secretario Judicial Nils Torres Castillo, hasta por la suma de S/. 80,000.00 (Ochenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), así consta Inscrito en el Asiento D00002; los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Electrónica del Registro de Predios No. 02097225 de la Zona Registral No. II - Sede Chiclayo - Ofi-cina Registral de Jaén.2.- Bien Inmueble ubicado en el Predio “EI Zapote” Área Ha. 3.70 U.C 32553,

Ubicado Rural Sector Palo Amarillo, Distrito de la Coipa Provincia de San Ignacio, Departamento de Cajamar-ca cuyo dominio corre inscrito en la Partida Electrónica del Registro de Predios No. 02097225 de la Zona Registral No. II - Sede Chiclayo - Ofi-cina Registral de Jaén. TASACION: US$ 25,000.00 (Veinticinco Mil con 00/100 Dólares Americanos).BASE DE REMATE: US$ 16,666.66 (Dieciséis Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 66/100 Dólares Americanos) que son las dos terceras partes del valor de la Tasación por ser la Primera Convocatoria.AFECTACIONES: 1) Hipoteca.- A favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Sullana S.A., Hasta por la suma de US$ 20,000.00 Dólares Americanos, así consta inscrito en d Asiento D00001; 2) embargo en forma de Inscripción.-Ordenado por el Juez del Juzgado Mixto Penal Unipersonal de San Ignacio el Dr. Harold Ortiz Carrasco, asistido por el Secretario Judicial Nils Torres Castillo, hasta por la suma de S/. 80,000.00 (Ochenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), así consta Inscrito en el Asiento D00002, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Electrónica del Registro de Predios No. 02097225 de la Zona Registral No. II - Sede Chiclayo - Oficina Registral de Jaén.DIA Y HORA DEL REMATE: 30 de Octubre del 2015, a horas 09:00 a.m. (Nueve de la mañana).LUGAR DE REMATE: Diligencia que se llevara a cabo en la sala de rema-tes, ubicada en calle Mariscal Castilla N°490, segundo piso - Sede poder judicial - Jaén; debiendo los postores depositar una suma no menor al diez por ciento del valor de la tasación alu-dida y pagar et arancel judicial.LOS POSTORES: Depositaran por cada uno de los inmuebles materia de remate el 10% de la tasación en Che-que de Gerencia a su nombre o efecti-vo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participar en remate judicial por cada uno de los inmuebles materia de remate en original y copia, en la que se consignará este Juzgado, Numero de Expediente y Número de DNI, los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzales Barzotti, Martillero Publico Registro N°195; la especialista Legal Leidi Yanina Oliva Díaz, Segundo Juz-gado Civil de Jaén - Lambayeque.

CARLOS ALBERTO GONZALES BARZOTTIMARTILLERO PÚBLICO

REGISTRO N°195LEIDI OLIVA DIAZ

SECRETARIA JUDICIAL2° JUZGADO CIVIL – JAENPODER JUDICIAL – CSJLA

F/ 013-0538S/. 56.1621, 22, 23, 26, 27, 28 Oct.

REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

Expediente N° 3083-2014; En los seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por BANCO DE CRE-DITO DEL PERU con MARICIA HILA-RIA MARTINEZ DAVALOS y CARLOS CASTILLO NAYRA, el Sr. Juez que Despacha el Segundo Juzgado Civil de Jaén, Dr. Rudecindo Jose Damián Sandoval y Secretaria Judicial- Leidi Yanina Oliva Diaz, con intervención del Martillero Publico de Registro 233, han ordenado sacar a- REMA-TE PUBLICO JUDICIAL en PRIME-RA CONVOCATORIA, el siguiente Inmueble;Gasa Habitación de un Piso, ubicado en la Avenida Pakamuros, Mz. A, Lote. 03 (Actualmente Avenida Pakamuros N° 1428), de la Urbanización Eva, Distrito y Provincia de Jaén, Departa-mento de Cajamarca, cuyos linderos, medidas perimétricas y dominio corren

inscritos en la partida electrónica N° 02001421, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Jaén- Zona Registrar ll, Sede Chiclayo- SUNARP.-VALOR DE LA TASACION: En la suma de US$ 418,724.00 (Cuatro-cientos dieciocho mil, setecientos veinticuatro con 00/100 Dólares Ame-ricanos) y una BASE DE REMATE, deducida conforme a Ley de:US$ 279,149.30 (Doscientos setenta y nueve mil, ciento cuarenta y nueve con 30/100 dólares Americanos).-AFECTACIONES: 1) HIPOTE-CA: Constituida a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por US$ 424,975.00 (Asiento D00004 de la Partida N° 02001421).-DIA Y HORA DEL REMATE: N° 11 de Noviembre del año 2015, a horas 10.00 de la Mañana-LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en Av. Mariscal Castilla N° 490, Segundo piso (Ofici-na de Administración), del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca.-POSTORES: Oblarán en efectivo o en Cheque de Gerencia NEGOCIABLE a nombre del poster el 10% del valor de la tasación y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente. Juzgado y DNI/ RUC), el mismo que previo a) inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el Área de AdministraciónADJUDICATARIO: Los honorarios del Martillero Publico serán por cuenta del Adjudicatario, según arancel más I.G.V. (Art.732 del C.P.C.)-

JORGE RAUL MANTILLA SANEZ MARTILLERO PÚBLICO

REG. N° 233.LEIDI OLIVA DIAZ

SECRETARIA JUDICIAL2° JUZGADO CIVIL – JAENPODER JUDICIAL – CSJLA

F/ 013-0537S/. 35.6420, 21, 22, 23, 26, 27 Oct.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL DE

BIEN MUEBLEExpediente N° 2343-2012.- Por orden del Juez del SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL DE CHI-CLAYO: Dr. WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZ y Secretario Judicial: MARCO STEVE VASQUEZ PINEDO, en los seguidos por GUERY HENRY CHIRINOS ALVARADO con CARLOS AUGUSTO RIBOTY PAREDES sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, REMATARE EN PRI-MERA CONVOCATORIA DE REMA-TE PUBLICO JUDICIAL, DONDE Y COMO ESTA: Una camioneta Pick-Up, Marca Nis-san, Modelo Frontier, de Placa de Rodaje: M1F-842, Año de Fabrica-ción: 2010, N° de Serie: JNJCNU-D22AX470395, Color: plata metálico, Motor: N° ZD302480181C, Combusti-ble: Petró1eo, Form. Rodante 4X4, N° de Partida: 60602906.-Con una TASACION de: US$ 6,930.00 (Seis mil novecientos treinta y 00/100 Dólares Americanos) y un PRECIO BASE de REMATE, deducido confor-me a Ley de: US$ 4,620.00 (Cuatro mil, seiscientos veinte y 00/100 Dóla-res Americanos)-AFECTACIONES: el del presente Pro-ceso Judicial, se desconocen otras.-DIA Y HORA DEL REMATE: El 9 de noviembre del 2015, a las 12.00 del mediodía.-LUGAR DEL REMATE: En la Mz. B, Lote N° 15, Urb. Puertas del Sol, Dis-trito y Provincia de Chiclayo y Depar-tamento de Lambayeque, donde se exhibirá.-POSTORES.- Oblaran el 10 % del valor de Tasación en efectivo o Che-que de Gerencia NEGOCIABLE, gira-do a nombre del Postor y adjuntaran Arancel Judicial correspondiente, indi-cando Juzgado, N° de Expediente y D.N.I., anexando copia de DNI y de Arancel.-CANCELACION: Del monto de adju-dicación, será en el Acto (Art. 740 del

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Chiclayo, viernes 23 de octubre del 20154 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

C.P.C.).-HONORARIOS del Martillero: Por cuenta del Adjudicatario de con-formidad con Arancel vigente más I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.).- Inf. al 992724273.-SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZ

MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 119

MARCO S. VASQUEZ PINEDOSECRETARIO JUDICIAL

2° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL

PODER JUDICIAL – CSJLAB/ 25962S/. 36.0020, 21, 22, 23, 26, 27 Oct.

PRIMER REMATE JUDICIALEn los seguidos por BANCO DE CRE-DITO DEL PERU CON INDUSTRIAS SAN ANDRES SAC Y GUEVARA DIAZ VICTOR ERNESTO Y ROCHA TELLO ADA MAGNOLIA sobre EJE-CUCION DE GARANTIAS Exp. N° 1126 -2014 por orden del Octavo juzgado Civil Comercial de Chicla-yo a cargo del Magistrado SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN Especia-lista Legal BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES la suscrita Martillero Publico, ROXANA ELENA LEON USURIN, con Reg. 302, rema-tará en primera convocatoria del bien inmueble LOTE 18 MZ A SECTOR IV DE LA HABILITACION URBANA EN CONDOMINIO JOCKEY CLUB DE CHICLAYO DISTRITO LA VIC-TORIA PROVINCIA DE CHICLAYO Y DEPARTAMENTO DE LAMBAYE-QUE inscrito en la partida electrónica Nro. 11065286 del registro de propie-dad inmueble de la oficina registral de Chiclayo.VALOR DE TASACION: $ 145,000.00 (CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 DOLARES AMERICA-NOS)PRECIO BASE: $ 96,666.67 (NOVEN-TA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 67/100 DOLARES AMERICANOS) GRAVAMENES Y CARGAS: a) hipo-teca a favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de $ 125,000.00 b) Embargo en forma de inscripción hasta por la suma de $ 66,000.00 sobre los derechos que posea el demandado VICTOR ERNESTO GUEVARA DIAZ a favor de CESAR AUGUSTO VALDIVIA ANGELESDIA Y HORA DEL REMATE: SEIS DE NOVIEMBRE DEL 2015 A LAS OCHO Y TREINTA MINUTOSLUGAR: Sala de remate de los Juz-gados Comerciales de Lambayeque ubicado en Calle San José N° 1052 Chiclayo -Sede Antigua de la Cote Superior de Justicia de Lambayeque. POSTORES: Obraran el 10 % del Valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley.COMISIÓN DEL MARTILLERO: La comisión corre por cuenta del Adjudi-catario y será cancelada una vez con-cluido el acto de remate, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del Decreto Supremo N° 008-2005- JUS y están afectos al IGV.INFORMES: 998952084

ROXANA ELENA LEON USURINMARTILLERA PUBLICA REG. 302

DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES

ESPECIALISTA LEGALOCTAVO JUZGADO CIVIL –

COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA

F/ 18297S/. 46.0020, 21, 22, 23, 26, 27 Oct.

REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

Expediente N° 4-2007.- Por disposi-ción del Sr. Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo- Corte Superior de Justicia

de Lambayeque: Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN y Especialista Legal: CECILIA GUILLERMO ZAM-BRANO en los seguidos sobre EJE-CUCION DE GARANTIAS por TECHO HOGAR SAC. con MARIA ROSA BONILLA NUÑEZ y LUIS AGUSTIN MONTOYA BONILLA, con interven-ci6n del Martillero Publico: JORGE RAUL MANTILLA SANEZ, de Registro Nacional N° 233, se procederá a llevar a cabo el REMATE JUDICIAL EN PRI-MERA CONVOCATORIA de Dos (2) Inmuebles en los siguientes Horarios:HORA 11:00 a.m.- Departamento/Sección 106, de 2 plantas, ubicado en la Avenida Saenz Peña N° 1438 (4) del Distrito y Provincia de Chicla-yo- Departamento de Lambayeque, inscrito en la Ficha N° 13112, con-tinuando en la Partida Registral N° 02010519 de la Oficina de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo-SUNARP.- Con una VALORIZACION (TASACION) de: US$ 15,208.51 (Quince mil, doscientos ocho con 51/100 Dólares Americanos y una BASE DE REMATE (deducida con-forme a Ley) de: US$ 10,139.00 (Diez mil, ciento treinta y nueve con 00/100 Dólares Americanos).- AFECTA-CIONES: 1) HIPOTECA.- A favor de Techo Hogar S.A. hasta por la suma de US$ 14,000.00 conjuntamente con otro Inmueble (Asiento d 2 de la Ficha N° 13112, que continua en la Partida Registral N° 02010519) yHORA 12.00 m.- Departamento/Sección 107, ubicado en la Avenida Saenz Peña N° 1438 (3) del Distrito y Provincia de Chiclayo- Departamento de Lambayeque, inscrito en la Ficha N° 13113, continuando en la Partida Registral N° 02010520, de la Oficina de Propiedad Inmueble de los Regis-tros Públicos de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo-SUNARP.- Con una VALORIZACION (TASACION) de: US$ 9,251.89 (Nueve mil, dos-cientos cincuenta y uno con 89/100 Dólares Americanos y una BASE DE REMATE (deducida conforme a Ley) de: US$ 6,167.92 (Seis mil, ciento sesenta y siete con 92/100 Dólares Americanos).- AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.-A favor de Techo Hogar. hasta por la suma de US$ 14,000.00 conjuntamente con otro Inmueble (Asiento d 2 de la Ficha N° 13113, que continua en la Partida Registral N° 02010520) y 2) EMBARGO.- En forma de Inscripción sobre las Accio-nes y Derechos que le corresponden al Multado Luis Agustín Montoya Boni-lla sobre el Inmueble inscrito en esta Partida, hasta por S/. 2,000.00, por orden del 398-207-8° JEC-Chic. en los seguidos por la Corte Superior de Jus-ticia de Lambayeque, contra el multa-do antes citado, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero por concepto de Multa (Asiento D00001 de la Partida Registral N° 02010519)DIA DEL REMATE: El 25 de Noviem-bre del 2015.-LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates de la Corte, sito en la Calle San José N° 1052, con ingreso por Calle San José N° 1074, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de Lam-bayeque.-POSTORES: Oblaran (Garantía) el 10 % de Tasación en efectivo o cheque de gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y pre-sentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC), el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALI-DADO (SELLADO) por el Área de Repej-Remap (Sede antigua de la Corte).- HONORARIOS: Del Martillero serán por cuenta del Adjudicatario, según arancel más I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.).- Inf. al 997306076.

JORGE RAUL MANTILLA SANEZMARTILLERO PÚBLICO

REG. N° 233CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO

SECRETARIA JUDICIALOCTAVO JUZGADO

CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL – CSJLA

F/ 18299S/. 48.0020, 21, 22, 23, 26, 27 Oct.

AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL

Exp. N° 05027-2012-0-1703-JR-CI-02. CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A. contra CONSORCIO EROS E.I.R.L., EDWAR DOAY GONZALES PEREZ, y MARIA AMELINA GONZALES PEREZ, sobre EJECUCION DE GARANTIA.BIENES EN REMATE: El Segundo Juzgado Mixto en lo Civil de Jaén, a cargo del Señor Juez, Rudecindo José Damián Sandoval, y Especialis-ta Legal, Edinson Enrique Soberon Hoyos; ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro con Reg. N° 210, realice el REMATE PÚBLICO JUDI-CIAL EN PRIMERA CONVOCATOR-LA DE DOS (02) BIENES INMUE-BLES, según el orden siguiente:1°) BIEN INMUEBLE N° 01: Ubicado en Calle Capellán Duárez N° 383 (trescientos ochenta y tres), Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca; cuya área, característi-cas, linderos, y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 11012938 del Regis-tro de Propiedad Inmueble - Oficina Registral de Jaén. VALORIZACION: US$. 155,369.60 (Ciento cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y nueve con 60/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE: US$. 103,579.73 (CIENTO TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 73/100 DOLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valori-zación por ser primer remate. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asien-to D00001, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédi-to de Sullana S.A. hasta por US$. 20,500.00.2°) BIEN INMUEBLE N° 02: Ubicado en la Calle Alfonso Villanueva Pinillos sin numeración de finca, Residencial Pueblo Nuevo, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca; cuya Área, características, linderos, y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 11001697 del Registro de Propiedad Inmueble - Oficina Registral de Jaén. VALORIZACIÓN: US$. 239,677.64 (Doscientos treinta y nueve mil seis-cientos setenta y cuatro con 64/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE: US$. 159,785.09 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 09/100 DOLARES AMERICA-NOS), que representan dos tercios de su valorización por ser primer remate.GRAVAMENES Y CARGAS: 1) Asien-to D00001, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédi-to de Sullana S.A. hasta por US$. 20,500.00.FECHA. HORA Y IUGAR DE REMA-TE: El remate judicial de los dos (02) Inmuebles mencionados, se hará respetando el orden antes indicado, y se programa para el día VIER-NES 30 DE OCTUBRE DE 2015 A LAS 10.00 HORAS Y 10.15 HORAS RESPECTIVAMENTE, EN LA SALA DE REMATES, ubicado en el local de la Administración de la sub sede del Poder Judicial de Jaén, sito en calle Mariscal Castilla N° 490, 2° piso, Distrito y Provincia de Jaén, Departa-mento de Cajamarca.LOS POSTORES: Por cada Inmue-ble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o con cheque de gerencia, negociable a su nombre, con una antigüedad no mayor a 30 días, una cantidad no menor del 10 % de su valorización, adjuntar original y copia de DNI y/o RUC, de arancel judicial con código 7153 por derecho de participación en remate, indicando Juzgado, Expediente, DNI y/o RUC, nombre completo, domicilio y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades

de poder de fecha actual.HONORARIOS DEL MARTILLERO: Inmediatamente culminada la diligen-cia de remate, el adjudicatario paga los honorarios del Martillero Publico más el I.G.V., de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S. N° 008-2005-JUS). Jaén, setiembre 24 de 2015. (51)(44) 94-789-3343, 94-936-5850-34-7544 RPM *661990. [email protected] [email protected] PAREDES LANDAUROABOGADO MARTILLERO PÚBLICO

REG. N° 210EDINSON E. SOBERON HOYOS

SECRETARIO JUDICIALSEGUNDO JUZGADO CIVIL – JAEN

PODER JUDICIAL – CSJLAF/ 013-0536S/. 54.0020, 21, 22, 23, 26, 27 Oct.

EDICTO DE SUBASTA JUDICAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

Expediente N’ 0329 - 2014 - 0 - 1706 -JR - CO - 08 - MCVBAN-CO FINANCIERO DEL PERU contra JOSE KLITHO QUESQUEN NIQUEN Y MARY INES CIGUEÑAS OLANO sobre Ejecución de Garantías, orden del Octavo Juzgado Civil Comercial de Lambayeque a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán y Secretaria Judicial Estela Carolina Portocarrero, facultando al Martille-ro Publico Reg.:127 Pablo Colbert Rojas Tamayo, Ordenando sacar a REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA el Bien Inmueble constituido por un Departamento N° 306, ubicado con Frente a la calle Ama Sua N° 330, Programa Municipal de Vivienda Primer Sector – II Parte “Las Quintas” Distrito de La Victoria Provincia de Chiclayo y Departamento Lambayeque, sus medidas y linderos perimétricos corren inscritas en la Par-tida Electrónica N° P10160565, Zona Registral N° II Sede Chiclayo.VALOR COMERCIAL: US$ 62,149.00 D.A (Sesenta y Dos Mil Ciento Cua-renta y Nueve con 00/100 Dólares Americanos)BASE DE REMATE: US$ 41,432.67 D.A (Cuarenta y Un Mil Cuatrocientos Treinta y Dos con 67/100 Dólar Ame-ricano) que son las 2/3 partes de valor comercial.- CARGAS Y GRAVAMENES: Hipote-ca, Escritura Publica N° 2482 fecha: 31.07.2013 Otorgada ante Notario Público de la ciudad de Chiclayo Dr. Carlos A. Caballero Burgos; el propie-tario ha constituido hipoteca a favor del BANCO FIANCIERO DEL PERU hasta por la suma de US$ 66,548.00 la misma que se encuentra inscrita en el Asiento 0006.DIA Y HORA DE REMATE: JUE-VES 29 DE OCTUBRE DEL 2015 A HORAS 10:00 A.M en el local de remates.LUGAR DE REMATE: Sala de rema-tes ubicado en la Calle San Jose N° 1030, Segundo Piso de la ciudad de Chiclayo.LOS POSTORES: Entregaran el 10% del monto de la valorización comercial del inmueble, en efectivo o cheque de gerencia, adjuntando arancel judicial N° 07153; consignando número de expediente, juzgado e identificación del postor, copias y DNI LA COMI-SION DEL MARTILLERO PUBLICO ES CANCELADA POR EL ADJU-DICATARIO; Lima Setiembre del 2015, Pablo Colbert Rojas Tamayo, Martillero Publico Reg.: 127. Email: [email protected] Cel.: 993766643 RPM* 0157978.PABLO COLBERT ROJAS TAMAYO

MARTILLERO PÚBLICO REG. 127

CAROLINAPORTOCARRERO ESTELA

SECRETARIA JUDICIAL8° JUZGADO ESPECIALIZADO

CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA

F/ 18291S/. 42.0016, 19, 20, 21, 22, 23 Oct.

Page 5: PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 … Judicial... · PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV000.015 INCLUDOIO IGV CRÓNICA JUDICIALCRÓNICA JUDICIAL

5Chiclayo, viernes 23 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

RECTIFICACION DE PARTIDAEl Juzgado de Paz Letrado de la Pro-vincia de Cutervo, Juez, Dr. JAVIER FRANCISCO ROJAS CANGAHUALA, Secretaria Judicial Dra. Clara Cecilia Leonardo Rioja, en el Exp. N° 226-2015-C, Resolucion: UNO, ADMITE, la solicitud de ARCADIO LEONCIO LLATAS QUISPE sobre RECTIFICA-CION DEL ACTA DE NACIMIENTO Y PARTIDA DE DEFUNCION DE SU MADRE; En el Rubro Nombre del padre: Dice: JUAN QUISPE FLORES, Debe Decir: JUAN CRISOSTOMO QUISPE FLORES; en consecuencia, señálese fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARA-CION JUDICIAL el día CUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE: fecha que se señala por estar este juzgado recargado de diligencias programadas en días anteriores; bajo apercibimiento en caso de inconcu-rrencia del peticionante de declararse concluido el proceso. Notifíquese.-Cutervo, 02 de Octubre del 2015DRA. CLARA C. LEONARDO RIOJA

SECRETARIOJUZGADO DE PAZ LETRADO –

CUTERVOB/ 26027S/. 3.0023 Oct.

RECTIFICACION DE PARTIDAPor ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la Señora Juez Dra. LEILA MARIN MOSQUE-RA con la asistencia del Especialista Legal Dr. SANTOS FLORES RAMOS en el Exp. N° 4426-2014, seguido por JEAN ANTONY ESTRADA ROMERO, el cual se encuentratramitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE, en el sentido que en cuanto al nombre de su Progenitor “BASILIO” la letra “S” sea cambiada por la “C”, siendo lo correcto: BACI-LIO,debiendo quedar el nombre completo de su Padre en su partida como: PEDRO BACILIO ESTRADA SANTIS-TEBAN y así mismo en cuanto al nombre de su Progenitora “IMELDA” la letra “I” sea cambiada por la “Y”, siendo lo correcto: YMELDA, debiendo quedar el nombre completode su Madre en su partida como: LIDIA YMELDA ROMERO LOPEZ.Lo que se hace de conocimiento públi-co para los fines de ley.Lambayeque, 21 de octubre del 2015

ABOG. SANTOS FLORES RAMOSESPECIALISTA CIVIL – FC

JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE

PODER JUDICIAL – CSJLAB/ 26020S/. 14.0023, 26, 27 Oct.

RECTIFICACION DE PARTIDAExp. N° 549-2015: Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de San Ignacio que despacha el señor Juez: NESTOR ELIO MENDOZA VEGA y Especialista Legal MAXANDRE CESAR FELIX TABOADA RAMON, don: SEGUNDO JUVENCIO GARCIA MIJAHUANCA solicita la rectificación de Partida de Nacimiento que obra en Registro Estado Civil de la Municipali-dad Provincial de San Ignacio: en los extremos siguientes: [1] Respecto al apellido paterno de su padre: aparece borroneado “García” [2] Respecto al nombre de su madre se ha consig-nado “CESARINA”, siendo lo correcto CESAREA.San Ignacio, 19 de octubre del 2015

MAXANDRE CESAR TABOADA RAMON

ESPECIALISTA LEGALJUZGADO DE PAZ LETRADO

SAN IGNACIOB/ 3944S/. 10.8022, 23, 26 Oct.

RECTIFICACION DE PARTIDAEn el Expediente 02527-2015, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque que despacha la Seño-ra Juez Dra. LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA y especialista legal Abo-gado SANTOS FLORES RAMOS, Doña MARIA JUANA SANTISTEBAN BALLENA solicito la rectificación de su partida de su nacimiento, que obra en el registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Mórrope, Provincia y Departamento de Lam-bayeque; respecto a que se ha omi-tido consignar el primer prenombre de su progenitor, siendo que solo aparece como ARCADIO SANTISTE-BAN CHAPOÑAN cuando lo correcto es JUAN ARCADIO SANTISTEBAN CHAPOÑAN, situación que se debe corregir.Lambayeque, 19 de Octubre del 2015

SANTOS AMERICO FLORES RAMOS

SECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO

LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL – CSJLA

B/ 25991S/. 8.0022, 23, 26 Oct.

RECTIFICACION DE PARTIDAExp. N° 531-2015: Par ante el Juz-gado de Paz Letrado de la Provin-cia de San Ignacio que despacha el señor Juez NESTOR ELIO MEN-DOZA VEGA y Especialista Legal MAXANDRE CESAR FELIX TABOA-DA RAMON, don; JAMES WILLIAMS MEZA GARCIA solicita la rectificación de su Partida de Nacimiento que obra en Registro Estado Civil de la Muni-cipalidad Provincial de San Ignacio; en los extremos siguientes: [1] Res-pecto a su pre nombre: que apare-ce como “Willan”, siendo el correcto “WILLIAMS” [2] Respecto al nombre y apellido de su padre; se ha consigna-do como Juan Mezo. Ramírez siendo lo correcto JUAN ALBERTO MEZA RAMIREZ”; Y [3] Respecto al apellido materno de su señora madre en forma borrosa aparece la letra “V” siendo lo correcto “MANUELA GARCIA VELAS-QUEZ”San Ignacio, 14 de octubre del 2015

MAXANDRE CESAR FELIX TABOADA RAMON

ESPECIALISTA LEGALJUZGADO DE PAZ LETRADO

SAN IGNACIOB/ 3940S/. 11.8821, 22, 23 Oct.

SUCESION INTESTADAPor ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la Juez Dra. LEILA ESTELA MARIN MOS-QUERA Especialista Legal Dr. SAN-TOS FLORES RAMOS, Exp. N°1737 - 2015, ADA DORILA PAZ VIUDA DE RODRIGUEZ, en representación de su esposo premuerto CIPRIANO RODRIGUEZ ODAR, REMORA GLO-RIA ALDANA VIUDA DE RODRIGUEZ en representación de su esposo pre-muerto RAFAEL RODRIGUEZ ODAR y doña ANA MELVA PAZ RODRI-GUEZ en representación de su madrepremuerta TERESA EMPERATRIZ RODRIGUEZ ODAR, se encuentra tramitando la SUCESION INTESTA-DA de quien en vida fue TOMAS RODRIGUEZ ODAR, fallecido el 30 de noviembre delaño 2013 en el DISTRITO DE TUCU-

ME, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE. Lo que se hace conocimiento público para los que se crean con derechos sucesorios se apersonen al proceso conforme a ley.Lambayeque, 16 de octubre del 2015

ABOG. SANTOS FLORES RAMOSESPECIALISTA CIVIL

JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE

PODER JUDICIAL – CSJLB/ 25983S/. 12.0021, 22, 23 Oct.

EDICTO JUDICIALPor ante el Juzgado Mixto del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz, Que Despacha el Señor Juez Dr. ERICK FRANK PEREZ ALQUIZAR, con la asistencia del Esp. Legal Dra. MAR-GOT OLIVARES TORRES; en el EXP. N° 219-2014-0-1714-JP-CI-01; segui-do por CALY SUSANA MALCA SAN-CHEZ contra los SUCESORES PRO-CESALES DE DOÑA ROSA RODRI-GUEZ CORRALES sobre OTORGA-MIENTO DE ESCRITURA PUBLICA; Mediante RESOLUCION NUMERO DOS de fecha 30 de junio del 2015; SE RESUELVE Notifíquese median-te EDICTOS a LOS SUCESORES de doña Rosa Rodríguez Corrales; a publicarse por tres días en el diario Oficial El Peruano y otro de mayor circulación; confiriéndosele un plazo no mayor de VEINTICINCO DIAS, para apersonarse al presente proceso y conteste la demanda, bajo apercibi-miento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL; PUBLIQUESE la presen-te por el espacio de TRES DIAS en el Diario Oficial “El Peruano” y “La Repu-blica Fdo. Juez Dr. ERICK FRANK PEREZ ALQUIZAR.- Esp-Legal Dra. MARGOT OLIVARES TORRES.José Leonardo Ortiz, 21 de septiem-bre del 2015

MARGOT OLIVARES TORRESESPECIALISTA LEGAL

JUZGADO MIXTO MBJ-JLOPODER JUDICIAL – CSJLA

B/ 25992S/. 11.0022, 23, 26 Oct.

EDICTOLA SEÑORA JUEZ DEL SEXTO JUZ-GADO ESPECIALIZADO CIVIL DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO DRA. IRMA ELVIRA ROJAS SENMACHE, Y LA ESPECIALISTA LEGAL: DRA: DIANA E. YAMUNAQUE SECLEN, en el EXP- N° 2128-2015.-6°.-J.-CI.-CH.- seguido por. MARIA YESICA SIES-QUEN SANDOVAL sobre DECLARA-CION DE MUERTE PRESUNTA la Señora Juez ha dispuesto la Notifi-cación por EDICTO, con la resolu-ción numero uno de fecha tres de setiembre dos mil quince, Auto Admi-sorio: admite a trámite la demanda interpuesta por MARIA YESICA SIES-QUEN SANDOVAL, sobre Muerte Pre-sunta, como Proceso No contencioso: por señalado su domicilio procesal y por ofrecidos los medios probatorios que indica, en consecuencia, con-fiérase traslado al ausente: MOISES AGUSTO PISCOYA EFFIO, mediante edictos, por Tres Días consecuentivos en el Diario la Republica y el Peruano.Chiclayo, 15 Octubre 2015

DIANA YAMUNAQUE SECLENSECRETARIA JUDICIALSEXTO JUZGADO CIVIL

PODER JUDICIAL – CSJLAB/ 25997S/. 10.0022, 23, 26 Oct.

NOTIFICACIONEXP. 03381-2015. La Juez del Segun-do Juzgado de Familia Dra. Patricia Vallejos M. ha resuelto: RESOLU-CION: UNO: Chiclayo 07-09-2015:

ADMITIR a trámite demanda inter-puesta por ERICK FERNANDO BRACO CASTILLO contra ROSA SMITH ACARO PARIÑAS sobre RECONOCIMIENTO DE TENENCIA vía proceso único; NOTIFIQUESE a la demandada por EDICTOS, para que en el plazo de 25 días hábiles contes-te demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, y publí-quese un extracto de la resolución por tres días en el diario el peruano y la Republica.Chiclayo, 09 de octubre del 2015

CARLOS A. ROMERO GASTELOSECRETARIO

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIAPODER JUDICIAL – CSJLA

B/ 25975S/. 9.0021, 22, 23 Oct.

NOTIFICACION POR EDICTOEl Tercer Juzgado Especializa-do de Familia de Chiclayo, Señora Juez Silva Alvarado Vera, Secretaria Alicia Solf, Exp. N° 00738-2015-0-1706-JR-FT-03, en los seguidos por doña ELENA DEL CARMEN TORO ALVAREZ DE MEDINA, contra don WILMER ISMAEL MEDINA ASALDE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, Proce-so Único, a dispuesto mediante Reso-lución N° Uno: ADMITIR a trámite la demanda VIA. PROCESO UNICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de Maltrato Físico, inter-puesta por la Señora Fiscal Provincial Representante del Ministerio Publi-co contra WILMER ISAMEL MEDINA ASALDE en agravio de ELENA DEL CARMEN TORO ALVAREZ DE MEDI-NA; por ofrecidos los medios probato-rios que se indican. NOTIFJQUESE a la agraviada doña ELENA DEL CAR-MEN TORO ALVAREZ DE MEDINA con extracto de la Resolución numero Uno mediante EDICTOS por el plazo de TRES DJAS, a fin de que tome conocimiento del presente proceso. Notificándose la presente conforme a Ley. A los tres días de junio del año dos mil quince.

ALICIA ELVIRA SOLF BARBOZASECRETARIA JUDICIAL

TERCER JUZGADO DE FAMILIA – CHICLAYO

PODER JUDICIAL – CSJLAF/ 18327S/. 10.5021, 22, 23 Oct.

EDICTO0060-2015-0-1703-JP-PE; Por ante el Primer Juzgado de paz letrado de la provincia de Jaén que despacha el DRA.JESUS MARIELA RODRIGUEZ, secretaria ANA MELVA VERGARA HERRERA, seguido por TEOFILA GONZALEZ CENTURION contra el imputado HUMBERTO RUFASTO PEREZ sobre FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS se ha dispues-to Notificar Vía Edictos al imputado HUMBERTO RUFASTO PEREZ:RESOLUCION NUMERO: TRESJaén, Primero de Octubre del Dos Mil Quince.-Dado cuenta con la razón que ante-cede REPROGRAMESE la audiencia de juicio oral para el día TREINTA DE OCTUBRE DELPRESENTE AÑO, A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA en el local del Primer Juzgado de Paz Letra-do de esta ciudad, bajo apercibimiento de tenerse por desistido del presente proceso en caso de inconcurrencia de la agraviada y de ser conducido por la fuerza pública en el caso de la inasistencia de la parte imputada; notifíquese.ANA MELVA VERGARA HERRERA

SECRETARIA JUDICIAL1° JUZGADO DE PAZ LETRADO

JAENPODER JUDICIAL – CSJLA

23, 24, 26 Oct.

2. EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS

SUCESIÓN INTESTADA

3.NOTIFICACIONES

4. EDICTOS PENALES

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Chiclayo, viernes 23 de octubre del 20156 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

EDICTOJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADODRA. ZOILA REGALADO GUEVARA.Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días conse-cutivos a los imputados MAYORGA MONDRAGON FRANK IRVIN CON DOMICILIO EN AVENIDA AMERCIA 760- PPJJ GARCES JLO - CHICLAYO CON DNI N° 44979832, NATURAL DE LAMBAYEQUE Y PEREZ OLIVOS WILLIAM FERNANDO CON DOMICI-LIO EN CALLE ANGEL GONZALES CASTROCUADRA 09- MZ B LOTE 08- AAHH MONTES DE LA VIRGEN – LAMBA-YEQUE CON DNI N° 431205S&, NATURAL DE JAEN CON LA RESO-LUCION NUMERO ONCE DE FECHA VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: REPROGRAMESE la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día TRES DE NOVIEMBRE DEL ANO D 3S MIL QUINCE A HORAS ONCE Y TREIN-TA DE LA MAÑANA ( Hora exacta), en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lamba-yeque, ubicado en la Calle Victor Doig y Lora N” 185 - 2do Piso - Lamba-yeque. y con la presencia obligatoria del señor fiscal provincial penal y del abogado defensor del acusado desig-nado por este, dejando subsistente los apercibimientos decretados en el pre-sente proceso, por haberse ordenado así en la instrucción N° 01-2014-0-1708-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito HURTO AGRAVADO en agravio de CUMPA BARRIOS ROSA JANETH.Lambayeque, 08 de septiembre del 2015

SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZAJUEZ PENAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE

PODER JUDICIAL – CSJLA23, 24, 26 Oct.

EDICTO PENALJUZGADO: PENAL UNIPERSONAL MIXTO -CUTERVO. CUADERNO: 260-2014 JPUM-C- CSJLA /PJ JUEZ: DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ ESPECIALISTA: LILY MARLENY REAÑO CAMPOSEl Juzgado Penal Unipersonal Mixto de la ciudad de Cutervo, juez DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIE-RREZ, CITA Y EMPLAZA a: acusado JOSE ELI TORRES FRIAS, PERCY HEREDIA AYALA Y ESTEBAN BAU-TISTA CAMPOS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proce-so del Expediente N° 260-2014, por el delito de HURTO DE GANADO AGRAVADO Y OTRO, en agravio de JORGE DIAZ SILVA Y OTROS. A quien además se le hace de conoci-miento que mediante Resolución N°3 de fecha tres de Setiembre del año dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el día TRES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM) HORA EXACTA. BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, sea declarado reo contumaz, y se orde-nara su ubicación y captura a nivel nacional.

CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ

JUEZ DEL JUZGADO UNIPERSONAL MIXTO

CUTERVO23, 24, 26 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 01302-2015-0-1706-JR-PE-03JUEZ: VICTOR TORRES SANCHEZIMPUTADO: LOUFRANZ CHUMACE-RO RODRIGUEZAGRAVIADO: SOLAISH GRISELL

CHUMACERO VELA y Otra.MINIST. PUBLICO: JUAN ALEX CUBAS BRAVODELITO: INCUMPLIMIENTO DE ASISTENCIA ALIMENTARlAESPECIALISTA: GUILIANA AGUILAR TORRESCARPETA FISCAL: 4418-2014RESOLUCION NUMERO: UNOChiclayo, veintisiete de marzo Del dos mil quince.-AUTOS Y VISTOS:Con el requerimiento Fiscal remitido por el Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chi-clayo, donde formula ACUSACION DIRECTA contra LOUFRANZ CHU-MACERO RODRIGUEZ, por el delito Contra la Familia, en la modalidad de Incumplimiento de Asistencia Alimen-taria, en agravio de Solaish Grisell y Marjoriet Medalit Chumacero Vela, ilícito previsto y sancionado en el artí-culo 149° del Código Penal.SE RESUELVE:1.- DESIGNAR Abogado de oficio, para que asuma la defensa del acu-sado LOUFRANZ CHUMACERO RODRIGUEZ, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por Abogado de su libre elección, en cuyo caso lo comunicara inmediatamente al Juzga-do. Por consiguiente, deberá notificar-se al Coordinador de los defensores de oficio en su sede institucional, para que designe abogado que asuma la defensa técnica del imputado, bajo apercibimiento de tenérsele por desig-nado a el mismo, en caso de incumpli-miento, debiendo comunicarlo a este Juzgado.-2.- TRASLADO a los demás sujetos procesales, el Requerimiento de Acu-sación Penal por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) dedu-cir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de opor-tunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo “los medios de medio de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) pro-poner acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.-RESOLUCION NUMERO: DOSChiclayo, catorce de septiembre Del dos mil quince.-DADO CUENTA; con la razón de la especialista de juzgado, y con el escrito presentado por el Fiscal Rodol-fo Daniel Portalatino Segura de la Primera Fiscalía Provincial Penal Cor-porativa de Chiclayo, SE PRECISA que no habiendo otra dirección, pro-porcionada por Fiscalía, y que además corresponde a la registrada en Ficha RENIEC, se dispone: NOTIFIQUESE mediante Edictos que se publicaran en el diario “La Republica” con el traslado del requerimiento de acusación, y la presente resolución.Con el estado del proceso, y de conformidad con el artículo 351° del Código Procesal Penal se dispone: CITAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, para el día TRES DE NOVIEMBRE del año dos mil quince, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta)- fecha programada en razón de la recargada agenda de audiencias programadas en el sistema integral de justicia - en la sala de audiencias N° Tres del Tercer Juzgado de Investiga-ción Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIEN-TO al abogado defensor del acusa-

do, v del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programa-da en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85°.1 del Codigo Pro-cesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Codigo Procesal Penal. PRECISESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligen-cias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prue-ba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Codigo Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. SE INFORMA a las partes procesales que la fecha programada es en razón del cronograma de audiencias, progra-madas con antelación en el sistema integral de justicia.SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRESChiclayo, 17¿4 de septiembre 2015

DR. VICTOR TORRES SANCHEZJUEZ

3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB23, 24, 26 Oct.

EDICTO PENALPrimer Juzgado de Investigación Pre-paratoria de Jaén Expediente N° 537-2015-2JIP-J-CSJLA/PJ.Procesado: RAMIRO HUACCHILLO HUAMAN Agraviado: ASTRID TATIANA HUAC-CHILLO OBLITAS.Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIARJuez: DRA. MARIA CAMPOS IDRO-GO Esp. De juzgado: MIGUEL ANGEL OLIVOS ARELLANOPor el presente Edicto, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, NOTIFICA al procesado RAMIRO HUACCHILLO HUAMAN con la Resolución N° UNO de fecha 28/05/2015, mediante el cual se corre traslado a los demás suje-tos procesales con el requerimiento de acusación directa por el termino de diez días útiles y se programa la audiencia de Control de Acusa-ción para el día TRES DE NOVIEM-BRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA ( 09:00 AM), en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, sitio en la inter-sección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad.Jaén, 13 de octubre de 2015

MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO

JUEZ1° JUZGADO DE INVESTIGACION

PREPARATORIAPJ-NCPP-JAENMIGUEL ANGEL

OLIVOS ARELLANOESPECIALISTA DE JUZGADO

1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JAEN

PJ-NCPP-CSJLAMB23, 24, 26 Oct.

EDICTOEXPEDIENTE N°: 2013-490-PJPUS-JJUEZ: DR. ESPINOZASEHACESABERA: HECTOR CRUZ GARCIAEl Señor Juez del Primer Juzgado penal Unipersonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDIC-TO CITA y EMPLAZA AL ACUSADO: HECTOR CRUZ GARCIA, para que concurran a la Audiencia de Juicio Oral el día DIECINUEVE DE OCTU-BRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas ONCE DE LA MAÑANA [(hora exacta), bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz; en el Exp. N° 2013-490-PJPUS-J, delito de Tenen-cia ilegal Armas de Fuego en agravio de Estado.ESP. DE JUZGADO: DR. HurtadoJaén, 08 de julio del 2015

GONZALO GUILLERMO ESPINOZA POLO

JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL

CSJLA-JAEN22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALÓrgano Jurisdiccional 6to. Juzgado de Investigación Preparatoria Cuaderno Judicial N°: 6634-2014-0-1706-JR-PE-6°IMPUTADO: SANTOS LIZARDO CONTRERAS CASTILLO y OTROSAGRAVIADO: El Estado PeruanoDELITO: Uso de Documento Público FalsoESP. DE JUZGADO: Janet Cecilia Sánchez CajoPor el presente edicto, se pone de conocimiento del imputado SANTOS LIZARDO CONTRERAS CASTILLO, que mediante Resolución número TRES, de fecha primero de Setiembre del año dos mil quince, se resolvi6 lo siguiente:1) REPROGRAMAR la presente audiencia para el día JUEVES 22 DE OCTUBRE DEL 2015 a horas 09:00 A.M., en la SALA DE AUDIENCIA N° 13 - 2° PISO DE LA C.S.J.L. Quedo en este acto notificado el representante del Ministerio Publico. (Se deja cons-tancia que la fecha de reprogramaci6n se debe a la recargada agenda que registra este juzgado.).2) NOMBRAR DEFENSORES PUBLI-COS a los acusados Ronald Fernán-dez Rodríguez, Hoimer Ruiz Estela, Juan José Gutiérrez Pejerrey, Deme-trio Rimarachin Rodrigo y Santos Lizardo Contreras Castillo; debiendo para tal fin; CURSAR OFICIO a la Direcci6n de la Defensoría Publica, para la designaci6n de los defensores públicos que ejercerán la defensa de los acusado en el presente proceso; dejando a salvo el derecho de los acusados, de apersonarse o concurrir el día de la audiencia con un abogado de su libre elección.3) NOTIFICAR con la presente reso-lución a los DOMICILIOS REALES de los ACUSADOS: Ronald Fernán-dez Rodríguez, Hoimer Ruiz Estela, Juan José Gutiérrez Pejerrey, Santos Lizardo Contreras Castillo y Demetrio Rimarachin Rodrigo, respecto de este último acusado, también se le debe-rán notificar a su abogado de libre elección.4) ASIMISMO, estando a lo informado; SE DE DEBERA DE NOTIFICAR CON EL TRASLADO DE LA ACUSACION al acusado Santos Lizardo Contreras Castillo en la Calle Sánchez Ruiz N° 827 del Pueblo Joven Jorge Chávez - Chiclayo; sin perjuicio de notificarle vía EDICTOS.5) MANTENER subsistentes los mis-mos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de las partes procesa-les obligados a asistir a la audiencia reprogramada.Dado en la ciudad de Chiclayo, el día veinticuatro de febrero del año dos mil

MARIA YOLANDA GIL LUDEÑAJUEZ

SEXTO JUZGADO DEINVESTIGACION PREPARATORIA

PODER JUDICIAL – CSJLA22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°. 1515-2014-JPLLYJUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUEJUEZ: Dra. LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA.SECRETARIO: Dra.: CARMEN DOLORES SANTAMARIA DE VERAPor el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA a la inculpada LUZ ANGELICA FERNANDEZ VILCA-MANGO quien domicilia en la Manza-na “ D “ - Lote 2-Asentamiento Huma-no INDOAMERICA-Lambayeque, para comunicarle que ha dispuesto que se presente a este despacho el día 23de octubre del año 2015 a las 10.00 de la mañana bajo apercibimiento en caso

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7Chiclayo, viernes 23 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

de inasistencia de ser obligado con arreglo a ley.-Por haberse así dispuesto en el Expe-diente N° 15815-2014, seguida contra LUZ ANGELICA FERNANDEZ VIL-CAMANGO por FALTAS CONTRA LA PERSONA - LESIONES DOLO-SAS, en agravio de ISABEL LLONTO CAJUSOL.-Entendido que de no hacerlo así, quedara sujeto a lo que la Ley determine.-Lambayeque, 16 de octubre del año 2015

ABOG. CARMEN D. SANTAMARIA DE VERASECRETARIA JUDICIAL

JUZGADO DE PAZ LETRADO – LAMBAYEQUE

PODER JUDICIAL – CSJLA22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALInst. No. 2007-2015-0ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDESMOTIVO: NOTIFICACION.-EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZ-GADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los impu-tados CHRISTOPHER RANDU GAR-CIA VARGAS Y WALTER ANDER-SON GOMEZ SALGADO; CON UN EXTRACTO DE LA ACUSACI6N FISCAL;EXTRACTO DEL ACTA DE AUDIEN-CIA:RESOLUCION NUMERO: CINCOJosé Leonardo Ortiz uno de octubreDel año dos mil quince.-Parte Considerativa: Queda registrado en audio,Parte Resolutiva: Se transcribe.SE RESUELVE: DECLARAR FRUS-TRADA LA AUDIENCIA y se REPRO-GRAMA para el día VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUIN-CE a horas NUEVE DE LA MANANA. SE DISPONE LA NOTIFICACION DEL IMPUTADO Christopher Randu García Vargas en el domicilio ubicado eh Mz. E lote 9 San José Obrero- La Despensa de José Leonardo Ortiz y MEDIANTE EDICTOS. SE DISPONE CURSAR OFICIO A LA COORDINAN-CION DE LA DEFENSORIA PUBLICA DE JOSE LEONARDO ORTIZ a fin de que DESIGNE un defensor público y asuma la defensa de Christopher Randu García Vargas. ASIMISMO SE TIENE POR SUBROGADO al Doctor Carlos Cesar Rojas Pérez, quien venía asumiendo la defensa del imputado Christopher Randu Gar-cía Vargas al no haber justificado su inconcurrencia a esta audiencia. SE DISPONE LA NOTIFICACION DEL IMPUTADO Walter Anderson Gómez Salgado MEDIANTE EDICTOS. Por haberse dispuesto así en la instruc-ción No. 2007-2015-0 que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO.José Leonardo Ortiz, 14 de octubre del 2015

KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSAS

1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO

22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENAL2° JUZG. INVEST. PREPARATORIAEXPEDIENTE: 01803-2015-43-1706-JR-PE-02JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOLESPECIAUSTA: KARINA RAMIREZ MIMBELAMINISTERIO P: QUIROZ GROSSO, JAVIERIMPUTADO: PIMINCHUMO RAMOS, ABSALON RICARDO Y OTRADELITO: FALSIFICACION DE DOCU-MENTOS Y OTROSAGRAVIADO: CARMEN FARFAN, EMILIA Y OTROPor el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA

a los acusados CELIA ROSA ARBU-LU ZAPATA y ABSALON RICARDO PIMINCHUMO RAMOS y a la agra-viada EMILIA CARMEN FARFAN, con la resolución número dos de fecha veintinueve de setiembre del dos mil quince, la misma que dispone:- REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA VEINTIO-CHO DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS 08:20 AM EN LA SALA N° 02 del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chicla-yo; ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico -Chiclayo -2do piso.- NOTIFICAR al representante del Ministerio Publico a cargo del presente caso, a fin de que en el PLAZO DE 24 HORAS cumpla con precisar o en su defecto aclarar las direcciones domiciliarias de CELIA ROSA ARBU-LU ZAPATA, ABSALON RICARDO PIMINCHUMO RAMOS y EMILIA CARMEN FARFAN, bajo responsabi-lidad funcional.- NOTIFICAR POR EDICTOS a los acusados CELIA ROSA ARBULU ZAPATA y ABSALON RICARDO PIMINCHUMO RAMOS y a la agra-viada EMILIA CARMEN FARFAN con la resolución judicial número uno, así como con la presente resolución.- CURSESE oficio al Coordinador de la defensoría Publica a fin de que nombre abogado defensor que se encargue de ejercer la defensa de los imputados CELIA ROSA ARBU-LU ZAPATA y ABSALON RICARDO PIMINCHUMO RAMOS, debiendo informar a esta judicatura en el plazo de 72 horas el nombre del abogado designado, sin perjuicio de dejar a salvo el derecho de los imputados de nombrar un abogado de su libre elec-ción, en cuyo caso deberá informar a este juzgado.

MARISOL VASQUEZ RUIZJUEZ TITULAR

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALLA SEÑORA JUEZ DEL SEXTO JUZ-GADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DRA. MARIA YOLANDA GIL LUDE-ÑA.Por la presente: se cita, llama, empla-za y NOTIFICA al acusado: RUTLIER BLADEMIR MERA ROSALES, iden-tificado con D.N.I N° 46793387, para que concurra a la audiencia preliminar de control de Acusación, reprogra-mada para el día VEINTIOCHO de Octubre del 2015, a horas 01:00pm, (hora exacta), en la Sala de Audiencia Nro. Trece de este Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chi-clayo.- Por haberse ordenado en el Expediente Nro. 7483-2014-(0)-6°JIP/NCPP seguida en su contra por el delito de Omisión de Asistencia fami-liar en agravio de Nataniel Ximena Mera Morillo. Especialista Legal: Kari-na Ramírez Mimbela.Chiclayo, 17 de setiembre del 2015

MARIA YOLANDA GIL LUDEÑAJUEZ

SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PODER JUDICIAL – CSJLA22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 05999-2015-0-1704-JR-PE-02JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOLESPECIALISTA: ELA SALDAÑA GUZMANIMPUTADO: GRANDEZ ARAUJO EDGARDELITO: OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR Por el presente edicto, la señora Juez del Segundo Juzgado de Inves-tigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado GRANDEZ ARAUJO EDGAR con un extracto de

la resolución judicial uno, la misma que dispone:I) TRASLADO del requerimiento acu-satorio a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DIAS HABILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) soli-citar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actua-ción de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) pro-poner acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.II) CITESE a los sujetos procesales a la audiencia preliminar de control de acusación,PARA EL DIA VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS ONCE Y TREINTAMINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta) en la sala de audiencia núme-ro dos, de esta sede judicial, ubicada en la avenida José Leonardo Ortiz número ciento cincuenta y cinco - cen-tro cívico - Chiclayo.

MARISOL VASQUEZ RUIZJUEZ TITULAR

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALOficio N° 2248-2015-86- 1708-JR-PE-01/JCHMJUZGADO PENAL DE INVESTIGA-CION PREPARATORIA DE LAMBA-YEQUEJUEZ: Segundo Adrianzen ESPECIALISTA: Juan Carlos HoyosCITA Y EMPLAZA; al imputado de autos SANTOS NAVARRO CON-TRERAS, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución Cuatro -, que reprograma la AUDIENCIA DE SOLICITUD DE CONSTITUCION EN ACTOR CIVIL para el día DOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horasNUEVE Y CUARENTA DE LA MAÑA-NA (hora exacta) la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Ciudad de Lamba-yeque, sito Calle Víctor Doig y Lora N° 185 - Lambayeque, con presencia obligatoria del Fiscal y del solicitante, bajo apercibimiento al representan-te del Ministerio Publico en caso de inconcurrencia injustificada de proce-derse de conformidad con lo estable-cido en el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal y en caso de inconcurrencia injustificada a la parte solicitante de tenerse porno presenta-da su solicitud.Por haberse dispuesto así en el inci-dente de Constitución en actor civil N° 2248-2015-86-1708-JR-PE, que se sigue en contra Santos Navarro Contreras y Otros por el delito de Falsificación de Documentos y Otros en agravio de Sunarp y Otros,

SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZAJUEZ PENAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE

PODER JUDICIAL – CSJLA22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 4220-2014-CJPUS-JJUEZ: DR. JOSE LUIS TORRES BALLENAESP. DE JUZGADO: JOSELITO MEJIA PEREZ

El Señor Juez del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente edicto NOTIFICA al acusado: LUCIO PACO SANTA CRUZ CAMPOS, con la reso-lución número 02 de fecha 06 de Octu-bre del 2015, a fin de que concurra a la Audiencia de Juicio Oral reprogra-mada para el día DOS DE NOVIEM-BRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su ubicación y captura en caso de incon-currencia injustificada.Por haberse ordenado así en el Expediente N° 4220-2014-CJPUS-J, seguido contra LUCIO PACO SANTA CRUZ CAMPOS, por el delito de EXHIBICIONES Y PUBLICACIONES OBSENAS, en agravio de las menores de iniciales R.N.H.G. y A. I. V.V.Jaén, 13 de octubre del 2015

JOSE LUIS TARRILLO BALLENAJUEZ CUARTO JUZGADO

UNIPERSONALCSJLA – JAEN

22, 23, 24 Oct.

EDICTOEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDAROS DE LA PRO-VINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ.Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo a la acusada ZARELA SEGURA VILCHEZ para que comparezca a este Juzgado Ubicado en la calle San José 1052- 2° Piso de esta ciudad a la diligencia de lectura de sentencia reprogramada para el día 02 de NOVIEMBRE del año en curso a horas 12.00 M. en la Instrucción No 2951-2001, que se le sigue por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA en agravio del Estado.Bien entendido que si no lo hiciera quedara sujeta a los efectos que la ley determina.Dado en la ciudad de Chiclayo, a los dos días del mes de octubre del dos mil quince.JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ

JUEZJUZGADO PENAL LIQUIDADOR

TRANSITORIOPODER JUDICIAL – CSJLARAMIRO CARRANZA CRUZ

SECRETARIO JUDICIAL1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR

TRANSITORIOPODER JUDICIAL – CSJLA

22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 1229-2015-0EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FERREÑAFEJUEZ: DRA. DOROTHY OROZCO SIGUENAS SECRETARIO: DR. ANDRES WILLIAM ESQUEN RUIZHace de conocimiento de DIONICIO LOPEZ NARVA y MENOR DE ICI ALES L.C.B.L., que se ha dispues-to: REPROGRAMAR la fecha para LA CITACION A JUICIO, y SENALE-SE LA AUDIENCIA el día DOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas DOCE Y TREINTA DEL MEDIO DIA, CON MANDATO DE COMPARECENCIA al inculpado DIO-NICIO LOPEZ NARVA, bajo apercibi-miento de ordenarse su conducción de grado o fuerza en caso de incon-currencia, y con la concurrencia obli-gatoria de la parte agraviada L.C.B.L., bajo apercibimiento de considerar su conducta procesal como desistimien-to tácito del presente proceso, en concordancia con el artículo 110° del Código Procesal Penal, por haberse dispuesto así en el Expediente N° 1229 - 2015.Ferreñafe, 29 de setiembre del 2014

DOROTHY OROZCO SIGUEÑASJUEZ

2° JUZGADO DE PAZ LETRADO FALTAS – COMISARIA FERREÑAFE

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Chiclayo, viernes 23 de octubre del 20158 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

PODER JUDICIAL – CSJLA22, 23, 24 Oct.

EDICTOEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDAROS DE LA PRO-VINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ.Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo al acusado: GERARDO JOSE SOLOGUREN PONTE para que comparezcan a este Juzgado Ubicado en la calle San José 1052- 2° Piso de esta ciudad a la dili-gencia de lectura de sentencia repro-gramada para el día 02 de noviembre del año en curso a horas 11.00 A. M. en la Instrucción No 1696-2003, que se le sigue por el delito contra la segu-ridad pública, en agravio del EstadoBien entendido que si no lo hiciera quedara sujeto a los efectos que la ley determina.Dado en la ciudad de Chiclayo, a los veintiocho días del mes de setiembre del dos mil quince.JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ

JUEZJUZGADO PENAL LIQUIDADOR

TRANSITORIOPODER JUDICIAL – CSJLARAMIRO CARRANZA CRUZ

SECRETARIO JUDICIAL1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR

TRANSITORIOPODER JUDICIAL – CSJLA

22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENAL3-JUZG. INVEST. PREPARATORIAEXPEDIENTE: 01195-2015-0-1706-J R-PE-03JUEZ: VICTOR ADOLFO TORRES SANCHEZESPECIALISTA: HUARANGA ARBO-LEDA SARAMINISTERIO PUBLICO: ZAPATA OROZCO, SERGIO LUCIOIMPUTADO: DIAZ BONILLA, JEYNER MANUELDELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION.AGRAVIADO: AL SOCIEDADPor el presente edicto, el Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, notifica al acusado DIAZ BONILLA, JEYNER MANUEL con la resolución que dis-pone: CITAR A AUDIENCIA PRELIMI-NAR DE CONTROL DE ACUSACION, la misma que se llevara a cabo el día DOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la sala de audiencias N° 03 del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIEN-TO al abogado defensor del acusa-do, v del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programa-da en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 y artículo 144° inciso 2) del Código procesal Penal respectivamente. PRECISESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligen-cias de investigación 0 de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prue-ba documental para-decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos.

DR. VICTOR TORRES SANCHEZJUEZ

3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALLa señora juez del Juzgado de Inves-tigación Preparatoria Especializado en Materia Ambiental de la Corte Superior de Justicia de Piura, por el

presente: CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los ACUSADOS: JOSE ZAMORA MENOR, GREGORIO VALDERA FARRONAN.Y ALFREDO RAMOS ESQUEN, para que asista a la progra-mación de AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, para el día DOS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en el local del Área de Informática sito en la av. José Leonardo Ortiz N° 155- primer piso - Chiclayo - Centro Cívico, teniendo como referencia la SUNAT, en el pro-ceso 05756-2014-0-2001-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito de Tráfico ilegal de productos Forestales Maderables, en agravio del Estado.

ELSA ZULLYANNE MENDOZA LORO

ESPECIALISTA JUDICIALJUZGADO PENAL DE

INVESTIGACION PREPARATORIATRANSITORIO ESPECIALIZADO EN

MATERIA AMBIENTALCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA

DE PIURA22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°5124-2013-0El JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE FERREÑAFE, Juez Héctor Bardales Vinces, hace de conocimiento de YAHAIRA NATALY DE LOS SANTOS CABRERA, MONI-CA LUZGARDA ZANINI SANCHEZ, MARIA ELENA TELLO GUTIERREZ Y MANUEL ALBERTO MORI GUTIE-RREZ que la Segunda Fiscalía Provin-cial Penal Corporativa de Ferreñafe ha formulado REQUERIMIENTO MIXTO en su contra, como coautores del delito Contra el Patrimonio, en su figura de Usurpación - Usurpación agravada, en la modalidad de Despojo de la Posesión Agravada, en agra-vio de SANTISTEBAN DE BALLO-NA, MARGARITA Y BALLONA DE VALLADOLID, MARTHA; asimismo que se ha PROGRAMADO Audiencia de REQUERIMIENTO MIXTO para el día DOS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Inves-tigación Preparatoria de Ferreñafe, en el Expediente N°5124-2013-0; lo que notifica de acuerdo a ley, el 09 de Septiembre del 2015, dando cumpli-miento a la Res. N° 11 del mencionado expediente. Secretaria: D. Cieza.

HECTOR BARDALES VINCESJUEZ DEL JUZGADO DE

INVESTIGACIONPREPARATORIA DE

FERREÑAFE – CSJLA22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALLA SEÑORA JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE LA PROVINCIA DE CUTERVO, DOCTORA MARUJA CHILCON TAPIA.-Por el presente edicto: CITA, LLAMA y EMPLAZA AL INCULPADO - ACUSADO:- JOSE HERNALDE CIEZA GUEVA-RAA fin de que concurra al local del Segundo Juzgado Mixto de la provin-cia de Cutervo, para la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA pendien-te, a llevarse a cabo en audiencia del DIA TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, por haberse ordenado así en la instrucción No. 2002-048-SJMC, que se le sigue por el delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego, en agravio del Estado Peruano.Bien entendido que sea de no hacerlo así quedara sujeto a los efectos que la ley determine.Cutervo, 08 de setiembre del 2015

MARUJA CHILCON TAPIAJUEZ TITULAR

SEGUNDO JUZGADO MIXTO ENADICION DE FUNCIONES

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CUTERVO

STALIN CALVO DIAZSECRETARIO

SEGUNDO JUZGADO MIXTO CUTERVO

PODER JUDICIAL – CSJLA22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALEXP. N°: 00541-2011-0-1715-JR-PE-01 JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN. ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYA IMPUTADO: CESAR RICARDO MIRANDA COLLAZOS AGRAVIADO: ELVA PEREZ DE VAS-QUEZPor el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado CESAR RICARDO MIRANDA COLLAZOS, con DNI 25441882, quien deberá con-currir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa segui-da en su contra como presunto autor del delito USURPACION AGRAVADA, en agravio de ELVA PEREZ DE VAS-QUEZ, señalada para el día TRES DE NOVIEMBRE del año dos mil quince a horas NUEVE CON TREINTA MINU-TOS DE LA MANANA, en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motu-pe. NOTIFICAR al ACUSADO CESAR RICARDO MIRANDA COLLAZOS, en su domicilio real consignado por el representante del Ministerio Publico ubicado en la CALLE LOS PINOS N° 204 - URB. SANTA VICTORIA - CHICLAYO: Asimismo, NOTIFIQUE-SE mediante edictos Judiciales, bajo apercibimiento en caso de inconcu-rrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su captura a nivel nacional.

NANCY RAMOS MONTOYAESPECIALISTA JUDICIAL

DE JUZGADOJUZGADO PENAL UNIPERSONAL

TRANSITORIO MOTUPEPODER JUDICIAL – CSJLA

22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 02982-2013-0-1706- JR-PE-60IMPUTADO: INGA CHUQUIZUTA MAYCOL JACCSON Y SANCHEZ VILLANUEVA VICTORRUBENAGRAVIADO: COLUNCHE RUIZ EVERTSEXTO JUZGADO DE INVESTIGA-CION PREPARATORIA DE CHICLA-YOJUEZ: MARIA YOLANDA GIL LUDE-NAESPECIALISTA: ELA SALDAÑA GUZMANPor el presente edicto, el Señor Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado INGA CHUQUIZUTA MAYCOL JACCSON Y SANCHEZ VILLANUEVA VICTOR RUBEN con la resolución judicial seis, de fecha quince de setiembre del presente año que dispone:Programar la Audiencia Publico de Control de Acusación para el DIA 03 NOVIEMBRE DEL 2015 a las 12:30 HORAS (HORA EXACTA), EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO 13, del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicada en la av. José L. Ortiz N° 155 - centro cívico - Chiclayo; quedando subsisten-tes los apercibimientos decretos en la resolución que cita a esta audiencia.Chiclayo, 15 de setiembre de 2015

MARIA YOLANDA GIL LUDEÑAJUEZ

SEXTO JUZGADO DEINVESTIGACION PREPARATORIA

PODER JUDICIAL – CSJLA22, 23, 24 Oct.

EDICTO PENALExp. 3758-2013-40 La Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, CECILIA PAOLA TARRI-LLO ALVAREZ, CITA Y EMPLAZA Al acusado ROBERTO QUISPE GUE-

VARA, para la audiencia de Juicio oral Programada para el día TRES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, que se realizara en la Sala de Audiencias número CINCO (05) ubicado en el Segundo piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lamba-yeque, (avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico en Chiclayo), bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia.Fecha 01 de Septiembre del 2015.-Secretario: Eva María Vásquez Vás-quez.

CECILIA PAOLA TARRILLO ALVAREZ

JUEZJUZGADO UNIPERSONAL

PJ-NCPP-CSJLAMB22, 23, 24 Oct.

EDICTO JUDICIALCon motivo del Exp. N° 524-2015-0-1714-JM-FT-01 seguido por ARIAS MARLENY COTRINA contra EDWARD VARGAS CRUZ sobre VIO-LENCIA FAMILIAR, la Señora Juez del juzgado mixto de J.L.O Dra. Matil-de mesones Montaño con intervención de la Secretario. Eduardo Millones León, ha dispuesto la publicación por edictos de un extracto de la demanda, auto admisorio.Resolucion Numero: Uno de fecha Quince de julio del año dos mil Quince: SE RESUELVE:: ADMITIR a trámi-te en la vía del PROCESO UNICO la demanda interpuesta por el señor FISCAL PROVINCIAL DE LA FISCA-LIA PROVINCIAL MIXTA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, en representa-ción de MARLENY COTRINA ARIAS contra EDWARD VARGAS CRUZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Psicológico; TENGASE POR OFRE-CIDOS los medios probatorios que se indican; CONFIERASE TRASLADO al emplazado para que dentro del plazo de CINCO DIAS conteste la deman-da. NOTIFIQUESE PREVIAMENTE al demandado en el domicilio que se indica en su ficha reniec, el mismo que se encuentra ubicado en la Manzana “A” lote 01 del Centro Poblado Menor Casa Blanca II del Distrito de lose Leonardo Ortiz.RESOLUCION N° CUATRO de Fecha once de setiembre del presente año: NOTIFIQUESE mediante EDICTOS al demandado don EDWARD VARGAS CRUZ en el Diario Oficial La Republica por el termino de tres días hábiles, con la parte pertinente de la resolución numero uno y la presente, para que dentro de los quince días posteriores a la última publicación cumpla con apersonarse al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, en caso de incumplimiento, procedién-dose a la publicación gratuita de los edictos correspondientes- PUBLJQUESE EL EDICTO por tres veces, con intervalo de tres días consecutivos en un plazo perentorio máximo de quince días se apersone al proceso y ejercite su derecho de defensa en el Diaria La Republica.

EDUARDO MILLONES LEONSECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE FAMILIA

TRANSITORIO MBJ-JLOPODER JUDICIAL – CSJLA

13, 19, 23 Oct.

CRONICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL

Despacho del día: 04 de mayo de 2015

Con los señores: Lara C, Silva M. y Conteña V., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-607 William Florian V. con el Poder Judicial sobre Acción de Amparo; en discordia: REVOCARON la sentencia; reformándola, declara-

5. CRÓNICAS JUDICIALES

Page 9: PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 … Judicial... · PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV000.015 INCLUDOIO IGV CRÓNICA JUDICIALCRÓNICA JUDICIAL

9Chiclayo, viernes 23 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

ron Infundada la demanda, por no haberse acreditado la vulneración de los derechos constitucional alegados.

Con los señores Guerrero H., Lara C. y Pisfil C, se votaron las sgtes causas;

Exp. N° 2003-2013 Urbano Piscoya C. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la senten-cia que declara Infundada la demanda interpuesta.

Exp. N° 2014-1721 Roxana Valdivie-so S. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento: REVOCARON la sentencia; declararon Improcedente la demanda.

Exp. N° 2013-1075 Richard Paredes V. con SILSA sobre Acción de Ampa-ro: COFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y ordena que la demandada cumpla con rein-corporar al actor en su puesto habitual de trabajo; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2013-1439 Nuri Quiroz C. con la O.N.P. sobre Acción de Ampa-ro: CONFIRMARON la sentencia que declara Infundada la demanda; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2014-1191 Lorenzo De la Cruz C. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolu-ción N° 1 que declara Improcedente la demanda; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2014-1554 Franklin Cachay C. con ELECTRONORTE S.A. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 2 que declara Impro-cedente la demanda; con lo demás que condene.

Despacho del día: 05 de mayo de 2015.

Con los señores Guerrero H., Lara C. y Pisfil C, se votaron las sgtes causas:

Exp. N° 2013-1508 Wilfredo Capitán S. con SILSA S.A. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la senten-cia que declara fundada la demanda; con lo demás que condene.

Exp. N° 2014-3977 Wilfredo Vivanco G. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y ordena la reposición del actor en su mismo puesto de trabajo; con lo demás que contiene; y los devolvieron.

Exp. N° 2013-3023 David Requejo C. con SILSA sobre Acción de Ampa-ro: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y ordena la reposición del actor en su mismo puesto de trabajo; con lo demás que contiene; y los devolvieron.

Exp. N° 2014-1272 Cruz Ipanaque I. con la O.N.P. sobre Acción de Ampa-ro: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2013-1004 Cesar Obando D. con Amadeo Perez M. sobre Desalojo: Declararon NULA la sentencia; dispu-sieron reponer el proceso al estado de que el A quo expida nueva resolución teniendo en cuenta la parte considera-tiva de la presente.

Exp. N° 2011- 4859 Lita Corina R. con Policlínico Chiclayo Oeste sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2015-029 Eliana Molocho D. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Amparo: REVOCARON la resolu-ción N° 1 que declara improcedente la demanda; dispusieron que el A quo califique y admita a trámite la deman-da si es que esta cumple con los requisitos y presupuestos señalados en el Código Procesal Civil aplicable

supletoriamente.

Exp. N° 2010-1230 Alcides Vásquez C. con la O.N.P. sobre Habeas Data: CONFIRMARON la resolución N° 9 que impone a la demandada la multa de 1 U. R. P.

DR. OSWALDO PISFIL CAPUÑAYJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 06 de mayo de 2015.

Con los señores Guerrero H., Lara C. y Pisfil C, se votaron las sgtes causas:

Exp. N° 2010-3815 Luciano Burga S. con Municipalidad Provincial de Chiclayo sobre Acción de amparo: REVOCARON la sentencia; declara-ron fundada la demanda y ordenaron la reposición del actor en el cargo que venía desempeñando; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2013-3386 Rubí Chapoñan G. con Comisión FONAVI sobe Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improceden-te la demanda; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2011-243 Ana Revilla C. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y ordena que la demandada otorgue a la acto-ra la pensión de jubilación según el régimen del D.L. 19990; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2014-3957 Romulo Silva A. con ESALUD sobre Acción de Cum-plimiento: REVOCARON la senten-cia; declararon Improcedente dicha demanda.

Exp. N° 2014-648 Luis Saavedra P. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2014-1843 Carlos Zamora C. con ESSALUD sobe Acción de Cum-plimiento: REVOCARON la sentencia, declara Improcedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2013-4015 Lucinda Sanchez C. con Gobierno Regional sobre Acción de Cumplimiento: CONFIR-MARON la sentencia que declara fun-dada la demanda, con lo demás que contiene.

Con los señores: Lara C, Rojas D. y Pineda R., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2013-161 Jose Valdera M. con Adriano Mimbela V. sobre Rei-vindicación y otro: CONFIRMARON la resolución N° 8, que declara infun-dada la excepción de legitimidad pro-puesta por el demandado; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2008-090 Luis Pauta L. con Banco de la Nación sobre Impugna-cion de Resolucion: CONFIRMARON la resolución N° 38 que impone a la demandada la multa de UNA U.R.P.

Exp. N° 2013-776 Caja de Piura con Elizabeth Melendez T. con Ejecu-ción de garantías: CONFIRMARON la resolución N° 7 que aprueba los costos del proceso en la suma de S/, 1,500.00; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2012-3161 Mercedes Cha-vesta S. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la reso-lución N° 23 que regula los costos procesales en la suma de S/. 900.00: con lo demás que contiene.Exp. N° 2013-646 Caja de Piura con Blanca Alcalde S. sobre Dar suma de dinero: CONFIRMARON la reso-lución N° 12 que declara Infundada la contradicción y dispone la prose-cución de la ejecución hasta que los

ejecutados paguen lo adeudado más intereses pactados, costas y costos del proceso.

Despacho del día: 07 de mayo de 2015.

Con los señores Guerrero H., Lara C. y Pisfil C, se votaron las sgtes causas:

Exp. N° 2010-3572 ESSALUD con COFOPRI sobre Impugnacion de Resolucion: CONFIRMARON la sentencia que declara Infundada la demanda.

Exp. N° 2013-4659 Lidia Inoñan S. con Ministerio de Educacion: REVO-CARON la sentencia; declararon fun-dada la petición de declaración de sustracción de la materia e Improce-dente la demanda.

Con los señores: Guerrero H., Lara C. y Conteña V., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2006-7507 Pedro Llontop Y. con ESSALUD sobre: Impugnacion de Resolucion: CONFIRMARON la resolución N° 31 que resuelve da inicio a la ejecución forzada; en con-secuencia, trabar embargo en forma de retención respecto a lo adeudado en autos sobre la cuenta corriente N° 305-1329223-02; con lo demás que contiene.

DR. OSWALDO PISFIL CAPUÑAYJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 08 de mayo de 2015.

Con los señores Guerrero H., Lata C. y Pisfil C, se votaron las sgtes causas:

Exp. N° 2014-3165 A.W. Faber Castell SA. con Delia Cubas de M. sobre Ejecución de Resoluciones Judiciales: CONFIRMARON la resolución N° 3 que declara infundada la excepción de convenio arbitral y la contradicción; con lo demás que contiene.

Con lo señores: Guerrero H., Lara C. y Figueroa G., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-2070 Violeta Chavarry S. con Ministerio de Ecuación sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara infun-dada la solicitud de dictar medida cautelar.

Con los señores: Guerrero H., Lara C. y Alvarado T., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2007-971 Rosa Flores de C. con la O.N.P. sobre Impugnacion de Resolucion: CONFIRMARON la resolución N° 61 que resuelve tener por cumplido el mandato ordenado, declara la conclusión del proceso y ordena el archivo del expediente.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Conteña V., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-2531 Maria Sernaque Z. con Ministerio de Educacion sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que rechaza la medida cautelar solicitada.

Con los señores: Lara C, Rojas D. y Pineda R., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2013-1330 Maria Barandiaran F. con Adan Cieza P. sobe Nulidad de Acto Jurídico: CONFIRMARON la resolución N° 10, que declara Impro-cedente la solicitud de aprobación u homologación de la conciliación solicitada; con lo demás que contiene.

Despacho del día: 10 de mayo de 2015.

Con los señores Lara C, Pisfil C. y Figueroa G., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2011-4491 Georgina Pisfil G. con la O.N.P. sobre Acción de Ampa-ro: CONFIRMARON la sentencia que

declara Improcedente la demanda interpuesta.

Despacho del día: 11 de mayo de 2015.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Conteña V., se votaron las sgtes. Causas:

Exp N° 2014-2013 Maria Cieza H. con Ministerio de Educacion sobre Acción de Amparo - Medida Cautelar: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la medida cautelar solicitada.

Exp. N° 2006-1138 Carmela Santa Cruz de M. con la O.N.P. sobre Impugnacion de Resolucion: CON-FIRMARON la resolución N° 38 que impone a la demandada multa; con lo demás que contiene

Exp. N° 2008-163 Graciela Samame E. con William Samame E. sobre Nulidad de Acto jurídico: CONFIRMA-RON la resolución N° 16 que declara infundada la oposición a la medida cautelar formulada; con lo demás que contiene.

Despacho del día: 12 de agosto de 2015.

Con los señores: Guerrero H., Lara C. y Figueroa G., se votó la sgte. Causa:

Exp.N0 2014-3489 Ricardo Ponte D. con OCMA sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Con los señores Lara C, Pisfil C. y Figueroa G., se votaron las sgtes. causas:

Exp. N° 2014-2640 Flor Castillo S. con Ministerio de Educacion: CONFIRMA-RON la resolución N° 1 que declara Improcedente la medida cautelar soli-citada; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2015-065 Yhan Becerra C. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Amparo: Declararon NULA la reso-lución N° 1; mandaron reponer el pro-ceso al estado de que el Juez renueve el acto de calificación de la demanda, teniendo en cuenta los fundamentos precedentes.

Con los señores: Lara C, Silva M. y Pisfil C, se joto la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-574 Magdalena Ruiz H. con la O.N.P. sobre Habeas Data: CONFIRMARON la resolución N° 10 que impone multa a la demandada; con lo demás que contiene.

DR. OSWALDO PISFIL CAPUÑAYJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 13 de mayo de 2015.

Con los señores Lara C, Pisfil C. y Rojas D., se votaron las sgtes causas:

Exp. N° 2014-1216 Efraín Diaz A. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda Interpuesta.

Exp. N° 2014-1207 Palermo Hernan-dez G. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIR-MARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpues-ta.

Exp. N° 2014-845 Francisco Contre-ras M. con Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMA-RON la sentencia que declara Impro-cedente la demanda Interpuesta.

Exp. N° 2014-1284 Gail Galvez V. con Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente

Page 10: PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 … Judicial... · PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV000.015 INCLUDOIO IGV CRÓNICA JUDICIALCRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, viernes 23 de octubre del 201510 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

la demanda Interpuesta.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Figueroa G., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2012-2064 Lesbia Gamarra R. con Concejo de Chiclayo sobre acción de Cumplimiento: CONFIR-MARON la sentencia que declara fundada en parte la demanda res-pecto a la Resolucion de alcaldía N° 182-2008-GPCH/A, que ordena can-celar las remuneraciones correspon-diente a los meses de mayo, junio, Julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2004 y de enero a junio de 2005; CONFIR-MARON la misma resolución en el extremo que declara Improcedente la demanda respecto al cumplimien-to de la Resolucion de Alcaldía N° 950-2005-GPCH/A.

Con los señores: Guerrero H., Lara C. y Pisfil C, se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2013-2281 Maria Pardo S. con Ministerio de Educacion: CON-FIRMARON la resolución N° 2 que declara improcedente la medida cau-telar de suspensión del acto viola-torio.

Con los señores: Lara C, Rojas D. y Pisfil C, se votó la sgte. causa:

Exp. N° 2014-3561 Isolina Leyva M. con Primer Juzgado Civil sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 2 que declara Impro-cedente la demanda interpuesta.

Despacho del día: 14 de mayo de 2015.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Aguilar G., se votó la sgte. Causas:

Exp. N° 2014-198 Maria Millán M. con Empresa MBN Exportaciones sobre Indemnización; en discordia: Decla-raron NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución conforme a ley. Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Conteña V., se votó la sgte. Causas:

Exp. N° 2006-1595 Cintia Javiel Ch. con Eva Falla A. sobre mejor derecha a la propiedad: en discordia: Decla-raron NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución conforme a ley.

DR. OSWALDO PISFIL CAPUÑAYJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 15 de

mayo de 2015.

Con lo señores: Lara C, Pisfil C. y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2014-289 Jose Benavides G. con Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2014-3969 Tomasa Villegas S. con la O.N.P. sobre Habeas Data: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y ordena que la entidad demandada brinde la información requerida; con lo demás que contiene.

Exp N° 2013-3082 Miguel Arrascue E. con Maria Estela L sobre Interdicción: APROBARON la sentencia que decla-ra fundada la demanda; con lo demás que contiene.

Con los señores: Guerrero H., Lara C. y Alvarado T., se votaron las sgtes. Causas:

Exp N° 2006-7607 Juan Tenorio A. con la O.N.P. sobre Impugnacion de Resolucion: CONFIRMARON la reso-lución N° 28 que declara fundada la observación formulada por la parte demandada; con lo demás que con-

tiene.

Exp. N° 2006-5321 Maria Ruiz vda. de C. con la O.N.P. sobre Impugna-cion de Resolucion: CONFIRMARON la resolución N° 53 que aprueba la liquidación de devengados; con lo demás que contiene.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Silva M., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-3319 Elvia Fernandez C. con Francisco Guillen C. sobre Medida Cautelar de no innovar: CON-FIRMARON la resolución N° 2 que declara Improcedente la solicitud cau-telar formulada.

Con los señores: Guerrero H., Lara C. y Pisfil C, se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-3707 Eloy Ginocchio T. con SUNARP sobre Nulidad de Reso-lucion Administrativa: Declararon NULA la resolución N° 1; dispusieron que el A quo califique la demanda en la forma de ley correspondiente.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Figueroa G., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-4465 Elias Castillo A. con SUNAT sobre Habeas Data: REVOCARON la resolución apelada; dispusieron se admita a trámite la demanda.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Conteña V., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2008-2864 Juan López c. con Concejo de Chiclayo sobe Impugna-cion de Resolucion: CONFIRMARON la resolución N° 49 que resuelve variar la medida cautelar; con lo demás que contiene.

Despacho del día: 18 de mayo de 2015.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Conteña V., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2012-1749 Julia Arellano S. con Tomas Serquen O. sobre Petición de herencia: CONFIRMARON la reso-lución N° 29 que declara Improceden-te la recusación de la especialista legal Karim Ivette Sanchez Mendo-za, declaración que debe entenderse como infundada.

Con los señores: Lara C, Contra V., y Aguilar G., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2008-172 Rosina Tavara C. con Agripina Quintana R. sobre Desalojo: REVOCARON la resolución N° 28, declararon Improcedente la nulidad formulada por la demandante.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2014-3060 Luvinda Chunga de N. con la O.N.P. sobre habeas Data: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda.

Exp. N° 2013-3705 Jose Delgado S. con Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda.

Exp. N° 2014-3103 Jaime De la Cruz M. con Ministerio de Educacion: sobre Medida Cautelar: CONFIRMARON la resolución N° 2 que declara infundada la solicitud de inaplicación provisional de los dispositivos legales consisten-tes en el D.S. N° 003-2014-MINEDU, R.M. N° 204-2014- M1NEDU y la R.M. N° 214-2014-MINEDU; con lo demás que contiene.

DR. OSWALDO PISFIL CAPUÑAYJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 19 demayo de 2015

Con los señores: Guerrero H., Lara C, y Alvarado T., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2003-7387 Urbano Villegas C. con la O.N.P. sobe acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 48, que declara infundada la observación formulada por la parte demandante; con lo demás que contiene.

Con los señores: Guerrero H., Lara C. y Pisfil C, se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2013-923 Nemecio Tocto C. con Adela Ramírez H. sobre Decla-ración de paternidad; por mayoría: CONFIRMARON la resolución N° 4, que declara fundadas las excepcio-nes de litis pendencia y falta de legi-timidad para obrar del demandante deducidas por la demandada.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Rojas D., se votó la sgte. Causas:

Exp. N° 2014-4226 Miguel Gonzales Ch. con SILSA sobre Medida Cau-telar: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Infundada la soli-citud de medida cautelar innovativa presentada.

Con los señores: Lara C, Rojas D. y Conteña V., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2012-1597 Ada Arosemena U. con ex Direccion de Reforma Agra-ria sobre Impugnacion de Resolucion: REVOCARON la resolución N° 22; declararon fundada la nulidad; en consecuencia, nula la inspección judi-cial realizada; mandaron que el Juez proceda conforme a la parte conside-rativa de la presente resolución.

Con los señores: Lara C, Rojas D. y Aguilar G., se voto la sgte. Causa:

Exp. N° 2011-4867 Florentino Esqui-ves R. con Gladis Valdivia E. sobre Medida Cautelar: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improce-dente la medida cautelar solicitada.

Despacho del día: 20 demayo de 2015.

Con los señores: Lara C, Conteña V. y Armaza G., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-1171 Stalin Calvo D. con Poder Judicial sobe acción de Amparo: REVOCARON la senten-cia, declararon Improcedente dicha demanda, en todos sus extremos.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Rojas D., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2014-1699 Arturo Farfan O. con Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2014-1571 Elmer Severino B. con Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2014-1799 Lucy Hernan-dez R. con Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMA-RON la sentencia que declara Impro-cedente la demanda interpuesta.

Con los señores: Lara C, Silva M. y Pisfil C, se votaron las sgtes. Causas;

Exp. N° 2014-135 Jose Llontop S. con la Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento; por mayoría: CON-FIRMARON la resolución N° 4, que resuelve tener por apersonado al pro-ceso al Procurador Publico de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía.

Exp. N° 2013-605 Dori Quevedo M. con la Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento; por mayoría: CONFIRMARON la resolución N° 4,

que resuelve tener por apersonado al proceso al Procurador Publico de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía.

Exp. N° 2014-183 Juan Blanco D. con la Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento; por mayoría: CON-FIRMARON la resolución N° 3, que resuelve tener por apersonado al pro-ceso al Procurador Publico de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía.

DR. OSWALDO PISFIL CAPUÑAYJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 21 de

mayo de 2015.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Figueroa G., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2013-5271 Andrés Criollo G. con Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Con los señores: Lara G, Pisfil C. y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2014-1617 Adela Fernan-dez S. con Comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMA-RON la sentencia que declara Impro-cedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2013-5180 Adan Jimenez C. con comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Con los señores: Lara C, Rojas D. y Pineda R., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2013-1605 David Cervan-tes R. con Asociación Traperos de Emaus sobre Resolucion de Contrato: CONFIRMARON la resolución N° 7 que declara rebelde a la Asociación demandada y saneado el proceso.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Rojas D., se votó la gte. Causa:

Exp. N° 2014-300 Cesar Cabrera R. con Segundo Juzgado de Paz Letrado de Familia sobre acción de Amparo: Declararon NULA la resolución N° 1; ordenaron se renueve el acto proce-sal de calificación de la demanda en el más breve plazo.

Exp. N° 2013-4131 Maria Suarez F. con la D.R.E. sobre acción de Ampa-ro: Declararon NULA la resolución N° 6; ordenaron se renueve el acto pro-cesal de calificación de la demanda en el más breve plazo.

Exp. N° 2014-3498 Luis Martínez N. con Jueces Superiores 2da. Sala Laboral sobe acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la deman-da interpuesta.

Exp. N° 2014-370 Victor Mires V. con UGEL - Lambayeque sobe acción de Amparo: REVOCARON la resolución N° 1; reformándola dispusieron que los autos sean remitidos al órgano jurisdiccional laboral para que proce-da conforme a sus atribuciones.

Exp. N° 2014-479 Miguel Mio R. con Quinto Juzgado Civil sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la resolu-ción N° 1 que declara improcedente la demanda interpuesta.

Despacho del día: 22 de mayo de 2015.

Con los señores: Guerrero H., Lara C. y Pisfil C, se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2007-784 Jorge Guevara S. con Ministerio de Defensa sobe Impugnacion de Resolucion: CON-FIRMARON la sentencia que declara

Page 11: PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 … Judicial... · PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV000.015 INCLUDOIO IGV CRÓNICA JUDICIALCRÓNICA JUDICIAL

11Chiclayo, viernes 23 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

fundada en parte la demanda; con lo demás que contiene.

Con los señores: Lara C, Aguilar G. y Armaza G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2013-3858 Maria Diaz de D. con la O.N.P. sobre Habeas Data: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y ordena que la entidad demandada brinde la información requerida; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2012-1863 Felix Rivadenei-ra F. con Giampiere Fernandez A. sobre ineficacia de Acto Jurídico: CONFIRMARON la resolución N° 14 que declara fundada la devolución de cedulas efectuada ppro Oscar Campos Guevara; con lo demás que contiene.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Figueroa G., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-5314 Mercedes Martí-nez S. con comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMA-RON la sentencia que declara Impro-cedente la demanda interpuesta.

Con los señores. Lara C, Pisfil C. y Aguilar G. se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2015-469 Carlos Martínez O. con Decano del Colegio dc Abogados de Lambayeque sobe Medida caute-lar: CONFIRMARON la resolución Ne 4-etue declara Infundada la solicitud de medida cautelar formulada; con lo demás que contiene.

DR. OSWALDO PISFIL CAPUÑAYJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 23 de mayo de 2015.

Con los señores: Guerrero H., Silva M. y Conteña V., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2008-3983 Juan Quicio T. con Concejo de Chiclayo sobre Impug-nacion de Resolucion; en discordia: Declararon NULA la sentencia; dis-pusieron que el A quo expida nueva solución teniendo en cuenta las consi-deraciones precedentes.

Despacho del día: 25 de mayo de 2015.

Con los señores: Guerrero H., Lara C, y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2014-2061 Laura Gonzales V. con Ministerio dc Educacion sobre acción de Amparo; en discordia: CON-FIRMARON la sentencia que decla-ra Improcedente la demanda; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2014-2113 Maria Suarez F. con Ministerio de Educacion sobre acción de Amparo; en discordia: CON-FIRMARON la sentencia que decla-ra Improcedente la demanda; con lo demás que condene.

Exp. N° 2014-2579 Esther Serrano H. con Ministerio de Educacion sobre acción de Amparo; en discordia: CON-FIRMARON la sentencia que decla-ra Improcedente la demanda; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2013-2249 Delia Cieza R. con Ministerio de Educacion sobre acción de Amparo; en discordia: CONFIRMA-RON la resolución N° 4, que declara la sustracción de la materia, concluido el proceso sin pronunciamiento sobre el fondo.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Figueroa G., se votaron las sgts. Causas:Exp. N° 2014-1671 Victoria Chunga T. con comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente

la demanda interpuesta.

Exp. N° 2013-044 Concejo de Ferre-ñafe con Oscar Celis M. sobre Pres-cripción Adquisitiva: Declararon NULA la sentencia; dispusieron que el A quo expida nueva solución teniendo en cuenta las consideraciones pre-cedentes.

Exp. N° 2014-1964 Deyvi Bustamante H. con Concejo Provincial de Chiclayo sobre acción de Cumplimiento: CON-FIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2013-5041 Jose Chunga Vera con comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2014-872 Oswaldo Sanchez T. con comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2014-3854 Jose Sampén P. con Concejo de Chiclayo sobre Medi-da Cautelar: Declararon NULA la reso-lución N° 1; ordenaron que el A quo expida nueva resolución en mérito del proceso y la ley.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2014-130 Alcira Pinedo P. con la O.N.P. sobe acción de Ampa-ro: CONFIMARON la sentencia que declara Infundada la demanda inter-puesta.

Exp. N° 2014-2867 Paula Cayotopa de M. con comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Conteña V., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2011-814 Eladio Nuñez m. con Santos torres A. sobre División y partición: Declararon NULA la resolu-ción N° 15 que declara improcedente la suspensión del proceso; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley.

DR. OSWALDO PISFIL CAPUÑAYJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 26 de mayo de 2015.

Con los señores: Guerrero H., Lara C, y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2013-2077 Jose Riojas C. con Ministerio de Educacion sobre acción de Amparo; en discordia: CONFIRMA-RON la sentencia que declara Impro-cedente la demanda; con lo demás que contiene.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Rojas D., se votó la sgte. Causa:

Exp. N ° 2014-198 Abraham Guevara B. con Petróleos del Perú S.A. sobre acción de Amparo: Declararon NULA la sentencia; dispusieron que el A quo expida nueva solución teniendo en cuenta las consideraciones pre-cedentes.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Figueroa G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2013-226 Alex Fernandez E. con la O.N.P. sobre Habeas Data: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y ordena que la entidad demandada brinde la información requerida; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2013-3938 Hector Pachas

P. con la O.N.P. sobre Habeas Data: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y ordena que la entidad demandada brinde la información requerida; con lo demás que contiene.

Con los señores: Lara C, Rojas D. y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2009-270 Yaneth Arrasco J. con Distribuidora de Abarrotes S.A. sobre Prescripción Adquisitiva: CON-FIRMARON la sentencia que declara Infundada la demanda; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2004-6364 Carmela Cubas V. con Adelaida Riojas A. sobre Otorga-miento de escritura: CONFIRMARON la resolución N° 27 que declara impro-cedente la nulidad interpuesta.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Aguilar G. se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2014-1565 Mario Navarro V. con 1ra. Fiscalía de Chiclayo sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 4 que declara Impro-cedente la demanda Interpuesta.

Exp. N° 2014-2796 Nora Bustamante M. con Jose López B. sobre Nulidad de cosa juzgada: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improce-dente la demanda. Interpuesta.

Exp. N° 2014-3717 Julio Cevallos R. con Corte Suprema de Justicia sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMA-RON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda Interpuesta.

Exp. N° 2014-3261 Aurora Esteves de V. con 3er. Juzgado de Familia sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Impro-cedente la demanda Interpuesta.

Exp. N° 2013-366 Fiorella Silva P. con FONCODES sobe acción de Ampa-ro: REVOCARON la resolución N° 4; reformándola, declararon improceden-te la excepción de convenio arbitral deducida por la entidad demandada.

Despacho del día: 27 de mayo de 2015.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2012-3071 Emilia Herrera M. con Ilodia Merino M. sobre División y Partición: Declararon NULA la senten-cia; dispusieron que el A quo expida nueva solución teniendo en cuenta las consideraciones precedentes.

Exp. N° 2011-3328 Maria Pizarro de A. con la O.N.P. sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la senten-cia que declara Infundada la deman-da; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2014-4270 Adan Cieza P. con Segunda Fiscalía Penal de Apelacio-nes de Lambayeque sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la resolu-ción N° 1 que declara Improcedente la demanda. Interpuesta.

Exp. N° 2014-2078 Darinka Ciccia L. con Ministerio de Educacion sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 2 que declara Impro-cedente la medida cautelar solicitada.

Exp. N° 2014-2114 Derlis Holguin G. con Ministerio de Educacion sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 2 que declara Impro-cedente la medida cautelar solicitada.

Exp. N° 2014-3962 Edgar Gonzales Ch. con Isabel Alvarado Q. sobre Prueba Anticipada: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara impro-cedente la solicitud de prueba antici-pada formulada.

Exp. N° 2013-2380 Jorge Peralta C. con Concejo de Chiclayo sobe acción de Amparo: CONFIRMARON la reso-lución N° 1 que declara Improcedente la medida cautelar solicitada.

Exp. N° 2014-4082 Manuel Odar S. con Magistrados Primera Sala laboral sobre acción de Amparo: CONFIRMA-RON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda Interpuesta.

Despacho del día: 28 de mayo de 2015.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:

Exp. N° 2009-965 Maria Pizarro de A. con la O.n.P. sobre acción de Ampa-ro: CONFIRMARON la sentencia que declara Infundada la demanda; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2014-399 Luisa Lluen E. con Concejo de Monsefu sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la senten-cia que declara fundada la demanda; ordenaron la inmediata reposición de la demandante en el cargo que venía desempeñando; con lo demás que contiene.

Exp. N° 2013-300 Jose Inga V. con comisión FONAVI sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Exp. N° 2013-1405 Margot Castro G. con Servicios Integrados de Limpieza sobre acción de Amparo: CONFIRMA-RON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contie-ne; con costas y costos.

Exp. N° 2014-028 Maria Campodó-nico de A. con Marcio Santos de Q. sobre Reconocimiento de Resolucion Extranjera: Declararon FUNDADA la solicitud; y en consecuencia, que tiene fuerza y validez en el Perú la senten-cia expedida por el juzgado de Fami-lia, Parroquia de East Baton Rouge, estado de Louisiana - Estados Unidos de Norteamérica.

Exp. N° 2013-4120 Aurora Santiago B. con Ministerio de Educacion sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Impro-cedente la medida cautelar solicitada

Despacho del d/a: 29 de mayo de 2015. con los señores: Rojas D., Con-teña V. y Aguilar G., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2011-928 Jhon Purizaca Ch. con Electronorte S.A. sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la senten-cia que declara fundada la demanda ordenaron la inmediata reposición de la demandante en el cargo que venía desempeñando o en otro similar; con lo demás que contiene.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. Aguilar G., se votaron las sgtes. Cau-sas:

Exp. N° 2008-5901 Jorge Palacios O. con Scotiabank Perú Sobre Tercería Preferente de pago: REVOCARON la sentencia, declararon fundada la demanda; en consecuencia que el demandante tiene derecho preferente de su crédito laboral respecto de la demandada Scotiabank.

Exp. N° 2014-2348 Iris Ciurliza de H. con ESSALUD sobre acción de Cum-plimiento: NULA e INSUBSISTENTE la sentencia; dispusieron que el A quo expida la resolución que corresponda conforme a su estado.

Exp. N° 2014-058 Francisco Ventura V. con Zoraida García de A. sobre Resolucion de Contrato: Declararon NULA la sentencia; mandaron que el A quo expida la resolución que corres-ponda con arreglo a ley.

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Chiclayo, viernes 23 de octubre del 201512 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

Exp. N° 2014-2792 Carlos Bazan LI. con Roberto Tejada S. sobre Desalo-jo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda: con lo demás que contiene.

Exp. N° 2013-2854 Jesús Carrasco R. con Verónica Ríos V. sobre Desao-jo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene.

Exp. N° 1999-480 Luis Lumbreras C. con Luis Lumbreras B. sobre Cance-lación de hipoteca: Declararon NULA la resolución N° 14 ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley.

Exp. N° 2014-4135 Juan Montenegro P. con Violeta Vidarte de D. sobe Prescripción Adquisitiva: Declararon NULA la resolución N° 2; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley.

Exp. N° 2013-179 Alfonso Manosal-va L. con Primera Sala de Reos en cárcel sobre acción de Amparo: CON-FIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Interpuesta.

Exp. N° 2015-076 Cesar Pacherres R. con Vocales Primera Sala Laboral sobre acción de Amparo: CONFIRMA-RON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda Interpuesta.

Exp. N° 2014-3920 Alberto Mendoza S. con Oscar Tenorio T. sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la reso-lución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Interpuesta.

Con los señores: Lara C, Pisfil C. y Conteña V., se votó la sgte. Causa:

Exp. N° 2014-465 Scotiabank con Milton Perez C. sobre Ejecución de garantías: CONFIRMARON la reso-lución N° 6 que declara infundada la contradicción y dispone sacar a rema-te el bien dado en garantía.

DR. OSWALDO PISFIL CAPUÑAYJUEZ SUPERIOR

CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE DE

LA SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA CIVIL DE LA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE

CRONICA JUDICIAL DEL DIA SIETE DE MAYO DEL DOS MIL

QUINCE

Con los señores Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra, vie-ron y votaron:

00699-2013-0-1706-JR-CI-06, Carlos Alberto Cobeñas Manay/ Estación Experimental Agraria Vista Florida y otro. Proceso de Amparo. Declararon NULA la sentencia (resolución número nueve) de fecha veintidós de setiem-bre del dos mil catorce, que declara FUNDADA la demanda.

00699-2013-0-1706-JR-CI-06, Carlos Alberto Cobeñas Manay/ Estación Experimental Agraria Vista Florida y otro. Proceso de Amparo. Declararon NULA la sentencia (resolución número nueve) de fecha veinti

04116-2013-0-1706-JR-CI-01, Eliseo Bacilio Rodríguez Vásquez / Comisión Ad Hoc Ley 29625. Acción de Cumpli-miento. CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución número seis de fecha veinticuatro de noviem-bre del año dos mil catorce, que decla-ra IMPROCEDENTE la demanda.

03303-2013-0-1706-JR-CI-01, Segun-do Feliciano Tapia Carrera/ Comisión Ad Hoc Ley 29625 FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON

el auto contenido en la resolución número tres, que tiene por apersona-do al proceso al Procurador Publico del Ministerio de Economía y Finan-zas; CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución número seis que declara IMPROCEDENTE la demanda.

01820-2014-0-1706-JR-CI-02, Blanca Elena Castro Martínez/ Gerencia de la Red Asistencial Lambayeque del Seguro Social de Salud. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia (resolución número siete) de fecha veinte de noviembre del año dos mil catorce, que declara FUNDADA la demanda; y CONFIRMARON el auto (resolución número tres) de fecha die-cisiete de julio del año dos mil catorce, que declara INFUNDADA la excepción de incompetencia por la materia que formulo la entidad demandada.

00050-2014-0-1714-JM-CI-01, Walter Cubas Arteaga/ Municipalidad Distri-tal de Jose Leonardo Ortiz. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cuatro) de fecha dieciocho de diciembre del dos mil catorce, que declara FUNDA-DA la demanda.

00040-2014-0-1706-JR-CI-01, Julio Crisanto Ojeda/ Oficina de Normaliza-cion Previsional. Habeas Data. CON-FIRMARON la sentencia (resolución número siete) de fecha veintitrés de octubre del dos mil catorce, que decla-ra FUNDADA la demanda; REVOCA-RON dicha sentencia en cuanto a lo precisado en su considerando sexto, que no resulta amparable la presen-tación de la información en forma de CD rom y REFORMANDOLO preci-saron que tales copias certificadas pueden ser presentadas además de lo ordenado.

04494-2013-0-1706-JR-CI-07, Casimi-ro García Atoche/ Oficina de Normali-zacion Previsional. Proceso Constitu-cional de Amparo. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cinco) de fecha nueve de octubre del dos mil catorce, que declara INFUNDADA la demanda.

00352-2014-0-1706-JR-CI-01, Ger-man Silva Vásquez/ Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625-FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIR-MARON el auto (resolución número tres) que tiene por apersonado al pro-ceso al Procurador Publico del Minis-terio de Economía y Finanzas y CON-FIRMARON la sentencia (resolución número cinco) de fecha veintinueve de octubre del año dos mil cator-ce, que declara IMPROCEDENTE la demanda.

00548-2014-0-1706-JR-CI-01, Clara Elena Arbulu de Olivera/ Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625- FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (resolución número tres) que tiene por apersona-do al proceso al Procurador Publico del Ministerio de Economía y Finan-zas; y CONFIRMARON la sentencia (resolución número cinco) de fecha veintisiete de4 noviembre del año dos mil catorce, que declara IMPROCE-DENTE la demanda.

02010-2014-0-1706-JR-CI-05, Salva-dor Santa Cruz Roncal/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso de Ampa-ro. CONFIRMARON el auto (resolu-ción número cinco) de fecha veintiuno de agosto del dos mil catorce, en el extremo que declara INFUNDADA la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa; y CONFIRMA-RON la sentencia (resolución número siete) de fecha diez de octubre del año dos mil catorce que declara INFUN-DADA la demanda.

02930-2013-0-1706-JR-CI-01, Rafael Cumpa Carrillo/ Oficina de Normaliza-cion Previsional. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia (resolu-

ción número seis) de fecha dieciséis de diciembre del año dos mil catorce, que declara INFUNDADA la deman-da; la que reformándola se declara IMPROCEDENTE.

04945-2013-0-1706-JR-CI-01, Fran-cisca S. Mejía Fernandez/ Comisión Ad Hoc Ley 29625. Proceso de Cum-plimiento. CONFIRMARON la sen-tencia (resolución número cinco) de fecha veintitrés de octubre del dos mil catorce que declara IMPROCEDEN-TE la demanda; y CONFIRMARON la resolución número tres de fecha treinta de julio del año dos mil catorce que tiene por apersonado al proceso al Procurador Publico de los asuntos jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas.

00699-2014-32-1706-JR-CI-01, Victor Alfredo Salinas Pairazaman/ Comisión Ad Hoc Ley 29625-FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cinco) de fecha siete de noviembre del dos mil catorce que declara IMPROCE-DENTE la demanda; CONFIRMARON la resolución número tres de fecha dos de setiembre del dos mil catorce, que tiene por apersonado al proceso al Procurador Publico de los asuntos jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas.

02995-2013-0-1706-JR-CI-02, Ermita Domitila Vargas Zeña/ Ministerio de Educacion y otro. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia (reso-lución número quince) de fecha vein-ticinco de noviembre del año dos mil catorce que declara IMPROCEDENTE la demanda por sustracción de la materia; CONFIRMARON la resolu-ción número trece de fecha siete de noviembre del año dos mil catorce, que declara INFUNDADA la excep-ción de falta de agotamiento de la vía administrativa.

01091-2011-0-1706-JR-FC-01, Cesar Alberto Salazar Vidarte/ llda Perez Ramírez. Divorcio por causal. Decla-raron NULA la sentencia (resolución numero veinte) de fecha veinte de octubre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la deman-da.

03257-2014-0-1706-JR-CI-02, Jose Alberto Effio James/ Primer Juzgado Civil de Chiclayo y otro. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la senten-cia (resolución número siete) de fecha siete de enero del año dos mil quince que declara INFUNDADA la demanda.

03916-2013-0-1706-JR-CI-06, Dario Tapia Tapia/ Comisión Ad Hoc Ley 29625- FONAVI. Proceso de Cumpli-miento. CONFIRMARON la sentencia (resolución número seis) de fecha die-cinueve de agosto del dos mil catorce; CONFIRMARON la resolución número tres de fecha doce de marzo del dos mil catorce, que tiene por apersonado al proceso al Procurador Publico de los asuntos jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas.

04276- 2005-13-1706-JR-CI-03, Maria de los Ángeles Panta de Caramutti/ Oficina de Normalizacion Previsional. Proceso Contencioso administrativo CONFIRMARON la resolución numero treinta y ocho de fecha diez de julio del año dos mil catorce, en el extremo que se practique la liquidación de intereses legales.

01902-2014-89-1706-JR-CI-05, Maria Esther Quiroz Castillo/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso de ampa-ro- Medida cautelar. CONFIRMARON la resolución número dos de fecha veintinueve de setiembre del año dos mil catorce, que declara IMPROCE-DENTE la solicitud de medida cau-telar.

02664-2014-64-1706-JR-CI-03, Rosa Ysolina Maco Aricochea/ Ministerio de Educacion y otro. Proceso de Amparo.

CONFIRMARON la resolución núme-ro uno de fecha dos de setiembre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de medi-da cautelar.

02995-2014-0-1706-JR-CI-03, Juana Monteza de Pucce/ Poder Judicial y otros. Proceso de Amparo. CONFIR-MARON la resolución número uno de fecha quince de setiembre del año dos mil catorce, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda.

00917-2013-0-1706-JR-CI-02, Dora Elita Vallejos de Rojas/ Oficina de Normalizacion Previsional. Proceso de Amparo. Declararon NULA la reso-lución numero diecinueve de fecha primero de diciembre del año dos mil catorce, en el extremo que regula los costos procesales.

01187-2008-28-1706-JR-CI-10, Nico-laza García de Chero/ Oficina de Normalizacion Previsional. Proceso Contencioso administrativo CONFIR-MARON el auto apelado contenido en la resolución numero setenta y siete de fecha tres de junio del año dos mil catorce, que impone multa equiva-lente a nueve unidades de referencia procesal.

02528-2014-45-1706-JR-CI-03, Jose Rodas Chavarri’/ Ministerio de Edu-cacion y otro. Proceso de amparo- medida cautelar. CONFIRMARON la resolución número uno de fecha ocho de octubre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la soli-citud de medida cautelar.

02970-2014-55-1706-JR-CI-03, Sixto Sabas Silva Miranda/ Ministerio de Educacion y otro. Proceso de amparo- medida cautelar. CONFIRMARON la resolución número uno de fecha ocho de octubre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la soli-citud de medida cautelar.

06325-2006-41-1706-JR-CI -02, Armando Alarcón Orrillo/ Municipali-dad Provincial de Chiclayo. Proceso contencioso administrativo. CONFIR-MARON la resolución número cin-cuenta y cuatro de fecha veinte de enero del dos mil quince que resuelve aprobar la liquidación de intereses legales.

00727-2014-0-1706-JR-CI-07, Jose Román Alayo Ruiz/ Oficina de Nor-malizacion Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolu-ción número cinco de fecha veintiocho de octubre del año dos mil catorce, que declara FUNDADA la excepción de litispendencia.

00056-2014-99-1708-JM-CI-01, Victor Manuel Ñopo Vera/ Comisión Ad Hoc Ley 29625 FONAVI. Proceso de Cum-plimiento. CONFIRMARON el auto contenido en la resolución número cuatro de fecha veintinueve de setiem-bre del dos mil catorce, en el extremo que tiene por apersonado al proceso al Procurador Publico del Ministerio de Economía y Finanzas.

03146-2014-0-1706-JR-CI-03, Juana Risco de Vivas/ Poder Judicial - Tercer Juzgado Laboral de Chiclayo. Pro-ceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno de fecha diecisiete de octubre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDEN-TE la demanda.

00016-2015-0-1708-JM-CI-01, Matilde Yolanda Arroyo Granados/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso de Amparo. DESAPROBARON la consul-ta formulada por la Juez del Juzgado Mixto Unipersonal de Motupe.01571-2006-30-1706-JR-CI-07, Alfon-so Quintana Silva/ Oficina de Nor-malizacion Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolu-ción número cuarenta y dos, de fecha diez de octubre del año dos mil cator-ce, que declara IMPROCEDENTE la

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13Chiclayo, viernes 23 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

nulidad.

03444-2011-39-1706-JR-CI -03, Inaude Marino Gomez Vergaray/ Asociación Casino Guardia Civil de Chiclayo. Impugnacion de acuerdos. Declararon NULA la resolución ape-lada número catorce de fecha quince de diciembre del año dos mil catorce, que resuelve admitir los medios pro-batorios presentados.

03511-2014-0-1706-JR-CI-02, Edith Vallejos Calderón/ Ministerio de Edu-cacion y otros. Proceso Constitu-cional de Amparo. CONFIRMARON el auto (resolución número uno) de fecha diecisiete de setiembre del año dos mil catorce, que declara IMPRO-CEDENTE la demanda.

02012-2014-0-1706-JR-CI-07, Edgar Antonio Montalvo Cabrera/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso Cons-titucional de Amparo. Declararon INFUNDADAS las excepciones de falta de agotamiento de la vía admi-nistrativa, de incompetencia y de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda; REVOCA-RON la resolución número tres de fecha siete de octubre del año dos mil catorce, que declara conclusión del proceso de sustracción de la materia; y REFORMANDOLA decla-raron IMPROCEDENTE el trámite de la demanda.

3650-2014-0-1706-JR-CI-01, Rosa-rio Elena Cossio de Rodríguez/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (resolución número uno) de fecha primero de octubre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la demanda.

04256-2013-0-1706-JR-CI-01, Isaac Benites Bocanegra/ Poder Judicial y otros. Proceso de Amparo. CONFIR-MARON el auto (resolución numero dos) de fecha dieciocho de agosto del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la demanda.

03853-2010-50-1706-JR-CI -09, Eugenio Norvil Cabanillas Galvez/ Oficina de Normalizacion Previsio-nal. Proceso de Amparo- Cuaderno de Apelación. CONFIRMARON el auto (resolución numero treinta y tres) de fecha seis de agosto del dos mil catorce, que impone a la deman-da la sanción de multa ascendente a dos unidades de referencia procesal.

03861-2010-45-1706-JR-CI -07, Ruben Guevara Cubas/ Carlos Gas-telo Valera. Obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON el auto (resolución número treinta y nueve) de fecha catorce de agosto del dos mil catorce, que declara INFUNDA-DA la solicitud de ofrecimiento de medios probatorios.

02125-2014-0-1706-JR-CI-07, Gladis Socorro Ventura Sandoval/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso Cons-titucional de Amparo, declararon INFUNDADAS las excepciones de falta de agotamiento de la vía admi-nistrativa, de incompetencia y de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda; REVOCA-RON la resolución número tres, de fecha nueve de setiembre del año dos mil catorce, que declara la con-clusión del proceso por sustracción de la materia; y REFORMANDOLA declararon IMPROCEDENTE el trá-mite de la demanda.

00597-2013-48-1708-JM-CI-01, Mar-celino Acosta Santamaría/ Comi-sión Ad Hoc creada por Ley 29625- FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (resolución número cuatro) de fecha catorce de octubre del dos mil catorce, que resuelve tener por apersonado al presente proceso al Procurador del Ministerio de Economía y Finanzas.

01434-2007-74-1706-JR-CI-10, Maria Isabel Cruz de Villalobos/ Oficina de Normalizacion Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIR-MARON el auto (resolución numero veintiocho) de fecha dieciséis de octu-bre del dos mil catorce, que resuelve imponer multa equivalente a cuatro unidades de referencia procesal.

04079-2007-2-1706-JR-CI-10, Victor Segundo Calle García/ Municipalidad Provincial de Chiclayo. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (resolución número treinta y cua-tro) de fecha catorce de setiembre del dos mil catorce, que declara INFUN-DADA la oposición formulada por la entidad demandada.

03080-2004-15-1706-JR-CI-06, Jose de la Rosa Oliva Quiroz/ Oficina de Normalizacion Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIR-MARON el auto (resolución número treinta y dos) de fecha catorce de octubre del dos mil trece, que resuel-ve imponer multa equivalente a dos unidades de referencia procesal a la Oficina de Normalizacion Previsional.

02480-2014-46-1706-JR-CI-01, Juan Alberto Jimenez Chirinos/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso Consti-tucional de Amparo- Medida Cautelar. CONFIRMARON el auto (resolución numero uno) de fecha tres de octubre del año dos mil catorce, en el extremo que declara IMPROCEDENTE la soli-citud de medida cautelar.

03108-2014-94-1706-JR-CI-01, Jac-queline Guadalupe Rodas Galvez/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso Constitucional de Amparo- Medida Cautelar. CONFIRMARON el auto (resolución numero uno) de fecha treinta y uno de octubre del año dos mil catorce, en el extremo que declara IMPROCEDENTE la solicitud de medi-da cautelar.

04038-2014-0-1706-JR-CI-02, Oscar Diaz Acuña/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (resolución numero uno) de fecha doce de noviembre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDEN-TE la demanda.

02850-2014-63-1706-JR-CI-05, Juan Fuentes Bustamante/ Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú. Proceso de Amparo- Medida Cautelar. CONFIRMARON el auto (resolución numero dos) de fecha veintiséis de setiembre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDEN-TE la solicitud de medida cautelar.

02699-2013-58-1706-JR-CI-03, Hum-berto Arrascue La Torre/ Jose Ben-jamín Arrascue Diaz. Indemnización. CONFIRMARON el auto (resolución número tres) de fecha veinticinco de agosto del dos mil catorce, que decla-ra IMPROCEDENTE el trámite de la reconvención de entrega de reses interpuesta por la parte demandada.

06209-2007-69-1706-JR-CI-02, Sabi-no Leon Sanchez/ Municipalidad Pro-vincial de Chiclayo. Impugnacion de Resolucion administrativa. CONFIR-MARON el auto (resolución numero treinta y nueve) de fecha veinte de enero del dos mil quince, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento decre-tado en la resolución numero treinta y ocho de fecha dieciséis de diciembre del dos mil catorce, en consecuen-cia impone multa de dos unidades de referencia procesal a la entidad demandada.

02054-2009-8-1706-JR-CI-06, Rudori-co Diaz Saavedra/ Oficina de Norma-lizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CONFIR-MARON el auto (resolución numero cuarenta y uno) de fecha veintiuno de agosto del dos mil catorce, en el extre-mo que aprueba el Informe Pericial N°

306-2014-DRLL-PJ, que contiene la liquidación de intereses ascendentes a dieciséis mil setecientos sesenta y dos nuevos soles con sesenta y un céntimos de nuevos soles.

00354-2009-0-1706-JR-CI-02, Sergio Riofrío Sandoval/ Oficina de Norma-lizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Administrativa. Declara-ron NULO el auto (resolución número cuarenta y seis) de fecha diecinueve de enero del dos mil quince, que declara INFUNDADA la observación interpuesta por la parte demandante.

01427-2012-44-1706-JR-CI-05, Elmer Manuel Ordoñez Quiroz/ Gobierno Regional de Lambayeque y otros. Impugnacion de Resolucion Adminis-trativa. CONFIRMARON el auto (reso-lución numero veinticinco) de fecha dieciocho de agosto del dos mil cator-ce, que declara IMPROCEDENTE la nulidad deducida contra la resolución numero veintiuno.

01376-2010-29-1706-JR-CI-06, Willy Cesar SECLEN Flores/ Electronor-te S.A. Proceso de Cumplimiento. REVOCARON la resolución numero veintiocho, de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil trece, que regula los costos en la suma de tres mil nuevos soles; la que REFORMAN-DOLA, se regula los costos en la suma de mil quinientos nuevos soles.

04358-2010-38-1706-JR-CI-05, Corte Superior de Justicia de Lambayeque/ Lastenia Lule Vásquez. Indemniza-ción. CONFIRMARON la resolución número tres de fecha tres de octubre del año dos mil catorce, que declara INFUNDADA la observación de liqui-dación de intereses legales.

02773-2013-0-1706-JR-CI-07, Sentida Yanayaco Abad/ Ministerio de Edu-cacion y otro. Acción de Amparo. CONFIRMARON la resolución número nueve, de fecha uno de octubre del dos mil catorce, que declara IMPRO-CEDENTE la demanda por sustrac-ción de la materia; declararon INFUN-DADAS las excepciones de falta de agotamiento de la vía administrati-va e incompetencia por razón de la materia.

00887-2014-0-1706-JR-CO-08, BBVA Banco Continental/ Lucia Oliden Carrasco y otros. Ejecución de Garan-tías reales. CONFIRMARON la reso-lución número dos de fecha veintiséis de noviembre del año dos mil catorce, que haciendo efectivo el apercibimien-to dispuesto en la resolución número uno, ordena sacar a remate el inmue-ble otorgado en garantía.

07244-2003-0-1706-JR-CI-05, Maria Isabel Zambrano viuda de Coronado/Oficina de Normalizacion Previsional. Acción de Amparo. CONFIRMARON la resolución cuarenta y tres, de fecha diecisiete de octubre del año dos mil catorce, que aprueba el Informe Peri-cial N° 0226-2014-DRL-COB/PJ.

03613-2014-0-1706-JR-CI-03, Isido-ro Peña Cruz/ Miguel Angel Lozano Gasco y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMA la resolución numero uno de fecha catorce de octubre del año dos mil catorce, que declara IMPRO-CEDENTE la demanda.

00621-2010-0-1706-JR-CI-02, Flor de Maria Farro Castillo/ Oficina de Nor-malizacion Previsional. Proceso de Amparo. REVOCARON la resolución numero cuarenta y cinco de fecha nueve de diciembre del año dos mil catorce, que ordena a la Oficina de Normalizacion Previsional abstenerse de hacer los descuentos a la actora respecto de su pensión de jubilación.

02497-2014-46-1706-JR-CI-03, Gloria Ramírez Rodas/ Ministerio de Edu-cacion y otro. Proceso de Amparo- Medida Cautelar. CONFIRMARON la resolución número uno, de fecha ocho

de octubre del dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la solicitud cautelar.

0121-2009-0-1706-JR-CI-06, Raúl Che Sarria/ Oficina de Normalizacion Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución numero treinta y dos de fecha dos de junio del año dos mil catorce, que declara INFUNDADA la observación formula-da por la parte demandante.

02919-2013-0-1706-JR-CI-03, Juana Rosa Vásquez Sanchez/ Ministerio de Educacion y otro. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número seis, de fecha nueve de setiembre de dos mil catorce, que declara IMPRO-CEDENTE la demanda por sustrac-ción de la materia; declararon INFUN-DADAS las excepciones de falta de agotamiento de la vía administrativa e incompetencia por razón de la materia.

04003-2014-0-1706-JR-CI-05, Jorge Hurtado Fernandez/ ESSALUD. Pro-ceso de Cumplimiento. CONFIRMA-RON la resolución número uno, de fecha once de noviembre del año dos mil catorce, que declara IMPROCE-DENTE el trámite de la demanda.

HECTOR CONTEÑA VIZCARRAJUEZ SUPERIOR

MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA

CRONICA JUDICIAL DEL DIA OCHO DE MAYO DEL

DOS MIL QUINCE

Con los señores Silva Muñoz, Pisfil Capuñay y Conteña Vizcarra vieron y votaron:

00269-2010-0-1706-JR-CI-10, Jose Luis Santisteban Castro/ Victor Zamo-ra Zamora y otra. Reivindicación. Declararon NULA la sentencia (resolu-ción numero veintiuno) de fecha treinta de enero del dos mil catorce, que declara INFUNDADA la demanda.

Con los señores Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra vieron y votaron:

03234-2014-13-1706-JR-CI-01, Ber-nabé Rodrigo llatoma/ Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia y otra. Proceso de Amparo- Medida Cautelar. CONFIRMARON la reso-lución número dos, de fecha tres de octubre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar.

03304-2014-9-1706-JR-CI-01, Segun-do David Piscoya Mendoza/ Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chi-clayo y otros. Proceso de Amparo- Medida Cautelar. CONFIRMARON la resolución número dos de fecha quin-ce de octubre del dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar.

01337-2015-48-1706-JR-FP-02, Her-lis Royser Mendo Sigueñas/ Cesar Augusto Santoyo Chavarry. Infracción actos contra el patrimonio. CONFIR-MARON la resolución número dos, de fecha veintisiete de abril del año dos mil quince, en el extremo apelado que dispone el internamiento preven-tivo del menor Herlis Royser Mendo Sigueñas.

04476-2013-0-1706-JR-CI-07, Flor de Maria Barón Vargas de Carpio/ Geren-cia Regional de Educacion de Lamba-yeque. Acción de Amparo. Declararon INFUNDADAS las excepciones de falta de agotamiento de la vía adminis-trativa y de incompetencia; y CONFIR-MARON el auto (resolución número cinco) de fecha quince de agosto del dos mil catorce, que declara concluido el proceso sin declaración sobre el fondo por sustracción de la materia.

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Chiclayo, viernes 23 de octubre del 201514 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

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15Chiclayo, viernes 23 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

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Chiclayo, viernes 23 de octubre del 201516 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL