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Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016 AÑO JUDICIAL 2016 PRECIO 0.025 POR PALABRA

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Piura, miércoles 1° de abril de 2015 1

AÑO JUDICIAL 2015 Piura, miércoles 1° de abril de 2015

Con un programa de activi-dades académicas y cultu-rales la Sala Laboral Per-

manente de la Corte Superior de Justicia de Piura, que preside la doctora Cecilia ízaga Rodríguez, celebró su 9° Aniversario de Ins-talación.

El perito Erich Renato Ubillús Zúñiga dio inicio a las actividades con la Conferencia “Forma de Cál-culo de los Intereses en Materia Laboral y Previsional”, la misma que estuvo dirigida a los magis-trados, servidores y peritos de la Sala Laboral Permanente y Tran-sitoria, así como de los Juzgados Laborales de Piura.

Posteriormente, se llevó a cabo la Noche de Talentos, donde par-ticiparon los trabajadores y fami-liares de las dependencias judicia-les laborales. Entre los participan-tes de la velada artística, destacó Katia Lachapelle Ocaña, quien declamó la poesía “No te rindas” de Mario Benedetti, así como Mayte Olivares Sarmiento quien deleitó a los asistentes con su interpretación musical.

La sorpresa de la noche la dieron los integrantes de la Sala Laboral Permanente, quienes representa-ron la obra teatral “Farsa y Justicia del Señor Corregidor” de Alejandro Casona y que fue dirigida por Gui-llermo Gil Iparraguirre. Los actores sorprendieron al público asistente que reconoció la puesta en escena.

Nueva Ley Procesal del Traba-jo

Cerrando con el Programa de Acti-vidades por este nuevo Aniversario de Instalación de la Sala Laboral Permanente, se llevó a cabo el ciclo de Conferencias con temas de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

El encargado de dar inicio a las ponencias fue Jaime Rodríguez Manrique, Juez del Juzgado Espe-cializado Laboral de Talara con el tema “La Competencia en la Nueva Ley Procesal del Trabajo”.

Del mismo modo, Ismael Rodríguez Rio-jas, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Lambaye-que, tuvo a cargo la ponencia “Desarrollo de Audiencias en la Nueva Ley Procesal del Trabajo”.

Al finalizar, la presidenta de la Comisión de Actos celebratorios, agradeció la participación en las actividades por el IX Aniversario de la Sala Laboral, a los Magistra-dos y trabajadores de los Juzgados y Salas Laborales, destacando la importancia de trabajar en equipo y siempre manteniendo un ambiente de confraternidad.

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Piura, miércoles 1° de abril de 2015

1.- REMATE JUDICIAL

• REMATE BIENES INMUEBLES

PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL: Exp. N° 172-2012-0-2001-JR-CI-03. En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A.C. contra JUAN FELIPE AMADEO AGUSTIN CHAVEZ GALLO y MARIA LUISA GALLO VASQUEZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA.BIEN EN REMATE: El Tercer Juzgado Especializado Civil de Piura, a cargo de la señora Juez, Ingrid Díaz Valverde, y como Especialista Legal, Juan Francisco Marroquín Rosas, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el Remate Público Judicial en Primera Convocatoria del Bien Inmueble ubicado en Manzana D (de), Lote 06 (seis), con frente a la Avenida Industrial, Asentamiento Humano Lucy de Villanueva, Distrito de Pariñas, Provincia de Talara, y Departamento de Piura, cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritas en la Partida Electrónica N° P15017769 del Registro de Propiedad Inmueble - Oficina Registral Piura.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00007, Hipoteca del 08.04.2009, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$. 4,000.00.VALORIZACIÓN: US$. 7,792.00 (Siete mil setecientos noventa y dos con 00/100 dólares americanos).PRECIO BASE: US$. 5,194.67 (CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON 67/100 DÓLARES AMERICANOS), equivalente a dos tercios de la valorización por ser primera convocatoria.FECHA, LUGAR Y HORA: El día VIERNES 10 DE ABRIL DE 2015 A LAS 10.00 HORAS EN EL LOCAL DEL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE PIURA, sede principal del Poder Judicial de Piura, sito en calle Lima 997, 2° piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Por el inmueble en remate, deben oblar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10% de la valorización; adjuntar original y copia del DNI y/o RUC, del arancel judicial con código N° 7153 por participación en remate de inmueble (indicando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, domicilio y firma), y de ser el caso, de la vigencia y facultades de poder de

fecha actual.HONORARIOS: El adjudicatario al finalizar el remate paga los honorarios del Martillero Público más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S. N° 008-2005-JUS).Piura, Enero 30 de 2015. [email protected] / [email protected] / (51)(44) 94-789-3343 94-936-5850 34-7544 / RPM *661990.

JUAN FRANCISCO MARROQUÍN ROSAS

Secretario JudicialTercer Juzgado Civil de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraGUILLERMO E. PAREDES

LANDAUROAbogado - Martillero Público Reg.

N° 210F/1240528, 30, 31 de marzo y 1°, 4, 6 de abrilS/. 30,00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN

INMUEBLEExpediente N°.01111-2012-0-2001-JR-CI-01, en los Autos seguidos por SCO-TIABANK PERÚ SAA contra JUAN ALFONSO POBES ARIAS, Sobre Eje-cución de Garantías, el 1ER Juzgado Especializado en lo Civil de Piura, de la Corte Superior de Justicia de Piura, a cargo de la Juez Dra. FANNY LUISA ULLOA PARAGULLA, Especialista Legal Dra. CARMEN PILAR GORDI-LLO GONZALES, Ha Dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, El Bien INMUE-BLE Siguiente:1.- Inmueble ubicado en la Mz. B Lote 03, del AA.HH. San Juan De Coscom-ba, del Distrito De Catacaos, Provincia y Departamento de Piura, cuyo Domi-nio, área, Linderos, Medidas Perimé-tricas y demás características obran Inscrita en la Partida Electrónica No 03006773 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura – Oficina Registral Piura.Es un bien de 250 m2.VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación asciende a la Suma de US$37,559.00 dólares americanos.BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que Asciende a la Suma de US$25,039.33 Dólares Americanos.AFECTACIONES: Bien inmueble tiene las siguientes afectaciones:1.- HIPOTECA: Constituida hasta por la suma de US$33.315,00 dólares americanos, a favor del SCOTIABANK PERÚ SAA, inscrita en el Asiento No 00003, el 13-01-11.2.- EMBARGO JUDICIAL: Constitui-do a favor de BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ. Hasta por la suma de S/. 80.000.00. NUEVOS SOLES, dictado en el EXP. 00049-2012-1-2012-JM-CI-01, por el Juzgado Mixto MBJ- Cata-caos, inscrito en el Asiento D00004 el 07/09/2012.FECHA Y HORA DEL REMATE: El

Bien será Rematado el día 23 de abril del año 2015, a Horas 11:30. a.m. y será llevado a cabo por el Aboga-do Martillero Público Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional N° 226, con Telf.: 942089706 - RPM: *0074114 / #945010777. Correo: [email protected] DE REMATE: El Bien se Rematará en el Local donde Funciona el Juzgado que Ordena el Remate, Sito en la Calle Lima N° 997 Distrito, Pro-vincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de la Tasación del bien a rema-tarse, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y presentarán el arancel judicial para participar en Remate, su DNI en Ori-ginal, suscribiendo dicho arancel, con el Número de Expediente, Juzgado y Generales de Ley EN FORMA LEGI-BLE. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV se cancelarán al Finalizar el Remate y será por cuenta del Adjudicatario.Piura, 13 de febrero del año 2015.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

F/124191°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 36,00

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A

SUBASTA PÚBLICAEn el expediente No. 3512-2011 seguido por SCOTIABANK PERÚ S.A.A contra LUIS ARTURO PURIZACA ARELLANO Y AUDALINA VILELA YOVERA sobre Ejecución de Garantía, el Segundo (2°) Juzgado Civil de Piura, a cargo del Juez Jessica Elizabeth Negro Balarezo, asistido por el Especialista Legal Gina Maribel Llenque Moran, ha facultado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro N° 293 para llevar a cabo el REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble que se detalla a continuación:1.- PREDIO INMUEBLE UBICADO EN Sub lote 14-B de la Mz. F, AA.HH San Martín Central - Paita, Distrito y Provincia de Paita, Departamento de Piura, inscrito en la Partida Electrónica No. 03009382 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral No. I Sede Piura, de propiedad de Luis Arturo Purizaca Arellano casado con Audalina Vilela Yovera.VALOR DE TASACIÓN: US$37,978.00 Dólares Americanos.BASE DE REMATE: US$25,318.67 Dólares Americanos.AFECTACIONES: 1) Hipoteca.- a favor del SCOTIABANK PERÚ S.A.A. hasta por la suma de U.S.$ 28,820.00 Dólares Americanos, gravamen inscrito en el asiento D00003 de la

Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016

2.- EDICTOS CLASIFICADOS

EDICTO DE SUCESION INTES-TADA

Por ante el Juzgado de Paz Le-trado con Funciones de Investi-gación Preparatoria de Huanca-bamba, que Despacha la Señora Juez Dr. Milagros Julissa La To-rre Vásquez y Secretaria Judicial que da cuenta, en el Expediente N° 00067-2016-0-2003-JP-CI-01, doña Hermelinda Porras Carras-co, solicita la sucesión intestada de la que en vida fue su madre doña María Amada Carrasco Bo-badilla, fallecida el día 12 de julio del año 1980 y se le nombre here-dera universal, por lo que se llama y emplaza a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten con los documentos pertinentes, dentro del termino de Ley.-Huancabamba, 20 de julio del 2016.

Nora Araceli Torres SahuangaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado de Paz Letrado con Funciones de

Investigación Preparatoria de Huancabamba

Corte Superior de Justicia de Piura

P/.5453967B/. 011 - N° 0000973FP: 20 AgostoS/. 5.05

3.- NOTIFICACION POR EDICTO

EDICTOExp. 02405-2016-0-2001-JR-FC-02, seguido PAZ YAMUNA-QUE, RAUL PETRONIO contra SAENZ TEJADA, JANNET VIC-TORIA sobre DIVORCIO POR CAUSAL, se ha ordenado noti-ficaciones mediante edictos y es como sigue:NOTIFIQUESE mediante edictos la Resolución N° 03 de fecha 23 de julio del 2016: donde SE RESUEL-VE: EMPLAZAR a la demandada Jannet Victoria Saenz Tejada, vía EDICTOS que serán publicados por tres veces consecutivas en el diario Oficial “El Peruano” y Judi-cial “La República”, bajo aperci-bimiento de nombrársele curador procesal, debiendo tenerse en cuenta el plazo especial del em-plazamiento prescrito en el artículo 479° del código adjetivo.Piura, 17 de agosto del 2016.

Karina Berenice Mena AntónSECRETARIA JUDICIAL

Segundo Juzgado de Familia de Piura

Corte Superior de Justicia de Piura

P/.5451076B/. 011 - N° 0000967FP: 18,19,20 AgostoS/. 15.00

4.- EDICTOS PENALES

ACTA DE AUDIENCIA PÚBLI-CA EXTRAORDINARIA DE

REVISIÓN DE PROCESOS CON ACUSADOS EN CÁRCEL Y

LIBRESEn el Establecimiento Penal de Piura, siendo las doce de la ma-ñana del día Once de Julio del año dos mil dieciséis , se reunió la Sala Penal Liquidadora de Piura, integrada por los Señores Jue-ces Superiores JORGE OMAR SANTA MARIA MORILLO (Pre-sidente), ANDRES ERNESTO VILLALTA PULACHE, MANUEL H. ARRIETA RAMIREZ, la seño-ra Fiscal Superior Janet Tuesta Castro, la Secretaria Rocío Del-gado Ramos, el Relator Raúl Niño Castillo; a fin de realizarse la AUDIENCIA PÚBLICA EX-TRAORDINARIA correspondien-te al SEGUNDO TRIMESTRE del año dos mil dieciséis, con el objeto de revisar y verificar los procesos con reos en cárcel y li-bres con audiencia señalada, en cumplimiento al Decreto Ley nú-mero veinticinco mil cuatrocientos sesenta y seis y de conformidad con el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinaria aprobado mediante Resolución Administra-tiva N° 008-2011-SP-CJ-PJ del 10 de marzo del 2011.- - - -El señor Presidente ABRIÓ la AU-DIENCIA PÚBLICA EXTRAOR-DINARIA; acto seguido la secre-taria da cuenta que, conforme al Libro de Señalamiento de Audien-cias, se tiene 1) Instrucciones or-dinarias pendiente de audiencia, la Sala Penal Liquidadora cuen-ta con un tres expedientes entre libres y reos en cárcel con conti-nuación de audiencia y programa-dos en agenda para inicio de jui-cio oral, haciendo referencia que los días en que señala audiencia para reos en cárcel, son los lunes de cada semana; también hago presente que los días en que se programa audiencias para acusa-dos libres son de martes a jueves. Finalmente, comunico a ustedes que respecto a 2) las instruc-ciones que se encuentran en el Despacho del Fiscal, no tenemos ninguna en dicha instancia. Seguidamente con las diferentes relaciones de instrucciones ordi-narias con procesados en cárcel y con imputados libres, en trámite con o sin plazo legal vencido de los distintos juzgados de este Dis-trito Judicial; se procedió a la revi-sión de las mismas en el siguiente orden: - - - -

JUZGADO PENAL LIQUIDA-DOR TRANSITORIO DE PIURA

De la relación remitida por el Juzgado Penal Liquidador Tran-sitorio de Piura, que despacha la Juez Supernumerario, Flor de María Vílchez Chapilliquen, se ad-vierte que no se viene tramitando ningún proceso penal sumario con reo en cárcel; no se tramita ningún proceso ordinario con reos en cárcel. Se aprueba la indicada información sin ninguna observa-ción.----------------- - - - - - - -

JUZGADO PENAL UNIPERSO-NAL Y LIQUIDADOR DE

SECHURADe la relación remitida por el Juz-gado Penal Unipersonal y Liqui-dador de Sechura, que despacha la Juez KAREN LUCIANA AGUR-TO MOSCOL, se advierte que no se viene tramitando ningún proce-so penal sumario con reo en cár-cel; no se tramita ningún proceso ordinario con reos en cárcel o li-bre, con o sin plazo legal vencido. Se aprueba la indicada informa-ción sin ninguna observación.—

JUZGADO MIXTO DE HUAR-MACA

De la relación remitida por el Juz-gado Mixto de Huarmaca, que despacha la Juez ZELMY RA-QUEL HERRERA MERINO, se advierte que no se viene tramitan-do ningún proceso penal sumario con reo en cárcel; no se tramita ningún proceso ordinario con reos en cárcel o libre, con o sin plazo legal vencido. Se aprueba la in-dicada información sin ninguna observación.—

JUZGADO MIXTO DE HUAN-CABAMBA.

De la relación remitida por el Juz-gado Mixto de Huancabamba, que despacha el Juez EDWIN CULQUICONDOR BARDALES, se advierte que no se viene tra-mitando ningún proceso penal sumario con reo en cárcel; no se tramita ningún proceso ordinario con reos en cárcel o libre, con o sin plazo legal vencido. Se aprue-ba la indicada información sin ninguna observación.—

JUZGADO UNIPERSONAL Y LIQUIDADOR DE TAMBO-

GRANDE De la relación remitida por el Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de Tambogrande que despacha el Juez ELIO CESAR GAMARRA HERRERA, se ad-vierte que no se viene tramitando ningún proceso penal sumario con reo en cárcel; no se tramita ningún proceso ordinario con reos en cárcel o libre, con o sin plazo legal vencido. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL JUZGADO LIQUIDADOR DE CHULUCANAS Y PAITA; OPOR-TUNAMENTE NO HA REMITIDO LA INFORMACIÓN SOLICITADA.

ESTABLECIMIENTO PENAL DE PIURA

En el Establecimiento Penal de Piura, siendo las diez horas de la mañana del día once de Julio del año dos mil dieciséis, se reunió la Sala Penal Liquidadora integrada por los señores Jueces Superio-res JORGE OMAR SANTA MARIA MORILLO (Presidente), ANDRÉS ERNESTO VILLALTA PULACHE, MANUEL HORTENCIO ARRIE-TA RAMIREZ, la señora Fiscal Superior Janet Tuesta Castro, la Secretaria Rocío Delgado Ra-mos, el Relator Raúl Niño Castillo;

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes 20 de marzo del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGVPiura, miércoles 1° de abril de 2015 3

Partida Electrónica N° 03009382 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral No. I Sede Piura.DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 22 de abril de 2015, a horas 12.30 p.m. (Doce y treinta del mediodía)LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Civil de Piura, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Piura, en Calle Lima No. 997 - Segundo Piso, de la Ciudad de Piura - Piura.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación del inmueble materia de remate en Efectivo o Cheque de Gerencia negociable a su nombre, además de adjuntar DNI en original y copia, así como tasa judicial en original y copia por derecho a participar en el remate del inmueble, y se consignará en la tasa judicial a este Juzgado, número de expediente y el número de DNI o RUC del postor. Los honorarios del Martillero Público son de cargo del Adjudicatario conforme a la Ley No. 27728 - Ley del Martillero Público, están afectos al IGV y se cancelarán concluido el acto de remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público Registro N° 293; Especialista Legal Gina Maribel Llenque Moran, Segundo (2°) Juzgado Civil de Piura.Publicar por seis días.GINA MARIBEL LLENQUE MORÁN

Secretaria JudicialSegundo Juzgado Civil de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraGIANNI GASTTONE CHAVEZ

ENCISOMartillero PúblicoRegistro N° 293

F/124201°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

TERCERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL: Exp. N° 4033-2011-0-2001-JR-CI-5. En los seguidos por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. contra MELEN-DREZ BERMEO MARIA ALEJAN-DRINA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA.BIENES EN REMATE: El Quin-to Juzgado Especializado Civil de Piura, a cargo del Señor Juez, Jensen Francisco García Córdova, intervinien-do como Especialista Legal, Águeda Vanessa del Rossio Panta Cocios, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el Remate Público Judicial en Terce-ra Convocatoria de dos (02) bienes inmuebles de propiedad de la ejecuta-da Melendrez Bermeo María Alejandri-na, respetando el orden siguiente:1. BIEN INMUEBLE N° 01: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 20, calle César Pinglo, Distrito de La Unión, Provincia y Departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscri-tos en la Partida Electrónica N° P15081408 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 18,448.00 (Dieciocho mil cuatrocientos cuaren-ta y ocho y 00/100 Dólares America-nos). PRECIO BASE: US$. 8,885.78 (OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 78/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-

ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 14,194.42; 2) Asiento 00007, Modifi-cación y Ampliación de Hipoteca del Asiento 00006, hasta por S/. 18,777.32; 3) Asiento 00008, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 23,986.91; 4) Asiento 00009, Embar-go judicial de acciones y derechos de Melendrez Bermeo María Alejandrina hasta por la suma de S/. 10.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.2. BIEN INMUEBLE N° 02: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 05, calle Santa Rosa, Distrito de La Unión, pro-vincia y departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritos en la Partida Electrónica N° P15081393 del Regis-tro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 8,310.00 (Ocho mil trescientos diez y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$. 4,002.65 (CUATRO MIL DOS CON 65/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco del Trabajo hasta por S/. 7,128.00; y 2) Asiento 00007, Embar-go judicial hasta por S/. 15.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.FECHA, HORA Y LUGAR: El remate judicial de los dos (02) inmuebles men-cionados, respetando el orden antes indicado, se programa para el día VIERNES 10 DE ABRIL DE 2015 A LAS 09.00 Y 09.15 HORAS RES-PECTIVAMENTE EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO ESPE-CIALIZADO CIVIL DE PIURA, sede del Poder Judicial de Piura, sito en calle Lima N° 997, 2° piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Por cada inmue-ble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10% de cada valoriza-ción, adjuntar original y copia del DNI y/o RUC, del arancel judicial con Código N° 7153 por derecho de parti-cipación en remate de inmueble, indi-cando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: El adjudicatario paga los hono-rarios del Martillero Público más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamen-to (D.S. N° 008-2005-JUS), inmedia-tamente al finalizar la diligencia de remate. Piura, diciembre 17 de 2014. [email protected]. (51)(44) 94-936-5850 94-789-3343 34-7544 / RPM *661990.AGUEDA VANESSA DEL ROSARIO

PANTA COCIOSSecretaria Judicial

Quinto Juzgado Civil de PiuraCorte Superior de Justicia de PiuraGUILLERMO E. PAREDES LAN-

DAUROAbogado - Martillero Público Reg.

N° 210F/124211°, 6, 7 de abrilS/. 21,00

• REMATE BIENES MUEBLES

REMATE JUDICIAL EN PRIME-RA CONVOCATORIA

En el Expediente N° 283-2009, seguido por ESTUARDO REY MADRID con-tra TRANSPORTES GARCE SRL, sobre Pago de Beneficios Sociales, tramitado ante el Segundo Juzgado Laboral de Piura que despacha el Dr. Jhymmy Espinoza Correa, Especialis-ta Legal Dr. Oscar Valdiviezo Chapa, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA EL ÓMNIBUS MARCA HINO, CON PLACA DE RODAJE VG-4512, AÑO DE FABRICACIÓN 1990, N° DE SERIE RU1HHA40001, N° DE MOTOR H06CTL10768, PETROLERO, 06 CILINDROS, 37 PASAJEROS, CARROCERÍA METROPOLITANO.Tasación: Nueve mil veintidós con 86/100 dólares americanos (US$ 9,022.86).PRECIO BASE DEL REMATE: SEIS MIL QUINCE CON 24/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,015.24) equivalente a las dos terce-ras partes de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: EMBARGO hasta por la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles a favor de Estuardo Rey Madrid.LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En la cochera ubicada en la avenida Guardia Civil s/n (al costado de la granja) del Distrito de Castilla, Provincia y departamento de Piura, el día VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL 2015 A LAS NUEVE HORAS (9:00 a.m.).REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 902.29 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberá de presentar la tasa judicial por Participación en Remate en original y copia.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decre-to Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: [email protected], 27 de enero de 2015.

Oscar Fco. Valdiviezo ChapaSECRETARIO JUDICIAL

Segundo Juzgado Laboral-PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191930, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

2.- EDICTOS CLASIFICADOS

• SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIALExpediente N° 1960-2014-0-2001-JP-CI-04, solicitado por JULIO BENITES OLIVA, sobre SUCESIÓN INTESTADA solicitando se declare

como legítimo y universal heredero al solicitante; se ha ordenado notificar por EDICTO LO SIGUENTE: RESO-LUCIÓN N° CUATRO: ADMITIR A TRÁMITE LA PRESENTE SOLICI-TUD DE SUCESIÓN INTESTADA de don MANUEL BENITES DÍAZ (Falleció el 26-05-1968) Y MARIA OLIVA ROQUE, (Falleció el 16-07-1971); solicitada por su hijo don JULIO BENITES OLIVA, en la Vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con los medios probatorios que se ofre-cen y anexos que se acompañan.JUEZ: PIEDAD MAGDALENA TALLEDO GUARDERASESPECIALISTA: GUILLERMO GUTIERREZ PACHERRES.

Guillermo Gutierrez PacherresSECRETARIO JUDICIAL

Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraB/119301° de abrilS/. 5,00

• PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVADE DOMINIO

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEl Juzgado Mixto Transitorio de Casti-lla, ha dispuesto por Resolución N° 04 Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01, notificar por edictos al deman-dado MELCHOR RAMOS YARLE-QUE, con la Resolución N° 04 Auto Admisorio de fecha 22 de enero de 2015:Resolución N° 04 se resuelve ADMI-TIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía correspondiente al Proceso de abreviado; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189220, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTOEl Juzgado Mixto Transitorio de Cas-tilla, Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01; ha dispuesto por Resolución N° 04 de fecha 22 de enero de 2015: ADMITIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía abreviada; TÉNGASE por ofreci-dos los medios probatorios que indica.CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Notifíquese a los colindantes en el

3Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016PRECIO 0.025 POR PALABRA

a fin de realizarse la AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al SEGUNDO TRIMESTRE del año dos mil die-ciséis, con el objeto de revisar y verificar los procesos con reos en cárcel y audiencia señalada, en cumplimiento al Decreto Ley nú-mero veinticinco mil cuatrocientos sesenta y seis y de conformidad con el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinaria aprobado mediante Resolución Administra-tiva N° 008-2011-SP-CJ-PJ del 10 de marzo del 2011; teniendo a la vista las instrucciones pertinen-tes y relación presentada por la secretaría de esta Sala.----------------------El señor Presidente ABRIO la AUDIENCIA PÚBLICA EX-TRAORDINARIA.En este estado la secretaria da cuenta de la concurrencia de las delegadas del Penal de Mujeres de Sullana: SOCORRO SULLON DE SILVA, Delegada del pabe-llón A; SANDRA PEREZ RUIZ, del pabellón B; y, CAROL IMAN ZUIÑIGA, delegada del pabellón C; así como da cuenta de la in-concurrencia de los delegados del Establecimiento Penitenciario de Varones de Piura, pese a en-contrarse debidamente notifica-dos.------ Se deja constancia que la em-pleada del INPE Karla Olórtiga, se apersonó a esta sala portando una memoria USB, de la cual se ha obtenido e impreso la relación de internos del Establecimiento Penal de Varones de Piura; de la cual se observa una relación de i) mil ochenticuatro internos que se encuentran en la calidad de procesados, sin haberse preci-sado quienes tienen la calidad de condenados; siendo el primero que figura en dicha relación el in-terno MALBER ABAD ACHA, no figura su fecha de ingreso, por el delito de Tráfico Ilícito de drogas; siendo el último el interno GADDY MUSSORGSKY ZURITA SAN-TOS, por el delito de Violación Sexual Presunta .- Acto seguido se procede a la ve-rificación de la relación remitida por la directora del Establecimien-to Penal de Mujeres de Sullana, y se observa que existe una pobla-ción penitenciaria de: i) cuarenta y cuatro internas que se encuentran en calidad de procesadas y sen-tenciadas, siendo la primera YU-LIANA KATIANA ALAMA CLAVI-JO, con fecha de ingreso catorce de octubre del dos mil quince, por el delito contra la libertad; siendo la última DORIS JANET ZAPATA MOGOLLON, por el delito contra la Seguridad Pública, recluida desde el treinta de Abril del año dos mil dieciséis. Se aprueba la presente sin ninguna observa-ción.--- A continuación el señor Presiden-te de la Sala dispone que ingre-sen las Delegadas SOCORRO SULLON DE SILVA, Delegada del pabellón A; SANDRA PEREZ RUIZ, del pabellón B; y, CAROL IMAN ZUIÑIGA, delegada del pabellón C, a formular sus inquie-tudes. –La secretaria da cuenta que opor-tunamente se oficio para que se remitan a las internas sus copias de sentencias. En este estado el señor Presi-dente pregunta en que pabellón se encuentra la interna María Casariego Gutiérrez, de 70 años, para que se le hace conocer que se está remitiendo el oficio para su excarcelación, ya que la Corte

Suprema Lima, ha dispuesto su libertad, debido a que ha prescrito su causa de microcomercializa-ción, ya que los hechos ocurrie-ron en el año 2003.

PABELLON A.- DELEGADA SO-CORRO SULLON DE SILVA.- Mi pabellón alberga a 32 compa-ñeras, 16 por TID, 6 por extorsión, 1 por Trata de personas, 1 por se-cuestro, y 5 por robo. COLEGIADO: ¿Que inquietud tienen en el pabellón a su cargo?DELEGADA: Expresó que no hay ningún problema porque la mayoría son sentenciadas, salvo las que recién han llegado por extorsión.COLEGIADO: Mañana se va a ver la situación de las que están procesadas por extorsión.

PABELLON B.- DELEGADA SANDRA PEREZ RUIZ.En su cuadra albergan 34 inter-nas, 24 sentenciadas y 10 son procesadasCOLEGIADO: En su cuadra hay algún problema.DELEGADA: Si, quiero hacer de conocimiento la problemática de la interna Margarita Durand Mo-rales, en el mes de setiembre ha solicitado beneficio de Libertad Condicional, y hasta la fecha no le han notificado para audiencia alguna COLEGIADO: Por que delito está procesada. DELEGADA: Por tráfico ilícito de drogas. COLEGIADO: Sabe en que juz-gado está el cuaderno.DELEGADA: No, solo se que es el expediente N° 3200, creo que es el doctor Bernabé.COLEGIADO: Se ordena oficiar al juzgado correspondiente para que emita el informe correspon-diente.

PABELLON C.- CAROL IMAN ZUIÑIGAEn su pabellón hay 32 internas 22 sentenciadas 10 procesadas, 18 por droga , otras por robo agrava-do, Peculado, extorsión, lesiones. COLEGIADO: ¿Que inquietud tie-nen en su pabellón ?DELEGADA: La inquietud de una interna, ha pedido sus copias de sentencias en el mes de marzo y abril del 2016, y hasta la fecha no tiene respuesta, lo requiere por-que el mes que viene va a pedir su excarcelación, COLEGIADO: Donde fue senten-ciada. DELEGADA: En Piura. COLEGIADO: Que juzgado la sentenció. DELEGADA: Juzgado de investi-gación, Primera Sala .COLEGIADO: Cual es su caso. DELEGADA: Fui condenada a 3 años 5 meses, he pedido Semi Libertad, el 21 de abril comenzó las audiencias y terminó el 31 de mayo, lleva un mes quince días y hasta ahora no se pronuncia el juez, exp. N° 4247-2012-9 2° juz-gado penal unipersonalCOLEGIADO: Que juzgado tiene el expediente DELEGADA: El dr. Ernesto Berna-be Orellana COLEGIADO: Por que delito está procesada DELEGADA: Por marcaje ó re-glaje COLEGIADO: Se dispone oficiar al juez mencionado para que in-forme al respecto, según como resuelvan pero lo importante que le notifiquen la resolución. COLEGIADO: Actualmente

como les llega las sentencias DELEGADA: Por medio de la di-rección COLEGIADO: Antes no llegaban a tiempo porque las negociaban, actualmente no lo hacen por me-dio de familiares sino por la direc-ción.. DELEGADA: Efectivamente asi ocurrió con mi copia de sentencia que no me la entregaban, pero con el apoyo de ustedes me la remitieron.COLEGIADO: La entrega es per-sonalísima .Pregunta el señor juez Manuel Arrieta Ramírez.COLEGIADO: Porque delito esta sentenciada DELEGADA: Por marcaje ó re-glaje. COLEGIADO: Antes de pedir beneficio, primero se tiene que ver si de acuerdo al delito, la ley prohíbe ó no prohíbe el beneficio, por que de hecho el juez va a des-estimar, es una regla general.DELEGADA: Se tendrá en cuen-ta.No existiendo observación por parte de la señora Fiscal Superior presente.-Acto seguido, el Presidente de la Sala Penal agradece a todos los presentes por escuchar el desa-rrollo de la audiencia correspon-diente al segundo trimestre del año en curso; con lo que se dio por CONCLUIDA la presente Au-diencia Pública Extraordinaria, en el Penal de Piura siendo las diez y cuarenta horas.- FP: 17,18,19 Agosto

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2014-4490-73 GABRIEL ALEXANDER CHECA CALVA, delito TENENCIA ILEGAL DE ARMAS, agraviado EL ESTADO PROCURADOR PÚBLICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, DILIGENCIA 27-09-2016, 12:00 M., Sala del Penal de Rio Seco, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAP-TURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secre-tario: ASCOY FP: 18,19,20 Agosto

PRIMER JUZGADO DE INVES-TIGACION PREPARATORIA CASTILLA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2016-4887-0 a, IVAN REYES YARLEQUE GUTIERREZ, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SO-CIEDAD, NOTIFICACION, RES. 02 REPROGRAMAR FECHA DE AUDIENCIA PARA EL DÍA 25/08/2016 A HORAS 08:30 A.M EN EL LOCAL DE MÓSDULO DE CASTILLA. ; Secretario: Arica FP: 18,19,20 Agosto

SALA PENAL LIQUIDADORA, cita y emplaza a los siguientes

procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante:

Exp. 289-2007-0 MOISES ZURI-TA SAAVEDRA y ALCIBIADES CORDOVA CORDOVA, delito HOMICIDIO CALIFICADO, agra-viado SAUL GARCIA CORDOVA, NOTIFICACION; Secretario: DEL-GADOFP: 18,19,20 Agosto

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 020-2012-FA seguido por MARGARITA NUÑEZ CAMPOS en represen-tación de su hijo Luis Enrique Peña Núñez sobre ALIMENTOS contra JORGE PEÑA CAMPOS. Res. 10 de fecha 26.07.2016 se resolvió declarar consentida, la sentencia de fecha dos de agos-to del dos mil doce, la misma que resolvió declarar fundada en par-te de demanda presentada por la demandante en representación de su menor hijo contra el citado demandado sobre alimentos, consecuente se ordenó que el demandado en mención, cumple con acudir a favor de su hijo con una pensión alimenticia mensual y adelantada de cien nuevos so-les.JUEZ (S): Mónica Terrones Deza.Secretaria Judicial: Cyntia Vanes-sa Vives Pizarro.FP: 18,19,20 Agosto

CRÓNICAS JUDICIALES DE SENTENCIAS - MES DE JUNIO

DE 2016DRA. JACKELINE YALÁN LEAL

EXPEDIENTE 586-2013 CON-FIRMAR la sentencia materia de apelación contenida en la Resolu-ción N° 05, de fecha 09 de junio del 2014, en el extremo que de-claró Improcedente la demanda interpuesta por María Nancy Na-varro Huiman contra la Oficina de Normalización Previsional – ONP sobre pago de Intereses Legales. Juez Superior Ponente Dra. Jac-keline Yalán Leal. 01/06/2016.EXPEDIENTE 3811-2011 RE-VOCAR la sentencia materia de apelación, signada con Resolu-ción Número 15, de fecha 17 de agosto del 2015, inserta de folios 195 a 201, que declara Infundada la demanda contenciosa adminis-trativa interpuesta por el Sindicato Único de Trabajadores del Gobier-no Regional de Piura – SUTRA-GOBREG PIURA y Manuel Mejía Antón contra el Gobierno Regio-nal de Piura. Y REFORMANDO la sentencia recurrida se declara IMPROCEDENTE la demanda contenciosa administrativa inter-puesta por el Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno Regio-nal de Piura – SUTRAGOBREG PIURA y Manuel Mejía Antón contra el Gobierno Regional de Piura. Notifíquese y devuélvase el expediente a su juzgado de ori-gen. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 01/06/2016.EXPEDIENTE 791-015 CONFIR-MAR la sentencia materia de ape-lación signada como Resolución Nº 04 de fecha 21 de diciembre del 2015, inserta de folios 53 a 57, que declara Infundada la de-manda Contenciosa Administra-tiva interpuesta por doña Delida Urbina Gómez Vda. de Guerrero contra la Dirección Regional de Agricultura de Piura y el Gobierno

Piura, miércoles 1° de abril de 20154

domicilio que se indica en el escrito de demanda.Publíquese un extracto de la deman-da de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, la misma que se publicará por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República,Notifíquese al demandado Melchor Ramos Yarleque vía edictos, la misma que se publicará por 03 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189120, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTO JUDICIALExpediente 2376-2014-0-2001-JR-CI-1, seguido por CARRASCO ESPI-NOZA CESAR HECTOR contra VIGNATTI LINARES GIOVANNI ADRIAN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la Juez del 1er Juzg. Civil Piura, ULLOA PARAGULLA FANNY LUISA, Se trata de un Pro-ceso Abreviado de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a fin de que se le declare don Román Armando Ugarte Bernal propietario del bien mueble consistente en el vehículo Camión CGA 2 1/2 TN 6 x 6 sin placa de rodaje, marca REO, mode-lo M35 Repotenciado, color Verde, año de fabricación 1952, motor N° 344944-50-777329 Serie N°: 2320-160-0001-12, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpues-ta por CESAR HECTOR MARTIN CARRASCO ESPINOZA en repre-sentación de ROMAN ARMANDO UGARTE BERNAL sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, PUBLÍQUESE MEDIAN-TE EDICTOS UN EXTRACTO de la demanda por tres veces con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y en uno de mayor circula-ción de la ciudad.Piura, 25 de noviembre 2014.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

B/1191126 de marzo y 1°, 9 de abrilS/. 9,00

3.- NOTIFICACIONESPOR EDICTOS

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE 00042-2015-0-2012-JM-CI-01, La señora Juez (e) del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA en los autos seguidos por LUISA CHIRO-QUE RISCO VDA DE PURIZACA sobre VARIACIÓN DE CURADOR ha mandado se publique en el diario LA REPÚBLICA el siguiente edic-to: Resolución N°1 de fecha 25 de marzo de 2015: DECISIÓN: III.- DECISIÓN: Por tales razones, SE RESUELVE: 1.-ADMITIR a TRÁ-MITE la demanda de VARIACIÓN

DE CURADOR interpuesta por Luisa Chiroque Risco Vda. De Purizaca con-tra los sucesores de Angelita Risco de Chiroque y/o quien tenga legítimo inte-rés en la interdicta Gloria Chiroque Risco, en la vía del proceso sumarísi-mo. 2. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal. 3.- CORRER traslado a los demandados para que en el plazo de cinco días cumpla con contestar la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4.-Notificar con un extracto de la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el diario de los avisos judiciales “La República” a la parte demandada, para que en el término del quinto día de aparecida la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibi-miento de nombrárseles curador proce-sal. 5. AGREGAR a los autos los ane-xos que se adjunta.- Publicar por tres veces, en los diarios “El Peruano” y “La República”. FIRMADO - DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA. Juez del Juzgado Mixto - Sabina Chun-ga Espinoza.- Especialista Legal.

Dra. Sabina Chunga EspinozaESPECIALISTA LEGAL

Juzgado Mixto de CatacaosMódulo Básico de Justicia-CatacaosCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191830, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

JUZGADO CIVIL-PaitaEXPEDIENTE: 00185-2014-24-2005- JR-CI-01MATERIA: CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERALJUEZ: CORREA CASTRO DAVID FERNANDOESPECIALISTA: ELISEO REYES PACHERREZDEMANDADO: FLORES CALLE, EXILDA PRTE DEL CONCDE ADM DE ASOCDEMANDANTE: NAQUICHE GIRON, MANUELGONZA AGUILAR, ARNULFOCARHUAPOMA FLORES, SEGUNDOPAUCAR AVILA, REYNEIRO REPRESENTANTE DE ASOCIADOSResolución Nro. 02.Paita, 06 de marzo de 2015.-AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores del juzgado, así como las vacaciones del personal del juzgado en el mes de febrero; con el escrito de fecha 21/01/2015; Y CONSIDERANDO:1. De autos se puede observar que mediante resolución número uno se admite a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Avila contra Exilda Flores Calle.2. Que, la parte demandada ha sido debidamente notificado con la reso-lución número uno el día 20 de enero de 2015, habiéndose a la fecha ven-cido el plazo para interponer recur-so impugnatorio alguno; por lo que corresponde a esta judicatura conforme a las facultades conferidas por el artí-culo 50° Inciso 1) del Código Procesal Civil declarar consentida la resolución número uno (auto).DECISIÓN.Por estas consideraciones y norma cita-da: SE RESUELVE:1. DECLARAR CONSENTIDA la resolución uno (auto) de fecha 20 de

enero de 2015 que declara que resuel-ve Admitir a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Ávila contra Exilda Flores Calle.2. Al escrito de fecha 23/01/2015; presentado por los demandantes; no habiendo la parte demandada convo-cado a Asamblea General Extraordi-naria; como se solicita y conforme esta ordenado en autos, convóquese por este Juzgado; en consecuencia:3. CONVÓQUESE a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS, de la Asociación de Comerciantes del Complejo Comercial de la Zona Alta de Paita, la misma que se realizará día DOCE DE ABRIL del año en curso, a horas DIEZ DE LA MAÑANA en el domicilio de la socie-dad, para tratar la agenda materia de la demanda principal establecida en la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha 15 de diciem-bre de 2014, con la intervención de un Notario Público.4. DESÍGNESE al señor SEGUN-DO CARHUAPOMA FLORES como director de debates para tratar la agen-da ordenada. ABSTENIÉNDOSE de cualquier Convocatoria a Asamblea distinta a la ordenada en la sentencia.5. OFÍCIESE a la Policía Nacional del Perú, para que preste las garantías del caso en la citada asamblea.6. Notifíquese con las formalidades de ley.

Eliseo Reyes PacherrezSECRETARIO JUDICIAL

Juzgado Especializado Civil de PaitaCorte Superior de Justicia de Piura

B/119341°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

• CORTE SUPERIOR DE PIURA

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 09-2015-CI, peticionado por MILTON RUIZ MONTALVAN, sobre RECTIFICA-CIÓN DE SU PARTIDA DE NACI-MIENTO, en los siguientes extremos: Que al registrar los datos del titular se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal y margen derecho de la partida de nacimiento se encuentra con enmendadura en la cuarta letra del nombre del solicitante MILTON (se encuentra remarcado), así también en el cuerpo de dicha partida se encuentra con enmendadura el rubro del año de nacimiento, siendo lo correcto MIL NOVECIENTOS, respecto a los datos del padre en el rubro de la edad, lo correcto es TREINTA Y CINCO, así también en el rubro de la edad de la madre debe decir VEINTICUATRO y por último el nombre real de la madre del recurrente es PRIMITI-VA MONTALVAN JIMENEZ, y en la edad de la declarante lo correcto es VEINTICUATRO. RES. N° 01 de fecha veintitrés de marzo del presente año, RESUELVE: SEÑA-LAR FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 22-04-2015. Hora 10:00 AM.Juez: Dr. José Luis Silva Vargas.Secretaria Judicial: Cyntia Vanessa Vives Pizarro.

Cyntia Vanessa Vives Pizarro

SECRETARIA JUDICIALJuzgado de Paz Letrado-PacaipampaCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALLa Señora Presidenta de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Doctora Jackeline Yalán Leal y la Secretaria de Sala que suscribe, hacen saber lo siguiente:En el Expediente N° 01264-2012-0-2001-JR-LA-02, seguido por RIVAS DE ORDINOLA, AGUEDA contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo, se ha ordenado la publicación mediante EDICTO JUDICIAL del extracto de la RESOLUCIÓN N° 14 del 25 de marzo de 2015.- “1.- Se SUS-PENDA la continuación del proceso; hasta que se apersone la sucesión pro-cesal de la parte demandante fallecida: AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA;2.- Notifíquese a los herederos o suce-sión procesal de AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA, en el domicilio real señalado en autos: Caserío Charanal Alto s/n, Distrito de Chulucanas - Morropón, y el señalado en Ficha de la Reniec: Caserío San Martín Distrito de Chulucanas - Morropón; además de su domicilio procesal, notificándose un extracto de la presente resolución mediante edictos, para que cumplan con apersonarse al proceso en el plazo de treinta (30) días hábiles, debiendo presentar el documento de la declaratoria de herederos o sucesión intestada correspondiente así como su inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de designar-se curador procesal en caso de incumplimiento.3.- Se OFICIE al RENIEC para que Remita en el plazo de 10 días hábiles el acta de defunción del demandante.4.- Se REMITA por secretaria el correspondiente oficio adjuntando el edicto a publicarse por el plazo de 03 días en el diario de Avisos Judiciales “La República”.”Piura, 25 de marzo de 2015.

JACKELINE YALÁN LEALPresidenta

Sala Laboral TransitoriaCorte Superior de Justicia de Piura

JANET LLERENA NOLESecretaria de Sala

Sala Laboral Transitoria de PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto Transitorio de. Castilla, que Despacha la Juez Super-numeraria, Dra. RUTH LUCES-MITH DIAZ OLIVA y Especialista Judicial que da cuenta, en el Exp. N° 109-2011-CI-01, se ha resuelto lo siguiente, mediante Resolución Núme-ro Dos, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Divorcio por Causal de Separación de Hecho interpuesta por MIGUEL ALE-JANDRO ALVARADO LEON contra LIDIA AMANDA GARCÍA CALLE DE ALVARADO Y EL MINISTERIO PÚBLICO, en la vía del Proceso de Conocimiento, confiriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días hábiles a fin de que con-testen las misma, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días.-

4 Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016 PRECIO 0.025 POR PALABRA

Regional de Piura. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 02/06/2016.EXPEDIENTE 1677-2013 DECLA-RAR NULA la sentencia materia de apelación contenida en la Re-solución número 12, de fecha 28 de diciembre de 2015, inserta de folios 142 a 148, que declara Fun-dada la demanda interpuesta por Felipe Marcelo Sandoval contra la Oficina de Normalización Pre-visional, sobre impugnación de resolución administrativa Ficta, con los demás que contiene. DIS-PONER que el A quo emita nuevo pronunciamiento acorde con las consideraciones antes expues-tas, con observancia del principio de celeridad procesal. Juez Supe-rior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 02/06/2016.EXPEDIENTE 4031-2011 DECLA-RAR NULA la sentencia materia de apelación signada como Reso-lución Nº 14 de fecha 11 de junio del 2013, inserta de folios 257 a 262, que declara Infundada la demanda interpuesta por Rosario Mechato Flores contra la Oficina de Normalización Previsional so-bre Proceso Contencioso Admi-nistrativo. DISPONER que el Juez de la causa, emita nueva resolu-ción con arreglo a ley y teniendo en cuenta lo expuesto en la par-te considerativa, observando el principio de celeridad procesal recogido en el artículo V del Títu-lo Preliminar del Código Procesal Civil, bajo responsabilidad. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 02/06/2016.EXPEDIENTE 516-2014 DECLA-RAR NULA la sentencia materia de apelación signada como Re-solución Nº 07 de fecha 04 de di-ciembre del 2015, inserta de folios 94 a 98, que declara Infundada la demanda contenciosa administra-tiva interpuesta por don Gregorio Viera Ladines contra el Gobierno Regional de Piura. DISPONER que el Juez de la causa, emita nueva resolución con arreglo a ley y teniendo en cuenta lo expuesto en la parte considerativa, obser-vando el principio de celeridad procesal recogido en el artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Civil, bajo responsabili-dad. Juez Superior Ponente Dra. Jac-keline Yalán Leal. 02/06/2016.EXPEDIENTE 2265-2013 Se CONFIRME la Resolución N° 10 (sentencia), de fecha 14 de agos-to de 2015, que declaró fundada la demanda, en consecuencia, nula la Resolución de Oficina de Administración N° 318-2013/GOBIERNO REGIONAL PIURA - ORA que declaró infundado el recurso de apelación interpuesto contra la Carta N° 163-2013/GRP-48030 del 23 de julio de 2013 que declaró improcedente su solicitud de reincorporación; y ordena que la entidad demandada dentro del plazo de cinco días reponga a la demandante en sus labores habi-tuales que venía desempeñando o en otro de igual nivel o categoría con la misma remuneración que venía percibiendo y que ostenta-ba al momento de su cese; con lo demás que contiene y es materia de grado. Notifíquese a las partes procesales y remítase copia de la presente resolución al juzga-do de origen. Juez Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 07/06/016.EXPEDIENTE 137-2016 Declarar NULA la sentencia contenida en la sentencia contenida en la reso-lución N° 09, de fecha 09 de octu-

bre de 2015, que declaró fundada la demanda, y ordenó que se le reponga como Asistente Administrativo del área de Logística y se le restituyan las remuneraciones caídas desde enero de 2015 hasta su fecha de reincorporación, más devengados e intereses legales. ORDENAR que el juez de la causa proceda conforme a lo expuesto en la par-te considerativa de la presente resolución. Juez Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 07/06/016. EXPEDIENTE 1542-2014 REVO-CAR la sentencia contenida en la resolución Nº 06, de fecha 01 de diciembre de 2015, que decla-ró infundada la demanda. Y RE-FORMÁNDOLA declarar fundada la demanda; en consecuencia, nula la Resolución N° 000025747-2008-ONP/DPR.SC/DL 19990, del 18 de agosto de 2008, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto con-tra la Resolución N° 0000081423-2006-ONP/DC/DL 19990 del 21 de agosto de 2006; y ordenar a la entidad demandada emita nueva resolución otorgándole al deman-dante pensión de jubilación bajo el régimen general del Decreto Ley N° 19990; más devengados e intereses legales conforme a los artículos 1242, 1244, 1246 y 1249 del Código Civil. Sin costos ni cos-tas. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 07/06/2016.EXPEDIENTE 1865-2014 REVO-CAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 28 de enero del 2016, inserta de folios 52 a 57, que declara Fundada la demanda presentada por Rodri-go Salomón Calderon Tarazona contra la Oficina de Normaliza-ción Previsional sobre Proceso Contencioso Administrativo. En consecuencia declaro Nulas las Resoluciones fictas mediante las cuales se denegó la solicitud del actor referida al otorgamiento de la bonificación complementaria del 20% establecida en la Déci-mo Cuarta Disposición Transitoria del Decreto Ley N° 19990. Con lo demás que contiene. Y REFOR-MANDO la sentencia recurrida, se declara INFUNDADA LA DEMAN-DA interpuesta por Rodrigo Sa-lomón Calderon Tarazona contra la Oficina de Normalización Pre-visional sobre Proceso Conten-cioso Administrativo obrante de folios 16 a 23.Juez Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 07/06/2016.EXPEDIENTE 74-2015 REVO-CAR la sentencia contenida en la resolución Nº 09, de fecha 19 de enero de 2016, que declaró fun-dada en parte la demanda; nula la Resolución N° 000001150-2014-ONP/DRP/DL 19990 de fecha 29 de enero de 2014, que declaró infundado el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución N° 000027525-2009-ONP/DPR.SC/DL 19990; y ordenó que la demandada cumpla con expedir dentro del plazo de 15 días nueva resolución en la que se disponga se incluya el periodo laborado por el demandante reconocido en la presente sentencia; esto es, 22 años 01 mes y ocho días de apor-taciones al Sistema Nacional de Pensiones, procediendo a otor-garle una pensión de jubilación al accionante bajo el régimen gene-ral, más devengados e intereses legales. Y REFORMÁNDOLA declarar infundada la demanda. Juez Superior Ponente Dra. Jac-keline Yalán Leal. 07/06/2016.

EXPEDIENTE 1865-2014 REVO-CAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 28 de enero del 2016, inserta de folios 52 a 57, que declara Fundada la demanda presentada por Rodri-go Salomón Calderon Tarazona contra la Oficina de Normaliza-ción Previsional sobre Proceso Contencioso Administrativo. En consecuencia declaro Nulas las Resoluciones fictas mediante las cuales se denegó la solicitud del actor referida al otorgamiento de la bonificación complementaria del 20% establecida en la Déci-mo Cuarta Disposición Transitoria del Decreto Ley N° 19990. Con lo demás que contiene. Y REFOR-MANDO la sentencia recurrida, se declara INFUNDADA LA DEMAN-DA interpuesta por Rodrigo Sa-lomón Calderon Tarazona contra la Oficina de Normalización Pre-visional sobre Proceso Conten-cioso Administrativo obrante de folios 16 a 23. Juez Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 07/06/2016. EXPEDIENTE 2755-2012 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la resolución Nº 19, de fecha 08 de febrero de 2016, que decla-ró infundada la demanda. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 08/06/2016. EXPEDIENTE 1269-2013 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la resolución Nº 14, de fecha 17 de diciembre de 2015, que de-claró infundada la demanda. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 08/06/2016. EXPEDIENTE 2665-2013 Se CONFIRME la sentencia conteni-da en la resolución Nº 07 del 17 de noviembre de 2015, que de-claró fundada la demanda, nulas las resoluciones administrativas que desestimaron su pedido; y ordena que la demandada cumpla con expedir dentro del plazo de 15 días nueva resolución en la que se disponga se le otorgue al de-mandante mayores años de apor-taciones en los cuales incluya el periodo laborado por el accionan-te reconocido en la sentencia, mas los reconocidos por la ONP, que suman un total de 32 años 08 meses y 14 días de aportaciones al Sistema Nacional de Pensio-nes, procediendo a efectuar un nuevo cálculo de su pensión ini-cial, más el pago de devengados e intereses legales; con lo demás que contiene y es materia de gra-do. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 08/06/2016.EXPEDIENTE 1425-2014 CON-FIRMAR la sentencia materia de apelación contenida en la Resolu-ción N° 05, de fecha 12 de octubre de 2015, que declaró fundada en parte la demanda; nula la Reso-lución Directoral N° 0182 de fecha 31 de enero de 2014 en el extremo que reconoce en parte la bonifica-ción especial mensual por pre-paración de clases y evaluación equivalente al 30% a la deman-dante; y ordenó a la demandada Dirección Regional de Educación de Piura cumpla con expedir nue-va Resolución Administrativa, dentro del plazo de quince días hábiles de notificada la presente resolución. PRECISAR que el reintegro del concepto de bonifi-cación por preparación de clases y evaluación se realice desde el día siguiente a la vigencia del ar-tículo 1° de la Ley 25212, es decir a partir del 21 de mayo de 1990, y hasta la actualidad, con respec-tivos los intereses legales. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline

Yalán Leal. 08/06/2016.EXPEDIENTE 2506-2013 REVO-CAR la sentencia materia de ape-lación signada como Resolución Nº 07 de fecha 07 de agosto del 2015 inserta de folios 212 a 221, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Giullia-no Fernando Alban Dávila sobre Invalides e Ineficacia de Acto y Resolución Administrativa con-tra el Gobierno Regional de Piu-ra. Con lo demás que contiene. Y REFORMANDO la sentencia materia de apelación, se declara INFUNDADA LA DEMANDA pre-sentada por Giulliano Fernando Alban Dávila contra el Gobierno Regional de Piura sobre Proce-so Contencioso Administrativo obrante de folios 122 a 136.Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 08/06/2016.EXPEDIENTE 928-2015 CONFIR-MAR EN PARTE la sentencia ma-teria de apelación contenida en la Resolución N° 05 de fecha 23 de marzo del 2016, inserta de folios 91 a 97, en los extremos que re-suelve Declarar Fundada en Parte la demanda interpuesta por Ro-binson Saavedra Atoche Contra El Dirección Regional De Educa-ción Piura sobre Nulidad De Actos Administrativos (Liquidación y pago de la Bonificación Especial por Preparación de Clases). Y Nulas las Resoluciones Adminis-trativas Fictas, mediante el cual le deniegan la liquidación y pago de la bonificación especial men-sual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra y declarar infundado su recurso de apelación, así como nula la Reso-lución Gerencial Regional N°430-2015/GRP-GRDS, de fecha 22 de Junio de 2015. ORDENAR a la demandada Gobierno Regional de Piura CUMPLA con expedir nueva Resolución Administrativa, dentro del plazo de quince días hábiles de notificada la presente. REVOCAR la sentencia materia de apelación en los extremos que resuelve, Calcular la liquidación y disponer el pago al demandante de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evalua-ción, desde el nombramiento del demandante, siempre y cuando este se haya producido con poste-rioridad a la vigencia de la Ley N° 24029, que otorga dicho derecho, de no ser así se deberá realizar desde que entro en vigencia la invocada ley hasta la fecha de su cese. E Improcedente respecto al extremo de los intereses legales. Y REFORMANDO la sentencia venida en apelación, se ORDENA que la entidad demandada cum-pla con calcular el reintegro del concepto de bonificación espe-cial mensual por preparación de clases y evaluación desde el día siguiente a la vigencia del artícu-lo 1° de la Ley 25212, es decir a partir del 21 de mayo de 1990, y hasta la actualidad, con los res-pectivos intereses legales que serán liquidados en ejecución de sentencia. Confirmándola en lo demás que contiene. Juez Supe-rior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 09/06/2016.EXPEDIENTE 1513-2014 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 18 de noviembre del 2015, inserta de folios 90 a 96, que resuelve de-clarar Infundada la demanda in-terpuesta por José Natividad Na-muche Yovera contra la Oficina de Normalización Previsional. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes 20 de marzo del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGVPiura, miércoles 1° de abril de 2015 3

Partida Electrónica N° 03009382 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral No. I Sede Piura.DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 22 de abril de 2015, a horas 12.30 p.m. (Doce y treinta del mediodía)LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Civil de Piura, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Piura, en Calle Lima No. 997 - Segundo Piso, de la Ciudad de Piura - Piura.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación del inmueble materia de remate en Efectivo o Cheque de Gerencia negociable a su nombre, además de adjuntar DNI en original y copia, así como tasa judicial en original y copia por derecho a participar en el remate del inmueble, y se consignará en la tasa judicial a este Juzgado, número de expediente y el número de DNI o RUC del postor. Los honorarios del Martillero Público son de cargo del Adjudicatario conforme a la Ley No. 27728 - Ley del Martillero Público, están afectos al IGV y se cancelarán concluido el acto de remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público Registro N° 293; Especialista Legal Gina Maribel Llenque Moran, Segundo (2°) Juzgado Civil de Piura.Publicar por seis días.GINA MARIBEL LLENQUE MORÁN

Secretaria JudicialSegundo Juzgado Civil de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraGIANNI GASTTONE CHAVEZ

ENCISOMartillero PúblicoRegistro N° 293

F/124201°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

TERCERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL: Exp. N° 4033-2011-0-2001-JR-CI-5. En los seguidos por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. contra MELEN-DREZ BERMEO MARIA ALEJAN-DRINA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA.BIENES EN REMATE: El Quin-to Juzgado Especializado Civil de Piura, a cargo del Señor Juez, Jensen Francisco García Córdova, intervinien-do como Especialista Legal, Águeda Vanessa del Rossio Panta Cocios, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el Remate Público Judicial en Terce-ra Convocatoria de dos (02) bienes inmuebles de propiedad de la ejecuta-da Melendrez Bermeo María Alejandri-na, respetando el orden siguiente:1. BIEN INMUEBLE N° 01: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 20, calle César Pinglo, Distrito de La Unión, Provincia y Departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscri-tos en la Partida Electrónica N° P15081408 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 18,448.00 (Dieciocho mil cuatrocientos cuaren-ta y ocho y 00/100 Dólares America-nos). PRECIO BASE: US$. 8,885.78 (OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 78/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-

ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 14,194.42; 2) Asiento 00007, Modifi-cación y Ampliación de Hipoteca del Asiento 00006, hasta por S/. 18,777.32; 3) Asiento 00008, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 23,986.91; 4) Asiento 00009, Embar-go judicial de acciones y derechos de Melendrez Bermeo María Alejandrina hasta por la suma de S/. 10.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.2. BIEN INMUEBLE N° 02: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 05, calle Santa Rosa, Distrito de La Unión, pro-vincia y departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritos en la Partida Electrónica N° P15081393 del Regis-tro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 8,310.00 (Ocho mil trescientos diez y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$. 4,002.65 (CUATRO MIL DOS CON 65/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco del Trabajo hasta por S/. 7,128.00; y 2) Asiento 00007, Embar-go judicial hasta por S/. 15.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.FECHA, HORA Y LUGAR: El remate judicial de los dos (02) inmuebles men-cionados, respetando el orden antes indicado, se programa para el día VIERNES 10 DE ABRIL DE 2015 A LAS 09.00 Y 09.15 HORAS RES-PECTIVAMENTE EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO ESPE-CIALIZADO CIVIL DE PIURA, sede del Poder Judicial de Piura, sito en calle Lima N° 997, 2° piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Por cada inmue-ble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10% de cada valoriza-ción, adjuntar original y copia del DNI y/o RUC, del arancel judicial con Código N° 7153 por derecho de parti-cipación en remate de inmueble, indi-cando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: El adjudicatario paga los hono-rarios del Martillero Público más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamen-to (D.S. N° 008-2005-JUS), inmedia-tamente al finalizar la diligencia de remate. Piura, diciembre 17 de 2014. [email protected]. (51)(44) 94-936-5850 94-789-3343 34-7544 / RPM *661990.AGUEDA VANESSA DEL ROSARIO

PANTA COCIOSSecretaria Judicial

Quinto Juzgado Civil de PiuraCorte Superior de Justicia de PiuraGUILLERMO E. PAREDES LAN-

DAUROAbogado - Martillero Público Reg.

N° 210F/124211°, 6, 7 de abrilS/. 21,00

• REMATE BIENES MUEBLES

REMATE JUDICIAL EN PRIME-RA CONVOCATORIA

En el Expediente N° 283-2009, seguido por ESTUARDO REY MADRID con-tra TRANSPORTES GARCE SRL, sobre Pago de Beneficios Sociales, tramitado ante el Segundo Juzgado Laboral de Piura que despacha el Dr. Jhymmy Espinoza Correa, Especialis-ta Legal Dr. Oscar Valdiviezo Chapa, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA EL ÓMNIBUS MARCA HINO, CON PLACA DE RODAJE VG-4512, AÑO DE FABRICACIÓN 1990, N° DE SERIE RU1HHA40001, N° DE MOTOR H06CTL10768, PETROLERO, 06 CILINDROS, 37 PASAJEROS, CARROCERÍA METROPOLITANO.Tasación: Nueve mil veintidós con 86/100 dólares americanos (US$ 9,022.86).PRECIO BASE DEL REMATE: SEIS MIL QUINCE CON 24/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,015.24) equivalente a las dos terce-ras partes de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: EMBARGO hasta por la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles a favor de Estuardo Rey Madrid.LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En la cochera ubicada en la avenida Guardia Civil s/n (al costado de la granja) del Distrito de Castilla, Provincia y departamento de Piura, el día VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL 2015 A LAS NUEVE HORAS (9:00 a.m.).REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 902.29 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberá de presentar la tasa judicial por Participación en Remate en original y copia.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decre-to Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: [email protected], 27 de enero de 2015.

Oscar Fco. Valdiviezo ChapaSECRETARIO JUDICIAL

Segundo Juzgado Laboral-PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191930, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

2.- EDICTOS CLASIFICADOS

• SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIALExpediente N° 1960-2014-0-2001-JP-CI-04, solicitado por JULIO BENITES OLIVA, sobre SUCESIÓN INTESTADA solicitando se declare

como legítimo y universal heredero al solicitante; se ha ordenado notificar por EDICTO LO SIGUENTE: RESO-LUCIÓN N° CUATRO: ADMITIR A TRÁMITE LA PRESENTE SOLICI-TUD DE SUCESIÓN INTESTADA de don MANUEL BENITES DÍAZ (Falleció el 26-05-1968) Y MARIA OLIVA ROQUE, (Falleció el 16-07-1971); solicitada por su hijo don JULIO BENITES OLIVA, en la Vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con los medios probatorios que se ofre-cen y anexos que se acompañan.JUEZ: PIEDAD MAGDALENA TALLEDO GUARDERASESPECIALISTA: GUILLERMO GUTIERREZ PACHERRES.

Guillermo Gutierrez PacherresSECRETARIO JUDICIAL

Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraB/119301° de abrilS/. 5,00

• PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVADE DOMINIO

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEl Juzgado Mixto Transitorio de Casti-lla, ha dispuesto por Resolución N° 04 Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01, notificar por edictos al deman-dado MELCHOR RAMOS YARLE-QUE, con la Resolución N° 04 Auto Admisorio de fecha 22 de enero de 2015:Resolución N° 04 se resuelve ADMI-TIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía correspondiente al Proceso de abreviado; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189220, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTOEl Juzgado Mixto Transitorio de Cas-tilla, Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01; ha dispuesto por Resolución N° 04 de fecha 22 de enero de 2015: ADMITIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía abreviada; TÉNGASE por ofreci-dos los medios probatorios que indica.CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Notifíquese a los colindantes en el

5Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016PRECIO 0.025 POR PALABRA

Yalán Leal. 09/06/2016.EXPEDIENTE 2021-2013 CON-FIRMAR la sentencia materia de apelación contenida en la Reso-lución N° 11, de fecha 22 de oc-tubre del 2015, inserta de folios 105 a 112, que declara Fundada en Parte la demanda interpuesta por don Juan Francisco Villegas Silva contra la Oficina de Norma-lización Previsional sobre Impug-nación de Resolución Administra-tiva. Nula la Resolución ficta que deniega su recurso de apelación interpuesto contra la resolución ficta que deniega su solicitud de fecha abril del 2012; solo en el ex-tremo concerniente al pago de In-tereses Legales correspondientes por el período del 01 de diciembre del año 1990 al 31 de julio del año 1993. Con lo demás que contiene. Juez Superior Ponente Dra. Jac-keline Yalán Leal. 09/06/2016.EXPEDIENTE 1030-2013 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 17 de fecha 28 de diciembre del año 2015, inserta de folios 229 a 240, que resuelve declarar Infundada la Acción Contenciosa Administra-tiva interpuesta por José Hipólito Ancajima Correa contra la Oficina de Normalización Previsional so-bre Reconocimiento de años de aportaciones. Juez Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 10/06/2016.EXPEDIENTE 2578-2015 REVO-CAR la sentencia materia de ape-lación signada como Resolución Nº 15 de fecha 29 de enero del 2016, inserta de folios 405 a 418, que declara Fundada en Parte la demanda presentada por Rodolfo Guillen Ramírez contra el Gobier-no Regional de Piura sobre Pro-ceso Contencioso Administrativo. Con lo demás que contiene. Y RE-FORMANDO la sentencia materia de apelación, se declara INFUN-DADA LA DEMANDA presentada por Rodolfo Guillen Ramírez con-tra el Gobierno Regional de Piura sobre Proceso Contencioso Admi-nistrativo obrante de folios 167 a 193. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 10/06/2016.EXPEDIENTE 218-2016 REVO-CAR la sentencia contenida en la resolución Nº 07, de fecha 03 de agosto de 2015, que declaró fun-dada la demanda, en consecuen-cia, nula la Resolución de Conse-jo Universitario N° 1050-CU-2014 de fecha 16 de setiembre de 2014, que declaró infundado el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Rectoral N° 1867-E-2014 del 25 de junio de 2014, que declaró improcedente el pedido del demandante; y or-denó que la demanda dentro del plazo de 15 días hábiles expida nueva resolución administrativa mediante la cual se le reconozca al demandante el pago de la bo-nificación diferencial que reclama de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 del Decreto Legislati-vo N° 276 en concordancia con el artículo 124 del Decreto Supre-mo N° 005-90-PCM, teniendo en cuenta el periodo que ha ejercido el cargo de la facultad de Cien-cias Sociales y Educación de la Universidad Nacional de Piura y desde la fecha que culminó su última designación como decano. Y REFORMÁNDOLA declarar in-fundada la demanda. Juez Supe-rior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 13/06/2016.EXPEDIENTE 493-2014 CONFIR-MAR la sentencia contenida en la resolución N° 08, de fecha 09 de diciembre de 2015, en el extremo

que declaró fundada en parte la demanda, nula en parte la Reso-lución de Alcaldía N° 037-2014 que declara infundado el recurso de apelación interpuesto contra la resolución ficta que declara im-procedente su solicitud, y ordena que la demandada cumpla dentro del término de quince días de no-tificada con la presente proceda a emitir nueva resolución reco-nociendo y calculando el pago de vacaciones, aguinaldos y escola-ridad por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1999 hasta el 31 de enero de 2009; e infundada la pretensión de subsi-dios por fallecimiento, gastos de sepelio, luto e incentivos o boni-ficaciones por ley. REVOCAR en el extremo que declaró infundado el pago de derechos derivados de negociación colectiva, Y REFOR-MÁNDOLA declarar improceden-te; dejando a salvo el derecho de la actora para que lo haga valer con arreglo a Ley. Con lo demás que contiene y es materia de gra-do. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 13/06/2016.EXPEDIENTE 871-2013 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 14 de fecha 09 de noviembre del 2015, inserta de folios 171 a 179, que resuelve: Declarar Fundada la demanda interpuesta por María Alejandrina Nima Pulache en calidad de Su-cesora Procesal de Jacinto Nima Delfín contra la Oficina de Norma-lización Previsional sobre Impug-nación de Resolución Administra-tiva. Con lo demás que contiene. Juez Superior Ponente Dra. Jac-keline Yalán Leal. 13/06/2016.EXPEDIENTE 1681-2009 REVO-CAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 31 de fecha 02 de diciembre del 2015, inserta de folios 370 a 377, que resuel-ve declarar Infundada la Acción Contenciosa Administrativa inter-puesta por Carlos Enrique Casti-llo Martínez contra la Oficina de Normalización Previsional sobre Impugnación de Resolución Ad-ministrativa (Otorgamiento de Pensión de Jubilación). Y REFORMANDO la sentencia materia de apelación, se declara FUNDADA LA DEMANDA inter-puesta por Carlos Enrique Casti-llo Martínez contra la Oficina de Normalización Previsional sobre Impugnación de Resolución Ad-ministrativa (Otorgamiento de Pensión de Jubilación). ORDE-NAR a la entidad demandada emi-ta nueva resolución administrativa reconociendo al demandante los periodos de aportaciones del 06 de mayo de 1968 hasta el 30 de noviembre de 1973, que juntos con los reconocidos por esta mis-ma, suman un total de 23 años, 10 meses y 24 días de aportaciones al Sistema Nacional de Pensio-nes, debiendo otorgársele al ac-tor pensión de Jubilación bajo el Régimen General, más el pago de devengados e intereses lega-les, teniendo en cuenta la tasa de interés legal, fijada por el Banco Central de Reserva del Perú, pero con la limitación del artículo 1249° del Código Civil. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 15/06/2016.EXPEDIENTE 390-2013 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 16 de fecha 19 de octubre de 2015, obrante de folios 135 a 142 que resuel-ve: Declarar Fundada en Parte la demanda interpuesta por Eliseo Escobedo Salazar contra la Ofi-cina de Normalización Previsional

sobre Impugnación de Resolu-ción Administrativa. Con lo demás que contiene. Juez Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 16/06/2016.EXPEDIENTE 1098-2014 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la resolución Nº 07, de fecha 03 de noviembre de 2015, en el extremo que declaró fundada en parte la demanda, en consecuen-cia, declaró nula la Resolución de Alcaldía N° 77-2014-A/MPP sola-mente en el extremo que declara improcedente su solicitud de rein-tegro de haberes por 32 días im-pagos con sus respectivos intere-ses devengados; y ordena que la Municipalidad Provincial de Piura expida dentro del plazo de quince días nueva resolución adminis-trativa disponiendo se efectúe el cálculo y pago de los haberes por 32 días impagos, más intereses legales. INTEGRAR la sentencia recurrida en el sentido que se declara infundada la demanda en el extremo que se peticiona la ni-velación de remuneración. Con lo demás que contiene y es materia de grado. Juez Superior Ponente Dra. Jac-keline Yalán Leal. 20/06/2016.EXPEDIENTE 696-2015 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la resolución Nº 04, de fecha 14 de marzo de 2016, que declaró fundada la demanda, en conse-cuencia, declaró la nulidad parcial de la Resolución de Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar N° 1196-2014-GRHB-GG-PJ del 02 de setiembre de 2014, y de la Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Ju-dicial N° 681-2014-GGPJ del 18 de diciembre de 2014; y ordenó que dentro del plazo de quince días se expida nueva resolución la cual se reconozca el derecho de pensión de cesantía definitiva del demandante, en aplicación de la Ley N° 29718, vigente al mo-mento del cese, comprendiendo el bono por función jurisdiccional cuyo monto estará determinado por los porcentajes establecidos en la Ley N° 29718 y en la Ley N° 28449, reconociendo tal pensión desde el 15 de setiembre de 2011, más devengados e intereses lega-les; con lo demás que contiene y es materia de grado. Juez Supe-rior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 20/06/2016.EXPEDIENTE 1522-2011 Se CONFIRME la sentencia conteni-da en la resolución Nº 11, de fecha 15 de julio de 2014, que declaró fundada en parte la demanda, en consecuencia, nulos los Memo-randos EF/92 6120, N° 934-2010, del 03de diciembre de 2010; y N° EF/92 350 N° 366-2011; y ordeno que la entidad demandada emita nuevo memorando o resolución administrativa pronunciándose sobre las faltas imputadas a la demandante, observando para el caso lo señalado en los funda-mentos expuestos en la presente sentencia, y demás normas y principios que regulan la potestad sancionatoria del Estado; con lo demás que contiene y es mate-ria de grado. Juez Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 20/06/2016.EXPEDIENTE 1711-2014 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la resolución Nº 05, de fecha 16 de noviembre de 2015, que de-claró infundada la demanda. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 20/06/2016.EXPEDIENTE 547-2013 CONFIR-MAR la sentencia contenida en la

resolución Nº 12, de fecha 29 de setiembre de 2015, que declaró infundada la demanda. Juez Su-perior Ponente Dra. Jackeline Ya-lán Leal. 20/06/2016.EXPEDIENTE 531-2010 Declarar NULA la sentencia contenida en la resolución N° 06, de fecha 18 de marzo de 2015, que declaró in-fundada la demanda. ORDENAR que la juez de la causa proceda conforme a lo expuesto en la par-te considerativa de la presente resolución. Juez Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 22/06/2016.EXPEDIENTE 209-2016 DECLA-RAR NULA la sentencia materia de apelación signada como Reso-lución Nº 10 de fecha 03 de febre-ro del 2016, inserta de folios 1095 a 1102, que declara Infundada la demanda interpuesta por Atilio Montes Tineo contra la Municipa-lidad Distrital de Huarmaca sobre Nulidad de Resolución Adminis-trativa. DISPONER que el Juez de la causa, emita nueva resolu-ción con arreglo a ley y teniendo en cuenta lo expuesto en la par-te considerativa, observando el principio de celeridad procesal recogido en el artículo V del Títu-lo Preliminar del Código Procesal Civil, bajo responsabilidad. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 22/06/2016.EXPEDIENTE 1124-2015 Se CONFIRME la sentencia conte-nida en la resolución N° 04, de fecha 29 de octubre de 2015, que declaró fundada en parte la demanda, en consecuencia, proceda al cumplimiento del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Regional N° 3556 de fecha 17 de junio de 2010, que resuelve asignar al de-mandante la suma de S/.3,617.94 nuevos soles por Compensación por Tiempo de Servicios de trein-ta años; y ordena que la parte demandada dentro del plazo de quince días proceda a presupues-tar y priorizar el pago bajo, bajo apercibimiento de aplicar lo dis-puesto en el inciso 4 del artículo 41 del D.S. N° 013-2008-JUS; con lo demás que contiene y es ma-teria de grado. Juez Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 23/06/2016.EXPEDIENTE 303-2016 APRO-BAR la consulta de la resolución Nº 02, de fecha 18 de enero de 2016, que resuelve rechazar la inhibición por territorio efectuada por el Juez del Segundo Juzgado de Trabajo de Piura. DISPONER que el Juez del Tercer Juzga-do Laboral Transitorio de Piura conozca de la presente causa, a quien se remitirá la presente causa. COMUNICAR al Juez del Juzgado Mixto de Castilla la pre-sente resolución. Juez Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 23/06/2016.FP: 18,19,20 Agosto

CRÓNICAS JUDICIALES DE AUTOS - MES DE JUNIO DE

2016DRA. JACKELINE YALÁN LEALEXPEDIENTE 180-2016-30 Se CONFIRME la resolución N° 09, de fecha 09 de noviembre de 2015, en el extremo que declaró infundadas las excepciones de incompetencia por razón de la especialidad y de caducidad for-muladas por la Marina de Guerra del Perú. Se REVOQUE en el extremo que declaró infundada la excepción de falta de agota-miento de la vía administrativa,

Piura, miércoles 1° de abril de 20154

domicilio que se indica en el escrito de demanda.Publíquese un extracto de la deman-da de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, la misma que se publicará por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República,Notifíquese al demandado Melchor Ramos Yarleque vía edictos, la misma que se publicará por 03 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189120, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTO JUDICIALExpediente 2376-2014-0-2001-JR-CI-1, seguido por CARRASCO ESPI-NOZA CESAR HECTOR contra VIGNATTI LINARES GIOVANNI ADRIAN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la Juez del 1er Juzg. Civil Piura, ULLOA PARAGULLA FANNY LUISA, Se trata de un Pro-ceso Abreviado de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a fin de que se le declare don Román Armando Ugarte Bernal propietario del bien mueble consistente en el vehículo Camión CGA 2 1/2 TN 6 x 6 sin placa de rodaje, marca REO, mode-lo M35 Repotenciado, color Verde, año de fabricación 1952, motor N° 344944-50-777329 Serie N°: 2320-160-0001-12, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpues-ta por CESAR HECTOR MARTIN CARRASCO ESPINOZA en repre-sentación de ROMAN ARMANDO UGARTE BERNAL sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, PUBLÍQUESE MEDIAN-TE EDICTOS UN EXTRACTO de la demanda por tres veces con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y en uno de mayor circula-ción de la ciudad.Piura, 25 de noviembre 2014.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

B/1191126 de marzo y 1°, 9 de abrilS/. 9,00

3.- NOTIFICACIONESPOR EDICTOS

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE 00042-2015-0-2012-JM-CI-01, La señora Juez (e) del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA en los autos seguidos por LUISA CHIRO-QUE RISCO VDA DE PURIZACA sobre VARIACIÓN DE CURADOR ha mandado se publique en el diario LA REPÚBLICA el siguiente edic-to: Resolución N°1 de fecha 25 de marzo de 2015: DECISIÓN: III.- DECISIÓN: Por tales razones, SE RESUELVE: 1.-ADMITIR a TRÁ-MITE la demanda de VARIACIÓN

DE CURADOR interpuesta por Luisa Chiroque Risco Vda. De Purizaca con-tra los sucesores de Angelita Risco de Chiroque y/o quien tenga legítimo inte-rés en la interdicta Gloria Chiroque Risco, en la vía del proceso sumarísi-mo. 2. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal. 3.- CORRER traslado a los demandados para que en el plazo de cinco días cumpla con contestar la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4.-Notificar con un extracto de la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el diario de los avisos judiciales “La República” a la parte demandada, para que en el término del quinto día de aparecida la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibi-miento de nombrárseles curador proce-sal. 5. AGREGAR a los autos los ane-xos que se adjunta.- Publicar por tres veces, en los diarios “El Peruano” y “La República”. FIRMADO - DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA. Juez del Juzgado Mixto - Sabina Chun-ga Espinoza.- Especialista Legal.

Dra. Sabina Chunga EspinozaESPECIALISTA LEGAL

Juzgado Mixto de CatacaosMódulo Básico de Justicia-CatacaosCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191830, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

JUZGADO CIVIL-PaitaEXPEDIENTE: 00185-2014-24-2005- JR-CI-01MATERIA: CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERALJUEZ: CORREA CASTRO DAVID FERNANDOESPECIALISTA: ELISEO REYES PACHERREZDEMANDADO: FLORES CALLE, EXILDA PRTE DEL CONCDE ADM DE ASOCDEMANDANTE: NAQUICHE GIRON, MANUELGONZA AGUILAR, ARNULFOCARHUAPOMA FLORES, SEGUNDOPAUCAR AVILA, REYNEIRO REPRESENTANTE DE ASOCIADOSResolución Nro. 02.Paita, 06 de marzo de 2015.-AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores del juzgado, así como las vacaciones del personal del juzgado en el mes de febrero; con el escrito de fecha 21/01/2015; Y CONSIDERANDO:1. De autos se puede observar que mediante resolución número uno se admite a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Avila contra Exilda Flores Calle.2. Que, la parte demandada ha sido debidamente notificado con la reso-lución número uno el día 20 de enero de 2015, habiéndose a la fecha ven-cido el plazo para interponer recur-so impugnatorio alguno; por lo que corresponde a esta judicatura conforme a las facultades conferidas por el artí-culo 50° Inciso 1) del Código Procesal Civil declarar consentida la resolución número uno (auto).DECISIÓN.Por estas consideraciones y norma cita-da: SE RESUELVE:1. DECLARAR CONSENTIDA la resolución uno (auto) de fecha 20 de

enero de 2015 que declara que resuel-ve Admitir a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Ávila contra Exilda Flores Calle.2. Al escrito de fecha 23/01/2015; presentado por los demandantes; no habiendo la parte demandada convo-cado a Asamblea General Extraordi-naria; como se solicita y conforme esta ordenado en autos, convóquese por este Juzgado; en consecuencia:3. CONVÓQUESE a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS, de la Asociación de Comerciantes del Complejo Comercial de la Zona Alta de Paita, la misma que se realizará día DOCE DE ABRIL del año en curso, a horas DIEZ DE LA MAÑANA en el domicilio de la socie-dad, para tratar la agenda materia de la demanda principal establecida en la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha 15 de diciem-bre de 2014, con la intervención de un Notario Público.4. DESÍGNESE al señor SEGUN-DO CARHUAPOMA FLORES como director de debates para tratar la agen-da ordenada. ABSTENIÉNDOSE de cualquier Convocatoria a Asamblea distinta a la ordenada en la sentencia.5. OFÍCIESE a la Policía Nacional del Perú, para que preste las garantías del caso en la citada asamblea.6. Notifíquese con las formalidades de ley.

Eliseo Reyes PacherrezSECRETARIO JUDICIAL

Juzgado Especializado Civil de PaitaCorte Superior de Justicia de Piura

B/119341°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

• CORTE SUPERIOR DE PIURA

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 09-2015-CI, peticionado por MILTON RUIZ MONTALVAN, sobre RECTIFICA-CIÓN DE SU PARTIDA DE NACI-MIENTO, en los siguientes extremos: Que al registrar los datos del titular se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal y margen derecho de la partida de nacimiento se encuentra con enmendadura en la cuarta letra del nombre del solicitante MILTON (se encuentra remarcado), así también en el cuerpo de dicha partida se encuentra con enmendadura el rubro del año de nacimiento, siendo lo correcto MIL NOVECIENTOS, respecto a los datos del padre en el rubro de la edad, lo correcto es TREINTA Y CINCO, así también en el rubro de la edad de la madre debe decir VEINTICUATRO y por último el nombre real de la madre del recurrente es PRIMITI-VA MONTALVAN JIMENEZ, y en la edad de la declarante lo correcto es VEINTICUATRO. RES. N° 01 de fecha veintitrés de marzo del presente año, RESUELVE: SEÑA-LAR FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 22-04-2015. Hora 10:00 AM.Juez: Dr. José Luis Silva Vargas.Secretaria Judicial: Cyntia Vanessa Vives Pizarro.

Cyntia Vanessa Vives Pizarro

SECRETARIA JUDICIALJuzgado de Paz Letrado-PacaipampaCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALLa Señora Presidenta de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Doctora Jackeline Yalán Leal y la Secretaria de Sala que suscribe, hacen saber lo siguiente:En el Expediente N° 01264-2012-0-2001-JR-LA-02, seguido por RIVAS DE ORDINOLA, AGUEDA contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo, se ha ordenado la publicación mediante EDICTO JUDICIAL del extracto de la RESOLUCIÓN N° 14 del 25 de marzo de 2015.- “1.- Se SUS-PENDA la continuación del proceso; hasta que se apersone la sucesión pro-cesal de la parte demandante fallecida: AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA;2.- Notifíquese a los herederos o suce-sión procesal de AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA, en el domicilio real señalado en autos: Caserío Charanal Alto s/n, Distrito de Chulucanas - Morropón, y el señalado en Ficha de la Reniec: Caserío San Martín Distrito de Chulucanas - Morropón; además de su domicilio procesal, notificándose un extracto de la presente resolución mediante edictos, para que cumplan con apersonarse al proceso en el plazo de treinta (30) días hábiles, debiendo presentar el documento de la declaratoria de herederos o sucesión intestada correspondiente así como su inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de designar-se curador procesal en caso de incumplimiento.3.- Se OFICIE al RENIEC para que Remita en el plazo de 10 días hábiles el acta de defunción del demandante.4.- Se REMITA por secretaria el correspondiente oficio adjuntando el edicto a publicarse por el plazo de 03 días en el diario de Avisos Judiciales “La República”.”Piura, 25 de marzo de 2015.

JACKELINE YALÁN LEALPresidenta

Sala Laboral TransitoriaCorte Superior de Justicia de Piura

JANET LLERENA NOLESecretaria de Sala

Sala Laboral Transitoria de PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto Transitorio de. Castilla, que Despacha la Juez Super-numeraria, Dra. RUTH LUCES-MITH DIAZ OLIVA y Especialista Judicial que da cuenta, en el Exp. N° 109-2011-CI-01, se ha resuelto lo siguiente, mediante Resolución Núme-ro Dos, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Divorcio por Causal de Separación de Hecho interpuesta por MIGUEL ALE-JANDRO ALVARADO LEON contra LIDIA AMANDA GARCÍA CALLE DE ALVARADO Y EL MINISTERIO PÚBLICO, en la vía del Proceso de Conocimiento, confiriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días hábiles a fin de que con-testen las misma, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días.-

6 Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016 PRECIO 0.025 POR PALABRA

Y REFORMÁNDOLA se declare fundada en parte en el extremo que se peticiona el pago de Com-pensación por Tiempo de Servi-cios, en consecuencia, nulo todo lo actuado y por concluido el pro-ceso respecto a esta pretensión; e infundada en cuanto al pago de pago de asignación familiar, gra-tificaciones y vacaciones truncas.Envíese copias de lo resuelto al juzgado, conservándose el origi-nal de la resolución con el cua-derno de apelación en el archivo de este Colegiado (Artículo 383° del CPC). Jueza Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 01/06/2016.EXPEDIENTE 709-2015 DECLA-RAR NULO el auto materia de apelación signado como Resolu-ción Nº 05 de fecha 26 de octubre del 2016, inserta a folios 59, que resuelve Rechazar la demanda propuesta por don Víctor Hugo Ludeña Juárez contra el Gobierno Regional de Piura. DISPONER que el Juez de la causa, emita nueva resolución con arreglo a ley y teniendo en cuenta lo expuesto en la parte considerativa, obser-vando el principio de celeridad procesal recogido en el artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Civil, bajo responsabili-dad. Jueza Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 01/06/2016.EXPEDIENTE 280-2016-59 CON-FIRMAR la Resolución Nº 05, de fecha 11 de julio de 2014, inserta en copias certificadas de folios 504 a 509, que resuelve declarar Infundada la excepción de pres-cripción extintiva deducida por la parte demandada Procuradora Publica del Gobierno Regional de Piura. Jueza Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 02/06/2016.EXPEDIENTE 314-2016-37 CON-FIRMAR el Auto materia de ape-lación contenido en la Resolución N° 37 de fecha 22 de octubre del año 2015, inserta en copias cer-tificadas de folios 139 a 141 en el extremo que resuelve Imponer multa de 01 Unidad de Referencia Procesal a la Municipalidad Pro-vincial de Paita.Envíese copia de la presente re-solución al juzgado de origen. Interviene en la presente causa la Jueza Superior Nizama Már-quez por impedimento del Juez Superior Dr. Correa Castro. Jueza Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 07/06/2016EXPEDIENTE 1717-2015 RE-VOCAR el auto contenido en la resolución N° 03, de fecha 22 de marzo de 2016, en el extremo que declaró fundada la excepción de caducidad planteada por la em-plazada, y en consecuencia, im-procedente la demanda.Y REFORMÁNDOLA declarar infundada la excepción de cadu-cidad propuesta por la demanda-da. ORDENAR que la juzgadora emita pronunciamiento sobre la excepción de oscuridad y ambi-güedad en el modo de proponer la demanda deducida por la deman-dada; y continúe con el trámite del proceso. Jueza Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 08/06/2016EXPEDIENTE 2283-2013-62 RE-VOCAR el auto contenido en la Resolución número 17, de fecha 24 de agosto del año 2015, inser-ta en copias certificadas de folios 211 a 212 en el extremo que re-suelve Imponer multa de 01 Uni-dad de Referencia Procesal. Y REFORMANDO el auto materia de apelación, déjese sin efecto la

Multa impuesta mediante Reso-lución número 17, de fecha 24 de agosto del año 2015.Envíese copias de lo resuelto al juzgado, conservándose el origi-nal de la resolución con el cua-derno de apelación en el archivo de este Colegiado (Artículo 383° del CPC). Jueza Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 08/06/2016.EXPEDIENTE 2114-2011-51 De-clarar NULO el auto contenido en la resolución Nº 28, de fecha 12 de enero de 2015, en el extremo que requirió a la demandada cum-pla en el plazo de siete días há-biles con emitir nueva liquidación de intereses aplicando el procedi-miento establecido en el artículo 1246 del Código Procesal Civil, y no el procedimiento para calcular intereses legales laborales, bajo apercibimiento de imponérsele una multa de una URP en caso de incumplimiento. ORDENAR al juez de la causa emitir nuevo pro-nunciamiento teniendo en cuenta la decisión emitida por esta Supe-rior Instancia en el auto de vista de fecha 09 de abril de 2015. Notifíquese a las partes procesa-les y remítase copia de la presen-te resolución al juzgado de origen. Jueza Superior Ponente Dra. Jac-keline Yalán Leal. 10/06/2016.EXPEDIENTE 278-2016-79 RE-VOCAR el Auto materia de apela-ción signada como Resolución Nº 01 de fecha 25 de enero del 2016, inserta de folios 71 a 74, que re-suelve declarar Infundada la soli-citud de Medida Cautelar Innovati-va dentro del Proceso, interpuesta por Jessica Magaly Zeta Sánchez contra la Municipalidad Distrital de Tambogrande. Y REFORMAN-DO el Auto materia de apelación, se declara IMPROCEDENTE la solicitud cautelar presentada por Jessica Magaly Zeta Sánchez contra la Municipalidad Distrital de Tambogrande, obrante de fo-lios 63 a 69. Envíese copias de lo resuelto al juzgado, conserván-dose el original de la resolución con el cuaderno de apelación en el archivo de este Colegiado (Ar-tículo 383° del CPC). Jueza Supe-rior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 14/06/2016.EXPEDIENTE 4027-2010-56 De-clarar NULA la resolución Nº 14, de fecha 03 se setiembre de 2015, que impone a la entidad deman-dada una multa de 1 URP, y le requiere nuevamente a la UGEL Sullana para que en el plazo de 10 días cumpla con lo dispuesto en la Casación N° 580-2013 bajo apercibimiento de imponérsele una multa de 2URP. DISPONER que el juez de la causa cumpla con notificar a la UGEL Sullana con la resolución N° 13 de 25 de noviembre de 2014. Envíese copias de lo resuelto al juzgado, conservándose el origi-nal de la resolución con el cua-derno de apelación en el archivo de este Colegiado (Artículo 383° del CPC). Jueza Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 13/06/2016. EXPEDIENTE 1550-2015 Decla-rar NULA la resolución Nº 01, de fecha 01 de setiembre de 2015, que resuelve declarar Improce-dente la demanda por Incompe-tencia Territorial de este juzgado laboral de Piura para conocer la presente contenciosa administra-tiva interpuesta por Juan Francis-co Villegas Silva contra la Oficina De Normalización Previsional; en consecuencia, Inhíbase el ma-gistrado que suscribe del cono-

cimiento de la presente causa y Remítase con la debida nota de atención, la demanda y sus ane-xos al Juzgado Mixto de Castilla. DISPONER que el juez de la cau-sa, emita nueva resolución en su oportunidad calificando la deman-da de acuerdo a lo expresado en la presente. Jueza Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 13/06/2016.EXPEDIENTE 2592-2014-16 CONFIRMAR el Auto materia de apelación contenido en la Re-solución Nº 03 de fecha 01 de septiembre del 2015, inserta de folios 23 a 24, en el extremo que resuelve Hágase efectivo el aper-cibimiento dispuesto en la Reso-lución N° 02 de fecha 27 de abril del 2015.MODIFICAR el monto de la san-ción impuesta a la entidad de-mandada, y en consecuencia, se dispone que se imponga a la de-mandada una multa equivalente a Una Unidad de Referencia Proce-sal (1 URP).ENVÍESE copias de lo resuelto al juzgado, conservándose el ori-ginal de la resolución con el cua-derno de apelación en el archivo de este Colegiado (Artículo 383° del CPC). Jueza Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 13/06/2016.EXPEDIENTE 753-2012 REVO-CAR el Auto materia de impugna-ción contenido en la Resolución N° 22, de fecha 22 de diciembre del 2015, inserta de folios 255 a 257, que resuelve declarar Fun-dada en parte la Observación formulada por el abogado del de-mandante Juan Avalo Juárez con escrito de fojas 226 a 228. Con lo demás que contiene. Y REFOR-MANDO el Auto materia de im-pugnación, se declara INFUNDA-DA la Observación formulada por el demandante obrante de folios 126 a 130, contra la Liquidación de Intereses legales realizada por la entidad demandada que obra de folios 76 a 120, y cuyo resumen consta a folios 75. Jueza Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 14/06/2016EXPEDIENTE 293-2015-44 Se CONFIRME la resolución N° 03, de fecha 28 de mayo de 2015, en el extremo que impuso a la enti-dad demandada una multa de 1URP, y le requiere para que en el plazo de 10 días hábiles cumpla con remitir el expediente admi-nistrativo y/o copias certificadas bajo apercibimiento de imponerle multa de 2 URP en caso de in-cumplimiento. Envíese copias de lo resuelto al juzgado, conserván-dose el original de la resolución con el cuaderno de apelación en el archivo de este Colegiado (Artí-culo 383° del CPC). Jueza Supe-rior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 15/06/2016EXPEDIENTE 271-2016 Decla-rar NULA la resolución Nº 01, de fecha 25 de febrero de 2015, que resuelve declarar Improcedente la demanda por Incompetencia Territorial de este juzgado labo-ral de Piura para conocer la pre-sente contenciosa administrativa interpuesta por Francisco Talledo Ávila contra la Oficina De Norma-lización Previsional; en conse-cuencia, Inhíbase el magistrado que suscribe del conocimiento de la presente causa y Remítase con la debida nota de atención, la de-manda y sus anexos al Juzgado correspondiente de Paita.DISPONER que el juez de la cau-sa, emita nueva resolución en su oportunidad calificando la deman-

da de acuerdo a lo expresado en la presente. Notifíquese y devuél-vase el expediente al Juzgado de origen. Jueza Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 16/06/2016EXPEDIENTE 1862-2015 DECLA-RAR NULO el auto contenido en la Resolución N° 01 de fecha 01 de septiembre del 2015, inserta de folios 25 a 27, que resuelve de-clarar Improcedente la demanda por Incompetencia Territorial de este Juzgado Laboral de Piura; y en consecuencia, Inhíbase el magistrado del conocimiento de la presente causa. Con lo demás que contiene. DISPONER que el A quo emita nuevo pronunciamiento acorde con las consideraciones antes expuestas, con observancia del principio de celeridad proce-sal. Jueza Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 16/06/2016EXPEDIENTE 910-2015-61 CON-FIRMAR el auto contenido en la resolución Nº 06, de fecha 05 de enero de 2015, que declaró impro-cedente la demanda. Jueza Supe-rior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 20/06/2016EXPEDIENTE 3300-2011 DE-CLARAR NULO el Auto materia de impugnación contenido en la Resolución N° 24 – Auto, de fecha 09 de noviembre del 2015, inserta de folios 285 a 289, que declara Fundada en parte las observa-ciones en cuanto a la Liquidación de Intereses Efectuada por la demandada en consecuencia cumpla la ONP con emitir nueva resolución realizando el recálculo de los intereses legales conforme a las normas contempladas en los artículos 1244 y 1245 y siguientes del Código Civil. Con lo demás que contiene. DISPONER que el Juez de la cau-sa, emita nueva resolución con arreglo a ley y teniendo en cuenta lo expuesto en la parte conside-rativa, observando el principio de celeridad procesal recogido en el artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Civil, bajo res-ponsabilidad. Jueza Superior Po-nente Dra. Jackeline Yalán Leal. 22/06/2016EXPEDIENTE 1535-2015 DECLA-RAR NULO el auto contenido en la Resolución N° 01 de fecha 01 de septiembre del 2015, inserta de folios 24 a 26, que resuelve de-clarar Improcedente la demanda por Incompetencia Territorial de este Juzgado Laboral de Piura; y en consecuencia, Inhíbase el magistrado del conocimiento de la presente causa. Con lo demás que contiene. DISPONER que el A quo emita nuevo pronunciamiento acorde con las consideraciones antes expuestas, con observancia del principio de celeridad proce-sal. Jueza Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 22/06/2016EXPEDIENTE 796-2015-24 CONFIRMAR el auto contenido en la Resolución N° 05 de fecha 15 de octubre del 2015, inserta de folios 25 a 27, en el extremo que resuelve declarar Infundada la Excepción de Incompetencia Territorial deducida por el Pro-curador Público de la Marina de Guerra del Perú. Jueza Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 27/06/2016EXPEDIENTE 230-2016 CONFIR-MAR la resolución Nº 10, de fecha 07 de marzo de 2016, en el extre-mo que declaró fundada la excep-ción de falta de agotamiento de la vía administrativa deducida por la demandada. REVOCAR en el ex-tremo que declara improcedente

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes 20 de marzo del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGVPiura, miércoles 1° de abril de 2015 3

Partida Electrónica N° 03009382 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral No. I Sede Piura.DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 22 de abril de 2015, a horas 12.30 p.m. (Doce y treinta del mediodía)LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Civil de Piura, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Piura, en Calle Lima No. 997 - Segundo Piso, de la Ciudad de Piura - Piura.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación del inmueble materia de remate en Efectivo o Cheque de Gerencia negociable a su nombre, además de adjuntar DNI en original y copia, así como tasa judicial en original y copia por derecho a participar en el remate del inmueble, y se consignará en la tasa judicial a este Juzgado, número de expediente y el número de DNI o RUC del postor. Los honorarios del Martillero Público son de cargo del Adjudicatario conforme a la Ley No. 27728 - Ley del Martillero Público, están afectos al IGV y se cancelarán concluido el acto de remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público Registro N° 293; Especialista Legal Gina Maribel Llenque Moran, Segundo (2°) Juzgado Civil de Piura.Publicar por seis días.GINA MARIBEL LLENQUE MORÁN

Secretaria JudicialSegundo Juzgado Civil de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraGIANNI GASTTONE CHAVEZ

ENCISOMartillero PúblicoRegistro N° 293

F/124201°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

TERCERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL: Exp. N° 4033-2011-0-2001-JR-CI-5. En los seguidos por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. contra MELEN-DREZ BERMEO MARIA ALEJAN-DRINA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA.BIENES EN REMATE: El Quin-to Juzgado Especializado Civil de Piura, a cargo del Señor Juez, Jensen Francisco García Córdova, intervinien-do como Especialista Legal, Águeda Vanessa del Rossio Panta Cocios, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el Remate Público Judicial en Terce-ra Convocatoria de dos (02) bienes inmuebles de propiedad de la ejecuta-da Melendrez Bermeo María Alejandri-na, respetando el orden siguiente:1. BIEN INMUEBLE N° 01: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 20, calle César Pinglo, Distrito de La Unión, Provincia y Departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscri-tos en la Partida Electrónica N° P15081408 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 18,448.00 (Dieciocho mil cuatrocientos cuaren-ta y ocho y 00/100 Dólares America-nos). PRECIO BASE: US$. 8,885.78 (OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 78/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-

ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 14,194.42; 2) Asiento 00007, Modifi-cación y Ampliación de Hipoteca del Asiento 00006, hasta por S/. 18,777.32; 3) Asiento 00008, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 23,986.91; 4) Asiento 00009, Embar-go judicial de acciones y derechos de Melendrez Bermeo María Alejandrina hasta por la suma de S/. 10.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.2. BIEN INMUEBLE N° 02: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 05, calle Santa Rosa, Distrito de La Unión, pro-vincia y departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritos en la Partida Electrónica N° P15081393 del Regis-tro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 8,310.00 (Ocho mil trescientos diez y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$. 4,002.65 (CUATRO MIL DOS CON 65/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco del Trabajo hasta por S/. 7,128.00; y 2) Asiento 00007, Embar-go judicial hasta por S/. 15.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.FECHA, HORA Y LUGAR: El remate judicial de los dos (02) inmuebles men-cionados, respetando el orden antes indicado, se programa para el día VIERNES 10 DE ABRIL DE 2015 A LAS 09.00 Y 09.15 HORAS RES-PECTIVAMENTE EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO ESPE-CIALIZADO CIVIL DE PIURA, sede del Poder Judicial de Piura, sito en calle Lima N° 997, 2° piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Por cada inmue-ble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10% de cada valoriza-ción, adjuntar original y copia del DNI y/o RUC, del arancel judicial con Código N° 7153 por derecho de parti-cipación en remate de inmueble, indi-cando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: El adjudicatario paga los hono-rarios del Martillero Público más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamen-to (D.S. N° 008-2005-JUS), inmedia-tamente al finalizar la diligencia de remate. Piura, diciembre 17 de 2014. [email protected]. (51)(44) 94-936-5850 94-789-3343 34-7544 / RPM *661990.AGUEDA VANESSA DEL ROSARIO

PANTA COCIOSSecretaria Judicial

Quinto Juzgado Civil de PiuraCorte Superior de Justicia de PiuraGUILLERMO E. PAREDES LAN-

DAUROAbogado - Martillero Público Reg.

N° 210F/124211°, 6, 7 de abrilS/. 21,00

• REMATE BIENES MUEBLES

REMATE JUDICIAL EN PRIME-RA CONVOCATORIA

En el Expediente N° 283-2009, seguido por ESTUARDO REY MADRID con-tra TRANSPORTES GARCE SRL, sobre Pago de Beneficios Sociales, tramitado ante el Segundo Juzgado Laboral de Piura que despacha el Dr. Jhymmy Espinoza Correa, Especialis-ta Legal Dr. Oscar Valdiviezo Chapa, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA EL ÓMNIBUS MARCA HINO, CON PLACA DE RODAJE VG-4512, AÑO DE FABRICACIÓN 1990, N° DE SERIE RU1HHA40001, N° DE MOTOR H06CTL10768, PETROLERO, 06 CILINDROS, 37 PASAJEROS, CARROCERÍA METROPOLITANO.Tasación: Nueve mil veintidós con 86/100 dólares americanos (US$ 9,022.86).PRECIO BASE DEL REMATE: SEIS MIL QUINCE CON 24/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,015.24) equivalente a las dos terce-ras partes de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: EMBARGO hasta por la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles a favor de Estuardo Rey Madrid.LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En la cochera ubicada en la avenida Guardia Civil s/n (al costado de la granja) del Distrito de Castilla, Provincia y departamento de Piura, el día VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL 2015 A LAS NUEVE HORAS (9:00 a.m.).REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 902.29 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberá de presentar la tasa judicial por Participación en Remate en original y copia.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decre-to Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: [email protected], 27 de enero de 2015.

Oscar Fco. Valdiviezo ChapaSECRETARIO JUDICIAL

Segundo Juzgado Laboral-PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191930, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

2.- EDICTOS CLASIFICADOS

• SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIALExpediente N° 1960-2014-0-2001-JP-CI-04, solicitado por JULIO BENITES OLIVA, sobre SUCESIÓN INTESTADA solicitando se declare

como legítimo y universal heredero al solicitante; se ha ordenado notificar por EDICTO LO SIGUENTE: RESO-LUCIÓN N° CUATRO: ADMITIR A TRÁMITE LA PRESENTE SOLICI-TUD DE SUCESIÓN INTESTADA de don MANUEL BENITES DÍAZ (Falleció el 26-05-1968) Y MARIA OLIVA ROQUE, (Falleció el 16-07-1971); solicitada por su hijo don JULIO BENITES OLIVA, en la Vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con los medios probatorios que se ofre-cen y anexos que se acompañan.JUEZ: PIEDAD MAGDALENA TALLEDO GUARDERASESPECIALISTA: GUILLERMO GUTIERREZ PACHERRES.

Guillermo Gutierrez PacherresSECRETARIO JUDICIAL

Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraB/119301° de abrilS/. 5,00

• PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVADE DOMINIO

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEl Juzgado Mixto Transitorio de Casti-lla, ha dispuesto por Resolución N° 04 Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01, notificar por edictos al deman-dado MELCHOR RAMOS YARLE-QUE, con la Resolución N° 04 Auto Admisorio de fecha 22 de enero de 2015:Resolución N° 04 se resuelve ADMI-TIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía correspondiente al Proceso de abreviado; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189220, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTOEl Juzgado Mixto Transitorio de Cas-tilla, Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01; ha dispuesto por Resolución N° 04 de fecha 22 de enero de 2015: ADMITIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía abreviada; TÉNGASE por ofreci-dos los medios probatorios que indica.CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Notifíquese a los colindantes en el

7Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016PRECIO 0.025 POR PALABRA 777

la demanda, Y REFORMÁNDO-LA declarar nulo todo lo actuado y concluido el proceso. Jueza Superior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 28/06/2016EXPEDIENTE 350-2016 INTE-GRAR la resolución N° 02 del 25 de abril de 2016, en el sentido que resuelve rechazar la inhibición del juez del Tercer Juzgado Transito-rio Laboral de Piura.APROBAR la consulta de la reso-lución Nº 02, de fecha 25 de abril de 2016, que resuelve rechazar la inhibición del juez del Tercer Juz-gado Transitorio Laboral de Piura.DISPONER que el Juez del Ter-cer Juzgado Laboral Transitorio de Piura conozca de la presente causa, a quien se remitirá la pre-sente causa.COMUNICAR al Juez del Juzgado Mixto de Sechura la presente resolución. Jueza Supe-rior Ponente Dra. Jackeline Yalán Leal. 30/06/2016FP: 18,19,20 Agosto

EDICTOEl Juzgado Penal Unipersonal con adición a sus funciones del Juzga-do Mixto de Tambogrande – Piu-ra; Juez: Dr. Elio César Gamarra Herrera; EMPLAZA al acusado ANDRES JOSE FLORES CHINI-NIN, a efectos de que tome cono-cimiento de la resolución número 33 de fecha 01 de Agosto del año Dos Mil Dieciséis, que programa la audiencia de juicio oral para el día OCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS TRES Y QUINCE MINUTOS DE LA TARDE, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de au-diencias del Juzgado Penal Uni-personal de Tambogrande sito en calle Huancabamba N° 572 – Segundo Piso – Tambogrande, debiendo concurrir el acusado ANDRES JOSE FLORES CHINI-NIN. Bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia. En el proceso que se le sigue sobre Tenencia Ilegal de Armas de Fuego, en agravio del ESTADO. Expediente N° 00010-2013-8-2009-JR-PE-01. Especialista Legal Alan w. García Pérez. FP: 19,20,22 Agosto

EDICTO JUDICIALLa Señora Juez, del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Piura, Dra. Flor de María Vílchez Chapilliquén y la Secretaria de Multas que suscribe en el Expe-diente Cuadernillo de Multas N° 00494-2013-66, seguido por Juz-gado Penal Liquidador Transitorio de Piura contra CENTRO DE AC-TUALIZACION PROFESIONAL PARA INGENIERIAS EIRL sobre Cobro de Multas a favor del Poder Judicial ha ordenado se publiquen mediante edictos las resoluciones siguientes:

Extracto RES N°: CUATRO del, 04-07-2016.

Autos y Vistos; dado cuenta con los autos y su propósito, I CONSI-DERANDO: PRIMERO: Que, de conformidad con el artículo 423 del Código Procesal Civil “la mul-ta debe pagarse inmediatamente después de impuesta, en caso contrario devengan intereses le-gales...” y que el multado deberá cancelar dentro del tercer día de notificada con la presente resolu-ción ante el Banco de la Nación en el Código 9148 _ Poder Judicial - Multas, SEGUNDO: Que, por

resolución número dos se pone a conocimiento del multado CEN-TRO DE ACTUALIZACION PARA INGENIERIAS EIRL la liquidación de la multa más los intereses le-gales generados en la suma total de TRECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 45/100 SOLES por el término de tres días, la misma que no ha sido observada por el referido multado no obstante estar debidamente notificado; por lo que estando a los considerandos expuestos SE RESUELVE: 1.-TENER POR APROBADA la liquidación de la multa con los respectivos intereses legales en la suma de TRECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 45/100 SOLES.2.-REQUIERASE al multado CENTRO DE ACTUALIZACION PARA INGENIERIAS EIRL para que, dentro del plazo de treinta días hábiles desde notificado, cumpla con cancelar la multa ante el Banco de la Nación al Có-digo 9148-Poder Judicial - Multas, y/o solicitar el fraccionamiento correspondiente, bajo apercibi-miento de aplicar el embargo co-rrespondiente.3.-NOTIFÍQUESE edictos, cuyo extracto se publicará en el diario la República de esta ciudad por tres días hábiles, para lo cual se oficiará a la Gerencia de Admi-nistración Distrital d de la Corte Superior de Justicia de Piura con tal fin.-Publicación por tres días.FP: 19,20,22 Agosto

EDICTO JUDICIALLa Señora Juez, del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Piura, Dra. Flor de María Vílchez Chapilliquén y la Secretaria de Multas que suscribe en el Expe-diente Cuadernillo de Multas N° 2004-01663-88-2001-JR-CI-2, seguido por Juzgado Penal Liqui-dador Transitorio de Piura contra DANIEL IGNACIO FERIA RODRI-GUEZ sobre Cobro de Multas a favor del Poder Judicial ha orde-nado se publiquen mediante edic-tos la resolución siguiente: Extracto RES N°: 18 del, 18-07-2016; Autos y Vistos; con los autos y su propósito, I CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de conformidad con el artículo 423 del Código Procesal Civil “la multa debe pa-garse inmediatamente después de impuesta, en caso contrario devengan intereses legales...” y que el multado deberá cancelar dentro del tercer día de notifica-da con la presente resolución por ante el Banco de la Nación en el Código 9148 _ Poder Judi-cial - Multas, SEGUNDO: Que, por resolución número dieciséis se pone a conocimiento del mul-tado DANIEL IGNACIO FERIA RODRIGUEZ la liquidación de la multa más los intereses legales generados en la suma total de UN MIL TRECIENTOS SENSENTA Y DOS CON 64/100 SOLES por el término de tres días, monto que no ha sido observado por el re-ferido multado no obstante estar debidamente notificado mediante edictos; por lo que estando a los considerandos expuestos SE RE-SUELVE: 1.-TENER POR APROBADA la liquidación de la multa con los respectivos intereses legales en la suma de UN MIL TRECIENTOS SENSENTA Y DOS CON 64/100 SOLES.

2.-REQUIERASE al multado DA-NIEL IGNACIO FERIA RODRI-GUEZ para que en el plazo de treinta días de notificada con la presente resolución cumpla a tra-vés de las oficinas administrativas correspondientes y a través del Banco de la Nación en el Código 9148 _ Poder Judicial – Multas, a realizar el pago de la multa deriva-da de autos, bajo apercibimiento de embargo. 3.-NOTIFÍQUESE por edictos, cuyo extracto se publicará en el diario la República por tres días hábiles.Publicación por tres días.FP: 19,20,22 Agosto

PRIMER JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante:

Exp. 2014-997-53 a, MARIO RA-FAEL OROZCO APONTE, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARIO AN-TONIO OROZCO CORONADO, DILIGENCIA 23-08-2016, 08:00 AM, Sala 1, ; Secretario: OYOLA FP: 19,20,22 Agosto

CUARTO JUZGADO DE INVES-TIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante:

Exp. 2011-2673-78 a, Alvarado Juárez Godofredo, 2)Rudecindo García Moreto, 3) Álvarez Hua-mán Natividad,4) Aponte Chu-macero, Emille 5) Ballesteros Abad Flor de María, 6) Barahona Cosme,Celso 7) Bermejo Ríos, Elmer, 8) Campos Lizama Fre-dy 9) Campos Lizama Nilver 10) Castillo Castillo, José, 11) Castro Sernaqué Rosa, 12) Castillo Con-treras César 13) Carreño Gar-cía Jhan Henry 14) Chero Imán Roberto 15) Concha Domínguez Alberto, 16) Crisanto Carmen Fe-derico, 17) Crisanto Juárez, Alex Irvin 18) Gil Chira María del Soco-rro, 19)García Adanaqué, Jesús 20) García Eléspuro, Rosmery 21) García Guayama Neira, 22)Guar-da Zambrano Luis Alberto 23) García Hernández Domingo 24) García Hernández José 25) Gar-cía Indel José Hernán, 26) García Juica, Chantal Epigenia,27) Gar-cía Juárez Humberto 28) García Neira Vladimir, 29) García Pala-cios Brigido, 30) García Panta Elver Leonel, 31) Vílchez Juárez, Isac, 32) Ipanaqué Sandoval, Walter, 33) Jiménez García Emi-lio,34) Lazo Angeldones Miguel, 35) López Ipanaqué Martha, 36) López Flores, Pedro Pablo,37) Lujan Juárez Wilmer 38) Maza Durand Felipe, 39) Mendoza Sil-va, Pablo 40) Morales Bayona To-más 41). Pasapera Calle Aurelia 42) Morales Facundo Agripa 43) Nizama Sánchez Juan Miguel 44) Ordinola Alván, Edgar Juan, 45) Saavedra Silva, Alberto Julio,46) Silva Ramírez Miguel 47) Cipria-no Silva Pacherrez, 48) Serna-qué Estrada, Alberto, 49)Reque Torres, Martín, 50) Remejo Ríos Elmer, 51) Rodríguez Arrasco, Luz Elena Santos,52) Santos Chávez Luis Humberto, 53) Ernesto Silva More 54) Tomás Silva More 59) Silupu Briceño, Miguel Abraham

60) Sullón Martínez Guadalupe, 61) Digna Elizabeth Ramírez Sim-bala 62) Temple Febres Víctor, 63) Raúl Torres Salazar, 64) Ro-ger Valladolid Tapia, 65) Fiestas Valverde Encalada 66) Zurita Ri-maicuna Lucadio , 67) Zeta Panta Wilfredo 68) ABD Transportes y Servicios EIRL, 69) Irma Atoche Viuda de Albán 70) Lucas López Umbo, 71) Sánchez Granda Luis Abel, 72) Paula Leticia Calle Cór-dova, 72)Solvieg Janet Santa Ma-ría Torres, delito estafa generica, agraviado superintendencia de banca seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones, NOTIFICACION , Resolución Nro. 39Piura, 05 de agosto del 2016. se pone en conocimiento el escri-to presentado por la parte agra-viada Superintendencia de Banca y Seguros téngase por absuelto el traslado de la acusación y por ofrecidos los medios de prueba con conocimiento de los demás sujetos procesales.- ; Secretario: LUZON FP: 19,20,22 Agosto

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2014-2057-70 a, LYSBETH GONZALES ROSAS, delito APROPIACIÓN ILÍCITA, agravia-do COMUNICACIONES Y VEN-TAS INTEGRALES EIRL, NOTIFI-CACION, RES. 13: LE DESIGNAN DEFENSOR PÚBLICO PENAL PARA QUE ASUMA SU DEFEN-SA TÉCNICA EN LA AUDIENCIA DEL 09-09-2016 A HRAS 10:00 AM. ; Secretario: MORY FP: 19,20,22 Agosto

TERCER JUZGADO PENAL UNI-PERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2014-5092-42 a, MANUEL ENRIQUE MARIÑAS CHONG, delito APROPIACIÓN ILÍCITA, agraviado BRYAN DANIEL SE-MINARIO RODRÍGUEZ, DILI-GENCIA 26-09-2016, 09:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO AUSEN-TE O CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA INJUSTIFI-CADA SEGUN CORRESPONDA Y ORDENAR SU CONDUCCIÓN COMPULSIVA; Secretario: MORY FP: 19,20,22 Agosto

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHULUCANAS, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante:

Exp. 2015-5465-0 a, AGUILAR RIVAS NICOLAS SEGUNDO, DE-LITO CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, AGRAVIADO EL ESTADO, DILIGENCIA 13-09-2016, 12:00 A.M, Sala de Audien-cia del Juzgado, SE REPROGRA-MA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION ; Secretario: Prieto FP: 19,20,22 Agosto

Piura, miércoles 1° de abril de 20154

domicilio que se indica en el escrito de demanda.Publíquese un extracto de la deman-da de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, la misma que se publicará por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República,Notifíquese al demandado Melchor Ramos Yarleque vía edictos, la misma que se publicará por 03 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189120, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTO JUDICIALExpediente 2376-2014-0-2001-JR-CI-1, seguido por CARRASCO ESPI-NOZA CESAR HECTOR contra VIGNATTI LINARES GIOVANNI ADRIAN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la Juez del 1er Juzg. Civil Piura, ULLOA PARAGULLA FANNY LUISA, Se trata de un Pro-ceso Abreviado de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a fin de que se le declare don Román Armando Ugarte Bernal propietario del bien mueble consistente en el vehículo Camión CGA 2 1/2 TN 6 x 6 sin placa de rodaje, marca REO, mode-lo M35 Repotenciado, color Verde, año de fabricación 1952, motor N° 344944-50-777329 Serie N°: 2320-160-0001-12, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpues-ta por CESAR HECTOR MARTIN CARRASCO ESPINOZA en repre-sentación de ROMAN ARMANDO UGARTE BERNAL sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, PUBLÍQUESE MEDIAN-TE EDICTOS UN EXTRACTO de la demanda por tres veces con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y en uno de mayor circula-ción de la ciudad.Piura, 25 de noviembre 2014.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

B/1191126 de marzo y 1°, 9 de abrilS/. 9,00

3.- NOTIFICACIONESPOR EDICTOS

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE 00042-2015-0-2012-JM-CI-01, La señora Juez (e) del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA en los autos seguidos por LUISA CHIRO-QUE RISCO VDA DE PURIZACA sobre VARIACIÓN DE CURADOR ha mandado se publique en el diario LA REPÚBLICA el siguiente edic-to: Resolución N°1 de fecha 25 de marzo de 2015: DECISIÓN: III.- DECISIÓN: Por tales razones, SE RESUELVE: 1.-ADMITIR a TRÁ-MITE la demanda de VARIACIÓN

DE CURADOR interpuesta por Luisa Chiroque Risco Vda. De Purizaca con-tra los sucesores de Angelita Risco de Chiroque y/o quien tenga legítimo inte-rés en la interdicta Gloria Chiroque Risco, en la vía del proceso sumarísi-mo. 2. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal. 3.- CORRER traslado a los demandados para que en el plazo de cinco días cumpla con contestar la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4.-Notificar con un extracto de la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el diario de los avisos judiciales “La República” a la parte demandada, para que en el término del quinto día de aparecida la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibi-miento de nombrárseles curador proce-sal. 5. AGREGAR a los autos los ane-xos que se adjunta.- Publicar por tres veces, en los diarios “El Peruano” y “La República”. FIRMADO - DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA. Juez del Juzgado Mixto - Sabina Chun-ga Espinoza.- Especialista Legal.

Dra. Sabina Chunga EspinozaESPECIALISTA LEGAL

Juzgado Mixto de CatacaosMódulo Básico de Justicia-CatacaosCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191830, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

JUZGADO CIVIL-PaitaEXPEDIENTE: 00185-2014-24-2005- JR-CI-01MATERIA: CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERALJUEZ: CORREA CASTRO DAVID FERNANDOESPECIALISTA: ELISEO REYES PACHERREZDEMANDADO: FLORES CALLE, EXILDA PRTE DEL CONCDE ADM DE ASOCDEMANDANTE: NAQUICHE GIRON, MANUELGONZA AGUILAR, ARNULFOCARHUAPOMA FLORES, SEGUNDOPAUCAR AVILA, REYNEIRO REPRESENTANTE DE ASOCIADOSResolución Nro. 02.Paita, 06 de marzo de 2015.-AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores del juzgado, así como las vacaciones del personal del juzgado en el mes de febrero; con el escrito de fecha 21/01/2015; Y CONSIDERANDO:1. De autos se puede observar que mediante resolución número uno se admite a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Avila contra Exilda Flores Calle.2. Que, la parte demandada ha sido debidamente notificado con la reso-lución número uno el día 20 de enero de 2015, habiéndose a la fecha ven-cido el plazo para interponer recur-so impugnatorio alguno; por lo que corresponde a esta judicatura conforme a las facultades conferidas por el artí-culo 50° Inciso 1) del Código Procesal Civil declarar consentida la resolución número uno (auto).DECISIÓN.Por estas consideraciones y norma cita-da: SE RESUELVE:1. DECLARAR CONSENTIDA la resolución uno (auto) de fecha 20 de

enero de 2015 que declara que resuel-ve Admitir a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Ávila contra Exilda Flores Calle.2. Al escrito de fecha 23/01/2015; presentado por los demandantes; no habiendo la parte demandada convo-cado a Asamblea General Extraordi-naria; como se solicita y conforme esta ordenado en autos, convóquese por este Juzgado; en consecuencia:3. CONVÓQUESE a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS, de la Asociación de Comerciantes del Complejo Comercial de la Zona Alta de Paita, la misma que se realizará día DOCE DE ABRIL del año en curso, a horas DIEZ DE LA MAÑANA en el domicilio de la socie-dad, para tratar la agenda materia de la demanda principal establecida en la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha 15 de diciem-bre de 2014, con la intervención de un Notario Público.4. DESÍGNESE al señor SEGUN-DO CARHUAPOMA FLORES como director de debates para tratar la agen-da ordenada. ABSTENIÉNDOSE de cualquier Convocatoria a Asamblea distinta a la ordenada en la sentencia.5. OFÍCIESE a la Policía Nacional del Perú, para que preste las garantías del caso en la citada asamblea.6. Notifíquese con las formalidades de ley.

Eliseo Reyes PacherrezSECRETARIO JUDICIAL

Juzgado Especializado Civil de PaitaCorte Superior de Justicia de Piura

B/119341°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

• CORTE SUPERIOR DE PIURA

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 09-2015-CI, peticionado por MILTON RUIZ MONTALVAN, sobre RECTIFICA-CIÓN DE SU PARTIDA DE NACI-MIENTO, en los siguientes extremos: Que al registrar los datos del titular se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal y margen derecho de la partida de nacimiento se encuentra con enmendadura en la cuarta letra del nombre del solicitante MILTON (se encuentra remarcado), así también en el cuerpo de dicha partida se encuentra con enmendadura el rubro del año de nacimiento, siendo lo correcto MIL NOVECIENTOS, respecto a los datos del padre en el rubro de la edad, lo correcto es TREINTA Y CINCO, así también en el rubro de la edad de la madre debe decir VEINTICUATRO y por último el nombre real de la madre del recurrente es PRIMITI-VA MONTALVAN JIMENEZ, y en la edad de la declarante lo correcto es VEINTICUATRO. RES. N° 01 de fecha veintitrés de marzo del presente año, RESUELVE: SEÑA-LAR FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 22-04-2015. Hora 10:00 AM.Juez: Dr. José Luis Silva Vargas.Secretaria Judicial: Cyntia Vanessa Vives Pizarro.

Cyntia Vanessa Vives Pizarro

SECRETARIA JUDICIALJuzgado de Paz Letrado-PacaipampaCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALLa Señora Presidenta de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Doctora Jackeline Yalán Leal y la Secretaria de Sala que suscribe, hacen saber lo siguiente:En el Expediente N° 01264-2012-0-2001-JR-LA-02, seguido por RIVAS DE ORDINOLA, AGUEDA contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo, se ha ordenado la publicación mediante EDICTO JUDICIAL del extracto de la RESOLUCIÓN N° 14 del 25 de marzo de 2015.- “1.- Se SUS-PENDA la continuación del proceso; hasta que se apersone la sucesión pro-cesal de la parte demandante fallecida: AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA;2.- Notifíquese a los herederos o suce-sión procesal de AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA, en el domicilio real señalado en autos: Caserío Charanal Alto s/n, Distrito de Chulucanas - Morropón, y el señalado en Ficha de la Reniec: Caserío San Martín Distrito de Chulucanas - Morropón; además de su domicilio procesal, notificándose un extracto de la presente resolución mediante edictos, para que cumplan con apersonarse al proceso en el plazo de treinta (30) días hábiles, debiendo presentar el documento de la declaratoria de herederos o sucesión intestada correspondiente así como su inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de designar-se curador procesal en caso de incumplimiento.3.- Se OFICIE al RENIEC para que Remita en el plazo de 10 días hábiles el acta de defunción del demandante.4.- Se REMITA por secretaria el correspondiente oficio adjuntando el edicto a publicarse por el plazo de 03 días en el diario de Avisos Judiciales “La República”.”Piura, 25 de marzo de 2015.

JACKELINE YALÁN LEALPresidenta

Sala Laboral TransitoriaCorte Superior de Justicia de Piura

JANET LLERENA NOLESecretaria de Sala

Sala Laboral Transitoria de PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto Transitorio de. Castilla, que Despacha la Juez Super-numeraria, Dra. RUTH LUCES-MITH DIAZ OLIVA y Especialista Judicial que da cuenta, en el Exp. N° 109-2011-CI-01, se ha resuelto lo siguiente, mediante Resolución Núme-ro Dos, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Divorcio por Causal de Separación de Hecho interpuesta por MIGUEL ALE-JANDRO ALVARADO LEON contra LIDIA AMANDA GARCÍA CALLE DE ALVARADO Y EL MINISTERIO PÚBLICO, en la vía del Proceso de Conocimiento, confiriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días hábiles a fin de que con-testen las misma, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días.-

8 Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016 PRECIO 0.025 POR PALABRA

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PAITA, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante:

Exp. 2016-4381-0 (Imputado) DIONISIO ROQUE ACOSTA SO-LANO , DELITO CONTRA LA FA-MILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, AGRAVIADO EDER SMITH ACOSTA MACHARE , DI-LIGENCIA 29-08-2016, 08:10 A.M , Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Benites FP: 19,20,22 Agosto

JUZGADO PENAL UNIPERSO-NAL CHULUCANAS, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formu-lados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2016-2825-26 JORGE LUIS NIZAMA SOSA, DELITO INCUM-PLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, AGRAVIADO L.E.N.M, DILIGENCIA 01-09-2016, 10:00 AM , Sala de Audien-cia del Juzgado, BAJO APERCI-BIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIO-NAL EN CASO DE INASISTEN-CIA; Secretario: Garcia FP: 19,20,22 Agosto

PRIMER JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2663-50 a, HAROLD ANDREW HOUGHTON VAN HEMELRIJCK , delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DO-CUMENTO PUBLICO FALSO Y FALSEDAD IDEOLOGICA, agra-viado VICTOR LIZANA PUELLES Y OTROS, DILIGENCIA 08-09-2016, 09:41AM, Sala 1, ; Secreta-rio: RAMOS Exp. 2016-2554-0 a, BLANCA PATRICIA RIVERA BUITRAGO, delito MICROCOMERCIALIZA-CION O MICROPRODUCCION, agraviado ESTADO, DILIGENCIA 13-09-2016, 10:31 AM, Sala 1; Secretario: LUZON FP: 20,22,23 Agosto

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formu-lados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2013-1489-43 a, KATHERI-NE LIZBETH ARCE ÁLVAREZ, delito VIOLACION DE LA LIBER-TAD SEXUAL - TRATA DE PER-SONAS, agraviado K.L.A.A. Y N.CH.V., DILIGENCIA 17-07-2017, 09:00 A.M., Sala 5, ; Secretario: ASCOY FP: 20,22,23 Agosto

SEGUNDO JUZGADO DE IN-VESTIGACION PREPARATORIA CASTILLA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan

de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2014-2122-0 a, DWIGHT HENRY RAFAELLO TERAN LLONTOP. - AGRAVIADO: JUAN CARLOS DOMINGUEZ COR-NEJO, delito FALSEDAD GE-NÉRICA, agraviado JUAN CAR-LOS DOMINGUEZ CORNEJO, NOTIFICACION, RESOLUICÓN N° 16 REPROGRAMA FECHA DE AUDIENCIA PARA EL DÍA 20/09/2016 A HORAS 08:30 A.M EN EL LOCAL DEL MÓDULO DE CASTILLA. ; Secretario: Arica FP: 20,22,23 Agosto

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHULUCANAS, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante:

Exp. 2016-2441-0 a, JULIO RI-VAS MEZONES. Viene siendo asesorado por defensor público penal. , delito Contra la Seguridad Pública en la figura de Delitos de Peligro Común en la modalidad de Conducción en Estado de Ebrie-dad., agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 12-09-2016, 10:00 A.M., Sala de Audiencia del Juz-gado, Se le cita a la Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, que tiene el carácter de inaplaza-ble.; Secretario: Prieto

Exp. 2015-4970-53 Imputado: JOSÉ ALEXANDER CABANI-LLAS CHAVARRÍA. Se le comu-nica que viene siendo asesorado por Abogado Defensor Público Penal. , delito Contra la Salud Pública en la figura de Tráfico Ilícito de Drogas en la modalidad de Promoción o Favorecimiento al Tráfico Ilícito de Drogas., agra-viado EL ESTADO., DILIGENCIA 05-09-2016, 10:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, Se le cita a la AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA.; Secretario: Prieto FP: 20,22,23 Agosto

SALA PENAL LIQUIDADORA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante:

Exp. 12-2003-0 DAGOBERTO PALACIOS DOMINGUEZ, delito ROBO AGRAVADO, agraviado ALDRIN EDINSON RAMIREZ SA-LAZAR, NOTIFICACION; Secre-tario: DELGADO FP: 20,22,23 Agosto

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - MATERIA AM-BIENTAL, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su con-tra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2014-05737-86 (Imputado): EUSEBIO ESTRADA BARRETO, JOSE LINO ROCA BURGOS Y FRANCISCA SILVA DE ESTRA-DA , delito MINERIA ILEGAL, agraviado EL ESTADO, DILIGEN-CIA 26.08.2016, 09:30 A.M., Sala 10, ; Secretario: MENDOZA FP: 20,22,23 Agosto

JUZGADO DE INVESTIGACION PREP. HUARMACA, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formu-lados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2015-237-0 CLOVER CALLE REYES, delito CONTRA LA FA-MILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado CLOVER JOSUE CALLE PELTROCHE, NOTIFICACION, RES. N° 02: CORRASE TRASLADO DE LA ACUSACION FISCAL POR EL PLAZO DE 10 DÍAS ÚTILES, CUMPLA CON DESIGNAR ABO-GADO DEFENSOR,BAJO APER-CIBIMIENTO DE DESIGNAR ABOGADO A RUEGO. FISCALIA SOLICITA SE IMPONGA 01 AÑO PENA PRIV. LB. Y 50 SOLES DE REPARACION CIVIL; Secretario: Querevalu

Exp. 2015-237-0 CLOVER JOSUE CALLE PELTROCHE, delito CON-TRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agravia-do CLOVER JOSUE CALLE PEL-TROCHE, NOTIFICACION, RES. N° 02: CORRASE TRASLADO DE LA ACUSACION FISCAL POR EL PLAZO DE 10 DÍAS ÚTILES, CUMPLA CON DESIGNAR ABO-GADO DEFENSOR, BAJO APER-CIBIMIENTO DE DESIGNAR ABOGADO A RUEGO. FISCALIA SOLICITA SE IMPONGA 01 AÑO PENA PRIV. LB. Y 50 SOLES DE REPARACION CIVIL; Secretario: Querevalu FP: 20,22,23 Agosto

QUINTO JUZGADO PENALUNI-PERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2015-2904-24 acusado: LUIS ALBERTO UGAS CABA-LLERO.- , delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DEEBRIEDAD, agra-viado LA SOCIEDAD , DILIGEN-CIA 04-11-2016, 8:30 AM , Sala de Audiencia, Bajo apercibimiento de declarársele reo contumaz en caso de inasistencia injustifica-da.; Secretario: Chuyes FP: 20,22,23 Agosto

CRÓNICAS JUDICIALES DE SENTENCIAS - MES DE JUNIO

DE 2016DR. DAVID CORREA CASTRO

EXPEDIENTE 2211-2014 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 06 de enero de 2016, obrante de folios 76 a 89, que resuelve: De-clarar infundada la demanda in-terpuesta por don Máximo Emilio Melgarejo Cáceres contra la Ofi-cina de Normalización Previsional sobre impugnación de resolución administrativa ficta (Nivelación de su pensión de jubilación al am-paro de lo establecido en los ar-tículos 4° y 5° del Reglamento de la Ley N° 30003 e indemnización por acción personal en la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles). Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 01/06/2016.EXPEDIENTE 396-2014 CON-FIRMAR la sentencia Declarar Fundada en parte la demanda interpuesta por Héctor Francisco Núñez Valdiviezo contra la Direc-ción Regional de Educación de

Piura y el Gobierno Regional de Piura sobre acción contenciosa administrativa, en consecuencia, ordena se declare nula la resolu-ción ficta que deniega el recurso de apelación del demandante contra la resolución directoral regional n° 6161-2013 del 07 de noviembre del 2013 la misma que dispone reajustar y adicionar a su bonificación personal sobre la re-muneración básica señalada en el decreto de urgencia n° 105-2001,y CUMPLA la demandada con ex-pedir nuevo acto administrativo Reconociendo la remuneración personal que el actor percibe, en base al 2% por cada año efecti-vamente laborado. Con lo demás que contiene conforme al décimo considerando. INFUNDADO res-pecto a las demás pretensiones planteadas. Con lo demás que contiene. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 01/06/2016.EXPEDIENTE 173-2016 REVO-CAR la sentencia contenida en la Resolución N° 15 – Sentencia, de fecha 06 de noviembre de 2015, inserta de folios 309 a 314, que resuelve: Declarar infundada la demanda contenciosa administra-tiva, interpuesta por la Municipa-lidad Provincial de Huancabamba contra el ex alcalde Lázaro Toro Fernández, ex gerente general Hipólito Liendo Juárez, ex geren-te de asesoría jurídica Leopoldo Albañil Ordinola, ex sub gerente Edgar Bure Armijos y la servido-ra municipal Silvia Marlene La Rosa Ramírez.Y REFORMANDO la sentencia recurrida, se declara FUNDADA LA DEMANDA inter-puesta por la Municipalidad Pro-vincial de Huancabamba contra Silvia Marlene La Rosa Ramírez y otros. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 01/06/2016.EXPEDIENTE 1848-2013 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución N° 10, de fecha 16 de julio de 2015, inserta de folios 119 a 126, que resuelve: Declarar infundada la acción contenciosa administrativa inter-puesta por don Alberto Antoliano Silva Vílchez contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre reconocimiento de años de apor-tación. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 01/06/2016.EXPEDIENTE 1894-2013 CON-FIRMAR el auto contenido en la Resolución N° 05 de fecha 17 de diciembre del 2013, obrante de fo-lios 51 a 54, en el extremo que re-suelve: Declarar Infundada la Ex-cepción de Falta de Agotamiento de la Vía Administrativa, propues-ta por la Oficina de Normalización Previsional. DECLARAR NULA la sentencia contenida en la Resolu-ción Nº 13 de fecha 06 de enero del 2016, obrante de folios 112 a 125, que resuelve: Declarar infun-dada la demanda interpuesta por don Santos Felimón Rugel Nole contra la Oficina de Normaliza-ción Previsional sobre impugna-ción de resolución administrativa (Otorgamiento de pensión de ju-bilación general-Decreto Ley N° 19990).DISPONER que el a quo expida nueva sentencia en mérito a lo precisado en la presente reso-lución. Jueza Superior Ponente Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 01/06/2016.EXPEDIENTE 2352-2014 REVO-CAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 01 de junio de 2015, obrante de folios 64 a 73, que resuelve: Declarar fundada en parte la demanda in-terpuesta por don Luis Nima Már-

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes 20 de marzo del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGVPiura, miércoles 1° de abril de 2015 3

Partida Electrónica N° 03009382 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral No. I Sede Piura.DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 22 de abril de 2015, a horas 12.30 p.m. (Doce y treinta del mediodía)LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Civil de Piura, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Piura, en Calle Lima No. 997 - Segundo Piso, de la Ciudad de Piura - Piura.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación del inmueble materia de remate en Efectivo o Cheque de Gerencia negociable a su nombre, además de adjuntar DNI en original y copia, así como tasa judicial en original y copia por derecho a participar en el remate del inmueble, y se consignará en la tasa judicial a este Juzgado, número de expediente y el número de DNI o RUC del postor. Los honorarios del Martillero Público son de cargo del Adjudicatario conforme a la Ley No. 27728 - Ley del Martillero Público, están afectos al IGV y se cancelarán concluido el acto de remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público Registro N° 293; Especialista Legal Gina Maribel Llenque Moran, Segundo (2°) Juzgado Civil de Piura.Publicar por seis días.GINA MARIBEL LLENQUE MORÁN

Secretaria JudicialSegundo Juzgado Civil de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraGIANNI GASTTONE CHAVEZ

ENCISOMartillero PúblicoRegistro N° 293

F/124201°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

TERCERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL: Exp. N° 4033-2011-0-2001-JR-CI-5. En los seguidos por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. contra MELEN-DREZ BERMEO MARIA ALEJAN-DRINA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA.BIENES EN REMATE: El Quin-to Juzgado Especializado Civil de Piura, a cargo del Señor Juez, Jensen Francisco García Córdova, intervinien-do como Especialista Legal, Águeda Vanessa del Rossio Panta Cocios, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el Remate Público Judicial en Terce-ra Convocatoria de dos (02) bienes inmuebles de propiedad de la ejecuta-da Melendrez Bermeo María Alejandri-na, respetando el orden siguiente:1. BIEN INMUEBLE N° 01: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 20, calle César Pinglo, Distrito de La Unión, Provincia y Departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscri-tos en la Partida Electrónica N° P15081408 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 18,448.00 (Dieciocho mil cuatrocientos cuaren-ta y ocho y 00/100 Dólares America-nos). PRECIO BASE: US$. 8,885.78 (OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 78/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-

ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 14,194.42; 2) Asiento 00007, Modifi-cación y Ampliación de Hipoteca del Asiento 00006, hasta por S/. 18,777.32; 3) Asiento 00008, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 23,986.91; 4) Asiento 00009, Embar-go judicial de acciones y derechos de Melendrez Bermeo María Alejandrina hasta por la suma de S/. 10.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.2. BIEN INMUEBLE N° 02: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 05, calle Santa Rosa, Distrito de La Unión, pro-vincia y departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritos en la Partida Electrónica N° P15081393 del Regis-tro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 8,310.00 (Ocho mil trescientos diez y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$. 4,002.65 (CUATRO MIL DOS CON 65/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco del Trabajo hasta por S/. 7,128.00; y 2) Asiento 00007, Embar-go judicial hasta por S/. 15.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.FECHA, HORA Y LUGAR: El remate judicial de los dos (02) inmuebles men-cionados, respetando el orden antes indicado, se programa para el día VIERNES 10 DE ABRIL DE 2015 A LAS 09.00 Y 09.15 HORAS RES-PECTIVAMENTE EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO ESPE-CIALIZADO CIVIL DE PIURA, sede del Poder Judicial de Piura, sito en calle Lima N° 997, 2° piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Por cada inmue-ble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10% de cada valoriza-ción, adjuntar original y copia del DNI y/o RUC, del arancel judicial con Código N° 7153 por derecho de parti-cipación en remate de inmueble, indi-cando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: El adjudicatario paga los hono-rarios del Martillero Público más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamen-to (D.S. N° 008-2005-JUS), inmedia-tamente al finalizar la diligencia de remate. Piura, diciembre 17 de 2014. [email protected]. (51)(44) 94-936-5850 94-789-3343 34-7544 / RPM *661990.AGUEDA VANESSA DEL ROSARIO

PANTA COCIOSSecretaria Judicial

Quinto Juzgado Civil de PiuraCorte Superior de Justicia de PiuraGUILLERMO E. PAREDES LAN-

DAUROAbogado - Martillero Público Reg.

N° 210F/124211°, 6, 7 de abrilS/. 21,00

• REMATE BIENES MUEBLES

REMATE JUDICIAL EN PRIME-RA CONVOCATORIA

En el Expediente N° 283-2009, seguido por ESTUARDO REY MADRID con-tra TRANSPORTES GARCE SRL, sobre Pago de Beneficios Sociales, tramitado ante el Segundo Juzgado Laboral de Piura que despacha el Dr. Jhymmy Espinoza Correa, Especialis-ta Legal Dr. Oscar Valdiviezo Chapa, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA EL ÓMNIBUS MARCA HINO, CON PLACA DE RODAJE VG-4512, AÑO DE FABRICACIÓN 1990, N° DE SERIE RU1HHA40001, N° DE MOTOR H06CTL10768, PETROLERO, 06 CILINDROS, 37 PASAJEROS, CARROCERÍA METROPOLITANO.Tasación: Nueve mil veintidós con 86/100 dólares americanos (US$ 9,022.86).PRECIO BASE DEL REMATE: SEIS MIL QUINCE CON 24/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,015.24) equivalente a las dos terce-ras partes de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: EMBARGO hasta por la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles a favor de Estuardo Rey Madrid.LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En la cochera ubicada en la avenida Guardia Civil s/n (al costado de la granja) del Distrito de Castilla, Provincia y departamento de Piura, el día VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL 2015 A LAS NUEVE HORAS (9:00 a.m.).REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 902.29 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberá de presentar la tasa judicial por Participación en Remate en original y copia.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decre-to Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: [email protected], 27 de enero de 2015.

Oscar Fco. Valdiviezo ChapaSECRETARIO JUDICIAL

Segundo Juzgado Laboral-PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191930, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

2.- EDICTOS CLASIFICADOS

• SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIALExpediente N° 1960-2014-0-2001-JP-CI-04, solicitado por JULIO BENITES OLIVA, sobre SUCESIÓN INTESTADA solicitando se declare

como legítimo y universal heredero al solicitante; se ha ordenado notificar por EDICTO LO SIGUENTE: RESO-LUCIÓN N° CUATRO: ADMITIR A TRÁMITE LA PRESENTE SOLICI-TUD DE SUCESIÓN INTESTADA de don MANUEL BENITES DÍAZ (Falleció el 26-05-1968) Y MARIA OLIVA ROQUE, (Falleció el 16-07-1971); solicitada por su hijo don JULIO BENITES OLIVA, en la Vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con los medios probatorios que se ofre-cen y anexos que se acompañan.JUEZ: PIEDAD MAGDALENA TALLEDO GUARDERASESPECIALISTA: GUILLERMO GUTIERREZ PACHERRES.

Guillermo Gutierrez PacherresSECRETARIO JUDICIAL

Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraB/119301° de abrilS/. 5,00

• PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVADE DOMINIO

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEl Juzgado Mixto Transitorio de Casti-lla, ha dispuesto por Resolución N° 04 Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01, notificar por edictos al deman-dado MELCHOR RAMOS YARLE-QUE, con la Resolución N° 04 Auto Admisorio de fecha 22 de enero de 2015:Resolución N° 04 se resuelve ADMI-TIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía correspondiente al Proceso de abreviado; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189220, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTOEl Juzgado Mixto Transitorio de Cas-tilla, Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01; ha dispuesto por Resolución N° 04 de fecha 22 de enero de 2015: ADMITIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía abreviada; TÉNGASE por ofreci-dos los medios probatorios que indica.CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Notifíquese a los colindantes en el

9Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016PRECIO 0.025 POR PALABRA

quez contra la Dirección Regional de Educación de Piura sobre im-pugnación de resolución adminis-trativa (Reasignación de plaza de docente); en consecuencia, Orde-na que dentro del plazo de quince días de notificada la presente, la demandada proceda a emitir nue-vo pronunciamiento sobre el fon-do del recurso de apelación pre-sentado por el demandante y/o en todo caso disponer que el pedido del demandante se adecúe a la nueva directiva establecida en la Resolución Ministerial N° 0582-2013-ED que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas de procedimiento par reasignación y permutas de profesores compren-didos en la carrera Magisterial de la Ley de Reforma magisterial; y, proceder a emitir pronunciamien-to respecto a la procedencia o no de la solicitud presentada por el demandante. Y REFORMÁN-DOLA, se declara FUNDADA la demanda; en consecuencia, se declara NULA la Resolución Directoral Regional N° 3250, de fecha 28 de mayo de 2014, que declaro improcedente la solicitud de reasignación por salud de su menor hijo; y la Resolución Ge-rencial Regional N° 584-2014/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRDS, de fecha 15 de octubre de 2014, que declaró infundado el re-curso de apelación contra la Re-solución Directoral Regional N° 3250. ORDENA a la entidad de-mandada que cumpla con emitir nuevo pronunciamiento sobre el fondo del pedido de acuerdo con los considerandos de la presente resolución. Juez Superior Ponen-te Dr. David Correa. 01/06/2016.EXPEDIENTE 1254-2013 CON-FIRMAR la Resolución Nº 14 (sentencia), de fecha 11 de enero de 2016, que resuelve: Declarar infundada la demanda interpuesta por Hipólito Sánchez Lalupu con-tra la Oficina de Normalización Previsional (ONP) sobre impug-nación de resolución administra-tiva. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 01/06/2016.EXPEDIENTE 867-2013 CONFIR-MAR la Resolución Nº 10, de fe-cha 07 de agosto de 2015, inserta de folios 667 a 675, que resuelve declarar Fundada en parte la de-manda interpuesta por Segundo Huber Ramos Portocarrero con-tra la Dirección Regional de Salud Piura y el Gobierno Regional de Piura, con lo demás que contiene. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 01/06/2016.EXPEDIENTE 1453-2010 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 27 de fecha 16 de noviembre del 2015, obrante de folios 315 a 323, que resuelve: Declarar fundada en parte la de-manda interpuesta por don Fran-cisco Martínez Imán contra la Ofi-cina de Normalización Previsional sobre impugnación de resolución administrativa; Nula la Resolu-ción N° 0000062968-2005-ONP-DC/DL 19990 de fecha de fecha 18.07.04, que deniega la solicitud de otorgamiento de pensión de jubilación adelantada del deman-dante; y Ordena que la deman-dada cumpla con expedir dentro del plazo de quince días hábiles nueva resolución en la que se dis-ponga que se incluya el periodo laborado por el demandante reco-nocido en la presente sentencia, más lo reconocido por la propia Oficina de Normalización Previ-sional; haciendo un total de, 22 años y 01 mes de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones,

procediendo a otorgarle una pen-sión de jubilación bajo el régimen general; más el pago de deven-gados e intereses legales tenien-do en cuenta el artículo 1246 del Código Civil con observancia del artículo 1249 del mismo cuerpo normativo. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 01/06/2016.EXPEDIENTE 2706-2013 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución N° 09, de fecha 09 de noviembre de 2015, obrante de folios 120 a 130, que resuelve: Declarar fundada en parte la de-manda interpuesta por don José Mercedes Guerrero Rivas contra la Oficina de Normalización Pre-visional sobre impugnación de resolución administrativa; Nula la resolución ficta que deniega el recurso de apelación inter-puesto contra la resolución ficta que deniega la solicitud de fecha agosto del dos mil trece, solo en los extremos concernientes a la omisión del pago de devengados e intereses legales por el periodo del 15 de noviembre del 2005 al 31 de julio del 2010; ordenar que la demandada cumpla con ex-pedir dentro del plazo de quince días hábiles nueva resolución en la que se disponga que cancele al demandante los devengados omitidos ascendientes a la suma de S/. 23, 207.80 Nuevos Soles y se efectúe el cálculo y pague al demandante los intereses legales generados por las pensiones de jubilación devengadas correspon-dientes al periodo del 15 de no-viembre del 2005 al 31 de julio del 2010, aplicando la tasa de interés legal conforme a lo dispuesto en los artículos 1242 a 1246 del Có-digo Civil, considerando la limita-ción dispuesta en el artículo 1249 del citado texto legal; e infunda-dos los extremos respecto al pago de devengados desde el punto de contingencia; pago de la bonifica-ción por edad avanzada; correcta aplicación del porcentaje de la remuneración de referencia se-gún el D.S. N° 099-2002-EF y una indemnización por daños y perjui-cios por acción personal hasta por la suma de S/. 35,000.00 Nuevos Soles. Sin costas ni costo. Juez Superior Ponente Dr. David Co-rrea. 02/06/2016.EXPEDIENTE 2586-2013 DECLA-RAR NULA la Resolución N° 08 – Sentencia, de fecha 22 de octubre de 2015, inserta de folios 84 a 89, que resuelve: Declarar infundada la demanda interpuesta por don Domingo Yarleque Yesquen con-tra la Oficina de Normalización Previsional. DISPONER que el A quo emita nuevo pronunciamiento acorde con las consideraciones antes expuestas, con observan-cia del principio de celeridad pro-cesal. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 02/06/2016.EXPEDIENTE 670-2014 DECLA-RAR NULA la Sentencia conte-nida en la Resolución Nº 06 de fecha 21 de septiembre del 2015, inserta de folios 77 a 90, que de-clara Fundada en parte la deman-da interpuesta por don Zacarias Alama Peña contra la Oficina de Normalización Previsional - ONP, sobre Proceso Contencioso Admi-nistrativo. (Restitución de pensión de jubilación). En consecuencia DECLARO NULA la Resolución N° 0000000243-2014-ONP/DPR.IF/DL 19990 de fecha 08/01/2014 que declara infundado el Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución N°0000000634-2013-ONP/DPR.IF/DL 19990 de fecha 03/10/2013 que suspende la pen-

sión de jubilación del demandan-te. Y ordena que la demandada proceda a notificar debidamente al demandante el inicio del proce-dimiento fiscalizador así como los actos administrativos en que se ha basado para suspender la pen-sión del demandante. SIN RESTI-TUCIÓN de la pensión de jubila-ción del demandante, dado que previamente se debe dilucidar completamente las imputaciones en la sede administrativa. con lo demás que contiene. DISPONER que el Juez de la causa, emita nueva resolución con arreglo a ley y teniendo en cuenta lo expuesto en la parte considerativa, obser-vando el principio de celeridad procesal recogido en el artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Civil, bajo responsabi-lidad. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 02/06/2016.EXPEDIENTE 2310-2012 CON-FIRMAR la sentencia materia de apelación, signada con Resolu-ción número 12 de fecha 18 de no-viembre de 2015, inserta de folios 292 a 297, que declara Fundada en Parte la Acción Contenciosa Administrativa interpuesta por Carlos Hernán Carbajal Hernán-dez contra la Dirección General de Recursos Humanos de la PNP DIRREHUMPNP, Dirección Gene-ral de la Policía Nacional del Perú DIRGEN PNP e Insectoría Regio-nal PNP Piura, con lo demás que contiene. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 02/06/2016.EXPEDIENTE 2358-2014 CON-FIRMAR la Resolución N° 05 – Sentencia, de fecha 30 de marzo de 2016, inserta de folios 53 a 56, que resuelve: Declarar fundada en parte la demanda contenciosa administrativa interpuesta por don Gregorio Sernaque Maza contra la Oficina de Normalización Pre-visional, cumpla la demandada con emitir el acto administrativo correspondiente reconociéndole el cálculo de las pensiones deven-gadas desde el 01 de diciembre del 2000, junto el pago de intere-ses legales. Juez Superior Ponen-te Dr. David Correa. 06/06/2016.EXPEDIENTE 2572-2014 RE-VOCAR la sentencia Resolución N° 05 (Sentencia) de fecha 29 de marzo de 2016, que resuelve: Declarar Fundada la demanda Contenciosa Administrativa in-terpuesta por don José Armando Aponte Guerrero contra la Direc-ción Regional de Educación de Piura. NULA la Resolución Direc-toral N° 5300 del 19 de setiembre del 2014, que declara infundado el recurso de apelación del de-mandante contra el Oficio N° 1573-2015 de fecha 05 de junio de 2014; así como éste último. OR-DENA a la entidad demandada Di-rección Regional de Educación de Piura cumpla con expedir nueva Resolución Administrativa dentro del plazo de quince días hábiles de notificada la presente resolu-ción, reconociendo al demandan-te el derecho a percibir la Bonifi-cación por concepto de refrigerio y movilidad de forma diaria, por el periodo de octubre del año 1997 a la actualidad e intereses legales generados, con deducción de lo percibido conforme se ha indica-do en la parte considerativa. Con lo demás que contiene. Y REFORMÁNDOLA se declare INFUNDADA la demanda Conten-ciosa Administrativa interpuesta por don José Armando Aponte Guerrero contra la Dirección Re-gional de Educación de Piura. Juez Superior Ponente Dr. David

Correa. 06/06/2016.EXPEDIENTE 85-2013 CONFIR-MAR la Resolución N° 12 (Sen-tencia) de fecha 24 de agosto del 2015, que resuelve: Declaro Fundada la demanda presenta-da por Pedro Nolasco Nizama Amaya contra la Oficina de Nor-malización Previsional sobre pro-ceso contencioso administrativo. En consecuencia, declara nulas la Resolución N° 0000123223-2006-ONP/DC/DL 19990 de fe-cha 26 de diciembre del 2006, que denegó su solicitud de pen-sión de jubilación y la Resolución N° 0000003723-2008/ONP/DPR/DL 19990, del 19 de setiembre del 2008, que declaró infundado su recurso de apelación. Y OR-DENA que la demandada expida nueva resolución otorgando al ac-tor pensión de jubilación general, incluyendo el pago de los deven-gados e intereses legales corres-pondientes desde la fecha en que debió percibir la referida pensión. Con lo demás que contiene. Juez Superior Ponente Dr. David Co-rrea. 07/06/2016.EXPEDIENTE 2580-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 08 – Sentencia, de fecha 24 de di-ciembre de 2015, inserta de folios 103 a 110, que resuelve: Declarar fundada la demanda interpuesta por don Manuel Saldarriaga Rugel contra la Oficina de Normalización Previsional sobre impugnación de resolución administrativa; Nula la Resolución N° 000003024-2013-ONP/DPR.SC/DL 19990, de fecha 05 de julio del 2013, que deniega el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución N° 0000038374-2012-ONP/DPR.SC/DL 19990, de fecha 09 de mayo del 2012, mediante la cual se le deniega una pensión de jubi-lación al demandante; y Ordeno que la demandada cumpla con expedir dentro del plazo de quin-ce días hábiles nueva resolución en la que se disponga se incluya el periodo laborado por el deman-dante reconocido en la presente sentencia, más lo reconocido por lo Oficina de Normalización Previsional; esto es, 07 años de aportes al Sistema Nacional de Pensiones, procediendo a otor-garle una pensión de jubilación al demandante bajo el régimen de invalidez, más el pago de de-vengados e intereses legales co-rrespondientes según lo estable-cido en el artículo 1246 y 1249 del Código Civil. Sin costas ni costos. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 08/06/2016.EXPEDIENTE 3484-2011 REVO-CAR la Resolución N° 26 – Sen-tencia, de fecha 27 de octubre de 2015, inserta de folios 243 a 250, en los extremos que resuelve: De-clarar infundada la acción conten-ciosa administrativa interpuesta por don Otoniel Sebastián Marce-lo Mejía contra la Oficina de Nor-malización Previsional respecto a las pensiones devengadas a partir del 02 de octubre de 1990, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 81 del Decreto Ley N° 19990, mas el pago de los inte-reses legales correspondientes. Y REFORMANDOLA: Declarar Fundada en parte la demanda; y ORDENA a la entidad deman-dada cumpla con emitir nueva resolución administrativa donde reconozca al demandante el pago de las pensiones devengadas a partir del 02 de octubre de 1990, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 81 del Decreto Ley N° 19990, mas el pago de los inte-

Piura, miércoles 1° de abril de 20154

domicilio que se indica en el escrito de demanda.Publíquese un extracto de la deman-da de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, la misma que se publicará por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República,Notifíquese al demandado Melchor Ramos Yarleque vía edictos, la misma que se publicará por 03 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189120, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTO JUDICIALExpediente 2376-2014-0-2001-JR-CI-1, seguido por CARRASCO ESPI-NOZA CESAR HECTOR contra VIGNATTI LINARES GIOVANNI ADRIAN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la Juez del 1er Juzg. Civil Piura, ULLOA PARAGULLA FANNY LUISA, Se trata de un Pro-ceso Abreviado de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a fin de que se le declare don Román Armando Ugarte Bernal propietario del bien mueble consistente en el vehículo Camión CGA 2 1/2 TN 6 x 6 sin placa de rodaje, marca REO, mode-lo M35 Repotenciado, color Verde, año de fabricación 1952, motor N° 344944-50-777329 Serie N°: 2320-160-0001-12, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpues-ta por CESAR HECTOR MARTIN CARRASCO ESPINOZA en repre-sentación de ROMAN ARMANDO UGARTE BERNAL sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, PUBLÍQUESE MEDIAN-TE EDICTOS UN EXTRACTO de la demanda por tres veces con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y en uno de mayor circula-ción de la ciudad.Piura, 25 de noviembre 2014.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

B/1191126 de marzo y 1°, 9 de abrilS/. 9,00

3.- NOTIFICACIONESPOR EDICTOS

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE 00042-2015-0-2012-JM-CI-01, La señora Juez (e) del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA en los autos seguidos por LUISA CHIRO-QUE RISCO VDA DE PURIZACA sobre VARIACIÓN DE CURADOR ha mandado se publique en el diario LA REPÚBLICA el siguiente edic-to: Resolución N°1 de fecha 25 de marzo de 2015: DECISIÓN: III.- DECISIÓN: Por tales razones, SE RESUELVE: 1.-ADMITIR a TRÁ-MITE la demanda de VARIACIÓN

DE CURADOR interpuesta por Luisa Chiroque Risco Vda. De Purizaca con-tra los sucesores de Angelita Risco de Chiroque y/o quien tenga legítimo inte-rés en la interdicta Gloria Chiroque Risco, en la vía del proceso sumarísi-mo. 2. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal. 3.- CORRER traslado a los demandados para que en el plazo de cinco días cumpla con contestar la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4.-Notificar con un extracto de la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el diario de los avisos judiciales “La República” a la parte demandada, para que en el término del quinto día de aparecida la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibi-miento de nombrárseles curador proce-sal. 5. AGREGAR a los autos los ane-xos que se adjunta.- Publicar por tres veces, en los diarios “El Peruano” y “La República”. FIRMADO - DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA. Juez del Juzgado Mixto - Sabina Chun-ga Espinoza.- Especialista Legal.

Dra. Sabina Chunga EspinozaESPECIALISTA LEGAL

Juzgado Mixto de CatacaosMódulo Básico de Justicia-CatacaosCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191830, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

JUZGADO CIVIL-PaitaEXPEDIENTE: 00185-2014-24-2005- JR-CI-01MATERIA: CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERALJUEZ: CORREA CASTRO DAVID FERNANDOESPECIALISTA: ELISEO REYES PACHERREZDEMANDADO: FLORES CALLE, EXILDA PRTE DEL CONCDE ADM DE ASOCDEMANDANTE: NAQUICHE GIRON, MANUELGONZA AGUILAR, ARNULFOCARHUAPOMA FLORES, SEGUNDOPAUCAR AVILA, REYNEIRO REPRESENTANTE DE ASOCIADOSResolución Nro. 02.Paita, 06 de marzo de 2015.-AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores del juzgado, así como las vacaciones del personal del juzgado en el mes de febrero; con el escrito de fecha 21/01/2015; Y CONSIDERANDO:1. De autos se puede observar que mediante resolución número uno se admite a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Avila contra Exilda Flores Calle.2. Que, la parte demandada ha sido debidamente notificado con la reso-lución número uno el día 20 de enero de 2015, habiéndose a la fecha ven-cido el plazo para interponer recur-so impugnatorio alguno; por lo que corresponde a esta judicatura conforme a las facultades conferidas por el artí-culo 50° Inciso 1) del Código Procesal Civil declarar consentida la resolución número uno (auto).DECISIÓN.Por estas consideraciones y norma cita-da: SE RESUELVE:1. DECLARAR CONSENTIDA la resolución uno (auto) de fecha 20 de

enero de 2015 que declara que resuel-ve Admitir a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Ávila contra Exilda Flores Calle.2. Al escrito de fecha 23/01/2015; presentado por los demandantes; no habiendo la parte demandada convo-cado a Asamblea General Extraordi-naria; como se solicita y conforme esta ordenado en autos, convóquese por este Juzgado; en consecuencia:3. CONVÓQUESE a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS, de la Asociación de Comerciantes del Complejo Comercial de la Zona Alta de Paita, la misma que se realizará día DOCE DE ABRIL del año en curso, a horas DIEZ DE LA MAÑANA en el domicilio de la socie-dad, para tratar la agenda materia de la demanda principal establecida en la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha 15 de diciem-bre de 2014, con la intervención de un Notario Público.4. DESÍGNESE al señor SEGUN-DO CARHUAPOMA FLORES como director de debates para tratar la agen-da ordenada. ABSTENIÉNDOSE de cualquier Convocatoria a Asamblea distinta a la ordenada en la sentencia.5. OFÍCIESE a la Policía Nacional del Perú, para que preste las garantías del caso en la citada asamblea.6. Notifíquese con las formalidades de ley.

Eliseo Reyes PacherrezSECRETARIO JUDICIAL

Juzgado Especializado Civil de PaitaCorte Superior de Justicia de Piura

B/119341°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

• CORTE SUPERIOR DE PIURA

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 09-2015-CI, peticionado por MILTON RUIZ MONTALVAN, sobre RECTIFICA-CIÓN DE SU PARTIDA DE NACI-MIENTO, en los siguientes extremos: Que al registrar los datos del titular se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal y margen derecho de la partida de nacimiento se encuentra con enmendadura en la cuarta letra del nombre del solicitante MILTON (se encuentra remarcado), así también en el cuerpo de dicha partida se encuentra con enmendadura el rubro del año de nacimiento, siendo lo correcto MIL NOVECIENTOS, respecto a los datos del padre en el rubro de la edad, lo correcto es TREINTA Y CINCO, así también en el rubro de la edad de la madre debe decir VEINTICUATRO y por último el nombre real de la madre del recurrente es PRIMITI-VA MONTALVAN JIMENEZ, y en la edad de la declarante lo correcto es VEINTICUATRO. RES. N° 01 de fecha veintitrés de marzo del presente año, RESUELVE: SEÑA-LAR FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 22-04-2015. Hora 10:00 AM.Juez: Dr. José Luis Silva Vargas.Secretaria Judicial: Cyntia Vanessa Vives Pizarro.

Cyntia Vanessa Vives Pizarro

SECRETARIA JUDICIALJuzgado de Paz Letrado-PacaipampaCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALLa Señora Presidenta de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Doctora Jackeline Yalán Leal y la Secretaria de Sala que suscribe, hacen saber lo siguiente:En el Expediente N° 01264-2012-0-2001-JR-LA-02, seguido por RIVAS DE ORDINOLA, AGUEDA contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo, se ha ordenado la publicación mediante EDICTO JUDICIAL del extracto de la RESOLUCIÓN N° 14 del 25 de marzo de 2015.- “1.- Se SUS-PENDA la continuación del proceso; hasta que se apersone la sucesión pro-cesal de la parte demandante fallecida: AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA;2.- Notifíquese a los herederos o suce-sión procesal de AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA, en el domicilio real señalado en autos: Caserío Charanal Alto s/n, Distrito de Chulucanas - Morropón, y el señalado en Ficha de la Reniec: Caserío San Martín Distrito de Chulucanas - Morropón; además de su domicilio procesal, notificándose un extracto de la presente resolución mediante edictos, para que cumplan con apersonarse al proceso en el plazo de treinta (30) días hábiles, debiendo presentar el documento de la declaratoria de herederos o sucesión intestada correspondiente así como su inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de designar-se curador procesal en caso de incumplimiento.3.- Se OFICIE al RENIEC para que Remita en el plazo de 10 días hábiles el acta de defunción del demandante.4.- Se REMITA por secretaria el correspondiente oficio adjuntando el edicto a publicarse por el plazo de 03 días en el diario de Avisos Judiciales “La República”.”Piura, 25 de marzo de 2015.

JACKELINE YALÁN LEALPresidenta

Sala Laboral TransitoriaCorte Superior de Justicia de Piura

JANET LLERENA NOLESecretaria de Sala

Sala Laboral Transitoria de PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto Transitorio de. Castilla, que Despacha la Juez Super-numeraria, Dra. RUTH LUCES-MITH DIAZ OLIVA y Especialista Judicial que da cuenta, en el Exp. N° 109-2011-CI-01, se ha resuelto lo siguiente, mediante Resolución Núme-ro Dos, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Divorcio por Causal de Separación de Hecho interpuesta por MIGUEL ALE-JANDRO ALVARADO LEON contra LIDIA AMANDA GARCÍA CALLE DE ALVARADO Y EL MINISTERIO PÚBLICO, en la vía del Proceso de Conocimiento, confiriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días hábiles a fin de que con-testen las misma, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días.-

10 Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016 PRECIO 0.025 POR PALABRA

reses legales correspondientes que se liquidarán en ejecución de sentencia, con las limitacio-nes del artículo 1249 del Código Civil. CONFIRMAR la sentencia contenida en la Resolución N° 26, de fecha 27 de octubre de 2015, en el extremo que resuelve: De-clarar infundada la pretensión de indemnización por daños y perjui-cios por el monto de S/. 35,000.00 Soles. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 08/06/2016.EXPEDIENTE 196-2016 REVO-CAR la sentencia contenida en la Resolución N° 25, de fecha 10 de febrero de 2015, en el extre-mo que declara INFUNDADA la pretensión accesoria de indem-nización interpuesta por Paula Marcía Periche Chapilliquen con-tra la Municipalidad Provincial de Sechura.Y REFORMÁNDOLA se declare fundada, ordenándose a la entidad demandada le pa-gue una indemnización por lucro cesante ascendente a la suma de S/. 37.796.66 soles que debe abonar la demandada a favor de la demandante, más los intereses correspondientes a liquidarse en ejecución de sentencia. Juez Su-perior Ponente Dr. David Correa. 08/06/2016. EXPEDIENTE 767-2015 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 07 de marzo de 2015, obrante de folios 60 a 65 que resuelve: De-clarar Infundada la acción con-tenciosa interpuesta por Claudia Lanchez Martínez contra la Ofici-na de Normalización Previsional. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 08/06/2016.EXPEDIENTE 1873-2012 CON-FIRMAR EN PARTE la senten-cia contenida en la Resolución número 23 Sentencia, de fecha 10 de diciembre de 2015, que de-clara Fundada en parte la Acción Contenciosa Administrativa inter-puesta por Grimaldo Saturdino Chong Vásquez contra el Gobier-no Regional de Piura. DECLA-RESE Nula y sin efecto legal la Resolución Ejecutiva Regional N° 208-2012-GRP-P de fecha 16 de abril de 2012 que declara infunda-do el recurso de reconsideración, contra la Resolución Ejecutiva Regional N° 1067-2011/GRP-P del 18 de noviembre de 2011. IN-FUNDADO el extremo que solicita nulidad e ineficacia de las resolu-ciones que se emitan en el futuro relacionado con el presente pro-ceso judicial. REVOCAR, el extre-mo que ordena que la entidad de-mandada emita nueva resolución conforme a lo expresado en la resolución materia de apelación, REFORMADOLA ordena que la entidad demandada emita resolu-ción administrativa conforme a lo expresado en los considerandos decimo primero y decimo segun-do de la presente resolución. Juez Superior Ponente Dr. David Co-rrea. 08/06/2016.EXPEDIENTE 2096-2012 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución N° 15, de fecha 10 de septiembre del 2015, que declaró infundada en todos los extremos la demanda presentada por Jaramillo Bravo, Eusebio con-tra Gobierno Regional de Piura y Dirección de Producción sobre proceso Contencioso Administra-tivo. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 08/06/2016EXPEDIENTE 928-2013 DECLA-RAR NULA E INSUBSISTENTE, todo lo actuado después de la fecha de fallecimiento del deman-dante, esto es, del 17 de enero de

2015.ORDENAR al juez de la causa que proceda conforme lo dispone el artículo 108° del Código Proce-sal Civil. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 08/06/2016EXPEDIENTE 866-2014 CONFIR-MAR la sentencia contenida en la Resolución N° 06 – Sentencia, de fecha 18 de agosto de 2015, inserta de folios 93 a 109, que resuelve: Declarar infundada la demanda interpuesta por don Jo-vino Castillo Abarca contra la Ofi-cina de Normalización Previsional – ONP sobre impugnación de resolución administrativa (Otor-gamiento de pensión de jubilación general – Decreto Ley N° 19990. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 08/06/2016EXPEDIENTE 2624-2013 DE-CLARAR NULA la sentencia con-tenida en la Resolución N° 08, de fecha 01 de diciembre del 2015, que resuelve: Declarar Infundada la demanda interpuesta por don Teodoro Piedra Maza contra la Oficina de Normalización Previ-sional – ONP sobre impugnación de Resolución administrativa (otorgamiento de pensión de ju-bilación general – Decreto Ley 19990). Con lo demás que con-tiene. DISPONIENDO que el A quo emita nuevo pronunciamiento acorde con las consideraciones antes expuestas, con observan-cia del principio de celeridad pro-cesal. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 10/06/2016.EXPEDIENTE 415-2013 REVO-CAR el auto contenido en la Re-solución N° 12 de fecha 06 de noviembre de 2015, obrante de folios 191 s 192, en los extremos que resuelve declarar: Fundada en parte la observación formulada por el abogado de la demandan-te Silva Vda. De Aponte Virginia Guadalupe, con lo demás que contiene. REFORMADOLO, se declare Infundada la observación deducida por la parte demandan-te, a la liquidación de intereses practicada por la ONP. Juez Su-perior Ponente Dr. David Correa. 13/06/2016.EXPEDIENTE 2622-2013 CON-FIRMAR EN PARTE la sentencia contenida en la Resolución N° 06, de fecha 15 de septiembre de 2015, que declara FUNDADA en parte la demanda presentada por Clara Elena Rebolledo Cruz contra la Dirección Regional de Educación de Piura y el Gobierno Regional de Piura, en consecuen-cia Declara Nula la Resolución ficta que desestimó su derecho al pago de la Bonificación Espe-cial Mensual por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% calculado sobre la Re-muneración Total; así como la Resolución Directoral Educación Morropón N° 00001475, de fecha 28 de noviembre del 2013, obran-te de folios 56 a 57, mediante la cual reconoce en parte el derecho al pago de la Bonificación Espe-cial Mensual por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% calculado sobre la Re-muneración Total, y ordena que el pago se haga efectivo a partir de la fecha en que se apruebe el financiamiento presupuestal co-rrespondientes. Y ordena que la demandada emita nueva resolu-ción disponiendo que el beneficio mensual por Preparación de cla-ses y Evaluación de la actora sea calculado conforme al equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, más los devengados y sus intereses legales correspon-

dientes, en el modo señalado en los considerandos pertinentes de la presente, en el modo señalado en los considerandos pertinentes de la presente resolución. REVO-CAR en el extremo que resuelve ORDENAR a la demandada emita nueva resolución disponiendo que el beneficio mensual por Prepara-ción de clases y Evaluación de la actora sea calculado conforme al equivalente al 30% de su remune-ración total o íntegra, más los de-vengados y sus intereses legales correspondientes, en el modo se-ñalado en los considerandos per-tinentes de la presente resolución. Y REFORMANDOLA, ORDENA que la demandada cumpla con expedir resolución administrativa disponiendo el pago de la bonifi-cación especial por preparación de clases y evaluación sobre la base del 30% de la remuneración total e integra que percibía la de-mandante, debiendo disponer se reintegre el monto que correspon-da, en estricta aplicación del Artí-culo 48 de la Ley del Profesorado 24029 y el artículo 210 del Decre-to Supremo 19-90-ED; desde el 20 de mayo de 1990 hasta el pe-riodo en que se encontró bajo los alcances del artículo 48 de la Ley del Profesorado Nº 24029, modifi-cado por la Ley N° 25212; más los respectivos intereses legales que serán calculados en ejecución de sentencia, debiendo tenerse en cuenta lo dispuesto en los artícu-los 1242º y siguientes del Código Civil, con la debida observancia de la limitación contenida en el artículo 1249 del mismo texto nor-mativo. Juez Superior Ponente Dr. David Correa. 14/06/2016.FP: 20,22,23 Agosto

CRÓNICAS JUDICIALES DE AUTOS - MES DE JUNIO DE

2016DR. DAVID CORREA CASTRO

EXPEDIENTE 281-2016-13 DE-CLARAR NULO el auto contenido en la Resolución N° 11, de fecha 08 de marzo de 2016, que resuel-ve declarar Rebelde a la Munici-palidad Distrital de Catacaos. 2. Declarar saneado el proceso al existir una relación jurídica pro-cesal válida. 3. Fijar como puntos controvertidos. Con lo demás que contiene. DISPONIENDO que el juzgador emita nueva resolución respetando los derechos del de-bido proceso; teniendo en cuenta los considerandos expuestos en la presente resolución. Juez Su-perior Ponente Dr. David Correa Castro. 01/06/2016.EXPEDIENTE 2398-2014-53 CONFIRMAR la resolución N° 02, de fecha 06 de abril de 2015, en el extremo que se impone la san-ción de multa a la parte deman-dada Oficina de Normalización Previsional. MODIFICAR el monto de la sanción, y en consecuen-cia, disponer que se imponga a la demandada una multa equiva-lente a Una unidad de referencia procesal (1 URP). Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 06/06/2016.EXPEDIENTE 297-2016 APRO-BAR LA CONSULTA contenida en la Resolución Nº 02 expedida por el Juzgado Mixto de Castilla, de fecha 10 de mayo del 2016 inserta de folios 84 a 85, que Resuelve: Rechazar la Inhibición por territo-rio efectuada por el Juez del Se-gundo Juzgado Laboral de Piura. DISPONER que el Juez del Se-gundo Juzgado Laboral de Piura

continúe con la tramitación del presente proceso, según su esta-do y naturaleza. Notifíquese a las partes procesales, con conoci-miento del Juzgado Mixto de Cas-tilla. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 09/06/2016EXPEDIENTE 2232-2015 DECLA-RAR NULO el auto contenido en la Resolución Nº 01 de fecha 09 de diciembre del 2015, obrante de folios 103, que resuelve: De-clarar improcedente la demanda contencioso administrativa in-terpuesta por don Hugo Aaron Mazzini Riofrio. DISPONER que el Juez de la causa emita nueva resolución en su oportunidad, te-niendo en cuenta lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.Interviniendo la magistrada Niza-ma Márquez por licencia de la ma-gistrada Yalán Leal. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 06/06/2016.EXPEDIENTE 3509-2011-83 CONFIRMAR el auto contenido en la Resolución N° 15, de fecha 07 de setiembre de 2015, obrante de folios 212 a 213, en el extremo que resuelve: Hágase efectivo el apercibimiento ordenado en autos e impóngase a la entidad deman-dada Gerencia Sub Regional Lu-ciano Castillo Colonna, una multa de Una Unidad de Referencia Pro-cesal. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 07/06/2016EXPEDIENTE 639-2013-85 DE-CLARAR NULO el auto contenido en la Resolución N° 11, de fecha 24 de julio de 2015, obrante de folios 64 a 65, que resuelve: Há-gase efectivo el apercibimiento dispuesto en la Resolución N° 10 de fecha 13 de febrero de 2015; y consecuentemente, impónga-se multa de 01 URP a la entidad demandada Gobierno Regional de Piura; y requiérase por última vez a la demandada, a efectos que dentro del término de cin-co días, cumpla con precisar la fecha correcta de la Resolución Ejecutiva Regional N° 025-91/REGION GRAU-P, cuya fecha ha sido consignada como “27 de enero de 1993”; y cumpla con re-mitir a este Juzgado el informe so-licitado mediante Resolución N° 09, así como los demás medios probatorios requeridos mediante la misma, bajo apercibimiento de imponerle multa personal de 02 URP al titular del pliego, la que será compulsiva, acumulativa y sucesiva, hasta cumplido que sea el presente mandato. DISPONER que el juez de la causa, emita nuevo pronunciamiento acorde con las consideraciones antes expuestas, con observancia del principio de celeridad procesal. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 07/06/2016EXPEDIENTE 2473-2015-22 CONFIRMAR el auto contenido en la Resolución Nº 01, de fecha 22 de marzo de 2016, que re-suelve declarar improcedente la medida cautelar interpuesta por Alberto Mejía Sirlupu contra la Di-rección Regional de Educación de Piura. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 09/06/2016EXPEDIENTE 3191-2012-15 CONFIRMAR EN PARTE la Re-solución N° 17, de fecha 05 de enero del 2015, en el extremo que se impone multa de dos unidades de referencia procesal ordenado en autos e impone una multa de 02 Unidades de Referencia Pro-cesal. Volviendo a requerirle al representante de la entidad de-mandada Dirección Regional de

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes 20 de marzo del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGVPiura, miércoles 1° de abril de 2015 3

Partida Electrónica N° 03009382 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral No. I Sede Piura.DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 22 de abril de 2015, a horas 12.30 p.m. (Doce y treinta del mediodía)LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Civil de Piura, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Piura, en Calle Lima No. 997 - Segundo Piso, de la Ciudad de Piura - Piura.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación del inmueble materia de remate en Efectivo o Cheque de Gerencia negociable a su nombre, además de adjuntar DNI en original y copia, así como tasa judicial en original y copia por derecho a participar en el remate del inmueble, y se consignará en la tasa judicial a este Juzgado, número de expediente y el número de DNI o RUC del postor. Los honorarios del Martillero Público son de cargo del Adjudicatario conforme a la Ley No. 27728 - Ley del Martillero Público, están afectos al IGV y se cancelarán concluido el acto de remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público Registro N° 293; Especialista Legal Gina Maribel Llenque Moran, Segundo (2°) Juzgado Civil de Piura.Publicar por seis días.GINA MARIBEL LLENQUE MORÁN

Secretaria JudicialSegundo Juzgado Civil de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraGIANNI GASTTONE CHAVEZ

ENCISOMartillero PúblicoRegistro N° 293

F/124201°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

TERCERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL: Exp. N° 4033-2011-0-2001-JR-CI-5. En los seguidos por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. contra MELEN-DREZ BERMEO MARIA ALEJAN-DRINA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA.BIENES EN REMATE: El Quin-to Juzgado Especializado Civil de Piura, a cargo del Señor Juez, Jensen Francisco García Córdova, intervinien-do como Especialista Legal, Águeda Vanessa del Rossio Panta Cocios, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el Remate Público Judicial en Terce-ra Convocatoria de dos (02) bienes inmuebles de propiedad de la ejecuta-da Melendrez Bermeo María Alejandri-na, respetando el orden siguiente:1. BIEN INMUEBLE N° 01: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 20, calle César Pinglo, Distrito de La Unión, Provincia y Departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscri-tos en la Partida Electrónica N° P15081408 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 18,448.00 (Dieciocho mil cuatrocientos cuaren-ta y ocho y 00/100 Dólares America-nos). PRECIO BASE: US$. 8,885.78 (OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 78/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-

ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 14,194.42; 2) Asiento 00007, Modifi-cación y Ampliación de Hipoteca del Asiento 00006, hasta por S/. 18,777.32; 3) Asiento 00008, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 23,986.91; 4) Asiento 00009, Embar-go judicial de acciones y derechos de Melendrez Bermeo María Alejandrina hasta por la suma de S/. 10.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.2. BIEN INMUEBLE N° 02: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 05, calle Santa Rosa, Distrito de La Unión, pro-vincia y departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritos en la Partida Electrónica N° P15081393 del Regis-tro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 8,310.00 (Ocho mil trescientos diez y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$. 4,002.65 (CUATRO MIL DOS CON 65/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco del Trabajo hasta por S/. 7,128.00; y 2) Asiento 00007, Embar-go judicial hasta por S/. 15.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.FECHA, HORA Y LUGAR: El remate judicial de los dos (02) inmuebles men-cionados, respetando el orden antes indicado, se programa para el día VIERNES 10 DE ABRIL DE 2015 A LAS 09.00 Y 09.15 HORAS RES-PECTIVAMENTE EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO ESPE-CIALIZADO CIVIL DE PIURA, sede del Poder Judicial de Piura, sito en calle Lima N° 997, 2° piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Por cada inmue-ble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10% de cada valoriza-ción, adjuntar original y copia del DNI y/o RUC, del arancel judicial con Código N° 7153 por derecho de parti-cipación en remate de inmueble, indi-cando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: El adjudicatario paga los hono-rarios del Martillero Público más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamen-to (D.S. N° 008-2005-JUS), inmedia-tamente al finalizar la diligencia de remate. Piura, diciembre 17 de 2014. [email protected]. (51)(44) 94-936-5850 94-789-3343 34-7544 / RPM *661990.AGUEDA VANESSA DEL ROSARIO

PANTA COCIOSSecretaria Judicial

Quinto Juzgado Civil de PiuraCorte Superior de Justicia de PiuraGUILLERMO E. PAREDES LAN-

DAUROAbogado - Martillero Público Reg.

N° 210F/124211°, 6, 7 de abrilS/. 21,00

• REMATE BIENES MUEBLES

REMATE JUDICIAL EN PRIME-RA CONVOCATORIA

En el Expediente N° 283-2009, seguido por ESTUARDO REY MADRID con-tra TRANSPORTES GARCE SRL, sobre Pago de Beneficios Sociales, tramitado ante el Segundo Juzgado Laboral de Piura que despacha el Dr. Jhymmy Espinoza Correa, Especialis-ta Legal Dr. Oscar Valdiviezo Chapa, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA EL ÓMNIBUS MARCA HINO, CON PLACA DE RODAJE VG-4512, AÑO DE FABRICACIÓN 1990, N° DE SERIE RU1HHA40001, N° DE MOTOR H06CTL10768, PETROLERO, 06 CILINDROS, 37 PASAJEROS, CARROCERÍA METROPOLITANO.Tasación: Nueve mil veintidós con 86/100 dólares americanos (US$ 9,022.86).PRECIO BASE DEL REMATE: SEIS MIL QUINCE CON 24/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,015.24) equivalente a las dos terce-ras partes de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: EMBARGO hasta por la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles a favor de Estuardo Rey Madrid.LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En la cochera ubicada en la avenida Guardia Civil s/n (al costado de la granja) del Distrito de Castilla, Provincia y departamento de Piura, el día VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL 2015 A LAS NUEVE HORAS (9:00 a.m.).REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 902.29 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberá de presentar la tasa judicial por Participación en Remate en original y copia.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decre-to Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: [email protected], 27 de enero de 2015.

Oscar Fco. Valdiviezo ChapaSECRETARIO JUDICIAL

Segundo Juzgado Laboral-PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191930, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

2.- EDICTOS CLASIFICADOS

• SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIALExpediente N° 1960-2014-0-2001-JP-CI-04, solicitado por JULIO BENITES OLIVA, sobre SUCESIÓN INTESTADA solicitando se declare

como legítimo y universal heredero al solicitante; se ha ordenado notificar por EDICTO LO SIGUENTE: RESO-LUCIÓN N° CUATRO: ADMITIR A TRÁMITE LA PRESENTE SOLICI-TUD DE SUCESIÓN INTESTADA de don MANUEL BENITES DÍAZ (Falleció el 26-05-1968) Y MARIA OLIVA ROQUE, (Falleció el 16-07-1971); solicitada por su hijo don JULIO BENITES OLIVA, en la Vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con los medios probatorios que se ofre-cen y anexos que se acompañan.JUEZ: PIEDAD MAGDALENA TALLEDO GUARDERASESPECIALISTA: GUILLERMO GUTIERREZ PACHERRES.

Guillermo Gutierrez PacherresSECRETARIO JUDICIAL

Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraB/119301° de abrilS/. 5,00

• PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVADE DOMINIO

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEl Juzgado Mixto Transitorio de Casti-lla, ha dispuesto por Resolución N° 04 Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01, notificar por edictos al deman-dado MELCHOR RAMOS YARLE-QUE, con la Resolución N° 04 Auto Admisorio de fecha 22 de enero de 2015:Resolución N° 04 se resuelve ADMI-TIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía correspondiente al Proceso de abreviado; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189220, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTOEl Juzgado Mixto Transitorio de Cas-tilla, Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01; ha dispuesto por Resolución N° 04 de fecha 22 de enero de 2015: ADMITIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía abreviada; TÉNGASE por ofreci-dos los medios probatorios que indica.CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Notifíquese a los colindantes en el

11Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016PRECIO 0.025 POR PALABRA

Transportes y Comunicaciones de Piura, para que en el plazo de diez días hábiles cumpla con lo dispuesto en autos, bajo aper-cibimiento de imponer una multa ascendente a 4 URP y de ponerse los autos a despacho y tenerse en cuenta su conducta procesal de demandada en sentido nega-tivo al momento de sentenciar. Y REVOCARON la referida resolu-ción en el extremo que impone a la demandada una multa equiva-lente a una unidad de referencia procesal 02 URP, debiendo RE-FORMARSE y disponer que los apercibimientos y sanciones sean graduales disponiendo la imposi-ción de una multa equivalente a 1 URP. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 10/06/2016EXPEDIENTE 3375-2012-48 CONFIRMAR el auto contenido en la Resolución N° 15, de fecha 18 de enero de 2016, en el extre-mo que le impone a la demanda-da multa de 1 URP, y le requiere para que en el plazo de cinco días cumpla con la resolución adminis-trativa y el respectivo cronograma de pagos, bajo apercibimiento de imponerle multa de 2 URP compulsiva y progresiva, en caso de incumplimiento del presente mandato judicial. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 10/06/2016EXPEDIENTE 318-2016-91 DE-CLARAR NULO el auto contenido en la Resolución N° 09, de fecha 28 de diciembre de 2015, inserta de folios 25 a 27, que resuelve: 1. Declarar Rebelde a la Munici-palidad Distrital de Catacaos. 2. Declarar saneado el proceso al existir una relación jurídica pro-cesal válida. 3. Fijar como puntos controvertidos. Con lo demás que contiene. DISPONER que la A quo emita nuevo pronunciamiento acorde con las consideraciones antes expuestas, con observan-cia del principio de celeridad pro-cesal. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 13/06/2016EXPEDIENTE 2325-2013 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución N° 09 – Senten-cia, de fecha 25 de noviembre de 2015, inserta de folios 84 a 90, que resuelve: Declarar infundada la acción contencioso administra-tiva interpuesta por doña María Lidia Crisanto de Montero contra la Oficina de Normalización Pre-visional, sobre impugnación de resolución administrativa. Juez Superior Ponente Dr. David Co-rrea Castro 14/06/2016EXPEDIENTE 3667-2011-43 DE-CLARAR NULO el auto contenido en la Resolución N° 26, de fecha 05 de marzo de 2015, obrante de folios 181 a 183, en los extremos que resuelve: 4- Declarar fundada en parte la cuarta observación, efectuada por el demandante a la liquidación de intereses legales efectuada por el demandante, en tanto la demanda ha efectuado una liquidación de interese lega-les aplicando la tasa de interés laboral. 5- Cumpla la deman-dada Oficina de Normalización Previsional con emitir nueva li-quidación de intereses legales, debiendo efectuar la liquidación aplicando los artículos 1242°, 1244° y 1246° del Código Civil, es decir, que no implique capitaliza-ción de intereses.ORDENAR al juez de la causa, emita nueva resolución respecto a los extremos materia de nuli-dad, teniendo en cuenta la parte considerativa de la presente reso-lución. Juez Superior Ponente Dr.

David Correa Castro 14/06/2016EXPEDIENTE 2019-2011-75 CONFIRMAR el auto contenido en la Resolución N° 22, de fecha 05 de diciembre del 2014, obrante de folios 352 a 353, en el extremo que resuelve: Hacer efectivo el apercibimiento decretado e impo-ner la multa de Una Unidad de Re-ferencia Procesal a la demandada Oficina de Normalización Previ-sional. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 14/06/2016EXPEDIENTE 1414-2014 CON-FIRMAR la Sentencia contenida en la Resolución N° 07, de fecha 01 de enero de 2016, que declara Infundada la demanda interpues-ta por doña Gabriela Zapata Ada-naque Vda. De Ordinola contra la Oficina de Normalización Previ-sional –ONP sobre otorgamiento de pensión de jubilación (Régi-men Especial). Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 14/06/2016EXPEDIENTE 1536-2015 DE-CLARAR NULA la Resolución Nº 01 de fecha 01 de setiembre del 2015, que resuelve declarar improcedente la demanda por incompetencia territorial de este juzgado laboral de Piura para conocer la demanda contencio-sa administrativa interpuesta por Ascela Esperanza Tumi Bernuy contra la Oficina de Normaliza-ción Previsional; en consecuen-cia; inhíbase el magistrado que suscribe del conocimiento de la presente causa. con lo demás que contiene. ORDENARON al Juez de la causa emita nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos expuestos en la pre-sente resolución. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 14/06/2016EXPEDIENTE 2424-2014 DECLA-RAR NULA la sentencia conte-nida en la Resolución N° 04 de fecha 29 de septiembre de 2015, obrante de folios 77 a 82, que declara Infundada la demanda in-terpuesta por don Walter Miranda Viera contra el Gobierno Regional de Piura sobre nulidad de reso-lución administrativa (Pago de beneficio de alimentación y apoyo nutricional – Decreto de Urgencia N° 088-2001). DISPONER que el Juez de la causa, emita nueva resolución con arreglo a ley y te-niendo en cuenta lo expuesto en la parte considerativa, observan-do el principio de celeridad pro-cesal recogido en el artículo V del Título Preliminar del Código Pro-cesal Civil, bajo responsabilidad. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 15/06/2016

EXPEDIENTE 2685-2015 DE-CLARAR NULO el auto contenido en la Resolución N° 01, de fecha 28 de diciembre de 2015, obran-te de folios 40 a 41, que resuelve: Declarar improcedente la deman-da por incompetencia territorial del Juzgado Laboral de Piura para conocer la demanda contencioso administrativa interpuesta por don Julio Leonor Alama Medina contra la Oficina de Normalización Previ-sional; en consecuencia, inhíbase la magistrada del conocimiento de la presente causa; y remítase la demanda y sus anexos al juzgado de la ciudad de Sullana para que conozca la pretensión formulada.DISPONER que la A quo emita nuevo pronunciamiento acorde con las consideraciones antes expuestas, con observancia del principio de celeridad procesal. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 16/06/2016.

EXPEDIENTE 316-2013 CONFIR-MAR EN PARTE la Resolución N° Resolución N° 11 (Sentencia) de fecha 09 de marzo del 2015 en el extremo que resuelve: Declarar Fundada en parte la demanda presentada por Mercedes Estela Mendoza Bossio contra Essalud Red Asistencial Piura sobre Pro-ceso Contencioso Administrativo. En consecuencia, declara nulas la Resolución Ficta que desestimó el recurso de apelación presen-tado por la demandante contra la Resolución N° 745-CCGP-OGA-ESSALUD-2012 de fecha 05 de julio de 2012, en el extremo que resuelve imponer a la demandan-te la sanción administrativa de destitución. Y ORDENA que la demandada emita nueva absol-viendo a la demandante de los cargos que se le imputan; asimis-mo que se le reponga en el cargo de Jefa del Departamento de Ayu-da al Diagnóstico y Tratamiento del Hospital Cayetano de la Red Asistencial Piura, más el pago de sus remuneraciones y beneficios dejados de percibir hasta que sea repuesta, con sus respectivos intereses legales. REVOCAR en el extremo que ORDENA que la demandada emita nueva absol-viendo a la demandante de los cargos que se le imputan; asimis-mo que se le reponga en el cargo de Jefa del Departamento de Ayu-da al Diagnóstico y Tratamiento del Hospital Cayetano de la Red Asistencial Piura, más el pago de sus remuneraciones y beneficios dejados de percibir hasta que sea repuesta, con sus respecti-vos intereses legales. Y REFOR-MÁNDOLA se ORDENE que la demandada cumpla con emitir nuevo acto administrativo corres-pondiente respetando los dere-chos del debido proceso y moti-vación de resoluciones; teniendo en cuenta los considerandos ex-puestos en la presente resolución. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 17/06/2016EXPEDIENTE 331-2013 CONFIR-MAR la sentencia contenida en la Resolución N° 14, de fecha 14 de diciembre de 2015, que declara Infundada la acción contenciosa administrativa interpuesta por Rumaldo Antón Moncada contra la Oficina de Normalización Pre-visional sobre reconocimiento de años de aportaciones. Juez Su-perior Ponente Dr. David Correa Castro 17/06/2016EXPEDIENTE 348-2014 CONFIR-MAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 06 de agosto de 2015, obrante a folios 94 a 104, que resuelve: Declarar fundada la demanda interpuesta por don Wilson Wilfredo Merino Torres contra la Dirección Regio-nal de Salud Piura, sobre proceso Cumplimiento de Resolución Ad-ministrativa (pago de devengados por el Decreto de Urgencia 037-94, 090-96, 073-97 y 011-99). Con lo demás que contiene. Juez Su-perior Ponente Dr. David Correa Castro 20/06/2016EXPEDIENTE 758-2015-78 CON-FIRMAR en parte el auto conteni-do en la Resolución N° 05, de fe-cha 22 de enero de 2016, inserta de folios 83 a 84, que resuelve: Hágase efectivo el apercibimien-to dispuesto en la Resolución N° 04, de fecha 06 de noviembre de 2015; y consecuentemente, im-póngase multa a la Municipalidad Provincial de Piura. Modificar el monto de la multa e imponer una multa a la Municipalidad Provin-cial de Piura equivalente a Una

Unidad de Referencia Procesal. REVOCAR el extremo del auto contenido en la Resolución N° 05, de fecha 22 de enero de 2016, que resuelve: Requiérase nuevamen-te a la entidad demandada Mu-nicipalidad Provincial de Piura, a efectos que, dentro del término de tres días hábiles, cumpla con pre-sentar el original de la ADDENDA N° 00014 al Contrato Administra-tivo de Servicios N° 646-2012, materia de tacha, dentro del tér-mino de tres días hábiles, bajo apercibimiento de resolverse con los documentos existentes en autos, sin perjuicio de tener en cuenta la conducta procesal en sentido negativo, al momento de resolver. Y REFORMANDOLO, dejar sin efecto el requerimiento de presentar dicha documental en original, y tener por cumplido el requerimiento dispuesto en la Resolución N° 04. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 20/06/2016 EXPEDIENTE 1870-2014 DE-CLARAR NULA la Resolución Número 07 – Auto, de fecha 04 de marzo del 2016, inserta a folios 107 a 108, que declara Improce-dente la notificación de la senten-cia por la Dirección Regional de Salud. Con lo demás que contie-ne. Y ORDENARON al Juez de la causa proceda a notificar con la sentencia a la Dirección Regio-nal de Salud por ser parte code-mandada en el presente proceso. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 20/06/2016EXPEDIENTE 2281-2014 CON-FIRMAR la Resolución N° 07 (Sentencia) de fecha 01 de di-ciembre del 2015, que resuelve: Declarar Infundada la demanda interpuesta por don Luis Nicanor Girón Ramírez contra Oficina de Normalización Previsional ONP sobre impugnación de resolución administrativa (Otorgamiento de pensión de jubilación general – Decreto Ley N° 19990). Juez Su-perior Ponente Dr. David Correa Castro 21/06/2016EXPEDIENTE 1321-2013 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución N° 13, de fecha 20 de octubre de 2015, obrante de folios 137 a 141, que resuelve: Declarar infundada la demanda presentada por doña Alejandrina Alberca Vda. de Durand contra la Oficina de Normalización Previ-sional sobre proceso contencio-so administrativo. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 22/06/2016EXPEDIENTE 2084-2015 DE-CLARAR NULA la Resolución Nº 01 de fecha 05 de octubre del 2015, que resuelve declarar im-procedente la demanda por in-competencia territorial del Juzga-do laboral de Piura para conocer la demanda contenciosa admi-nistrativa interpuesta por Manuel Alfonso Morales Calderón contra la Oficina de Normalización Previ-sional; en consecuencia; inhíbase el magistrado que suscribe del conocimiento de la presente cau-sa, con lo demás que contiene. ORDENARON al Juez de la cau-sa emita nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos ex-puestos en la presente resolución. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 22/06/2016EXPEDIENTE 296-2016 CON-FIRMAR el auto contenido en la Resolución Resolución Nº 02, de fecha 02 de noviembre del 2015, que resuelve: Declarar Recha-zar la Demanda interpuesta por Santos Eusebio Reyes Palacios

Piura, miércoles 1° de abril de 20154

domicilio que se indica en el escrito de demanda.Publíquese un extracto de la deman-da de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, la misma que se publicará por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República,Notifíquese al demandado Melchor Ramos Yarleque vía edictos, la misma que se publicará por 03 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189120, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTO JUDICIALExpediente 2376-2014-0-2001-JR-CI-1, seguido por CARRASCO ESPI-NOZA CESAR HECTOR contra VIGNATTI LINARES GIOVANNI ADRIAN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la Juez del 1er Juzg. Civil Piura, ULLOA PARAGULLA FANNY LUISA, Se trata de un Pro-ceso Abreviado de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a fin de que se le declare don Román Armando Ugarte Bernal propietario del bien mueble consistente en el vehículo Camión CGA 2 1/2 TN 6 x 6 sin placa de rodaje, marca REO, mode-lo M35 Repotenciado, color Verde, año de fabricación 1952, motor N° 344944-50-777329 Serie N°: 2320-160-0001-12, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpues-ta por CESAR HECTOR MARTIN CARRASCO ESPINOZA en repre-sentación de ROMAN ARMANDO UGARTE BERNAL sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, PUBLÍQUESE MEDIAN-TE EDICTOS UN EXTRACTO de la demanda por tres veces con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y en uno de mayor circula-ción de la ciudad.Piura, 25 de noviembre 2014.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

B/1191126 de marzo y 1°, 9 de abrilS/. 9,00

3.- NOTIFICACIONESPOR EDICTOS

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE 00042-2015-0-2012-JM-CI-01, La señora Juez (e) del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA en los autos seguidos por LUISA CHIRO-QUE RISCO VDA DE PURIZACA sobre VARIACIÓN DE CURADOR ha mandado se publique en el diario LA REPÚBLICA el siguiente edic-to: Resolución N°1 de fecha 25 de marzo de 2015: DECISIÓN: III.- DECISIÓN: Por tales razones, SE RESUELVE: 1.-ADMITIR a TRÁ-MITE la demanda de VARIACIÓN

DE CURADOR interpuesta por Luisa Chiroque Risco Vda. De Purizaca con-tra los sucesores de Angelita Risco de Chiroque y/o quien tenga legítimo inte-rés en la interdicta Gloria Chiroque Risco, en la vía del proceso sumarísi-mo. 2. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal. 3.- CORRER traslado a los demandados para que en el plazo de cinco días cumpla con contestar la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4.-Notificar con un extracto de la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el diario de los avisos judiciales “La República” a la parte demandada, para que en el término del quinto día de aparecida la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibi-miento de nombrárseles curador proce-sal. 5. AGREGAR a los autos los ane-xos que se adjunta.- Publicar por tres veces, en los diarios “El Peruano” y “La República”. FIRMADO - DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA. Juez del Juzgado Mixto - Sabina Chun-ga Espinoza.- Especialista Legal.

Dra. Sabina Chunga EspinozaESPECIALISTA LEGAL

Juzgado Mixto de CatacaosMódulo Básico de Justicia-CatacaosCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191830, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

JUZGADO CIVIL-PaitaEXPEDIENTE: 00185-2014-24-2005- JR-CI-01MATERIA: CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERALJUEZ: CORREA CASTRO DAVID FERNANDOESPECIALISTA: ELISEO REYES PACHERREZDEMANDADO: FLORES CALLE, EXILDA PRTE DEL CONCDE ADM DE ASOCDEMANDANTE: NAQUICHE GIRON, MANUELGONZA AGUILAR, ARNULFOCARHUAPOMA FLORES, SEGUNDOPAUCAR AVILA, REYNEIRO REPRESENTANTE DE ASOCIADOSResolución Nro. 02.Paita, 06 de marzo de 2015.-AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores del juzgado, así como las vacaciones del personal del juzgado en el mes de febrero; con el escrito de fecha 21/01/2015; Y CONSIDERANDO:1. De autos se puede observar que mediante resolución número uno se admite a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Avila contra Exilda Flores Calle.2. Que, la parte demandada ha sido debidamente notificado con la reso-lución número uno el día 20 de enero de 2015, habiéndose a la fecha ven-cido el plazo para interponer recur-so impugnatorio alguno; por lo que corresponde a esta judicatura conforme a las facultades conferidas por el artí-culo 50° Inciso 1) del Código Procesal Civil declarar consentida la resolución número uno (auto).DECISIÓN.Por estas consideraciones y norma cita-da: SE RESUELVE:1. DECLARAR CONSENTIDA la resolución uno (auto) de fecha 20 de

enero de 2015 que declara que resuel-ve Admitir a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Ávila contra Exilda Flores Calle.2. Al escrito de fecha 23/01/2015; presentado por los demandantes; no habiendo la parte demandada convo-cado a Asamblea General Extraordi-naria; como se solicita y conforme esta ordenado en autos, convóquese por este Juzgado; en consecuencia:3. CONVÓQUESE a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS, de la Asociación de Comerciantes del Complejo Comercial de la Zona Alta de Paita, la misma que se realizará día DOCE DE ABRIL del año en curso, a horas DIEZ DE LA MAÑANA en el domicilio de la socie-dad, para tratar la agenda materia de la demanda principal establecida en la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha 15 de diciem-bre de 2014, con la intervención de un Notario Público.4. DESÍGNESE al señor SEGUN-DO CARHUAPOMA FLORES como director de debates para tratar la agen-da ordenada. ABSTENIÉNDOSE de cualquier Convocatoria a Asamblea distinta a la ordenada en la sentencia.5. OFÍCIESE a la Policía Nacional del Perú, para que preste las garantías del caso en la citada asamblea.6. Notifíquese con las formalidades de ley.

Eliseo Reyes PacherrezSECRETARIO JUDICIAL

Juzgado Especializado Civil de PaitaCorte Superior de Justicia de Piura

B/119341°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

• CORTE SUPERIOR DE PIURA

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 09-2015-CI, peticionado por MILTON RUIZ MONTALVAN, sobre RECTIFICA-CIÓN DE SU PARTIDA DE NACI-MIENTO, en los siguientes extremos: Que al registrar los datos del titular se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal y margen derecho de la partida de nacimiento se encuentra con enmendadura en la cuarta letra del nombre del solicitante MILTON (se encuentra remarcado), así también en el cuerpo de dicha partida se encuentra con enmendadura el rubro del año de nacimiento, siendo lo correcto MIL NOVECIENTOS, respecto a los datos del padre en el rubro de la edad, lo correcto es TREINTA Y CINCO, así también en el rubro de la edad de la madre debe decir VEINTICUATRO y por último el nombre real de la madre del recurrente es PRIMITI-VA MONTALVAN JIMENEZ, y en la edad de la declarante lo correcto es VEINTICUATRO. RES. N° 01 de fecha veintitrés de marzo del presente año, RESUELVE: SEÑA-LAR FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 22-04-2015. Hora 10:00 AM.Juez: Dr. José Luis Silva Vargas.Secretaria Judicial: Cyntia Vanessa Vives Pizarro.

Cyntia Vanessa Vives Pizarro

SECRETARIA JUDICIALJuzgado de Paz Letrado-PacaipampaCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALLa Señora Presidenta de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Doctora Jackeline Yalán Leal y la Secretaria de Sala que suscribe, hacen saber lo siguiente:En el Expediente N° 01264-2012-0-2001-JR-LA-02, seguido por RIVAS DE ORDINOLA, AGUEDA contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo, se ha ordenado la publicación mediante EDICTO JUDICIAL del extracto de la RESOLUCIÓN N° 14 del 25 de marzo de 2015.- “1.- Se SUS-PENDA la continuación del proceso; hasta que se apersone la sucesión pro-cesal de la parte demandante fallecida: AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA;2.- Notifíquese a los herederos o suce-sión procesal de AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA, en el domicilio real señalado en autos: Caserío Charanal Alto s/n, Distrito de Chulucanas - Morropón, y el señalado en Ficha de la Reniec: Caserío San Martín Distrito de Chulucanas - Morropón; además de su domicilio procesal, notificándose un extracto de la presente resolución mediante edictos, para que cumplan con apersonarse al proceso en el plazo de treinta (30) días hábiles, debiendo presentar el documento de la declaratoria de herederos o sucesión intestada correspondiente así como su inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de designar-se curador procesal en caso de incumplimiento.3.- Se OFICIE al RENIEC para que Remita en el plazo de 10 días hábiles el acta de defunción del demandante.4.- Se REMITA por secretaria el correspondiente oficio adjuntando el edicto a publicarse por el plazo de 03 días en el diario de Avisos Judiciales “La República”.”Piura, 25 de marzo de 2015.

JACKELINE YALÁN LEALPresidenta

Sala Laboral TransitoriaCorte Superior de Justicia de Piura

JANET LLERENA NOLESecretaria de Sala

Sala Laboral Transitoria de PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto Transitorio de. Castilla, que Despacha la Juez Super-numeraria, Dra. RUTH LUCES-MITH DIAZ OLIVA y Especialista Judicial que da cuenta, en el Exp. N° 109-2011-CI-01, se ha resuelto lo siguiente, mediante Resolución Núme-ro Dos, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Divorcio por Causal de Separación de Hecho interpuesta por MIGUEL ALE-JANDRO ALVARADO LEON contra LIDIA AMANDA GARCÍA CALLE DE ALVARADO Y EL MINISTERIO PÚBLICO, en la vía del Proceso de Conocimiento, confiriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días hábiles a fin de que con-testen las misma, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días.-

12 Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016 PRECIO 0.025 POR PALABRA

contra la Municipalidad Distrital de Castilla sobre Acción Conten-ciosa Administrativa. Con lo de-más que contiene. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 23/06/2016. EXPEDIENTE 2114-2014-24 DE-CLARAR NULA la Resolución Nº 02 de fecha 25 de enero de 2016, que resuelve: Declarar Im-procedente la solicitud de medida cautelar imnovativa incoada por Alejandro Olivares Quezada con-tra el Gobierno Regional de Piura. DISPONEN que el juzgador de la causa emita nueva resolución conforme a los considerandos ex-puestos en la presente resolución. Juez Superior Ponente Dr. David Correa Castro 30/06/2016.FP: 20,22,23 Agosto

CRÓNICAS JUDICIALES DE SENTENCIAS - MES DE JUNIO

DE 2016DRA. JACQUELINE SARMIEN-

TO ROJAS EXPEDIENTE 2999-2010 CON-FIRMAR la Resolución N° 28 (Sentencia) de fecha 02 de di-ciembre del 2015 que resuelve: Declarar infundada la Acción Contencioso Administrativa in-terpuesta por Hernán Seminario Palma contra Oficina de Norma-lización Previsional sobre Impug-nación de Resolución Adminis-trativa (Otorgamiento de Pensión de Jubilación General).Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 01/06/2016.EXPEDIENTE 188-2016 CONFIR-MAR la sentencia materia de ape-lación contenida en la Resolución N° Resolución N° 05, de fecha 18 de enero del 2016, que declara Fundada en parte la demanda Contenciosa Administrativa inter-puesta por Víctor Manuel Ramírez Nevado contra la Dirección Regio-nal de Educación de Piura y Otro. Con lo demás que contiene. PRECISAR que el reintegro del concepto de bonificación por pre-paración de clases y evaluación se realice desde el día siguiente a la vigencia del artículo 1° de la Ley 25212, es decir a partir del 21 de mayo de 1990, y hasta la actuali-dad, con respectivos los intereses legales. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 01/06/2016.EXPEDIENTE 1509-2013 CON-FIRMAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 12, de fecha 24 de diciembre de 2015, que re-suelve declarar Fundada en Parte la demanda interpuesta por No-reida Martínez Echeandía contra la Oficina de Normalización Pre-visional sobre Impugnación de Resolución Administrativa, con lo demás que contiene. Jueza Supe-rior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas. 02/06/2016.EXPEDIENTE 2853-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 11 (Sentencia) de fecha 24 de di-ciembre del 2015, inserta de fo-lios 155 a 160 que resuelve: 1.- Declarando fundada en parte la demanda interpuesta por don Ali Apolonio Rodríguez Romero con-tra la Oficina de Normalización Previsional, respecto del pago de intereses legales. 2.- Infunda-da respecto del recálculo de la remuneración de referencia junto con el pago de devengados más intereses legales y el pago de in-demnización por acción personal. Ordeno que la demandada expida nueva resolución reconociendo a favor del demandante los intere-ses legales generados, conforme

el artículo 1246 del Código Civil y sin capitalización de intereses. 4.- Sin costas ni costos. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 02/06/2016. EXPEDIENTE 2587-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 09 (Sentencia) de fecha 02 de oc-tubre del 2015, inserta de folios 116 a 122 que resuelve: 1.- De-clarando fundada la demanda in-terpuesta por Estanislao Morante Montalbán contra la Oficina de Normalización Previsional sobre impugnación de resolución admi-nistrativa. 2.- NULA la Resolución Administrativa N° 000003658-2006-GO/DC/DL 19990 de fe-cha 28 de abril del año 2006, mediante la cual se declara in-fundado su recurso de apelación interpuesto contra la Resolución N° 0000001774-2006-ONP/DC/DL 19990, de fecha 03 de enero del año 2006, la cual le deniega una pensión de jubilación bajo el régimen general al demandante. 3.- Ordeno que la demandada cumpla con expedir dentro del plazo de quince días hábiles nue-va resolución en la que se dispon-ga se incluya el periodo laborado por el demandante reconocido en la presente sentencia; esto es, 19 años y 02 meses de apor-taciones al Sistema Nacional de Pensiones, más los reconocidos por la Oficina de Normalización Previsional (13 años y 11 meses), dando un total general de 33 años y 02 meses de aportes al Sistema Nacional de Pensiones, proce-diendo a otorgarle una pensión de jubilación bajo el régimen general, más el pago de los devengados e intereses legales correspondien-tes según lo establecido en el artí-culo 1246 y 1249 del Código Civil. 4.- Sin costas ni costos. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 02/06/2016.EXPEDIENTE 1809-2013 De-clararon NULA la Resolución N° 15 (Sentencia) de fecha 28 de setiembre del 2015, inserta de folios 193 a 198 que resuelve: 1.- Declarar infundada la demanda interpuesta por Rosendo Juárez Armijos contra Instituto Nacional de Innovación Agraria, Dirección Regional de Trabajo sobre nuli-dad de la resolución administrati-va ficta y revisión y recálculo de compensación económica y pago de beneficios sociales. 2.- Impro-cedente la demanda de indem-nización por daños y perjuicios y pago de beneficios sociales. Sin costos, ni costas. 2.- ORDE-NARON al juez de la causa emita nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución en la bre-vedad y bajo responsabilidad fun-cional. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 02/06/2016.EXPEDIENTE 175-2016 CONFIR-MAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 29 de diciembre del 2015, que resuelve: Declarar Fundada la demanda Contenciosa Administrativa inter-puesta por Vilma Vargas Castro contra la Municipalidad Provin-cial de Morropón Chulucanas. En consecuencia Nula la Resolución de Alcandía 1026-2013-MPM.CH.A de fecha 05 de setiembre del 2013, la cual resuelve declarar infundado su recurso de recon-sideración interpuesto contra la Resolución de Alcaldía 867-2013-MPM.CH.A, con lo demás que contiene. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 06/06/2016.

EXPEDIENTE 1108-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 14 – Sentencia, de fecha 25 de junio de 2015, que resuelve: Declarar Fundada la acción contenciosa administrativa interpuesta por Zenón Sotelo Torres contra la Oficina De Normalización Previ-sional ONP sobre Impugnación De Resolución Administrativa; en consecuencia, Nula la Resolución ficta que deniega su recurso de apelación interpuesto contra la resolución ficta que deniega su solicitud de fecha noviembre del año 2012; y ordena que la deman-dada cumpla con expedir dentro del plazo de quince días hábiles nueva resolución en la que se le reconozca al demandante su real punto de contingencia; esto es, el 01 de mayo del año 1999; dejando sin efecto la aportación facultativa del mes de mayo del año 2000 realizando un nuevo cálculo de la remuneración de re-ferencia del actor, más los intere-ses y devengados por el periodo correspondiente, con observan-cia del artículo 1246° del Código Civil, considerando la limitación dispuesta en el artículo 1249° del citado texto legal. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas. 07/06/2016.EXPEDIENTE 2271-2010 DECLA-RAR NULO el auto contenido en la Resolución N° 24, de fecha 19 de octubre de 2015, obrante de folios 281 a 283, que resuelve De-clarar fundada en parte la obser-vación formulada por el abogado de la parte demandante, con lo demás que contiene.DISPUSIE-RON que el A quo emita nuevo pronunciamiento acorde con las consideraciones antes expues-tas, con observancia del principio de celeridad procesal.Jueza Su-perior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 07/06/2016.EXPEDIENTE 1018-2014 RE-VOCAR la Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha 03 de di-ciembre del 2015 que resuelve: Declarar Infundada la demanda interpuesta por Isaac Imán Mendo contra Oficina de Normalización Previsional.Y REFORMANDO la sentencia recurrida, declararon FUNDADA LA DEMANDA inter-puesta por Isaac Imán Mendo contra Oficina de Normalización Previsional sobre Otorgamiento de Pensión de Jubilación.En consecuencia, se ORDENE que la demandada cumpla con expedir nueva resolución en la que se reconozca al demandado un total de 23 años, 05 meses y 09 días de aportaciones y como consecuencia de ello, cumpla con otorgarle una pensión de ju-bilación bajo el régimen general más devengados e intereses le-gales. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 07/06/2016.EXPEDIENTE 1399-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 10 - Sentencia de fecha 09 de di-ciembre del 2015 que resuelve: Declarar infundada la demanda interpuesta por Manuel de los Reyes Castro Vílchez contra Oficina de Normalización Previ-sional. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 08/06/20 16.EXPEDIENTE 2087-2013 REVO-CAR la Resolución N° 12 (Sen-tencia) de fecha 21 de diciembre del 2015 que resuelve: Declarar Fundada la demanda presentada por Alfredo Paz Román contra la Oficina de Normalización Pre-visional sobre Impugnación de

Resolución Administrativa. En consecuencia, Nula la Resolu-ción N° 0000003272-ONP/DPR/DL 19990, de fecha 26 de julio del año 2013 que declara infun-dado su recurso de apelación interpuesto contra la Resolución N° 0000000127-ONP/DSO.SI/DL 19990, de fecha 07 de marzo del año 2013 que suspendió su pensión de jubilación bajo el régi-men especial. Ordena que la de-mandada restablezca el derecho del demandante con lo demás que contiene. Y REFORMAN-DOLA declararon Infundada la demanda presentada por Alfredo Paz Román contra la Oficina De Normalización Previsional sobre Impugnación de Resolución Ad-ministrativa. Jueza Superior Po-nente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 08/06/2016.EXPEDIENTE 328-2013 CONFIR-MAR la sentencia contenida en la Resolución Nº 17 de fecha 15 de marzo de 2016, obrante de folios 190 a 196 que resuelve: Declarar Infundada la demanda interpues-ta por Samuel Zapata Márquez contra la Oficina de Normaliza-ción Previsional. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas. 08/06/2016.EXPEDIENTE 2383-2012 Decla-rar NULA la Resolución N° 07 (Sentencia) de fecha 13 de no-viembre del 2015, inserta de folios 93 a 100 que resuelve: Infundada la acción contencioso administra-tiva interpuesta por Nazario Pa-sache Urbina contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre impugnación de resolución ad-ministrativa. Jueza Superior Po-nente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 08/06/2016.EXPEDIENTE 83-2014 REVO-CAR en parte la Sentencia (Re-solución Nº 08) de fecha 12 de Octubre de 2015, que resuelve: Declarar INFUNDADA la deman-da interpuesta por don Emilio Panta García contra la Oficina De Normalización Previsional.Y REFORMANDOLA Declararon Fundada en Parte la demanda interpuesta por don Emilio Panta García contra la Oficina De Nor-malización Previsional. En con-secuencia ORDENA a la deman-dada cumpla con expedir nueva resolución otorgándole al de-mandante Pensión de Jubilación Régimen General en la que se reconozca un total de 23 años, 10 meses y 16 días de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones más el pago de devengados e in-tereses legales precisando que este último debe ser calculado sin capitalización. Con lo demás que contiene. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 10/06/2016.EXPEDIENTE 2240-2014 CON-FIRMAR la Resolución N° 05 (Sentencia) de fecha 01 de marzo del 2016 que resuelve: Declarar infundada la demanda interpues-ta por Gregorio Sernaque Maza contra Oficina de Normalización Previsional. Jueza Superior Po-nente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 13/06/2016EXPEDIENTE 306-2015 CON-FIRMAR la Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha 22 de enero del 2016 que resuelve: Declarar infundada la demanda interpuesta por Segundo Imán Ramos contra Oficina de Normalización Previ-sional-ONP. Jueza Superior Po-nente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 13/06/2016EXPEDIENTE 2919-2013 REVO-CAR la Sentencia (Resolución

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes 20 de marzo del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGVPiura, miércoles 1° de abril de 2015 3

Partida Electrónica N° 03009382 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral No. I Sede Piura.DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 22 de abril de 2015, a horas 12.30 p.m. (Doce y treinta del mediodía)LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Civil de Piura, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Piura, en Calle Lima No. 997 - Segundo Piso, de la Ciudad de Piura - Piura.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación del inmueble materia de remate en Efectivo o Cheque de Gerencia negociable a su nombre, además de adjuntar DNI en original y copia, así como tasa judicial en original y copia por derecho a participar en el remate del inmueble, y se consignará en la tasa judicial a este Juzgado, número de expediente y el número de DNI o RUC del postor. Los honorarios del Martillero Público son de cargo del Adjudicatario conforme a la Ley No. 27728 - Ley del Martillero Público, están afectos al IGV y se cancelarán concluido el acto de remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público Registro N° 293; Especialista Legal Gina Maribel Llenque Moran, Segundo (2°) Juzgado Civil de Piura.Publicar por seis días.GINA MARIBEL LLENQUE MORÁN

Secretaria JudicialSegundo Juzgado Civil de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraGIANNI GASTTONE CHAVEZ

ENCISOMartillero PúblicoRegistro N° 293

F/124201°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

TERCERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL: Exp. N° 4033-2011-0-2001-JR-CI-5. En los seguidos por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. contra MELEN-DREZ BERMEO MARIA ALEJAN-DRINA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA.BIENES EN REMATE: El Quin-to Juzgado Especializado Civil de Piura, a cargo del Señor Juez, Jensen Francisco García Córdova, intervinien-do como Especialista Legal, Águeda Vanessa del Rossio Panta Cocios, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el Remate Público Judicial en Terce-ra Convocatoria de dos (02) bienes inmuebles de propiedad de la ejecuta-da Melendrez Bermeo María Alejandri-na, respetando el orden siguiente:1. BIEN INMUEBLE N° 01: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 20, calle César Pinglo, Distrito de La Unión, Provincia y Departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscri-tos en la Partida Electrónica N° P15081408 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 18,448.00 (Dieciocho mil cuatrocientos cuaren-ta y ocho y 00/100 Dólares America-nos). PRECIO BASE: US$. 8,885.78 (OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 78/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-

ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 14,194.42; 2) Asiento 00007, Modifi-cación y Ampliación de Hipoteca del Asiento 00006, hasta por S/. 18,777.32; 3) Asiento 00008, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 23,986.91; 4) Asiento 00009, Embar-go judicial de acciones y derechos de Melendrez Bermeo María Alejandrina hasta por la suma de S/. 10.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.2. BIEN INMUEBLE N° 02: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 05, calle Santa Rosa, Distrito de La Unión, pro-vincia y departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritos en la Partida Electrónica N° P15081393 del Regis-tro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 8,310.00 (Ocho mil trescientos diez y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$. 4,002.65 (CUATRO MIL DOS CON 65/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco del Trabajo hasta por S/. 7,128.00; y 2) Asiento 00007, Embar-go judicial hasta por S/. 15.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.FECHA, HORA Y LUGAR: El remate judicial de los dos (02) inmuebles men-cionados, respetando el orden antes indicado, se programa para el día VIERNES 10 DE ABRIL DE 2015 A LAS 09.00 Y 09.15 HORAS RES-PECTIVAMENTE EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO ESPE-CIALIZADO CIVIL DE PIURA, sede del Poder Judicial de Piura, sito en calle Lima N° 997, 2° piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Por cada inmue-ble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10% de cada valoriza-ción, adjuntar original y copia del DNI y/o RUC, del arancel judicial con Código N° 7153 por derecho de parti-cipación en remate de inmueble, indi-cando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: El adjudicatario paga los hono-rarios del Martillero Público más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamen-to (D.S. N° 008-2005-JUS), inmedia-tamente al finalizar la diligencia de remate. Piura, diciembre 17 de 2014. [email protected]. (51)(44) 94-936-5850 94-789-3343 34-7544 / RPM *661990.AGUEDA VANESSA DEL ROSARIO

PANTA COCIOSSecretaria Judicial

Quinto Juzgado Civil de PiuraCorte Superior de Justicia de PiuraGUILLERMO E. PAREDES LAN-

DAUROAbogado - Martillero Público Reg.

N° 210F/124211°, 6, 7 de abrilS/. 21,00

• REMATE BIENES MUEBLES

REMATE JUDICIAL EN PRIME-RA CONVOCATORIA

En el Expediente N° 283-2009, seguido por ESTUARDO REY MADRID con-tra TRANSPORTES GARCE SRL, sobre Pago de Beneficios Sociales, tramitado ante el Segundo Juzgado Laboral de Piura que despacha el Dr. Jhymmy Espinoza Correa, Especialis-ta Legal Dr. Oscar Valdiviezo Chapa, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA EL ÓMNIBUS MARCA HINO, CON PLACA DE RODAJE VG-4512, AÑO DE FABRICACIÓN 1990, N° DE SERIE RU1HHA40001, N° DE MOTOR H06CTL10768, PETROLERO, 06 CILINDROS, 37 PASAJEROS, CARROCERÍA METROPOLITANO.Tasación: Nueve mil veintidós con 86/100 dólares americanos (US$ 9,022.86).PRECIO BASE DEL REMATE: SEIS MIL QUINCE CON 24/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,015.24) equivalente a las dos terce-ras partes de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: EMBARGO hasta por la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles a favor de Estuardo Rey Madrid.LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En la cochera ubicada en la avenida Guardia Civil s/n (al costado de la granja) del Distrito de Castilla, Provincia y departamento de Piura, el día VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL 2015 A LAS NUEVE HORAS (9:00 a.m.).REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 902.29 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberá de presentar la tasa judicial por Participación en Remate en original y copia.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decre-to Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: [email protected], 27 de enero de 2015.

Oscar Fco. Valdiviezo ChapaSECRETARIO JUDICIAL

Segundo Juzgado Laboral-PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191930, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

2.- EDICTOS CLASIFICADOS

• SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIALExpediente N° 1960-2014-0-2001-JP-CI-04, solicitado por JULIO BENITES OLIVA, sobre SUCESIÓN INTESTADA solicitando se declare

como legítimo y universal heredero al solicitante; se ha ordenado notificar por EDICTO LO SIGUENTE: RESO-LUCIÓN N° CUATRO: ADMITIR A TRÁMITE LA PRESENTE SOLICI-TUD DE SUCESIÓN INTESTADA de don MANUEL BENITES DÍAZ (Falleció el 26-05-1968) Y MARIA OLIVA ROQUE, (Falleció el 16-07-1971); solicitada por su hijo don JULIO BENITES OLIVA, en la Vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con los medios probatorios que se ofre-cen y anexos que se acompañan.JUEZ: PIEDAD MAGDALENA TALLEDO GUARDERASESPECIALISTA: GUILLERMO GUTIERREZ PACHERRES.

Guillermo Gutierrez PacherresSECRETARIO JUDICIAL

Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraB/119301° de abrilS/. 5,00

• PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVADE DOMINIO

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEl Juzgado Mixto Transitorio de Casti-lla, ha dispuesto por Resolución N° 04 Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01, notificar por edictos al deman-dado MELCHOR RAMOS YARLE-QUE, con la Resolución N° 04 Auto Admisorio de fecha 22 de enero de 2015:Resolución N° 04 se resuelve ADMI-TIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía correspondiente al Proceso de abreviado; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189220, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTOEl Juzgado Mixto Transitorio de Cas-tilla, Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01; ha dispuesto por Resolución N° 04 de fecha 22 de enero de 2015: ADMITIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía abreviada; TÉNGASE por ofreci-dos los medios probatorios que indica.CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Notifíquese a los colindantes en el

13Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016PRECIO 0.025 POR PALABRA

Nº 08) de fecha 26 de junio de 2015 que resuelve: Declarar IN-FUNDADA la Acción Contencio-sa Administrativa interpuesta por Segundo López Valencia contra la Oficina De Normalización Pre-visional. Y REFORMÁNDOLA declararon FUNDADA la Acción Contenciosa Administrativa in-terpuesta por Segundo López Valencia contra la Oficina de Nor-malización Previsional. En con-secuencia, ORDENARON que la demandada cumpla con expedir nueva resolución en la que se reconozca al demandado un total de 30 años, 08 meses de aporta-ciones más el recálculo de la pen-sión inicial con el pago correspon-diente de devengados e intereses legales. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 13/06/2016EXPEDIENTE 1752-2014 Decla-rar NULA la Resolución N° 07 (Sentencia) de fecha 10 de marzo del 2016, inserta de folios 135 a 140que resuelve: 1.- Declarando improcedente la demanda inter-puesta por Jenny Rocío Chinchay Padilla contra la Dirección Regio-nal de Salud de Piura y el Gobier-no Regional de Piura. ORDENAR al Juez de la causa emita nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos expuestos en la pre-sente resolución. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas. 13/06/2016EXPEDIENTE 2798-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 03 (auto) de fecha 19 de enero del 2015, inserta a folios 90 en el extremo que resuelve: Imponer multa a la demandada Oficina de Normalización Previsional equiva-lente a una unidad de referencia procesal (01 URP). CONFIRMAR la Resolución N° 07 (Sentencia) de fecha 30 de setiembre del 2015, inserta de folios 121 a 126 que resuelve: 1.- Declaro funda-da la demanda presentada por Alejandro Lazo Suarez contra Oficina de Normalización Previ-sional sobre proceso contencioso administrativo. 2.- En consecuen-cia, declaro NULA la Resolución N° 0000005954-2013-ONP/DPR/DL 19990 y la Resolución N° 0000069955-2012-ONP/DPR.SC/DL 19990, mediante las cua-les la entidad demandada denie-ga el otorgamiento de pensión de jubilación solicitada por el deman-dante. 3.- ORDENO que la de-mandada emita nueva resolución otorgando al actor pensión de ju-bilación bajo el régimen general. Asimismo le reconozca y cancele los devengados generados, más los intereses legales correspon-dientes, aplicando para el efecto los artículos 1242, 1244 y 1246 del Código Civil, es decir que no implique capitalización de inte-reses. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 13/06/2016.EXPEDIENTE 783-2014 CON-FIRMAR la Resolución N° 08 (Sentencia) de fecha 19 de ene-ro del 2016, inserta de folios 97 a 103 que resuelve: 1.- Declarando fundada en parte la demanda interpuesta por José Augusto Muncada Flores contra Oficina de Normalización – ONP sobre impugnación de resolución ad-ministrativa. 2.- NULA el acto administrativo recaído en Resolu-ción Administrativa N° 00005681-2006-ONP/GO/DL 19990 que resuelve declarar infundado el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Administra-tiva N° 0000024-2006-ONP/DC/

DL 19990, la misma que desesti-ma el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Administrativa N° 0000030871-2005-ONP/DC/DL 19990. 3.- OR-DENO que la demandada cumpla con expedir dentro del plazo de quince días hábiles nueva reso-lución en la que se disponga el reconocimiento de 30 años, 11 meses y 01 día de aportaciones al Sistema Nacional de Pensio-nes, procediendo a otorgarle una pensión de jubilación adelantada, más el pago de devengados e in-tereses legales correspondientes según lo establecido en el artículo 1246 y 1249 del Código Civil. 4.- Sin costas ni costos. Jueza Supe-rior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas. 13/06/2016. EXPEDIENTE 631-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 07 de fecha 28 de octubre del 2013, que declara Fundada la demanda in-terpuesta por doña Miria Armanda Albán Carmen contra el Gobierno Regional de Piura sobre impugna-ción de resolución administrativa (Reintegro de Bonificación por 20 y 25 años de servicios) con lo demás que contiene. Jueza Supe-rior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas. 14/06/2016.EXPEDIENTE 217-2016 REVO-CAR la Resolución N° 11 (Senten-cia) de fecha 09 de setiembre del 2015 que resuelve: Declarar In-fundada la demanda Acción Con-tencioso Administrativa interpues-ta por Alfonso Coronado Peña contra Oficina de Normalización Previsional sobre reconocimiento de años de aportación. Y REFOR-MANDO la sentencia recurrida, se declara FUNDADA LA DEMANDA interpuesta por Alfonso Coronado Peña contra Oficina de Normali-zación Previsional sobre Recono-cimiento de Años de Aportación. En consecuencia, Se ORDENE que la demandada cumpla con expedir nueva resolución en la que se reconozca al demandante un total de 20 años y 04 meses de aportaciones y como consecuen-cia de ello, cumpla con otorgarle una pensión de jubilación bajo el régimen general más devengados e intereses legales teniendo en cuenta la limitación del artículo 1249 del Código Civil. Jueza Su-perior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 14/06/2016.EXPEDIENTE 2216-2013 DECLA-RAR NULA la Resolución N° 18 (Sentencia) de fecha 09 de marzo del 2016, inserta de folios 482 a 486 que resuelve: Declarando improcedente la demanda inter-puesta por César Arnaldo Montejo Trelles contra el Gobierno Regio-nal de Piura y Procuraduría Públi-ca Regional. ORDENAR al Juez de la causa emita nuevo pronun-ciamiento conforme a los funda-mentos expuestos en la presente resolución. Jueza Superior Po-nente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 14/06/2016. EXPEDIENTE 2029-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 11 (Sentencia) de fecha 21 de oc-tubre del 2015, inserta de folios 129 a 136 que resuelve: 1.- Decla-rando fundada la demanda inter-puesta por Ramón Humberto Sa-linas Márquez contra la Oficina de Normalización Previsional sobre impugnación de resolución admi-nistrativa. 2.- NULA la Resolución Administrativa N° 0000003196-2009-ONP/DPR/DL 19990, de fecha 19 de agosto del año 2009, mediante la cual se declara infun-dado su recurso de apelación in-terpuesto contra la Resolución N°

0000082390-2005-ONP/DC/DL 19990, de fecha 16 de setiembre del año 2005, la cual le deniega una pensión de jubilación bajo el régimen general al demandante. 3.- Sin costas ni costos. REVO-CAR el extremo de la sentencia que ordena a la demandada cum-pla con expedir dentro del plazo de quince días hábiles nueva re-solución en la que se disponga se incluya el periodo laborado por el demandante reconocido en la presente sentencia; esto es, 29 años, 02 meses y 29 días de aportaciones al Sistema Nacio-nal de Pensiones, procediendo a otorgarle una pensión de jubi-lación bajo el régimen general. REFORMAR el mismo, en conse-cuencia se ORDENA a la entidad demandada cumpla con expedir dentro del plazo de quince días hábiles nueva resolución en la que se disponga se incluya el pe-riodo laborado por el demandante reconocido en la presente sen-tencia; esto es, 23 años, 10 me-ses y 28 días de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones, procediendo a otorgarle una pen-sión de jubilación bajo el régimen general. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 14/06/2016.EXPEDIENTE 236-2016 CONFIR-MAR la Sentencia (Resolución Nº 09) de fecha 15 de marzo del 2016, que resuelve: Declarar Fun-dada Contenciosa Administrativa interpuesta por Elizabeth Pinta-do Chumacero contra Dirección Regional De Educación De Piura con los demás que contiene. Se declarare NULA la Resolución Ficta que en virtud del silencio administrativo desestimó el re-curso de apelación interpuesto por la demandante en contra de la Resolución Ficta que denegó su solicitud de pago de la Boni-ficación Especial por Preparación de Clases y Evaluación hasta el 30 % de la Remuneración Total. PRECISE que la bonificación es-pecial por preparación de clases y evaluación que le corresponde al demandante es desde el 02 de julio del 2003 hasta la fecha en que fue derogada la Ley 24029, esto es hasta el 25 de noviembre del 2012. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 15/06/2016.EXPEDIENTE 179-2012 CON-FIRMAR la Resolución N° 25 (Sentencia) de fecha 05 de enero del 2016, inserta de folios 481 a 489 que resuelve: 1.- Declarando fundada la demanda contencio-sa administrativa interpuesta por don José Flores Farfán contra la Municipalidad Distrital de Tam-bogrande; en consecuencia, OR-DENO que la entidad demandada cumpla con incluir al demandante en la Planilla de Remuneraciones de Trabajadores de la Municipa-lidad Distrital de Tambogrande desde la fecha de interposición de la presente demanda, de-biendo emitirse la Resolución de Alcaldía correspondiente: NULA, la Resolución de Alcaldía N° 1780-2010-MDT-A de fecha 29 de octubre del 2010 y Carta N° 496-2010-MDT-SG de fecha 23 de diciembre del 2010. 2.- Sin costos ni costas. PRECISAR que al demandante le corresponde la inclusión en la Planilla de Re-muneraciones de Trabajadores Empleados Contratados de la Municipalidad Distrital de Tambo-grande. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 20/06/2016.

EXPEDIENTE 213-2016 DECLA-RAR NULA la Resolución N° 15 (Sentencia) de fecha 21 de se-tiembre del 2015, inserta de folios 206 a 210 que resuelve: 1.- Decla-ro improcedente la demanda con-tenciosa administrativa interpues-ta por Eduardo Navarro Villaseca contra la directora de la UGEL CHULUCANAS y la Dirección Regional de Educación de Piura. 2.- Sin costas ni costos. 2.- OR-DENAR al Juez de la causa emita nuevo pronunciamiento confor-me a los fundamentos expuestos en la presente resolución. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 20/06/2016. EXPEDIENTE 1928-2015 DECLA-RAR NULA la resolución materia de apelación signada como Re-solución Nº 01, de fecha 02 de noviembre de 2015, inserta de folios 33 a 35, que resuelve de-clarar Improcedente la deman-da por Incompetencia Territorial de este juzgado laboral de Piura para conocer la demanda conten-ciosa administrativa interpuesta por Hermes Gregorio Efio Casas contra la Oficina De Normaliza-ción Previsional en consecuencia; Inhíbase el señor Juez del cono-cimiento de la presente causa y consecuentemente, Remítanse los presentes actuados al Juzga-do de igual clase del Callao para que conozca la pretensión formu-lada. DISPONER que el Juez de la causa, emita nueva resolución en su oportunidad calificando la demanda de acuerdo a lo expre-sado en la presente. Jueza Supe-rior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas 21/06/2016.EXPEDIENTE 1264-2013 CON-FIRMAR en parte la Resolución N° 13 (Sentencia) de fecha 02 de marzo del 2016, inserta de folios 163 a 170 en los extremos que resuelve: 1.- Declarando fundada en parte la demanda contenciosa administrativa interpuesta por don Guevara de Ortiz Yojana Martina contra la Oficina de Normaliza-ción Previsional, en consecuen-cia CUMPLA la demandada en el plazo de quince días, con emitir el acto administrativo a través del cual le reconozca y pague los intereses legales generados por el periodo de devengados com-prendido entre el 02 de Octubre de 2004 al 31 de Diciembre del 2008 aplicando para el efecto los artículos 1242, 1244 y 1246 del Código Civil, es decir que no im-plique capitalización de intereses. 2.- Infundada respecto: a) correc-ta aplicación Decreto de Urgencia 105-2001-EF; b) Pago de Indem-nización por responsabilidad civil de S/. 35, 000.00 nuevos soles. 3.- Sin costas ni costos.REVOCAR la sentencia en el ex-tremo que dispone el reconoci-miento y pago de las pensiones devengadas desde el 22 de abril de 2004 junto el pago de intereses legales. REFORMARON el referi-do y en consecuencia ORDENA-RON a la entidad demandada re-conozca y pague a la demandante las pensiones devengadas desde el 02 de octubre del 2004 con sus respectivos intereses legales sin capitalización en observan-cia del artículo 1249 del Código Civil. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 21/06/2016.EXPEDIENTE 2606-2009 REVO-CAR la Resolución N° 25 (Senten-cia) de fecha 11 de setiembre del 2015, inserta de folios 197 a 201 que resuelve: Declaro infundada en todos sus extremos la deman-

Piura, miércoles 1° de abril de 20154

domicilio que se indica en el escrito de demanda.Publíquese un extracto de la deman-da de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, la misma que se publicará por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República,Notifíquese al demandado Melchor Ramos Yarleque vía edictos, la misma que se publicará por 03 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189120, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTO JUDICIALExpediente 2376-2014-0-2001-JR-CI-1, seguido por CARRASCO ESPI-NOZA CESAR HECTOR contra VIGNATTI LINARES GIOVANNI ADRIAN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la Juez del 1er Juzg. Civil Piura, ULLOA PARAGULLA FANNY LUISA, Se trata de un Pro-ceso Abreviado de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a fin de que se le declare don Román Armando Ugarte Bernal propietario del bien mueble consistente en el vehículo Camión CGA 2 1/2 TN 6 x 6 sin placa de rodaje, marca REO, mode-lo M35 Repotenciado, color Verde, año de fabricación 1952, motor N° 344944-50-777329 Serie N°: 2320-160-0001-12, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpues-ta por CESAR HECTOR MARTIN CARRASCO ESPINOZA en repre-sentación de ROMAN ARMANDO UGARTE BERNAL sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, PUBLÍQUESE MEDIAN-TE EDICTOS UN EXTRACTO de la demanda por tres veces con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y en uno de mayor circula-ción de la ciudad.Piura, 25 de noviembre 2014.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

B/1191126 de marzo y 1°, 9 de abrilS/. 9,00

3.- NOTIFICACIONESPOR EDICTOS

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE 00042-2015-0-2012-JM-CI-01, La señora Juez (e) del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA en los autos seguidos por LUISA CHIRO-QUE RISCO VDA DE PURIZACA sobre VARIACIÓN DE CURADOR ha mandado se publique en el diario LA REPÚBLICA el siguiente edic-to: Resolución N°1 de fecha 25 de marzo de 2015: DECISIÓN: III.- DECISIÓN: Por tales razones, SE RESUELVE: 1.-ADMITIR a TRÁ-MITE la demanda de VARIACIÓN

DE CURADOR interpuesta por Luisa Chiroque Risco Vda. De Purizaca con-tra los sucesores de Angelita Risco de Chiroque y/o quien tenga legítimo inte-rés en la interdicta Gloria Chiroque Risco, en la vía del proceso sumarísi-mo. 2. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal. 3.- CORRER traslado a los demandados para que en el plazo de cinco días cumpla con contestar la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4.-Notificar con un extracto de la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el diario de los avisos judiciales “La República” a la parte demandada, para que en el término del quinto día de aparecida la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibi-miento de nombrárseles curador proce-sal. 5. AGREGAR a los autos los ane-xos que se adjunta.- Publicar por tres veces, en los diarios “El Peruano” y “La República”. FIRMADO - DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA. Juez del Juzgado Mixto - Sabina Chun-ga Espinoza.- Especialista Legal.

Dra. Sabina Chunga EspinozaESPECIALISTA LEGAL

Juzgado Mixto de CatacaosMódulo Básico de Justicia-CatacaosCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191830, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

JUZGADO CIVIL-PaitaEXPEDIENTE: 00185-2014-24-2005- JR-CI-01MATERIA: CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERALJUEZ: CORREA CASTRO DAVID FERNANDOESPECIALISTA: ELISEO REYES PACHERREZDEMANDADO: FLORES CALLE, EXILDA PRTE DEL CONCDE ADM DE ASOCDEMANDANTE: NAQUICHE GIRON, MANUELGONZA AGUILAR, ARNULFOCARHUAPOMA FLORES, SEGUNDOPAUCAR AVILA, REYNEIRO REPRESENTANTE DE ASOCIADOSResolución Nro. 02.Paita, 06 de marzo de 2015.-AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores del juzgado, así como las vacaciones del personal del juzgado en el mes de febrero; con el escrito de fecha 21/01/2015; Y CONSIDERANDO:1. De autos se puede observar que mediante resolución número uno se admite a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Avila contra Exilda Flores Calle.2. Que, la parte demandada ha sido debidamente notificado con la reso-lución número uno el día 20 de enero de 2015, habiéndose a la fecha ven-cido el plazo para interponer recur-so impugnatorio alguno; por lo que corresponde a esta judicatura conforme a las facultades conferidas por el artí-culo 50° Inciso 1) del Código Procesal Civil declarar consentida la resolución número uno (auto).DECISIÓN.Por estas consideraciones y norma cita-da: SE RESUELVE:1. DECLARAR CONSENTIDA la resolución uno (auto) de fecha 20 de

enero de 2015 que declara que resuel-ve Admitir a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Ávila contra Exilda Flores Calle.2. Al escrito de fecha 23/01/2015; presentado por los demandantes; no habiendo la parte demandada convo-cado a Asamblea General Extraordi-naria; como se solicita y conforme esta ordenado en autos, convóquese por este Juzgado; en consecuencia:3. CONVÓQUESE a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS, de la Asociación de Comerciantes del Complejo Comercial de la Zona Alta de Paita, la misma que se realizará día DOCE DE ABRIL del año en curso, a horas DIEZ DE LA MAÑANA en el domicilio de la socie-dad, para tratar la agenda materia de la demanda principal establecida en la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha 15 de diciem-bre de 2014, con la intervención de un Notario Público.4. DESÍGNESE al señor SEGUN-DO CARHUAPOMA FLORES como director de debates para tratar la agen-da ordenada. ABSTENIÉNDOSE de cualquier Convocatoria a Asamblea distinta a la ordenada en la sentencia.5. OFÍCIESE a la Policía Nacional del Perú, para que preste las garantías del caso en la citada asamblea.6. Notifíquese con las formalidades de ley.

Eliseo Reyes PacherrezSECRETARIO JUDICIAL

Juzgado Especializado Civil de PaitaCorte Superior de Justicia de Piura

B/119341°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

• CORTE SUPERIOR DE PIURA

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 09-2015-CI, peticionado por MILTON RUIZ MONTALVAN, sobre RECTIFICA-CIÓN DE SU PARTIDA DE NACI-MIENTO, en los siguientes extremos: Que al registrar los datos del titular se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal y margen derecho de la partida de nacimiento se encuentra con enmendadura en la cuarta letra del nombre del solicitante MILTON (se encuentra remarcado), así también en el cuerpo de dicha partida se encuentra con enmendadura el rubro del año de nacimiento, siendo lo correcto MIL NOVECIENTOS, respecto a los datos del padre en el rubro de la edad, lo correcto es TREINTA Y CINCO, así también en el rubro de la edad de la madre debe decir VEINTICUATRO y por último el nombre real de la madre del recurrente es PRIMITI-VA MONTALVAN JIMENEZ, y en la edad de la declarante lo correcto es VEINTICUATRO. RES. N° 01 de fecha veintitrés de marzo del presente año, RESUELVE: SEÑA-LAR FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 22-04-2015. Hora 10:00 AM.Juez: Dr. José Luis Silva Vargas.Secretaria Judicial: Cyntia Vanessa Vives Pizarro.

Cyntia Vanessa Vives Pizarro

SECRETARIA JUDICIALJuzgado de Paz Letrado-PacaipampaCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALLa Señora Presidenta de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Doctora Jackeline Yalán Leal y la Secretaria de Sala que suscribe, hacen saber lo siguiente:En el Expediente N° 01264-2012-0-2001-JR-LA-02, seguido por RIVAS DE ORDINOLA, AGUEDA contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo, se ha ordenado la publicación mediante EDICTO JUDICIAL del extracto de la RESOLUCIÓN N° 14 del 25 de marzo de 2015.- “1.- Se SUS-PENDA la continuación del proceso; hasta que se apersone la sucesión pro-cesal de la parte demandante fallecida: AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA;2.- Notifíquese a los herederos o suce-sión procesal de AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA, en el domicilio real señalado en autos: Caserío Charanal Alto s/n, Distrito de Chulucanas - Morropón, y el señalado en Ficha de la Reniec: Caserío San Martín Distrito de Chulucanas - Morropón; además de su domicilio procesal, notificándose un extracto de la presente resolución mediante edictos, para que cumplan con apersonarse al proceso en el plazo de treinta (30) días hábiles, debiendo presentar el documento de la declaratoria de herederos o sucesión intestada correspondiente así como su inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de designar-se curador procesal en caso de incumplimiento.3.- Se OFICIE al RENIEC para que Remita en el plazo de 10 días hábiles el acta de defunción del demandante.4.- Se REMITA por secretaria el correspondiente oficio adjuntando el edicto a publicarse por el plazo de 03 días en el diario de Avisos Judiciales “La República”.”Piura, 25 de marzo de 2015.

JACKELINE YALÁN LEALPresidenta

Sala Laboral TransitoriaCorte Superior de Justicia de Piura

JANET LLERENA NOLESecretaria de Sala

Sala Laboral Transitoria de PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto Transitorio de. Castilla, que Despacha la Juez Super-numeraria, Dra. RUTH LUCES-MITH DIAZ OLIVA y Especialista Judicial que da cuenta, en el Exp. N° 109-2011-CI-01, se ha resuelto lo siguiente, mediante Resolución Núme-ro Dos, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Divorcio por Causal de Separación de Hecho interpuesta por MIGUEL ALE-JANDRO ALVARADO LEON contra LIDIA AMANDA GARCÍA CALLE DE ALVARADO Y EL MINISTERIO PÚBLICO, en la vía del Proceso de Conocimiento, confiriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días hábiles a fin de que con-testen las misma, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días.-

14 Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016 PRECIO 0.025 POR PALABRA

da presentada por Porfirio Juárez Suárez contra Oficina de Normali-zación Previsional sobre proceso contencioso administrativo. RE-FORMARON la referida sentencia declarando FUNDADA la deman-da; en consecuencia se ORDENA a la entidad demandada cumpla con emitir la resolución adminis-trativa respectiva con la cual se otorgue al demandante pensión de jubilación bajo el régimen ge-neral, así como el reintegro de devengados e intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, con las limitaciones del artículo 1249 del Código Civil, es decir sin capitalización. Sin cosas ni costos. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 21/06/2016.EXPEDIENTE 1573-2011 De-clarar NULA la Resolución N° 10 (Sentencia) de fecha 05 de setiembre del 2013, inserta de folios 717 a 728 que resuelve: 1.- Declarar improcedente la ac-ción contenciosa administrativa interpuesta por Mercedes Frías Vda. De García y otros contra la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Piura y el Gobierno Regional de Piura. ORDENARON al Juez de la causa emita pronunciamiento conforme a los fundamentos ex-puestos en la presente resolución, sin perjuicio de la remisión de co-pias al Ministerio Público debido a la irregularidad advertida en el decimo primer considerando de la presente resolución. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 22/06/2016.EXPEDIENTE 1182-2011 REVO-CAR la Resolución N° 15 (Sen-tencia) de fecha 12 de julio de 2013, que declara Infundada la demanda interpuesta por Carlos Humberto Gutiérrez Morán con-tra el Gobierno Regional de Piura sobre proceso Contencioso admi-nistrativo. Y REFORMÁNDOLA declararon Fundada la demanda interpuesta por Carlos Humberto Gutiérrez Morán contra el Gobier-no Regional de Piura sobre pro-ceso Contencioso administrativo. En consecuencia NULA la Reso-lución Ejecutiva Regional N° 125-2011/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR de fecha 10 de febrero del 2011 que declara infundado el recurso de apelación contra el documento que da por concluida su contratación como trabajador del Gobierno Regional de Piu-ra. ORDENARON que la entidad demandada cumpla con reponer al accionante en el cargo que ve-nía desempeñando en la Unidad de Archivo Central del Área de Secretaria General de la entidad demandada antes de su cese, es decir de Trabajador de Archivo Central en la Unidad de Archivo Central del Área de Secretaria General del Gobierno Regional de Piura. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 23/06/2016EXPEDIENTE 1120-2012 CON-FIRMAR la Resolución N° 25 (Sentencia) de fecha 05 de enero del 2016, inserta de folios 481 a 489 que resuelve: 1.- Declaran-do fundada en parte la demanda interpuesta por Silvia Margaret Valderrama Pizarro en calidad de Secretaria General del SUTE REGIONAL DE PIURA contra Di-rección Regional de Trabajo de Piura, sobre pago de beneficios sociales. 2.- En consecuencia, corríjase, no anúlese el Regis-tro de Inscripción N° 1343-2006

y N° 22178-2011, correspondien-te al Sindicato Unitario de Tra-bajadores de Educación de la Región Piura liderado por el Sr. Miguel Puescas Rodríguez, para lo cual CUMPLA el representan-te sindical dentro del Plazo de 15 días con HACER llegar ante la Autoridad Administrativa de Trabajo de Piura una denomina-ción o nombre gremial distinto al SUTE-Región Piura o SUTE –RP, y ABSTÉNGASE de realizar actos sindicales y utilizar de manera exclusiva el logo tipo del SUTEP. INTEGRARON la parte resolutiva de la sentencia de primera ins-tancia, declarando INFUNDADA la pretensión sobre cambio del lema. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 24/06/2016EXPEDIENTE 210-2016 CONFIR-MAR la Resolución N° 13 (Auto) de fecha 23 de julio del 2015, in-serta de folios 941 a 942 que re-suelve: Declarando improcedente la nulidad de todo lo actuado for-mulado por el demandante Willy Brandt Ramírez Reyes, mediante escrito de fecha 25 de mayo del 2015. CONFIRMAR la Resolución N° 18 (Sentencia) de fecha 02 de marzo del 2016, inserta de folios 986 a 990 que resuelve: Decla-rando improcedente la demanda interpuesta por Willy Brandt Ra-mírez Reyes contra la Municipa-lidad Distrital de Huarmaca sobre nulidad de resolución adminis-trativa. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 27/06/2016EXPEDIENTE466-2014 CONFIR-MAR la Resolución Nº 06, de fe-cha 15 de mayo del 2015, inserta de folios 85 a 91, que resuelve de-clarar Fundada en Parte la acción contencioso administrativa inter-puesta por Eva Calle Ambulay contra la Municipalidad Provincial de Piura. En consecuencia declá-rese NULA y sin efecto la Reso-lución de Alcaldía N° 89-2014/A/MPP, de fecha 23 de enero del 2014 y la Resolución Denegatoria Ficta. Se ORDENA que la deman-dada emita el acto administrativo correspondiente, mediante el cual reconozca y pague a favor de la demandante los beneficios so-ciales por conceptos de gratifica-ciones (fiestas patrias y navidad), vacaciones por el periodo com-prendido desde el enero a julio de 1997, febrero a diciembre de 1998, febrero a setiembre de 1999, ene-ro a diciembre del 2002, febrero a marzo del 2003, y desde abril del 2006 (fecha de su reincorpora-ción) hacia adelante, de conformi-dad con el artículo 1° de la Ley N° 24041, más los intereses legales respectivos. Así mismo registre al demandante en planillas del per-sonal contratado no así en el de nombrados. IMPROCEDENTE la demanda en los extremos sobre, reconocimiento de la existencia del vínculo laboral al haber sido ya reconocido, pago de escola-ridad y CTS, sin costas y costos, PRECISARON que el concepto de gratificaciones reconocidas en la sentencia debe entenderse como aguinaldos, conforme al décimo segundo considerando de la presente resolución. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 27/06/2016EXPEDIENTE 1507-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 12 (Sentencia) de fecha 05 de enero del 2016, inserta de folios 522 a 529 que resuelve: 1.- Declarando fundada en parte la demanda con-tenciosa administrativa interpues-

ta por doña María Yessenia Cove-ñas Silva contra la Municipalidad Provincial de Piura 2.- NULA en parte la Resolución de Alcaldía N° 546-2013-A/MPP de fecha 10 de mayo del 2013. 3.- ORDENO que la entidad demandada en el pla-zo de cinco días de consentida o ejecutoriada que sea la presente, emita nuevo acto administrativo donde reconozca a la demandan-te Aguinaldos por el periodo com-prendido desde marzo del 2007 a mayo 2008 y del 28 de setiembre del 2012 al 17 de junio del 2013. 4.- ORDENO se incluya a la de-mandante en los respectivos li-bros de planillas de trabajadores empleados contratados, conforme a los considerandos expuestos. 5.- INFUNDADA la pretensión de nivelación de remuneración, en mérito a los fundamentos ante-riormente expuestos. REVOCAR la sentencia en cuanto declara IN-FUNDADA la pretensión del pago de los beneficios establecidos en los pactos colectivos Convenio Colectivo de Trabajo 2008 a 2009; Acta consolidada de Negociación Colectiva periodo 2010 – 2011; Convenio Colectivo de Trabajo 2011- incrementos. REFORMAR la sentencia en el referido ex-tremo declarando FUNDADA la demanda; en consecuencia se ordena a la entidad demandada reconozca y pague los beneficios que brinda el Convenio Colectivo de Trabajo 2007-2008 y Convenio Colectivo de Trabajo 2011 desde sus entradas en vigencia hasta el 31 de mayo del 2008 y desde el 28 de setiembre del 2012 en ade-lante y del Convenio Colectivo de Trabajo 2008-2009 y el Acta Con-solidada de Negociación Colecti-va 2010-2011 desde el 28 de se-tiembre del 2012 en adelante en estricta observancia de lo señala-do en los considerandos décimo quinto a vigésimo de la presente resolución. Jueza Superior Po-nente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 27/06/2016EXPEDIENTE 1868-2012 CON-FIRMAR la Resolución N° 11 (Sentencia) de fecha 09 de se-tiembre del 2015 que resuelve: Declarar infundada la Acción Contencioso Administrativa in-terpuesta por Mendoza Saave-dra Ubaldo contra Oficina de Normalización Previsional sobre Acción Contencioso Adminis-trativa. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 27/06/2016EXPEDIENTE 2254-2014 CON-FIRMAR la Resolución N° 05 (Sentencia) de fecha 01 de di-ciembre del 2015, inserta de folios 82 a 88 que resuelve: Declarar infundada la acción contenciosa administrativa inter-puesta por Teófilo Vicente Bernal Briceño contra la Oficina de Nor-malización Previsional sobre im-pugnación de resolución adminis-trativa. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 28/06/2016EXPEDIENTE 1676-2014 CON-FIRMAR la Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha 07 de di-ciembre del 2015, inserta de folios 128 a 134 que resuelve: 1.- De-clarando infundada la demanda interpuesta por don Julio Ernesto Albán Chávez contra la Oficina de Normalización Previsional. 2.- Sin costas ni costos. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas 27/06/2016EXPEDIENTE 358-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 08 (auto) de fecha 09 de marzo del

2012, inserta de folios 133 a 135 en el extremo que resuelve: De-clarar infundada la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa deducida por la Procuradora de la Municipalidad Distrital de Tambogrande.CONFIRMAR la Resolución N° 16 (auto) de fecha 08 de marzo del 2013, inserta de folios 243 a 244 que resuelve: Declarar inad-misible el recurso de apelación presentado por la letrada Fabiola Alburqueque Vílchez en su ca-lidad de abogada adscrita a la Procuraduría de la Municipalidad Distrital de Tambogrande contra la resolución número quince, en consecuencia concédase el plazo de tres días a fin de que acredite su representación en el presente proceso, bajo apercibimiento de tenerse por no presentado su re-curso de apelación. REVOCAR la Resolución N° 15 (Sentencia) de fecha 14 de diciembre del 2012, inserta de folios 205 a 215 que resuelve: 1.- Declaro fundada en pare la demanda interpuesta por Daniel Ramos Camacho con-tra la Municipalidad Distrital de Tambogrande sobre nulidad de resolución o acto administrativo. 2.- Declarar Nula la resolución ficta producida por silencio admi-nistrativo negativo. 3.- Se ordena: a la entidad demandada, repre-sentada por su alcalde, cumpla con expedir el documento corres-pondiente, reponiendo a la parte demandante, en el cargo que se desempeñaba al momento de su cese u otro de similar nivel o ca-tegoría bajo los alcances del artí-culo 1 de la Ley N° 24041, dentro del plazo máximo de siete días hábiles de notificada la presente, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público para que formule la de-nuncia penal correspondiente, sin perjuicio de dictarse los demás aprecios de ley. 4.- Infundada la inclusión en la planilla única de contratados permanentes. 5.- Sin costas ni costos. REFORMARON la sentencia y declararon INFUN-DADA la demanda en todos sus extremos. Jueza Superior Ponen-te Dra. Jacqueline Sarmiento Ro-jas 25/05/2016EXPEDIENTE 730-2013 CON-FIRMAR la Resolución N° 16 (Sentencia) de fecha 19 de oc-tubre del 2015, inserta de folios 131 a 137 que resuelve: Declarar infundada la demanda interpues-ta por Leoncio Villegas Namuche contra la Oficina de Normaliza-ción Previsional sobre impug-nación de resolución adminis-trativa. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 28/06/2016EXPEDIENTE 394-2014 CON-FIRMAR la Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha 23 de octu-bre del 2015, inserta de folios 73 a 81 en los extremos que resuelve: 1.- Declarar fundada en parte la demanda interpuesta por Cam-pos Seminario Franklin Enrique contra el Gobierno Regional de Piura sobre acción contenciosa administrativa, en consecuencia. 2.- Ordeno se declare nula la Resolución Ficta que deniega el recurso de apelación del deman-dante contra la Resolución Direc-toral Regional N° 6161 del 07 de noviembre del 201. 3.- Cumpla la demandada con expedir nuevo acto administrativo reconociendo la remuneración personal toman-do en cuenta el 2% de la remu-neración básica por cada año efectivamente laborado. Con lo

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes 20 de marzo del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGVPiura, miércoles 1° de abril de 2015 3

Partida Electrónica N° 03009382 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral No. I Sede Piura.DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 22 de abril de 2015, a horas 12.30 p.m. (Doce y treinta del mediodía)LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Civil de Piura, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Piura, en Calle Lima No. 997 - Segundo Piso, de la Ciudad de Piura - Piura.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación del inmueble materia de remate en Efectivo o Cheque de Gerencia negociable a su nombre, además de adjuntar DNI en original y copia, así como tasa judicial en original y copia por derecho a participar en el remate del inmueble, y se consignará en la tasa judicial a este Juzgado, número de expediente y el número de DNI o RUC del postor. Los honorarios del Martillero Público son de cargo del Adjudicatario conforme a la Ley No. 27728 - Ley del Martillero Público, están afectos al IGV y se cancelarán concluido el acto de remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público Registro N° 293; Especialista Legal Gina Maribel Llenque Moran, Segundo (2°) Juzgado Civil de Piura.Publicar por seis días.GINA MARIBEL LLENQUE MORÁN

Secretaria JudicialSegundo Juzgado Civil de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraGIANNI GASTTONE CHAVEZ

ENCISOMartillero PúblicoRegistro N° 293

F/124201°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

TERCERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL: Exp. N° 4033-2011-0-2001-JR-CI-5. En los seguidos por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. contra MELEN-DREZ BERMEO MARIA ALEJAN-DRINA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA.BIENES EN REMATE: El Quin-to Juzgado Especializado Civil de Piura, a cargo del Señor Juez, Jensen Francisco García Córdova, intervinien-do como Especialista Legal, Águeda Vanessa del Rossio Panta Cocios, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el Remate Público Judicial en Terce-ra Convocatoria de dos (02) bienes inmuebles de propiedad de la ejecuta-da Melendrez Bermeo María Alejandri-na, respetando el orden siguiente:1. BIEN INMUEBLE N° 01: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 20, calle César Pinglo, Distrito de La Unión, Provincia y Departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscri-tos en la Partida Electrónica N° P15081408 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 18,448.00 (Dieciocho mil cuatrocientos cuaren-ta y ocho y 00/100 Dólares America-nos). PRECIO BASE: US$. 8,885.78 (OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 78/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-

ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 14,194.42; 2) Asiento 00007, Modifi-cación y Ampliación de Hipoteca del Asiento 00006, hasta por S/. 18,777.32; 3) Asiento 00008, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 23,986.91; 4) Asiento 00009, Embar-go judicial de acciones y derechos de Melendrez Bermeo María Alejandrina hasta por la suma de S/. 10.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.2. BIEN INMUEBLE N° 02: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 05, calle Santa Rosa, Distrito de La Unión, pro-vincia y departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritos en la Partida Electrónica N° P15081393 del Regis-tro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 8,310.00 (Ocho mil trescientos diez y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$. 4,002.65 (CUATRO MIL DOS CON 65/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco del Trabajo hasta por S/. 7,128.00; y 2) Asiento 00007, Embar-go judicial hasta por S/. 15.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.FECHA, HORA Y LUGAR: El remate judicial de los dos (02) inmuebles men-cionados, respetando el orden antes indicado, se programa para el día VIERNES 10 DE ABRIL DE 2015 A LAS 09.00 Y 09.15 HORAS RES-PECTIVAMENTE EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO ESPE-CIALIZADO CIVIL DE PIURA, sede del Poder Judicial de Piura, sito en calle Lima N° 997, 2° piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Por cada inmue-ble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10% de cada valoriza-ción, adjuntar original y copia del DNI y/o RUC, del arancel judicial con Código N° 7153 por derecho de parti-cipación en remate de inmueble, indi-cando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: El adjudicatario paga los hono-rarios del Martillero Público más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamen-to (D.S. N° 008-2005-JUS), inmedia-tamente al finalizar la diligencia de remate. Piura, diciembre 17 de 2014. [email protected]. (51)(44) 94-936-5850 94-789-3343 34-7544 / RPM *661990.AGUEDA VANESSA DEL ROSARIO

PANTA COCIOSSecretaria Judicial

Quinto Juzgado Civil de PiuraCorte Superior de Justicia de PiuraGUILLERMO E. PAREDES LAN-

DAUROAbogado - Martillero Público Reg.

N° 210F/124211°, 6, 7 de abrilS/. 21,00

• REMATE BIENES MUEBLES

REMATE JUDICIAL EN PRIME-RA CONVOCATORIA

En el Expediente N° 283-2009, seguido por ESTUARDO REY MADRID con-tra TRANSPORTES GARCE SRL, sobre Pago de Beneficios Sociales, tramitado ante el Segundo Juzgado Laboral de Piura que despacha el Dr. Jhymmy Espinoza Correa, Especialis-ta Legal Dr. Oscar Valdiviezo Chapa, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA EL ÓMNIBUS MARCA HINO, CON PLACA DE RODAJE VG-4512, AÑO DE FABRICACIÓN 1990, N° DE SERIE RU1HHA40001, N° DE MOTOR H06CTL10768, PETROLERO, 06 CILINDROS, 37 PASAJEROS, CARROCERÍA METROPOLITANO.Tasación: Nueve mil veintidós con 86/100 dólares americanos (US$ 9,022.86).PRECIO BASE DEL REMATE: SEIS MIL QUINCE CON 24/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,015.24) equivalente a las dos terce-ras partes de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: EMBARGO hasta por la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles a favor de Estuardo Rey Madrid.LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En la cochera ubicada en la avenida Guardia Civil s/n (al costado de la granja) del Distrito de Castilla, Provincia y departamento de Piura, el día VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL 2015 A LAS NUEVE HORAS (9:00 a.m.).REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 902.29 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberá de presentar la tasa judicial por Participación en Remate en original y copia.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decre-to Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: [email protected], 27 de enero de 2015.

Oscar Fco. Valdiviezo ChapaSECRETARIO JUDICIAL

Segundo Juzgado Laboral-PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191930, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

2.- EDICTOS CLASIFICADOS

• SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIALExpediente N° 1960-2014-0-2001-JP-CI-04, solicitado por JULIO BENITES OLIVA, sobre SUCESIÓN INTESTADA solicitando se declare

como legítimo y universal heredero al solicitante; se ha ordenado notificar por EDICTO LO SIGUENTE: RESO-LUCIÓN N° CUATRO: ADMITIR A TRÁMITE LA PRESENTE SOLICI-TUD DE SUCESIÓN INTESTADA de don MANUEL BENITES DÍAZ (Falleció el 26-05-1968) Y MARIA OLIVA ROQUE, (Falleció el 16-07-1971); solicitada por su hijo don JULIO BENITES OLIVA, en la Vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con los medios probatorios que se ofre-cen y anexos que se acompañan.JUEZ: PIEDAD MAGDALENA TALLEDO GUARDERASESPECIALISTA: GUILLERMO GUTIERREZ PACHERRES.

Guillermo Gutierrez PacherresSECRETARIO JUDICIAL

Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraB/119301° de abrilS/. 5,00

• PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVADE DOMINIO

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEl Juzgado Mixto Transitorio de Casti-lla, ha dispuesto por Resolución N° 04 Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01, notificar por edictos al deman-dado MELCHOR RAMOS YARLE-QUE, con la Resolución N° 04 Auto Admisorio de fecha 22 de enero de 2015:Resolución N° 04 se resuelve ADMI-TIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía correspondiente al Proceso de abreviado; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189220, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTOEl Juzgado Mixto Transitorio de Cas-tilla, Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01; ha dispuesto por Resolución N° 04 de fecha 22 de enero de 2015: ADMITIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía abreviada; TÉNGASE por ofreci-dos los medios probatorios que indica.CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Notifíquese a los colindantes en el

15Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016PRECIO 0.025 POR PALABRA

demás que contiene. PRECISAR la que el reintegro de la bonifica-ción personal demandada es por el periodo comprendido entre el 01 de setiembre del 2001 hasta el 25 de noviembre del 2012. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 28/06/2016EXPEDIENTE 1867-2014 CON-FIRMAR la Resolución N° 04 (Sentencia) de fecha 19 de abril del 2015, inserta de folios 85 a 90 que resuelve: 1.- Declarando in-fundada la demanda interpuesta por Carlos Arnaldo Flores Silva contra la Oficina de Normaliza-ción Previsional. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas 28/06/2016EXPEDIENTE 91-2014 CONFIR-MAR la Resolución N° 09 (Sen-tencia) de fecha 02 de octubre del 2015, inserta de folios 108 a 115 que resuelve: 1.- Declaran-do infundada la Acción Conten-ciosa Administrativa interpuesta por Nolberta Veraniza Hidalgo Olemar contra la Oficina de Nor-malización Previsional sobre reconocimiento de años de apor-taciones. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 28/06/2016FP: 20,22,23 Agosto

CRÓNICAS JUDICIALES DE AUTOS - MES DE JUNIO DE

2016DRA. JACQUELINE SARMIEN-

TO ROJAS

EXPEDIENTE 1781-2015 Decla-rar NULA la Resolución Nº 01 de fecha 02 de setiembre del 2015, inserta de folios 93 a 94, que re-suelve declarar improcedente la demanda por incompetencia terri-torial de este juzgado laboral de Piura para conocer la demanda contenciosa administrativa inter-puesta por Elmer Albújar Ramírez contra la Oficina de Normaliza-ción Previsional en consecuen-cia; inhíbase la magistrada que suscribe . ORDENAR al Juez de la causa emita nuevo pronuncia-miento conforme a los fundamen-tos expuestos en la presente re-solución. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 07/06/2016.EXPEDIENTE 1821-2015 Decla-rar NULA la Resolución Nº 01 de fecha 01 de setiembre del 2015, inserta de folios 56 a 58 que re-suelve declarar improcedente la demanda por incompetencia terri-torial de este juzgado laboral de Piura para conocer la demanda contenciosa administrativa inter-puesta por Santos Gabino Vílchez Martínez contra la Oficina de Nor-malización Previsional en conse-cuencia; inhíbase el Magistrado que suscribe del conocimiento de la presente causa. ORDENA-RON al Juez de la causa emita nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución. Jueza Su-perior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 08/06/2016.EXPEDIENTE 1612-2015 De-clarar NULA la Resolución Nº 01, de fecha 01 de setiembre de 2015, que resuelve: Declarar Improcedente la demanda por Incompetencia Territorial de este Juzgado laboral de Piura para conocer la demanda contencio-sa administrativa interpuesta por Nelly Villaseca Alburqueque en consecuencia; Inhíbase el ma-gistrado que suscribe del cono-cimiento de la presente causa y consecuentemente, Remítanse

con la debida nota de atención, la demanda y sus anexos al Juz-gado Mixto de Castilla, para que conozca la pretensión formula-da. DISPONER que el Juez de la causa, emita nueva resolución en su oportunidad calificando la demanda de acuerdo a lo expre-sado en la presente resolución. Jueza Superior Ponente Dra. Jac-queline Sarmiento Rojas Castro. 08/06/2016.EXPEDIENTE 268-2016-27 DE-CLARAR NULO el concesorio de apelación de la Resolución N° 01 de fecha 22 de julio del 2015.2.- Ordenaron que el a quo, emita nuevo pronunciamiento tenien-do en cuenta los lineamientos dispuestos en la presente reso-lución. Notifíquese a las partes procesales y cumpla con devolver los presentes autos al Juzgado de origen. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas. 10-06/2016. EXPEDIENTE 265-2016-5 DE-CLARAR NULO el concesorio de apelación de la Resolución N° 01 de fecha 22 de julio del 2015.2.- Se ordena que el a quo, emita nuevo pronunciamiento tenien-do en cuenta los lineamientos dispuestos en la presente reso-lución. Notifíquese a las partes procesales y cumpla con devolver los presentes autos al Juzgado de origen. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 10-06/2016.EXPEDIENTE 267-2016-38 DE-CLARAR NULO el concesorio de apelación de la Resolución N° 01 de fecha 22 de julio del 2015.2.- Se ordena que el a quo, emita nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta los lineamientos dis-puestos en la presente resolu-ción.- Nnotifíquese a las partes procesales y cumpla con devolver los presentes autos al Juzgado de origen. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 10-06/2016.EXPEDIENTE 270-2016-52 DE-CLARAR NULO el concesorio de apelación de la Resolución N° 01 de fecha 13 de agosto de 2015. ORDENARON que el a quo, emi-ta nuevo pronunciamiento tenien-do en cuenta los lineamientos dispuestos en la presente reso-lución. Notifíquese a las partes procesales y cumpla con devolver los presentes autos al Juzgado de origen. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 10/06/2016.

EXPEDIENTE 261-2016-70 DE-CLARAR NULO el concesorio de apelación de la Resolución N° 01 de fecha 30 de julio del 2015. Se ordena que el a quo, emita nue-vo pronunciamiento teniendo en cuenta los lineamientos dispues-tos en la presente resolución.- Notifíquese a las partes proce-sales y cumpla con devolver los presentes autos al Juzgado de origen. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 10-06/2016EXPEDIENTE 298-2016-34 CONFIRMAR el auto contenido en la Resolución N° 01de fecha 09 de Diciembre del 2015, que resuelve: Improcedente la Medi-da Cautelar de Embargo en for-ma de Retención presentada por Dora Isabel Talledo Palomeque de Talledo contra la Municipali-dad Distrital de la Huaca. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 13-06/2016EXPEDIENTE 194-2016-65 CON-FIRMAR el auto contenido en la

Resolución N° 03 (auto) de fecha 05 de noviembre de 2015, inserta en copias certificadas de folios 92 a 93, en el extremo que declara infundada la tacha deducida por la demandada sobre la constan-cia de trabajo de fecha 09 de abril de 2008, constancia de fecha 30 de diciembre del 2014 y memo-rando múltiple N° 013-07-A-OII-MPP.Envíese copias de lo resuelto al juzgado de origen, conservándo-se el original de la resolución con el cuaderno de apelación en el ar-chivo de este Colegiado (Artículo 383° del CPC). Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sar-miento Rojas 14-06/2016EXPEDIENTE 605-2015-49 RE-VOCAR el auto materia de ape-lación contenido en la Resolu-ción Número 18, de fecha 18 de septiembre del 2015, inserta a folios 246, que declara Improce-dente la Nulidad interpuesta por la demandada. Con lo demás que contiene. Y REFORMANDO el auto materia de apelación decla-raron FUNDADA EN PARTE LA NULIDAD formulada por la parte demandada, y en consecuencia NULO E INSUBSISTENTE todo lo actuado desde folios 215 (Re-solución N° 15), debiendo emitir-se nueva resolución y notificarse de acuerdo a las formalidades de Ley. Notifíquese y devuélva-se el expediente al Juzgado de origen. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 16/06/2016EXPEDIENTE 216-2016-95 CON-FIRMAR el auto contenido en la Resolución N° 03 (auto) de fecha 03 de setiembre de 2015, inserta en copias certificadas de folios 409 a 410, en el extremo que de-clara infundada la tacha deducida por la demandada sobre la Cons-tancia de trabajo de fecha 31 de diciembre de 2014 presentado por el demandante en su escrito de demanda. Jueza Superior Po-nente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 15/06/2016.EXPEDIENTE 1955-2015 DE-CLARAR NULA la Resolución Nº 01 de fecha 05 de octubre del 2015, inserta de folios 73 a 75, que resuelve declarar improce-dente la demanda por incompe-tencia territorial de este juzgado laboral de Piura para conocer la demanda contenciosa adminis-trativa interpuesta por Benjamín Walter Alarcón Travezaño contra la Oficina de Normalización Pre-visional en consecuencia; inhí-base el Magistrado que suscribe del conocimiento de la presente causa. ORDENARON al Juez de la causa emita nuevo pronuncia-miento conforme a los fundamen-tos expuestos en la presente re-solución. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 21-06/2016.EXPEDIENTE 2517-2015 DE-CLARAR NULA la Resolución Nº 01, de fecha 28 de diciembre de 2015, inserta de folios 39 a 40, que resuelve declarar Improce-dente la demanda por Incompe-tencia Territorial de este juzgado laboral de Piura para conocer la demanda contenciosa adminis-trativa interpuesta por Juan Peña Astudillo contra la Oficina De Nor-malización Previsional en conse-cuencia; Inhíbase el señor Juez del conocimiento de la presente causa y consecuentemente, Re-mítanse los presentes actuados al Juzgado correspondiente de la ciudad de Sullana, para co-nocer la pretensión formulada.

DISPONEN que el Juez de la causa, emita nueva resolución en su oportunidad calificando la de-manda de acuerdo a lo expresado en la presente resolución. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 21-06/2016.EXPEDIENTE 288-2016 REVO-CAR la Resolución N° 03 de fe-cha 19 de abril del 2016, inserta de folios 173 a 175 que resuelve: 1.- Declarar fundada la excepción de caducidad propuesta por el Procurador Publico Ad Hoc en procesos laborales del Gobierno Regional de Piura con lo demás que contiene. REFORMARON la resolución materia de apela-ción y declararon infundada la excepción de caducidad, ORDE-NARON al juez de la causa pro-seguir con el proceso según su estado. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 23-06/2016.EXPEDIENTE 149-2015-73 RE-VOCAR el auto contenido en la Resolución N° 02, de fecha 28 de abril del 2015, obrante de fo-lios 35 a 36, en el extremo que resuelve: Imponer a la demandad ONP una multa de 2 Unidades de Referencia Procesal; REFOR-MAR el auto materia de apelación y dejar sin efecto legal alguno el auto contenido en la Resolución N° 02, de fecha 28 de abril del 2015, en el extremo que resuelve: Imponer una multa de Dos Unida-des de Referencia Procesal a la Oficina de Normalización Previ-sional. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 24-06/2016.EXPEDIENTE 1183-2011-44 CONFIRMAR el auto contenido en la Resolución N° 14, de fecha 25 de setiembre del 2015, obrante de folios 315 a 316, en el extre-mo que resuelve imponer multa al Gobierno Regional de Piura; RE-VOCAR el monto de la multa, la misma que REFORMANDOSE se impone una multa ascendente a 01 URP. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 24-06/2016.EXPEDIENTE 1436-2015 DE-CLARAR NULA la Resolución Nº 01de fecha 01 de setiembre del 2015, inserta de folios 24 a 26, que resuelve declarar improce-dente la demanda por incompe-tencia territorial de este juzgado laboral de Piura para conocer la demanda contenciosa adminis-trativa interpuesta por Casimiro Efraín Roca Segura contra la Ofi-cina de Normalización Previsional en consecuencia; inhíbase el Ma-gistrado que suscribe del conoci-miento de la presente causa. OR-DENAR al Juez de la causa emita nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución. Jueza Su-perior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 27-06/2016.EXPEDIENTE 1874-2015-44 CONFIRMAR la Resolución N° 01 de fecha 11 de abril del 2016, in-serta de folios 70 a 71que resuel-ve: Declarar infundada la medida cautelar presentada por don Ma-nuel Enrique Ipanaqué Montalbán contra el Gobierno Regional de Piura. CORRIJIERON la parte re-solutiva de la resolución materia de apelación, en el sentido que la medida cautelar solicitada es innovativa y no como se ha con-signado. Jueza Superior Ponente Dra. Jacqueline Sarmiento Rojas 27-06/2016FP: 20,22,23 Agosto

Piura, miércoles 1° de abril de 20154

domicilio que se indica en el escrito de demanda.Publíquese un extracto de la deman-da de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, la misma que se publicará por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República,Notifíquese al demandado Melchor Ramos Yarleque vía edictos, la misma que se publicará por 03 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189120, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTO JUDICIALExpediente 2376-2014-0-2001-JR-CI-1, seguido por CARRASCO ESPI-NOZA CESAR HECTOR contra VIGNATTI LINARES GIOVANNI ADRIAN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la Juez del 1er Juzg. Civil Piura, ULLOA PARAGULLA FANNY LUISA, Se trata de un Pro-ceso Abreviado de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a fin de que se le declare don Román Armando Ugarte Bernal propietario del bien mueble consistente en el vehículo Camión CGA 2 1/2 TN 6 x 6 sin placa de rodaje, marca REO, mode-lo M35 Repotenciado, color Verde, año de fabricación 1952, motor N° 344944-50-777329 Serie N°: 2320-160-0001-12, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpues-ta por CESAR HECTOR MARTIN CARRASCO ESPINOZA en repre-sentación de ROMAN ARMANDO UGARTE BERNAL sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, PUBLÍQUESE MEDIAN-TE EDICTOS UN EXTRACTO de la demanda por tres veces con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y en uno de mayor circula-ción de la ciudad.Piura, 25 de noviembre 2014.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

B/1191126 de marzo y 1°, 9 de abrilS/. 9,00

3.- NOTIFICACIONESPOR EDICTOS

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE 00042-2015-0-2012-JM-CI-01, La señora Juez (e) del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA en los autos seguidos por LUISA CHIRO-QUE RISCO VDA DE PURIZACA sobre VARIACIÓN DE CURADOR ha mandado se publique en el diario LA REPÚBLICA el siguiente edic-to: Resolución N°1 de fecha 25 de marzo de 2015: DECISIÓN: III.- DECISIÓN: Por tales razones, SE RESUELVE: 1.-ADMITIR a TRÁ-MITE la demanda de VARIACIÓN

DE CURADOR interpuesta por Luisa Chiroque Risco Vda. De Purizaca con-tra los sucesores de Angelita Risco de Chiroque y/o quien tenga legítimo inte-rés en la interdicta Gloria Chiroque Risco, en la vía del proceso sumarísi-mo. 2. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal. 3.- CORRER traslado a los demandados para que en el plazo de cinco días cumpla con contestar la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4.-Notificar con un extracto de la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el diario de los avisos judiciales “La República” a la parte demandada, para que en el término del quinto día de aparecida la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibi-miento de nombrárseles curador proce-sal. 5. AGREGAR a los autos los ane-xos que se adjunta.- Publicar por tres veces, en los diarios “El Peruano” y “La República”. FIRMADO - DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA. Juez del Juzgado Mixto - Sabina Chun-ga Espinoza.- Especialista Legal.

Dra. Sabina Chunga EspinozaESPECIALISTA LEGAL

Juzgado Mixto de CatacaosMódulo Básico de Justicia-CatacaosCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191830, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

JUZGADO CIVIL-PaitaEXPEDIENTE: 00185-2014-24-2005- JR-CI-01MATERIA: CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERALJUEZ: CORREA CASTRO DAVID FERNANDOESPECIALISTA: ELISEO REYES PACHERREZDEMANDADO: FLORES CALLE, EXILDA PRTE DEL CONCDE ADM DE ASOCDEMANDANTE: NAQUICHE GIRON, MANUELGONZA AGUILAR, ARNULFOCARHUAPOMA FLORES, SEGUNDOPAUCAR AVILA, REYNEIRO REPRESENTANTE DE ASOCIADOSResolución Nro. 02.Paita, 06 de marzo de 2015.-AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores del juzgado, así como las vacaciones del personal del juzgado en el mes de febrero; con el escrito de fecha 21/01/2015; Y CONSIDERANDO:1. De autos se puede observar que mediante resolución número uno se admite a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Avila contra Exilda Flores Calle.2. Que, la parte demandada ha sido debidamente notificado con la reso-lución número uno el día 20 de enero de 2015, habiéndose a la fecha ven-cido el plazo para interponer recur-so impugnatorio alguno; por lo que corresponde a esta judicatura conforme a las facultades conferidas por el artí-culo 50° Inciso 1) del Código Procesal Civil declarar consentida la resolución número uno (auto).DECISIÓN.Por estas consideraciones y norma cita-da: SE RESUELVE:1. DECLARAR CONSENTIDA la resolución uno (auto) de fecha 20 de

enero de 2015 que declara que resuel-ve Admitir a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Ávila contra Exilda Flores Calle.2. Al escrito de fecha 23/01/2015; presentado por los demandantes; no habiendo la parte demandada convo-cado a Asamblea General Extraordi-naria; como se solicita y conforme esta ordenado en autos, convóquese por este Juzgado; en consecuencia:3. CONVÓQUESE a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS, de la Asociación de Comerciantes del Complejo Comercial de la Zona Alta de Paita, la misma que se realizará día DOCE DE ABRIL del año en curso, a horas DIEZ DE LA MAÑANA en el domicilio de la socie-dad, para tratar la agenda materia de la demanda principal establecida en la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha 15 de diciem-bre de 2014, con la intervención de un Notario Público.4. DESÍGNESE al señor SEGUN-DO CARHUAPOMA FLORES como director de debates para tratar la agen-da ordenada. ABSTENIÉNDOSE de cualquier Convocatoria a Asamblea distinta a la ordenada en la sentencia.5. OFÍCIESE a la Policía Nacional del Perú, para que preste las garantías del caso en la citada asamblea.6. Notifíquese con las formalidades de ley.

Eliseo Reyes PacherrezSECRETARIO JUDICIAL

Juzgado Especializado Civil de PaitaCorte Superior de Justicia de Piura

B/119341°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

• CORTE SUPERIOR DE PIURA

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 09-2015-CI, peticionado por MILTON RUIZ MONTALVAN, sobre RECTIFICA-CIÓN DE SU PARTIDA DE NACI-MIENTO, en los siguientes extremos: Que al registrar los datos del titular se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal y margen derecho de la partida de nacimiento se encuentra con enmendadura en la cuarta letra del nombre del solicitante MILTON (se encuentra remarcado), así también en el cuerpo de dicha partida se encuentra con enmendadura el rubro del año de nacimiento, siendo lo correcto MIL NOVECIENTOS, respecto a los datos del padre en el rubro de la edad, lo correcto es TREINTA Y CINCO, así también en el rubro de la edad de la madre debe decir VEINTICUATRO y por último el nombre real de la madre del recurrente es PRIMITI-VA MONTALVAN JIMENEZ, y en la edad de la declarante lo correcto es VEINTICUATRO. RES. N° 01 de fecha veintitrés de marzo del presente año, RESUELVE: SEÑA-LAR FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 22-04-2015. Hora 10:00 AM.Juez: Dr. José Luis Silva Vargas.Secretaria Judicial: Cyntia Vanessa Vives Pizarro.

Cyntia Vanessa Vives Pizarro

SECRETARIA JUDICIALJuzgado de Paz Letrado-PacaipampaCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALLa Señora Presidenta de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Doctora Jackeline Yalán Leal y la Secretaria de Sala que suscribe, hacen saber lo siguiente:En el Expediente N° 01264-2012-0-2001-JR-LA-02, seguido por RIVAS DE ORDINOLA, AGUEDA contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo, se ha ordenado la publicación mediante EDICTO JUDICIAL del extracto de la RESOLUCIÓN N° 14 del 25 de marzo de 2015.- “1.- Se SUS-PENDA la continuación del proceso; hasta que se apersone la sucesión pro-cesal de la parte demandante fallecida: AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA;2.- Notifíquese a los herederos o suce-sión procesal de AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA, en el domicilio real señalado en autos: Caserío Charanal Alto s/n, Distrito de Chulucanas - Morropón, y el señalado en Ficha de la Reniec: Caserío San Martín Distrito de Chulucanas - Morropón; además de su domicilio procesal, notificándose un extracto de la presente resolución mediante edictos, para que cumplan con apersonarse al proceso en el plazo de treinta (30) días hábiles, debiendo presentar el documento de la declaratoria de herederos o sucesión intestada correspondiente así como su inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de designar-se curador procesal en caso de incumplimiento.3.- Se OFICIE al RENIEC para que Remita en el plazo de 10 días hábiles el acta de defunción del demandante.4.- Se REMITA por secretaria el correspondiente oficio adjuntando el edicto a publicarse por el plazo de 03 días en el diario de Avisos Judiciales “La República”.”Piura, 25 de marzo de 2015.

JACKELINE YALÁN LEALPresidenta

Sala Laboral TransitoriaCorte Superior de Justicia de Piura

JANET LLERENA NOLESecretaria de Sala

Sala Laboral Transitoria de PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto Transitorio de. Castilla, que Despacha la Juez Super-numeraria, Dra. RUTH LUCES-MITH DIAZ OLIVA y Especialista Judicial que da cuenta, en el Exp. N° 109-2011-CI-01, se ha resuelto lo siguiente, mediante Resolución Núme-ro Dos, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Divorcio por Causal de Separación de Hecho interpuesta por MIGUEL ALE-JANDRO ALVARADO LEON contra LIDIA AMANDA GARCÍA CALLE DE ALVARADO Y EL MINISTERIO PÚBLICO, en la vía del Proceso de Conocimiento, confiriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días hábiles a fin de que con-testen las misma, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días.-

16 Piura, Sábado 20 de Agosto del 2016 PRECIO 0.025 POR PALABRA